Anexo I de la Resolución N° 175/2012 del Consejo Federal de Educación

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“2012-Año de homenaje al doctor D. Manuel Belgrano" 4 Consejo Federal de Educación RESOLUCIモN CFE Nコ 175/12 ANEXO I Mejora continua de la calidad de los entornos formativos y las condiciones institucionales de la educación técnico profesional I. Introducción 1. En el marco de una política nacional de desarrollo social y de crecimiento económico, la educación, el trabajo, la producción, la ciencia y la tecnología desempeñan un papel crucial en la relación crecimiento-distribución y en restablecer mayores niveles de justicia social. 2. Tal como señala la Ley de Educación Nacional Nー 26.206 la educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social garantizados por el Estado y, en consecuencia, “el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen la responsabilidad indelegable de proveer una educación integral, permanente y de calidad para todos/as los/as habitantes de la Nación. 3. Uno de los desafíos del sistema educativo argentino es el de fortalecer – con carácter federal y sistémico - la calidad de la educación técnico profesional, por ser ésta un factor clave para el desarrollo social y el crecimiento económico sostenido, integrado y sustentable del país, en términos regionales y locales, con marcada incidencia sobre la calidad del trabajo, la productividad, la actividad económica y la competitividad territorial. 4. Destacar el carácter estratégico de la educación técnico profesional, en términos del desarrollo humano y social y del crecimiento económico, implica valorar su estatus social y educativo, dar respuesta a la necesidad de otorgarle una identidad propia, garantizar criterios de unidad nacional, así como actualizar sus modelos institucionales y estrategias de intervención. 5. El mejoramiento continuo de la calidad de la educación técnico profesional se constituye en un conjunto de procesos dinámicos y complejos en el que intervienen múltiples interlocutores sociales y se vincula con el fortalecimiento de los diversos ámbitos institucionales y niveles de intervención. 6. Esto implica encontrar su traducción en instrumentos y mecanismos de carácter federal, que consideren la diversidad de las condiciones institucionales de las unidades educativas y de las administraciones de las jurisdicciones educativas, la multiplicidad de actores que participan en ellas en el marco del diálogo social, así como la heterogeneidad de los contextos regionales y locales, y permitan orientar y fundamentar la definición de políticas y estrategias y la toma de decisiones en esta materia.

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Documento "Mejora continua de la calidad de los entornos formativos y las condicionesinstitucionales de la educación técnico profesional". Implementación de la Ley N°26.058 de Educación Tecnico Profesional

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    RESOLUCIN CFE N 175/12ANEXO I

    Mejora continua de la calidad de los entornos formativos y las condicionesinstitucionales de la educacin tcnico profesional

    I. Introduccin1. En el marco de una poltica nacional de desarrollo social y de crecimiento econmico,la educacin, el trabajo, la produccin, la ciencia y la tecnologa desempean un papel crucialen la relacin crecimiento-distribucin y en restablecer mayores niveles de justicia social.2. Tal como seala la Ley de Educacin Nacional N 26.206 la educacin y elconocimiento son un bien pblico y un derecho personal y social garantizados por el Estadoy, en consecuencia, el Estado Nacional, las Provincias y la Ciudad Autnoma de BuenosAires tienen la responsabilidad indelegable de proveer una educacin integral, permanente yde calidad para todos/as los/as habitantes de la Nacin.3. Uno de los desafos del sistema educativo argentino es el de fortalecer con carcterfederal y sistmico - la calidad de la educacin tcnico profesional, por ser sta un factorclave para el desarrollo social y el crecimiento econmico sostenido, integrado y sustentabledel pas, en trminos regionales y locales, con marcada incidencia sobre la calidad deltrabajo, la productividad, la actividad econmica y la competitividad territorial.4. Destacar el carcter estratgico de la educacin tcnico profesional, en trminos deldesarrollo humano y social y del crecimiento econmico, implica valorar su estatus social yeducativo, dar respuesta a la necesidad de otorgarle una identidad propia, garantizar criteriosde unidad nacional, as como actualizar sus modelos institucionales y estrategias deintervencin.5. El mejoramiento continuo de la calidad de la educacin tcnico profesional seconstituye en un conjunto de procesos dinmicos y complejos en el que intervienen mltiplesinterlocutores sociales y se vincula con el fortalecimiento de los diversos mbitosinstitucionales y niveles de intervencin.6. Esto implica encontrar su traduccin en instrumentos y mecanismos de carcterfederal, que consideren la diversidad de las condiciones institucionales de las unidadeseducativas y de las administraciones de las jurisdicciones educativas, la multiplicidad deactores que participan en ellas en el marco del dilogo social, as como la heterogeneidadde los contextos regionales y locales, y permitan orientar y fundamentar la definicin depolticas y estrategias y la toma de decisiones en esta materia.

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    II. Nuevas perspectivas sobre las estrategias para la mejora continua de la calidadde la educacin tcnico profesional.

    7. Durante el perodo 2003 2011 y en funcin de los propsitos enunciados en la Ley deEducacin Tcnico Profesional N 26.058 se ha desarrollado y puesto en accin unconjunto de polticas y estrategias federales que expresan la voluntad y el compromiso deltrabajo conjunto del Estado Nacional, los Estados Provinciales y de la Ciudad Autnomade Buenos Aires.

    8. Una de las principales estrategias estuvo centrada en la Mejora Continua de la Calidad dela Educacin Tcnico Profesional, cuyos objetivos, lineamientos, criterios yprocedimientos fueron aprobados oportunamente por las Resoluciones N 250/05, N269/06 y N 62/08 del Consejo Federal de Educacin.

    9. En ese marco, el trabajo conjunto desarrollado por el INET con el Consejo Nacional deEducacin, Trabajo y Produccin y con la Comisin Federal para la Educacin TcnicoProfesional estuvo centrado en lograr:a. Relevancia y pertinencia de la educacin tcnico profesional con relacin a las

    necesidades sociales y productivas, sectoriales y territoriales.b. Integracin sistmica al interior de la modalidad de la educacin tcnico profesional.c. Mejora de las condiciones institucionales y de la calidad de los entornos y trayectorias

    formativas.d. Efectividad poltico tcnica de la accin conjunta con las jurisdicciones educativas,

    en el marco de los acuerdos federales.e. Inversin sostenida y sustentable para la mejora continua de la calidad de la

    educacin tcnico profesional.10. Tales propsitos mantienen su preeminencia como ejes que orientan y estructuran las

    polticas y estrategias. Si bien son importantes los avances realizados, el anlisis y laevaluacin de los resultados y logros alcanzados y no alcanzados en el perodo 2003-2011 y la apreciacin de los obstculos y las dificultades1, fundamentan la necesidad deproyectar un horizonte ms exigente, metas ms precisas y disponer de estrategiasperfiladas y diestras que permitan dar un paso ms en la profundidad y complejidad de loscambios que se requieren.

    11. Las intenciones y los criterios que orientan la definicin de las nuevas estrategias para lamejora continua de la calidad de los entornos formativos y las condiciones institucionalesde la educacin tcnico profesional se expresan en orden a alcanzar mayores logros conrelacin a:a. La articulacin entre las polticas educativas de cada jurisdiccin con las polticas

    educativas nacionales, conjugadas en el plano federal, la efectividad de las decisiones

    1 Se destacan la Declaracin y los aportes realizados por los distintos foros y paneles constituidos en la Conferencia Nacional deEducacin Tcnico Profesional en el Bicentenario, que tuvo lugar en la ciudad de Crdoba los das 3 al 5 de noviembre de 2010.

