Articulo Confronta CFF 15-16

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    Confronta Cdigo Fiscal Federal 2015-2016Texto 2015 Texto 2016 Comentarios

    Reforma

    Artculo 22.- Las autoridades fiscales devolvern lascantidades pagadas indebidamente las !ue procedan

    conforme a las lees fiscales. "n el caso de

    contribuciones !ue se #ubieran retenido$ la devoluci%n

    se efectuar a los contribuentes a !uienes se les

    #ubiera retenido la contribuci%n de !ue se trate.

    Tratndose de los impuestos indirectos$ la devoluci%n

    por pago de lo indebido se efectuar a las personas !ue

    #ubieran pagado el impuesto trasladado a !uien lo

    caus%$ siempre !ue no lo #aan acreditado& por lo

    tanto$ !uien traslad% el impuesto$ a sea en forma

    expresa por separado o incluido en el precio$ notendr derec#o a solicitar su devoluci%n. Tratndose de

    los impuestos indirectos pagados en la importaci%n$

    proceder la devoluci%n al contribuente siempre

    cuando la cantidad pagada no se #ubiere acreditado.

    Noveno Prrafo! Cuando con motivo de la solicitudde devoluci%n la autoridad inicie facultades decomprobaci%n con el ob'eto de comprobar la

    procedencia de la misma$ los pla(os a !ue #acereferencia el prrafo sexto del presente art)culo se

    Reforma

    Artculo 22" . Las autoridades fiscales devolvern lascantidades pagadas indebidamente las !ue procedanconforme a las lees fiscales. "n el caso decontribuciones !ue se #ubieran retenido$ la devoluci%nse efectuar a los contribuentes a !uienes se les#ubiera retenido la contribuci%n de !ue se trate.Tratndose de los impuestos indirectos$ la devoluci%n

    por pago de lo indebido se efectuar a las personas !ue#ubieran pagado el impuesto trasladado a !uien locaus%$ siempre !ue no lo #aan acreditado& por lotanto$ !uien traslad% el impuesto$ a sea en formaexpresa por separado o incluido en el precio$ no

    tendr derec#o a solicitar su devoluci%n. Tratndose delos impuestos indirectos pagados en la importaci%n$

    proceder la devoluci%n al contribuente siempre cuando la cantidad pagada no se #ubiere acreditado.

    Noveno Prrafo! Cuando con motivo de la solicitudde devoluci%n la autoridad fiscal inicie facultades decomprobaci%n con el ob'eto de comprobar la

    procedencia de la misma$ los pla(os a !ue #acereferencia el prrafo sexto del presente art)culo sesuspendern #asta !ue se emita la resoluci%n en la !ue

    *e +eforma para establecer !ue el e'ercicio de las facultades

    comprobaci%n !ue Las autoridades fiscales e'er(an pa

    determinar la procedencia de las cantidades solicitadas

    devoluci%n por el contribuente se su'etarn al nuev

    procedimiento establecido en el adicionado art)culo 22-,

    este C%digo.

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    suspendern #asta !ue se emita la resoluci%n en la !uese resuelva la procedencia o no de la solicitud dedevoluci%n. "l citado e'ercicio de las facultades decomprobaci%n concluir dentro de un pla(o mximo denoventa d)as contados a partir de la fec#a en la !ue senotifi!ue a los contribuentes el inicio de dic#as

    facultades. "n el caso en el !ue la autoridad$ paraverificar la procedencia de la devoluci%n$ deba re!ueririnformaci%n a terceros relacionados con elcontribuente$ as) como en el de los contribuentes a!ue se refiere el apartado del art)culo 6-/ de esteC%digo$ el pla(o para concluir el e'ercicio defacultades de comprobaci%n ser de ciento oc#entad)as contados a partir de la fec#a en la !ue se notifi!uea los contribuentes el inicio de dic#as facultades."stos pla(os se suspendern en los mismos supuestosestablecidos en el art)culo 6-/ de este C%digo.

