Anteproyecto de ley almojabano con queso
-
Upload
melquiades-olmos -
Category
Education
-
view
173 -
download
1
Transcript of Anteproyecto de ley almojabano con queso
Asamblea Nacional
Secretaría General
Apartado 0815-01603 Panamá 4 , Panamá
TRÁMITE LEGISLATIVO
2015-2016
ANTEPROYECTO DE LEY: 077
PROYECTO DE LEY:
LEY:
GACETA OFICIAL:
TÍTULO: QUE INSTITUYE EL FESTIVAL DEL ALMOJABANO CON
QUESO Y CREA SU PATRONATO.
FECHA DE PRESENTACIÓN: 12 DE OCTUBRE DE 2015.
PROPONENTE: H.H.D.D. ATHENAS ATHANASIADIS, FLORENTINO
ABREGO Y SAMIR GOZAINE.
COMISIÓN: EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES.
Asamblea Nacional
Secretaría General
Apartado 0815-01603 Panamá 4 , Panamá
Asamblea Nacional
Secretaría General
Apartado 0815-01603 Panamá 4 , Panamá
Panamá, ________ de 201 5.
Honorable Diputado Rubén De León S~lnchcz Presidente Asamblea Nacional
Respetado Señor Presidente:
Haciendo uso de la iniciati va legislativa que me confiere la Constitución de la República y el Reglamento Interno de la Asamblea Nacional, de conformidad con e l art íc ulo 108, Y actuando en mi condic ión de Diputada de la República, me permito presen tar al pleno de esta Asamblea Nacional e l Anteproyecto "Que illstituye el Fe.fJti ).'al del Almoj ahallo eOll Queso y crea Sil patrollato" el cual merece la sigu iente exposición de moti vos:
EXPOSICIÓN DE MOTIV OS
Es un hecho conocido que en tiempos modernos la sociedad ti ende a olvidar las costumbres y tradiciones fo lclóri cas, lo cual actúa en detrimento de la memoria hi stórica cultural que posee nuestro país. Por tanto considero que son de suma importancia las actividades que van encaminadas a conservar estas tradiciones como 10 son los Festiva les folclóricos y demás similares, los cuales mayormente se llevan a cabo en el in terior de la repúb lica.
Es por esto, que con e l fin de promover dichas costum bres y tradiciones, en el distrito de Dolega en Chiriquí, ya de hace algunos años se ha venido rea li zando el Festi val del Almojabano con queso. El mismo está elaborado con un programa dentro del cual se incluyen presentaciones de danzas fo lclóri cas, expos iciones artísticas , competencias de cocina típica panameña y demás afines.
Esta actividad se ha llevado a cabo gracias a la in ic iativa de la Fundación Folklórica José Corella cuyos integran tes son los organizadores del evento y también con la colaboración de la Alcald ía de Dolega, los cuales año tras año logran recaudar los fondos para su rea lizac ión y de esta forma promueven el comercio en la región así como exaltar nuestras costum bres.
Este evento ha logrado acaparar la atención de la poblac ión en general, atrayendo así una gran cantidad de público tanto nacional C0l110 ex tranjero que les gusta compartir un rato de sano esparcimiento famil iar por lo cual el mismo está encaminado segui r creciendo, establecerse como trad ición y a prevalecer en el ti empo.
Por este mot ivo nos gustaría promover esta acti vidad a través de una Ley que asegure su reali zación anual y formalice su institución. De modo que tenemos a bien presentar este Anteproyecto de Ley para la Consideración de la Asamblea Nacional el día _ de ____ de 20 15; para que se le de el trámite reglamentari o.
Diputada d e la Repúbl ica Circuito 4-5 Ci cuito 4-1 Circuito 4-1
f r" L
ANTEPROYECTO DE LEY No. (De de de 2015)
, . . --,-'.;2!;l0..:...'1i).Lt ...:..r_
, -_-'?_"/!....'I-'-~---
,------Que instituye el Festival del Almojabano con queso y crea su patrollato
LA ASAMBLEA NACIONAL
DECRETA :
Artículo 1. El Se instituye el Festival del Almojabano con queso, que se realizará quince
días antes del sábado de Carnaval de cada año en Dolega cabecera, di strito de Dolega,
Provincia de Chiriqui.
