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Anexo 13. Plan de Manejo Ambiental
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Anexo 13: PLAN DE MANEJO AMBIENTAL COMRURAL
I. Introducción.
El sistema de Gestión ambiental del Proyecto Competitividad Rural (COMRURAL), se diseña con el propósito de incorporar el principio de sostenibilidad ambiental, como uno de los ejes transversales en todo el ciclo del proyecto. La gestión ambiental de COMRURAL tiene el objetivo de ir más allá del cumplimiento de la legislación y las salvaguardas ambientales; se lleva a cabo con el objetivo de concientizar y capacitar a las OPRs participantes en el Proyecto para que las buenas prácticas ambientales se difundan y arraiguen en la producción rural dentro del país. El presente Plan de Manejo Ambiental, se formula a partir de la información y los hallazgos encontrados a partir del Estudio Ambiental (EA) realizado en el marco de las políticas de salvaguarda ambiental del Banco Mundial. El EA incluyo un análisis del marco legal, institucional, un diagnóstico sobre los sistemas productivos principales dentro de las cadenas de valor priorizadas en el proyecto, una caracterización físico-ambiental de las áreas y de los sistemas de producción en el área de cobertura del proyecto y una revisión de las políticas de salvaguarda ambientales del Banco Mundial. El Marco legal ambiental principal que regula los aspectos ambientales para la implementación de los Planes de Negocios (PN) del proyecto son:
Ley General del Ambiente y su Reglamento,
Reglamento del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SINEIA),
Ley de Ordenamiento Territorial y su Reglamento,
Ley Fito zoosanitaria y su Reglamento,
Reglamento sobre Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines,
Ley Forestal,
Reglamento de Áreas Protegidas y Vida Silvestre, y
Salvaguardas Ambientales del Banco Mundial.
La Institucionalidad que administra la aplicación de las normas ambientales del marco jurídico son: La Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA), el Instituto de Conservación Forestal (ICF), Secretaria de Salud, Secretaria de Agricultura y Ganadería (SAG), el Instituto Hondureño de Turismo (IHT) y las Alcaldías Municipales en cuyos territorios se implementaran los proyectos de los planes de negocios aprobados por COMRURAL.
II. Políticas de Salvaguardas del Banco Mundial en la Implementación de
COMRURAL.
2.1. Evaluación Ambiental
En base a la Política Operacional 4.01 de Evaluación Ambiental del Banco Mundial, el Proyecto Competitividad Rural en Honduras se considera un proyecto de categoría B, según su escala de intervención, la ubicación de los sub-proyectos a financiar en los Planes de Negocios (PN), la naturaleza de los impactos ambientales potenciales negativos y la magnitud esperada.
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En el Estudio Ambiental (EA) del Proyecto, se encontró que los impactos ambientales potenciales negativos serán localizados en pequeñas parcelas de trabajo, con impactos ambientales reversibles y con medidas de mitigación (MdM) disponibles, o que pueden ser diseñadas fácilmente y con un mínimo de inversión. La escala de intervención se considera mínima, pues los sub-proyectos de los PNs se vinculan a pequeños productores organizados con áreas de trabajo menores a cinco hectáreas y en áreas aptas para estas actividades, y en predios ecológicamente intervenidos. La ubicación de los sub-proyectos de los PN se encuentra restringida a espacios
ecológicos ya intervenidos por actividades productivas, y estarán sujetos a consideraciones ambientales, contribuyendo al uso racional de los recursos naturales en las áreas a ser intervenidas. Con relación a la naturaleza del impacto ambiental, salvo los proyectos de acuicultura, donde el Proyecto ha diseñado restricciones particulares, los impactos ambientales potenciales negativos son de naturaleza reversible y con MdM que han demostrado ser
prácticas y costo-efectivas. En el caso del cultivo de peces, crustáceos u otras especies acuícolas, de agua dulce, el Proyecto de Competitividad Rural financiará aquellos planes de negocios que incluyan el establecimiento de estanques artificiales (con Geo-membrana), jaulas controladas para engorde. Esta condición de financiamiento permitirá un mayor control sobre las condiciones de manejo, el tipo de especie a cultivar y las MdM necesarias. Se considera que el establecimiento de proyectos vinculados con la Apicultura, Cafés Especiales y el Turismo Rural, tendrán un impacto ambiental global positivo que compensará aquellos impactos ambientales potencialmente negativos. Sin embargo, queda claro que dicho tipo de proyectos también implementarán MdM adecuadas según su categorización ambiental. En Apicultura se considera que el mayor impacto ambiental negativo se vincula a la ubicación de las colmenas, restringida a espacios naturales alejados del área urbana. El establecimiento de colmenas en el área rural supone potencializar el incremento de la diversidad biológica en áreas protegidas, hábitats naturales críticos y bosques productivos. En la producción de Cafés Especiales, COMRURAL considera que las condiciones ambientales actuales para la producción de cafés de altura, orgánico y ecológico, potencia el mantenimiento de una diversidad de especies forestales, frutales y ornamentales, asimismo, la presencia de diversas especies de árboles asociados con el café, promueve el mantenimiento de especies de fauna asociadas con el descanso, la alimentación o la procreación, adaptadas a este tipo de agro ecosistema. COMRURAL se asegurara que los PN con propuestas que incluyen Centrales de Beneficiado Húmedo de café, cuenten con su respectiva Licencia Ambiental, previo a la construcción de infraestructura para asegurar el buen manejo, tratamiento y disposición final de aguas residuales (aguas mieles) y desechos sólidos orgánicos (pulpa de café) generadas en el proceso de beneficiado.
