Articulo CIP-CRC Cholchol Solange Marin Revisada

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Centros de Reclusión Cerrados de la Red SENAME en Chile y Región de La Araucanía, obstáculos y potencialidades para la reinserción social efectiva. El caso del CIP-CRC Cholchol en la Región de la Araucanía, Chile Solange E. Marín M. 1 [email protected] Mg. M. Raquel Lara R. 2 [email protected] RESUMEN De acuerdo a datos del Ministerio Público 3 el número de infractores del Sistema Penal Chileno se ha visto incrementado en su mayoría por jóvenes menores de 18 años, quienes protagonizan frecuentemente delitos de robo y daños a la propiedad, contribuyendo al aumento de jóvenes en la Red SENAME a nivel nacional y regional. Esto hace suponer que la disminución de las tasas de delincuencia en Chile no sólo se relaciona con la fortaleza de los sistemas penitenciarios, sino en proporcionar a los jóvenes la oportunidad de reinsertarse efectivamente a la sociedad. Por lo anterior, cabe preguntarse ¿Cuales son las potencialidades y los obstáculos para lograr la reinserción social efectiva de los jóvenes en los CRC del SENAME?. Para responder a ésta pregunta se aplican en el Centro CIP-CRC Cholchol entrevistas semiestructuradas a los educadores de trato directo y a los profesores de la escuela. No se incorporan entrevista a los jóvenes por la necesidad de seguir una secuencia de aproximación adecuada, para el cumplimiento del objetivo. Se espera obtener un diagnóstico sobre potencialidades y obstáculos como etapa previa al diseño de un nuevo Modelo pedagógico apropiado a la realidad de la población interna, que les habilite para la Educación, el Trabajo, vivir 1 Estudiante de la carrera de Pedagogía en Historia y Geografía, becaria de la Academia de Ayudantes del Departamento de Ciencias Sociales, Facultad de Educación y Humanidades, Universidad de La Frontera, Temuco, Chile. Avenida. Francisco Salazar 01145. Fono 56-45-325040 2 Magíster en Geografía, mención Relaciones Urbano Regionales. Profesora de Estado en Historia y Geografía, académica del Departamento de Ciencias Sociales, Facultad de Educación y Humanidades, Universidad de La Frontera, Temuco, Chile. Avenida. Francisco Salazar 01145. Fono 56-45-325040 3 Analizando la reforma a la justicia criminal en Chile: un estudio empírico entre el nuevo y el antiguo Sistema Penal. División de estudios, evaluación, control y desarrollo de la gestión - Ministerio Público de Chile vera Institute of Justice. http://www.bcn.cl/carpeta_temas_profundidad/eliminado3/articulo/vera_min_publico.pdf

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Centros de Reclusión Cerrados de la Red SENAME en Chile y Región de La Araucanía, obstáculos y potencialidades para la reinserción social efectiva. El

caso del CIP-CRC Cholchol en la Región de la Araucanía, Chile

Solange E. Marín M. 1 [email protected]. M. Raquel Lara R.2 [email protected]

RESUMEN

De acuerdo a datos del Ministerio Público3 el número de infractores del Sistema Penal Chileno se ha visto incrementado en su mayoría por jóvenes menores de 18 años, quienes protagonizan frecuentemente delitos de robo y daños a la propiedad, contribuyendo al aumento de jóvenes en la Red SENAME a nivel nacional y regional. Esto hace suponer que la disminución de las tasas de delincuencia en Chile no sólo se relaciona con la fortaleza de los sistemas penitenciarios, sino en proporcionar a los jóvenes la oportunidad de reinsertarse efectivamente a la sociedad. Por lo anterior, cabe preguntarse ¿Cuales son las potencialidades y los obstáculos para lograr la reinserción social efectiva de los jóvenes en los CRC del SENAME?. Para responder a ésta pregunta se aplican en el Centro CIP-CRC Cholchol entrevistas semiestructuradas a los educadores de trato directo y a los profesores de la escuela. No se incorporan entrevista a los jóvenes por la necesidad de seguir una secuencia de aproximación adecuada, para el cumplimiento del objetivo. Se espera obtener un diagnóstico sobre potencialidades y obstáculos como etapa previa al diseño de un nuevo Modelo pedagógico apropiado a la realidad de la población interna, que les habilite para la Educación, el Trabajo, vivir en familia, e insertarse a la sociedad. Este estudio se realiza en el contexto del Proyecto Fondef N°D08I12054, que espera concluir con una propuesta de nuevo trato hacia los jóvenes infractores de ley, a su grupo familiar, y de los lugares en que residen. Palabras claves: medio de cumplimiento penitenciario, potencialidades, obstáculo.

INTRODUCCIÓN:

En lo que va del siglo XXI, de acuerdo a datos del Ministerio Público5 el número de infractores del Sistema Penal Chileno se ha visto incrementado en su mayoría por jóvenes menores de 18 años. Lara y Gaete han demostrado que el origen de los

1 Estudiante de la carrera de Pedagogía en Historia y Geografía, becaria de la Academia de Ayudantes del Departamento de Ciencias Sociales, Facultad de Educación y Humanidades, Universidad de La Frontera, Temuco, Chile. Avenida. Francisco Salazar 01145. Fono 56-45-3250402 Magíster en Geografía, mención Relaciones Urbano Regionales. Profesora de Estado en Historia y Geografía, académica del Departamento de Ciencias Sociales, Facultad de Educación y Humanidades, Universidad de La Frontera, Temuco, Chile. Avenida. Francisco Salazar 01145. Fono 56-45-3250403 Analizando la reforma a la justicia criminal en Chile: un estudio empírico entre el nuevo y el antiguo Sistema Penal. División de estudios,

evaluación, control y desarrollo de la gestión - Ministerio Público de Chile vera Institute of Justice. http://www.bcn.cl/carpeta_temas_profundidad/eliminado3/articulo/vera_min_publico.pdf

4 Estrategia ecosistémica especializada de intervención diferenciada para favorecer la integración psicosocial de adolescentes infractores de ley5Analizando la reforma a la justicia criminal en Chile: un estudio empírico entre el nuevo y el antiguo Sistema Penal. División de estudios, evaluación, control y desarrollo de la gestión - Ministerio Público de Chile vera Institute of Justice. http://www.bcn.cl/carpeta_temas_profundidad/eliminado3/articulo/vera_min_publico.pdf

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menores en su gran mayoría pertenecientes al status socioeconómico bajo y muy bajo. Esto ha contribuido al aumento de jóvenes en la Red SENAME a nivel nacional y regional, cuyo sistema no le ha sido de ayuda para su inserción en la sociedad, más bien los ha llevado de vuelta al camino de la delincuencia, creándose un círculo vicioso, que para romperlo se requieren significativos cambios en el sistema penitenciario chileno, como en la aplicación de las políticas públicas. Esto se puede apreciar principalmente en los medios televisivos en donde cotidianamente se conocen casos de menores que cometen infracción y que reinciden, lo que genera en la sociedad, ciertos cuestionamientos a la real eficacia del sistema penal, un temor respecto de la frecuencia y la violencia con que son perpetrados los delitos.

La persistencia en nuestra sociedad de problemas como la desigualdad social, la idea de crecimiento, más que desarrollo, una sociedad altamente fragmentada en lo que ha incidido principalmente el sistema educacional, la modernización y la globalización económica, “aumentado la brecha entre pobres y ricos6, agravando en consecuencia la pobreza extrema. Es decir, un importante grupo de población en Chile no alcanza a obtener un ingreso suficiente para satisfacer sus necesidades básicas, por lo tanto, sólo encuentra cabida en “una economía informal, alternativa e ilegal”7, que proveen algunas oportunidades para ganarse la vida.

