Análisis Proceso de Ley 550

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ANALISIS DE POLITICAS DE SANEAMIENTO

FISCAL Y FINANCIERO

PLAN DE DESARROLLO 2012 – 2015

ACUERDO DE REESTRUCTURACION DE PASIVOS

CELEBRADO ENTRE EL MUNICIPIO DE SOLEDAD

(ATLANTICO) Y SUS ACREEDORES EN EL MARCO

DE LA LEY 550 DE 1999

Soledad, Agosto de 2012

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ANALISIS DE POLITICAS DE SANEAMIENTO FISCAL Y FINANCIEROPLAN DE DESARROLLO 2012 – 2015

ACUERDO DE REESTRUCTURACION DE PASIVOS CELEBRADO ENTRE ELMUNICIPIO DE SOLEDAD (ATLANTICO) Y SUS ACREEDORES EN EL MARCO

DE LA LEY 550 DE 1999

INTRODUCCION

En el marco de la suscripción del acuerdo de restructuración de pasivos delmunicipio de Soledad (Atlántico), la Contraloría Municipal, obedeciendo al PlanEstratégico 2012 – 2015 que contempla el fortalecimiento del Control Preventivoque implica el acompañamiento en todas las actuaciones de la AdministraciónCentral y entes descentralizados que impliquen la ejecución de políticas Públicas oproyectos con incidencia fiscal, presenta un análisis del Acuerdo deReestructuración de Pasivos suscrito por el Alcalde Municipal de Soledad elpasado 10 de mayo de 2012, en el que se involucra las políticas tenidas con ypara la suscripción del acuerdo, el cumplimiento de los requisitos previos yposteriores a la suscripción del acuerdo, el escenario financiero y lasobservaciones al acuerdo en sí y las actuaciones tenidas en ocasión a lasuscripción del mismo, tomando como base comportamientos históricos y lasejecuciones presupuestales a corte 30 de junio de 2012, como también lasmodificaciones al presupuesto, para establecer con criterios técnicos si lasproyecciones de ingresos y gastos se han cumplido a cabalidad para determinar laposibilidad de ajustar lo firmado o por el contrario esta no tendría inconvenientealguno en su ejecución.

Para sustentar lo anterior hay que partir de los siguientes criterios:

Comparar el escenario financiero de la Ley 550 de 1999 versus

presupuesto aprobado vigente.

Evaluar la ejecución presupuestal de ingresos para medir criterios de

eficiencia en el recaudo de los impuestos.

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Evaluar las modificaciones presupuestales realizadas para determinar su

incidencia en el gasto, la inversión y la reestructuración de pasivos.

Evaluar el cumplimiento de los Límites de Gastos establecidos en la Ley617 de 2000, de la vigencia 2012 en lo corrido del año, evaluando losgastos de funcionamiento del nivel central de la administración municipal.

Evaluar el avance del cumplimiento del Acuerdo de Reestructuraciónsuscrito por el ente territorial, teniendo como base de análisis el valor de lospasivos reestructurados inicialmente acordado con cada grupo deacreedores, y el saldo a la fecha.

RESEÑA HISTORICA

El Verdadero proceso de descentralización, incipiente en los años 60, se fortaleciócon la expedición de la Constitución Política de 1991, evidenciándose en eltraslado de actividades financieras, políticas y administrativas, lo que conllevó aque el gobierno Nacional Central transfiriera una porción de sus ingresoscorrientes a los entes territoriales, apuntando a una mayor eficiencia en elsuministro de bienes y servicios y un mayor esfuerzo fiscal local. Sin embargo,los entes territoriales aún no estaban preparados ni contaban con la capacidad yliderazgo territorial que permitiera asumir las nuevas responsabilidades frente a unmanejo autónomo de sus propios recursos, situación esta que ocasionó que lasfinanzas regionales entraran en una situación difícil y de ahí a un escenario fiscalcompletamente deteriorado.

Ante el panorama fiscal y financiero de los entes territoriales, surgió la necesidadde implementar políticas de saneamiento fiscal y financiero, que dieron con laexpedición de normas como la Ley 358 de 1997, 550 de 1990 y 617 de 2000encaminadas a reglamentar y fijar límites de endeudamiento, a reestructuración depasivos y a la racionalización del gasto.

