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La hiperdevaluación y los contratos (Mesa Redonda) (Derecho civil, comercial y bancario) Tucumán, 31 de julio de de 1982 Panelistas: Luis Moisset de Espanés Fernando López de Zavalía Juan Carlos Rinaldi Moderador: Atilio Aníbal Alterini En primer término habló Fernando López de Zavalía MOISSET de ESPANÉS.- Posiblemente el orden de exposición que ocupo en este panel, con relación al derecho civil, me convierta en la víctima propiciatoria, porque si Fernando López de Zavalía nos decía que el doctor Alterini con cuatro pinceladas ha abordado el tema de todos los expositores, imagínense lo que significa hablar después, no sólo de las cuatro pinceladas de Alterini, sino de la brillante exposición de Fernando López de Zavalía. ¡Aquí, sí, me han dejado sin tema! Pero hablar al final quizás presente también alguna venta- ja, porque he aprendido tanto que puedo quizás, tratando de espigar de lo que han dicho los panelistas que me precedieron, encontrar algunos temas para insistir sobre ellos. Fernando López de Zavalía hizo alguna referencia histórica al emisionismo de moneda y cargó las tintas: lo condenó a Gutenberg. Hay una gran razón en ello: la invención de la imprenta quizás fue la culpable, porque al posibilitar el emisionismo desmedido ha traído como consecuencia las hiperinflaciones por exceso de moneda. Pero yo quiero liberarlo a Gutenberg, porque la imprenta la inventaron los chinos, y allá en China, donde también se había inventado el papel, apareció en el siglo X el papel moneda. Este fenómeno que hoy vivimos aquí, lo padecieron los chinos agudamente cuando algún Emperador tuvo la “feliz” idea (esta “feliz” idea que han revivido nuestros econo- mistas modernos), de transformar el dinero de pleno contenido en moneda de papel, que se imprimía en cantidades impresionantes. Por esa causa allá vivieron una hiperinflación similar a la que en nues- tras épocas, diez siglos después, es decir en pleno siglo XX, nos ha

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  • La hiperdevaluacin y los contratos (Mesa Redonda)(Derecho civil, comercial y bancario)

    Tucumn, 31 de julio de de 1982Panelistas: Luis Moisset de Espans

    Fernando Lpez de ZavalaJuan Carlos Rinaldi

    Moderador: Atilio Anbal Alterini

    En primer trmino habl Fernando Lpez de Zavala

    MOISSET de ESPANS.- Posiblemente el orden de exposicin que ocupo eneste panel, con relacin al derecho civil, me convierta en la vctimapropiciatoria, porque si Fernando Lpez de Zavala nos deca que eldoctor Alterini con cuatro pinceladas ha abordado el tema de todoslos expositores, imagnense lo que significa hablar despus, no slode las cuatro pinceladas de Alterini, sino de la brillante exposicinde Fernando Lpez de Zavala. Aqu, s, me han dejado sin tema!

    Pero hablar al final quizs presente tambin alguna venta-ja, porque he aprendido tanto que puedo quizs, tratando de espigarde lo que han dicho los panelistas que me precedieron, encontraralgunos temas para insistir sobre ellos.

    Fernando Lpez de Zavala hizo alguna referencia histricaal emisionismo de moneda y carg las tintas: lo conden a Gutenberg.Hay una gran razn en ello: la invencin de la imprenta quizs fue laculpable, porque al posibilitar el emisionismo desmedido ha tradocomo consecuencia las hiperinflaciones por exceso de moneda. Pero yoquiero liberarlo a Gutenberg, porque la imprenta la inventaron loschinos, y all en China, donde tambin se haba inventado el papel,apareci en el siglo X el papel moneda. Este fenmeno que hoy vivimosaqu, lo padecieron los chinos agudamente cuando algn Emperador tuvola feliz idea (esta feliz idea que han revivido nuestros econo-mistas modernos), de transformar el dinero de pleno contenido enmoneda de papel, que se imprima en cantidades impresionantes. Poresa causa all vivieron una hiperinflacin similar a la que en nues-tras pocas, diez siglos despus, es decir en pleno siglo XX, nos ha

