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AM\764767ES.doc PE418.426v01-00 ES ES PARLAMENTO EUROPEO 2004 2009 Comisión de Peticiones 2008/2248(INI) 28.1.2009 ENMIENDAS 1 - 127 Proyecto de informe Margrete Auken (PE416.354v01-00) sobre el impacto de la urbanización extensiva en España en los derechos individuales de los ciudadanos europeos, el medio ambiente y la aplicación del Derecho comunitario (Peticiones 00/00 y 00/00) (2008/2248(INI))

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AM\764767ES.doc PE418.426v01-00

ES ES

PARLAMENTO EUROPEO2004

2009

Comisión de Peticiones

2008/2248(INI)

28.1.2009

ENMIENDAS1 - 127

Proyecto de informeMargrete Auken(PE416.354v01-00)

sobre el impacto de la urbanización extensiva en España en los derechos individuales de los ciudadanos europeos, el medio ambiente y la aplicación del Derecho comunitario (Peticiones 00/00 y 00/00)(2008/2248(INI))

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ES

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ES

Enmienda 1María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónConsiderando A

Propuesta de resolución Enmienda

A. Considerando el proceso dereclamaciones que ofrece a los ciudadanos y residentes europeos un medio de obtener la reparación no judicial de sus reclamaciones cuando éstas conciernen a asuntos derivados de los ámbitos de actividad de la Unión Europea,

A. Considerando el derecho de petición ante el Parlamento Europeo en virtud de lo dispuesto en el artículo 194 del Tratado CE, que ofrece a los ciudadanos y residentes europeos un medio de obtener la reparación no judicial de sus reclamaciones cuando éstas conciernen a asuntos derivados de los ámbitos de actividad de la Unión Europea,

Or. es

Enmienda 2Cristina Gutiérrez-Cortines

Propuesta de resoluciónConsiderando C bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

C bis. Considerando que todo ciudadano o residente de un país firmante del CEDH que considere que ha sufrido una violación de sus derechos humanos debería dirigirse al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo, y que antes de presentar cualquier demanda ante este Tribunal debe agotar las vías de recurso internas como establece el artículo 35 del citado Convenio,

Or. es

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ES

Enmienda 3Cristina Gutiérrez-Cortines

Propuesta de resoluciónConsiderando I

Propuesta de resolución Enmienda

I. Considerando que, según lo dispuesto en el artículo 295, el Tratado CE: «no prejuzga en modo alguno el régimen de la propiedad en los Estados miembros» y que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia ha confirmado que la competencia de los Estados miembros al respecto debe aplicarse siempre conjuntamente con los principios fundamentales del Derecho comunitario, como son la libre circulación de bienes, personas, servicios y capital (véase la Sentencia de 22 de junio de 1976 en el asunto C-119/75 Terrapin / Terranova [1976] Rec. 1039),

I. Considerando las sucesivas comunicaciones de la Comisión Europea a los miembros de la Comisión de Peticiones en las que reitera que aspectos tales como la obligación de los propietarios de ceder parte de su propiedad a la autoridad local cuando un nuevo planeamiento es aprobado, la obligación de pagar por estas nuevas infraestructuras y las competencias para expropiar que se atribuyen a la autoridad competente son asuntos de la estricta competencia de los Estados Miembros, según lo dispuesto en el artículo 295 del Tratado CE,

Or. es

Enmienda 4Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónConsiderando I

Propuesta de resolución Enmienda

I. Considerando que, según lo dispuesto en el artículo 295, el Tratado CE: «no prejuzga en modo alguno el régimen de la propiedad en los Estados miembros» y que la jurisprudencia del Tribunal de Justicia ha confirmado que la competencia de los Estados miembros al respecto debe aplicarse siempre conjuntamente con los principios fundamentales del Derecho comunitario, como son la libre circulación de bienes, personas, servicios y capital (véase la Sentencia de 22 de

I. Considerando que, según lo dispuesto en el artículo 295, el Tratado CE «no prejuzga en modo alguno el régimen de la propiedad en los Estados miembros» y que el Tribunal de Justicia ha mantenido que dicho artículo se limita a conceder a los Estados miembros la facultad de definir el régimen del derecho de propiedad, sin prohibir toda intervención comunitaria que incida en el ejercicio del derecho nacional de propiedad (véanse, en este sentido, los asuntos acumulados 56/64 y

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ES

junio de 1976 en el asunto C-119/75 Terrapin / Terranova [1976] Rec. 1039),

58/64, Consten y Grundig/Comisión, Rec. 1966, p. 413 y ss.),

Or. en

Enmienda 5Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónConsiderando I bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

I bis. Considerando, sin embargo, que con arreglo a la jurisprudencia reiterada del Tribunal de Justicia, el derecho de propiedad forma parte de los principios generales del Derecho comunitario, pero no constituye una prerrogativa absoluta, sino que debe tomarse en consideración en relación con su función en la sociedad, y que, por consiguiente, pueden imponerse restricciones al ejercicio del derecho de propiedad, siempre y cuando estas restricciones respondan efectivamente a objetivos de interés general perseguidos por la Comunidad y no constituyan una intervención desmesurada e intolerable que afecte a la propia esencia de los derechos así garantizados (véase el asunto C-491/01, British American Tobacco (Investments) e Imperial Tobacco, Rec. 2002, p. I-11453),

Or. en

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ES

Enmienda 6Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónConsiderando I ter (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

I ter. Considerando que, no obstante dicha jurisprudencia, el Tribunal de Justicia ha mantenido de forma reiterada que, cuando una normativa nacional no está comprendida en el ámbito del Derecho comunitario, se carece de competencia comunitaria para apreciar la conformidad de dicha normativa con los derechos fundamentales cuya observancia garantiza el Tribunal de Justicia (véase, por ejemplo, el auto de 6 de octubre de 2005 en el asunto C-328/04, Vajnai, Rec. 2005, p. I-8577, apartados 12 y 13),

Or. en

Enmienda 7Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónConsiderando J

Propuesta de resolución Enmienda

J. Considerando el artículo 1 del Protocolo adicional nº 1 al CEDH que declara que: «toda persona física o moral tiene derecho al respeto de sus bienes»; que «nadie podrá ser privado de su propiedad sino por causa de utilidad pública y en las condiciones previstas por la ley y los principios generales del Derecho Internacional»; y que «Las disposiciones precedentes se entienden sin perjuicio del derecho que poseen los Estados de dictar las leyes que estimen necesarias para la reglamentación del uso de los bienes de acuerdo con el interés general o para garantizar el pago de

J. Considerando el artículo 1, párrafo 1,del Protocolo adicional nº 1 al CEDH que declara que «Toda persona física o moral tiene derecho al respeto de sus bienes» yque «Nadie podrá ser privado de su propiedad sino por causa de utilidad pública y en las condiciones previstas por la ley y los principios generales del Derecho Internacional»; considerando el párrafo segundo de dicho artículo, según el cual «Las disposiciones precedentes se entienden sin perjuicio del derecho que poseen los Estados de dictar las leyes que estimen necesarias para la reglamentación

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ES

los impuestos, de otras contribuciones o de las multas»,

del uso de los bienes de acuerdo con el interés general o para garantizar el pago de los impuestos, de otras contribuciones o de las multas», y que, al ratificar dicho Protocolo, España formuló una reserva respecto del artículo 1 a la vista del artículo 33 de la Constitución Española, que reza así: «1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia. 2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las Leyes. 3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las Leyes.»,

Or. en

Enmienda 8María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón,

Propuesta de resoluciónConsiderando K

Propuesta de resolución Enmienda

K. Considerando que la obligación de ceder propiedad privada adquirida legítimamente sin entablar el proceso debido ni percibir la indemnización adecuada, así como la obligación de pagar costes arbitrarios por el desarrollo de infraestructuras no solicitadas y a menudo innecesarias, constituyen una vulneración de los derechos fundamentales de la persona en virtud del CEDH y a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (véase por ejemplo, Aka contra Turquía1),

K. Considerando que las legislaciones aplicables a la regulación del derecho de propiedad deben ser respetuosas con los principios establecidos en el artículo 17 de la Carta de los Derechos Fundamentales, coincidente en su contenido esencial con la regulación recogida en el artículo 33 de la Constitución Española, con la finalidad de garantizar, al máximo posible, la satisfacción de dicho derecho fundamental,

1 Sentencia de 23 de septiembre de 1998; véase también la Resolución del Parlamento, de 21 de junio de 2007, sobre los resultados de la misión de investigación en las comunidades autónomas de Andalucía, Valencia y Madrid, en nombre de la Comisión de Peticiones (DO C 146 E de 12.6.2008, p. 340).

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ES

Or. es

Enmienda 9Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónConsiderando K

Propuesta de resolución Enmienda

K. Considerando que la obligación de ceder propiedad privada adquirida legítimamente sin entablar el proceso debido ni percibir la indemnización adecuada, así como la obligación de pagar costes arbitrarios por el desarrollo de infraestructuras no solicitadas y a menudo innecesarias, constituyen una vulneración de los derechos fundamentales de la persona en virtud del CEDH y a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (véase por ejemplo, Aka contra Turquía*),

K. Considerando que la obligación de ceder propiedad privada adquirida legítimamente sin entablar el proceso debido ni percibir la indemnización adecuada, así como la obligación de pagar costes arbitrarios por el desarrollo de infraestructuras no solicitadas y a menudo innecesarias, constituiría, si así lo dictaminara un órgano judicial, una vulneración de los derechos fundamentales de la persona en virtud del CEDH y a la luz de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (véase por ejemplo, Aka contra Turquía1), pero que no existe un vínculo entre dicha expropiación forzosa y los principios fundamentales del Derecho comunitario, en particular el derecho de los ciudadanos a circular y residir libremente en el territorio de los Estados miembros, derecho que no se vería conculcado por dicha expropiación,

Or. en

1 Sentencia de 23 de septiembre de 1998; véase también la Resolución del Parlamento, de 21 de junio de 2007, sobre los resultados de la misión de investigación en las comunidades autónomas de Andalucía, Valencia y Madrid, en nombre de la Comisión de Peticiones (DO C 146 E de 12.6.2008, p. 340).

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ES

Enmienda 10Margrete Auken

Propuesta de resoluciónConsiderando K bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

K bis. Considerando que, el año pasado, las autoridades españolas aprobaron unas instrucciones relativas a la aplicación de la Ley de Costas de 1989, ignorada durante muchos años, a lo largo de los cuales se produjeron grandes daños medioambientales en las zonas costeras españolas; que incluso las instrucciones actuales no proporcionan unas medidas de ejecución claras para las autoridades regionales y locales implicadas, y que muchas de las nuevas peticiones recibidas atestiguan el carácter retroactivo de las instrucciones y la destrucción o demolición arbitrarias de propiedades de particulares adquiridas legítimamente, sus derechos con respecto a tales propiedades y su capacidad para transmitir esos derechos por vía sucesoria,

Or. en

Enmienda 11Michael Gahler

Propuesta de resoluciónConsiderando K bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

K bis. Considerando que, en vista del actual trazado de la línea de demarcación, los afectados tienen la firme impresión de que se ha establecido de forma arbitraria, a expensas de los propietarios extranjeros, como por ejemplo en la isla deFormentera,

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ES

Or. de

Enmienda 12Margrete Auken

Propuesta de resoluciónConsiderando K ter (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

K ter. Considera que la mencionada Ley de Costas afecta de manera desproporcionada a los propietarios particulares de bienes, cuyos derechos deberían verse plenamente respetados, y, al mismo tiempo, no tiene un impacto suficiente en los auténticos autores de la destrucción costera, responsables en muchos casos de unos desarrollos urbanísticos excesivos en las costas, incluidos complejos vacacionales, y que estaban mejor situados para saber que su actuación era sin duda contraria a las disposiciones de la ley en cuestión,

Or. en

Enmienda 13José Manuel García-Margallo y Marfil

Propuesta de resoluciónConsiderando L

Propuesta de resolución Enmienda

L. Considerando que en el curso de la actual legislatura parlamentaria, la Comisión de Peticiones, en respuesta al número ingente de peticiones recibidas, ha llevado a cabo investigaciones detalladas, ha informado en tres ocasiones de la magnitud de los abusos de los derechos legítimos de los ciudadanos europeos sobre sus bienes legalmente adquiridos en España, y expresaba también su inquietud

L. Considerando que en el curso de la actual legislatura parlamentaria, la Comisión de Peticiones, en respuesta al número de peticiones recibidas, ha llevado a cabo investigaciones detalladas, ha informado en tres ocasiones de las disfunciones habidas por la, a veces, inadecuada aplicación de la legislación urbanística española sobre los derechos de los ciudadanos, y ha expresado también su

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ES

acerca del desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente y el suministro y la calidad de las aguas, así como con respecto a los procedimientos de contratación pública, por lo general en relación con las deficiencias en el control de los procesos de urbanización por parte de las autoridades de comunidades autónomas y locales en España,

inquietud acerca del desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente y el suministro y la calidad de las aguas,