Refiriéndonos a la Ley 550 de 1999, concebida para que las entidades territorialesque así lo contemplasen y reunieran determinados requisitos, pudiesenreestructurar sus pasivos, estableciendo una prelación de pagos entre losacreedores y comprometiéndose al austero manejo de sus gastos.

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La ley 617 de 2000 por su parte, se encargó de la categorización de los entesterritoriales y los límites para los gastos de funcionamiento.

ANTECEDENTES

MUNICIPIO DE SOLEDAD Y LA REESTRUCTURACION DE PASIVOS.

La Dirección de Apoyo Fiscal del MHCP y el Municipio de Soledad iniciaron unproceso para la promoción de un acuerdo de reestructuración de pasivos el 6 deseptiembre de 2004, dicha promoción concluyó el 15 de julio de 2005, sin que sehubiera suscrito el acuerdo entre otras cosas porque, según el MHCP, lapropuesta presentada por administración municipal a los acreedores no fueelaborada técnicamente y no incluía fuentes ciertas sostenibles de financiamientopara el pago de acreencias exigibles y de las contingencias. 1

Desafortunada consecuencia, teniendo en cuenta que la Ley 550 de 1999 no esuna imposición legal sino una decisión de la respectiva administración por lo quese espera de esta última por lo menos no solo el cumplimiento de los requisitoslegales sino acompañados de una propuesta realizable y debidamente sustentada.

Certificación de la categoría.-El municipio para los años 2003 a 2006, no reportó información a la ContraloríaGeneral de la República para efectos de la certificación de categorización, para el2007 reportó información y se dio certificación a sus ingresos de libre destinación ygastos de funcionamiento. La entidad territorial se categorizó para el 2007 ensegunda categoría y su relación de GF/ICLD, $11.600/23.223. fue de 49.96%. 2

A partir de 2007, el ente territorial, ha continuado con los reportes de informacióncorrespondientes sobre deuda pública, demandas y condenas, pasivo pensional,información financiera, presentando antes de 31 de octubre de cada vigenciacategorizándose en segunda categoría, información que, permitió a diferencia delos intentos anteriores donde se percibía desinformación financiera, presupuestal,en la veracidad de los resultados por ingresos de libre destinación, de los pasivos,que ocasionó que el municipio perdiera la oportunidad de acogerse a unareestructuración de pasivos que concede herramientas para sanear las finanzas-

1- 2 Informe de la Contraloría General de la República de junio 11 de 2009.-

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ACUERDO DE REESTRUCTURACION DE PASIVOS DEL MUNICIPIO DESOLEDAD SUSCRITO EL 10 DE MAYO DE 2012

I. PRESUPUESTO DE INGRESOS APROBADO 2012 Vs ESCENARIOFINANCIERO LEY 550 DE 1999.

A continuación presentamos el componente presupuestal 2012 comparado con elescenario financiero Ley 550 de 1999 para la misma vigencia en los impuestosmás representativos del municipio de Soledad.

Cuadro No.1CONCEPTO PRESUPUESTO

2012LEY 550 DE 1999 DIFERENCIAS

Impuesto PredialUnificado

$ 9.544.191.605 $ 10.199.900.000 - $ 655.708.395

Impuesto de Industriay Cio. (88% L.D.)

$ 12.220.518.312 $ 11.039.200.000 $ 1.181.318.312

En primer término enfocamos las diferencias en el impuesto predial unificado eindustria y comercio, el primero presenta un 6.4% menos que el escenariofinanciero de la Ley 550 de 1999, y el segundo se encuentra en un 10.7% porencima de dicha Ley; sin embargo este no es la única falencia desde el punto devista técnico, el asunto radica al remitirnos a dos escenarios puntuales como sona.) Recaudo histórico y b.) Ejecución presupuestal 2012; debemos centrar laatención en el seguimiento y evaluación del comportamiento de estos recaudos yla manera como esta estructurada la gestión tributaria del ente territorial.

a.) Recaudo histórico: Para el caso del comportamiento histórico nos remitimosal informe de la Dirección de Apoyo Fiscal – DAF, del ministerio de Hacienda yCrédito Público 2010, con base en la información suministrada por la Secretaria deHacienda y la ejecución 2011 de la misma dependencia, los resultados son lossiguientes:

Cuadro No. 2Concepto 2008 2009 2010 2011

Impuesto Predial 3.444 8.423 6.254 9.807Impuesto de 8.608 11.284 12.175 12.062

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Industria y ComercioFuente: DAF con base en información de la Secretaría de Hacienda (2008-2010) y Secretaría de Hacienda 2011

El análisis propuesto es el siguiente:

1. El municipio de Soledad posee 92.976 predios (viviendas) sin incluir otro tipo depredios (lotes no urbanizados, comerciales, industriales, etc.) de acuerdo al Plande Desarrollo Municipal 2012-2015 (pág. 29); es de anotar que el aumentosignificativo del impuesto predial 2010-2011 se debió básicamente a la aplicaciónde la actualización catastral que empezó a regir en la vigencia 2011, lo quesignifica que fue más por inercia que por esfuerzo y eficiencia fiscal.

El municipio debería liquidar el monto total de la facturación del impuesto predial2012 para determinar el potencial de cobro y a su vez saber con exactitud lacartera morosa constituida mediante títulos ejecutivos, que son en últimas los querealmente representan dineros por cobrar; de la misma forma lo debe establecerpara el impuesto de Industria y Comercio mediante un programa de fiscalización yactualización de la base gravable de los contribuyentes, para que diseñe eimplemente una verdadera política fiscal que redunde en mayores beneficios parala comunidad y el cumplimiento de la Ley 550 de 1999.

2. El punto central de los recaudos se debe analizar tomando como base lavigencia fiscal 2011, en los siguientes términos:

Cuadro No. 3Concepto Presupuesto 2011 Ejecución 2011 Por recaudar

Impuesto Predial Unificado $ 9.838.636.591 $ 9.807.622.126 $ 31.014.465Impuesto de Industria yComercio

$ 14.156.123.891 $ 12.062.035.977 $ 2.094.085.414

Fuente: Ejecución presupuestal Secretaría de Hacienda

Como se puede apreciar el municipio incumpliría lo pactado en el acuerdo dereestructuración por los siguientes aspectos:

A. Desde el punto de vista del esfuerzo fiscal 2011, el municipio no se encuentraen condiciones de generar más recursos por ese concepto, es más de no existirpolítica de recaudo en el tiempo este tiende a bajarse; ya que para el impuesto

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predial existe una cultura de pago para la vigencia actual y en el caso de lasvigencias anteriores esta se calcula con relación a la inflación y no con unverdadero criterio jurídico y económico; es decir no existe planificación financiera ymucho menos certeza de lo que se está cobrando por ese concepto.

En este punto hay que anotar que se debe descontar el 12% del impuesto deindustria y comercio por tener destinación específica; es decir aplicando el criteriode proyección 2012, para efectos de cumplimiento con el escenario financiero dela 550 de 1999 la suma a financiar el acuerdo de reestructuración representaría entérminos monetarios la suma de $ 10.614.591.660, cifra que contrasta con lopresupuestado en el acuerdo de pasivos que es por la suma de $ 11.039.200.000.

B. La presupuestación 2012 no tomó en cuenta el recaudo histórico, el potencialde cobro del municipio, el cálculo real de la cartera por cobrar y mucho menos elescenario financiero propuesto en la Ley 550 de 1999, por lo que se muestra acontinuación:

Cuadro No. 4CONCEPTO PRESUPUESTO 2012

Impuesto Predial Unificado $ 9.544.191.605Impuesto de Industria y Cio. $ 13.886.952.627

b.) Ejecución presupuestal 2012: Esta variable es determinante al momento deevaluar la eficiencia fiscal en el recaudo y las estrategias implementadas paracumplir con lo presupuestado y lograr el cumplimiento del acuerdo dereestructuración de pasivos.

Entremos a evaluar la ejecución a junio 30 de 2012 en los términos concretos delos impuestos con los que hemos estado trabajando para determinar su incidenciadentro del proceso.