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En la cadena de Turismo Rural, se considera que las actividades asociadas a la puesta en valor de un atractivo turístico podrán ser planificadas con un mínimo de inversión financiera. Estos PN para el turismo rural, por defecto deberán respetar las condiciones ambientales y culturales de la zona, las cuales son parte del mismo atractivo a promover. La aplicación del principio precautorio en la elaboración de los PN a financiar, permitirá que los sub-proyectos de COMRURAL impacten positivamente en el ambiente y el manejo de los recursos naturales.
2.2. Habitats Naturales y Bosques
COMRURAL no financiará actividades en Planes de Negocios que provoquen la transformación o degradación de los hábitats naturales críticos. Se considera como hábitat natural crítico, aquel espacio natural que tenga una protección legal, una intencionalidad de ser protegido legalmente o desprotegidos pero con un alto valor para la conservación. En el caso de hábitats naturales no críticos, COMRURAL podrá financiar actividades si en el PN, en línea con las disposiciones de la autoridad ambiental, se incluyen medidas de mitigación o compensatorias, tales como la reforestación, la habilitación de espacios naturales protegidos compensatorios o la inclusión de tecnologías capaces de mantener la integridad biótica de estos sitios. COMRURAL no financiará actividades productivas que provoquen cambio de uso de suelo en bosques naturales, incluso en aquellos sitios que cuentan con un plan de manejo aprobado por el Estado de Honduras. Sin embargo, financiará la compra de madera como insumo para inversiones productivas en los PN, proveniente de bosques manejados legalmente. En el caso que un PN considere actividades dentro de un Área Protegida (AP), las mismas solo podrán financiarse si el AP cuenta con un Plan de Manejo y si dicho Plan de Manejo expresa que la actividad es compatible con sus objetivos de conservación, la categoría de manejo, y si existe la presencia institucional adecuada para supervisar dicha actividad. Ver el listado de las AP de Honduras en página web del Instituto de Conservación Forestal. Para el desarrollo de Planes de Negocios en Áreas Ambientalmente Frágiles (AAF),
aplicarán las regulaciones y normativas contenidas en el Reglamento del Sistema
Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (Acuerdo Ejecutivo 189-2009 disponible en
www.serna.gob.hn.
2.3. Manejo de plagas
Si los PN incluyen actividades de producción agropecuaria, se deberá incorporar medidas del Manejo Integrado de Plagas (MIP). Todos los pesticidas que financie el Proyecto tienen que ser fabricados, envasados, etiquetados, manipulados, almacenados,
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eliminados y aplicados de conformidad con normas aceptables para el Banco Mundial1. Para el manejo y control de plagas y enfermedades deberá usar los productos autorizados listados en el Sistema de Información del Registro Nacional de Plaguicidas de Honduras2 del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria (SENASA) de la Secretaria de Agricultura y Ganadería (SAG).
El listado de plaguicidas y fertilizantes autorizados se encuentran disponibles en la página
web de SENASA-SAG3, los mismos se actualizan sin previo aviso, por lo cual, para
consultas sobre el uso autorizado de estas sustancias, deben contactarse con el
Departamento de Uso y Control de Plaguicidas de SENASA al Tel. 2232-62-13, Ext. 132,
o en la siguiente dirección: [email protected].
Un listado de plaguicidas y otros compuestos químicos de uso restringido o prohibido que no son elegibles para financiamiento en los PN está en el Apéndice 2. Para efectos de difundir las tecnologías ya validadas y usadas comercialmente por los productores hondureños en la producción de frutales y hortalizas en esquemas de producción dirigidas por el mercado, se divulgará y promocionará con las OPR y PSDE con PN en estas cadenas de valor, información técnica secundaria generada de otros programas similares a COMRURAL. Los manuales de producción estarán dirigidos para que los productores de estas cadenas implementen tecnologías y practicas básicas de producción a través del manejo integrado de cultivos (MIC) que incluye la selección del cultivo, preparación del suelo, sistemas de siembra, riego por goteo, fertilización, MIP, rotación de cultivos, manejo pos cosecha, trazabilidad, practicas de inocuidad, entre otros. Disponibles en www.comrural.hn
2.4. Patrimonio cultural físico
Dada la focalización de COMRURAL, se reconoce una estrecha relación entre las actividades productivas a financiar por el Proyecto y el patrimonio cultural físico presente en la zona de intervención. En algunas regiones de Occidente del país, la cultura viva se junta con reliquias arqueológicas de importancia mundial; ambos aspectos serán respetados en el momento de calificar y evaluar las propuestas para financiamiento de los PN. En el aprovechamiento de nuevos espacios físicos para el desarrollo de actividades o la construcción de infraestructura productiva propuesta en los PN, en caso de encontrar una reliquia arqueológica, se contactara de inmediato con el representante del Instituto Hondureño de Antropología e Historia (www.ihah.hn/contacto.html) para asegurar la apropiada protección del patrimonio cultural del país.
