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Aprueba Bases Administrativas y Técnicas, y Anexos, del Fondo Concursable de Iniciativas Desarrolladas por Ejecutores Intermedios que Trabajan con Adultos Mayores; y llamado a Concurso, del Fondo Nacional del Adulto Mayor, año 2020. RESOLUCION EXENTA N2 795 SANTIAGO, 29 de abril de 2020 V 1 STO S: La Ley Nº 19.828, Orgánica del Servicio Nacional del Adulto Mayor; la Ley Nº 21.192 de Presupuestos del Sector Público para el año 2020; la Ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos; el D.S. Nº 115, de 2003, el D.S. Nº 95, de 2004, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y la Resolución 07 de 2019, de la Contraloría General de la República. C O N S 1 O E R A N O O: 1. Que, la Ley Nº 19.828, conjuntamente con crear el Servicio Nacional del Adulto Mayor, dispuso en su artículo el establecimiento de un Fondo Nacional del Adulto Mayor, el que a su vez instauró una alternativa concursable, dirigida a instituciones que trabajen con este grupo etario. 2. Que, la Ley Nº 21.192, aprobó el Presupuesto del Sector Público para el año 2020, la cual contempló recursos para el Fondo Nacional del Adulto Mayor, con la siguiente imputación: Partida Nº 21 del Servicio Nacional del Adulto Mayor, Capítulo 08, Programa 01, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 700. 3. Que, de acuerdo con lo señalado en el artículo del Decreto Supremo Nº 115 de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, SENAMA procedió a elaborar las Bases del Fondo Concursable Nacional, de Iniciativas Desarrolladas por Ejecutores Intermedios que Trabajan con Adultos Mayores y el formulario para la presentación de proyectos, año 2020. 3. Que, las Bases son necesarias para la materialización del Fondo Concursable de Iniciativas Desarrolladas por Ejecutores Intermedios que Trabajan con Adultos Mayores, correspondiéndole a esta Dirección Nacional establecerlas y efectuar el llamado a concurso. 4. Que, teniendo en cuenta lo señalado en los considerados precedentes, se hace necesario llamar a concurso a las Organizaciones o Instituciones que desarrollen acciones o entrega de servicios de apoyos y/o cuidados domiciliarios para adultos mayores en situación de dependencia y/o se encuentren en situación de vulnerabilidad social; o entrega de servicios de cuidados residenciales, para apoyar a los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM) y el cuidado diario de las personas mayores que viven en ellos. 6. Que, se hace necesario la dictación del presente acto administrativo.

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Aprueba Bases Administrativas y Técnicas, y Anexos, del Fondo Concursable de Iniciativas Desarrolladas por Ejecutores Intermedios que Trabajan con Adultos Mayores; y llamado a Concurso, del Fondo Nacional del Adulto Mayor, año 2020.

RESOLUCION EXENTA N2 795

SANTIAGO, 29 de abril de 2020

V 1 STO S:

La Ley Nº 19.828, Orgánica del Servicio Nacional del Adulto Mayor; la Ley Nº 21.192 de Presupuestos del Sector Público para el año 2020; la Ley Nº 19.880, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos; el D.S. Nº 115, de 2003, el D.S. Nº 95, de 2004, ambos del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; y la Resolución Nº 07 de 2019, de la Contraloría General de la República.

C O N S 1 O E R A N O O:

1. Que, la Ley Nº 19.828, conjuntamente con crear el Servicio Nacional del Adulto Mayor, dispuso en su artículo 7º el establecimiento de un Fondo Nacional del Adulto Mayor, el que a su vez instauró una alternativa concursable, dirigida a instituciones que trabajen con este grupo etario.

2. Que, la Ley Nº 21.192, aprobó el Presupuesto del Sector

Público para el año 2020, la cual contempló recursos para el Fondo Nacional del Adulto Mayor,

con la siguiente imputación: Partida Nº 21 del Servicio Nacional del Adulto Mayor, Capítulo 08,

Programa 01, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 700.

3. Que, de acuerdo con lo señalado en el artículo 6º del Decreto Supremo Nº 115 de 2003, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, SENAMA procedió a elaborar las Bases del Fondo Concursable Nacional, de Iniciativas Desarrolladas por Ejecutores Intermedios que Trabajan con Adultos Mayores y el formulario para la presentación de proyectos, año 2020.

3. Que, las Bases son necesarias para la materialización del Fondo Concursable de Iniciativas Desarrolladas por Ejecutores Intermedios que Trabajan con Adultos Mayores, correspondiéndole a esta Dirección Nacional establecerlas y efectuar el llamado a concurso.

4. Que, teniendo en cuenta lo señalado en los considerados precedentes, se hace necesario llamar a concurso a las Organizaciones o Instituciones que desarrollen acciones o entrega de servicios de apoyos y/o cuidados domiciliarios para adultos mayores en situación de dependencia y/o se encuentren en situación de vulnerabilidad social; o entrega de servicios de cuidados residenciales, para apoyar a los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM) y el cuidado diario de las personas mayores que viven en ellos.

6. Que, se hace necesario la dictación del presente acto administrativo.

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RESUELVO:

1 º. Apruébese las Bases Administrativas y Técnicas, y Anexos, del Fondo Concursable Nacional, de Iniciativas Desarrolladas por Ejecutores Intermedios que Trabajan con Adultos Mayores, año 2020, cuyo texto es del siguiente tenor:

BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS

FONDO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR COMPONENTE "FONDO PARA EJECUTORES INTERMEDIOS"

2020

ÍNDICE

l. ANTECEDENTES INSTITUCIONALES ............................................................................................................... 4

2. FUNDAMENTACIÓN DEL CONCURSO ............................................................................................................ 4 3. MARCO NORMATIV0 ..................................................................................................................................... 5

4. DE LOS BENEFICIARIOS DE LOS PROYECTOS ................................................................................................. 5

5. DE LOS OBJETIVOS DEL PROYECTO ............................................................................................................... 5 5.1. Objetivo General: ................................................................................................................................... 5 5.2. Objetivos específicos: ............................................................................................................................ 6

6. QUIÉNES PUEDEN POSTULAR ........................................................................................................................ 6 6.1. Quiénes no pueden postular: ................................................................................................................ 6 6.2. De las lnhabilidades: .............................................................................................................................. 6

7. ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DEL CONCURSO Y DEBER DE VERACIDAD ................................................. 7

8. DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA ..................................................................................................... 7

9. CONSIDERACIONES PARA LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO ...................................................................... 8 9.1. De las prestaciones ................................................................................................................................. 8

9.2. Del diagnóstico y plan de seguimiento ................................................................................................... 8 9.3. De los costos del proyecto ...................................................................................................................... 9

10. DE LOS MONTOS A SOLICITAR ................................................................................................................... 9

11. DE LA POSTULACIÓN .................................................................................................................................. 9

12. ETAPAS Y PLAZOS DEL FONDO CONCURSABLE ......................................................................................... 9 12.1. Publicación del llamado a concurso ................................................................................................. 10 12.2. Consultas de las Bases Técnicas ....................................................................................................... 10

12.3. Respuestas, aclaraciones y rectificaciones de las Bases Técnicas .................................................... 10 12.4. Recepción de Postulaciones ............................................................................................................. 10 12.5. Apertura de los Proyectos ................................................................................................................ 10 12.6. Evaluación de los Proyectos ............................................................................................................. 11

13. CRITERIOS Y FACTORES DE EVALUACIÓN ................................................................................................ 12

13.1. Criterios de evaluación, ponderaciones y puntajes ......................................................................... 13 13.2. Factores de Evaluación ..................................................................................................................... 14 13.3. Bonificación en el proceso de Evaluación: ....................................................................................... 15

13.4. Selección y Adjudicación .................................................................................................................. 15 14. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONVENIO ............................................................................... 17 15. DE LA SUSCRIPCIÓN, INICIO Y DURACIÓN DEL CONVENIO .................................................................... 17

15.1. De la suscripción del convenio ......................................................................................................... 17 15.2. Del inicio y duración del convenio .................................................................................................... 17 15.3. Del contenido mínimo del convenio ................................................................................................ 18

15.4. Del término unilateral y modificación de convenios ........................................................................ 18 15.5. Periodo de Ejecución de Actividades ............................................................................................... 18

16. INFORMES QUE DEBERÁ ENTREGAR EL ORGANISMO EJECUTOR .......................................................... 18 17. TRANSFERENCIA DE RECURSOS ............................................................................................................... 19 18. RENDICIÓN DE RECURSOS ....................................................................................................................... 20 19. SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENT0 ................................................................................................................ 22 20. OTRAS NORMAS ...................................................................................................................................... 22 ANEXOS ................................................................................................................................................................ 24

ANEXO 1 ........................................................................................................................................................... 24 ANEXO 2 ........................................................................................................................................................... 36

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ANEXO 3 ........................................................................................................................................................... 37

ANEXO 4 ........................................................................................................................................................... 38

ANEXO 5 ........................................................................................................................................................... 43

ANEXO 6 ........................................................................................................................................................... 47

ANEXO 7 ........................................................................................................................................................... 48

ANEXO 8 ........................................................................................................................................................... 49

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l. ANTECEDENTES INSTITUCIONALES

De acuerdo a la Ley Nº 19.828, el Servicio Nacional del Adulto Mayor, SENAMA, se encarga de "proponer las políticas destinadas a lograr la integración familiar y social efectiva del adulto mayor y la solución de los problemas que lo afectan" (Ley Nº 19.828, Título 11, Art. 3º). Para cumplir con el mandato que fija la ley, SENAMA, a través del Fondo Nacional del Adulto Mayor, creado en su artículo 7º, contempla para el año 2020, recursos para financiar iniciativas de apoyo directo a las personas mayores gestionadas por ejecutores intermedios, que tengan experiencia de trabajo con este grupo etario de la población. El Servicio Nacional del Adulto Mayor, en adelante SENAMA, y los Comités Regionales para el Adulto Mayor, en adelante Comités Regionales, operarán el "Fondo para Ejecutores Intermedios", en adelante el Fondo Intermedio, en cada región del país.

2. FUNDAMENTACIÓN DEL CONCURSO

Las presentes Bases tienen por objeto establecer las condiciones generales del llamado a Concurso de los Proyectos 2020 del subprograma "Fondo para Ejecutores Intermedios", del Fondo Nacional del Adulto Mayor.

Los proyectos a financiar deben presentar una propuesta de intervención dirigida a desarrollar acciones o entregar servicios de apoyos y/o cuidados domiciliarios para adultos mayores en situación de dependencia, vale decir, que requieran de otros para realizar las actividades básicas o instrumentales de la vida diaria y/o se encuentren en situación de vulnerabilidad social. También se podrán financiar proyectos para entrega de servicios de cuidados residenciales, para apoyar a los establecimientos de larga estadía para adultos mayores (ELEAM) y el cuidado diario de las personas mayores que viven en ellos. Para ambos casos, se deberán priorizar principalmente en territorios rurales o zonas aisladas.

SENAMA invita a presentar proyectos para su financiamiento, según los montos máximos financiables y la disponibilidad presupuestaria.

El procedimiento general del concurso consta de las siguientes etapas:

• Postulación

• Admisibilidad

• Evaluación

• Selección - Adjudicación

• Firma del Convenio de Ejecución

Etapas posteriores al concurso:

• Supervisión y rendición de cuentas del Convenio

• Cierre

Para el año 2020 se financiarán proyectos de cualquier región del país. Solamente se financiará un proyecto por ejecutor en cada región. Cada proyecto puede estar dirigido a beneficiar a personas de una o más comunas de la región considerada.

Para el financiamiento de los proyectos, SENAMA cuenta con un monto total a nivel nacional de $393.167 .304. El llamado a concurso se realizará a través de una publicación en un diario de circulación nacional y en la página web de SENAMA, www.senama.gob.cl. Las Bases del concurso y formularios de postulación de proyectos se encontrarán disponibles, a contar de la publicación de la convocatoria en la página web de SENAMA, www.senama.gob.cl . Para la postulación de proyectos los organismos deben hacerlo mediante el envío del FUP (Formulario Único de Postulación, ver Anexo N°l), el que debe ser remitido al correo electrónico correspondiente a la región en la que se ejecutará el proyecto (Ver Anexo Nº2), se debe adjuntar la documentación requerida en el numeral 8.2 de las presentes bases de concurso.