  • 2tocado conocer.Ellos quisieron corregirlo de alguna forma; pensaron atraer

    a la gente con las caractersticas de la moneda. Entonces, en lugarde imprimir el dinero en un simple papel, lo hacan en seda, e inclu-so la perfumaron; pero ni con eso consiguieron convencer a la gente.Si el dinero era excesivo, la moneda no serva para comprar nada, yni la seda ni el perfume le agregaron mayor atractivo.

    La historia de la moneda nos ensea, a lo largo de lossiglos, la existencia permanente del fenmeno de la inflacin; enunas pocas ms acelerada, en otras pocas, frenada; por excepcin enalgn pas, detenida. Bizancio mantuvo el valor de su moneda durantevarios siglos; pero, bien les digo, eso fue una excepcin.

    Resulta muy fcil a quien tiene el manejo de la emisinmonetaria, recurrir a ella como una forma de impuesto disimuladopara, de esa manera, entrar la mano en el bolsillo de sus sbditos,sin que estos se percaten que les estn cobrando el impuesto; es unaforma menos dolorosa de recaudar los impuestos.

    Pero, en esta Mesa Redonda el tema principal no es el de lainflacin continua, constante, que est corroyendo todos los das lamoneda, sino el problema de la hiperdevaluacin, que nos ha propuestoel doctor Alterini, como un problema crtico que se presenta en algu-na etapa de esos procesos inflacionarios y que puede responder adistintas causas.

    A veces, se dice, una hiperdevaluacin no provoca infla-cin, sino que es nada ms que una medida de sinceramiento. El valornominal de la moneda que manejbamos no estaba reflejando verdadera-mente su valor real; entonces, la devaluamos bruscamente para quese coloque en el nivel real de su poder adquisitivo. Sinceramientospeligrosos que ya los hemos vivido hace algunos aos, cuando de lanoche a la maana devaluaron tres veces la moneda y despus vimosotras consecuencias; porque aqu parece que funcionan como eslabonesde una cadena, y lo que pareca ser efecto de una inflacin anterior,se convierte en causa de una inflacin posterior y provoca un gravedesequilibrio econmico.

    Tenemos esas devaluaciones, mayores o menores, ms bruscaso no, producidas slo con relacin al mercado interno. Pero hay otras

  • 3devaluaciones de la moneda que se hacen con relacin a los cambiosinternacionales, es decir a la paridad de cambio con monedas de otrospases; vemos entonces caer el valor de nuestra moneda con relacina todas las monedas, no slo el dlar.

    De esto quizs se ocupe ms detenidamente el doctor Rinal-di: o sea que tratar que mis pinceladas no le quiten el papel quel tiene y pueda gozar libremente de su terreno de exposicin.

    Qu problemas jurdicos nos plantea esto?La inflacin, la mera inflacin por depreciacin continua

    de la moneda ha llegado a hacerse algo muy corriente en nuestro pas.Comenz gravemente all por el ao 43.

    No voy a decir que me siento tan viejo como Fernando Lpezde Zavala, que piensa en los cinco centavos que le daba su padre. Am me daban un peso, y eso que solamente tengo un ao menos.

    DR. LPEZ DE ZAVALA.- Familia ms pudiente, doctor.

    DR. MOISSET DE ESPANS.- Difcilmente.Pero pareciera que los costos en Crdoba eran otros; 15

    centavos el boleto de ida y vuelta en el tranva; 20 30 centavos lamatin del cine, y otros 20 centavos, en el cine, para el helado, siera un Laponia, o bien 10 centavos, si era el Smack de Noel. Tambincon 10 centavos alcanzbamos a comprar un bife de lomo de 100 gramos,porque en esa poca, en Crdoba, el lomo costaba 90 centavos el kilo.Pero, insisto, son las mismas pocas de Fernando Lpez de Zavala,que aunque se define como viejo, slo me aventaja en un ao, y nodigo cul es mi edad, para no lesionarlo...