Or. es

Enmienda 14Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónConsiderando L

Propuesta de resolución Enmienda

L. Considerando que en el curso de la actual legislatura parlamentaria, la Comisión de Peticiones, en respuesta al número ingente de peticiones recibidas, ha llevado a cabo investigaciones detalladas, ha informado en tres ocasiones de la magnitud de los abusos de los derechos legítimos de los ciudadanos europeos sobre sus bienes legalmente adquiridos en España, y expresaba también su inquietud acerca del desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente y el suministro y la calidad de las aguas, así como con respecto a los procedimientos de contratación pública, por lo general en relación con las deficiencias en el control de los procesos de urbanización por parte de las autoridades de comunidades autónomas y locales en España,

L. Considerando que en el curso de la actual legislatura parlamentaria, la Comisión de Peticiones, en respuesta al número ingente de peticiones recibidas, ha llevado a cabo investigaciones detalladas, ha informado en tres ocasiones de la magnitud de los presuntos abusos de los derechos legítimos de los ciudadanos europeos sobre sus bienes legalmente adquiridos en España, y expresaba también su inquietud acerca del presunto menoscabo del desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente y el suministro y la calidad de las aguas, así como con respecto a los procedimientos de contratación pública en materia de contratos urbanísticos y al más bien exiguo control de parte de los procesos de urbanización por las instituciones responsables,

Or. en

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ES

Enmienda 15María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón,

Propuesta de resoluciónConsiderando L

Propuesta de resolución Enmienda

L. Considerando que en el curso de la actual legislatura parlamentaria, la Comisión de Peticiones, en respuesta al número ingente de peticiones recibidas, ha llevado a cabo investigaciones detalladas, ha informado en tres ocasiones de la magnitud de los abusos de los derechos legítimos de los ciudadanos europeos sobre sus bienes legalmente adquiridos en España, y expresaba también su inquietud acerca del desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente y el suministro y la calidad de las aguas, así como con respecto a los procedimientos de contratación pública, por lo general en relación con las deficiencias en el control de los procesos de urbanización por parte de las autoridades de comunidades autónomas y locales en España1,

L. Considerando que en el curso de la actual legislatura parlamentaria, la Comisión de Peticiones, en respuesta al número ingente de peticiones recibidas, ha llevado a cabo investigaciones detalladas, ha informado en tres ocasiones de la magnitud de los abusos de los derechos legítimos de los ciudadanos europeos sobre sus bienes legalmente adquiridos en España, y expresaba también su inquietud acerca del desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente y el suministro y la calidad de las aguas, así como con respecto a los procedimientos de contratación pública, que son objeto en laactualidad de procedimientos judiciales tanto en España como ante el Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas,

Or. es

Enmienda 16Willy Meyer Pleite

Propuesta de resoluciónConsiderando L bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

L bis. Considerando que todas las administraciones, central, autonómicas y locales son responsables de haber puesto en marcha un modelo de desarrollo

1 Véase la Resolución mencionada anteriormente, de 21 de junio de 2007, y la Resolución, de 13 de diciembre de 2005, sobre los presuntos abusos de la Ley del Suelo valenciana o Ley Reguladora de la Actividad Urbanística (LRAU) y sus repercusiones en los ciudadanos europeos (Peticiones 609/2003, 732/2003, 985/2002, 111272002, 107/2004 y otras) (DO C 286 E de 23.11.2006, p. 225).

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ES

insostenible, que ha tenido gravísimas consecuencias, por supuesto medioambientales y, además, sociales y económicas,

Or. es

Enmienda 17Cristina Gutiérrez-Cortines

Propuesta de resoluciónConsiderando L bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

L bis. Considerando que el Parlamento Europeo ha recibido muchas peticiones procedentes de particulares y de diferentes asociaciones que representan a ciudadanos europeos en las que formulan reclamaciones sobre diversos aspectos de la actividad urbanística, y constatando que en muchos de los problemas expuestos en las peticiones presentadas que tratan sobre la expansión urbanística no se observa infracción del Derecho comunitario -véanse las comunicaciones a los miembros de la CE- y que deberían resolverse agotando la vía judicial del Estado miembro concernido,

Or. es

Enmienda 18Carlos José Iturgaiz Angulo

Propuesta de resoluciónConsiderando M

Propuesta de resolución Enmienda

M. Considerando que existen cada vez más pruebas de que las autoridades judiciales en España han empezado a reaccionar

M. Considerando que las autoridadesjudiciales en España reaccionan ante el reto que supone la urbanización excesiva

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ES

ante el reto que supone la urbanización excesiva en muchas zonas costeras, en particular mediante la investigación y la imputación de cargos contra funcionarios locales corruptos quienes, por sus acciones, han facilitado desarrollos urbanísticos no reglamentados sin precedentes en detrimento de los derechos de los ciudadanos europeos, que han conllevado daños irreparables a la biodiversidad y la integridad medioambiental de muchas regiones de España; considerando que, sin embargo, el Parlamento ha observado que los procedimientos incoados siguen siendo de una lentitud desmedida y que las sentencias dictadas en muchos de estos casos no pueden ejecutarse de forma que compensen a las víctimas de tales abusos,

en muchas zonas costeras; considerando que, sin embargo, el Parlamento ha observado que los procedimientos incoados siguen siendo lentos,

Or. es

Enmienda 19María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón,

Propuesta de resoluciónConsiderando M

Propuesta de resolución Enmienda

M. Considerando que existen cada vez más pruebas de que las autoridades judiciales en España han empezado a reaccionar ante el reto que supone la urbanización excesiva en muchas zonas costeras, en particular mediante la investigación y la imputación de cargos contra funcionarios locales corruptos quienes, por sus acciones, han facilitado desarrollos urbanísticos no reglamentados sin precedentes en detrimento de los derechos de losciudadanos europeos, que han conllevado daños irreparables a la biodiversidad y la integridad medioambiental de muchasregiones de España; considerando que, sin embargo, el Parlamento ha observado que

M. Considerando que existen cada vez más pruebas de que las autoridades judiciales en España han empezado a reaccionar ante el reto que supone la urbanización excesiva en muchas zonas costeras, investigando posibles abusos y prácticas contrarias a la legalidad que han facilitado desarrollos urbanísticos no reglamentados en detrimento de los derechos de algunosciudadanos, y que han conllevado daños importantes a la biodiversidad y la integridad medioambiental de algunasregiones de España,

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ES

los procedimientos incoados siguen siendo de una lentitud desmedida y que las sentencias dictadas en muchos de estos casos no pueden ejecutarse de forma que compensen a las víctimas de tales abusos,

Or. es

Enmienda 20Nicolae Vlad Popa,

Propuesta de resoluciónConsiderando M

Propuesta de resolución Enmienda

M. Considerando que existen cada vez más pruebas de que las autoridades judiciales en España han empezado a reaccionar ante el reto que supone la urbanización excesiva en muchas zonas costeras, en particular mediante la investigación y la imputación de cargos contra funcionarios locales corruptos quienes, por sus acciones, han facilitado desarrollos urbanísticos no reglamentados sin precedentes en detrimento de los derechos de los ciudadanos europeos, que han conllevado daños irreparables a la biodiversidad y la integridad medioambiental de muchas regiones de España; considerando que, sin embargo, el Parlamento ha observado que los procedimientos incoados siguen siendo de una lentitud desmedida y que las sentencias dictadas en muchos de estos casos no pueden ejecutarse de forma que compensen a las víctimas de tales abusos,

M. Considerando que existen cada vez más pruebas de que las autoridades judiciales en España han empezado a reaccionar ante el reto que supone la urbanización excesiva en muchas zonas costeras, en particular mediante la investigación y la imputación de cargos contra algunos funcionarios locales quienes han facilitado desarrollos urbanísticos sin control en detrimento de los derechos de los ciudadanos europeos, que han conllevado daños irreparables a la biodiversidad y la integridad medioambiental de muchas regiones de España; considerando, sin embargo, el Parlamento ha observado que, en respuesta a los cargos imputados, los procedimientos incoados siguen siendo lentos y que las sentencias dictadas en muchos de estos casos no pueden ejecutarse de forma que compensen a las víctimas de tales abusos, y que la instancia de recurso procedente, una vez las vías nacionales agotadas, es el Tribunal de Derechos Humanos,

Or. en

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ES

Enmienda 21Michael Gahler

Propuesta de resoluciónConsiderando M

Propuesta de resolución Enmienda

M. Considerando que existen cada vez más pruebas de que las autoridades judiciales en España han empezado a reaccionar ante el reto que supone la urbanización excesiva en muchas zonas costeras, en particular mediante la investigación y la imputación de cargos contra funcionarios locales corruptos quienes, por sus acciones, han facilitado desarrollos urbanísticos no reglamentados sin precedentes en detrimento de los derechos de los ciudadanos europeos, que han conllevado daños irreparables a la biodiversidad y la integridad medioambiental de muchas regiones de España; considerando que, sin embargo, el Parlamento ha observado que los procedimientos incoados siguen siendo de una lentitud desmedida y que las sentencias dictadas en muchos de estos casos no pueden ejecutarse de forma que compensen a las víctimas de tales abusos,

M. Considerando que existen cada vez más pruebas de que las autoridades judiciales en España han empezado a reaccionar ante el reto que supone la urbanización excesiva en muchas zonas costeras, en particular mediante la investigación y la imputación de cargos contra funcionarios locales corruptos quienes, por sus acciones, han facilitado desarrollos urbanísticos no reglamentados sin precedentes en detrimento de los derechos de los ciudadanos europeos, que han conllevado daños irreparables a la biodiversidad y la integridad medioambiental de muchas regiones de España; considerando que, sin embargo, el Parlamento ha observado que los procedimientos incoados siguen siendo de una lentitud desmedida y que las sentencias dictadas en muchos de estos casos no pueden ejecutarse de forma que compensen a las víctimas de tales abusos, y que ello ha reforzado la impresión, compartida por muchos ciudadanos de la UE de nacionalidad no española, acerca de la falta de actuación y parcialidad de la justicia española;

Or. de

Enmienda 22Carlos José Iturgaiz Angulo

Propuesta de resoluciónConsiderando N

Propuesta de resolución Enmienda

N. Considerando que esta actividad suprimido

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ES

extendida que respaldan las autoridades locales y regionales irresponsables a través de una legislación inadecuada y en ocasiones injustificada, que en muchos casos es contraria a los objetivos de varios actos legislativos europeos, ha dañado considerablemente la imagen de España y de los amplios intereses económicos y políticos que tiene en Europa,

Or. es

Enmienda 23María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón,

Propuesta de resoluciónConsiderando N

Propuesta de resolución Enmienda

N. Considerando que esta actividad extendida que respaldan las autoridades locales y regionales irresponsables a través de una legislación inadecuada y en ocasiones injustificada, que en muchos casos es contraria a los objetivos de varios actos legislativos europeos, ha dañado considerablemente la imagen de España y de los amplios intereses económicos y políticos que tiene en Europa,

N. Considerando que la mala aplicación de las legislaciones urbanísticas y medioambientales vigentes en las Comunidades Autónomas españolas en algunas actuaciones urbanizadoras, así como la aparición de algunos casos relevantes de corrupción ocasionados por ellas, han podido dañar la imagen de España y de los amplios intereses económicos y políticos que tiene en Europa,

Or. es

Enmienda 24Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónConsiderando N

Propuesta de resolución Enmienda

N. Considerando que esta actividad N. Considerando que esta actividad

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ES

extendida que respaldan las autoridades locales y regionales irresponsables a través de una legislación inadecuada y en ocasiones injustificada, que en muchos casos es contraria a los objetivos de varios actos legislativos europeos, ha dañado considerablemente la imagen de España y de los amplios intereses económicos y políticos que tiene en Europa,

extendida que respaldan las instituciones del Estado a través de una legislación en ocasiones injustificada, que en muchos casos no está al servicio de los objetivos de varios actos legislativos europeos, ha dado lugar, en parte, a un cambio negativo de la imagen de España y de los amplios intereses económicos y políticos que tiene en Europa,

Or. en

Enmienda 25Carlos José Iturgaiz Angulo

Propuesta de resoluciónConsiderando O

Propuesta de resolución Enmienda

O. Considerando que los Defensores del Pueblo regionales han intervenido frecuentemente, en circunstancias muy difíciles, para defender los intereses de los ciudadanos europeos en casos relacionados con abusos urbanísticos, aunque en general, las autoridades regionales han desoído sus esfuerzos,

O. Considerando que los Defensores del Pueblo regionales han intervenido frecuentemente, en circunstancias muy difíciles, para defender los intereses de los ciudadanos europeos en casos relacionados con abusos urbanísticos,

Or. es

Enmienda 26María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónConsiderando O

Propuesta de resolución Enmienda

O. Considerando que los Defensores del Pueblo regionales han intervenido frecuentemente, en circunstancias muy difíciles, para defender los intereses de los ciudadanos europeos en casos relacionados

O. Considerando que los Defensores del Pueblo regionales han intervenido frecuentemente, en circunstancias muy difíciles, para defender los intereses de los ciudadanos europeos en casos relacionados

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ES

con abusos urbanísticos, aunque engeneral, las autoridades regionales handesoído sus esfuerzos,

con abusos urbanísticos, aunque en ocasiones, en algunas Comunidades Autónomas, las autoridades regionales han podido desoír sus esfuerzos,

Or. es

Enmienda 27Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónConsiderando O

Propuesta de resolución Enmienda

O. Considerando que los Defensores del Pueblo regionales han intervenido frecuentemente, en circunstancias muy difíciles, para defender los intereses de los ciudadanos europeos en casos relacionados con abusos urbanísticos, aunque en general, las autoridades regionales han desoído sus esfuerzos,