1 Se usan como normas mínimas las publicaciones de la FAO tituladas Guidelines for Packaging and Storage
of Pesticides (Roma, 1985), Guidelines on Good Labeling Practice for Pesticides (Roma, 1985), y Guidelines
for the Disposal of Waste Pesticide and Pesticide Containers on the Farm (Roma, 1985). 2 http://www.senasa-sag.gob.hn/index.php?option=com_content&task=blogcategory&id=114&Itemid=222 3 http://www.senasa-sag.gob.hn/index.php?option=com_content&task=blogcategory&id=114&Itemid=222
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Adicionalmente, en la evaluación ambiental de proyectos de categoría 2 y 3, el SINEIA incluye en el proceso de evaluación la presentación de un estudio arqueológico rápido del terreno donde se desarrollará el proyecto, realizado por un experto registrado en SERNA.
2.5. Reasentamiento involuntario
Si bien COMRURAL no contempla la inversión de recursos financieros para la apertura de caminos de penetración a fincas productivas, el Proyecto tampoco financiará actividades que impidan el libre paso y el derecho al agua potable, la recreación, la pesca, la cacería o la actividad turística; asimismo, se asegurará que la población no beneficiada no pierda el acceso a la electricidad o comunicaciones, se respetará los derechos de propiedad privada y no financiará actividades que generen conflictos entre los propietarios financiados por el Proyecto y aquellos que no lo sean.
III. Gestión ambiental en el ciclo de COMRURAL
3.1. Formulación de Perfiles de Negocios
En COMRURAL se incorpora la variable ambiental desde la etapa de pre- factibilidad en el ciclo de los Planes de Negocios. En la etapa de la formulación de perfiles de negocios, las OPRs proponentes deben considerar las implicaciones ambientales de las inversiones a realizar en las cadenas de valor priorizadas por el Proyecto. Con el propósito de que se incluyan los aspectos ambientales en la formulación de los perfiles de negocios, COMRURAL incorpora en los documentos de convocatorias las siguientes disposiciones ambientales:
En la Guía para convocatoria para presentación de Perfiles de Negocios, se
incluye un “Listado de actividades excluidas por razones de impacto
ambiental negativo” (Apéndice 1). La OPR debe verificar durante la formulación
del perfil la no inclusión de las actividades incluidas en este listado.
Conforme a lo requerido en la Guía para la Formulación de Perfiles de
Negocios, la OPR deberá identificar los impactos ambientales potenciales
negativos y positivos, y proponer medidas de mitigación para viabilizar el proyecto,
y según factible otras medidas para optimizar los impactos positivos. Asimismo,
debe incluir en la propuesta de perfil las Buenas Prácticas Agrícolas (BPA) y
Buenas Prácticas de Manufactura (BPM), que como parte de la gestión ambiental
serán implementadas durante la ejecución del PN.
Personal técnico de COMRURAL a nivel central y regional, facilitan asesoría técnica y control de calidad para la apropiada incorporación del análisis ambiental en la formulación de los perfiles de negocios. 3.2. Calificación de Perfiles de Negocios
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En reunión del Consejo de Evaluación (CE) de la UCP-COMRURAL, se revisa y
consolida la calificación del perfil de negocios, incluyendo el sub-componente
ambiental.
En esta etapa del proceso, UCP-COMRURAL verifica que la categorización preliminar
del proyecto propuesto en el Perfil de Negocios es conforme a la normativa ambiental
vigente y las salvaguardas ambientales. Asimismo, se califica la identificación de
impactos ambientales negativos potenciales con sus correspondientes MdM,
incluyendo las BPA y BPM.