Los comportamientos antisociales se manifestarían por una acumulación en el tiempo y por la relación compleja entre múltiples factores de riesgo8. La premisa indica que, a mayor acumulación de factores de riesgo en el tiempo, mayor es la probabilidad de que el individuo exprese conductas problemáticas, violentas y/o delictivas. La delincuencia juvenil es uno de los fenómenos sociales más importantes que nuestras sociedades tienen planteados, y es uno de los problemas criminológicos internacionalmente preferidos desde el siglo pasado, pues, las manifestaciones de la conducta que llaman socialmente la atención de forma negativa pueden observarse, por lo general, mejor entre los jóvenes que en la población adulta. Además, es importante tratar la delincuencia juvenil de hoy como posible delincuencia adulta de mañana.

Definir lo que constituye delincuencia juvenil resulta ciertamente problemático. Mientras en algunos países la delincuencia juvenil es una calificación que se obtiene de aplicar definiciones del Código Penal cuando esas infracciones son cometidas por menores de edad, en otros, la delincuencia juvenil incluye una gran variedad de actos en adición a los que se encuentran enumerados en sus leyes de fondo.  Actualmente la mayoría de los criminólogos afirman que la delincuencia es un fenómeno estrechamente vinculado a cada tipo de sociedad y es un reflejo de las principales características de la misma, por lo que, si se quiere comprender el fenómeno de la

6Cooper Mayr, Doris. Libro criminología y delincuencia femenina. “Teoría de la economía informal alternativa e ilegal”. Inscrito en derecho de autor n 127.109. LOM Ediciones, Santiago-Chile, 2002. 7 Teoría de la Economía Informal Alternativa e Ilegal, Cooper Mayr D. 2000 y 2003. Derechos de Autor N° 115.7318 Bajo esta premisa – por ejemplo - trayectorias de vida en que se da una interrelación de factores tales como abandono familiar, grupo de pares vinculados a violencia, deserción escolar, alta disponibilidad de drogas en el barrio y pobreza, tenderían a una mayor probabilidad de manifestar conductas violentas o delictivas.

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delincuencia resulta imprescindible conocer los fundamentos básicos de cada clase de sociedad, con sus funciones y disfunciones.9

La Delincuencia Común en Chile ha sido habitualmente percibida como distribuida al azar en el territorio nacional, y como producto de conductas desviadas y simplemente criminales, de actores sociales que tienen la capacidad de elegir entre "el bien y el mal", y que en consecuencia son simplemente culpables y deben ser sancionados punitivamente.

En Chile la delincuencia juvenil durante el 2000 fue una problemática judicial, es por ello que en el 2003 se aprueba la Ley N° 20.084, que establece un sistema de responsabilidad penal de los adolescentes por infracciones a la ley penal, cuya ley comenzó a regir desde noviembre del 2005, esto tras la puesta en marcha de centros del SENAME, también conocidos como COD-CERECO (Centro de Observación Diagnostica- Centro Rehabilitación Conductual). De acuerdo a esta ley sus disposiciones generales esta estípula en su primer artículo lo siguiente:

Artículo 1°.- Contenido de la ley. La presente ley regula la responsabilidad penal de los adolescentes por los delitos que cometan, el procedimiento para la averiguación y establecimiento de dicha responsabilidad, la determinación de las sanciones procedentes y la forma de ejecución de éstas. En lo no previsto por ella serán aplicables, supletoriamente, las disposiciones contenidas en el Código Penal y en las leyes penales especiales. Tratándose de faltas, sólo serán responsables en conformidad con la presente ley los adolescentes mayores de dieciséis años y exclusivamente tratándose de aquéllas tipificadas en los artículos 494 números 1, 4, 5 y 19, sólo en relación con el artículo 477, 494 bis, 495 número 21 y 496 números 5 y 26 del Código Penal y de las tipificadas en la ley N° 20.000. En los demás casos se estará a lo dispuesto en la ley 19.968.

De acuerdo a esta misma ley en el Título I sobre CONSECUENCIAS DE LA DECLARACIÓN DE RESPONSABILIDAD DE LOS ADOLESCENTES POR INFRACCIONES A LA LEY PENAL. En el Párrafo 1° que establece De las sanciones en general el Artículo 6° menciona: Sanciones. En sustitución de las penas contempladas en el Código Penal y en las leyes complementarias, las sanciones que se aplicarán a los adolescentes serán las de la siguiente Escala General.

Penas de delitos: a) Internación en régimen cerrado con programa de reinserción social; b) Internación en régimen semicerrado con programa de reinserción social; c) Libertad asistida especial; d) Libertad asistida; e) Prestación de servicios en beneficio de la comunidad, y f) Reparación del daño causado.

Penas de faltas: a) Prestación de servicios en beneficio de la comunidad; b) Reparación del daño causado; c) Multa, y d) Amonestación.

9  David, P.R. (1979). "Sociología criminal juvenil". Depalma. Buenos Aires. Pág. 31.

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En definitiva, y teniendo en cuenta todo lo expuesto, podemos reconocer que la ley de Responsabilidad Penal Adolescente establece un sistema de responsabilidad para los adolescentes entre 14 y 18 años que violen la ley penal. Su principal objetivo es reinsertar a los jóvenes en la sociedad a través de programas especiales. El cual ha conllevado a la modificación de leyes en el Código Penal en Chile. A diferencia de la normativa anterior los menores entre 14 y 16 años no eran imputables penalmente, es decir, no se les podía aplicar una pena a pesar de haber cometido un ilícito o delito. Sólo se les aplicaba medidas de protección a cargo del Servicio Nacional de Menores (SENAME).

En el caso de los adolescentes de entre 16 y 18 años, se les aplicaba un examen de discernimiento, para verificar si estaban conscientes del delito cometido. Si el juez determinaba que había conciencia de ello, el menor era condenado como un adulto y recluido en recintos de Gendarmería. De lo contrario, pasaba a los centros del SENAME, bajo la figura de protección, sin derecho a defensa gratuita, sin límite de tiempo y sin las garantías de un debido proceso. Hoy todos los adolescentes entre 14 y 18 años son responsables ante la ley penal, tienen derecho a defensa gratuita, y de ser condenados a encierro, no son derivadas a recintos carcelarios adultos, sino a centros especiales. Además, reciben un conjunto de garantías, como acceso a educación y programas de rehabilitación antidrogas y alcohol.

Y en donde el alto índice de vulnerabilidad socio delictual, posee una fuerte correlación entre comunas caracterizadas por pobreza y población penal condenada por delitos de mayor connotación social (robos, hurtos, violación y lesiones). De acuerdo a planteamientos de la literatura internacional, la mayoría de los jóvenes y niños/as vinculados a la violencia y/o delincuencia proviene de sectores populares o caracterizados por pobreza, es decir, de barrios vulnerables.

1. Centros de Privación de Libertad. CIP10-CRC11 Chol-Chol.

En Chile la incorporación y aprobación de la ley de responsabilidad penal trajo consigo una series de cambios en el ámbito del Código Penal y en sí en lo que conlleva al ámbito judicial, la incorporación de dicha ley, manifestó la necesidad de crear nuevos recintos para jóvenes menores de 18 años, los cuales no debían estar en los mismos centro de reclusión que los adultos, es por ello que se crearon los centros de apoyo del SENAME, que comenzaron a ser construidos a lo largo del territorio nacional, uno de ello fue el caso de la Comuna de Chol-Chol, en el cual se construyo un centro del SENAME llamado en un comienzo CPL COD-CERECO12.

El centro privativo de libertad pertenece a lo acuñado por Goffman (1970) como, “la institución total”13, vale decir, un lugar de residencia y de trabajo donde un gran número de individuos, separados de la sociedad por un periodo de tiempo

10 CIP: Centro de Internación Provisoria.11 CRC: Centro de Régimen Cerrado. 12 CPL COD-CERECO: Centro de Privación de Libertad- Centro de Observación Diagnostica- Centro de Rehabilitación Conductual.

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considerable, sobrellevan, en conjunto una vida formalmente administrativa. De acuerdo a lo señalado por el Servicio Nacional de Menores, este tipo de centros están presentes a los largo de todo el país dando cobertura a los dos tipos de sistema de reclusión, para lo cual han sido concebido (CIP y CRC), el SEMANE administra directamente 17 centro cerrados en todo el país, tres en la Región Metropolitana y uno en cada región de Chile, especialmente habilitados para cumplir las medidas de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social. Contando además con guardias perimetrales de Gendarmería de Chile y equipos de tecno vigilancia, entro otras medidas de seguridad de los jóvenes recluidos en los centros.