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    y la accin gubernamental y la orientacin de la inversin hacia los aspectossustantivos y prioritarios que expresan esas polticas.

    b. Los espacios de dilogo social con todos los sectores involucrados en la educacintcnico profesional, de modo de dar respuesta a la diversidad territorial y lasdesigualdades institucionales y regionales.

    c. El carcter sistmico al interior de la modalidad y su vinculacin con los otros niveles ymodalidades del sistema educativo que abordan trayectorias formativas orientadas almundo del trabajo.

    d. La generacin de nuevas vinculaciones entre la calidad de las trayectorias formativas,el desarrollo de capacidades profesionales, las caractersticas de los entornosformativos y las condiciones institucionales.

    e. La visin integral, general y combinada de las lneas de accin y de inversin en susexpresiones como programas federales y planes de mejora jurisdiccionales einstitucionales.

    f. La eficiencia y efectividad de los procesos de gestin e implementacin de lasacciones en los planos nacional, jurisdiccional e institucional.

    III. La Ley de Educacin Tcnico Profesional. Instrumentos que establece para lamejora continua de la calidad.

    12. La Ley de Educacin Tcnico Profesional crea tres instrumentos de regulacin, dealcance nacional a partir del respeto de los criterios federales y de las diversidadesregionales, con los propsitos de integrar con criterio sistmico la educacin tcnicoprofesional y sentar las bases de la mejora continua de su calidad:a. el Proceso de Homologacin de trayectorias formativas.b. el Catlogo Nacional de Ttulos y Certificadosc. el Registro Federal de Instituciones de Educacin Tcnico Profesional.

    13. Los propsitos que asume el proceso de homologacin, como instrumento para la mejoracontinua de la educacin tcnico profesional, se orientan a:a. Dar unidad nacional y organicidad a la educacin tcnico profesional,

    respetando la diversidad federal de las propuestas formativas.b. Garantizar el derecho de los estudiantes y de los egresados a que sus

    estudios, certificados y ttulos acrediten calidad equivalente y sean reconocidos entodo el territorio nacional.

    c. Promover la calidad, la pertinencia y la actualizacin permanente de lasofertas formativas de educacin tcnico profesional.

    d. Facilitar el reconocimiento de los estudios de los egresados por losrespectivos Colegios, Consejos Profesionales y organismos de control del ejercicioprofesional.

    14. Bsicamente, el proceso de homologacin2 consiste en el anlisis de los diseoscurriculares inherentes a titulaciones tcnicas o certificados de formacin profesional y su

    2 La Resolucin CFCyE No. 261/06 define los lineamientos, criterios y procedimientos del proceso de homologacin de laeducacin tcnico profesional.

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    evaluacin comparativa con un conjunto de criterios bsicos y estndares relativos a dosaspectos relevantes: perfil profesional y trayectoria formativa prevista orientada a dichoperfil, indicados como referencia para cada uno de ellos, a efectos de establecer sucorrespondencia.

    15. El Catlogo Nacional de Ttulos y Certificados de Educacin Tcnico Profesionalconstituye una fuente de informacin pblica para mltiples usuarios nacionales einternacionales - sobre certificados y ttulos de educacin tcnico profesional y suscorrespondientes ofertas formativas. Se organiza a partir de criterios sectoriales yterritoriales y en funcin de familias y figuras profesionales. Da cuenta de:a. Las caractersticas y el desarrollo de la Educacin Tcnico Profesional en la

    Argentina, sus alcances y cobertura territorial y sectorial.b. Las relaciones intra gubernamentales y con los sectores de la produccin, del trabajo

    y de la ciencia y la tecnologa que se llevan a cabo para asegurar su pertinencia yrelevancia.

    c. Los certificados y ttulos que se emiten y las correspondientes trayectorias formativasque cumplen con las condiciones de especificidad de la educacin tcnicoprofesional.

    16. El Registro Federal de Instituciones de Educacin Tcnico Profesional canaliza elcompromiso y la accin conjunta de los gobiernos nacional, provinciales y de la CiudadAutnoma de Buenos Aires con un doble objetivo: favorecer la mejora continua de lasinstituciones inscriptas en el mismo y dar garanta pblica de que dichos establecimientoscumplen con las condiciones institucionales segn los criterios de calidad acordadosfederalmente.

    17. Para ello, el Registro Federal de Instituciones de Educacin Tcnico Profesional seconfigura a partir de tres componentes principales:

    a. la implementacin de programas federales y de planes de mejora jurisdiccionalese institucionales;

    b. el desarrollo de procesos de evaluacin institucional; yc. la disposicin de una base de datos en la cual se inscriben las instituciones

    comprendidas en los alcances de la estrategia de Mejora continua de la calidad delos entornos formativos y las condiciones institucionales de la educacin tcnicoprofesional.

    18. Los instrumentos antes mencionados guardan particulares relaciones entre s, tal como seindica en el siguiente esquema:

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    19. La Ley N 26.058 instituy, adems, un Fondo Nacional para la Educacin TcnicoProfesional con la finalidad de asegurar, en forma gradual y sostenida, la inversinnecesaria para el mejoramiento de la calidad de los entornos formativos y las condicionesinstitucionales necesarias para el adecuado desarrollo de las trayectorias formativas, aser financiado con un monto anual que no puede ser inferior al 0,2% del total de losIngresos Corrientes previstos en el Presupuesto Anual Consolidado para el Sector PblicoNacional.

    20. Con el propsito de asegurar un mayor impacto en la relacin entre los planes de mejorainstitucionales y jurisdiccionales y la calidad de las trayectorias formativas se establecencuatro relaciones necesarias entre los Procesos de Homologacin y el Registro Federalde Instituciones de ETP :a. Dado que los marcos de referencia enuncian el conjunto de criterios bsicos y

    estndares que definen y caracterizan los aspectos sustantivos a ser considerados enel proceso de homologacin de los ttulos y certificados de educacin tcnicoprofesional, se agrega a los dos aspectos relevantes ya considerados - perfilprofesional y trayectoria formativa las condiciones mnimas con que deben cumplirlos entornos formativos con relacin a las instalaciones y el equipamiento. Se amplanas las condiciones establecidas en la Resolucin CFE N 261/063. Se establecen dosaos como plazo para dar cumplimiento de tales condiciones mnimas a partir de suaprobacin por parte del Consejo Federal de Educacin, tanto en el caso de marcosde referencia ya aprobados como en el caso de marcos de referencia a seraprobados. Esta modificacin de la Resolucin CFE N 261/06 no altera la aplicacin

    3 La Resolucin CFE N 261/06 aprueba el documento Proceso de homologacin y marcos de referencia de ttulos y certificadosde Educacin Tcnico Profesional.

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    de la Resolucin CFE N 91/09.4 La Comisin Federal para la Educacin TcnicoProfesional acordar, en funcin de las directivas de sus autoridades jurisdiccionalesrespectivas, el orden de tratamiento y elaboracin de la documentacin derivada deeste apartado.

    b. En los casos en que las jurisdicciones educativas no cumplieran con las condiciones yplazos estipulados en las normativas relativas al proceso de homologacin, sesuspende la posibilidad de acceder a planes de mejora institucionales referidos a losentornos formativos de las trayectorias formativas no homologadas hasta tanto se dcumplimiento a lo estipulado.

    c. En los casos en que instituciones de educacin tcnico profesional incorporadas en elRegistro Federal de Educacin Tcnico Profesional - tanto de gestin pblica estatalcomo de gestin privada dependientes de los ministerios de educacin provinciales yde la Ciudad Autnoma de Buenos Aires -, implementen trayectorias formativasincluidas en las condiciones y plazos estipulados en las normativas relativas alproceso de homologacin y no hubieran dado cumplimiento de las condicionesmnimas relativas a sus entornos formativos, se suspende la posibilidad de acceder aplanes de mejora institucionales hasta tanto se d cumplimiento a lo estipulado.

    d. Las instituciones de educacin tcnico profesional dependientes de UniversidadesNacionales incorporadas en el Registro Federal de Educacin Tcnico Profesionalpara acceder a planes de mejora institucionales relativos a entornos formativosdebern dar cumplimiento a las condiciones y plazos estipulados para los procesos dehomologacin, cuando as correspondiera.