3. MARCO NORMATIVO

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Este Concurso se regirá por la Ley N° 19.828, que crea el Servicio Nacional del Adulto Mayor, SENAMA; la Ley Nº 21.192 de Presupuesto del Sector Público para el año en curso, en la partida del Servicio Nacional del Adulto Mayor, del Programa "Fondo Nacional del Adulto Mayor'' contempla para el año 2020; la Ley Nº19.628, sobre Protección de la Vida Privada; la Ley Nº 21.013, que tipifica un nuevo delito de maltrato y aumenta la protección de personas en situación especial; el D.S. Nº 115, que aprueba el Reglamento del Fondo Nacional del Adulto Mayor, y el D.S. N° 95, que aprueba el Reglamento de los Comités Regionales para el Adulto Mayor, ambos del Ministerio Secretaria General de la Presidencia; el Decreto Supremo Nº 14 de 2010, del Ministerio de Salud, que aprueba el Reglamento de los Establecimientos de Larga Estadía para Adultos Mayores; la Resolución Exenta N°l.783, de fecha 27 de septiembre de 2019, del Servicio Nacional del Adulto Mayor, que aprueba la Guía de Orientación Técnica del Programa de Cuidados Domiciliarios; la Resolución Nº 30 de la Contraloría General de la República del año 2015, que fija normas de procedimientos sobre rendición de cuentas; por las presentes Bases Administrativas y Técnicas y sus Anexos, documentos que contienen todas las condiciones técnicas y normativas que tienen como finalidad la forma en que SENAMA asignará los recursos a las instituciones que se adjudiquen proyectos. Regirán, además, las eventuales aclaraciones y/o rectificaciones del proceso de postulación al fondo, así como protocolos de actuación que ajusten la implementación de los proyectos frente a eventuales contingencias de índole nacional o regional.

4. DE LOS BENEFICIARIOS DE LOS PROYECTOS

La Ley Nº19.828 define como adulto mayor a toda persona que haya cumplido 60 años. No se aceptarán proyectos que consideren entre sus beneficiarios directos a personas menores de 60 años. En el caso que el proyecto presente beneficiarios menores de 60 años, quedará inadmisible. Para efectos de este programa se considerará como población beneficiaria a todas aquellas personas que hayan nacido el año 1960 o antes. En el caso específico de los proyectos de cuidados domiciliarios, deben ser: mujeres y hombres de 60 años y más, que presentan dependencia leve, moderada o severa y que no cuentan con una red de apoyo y cuidado de manera permanente o regular y que se encuentran en el tramo del 60 % de vulnerabilidad social, según la calificación socioeconómica del RSH, de no contar con este, con un informe social no deben contar con un cuidador principal, referido a que no se identifique en el hogar la existencia de un adulto (familiar, amigo, vecino y/o persona significativa) que asuma cierto grado de responsabilidad, representación y/o cuidado del adulto mayor, en forma regular o permanente.

Los beneficiarios de los proyectos de servicios de cuidados en residencias de adultos mayores, deberán encontrarse en el tramo del 60% de vulnerabilidad social, la que se podrá acreditar a través del Registro Social de Hogares. En el caso de no contar con RSH, también se podrá utilizar un informe social. Además, deberán ser residentes de un ELEAM.

En ambos casos, deberán acreditar su participación de forma voluntaria en el proyecto, lo cual deberá constar en la "Carta de participación" suministrada por SENAMA.

5. DE LOS OBJETIVOS DEL PROYECTO

El Fondo Intermedio financiará proyectos que consideren realizar acciones que favorezcan el logro de uno o más de los siguientes objetivos:

5.1.0bjetivo General:

Promover la independencia, autonomía y la protección de los derechos de las personas mayores en situación de dependencia y/o de vulnerabilidad social.

5.2.0bjetivos específicos:

• Entregar servicios de apoyo y/o cuidados domiciliarios a personas mayores que presentan dependencia leve, moderada o severa en la realización de actividades de la vida diaria, buscando mejorar su calidad de vida y resguardo de su autonomía, dignidad e independencia.

• Implementar servicios de apoyo al cuidado directo de personas mayores residentes de un ELEAM.

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6. QUIÉNES PUEDEN POSTULAR

Pueden postular instituciones que desarrollen acciones dirigidas a adultos mayores, con personalidad jurídica vigente, de derecho público o privado, que cuenten con domicilio en la Región a la cual postulan y que muestren experiencia comprobable con la población objetivo.

Estos organismos podrán estar constituidos como Instituciones Públicas, incluidas las Municipalidades, Corporaciones, Fundaciones, Organismos No Gubernamentales, o instituciones privadas, entre otros, que hayan desarrollado acciones dirigidas a adultos mayores y tengan identificados a los potenciales beneficiarios del proyecto a postular. Para los proyectos de Apoyo y Cuidado los organismos postulantes deberán proponer y realizar acciones no contenidas en otros programas financiados por SENAMA en la misma comuna, destinadas a mejorar las condiciones de vida de las personas mayores participantes, de acuerdo al Formulario de Postulación de proyectos entregado por SENAMA. En particular, los organismos postulantes, a proyectos cuidados domiciliarios, no podrán contar con convenio vigente del programa cuidados domiciliarios de SENAMA, y sólo podrá ser uno por comuna.

Para los proyectos de Apoyo al cuidado en ELEAM, aquellos organismos que ya estén recibiendo financiamiento de SENAMA, pueden postular con proyectos complementarios que aborden necesidades no cubiertas.

Dichos organismos postulantes deberán estar facultados legal y administrativamente para desarrollar las acciones que proponen en el proyecto presentado, en especial aquellos organismos o instituciones que requieren de la resolución sanitaria respectiva para su funcionamiento, la cual debe encontrarse vigente, si corresponde.

6.1.Quiénes no pueden postular:

• No pueden postular las instituciones públicas o privadas que no tienen personalidad jurídica, como las gobernaciones provinciales o las sociedades de hecho.

• Aquellas personas jurídicas que se encuentran en alguna de las causales de inhabilidad señaladas en el numeral siguiente.

6.2.De las Inhabilidades:

Están inhabilitados(as) para postular y/o firmar convenio las personas jurídicas que se encuentren en la siguiente situación: Personas jurídicas que tengan entre sus socios a una o más personas que presten servicios al Estado como trabajadores dependientes o a honorarios, cuya participación sea igual o superior al 50% del capital social, ni que tengan entre sus trabajadores a personas que sean, además, funcionarios o empleados a honorarios del Servicio Nacional del Adulto Mayor. Tampoco aquellas en las que alguno de los socios tenga vínculo familiar hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, inclusive, o patrimonial con funcionarios del Servicio Nacional del Adulto Mayor que haga presumir de falta de independencia o de imparcialidad al realizar el análisis de las propuestas, su adjudicación, la celebración del contrato, o al determinar los elementos, condiciones y términos del mismo.

Si durante el periodo de presentación de postulaciones cesa la inhabilidad indicada en el párrafo anterior, ésta se considerará hábil para concursar, pudiendo presentar su postulación mientras se encuentre abierto el periodo de recepción de postulaciones. En caso de incumplimiento de lo anterior, es decir, que los postulantes estén afectos a alguna inhabilidad, sus proyectos quedarán fuera de concurso. Para el efecto deberá diligenciar el Anexo Nº 3 adjunto a las presentes bases de concurso.

7. ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DEL CONCURSO Y DEBER DE VERACIDAD

Por la sola presentación de proyectos a esta convocatoria, se entiende, para todos los efectos legales, que el postulante conoce y acepta el contenido íntegro de las presentes Bases. Los postulantes deberán dar estricto cumplimiento a la normativa legal y reglamentaria vigente en Chile, específicamente en lo aplicable a la presente convocatoria y a la correspondiente ejecución del proyecto.

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Al momento de postular, los concursantes declaran que toda la información ingresada al Formulario Único de Postulación (FUP) es verídica y dan fe de su autenticidad. SENAMA se reserva el derecho de verificar dicha información y en caso de constatar que contiene elementos falsos o inexactos, la postulación será declarada inadmisible.

8. DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA

Se podrá postular mediante el envío del Formulario Único de Postulación (FUP), el cual se encuentra disponible en la página web del Servicio, y de la documentación requerida en el numeral 8.2 de las presentes Bases, al correo electrónico correspondiente a la región en la que se ejecutará el proyecto (Ver Anexo N°2).

8.1.Los proyectos deberán ser entregados cumpliendo las siguientes formalidades:

• Los campos requeridos deberán ser completados en su totalidad. • Se deben adjuntar los documentos obligatorios y los documentos complementarios de

evaluación indicados en las presentes bases.

8.2.Se deberá acompañar los siguientes documentos obligatorios según corresponda a:

Organismos Ejecutores Privados

• Certificado de vigencia de Personalidad Jurídica con una antigüedad no mayor a 90 días contados desde su fecha de emisión.

• Presentar copia RUT y/o documento que acredite su existencia, salvo aquellos organismos que actualmente estén ejecutando un convenio con SENAMA.

• Balance del Año Tributario 2019, si corresponde.

• Declaración de Renta año tributario 2019, si corresponde.

• Copia de escritura que acredite la calidad del representante legal de quien

comparece por ese organismo.

• Copia simple de la cédula nacional de identidad del representante legal.

• Certificado de directorio vigente, con una antigüedad no superior a 90 días

contados desde su emisión.

• Documento que acredite vigencia de Cuenta Corriente para efectos de las

transferencias provenientes del convenio, a nombre de la Institución postulante.

• Certificado de inscripción en el Registro Central de Colaboradores del Estado (Ley

NQ 19.862).

• Declaración jurada de responsabilidad penal de personas jurídicas. (Anexo 8)

• Para los proyectos de apoyo al cuidado en ELEAM, se debe adjuntar la autorización

sanitaria de instalación y funcionamiento o certificado emitido por la autoridad

sanitaria correspondiente al domicilio de la residencia.

• Si el postulante va a trabajar con un ELEAM se requiere Carta compromiso de la

institución donde se llevará a cabo el proyecto

Organismos Ejecutores Públicos

• Decreto de nombramiento del representante legal (en caso de Municipalidades se debe adjuntar copia simple de la Sentencia de Proclamación de Alcalde y de no tenerla, Decreto Alcaldicio de Nombramiento).

• Copia simple del Rol Único Tributario y/o documento que acredite que se cuenta con Rut propio

• Copia simple de la Cedula de Identidad del Representante legal.

De no presentarse la documentación solicitada e indicada anteriormente, el proyecto será declarado inadmisible.

9. CONSIDERACIONES PARA LA ELABORACIÓN DEL PROYECTO

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El organismo ejecutor deberá presentar una propuesta que considere la prestación de servicios a las personas mayores beneficiarias, cuya acción contribuya al logro de los objetivos definidos en el numeral 5 de las presentes bases. Los proyectos deben ser presentados en dos líneas: Proyectos de Apoyo y/o Cuidado domiciliarios o Servicios de apoyo al cuidado directo en ELEAM. La propuesta debe estar presentada en el Formulario Único de Postulación (FUP) destinado para estos efectos.

9.1.De las prestaciones

La propuesta deberá especificar el tipo de prestaciones para cada serv1c10 que el organismo ejecutor realizará, el número de ellas y el número de beneficiarios que espera integrar. La prestación de servicios debe ser gratuita para los beneficiarios y el proyecto debe considerar un mínimo de 9 meses de entrega directa de la prestación al beneficiario. Las prestaciones deben ir directamente relacionadas al cumplimiento de los objetivos del proyecto.

Si en el caso de proyectos de apoyo a Eleam, para la prestación de uno o más de los servicios se requiere de la habilitación de infraestructura, ésta debe ser justificada y debe incluir los costos asociados a ella. No se financiarán proyectos de construcción ni obras de ampliación de infraestructura para la ejecución del proyecto. En el caso de los organismos que se comprometen a disponer de un espacio físico propio o de otro organismo, deberán presentar un documento que respalde la disponibilidad de la infraestructura para el periodo de ejecución del proyecto (carta de compromiso), así como también, evidenciar que el recinto cuenta con las instalaciones mínimas para el trabajo con la población objetivo.