En estos centros permanecen internados adolescentes hombres y mujeres, derivados por los Tribunales de Justicia, sea bajo la modalidad de internación provisoria, mientras se realiza la investigación, juicio o condena. De acuerdo a las exigencias legales, se debe mantener separados a los adolescentes ingresados a los centros de acuerdo a sus edad, sexo y condición procesal. Teniendo como eje la rehabilitación conductual de los jóvenes, estos centros exigen comportamientos a través de un sistema normativo acorde al abandono de las malas prácticas.

El centro CPL de Chol- Chol se localiza en el km 1 de dicha Comuna, este centro fue construido el año 2004, entrando en funcionamiento el año 2005 en octubre, tras la implementación de la ley de responsabilidad penal 20.084. Este centro en un comienzo estaba bajo la responsabilidad y administración del SENAME, conocido con las siglas CPL COD-CERECO (Centro de Privación de Libertad- Centro de Observación Diagnostica- Centro de Rehabilitación Conductual), donde gendarmería solo prestaba el apoyo de resguardo al interior de dicho centro en un comienzo. Tras los años de funcionamiento desde el 2005 este centro pasa de ser CPL COD-CERECO a uno de tipo CIP-CRC (Centro Internación Provisoria - Centro Régimen Cerrado). Según el último boletín del SENAME, de septiembre de 2011, este centro cuenta con 107 jóvenes, 40 hombres y 2 mujeres en modalidad de CIP y 60 hombres y 3 mujeres de tipo CRC.

De de acuerdo a la información existente “la historia de la construcción del COD CERECO se inicia el año 2000 cuando se iniciaron las obras bajo la asesoría técnica de la Dirección Regional de Arquitectura del MOP, demandando una inversión inicial de 2.190 millones de pesos financiado por el Ministerio de Justicia” 14

El nombre de COD-CERECO (Centro de Orientación y Diagnostico - Centro de Rehabilitación Conductual) INAPEWMA, que en mapudungun significa “Cerca del sueño”, cambió a contar del año 2007 cuando se pone en marcha la Ley de Responsabilidad Juvenil o Ley 20.084 con

13 Programas de reinserción. En justicia juvenil. Semana.cl. Revisado el 30 de diciembre de 2011, desde Internet http://www.semane.cl/wsename/estructuras.php?name=Content&pa=showpage&pid=31.14

Carrasco, Francisco. 2005, revisado el 30 de diciembre de 2011 desde Internet http://www.australtemuco.cl/prontus4_noticias/site/artic/20051024/pags/20051024035154.html

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lo que se transforma en un centro con dos sistemas privativos de libertad, para imputados y condenados bajo dicha ley cuando recibe definitivamente el nombre de CIP-CRC Cholchol.

De acuerdo a la información disponible, fue concebido como funcional a la Ley 20.084 de Responsabilidad juvenil, sin embargo durante su primer año se orientó al trabajo con los jóvenes derivados de los tribunales de familia y a los jóvenes que hasta ese momento estaban en las secciones juveniles de Gendarmería de Chile, pero que bajo la nueva ley juvenil debían pasar a centros del Servicio Nacional de Menores. La información de la época señala que “El centro funcionará inicialmente con los sistemas de Observación y Diagnóstico (COD) y Rehabilitación Conductual (CERECO) los que, a partir de la puesta en marcha de la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, pasarán a ser centros de detención preventiva y de cumplimiento de penas privativas de libertad, respectivamente”15.

El CIP-CRC está formado por dos superestructuras, un edificio que sirve para albergar la administración de SENAME y de Gendarmería de Chile, y un sector amurallado que corresponde a la cárcel, cuya obra cuenta con una superficie de 3.631m2. El sector de la cárcel posee un bloque denominado, edificio técnico, en el cual se ubican las oficinas de las/os PEC (profesionales encargados de caso), jefatura técnica, sala de reuniones de funcionarios y una oficina de coordinación. La unidad contigua en este mismo bloque es la enfermería y al lado opuesto de esta se encuentra el gimnasio. El espacio en el cual está ubicado dicho edificio recibe el nombre de área técnica, la cual sirve a su vez para subdividir el centro entre sector CIP y el sector CRC otrora los antiguos patios donde se ubicaban los jóvenes en programa COD y CERECO “el edificio cuenta con dos sectores: el Centro de Observación y Diagnóstico, destinado a la permanencia transitoria de los menores inculpados, y el Centro de Rehabilitación Conductual en el cual permanecen cumpliendo sentencia los menores ya procesados”16. Ambos espacios están amurallados y cuentan con puertas únicas, cuyas llaves las manejan solo los funcionarios SENAME, Gendarmería, escuela y CONACE, no obstante las “ganzúas” que fabrican los propios internos cuando tienen posibilidad de hacerlo con cualquier pedazo de metal o lata.

También posee un bloque en el cual se desarrollan tres tipos de talleres relacionados con: la madera, artes y otro utilizado por la escuela para sus talleres de manualidades. El edificio cuenta con dos sectores: el Centro de Observación y Diagnóstico, destinado a la permanencia transitoria de los menores inculpados, y el Centro de Rehabilitación Conductual en el cual permanecen cumpliendo sentencia los menores ya procesados.

15 SENAME, Por los derechos de la Infancia . P. 31. Edicion nº 12. revisado el 21 de Agosto de 2011 desde internet http://www.sename.cl/wsename/otros/revista/Revista12.pdf16

Carrasco, Francisco. 2005, revisado el 30 de diciembre de 2011 en http://www.australtemuco.cl/prontus4_noticias/site/artic/20051024/pags/20051024035154.html

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Los espacios para albergar a los jóvenes reciben el nombre de casas, las cuales están enumeradas del 1 a 3 para imputados y del 1 a 5 para condenados. A la unidad femenina se le designa como casa 9 la cual se encuentra apartada de ambos sectores para no permitir el paso de internos varones a su interior. Cada casa posee un hall el cual está al centro y alrededor hay 8 pequeños dormitorios de jóvenes, los cuales de acuerdo a las necesidades y contingencias han llegado a albergar hasta 6 jóvenes, teniendo en cuenta que solo caben 2 camas de 1 plaza. Sin embargo bajo la modalidad litera se han ocupado con la cantidad mencionada, por lo que el número de jóvenes por casa es de 15 a 20 jóvenes aprox.

También posee baños y duchas comunes, los que con el paso del tiempo y deterioro intencionado de los jóvenes apenas cumplen su función, también posee una pequeña oficina para el trabajo administrativo y/o intervención del educador hacia los jóvenes. Como parte de la casa existe un patio interior el cual colinda con la línea de seguridad perimetral controlado por gendarmería (línea de fuego) para separarse de las demás construcciones posee muros los cuales tienen la finalidad de establecer un límite entre un área y otra y que a su vez sirve de elemento disuasivo a la hora que alguien quiera infiltrarse en un área a la cual no corresponda.

1.1. El Programa CIP.

La sigla CIP cuyo significado es Centro de Internación Provisoria, corresponde al sistema de reclusión en lo legal y físico mientras dure el proceso de investigación de la causa por la cual fue encarcelado el individuo. En cuanto la persona no es hallada culpable, corresponde que permanezca bajo un régimen de prisión momentánea y sus antecedentes lo señalan, solo como un imputado o sospechosos en un proceso de investigación. La bibliografía disponible señala que este sistema es propio de “cuando se ha aplicado una medida cautelar en régimen de internamiento, es para investigar la imputación de un crimen, por tanto, se le restringe su libertad, pero sus derechos no han sido sancionados. Ello demanda tener muy clara la contrapartida, que es el

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especial rigor en el respeto a los derechos y cumplimiento de garantías de los/as adolescentes”17. El SENAME define a este sistema de reclusión como “La internación provisoria en un centro cerrado sólo será procedente tratándose de la imputación de crímenes. Esta decisión corresponde al Juez de Garantía, que la impondrá como medida cautelar y a la espera de que se resuelva su situación procesal”.

