Análisis de Riesgo

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Análisis de Riesgo ( Ética e higiene ) Autor (a): Karla Moreno C.I.: 21169849

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Análisis de Riesgo

( Ética e higiene )

Autor (a): Karla MorenoC.I.: 21169849

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IntroducciónLos riesgos laborales existen, y por ello el principal

trabajo es reducirlo . El trabajo en ocasiones produce riesgo ya sea por los productos tóxicos, maquinarias, eléctricos y entre otros. Que pueden ocasionar accidentes o enfermedades , es por ello que el principal trabajo es prevenirlo.

como en todas las facetas hay que añadir otra serie de condicionantes externos que, a priori, pueden parecer irrelevantes pero que acaban siendo bastante importantes como puede ser el nivel socio-cultural de los trabajadores, la heterogeneidad de la tecnología aplicada o el hecho de que hoy en día está muy extendida la práctica de la subcontratación en la ingeniería civil por lo que se da la situación de diversos equipos de trabajadores que no se conocen entre ellos pero con una fuerte dependencia en cuanto a su propia seguridad, llevando pues a una situación de elevado riesgo laboral.

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Que es un riesgo Laboral

La ley de prevención de riesgo laborales define riesgo laboral como « toda posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño a su salud, como consecuencia del trabajo realizado»

Por lo tanto es necesario desarrollar un conjunto de actividades y medidas a las que llamaremos prevención, con el fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.

La materialización del riesgo laboral puede derivar en un daño a la salud del trabajador, que se puede manifestara mediante una enfermedad, una patología o una lesión.

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Factores de riesgo laboral

Como consecuencia de las condiciones en las que se trabaja aparecen los llamados factores de riesgo laboral que dan lugar a diferentes tipos de accidentes, enfermedades profesionales y efectos para la salud, tales como fatiga, estrés, etc. Se clasifican en cuatro grupos:

 • Factores de seguridad: según Lozano (2012) «se refieren a las condiciones materiales que influyen en los accidentes laborales como, por ejemplo, los pasillos y las superficies de tránsito, los equipos y los aparatos de elevación, los vehículos de transporte, las máquinas, las herramientas, los espacios en los que se trabaja, las instalaciones eléctricas, entre otros ».

Entre las consecuencias este tipo de factores de riesgo encontramos las lesiones del trabajador originadas por los elementos móviles de las máquinas, golpes, atrapamientos, cortes, caídas de materiales, lesiones por herramientas manuales o mecánicas, lesiones oculares, esguinces, aplastamientos, caídas, vuelcos de la maquinaria, quemaduras, asfixia, paro respiratorio, contactos eléctricos, etc.

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•  Factores derivados de las características del trabajo: Según Lozano (2012) «son los contemplan los esfuerzos, la manipulación de las cargas, las posturas de trabajo, los niveles de atención requerida, la carga mental, etc., asociados a cada tipo de actividad. Las consecuencias pueden ser: irritabilidad, falta de energía y voluntad, depresión, dolores de cabeza, mareos, insomnio, problemas digestivos, etc.»

 • Factores derivados de la organización del trabajo: según Montero (2013) dice que se incluyen las tareas que integran el trabajo, los trabajadores asignados a ellas, los horarios, las relaciones jerárquicas, la velocidad de ejecución, etc. Las consecuencias pueden ser: fatiga, insatisfacción, estrés, problemas psicológicos, etc.

• Factores de origen físico, químico o biológico: según Montero (2013) los factores de origen físico hacen referencia a contaminantes físicos como el ruido, las vibraciones, la iluminación, la temperatura, la humedad, las radiaciones, etc. Los factores de origen químico son los que están presentes en el medio ambiente de trabajo 

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Accidentes de trabajo y enfermedades profesionalesSegún Cárdenas (2012) Un accidente de trabajo es todo suceso, no esperado ni deseado, que conlleva pérdidas de la salud o lesiones en los trabajadores, en el desarrollo de su actividad laboral.

Se consideran enfermedades profesionales exclusivamente aquéllas incluidas en el Real decreto 1299/2006, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de la seguridad social y se establecen criterios para su notificación y registro.  Toda enfermedad que tenga un origen laboral y que no esté incluida en el citado real decreto, será considerada como enfermedad relacionada con el trabajo o accidente laboral.

Cárdenas (2012) sigue diciendo que Las enfermedades profesionales son aquellas contraídas como consecuencia de los riesgos a los que esta expuesto el trabajador en su medio laboral

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Normas venezolanas: sistema de gestión de seguridad e higiene ocupacional (covenin

4001: 2000)COVENIN 4004: 2000 Sistema De Gestión Para La Seguridad E Higiene Ocupacional. Guía para su implantación.

COVENIN-ISO 8402: 1995 Gestión De Calidad Y Aseguramiento De Calidad. Vocabulario.

COVENIN-ISO 9001:1995 Sistema De Calidad. Modelo para el aseguramiento de la calidad en el diseño, el desarrollo , producción, la instalación y el servicio posventa.