    #$cimo %rrafo" "l e'ercicio de las facultades de

    comprobaci%n para verificar la procedencia de ladevoluci%n$ ser independiente del e'ercicio de otras

    facultades !ue e'er(a la autoridad con el fin de

    comprobar el cumplimiento de las obligaciones

    fiscales del contribuente. La autoridad fiscal podr

    e'ercer las facultades de comprobaci%n con el ob'eto

    de verificar la procedencia de cada solicitud de

    devoluci%n presentada por el contribuente$ an

    cuando se encuentre referida a las mismas

    contribuciones$ aprovec#amientos periodos.

    se resuelva la procedencia o no de la solicitud dedevoluci%n. &l citado e'ercicio de las facultades decom%ro(acin se su'etar al %rocedimiento

    esta(lecido en el artculo 22-# de este Cdigo"

    #$cimo %rrafo"*e deroga.

    Adicin

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    No e)ista*

    Artculo 22-#"Las facultades de comprobaci%n$ paraverificar la procedencia de la devoluci%n a !ue serefiere el noveno prrafo del art)culo 22 de este

    C%digo$ se reali(arn mediante el e'ercicio de lasfacultades establecidas en las fracciones 33 % 333 delart)culo 2 de este C%digo. La autoridad fiscal podre'ercer las facultades de comprobaci%n a !ue se refiereeste precepto por cada solicitud de devoluci%n

    presentada por el contribuente$ aun cuando seencuentre referida a las mismas contribuciones$aprovec#amientos periodos$ conforme a lo siguiente4

    +" - "l e'ercicio de las facultades de comprobaci%ndeber concluir en un pla(o mximo de noventa d)ascontados a partir de !ue se notifi!ue a loscontribuentes el inicio de dic#as facultades. "n elcaso en el !ue la autoridad$ para verificar la

    procedencia de la devoluci%n$ deba re!ueririnformaci%n a terceros relacionados con elcontribuente$ as) como en el de los contribuentes a!ue se refiere el apartado del art)culo 6-/ de esteC%digo$ el pla(o para concluir el e'ercicio defacultades de comprobaci%n ser de ciento oc#entad)as contados a partir de la fec#a en la !ue se notifi!uea los contribuentes el inicio de dic#as facultades."stos pla(os se suspendern en los mismos supuestosestablecidos en el art)culo 6-/ de este C%digo.

    *e Adicionapara establecer las nuevas reglas a las !ue #ab

    de su'etarse la autoridad fiscal para la devoluci%n a !ue

    refiere el noveno prrafo del art)culo 22 de este C%digo$ pa!uedar de la siguiente manera4

    Las facultades de comprobaci%n$ para verificar la procedenc

    de la devoluci%n a !ue se refiere el noveno prrafo del art)cu

    22 de este C%digo$ se reali(arn mediante +ev de ab o isi

    ,om fracciones 33 % 333 del art)culo 2 de este C%digo.

    "l e'ercicio de la facultad de comprobaci%n deber concluir

    pla(o mximo de 70 d)as. 8 cuando solicite informaci%n

    terceros ser de 190 d)as para concluir el e'ercicio de facultad

    de comprobaci%n para verificar la procedencia de l

    devoluciones solicitadas.

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    ++"La facultad de comprobaci%n a !ue se refiere esteprecepto se e'ercer nicamente para verificar laprocedencia del saldo a favor solicitado o pago de loindebido$ sin !ue la autoridad pueda determinar uncr:dito fiscal exigible a cargo de los contribuentes

    con base en el e'ercicio de la facultad a !ue se refiereesta fracci%n.

    +++""n el caso de !ue la autoridad solicite informaci%na terceros relacionados con el contribuente su'eto arevisi%n$ deber #acerlo del conocimiento de esteltimo. "n el caso de !ue la autoridad soliciteinformaci%n a terceros relacionados con elcontribuente su'eto a revisi%n$ deber #acerlo delconocimiento de este ltimo.

    +," *i existen varias solicitudes del mismocontribuente respecto de una misma contribuci%n$ la

    autoridad fiscal podr emitir una sola resoluci%n.