9.2. Del diagnóstico y plan de seguimiento

El organismo ejecutor presentará un diagnóstico inicial de la situación de cada uno de los potenciales beneficiarios (población objetivo), considerando las variables sobre las que se quiere influir mediante la aplicación del proyecto, por ejemplo: estado de salud física, peso, estado nutricional, movilidad, dependencia, entre otros, y un plan de seguimiento de los beneficiarios incorporados a cada proyecto, seguimiento que se hará efectivo durante toda la ejecución del proyecto y hasta que todas las actividades comprometidas hayan sido realizadas en su totalidad. Lo anterior, deberá ser presentado mediante un documento Excel identificando cada una de las variables de los beneficiarios. El organismo ejecutor deberá llevar un registro de las acciones realizadas por cada beneficiario del proyecto.

9.3. De los costos del proyecto

Los organismos ejecutores podrán solicitar financiamiento para el tipo de servicios que señalen en el proyecto, especificando el tipo de acciones consideradas. Para efectos de costos, las unidades de análisis serán:

• El costo hora/profesional o recurso humano según tipo de actividad profesional y tipo de prestación.

• El costo de las acciones complementarias realizadas en el marco de la propuesta. • El precio total de la propuesta. • El costo de habilitación de infraestructura, si corresponde.

• El costo por beneficiario.

10. DE LOS MONTOS A SOLICITAR

Los organismos ejecutores podrán postular proyectos hasta un máximo de $24.000.000 (veinticuatro millones de pesos) y un mínimo referencial de $8.000.000.- (ocho millones de pesos).

11. DE LA POSTULACIÓN

Las organizaciones interesadas en postular al "Fondo Nacional del Adulto Mayor Componente­Fondo para Ejecutores Intermedios", deben ingresar en la página web institucional: www.senama.gob.cl , dirigirse al banner del Programa Fondo Nacional del Adulto Mayor y elegir la opción "Formulario Postulación de Proyectos". Dicho formulario se debe descargar y completar.

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Posteriormente se debe enviar al correo electrónico correspondiente a la reg1on en la que se ejecutará el proyecto (Ver Anexo Nº2) y se debe adjuntar la documentación requerida en el numeral 8.2 de las presentes bases de concurso.

El Formulario Único de Postulación (FUP) es el formato disponible para la formulación de proyectos, permitiendo una elaboración ordenada de los mismos al proveer los campos necesarios para que el postulante exponga los detalles de su proyecto. El llenado de todos los campos del FUP será obligatorio, salvo cuando sean indicados expresamente como opcionales.

Los interesados podrán postular sus proyectos de conformidad con lo establecido en las presentes Bases, desde el día de la apertura del concurso y hasta la fecha y hora de cierre de la convocatoria establecida en el aviso del llamado a concurso publicado en un periódico de circulación nacional. No se aceptarán postulaciones presentadas fuera de plazo.

12. ETAPAS Y PLAZOS DEL FONDO CONCURSABLE

El siguiente cuadro establece las etapas de las principales actividades que forman parte del proceso de postulación del Fondo Concursable y que podrán estar sujetas a variaciones que serán informadas en la página web www senama.gob.cl

PLAZOS (contados desde la ETAPAS publicación del llamado en un

diario de circulación nacional)

12.1 Publicación del llamado a concurso día O

12.2 Consultas 14 días 12.3 Respuestas, aclaraciones y rectificaciones 21 días 12.4 Recepción de Postulaciones 31 días 12.5 Apertura de propuestas 31 días

Los plazos establecidos en las presentes Bases serán de días corridos. Si algún plazo del presente concurso venciera en día inhábil, se entenderá prorrogado hasta la medianoche del día hábil siguiente a su vencimiento.

12.1. Publicación del llamado a concurso

El aviso del llamado a concurso será publicado en un periódico de circulación nacional y en la página web de SENAMA. Las propuestas se recibirán durante el período especificado en el aviso. No se aceptarán postulaciones presentadas fuera de plazo.

12.2. Consultas de las Bases Técnicas

Las consultas se podrán realizar al correo electrónico [email protected] hasta las 13:00 horas del día décimo cuarto (14º) contados desde el día siguiente de la publicación del llamado a concurso. Los interesados podrán formular las consultas que estimen necesarias, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, dentro de los plazos dispuestos para ello. Las consultas se responderán siempre que se formulen de forma concreta y precisa, que sean pertinentes al desarrollo del proceso y que su respuesta no involucre información confidencial.

12.3. Respuestas, aclaraciones y rectificaciones de las Bases Técnicas

Las respuestas se entregarán hasta el día vigésimo primero (21 º)contado desde el día siguiente de la publicación del llamado a concurso, en la página Web de SENAMA. SENAMA podrá consolidar las consultas relacionadas al mismo tema publicando una sola respuesta general. Para todos los casos, el Servicio Nacional del Adulto Mayor podrá efectuar aclaraciones a las Bases para precisar su alcance, como también complementar o interpretar algún elemento de su contenido que no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se entregarán en la misma forma y oportunidad que las respuestas, y deberán ser consideradas por los interesados en la preparación de sus proyectos.

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En el caso que las Bases sean modificadas antes del cierre de recepción de proyectos, se considerará un aumento de plazo de hasta siete (7) días adicionales. Este plazo se contará desde la publicación en el diario de circulación nacional y la página web de SENAMA del acto administrativo que aprueba la modificación respectiva, para que los organismos puedan conocer y adecuar sus propuestas a tales modificaciones.

Si por caso fortuito y/o fuerza mayor las consultas al correo de contacto señalado anteriormente no fueran recibidas oportunamente, se considerará un aumento de plazo, previa certificación de esta circunstancia por la Dirección de SENAMA, la cual deberá ser aprobada mediante resolución fundada y publicada en la página Web de SENAMA.

12.4. Recepción de Postulaciones

La presentación de proyectos se realizará hasta las 13:00 horas del trigésimo primer (31 º) día contado a partir del día siguiente del llamado a concurso, según lo señalado en el punto número 11 de las presentes Bases.

12.5. Apertura de los Proyectos

La apertura de los proyectos se efectuará, a partir de las 15:30 horas del trigésimo primer (31 º) día, contados a partir del día siguiente de la publicación de la convocatoria o sus ampliaciones.

Se deberá levantar un Acta de Apertura la que deberá ser suscrita por el Coordinador Regional o quien lo reemplace y el profesional encargado del Fondo Nacional del Adulto Mayor o el encargado de programas. Los organismos postulantes tendrán 3 días hábiles después del Acta de Apertura para enviar documentación observada en la Ficha de Revisión de Documentos-Checklist o en proceso de entrega y del cumplimiento de los requisitos señalados en las presentes Bases.

Dicha Acta deberá dar cuenta de los proyectos presentados y del cumplimiento de los requisitos señalados en las presentes bases, suscrita por todos sus integrantes.

12.6. Evaluación de los Proyectos

a) Admisibilidad de los proyectos Para el concurso, junto con el FUP, se exigirán los siguientes Antecedentes Obligatorios de Evaluación, evaluado en términos de "si/no":

• Que la presentación del proyecto la hace una organizac1on que trabaja con personas mayores de 60 años o más, con Personalidad Jurídica vigente, que acredite un domicilio en la región en donde postula.

• Que la organización postulante se encuentra habilitada para participar en este concurso de acuerdo a lo señalado en el numeral 6 de las presentes bases.

• Que el FUP se presenta completo, con toda la información solicitada, acompañado de todos los documentos solicitados y dentro de los plazos establecidos.

• Que se presenta copia del RUT de la Organización, Balance del Año Tributario 2019, Declaración de Renta año tributario 2019 y copia de la escritura que acredite la calidad del representante legal de quien comparece por el organismo ejecutor, según corresponda.

• Que se presenta Certificado de Vigencia de Personalidad Jurídica con una antigüedad de no más de 90 días, contados desde la fecha de su emisión, según corresponda.

• Que se presenta copia simple de la cédula nacional de identidad del representante legal.

• Que se presenta certificado de directorio, con una antigüedad no superior a 90 días

contados desde su fecha de emisión.

• Que se presenta documento que acredite vigencia de Cuenta Corriente para efectos de las

transferencias provenientes del convenio, a nombre de la Institución Beneficiaria o Entidad

Operadora.

• Que se presenta certificado de inscripción en el Registro Central de Colaboradores del

Estado (Ley Nº 19.862).

• Que se presenta declaración jurada de responsabilidad penal de personas jurídicas. (Anexo

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• Que el aporte solicitado a SENAMA para financiar el proyecto se ajusta a los montos de referencia establecidos, señalados en el numeral 10 de estas Bases.

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• Que toda la documentación solicitada se adjunta como copia digital. • Que todas las personas señaladas en el listado de beneficiarios tengan 60 años o más o

hayan nacido el año 1960 o antes. • Para los proyectos de apoyo al cuidado en ELEAM, se debe adjuntar la autorización

sanitaria de instalación y funcionamiento o certificado emitido por la autoridad sanitaria correspondiente al domicilio de la residencia.

De no cumplir con todos los requisitos y antecedentes previamente mencionados se entenderá la propuesta presentada como inadmisible y quedará automáticamente fuera del concurso.

Sin embargo, SENAMA podrá requerir a los postulantes la presentación de los antecedentes o documentos que complemente la información presentada o que éstos hayan omitido presentar al momento de efectuar la postulación y/o presenten observaciones, siempre que dichos antecedentes o documentos se hayan obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar el proyecto o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento de plazo para presentar postulaciones y el plazo extraordinario para presentarlos. El plazo final para la presentación de los antecedentes, o documentos faltantes será de tres (3) días corridos desde el requerimiento informado por SENAMA al postulante. Cumplido el plazo anterior y el organismo no adjuntara la documentación solicitada, será declarado inadmisible.

Las postulaciones que cumplan con los requisitos y condiciones de la convocatoria serán puestas a disposición de las instancias de evaluación y selección por parte del o la Secretario(a) Técnico(a) de la Comisión Evaluadora del Fondo. De constatarse algún incumplimiento con posterioridad a la etapa de admisibilidad, la postulación quedará inmediatamente fuera de concurso.

Respecto de las propuestas consideradas admisibles, éstas pasaran a la etapa de evaluación.

b) Evaluación Técnica de los proyectos.

La Comisión de Evaluación, expresamente convocada por el Comité Regional, será presidida por el o la Coordinador(a) regional de SENAMA o quien lo/la reemplace, y actuará como Secretaria(o) Técnica(o) el profesional encargado del Fondo Nacional del Adulto Mayor o quien lo/la reemplace en la Región o el profesional encargado de programa de Cuidados Domiciliarios o quien lo/la reemplace o el profesional encargado del Programa Fondo Subsidio ELEAM o quien lo/la reemplace, oportunidad en la cual firmarán el Acta de Constitución Comisión Evaluadora.

Esta Comisión estará constituida por profesionales con experiencia en evaluación de proyectos sociales, preferentemente del sector público, y por los integrantes de los Comités Regionales que lo requieran y cuenten con el perfil técnico necesario.

Los integrantes del Comité Regional que estén participando como oferentes en el concurso, deberán abstenerse de participar en la Comisión de Evaluación de proyectos.

SENAMA en conjunto con los Comités Regionales evaluarán todas las propuestas conforme a los criterios y factores de evaluación, reservándose el derecho de requerir información aclaratoria a los Organismos Ejecutores sobre ellas, sin que esto implique modificación de las mismas y sin que afecte el trato igualitario a los proponentes.

Los proyectos recibidos y en condición de admisibles, serán sometidos a una pauta de evaluación técnica de la propuesta, la que podrá incluir visitas a terreno.

De acuerdo al mecanismo de evaluación de antecedentes establecido en las Bases Técnicas, estos factores tendrán la siguiente ponderación:

Factor Ponderación

Propuesta Técnica 80%

Propuesta Económica 20%

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El producto Final del trabajo de la Comisión de Evaluación será el listado de proyectos evaluados, ordenados por la nota final en forma decreciente.

13. CRITERIOS Y FACTORES DE EVALUACIÓN

Se considerarán cuatro dimensiones de evaluación, ponderadas cada una de ellas de acuerdo a lo especificado en el numeral 13.1 "Criterios de evaluación, ponderaciones y puntajes" siguiente. Cada dimensión estará compuesta por distintos ítems que se evaluarán en términos de notas 1-3-5-7. El promedio ponderado de estos conformará la nota para cada dimensión y el promedio ponderado de las cuatro dimensiones será la nota final de evaluación del proyecto.

