Aprueban Norma Técnica "Normas para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada...

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El Peruano Sábado 17 de enero de 2015 544915 Regionales de Educación o las que hagan sus veces, las Unidades de Gestión Educativa Local, y las Instituciones Educativas Públicas Polidocentes Completas de Educación Primaria en Áreas Urbanas, la difusión y el adecuado cumplimiento de los lineamientos y normas aprobados por el artículo precedente. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oicial “El Peruano”, encargándose a la Oicina de Apoyo a la Administración de la Educación su publicación y la de sus Anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), en la misma fecha. Regístrese, comuníquese y publíquese. DESILU LEON CHEMPEN Secretaria General 1189683-1 Aprueban Norma Técnica “Normas para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de educación secundaria” RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL Nº 008-2015-MINEDU Lima, 16 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, dispone que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por inalidad deinir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado; Que, conforme a lo establecido en los artículos 3 y 12 de la referida Ley, el Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos y la universalización de la educación básica; asimismo, para asegurar la universalización de la educación básica en todo el país como sustento del desarrollo humano, la educación es obligatoria para los estudiantes de los niveles de inicial, primaria y secundaria. El Estado provee los servicios públicos necesarios para lograr este objetivo y garantiza que el tiempo educativo se equipare a los estándares internacionales; Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 451- 2014-MINEDU, se creó el modelo de servicio educativo: “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria”; disponiéndose su implementación progresiva a partir del año 2015 en mil (1000) instituciones educativas seleccionadas; Que, mediante Informe N° 3050-2014-MINEDU-VMGP- DIGEBR-DES la Dirección de Educación Secundaria, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Regular, sustenta la necesidad de aprobar las “Normas para la implementación del modelo de servicio educativo jornada escolar completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria”, las cuales establecen disposiciones para la organización, implementación y ejecución de los procesos pedagógicos y de gestión del citado modelo de servicio educativo y las funciones de los actores de las instituciones educativas seleccionadas; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modiicado por la Ley N° 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada “Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación” y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 021-2015-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Normas para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de educación secundaria”, la misma que como Anexo forma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Educación Secundaria del Ministerio de Educación, las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, las Unidades de Gestión Educativa Local y las instituciones educativas comprendidas en el modelo de servicio educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria”, la difusión y cumplimiento de la norma técnica aprobada por el artículo precedente. Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oicial “El Peruano”, encargándose a la Oicina de Apoyo a la Administración de la Educación su publicación y la de su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), en la misma fecha. Regístrese, comuníquese y publíquese. DESILU LEON CHEMPEN Secretaria General 1189683-2 ENERGIA Y MINAS Aprueban transferencia de autorización para desarrollar actividad de generación eléctrica que efectúa Esco Compañía de Servicios de Energía S.A.C. a favor de M&J Servicios de Energía S.A.C. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 010-2015-MEM/DM Lima, 12 de enero de 2015 VISTO: El Expediente Nº 33344414, organizado por ESCO COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C., sobre autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica La Gringa VI, y la solicitud de transferencia de dicha autorización a favor de M & J SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C., presentada el 19 de noviembre de 2014; CONSIDERANDO: Que, en mérito de la Resolución Ministerial N° 344- 2014-MEM/DM, publicada el 2 de agosto de 2014, se otorgó a favor de ESCO COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C. autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica La Gringa VI; Que, mediante el documento presentado con fecha 19 de noviembre de 2014, bajo el Registro Nº 2450673, ESCO COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C. solicitó a la Dirección General de Electricidad se apruebe a favor de M & J SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C., la transferencia de la autorización de generación; Que, como sustento de su solicitud, presentó el Contrato Privado de Cesión de Derechos suscrito el 17 de noviembre de 2014, mediante el cual ESCO COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C. transiere la citada autorización de generación a favor de M & J SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C., a in de que ésta se constituya como la nueva titular de la Central Térmica La Gringa VI y asuma los derechos y obligaciones inherentes a la autorización de generación; Que, la citada solicitud cumple con los requisitos establecidos en el código AE04 del Anexo Nº 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo

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El Peruano

Sábado 17 de enero de 2015 544915

Regionales de Educación o las que hagan sus veces, las Unidades de Gestión Educativa Local, y las Instituciones Educativas Públicas Polidocentes Completas de Educación Primaria en Áreas Urbanas, la difusión y el adecuado cumplimiento de los lineamientos y normas aprobados por el artículo precedente.

Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oicial “El Peruano”, encargándose a la Oicina de Apoyo a la Administración de la Educación su publicación y la de sus Anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), en la misma fecha.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DESILU LEON CHEMPENSecretaria General

1189683-1

Aprueban Norma Técnica “Normas para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de educación secundaria”

RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERALNº 008-2015-MINEDU

Lima, 16 de enero de 2015

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, dispone que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por inalidad deinir, dirigir y articular la política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, conforme a lo establecido en los artículos 3 y 12 de la referida Ley, el Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de calidad para todos y la universalización de la educación básica; asimismo, para asegurar la universalización de la educación básica en todo el país como sustento del desarrollo humano, la educación es obligatoria para los estudiantes de los niveles de inicial, primaria y secundaria. El Estado provee los servicios públicos necesarios para lograr este objetivo y garantiza que el tiempo educativo se equipare a los estándares internacionales;

Que, a través de la Resolución Ministerial Nº 451-2014-MINEDU, se creó el modelo de servicio educativo: “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria”; disponiéndose su implementación progresiva a partir del año 2015 en mil (1000) instituciones educativas seleccionadas;

Que, mediante Informe N° 3050-2014-MINEDU-VMGP-DIGEBR-DES la Dirección de Educación Secundaria, dependiente de la Dirección General de Educación Básica Regular, sustenta la necesidad de aprobar las “Normas para la implementación del modelo de servicio educativo jornada escolar completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria”, las cuales establecen disposiciones para la organización, implementación y ejecución de los procesos pedagógicos y de gestión del citado modelo de servicio educativo y las funciones de los actores de las instituciones educativas seleccionadas;

De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modiicado por la Ley N° 26510; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación aprobado por Decreto Supremo N° 006-2012-ED; la Resolución Ministerial N° 0520-2013-ED, que aprueba la Directiva N° 023-2013-MINEDU/SG-OAJ, denominada “Elaboración, aprobación y tramitación de Dispositivos Normativos y Actos Resolutivos en el Ministerio de Educación” y en virtud a las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 021-2015-MINEDU;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Normas para la implementación del Modelo de Servicio Educativo Jornada Escolar Completa para las Instituciones Educativas Públicas del nivel de educación secundaria”, la misma que como Anexo forma parte de la presente resolución.

Artículo 2º.- Encargar a la Dirección de Educación Secundaria del Ministerio de Educación, las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, las Unidades de Gestión Educativa Local y las instituciones educativas comprendidas en el modelo de servicio educativo “Jornada Escolar Completa para las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria”, la difusión y cumplimiento de la norma técnica aprobada por el artículo precedente.

Artículo 3º.- Publicar la presente resolución en el Diario Oicial “El Peruano”, encargándose a la Oicina de Apoyo a la Administración de la Educación su publicación y la de su Anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://www.minedu.gob.pe/), en la misma fecha.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DESILU LEON CHEMPENSecretaria General

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ENERGIA Y MINAS

Aprueban transferencia de autorización para desarrollar actividad de generación eléctrica que efectúa Esco Compañía de Servicios de Energía S.A.C. a favor de M&J Servicios de Energía S.A.C.

RESOLUCIÓN MINISTERIALNº 010-2015-MEM/DM

Lima, 12 de enero de 2015

VISTO: El Expediente Nº 33344414, organizado por ESCO COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C., sobre autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica La Gringa VI, y la solicitud de transferencia de dicha autorización a favor de M & J SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C., presentada el 19 de noviembre de 2014;

CONSIDERANDO:

Que, en mérito de la Resolución Ministerial N° 344-2014-MEM/DM, publicada el 2 de agosto de 2014, se otorgó a favor de ESCO COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C. autorización para desarrollar la actividad de generación de energía eléctrica en las instalaciones de la Central Térmica La Gringa VI;

Que, mediante el documento presentado con fecha 19 de noviembre de 2014, bajo el Registro Nº 2450673, ESCO COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C. solicitó a la Dirección General de Electricidad se apruebe a favor de M & J SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C., la transferencia de la autorización de generación;

Que, como sustento de su solicitud, presentó el Contrato Privado de Cesión de Derechos suscrito el 17 de noviembre de 2014, mediante el cual ESCO COMPAÑÍA DE SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C. transiere la citada autorización de generación a favor de M & J SERVICIOS DE ENERGÍA S.A.C., a in de que ésta se constituya como la nueva titular de la Central Térmica La Gringa VI y asuma los derechos y obligaciones inherentes a la autorización de generación;

Que, la citada solicitud cumple con los requisitos establecidos en el código AE04 del Anexo Nº 01 del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por el Decreto Supremo