    ,"- "n caso de !ue las autoridades fiscales noconcluan el e'ercicio de las facultades decomprobaci%n a !ue se refiere el presente art)culo enlos pla(os establecidos en la fracci%n 3$ !uedarn sinefecto las actuaciones !ue se #aan practicado$debiendo pronunciarse sobre la solicitud de devoluci%ncon la documentaci%n !ue cuente.

    e aclara .ue las facultades de com%ro(acin /nicamensern

    para verificar la procedencia del saldo a favor solicita

    o pago de lo indebido$ sin !ue la autoridad pueda determinar u

    cr:dito fiscal exigible a cargo de los contribuentes con base e

    el e'ercicio de la facultad a !ue se refiere esta fracci%n.

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    ,+"/l t:rmino del pla(o para el e'ercicio de facultadesde comprobaci%n iniciadas a los contribuentes$ laautoridad deber emitir la resoluci%n !ue corresponda deber notificarlo al contribuente dentro de un

    pla(o no maor a die( d)as #biles siguientes. "n caso

    de ser favorable la autoridad efectuar la devoluci%ncorrespondiente dentro de los die( d)as siguientes aa!uel en el !ue se notifi!ue la resoluci%n respectiva."n el caso de !ue la devoluci%n se efectu: fuera del

    pla(o mencionado se pagarn los intereses !ue secalcularn conforme a lo dispuesto en el art)culo 22-/de este C%digo.

    *e establece !ue el pla(o para la devoluci%n ser de 10 d)as un

    ve( !ue esta fue aprobada. 8 de no verificarse dentro de e

    termino la autoridad pagara intereses por el tiempo !u

    transcurra.

    Reforma

    Artculo 2-A" Los comprobantes fiscales digitales a

    !ue se refiere el art)culo 27 de este C%digo$ deberncontener los siguientes re!uisitos4

    ,++""l importe total consignado en nmero o letra$conforme a lo siguiente4

    a

    Cuando la contraprestaci%n se pague en una solaex#ibici%n$ en el momento en !ue se expida elcomprobante fiscal digital por 3nternet correspondientea la operaci%n de !ue se trate$ se se;alar expresamentedic#a situaci%n$ adems se indicar el importe total de

    ReformaArtculo 2-A" Los comprobantes fiscales digitales a!ue se refiere el art)culo 27 de este C%digo$ deberncontener los siguientes re!uisitos4

    ,++""l importe total consignado en nmero o letra$conforme a lo siguiente4..............................

    aLos contribuentes !ue realicen las operaciones a !ue

    se refieren los art)culos 2o.-/ de la Le del 3mpuesto

    al alor /gregado& 17$ fracci%n 33 de la Le del

    3mpuesto "special sobre

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    la operaci%n $ cuando as) proceda$ el monto de losimpuestos trasladados desglosados con cada una de lastasas del impuesto correspondiente $ en su caso$ elmonto de los impuestos retenidos.

    Los

    contribuentes !ue realicen las operaciones a !ue serefieren los art)culos 2o.-/ de la Le del 3mpuesto alalor /gregado& 17$ fracci%n 33 de la Le del 3mpuesto"special sobre uevos$ no trasladarn el impuesto enforma expresa por separado$ salvo tratndose de laena'enaci%n de los bienes a !ue se refiere el art)culo 2o.$fracci%n 3$ incisos /$ =$ $ 3 ? de la Le del3mpuesto "special sobre

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    Argani(aci%n para la Cooperaci%n el ,esarrollo"con%micos el 15 de 'ulio de 201$ tal como se

    public% despu:s de la adopci%n de dic#arecomendaci%n o de la actuali(aci%n ms reciente$estarn obligadas a implementar efectivamente acumplir con dic#o "stndar.

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    preexistentes de entidades a ms tardar el B1 dediciembre de 2016$ la informaci%n correspondiente se

    presentar ante las autoridades fiscales$ por primeraocasi%n$ a ms tardar el B0 de 'unio de 201.