O. Considerando que los Defensores del Pueblo regionales han intervenido frecuentemente, en circunstancias muy difíciles, para defender los intereses de los ciudadanos europeos en casos relacionados con asuntos urbanísticos, aunque las autoridades regionales no siempre hayan apoyado sus esfuerzos,

Or. en

Enmienda 28María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónConsiderando P

Propuesta de resolución Enmienda

P. Considerando el artículo 33 de la Constitución española que alude al derecho a la propiedad y que el Tribunal Constitucional no ha proporcionado una interpretación exhaustiva de ese artículo, en particular en relación con la afectación de la propiedad a un uso social, frente a los derechos de las personas sobre sus viviendas,

P. Considerando el artículo 33 de la Constitución española, que define el derecho a la propiedad como un derecho fundamental, estableciendo que «1. Se reconoce el derecho a la propiedad privada y a la herencia. 2. La función social de estos derechos delimitará su contenido, de acuerdo con las leyes. 3. Nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sino por causa justificada de

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ES

utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización y de conformidad con lo dispuesto por las leyes"; considerando el artículo148, apartado 3 de la Constitución española, que permite a las comunidades autónomas que tengan transferidas las competencias asumir las de ordenación del territorio, urbanismo y vivienda (como es el caso de la Comunidad Valenciana); considerando que algunos Estatutos de Autonomía permiten delegar en los ayuntamientos competencias que, por sus medios, puedan asumir, asegurando la debida coordinación y eficacia en la prestación de los servicios (artículo 45 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana); considerando igualmente la Ley de 16 de diciembre de 1954, de Expropiación Forzosa, actualmente en vigor, y sus posteriores modificaciones, así como el Real Decreto legislativo 2/2008 de 20 de junio por el que se aprueba el texto refundido de la ley del suelo; considerando la numerosa y extensa jurisprudencia del Tribunal Supremo y del Tribunal Constitucional españoles en materia de derecho de la propiedad privada,

Or. es

Enmienda 29José Manuel García-Margallo y Marfil

Propuesta de resoluciónConsiderando P

Propuesta de resolución Enmienda

P. Considerando el artículo 33 de Constitución española que alude al derecho a la propiedad y que el Tribunal Constitucional no ha proporcionado una interpretación exhaustiva de ese artículo, en particular en relación con la

P. Considerando que el artículo 33 de la Constitución Española reconoce el derechode propiedad y que el Tribunal Constitucional Español ha proporcionado una interpretación exhaustiva de este artículo, a través de numerosas sentencias,

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ES

afectación de la propiedad a un uso social, frente a los derechos de las personas sobre sus viviendas,

en las que se interpreta su delimitación y contenido por la función social, de acuerdo con las leyes,

Or. es

Enmienda 30Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónConsiderando P

Propuesta de resolución Enmienda

P. Considerando el artículo 33 de la Constitución española que alude al derecho a la propiedad y que el Tribunal Constitucional no ha proporcionado una interpretación exhaustiva de ese artículo, en particular en relación con la afectación de la propiedad a un uso social, frente a los derechos de las personas sobre sus viviendas.

P. Considerando el artículo 33 de la Constitución española que alude al derecho a la propiedad y considerando que ha habido distintas interpretaciones de ese artículo, en particular en relación con la afectación de la propiedad a un uso social, frente a los derechos de las personas sobre sus viviendas,

Or. en

Enmienda 31Willy Meyer Pleite

Propuesta de resoluciónConsiderando P bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

P bis. Considerando que el artículo 47 de la Constitución Española determina que todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada, y mandata que los poderes públicos promuevan las condiciones necesarias y establezcan las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del

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ES

suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación,

Or. es

Enmienda 32María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónConsiderando Q

Propuesta de resolución Enmienda

Q. Considerando que el Gobierno nacional español tiene el deber de aplicar el Tratado CE y de defender y garantizar la plena aplicación del Derecho comunitario en su territorio, independientemente de la organización interna de las autoridades políticas, según lo dispuesto en la Constitución del Reino de España,

Q. Considerando que el Gobierno nacional español tiene el deber de aplicar el Tratado CE y de defender y garantizar la plena aplicación del Derecho comunitario en su territorio, teniendo en cuenta la organización interna del Estado español, según lo dispuesto en la Constitución del Reino de España,

Or. es

Enmienda 33Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónConsiderando R

Propuesta de resolución Enmienda

R. Considerando que la Comisión, actuando en virtud de los poderes que le confiere el artículo 226 del Tratado CE, ha incoado procedimientos contra España ante el Tribunal de Justicia en un asunto relativo a los excesivos abusos urbanísticos que han tenido lugar en España, que afectan directamente a la aplicación por parte de las autoridades valencianas de la Directiva

R. Considerando que la Comisión, actuando en virtud de los poderes que le confiere el artículo 226 del Tratado CE, ha incoado procedimientos contra España ante el Tribunal de Justicia en un asunto relativo a los excesivos abusos urbanísticos que han tenido lugar en España, que afectan directamente a la aplicación por parte de las autoridades valencianas de la Directiva sobre contratos públicos1, aunque se

1 Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios (DO L 134

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ES

sobre contratos públicos*. alberguen dudas acerca de si existe una relación de causalidad suficiente entre la presunta aplicación inadecuada de dicha Directiva y los presuntos daños alegados por los peticionarios,

Or. en

Enmienda 34María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónConsiderando R

Propuesta de resolución Enmienda

R. Considerando que la Comisión, actuando en virtud de los poderes que le confiere el artículo 226 del Tratado CE, haincoado procedimientos contra España ante el Tribunal de Justicia en un asunto relativo a los excesivos abusos urbanísticos que han tenido lugar en España, que afectan directamente a la aplicación por parte de las autoridades valencianas de la Directiva sobre contratos públicos1,

R. Considerando que la Comisión, actuando en virtud de los poderes que le confiere el artículo 226 del Tratado CE, hallevado ante el Tribunal de Justicia la Ley Urbanística Valenciana por entender que infringe la normativa comunitaria en materia de contrataciones públicas,

Or. es

Enmienda 35José Manuel García-Margallo y Marfil

Propuesta de resoluciónConsiderando R

Propuesta de resolución Enmienda

R. Considerando que la Comisión, R. Considerando que la Comisión, de 30.4.2004, p. 114).1 Directiva 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 31 de marzo de 2004, sobre coordinación de los procedimientos de adjudicación de los contratos públicos de obras, de suministro y de servicios (DO L 134 de 30.4.2004, p. 114).

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ES

actuando en virtud de los poderes que le confiere el artículo 226 del Tratado CE, ha incoado procedimientos contra España ante el Tribunal de Justicia en un asunto relativo a los excesivos abusos urbanísticos que han tenido lugar en España, que afectan directamente a la aplicación por parte de las autoridades valencianas de la Directiva sobre contratos públicos,

actuando en virtud de los poderes que le confiere el artículo 226 del Tratado CE, ha incoado procedimientos contra España ante el Tribunal de Justicia en un asunto relacionado con la aplicación por parte de las autoridades valencianas de la Directiva sobre contratos públicos en relación con el urbanismo,

Or. es

Enmienda 36Cristina Gutiérrez-Cortines

Propuesta de resoluciónConsiderando S

Propuesta de resolución Enmienda

S. Considerando que la Comisión, a instancias de la Comisión de Peticiones, ha abierto una investigación sobre más de 250 proyectos urbanísticos que han sido objeto de un dictamen negativo por parte de las autoridades competentes en materia de agua y de las autoridades en materia de cuencas fluviales, cuya aprobación está pendiente en Andalucía, Castilla-La Mancha, Murcia y Valencia,

S. Considerando que la Comisión, a instancias de la Comisión de Peticiones, ha abierto una investigación sobre más de 250 proyectos urbanísticos, algunos por causa de los recursos hídricos, cuya aprobación está pendiente en Andalucía, Castilla-La Mancha, Murcia y Valencia,

Or. es

Enmienda 37David Hammerstein

Propuesta de resoluciónConsiderando S

Propuesta de resolución Enmienda

S. Considerando que la Comisión, a instancias de la Comisión de Peticiones, ha

S. Considerando que la Comisión, a instancias de la Comisión de Peticiones, ha

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ES

abierto una investigación sobre más de 250 proyectos urbanísticos que han sido objeto de un dictamen negativa por parte de las autoridades competentes en materia de agua y de las autoridades en materia de cuencas fluviales, cuya aprobación está pendiente en Andalucía, Castilla-La Mancha, Murcia y Valencia,

abierto una investigación sobre más de 250 proyectos urbanísticos que han sido objeto de un dictamen negativo por parte de las autoridades competentes en materia de agua, en el que se informaba de que no había agua para esas urbanizaciones; que dichas urbanizaciones que carecen de agua son contrarias a la Directiva marco sobre el agua; que España debe alcanzar los objetivos fijados a medio y largo plazo por la Directiva marco sobre el agua y que la construcción de urbanizaciones sin el permiso de las autoridades competentes en materia de agua podría poner en peligro los objetivos de la Directiva,

Or. en

Enmienda 38David Hammerstein

Propuesta de resoluciónConsiderando S bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

S bis. Considerando que muchas de esas urbanizaciones se encuentran lejos de zonas urbanas consolidadas y exigieron unos gastos notables en servicios básicos como electricidad, agua e infraestructuras viarias; considerando que estas inversiones suelen beneficiarse de financiación comunitaria,

Or. en

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ES

Enmienda 39Carlos José Iturgaiz Angulo

Propuesta de resoluciónConsiderando T

Propuesta de resolución Enmienda

T. Considerando que, sin embargo, en muchos casos documentados de abusos urbanísticos en España, la Comisión no ha actuado con la suficiente firmeza, no sólo respecto a la ejecución del principio de cautela de la legislación medioambiental, sino también por la laxa interpretación de los actos cometidos por las autoridades locales y regionales competentes con efecto legal vinculante, tales como la «aprobación provisional» de un plan de desarrollo urbanístico integrado por parte de una autoridad local,

suprimido

Or. es

Enmienda 40María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónConsiderando T

Propuesta de resolución Enmienda

T. Considerando que, sin embargo, en muchos casos documentados de abusos urbanísticos en España, la Comisión no ha actuado con la suficiente firmeza, no sólo respecto a la ejecución del principio de cautela de la legislación medioambiental,sino también por la laxa interpretación de los actos cometidos por las autoridades locales y regionales competentes con efecto legal vinculante, tales como la «aprobación provisional» de un plan de desarrollo urbanístico integrado por parte

T. Considerando que, sin embargo, en algunos casos documentados de mala práctica urbanística, la Comisión no ha actuado con la suficiente firmeza respectoa la ejecución del principio de cautela de la legislación medioambiental,

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ES

de una autoridad local,

Or. es

Enmienda 41Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónConsiderando T

Propuesta de resolución Enmienda

T. Considerando que, sin embargo, en muchos casos documentados de abusosurbanísticos en España, la Comisión no ha actuado con la suficiente firmeza, no sólo respecto a la ejecución del principio de cautela de la legislación medioambiental, sino también por la laxa interpretación de los actos cometidos por las autoridades locales y regionales competentes con efecto legal vinculante, tales como la «aprobación provisional» de un plan de desarrollo urbanístico integrado por parte de una autoridad local,

T. Considerando, sin embargo, que en muchos casos documentados de problemas urbanísticos en España, la Comisión no ha actuado con la suficiente firmeza, no sólo respecto a la ejecución del principio de cautela de la legislación medioambiental, sino también por la laxa interpretación de los actos cometidos por las autoridades locales y regionales competentes con efecto legal vinculante, tales como la «aprobación provisional» de un plan de desarrollo urbanístico integrado por parte de una autoridad local,

Or. en

Enmienda 42María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónConsiderando V

Propuesta de resolución Enmienda

V. Considerando que las sucesivas visitas realizadas por la Comisión de Peticiones en el marco de la investigación han indicado que, con frecuencia, muchas autoridades locales y regionalesmalinterpretan gravemente estos objetivos (no solo en las regiones costeras) a la hora de proponer o acordar programas

V. Considerando que las sucesivas visitas realizadas por la Comisión de Peticioneshan observado que algunas autoridades locales y regionales han continuado tramitando programas urbanísticos extensos, en ocasiones reclasificando puntualmente suelo rural en urbanizable, sin que exista previamente un

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ES

urbanísticos extensos; considerando que la mayoría de los planes urbanísticos denunciados por las peticiones conllevan la reclasificación de suelo rural a suelo urbanizable, para el provecho económico considerable del agente urbanizador y el promotor; considerando asimismo que hay muchos casos de terrenos protegidos, o terrenos que deberían protegerse en vista de su vulnerable biodiversidad, que se desclasifican y reclasifican, o no se clasifican en absoluto, precisamente para permitir la urbanización de la zona en cuestión,

planeamiento o directrices de ámbito supramunicipal que establezcan unos límites razonables e indisponibles de crecimiento urbano municipal que permitan garantizar un deseable y equilibrado desarrollo urbanístico y territorial sostenible,