Las actividades socioeducativas y de trato directo al interior está a cargo en su totalidad de personal civil perteneciente a SENAME instituciones externas públicas o privadas que colaboran con el Servicio Nacional de Menores

El programa CIP al corresponder también a un centro de reclusión cuenta con la presencia de Gendarmería de Chile, cumpliendo un rol de vigilancia perimetral, ingreso y traslado de jóvenes desde y hacia tribunales como también la función policial en situaciones críticas o que pongan en riesgo la seguridad interna del centro.

1.2. El Programa CRC.

La nomenclatura CRC significa, Centro de Régimen Cerrado y corresponde al status legal y espacio físico o sector al interior de la cárcel donde se encuentra aquel individuo que ha sido hallado culpable y condenado, de acuerdo al SENAME “Los centros cerrados de cumplimiento de condena albergarán a los adolescentes que hayan sido sancionados con pena de internación en régimen cerrado con programa de reinserción social. La sanción forma parte de una intervención socioeducativa amplia y orientada a la plena integración social del adolescente (Art. 17 y 20 de la Ley Responsabilidad Penal Adolescente, N° 20.084)”18.Para el caso de los centros que incluyen ambos sistemas casi un 100% de los jóvenes que se encuentran ubicados físicamente en este sistema, son los que en primera instancia corresponden a imputados por lo que su traspaso legal y físico ocurre al interior del mismo centro de reclusión.

El centro de régimen cerrado además de ser el lugar físico donde se segrega al joven que haya cometido delito, también debe promover la reinserción social de estos individuos. “La ley 20.084 mandata expresamente que este régimen deberá garantizar la continuidad de estudios básicos, medios y especializados, considerando la reinserción escolar en caso de deserción, así como la participación en actividades de carácter socioeducativo, de formación, de preparación para la vida laboral y de desarrollo personal”19. Estos centros también tienen implicancia en tratamientos antidrogas “también debe asegurar el acceso a tratamiento y rehabilitación del consumo de drogas para los adolescentes que lo requieran, así como los que deban ingresar a un tratamiento como sanción accesoria decretada por Tribunales (Art.7)”20.Al igual que en el programa CIP, el programa CRC también corresponde a

17 Henríquez, Sergio. “Necesidad de oferta programática para Centro de Intervención Provisoria”. Pág. 6. Puentes Consultores. Revisado el 30 de diciembre de 2011 desde internet http://www.puentesconsultores.cl/pdf/necesidad-de-ofertas-programatica-para-centros-de-internación-provisoria.pdf18 Programas de reinserción. En justicia juvenil. Sename.cl. Revisado el 30 de diciembre de 2011, desde Internet http://www.sename.cl/wsename/estructuras.php?name=Content&pa=showpage&pid=3119 Ibíd. 20 Ibíd.

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un centro de reclusión y cuenta con actividades socioeducativas dirigidas a la resocialización de los adolescentes como también cuenta con una presencia de personal de Gendarmería de Chile en un rol de policía interna para vigilancia perimetral y control de situaciones críticas.

1.3. Educación Formal en los Centros CIP-CRC.

Sin duda es la educación, el pilar más importante después de la familia, por lo que se pretende proponer una modelo Educativo que se constituya en una eficaz herramienta de apoyo y mejoramiento en los centros de reclutamiento de jóvenes infractores de ley, en donde no solo se les castigue por su delito, sino que se generen una serie de posibilidades de reinserción, asentadas en las aspiraciones, metas y anhelos de cada uno de los jóvenes. Sin embargo esta etapa no se abarca en el presente artículo, debido a que a través del proyecto Fondef se está diseñando diferentes modalidades de acercamiento a los adolescentes, donde se comienza por la capacitación de los educadores de trato directo (ETD), como de los profesores de la Escuela; para configurar un nuevo trato con los adolescentes. Al mismo tiempo, aplicar diferentes modalidades de intervención donde el adolescente y su familia participen activamente, luego, teniendo como base lo anterior, proponer un modelo educativo que responda a las necesidades de los jóvenes reclusos, bajo la modalidad de capacitación para la vida, el trabajo, la familia, por lo tanto orientada a la inserción en el mundo laboral y a su propia valoración como persona.

Esto hace suponer que la disminución de las tasas de delincuencia en Chile no sólo se relaciona con la fortaleza de los sistemas penitenciarios para castigar los delitos, sino también con la decisión de conocer las características del espacio en donde cada uno de los jóvenes se desarrolla, las características de las familias, y adentrarse en las causas personales que llevan a los jóvenes a formar parte de los infractores recluidos en centros del SENAME.

El tema de la pobreza, para el caso de chile a sido estudiado en profundidad por profesionales, tanto nacionales como de la región, todo esto permite observar este fenómeno desde una óptica más cercana a nuestra realidad y con características propias del espacio en el cual se ha centrado este estudio. Con respecto a la teoría de D. Herbert 1977, Lara y Gaete aluden a que las conductas desviadas en los jóvenes son respuestas patológicas al entorno social inmediato en que viven los menores, que se caracteriza por la extrema pobreza, los menores al provenir de espacios segregados y pobres no disponen de lo necesario para crecer saludables y seguros lo que los lleva al abandono del hogar, y la vagancia

La escasez de recursos los impulsa a la mendicidad y luego continúa la escalada del delito mediante robos y hurtos. A su vez el consumo de drogas y alcohol es parte de la realidad juvenil, permitiéndoles ser aceptados por su grupo de pares y minimizando con ello la pérdida de sus familiares, olvidando sus precariedades mediante estos narcóticos. Estos fundamentos forman parte del análisis teórico de la escuela ecológica de la delincuencia, y especialmente del llamado ciclo de la pobreza y delincuencia de David Herbert.

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Con éste avance, por lo tanto se espera configurar un diagnóstico, para sentar las bases del proceso anteriormente descrito. Es clave la incorporación de los Alcaldes y actores económicos de las comunas de pertenencia de los reclusos, probablemente a través de una política pública que regule la aplicación de los instrumentos de planificación comunal u urbana, considerando todos los espacios y habitantes, especialmente a las familias pobres, pues sólo así, estos jóvenes podrían proyectar sus vidas, creando un compromiso de acogida y apoyo de la comunidad, rompiendo así el ciclo de la pobreza y la delincuencia21, el estigma social y evitar la reincidencia Por lo anterior, cabe preguntarse ¿Cuales son las potencialidades y los obstáculos para lograr la reinserción social efectiva de los jóvenes en los CRC del SENAME?.

Por lo tanto, el propósito de este estudio es indagar sobre el funcionamiento interno de los centros de régimen cerrado que dispone en SEMANE en Chile y en la Región de la Araucanía desde la puesta en marcha de la ley de responsabilidad juvenil, ley 20.084, con el fin de descubrir la relación entre los actores potencializadores y obstaculizadores para la reinserción social, teniendo como espacio de estudio el CIP-CRC Chol-Chol. Para lograrlo, se localizan y describen los Centros de cumplimiento penitenciario para los jóvenes en Chile y la Araucanía, según evolución de la población ingresada, edad, sexo, delito y modalidad, y con estas mismas variables, localizar y describir la población de jóvenes internos del CIP-CRC Chol-Chol y aanalizar los obstáculos y las potencialidades de la reinserción social a través de la mirada de los Educadores de Trato Directo (ETD) y de los profesores.