    21. Con el propsito de asegurar que el Registro Federal de Instituciones de EducacinTcnico Profesional disponga de una base de datos con informacin precisa, actualizaday completa para ser considerada en la definicin y la gestin de las acciones de mejoracontinua de la calidad de la ETP, as como para ser difundida a travs del CatlogoNacional de Ttulos y Certificados de Educacin Tcnico Profesional, se establece quelas instituciones que integren dicha base de datos debern contar con denominacionesadecuadas a la legislacin vigente nacional y/o provincial y mostrar informacin acercade su oferta formativa actualizada al menos al ao precedente.

    22. Las jurisdicciones educativas tomarn los recaudos necesarios para asegurar que el totalde instituciones de educacin tcnico profesional tanto de gestin pblica estatal comoprivada est incorporado en la base de datos del Registro Federal de Instituciones deEducacin Tcnico Profesional a efectos de garantizar que el Catlogo Nacional deTtulos y Certificados de Educacin Tcnico Profesional difunda informacin completa yactualizada acerca de la modalidad.

    23. El Catlogo Nacional de Ttulos y Certificados de Educacin Tcnico Profesional slomostrar informacin acerca de instituciones y trayectorias formativas que cumplan conlas condiciones de especificidad de la educacin tcnico profesional estipuladas en losapartados 27 a 31.

    4 La Resolucin CFDE N 91/09 aprueba el documento Lineamientos y criterios para la inclusin de ttulos tcnicos de nivelsecundario y de nivel superior y certificados de formacin profesional en el proceso de homologacin.

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    24. A solicitud de las autoridades de las jurisdicciones educativas respectivas, el INETevaluar la conveniencia y la pertinencia de incorporar al Catlogo Nacional de Ttulos yCertificados de Educacin Tcnico Profesional aquellas trayectorias formativas quedesarrollan instituciones de niveles y modalidades que no pertenecen a la ETP perocumplen con lo indicado en el apartado 33, inciso a).

    25. La informacin que provea el Registro Federal as como la que difunda el CatlogoNacional acerca de las instituciones educativas (localizacin, equipo directivo y docente,oferta formativa, matrcula, implementacin de planes de mejora) permitir incorporar,gradualmente, un enfoque territorial y sectorial en la planificacin de la educacin tcnicoprofesional, as como propiciar la convergencia de instituciones en esfuerzos efectivos decooperacin y coordinacin de recursos y posibilidades en el nivel local.

    IV. Mejora continua de la calidad de los entornos formativos y las condicionesinstitucionales de la educacin tcnico profesional. Alcances de la estrategia.26. La estrategia atiende centralmente a la especificidad de la educacin tcnico profesional

    pero extiende su alcance a instituciones educativas que pertenecen a otros niveles ymodalidades del Sistema Educativo Nacional y desarrollan trayectorias formativas afinesa la educacin tcnico profesional o que establecen algn modo de vinculacin con elmundo del trabajo; tales son los casos: Educacin Secundaria Comn, EducacinSuperior de Formacin Docente, Educacin Artstica, Educacin Especial y EducacinPermanente de Jvenes y Adultos. En todos los casos es condicin para participar en laestrategia de mejora continua que las instituciones estn inscriptas en el Registro Federalde Instituciones de Educacin Tcnico Profesional.

    IV.1. Instituciones de Educacin Tcnico Profesional27. La especificidad de la educacin tcnico profesional se expresa en tres dimensiones

    principales:a. la particularidad de las calificaciones que ofrece, relativas a un conjunto de

    ocupaciones y profesiones vinculadas a diversas ramas y sectores de la produccinde bienes y servicios;

    b. los rasgos peculiares de las trayectorias formativas que brinda; y, en funcin de loanterior,

    c. las caractersticas distintivas que deben adoptar las instituciones que integran lamodalidad.

    28. La educacin tcnico profesional atiende un amplio abanico de calificaciones referido adiversas ocupaciones y profesiones de los distintos sectores y ramas de las actividadesproductivas de bienes y servicios; tales como: agricultura, ganadera, silvicultura; pesca;minas y canteras; industrias manufactureras; electricidad, gas y agua; construccin;transporte y comunicaciones; energa; hidrocarburos; informtica y telecomunicaciones;salud y ambiente, economa y administracin, seguridad e higiene; turismo, gastronoma yhotelera.

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    29. Las trayectorias formativas encaminadas al otorgamiento de ttulos y certificados tcnicoprofesionales se distinguen por brindar:5a. Formacin orientada a la apropiacin por parte de los estudiantes de los

    conocimientos, habilidades, actitudes, valores culturales y ticos correspondientes aun perfil profesional, cuya trayectoria formativa integra los campos de formacingeneral, cientfico tecnolgica, tcnica especfica, as como el desarrollo de prcticasprofesionalizantes y el dominio de tcnicas apropiadas que permiten la insercin enun sector profesional especfico.

    b. Saberes tcnicos y tecnolgicos, con sustento terico cientfico de base, que permitenintervenciones tcnicas especficas en procesos productivos con cierto nivel deautonoma y responsabilidad en la solucin de problemas tecnolgicos en diversossectores de la produccin de bienes y servicios.

    c. Preparacin para el desempeo en reas ocupacionales determinadas que exigen unconjunto de capacidades y habilidades tcnicas especficas, as como el conocimientorelativo a los ambientes institucionales laborales en los que se enmarca dichodesempeo.

    30. Las caractersticas distintivas de las instituciones que integran la modalidad de laeducacin tcnico profesional estn establecidas por el Consejo Federal de Educacin enlos Lineamientos y criterios para la organizacin curricular de la educacin tcnicoprofesional correspondientes a la educacin secundaria y la educacin superior6 y en losLineamientos y criterios para la organizacin institucional y curricular de la educacintcnico profesional correspondiente a la formacin profesional7.

    31. Por tanto, la modalidad de la educacin tcnico profesional comprende las institucionesdel Sistema Educativo Nacional que cumplen con las condiciones indicadas en los tresapartados precedentes, de carcter nacional, jurisdiccional y municipal, sean ellas degestin estatal o privada, a saber:a. Instituciones de educacin tcnico profesional de nivel secundario.

    Escuelas tcnicas, industriales, agropecuarias o de servicios que, con criterios deunidad institucional y pedaggica, forman tcnicos y emiten ttulo de tcnico u otrosttulos, con denominacin diferente, pero de carcter equivalente.

    b. Instituciones de educacin tcnico profesional de nivel superior.8Institutos superiores tcnicos, institutos tecnolgicos, que forman tcnicos superioresy emiten ttulo de tcnico u otros ttulos, con denominacin diferente, pero de carcterequivalente.

    c. Instituciones de formacin profesional.Centros de formacin profesional, escuelas de formacin profesional, centros decapacitacin laboral, centros de educacin agraria y misiones monotcnicas queemiten certificados de formacin profesional.

    5 La Resolucin CFE N 13/07 establece las caractersticas particulares de los ttulos y certificados de la educacin tcnicoprofesional.6 Resolucin CFE N 47/08 establece los lineamientos y criterios institucionales y curriculares para la educacin tcnica de losniveles de educacin secundaria y superior.7 Resolucin CFE N 115/10 establece los lineamientos y criterios institucionales y curriculares para la formacin profesional.8 Se atender particularmente la condicin de las instituciones de educacin superior que, en el marco de su desarrolloacadmico e insercin territorial, brindan carreras tanto de formacin docente como de formacin tcnica.