Or. es

Enmienda 43Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónConsiderando V

Propuesta de resolución Enmienda

V. Considerando que las sucesivas visitas realizadas por la Comisión de Peticiones en el marco de la investigación han indicado que, con frecuencia, muchas autoridades locales y regionales malinterpretan gravemente estos objetivos (no solo en las regiones costeras) a la hora de proponer o acordar programas urbanísticos extensos; considerando que la mayoría de los planes urbanísticos denunciados por las peticiones conllevan la reclasificación de suelo rural a suelo urbanizable, para el provecho económico considerable del agente urbanizador y el promotor; considerando asimismo que hay muchos casos de terrenos protegidos, o terrenos que deberían protegerse en vista de su vulnerable biodiversidad, que se desclasifican y reclasifican, o no se clasifican en absoluto, precisamente para permitir la urbanización de la zona en

V. Considerando que las sucesivas visitas realizadas por la Comisión de Peticiones en el marco de la investigación han indicado que, al parecer, algunas autoridades locales y regionales suelen malinterpretarestos objetivos (no solo en las regiones costeras) a la hora de proponer o acordar programas urbanísticos extensos; considerando que la mayoría de los planes urbanísticos denunciados por las peticiones conllevan la reclasificación de suelo rural a suelo urbanizable, para el provecho económico del agente urbanizador y el promotor; considerando asimismo que hay muchos casos de terrenos protegidos, o terrenos que deberían protegerse en vista de su vulnerable biodiversidad, que se desclasifican y reclasifican, o no se clasifican en absoluto, precisamente para permitir la urbanización de la zona en cuestión, y considerando, sin embargo,

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ES

cuestión, que el único modo de tratar adecuadamente dichas quejas en un Estado de Derecho es iniciando acciones judiciales ante los órganos jurisdiccionales nacionales -que son también los que conocen en primera instancia del Derecho comunitario- y, si fuera necesario, ante el Tribunal de Derechos Humanos,

Or. en

Enmienda 44Gerardo Galeote

Propuesta de resoluciónConsiderando V

Propuesta de resolución Enmienda

V. Considerando que las sucesivas visitas realizadas por la Comisión de Peticiones en el marco de la investigación han indicado que, con frecuencia, muchas autoridades locales y regionales malinterpretan gravemente estos objetivos (no solo en las regiones costeras) a la hora de proponer o acordar programas urbanísticos extensos; considerando que la mayoría de los planes urbanísticos denunciados por las peticiones conllevan la reclasificación de suelo rural a suelo urbanizable, para el provecho económico considerable del agente urbanizador y el promotor; considerando asimismo que hay muchos casos de terrenos protegidos, o terrenos que deberían protegerse en vista de su vulnerable biodiversidad, que se desclasifican y reclasifican, o no se clasifican en absoluto, precisamente para permitir la urbanización de la zona en cuestión,

V. Considerando que las sucesivas visitas realizadas por la Comisión de Peticiones en el marco de la investigación han indicado que, en algunas ocasiones, las autoridades locales y regionales (no solo en las regiones costeras) han propuesto oacordado programas urbanísticos extensos; considerando que la mayoría de los planes urbanísticos denunciados por las peticiones conllevan la reclasificación de suelo rural a suelo urbanizable; considerando asimismo que hay muchos casos de terrenos protegidos, o terrenos que deberían protegerse en vista de su vulnerable biodiversidad,

Or.

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ES

Enmienda 45María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónConsiderando W

Propuesta de resolución Enmienda

W. Considerando que tales consideraciones conforman los abusos al que están sometidos miles de ciudadanos europeos quienes, como consecuencia de los planes elaborados por los agentes urbanizadores, no sólo han perdido sus bienes legítimamente adquiridos, sino que se han visto obligados a pagar el coste arbitrario de proyectos de infraestructuras a menudo no deseadas e innecesarias que afectaban directamente a sus derechos a la propiedad y que han acabado en catástrofe financiera y emocional para muchas familias,

W. Considerando que la mala aplicación de las legislaciones urbanísticas y medioambientales vigentes han producido relevantes perjuicios económicos y personales en algunos ciudadanos, concretados, en ocasiones, en un incremento de costes de urbanización por encima de los derivados de una correcta determinación según los procedimientos legales preceptivos o de mayores cesiones de parcela que las establecidas normativamente,

Or. es

Enmienda 46Carlos José Iturgaiz Angulo

Propuesta de resoluciónConsiderando W

Propuesta de resolución Enmienda

W. Considerando que tales consideraciones conforman los abusos al que están sometidos miles de ciudadanos europeosquienes, como consecuencia de los planes elaborados por los agentes urbanizadores, no sólo han perdido sus bienes legítimamente adquiridos, sino que se han visto obligados a pagar el coste arbitrario de proyectos de infraestructuras a menudo no deseadas e innecesarias que afectaban directamente a sus derechos a

W. Considerando que tales consideraciones conforman problemas para los ciudadanos quienes, como consecuencia de los planes elaborados por los agentes urbanizadores, se han visto obligados a pagar el coste de proyectos en aras del interés público,

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ES

la propiedad y que han acabado en catástrofe financiera y emocional para muchas familias,

Or. es

Enmienda 47Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónConsiderando W

Propuesta de resolución Enmienda

W. Considerando que tales consideraciones conforman los abusos al que están sometidos miles de ciudadanos europeos quienes, como consecuencia de los planes elaborados por los agentes urbanizadores, no sólo han perdido sus bienes legítimamente adquiridos, sino que se han visto obligados a pagar el coste arbitrario de proyectos de infraestructuras a menudo no deseadas e innecesarias que afectaban directamente a sus derechos a la propiedad y que han acabado en catástrofe financiera y emocional para muchas familias,

W. Considerando que tales consideraciones conforman los abusos al que están sometidos muchos ciudadanos europeos quienes, como consecuencia de los planes elaborados por los agentes urbanizadores, consideran que no sólo han perdido sus bienes legítimamente adquiridos, sino que se han visto obligados a pagar el coste arbitrario de proyectos de infraestructuras a menudo no deseadas e innecesarias queafectaban directamente a sus derechos a la propiedad,

Or. en

Enmienda 48María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónConsiderando X

Propuesta de resolución Enmienda

X. Considerando que muchos miles de ciudadanos europeos, en diferentes circunstancias, han adquirido propiedades en España de buena fe, actuando conjuntamente con abogados

suprimido

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ES

locales, urbanistas y arquitectos, sólo para descubrir más adelante que han sido víctimas de abusos urbanísticos cometidos por autoridades locales poco escrupulosas y que, en consecuencia, sus propiedades se enfrentan a la demolición porque se ha descubierto que han sido edificadas ilegalmente y, por lo tanto, no tienen valor y no pueden venderse,

Or. es

Enmienda 49Cristina Gutiérrez-Cortines

Propuesta de resoluciónConsiderando X

Propuesta de resolución Enmienda

X. Considerando que muchos miles deciudadanos europeos, en diferentes circunstancias, han adquirido propiedades en España de buena fe, actuando conjuntamente con abogados locales, urbanistas y arquitectos, sólo para descubrir más adelante que han sido víctimas de abusos urbanísticos cometidos por autoridades locales poco escrupulosas y que, en consecuencia, sus propiedades se enfrentan a la demolición porque se ha descubierto que han sido edificadas ilegalmente y, por lo tanto, no tienen valor y no pueden venderse,

X. Considerando que ciudadanos europeos, han adquirido propiedades en España de buena fe, sin ser conocedores de su régimen urbanístico, y considerando el principio de que «la ignorancia de la ley no excusa de su cumplimiento»; que los efectos para estos ciudadanos han sido el descubrimiento de que, sus propiedades se enfrentan a la demolición, pues han sido edificadas ilegalmente,

Or. es

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ES

Enmienda 50Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónConsiderando X

Propuesta de resolución Enmienda

X. Considerando que muchos miles deciudadanos europeos, en diferentes circunstancias, han adquirido propiedades en España de buena fe, actuando conjuntamente con abogados locales, urbanistas y arquitectos, sólo para descubrir más adelante que han sido víctimas de abusos urbanísticos cometidos por autoridades locales poco escrupulosas y que, en consecuencia, sus propiedades se enfrentan a la demolición porque se ha descubierto que han sido edificadas ilegalmente y, por lo tanto, no tienen valor y no pueden venderse,

X. Considerando que se alega también que muchos ciudadanos europeos, en diferentes circunstancias, han adquirido propiedades en España de buena fe, actuando conjuntamente con abogados locales, urbanistas y arquitectos, sólo para descubrir más adelante que sus propiedades se enfrentan a la demolición porque se ha descubierto que han sido edificadas ilegalmente y, por lo tanto, no tienen valor y no pueden venderse,

Or. en

Enmienda 51David Hammerstein

Propuesta de resoluciónConsiderando X

Propuesta de resolución Enmienda

X. Considerando que muchos miles de ciudadanos europeos, en diferentes circunstancias, han adquirido propiedades en España de buena fe, actuando conjuntamente con abogados locales, urbanistas y arquitectos, sólo para descubrir más adelante que han sido víctimas de abusos urbanísticos cometidospor autoridades locales poco escrupulosasy que, en consecuencia, sus propiedades se enfrentan a la demolición porque se ha descubierto que han sido edificadas ilegalmente y, por lo tanto, no tienen valor

X. Considerando que muchos miles de ciudadanos europeos han adquirido propiedades en España de buena fe y han sido víctimas de prácticas engañosas y abusivas por los agentes locales competentes en el ámbito urbanístico y que, en consecuencia, sus propiedades se enfrentan a la demolición sin una indemnización adecuada porque se ha descubierto que han sido edificadas ilegalmente,

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ES

y no pueden venderse,

Or. en

Enmienda 52Margrete Auken

Propuesta de resoluciónConsiderando X bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

X bis. Considerando que los agentes inmobiliarios de los Estados miembros, como los del Reino Unido, y otros prestadores de servicios relacionados con el mercado inmobiliario en España, siguen poniendo a la venta propiedades en urbanizaciones nuevas, a pesar de que tienen necesariamente conocimiento de que existe una posibilidad evidente de que el proyecto en cuestión no se termine o no se construya,

Or. en

Enmienda 53Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónConsiderando X bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

X bis. Considerando que la única manera de obtener reparación en esos casos es iniciando acciones judiciales ante los órganos jurisdiccionales nacionales, que son los únicos competentes para conocer de dichos asuntos,

Or. en

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ES

Enmienda 54Carlos José Iturgaiz Angulo

Propuesta de resoluciónConsiderando Y

Propuesta de resolución Enmienda

Y. Considerando que las islas y las zonas costeras mediterráneas de España han sufrido una destrucción masiva en la última década, ya que el cemento y el hormigón han saturado esas regiones de tal forma que han afectado no sólo al frágil medio ambiente costero, la mayor parte del cual está nominalmente protegido en virtud de la Directivas sobre hábitats1 /Natura 2000 y aves2, sino también a la actividad social y cultural de muchas zonas, lo que constituye una pérdida trágica e irreparable de su identidad y legado culturales, así como de su integridad medioambiental, y todo ello principalmente por la avaricia y la conducta especulativa de algunas autoridades locales y miembros del sector de la construcción que han conseguido sacar beneficios masivos de estas actividades, la mayoría de los cuales se han exportado3,

Y. Considerando que las zonas costeras de España han sufrido un fuerte desarrollo en la última década, propiciado por la bonanza económica y equiparable al de otras regiones de Europa,

Or. es

1 Directiva del Consejo 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DO L 206 de 22.7.1992, p. 7).2 Directiva del Consejo 79/409/CEE, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres (DO L 103 de 25.4.1979, p. 1).3 Véanse los informes recientes emitidos por el Banco de España, Greenpeace y Transparencia Internacional.