Estas normas especifica los elementos que integran SGSHO. Pretende pues ser una guía que ayude a las organizaciones a establecer y desarrollar dicho sistema de forma que se integre dentro de la gestión de la organización, a fin de evitar o minimizar los riesgos para los trabajadores, mejorar y ayudar a el funcionamiento de las organizaciones.

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CONSTITUCION DE LA REPUBLICA, DE FECHA 13 DE JUNIO 2015• LEY NO. 87-01 QUE CREA EL SISTEMA DOMINICANO DE SEGURIDAD SOCIAL, DE FECHA 09

DE MAYO DEL AÑO 2001.• LEY NO.188-07 QUE INTRODUCE MODIFICACIONES A LA LEY NO.87-01, DE FECHA 9 DE

AGOSTO DEL AÑO 2007.• LEY NO.177-09 QUE OTORGA LA MNISTIA A TODOS LOS EMPLEADORES PUBLICO Y

PRIVADO CON ATRASOS EN LAS COTIZACIONES AL SDSS, DE FECHA 22 DE JUNIO 2009.• LEY NO.449-06 QUE MODIFICA LA LEY 340-06 SOBRE CONTRATACION PUBLICA DE BIENES,

OBRAS, SERVICIOS Y CONCESIONES, DE FECHA 6 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2006.• LEY NO.340-06 LEY SOBRE COMPRAS Y CONTRATACIONES DE BIENES, SERVICIOS, OBRAS Y

CONCESIONES, DE FECHA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2006.• LEY NO.200-04 SOBRE EL LIBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA, DE FECHA 13 DE

JULIO DEL AÑO 2004.• LEY NO.41-08 SOBRE LA FUNCION PUBLICA, DE FECHA 11 DE DICIEMBRE 2007.LEYES AFINES.• LEY NO. 42-01 LEY GENERAL DE SALUD, DE FECHA 8 DE MARZO DEL AÑO 2001.• LEY NO. 189-07 QUE FACILITA EL PAGO A LOS EMPLEADORES CON DEUDAS PENDIENTES

EN EL SDSS, DE FECHA 9 DE AGOSTO DE 2007.• LEY NO. 370-05 QUE MODIFICA LA LEY 87-01, DE FECHA 20 DE SEPTIEMBRE DE 2005.• LEY NO. 135-11 SOBRE VIH-SIDA, DE FECHA 7 DE JUNIO DE 2011.• LEY NO. 451-08 QUE MODIFICA LA LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, DE FECHA 15 DE

0CTUBRE DE 2008.

Bases Legales

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REGLAMENTOS.•REGLAMENTO SOBRE EL SUBSIDIO POR ENFERMEDAD COMÚN.•REGLAMENTOS PARA LA PRESCRIPCIÓN Y DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS AMBULATORIOS EN EL SDSS SEGUN DECRETO 665-12.•REGLAMENTO DEL REGIMEN SUBSIDIADO EN EL SDSS SEGUN DECRETO 136-13.•REGLAMENTO SOBRE EL SEGURO FAMILIAR DE SALUD Y EL PLAN BÁSICO DE SALUD.•REGLAMENTO PARA LA ORGANIZACIÓN Y REGULACIÓN DE LAS ARS•REGLAMENTO PARA EL CONTROL DE LOS MEDICAMENTOS DEL PLAN BÁSICO DE SALUD.•REGLAMENTO SOBRE ASPECTOS GENERALES DE AFILIACIÓN AL SFS-RC.•REGLAMENTO DE INFRACCIONES Y SANCIONES AL SEGURO FAMILIAR Y SEGURO DE RIEGOS LABORALES.•REGLAMENTO DEL SEGURO DE RIESGOS LABORALES.•REGLAMENTO DE SUBSIDIOS POR MATERNIDAD Y LACTANCIA.•NORMATIVA SOBRE LOS CONTRATOS DE GESTIÓN ENTRE ADMINISTRADORAS DE RIESGOS DE SALUD, ADMINISTRADORA DE RIESGOS LABORALES Y PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD•NORMATIVA SOBRE EL FONDO NACIONAL DE ATENCIÓN MÉDICA POR ACCIDENTES DE TRÁNSITO (FONAMAT).•NORMATIVA SOBRE LOS ACCIDENTES EN TRAYECTO.

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 Existe la necesidad de desarrollar una política de prevención de riesgos laborales en todos los centros de trabajo, no sólo porque la Ley prevención de riesgos laborales así lo contempla, sino porque el número de accidentes laborales ha crecido considerablemente. De este modo, se hace necesario elaborar técnicas de trabajo que los eviten o disminuyan, para que los trabajadores se sientan seguros en su puesto de trabajo. La aplicación de la normativa específica desarrollada como consecuencia de la aparición de la Ley de prevención de riesgos laborales, garantiza el cumplimiento de la ley y, por lo tanto, debe ser conocida e implantada en todas aquellas tareas que requieran de la adopción de medidas de protección especial para garantizar unos niveles de seguridad que eviten la aparición de daños en la salud del trabajador

Conclusión