allanamiento

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AUTOS Y VISTOS y dado cuenta con el requerimiento fiscal para que se dicte el mandato de allanamiento domiciliario y registro domiciliario, comprendiendo la detención del imputado Richard Eugenio Navarro Guzman contra quien se ha dictado el mandato de detención preliminar; del inmueble ubicado en la Calle Rosa Merino N° 896 – Asentamiento Humano San Bartolomé – I Etapa – Santa María – Huaura - Lima, sustentado en que viene investigando al mencionado imputado como autor del delito de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DE EDAD, previsto y penado por el Art. 173°.1 del Código Penal, toda vez que se tiene información que se encuentra escondido en la casa donde domicilia; yCONSIDERANDO: que las medidas restrictivas de derechos requeridas deben dictarse con arreglo al principio de proporcionalidad y cuando existan suficientes elementos de convicción; que son medidas de carácter urgentísimo que se dictan sin audiencia, cuando existe el riesgo de pérdida de finalidad de la medida, si se realiza este tramite previo; y buscan contribuir con el esclarecimiento de los hechos delictuosos; prevaleciendo el bien jurídico justicia, sobre los derechos afectados como la inviolabilidad del domicilio; lo que en este caso se justifica, por que su objetivo se ajusta a el propósito de capturar al imputado investigado sobre cuya persona pesa una orden de detención; por otro lado existen suficientes elementos de convicción que son los siguientes: 1) el Formato de conocimiento de hecho delictivo de parte agraviada, de fecha 28 de septiembre del 2009, en el cual la madre del menor agraviado de iniciales T . L . S . G. narra la forma y circunstancias en que toma conocimiento del agravio sufrido por su menor hijo; 2) el Certificado Médico Legal N° 005016-LS practicado al menor agraviado de iniciales T . L . S . G. de cinco años de edad, el mismo que concluye “Evidencia de acto contranatura reciente”; 3) la Pericia Psicológica N° 005017-2009-PSC practicado al menor agraviado de iniciales T . L . S . G. de cinco años de edad, el mismo que concluye que lo narrado por el menor agraviado tiene indicadores de consistencia y presenta afectación emocional asociada a violación de tipo sexual por parte de vecino; la

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AUTOS Y VISTOS y dado cuenta con el requerimiento fiscal para que se dicte el mandato deallanamiento domiciliario y registro domiciliario, comprendiendo la detención del imputado Richard Eugenio Navarro Guzman contra quien se ha dictado el mandato de detenciónpreliminar; del inmueble ubicado en la Calle Rosa Merino N° 896 – Asentamiento Humano San Bartolomé – I Etapa – Santa María – Huaura - Lima, sustentado en que viene investigando al mencionado imputado como autor del delito de VIOLACIÓN SEXUAL DE MENOR DEEDAD, previsto y penado por el Art. 173°.1 del Código Penal, toda vez que se tiene

información que se encuentra escondido en la casa donde domicilia; yCONSIDERANDO: que las medidas restrictivas de derechos requeridas deben dictarse con arreglo al principio de proporcionalidad y cuando existan suficientes elementos de convicción; que son medidas de carácter urgentísimo que se dictan sin audiencia, cuando existe el riesgo de pérdida de finalidad de la medida, si se realiza este tramite previo; y buscan contribuir con el esclarecimiento de los hechos delictuosos; prevaleciendo el bien jurídico justicia, sobre los derechos afectados como la inviolabilidad del domicilio; lo que en este caso se justifica, por que su objetivo se ajusta a el propósito de capturar al imputado investigado sobre cuya persona pesa una orden de detención; por otro lado existen suficientes elementos de convicción que son los siguientes: 1) el Formato de conocimiento de hecho delictivo de parte agraviada, de fecha 28 de septiembre del 2009, en el cual la madre del menor agraviado de inicialesT . L . S . G. narra la forma y circunstancias en que toma conocimiento del agravio sufrido por su menor hijo; 2) el Certificado Médico Legal N° 005016-LS practicado al menor agraviado de iniciales T . L . S . G. de cinco años de edad, el mismo que concluye “Evidencia de acto contranatura reciente”; 3) la Pericia Psicológica N° 005017-2009-PSC practicado al menor agraviado de iniciales T . L . S . G. de cinco años de edad, el mismo que concluye que lo narrado por el menor agraviado tiene indicadores de consistencia y presenta afectación emocional asociada a violación de tipo sexual por parte de vecino; la Declaración del menor de inicialesT . L . S . G . de fecha 28 de septiembre del 2009, quien narra de manera detallada la forma y circunstancias en que fue víctima de violencia sexual, hecho cometido por el denunciado Richard Eugenio Navarro Guzmán; 4)la Ficha RENIEC del denunciado Richard Eugenio Navarro Guzmán, con lo cual se le tiene debidamente identificado y el Dictamen Pericial N° 00241-2009-MP-FN-IML/DML/DJ-HUAURA/BIO; Por estas consideracionesResuelvo: autorizando elALLANAMIENTO conDESCERRAJE y

REGISTRO DOMICILIARIO, de todos los ambientes del inmueble ubicado en la Calle RosaMerino N° 896 – Asentamiento Humano San Bartolomé – I Etapa – Santa María – Huaura - Lima, diligencia que se realizará bajo la conducción y responsabilidad de la Fiscal Provincial ELMER JOHNSTON ALVA LEÓN apoyado por los Fiscales adjuntos Ruth Viviana Ezcate

Azaña y Juan Ramiro Calienes Siles, medida que tendrá una duración máxima de TRESHORAS pudiendo hacer uso de la fuerza razonable para lograr su cometido, con el auxilio de la

Policía Nacional.NOTIFIQUESE.-