Las notas se evaluarán de acuerdo a lo siguiente:

• Nota 7 : Cumple plenamente con el criterio establecido o lo supera. • Nota 5 : El cumplimiento del criterio establecido requiere de readecuaciones que en todo

caso no ponen en riesgo la ejecución del proyecto. • Nota 3 : El cumplimiento del criterio requiere de readecuaciones mayores para no poner

en riesgo la ejecución del proyecto.

• Nota 1 : La información consignada no permite visualizar el cumplimiento del criterio; la información no se relaciona con el ítem o no se consigna la información.

Con posterioridad, la Comisión Evaluadora se reunirá como instancia colectiva para asignar las notas finales de evaluación, definiendo los respectivos puntajes conforme a las ponderaciones respectivas. Las decisiones que se adopten serán debidamente fundadas, proporcionando a los postulantes argumentos justificados que tiendan a facilitar la comprensión de éstas, en coherencia con los proyectos, todo lo cual quedará registrado en la Ficha Única de Evaluación (FUE).

Dicha ficha deberá ser suscrita por a lo menos 2 (dos) evaluadores de los proyectos. Serán considerados elegibles todos aquellos proyectos que obtengan un puntaje final de evaluación igual o superior a 4.

13.1. Criterios de evaluación, ponderaciones y puntajes

La evaluación de los proyectos será realizada de acuerdo a los criterios que se exponen a continuación y los puntajes serán asignados en consideración a las ponderaciones señaladas en el punto 13:

Evaluación Técnica:

Experiencia Institucional (20%): • Experiencia de la institución en diseño y ejecución de proyectos o programas dirigidos a

adultos mayores. • Formación profesional y/o técnica del equipo de trabajo, en materias relacionadas a la

temática de intervención. • Experiencia de los integrantes del equipo en ejecución de proyectos o programas dirigidos

al adulto mayor u otros grupos en situación de vulnerabilidad. • Experiencia de trabajo de la institución y/o el equipo de trabajo en los territorios definidos

para la implementación del proyecto.

Pertinencia de la propuesta (Estrategia de Implementación Territorial) (30%): • Las actividades señaladas en el proyecto son pertinentes y suficientes para alcanzar los

objetivos propuestos. • La metodología de intervención señalada en el proyecto para implementar los servicios a

las personas mayores es pertinente y promueve sus derechos. • La institución identifica estrategias que permitan dar sustentabilidad al proyecto una vez

finalizado, señalando qué acciones desarrollará para la articulación con la red y cómo lo hará con el fin de dar continuidad a la iniciativa.

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• Condiciones adecuadas para la entrega de los servicios que contempla el proyecto.

Coherencia Interna de la propuesta (30%): • Coherencia de la propuesta con el objetivo del Programa • Las funciones del equipo son coherentes para alcanzar los objetivos propuestos en el

proyecto. • Actividades - Tiempo. • Productos Comprometidos - Carta Gantt de Actividades.

Evaluación Económica:

Capacidad Institucional y evaluación económica de la propuesta (20%):

• Antecedentes financieros del Organismo Ejecutor. • Evaluación económica de la propuesta, costo por beneficiario.

13.2. Factores de Evaluación

El puntaje máximo que se puede obtener es de 7 puntos, construyéndose el mismo a partir de la calificación obtenida en cada uno de los factores de evaluación (con notas de 1, 3, 5, 7) y su respectiva ponderación, conforme se indica en la tabla siguiente:

Calificación Puntaje

Factor Máxima

Ponderación máximo ponderado

l. Evaluación Técnica

a) Experiencia Institucional 7 20% 1.4

b) Pertinencia de la propuesta 7 30% 2.1

c) Coherencia interna de la propuesta 7 30% 2.1

2. Evaluación económica

a) Capacidad institucional, evaluación económica y

7 20% 1.4 cumplimiento de formalidades de la propuesta

Puntaje máximo ponderado total 7

Criterios Ponderaciones Ítems Ponderador

Experiencia 20% Experiencia de la institución en diseño y ejecución de 0.25 1nstituciona1 proyectos o programas dirigidos a adultos mayores.

Formación profesional y/o técnica del equipo de 0.25 trabajo en materias relacionadas a la temática de intervención.

Experiencia de los integrantes del equipo en ejecución 0.25 de proyectos o programas dirigidos al adulto mayor u otros grupos en situación de vulnerabilidad.

Experiencia de trabajo de la institución y/o el equipo 0.25 de trabajo en los territorios definidos para la implementación del proyecto.

Pertinencia de la 30% Las actividades señaladas en el proyecto son 0.2 propuesta (Estrategia pertinentes y suficientes para alcanzar los objetivos de implementación propuestos. territorial)

La metodología de intervención señalada en el 0.2 proyecto para implementar los servicios a las personas mayores es pertinente y promueve sus derechos.

La institución identifica estrategias que permitan dar 0.3 sustentabilidad al proyecto una vez finalizado, señalando qué acciones desarrollará para la articulación con la red y cómo lo hará con el fin de dar continuidad a la iniciativa.

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Condiciones adecuadas para la entrega de los servicios 0.3 que contempla el proyecto. En el caso de servicios de cuidado en ELEAM, la residencia debe contar con Resolución sanitaria vigente de instalación y funcionamiento.

Coherencia Interna de 30% Coherencia de la propuesta con el objetivo del 0.2 la propuesta Programa

Las funciones del equipo son coherentes para alcanzar 0.2 los objetivos propuestos en el proyecto. Actividades - Tiempo. 0.3

Productos Comprometidos - Carta Gantt de 0.3 Actividades.

Capacidad Institucional 20% Antecedentes financieros del Organismo Ejecutor. 0.3 y evaluación 0.7 Evaluación económica de la propuesta, costo por económica de la beneficiario. propuesta

13.3. Bonificación en el proceso de Evaluación:

Los proyectos técnicamente elegibles tendrán derecho a bonificación en su puntaje de acuerdo al siguiente detalle:

• Proyectos presentados en servicios de apoyo y/o cuidados domiciliarios que cumplen con las orientaciones técnicas entregadas en el Anexo Nº 4. Bonificación de 5% sobre la nota que obtiene el proyecto.

• Proyectos presentados en serv1c1os de cuidados en ELEAM que cumplen con las orientaciones técnicas entregadas en el Anexo Nº 5. Bonificación de 5% sobre la nota que obtiene el proyecto.

• Proyectos presentados en servicios de apoyo y/o cuidados domiciliarios o cuidados en ELEAM para beneficiarios de zonas rurales o aisladas. Bonificación 10% sobre la nota que obtiene el proyecto.

• Los proyectos de cuidados domiciliarios o cuidados en ELEAM en que se declare en el proyecto que sus beneficiarios sean a lo menos el 50% de 80 y más años, recibirán una bonificación de su puntaje de evaluación de 10%.

• Los proyectos de cuidados domiciliarios o cuidados en ELEAM en que se declare en el proyecto que sus beneficiarios sean a lo menos el 50% pertenecientes a pueblos originarios, recibirán una bonificación de su puntaje de evaluación de 5%.

Las bonificaciones pueden ser sumadas de manera complementarias, por lo tanto, el porcentaje máximo de bonificación sobre la nota obtenida en el proyecto podría ser de 35%

13.4. Selección y Adjudicación

Corresponde a los Comités Regionales la Selección definitiva de los proyectos. Una vez evaluadas las propuestas, aquellas declaradas técnicamente elegibles, es decir, que hayan obtenido una nota final de evaluación del proyecto igual o superior a 4, serán presentadas a los Comités Regionales para proceder a su selección, en estricto orden de puntaje de evaluación, esto es de mayor a menor, según la cual el Comité Regional efectuará la selección. No se podrán aplicar criterios distintos a los establecidos en las presentes bases para la selección de los proyectos.

El Comité Regional seleccionará los proyectos por estricto orden de precedencia, de acuerdo a la nota de evaluación obtenida y considerando además los recursos financieros disponibles. Para estos efectos el Comité elaborará un Acta de Selección de Proyectos en la que se identificará el o los proyectos seleccionados y una lista de espera por estricto orden de puntaje con aquellos proyectos que podrían ser seleccionados si existieren recursos financieros para tal efecto.

Los integrantes del Comité Regional que estén participando como oferentes en el concurso, no podrán votar en dicha sesión de selección de proyectos, lo que quedará registrado en el acta correspondiente.

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El Director de SENAMA dictará el acto administrativo de adjudicación de proyectos del Fondo para Ejecutores Intermedios, año 2020, por cada región. Asimismo, mediante acto administrativo podrá declarar desierto el concurso total o parcialmente.

Se adjudicará sólo un proyecto por región, por organismo ejecutor, con un máximo de 3 proyectos por organismo ejecutor a nivel nacional, excepto en aquellos casos en que dicho organismo sea el único proponente o se haya declarado inadmisible otro proyecto.

En el caso que un organismo sea seleccionado en más de 3 regiones, se adjudicará de acuerdo al orden de prioridad dado por el puntaje obtenido en el proceso de evaluación, comenzando por el

puntaje más alto.

En el evento de existir igualdad en el puntaje de evaluación, se adjudicará aquel proyecto que considere un menor costo por beneficiario y en caso de mantenerse dicha igualdad se adjudicará aquel proyecto que solicite un menor monto de financiamiento. Si aun considerando estos criterios se mantiene la igualdad, se seleccionará el proyecto que muestre una menor proporción de gastos de administración en relación al monto total solicitado a SENAMA.

Se entiende como remanente los fondos no asignados, los que conformarán un fondo común nacional que podrá ser nuevamente adjudicado regionalmente, respetando las listas de espera consignadas en las actas de selección de proyectos elaboradas por los Comités Regionales en las sesiones de selección de proyectos.

Una vez dictado el/los actos(s) administrativo(s) de adjudicación a nivel regional, SENAMA elaborará una lista de espera nacional en estricto orden de puntaje, la que deberá ser aprobada mediante acto administrativo.

La adjudicación de un proyecto de la lista de espera deberá considerar el orden de prioridad establecido originalmente, respetando los puntajes de evaluación y los montos disponibles. Eventualmente se podrá ajustar cobertura en relación con dichos montos, para lo cual el organismo deberá expresar su acuerdo con dicho ajuste y si está de acuerdo se firmará un Acta complementaria de Selección que exprese dicho acuerdo con la nueva cobertura. En caso de no aceptar se seleccionará el organismo que aparezca a continuación en el listado de espera. Dicha Acta deberá ser firmada por el Representante Legal del Organismo, el/la Coordinador(a) Regional de SENAMA y el Presidente del Comité Regional del Adulto Mayor, la que servirá de fundamento para la dictación del correspondiente acto administrativo que adjudicaría el proyecto.

De no existir ningún proyecto técnicamente elegible, SENAMA podrá convocar a un nuevo concurso hasta adjudicar el total de los recursos existentes.

En la eventualidad que el proyecto no pudiese realizarse por el organismo ejecutor adjudicado, ya sea por circunstancias ajenas o imputables a éste; SENAMA estará facultado para adjudicar estos recursos al ejecutor que aparezca en primer lugar de la lista de espera nacional y así sucesivamente, sin perjuicio de aplicar, en su caso, las sanciones que fueren procedentes, de conformidad a estas Bases y al convenio suscrito. SENAMA, a través de sus Coordinaciones Regionales, notificará el acto administrativo de adjudicación al representante legal del organismo adjudicado en este concurso vía carta certificada, y/o correo electrónico registrado en la postulación del proyecto. Además, se informará el resultado a través de la publicación en la página web del Servicio.

Se informará también de las gestiones a realizar para la firma del convenio de ejecución con SENAMA, lo cual se podrá llevar a cabo en este mismo acto cumpliendo con todos los requisitos necesarios para este fin.

14. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE CONVENIO

Cuando la propuesta adjudicada corresponda a una institución privada, al momento de suscribir el convenio, garantizará su fiel y oportuno cumplimiento acompañando una boleta bancaria de cobro inmediato, vale vista endosable, póliza de garantía de ejecución inmediata o una fianza entregada por Instituciones de Garantías Recíprocas, por un 5% del monto total adjudicado, extendida a favor del Servicio Nacional del Adulto Mayor, que indique "Garantía de Fiel Cumplimiento de

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Convenio del Fondo Concursa ble para Ejecutores Intermedios", con una vigencia de 16 meses contados desde la fecha de suscripción del convenio.

Para hacer entrega del documento de garantía, el organismo ejecutor tendrá un plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente de efectuada la notificación de adjudicación. Esta entrega deberá realizarse en la Oficina de Partes de la Dirección Nacional de SENAMA, adjuntando en cualquier caso el Formulario de Recepción de Garantías provisto por el Servicio (Anexo Nº5).