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ES

Enmienda 55David Hammerstein

Propuesta de resoluciónConsiderando Y

Propuesta de resolución Enmienda

Y. Considerando que las islas y las zonas costeras mediterráneas de España han sufrido una destrucción masiva en la última década, ya que el cemento y el hormigón han saturado esas regiones de tal forma que han afectado no sólo al frágil medio ambiente costero, la mayor parte del cual está nominalmente protegido en virtud de la Directivas sobre hábitats /Natura 2000 y aves, sino también a la actividad social y cultural de muchas zonas, lo que constituye una pérdida trágica e irreparable de su identidad y legado culturales, así como de su integridad medioambiental, y todo ello principalmente por la avaricia y la conducta especulativa de algunas autoridades locales y miembros del sector de la construcción que han conseguido sacar beneficios masivos de estas actividades, la mayoría de los cuales se han exportado,

Y. Considerando que algunas urbanizaciones se han construido en zonas designadas de la red Natura 2000 sin respetar las Directivas sobre hábitats y sobre aves, como las urbanizaciones en Cabo de Gata (Almería) y Murcia,

Or. en

Enmienda 56María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónConsiderando Y

Propuesta de resolución Enmienda

Y. Considerando que las islas y las zonas costeras mediterráneas de España han sufrido una destrucción masiva en la última década, ya que el cemento y el hormigón

Y. Considerando que las islas y las zonas costeras mediterráneas de España han sufrido una destrucción masiva en la última década, ya que el cemento y el hormigón

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ES

han saturado esas regiones de tal forma que han afectado no sólo al frágil medio ambiente costero, la mayor parte del cual está nominalmente protegido en virtud de la Directivas sobre hábitats*/Natura 2000 y aves*, sino también a la actividad social y cultural de muchas zonas, lo que constituye una pérdida trágica e irreparable de su identidad y legado culturales, así como de su integridad medioambiental, y todo ello principalmente por la avaricia y la conducta especulativa de algunas autoridades locales y miembros del sector de la construcción que han conseguido sacar beneficios masivos de estas actividades, la mayoría de los cuales se han exportado3,

han saturado esas regiones de tal forma que han afectado no sólo al frágil medio ambiente costero, la mayor parte del cual está nominalmente protegido en virtud de la Directivas sobre hábitats1/Natura 2000 y aves2, sino también a la actividad social y cultural de muchas zonas, lo que constituye una pérdida significativa de su identidad y legado culturales, así como de su integridad medioambiental, y todo ello principalmente por la ausencia de planeamiento supramunicipal o de directrices de ordenación territorial que establecieran límites razonables al crecimiento y desarrollo urbanístico, determinados sobre la base de explícitos criterios de sostenibilidad medioambiental,

Or. es

Enmienda 57Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónConsiderando Y

Propuesta de resolución Enmienda

Y. Considerando que las islas y las zonas costeras mediterráneas de España han sufrido una destrucción masiva en la última década, ya que el cemento y el hormigón han saturado esas regiones de tal forma que han afectado no sólo al frágilmedio ambiente costero, la mayor parte del cual está nominalmente protegido en virtud de la Directivas sobre hábitats /Natura 2000 y aves, sino también a la actividad

Y. Considerando que las islas y las zonas costeras mediterráneas de España han sufrido grandes cambios en la última década, ya que el cemento y el hormigón han saturado esas regiones de tal forma que han afectado al medio ambiente costero, la mayor parte del cual está nominalmente protegido en virtud de las Directivas sobre hábitats /Natura 2000 y aves, y a la actividad social y cultural de muchas

3 Véanse los informes recientes emitidos por el Banco de España, Greenpeace y Transparencia Internacional.1 Directiva del Consejo 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DO L 206 de 22.7.1992, p. 7).2 Directiva del Consejo 79/409/CEE, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres (DO L 103 de 25.4.1979, p. 1).

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ES

social y cultural de muchas zonas, lo que constituye una pérdida trágica e irreparable de su identidad y legado culturales, así como de su integridad medioambiental, y todo ello principalmente por la avaricia y la conducta especulativa de algunas autoridades locales y miembros del sector de la construcción que han conseguido sacar beneficios masivos de estas actividades, la mayoría de los cuales se han exportado,

zonas, modificando su identidad y legado culturales, así como su integridad medioambiental,

Or. en

Enmienda 58Willy Meyer Pleite

Propuesta de resoluciónConsiderando Y

Propuesta de resolución Enmienda

Y. Considerando que las islas y las zonas costeras mediterráneas de España han sufrido una destrucción masiva en la última década, ya que el cemento y el hormigón han saturado esas regiones de tal forma que han afectado no sólo al frágil medio ambiente costero, la mayor parte del cual está nominalmente protegido en virtud de la Directiva sobre Habitats* / Natura 2000 y aves*, sino también a la actividad social y cultural de muchas zonas, lo que constituye una pérdida trágica e irreparable de su identidad y legado culturales, así como de su integridad medioambiental, y todo ello principalmente por la avaricia y la conducta especulativa de algunas autoridades locales y miembros del sector de la construcción que han conseguido sacar beneficios masivos de estas

Y. Considerando que las islas y las zonas costeras mediterráneas de España han sufrido una destrucción masiva en la última década, ya que el cemento y el hormigón han saturado esas regiones de tal forma que han afectado no sólo al frágil medio ambiente costero, la mayor parte del cual está nominalmente protegido en virtud de la Directiva sobre Habitats1 / Natura 2000 y aves2, sino también a la actividad social y cultural de muchas zonas, lo que constituye una pérdida trágica e irreparable de su identidad y legado culturales, así como de su integridad medioambiental, y todo ello principalmente por la avaricia y la conducta especulativa de algunas autoridades locales y autonómicas, así como miembros del sector de la construcción que han conseguido sacar

1 Directiva del Consejo 92/43/CEE, de 21 de mayo de 1992, relativa a la conservación de los hábitats naturales y de la fauna y flora silvestres (DO L 206 de 22.7.1992, p. 7).2 Directiva del Consejo 79/409/CEE, de 2 de abril de 1979, relativa a la conservación de las aves silvestres (DO L 103 de 25.4.1979, p. 1).

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ES

actividades, la mayoría de los cuales se han exportado*.

beneficios masivos de estas actividades, la mayoría de los cuales se han exportado1.

Or. es

Enmienda 59Willy Meyer Pleite

Propuesta de resoluciónConsiderando Y bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

Y bis. Considerando que este modelo de crecimiento tiene consecuencias negativas también sobre el sector turístico, ya que se trata de un modelo devastador para el turismo de calidad, puesto que destruye los valores del territorio y fomenta la masificación,

Or. es

Enmienda 60Willy Meyer Pleite

Propuesta de resoluciónConsiderando Y ter (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

Y ter. Considerando que se trata de un modelo expoliador de los bienes culturales, que destruye valores y señas de identidad fundamentales de la diversidad cultural española, destruyendo yacimientos arqueológicos, edificios y lugares de interés cultural, así como su entorno natural y paisajístico,

Or. es

1 Véanse los informes recientes emitidos por el Banco de España, Greenpeace y Transparencia Internacional.

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ES

Enmienda 61María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónConsiderando Z

Propuesta de resolución Enmienda

Z. Considerando que el sector de la construcción, que ha obtenido unas ganancias excesivas durante los años de rápida expansión económica, ha pasado a ser la primera víctima del actual desplome de los mercados financieros, a su vez provocado en parte por la especulación en el sector inmobiliario, y que ello afecta no sólo a las empresas en sí, que ahora se enfrentan a la quiebra, sino también a las decenas de miles de asalariados del sector de la construcción que ahora se enfrentan al desempleo por culpa de las políticas urbanísticas insostenibles que se siguieron y de las que ahora han pasado a ser víctimas,

suprimido

Or. es

Enmienda 62José Manuel García-Margallo y Marfil

Propuesta de resoluciónConsiderando Z

Propuesta de resolución Enmienda

Z. Considerando que la industria de la construcción, que ha tenido unas ganancias excesivas durante los años de rápida expansión económica, ha pasado ella misma a ser la primera víctima del actual desplome de los mercados financieros a su vez provocado en parte por la especulación en el sector inmobiliario, y considerando que eso no

Z. Considerando que la industria de la construcción ha sufrido de manera notable las consecuencias del colapso internacional de los mercados financieros,y considerando que eso no sólo afecta a las propias empresas que ahora se enfrentan a la quiebra sino también a los miles de trabajadores que la industria de la construcción ocupa,

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ES

sólo afecta a las propias empresas que ahora se enfrentan a la quiebra sino también a las decenas de miles de trabajadores de la industria de la construcción que ahora se enfrentan al desempleo por las políticas urbanísticas insostenibles que se siguieron y de las que ahora también ellos se han convertido en víctimas,

Or. es

Enmienda 63Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónConsiderando Z

Propuesta de resolución Enmienda

Z. Considerando que el sector de la construcción, que ha obtenido unas ganancias excesivas durante los años de rápida expansión económica, ha pasado a ser la primera víctima del actual desplome de los mercados financieros, a su vez provocado en parte por la especulación en el sector inmobiliario, y que ello afecta no sólo a las empresas en sí, que ahora se enfrentan a la quiebra, sino también a las decenas de miles de asalariados del sector de la construcción que ahora se enfrentan al desempleo por culpa de las políticas urbanísticas insostenibles que se siguieron y de las que ahora han pasado a ser víctimas.

Z. Considerando que el sector de laconstrucción, que ha obtenido unos beneficios crecientes durante los años de rápida expansión económica, ha pasado a ser la primera víctima del actual desplome de los mercados financieros, a su vez provocado en parte por la especulación en el sector inmobiliario, y que ello afecta no sólo a las empresas en sí, que ahora se enfrentan a la quiebra, sino también a las decenas de miles de asalariados del sector de la construcción que ahora se enfrentan al desempleo por culpa de las políticas urbanísticas insostenibles que se siguieron y de las que ahora han pasado a ser víctimas.

Or. en

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ES

Enmienda 64José Manuel García-Margallo y Marfil

Propuesta de resoluciónApartado 1

Propuesta de resolución Enmienda

1. Pide al Gobierno de España y de las comunidades autónomas implicadas a que lleven a cabo una profunda revisión de toda la legislación que afecta a los derechos de los propietarios particulares de bienes, con objeto de poner fin a los abusos de los derechos y las obligaciones consagrados en el Tratado CE, en la Carta de los Derechos Fundamentales, en el CEDH y en las directivas europeas pertinentes, así como en otros convenios de los que la UE forma parte;

1. Con base en el artículo 149,apartado 1, punto 8, de la Constitución Española, el Estado tiene competencia exclusiva para la regulación del derecho de la propiedad, y por ello pide al Gobierno de España que dote de los medios necesarios para una mejor aplicación de la legislación que afecta a los derechos de los propietarios y para un mejor conocimiento de los derechos y las obligaciones inherentes a la propiedad; no obstante, el artículo 19 de la Ley del Suelo estatal garantiza sobradamente la salvaguarda del derecho de terceros adquirentes;

Or. es

Enmienda 65María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón,

Propuesta de resoluciónApartado 1

Propuesta de resolución Enmienda

1. Pide al Gobierno de España y de las comunidades autónomas implicadas a que lleven a cabo una profunda revisión de toda la legislación que afecta a los derechos de los propietarios particulares de bienes, con objeto de poner fin a los abusos de los derechos y las obligaciones consagrados en el Tratado CE, en la Carta de los Derechos Fundamentales, en el CEDH y en las directivas europeas pertinentes, así como en otros convenios de los que la UE forma parte;

1. Pide al Gobierno de España y de las comunidades autónomas implicadas a que lleven a cabo, en el caso de que aún no lo hubiesen realizado, una profunda revisión de toda la legislación urbanística, con objeto de poner fin a los abusos que, en su caso, pudieran producirse y afectar a los derechos y las obligaciones consagrados en el Tratado CE, en la Carta de los Derechos Fundamentales, en el CEDH y en las directivas europeas pertinentes, así como en otros convenios de los que la UE forma parte;

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ES

Or. es

Enmienda 66Willy Meyer Pleite

Propuesta de resoluciónApartado 1 bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

1 bis. Considerando que la previsión, realizada por la Comisión europea para España, de un 19% de paro para el año 2009, con una destrucción del 3,9% de puestos de trabajo y un altísimo incremento de la deuda pública, son consecuencias de este modelo económico, basado en la no intervención de la economía;

Or. es

Enmienda 67Willy Meyer Pleite

Propuesta de resoluciónApartado 1 ter (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

1 ter. Pide a las autoridades españolas que se deroguen todas las figuras legales que favorecen la especulación, tales comoel agente urbanizador;

Or. es

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ES

Enmienda 68Carlos José Iturgaiz Angulo

Propuesta de resoluciónApartado 2

Propuesta de resolución Enmienda

2. Pide a las autoridades regionales competentes que declaren una moratoria de todos los planes urbanísticos nuevos que no respetan los criterios rigurosos de sostenibilidad medioambiental y responsabilidad social, y que no garantizan el respeto por la propiedad legítima de los bienes adquiridos legalmente, y que detengan y anulen todos los desarrollos urbanísticos en curso que no han respetado o aplicado los criterios establecidos por el Derecho comunitario, principalmente por lo que se refiere a la adjudicación de contratos urbanísticos y al cumplimiento de las disposiciones en materia de agua y medio ambiente;

suprimido

Or. es

Enmienda 69María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón,

Propuesta de resoluciónApartado 2

Propuesta de resolución Enmienda

2. Pide a las autoridades regionales competentes que declaren una moratoria de todos los planes urbanísticos nuevos que no respetan los criterios rigurosos de sostenibilidad medioambiental y responsabilidad social, y que no garantizan el respeto por la propiedad legítima de los bienes adquiridos legalmente, y que detengan y anulen todos los desarrollos urbanísticos en curso que no han respetado o aplicado los criterios

2. Pide a las autoridades regionales competentes que, en el caso de no disponer de ello, formulen, a la mayor brevedad, instrumentos de ordenación territorial y supramunicipal que establezcan límites al crecimiento bajo criterios de estricta sostenibilidad territorial y, en la medida en que la legislación vigente y el mantenimiento de los derechos legítimamente adquiridos así lo permitan, procedan a reconsiderar

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ES

establecidos por el Derecho comunitario, principalmente por lo que se refiere a la adjudicación de contratos urbanísticos y al cumplimiento de las disposiciones en materia de agua y medio ambiente;

aquellos desarrollos urbanísticos que comprometan la ocupación racional del suelo a corto, medio y largo plazo, procurando su reorientación hacia localizaciones y tiempos de ejecución más asumibles desde la óptica socio-económica y medioambiental; asimismo, aconseja la reconsideración, por las autoridades competentes, de la aplicación, en su caso, de la legislación de contratos en la ejecución de las obras de urbanización, tal y como la Comisión defiende ante el Tribunal de Justicia Europeo, así como del cumplimiento de las disposiciones en materia de agua y medio ambiente; pide igualmente a las autoridades regionales competentes que promuevan un acuerdo de todos los actores sociales para alcanzar un pacto de mejora del urbanismo, que se dirija hacia un desarrollo sostenible;