Cuadro No. 5Concepto Presupuesto 2012 Ejecución 30/06/12 Por recaudar

Impuesto Predial Unificado $ 9.544.191.605 $ 5.304.405.218 $ 4.239.768.387Impuesto de Industria yComercio

$ 13.886.952.627 $ 6.575.979.766 $ 7.310.972.861

Fuente: Ejecución presupuestal Secretaría de Hacienda

De cumplirse lo presupuestado en el impuesto predial unificado estaríamos pordebajo en $ 655 millones aproximadamente con relación al escenario financiero de

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la 550 de 1999 y de darse la ejecución 2011(cuadro No. 3) el déficit se reduciría a $392 millones; y analizando el impuesto de industria y comercio, debemos precisarque de cumplirse la meta no afectaría el escenario financiero, pero de acuerdo a lasituación presentada en el recaudo 2011 (cuadro No. 3) la meta propuesta no esconfiable por cuanto presentaría un faltante de $ 425 millones aproximadamente;por ende exhortamos a la administración municipal a tomar cartas en el asunto enlo que tiene que ver con estos impuestos municipales que representan más del60% de los ingresos corrientes de libre destinación con se cuenta para financiar elacuerdo.

II. GASTOS DE FUNCIONAMIENTO PRESUPUESTO APROBADO (incluye

modificaciones) 2012 Vs ESCENARIO FINANCIERO LEY 550 DE 1999 YMODIFICACIONES REALIZADAS A LA INVERSIÓN Y PASIVOS.

En la tabla siguiente presentamos una comparación sucinta de la presupuestaciónen el gasto de funcionamiento 2012 y el compromiso asumido por laadministración municipal en el acuerdo de reestructuración de pasivos para lamisma vigencia.

Cuadro No. 6

CONCEPTO Presupuesto 2012 Ley 550 de 1999 Diferencias

Servicios personales funcionarios 5.867.600.000 5.767.600.000 -100.000.000

Contribuciones inherentes a la nómina 1.687.800.000 1.787.800.000 100.000.000

Servicios Personales indirectos 2.483.000.000 2.053.000.000 -430.000.000

Mesadas pensionales 431.900.000 431.900.000 0

Sentencias y conciliaciones 317.000.000 562.000.000 245.000.000

Gastos generales 2.859.000.000 3.055.000.000 196.000.000

Totales 13.646.300.000 13.657.300.000 11.000.000Fuente: Secretaría de Hacienda Municipal y Acuerdo Ley 550 de 1999

Queda claro después de observar el cuadro anterior que la administraciónmunicipal pretendió establecer un criterio de responsabilidad en el gasto defuncionamiento; sin embargo este también debe ser medido, por la capacidad degenerar recursos propios para autofinanciar sus gastos.

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ANALISIS AL Decreto No. 00180 del 15 de mayo de 2012POR EL CUAL SE MODIFICA EL PRESUPUESTO DE RENTAS GASTOS DE

FUNCIONAMIENTO E INVERSION DEL MUNICIPIO DE SOLEDADATLANTICO, PARA LA VIGENCIA FISCAL DEL 1 DE ENERO A 31 DE

DICIEMBRE 2012

La suscripción del Decreto se fundamentó en las facultades constitucionales ylegales y las otorgadas mediante acuerdo municipal NO. 00148 de enero de 2012por medio del cual se faculta al señor alcalde para realizar convenios, traslados,créditos adicionales al presupuesto de ingresos, gastos e inversión, vigencia fiscal2012 y la ley 550 de 1999.

En dicho acto, se decreta contracreditar, que es un monto de apropiación que esreducido de un nivel rentístico del ingreso de un rubro presupuestal del gasto,recursos propios en el presupuesto de gastos del municipio de Soledad, vigenciafiscal 2012.

De los contra créditos tenidos son de relevante importancia frente a lo previsto y elespirito del saneamiento fiscal pretendido en la suscripción del Acuerdo deReestructuración de Pasivos, que necesariamente debe involucrar políticas deausteridad en el gasto, las políticas presupuestales y públicas, la normatividadvigente y los principios de eficacia y eficiencia contemplados en el ejercicio de lagestión fiscal, de lo que han de resaltarse:

CODIGO DESCRIPCION Y ANALISIS DEL RUBRO MONTO02050102 1.5% Gastos de funcionamiento Concejo

Municipal$47.650.692.

Los gastos de funcionamiento del Concejo son incorporados en elpresupuesto del municipio, presupuesto que es aprobado ysancionado Sin embargo, El Concejo es un ente autónomoadministrativamente, por tanto las facultades otorgadas al Alcaldemediante Ac 0048-212, no abarcan tales atributos, contrario sensuconstituyen un atentado contra la autonomía administrativa de la quegoza el ente de control.