METODOLOGÍA

Se recopila información bibliográfica, artículos, libros, tesis, sobre la temática de la reinserción de jóvenes infractores de la ley penal, estudios tanto nacional como internacionalmente. Esto da un apoyo teórico a la investigación y propuesta metodológica que se pretende lograr. Se investiga sobre los centro de reclusión del SENAME a nivel nacional y regional, cuyo propósito es localizar y describir los centros geográficamente, a través de mapas, con ellos viendo la situación a nivel país y regional, de diferencias y semejanzas en la evolución de los ingresos a los centros, las edades, sexo, los delitos y las modalidades. Realizando una visión general de la situación de los centros. Se localiza el centro CIP-CRC Chol-Chol, con ellos se busca describir a los internos según la fecha de ingreso, el hecho y delito por el cual cumplen condena, con ello se busca dar una panorámica del centro de reclusión. Se aplican cuestionarios a los Educadores de Trato Directo y profesores del CIP-CRC Chol-Chol, cuestionario que consta de tres ítems, sobre equipamiento, actividades socioeducativas y sobre la educación formal. A través de este cuestionario se busca analizar las diversas miradas que tienen por un lado los educadores de trato directo, quienes están casi todo el día con los jóvenes, y además son quienes más cercanía poseen; y sobre los profesores encargados de la educación formal. La recopilación de información y los participantes de las encuestan son confidenciales. A través de estas

21 Herbert, David en Lara R, y Gaete A, 2000, 2001, 2002, 2003, 2005, 2007, 2010.

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entrevistas se busca analizar los obstáculos y las potencialidades de la reinserción social de los jóvenes infractores de la ley penal en Chile. Dicho análisis se realiza a través de la tabulación de la información en el programa ATLAS.ti.

2. RESULTADOS.

2.1. Localización del área de estudio.

Chol-Chol se localiza en la Región de la Araucanía, es un pueblo y comuna de Chile, de la Provincia de Cautín, fue creada por ley 19.944 del 22 de abril de 2004, segregándose de la comuna de Nueva Imperial. Se extiende entre los 38°36´S y 72°50´W, con una superficie de 427,87 km2. La

densidad de población en de 24,92 hab/km2, con una población de 10.663 habitantes. Limita al norte con la comuna de Galvarino y Lumaco, al Sur con Nueva Imperial, al Este con Temuco y al Oeste con Carahue y Nueva Imperial.

2.2. Localización y descripción de los Centros de SENAME (mapa 1), antes y el después de la Ley de Responsabilidad Juvenil (LRJ) N° 20.084 en Chile

Previa aprobación de la ley 20.084, que viene a modificar la situación penal de los jóvenes infractores de ley, existió en Chile una situación donde la justicia solo condenaba a jóvenes menores de 18 años. La historia de las leyes de menores en Chile datan del año 1928 con la

primera Ley de menores, sin embargo este y otros avances mantienen mucho de lo antiguo porque tanto adultos como menores estaban casi en el mismo status jurídico. “Esto es lo que ocurrió en 1928 con nuestra primera Ley de Menores (N°. 4.447), pues

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en vez de derogar el sistema anterior, se mantuvo tanto el derecho penal de adultos atenuado- como el poder penal doméstico , incorporando esta tercera forma de control (Derecho Tutelar de Menores), y modificando las franjas de aplicación del discernimiento -institución que a partir de este momento pasa a funcionar como el mecanismo de selección en virtud del cual se elige a algunos niños de entre los mayores de 16 y menores de 20 para ser enviados al sistema penal de adultos mediante la Ley 11.183 de 1953, y a partir de ahí el discernimiento pasó a aplicarse a los mayores de 16 y menores de 18”22

Durante el año 1967 el trato a los menores de edad nuevamente tiene variaciones, una nueva ley reemplaza a la de 1953 ““En Chile, la Ley de Menores (número 16.618), que considera a los menores de 18 años penalmente inimputables, data de 1967. El discernimiento de los adolescentes de hoy no es el mismo de entonces y la ley ha ido quedando obsoleta”.23

La antigua ley que regulaba la justicia de menores (Ley 16.618) daba lugar a procedimientos diferentes para los jóvenes infractores. Entre los 16 y 18 años, un juez de menores debía determinar si el menor actuó con o sin discernimiento. El discernimiento es un procedimiento que data de 1810 y que implica dilucidar si el infractor tiene conciencia de haber transgredido la ley y si distingue entre el bien y el mal. En la práctica, el magistrado a cargo del proceso pide a profesionales como psicólogos y asistentes sociales un informe psicosocial a partir del cual dictamina.

Esta práctica se cuestiono el procedimiento de discernimiento y se indica que dichos informes miden características del autor del delito y no del acto propiamente. De esta forma, el discernimiento no tendría que ver con el delito, sino con las características psicológicas y sociales del infractor. Si es hallado con discernimiento, el menor sigue un proceso criminal en el sistema penal de adultos. Cabe destacar que la Convención Internacional de los Derechos del Niño, ratificada por Chile, fija los 18 años como la edad a partir de la cual una persona puede ser castigada como adulto.

En caso contrario, el infractor era declarado inimputable, al igual que los jóvenes entre 14 y 16 años, y derivado al juzgado de menores en donde, por esta condición, no se da lugar a un juicio, pudiendo el juez determinar la clausura del caso y devolverlo a la familia o dar curso a una medida de protección que puede llegar a significarle hasta la privación de libertad en centros para jóvenes infractores de ley. Del total de menores detenidos entre 16 y 18 años, un 25% es dejado inmediatamente en libertad y el 75% restante inicia un proceso judicial para determinar el discernimiento. De ellos, el 20% es hallado con discernimiento y el resto es derivado al juez de menores. La principal causa de ingreso al Servicio Nacional de Menores de jóvenes infractores de ley es por consumo de drogas, hurto y robo.

22 Cortéz, Julio. “La ley de responsabilidad penal de adolescentes dentro de las transformaciones de largo plazo en el ámbito del control social punitivo” pp. 63 y 64, en Revista el Observador Nº 5 Edición especialDiciembre 2009, revisado el 28 de diciembre de 2011 desde Internet http://www.sename.cl/wsename /otros /observador5/el_observador_5__%2057-82.pdf23 Adolescentes: Cuidado con sus derechos. Revisado el 29 de diciembre de 2011 desde Internet http://www. pediatraldia.cl/adolescentes_carrete.htm

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El ex Presidente de la República, Ricardo Lagos, junto al ex Ministro de Justicia, Luis Bates, promulgaron en el Palacio de La Moneda la Ley Nº 20.084 de Responsabilidad Penal Adolescente, que establece por primera vez en Chile un sistema de justicia especializado para jóvenes mayores de 14 años y menores de 18 que han cometido infracciones a la legislación penal. La nueva justicia que tenía programada su inicio en junio del 2006, comenzará a regir en junio del año 2007. Las instituciones involucradas comenzaron a trabajar ya en su puesta en marcha. Se anunció además la creación de una Mesa de Implementación de la Nueva Justicia Adolescente, que será coordinada por el Ministerio de Justicia y en la que participan el Ministerio Público, el Poder Judicial, Defensoría Penal, Servicio Nacional de Menores (SENAME), Carabineros, Investigaciones y el Consejo Nacional para el Control de Estupefacientes (CONACE),entre otras instituciones.

La nueva ley fue enviada al Congreso Nacional por el Gobierno en agosto de 2002, despachada el 12 de octubre pasado y promulgada el 11 de noviembre del año 2006, entra en vigencia el 8 de junio de 2007. Se caracteriza porque considera al adolescente perteneciente al grupo etáreo mayor de 14 y menor de 18 años de edad como un sujeto de derecho, capaz de responder ante la justicia por las infracciones a la ley penal por tanto “Con este nuevo sistema, todos los adolescentes entre 14 y 18 años podrán ser sujetos de responsabilidad penal. Con deberes y prerrogativas”24

De acuerdo a lo anteriormente señalado esta ley tiene por finalidad juzgar en tribunales los delitos cometidos por los jóvenes y proceder a dictar sentencias ya sea en medio libre, sistema de interacción provisoria, centro de régimen cerrado o semicerrado como también garantizar el respeto por los derechos de los jóvenes procesados, reemplazando a la Ley de Menores16.618. Presente desde el año 1967, cuyas regulaciones establecían la importancia del discernimiento en cada uno de los jóvenes que cometían infracciones a la ley penal, y que en la mayoría de los casos no eran sujetos de derecho o por el contrario eran internados en cárceles de adultos donde en vez de reinserción a la sociedad, adquirían nuevas habilidades delictivas.