    DR. LPEZ DE ZAVALA.- Mi doctor, en 1938 el dlar estaba a $ 4.40.

    DR. MOISSET DE ESPANS.- Y en algn perodo posterior, en 1941, hababajado a 3,50; es decir que estuvo, incluso, ms barato el dlar queen el 38; lleg a bajar a 3,50 en los aos 41 42.

    Pero lleg un gobierno o, mejor dicho, lleg toda una seriede gobiernos, que nos privaron de moneda, que atentaron cabalmentecontra nuestra Constitucin.

  • 4Ya no tenemos moneda; por lo menos no la tenemos en elsentido clsico de medida de los valores; no es nada ms que un mediode cambio o una forma de pago, pero cuyo valor no es desde hace mu-chos aos una unidad de medida que sirva de manera estable para lastransacciones.

    Esto s va a incidir gravemente en todos aquellos contratosque no sean de contado; en todos los contratos donde alguna de lasprestaciones de las partes ha quedado diferida temporalmente y tene-mos hoy que fijar una forma de pago que al momento de efectuarserepresente el valor de esa prestacin diferida, de manera que secumplan los principios de la justicia conmutativa y que lo que entre-guemos para satisfacer ese valor no sea maana, dentro de un mes odentro de un ao, slo una porcin nfima del valor que una de laspartes quera recibir y la otra se haba comprometido a pagar; porquesi no logramos establecer una medida de valores estable, vamos aatentar gravemente contra la justicia en los intercambios.

    All entran el jurista, y tambin el hombre comn, a buscarun sustitutivo a nuestra moneda nacional, que ya no sirve como medidaestable de los valores, y procuran encontrar algo que les sea tilpara medir ese valor en el futuro; algo que les permita en esa pro-yeccin temporal mantener la justicia en los cambios.

    Este problema se presenta en toda una amplia gama de con-tratos: en todos aquellos en que hemos diferido el cumplimiento delas prestaciones. Se presenta en los prstamos, cuando se recibe hoyuna suma de dinero y hay que devolverla dentro de un tiempo; se pre-senta en una compraventa, donde hemos diferido en parte el pago deprecio; se presenta en los contratos de tracto sucesivo; se presentaen las locaciones. Y todos y cada uno de nosotros buscamos una frmu-la para reemplazar esa funcin de que se ha privado a la moneda.

    Somos los particulares los que estamos creando sustitutivosde la moneda que nos ayuden a resolver ese grave problema de indefi-nicin que nos ha creado el Estado. Y no vamos a solucionar losproblemas mientras no volvamos a tener moneda estable!

    Prevemos con mayor o menor exactitud en el tiempo; buscamosclusulas de estabilizacin por diversas vas; recurrimos a veces ala moneda extranjera, porque pensamos que la moneda extranjera con-

  • 5serva las cualidades de estabilidad que la nuestra ha perdido. Y allnos engaamos de nuevo; toda moneda extranjera est sufriendo tambindiariamente, en mayor o menor medida, un deterioro.

    La inflacin es un mal que corroe a todas las monedas. Eldlar de hoy no es el dlar ni de hace 10 aos, anterior a la deva-luacin del 71, ni el dlar de hace 20 aos.

    Cuando uno hace 20 aos tena que viajar a Europa paraefectuar estudios, o por cualquier otra causa, encontraba en laslibreras una gua para los estudiantes pobres, que deca: Viaje porEuropa por 5 dlares diarios. Es decir que con 5 dlares se conse-gua alojamiento, comida y pagaba, incluso, su transporte. Hoy por 5dlares diarios no se mueve por Europa nadie y no consigue absoluta-mente nada.