02050201 2.2% Gastos de funcionamiento PersoneríaMunicipal

$69.580.737.

Las mismas consideraciones tenidas en la afectación del contra

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crédito anterior, amén del hecho a que la disminución delpresupuesto de la personería, impide el cumplimiento deobligaciones legales atribuidas para su desarrollo y ejecución alMinisterio Público de las que debía proveer presupuestalmente elente territorial, máxime si en el Plan de Desarrollo “Soledad nosnecesita a todos” incorpora de manera explícita en la parteestratégica y programática del plan de atención, asistencia yreparación de víctimas del conflicto armado para darles una mayor ymejor atención de acuerdo con las recomendaciones de la CorteConstitucional y se compromete con la generación de oportunidadesy condiciones de arraigo así como con el retorno de las poblacionesque así lo decidan.

02050301 Reducción en los Gastos de funcionamientoContraloría Municipal

$95.890.737.

Ley 136 de 1994 artículo 165, relacionado con lasatribuciones de los contralores distritales y municipales en lo

concerniente a sus presupuestos, en el que se lee: ”Elalcalde no podrá modificarlos. Solo podrá hacerlo elConcejo por iniciativa propia. Una vez aprobado elpresupuesto no podrá ser objeto de traslados pordecisión del alcalde” Con el presupuesto aprobado por elConcejo Municipal de Soledad, se prevé el funcionamiento dela Contraloría Municipal de Soledad para el ejercicio delcontrol fiscal en la presente vigencia, por lo que con sudisminución se impide el normal desarrollo de la actividad delente de control territorial, plasmada en la normaconstitucional.

02050101 Proyecto de vivienda en el municipio deSoledad

$97.021.148.

0307060101 Adquisición y arriendo de vivienda para familiasdamnificadas por desastres naturales y asentadasen zonas de altos riesgo.

$100.000.000.

0312060101 Aporte integral a damnificados por desastresnaturales

$150.000.000.

0312060101 Aporte integral a damnificados por desastresnaturales

$150.000.000.

Se repite rubro por idéntica suma.-0314010501 Apoyo a la primera infancia $100.000.000.

0314060102 Estabilización socioeconómica $180.000.000.

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0314130201 Apoyo al funcionamiento de familia en acción. $9.146.234.

02050301 Desarrollo de actividades que fortalezcan elrecaudo en la oficina de impuestos municipales.

$528.000.000.

Dichos Contra créditos , se acreditan en el Decreto, en el presupuesto de Gastosde funcionamiento del municipio de Soledad, vigencia fiscal, DESTACANDO losque desde el punto de vista del ente de control, resultan impropios tales como:

CREDITOS

CODIGO DESCRIPCION MONTOS02010301 Honorarios $80.600.000.02020101 Compra de Equipos $150.000.000.02020101 Materiales y suministros $100.000.000.02020202 Impresos y publicaciones $50.000.000.

0317050101 Pago de acreencias en Acuerdo deReestructuración de Pasivos.Únicamente se destina esta cifra del valor total delos créditos conforme al decreto.

$818.146.646.

Total Créditos conforme al Decreto $2.454.056.887.

En concepto de la Contraloría, no se ha debido sacrificar la inversión violando elinciso 3º del artículo 350 de la Constitución Política que establece que “Elpresupuesto de inversión no se podrá disminuir porcentualmente con relación alaño anterior respecto del gasto total de la correspondiente ley de apropiaciones”.A pesar de lo anterior el resultado fue opuesto, según las modificacionesefectuadas por la administración municipal mediante decreto No. 00180 de mayo15 de 2012 se realizan unos contracréditos en el gasto de inversión, que si bien escierto es de recursos propios, no lo son, delante de la necesidad que tiene lacomunidad en el cumplimiento del estado en sus deberes y obligaciones; es porello que no se justifica la desfinanciación de la inversión social en rubros como

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vivienda, damnificados por desastres naturales, primera infancia, política deseguridad alimentaria, estabilización socioeconómica, funcionamiento eneducación, y una parte sensible en materia de política fiscal que es elfortalecimiento de la capacidad logística y de recurso humano para el cobro de losimpuestos, que también resultó recortada en su presupuesto.