En caso que el organismo ejecutor no entregue la garantía en el plazo señalado, SENAMA dejará sin efecto la adjudicación y procederá a adjudicar al organismo ejecutor mejor evaluado de la lista nacional de espera.

Será responsabilidad del organismo ejecutor mantener vigente la garantía hasta el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones señaladas en el convenio. Por su parte, SENAMA restituirá la garantía en un plazo de 30 días corridos contados a partir de la total tramitación del acto administrativo que cierra administrativamente el convenio.

15. DE LA SUSCRIPCIÓN, INICIO Y DURACIÓN DEL CONVENIO

15.1. De la suscripción del convenio

Previo a la firma del convenio, la Institución adjudicada deberá dar cumplimiento a lo exigido en la Ley NQ 19.862, que establece el Registro de Personas Jurídicas Receptoras de Fondos Públicos, salvo que se trate de entidades públicas, en cuyo caso dicho requisito no será exigible.

Se entenderá que el organismo ejecutor adjudicado que no firma el convenio o no entrega el Documento en Garantía dentro del plazo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente de efectuada la notificación de adjudicación, se desiste del proyecto, caso en el cual SENAMA dejará sin efecto la adjudicación y atendiendo la disponibilidad de recursos, procederá a adjudicar a la siguiente propuesta mejor evaluada.

15.2. Del inicio y duración del convenio

El convenio de ejecución comenzará a regir a partir de la total tramitación del acto administrativo que lo aprueba y se mantendrá vigente hasta el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que de dicho convenio emanaren. El plazo de ejecución de actividades, donde el organismo ejecutor entregará prestaciones directas a los beneficiarios será de a lo menos 9 meses, con un máximo de 12 meses a contar del primer día del mes siguiente a la total tramitación del acto administrativo que aprueba el convenio, misma fecha a partir de la cual serán reconocidos los gastos. SENAMA podrá prorrogar por una sola vez el plazo de ejecución de actividades por un periodo de 6 meses, siempre y cuando las evaluaciones de la ejecución técnica y financiera recomienden su continuidad. En tal caso, el organismo ejecutor deberá extender la vigencia de la garantía, señalada en el numeral 14 de las presentes Bases, de 16 a 22 meses. La extensión de la vigencia de la garantía, podrá ser mediante renovación o suscripción de un nuevo documento, respetando los aspectos formales del anterior.

15.3. Del contenido mínimo del convenio

El convenio que sea suscrito con la institución adjudicada deberá estipular a lo menos:

• Objetivos del proyecto • Plazo de vigencia y ejecución de las actividades

• Forma de transferencia de los recursos • Informes a entregar por la institución adjudicada • Causales de término del convenio y causales de término unilateral del mismo por parte de

SENAMA • Garantía de fiel cumplimiento de convenio

• Supervisión • Rendición de cuentas

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15.4. Del término unilateral y modificación de convenios

Podrá ponerse término al convenio de común acuerdo entre las partes, no obstante, SENAMA podrá poner término al convenio en forma administrativa, unilateral y anticipadamente y sin forma de juicio, si el Organismo Ejecutor incumple gravemente las obligaciones señaladas en cada

convenio, a través de Acto Administrativo fundado.

SENAMA se reserva el derecho de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento en caso de incumplimiento de las obligaciones señaladas en el respectivo convenio.

Adicionalmente, en caso de que los perjuicios ocasionados por el incumplimiento de las obligaciones por parte del Organismo Ejecutor, SENAMA podrá perseguir judicialmente la indemnización de perjuicios correspondientes.

15.5. Periodo de Ejecución de Actividades

Los organismos ejecutores comenzarán la ejecución de actividades del proyecto el primer día del mes siguiente a la total tramitación del acto administrativo que aprueba el convenio. Esta fecha fijará el inicio de la ejecución técnica y financiera del proyecto, sirviendo como base para las posteriores supervisiones y el reconocimiento de gastos por parte de SENAMA. Si la organización no cumple con la ejecución de las actividades comprometidas y/o no ha hecho uso de los fondos que les fueron asignados, SENAMA podrá poner término al convenio.

16. INFORMES QUE DEBERÁ ENTREGAR EL ORGANISMO EJECUTOR

Para dar inicio a la ejecución de actividades se deberá firmar Acta de Planificación de Actividades en común acuerdo entre SENAMA y el organismo ejecutor, donde establecerán acuerdos entre ambas partes, para dar comienzo a las acciones comprometidas.

1. Primer Informe de Avance: Especificará el detalle de las prestaciones a otorgar por el organismo ejecutor, la cobertura de las mismas y todos los aspectos relevantes para su ejecución. Además, deberá contener el listado con el detalle de los beneficiarios del proyecto, indicando su nombre completo, cédula de identidad, fecha de nacimiento, sexo, firma y/o huella dactilar; una carta de compromiso firmada por el beneficiario o su referente significativo, cuando corresponda, comprometiendo su participación en el proyecto de manera voluntaria; el certificado de un profesional o institución de salud que acredite la condición de dependencia del beneficiario en cualquiera de sus grados (leve, moderada o severa) y/o el informe del Registro Social de Hogares o un informe social, de acuerdo al formato provisto por SENAMA.

En aquellos casos que no se tenga identificada la totalidad de la población beneficiaria, el Primer Informe de Avance deberá contener a lo menos un listado con el 50% de los beneficiarios comprometidos.

El Primer Informe de Avance deberá ser presentado dentro de los primeros 15 días hábiles del periodo de ejecución de actividades del proyecto, siendo su entrega y aprobación requisitos para proceder al pago de la primera cuota.

2. Segundo Informe de Avance: Deberá contener un detalle del progreso del proyecto, con las prestaciones otorgadas y el listado con el total de los beneficiarios del proyecto, de acuerdo al formato entregado por SENAMA.

Este informe deberá ser presentado dentro de los 90 días corridos, contados desde la fecha de inicio del periodo de ejecución de actividades del proyecto. Los plazos contemplados para la revisión de estos informes serán los siguientes: Una vez entregado el informe por la Institución, SENAMA revisará la propuesta en un plazo de 10 días hábiles a contar de su entrega. Una vez vencido este plazo, sea que el informe se apruebe o se realicen observaciones a éste, SENAMA, notificará esta situación a la Institución, dentro del tercer día. En caso de haber observaciones, la Institución deberá aclararlas o corregirlas en el plazo de 10 días hábiles a contar de la notificación respectiva. Una vez recibidas las correcciones o aclaraciones por parte de SENAMA, ésta tendrá 10

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días hábiles para dar su aprobación, notificando a la Institución dentro del tercer día. En caso de no hacerlo, SENAMA se reserva el derecho de iniciar las acciones administrativas y legales que correspondan.

3. Informe Final: Los Organismos Ejecutores harán llegar a SENAMA, en el plazo de 10 (diez) días hábiles, luego del término de las actividades comprometidas, un informe final de lo acontecido en la ejecución de la propuesta, que abarque aspectos sobre su duración, adecuación a la realidad comunal o regional, identificación de los beneficiarios del proyecto, descripción de las actividades realizadas durante la ejecución del proyecto y el nivel de cumplimiento de los objetivos del proyecto, de acuerdo a los formatos entregados por SENAMA. Además, se deberá adjuntar al presente informe el listado con el detalle del 100% de los beneficiarios incorporados al proyecto.

SENAMA, en el plazo de 20 días hábiles, aprobará o realizará las observaciones correspondientes. Si el Servicio realiza observaciones, el Organismo Ejecutor tendrá un plazo de 10 días hábiles para responder a dichas observaciones, contados desde su notificación. En caso de no hacerlo, SENAMA se reserva el derecho de iniciar las acciones administrativas y legales que correspondan.

17. TRANSFERENCIA DE RECURSOS

La transferencia de recursos se realizará en dos (2) cuotas, según la siguiente distribución:

La primera cuota corresponderá al 80% del monto total adjudicado, siendo transferida por SENAMA tras la entrega y aprobación del Primer Informe de Avance, señalado en el numeral 16 de las presentes Bases.

La segunda cuota corresponderá al 20% del monto total adjudicado, siendo transferida por SENAMA tras la entrega y aprobación del Segundo Informe de Avance, señalado en el numeral 16 de las presentes Bases, además de la supervisión por parte de SENAMA que certifica la realización de las actividades comprometidas en el proyecto, y del cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución Nº 30/2015 de la Contraloría General de la República.

En caso de que la población beneficiaria esté identificada en un porcentaje inferior al 100%, en el Segundo Informe de Avance, el monto de la cuota se rebajará proporcionalmente de acuerdo al porcentaje de población no identificada o no atendida, promediando los porcentajes de cada informe, si corresponde.

18. RENDICIÓN DE RECURSOS

El monto transferido por el Servicio Nacional del Adulto Mayor al organismo ejecutor, deberá ser destinado al cumplimiento de las acciones comprometidas en el proyecto respecto del cual se le adjudican los recursos. La revisión de la ejecución financiera de estos recursos se orientará a verificar el cumplimiento del Presupuesto del Proyecto (Formulario Nº3), dentro del cual se podrían contemplar los siguientes gastos:

Gastos de Inversión Dentro de los gastos de inversión se consideran los siguientes ítems:

• Ítem Equipamiento: Corresponde a la adquisición de equipamiento para la ejecución de las actividades del proyecto, entre los cuales se encuentra el equipamiento para terapia de mantención y estimulación de la funcionalidad física, cognitiva y social (donde se incluyen ayudas técnicas, como por ejemplo prótesis para adultos mayores); el equipamiento de seguridad y accesibilidad; y tecnología de apoyo al cuidado.

• ítem Equipamiento Menor: Corresponde a la adquisición de equipamiento fungible para la ejecución de las actividades del proyecto, entre los cuales se encuentran herramientas necesarias para el desarrollo del proyecto.

Gastos de Personal Dentro de los gastos de personal se considera el siguiente ítem:

• ítem Recursos Humanos: Corresponde a los gastos de personal necesarios para la ejecución de las actividades del proyecto, los que se ordenan en las categorías

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coordinación de proyecto, Profesionales de Atención Directa, Técnicos de Atención Directa, Asistentes de Atención Directa, Auxiliares de Servicio y Personal de Administración y Apoyo.

Gastos de Operación Dentro de los gastos de operación se consideran los siguientes ítemes:

• ítem Alimentación: Corresponde a los gastos propios de la adquisición de productos alimenticios sólidos y líquidos, suplementos alimenticios, hidratación o la contratación de servicios de alimentación para las personas usuarias del servicio.

• ítem Atención de Adultos Mayores: Corresponde a los gastos en bienes y servicios propios de la atención de los adultos mayores beneficiarios del proyecto, entre los cuales se incluyen los medicamentos, en caso de ser requeridos excepcionalmente y que no sean provistos por la red pública de salud; insumos médicos; pañales y absorbentes; artículos de higiene personal; vestuario para adultos mayores; ropa de cama; cuando corresponda, atenciones, exámenes y procedimientos médicos; materiales o juegos cognitivos o para realizar ejercicios en el hogar, la movilización de usuarios o beneficiarios del proyecto, la movilización del ejecutor del proyecto, las visitas domiciliarias, los viáticos y el arriendo de vehículos. Para el caso de ELEAM, locomoción del personal de cuidado directo, justificado por la distancia entre el domicilio o falta de locomoción

• ítem Servicios Básicos: Corresponde exclusivamente al gasto en calefacción de usuarios/as (gas, leña, kerosene), telefonía móvil siempre que haya sido declarado y justificado su uso dentro del proyecto.

• ítem Administración: Corresponde a los gastos de administración derivados de la ejecución del proyecto, entre los cuales se incluyen uniformes y capacitación del personal, fletes, gastos en correo y encomienda, materiales de oficina e insumos computacionales.

• Ítem Aseo, Mantención y Reparaciones: Corresponde a los gastos en bienes y servicios que permiten el funcionamiento óptimo de las instalaciones donde se ejecutan las actividades del proyecto, entre los cuales se incluyen los servicios de sanitización, control de plagas, aseo y lavandería, la adquisición de artículos de aseo general, además de la mantención y reparación de equipamiento, y la reparación de instalaciones.

• Servicios fúnebres y de sepultación.