    Esas guas se transformaron, con el correr del tiempo, en:Viaje por Europa con 10 dlares por da; no s si hoy alcanzarnpara viajar por Europa 20 dlares por da, porque tambin el dlar haestado mermando su valor da a da.

    Quienes buscamos para la contratacin interna la clusuladlar o la clusula moneda extranjera, como medio de satisfacer nues-tras ansias de justicia, encontrando en ella un valor estable, tam-bin nos sentimos defraudados. Y nos sentimos defraudados, por unaparte, por la prdida de valor que esa moneda sufre, y por otra, porlas manipulaciones que en la paridad cambiaria efectan muchas veceslos propios Estados.

    La historia de las devaluaciones de nuestra moneda conrelacin a otras monedas, que se ha presentado peridicamente demanera aguda, y hace crisis en algunos momentos como ha sucedido elao pasado -de la manera que tan bien expuso Fernando Lpez deZavala-, cuando vimos destrozarse la tablita prevista por el gobier-no, y en pocos meses saltar el dlar a tres veces el valor que sehaba calculado iba a tener. O lo hemos vuelto a sufrir en estosdas, en fecha muy reciente, y vemos que todas las contrataciones enlas cuales se incluyeron estas clusulas, dlar o moneda extranjera,en general se ven gravsimamente afectadas en esa relacin internapor las devaluaciones bruscas que efecta el gobierno.

    Qu remedios podemos brindar los juristas frente a este

  • 6tipo de devaluaciones, cuando se ha includo la clusula en monedaextranjera?

    El primer remedio que aconsejo es: no incluyan jams parauna contratacin interna una clusula moneda extranjera. No cometanese error por que corren un triple albur: a) el deterioro propio dela moneda extranjera, por esa corrosin constante que la inflacinproduce en cada moneda; b) el de la fluctuacin brusca que puedeproducir una devaluacin en la moneda, en su pas de origen por unadecisin de tipo poltico de ese gobierno; c) el de las fluctuacionesque en la paridad cambiaria puede tener esa moneda por las decisionespolticas de nuestro gobierno.

    Es una clusula ms inestables, a pesar de que pretende seruna clusula de estabilidad y por tanto es una de las clusulas msdeficientes como clusula de estabilizacin y de las ms sujetas acambios bruscos.

    La correccin solemos darla a veces por aplicacin de lateora de la imprevisin; es decir, recurrimos al artculo 1198, peroes una solucin de tipo traumtico, que viene a desembocar casi siem-pre en un litigio y no sabemos cul va a ser el resultado o la deci-sin de los jueces, porque aunque tenemos gran confianza en el juezargentino, las soluciones muchas veces no satisfacen totalmente elinters de las partes en juego.

    Sin embargo, como principio general, cuando se ha adoptadouna de estas clusulas, sea en un contrato de compraventa, sea en unalocacin a largo plazo, sea en prstamos donde se acudi al dlarpara utilizarlo como clusula de estabilizacin, el hecho del prnci-pe que trajo como consecuencia la devaluacin en la paridad cambia-ria, puede ser considerado, en trminos generales, como un hechoimprevisible que da lugar a la aplicacin, como remedio, de la teorade la imprevisin.

    Dejo de lado en este instante todos aquellos contratosdonde la clusula dlar no responde a la funcin estabilizadora quehemos mencionado, sino que funciona como mercadera y, en especial,los contratos internacionales donde el pago se debe efectuar en mone-da extranjera. De ese tema se ocupar luego el Dr. Rinaldi.

    En otras oportunidades, similares a la que nos toc vivir

  • 7el ao 1975 con la devaluacin brusca que recibi el nombre de Ro-drigazo, nos encontramos con que la excesiva onerosidad, para una delas partes, provena del hecho de que haba entregado un bien valiosoy como contraprestacin iba a recibir una cantidad de moneda que eraslo una nfima porcin del valor que realmente tena derecho a per-cibir como precio del bien entregado.