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    32. Se establece una distincin, segn tipo de gestin y dependencia jurisdiccional, entre lasinstituciones de educacin tcnico profesional:a. de gestin pblica estatal, dependientes de los ministerios de educacin provinciales

    y de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires9.b. de gestin privada, dependientes de los ministerios de educacin provinciales y de la

    Ciudad Autnoma de Buenos Aires.10c. de gestin pblica estatal, dependientes de las Universidades Nacionales.11

    IV.2. Instituciones de otros niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional33. Las instituciones de gestin pblica estatal que brindan educacin secundaria, educacin

    superior de formacin docente, educacin artstica, educacin especial y educacinpermanente de jvenes y adultos podrn estar comprendidas en esta estrategia cuandodesarrollen trayectorias formativas que requieran entornos formativos especficos12 y sedistingan por algunas de las siguientes caractersticas:a. Refieren a perfiles profesionales y trayectorias formativas con caractersticas similares

    o equivalentes a las establecidas para la educacin tcnico profesional.13b. Contemplan el desarrollo de capacidades orientadas a promover la insercin laboral y

    social de grupos con necesidades especficas.c. Implican el estudio de procesos relacionados con la produccin de bienes y prestacin

    de servicios relacionados con distintos mbitos ocupacionales.d. Definen la participacin de estudiantes en distintas actividades de un proceso

    productivo o de trabajo real con el propsito de abordar las formas de organizacin yfuncionamiento y la interaccin de las actividades productivas en contextossocioeconmicos locales y regionales.

    e. Implican el funcionamiento de talleres de capacitacin laboral cuyo propsito esfacilitar la construccin de capacidades para el autovalimiento.

    f. Distinguen formacin terico prctica en espacios curriculares especialmentediseados con tal finalidad, vinculados con situaciones que emergen del mundo deltrabajo en un contexto determinado.

    g. Combinan formacin ordenada a completar el cursado de niveles educativos primaria y secundaria - con trayectos de capacitacin para el trabajo.

    9 Ver apartado 55.10 Ver apartados 56 y 5711 Ver apartado 5812 El entorno formativo alude a los distintos y complejos aspectos que inciden en los procesos de enseanza y de aprendizaje,as como a los contextos en que se llevan a cabo. En este apartado cuando se menciona entorno formativo refiereexclusivamente a las instalaciones y al equipamiento bsico necesario para el desarrollo de las trayectorias formativas enconsideracin. Un criterio central para determinar la pertinencia de un equipamiento o instalacin es la clara correspondenciaentre el desarrollo de actividades o prcticas y el desarrollo de las capacidades previstas. La identificacin del equipamiento ylas instalaciones requeridas remite, adems, a asegurar al conjunto de los estudiantes el disponer de las instalaciones, equiposy/o herramientas e insumos necesarios para realizar todas las labores u operaciones de las actividades previstas para laadquisicin de las capacidades y el desarrollo de los contenidos de enseanza previsto. Es importante considerar aquellassituaciones en que, por razones de distinto tipo, no resulta conveniente o necesario que la institucin se comprometa con larealizacin de instalaciones o la adquisicin de equipamiento aunque este sea identificado como bsico ya que el acceso a losmismos por parte de los estudiantes puede estar garantizado y en mejores o ms interesantes condiciones en otros mbitos quelas que puede ofrecer la institucin educativa.13 Tal el caso de carreras de nivel secundario y superior que se desarrollan en instituciones que pertenecen a la Modalidad deEducacin Artstica y de carreras de nivel superior de formacin de tcnicos que se desarrollan en Institutos Superiores deFormacin Docente.

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    h. Complementan la formacin orientada con cursos de formacin destinados a lainsercin laboral de jvenes.

    34. Desde la perspectiva institucional, para acceder a planes de mejora institucionales de losentornos formativos, tales trayectorias formativas debern contar con:

    a. La aprobacin por parte de los organismos oficiales competentes en la materia, locual implica programas, cargas horarias, regmenes de cursado y evaluacinespecficos.

    b. Carcter mnimo de estabilidad y permanencia del dictado de la oferta formativaen la sede indicada para su desarrollo.

    c. Condiciones mnimas con relacin a la infraestructura y a la disponibilidad deespacios adecuados para la instalacin de los entornos formativos y elaseguramiento de las condiciones de higiene y seguridad.

    V. Mejora continua de la calidad de los entornos formativos y las condicionesinstitucionales de la educacin tcnico profesional. Campos programticos35. Para expresar la estrategia de la mejora continua de la calidad de los entornos formativos

    y las condiciones institucionales de la educacin tcnico profesional, se definen sietecampos programticos, los cuales guardan necesarias relaciones entre s y propsitos ycaractersticas especficas suficientes como para asegurar que, desde una perspectivaintegral y combinada, generen procesos de mejora continua de la calidad en lasinstituciones educativas y en las trayectorias formativas que brindan:

    1. Igualdad de oportunidades. 2. Formacin de formadores. Inicial y continua. 3. Entornos formativos. Vinculacin, prcticas y recursos. 4. Piso tecnolgico TICs. 5. Infraestructura edilicia, seguridad e higiene. 6. Red de Aulas Talleres Mviles. 7. Red de Institutos Superiores Tcnicos Industriales

    36. Se identifican tres formatos o vas para el desarrollo de las actividades de los camposprogramticos sin perder la necesaria vinculacin y visin integral del conjunto de losmismos:a. Programas federales. Se generan a partir de propsitos, objetivos y metas comunes

    de carcter federal que expresan en forma mayoritaria la voluntad y el trabajoconjunto de las jurisdicciones educativas en torno a la mejora de la calidad de laeducacin tcnico profesional y se caracterizan por requerir un modo de desarrollodistintivo, procedimientos particulares y financiamiento especfico. Son elaborados apartir del trabajo conjunto del INET y la Comisin Federal para la ETP y sonaprobados exclusivamente por el Consejo Federal de Educacin.

    b. Planes de mejora jurisdiccionales. Son elaborados por las jurisdicciones educativasen el marco de los lineamientos y prioridades poltico tcnicas que, en cada caso, sedefine para la mejora continua de la calidad de la educacin tcnico profesional, yevaluados por el INET.

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    Consejo Federal de Educacinc. Planes de mejora institucionales. Son elaborados por cada una de las instituciones, a

    partir de procesos de autoevaluacin, con el propsito de asegurar que lastrayectorias formativas cuenten con las condiciones necesarias referidas ainstalaciones y equipamiento para el desarrollo de los procesos de enseanza y deaprendizaje, y evaluados por el INET. En el caso de instituciones de ETP debernasegurar la visin integral y completa del conjunto de las trayectorias formativas quedicha institucin implementa. En el caso de instituciones de otros niveles ymodalidades del Sistema Educativo Nacional el plan de mejoras atender especficay exclusivamente a la trayectoria formativa que responde a los criterios indicados enlos apartados 33 y 34.

    37. Tales formatos procuran facilitar la accin coordinada e interrelacionada del conjunto deinstancias, instituciones y actores involucrados en la estrategia - en los planos federal,nacional, jurisdiccional e institucional, la identificacin clara de metas y resultados y larealizacin eficiente de las distintas fases de la accin: diseo, formulacin,presentacin, ejecucin y evaluacin.

    38. Campo Programtico 1. Igualdad de oportunidades.Propsito: facilitar a los estudiantes jvenes y adultos -el acceso, permanencia ycompletamiento de los trayectos formativos de educacin secundaria tcnica y formacinprofesional.Lneas de accin:

    a. Innovacin pedaggica en procesos de enseanza en reas o disciplinas de altasignificacin en la educacin tcnico profesional.

    b. Apoyo y acompaamiento de los procesos de aprendizaje.c. Acciones para favorecer el completamiento de carreras tcnicas de nivel

    secundario, en particular para aquellos que no han cumplimentado todos losrequisitos acadmicos para la graduacin.

    d. Acciones para el reingreso de estudiantes.e. Mochila tcnica para estudiantes.f. Traslados para estudiantes.g. Equipamiento de residencias y/o albergues estudiantiles.

    Formato: plan de mejora jurisdiccional; de aplicacin en instituciones de la modalidad dela educacin tcnico profesional de gestin pblica estatal y de gestin privadadependientes de los ministerios de educacin provinciales y de la Ciudad Autnoma deBuenos Aires.

    39. Campo Programtico 2. Formacin de formadores, inicial y continua.Propsito: Fortalecer la formacin didctico-pedaggica y cientfico-tecnolgica inicial ycontinua de los directivos, docentes e instructores de ETP a efectos de mejorar la calidadde los procesos formativos de los estudiantes de la modalidad.

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    Consejo Federal de EducacinLneas de accin:

    a. Formacin docente inicial.b. Formacin de Instructores.c. Formacin continua.