3.3. Categorización Ambiental de los Proyectos
La categorización ambiental preliminar puede ser realizada por la OPR. La categorización oficial es realizada por la Dirección de Evaluación y Control Ambiental (DECA) en la SERNA (www.serna.gob.hn). Los proyectos, obras o actividades se ordenan de forma taxativa en una Tabla de Categorización Ambiental que toma como referencia el Estándar Internacional del Sistema CIIU, Código Internacional Industrial Uniforme de todas las actividades productivas. Conforme a la tabla de Categorización Ambiental (disponible www.comrural.hn), los proyectos, obras o actividades son categorizados en cuatro categorías ambientales 1, 2, 3 y 4. Además, se consideran obras o actividades con impactos y riesgos menores a la categoría 1 (“Muy Bajo Impacto Ambiental Potencial o de Muy Bajo Riesgo Ambiental”), pero no se las llegan a nombrar como una categoría. Proyectos categoría ambiental 1: Proyectos, obras o actividades consideradas de bajo impacto ambiental potencial o riesgo ambiental. Proyectos categoría ambiental 2: Proyectos, obras o actividades de moderado-bajo impacto ambiental potencial o riesgo ambiental. Proyectos categoría ambiental 3: Proyectos, obras o actividades de moderado-alto impacto ambiental potencial o riesgo ambiental. Proyectos categoría ambiental 4: Proyectos, obras o actividades consideradas de alto impacto ambiental potencial o riesgo ambiental. De acuerdo a esta categorización, COMRURAL no promoverá ni financiara proyectos de categoría ambiental 4, debido a las implicaciones de alto impacto o riesgo ambiental y los estudios requeridos, incluyendo la complejidad de obtener su licenciamiento ambiental. Todos aquellos proyectos que estén por debajo de los de categoría 1, calificados como de muy bajo impacto ambiental o riesgo ambiental, no estarán sujetos a cumplir trámite de Licencia Ambiental; no obstante, deben cumplir la legislación ambiental vigente y las salvaguardas ambientales. .
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De persistir dudas con relación a la categorización ambiental de un proyecto propuesto a COMRURAL, la OPR o el Prestador de Servicios Ambientales responsable deberán hacer la consulta por escrito en DECA-SERNA. 3.4. Formulación de Plan de Negocio
Para la formulación del Plan de Negocios, COMRURAL tiene a la disposición de las
OPRs y de los PSDE una Guía para Formulación de Plan de Negocios (PN),
documento que desarrolla puntos clave para la formulación del PN.
En esta Guía se indica que la OPR debe incorporar en su propuesta de PN lo siguiente:
Identificar los impactos ambientales negativos y positivos potenciales.
Medidas de prevención, mitigación, corrección y/o compensación con su
respectivo presupuesto.
Proponer Buenas Prácticas Ambientales (MIP, BPA, BPM, y procesos más
limpios) con sus respectivos presupuestos.
Se orienta a las OPRs y a los PSDE para el trámite y obtener las licencias
ambientales.
Durante el período de la formulación del PN, personal Técnico de COMRURAL, incluyendo personal de las sedes regionales, facilitan asesoría técnica y realizan el control de calidad del proceso.
3.5. Trámite para obtener Licencia Ambiental
3.5.1. Proyectos por debajo de la categoría 1
No requiere de trámite para Licencia Ambiental, sin embargo estarán sometidos a cumplir
la legislación ambiental vigente y, además, en todo lo que aplique, el Código de Buenas
Prácticas Ambientales de Honduras.
Solo se aprueban PNs que incluyen actividades de producción agrícola si incorporan
prácticas del manejo integrado de plagas (MIP). Para la prevención, manejo y control de
problemas fitosanitarios, deberá hacerse uso de productos agroquímicos autorizados y
listados en el Registro de Plaguicidas del Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria
(SENASA). Todos los pesticidas que financie el Proyecto tienen que ser fabricados,
envasados, etiquetados, manipulados, almacenados, eliminados y aplicados de
conformidad con normas aceptables para el Banco Mundial4.
3.5.2. Proyectos Categoría 1
Son proyectos de bajo impacto ambiental potencial, y seguirán los siguientes pasos:
4 Se usan como normas mínimas las publicaciones de la FAO tituladas Guidelines for Packaging and Storage
of Pesticides (Roma, 1985), Guidelines on Good Labeling Practice for Pesticides (Roma, 1985), y Guidelines
for the Disposal of Waste Pesticide and Pesticide Containers on the Farm (Roma, 1985).
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Presentación ante la SERNA de la Solicitud de Licencia Ambiental, el
Formulario SINEIA F-01 llenado y los documentos técnicos y legales que este
formulario indica.
El Formulario SINEIA F-01 debe ser firmado por el representante legal de la OPR,
un Prestador de Servicios Ambientales (PSA) registrado en SERNA, y es
presentado por un apoderado legal en Secretaria General en SERNA.
En SERNA se revisa el Formulario SINEIA F-01, la documentación técnica y legal
requerida verificando que el proyecto propuesto en Plan de Negocio pertenece a la
Categoría Ambiental 1.
De acuerdo a la ley, el trámite de revisión en SERNA durará un plazo de quince
días hábiles administrativos. Transcurrido este plazo, SERNA procede a registrar
el proyecto del PN, y de cumplir con todos los requisitos, emite la Licencia
Ambiental.
3.5.3. Proyectos Categoría Ambiental 2 y 3
Son proyectos en Plan de Negocios con impacto ambiental potencial de
moderado-bajo a moderado-alto.
Para el trámite de Licencia Ambiental seguirá los siguientes pasos:
Presentar en la SERNA la Solicitud de licencia ambiental junto con el
Formulario SINEIA F-02 llenado, acompañado de los documentos técnicos y
legales requeridos en dicho Formulario. El Formulario SINEIA F-02 es llenado por
un Prestador de Servicios Ambientales (PSA) registrado en SERNA
(http://www.serna.gob.hn/prestadores%20de%20servicio.htm).