Or. es

Enmienda 70Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónApartado 2

Propuesta de resolución Enmienda

2. Pide a las autoridades regionales competentes que declaren una moratoria de todos los planes urbanísticos nuevos que no respetan los criterios rigurosos de sostenibilidad medioambiental y responsabilidad social, y que no garantizan el respeto por la propiedad legítima de los bienes adquiridos legalmente, y que detengan y anulen todos los desarrollos urbanísticos en curso que no han respetado o aplicado los criterios establecidos por el Derecho comunitario, principalmente por lo que se refiere a la adjudicación de contratos urbanísticos y al cumplimiento de

2. Pide a las autoridades regionales competentes que revisen y controlen todos los planes urbanísticos nuevos que notienen en cuenta los criterios de sostenibilidad medioambiental y responsabilidad social, y que no garantizan el respeto por la propiedad legítima de los bienes adquiridos legalmente, de conformidad con la Constitución Española, y que detengan todos los desarrollos urbanísticos en curso que no han aplicado los criterios establecidos por el Derecho comunitario, principalmente por lo que se refiere a la adjudicación de

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ES

las disposiciones en materia de agua y medio ambiente;

contratos urbanísticos y al cumplimiento de las disposiciones en materia de agua y medio ambiente;

Or. en

Enmienda 71Marian Harkin

Propuesta de resoluciónApartado 2 bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

2 bis. Pide a las autoridades españolas que velen por que ningún acto administrativo que obligue a un ciudadano a ceder su propiedad privada adquirida legítimamente encuentre su fundamento jurídico en una ley adoptada después de la fecha de construcción de la citada propiedad; ello sería contrario al principio de la no retroactividad de los actos administrativos, que es un principio general del Derecho comunitario (véase la sentencia del TJE, de 29 de enero de 1985, en el asunto C-234/83, Gesamthochschule Duisburg, p. 333) que garantiza a los ciudadanos seguridad jurídica, confianza y expectativas legítimas de protección en el marco del Derecho de la UE;

Or. en

Enmienda 72Willy Meyer Pleite

Propuesta de resoluciónApartado 2 bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

2 bis. Pide a las autoridades españolas

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ES

que desarrollen una cultura de la transparencia dirigida a informar a los ciudadanos de la gestión del suelo, impulsando mecanismos de información y participación ciudadana efectivos;

Or. es

Enmienda 73Willy Meyer Pleite

Propuesta de resoluciónApartado 2 ter (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

2 ter. Insta al Gobierno español a realizar un debate público, con la participación de todas las administraciones, que suponga un estudio riguroso mediante la formación de una comisión de trabajo sobre el desarrollo urbanístico en España, que permita tomar medidas legislativas contra la especulación y el desarrollo insostenible;

Or. es

Enmienda 74Gerardo Galeote

Propuesta de resoluciónApartado 3

Propuesta de resolución Enmienda

3. Insta a las autoridades regionales y nacionales a que establezcan mecanismos judiciales y administrativos operativos, que impliquen a los Defensores del Pueblo regionales, quienes son competentes para proporcionar medios de acceso a la justicia y de indemnización a las víctimas de abusos urbanísticos en

suprimido

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ES

virtud de las disposiciones de la legislación en vigor, tales como la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística y la Ley Urbanística Valenciana;

Or. es

Enmienda 75Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónApartado 3

Propuesta de resolución Enmienda

3. Insta a las autoridades regionales y nacionales a que establezcan mecanismos judiciales y administrativos operativos, que impliquen a los Defensores del Pueblo regionales, quienes son competentes para proporcionar medios de acceso a la justicia y de indemnización a las víctimas de abusos urbanísticos en virtud de las disposiciones de la legislación en vigor, tales como la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística y la Ley Urbanística Valenciana;

3. Acoge con satisfacción los esfuerzos realizados por las autoridades judiciales españolas y pide a las partes perjudicadas que acudan a los tribunales para obtener reparación, cuestionando en particular la constitucionalidad de las disposiciones de la legislación en vigor, tales como la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística y la Ley Urbanística Valenciana, si consideran que la aplicación de dichas leyes ha violado sus derechos fundamentales;

Or. en

Enmienda 76María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón,

Propuesta de resoluciónApartado 3

Propuesta de resolución Enmienda

3. Insta a las autoridades regionales y nacionales a que establezcan mecanismos judiciales y administrativos operativos, que impliquen a los Defensores del Pueblo regionales, quienes son competentes para proporcionar medios de acceso a la justicia

3. Insta a las autoridades regionales y nacionales a que establezcan mecanismos judiciales y administrativos operativos, que impliquen a los Defensores del Pueblo regionales, quienes son competentes para proporcionar medios que permitan agilizar

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ES

y de indemnización a las víctimas de abusos urbanísticos en virtud de las disposiciones de la legislación en vigor,tales como la Ley Reguladora de la Actividad Urbanística y la Ley Urbanística Valenciana;

el acceso a la justicia y la indemnización a las víctimas de abusos urbanísticos en virtud de una mala aplicación de las disposiciones de la legislación en vigor;

Or. es

Enmienda 77Cristina Gutiérrez-Cortines

Propuesta de resoluciónApartado 3 bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

3 bis. Considerando que muchos de los casos de infracción se deben a la ignorancia de la ley por parte de ciudadanos que llegaron a vivir a España y que, haciendo una mala interpretación de la normativa, transgreden de una forma evidente las leyes que afectan a sus propiedades, debido sobre todo a una desinformación y a la permisividad de las autoridades españolas;

Or. es

Enmienda 78Cristina Gutiérrez-Cortines

Propuesta de resoluciónApartado 4

Propuesta de resolución Enmienda

4. Pide a los organismos financieros y mercantiles competentes implicados en el sector urbanístico y de la construcción que participen activamente con las autoridades políticas en la búsqueda de soluciones a los problemas existentes derivados de la

4. Pide a los organismos financieros y mercantiles competentes implicados en el sector urbanístico y de la construcción que participen activamente con las autoridades políticas en la búsqueda de soluciones a los problemas existentes;

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ES

urbanización masiva e insostenible, que ha afectado a centenares de miles de ciudadanos europeos que han optado por acogerse a las disposiciones del Tratado CE y que, en virtud del artículo 44, han adoptado sus derechos de establecimiento en un Estado miembro de la UE que no es su país de origen;

Or. es

Enmienda 79Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónApartado 4

Propuesta de resolución Enmienda

4. Pide a los organismos financieros y mercantiles competentes implicados en el sector urbanístico y de la construcción que participen activamente con las autoridades políticas en la búsqueda de soluciones a los problemas existentes derivados de laurbanización masiva e insostenible, que ha afectado a centenares de miles deciudadanos europeos que han optado por acogerse a las disposiciones del Tratado CE y que, en virtud del artículo 44, han adoptado sus derechos de establecimiento en un Estado miembro de la UE que no es su país de origen;

4. Pide a los organismos financieros y mercantiles competentes implicados en el sector urbanístico y de la construcción que participen con las autoridades políticas para buscar soluciones a los problemas derivados del grado de urbanización considerable que ha afectado a numerososciudadanos europeos que han optado por acogerse a las disposiciones del Tratado CE y que, en virtud del artículo 44, han adoptado sus derechos de establecimiento en un Estado miembro de la UE que no es su país de origen;

Or. en

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Enmienda 80Gary Titley

Propuesta de resoluciónApartado 4 bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

4 bis. Insta a las autoridades nacionales, regionales y locales competentes a que garanticen una solución justa a los muchos casos pendientes de ciudadanos europeos afectados por la no terminación de sus viviendas como consecuencia de la deficiente planificación y coordinación entre las instituciones y las empresas de construcción;

Or. en

Enmienda 81Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónApartado 4 bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

4 bis. Señala que, si las partes perjudicada no obtuvieran satisfacción de los tribunales españoles, deberán recurrir ante el Tribunal de Derechos Humanos, dado que las presuntas violaciones del derecho fundamental a la propiedad no entran dentro de la competencia del Tribunal de Justicia;

Or. en

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ES

Enmienda 82María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón,

Propuesta de resoluciónApartado 5

Propuesta de resolución Enmienda

5. Apela a las instituciones de la UE para que proporcionen asesoramiento y ayuda, si así lo solicitan las autoridades españolas, con objeto de proporcionarles los medios que les permitan superar de manera efectiva las desastrosas repercusiones de la urbanización masiva en las vidas de los ciudadanos en un período de tiempo debidamente corto pero razonable;

suprimido

Or. es

Enmienda 83Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónApartado 5

Propuesta de resolución Enmienda

5. Apela a las instituciones de la UE para que proporcionen asesoramiento y ayuda, si así lo solicitan las autoridades españolas, con objeto de proporcionarles los medios que les permitan superar de manera efectiva las desastrosas repercusiones de la urbanización masiva en las vidas de los ciudadanos en un período de tiempo debidamente corto pero razonable;

suprimido

Or. en

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ES

Enmienda 84José Manuel García-Margallo y Marfil

Propuesta de resoluciónApartado 5

Propuesta de resolución Enmienda

5. Apela a las instituciones de la UE para que proporcionen asesoramiento y ayuda, si así lo solicitan las autoridades españolas, con objeto de proporcionarles los medios que les permitan superar de manera efectiva las desastrosas repercusiones de la urbanización masiva en las vidas de los ciudadanos en un período de tiempo debidamente corto pero razonable;

suprimido

Or. es

Enmienda 85Cristina Gutiérrez-Cortines

Propuesta de resoluciónApartado 5 bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

5 bis. Pide a las embajadas y consulados de los diferentes ciudadanos europeos afectados que proporcionen información, asesoramiento y ayuda a los mismos, si éstos así lo solicitaran y a su vez, en caso de transgresiones, que ejerzan como tales en la defensa de sus derechos;

Or. es

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ES

Enmienda 86Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónApartado 6

Propuesta de resolución Enmienda

6. Pide a la Comisión, al mismo tiempo, que garantice el respeto riguroso de la aplicación del Derecho comunitario y de los objetivos establecidos en las Directivas cubiertas por esta Resolución, y a que sea más exigente de cara a las autoridades españolas cuando parece que muchasautoridades locales no cumplen sus obligaciones para con los ciudadanos de la UE;

6. Pide a la Comisión, al mismo tiempo, que garantice el respeto riguroso de la aplicación del Derecho comunitario y de los objetivos establecidos en las Directivas cubiertas por esta Resolución, y a que sea más exigente de cara a las autoridades españolas cuando algunas de las autoridades locales no cumplen sus obligaciones para con los ciudadanos de la UE;

Or. en

Enmienda 87Carlos José Iturgaiz Angulo

Propuesta de resoluciónApartado 6

Propuesta de resolución Enmienda

6. Insta a la Comisión, al mismo tiempo, a asegurar el estricto respeto a la aplicación del derecho comunitario y a los objetivos contenidos en las directivas cubiertas por este informe, a ser más exigente con las autoridades españolas cuando parece que muchas autoridades locales no están cumpliendo sus obligaciones con los ciudadanos de la UE;

6. Insta a la Comisión, al mismo tiempo, a asegurar el estricto respeto a la aplicación del derecho comunitario y a los objetivos contenidos en las directivas cubiertas por este informe, y a exigir de las autoridades españolas el seguimiento de su cumplimiento;

Or. es

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AM\764767ES.doc 55/76 PE418.426v01-00

ES

Enmienda 88María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón,

Propuesta de resoluciónApartado 6

Propuesta de resolución Enmienda

6. Pide a la Comisión, al mismo tiempo, que garantice el respeto riguroso de la aplicación del Derecho comunitario y de los objetivos establecidos en las Directivas cubiertas por esta Resolución, y a que sea más exigente de cara a las autoridades españolas cuando parece que muchas autoridades locales no cumplen sus obligaciones para con los ciudadanos de la UE;

6. Pide a la Comisión, al mismo tiempo, que garantice el respeto riguroso de la aplicación del Derecho comunitario y de los objetivos establecidos en las Directivas cubiertas por esta Resolución, para que se exija su cumplimiento;

Or. es

Enmienda 89Cristina Gutiérrez-Cortines

Propuesta de resoluciónApartado 6 bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

6 bis. Pide a las autoridades competentes españolas que pongan las máximas cautelas en la aplicación de la ley para evitar los problemas que ha ocasionado el proceso urbanizador, así como que se den garantías e información expresa sobre las posibles alternativas a los afectados, principalmente a los propietarios ubicados en una zona calificada como urbanizable, para que se puedan compatibilizar el desarrollo urbanístico y las explotaciones agrarias o residencias existentes, sin que ello suponga ningún perjuicio económico;

Or. es

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PE418.426v01-00 56/76 AM\764767ES.doc