    Formato: programa federal y plan de mejora jurisdiccional; de aplicacin en institucionesde la modalidad de la educacin tcnico profesional de gestin pblica estataldependientes de los ministerios de educacin provinciales y de la Ciudad Autnoma deBuenos Aires.

    40. Campo Programtico 3. Entornos formativos. Vinculacin, prcticas y recursos.Propsito: asegurar las condiciones bsicas relativas a equipamiento, instalaciones ycontextos en que se llevan a cabo los procesos de enseanza y aprendizaje pertinentescon las trayectorias formativas, los perfiles profesionales y las capacidades a desarrollar.Lneas de accin:

    a. Equipamiento, materiales e insumos para el desarrollo de actividades formativasen talleres, laboratorios y espacios productivos.

    b. Acciones que involucran al sector cientfico tecnolgico y/o socioproductivo.c. Visitas didcticas, viajes de estudio, participacin en olimpadas.d. Proyectos tecnolgicos.e. Bibliotecas.f. Condiciones de utilizacin segura del entorno formativo.g. Instalaciones y adecuacin edilicia.

    Formato: plan de mejora institucional; de aplicacin en instituciones de la modalidad de laeducacin tcnico profesional de gestin pblica estatal y de gestin privadadependientes de los ministerios de educacin provinciales y de la Ciudad Autnoma deBuenos Aires; en instituciones de gestin publica estatal de otros niveles y modalidadesdel Sistema Educativo Nacional; y en instituciones de educacin tcnico profesional, degestin pblica estatal, dependientes de las Universidades Nacionales.En el caso de instituciones de educacin tcnico profesional de gestin pblico estatal elplan de mejora institucional podr contemplar una lnea de accin adicional que permitirdisponer de asistencia y apoyo tcnico especfico para el diseo, la elaboracin y laejecucin de los planes de mejora institucionales. Para ello, las jurisdicciones educativasdebern establecer, cada ao y con anticipacin suficiente, los criterios y las prioridades,en trminos institucionales y trayectorias formativas, a ser considerados para incluir estalnea de accin.

    41. Campo Programtico 4. Piso tecnolgico TICs.Propsito: facilitar un mejor desarrollo de las capacidades bsicas y profesionales de losestudiantes, as como una mejor dinmica institucional, a partir de la utilizacin deTecnologas de la Informacin y la Comunicacin (TICs).

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    Consejo Federal de EducacinLneas de accin:

    a. Equipamiento e insumos TIC para laboratorios, talleres, biblioteca, espaciosmultimedia y espacios de guarda y recarga de equipos porttiles cuandocorresponda.

    b. Conectividad.c. Red de datos.d. Administradores de red.e. Adecuacin edilicia para laboratorios de informtica, espacios para administracin

    y esquema de guarda y recarga de equipos porttiles cuando corresponda.Formato: plan de mejora jurisdiccional; de aplicacin en instituciones de la modalidad dela educacin tcnico profesional de gestin pblica estatal dependientes de losministerios de educacin provinciales y de la Ciudad Autnoma de Buenos Aires.

    42. Campo Programtico 5. Infraestructura edilicia, seguridad e higiene.Propsitos: lograr una solucin a la problemtica edilicia de los edificios educativosconsiderando integralmente las diferentes funciones que en ellos se desarrollan yllevar a cabo una intervencin integral de modo de garantizar las condiciones deseguridad y de habitabilidad de los establecimientos educativos de educacin tcnicoprofesional.Lneas de accin:

    a. Construccin de nuevos edificios, cuando razones territoriales y/o sectorialesjustifican la creacin de nuevos establecimientos o cuando condiciones defuncionamiento precario o restrictivo compromete la calidad de los procesosde enseanza y de aprendizaje.

    b. Ampliacin y refaccin integral de edificios.c. Higiene y seguridad. General de la institucin y particular de talleres,

    laboratorios y entornos productivos.Formato: programa federal y plan de mejora jurisdiccional; de aplicacin eninstituciones de la modalidad de la educacin tcnico profesional de gestin pblicaestatal dependientes de los ministerios de educacin provinciales y de la CiudadAutnoma de Buenos Aires.

    43. Campo Programtico 6. Red de Aulas Taller Mviles.Propsito: brindar a adolescentes, jvenes y adultos la posibilidad de acceder a unaformacin profesional inicial y continua, al desarrollo de habilidades en oficios yformacin tecnolgica, a procesos de formacin inicial y continua de formadores,utilizando estructuras transportables por va terrestre o acutica que reproduce lascaractersticas de un espacio formativo como aula-taller con las comodidades,condiciones de seguridad e higiene y equipamiento requeridos para tal fin.

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    Consejo Federal de EducacinLneas de accin:

    a. Adquisicin de aulas mviles nuevas o acondicionadas. Trasladables por vaterrestre o fluvial.

    b. Adquisicin de equipamiento e insumos para ciertas ofertas formativas adefinir federalmente. Configuracin de Tipos de Aulas Taller Mviles deacuerdo con los entornos formativos.

    c. Financiamiento de los costos derivados de operacin, mantenimiento de lasaulas taller mviles y de honorarios y traslados de formadores.

    Formato: programa federal y plan de mejora jurisdiccional; de aplicacin eninstituciones de la modalidad de la educacin tcnico profesional de gestin pblicaestatal dependientes de los ministerios de educacin provinciales y de la CiudadAutnoma de Buenos Aires.

    44. Campo Programtico 7. Red de Institutos Superiores Tcnicos IndustrialesPropsitos: crear y/o redefinr instituciones de nivel superior en la modalidad deeducacin tcnico profesional, cuyo sentido es desarrollar propuestas formativas, deextensin, devinculacin, de investigacin y de transferencia, pertinentes con el desarrolloestratgico, econmico, productivo industrial de cada jurisdiccin, los queconformarn la RISTI (Red de Institutos Superiores Tcnicos Industriales), as comopromover la incorporacin de la ciencia y la tecnologa en los procesos productivos yen la calidad de los bienes y servicios que brindan principalmente las PyMES. Loslineamientos y criterios para su desarrollo como programa federal sern definidosoportunamente por el Consejo Federal de Educacin.Lneas de accin:

    a. Desarrollo de proyectos formativos. Equipos docentes y profesionalesDotacin de bibliotecas, equipamiento e insumos pertinentes a entornosformativos, con referencia al campo programtico 3.

    b. Desarrollo de proyectos de extensin y vinculacin, de investigacin ytransferencia. Equipos profesionales y tcnicos. Vinculacin con sector socioproductivo.

    c. Desarrollo de proyectos de orientacin, estmulo y promocin de carrerasprioritarias.

    d. Infraestructura edilicia a nuevo o refaccin apta para el funcionamiento deinstituciones superiores tcnicas, con referencia al campo programtico 5.

    e. Financiamiento de los costos derivados de funcionamiento.Formato: programa federal y plan de mejora jurisdiccional; de aplicacin eninstituciones de la modalidad de la educacin tcnico profesional de gestin pblicaestatal dependientes de los ministerios de educacin provinciales y de la CiudadAutnoma de Buenos Aires.

    VI. Programas federales y planes de mejora jurisdiccionales e institucionales.Procedimientos relativos a su operatoria.

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    45. Los programas federales y los planes de mejora tienen como propsitos:a. Desarrollar acciones de alcance nacional y/o jurisdiccional que, en el marco de

    acuerdos federales, permitan afianzar la identidad, la calidad y la especificidadde las instituciones de educacin tcnico profesional.

    b. Fortalecer el nivel acadmico de las instituciones de ETP facilitando laformacin inicial, la formacin continua y la capacitacin de los directivos yformadores, el intercambio y la cooperacin entre las jurisdicciones educativasy la asistencia tcnica de organismos nacionales e internacionales.

    c. Favorecer estrategias de vinculacin y articulacin intersectorial en el nivelregional y/o local con los sectores socio productivos y de la ciencia y latecnologa.

    d. Fortalecer, en el mbito federal, la gestin organizativa e institucional de lasinstituciones de educacin tcnico profesional, mejorando sus condiciones defuncionamiento as como los procesos de enseanza y de aprendizaje, demodo tal que les permita brindar una formacin relevante, pertinente y decalidad.

    e. Robustecer las instituciones de ETP de modo de favorecer el dilogo social yla vinculacin de las acciones formativas con las necesidades sociales yproductivas, sectoriales y regionales.

    f. Revalorizar el papel del conocimiento cientfico tecnolgico, la cultura delesfuerzo y el trabajo y la preparacin para el mundo del trabajo como ejes delos procesos formativos intensificando la vinculacin de la modalidad deeducacin tcnico profesional con los otros niveles y modalidades del SistemaEducativo Nacional.