    Se presenta entonces un problema grave para la aplicacindel artculo 1198, porque la textualidad de la norma ha dado lugar aque algunos piensen que en este caso, si la prestacin diferida erael pago de la suma de dinero, no existira la excesiva onerosidadexigida por el texto del artculo 1198, por cuanto en lugar de resul-tar excesivamente oneroso para el deudor que posterg el pago de sudeuda, le resulta ms aliviado, menos exigente el cumplimiento de suobligacin.

    Ese aspecto fue brillantemente resuelto, aun con anteriori-dad a la fecha del Rodrigazo, en la obra de Fernando Lpez de Zava-la (y esto no es un ir y venir de flores, porque las flores puedenir con macetas includas).

    LPEZ DE ZAVALA.- Yo recibo las macetas.

    MOISSET DE ESPANS.- Recuerdo, precisamente, algn caso que se meplante por alguien que haba llegado de San Juan a consultar sobreel problema de la venta de una bodega. Ellos haban entregado ya labodega y los viedos; les restaba un saldo de precio a cobrar y en elnterin se produjo el Rodrigazo.

    Yo les dije: vayan a negociar la revisin del precio, yapyense en la obra de Fernando Lpez de Zavala, que es el nicoautor nacional que con toda precisin ha demostrado que la onerosidadexcesiva tambin se produce para aquel que entreg un bien valioso yva a recibir como contraprestacin una suma nfima.

    Esto que hoy nos parece tan corriente, porque la jurispru-dencia ha terminado aceptando esta hiptesis como un caso de aplica-cin del artculo 1198, en la doctrina nacional solamente haba sidovisto antes del Rodrigazo por Fernando Lpez de Zavala en su obrade Contratos, en pginas muy claras, cmo tambin all se presenta el

  • 8quid de la onerosidad excesiva.El doctor Alterini, en alguna conferencia posterior, deca:

    No se puede recibir para pagar una casa, lo que hoy cuesta una cu-cha de perro. Y es ms o menos lo que suelen pretender algunos;incluso aqu entran en juego, a veces, problemas que pueden despla-zarnos de la aplicacin del artculo 1198.

    Esa norma exige que quien la invoca no se encuentre enmora. Hay hiptesis en las cuales el acreedor, por alguna circunstan-cia, era moroso en su actividad propia, es decir en la colaboracinque debe prestar al deudor para que el pago se efecte, lo que habahecho que se difiriera el pago de la suma adeuda. Ese acreedor nopodra invocar la teora de la imprevisin; sin embargo, sobre estotambin ha habido pronunciamientos, tanto de la doctrina como de lajurisprudencia, que admiten la actualizacin; el seguir pretendiendorecibir una prestacin valiosa (la cosa, el inmueble, la mquina),pagando como contraprestacin un precio irrisorio que, debido a lasdevaluaciones que ha sufrido la moneda no representa ni la milsimaparte del valor del objeto que como contraprestacin se recibe, aten-ta contra el sentido de justicia que nos inspira a todos, y lleva aque el juez y el jurista busquen una correccin, pasando ms all delartculo 1198 y tomando otros caminos, como la aplicacin de la teo-ra del abuso del derecho, en virtud del artculo 1071, considerandoque esa actitud de la parte que pretende recibir todo sin dar nada,es francamente abusiva.

    Nuestra jurisprudencia en muchas oportunidades -a mi enten-der con acierto- ha recogido esta postura y ha procedido a corregir,a pesar de la mora del acreedor, el monto de la prestacin debida;por supuesto a corregirla, lo que no significa actualizarla total-mente, porque la mora del acreedor lo hace pasible de sanciones, a suvez, por el dao que haya ocasionado al deudor. En tales casos, lacorreccin nunca sera una actualizacin completa, sino que del valoractualizado debera deducirse el dao que irrog la mora del acree-dor.

    Seores: veo que mis 20 minutos tambin han terminado y poreso voy a dejar la palabra al doctor Rinaldi.