ES

Enmienda 90María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón,

Propuesta de resoluciónApartado 7

Propuesta de resolución Enmienda

7. Expresa su preocupación y desaliento por el hecho de que las autoridades jurídicas y judiciales españolas hayan puesto de manifiesto que no están debidamente preparadas para hacer frente a las repercusiones de la urbanización masiva en las vidas de las personas, como prueban los miles de reclamaciones recibidas por el Parlamento y su comisión pertinente en la materia;

suprimido

Or. es

Enmienda 91Carlos José Iturgaiz Angulo

Propuesta de resoluciónApartado 7

Propuesta de resolución Enmienda

7. Expresa su preocupación y desaliento por el hecho de que las autoridades jurídicas y judiciales españolas hayan puesto de manifiesto que no están debidamente preparadas para hacer frente a las repercusiones de la urbanización masiva en las vidas de las personas, como prueban los miles de reclamaciones recibidas por el Parlamento y su comisión pertinente en la materia;

suprimido

Or. es

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AM\764767ES.doc 57/76 PE418.426v01-00

ES

Enmienda 92Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónApartado 7

Propuesta de resolución Enmienda

7. Expresa su preocupación y desalientopor el hecho de que las autoridades jurídicas y judiciales españolas hayan puesto de manifiesto que no están debidamente preparadas para hacer frente a las repercusiones de la urbanización masiva en las vidas de las personas, como prueban los miles de reclamaciones recibidas por el Parlamento y su comisión pertinente en la materia;

7. Expresa su preocupación por el hecho de que las autoridades jurídicas y judiciales españolas hayan encontrado dificultadespara hacer frente a las repercusiones de la urbanización masiva en las vidas de las personas, como prueban los miles de reclamaciones recibidas por el Parlamento y su comisión pertinente en la materia

Or. en

Enmienda 93Margrete Auken

Propuesta de resoluciónApartado 7 bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

7 bis. Considera alarmante la falta de confianza generalizada que los peticionarios parecen mostrar frente al sistema judicial español como un medio eficaz para obtener reparación y justicia;

Or. en

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PE418.426v01-00 58/76 AM\764767ES.doc

ES

Enmienda 94David Hammerstein

Propuesta de resoluciónApartado 7 bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

7 bis. Manifiesta su preocupación por la ausencia de una transposición correcta de las Directivas 2005/60/CE y 2006/70/CE sobre el blanqueo de dinero, que son objeto ahora de un procedimiento de infracción, lo que ha limitado la transparencia y las acciones judiciales contra la circulación ilegal de capital financiero, incluidas inversiones en determinados proyectos urbanísticos de gran envergadura;

Or. en

Enmienda 95Margrete Auken

Propuesta de resoluciónApartado 7 ter (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

7 ter. Opina que las personas que hayan adquirido de buena fe una propiedad en España que haya sido declarada ilegal deberían tener derecho a obtener una indemnización adecuada a través de los órganos jurisdiccionales españoles;

Or. en

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AM\764767ES.doc 59/76 PE418.426v01-00

ES

Enmienda 96Margrete Auken

Propuesta de resoluciónApartado 7 quáter (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

7 quáter. Considera que si los particulares que adquirieron una propiedad en España a sabiendas de la probable ilegalidad de la propiedad en cuestión pueden ser obligados a soportar los costes del riesgo que asumieron, con más razón debe aplicarse por analogía este mismo razonamiento a los profesionales del sector; por consiguiente, los promotores que celebraron contratos de cuya ilegalidad deberían haber tenido conocimiento no deben tener derecho a compensación por el abandono de unos proyectos debido a la falta de conformidad con la legislación nacional y comunitaria, ni deberían tampoco gozar de un derecho de recuperación automática de los pagos ya abonados a los municipios si dichos pagos se realizaron a sabiendas de la probable ilegalidad del contrato que estaban celebrando;

Or. en

Enmienda 97José Manuel García-Margallo y Marfil

Propuesta de resoluciónApartado 8

Propuesta de resolución Enmienda

8. Considera, no obstante, cree que la falta de claridad, precisión y certidumbre respecto a los derechos de propiedad individual contemplados en la legislación en vigor y la falta de aplicación adecuada y sistemática de la legislación en materia

suprimido

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PE418.426v01-00 60/76 AM\764767ES.doc

ES

de medio ambiente son la primera causa de muchos problemas relacionados con la urbanización, y que esto, combinado con cierta laxitud en los procesos judiciales, no sólo ha complicado el problema, sino que también ha generado una forma endémica de corrupción de la que, otra vez, la principal víctima es el ciudadano europeo, pero que también ha ocasionado pérdidas sustanciales al Estado español;

Or. es

Enmienda 98María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón,

Propuesta de resoluciónApartado 8

Propuesta de resolución Enmienda

8. Considera, no obstante, cree que la falta de claridad, precisión y certidumbre respecto a los derechos de propiedadindividual contemplados en la legislación en vigor y la falta de aplicación adecuada y sistemática de la legislación en materia de medio ambiente son la primera causa de muchos problemas relacionados con la urbanización, y que esto, combinado concierta laxitud en los procesos judiciales, no sólo ha complicado el problema, sino quetambién ha generado una forma endémica de corrupción de la que, otra vez, la principal víctima es el ciudadano europeo, pero que también ha ocasionadopérdidas sustanciales al Estado español;

8. Considera que la eventual mala aplicación de las disposiciones relativas alos derechos de propiedad en relación con el interés general establecidas en las legislaciones en vigor, tanto urbanísticas como medioambientales, es una de las causas originarias de muchos problemas relacionados con la urbanización y que esto, combinado con la complejidad de los procesos judiciales, no sólo ha venido a complicar el problema, sino que ha posibilitado la aparición de algunos casos de corrupción de la que la principal víctima es la colectividad ciudadana al malograrse la ordenación racional del territorio, pero que también ha ocasionadograves perjuicios en el Estado español, concretamente en la Comunidad Valenciana, que derivan de la interpretación que se ha hecho de la aplicación de la Ley 6/1994, de 15 de noviembre, reguladora de la actividad urbanística, que, aunque formalmente derogada, se sigue aplicando a muchos planes y proyectos urbanísticos que

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AM\764767ES.doc 61/76 PE418.426v01-00

ES

actualmente se encuentran en tramitación por así permitirlo las disposiciones transitorias de la nueva Ley Urbanística Valenciana. Considera las conclusiones de la Síndica de Greuges de la Comunidad Valenciana (Defensora del Pueblo), institución de reconocido prestigio en la defensa de los derechos fundamentales de los ciudadanos, que manifiesta que los derechos de los propietarios se han podido ver afectados, bien siendo infravalorados por el agente urbanizador, bien teniendo que asumir unas cargas de urbanización impuestas unilateralmente por el mismo y a veces excesivas. Considera necesario que el acceso a la información y la participación ciudadana en el proceso urbanístico se garanticen desde el inicio del mismo, facilitando información medioambiental a los ciudadanos, de forma clara, sencilla y comprensible. Considera igualmente que no se ha acotado en la legislación urbanística en vigor, ni por las autoridades competentes,la definición de «interés general», amparándose en este concepto la aprobación de proyectos insostenibles, desde un punto de vista medioambiental, obviándose en algunos casos evaluaciones de impacto medioambiental e informes de la Confederación Hidrográfica negativos;

Or. es

Enmienda 99Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónApartado 8

Propuesta de resolución Enmienda

8. Considera, no obstante, cree que la falta 8. Considera, no obstante, que si la falta de

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PE418.426v01-00 62/76 AM\764767ES.doc

ES

de claridad, precisión y certidumbrerespecto a los derechos de propiedad individual contemplados en la legislación en vigor y la falta de aplicación adecuada y sistemática de la legislación en materia de medio ambiente son la primera causa de muchos problemas relacionados con la urbanización, y que esto, combinado con cierta laxitud en los procesos judiciales, no sólo ha complicado el problema, sino que también ha generado una forma endémica de corrupción de la que, otra vez, la principal víctima es el ciudadano europeo, pero que también ha ocasionado pérdidas sustanciales al Estado español;

claridad respecto a los derechos de propiedad individual contemplados en la legislación en vigor y la falta de aplicación adecuada y sistemática de la legislación en materia de medio ambiente son la primera causa de muchos problemas relacionados con la urbanización, combinado con cierta laxitud en los procesos judiciales y agravado por la corrupción, el único recurso que les queda a los ciudadanos perjudicados es presionar a las autoridades competentes españolas para que modifiquen la ley y la apliquen mejor y, en caso necesario, acudir a los tribunales;

Or. en

Enmienda 100Margrete Auken

Propuesta de resoluciónApartado 8 bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

8 bis. Reconoce y apoya los esfuerzos de las autoridades españolas por proteger el medio ambiente costero y, allí donde sea posible, restaurar ese medio ambiente de forma favorable para la biodiversidad y la regeneración de las especies autóctonas de fauna y flora y, en este contexto específico, les insta a que revisen urgentemente y, en su caso, modifiquen la Ley de Costas a fin de proteger los derechos de los legítimos propietarios de viviendas y de aquéllos que poseen pequeñas parcelas en zonas de la costa que no tienen un impacto negativo sobre el medio ambiente costero; hace hincapié en que dicha protección no debe concederse a proyectos de desarrollo especulativos que no respetan las directivas de la UE en materia de medio ambiente; se propone revisar las

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AM\764767ES.doc 63/76 PE418.426v01-00

ES

peticiones recibidas sobre este asunto a la vista de la respuesta de las autoridades competentes españolas;

Or. en

Enmienda 101David Hammerstein

Propuesta de resoluciónApartado 8 bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

8 bis. Manifiesta su preocupación acerca de la situación de la planificación urbana en el municipio de Marbella, en Andalucía, donde se han construido ilegalmente decenas de miles de viviendas, que infringen probablemente la legislación comunitaria en materia de protección del medio ambiente, participación pública, política del agua y contratación pública, y que están a punto de ser legalizadas gracias a un nuevo plan general urbano, que no brinda seguridad jurídica ni garantías a los compradores, los propietarios y los ciudadanos en general;

Or. en

Enmienda 102Gerardo Galeote

Propuesta de resoluciónApartado 9

Propuesta de resolución Enmienda

9. Rinde homenaje, y apoya plenamente las actividades del defensor del pueblo regional –“ Síndic de Greuges”- y su equipo, así como al os más asiduos

suprimido

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PE418.426v01-00 64/76 AM\764767ES.doc

ES

magistrados investigadores, -“ Fiscal”-que han hecho muchísimo en el período reciente para restablecer la integridad de alguna de las instituciones afectadas por este asunto;

Or. es

Enmienda 103Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónApartado 9

Propuesta de resolución Enmienda

9. Alaba la labor de los Defensores del Pueblo regionales («síndics de greuges») y de su personal, a quienes respalda plenamente, así como a los fiscales más diligentes, quienes recientemente han realizado grandes esfuerzos para restaurar la integridad de algunas de las instituciones afectadas por este asunto;

9. Alaba la labor de los Defensores del Pueblo regionales («síndics de greuges») y de su personal, a quienes respalda plenamente, así como a los fiscales más diligentes, quienes recientemente han realizado grandes esfuerzos para que las instituciones afectadas restauren los procedimientos correctos en este asunto;

Or. en

Enmienda 104Carlos José Iturgaiz Angulo

Propuesta de resoluciónApartado 9

Propuesta de resolución Enmienda

9. Alaba la labor de los Defensores del Pueblo regionales («síndics de greuges») y de su personal, a quienes respalda plenamente, así como a los fiscales másdiligentes, quienes recientemente han realizado grandes esfuerzos para restaurar la integridad de algunas de las instituciones afectadas por este asunto;

9. Alaba la labor de los Defensores del Pueblo regionales («síndics de greuges») y de su personal, así como de los fiscales, quienes recientemente han realizado grandes esfuerzos;

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AM\764767ES.doc 65/76 PE418.426v01-00

ES

Or. es

Enmienda 105María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón,

Propuesta de resoluciónApartado 9

Propuesta de resolución Enmienda

9.Alaba la labor de los Defensores del Pueblo regionales («síndics de greuges») y de su personal, a quienes respalda plenamente, así como a los fiscales más diligentes, quienes recientemente han realizado grandes esfuerzos para restaurar la integridad de algunas de las instituciones afectadas por este asunto;

9.Alaba la labor de los Defensores del Pueblo regionales, a quienes respalda plenamente, así como a los fiscales, quienes están realizando grandes esfuerzos para mejorar la agilidad de los procesos judiciales a pesar de la complejidad que comportan las demandas judiciales derivadas de la actividad urbanística;

Or. es

Enmienda 106Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónApartado 10

Propuesta de resolución Enmienda

10. Elogia también la actividad de los peticionarios, sus asociaciones y las asociaciones comunitarias locales, que engloban a decenas de miles de ciudadanos españoles y no españoles, quienes han llamado la atención del Parlamento sobre estos asuntos, y quienes han sido esenciales para garantizar los derechos fundamentales de sus vecinos y de todos los afectados por este ingente y complejo problema;

10. Elogia también la actividad de los peticionarios, sus asociaciones y las asociaciones comunitarias locales, que engloban a decenas de miles de ciudadanos españoles y no españoles, quienes han llamado la atención del Parlamento sobre estos asuntos, y quienes han sido esenciales para garantizar los derechos fundamentales de sus vecinos y de todos los afectados por este complejo problema;

Or. en

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PE418.426v01-00 66/76 AM\764767ES.doc

ES

Enmienda 107Cristina Gutiérrez-Cortines

Propuesta de resoluciónApartado 11

Propuesta de resolución Enmienda

11. Recuerda que la Directiva de evaluación de impacto ambiental y la Directiva de evaluación ambiental estratégica imponen la obligación de consulta al público implicado en la fase de establecimiento y elaboración de los planes, y no como tan a menudo ocurre en los casos en que se llama la atención de la Comisión de Peticiones— una vez la autoridad local ha acordado los planes de facto; recuerda, en el mismo contexto, que cualquier modificación sustancial efectuada en los planes existentes debe también respetar este procedimiento y que los planes deben ser actuales, estadísticamente precisos y estar actualizados;

11. Recuerda que la Directiva de evaluación de impacto ambiental y la Directiva de evaluación ambiental estratégica imponen la obligación de consulta al público implicado en la fase de establecimiento y elaboración de los planes;

Or. es

Enmienda 108Carlos José Iturgaiz Angulo

Propuesta de resoluciónApartado 12

Propuesta de resolución Enmienda

12. Asimismo, recuerda que la Comisión está facultada por el artículo 91 del Reglamento (CE) nº 1083/20061 a interrumpir la provisión de fondos estructurales, y por el artículo 92, a suspender dicha dotación a un Estado miembro o una región implicada, y a

suprimido

1 Reglamento (CE) nº 1083/2006 por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión (DO L 210 de 31.7.2006, p. 25).