    ,+" "l "stndar citado se interpretar aplicarconforme a los Comentarios a dic#o "stndar$ salvo loscasos en !ue el *ervicio de /dministraci%n Tributaria

    estable(ca lo contrario$ mediante reglas de carctergeneral.

    ,++" *e impondrn las mismas multas de lasinfracciones previstas en el art)culo 91$ fracci%n 3 deeste C%digo$ a !uien no presente la informaci%n a !uese refiere el "stndar citado mediante declaraci%n anualante las autoridades fiscales$ o no la presente a trav:s delos medios o formatos !ue se;ale el *ervicio de/dministraci%n Tributaria$ o la presente a re!uerimientode las autoridades fiscales.,+++" *e impondrn las mismas multas de lasinfracciones previstas en el art)culo 91$ fracci%n 33 deeste C%digo$ a !uien presente la declaraci%n anual !uecontenga la informaci%n a !ue se refiere el "stndarcitado incompleta$ con errores o en forma distinta a lo

    se;alado por dic#o "stndar las disposiciones fiscales.+9"*e impondrn las mismas multas de la infracci%n

    prevista en el art)culo 9B$ fracci%n 33 de este C%digo$ a!uien no lleve el registro especial a !ue se refiere lafracci%n 33 del presente art)culo. La multacorrespondiente ser por cada cuenta financierarespecto de la cual no se lleve registro.La *ecretar)a de Dacienda Cr:dito

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    debida aplicaci%n del presente art)culo. ,ic#as reglasdebern incluir los procedimientos aplicables paraidentificar cuentas extran'eras o cuentas reportablesentre las cuentas financieras para presentar ante lasautoridades fiscales la informaci%n a !ue se refiere el"stndar citado.

    Lo dispuesto en las fracciones 33$ 333 3E en los

    prrafos tercero cuarto del presente art)culo tambi:nresultar aplicable respecto de los procedimientos paraidentificar cuentas reportables entre las cuentasfinancieras para presentar ante las autoridades fiscalesla informaci%n a !ue se refieren las disposicionesfiscales$ conforme a los acuerdos amplios deintercambio de informaci%n !ue @:xico tiene en vigor autori(an el intercambio automtico de informaci%nfinanciera en materia fiscal$ as) como los acuerdosinterinstitucionales firmados con fundamento en ellos.

    Reforma

    Artculo 72-#"

    +," Dabiendo vencido el pla(o para presentar alguna

    declaraci%n$ provisional o no$ con independencia de!ue en la misma resulte o no cantidad a pagar$ :sta no

    #aa sido presentada. Lo dispuesto en esta fracci%n

    tambi:n aplicar a la falta de cumplimiento de lo

    dispuesto en el art)culo B1-/ de este C%digo.

    ReformaArtculo 72-#" .................

    +,"Dabiendo vencido el pla(o para presentar algunadeclaraci%n$ provisional o no$ con independencia de!ue en la misma resulte o no cantidad a pagar$ :sta no#aa sido presentada. Lo dispuesto en esta fracci%ntambi:n aplicar a la falta de cumplimiento de lodispuesto en el art)culo B1-/ de este C%digo 4 :6-A dela e4 del +m%uesto so(re la Renta.

    *e adicionapara incluir como obligaci%n el #aber presenta

    la >ueva ,eclaraci%n de

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    siempre !ue est:n inscritas en el +egistro =ederal deContribuentes obtengan los comprobantes fiscalesdigitales por 3nternet correspondientes a dic#asad!uisiciones. "stos sorteos debern reali(arse deconformidad con las reglas de carcter general las

    bases espec)ficas !ue para cada sorteo emita dic#o%rgano desconcentrado.