    46. Los programas federales son aprobados por el Consejo Federal de Educacin sobre labase de las propuestas elaboradas por la Comisin Federal de la Educacin TcnicoProfesional. Tales propuestas debern definir con claridad los objetivos y metas, enunciarlos lineamientos y criterios de accin, delimitar las responsabilidades entre niveles degobierno, dependencia y destinatarios, precisar las reglas de operacin y los mecanismosde seguimiento y evaluacin peridica de la ejecucin y estimar la aplicacin equitativa yeficiente de los recursos destinados al programa.

    47. Es responsabilidad de cada jurisdiccin educativa, en funcin de sus polticas y planesestratgicos definir, elaborar y presentar anualmente los planes jurisdiccionales relativos acada uno de los campos programticos indicados en los apartados 38, 39, 41, 42, 43 y44. Los planes de mejora jurisdiccionales debern enunciar, para cada campoprogramtico, los propsitos, objetivos y metas propuestas, las condiciones de viabilidad yfactibilidad, el desarrollo de las actividades previstas en funcin de las lneas de accin aser contempladas, los mecanismos previstos de seguimiento y evaluacin y la estimacinde los recursos necesarios.

    48. Las jurisdicciones educativas presentarn los planes jurisdiccionales en el perodo agosto-diciembre del ao precedente. Dicho plazo est exceptuado de cumplimiento estricto en elprimer ao de aplicacin de la presente resolucin. La presentacin ante el INET de losplanes de mejora jurisdiccionales debern estar avalados por la mxima autoridadeducativa jurisdiccional.

    49. Es responsabilidad de cada jurisdiccin educativa priorizar y seleccionar los planes demejora institucionales relativos al campo programtico 3 Entornos Formativos a serpresentados ante el INET para su evaluacin y financiamiento. La presentacin ante el

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    INET de los planes de mejora institucionales debern estar avalados por la mximaautoridad educativa jurisdiccional y por el integrante titular de la Comisin Federal para laEducacin Tcnico Profesional designado formalmente por la jurisdiccin educativarespectiva.

    50. Al momento de adoptar las decisiones sealadas en el apartado anterior, cada jurisdiccineducativa contemplar como criterios de priorizacin:

    a. los distintos niveles y tipos de la ETP, de modo de facilitar la participacinequitativa de las instituciones que forman tcnicos en los niveles secundario ysuperior de educacin y que brindan formacin profesional.

    b. las caractersticas de profesionalidad de las trayectorias formativas de la ETP,de modo de priorizar la incorporacin de aquellas instituciones que brindenformacin relativa a profesiones que pudieran poner en riesgo de modo directola salud, la seguridad, los derechos o los bienes de los habitantes.

    c. la complejidad de las instituciones de ETP, de modo de atender, en particular, aaquellas instituciones que cuentan con un nmero importante de matriculados,contemplan diversos niveles de titulacin y/o certificacin, as como variedad deorientaciones y/o especialidades.

    d. los diversos contextos de las instituciones de ETP, de modo de atender y darrespuesta a problemticas vinculadas a condiciones socio-culturales,geogrfico-territoriales, econmico-productivas, entre otras.

    e. La pertinencia de la oferta formativa y de la calificacin que brinda en relacincon el mundo del trabajo, cuando se trate de instituciones que pertenecen aniveles y modalidades no comprendidas en la ETP.

    51. Los planes de mejora institucionales estarn centrados en el campo programtico relativoa los entornos formativos, referido en el apartado 40. Se contempla la presentacin ante elINET de un slo plan de mejora institucional por ao. La presentacin deber efectuarseen el perodo enero julio de cada ao.

    52. Los planes de mejora institucionales debern contar, previo a ser presentados ante elINET, con el anlisis y la evaluacin de los equipos poltico tcnicos de cada una de lasjurisdicciones educativas, segn corresponda a la modalidad de ETP o a otros niveles ymodalidades, como fundamento que acompaa la presentacin, tanto de sus aspectosformales como de su contenido.

    53. En el caso de instituciones de ETP, sean stas de gestin pblica estatal o de gestinprivada, los planes de mejora institucionales debern reflejar una mirada integral sobre eltotal de trayectorias formativas que aborda dicha institucin. La presentacin ante el INETdeber estar acompaada por el informe de pre evaluacin realizada por los responsablespoltico tcnicos de la modalidad.

    54. En el caso de instituciones que refieren a otros niveles y modalidades del SistemaEducativo Nacional, los planes de mejora institucionales slo contemplarn losrequerimientos de entorno formativo que se enmarcan en las caractersticas sealadas enel apartado 40, sin extender el alcance de tales planes al resto de las actividadesformativas. La presentacin deber efectuarse ante el INET con el aval de las autoridadesjurisdiccionales. El INET efectuar las consultas que resulten necesarias con las instanciaspoltico tcnicas de nivel nacional que corresponda - educacin secundaria, educacinsuperior de formacin docente, educacin artstica, educacin especial y educacinpermanente de jvenes y adultos a efectos de asegurar la pertinencia y la adecuacin delos criterios de evaluacin a ser aplicados.

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    55. En el caso de instituciones de educacin tcnico profesional de gestin pblica estatal,dependientes de los ministerios de educacin provinciales y de la Ciudad Autnoma deBuenos Aires, la meta es desarrollar planes de mejora institucionales para el universo delas instituciones incorporadas al Registro Federal de Instituciones de Educacin TcnicoProfesional. En consecuencia, ser responsabilidad de las autoridades educativasjurisdiccionales asegurar que cada una de dichas instituciones - cuando en talesinstituciones no se aseguren las condiciones mnimas requeridas por los entornosformativos - cumpla con el requisito de contar con al menos un plan de mejorainstitucional aprobado, total o parcialmente, en un perodo no superior a dos aosconsecutivos.

    56. En el caso de instituciones de educacin tcnico profesional de gestin privada,dependientes de los ministerios de educacin provinciales y de la Ciudad Autnoma deBuenos Aires, la presentacin de planes de mejora institucionales estar sujeta a que talesinstituciones, adems de las condiciones especficas de la modalidad, cumplan lossiguientes requisitos:

    a. Acreditacin de mxima subvencin estatal vigente en la jurisdiccin, certificadapor la mxima autoridad de la jurisdiccin educativa respectiva.

    b. Acreditacin de gratuidad del servicio educativo, contribucin voluntaria bajoarancel, certificada por la mxima autoridad de la jurisdiccin educativa respectiva.

    c. Localizacin en zonas en las que no est presente una oferta equivalente delsector estatal.

    d. Aval de la jurisdiccin educativa sobre la relevancia comunitaria de la propuesta.e. Razn social denominacin de la entidad propietaria.

    57. Los bienes adquiridos, en el marco de lo indicado en el apartado anterior, debern serinventariados de acuerdo con la normativa de la jurisdiccin educativa que en cada casocorresponda. La institucin destinataria de los bienes asumir la mera custodia yconservacin de los mismos, as como la responsabilidad civil y penal por el uso de dichosbienes. En caso de cesacin de las actividades educativas, total o parcial, o dedesafectacin del servicio educativo, dichos bienes debern ser reasignados a otro u otrosestablecimientos educativos propuestos por las autoridades de la jurisdiccin educativacon conformidad del INET, debiendo cumplir las personas que los tuvieran a su cargo,hasta tanto se les d nuevo destino, con lo normado por el art. 488 del Cdigo Civil.