El organismo ejecutor estará obligado a llevar un registro de ingresos y egresos de los montos transferidos por SENAMA e informar sobre la aplicación de los mismos. En este registro se deberá consignar el monto detallado de las remesas recibidas y el monto detallado de los egresos, señalando su objetivo, uso y destino, con individualización del medio de pago utilizado y de los comprobantes de contabilidad que registren los pagos realizados cuando correspondan y el saldo disponible.

SENAMA sólo reconocerá gastos realizados dentro del plazo de ejecución de actividades, el que comienza el primer día del mes siguiente a la total tramitación del acto administrativo que aprueba el convenio y se mantiene vigente según lo señalado en el numeral 15.2 de las presentes Bases.

Asimismo, el organismo ejecutor, sea público o privado, deberá realizar su rendición de cuentas mensualmente. En este sentido, SENAMA será responsable de dar cumplimiento a las normas establecidas en la Resolución Nº30 de 2015, de la Contraloría General de la República, que fija Normas de Procedimiento sobre Rendición de Cuentas, o su normativa que la modifique o reemplace, y los procedimientos internos que SENAMA disponga en esta materia, y que no se opongan a esta.

Las rendiciones de cuentas deben ser enviadas a la Coordinación Regional de SENAMA dentro de los primeros quince (15) días hábiles del mes siguiente al que se informa.

Los plazos contemplados para la revisión de la rendición de cuentas serán los siguientes:

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Una vez entregada la rendición por el organismo ejecutor, SENAMA revisará la propuesta en un plazo de veinticinco (25) días hábiles a contar de su entrega. Vencido este plazo, en caso de haber observaciones, SENAMA notificará esta situación al organismo ejecutor dentro del tercer día.

El organismo ejecutor deberá aclarar o corregir las observaciones en un plazo de diez (10) días hábiles a contar de la recepción de la comunicación respectiva. Una vez recibidas las aclaraciones o correcciones, SENAMA las revisará dentro de quince (15) días hábiles.

En caso de subsistir observaciones al informe, SENAMA podrá solicitar nuevamente su corrección, notificando al organismo ejecutor al tercer día siguiente al plazo de revisión, de acuerdo al procedimiento indicado anteriormente. Posteriormente a la revisión de estas correcciones, SENAMA rechazará todos los gastos no subsanados. Una vez rendida la última cuota estipulada en el convenio, el organismo ejecutor estará obligado a restituir íntegramente a SENAMA el saldo constituido por los gastos observados no subsanados, recursos no utilizados o no rendidos.

19. SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO

SENAMA supervisará el cumplimiento del Convenio, con el objeto que se realice acorde a lo dispuesto en estas Bases, lo estipulado en los convenios pertinentes y en el proyecto. El organismo ejecutor deberá adoptar las medidas conducentes a permitir el libre acceso de los supervisores que el SENAMA disponga, a los lugares e instancias en que se realiza el proyecto, asimismo facilitará al supervisor la información que sea requerida para tal efecto.

Además, supervisarán especialmente los siguientes aspectos:

a) Cumplimiento de los objetivos de acuerdo a la programación de avance establecida para cada propuesta, al acta de inicio y con un nivel de satisfacción aceptable por parte de los beneficiarios.

b) Que el número de beneficiarios declarados, coincida con el número de beneficiarios que están recibiendo la prestación. Sin perjuicio, de que el número de beneficiarios que se encuentren recibiendo la prestación puede verse alterado debido a un hecho proveniente de un caso fortuito o fuerza mayor.

c) Realización de las actividades de la propuesta con la infraestructura y equipamiento apropiados para el logro de los objetivos, de acuerdo a lo ofrecido en el proyecto presentado.

d) Prestaciones totalmente gratuitas para los beneficiarios de acuerdo a la ficha de satisfacción que forma parte de la Ficha de Supervisión.

e) Que los beneficiarios estén informados que la propuesta es financiada y administrada por SENAMA con recursos del Estado y que el organismo ejecutor es aquel a quien SENAMA encomendó la realización de la propuesta.

f) Promoción y resguardo de los derechos de las personas mayores en el marco de la Convención lnteramericana para la Protección de los Derechos de las Personas Mayores, lo que se supervisará en la ejecución de las actividades del proyecto.

Para los efectos anteriores, los supervisores podrán entrevistar a los beneficiarios con o sin la presencia de personal del organismo ejecutor.

Las visitas o monitoreo remoto de supervisión deberán realizarse a lo menos tres veces durante la vigencia del convenio de ejecución, sin perjuicio de que SENAMA pueda realizar otras visitas.

La primera visita o reunión on line de supervisión corresponderá a la firma del Acta de Planificación de Actividades. La segunda visita o reunión on line se realizará para constatar que las acciones y servicios realizados en el marco de la propuesta corresponden a lo especificado en el segundo informe de avance entregado por el organismo ejecutor. La tercera visita de supervisión se realizará para constatar que las acciones y servicios realizados en el marco de la propuesta están de acuerdo a lo especificado en el informe final de ejecución del proyecto entregado por el organismo ejecutor. Sin perjuicio de lo anterior, SENAMA mantendrá un registro de los contactos establecidos con el Organismo Ejecutor en el marco de la ejecución del proyecto de acuerdo al formulario de supervisión del SENAMA.

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SENAMA podrá, además, en las visitas o monitoreos remotos de supervisión, otorgar asistencia técnica para la correcta ejecución del proyecto y entrega de servicios a los beneficiarios.

20. OTRAS NORMAS

Las rendiciones técnicas y financieras, con su respectiva documentación de respaldo, deberán ser entregadas en las oficinas de las Coordinaciones Regionales de SENAMA.

Queda expresamente establecido que SENAMA no contraerá obligación alguna de carácter laboral y previsional respecto del personal contratado por el organismo ejecutor, siendo responsabilidad de éste el estricto cumplimiento de las normas laborales y previsionales para la ejecución del programa, estableciéndose expresamente, en los casos que corresponda, que aquel no detentará la calidad de funcionario público ni dependiente de SENAMA.

SENAMA no podrá intervenir en materias de orden laboral ni relativas a la relación contractual establecida entre el organismo ejecutor y sus trabajadores, sin perjuicio de la supervisión del gasto y de la calificación técnica del personal comprometido en el respectivo proyecto.

Todas aquellas situaciones relacionadas con la ejecución específica de uno o más de los proyectos adjudicados en el marco de este concurso y que no estén explícitamente consideradas en estas Bases, serán resueltas por SENAMA, a través de sus oficinas regionales.

Ante eventuales discrepancias en la interpretación de las Bases que rigen el concurso y/o convenio de ejecución, primará el pronunciamiento dictado por el Director/a Nacional de SENAMA. Estas eventuales discrepancias, deben presentarse mediante documento escrito dirigido al Director/a Nacional del SENAMA, el cual debe ingresarse en la correspondiente Coordinación Regional del SENAMA.

De acuerdo al principio de probidad administrativa presente en todos los actos de la administración, los funcionarios públicos participantes en este proceso deberán dar estricto cumplimiento a dicho principio.

No podrán suscribir convenio aquellos proponentes u Organismos Ejecutores, cuyos antecedentes hayan sido remitidos al Consejo de Defensa del Estado o a la Contraloría General de la Republica, según corresponda, como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones derivadas de las postulaciones a fondos concursa bles u otro tipo de programas, y que hayan suscrito convenio con este Servicio.

Las actividades que se señalen en los proyectos deberán iniciarse y efectuarse dentro del plazo estipulado en el Convenio, de conformidad con lo expresado en las presentes Bases y/o convenio de ejecución. No obstante, lo anterior, SENAMA se reserva los derechos de accionar judicialmente para obtener la restitución de los fondos adjudicados y entregados.

Se deja constancia que los postulantes son expresamente responsables de la veracidad, integridad y legibilidad de la información acompañada a la respectiva postulación y declarada en el FUP, y que el incumplimiento de las condiciones establecidas en las presentes Bases o la falta de veracidad en la postulación será causal de término anticipado del respectivo convenio de ejecución del proyecto, sin perjuicio del ejercicio por parte de SENAMA de las acciones legales que sean pertinentes.

Se faculta a SENAMA para corregir los errores de sumatoria presentados en el Presupuesto del Proyecto, cuando muestre inconsistencia con el monto total solicitado a SENAMA.

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Formulario Nºl

ANEXOS

FONDO CONCURSABLE: FONDO NACIONAL DEL ADULTO MAYOR COMPONENTE "FONDO PARA EJECUTORES INTERMEDIOS 2020"

ANEXO 1 FORMULARIO PARA LA POSTULACIÓN DE PROYECTOS

Formulario Único de Postulación (FUP)

IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO Y DEL ORGANISMO EJECUTOR

Nombre del Proyecto

Tipo de Proyecto Apoyo al cuidado directo en ELEAM

Apoyo y/o Cuidado Domiciliario

Nombre y/o Razón Social del Organismo Ejecutor

Filial (o sede)

RUT del Organismo Ejecutor Región

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Tipo de Organización

Dirección:

Provincia: Comuna:

Teléfono: E-mail:

Nº Cuenta Banco: Bancaria:

Nombre del Representante Legal RUN del Representante Legal

Se debe adjuntar escritura de constitución del organismo ejecutor y escritura en que se acredite la calidad del representante legal de quien comparece por éste y la facultad para desarrollar el tipo de acciones previsto en éste.

Nombre del Coordinador/Encargado del Proyecto RUN del Coordinador/Encargado del Proyecto

Teléfono de Contacto del Coordinador/Encargado del Correo Electrónico del Coordinador /Encargado del

Proyecto Proyecto

BENEFICIARIOS INCORPORADOS EN LA PROPUESTA

Nº de Mujeres Nº de Hombres Total de Beneficiarios

¿uno o algunos de los beneficiarios si no

pertenecen a pueblos originarios?

COSTO DEL PROYECTO

Monto Solicitado a Monto Aportes

SEN AMA Propios o de Terceros

Monto Total del Proyecto

Formulario Nº2 PROPUESTA DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEL ORGANISMO EJECUTOR (El organismo ejecutor deberá presentar una propuesta que considere la prestación de servicios a

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las personas mayores beneficiarias, cuya acción contribuya al logro de los objetivos definidos en el punto 5 de estas bases).

1. DIAGNÓSTICO

1.1. ¿CUÁL ES EL PROBLEMA QUE ABORDARÁ EL PROYECTO? Defina la necesidad y/o problema que motiva la presentación del proyecto (Se debe identificar la situación negativa que afecta a los beneficiarios directos y no considerarlo como la falta de un bien o servicio).

1.2. ¿CUÁLES SON LAS CAUSAS PRINCIPALES QUE INFLUYEN EN EL PROBLEMA PLANTEADO?

1.3 (CÓMO SE VEN AFECTADOS LOS BENEFICIARIOS(AS) Y/O COMUNIDAD POR EL PROBLEMA?

1.4 POBLACIÓN OBJETIVO. Caracterice la población objetivo a intervenir con el proyecto, cuidando que cumpla con la definición establecida en las bases del concurso, esto es PERSONAS MAYORES DE 60 AÑOS o más, hombres y mujeres en situación de dependencia y/o vulnerabilidad social. Cuantifique la población beneficiaria diferenciando por sexo.

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2. PLAN DE INTERVENCIÓN

2.1. DESCRIBA LA METODOLOGÍA DE INTERVENCIÓN. (Describa ordenadamente la estrategia que desarrollará el proyecto. Relaciónelo con el contexto local y las necesidades identificadas en los beneficiarios).

2.2. DESCRIBA CÓMO SE BENEFICIARÁN LAS PERSONAS MAYORES INVOLUCRADAS CON LA IMPLEMENTACIÓN DE ESTA ESTRATEGIA

3. ÁREAS DE INTERVENCIÓN, OBJETIVOS, ACTIVIDADES Y ESTRATEGIA METODOLÓGICA

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3.1 INDIQUE LOS OBJETIVOS QUE SE PRETENDEN ALCANZAR CON LA IMPLEMENTACIÓN DE LA PROPUESTA Objetivo General

Objetivos Específicos (Nº)

Metas por Objetivos: Definir en términos de los beneficiarios, tiempo, bien y/o servicios a entregar. Considere a lo menos 9 meses de entrega de prestaciones directa a las personas mayores.

Indicadores por cada meta: Definir en términos cuantitativos o cualitativos para cada meta.