III. EVALUACION INDICADORES LEY 617 DE 2000

Se requiere determinar los impuestos municipales, incluyendo tasas y otrosimpuestos que no tengan destinación específica por cualquier Ley, acuerdomunicipal u ordenanza, para de esta forma establecer lo que corresponde aingresos corrientes de libre destinación (icld) y evaluar el cumplimiento de la Ley617 de 2000; ya que es factor determinante para la ejecución del acuerdo dereestructuración de pasivos, toda vez que en la medida de su evolución se precisasi existe la necesidad de ajustar o no el presupuesto en la sección del gasto defuncionamiento.

IV. VANCE Y CUMPLIMIENTO DEL ACUERDO DE REESTRUCTURACIÓN DEPASIVOS.

Se hará con base a las ejecuciones que éste tenga y su disponibilidad en términosde recursos, sujeto al cumplimiento de las metas de recaudo propuestas en elescenario financiero así como el respeto en el orden cronológico que se hayapactado en dicho acuerdo.

Además de establecer que el monto suscrito en los pasivos no sufrirá alteraciónpor no haberse estructurado una debida cuantificación al momento de su cálculo.Para ello se diseñaran e implementaran indicadores de resultado y gestión quemidan la eficiencia y eficacia en su ejecución.

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CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Para la vigencia fiscal 2011 el municipio arrojó un faltante en el recaudo porconcepto de impuestos municipales (recursos propios) la suma de $ 3.572millones (fuente: ejecución presupuestal – Secretaría de Hacienda 2011), lo que provocaría uncolapso financiero y jurídico en el cumplimiento del acuerdo de la Ley 550 de1999, siendo este hecho notorio en el impuesto de industria y comercio y elimpuesto predial, por un posible desconocimiento en la presupuestación delpotencial real que tiene el municipio en materia de facturación, y laimplementación de una política fiscal que redunde en el fortalecimiento de losrecaudos de los impuestos.

Si para el año 2012 se presentan los mismos comportamientos del recaudo 2011,estos tendrían que ser recortados proporcionalmente en el gasto defuncionamiento de la administración central para cumplir con los compromisospactados en el acuerdo y de esta manera iniciar de una manera transparente yeficiente sus obligaciones.

Es por ello que se debe implementar de manera urgente un sistema deseguimiento y monitoreo al comportamiento fiscal y a sí mismo comprometer elgasto de acuerdo al flujo de efectivo y no solamente con las disponibilidadespresupuestales que se tengan, toda vez que esto podría arrojar un déficitpresupuestal que daría al traste con lo convenido en dicho acuerdo.

Al igual que en el ingreso, en el gasto se deben establecer criterios deplanificación financiera para determinar si se amerita el recorte al gasto públicopara satisfacer el gasto de funcionamiento, o por el contrario fortalecer el acuerdode reestructuración en el evento que el escenario del recaudo no sea el que sepresupuestó en la vigencia, en cuanto a esto, con la expedición del Decreto, sedisminuyó el desarrollo de actividades que fortalezcan el recaudo en la oficina deimpuestos municipales por suma de $528.000.000. medida completamenteopuesta al pretendido fortalecimiento del acuerdo de reestructuración de pasivos,contrario sensu, el Plan de Desarrollo no contempla políticas certeras y mediblesde fortalecimiento al recaudo por impuestos y el Decreto 180 por su parte en susconsiderando contempla que soportado en la clausula 30 del Acuerdo dereestructuración de pasivos suscrito, “expedirá un decreto que contenga las

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modificaciones al presupuesto de la vigencia fiscal 2012, con el fin de darcumplimiento a los términos de este acuerdo de reestructuración de pasivos”,siendo que la Cláusula 25 del acuerdo “fuentes de financiación..” contempla losimpuestos efectivamente recaudados a partir del 1º de enero de 2012 entre otrasfuentes.

En cuanto a los políticas públicas y sociales plasmadas en el Plan de Desarrollo“Soledad nos necesita a Todos”, en el cual se propone una visión a largo plazo deuna Soledad como una ciudad emergente, democrática, que respeta y garantizalos derechos de los ciudadanos, prospera, educada, saludable, segura, incluyente,ambiental, económica y socialmente sostenible, se vislumbra su incumplimiento enrazón a las medidas tomadas hasta ahora con la expedición del Decreto 018 demayo 15 de 2012, cuya motivación fue el Acuerdo de Reestructuración de pasivos.