Artículo 2. El Festival del Almojabano con queso tendrá los siguientes objetivos:
1. Promover el desarrollo de la cultura a través de las artes, la danza, la cocina típica
panameña y el folclor.
2. Promover el turismo nacional e internacional y rescatar, conservar y divulgar las
tradiciones y costumbres interioranas y folclóricas de esta reb.;ón.
3. Fomentar y fortalecer la unión famil iar y el sano esparcimiento.
Artículo 3. Se crea el Patronato del Festival Almojabano con queso, en adelante el
Patronato, como entidad de interés público y social, con personería jurídica., patrimonio
propio y autonomía en su régimen administrativo, económico y financiero que se regirá por
esta Ley.
Artículo 4. El Patronato tendrá las siguientes funciones:
1. Asegurar la realización anual del Festival del Almojabano con queso.
2. Promover, ejecutar, administrar y desarrollar las acciones destinadas a la
celebración del Festival Almojabano con queso.
3. Velar para que el Festival del Almojabano con queso cumpla con los objetivos
planteados en esta Ley.
4. Involucrar y promover la participación de las autoridades locales, del sector privado,
del sector educativo y de la sociedad civil en la celebración del Festival del
Almojabano con queso.
S. Administrar de fonna correcta y transparente los recursos que reciba para la
promoción, conservación, divulgación, realización, celebración y desarrollo del
Festival Almojabano con queso.
6. Tomar todas las decisiones concernientes a la realización del Festival del
Almojabano con queso.
Artículo 5. El Patronato estará integrado por:
l . El Di rector del Instituto Nacional de Cultura o quien él designe.
2. El Alcalde del Distri to de Dolega o quien él designe.
3. Un representante de la Junta Comunal de Dolega cabecera.
4. Dos representantes de la Fundación Folk lórica José A. Corella R.
Artículo 6. Los miembros del Patronato serán nombrados para un periodo de tres años y
podrán ser reelectos indefin idamente. El procedimiento de escogcncia y selección será
reglamentado por e l Patronato.
Artículo 7. El patrimonio det Patronato estará in tegrado por:
1. Los bienes muebles o inmuebles que adquiera el Patronato.
2. Los bienes muebles o inmuebles que le sean donados por cualquier entidad pública
o privada.
3. Los aportes de veinticinco mil balboas (B/.25,000.00) que conjuntamente realicen
de forma anual el Instituto Nacional de Cultura, la Autoridad de Turismo de Panamá
y el Ministerio de Economía y Finanzas.
4. Las herencias o los legados que hagan en su benefi cio.
5. Los ingresos que rec iba en concepto de intereses, por los servicios que preste o las
acti vidades que realice, y cualquier otro bien o derecho deri vado de sus operac iones.
Artícu lo 8. El Patronato estará exento del pago de impuestos y gravámenes.
Arlícu lo 9. La Contraloría General de la República fi scali zará, a sus costas, e l manejo de
los fondos y bienes del Patronato provenientes del Estado y podrá hace r inspecciones o
arqueos periódicos.
El Patronato deberá presentar un informe a la CO lltraloría General de la República
antes del c ierre de la vigencia fi scal de cada afio.
Artícu lo 10 . Esta Ley comenzará a regir el día siguiente al de su promul gación.
COM UNíQUESE Y CÚMPLASE
Presentado a la considerac ión de la Asamblea Nacional el día de hoy, _ _ de ,-----::-,---_;de 201 5, por la Honorable Diputada Athenas Athanasiadis y el Honorable Diputado Florentino Abrego.
~m4f1í~,;-.Ú;¿ Athenas Athanasi41dis Dipulad~\ de la República Circuito 4-5 C ircuito 4-1
Diput:tdo de h\ Repúblic~l
Circu ilo 4-1