En cuanto a la trascendencia de esta ley que explicitado que “El objetivo de esta Ley - señalado en su artículo 20 - es hacer efectiva la responsabilidad de los adolescentes por los hechos delictivos que cometan, pero de tal manera que la sanción forme parte de una intervención socioeducativa amplia y orientada a la plena integración social. Crea, por primera vez en nuestra historia, un sistema de responsabilidad penal especial para los adolescentes entre catorce y dieciocho años”25

24 Orellana, Esteban. Ley de Responsabilidad Juvenil en Chile. Lexweb.cl. Marzo de 2011. Revisado el 29 de diciembre de 2011 desde Internet http://www.lexweb.cl/ley-de-responsabilidad-juvenil-en-chile25 Del canto, Ricardo. Nueva institucionalidad para la infancia y adolescencia. P. 29.ministerio de justicia. El Observador. Nº 6, abril de 2010. Revisado el 29 de diciembre de 2011 desde Internet http://www.sename.cl/ wsename/ OBS6/El-Observador-6____28-35.pdf

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El sistema de sanciones de esta ley corresponde a : a) “Internación en régimen cerrado con programa de reinserción social; b) Internación en régimen semicerrado

con programa de reinserción social c) Libertad asistida especial; d) Libertad asistida; e) Prestación de servicios en beneficio de la comunidad; f) Reparación del daño causado; g) multa h) Amonestación26.

Tras la aprobación de la Ley de Responsabilidad Juvenil, en Chile se crean nuevos centros a manos del SENAME (Mapa 2), conocidos como COD-CERECO, con lo que se transforma en un centro con dos sistemas privativos de libertad, para imputados y condenados bajo dicha ley. “El centro funcionará inicialmente con los sistemas de Observación y Diagnóstico (COD) y Rehabilitación Conductual (CERECO) los que, a partir de la puesta en marcha de la Ley de Responsabilidad Penal Juvenil, pasarán a ser centros de detención preventiva y de cumplimiento de penas privativas de libertad, respectivamente”27.

Con ellos el Servicio Nacional de Menores, viene a configurarse como una de las instituciones que regula la reinserción social de los jóvenes infractores de la ley penal en Chile. El SENAME, es un organismo del Estado que, relacionado con Gendarmería, busca la reinserción social de los adolescentes que han infringido la ley penal y han sido declarados sin discernimiento. La institución es dependiente del Ministerio de Justicia y atiende a jóvenes que carecen de tuición, es decir, que se encuentran en alguna situación irregular. El SENAME, además, atiende a menores con problemas conductuales, de abandono, vagancia y otros.

Dentro del sistema carcelario chileno los programas para jóvenes son los siguientes:- Sección de Menores de Gendarmería de Chile (43 centros)- Centros de Orientación y Diagnóstico - COD (6 centros): corresponde a la institución encargada de recibir a los menores entre 14 y 18 años enviados por tribunales en el período que comprende la tramitación judicial de la causa y la elaboración del informe

26 Articulo 6º. De las sanciones en general. Ley 20.084. Biblioteca del Congreso Nacional. Revisada el 29 de diciembre de 2011 desde Internet http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=24480327 SENAME, Por los derechos de la Infancia . P. 31. Edicion nº 12. revisado el 21 de Agosto de 2011 desde internet http://www.sename.cl/wsename/otros/revista/Revista12.pdf

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de discernimiento. Dicho tiempo no es superior a los dos meses y, durante este período, se desarrolla el trabajo educativo y formativo del menor.- Centros de Rehabilitación Conductual - CERECO (14 centros): corresponde a la institución que vela por las medidas protectivas y no penales dictadas por el juzgado. Esto quiere decir que a los menores no se les pueden imputar cargos, por lo que quedan bajo la custodia del SENAME indefinidamente. CERECO corresponde, además, a un centro privativo de libertad que acoge a jóvenes entre 14 y 18 años con problemas de conducta y en plan de rehabilitación. Dicha medida se lleva a cabo en conjunto con residencias abiertas, centros de atención integral y otras. La unión de ambas instituciones, centros COD-CERECOS, eran compartir las infraestructuras y ciertas medidas de seguridad y en donde el principal objetivo conjunto es la rehabilitación y reinserción de los menores, “sacándolos” de la marginalidad.

El funcionamiento interno de los centros administrados por el SENAME está fundamentalmente centrado en los objetivos de seguridad, control y segregación de

los menores, ya sea en cada recinto o en las circulaciones hacia la zona de talleres, servicios comunes, salas de clases y acceso. Como esquema se muestra el perímetro de seguridad compuesto de 3 áreas: Área C. Área B y Área E. La primera corresponde a la zona de servicios comunes, tales como gimnasio, enfermería, oficinas de profesionales y núcleo de aislamiento. La segunda pertenece al COD (Centro de Orientación y Diagnóstico), que cuenta con un sector de viviendas y de actividades recreativas. Por último, se encuentra el Área E, en donde se ubica el sector de CERECO (Centro de Rehabilitación Conductual), con un programa de viviendas y zonas de talleres. La segregación entre COD y CERECO es una medida usada en la mayoría de los centros mencionados en el cuadro anterior y su aplicación está sujeta a evitar el contagio criminológico entre diferentes categorías de jóvenes sancionados por los jueces de menores.

Tras la puesta en marcha de la Ley de Responsabilidad Juvenil, los centros COD-CERECO, pasan a llamarse CIP-CRC, la cual corresponde a la nomenclatura empleada por el Servicio Nacional de Menores (SENAME) para definir los dos sistemas de reclusión en un mismo centro carcelario, vale decir, tanto

imputados como condenados pueden estar presentes en un mismo centro privativo de

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libertad manteniendo la segregación respectiva de uno y otro sistema. Tal como sucede con ambos tipos de sistemas de reclusión separadas, también lo en forma conjunta a estos centros acceden los jóvenes en un rango etáreo mayores de 14 y menores de 18 años derivados bajo la ley de responsabilidad penal juvenil 20.084 e incluso mayores de 18 cuando si han sido condenados bajo la ley mencionada, para cumplir las sanciones dictaminadas por los tribunales de justicia respectivos.

Otro aspecto a considerar es la presencia de Gendarmería de Chile que cumple un rol guardia que incluye vigilancia perimetral, ingreso y traslado de jóvenes desde y hacia tribunales como también la función policial en situaciones críticas o que pongan en riesgo la seguridad interna del centro. Las actividades socioeducativas y de trato directo al interior está a cargo en su totalidad de personal civil perteneciente a SENAME instituciones externas públicas o privadas que colaboran con el Servicio Nacional de Menores

3. Obstáculos y potencialidades. Educadores de trato directo y profesores del CIP-CRC Chol-Chol28.

El centro CIP-CRC Chol-Chol, inserto en la modalidad de los centros de SENAME, cuenta con los programas de educación, donde se pretende que los jóvenes recluidos finalicen sus estudios al interior de centro, condenados o imputado. Toda institución del SENAME requiere de funcionarios para que realicen el trabajo de educadores. Estos centros cuentan con dos modalidades de trabajo, por un lado están los educadores de trato directo (ETD), que para el caso de los centros cerrados, son los encargados de realizar las diversas intervenciones, que demanda y necesita dicha institución privativa de libertad, sin embargo surgen ambigüedades o dilemas en cuanto a sus funciones. Por un lado el discurso los muestra como quienes asisten en su proceso de reinserción social a los jóvenes a través de lo humanitario. Y por otro lado también cumplen la función de ejercer el control, mantener el orden y de sancionar a dichos sujetos de atención.