Completado el Formulario SINEIA F-02 y presentado ante la autoridad ambiental,
esta solicitara a la OPR potencial adjuntar el instrumento de evaluación ambiental
pertinente resultante de llenar el Formulario SINEIA F-02,, pudiendo ser este un
Plan de Gestión Ambiental o en su defecto, demandar que la OPR adopte e
implemente la Guía o Guías de Buenas Prácticas Ambientales, según el sector,
subsector o actividad productiva.
En el caso de tener que elaborar un Plan de Gestión Ambiental, la SERNA
prepara los Términos de Referencia que pone a disposición en un documento
orientador. Los documentos orientadores son diferentes para proyectos de
categoría 2 y categoría 3.
Revisión de la documentación por la SERNA verificando la correcta categorización
ambiental y el cumplimiento de los requisitos para este tipo de categoría
ambiental, según lo determinado en el Formulario SINEIA F-02 y su Instructivo.
Para la publicidad del procedimiento, la OPR proponente, a través de medios
escritos y hablados, notificará la iniciación de la EIA conforme a lo dispuesto por
SERNA.
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El pago de los servicios de los consultores asociados con la elaboración de
estudios, servicios de Prestador de Servicios Ambientales y trámites de
licenciamiento ambiental, incluyendo el pago de la tarifa por la emisión de Licencia
Ambiental, es responsabilidad de la OPR (el proponente ante la SERNA).
Conforme a la ley, el trámite de revisión de la solicitud durará un plazo de 30 días
hábiles administrativos, transcurridos los cuales y de cumplirse los requisitos de
ley, se registrará el proyecto y se emite la respectiva Licencia Ambiental.
Con relación a la vigencia y a los costos de emisión de licencia ambiental, se debe
consultar con la SERNA durante el proceso de evaluación ambiental para
obtención de la licencia, ya que estos son susceptibles de modificaciones.
3.5.4. Proyectos Categoría Ambiental 4
Por ser proyectos de amplia complejidad por la naturaleza y los alcances de sus impactos ambientales negativos potenciales y los riesgos ambientales que implica su construcción y operación, COMRURAL no financiará proyectos de Planes de Negocios de Categoría Ambiental 4. 3.6. Otorgamiento de licencia ambiental para proyectos en operación
Si el proyecto inicio operación antes del 29 de julio de 1993, deberán sujetarse a
un proceso de control ambiental basado en autorregulación y mejoramiento de su
desempeño ambiental.
Proyectos que iniciaron su etapa de construcción u operación sin contar con
licencia ambiental después del 30 de julio de 1993, deberán sujetarse al proceso
de control ambiental (Proyectos categorías 1, 2, 3 de la Tabla de Categorización).
Los procesos de control ambiental son regulados por SERNA a través de un
procedimiento de auditorías ambientales.
3.7. Categorías Ambientales aplicables a Planes de Negocios por Cadena de Valor
Como un punto de partida a la categorización ambiental de la gran mayoría de los PN financiados por COMRURAL, queda pertinente el artículo 16. sobre actividades del sector agrícola del Acuerdo No. 1714-2010 de SERNA, que establece la nueva Tabla de Categorización: “Los proyectos, obras o actividades a que se refiere la Tabla de Categorización Ambiental en los sectores agrícola, pecuario y forestal, se entiende que se desarrollan en áreas aptas para esta actividad, identificados por un plan de ordenamiento territorial o en predios ecológicamente intervenidos, según dictamen técnico de la entidad correspondiente, caso contrario, estos proyectos, se identificarán siempre como categoría 4 y deberán cumplir con todos los requisitos establecidos para esta categoría.”
Cadena Apícola
La apicultura es una actividad con importantes beneficios para la agricultura y el
medio ambiente. En la Tabla de Categorización están categorizadas en función de
número de cajas: Categoría 1: de 40 a 75 cajas, Categoría 2: de 76 a 150 cajas, y
Categoría 3: más de 151 cajas.
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Para Planes de negocios con sub-proyectos apícolas, se recomienda la aplicación
de las Buenas Prácticas de Producción Apícola, propuestas en el Manual de Buenas
Prácticas Apícolas, publicación de abril 2010, elaborada por las principales
organizaciones de Apicultura de Centroamérica y el Caribe con el Asesoramiento de
Organismo Internacional Regional de Sanidad Agropecuaria (OIRSA), pagina web:
www.oirsa.org; e-mail: [email protected].
Cadena Acuícola
Se prevé que la mayoría de los proyectos en PN a ser propuestos en esta cadena y
se desarrollen fuera de cuerpos de aguas naturales sean categoría ambiental 1:
0.25-1 Ha. de espejo de agua, y categoría 2: + 1 Ha.-2 Ha. de espejo de agua.
Las propuestas de proyectos en cuerpos de agua natural se prevé sean categoría
ambiental 1 y 2 (categoría 1: de menos de 0.5 Ha., y Categoría 2: de más de 0.5 Ha.
a 2 Ha. de espejo de agua.