Esto en ocasión a que el plan define como prioridad, la atención estatal a gruposespecíficos como la niñez, la familia, adolescencia, la juventud, etc., asumiendo ladecisión política, según el plan, de enfrentar la compleja problemática de lapobreza y la exclusión, para alcanzar los logros en el aumento de cobertura debienes y servicios así como del mejoramiento de la calidad de los mismos.

Se reconoce en el plan que en sus fundamentos hacer un reconocimiento territorialdel municipio en donde se muestra los sectores y los barrios que los integran,reflejándose de esta manera que la situación de los grupos poblacionales arribamencionados es tan grave que reviste de la mayor urgencia su atención integralpara que accedan a los bienes y servicios básicos, por cuanto el 45% de lasviviendas se encuentran ubicadas en el estrato 1 (bajo bajo), con un alto grado deproliferación de asentamientos informales que carecen de la prestación deservicios públicos, saneamiento básico, etc., que al igual que el resto de lapoblación del municipio requiere ser atendida para suplir sus necesidades básicas,y el Decreto por parte sacrifica la inversión para este sector y estas necesidadesbásicas.

Incorpora de manera explícita en la parte estratégica y programática del Plan laatención, asistencia y reparación a las víctimas del conflicto armado para darlesuna mayor y mejor atención de acuerdo con las recomendaciones de la CorteConstitucional y se compromete con la generación de oportunidades y condicionesde arraigo así como con el retorno de las poblaciones que así lo decidan, mientrasque en el Decreto se recorta el presupuesto de la Personería.

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Para atender las carencias de bienes, servicios y oportunidades de las poblacionesmás desprotegidas y restituir así sus derechos, reconoce, la necesidad de poner enpráctica una gestión integral, intersectorial e interinstitucional, más allá de gestiónde tipo sectorial, así como la necesidad de adelantar una modernizacióninstitucional del Municipio. Con estas primeras medidas no se alcanza a percibir laintención de atender tales carencias.

Así las cosas, para este ente de Control, que adelantó igualmente el análisis delPlan de Desarrollo “Soledad nos necesita a todos”, considera como contraria alcumplimiento del plan de desarrollo, la reducción de la inversión por cuanto va encontra vía de las políticas públicas, las sociales y la misma Constitución Política ymás aún por los criterios que en materia fiscal, disciplinaria y penal puedarepercutir la no aplicación de la norma, sobre todo en materia de infancia yadolescencia y política alimentaria, en donde la Procuraduría General de la Naciónhizo precisiones en la Directiva 001 de enero 26 de 2012 sobre el deber defortalecer dichos sectores, siendo esta la única fórmula para lograr condiciones devida y de entorno dignos para los habitantes de Soledad como primer pasoencaminado a lograr la equidad social, que disminuya los altísimos índices deviolencia, fortalezca el sentido de pertenencia de la comunidad, y así responder allema del Plan “Soledad nos necesita a todos”, pues teniendo necesidades básicasinsatisfechas y sociedad vulnerable desatendida, no hay programa, ni acuerdoalguno que permita pensar en vislumbrar siquiera, la Soledad que se pretende.

La administración municipal debe redoblar sus esfuerzos por aumentar susrecaudos para financiar su funcionamiento y no estructurarlo sacrificandoinversión, lo que traduce que el plan de inversiones 2012 – 2015 se encuentraavocado a un posible incumplimiento en sus objetivos y metas. La pereza fiscalque no es otra cosa que la falta de estrategias y acciones concretas en el cobrotributario, limita la capacidad de actuar de la Administración Central y se agudiza,si es la propia administración quién en vez de fortalecer y dotar de herramientasque motiven el cobro y recaudo fiscal, recorta el presupuesto destinado para talesfines.

La Contraloría Municipal de Soledad hará acompañamiento, seguimiento,monitoreo y evaluación a fondo, en la medida que el proceso avance paradeterminar el grado de cumplimiento del acuerdo de reestructuración y establecerlos criterios de economía, eficiencia y eficacia con que se administrarán losrecursos puestos a su disposición y los resultados de su gestión, en desarrollo dela política de saneamiento fiscal y aplicación de la Ley 550 de 1999 y promoverá

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las funciones de advertencia pertinentes y a lugar, como fortalecimiento del controlpreventivo establecido en el Plan estratégico de este ente de control 2012-2015.