Medios de verificación de los Indicadores Ejemplo: Fichas de Inscripción, fichas médicas, tablas de asistencia, planillas de contratación, nivel de gastos, encuestas de satisfacción.

4. EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO DEL PROYECTO

4.1. PROPUESTA DE EVALUACIÓN DEL PROYECTO. Cómo se van a medir los resultados en su totalidad (porcentaje de cumplimiento del Objetivo General)

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4.2. ÁMBITOS DE INTERVENCIÓN: Identifique los ámbitos o aspectos concretos del entorno social de las personas mayores (Acceso a servicios comunitarios o de salud, situación familiar, redes de amistades, salud, participación, habitación, sistema de cuidados, atención y cuidados individuales, intervención grupal, etc.) que se pretende modificar o potenciar con la implementación del proyecto, dando énfasis en las brechas que se espera disminuir:

4.3. CONTINUIDAD DE LOS LOGROS OBTENIDOS

Describa cómo se dará continuidad a los logros obtenidos con el proyecto, como dará sustentabilidad al proyecto a lo largo del tiempo, indicando qué acciones desarrollará para la articulación con la red. En caso de dar continuidad a las prestaciones indicadas en el proyecto, posterior a la ejecución del mismo completar carta de compromiso establecida en el Anexo Nº 6

S. SERVICIOS O PRESTACIONES QUE SE OTORGARÁN. Describa cada uno de los servicios o prestaciones que entregará. Replicar cuantas veces sea necesario.

Nombre del servicio o prestación

Nº de prestaciones Nº de Beneficiarios Duración

Fundamentación del servicio y de cuenta, cuando corresponda, si cuenta o puede gestionar las condiciones adecuadas para la entrega de servicios que oferta el proyecto.

Producto esperado del servicio:

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Indique las actividades necesarias para desarrollar el servicio o prestación:

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6. PLANIFICACIÓN DE ACTIVIDADES DE LA PROPUESTA 1 CARTA GANTT:

Elabore Carta Gantt desagregada por semana, que incluya todas las actividades consideradas en el ámbito de la propuesta (considere como máximo 12 meses de ejecución, dentro de los cuales a lo menos 9 meses deben ser para entrega de prestación directa a los beneficiarios.

Mes 1 Mes2 Mes3 Mes4 Mes 5 Mes6

Nombre 51 52 53 54 51

Actividad 52 53 54 51 52 53 54 51 52 53 54 51 52 53 54 51 52 53 54

1. X X X

2. X X X

3.

4.

n ...

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CARTA GANTT:

Elabore Carta Gantt desagregada por semana, que incluya todas las actividades consideradas en el ámbito de la propuesta (considere como máximo 12 meses de ejecución, dentro de los cuales a lo menos 9 meses deben ser para entrega de prestación directa a los beneficiarios.

Mes 7 Mes8 Mes9 Mes 10 Mes 11 Mes 12

Nombre 51 52 53 54 51 52 53 54 51 52 53 54 51 52 53 54 51 52 53 54 51 52 53 54

Actividad

1.

2.

3.

4.

n ...

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7. HISTORIA DE LA INSTITUCIÓN V EXPERIENCIA PROFESIONAL:

7 .1 RESUMEN DE PROVECTOS

Complete con proyectos, programas o acciones, relacionados con personas mayores, realizadas durante el período que comprende los años 2014 - 2020 por el Organismo Ejecutor. Replicar cuantas veces sea necesario.

Nombre del proyecto

Año de ejecución

Costo del proyecto

Objetivos del proyecto

Duración del proyecto (meses)

Comuna donde se realiza el proyecto

Características de la población beneficiaria y cobertura alcanzada por el proyecto

Organismo que financió el proyecto

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Principales resultados obtenidos

7 .2 EXPERIENCIA DEL EQUIPO Complete el siguiente currículum con los antecedentes de cada profesional o persona que participe en actividades de la propuesta, incluyendo al coordinador del proyecto. Replique este cuadro según la cantidad de personas que participarán en el proyecto

Nombre completo

Rut Profesión u oficio

Estudios y actividades de perfeccionamiento:

Experiencia laboral o profesional en ejecución o elaboración de proyectos no relacionados con personas mayores. Indique también el territorio donde se ejecutó o elaboró el proyecto.

Experiencia laboral o profesional en ejecución o elaboración de proyectos cuyos beneficiarios hayan sido personas mayores. Indique también el territorio donde se ejecutó o elaboró el proyecto.

Jornadas destinadas exclusivamente para actividades de la propuesta (indique horas diarias, semanales y meses):

Cargo y funciones a realizar en el proyecto

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Formulario Nº3

COSTOS PARA ANÁLISIS DEL PROVECTO*

Monto($) Porcentaje {%}

Solicitado a SENAMA: --------------------------------------------------------- ---------------------- --------------------------

Aportes Propios o de Terceros:

Costo Asociado a Gastos de Personal: --------------------------------------------------------- ---------------------- --------------------------

Costo Asociado a Gastos de Operación: --------------------------------------------------------- ---------------------- --------------------------

Costo Asociado a Gastos de Inversión:

Costo Promedio por Beneficiario:

MONTO TOTAL DEL PROYECTO:

Nota *: la presente tabla se debe completar con los datos obtenidos del plan de costos (archivo Excel disponible junto al formulario de postulación).

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ANEXO 2

CORREOS ELECTRÓNICOS COORDINACIONES REGIONALES

Nº Región Correo Electrónico 1 FNAM Tarapacá [email protected] 2 FNAM Antofagasta [email protected] .el 3 FNAM Atacama [email protected] 4 FNAM Coquimbo [email protected] .el 5 FNAM Valparaíso [email protected] 6 FNAM O'higgins [email protected] 7 FNAM Maule [email protected] 8 FNAM Bío Bío [email protected] 9 FNAM Araucanía [email protected] 10 FNAM Los Lagos [email protected] 11 FNAM Aysén [email protected] 12 FNAM Magallanes [email protected] .el 13 FNAM Metropolitana [email protected] 14 FNAM Los Ríos [email protected] 15 FNAM Arica y Parinacota [email protected] 16 FNAM Ñuble [email protected] 17 Fondo Intermedio [email protected]

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ANEXO 3

DECLARACIÓN JURADA PERSONA JURÍDICA

Nombre o Razón Social del Proponente :

RUT del Proponente:

Declaro:

Que la persona jurídica que represento no tiene entre sus socios a uno o más personas pertenecientes a las entidades regidas por el Decreto Ley Nº 249 de 1974, cuya representación, en conjunto, sea superior al 50% del capital social, ni tener, entre sus trabajadores a personas que sean a la vez funcionarios o empleados a honorarios del Servicio Nacional del Adulto Mayor. Tampoco socios que tengan vínculo familiar hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad, inclusive, o patrimonial con funcionarios del Servicio Nacional del Adulto Mayor que haga presumir de falta de independencia o de imparcialidad al realizar el análisis de las propuestas, su adjudicación, la celebración del contrato, o al determinar los elementos, condiciones y términos del mismo.

NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL

PROPONENTE

Santiago ___ de _____ de

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ANEX04

DEFINICIONES MÍNIMAS PARA LA INSTALACIÓN DE PROYECTOS DE CUIDADOS DOMICILIARIOS

El organismo que desee presentar un proyecto de Cuidados Domiciliarios en su comuna, deberá considerar ciertos aspectos mínimos para el diseño e implemetación del mismo. Estos aspectos serán evaluados en la revisión de la propuesta y de ser adjudicada, se dará seguimiento a su cumplimiento. En caso de ser adjudicado el proyecto, utilizados por el Programa Cuidados oportunamente.

se sugiere al equipo ejecutor utilizar los instrumentos Domiciliarios de SENAMA, los que serán dispuestos

• PROBLEMA QUE ABORDA EL PROGRAMA CUIDADOS DOMICILIARIO.

Alta tasa de adultos mayores en situación de dependencia, en cualquiera de sus grados1 que se encuentran en situación de vulnerabilidad socioeconómica y requieren de servicios de apoyo y cuidado en sus domicilios para la realización de las Actividades de la Vida Diaria (AVD).

• OBJETIVOS DEL PROGRAMA

Objetivo General

Entregar servicios de apoyo y cuidado a adultos mayores que presentan dependencia en cualquiera de sus grados, en la realización de actividades de la vida diaria, buscando mejorar su calidad de vida y resguardo su autonomia e independencia en el desarrollo de estos.

El organismo ejecutor deberá presentar una propuesta que considere la prestación de servicios de apoyo y cuidados en los domicilios de las personas mayores dependientes moderado o severo, a fin de facilitarles la realización de las actividades de la vida diaria. Dicha acción debe contribuir el logro de los objetivos definidos en el numeral 5 de las presentes bases. Y de los siguientes objetivos específicos:

./ Desarrollar un plan de apoyo y cuidado que recoja y priorice las necesidades diagnosticadas por la persona mayor .

./ Apoyar al adulto mayor dependiente en el desarrollo de actividades de atención personal promoviendo su autonomía e independencia .

./ Apoyar al adulto mayor dependiente en la realización de las tareas del hogar promoviendo su autonomía e independencia .

./ Fortalecer el desarrollo de vínculos y acceso con las redes y servicios presentes en el territorio, promoviendo su autonomía e independencia.

Los Servicios de Apoyo y/o Cuidados Domiciliarios que se pueden entregar

Las actividades de la vida diaria que el proyecto debe facilitar a los adultos mayores se encuentran insertas en las siguientes áreas de servicios de apoyo y cuidados:

Área de Servicio Prestación

1 El Programa Cuidados Domiciliarios de SENAMA, se dirige a personas mayores en situación de dependencia moderada y

severa, sin embargo de acuerdo a la realidad de comunas rurales, sobre todo de localidades más alejadas, la dependencia leve es de igual manera un impedimento para las personas mayores en contexto rural, puesto que limita el desarrollo de acciones de subsistencia, como es el caso de picado o corte de leña, mantenimiento de iniciativas de autoconsumo, entre otras. Por esta razón para efectos de los proyectos que se presenten al Fondo Ejecutores Intermedios, podrán tener entre sus beneficiarios personas mayores con dependencia leve, resguardando que superen no supere el 50% de todos los beneficiarios.

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Atención Personal Higiene y cuidado personal (Baño, ducha, apoyo en la vestimenta, etc.) Apoyo funcional (movilidad, transferencia) Apoyo en el uso de medicamentos (organización, distribución y almacenamiento de los medicamentos).

Tareas del Hogar Aseo y orden de espacios de uso diario (limpieza y orden de espacios, muebles, orden y doblado de la ropa, etc). Apoyo con los alimentos (manipulación y preparación de alimentos, lavado, orden de utensilios, etc).

Relación con el Apoyo para el acceso a la red de salud (acompañar al consultorio, gestión entorno horas médicas, gestión y acompañamiento en exámenes, retiro de

medicamentos, alimentación complementaria, entre otros.) Apoyo para el acceso a la red social (gestión de trámites, municipio, FONASA, IPS, compras, almacén, feria, entre otros).

El desarrollo del servicio de apoyo y cuidados deberá ser entregado por personas capacitadas, a quienes denominaremos "Asistentes de Apoyo y Cuidados", quienes asistirán a los domicilios de las personas mayores, a otorgar los servicios, previo a la elaboración de un plan de intervención, el que debe ser consensuado con la persona mayor o su cuidador/a. Al momento de la ejecución de los servicios se deben considerar las capacidades, habilidades y funcionalidad de la persona mayor y de esa forma promover su autonomia y el ejercicio de sus derechos. Además de consideraciones culturales y de idiosincracia de los territorios consigandos

El Asistente de Apoyo y Cuidado, deberá asistir al domicilio de la persona mayor 1 vez a la semana, con una duración de 3 horas de atención. Cada asistente atiende a 10 adultos mayores dependientes a la semana. La gestión de los asistentes deberá ser monitoreada por profesionales con experiencia en la temática, quienes deberán fortalecer el trabajo desarrollado, generar capacitación, entregar asesoría, entre otros.

Propuesta para la asignación de casos para el Asistente de Apoyo y Cuidados

Los profesionales del proyecto, junto con los Asistentes de Apoyos y Cuidados, deberán definir, coordinar y programar la asignación de la nómina de beneficarios a atender por cada uno de los asistentes, esto, a través de un análisis de los casos y de variables territoriales que deben considerar, a fin de optimizar la efectividad en la realización de las visitas.