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AM\764767ES.doc 67/76 PE418.426v01-00

ES

estipular correcciones en relación con los proyectos receptores de fondos que posteriormente considere que no han cumplido plenamente con la normativa que rige la aplicación de los actos legislativos pertinentes de la UE;

Or. es

Enmienda 109María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónApartado 12

Propuesta de resolución Enmienda

12. Asimismo, recuerda que la Comisión está facultada por el artículo 91 del Reglamento (CE) nº 1083/20061 a interrumpir la provisión de fondos estructurales, y por el artículo 92, a suspender dicha dotación a un Estado miembro o una región implicada, y a estipular correcciones en relación con los proyectos receptores de fondos que posteriormente considere que no han cumplido plenamente con la normativa que rige la aplicación de los actos legislativos pertinentes de la UE;

suprimido

Or. es

1 Reglamento (CE) nº 1083/2006 por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión (DO L 210 de 31.7.2006, p. 25).

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PE418.426v01-00 68/76 AM\764767ES.doc

ES

Enmienda 110Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónApartado 12

Propuesta de resolución Enmienda

12. Asimismo, recuerda que la Comisión está facultada por el artículo 91 del Reglamento (CE) nº 1083/2006* a interrumpir la provisión de fondos estructurales, y por el artículo 92, a suspender dicha dotación a un Estado miembro o una región implicada, y a estipular correcciones en relación con los proyectos receptores de fondos que posteriormente considere que no han cumplido plenamente con la normativa que rige la aplicación de los actos legislativos pertinentes de la UE;

12. Asimismo, recuerda que la Comisión está facultada por el artículo 91 del Reglamento (CE) nº 1083/20061 parainterrumpir la provisión de fondos estructurales, y por el artículo 92, a suspender dicha dotación a un Estado miembro o una región implicada, y a estipular correcciones en relación con los proyectos receptores de fondos que posteriormente considere que no han cumplido plenamente con la normativa que rige la aplicación de los actos legislativos pertinentes de la UE; constata, sin embargo, que la Comisión no ha hecho uso de este poder;

Or. en

Enmienda 111José Manuel García-Margallo y Marfil

Propuesta de resoluciónApartado 13

Propuesta de resolución Enmienda

13. Asimismo, recuerda que el Parlamento, como autoridad presupuestaria, también puede decidir colocar en reserva los fondos destinados a políticas de cohesión si lo considera necesario para persuadir a un Estado miembro a que ponga fin a graves vulneraciones de la normativa y los

suprimido

1 Reglamento (CE) nº 1083/2006, de 11 de julio de 2006, por el que se establecen las disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo y al Fondo de Cohesión (DO L 210 de 31.7.2006, p. 25).

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AM\764767ES.doc 69/76 PE418.426v01-00

ES

principios que está obligado a respetar, sea con arreglo al Tratado o como consecuencia de la aplicación del Derecho comunitario, hasta el momento en que el problema se haya resuelto;

Or. es

Enmienda 112María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónApartado 13

Propuesta de resolución Enmienda

13. Asimismo, recuerda que el Parlamento, como autoridad presupuestaria, también puede decidir colocar en reserva los fondos destinados a políticas de cohesión si lo considera necesario para persuadir a un Estado miembro a que ponga fin a graves vulneraciones de la normativa y los principios que está obligado a respetar, sea con arreglo al Tratado o como consecuencia de la aplicación del Derecho comunitario, hasta el momento en que el problema se haya resuelto;

suprimido

Or. es

Enmienda 113Carlos José Iturgaiz Angulo

Propuesta de resoluciónApartado 14

Propuesta de resolución Enmienda

14. Reitera sus conclusiones de anteriores resoluciones poniendo en cuestión los métodos de designación de agentes urbanizadores, y los frecuentemente

suprimido

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PE418.426v01-00 70/76 AM\764767ES.doc

ES

excesivos poderes a menudo otorgados a los planificadores municipales y a los promotores por determinadas autoridades locales a expensas de las comunidades y de los ciudadanos que tienen sus hogares en la zona;

Or. es

Enmienda 114María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónApartado 14

Propuesta de resolución Enmienda

14. Reitera las conclusiones recogidas en sus resoluciones previas que ponen en tela de juicio los métodos de designación de los agentes urbanizadores y los poderes con frecuencia excesivos otorgados a los urbanistas y promotores inmobiliarios por parte de determinadas autoridades locales, a expensas de las comunidades y los ciudadanos que residen en la zona;

14. Reitera las conclusiones recogidas en sus resoluciones previas relativas a los métodos de designación y las facultades atribuidas a los urbanizadores y promotores designados por la Administración para desarrollar las actuaciones urbanizadoras, sobre la base de los argumentos y fundamentos jurídicos expuestos por la Comisión ante el Tribunal de Justicia Europeo para la aplicación de la legislación comunitaria y española de contratación de la administración pública a la ejecución de las obras de urbanización;

Or. es

Enmienda 115Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónApartado 14

Propuesta de resolución Enmienda

14. Reitera las conclusiones recogidas en sus resoluciones previas que ponen en tela

14. Reitera las conclusiones recogidas en sus resoluciones previas que ponen en tela

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AM\764767ES.doc 71/76 PE418.426v01-00

ES

de juicio los métodos de designación de los agentes urbanizadores y los poderes con frecuencia excesivos otorgados a losurbanistas y promotores inmobiliarios por parte de determinadas autoridades locales, a expensas de las comunidades y los ciudadanos que residen en la zona;

de juicio la manera en que determinadas autoridades locales otorgan poderes considerables a algunos agentes urbanizadores, urbanistas y promotores inmobiliarios, a expensas de las comunidades y los ciudadanos que residen en la zona;

Or. en

Enmienda 116Gerardo Galeote

Propuesta de resoluciónApartado 15

Propuesta de resolución Enmienda

15. Insta una vez más a las autoridades locales a que consulten a sus ciudadanos y les hagan partícipes en los proyectos de desarrollo urbanístico, con objeto de fomentar un desarrollo más aceptable y sostenible en los casos necesarios, en elinterés de las comunidades locales y no en el exclusivo interés de los promotores, inmobiliarias y otros intereses creados;

15. Insta una vez más a las autoridades locales a que consulten a sus ciudadanos y les hagan partícipes en los proyectos de desarrollo urbanístico, con objeto de fomentar un desarrollo más aceptable y sostenible en los casos necesarios, en interés de las comunidades locales;

Or. es

Enmienda 117Nicolae Vlad Popa

Propuesta de resoluciónApartado 15

Propuesta de resolución Enmienda

15. Insta una vez más a las autoridades locales a que consulten a sus ciudadanos y les hagan partícipes en los proyectos de desarrollo urbanístico, con objeto de fomentar un desarrollo más aceptable y sostenible en los casos necesarios, en el

15. Pide una vez más a las autoridades locales que consulten a sus ciudadanos y les hagan partícipes en los proyectos de desarrollo urbanístico, con objeto de fomentar un desarrollo justo y transparente en los casos necesarios, en el

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PE418.426v01-00 72/76 AM\764767ES.doc

ES

interés de las comunidades locales y no en el exclusivo interés de los promotores, inmobiliarias y otros intereses creados;

interés de las comunidades locales y no en el exclusivo interés de los promotores, inmobiliarias y otros intereses creados;

Or. en

Enmienda 118Cristina Gutiérrez-Cortines

Propuesta de resoluciónApartado 15 bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

15 bis. Pide a las autoridades competentes en materia urbanística que amplíen los procesos de consulta urbanística a los propietarios, con acuse de recibo, siempre que haya cambios en la calificación de sus propiedades, proponiendo a los municipios la citación directa y personal durante los trámites de apelación de los planes de ordenación o recalificación;

Or. es

Enmienda 119María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónApartado 16

Propuesta de resolución Enmienda

16. Condena con firmeza la práctica ilícita por la que ciertos promotores socavan mediante subterfugios la propiedad legítima de bienes de los ciudadanos europeos, interfiriendo con las notificaciones del registro catastral, e insta a las autoridades locales a que establezcan garantías jurídicas apropiadas para luchar contra esta práctica;

suprimido

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AM\764767ES.doc 73/76 PE418.426v01-00

ES

Or. es

Enmienda 120Gerardo Galeote

Propuesta de resoluciónApartado 16

Propuesta de resolución Enmienda

16. Condena con firmeza la práctica ilícita por la que ciertos promotores socavan mediante subterfugios la propiedad legítima de bienes de los ciudadanos europeos, interfiriendo con las notificaciones del registro catastral, e insta a las autoridades locales a queestablezcan garantías jurídicas apropiadas para luchar contra esta práctica;

16. Insta a las autoridades a que refuercen las medidas destinadas a garantizar la seguridad jurídica en las transacciones inmobiliarias;

Or. es

Enmienda 121María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónApartado 17

Propuesta de resolución Enmienda

17. Se reafirma en que, en los casos en que pueda exigirse indemnización por la pérdida de propiedad, debería concederse a un tipo apropiado y de conformidad con la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos;

17. Se reafirma en que, en los casos en que pueda exigirse indemnización por la pérdida de propiedad, debería concederse a un tipo apropiado y de conformidad con la ley y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos;

Or. es

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PE418.426v01-00 74/76 AM\764767ES.doc

ES

Enmienda 122Margrete Auken

Propuesta de resoluciónApartado 17 bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

17 bis. Recuerda que la Directiva 2005/29/CE, relativa a las prácticas comerciales desleales de las empresas en sus relaciones con los consumidores en el mercado interior, obliga a todos los Estados miembros a proporcionar a los consumidores que han sido víctimas de tales prácticas medios adecuados para obtener una tutela judicial efectiva y a garantizar el establecimiento de sanciones adecuadas contra dichas prácticas;

Or. en

Enmienda 123María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónApartado 18

Propuesta de resolución Enmienda

18. Insta una vez más a la Comisión a que inicie una campaña informativa dirigida a los ciudadanos europeos que adquieran propiedades inmobiliarias en un Estado miembro que no sea el suyo propio;

suprimido

Or. es

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AM\764767ES.doc 75/76 PE418.426v01-00

ES

Enmienda 124María Sornosa Martínez, Inés Ayala Sender, Vicente Miguel Garcés Ramón

Propuesta de resoluciónApartado 19

Propuesta de resolución Enmienda

19. Encarga a su Presidente que transmita esta resolución al Consejo y a la Comisión, al Gobierno y al Parlamento del Reino de España, así como a los Parlamentos de las Comunidades Autónomas, los Defensores del Pueblo nacionales y regionales de España y a los peticionarios;

19. Encarga a su Presidente que transmita esta resolución al Consejo y a la Comisión, al Gobierno y al Parlamento del Reino de España, así como a los Gobiernos yParlamentos de las Comunidades Autónomas, los Defensores del Pueblo nacionales y regionales de España y a los peticionarios;

Or. es

Enmienda 125Cristina Gutiérrez-Cortines

Propuesta de resoluciónApartado 20 bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

20 bis. Pide que, en la recepción y aprobación a trámite de una denuncia por parte de la Comisión de Peticiones del Parlamento, se compruebe si existe una base jurídica que la justifique;

Or. es

Enmienda 126Cristina Gutiérrez-Cortines

Propuesta de resoluciónApartado 21 bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

21 bis. Pide a la Comisión Europea que, en sus respuestas e informes, aclare con

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PE418.426v01-00 76/76 AM\764767ES.doc

ES

mayor precisión si las peticiones tienen una base jurídica en los Tratados;

Or. es

Enmienda 127Cristina Gutiérrez-Cortines

Propuesta de resoluciónApartado 22 bis (nuevo)

Propuesta de resolución Enmienda

22 bis. Pide que se revisen los códigos de conducta para el tratamiento de peticiones y el procedimiento aplicado por los funcionarios para la selección de las peticiones, de modo que no sean aceptadas denuncias sin base jurídica y se comprueben si las denuncias corresponden a una transgresión legal en el país de origen;

Or. es