La figura de educador de trato directo no es nueva, de acuerdo Dionne (2008) cuando las autoridades de los Estados occidentales en el siglo XIX comenzaron a hacerse cargo de los niños y adolescentes en riesgo social desde una perspectiva asistencialista, se hizo necesario que alguien se hiciera cargo de su intervención. Sin embargo el fin de la Segunda Guerra Mundial marca un antes y un después en cuanto a lo profesional, ya que hasta entonces la intervención de estos niños estaba en manos de educadores pertenecientes a instituciones religiosas y sin preparación “aparecieron en Europa los primeros educadores especializados en la infancia y

28 Los obstáculos y las potencialidades que se pueda tener con respecto a una reinserción efectiva dependerán de varios factores internos como

externos que rodean el ambiente del joven infracto de la ley penal. La herramienta para profundizar en las falencias como las potencialidades que puede tener este centro se realizan a través de dos tipos de entrevistas; una dirigida a los educadores de trato directo, 25 entrevistados, constando con 13 preguntas de tres aspectos, equipamientos, actividades socioeducativas y educación formal. Entrevistas a profesores que consta con la misma modalidad anterior. El análisis de las entrevistas se tabula según el programa ATLAS. ti, herramienta que permite esquematizar de mejor manera los resultados obtenidos con respecto a las preguntas.

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juventud en dificultad particularmente en Francia y en otros países, que se dedicaron a ayudar a jóvenes víctimas de la guerra”29

Para el caso de Chile resultan esenciales en cuanto a la labor de reinserción social que impulsa el estado a través de sus leyes, teniendo al SENAME como organismo que concreta los diversos programas de reinserción social en los diversos centros. De esta forma “El rol del Educador de Trato Directo constituye uno de los engranajes principales en la intervención de los centros de atención a menores en riesgo social, ya que las personas que desempeñan este cargo son las que pasan mayor tiempo con los niños y jóvenes que participan en este tipo de programas y, por lo tanto, pueden lograr un profundo vínculo con ellos”30.

Por otro lado están los educadores o profesores, quienes tienen el rol de la educación formal al interior del centro, abocándose a una la labor pedagógica de la entrega de contenidos.

Tanto la labor de los ETD como de los profesores poseen diversas falencias o obstáculos que muchas veces hacen que la educación y la posible reinserción efectiva se vea frustrada por las precariedades que el centro CIP-CRC Chol-Chol presenta, entre los principales nudos problemáticos son detectados:

Aspecto de equipamiento:El centro no cuanta con agua potable, alcantarillado, falta de red de calefacción, los servicios higiénicos son deplorables, no existe agua caliente, los baños se tapan. Cabe destacar que en presencia de población femenina las deficiencias de infraestructura tienen un efecto agravado, pues, generalmente, en razón de su menor número, las mujeres se ven perjudicadas al asignárseles menos tiempo para uso de los espacios comunes y menos posibilidades de acceso a los talleres. Falta suministro de implementos de aseo, particularmente para los baños y para la higiene personal de los jóvenes (cloro, detergente, pasta dental, jabón y shampoo). Las instalaciones sanitarias y de los dormitorios no se ajustan a los estándares legales y reglamentarios, sea por defectos estructurales, escasez de espacio, ausencia de higiene o imposibilidad de contar con un mínimo de intimidad.

Se detecta asimismo una marcada ausencia de espacios habilitados para talleres de capacitación o actividades educativas o deportivas, y una deficiente habilitación de espacios para recibir visitas (cuando éstos no son derechamente improvisados). Tales problemas traen consigo efectos tanto para los jóvenes como para los que trabajan directamente con ellos, por un lado está el negarse a participar de las actividades que se les da, un mal desarrollo del trabajo profesional, los jóvenes se niegan a realizar sus aseos personales (no quieren por no constar con agua caliente, agua potable o

29 Vizcarra, María B. y Dionne Jacques. El desafío de la intervención Psicosocial en Chile. Aportes desde la Psi coeducación. Pág.26. Chile. 200830

Robles, Luis. La empatía con jóvenes en riesgo social. Orientación técnica para los educadores de trato directo. El experiencing en movimiento. Revisado el 30 de diciembre de 2011 desde Internet http:// focusingexperiencial.blogspot.com/2007/02/la-empata-con-jvenes-en-riesgo-social.html

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calefacción), por otro lado el sentimiento de vulneración que los jóvenes desarrollan al vivir en esas condiciones. Estos problemas de equipamiento según fuente de los entrevistados, manifiestan que existen procesos de mejoras, pero que son deficientes, soluciones paliativas o llamadas muchas veces soluciones parches.

Aspecto Actividades socioeducativas: El recurso humano no es suficiente en términos cuantitativos considerando el número de internos. Incide en el déficit cuantitativo el considerable número de funcionarios haciendo uso de licencia médica, esto último parece deberse al desgaste y agotamiento al que se encuentran sujetos. En este sentido, se nota la falta de una adecuada implementación de programas o capacitaciones destinados al auto-cuidado y al manejo de situaciones estresantes. Este déficit, naturalmente, incide directamente en la atención que reciben los jóvenes. En términos cualitativos, el personal de los centros no tiene los niveles de especialización ni la preparación técnica y capacitación que exige su función.

Asimismo, muchas veces los talleres y las actividades educativas son impartidos directamente por educadores de trato directo. Ciertamente es necesario reforzar el personal profesional, especialmente en las áreas de salud, atención psicológica y capacitación técnica. A estos déficits cualitativos y cuantitativos se suma la falta de coordinación interna para dar cobertura a las necesidades y derechos de los jóvenes internos. Suspensión y cancelación de actividades ya previstas, incumplimiento de turnos, y una considerable brecha entre las actividades programadas y las efectivamente realizadas son síntomas claros de ello. Tanto los educadores como las actividades que se realizan son insuficientes, tanto para la cantidad de internos como la calidad de estos, por otro lado existe una escasez de ETD, sumado a ellos los despidos.

Las actividades socioeducativas de los jóvenes son talleres de madera, computación, arte y el que se incorporo ultimo el deportivo, cuyos talleres no cumples con las expectativas de los educadores como por los jóvenes. Esto se debe a la falta de recursos para la realización de estos como el interés de los jóvenes. Los educadores de trato directo se los ha criticado por su falta de capacidades, estas en el área de la psi coeducación, muchos de ellos la experiencia los ha creado y formado como educadores, mientras tato los profesores son profesionales ingresados de universidades o centros de formación universitaria. Es por ello que los educadores piden herramientas técnicas que ayuden al trabajo (praxis), capacitaciones en psi coeducación, el trabajo con otros centros del SEMANE, capacitaciones sobre la Ley 20.084 y capacitaciones para realizar talleres efectivos y acordes a las necesidades de los jóvenes.

En directa relación con los problemas de infraestructura referidos en el punto anterior (a los que, en algunos casos, se suma el problema de la sobrepoblación), se encuentra el problema de la falta de segregación (según edad, estatus procesal, perfil del interno y género). Al no existir infraestructura adecuada se hace imposible para los centros dar cumplimiento a la normativa vigente en materia de segregación sin lesionar al mismo tiempo otros derechos fundamentales de los jóvenes o sus

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condiciones de vida: en aras de la segregación, muchos jóvenes quedan privados de la posibilidad de acceder a educación y talleres la regularidad necesaria; o gozan de espacios físicos muy reducidos; o pueden hacer uso de los espacios comunes por reducidos espacios de tiempo, permaneciendo la mayor parte de la jornada bajo encierro.

Aspecto Educación formal:Uno de las características que rodea a la educación formal es sin duda los problemas que posee la escuela CIP-CRC Cholchol, relacionándose al aspecto de equipamiento, la escuela posee falencias en infraestructura, con salas pequeñas, espacios insuficientes para realizar los talleres, materiales escasos y/o precarios, la desmotivación de los jóvenes en participar en las clases o talleres, falta de aulas y talleres. Donde las entrevistas dan a conocer que los profesionales no saben resolver los problemas al interior del centro, que si bien (para algunos) existe el personal necesario no es el adecuado para trabajar con jóvenes de estos centros, existiendo profesores que no poseen experiencia y donde el personal necesario no está presente para esta labor.