Ejemplo de asignación de beneficiarios:

Asignación de beneficiario Asistentes de Apoyo y Cuidados

Nº Jornada Nº adultos Horas Horas para Duración Nºde Asistentes laboral mayores semanales la colación, de cada visitas por de Apoyo y de traslado, visita de días Cuidados atención y reunión y apoyo

servicios capacitación domiciliario

1 45 hrs 10 30 hrs 15 hrs 3 horas 2

Esto debe contemplar, traslados de un domicilio a otro, horario de colación, reuniones y capacitación

Algunas variables territoriales a considerar para la asignación:

• Distribución y ubicación de las viviendas según la nómina definida.

• Focalizar visitas en sectores más apartados del centro de la comuna.

Jornadas de la visita

Mañana

Tarde

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• Disponibilidad de traslado (existencia de locomoción pública, pósibilidad de traslado

municipal, recursos para traslado)

• Estación del año en que se concentran las visitas. (temporada de invierno con dificultad de

acceso)

• Horario y frecuencia de las visitas (en sectores de riesgo).

Recurso Humano propuesto para la implementación de un proyecto de Cuidados Domiciliarios

•!• Profesional del área social: Responsable de coordinar las acciones de implementación del

proyecto de atención a los beneficiarios, en conjunto con el profesional del área de la

salud. Entregar asistencia técnica permanente a los asistentes de apoyo y cuidado, llevar a

cabo el levantamiento de necesidades, asignación de casos, gestión con las redes,

capacitación, gestión de reclutamiento, selección y contratación de las y los asistentes.

•!• Profesional o técnico del área salud: Responsable de coordinar las acciones de

implementación del proyecto de atención a los beneficiarios, en conjunto con el

profesional del área de social. Entregar atención especializada a los usuarios que lo

requieran y bajo las directrices correspondientes, seguimiento y monitoreo de la gestión

del asistente, asignación capacitación permanente a los asistentes de apoyo y cuidado, y

reuniones de revisión de la gestión.

•!• Asistentes de Apoyo y Cuidados: Responsable de entregar apoyo y/o asistencia al adulto

mayor durante su permanencia en el proyecto en los ámbitos de atención personal, tareas

del hogar y relación con el entorno. Debe contar con capacitación o formación en cuidado

de personas mayores en situación de dependencia. En caso de no contar con personas con

capacitación o formación el organismo operador, deberá justificar la experiencia en

cuidados en personas mayores de la persona que valide la participación en el proyecto.

Fases y etapas para la instalación e implementación del proyecto de Cuidados Domiciliarios

La ejecución de un proyecto de cuidados comiciliarios, debe considerar el desarrollo de diversas actividades, las que se contienen en dos fases, tales como:

Fase de Instalación

Fase de Implementación

FASES DEL PROGRAMA

FASE Instalación del programa en la comuna (antes

de la intervención con los beneficiarios) 1.Formación de los equipos

- Reclutamiento, selección y contratación

del equipo ejecutor del programa

(Asistentes de Apoyo y Cuidado,

Profesional/es)

FASE Implementación del proyecto con los

beneficiarios 4.lnvitación a los adultos mayores a participar

- Formalizar su participación (Carta de

aceptación).

S.Definición de servicios y Plan de apoyo y

2.Capacitación al equipo ejecutor en aspectos cuidados. técnicos y de funcionamiento del programa - Definición de servicios de apoyo Y

- Sobre temas aspectos técnicos tales cuidados a otorgar según las

como: mitos y prejucios sobre la vejez, ne.cesidades detectadas y definidas

dependencia, buen trato, asistencia, en conjunto con el adulto mayor.

entre otros. Así como también en roles y

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funciones. - Elaboración del Plan de apoyo y

cuidados. 3.Levantamiento y definción de nómina de beneficiarios 6.lmplementación del Plan y seguimiento

- Coordinación con la red local comunal

(centros de salud, postas rurales, juntas

de vecinos, entre otros); levantamiento

conjunto de potencial nómina de

beneficiarios de acuerdo a RSH,

Asignación de adultos mayores con

Asistente de Apoyo y Cuidados de

acuerdo a carácterísticas territoriales.

- Visitas domiciliarias de apoyo y

cuidado (Asistente de Apoyo y

Cuidados y equipo profesional)

- Reuniones técnicas de trabajo

(análisis de casos, articulación con la

red, evaluación de la gestión,

preparación de informes, etc).

- Definición de egreso, termino o

continuidad.

Seguimiento y capacitación

Criterios de priorización de los adultos mayores

Estos criterios se establecen para focalizar a los beneficiarios, considerando que los cupos

disponibles serán limitados. Los criterios de priorización para la selección de los beneficiarios son

los que a continuación se señalan, y deberían ser considerados en el orden que se indica, teniendo

como base personas mayores en situación dependencia:

1 ºAdultos mayores que tengan 80 o más años de edad 2º Adultos mayores que vivan solos 3ºAdultos mayores que no cuentan con una red de apoyo y cuidado de manera permanente y regular 4º Adultos mayores dependientes moderados o severos que vivan con otra persona adulta mayor. 5º Adultos mayores en el tramo del 40% del RSH

Principios y Enfoques Orientadores de la Atención

Tanto la intervención profesional como el trabajo de los asistentes de apoyo y cuidados debe sustentarse en los siguientes lineamientos:

• Participación: Hacer participe al adulto mayor en su autocuidado y prevención de la

dependencia.

• Identidad: Resguardar el respeto y dignidad de la persona mayor, reconociendo sus

intereses, historia de vida, pertenencia a un territorio.

• Autonomía: Promover la autonomia e independencia del adulto mayor, en la realización

de las actividades de la vida diaria u otras actividades cotidianas, como de su capacidad de

tomar decisiones respecto de su propio cuidado, asumiendo ciertos riesgos.

• Territorialidad: Realizar actividades de servicios de atención reconociendo las

diferenciaciones territoriales de las comunas a intervenir.

Así como también en los Enfoques de Derecho, Atención Centrada en las Personas, Territorial y Género.

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ANEXO 5

DEFINICIONES MÍNIMAS PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE APOYO AL CUIDADO EN ELEAM

DISPOSICIONES GENERALES

1.1 REQUISITOS DE LOS PARTICIPANTES

Personas jurídicas, que ofrezcan realizar la prestación de serv1c1os de apoyo al cuidado de personas mayores residentes de un ELEAM, con resolución sanitaria de instalación y funcionamiento que cuenten con la experiencia necesaria para tal fin.

Deberán cumplir con los siguientes requisitos:

• Los oferentes deberán mostrar experiencia de trabajo en el rubro de cuidado de personas mayores residentes de ELEAM y contar con la infraestructura necesaria para tal efecto, cuando sea necesario.

• Los oferentes podrán otorgar los servicios de cuidado de personas mayores residentes de ELEAM en más de una región, pero no en más de tres.

• Se requiere una experiencia mínima de 6 meses, sin embargo, los años que la institución lleve trabajando en el rubro, y la cantidad de servicios de cuidados de adultos mayores en ELEAM en el último año, serán considerados como factores de evaluación.

Los antecedentes proporcionados por cada oferente podrán ser corroborados por SENAMA. En caso que algún antecedente no se ajuste a la realidad, la oferta será descartada del proceso.

1.2 CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO

Servicio de cuidados de adultos mayores en ELEAM para personas mayores en base a los siguientes criterios:

1. Apoyo al cuidado de personas mayores residentes de ELEAM en base a los siguientes criterios técnicos del servicio:

• Entregar apoyo al cuidado de personas mayores residentes de ELEAM a través de contratación de RRHH que refuerce los equipos existentes o reemplace en caso de ser necesario. Además de la adquisición de insumos necesarios para el cuidado de los residentes y de protección del personal que lo realice.

• Otorgar a los adultos mayores beneficiarios o residentes del ELEAM, todas las alternativas de cuidados necesarias para mejorar o mantener su condición de salud, incluyendo gastos en toma de exámenes y gastos médicos asociados a las enfermedades que sobrellevan o pudieran padecer durante la ejecución del proyecto.

• Entregar servicios de cuidados respetando y promoviendo un trato digno, con enfoque de derechos en personas mayores, teniendo especial cuidado en la etapa final de la vida y en el acompañamiento del buen morir.

• Ofrecer servicios funerarios y de sepultura a los beneficiarios que por motivos de sus afecciones pierdan la vida durante la ejecución del proyecto.

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1.3 Perfil de los beneficiarios.

La población beneficiaria está focalizada en personas mayores, de 60 años y más, en situación de vulnerabilidad y que residan en un establecimiento de larga estadía para adultos mayores.

Personas mayores en situación de vulnerabilidad:

Se entiende por vulnerabilidad social cualquier situación de abandono, dependencia, maltrato, negligencia, pobreza o falta de apoyo de red familiar o social que experimenta una persona mayor, que la sitúa en condición de desprotección y expuesta a riesgos. Estas se podrán acreditar a través de RSH (igual o menor al 60%) o informe social.

1.4 Presentación de la propuesta técnica

La propuesta técnica deberá elaborarse de acuerdo a los requerimientos señalados en estas Bases y contener la siguiente información:

De la Institución: • Experiencia en el rubro de cuidado de personas mayores en ELEAM

De los requerimientos técnicos: • Disponibilidad para ejecutar el proyecto en un plazo máximo de 9 meses

• Disponibilidad para efectuar el proyecto de apoyo al cuidado de personas mayores residentes de ELEAM

• Descripción de los profesionales, técnicos o asistentes directos que entregarán los servicios de apoyo al cuidado de personas mayores residentes de ELEAM y de los servicios adicionales para su cuidado.

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ANEXO 6

FORMULARIO DE RECEPCIÓN DE GARANTÍAS

Programa Ejecutores Intermedios

Fecha / ______ ~ ___ _

ANTECEDENTES DE LA INSTITUCIÓN

Nombre Organismo Ejecutor __________ --"-----------------

Nombre del Proyecto ----------------------------

Región ________________________________ _

ANTECEDENTES DE LA GARANTÍA

Tipo de Documento-----------------------------

Número de Documento

Entidad que Emite la Garantía------------------------­

(Banco, Compañía de Seguros, etc.)

Fecha de Emisión ------------------------------Fecha de Vencimiento

---------------------------~

DATOS DEL TOMADOR

Nombre de Contacto ---------------------------~

(Debe ser el mismo RUT de la Persona Jurídica que adjudica el concurso y suscribe el convenio)

Teléfono ---------------------------------Correo Electrónico

---------------------------~

Uso exclusivo SENAMA Central

Timbre Recepción SENAMA Timbre Recepción Unidad de Tesorería

ANEXO 7

COMPROMISO DE CONTINUIDAD DE LAS ACCIONES DEFINIDAS EN EL PROYECTO. (En caso de dar continuidad al proyecto, redacte una carta indicando la intención del Organismo a seguir con los servicios y prestaciones posterior, a la ejecución del proyecto)

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ANEXOS

Declaración jurada de responsabilidad penal de personas jurídicas

Yo, ....................................................................................................... , domiciliado en .................................................................................................................................... . Nº ...................................................................... , de la ciudad de ................................... , Cédula Nacional de Identidad Nº ............................................................. , en mi calidad de representante legal de .................................................................................. , RUT Nº ...................................... , expreso que:

La persona jurídica que represento, no se encuentra afecta a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado contemplada en los artículos 8º, número 2, y 10º, de la Ley N° 20.393 que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica, como consecuencia de estar condenada por alguno de los delitos que dicho cuerpo legal sanciona.

NOMBRE

FIRMA

RUT

En .................... a ...... días del mes de ........................ , de 2020

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2º. Apruébese llamado a concurso del Fondo Concursable Nacional de Iniciativas Desarrolladas por Ejecutores Intermedios que Trabajan con Adultos Mayores, del Fondo Nacional del Adulto Mayor, año 2020.

3º. Instrúyase a la Unidad de Gestión Territorial-Fondo Nacional del Adulto Mayor- para que proceda con la publicación de la convocatoria en un diario de circulación nacional, y las bases que rigen el concurso en la página web del Servicio: www.senama.gob.cl.

PPG/JMR/CEN/JJH/PIB

Vto. Bno. Virtual

Distribución

- U. Jurídica

ANÓTESE, COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE Y ARCHIVESE;

- U. Gestión Territorial: FNAM

- Ley N° 20.285, Art. 7, letra g).

- Archivo Of. de Partes.