    58. Las instituciones de educacin tcnico profesional de nivel secundario y de nivel superiorque dependan de Universidades Nacionales para acceder a planes de mejorainstitucionales, adems de cumplir con las condiciones generales establecidas en elpresente documento, debern acreditar la condicin de gratuidad en la oferta formativaque brindan. La presentacin de planes de mejora se efectuar ante el INET y deber seravalada por la mxima autoridad universitaria que en cada caso corresponda. Los planesde mejora institucionales estarn centrados en el campo programtico relativo a losentornos formativos, referido en el apartado 40. Se contempla la presentacin ante el INETde un slo plan de mejora institucional por ao, la cual deber efectuarse en el perodoenero julio de cada ao.

    59. Anualmente, el INET establecer a travs de una resolucin, acordada en el marco de laComisin Federal para la Educacin Tcnico Profesional, los criterios operativos, lasguas y los procedimientos para la presentacin, la evaluacin, la ejecucin, la rendicin yel seguimiento y monitoreo de los planes de mejora jurisdiccionales e institucionales. Se

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    deber asegurar una amplia difusin de las guas que orientarn la elaboracin de losplanes de mejora jurisdiccionales e institucionales.

    VII. Inscripcin en la base de datos del Registro Federal de Instituciones de EducacinTcnico Profesional

    60. El Registro Federal de Instituciones de Educacin Tcnico Profesional contempla laincorporacin de las instituciones del Sistema Educativo Nacional, de carcter nacional,jurisdiccional y municipal, que brindan educacin tcnico profesional, sean ellas de gestinestatal o privada.

    61. Es condicin para ser parte del Catlogo Nacional de Ttulos y Certificados de laEducacin Tcnico Profesional y para la presentacin de planes de mejora institucionalesque dichas instituciones estn previamente inscriptas en la base de datos del RegistroFederal de Instituciones de Educacin Tcnico Profesional.

    62. En la base de datos del Registro podrn inscribirse todas las instituciones de EducacinTcnico Profesional, tanto de gestin estatal como privada, que cumplan con lascondiciones indicadas en los apartados 27 a 32.

    63. Tambin podrn inscribirse instituciones de otros niveles y modalidades del SistemaEducativo Nacional a condicin de que dichas instituciones desarrollen trayectoriasformativas sean pertinentes con lo indicado en el apartado 33.

    64. Corresponde a cada jurisdiccin educativa definir y disponer el orden en que efectuar laspresentaciones de inscripcin de las instituciones bajo su dependencia en la base dedatos del Registro Federal, tanto para habilitar la presentacin de planes de mejorainstitucionales como para ser parte del Catlogo Nacional de Ttulos y Certificados deEducacin Tcnico Profesional.

    65. Las instituciones de educacin tcnico profesional de nivel secundario y de nivel superiorque dependan de Universidades Nacionales podrn solicitar su ingreso a la base de datosdel Registro Federal de Instituciones de Educacin Tcnico Profesional presentando ladocumentacin pertinente ante el INET.

    66. Para la inscripcin en la base de datos del Registro Federal de Instituciones de EducacinTcnico Profesional se utilizar un formato nico de Ficha de Inscripcin, el cual tendramplia difusin.

    VIII. Criterios y procedimientos para la gestin del Fondo Nacional para la EducacinTcnico Profesional67. A efectos de asegurar una participacin equitativa de las jurisdicciones educativas en la

    distribucin de los recursos del Fondo Nacional para la Educacin Tcnico Profesional seadoptar la frmula polinmica descripta en el Anexo 2 de la presente Resolucin.

    68. Los fondos asignados a cada jurisdiccin educativa por aplicacin del criterio enunciadoen el prrafo anterior (distribucin primaria) indican el mnimo de crditos disponible en elao para la adjudicacin de recursos a los planes de mejora a ser presentados. Al finalizarel primer semestre, el remanente no comprometido por las jurisdicciones educativaspasar a integrar un fondo de distribucin secundaria a aplicar, proporcionalmente, a partir

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    del tercer trimestre a los planes de mejora presentados por las jurisdicciones educativasque hubieran comprometido el total de los crditos que les fueran asignados (distribucinprimaria). Los crditos asignados estarn sujetos a las cuotas de autorizacin de gastosque establezca el Ministerio de Economa con respecto a los recursos del Fondo Nacionalpara la Educacin Tcnico Profesional.

    69. Sin perjuicio de lo sealado en el apartado anterior, el Ministerio de Educacin de laNacin conserva la facultad de instrumentar, en acuerdo con las jurisdicciones educativas,diferentes alternativas de ejecucin de los recursos previstos en el Fondo Nacional cuandomedien circunstancias que as lo justifiquen.

    70. Para favorecer una visin integral y articulada de las polticas y estrategias , en los planosfederal, nacional y jurisdiccional, orientadas a la mejora continua de la calidad de losentornos formativos y las condiciones institucionales de la educacin tcnico profesional,cada una de las jurisdicciones educativas, al trmino de cada ao, propondrn al INET loslineamientos y los criterios que orientarn las prioridades a considerar para cada uno delos campos programticos as como la distribucin, durante el siguiente ao, de lainversin de la participacin jurisdiccional en los recursos que integran el Fondo Nacionalpara la Educacin Tcnico Profesional, atendiendo a lo indicado en los apartados 46, 47 y49.

    71. A los efectos de resguardar la transparencia, la eficiencia y la efectividad de laadministracin de la inversin de los recursos del Fondo Nacional para la EducacinTcnico Profesional y de identificar las responsabilidades de las partes actuantes en elproceso administrativo contable el INET y las autoridades educativas jurisdiccionalesfirmarn protocolos especficos a efectos de definir: las instancias que, a niveljurisdiccional, asumirn la responsabilidad poltico tcnica del desarrollo de las accionesenmarcadas en la presente resolucin y la responsabilidad de la gestin operativa de losrecursos, as como otras responsabilidades que las partes acuerden necesario definir.

    72. El Responsable Poltico Tcnico de la estrategia de Mejora Continua de la Calidad de losEntornos Formativos y las Condiciones Institucionales de la Educacin TcnicoProfesional ser el miembro designado por la jurisdiccin como integrante de la ComisinFederal de la Educacin Tcnico Profesional. El mismo, a los efectos de lograr un trabajoconjunto para la planificacin, implementacin y seguimiento de los Planes de Mejora,tendr la responsabilidad de mantener una comunicacin directa con:a. los responsables de las instituciones de ETP de su jurisdiccin y con los responsables

    de las reas de los otros niveles y modalidades definidas en el apartado 33; y conb. el responsable de la gestin operativa de los recursos del Fondo Nacional para la

    Educacin Tcnico Profesional transferidos a la jurisdiccin respectiva.73. El Responsable la Gestin Operativa de los Recursos tendr a su cargo llevar adelante

    todas las gestiones operativas (administrativas-contables) de la ejecucin y rendicin delos fondos comprometidos para la realizacin de las acciones previstas en los Planes deMejora.

    74. La gestin operativa de los recursos ser llevada a cabo por una Unidad Ejecutora uorganismo equivalente que depender de la mxima autoridad educativa jurisdiccional,salvo delegacin expresa de dicha autoridad en otro funcionario y deber trabajar enforma conjunta con el responsable tcnico poltico. Dicha unidad contar con unresponsable contable quin deber tener ttulo de Contador Pblico a fin de certificar losmovimientos de fondos y gestionar los procesos de ejecucin.

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    75. Las autoridades educativas jurisdiccionales tendrn la responsabilidad de llevar a cabotodas las acciones necesarias con otras instancias de gobierno, en los casos quecorresponda, a fin de lograr una eficiente ejecucin de los recursos del Fondo.