Para Planes de Negocios con sub-proyectos acuícolas, se recomienda la aplicación
de las Buenas Prácticas de Manejo promovidas por la Dirección General de Pesca y
Acuicultura de la SAG (www.senasa-sag.gob.hn) y en la “Guía de Buenas Prácticas
Ambientales para el cultivo de Tilapia”, elaborado por Centro Nacional de
Producción más Limpia de Honduras (CNP+LH), en colaboración con la SERNA,
página web: www.cnpml-honduras.org.
Cadena Hortícola, Frutales y Cafés Especiales
Para PNs con actividades de producción primaria en fincas ubicadas en áreas
ecológicamente intervenidas y apropiadas para estas actividades agrícolas con
menos de 3 Ha., no se prevé cambio de uso de suelo con afectación de áreas con
bosque natural.
PNs en estas cadenas de valor que incluyan centros de acopio y/o almacenamiento,
la mayoría se prevé, se clasificaran como categoría 1 (áreas de construcción entre
150 y 500 metros cuadrados).
Para centro de procesamiento de beneficiado húmedo y seco en cafés especiales y
su infraestructura para el manejo de desechos sólidos (pulpa) y líquidos (aguas
mieles), se prevé que se clasifiquen como categoría 2 o 3.
Cadenas de Turismo Rural y Productos Culturales
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En el caso de PNs que impliquen actividades como apertura de senderos en áreas
ambientalmente frágiles, los mismos deberán ser remitidos a la DECA-SERNA para
su apropiada categorización ambiental.
Para PNs de esta cadena, se recomienda la aplicación de las Buenas Prácticas
Ambientales contenidas en la Guía para el Sector Turístico y Hotelero, elaborado
por International Resources Group (IRG) y el Centro Nacional de Producción más
Limpia de Honduras (CNP+LH), Tegucigalpa, Honduras, 2009: www.cnpml-
honduras.org.
COMRURAL coordina con el Instituto Hondureño del Turismo (IHT), pagina web:
www.iht.hn, con la finalidad de promover la formulación de PNs en línea con la
estrategia de desarrollo sostenible implementada por esa institución.
Cadena Granos Básicos (Maíz, Frijol, Arroz)
Se considera que las actividades de producción primaria en fincas no requerirán de
licencia ambiental ya que se prevé que se realizarán en áreas ecológicamente
intervenidas, apropiadas para dichas actividades, con menos de 3 Ha., y no
previniendo cambio de uso de suelo con afectación de áreas con bosque natural.
PNs en estas cadenas de valor que incluyan centros de acopio y/o almacenamiento,
la mayoría se prevé que se clasificaran como categoría 1 (áreas de construcción
entre 150 y 500 metros cuadrados) o 2 (con más de 500 metros cuadrados de área
de acopio).
Cadena Ganadería (Leche y Carne)
Se considera que estas actividades de producción pecuaria se realizarán en áreas
ecológicamente intervenidas, apropiadas para estas actividades donde no se prevé
cambio de uso de suelo con afectación de áreas con bosque natural. Como material de
referencia, se recomienda para producción de ganadería de carne bovina el “Manual de
Buenas Prácticas en Explotación de Ganadería de Carne Bovina” del IICA, que se puede
consultar en www.iica.int.
Cadena Porcina
Para PNs con sub-proyectos de producción porcina, se recomienda la aplicación de las
Buenas Practica Ambientales propuestas en la “Guía de Buenas Prácticas Ambientales
en producción porcina”, elaborado por International Resources Group (IRG) y el Centro
Nacional de Producción más Limpia de Honduras (CNP+LH), Tegucigalpa, Honduras,
2009: www.cnpml-honduras.org.
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Cadena Avícola
Para PNs con sub-proyectos de producción avícola, se recomienda la aplicación de las
Buenas Practica Ambientales propuestas en la “Guía de Buenas Prácticas Ambientales en
Producción Avícola”, elaborado por International Resources Group (IRG) y el Centro
Nacional de Producción más Limpia de Honduras (CNP+LH), Tegucigalpa, Honduras,
2009: www.cnpml-honduras.org.