En cuanto si las actividades son necesarias y adecuadas, existen disparidades en donde consideran que son necesarias, pero no adecuadas y en donde se deben partir evaluándolas. No existen talleres que cumplan una real función capacitadora o que preparen para la vida laboral. Los talleres impartidos por los centros son actividades manuales básicas y cumplen un fin meramente recreativo: adornos navideños, artesanía en mimbre o cuero, mosaicos, y “computación” consistente principalmente sólo en juegos. Algunas de las mayores demandas de los jóvenes están dirigidas a que la calidad y cantidad de los talleres impartidos sean apropiadas a su edad y necesidades, pues según sus propios relatos pasan largas horas haciendo nada, lo que incrementa sus grados de ansiedad y frustración. La implementación de los programas de escolarización y capacitación es deficiente. Se constata irregularidad en las horas destinadas a clases (suspensiones intempestivas, fallas en los sistemas de turnos, inasistencias de profesores, etc.), falta de cobertura, y una baja cantidad de horas de actividad educativa en la rutina diaria de cada interno (en contraste con lo declarado en los programas de los centros). Se detecta escasez de personal capacitado para cumplir estas funciones (hecho que se ve agravado por el alto uso de licencias médicas), y precariedad de recursos materiales.

En donde la educación formal que reciben los jóvenes no los preparan para la vida, el trabajo y la familia. Buscándose con ellos un perfil de profesor cuyas características son que sea seguro, respetuoso, motivador, con experiencia laboral, proactivo, con dominio disciplinario, manejo y/o especialización en psi coeducación, entre otros. Pero en donde las aspiraciones o metas de los jóvenes no son o no saben si son consideradas en su formación.

4. Discusión de los resultados.

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La reinserción social “efectiva”, no solo dependerá de las metas, sueños o desafíos que tenga el joven recluido, sino de un ambiente propicio de su reinserción, donde un nuevo centro de reclusión y el ambiente es la herramienta número uno para la integración, convivencia y relaciones. El paisaje y la naturaleza actúan como participantes potenciales dentro del proceso de educación, debido a que no es lo mismo convivir entre “cuatro paredes” que relacionarse en un ambiente más grato, bello y amplio. Sumado a lo anterior, la integración de la comunidad, la familia y los actores locales es fundamental. Las instancias de convivencia de los reclusos y la población generan una retroalimentación que ayuda a la carencia afectiva y a un cambio en la estigmatización de los niños presos. Todo esto de acuerdo a una infraestructura y equipamiento adecuado para la comunidad que permita la concreción de dicho encuentro.

La educación al interior del centro CIP-CRC, de debe plantear como el corazón del centro de reclusión. No solo por la estipulación de la Ley 20.084, donde se plantea la reinserción social y la educación como principales ejes, más bien verla como la base principal del sistema carcelario en Chile. De acuerdo a esta mirada, se debiera ver a la reclusión, más que ser sólo privación de libertad, una instancia donde se promueve la mejora del joven en cuando a su formación, abriendo las puertas a un futuro más próspero luego de su salida del penal. Si bien el período de reclusión mínima es de 3 a 5 años, tiempo donde pueden terminar su educación básica o media o la obtención de un título técnico que posibilita una ulterior reinserción social en el plano laboral, con ello haciendo hincapié a la reinserción social efectiva, donde la educación es uno de los pilares de este círculo de ayuda que se puede gestar.

Otra de las falencias que existen al interior del centro CIP-CRC Chol-Chol, es la falta de espacios de esparcimiento, lugares de recreación y de espacios para talleres; la necesidad de divertirse, sobre todo para los niños y jóvenes, es una necesidad intrínseca. Está comprobado que la diversión relaja y trae alegría, ayudando de esta forma a la formación de una persona más optimista y productiva. Está comprobado que las colectividades que se divierten juntas y son capaces de disfrutar y de compartir buenos momentos, son más capaces de sacar provecho ante las circunstancias favorables de la vida y afrontar de mejor manera los malos momentos. Es por ello la necesidad de crear nuevas y mejores metodologías de trabajo con los jóvenes, como crear nuevos espacios, equipamientos y mejoras en infraestructuras, donde el joven no sienta que está siendo castigado por esta sociedad, sino que sienta que está viviendo una nueva etapa de sus vida donde se busca la mejora de su vida y su percepción con respecto a ella, dejando atrás la vida de delincuente, imputado o condenado, donde agradezca la nueva oportunidad que le dio la vida.

Conclusiones:

Las causas aparentes de la ola de delincuencia en Chile y La Araucanía no desaparecerán a corto plazo a menos que se efectúen reformas estructurales de un modo inmediato. La delincuencia juvenil es un problema social, y como tal puede combatirse mediante políticas de intervención. Una de las problemáticas número uno

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que merece mejorar es sin duda la pobreza y la desigualdad, que no son algo transmitido biológicamente y su eliminación puede hacerse posible mediante políticas de intervención, no solo del gobierno central, sino también con el apoyo mancomunado de la comunidad, de los actores locales, del interés y la predisposición a mejorar esta situación tan latente en nuestra sociedad más inmediata. El sistema penal en Chile sugiere la creación de nuevos centros para sostener el aumento de los jóvenes al sistema, no así dando pasos hacia la prevención y reducción de la violencia juvenil mediante varios enfoques diferentes. Estos incluyen esfuerzos a nivel local para mejorar y reforzar la provisión de servicios sociales, así como programas específicos para jóvenes en riesgo que impliquen la participación de todos los sectores de la sociedad.

El papel del gobierno central en lo que respecta a coordinar esfuerzos interinstitucionales, definir prioridades, corregir distorsiones del mercado, generar empleo y garantizar la prestación de servicios sociales básicos no es sólo necesaria, sino la parte medular y más urgente. Un modelo social de desarrollo más humano, y una prestación más efectiva de servicios contribuirá no solo a una mejora del crecimiento económico y el desarrollo social, sino también a proporcionar un suelo fértil para el crecimiento de una democracia profunda y sostenible. Dentro del contexto actual, los jóvenes infractores de la ley penal en Chile, viven en una situación de precariedades y en donde de alguna manera se puede ver que es como un medio de castigo hacia sus hechos cometidos, pero no un lugar en donde ellos tengas la posibilidad de mejorar su conducta y buscar nuevas y mejores herramientas para su reinserción efectiva dentro de la sociedad. Tanto la falta en ámbitos materiales como entregas de afectividad son temas centrales en una posible mejora en la realidad carcelaria de aquellos jóvenes, que tal vez podrían haber tenido una mejor vida si su núcleo familiar y condición social fuese diferente.

Es evidente que la labor de rescatar a estos niños y adolescentes, debe coordinar un buen número de campos, pero solo de esta manera puede resolverse el problema. Los centros de formación de padres, los servicios de higiene mental, el club de ocio en el barrio y la asistencia por medio de profesionales sociales como asistentes sociales, psicológicos, monitores de grupo, centros excursionista, enclavados dentro del ambiente donde el muchacho vive, son elementos validos cuyos resultados están por probar, ya que nuestras sociedades urbanas no lo han puesto en práctica; pero en los pocos intentos que se han llevado a cabo en el ámbito experimental, los resultados han sido esperanzadores.

Se debe realizar una labor preventiva que posibilite un mayor acceso a la cultura y al deporte en los suburbios urbanos y que a la vez sea capaz de la pobreza cultural de los jóvenes. La familia es el pilar para una buena vida y formación de los jóvenes, la escuela como un lugar de oportunidades, y las políticas nacionales debieran estar enfocadas y orientadas a las mejoras en las condiciones de vida de quienes más lo necesitan. Como también articular ayudas desde lo local a lo global, enfocado en los actores locales, como municipalidades, gobernadores, empresas públicas y privadas, gobierno, para que la situación de los jóvenes que viven o están dentro del sistema carcelario mejore en pro a una disminución de la delincuencia y una mejora en la calidad de vida y carencias que enfrentan los jóvenes.

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Concluimos que sólo la prevención de la delincuencia se constituye en el único medio científico y eficaz para fortalecer la paz y seguridad ciudadana, y que ésta pasa por considerar seriamente los problemas y los conflictos sociales asociados, que nuestro país presenta.

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