    76. Las Jurisdicciones debern mantener la cuenta corriente oportunamente abierta, de usoexclusivo, en la sucursal del Banco de la Nacin Argentina, donde se depositan los fondostransferidos para la ejecucin de los planes de mejora aprobados. Dichos fondos sern deafectacin exclusiva para el cumplimiento en tiempo y forma de las acciones previstas enel Programa.

    77. El seguimiento de la ejecucin de las acciones, la evaluacin de procesos y resultados, laauditoria, a evaluacin institucional y el anlisis de impacto de los programas federales yde los planes de mejora jurisdiccionales e institucionales sern funciones a ser asumidasen forma conjunta por las jurisdicciones educativas y el INET.

    78. En aquellos casos en que el INET verifique, derivado de los procesos de seguimiento ycontrol, el no cumplimiento en tiempo y forma de los compromisos asumidos en los planesde mejora y de la presentacin de rendiciones, esto se constituir en causa de interrupcintemporaria del flujo de fondos hasta tanto se regularice tal situacin.

    IX. mbitos involucrados en la estrategia de Mejora continua de la calidad de los entornosformativos y las condiciones institucionales de la Educacin Tcnico Profesional

    79. El Consejo Federal de Educacin tendr a su cargo:a. Aprobar los lineamientos y criterios que orientan el desarrollo de la estrategia de la

    mejora continua de la calidad de los entornos formativos y las condicionesinstitucionales de la educacin tcnico profesional

    b. Establecer los criterios y parmetros de calidad de la educacin tcnico profesionaltanto con relacin a las trayectorias formativas como a los entornos y condicionesinstitucionales requeridas para su desarrollo, as como el diseo y los criteriosmetodolgicos para su evaluacin.

    c. Aprobar los lineamientos y criterios que orientan el desarrollo de los programasfederales y los planes de mejora jurisdiccionales e institucionales, los parmetrospara la distribucin entre las provincias y la Ciudad Autnoma de Buenos Aires delos recursos del Fondo Nacional para la Educacin Tcnico Profesional y losprocedimientos de gestin de los mismos.

    80. El Ministerio de Educacin de la Nacin, a travs de:Secretara de Educacin. Direcciones y coordinaciones de niveles y modalidadestendr a su cargo:a. Elaborar, en el marco de consultas federales, los criterios que orientarn la

    presentacin de planes de mejora institucionales relativos al campo programticode entornos formativos por parte de instituciones de educacin secundaria comn,la educacin superior de formacin docente, la educacin artstica, la educacinespecial y la educacin permanente de jvenes y adultos.

    b. Participar en el anlisis de la pertinencia de tales presentaciones, segncorresponda, en forma previa al proceso de evaluacin y elaboracin dedictmenes por parte del INET.

    Subsecretara de Coordinacin Administrativa tendr a su cargoa. Llevar adelante las licitaciones cuando as lo requieran los Programas Federales.

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    Consejo Federal de Educacin

    b. Participar en el trabajo conjunto con el INET, a travs de la Direccin NacionalInfraestructura, en la ejecucin de los proyectos involucrados en el campoprogramtico relativo a Infraestructura edilicia.

    Instituto Nacional de Educacin Tecnolgica tendr a su cargo:a. El desarrollo y la administracin del Registro Federal de Instituciones de Educacin

    Tcnico Profesional, en el marco de los criterios y procedimientos acordados por elConsejo Federal de Educacin.

    b. La administracin del Fondo Nacional para la Educacin Tcnico Profesional, en elmarco de los lineamientos y procedimientos acordados por el Consejo Federal deEducacin.

    c. El establecimiento de convenios y protocolos con cada una de las jurisdiccioneseducativas para el ingreso de sus instituciones de ETP al Registro Federal, ascomo de las instituciones de otros niveles y modalidades14, la ejecucin de losprogramas federales y los planes de mejora y la administracin de los recursos delFondo Nacional para la Educacin Tcnico Profesional comprometidos en dichosactos.

    d. La definicin, acordada en el marco de la Comisin Federal ETP, de los criteriosoperativos, las guas y los procedimientos para la presentacin, la evaluacin, laejecucin, la rendicin y el seguimiento y monitoreo de los planes de mejorajurisdiccionales e institucionales.

    e. El seguimiento, la evaluacin de procesos y resultados, la auditoria y el anlisis deimpacto de los planes de mejora, en forma conjunta con las jurisdiccioneseducativas.

    f. La cooperacin y la asistencia tcnica para la formulacin de los planes de mejora,cuando las jurisdicciones educativas as lo soliciten.

    g. La verificacin del cumplimiento, en tiempo y forma, de la presentacin y laejecucin de los planes de mejora; as como de la recepcin de las rendiciones,segn las condiciones establecidas, para su expresa aprobacin.

    81. Los Ministerios de Educacin Provinciales y de la Ciudad Autnoma de Buenos Airestendrn a su cargo:

    a. El establecimiento de convenios y protocolos con el INET para el ingreso de susinstituciones de ETP, as como de las instituciones de otros niveles ymodalidades15 al Registro Federal, la ejecucin de planes de mejora y laadministracin y afectacin de los recursos del Fondo Nacional para la EducacinTcnico Profesional comprometidos en dichos actos.

    b. La elaboracin de los planes de mejora jurisdiccionales as como la seleccin delas instituciones a ser incorporadas al Registro Federal de Instituciones deEducacin Tcnico Profesional y la presentacin de los planes de mejorainstitucionales a ser financiados con los recursos del Fondo Nacional para laEducacin Tcnico Profesional en funcin de las prioridades que cada una de elladefina en el marco de los planes y programas estratgicos jurisdiccionales.

    c. Asegurar la constitucin de equipos de trabajo suficientes como para garantizar losperfiles profesionales y tcnicos adecuados en nmero y formacin para el diseoy ejecucin de los planes de mejora jurisdiccionales, la participacin en losprogramas federales, el seguimiento y evaluacin de los planes de mejorainstitucionales, la gestin de la informacin y la asistencia tcnica, la generacinde normas de procedimiento, evaluacin y monitoreo, entre otros.

    14 Segn lo indicado en el apartado 33.15 Segn lo indicado en el apartado 33.

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    Consejo Federal de Educacin

    d. La asistencia y la orientacin de los equipos tcnicos o equipos de directivos ydocentes para la elaboracin de los planes de mejora, de carcter jurisdiccional oinstitucional, as como el seguimiento y evaluacin de la ejecucin, en tiempo yforma, de los compromisos contrados en los planes de mejora.

    e. El seguimiento, la evaluacin de procesos y resultados, la auditoria y el anlisis deimpacto de los planes de mejora, en forma conjunta con el INET.

    f. La responsabilidad de llevar a cabo todas las acciones necesarias ante otrosMinisterios y/u Organismos jurisdiccionales que se encuentren involucrados en elproceso de administracin para el logro de una eficiente ejecucin de los recursosdel Fondo Nacional para la Educacin Tcnico Profesional.

    82. La Comisin Federal de Educacin Tcnico Profesional como mbito de discusin yconsulta tcnica acerca del desarrollo, la implementacin, el seguimiento y la evaluacindel desarrollo del Registro Federal de Instituciones de Educacin Tcnico Profesional y delFondo Nacional para la Educacin Tcnico Profesional, tendr a su cargo el anlisis, lapropuesta y la elaboracin de los documentos base a ser presentados al Consejo Federalde Educacin relativos a:

    a. Los lineamientos y criterios que orientan el desarrollo de programas federales y losplanes de mejora, los parmetros para la distribucin de los recursos del FondoNacional para la Educacin Tcnico Profesional entre provincias y la CiudadAutnoma de Buenos Aires y los procedimientos de gestin del mismo.

    b. Los lineamientos, criterios y procedimientos que orientarn el desarrollo delRegistro Federal de Instituciones de Educacin Tcnico Profesional y del CatlogoNacional de Ttulos y Certificados de ETP en el marco de las Resoluciones delConsejo Federal de Educacin.

    c. Las condiciones institucionales necesarias que requieren las instituciones deeducacin tcnico profesional, as como del diseo y los criterios metodolgicospara su evaluacin.

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