4. Promoción, información y capacitación, desarrollo institucional y estrategias de
participación
COMRURAL cuenta con una unidad de comunicación y promoción responsable de implementar la estrategia de comunicación y promoción del proyecto, en sus actividades, materiales informativos y de promoción, incorpora los aspectos ambientales en todo el ciclo de procesos del proyecto. 5. Formación de capacidades para el manejo sostenible de los recursos naturales
Para la formación de capacidades especialmente para los productores de las OPRs, las capacitaciones en las temáticas ambientales se desarrollaran mediante módulos de capacitación e intercambio de experiencias puntuales y metodologías participativas. En el marco de las alianzas productivas, COMRURAL promoverá y apoyara a las OPRs en las iniciativas de certificación con sellos socio-ambientales, que además de promover la incorporación de BPA y BPM y la producción de alimentos más sanos, amplíen las posibilidades de acceder a nuevos mercados en condiciones de competitividad. Para los productores/as y técnicos de PSDEs, el contenido de los módulos de capacitación e intercambio de experiencias estará orientado a socializar las ventajas y beneficios sociales, económicos y ambientales de incorporar BPA, BPM, MIP, Trazabilidad e Inocuidad en las propuestas de PN. 6. Seguimiento y Evaluación
Se reconoce que el desarrollo de alianzas productivas requerirá una red compleja de relaciones entre diferentes organizaciones. Esta red de relaciones requerirá que las sedes Regionales de COMRURAL establezcan nexos de coordinación con autoridades y actores locales específicos en el marco de las cadenas de valor. COMRURAL mantendrá un equipo de trabajo multidisciplinario, coordinado desde la UCP, con las oficinas regionales para facilitar y acompañar a las OPRs y PSDE en formulación de perfiles y planes de negocios y dar seguimiento a la implementación de los mismos, incluyendo las actividades de gestión ambiental. Los PSDE responsables de la asistencia técnica de las OPR darán seguimiento al cumplimiento de las disposiciones ambientales, y el resultado de los informes de actividades de los PSDE serán remitidos a UCP-COMRURAL.
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La UCP-COMRURAL coordinará las actividades de seguimiento y control con las oficinas regionales, los PSDE y OPR, programando visitas de campo. 7. Evaluación de medio término y final
La evaluación de medio término deberá estar enmarcada en evaluar si las medidas ambientales contempladas en los PN se están cumpliendo. Para la evaluación final de COMRURAL, se evaluará el grado de adopción, implementación y apropiación de los planes de gestión ambiental por las OPRs participantes. El grado de adopción e implementación de PMA será el mayor indicador de evaluación del impacto positivo del Proyecto. Está establecido en el marco de los resultados del proyecto que el 70% de losPN aprobados por COMRURAL cumplen con las medidas ambientales establecidas en estos. Los indicadores ambientales son los siguientes: Indicador y su meta al final del Proyecto:
Al menos 70% de los 120 PN a financiar por COMRURAL implementan buenas prácticas
ambientales como se propone en su PN.
Cada plan de negocios va tener indicadores ambientales específicos.
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APÉNDICES
Apéndice 1
Listado de actividades excluidas por razones de impacto ambiental negativo
Actividades acuícolas que impliquen la remoción del suelo. Se exceptúan aquellas
actividades acuícolas que se realicen haciendo uso de geo- membranas . Todo
Plan de Negocio relacionado con la acuicultura deberá tener un Plan de Manejo
Ambiental y dar cumplimiento a lo dispuesto en el Plan de Manejo Ambiental de
COMRURAL.
Actividades de compra y venta de tierras sin títulos de propiedad acreditados por
el Instituto de la Propiedad.
Apertura de senderos , en áreas no intervenidas ecológicamente, que no cuenten
con un Plan de Manejo que incluya un estudio de capacidad de carga, avalado
por la autoridad ambiental competente.
Construcción, reconstrucción o rehabilitación de represas. Se exceptúan aquellas
destinadas a la irrigación que no tengan más de dos metros de alto con una
capacidad de llenado no superior a un espejo de agua de una hectárea y se
hayan sometido al proceso de evaluación de impacto ambiental. Para todos
aquellos planes de negocio con proyectos de riego, el diseño de la represa deberá
considerar la libre movilización de la biota, de agua dulce y terrestre, evitando que
la misma impida o limite la capacidad de las especies para reproducirse.
Desarrollo o expansión de obras orientadas a la generación de energía térmica,
excepto para pequeños proyectos de electrificación rural interconectada a la red
nacional.
Desmonte o conversión de áreas con el objetivo de ampliar el área productiva,
especialmente en bosques naturales y a cincuenta metros de ambos lados de las
principales quebradas y ríos de la zona, con pendientes superiores al 30%.
Desmonte o cambio de uso de suelo que involucren hábitat naturales críticos,
acuáticos o terrestres, se encuentren o no dentro de Áreas Protegidas ( AP)
declaradas por el Estado de Honduras. Para aquellos planes de negocio que se
encuentren en Reservas Naturales Privadas, el financiamiento de actividades
estará sujeto a la aprobación por parte del Estado, de un Plan de Manejo de la
Reserva, con la restricción de no financiar el desmonte o cambio de uso de suelo
de áreas de hábitats naturales críticos.
Desmonte o modificación de la cobertura de sombra en plantaciones de café
establecidas y cuya sombra ha sido manejada durante los últimos tres años;
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exceptuando aquel cambio de cobertura de sombra que demuestre que mejorará
los rendimientos de la finca sin perjudicar el hábitat de especies de aves
migratorias y otros animales presentes en estos agro-ecosistemas. Para ello, el
Plan de Negocio deberá incluir un Plan de Manejo Ambiental y dar cumplimiento a
lo dispuesto en el Plan de Manejo Ambiental del Proyecto.
Empleo, manejo y transporte de desechos tóxicos y materiales de alto riesgo, con
excepción de pequeñas cantidades de solventes, materiales degradables, pinturas
y combustibles empleados en la fase de construcción de obras físicas. Para que
estos materiales de alto riesgo puedan ser financiados por el Proyecto de
Competitividad Rural, el plan de negocios deberá incluir un plan de manejo
ambiental de los mismos, que incluya la identificación del espacio físico donde los
materiales serán almacenados, manipulados y la disposición final apropiada de
desechos generados.
Extracción de materia prima del medio natural, exceptuando aquella extracción de
materiales que cuenten con autorización de la autoridad competente.
La compra de abejas africanizadas para el establecimiento de colmenas.
Obras que impliquen desecación de humedales o cuerpos de agua (naturales o
artificiales) para la ampliación de áreas productivas. Especial atención se tendrá
en el área que conforman las micro cuencas municipales declaradas y
demarcadas para este efecto, en un radio de 250 metros alrededor de cualquier
nacimiento de río, principalmente a elevaciones superiores a las 1,800 msnm.
Obras que impliquen desviación, contracción o profundización de los lechos
existentes de los ríos en la zona del Plan de Negocios.
Obras que impliquen la introducción de cables, tuberías, materiales perecederos y
compuestos químicos en grutas, cuevas, cascadas, peñascos, acantilados o
cualquier otro tipo de hábitat natural crítico, al menos que se someta al proceso de
Evaluación de Impacto Ambiental del SINEIA.
Obras, inversiones o actividades realizadas en áreas protegidas, incluyendo sus
zonas de amortiguamiento, que no se encuentren incluidas dentro de las
actividades permisibles del Plan de Manejo. Para aquellos Planes de Negocio que
se encuentren en Áreas Protegidas que no cuenten con un Plan de Manejo,
COMRURAL solicitará autorización por escrito al Administrador AP y una No
Objeción del Banco Mundial.
Planes de Negocio con proyectos agropecuarios que no cuenten con acciones
del Manejo Integrado de Plagas (MIP) incorporado en su su Plan de Manejo
Ambiental.
386
Planes de Negocio cuya finalidad principal sea el aprovechamiento forestal de
bosque primarios ya existentes, independientemente que dicho aprovechamiento
cuente con un Plan de Manejo aprobado por el Estado.
Uso de aguas de ríos o cuerpos de agua localizados a lo largo de la frontera con
otros países que potencialmente puedan afectar la calidad o cantidad de ese
recurso hídrico, asimismo, la construcción de obras que afecten, o involucren el
uso de cuerpos de agua o de sus tributarios, compartidos con otros países
vecinos. Se exceptúa el caso en que los países fronterizos hayan aceptado
formalmente, por escrito ante el Banco Mundial y el garante, su No Objeción para
las actividades referidas.
Uso de plaguicidas que aparezcan en el listado de plaguicidas prohibidos por la
legislación hondureña o productos formulados que correspondan a las clases IA y
IB o formulaciones de productos en la clase II de la Organización Mundial de la
Salud (OMS). Para este efecto, se considerará como prohibidos a todos aquellos
plaguicidas que contienen compuestos orgánicos persistentes, agoten la capa de
ozono o provoquen un impacto negativo en la salud humana. Se exceptúan de
esta lista, aquellos plaguicidas o productos químicos para los cuales el país tiene
una cuota de importación; en este caso, será necesario que el plan de negocios
tenga una no objeción del Banco Mundial.
387
Apéndice 2
PRODUCTOS PROHIBIDOS Y RESTRINGIDOS EN HONDURAS
Nombre Genérico
Estatus legal Emitido mediante Fecha
Aldrin Prohibido Resolución09-91 09-05-1991
Amitrole Prohibido Resolución09-91 09-05-1991
B.H.C. Prohibido Resolución09-91 09-05-1991
Compuestos Mercuriales
Prohibido Resolución09-91 09-05-1991
Mercuriales y dePlomo
Prohibido Resolución09-91 09-05-1991
2,4,5-T Prohibido Resolución09-91 09-05-1991
Dieldrin Prohibido Resolución09-91 09-05-1991
Dizoneb Prohibido Resolución09-91 09-05-1991
Etil Paratión o Paratión
Prohibido Resolución09-91 09-05-1991
Heptacloro Prohibido Resolución09-91 09-05-1991
Fluoracetato de Sodio
Prohibido
Mirex Prohibido Resolución09-91 09-05-1991
Metil Paratión Restringido Resolución013-9917-03-1999
17-03-1999
Metil Paratión Prohibido
BromurodeMetilo Restringido
Fosfuro de Aluminio
Restringido
Metan Sodio Restringido
Dicloro propeno Restringido
Dicofol Prohibido Resolución014-99. 17-06-1999
Captafol Prohibido Resolución 014-99. 17-06-1999
Clordano Prohibido Resolución 014-99. 17-06-1999
Acefate Prohibido Resolución044-99. 13-09-1999
Terbutilazina Prohibido Resolución 09-91. 09-05-1991
Terbutilazina Restringido Resolución004-98. 04-05-1998
Toxafeno Prohibido Resolución09-91. 09-05-1991
Lindano Prohibido Resolución09-91. 09-05-1991