    Los premios se otorgarn a las personas f)sicas

    ganadoras del sorteo$ siempre !ue no se ubi!uen en lossupuestos a !ue se refiere el primer prrafo del art)culoB2-, de este C%digo$ situaci%n !ue ser verificada

    previamente por el *ervicio de /dministraci%nTributaria. >o se aplicar lo dispuesto en lasfracciones 3 33 del prrafo mencionado$ cuando se#aa celebrado el convenio a !ue se refiere el segundo

    prrafo del art)culo citado.Los premios obtenidos de conformidad con el

    presente art)culo$ se entiende !ue !uedancomprendidos en la exenci%n establecida en el art)culo7B$ fracci%n EE3 de la Le del 3mpuesto sobre la+enta !ue los sorteos a !ue se refiere este art)culo$!uedan comprendidos en la exenci%n prevista en elart)culo 9o.$ fracci%n 333$ inciso c de la Le del3mpuesto "special sobre

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    del procedimiento. Lo anterior$ de conformidad con los

    re!uisitos el procedimiento !ue el *ervicio de

    /dministraci%n Tributaria estable(ca mediante reglas

    de carcter general.

    #biles previos al del levantamiento de la ltima actaparcial$ del oficio de observaciones o de la resoluci%ndefinitiva en el caso de revisiones electr%nicas$ elderec#o !ue tienen para acudir a las oficinas !ue est:nllevando a cabo el procedimiento de !ue se trate$ paraconocer los #ec#os omisiones !ue #aan detectado.

    Adicine)to Prrafo! Transcurrido el pla(o a !ue se

    refiere el prrafo anterior$ la autoridad emitir laltima acta parcial$ el oficio de observaciones o laresoluci%n definitiva en el caso de revisioneselectr%nicas$ se;alando en estas actuaciones laasistencia o inasistencia de los interesados para e'ercersu derec#o a conocer el estado del procedimiento a !ueest siendo su'eto& previamente a ello$ deberlevantarse un acta circunstanciada en la !ue se #agaconstar esta situaci%n. "n toda comunicaci%n !ue seefecte en t:rminos del prrafo anterior$ deberindicrseles !ue pueden solicitar a la lo asista de forma presencial al acudir a la cita.

    *e indica !ue el */T mediante reglas de carcter gener

    establecer el mecanismo para informar al contribuente

    momento para acudir a sus oficinas e'ercer su derec#o a s

    informado.

    No e)iste AdicinArtculo 52-A"Cuando las autoridades fiscales en

    el e'ercicio de sus facultades de comprobaci%n revisenel dictamen dems informaci%n a !ue se refiere esteart)culo el +eglamento de este C%digo$ estarn a lo

    *e adicionauna causal ms de excepci%n para !ue la revisi%

    sea directamente con el contribuente no con el C

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    siguiente4

    Pen/ltimo %rrafo" ...............lec>ose irregularidades contenidos en la resolucin%rovisional 4 entere el cr$dito fiscal %ro%uesto o(ien cuando no e'er?a el derec>o a .ue se refierela fraccin ++ de este artculo o cuandoe'erci$ndolo no logre desvirtuar los >ec>os eirregularidades contenidos en la resolucin%rovisional"

    ++""n caso de !ue el contribuente acepte los #ec#os eirregularidades contenidos en la resoluci%n

    *e reforma el art)culo 5B- !ue regula las revision

    electr%nicas para precisar algunos puntos !ue en l

    medios de defensa de los contribuentes se #an #ec#

    valer$ como lo son4o La resoluci%n provisional inicial tendr un ofic

    de pre li!uidaci%n$ el cual sugiere la existenc

    de un cr:dito fiscal. /ntes no se menciona

    nada sobre cr:ditos fiscales.o La resoluci%n provisional !uedara firme cuan

    contribuente acepte las irregularidades$ cuandno e'er(a su derec#o a defensa o cuando

    e'er(a pero no desvirtu: los #ec#os u omision

    detectadas. "ste procedimiento antes no exist)ao *i el contribuente acepta las omision

    detectadas el oficio de pre li!uidaci%n reali(a

    el pago de las contribuciones sus accesorio

    /ntes se #ablaba !ue el contribuente acepta

    el oficio de pre li!uidaci%n$ no las omisiones.

    *i el contribuente no aporta pruebas para desvirtuar el oficio

    resoluci%n el oficio de observaciones se considerar

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    ++"

    "n caso de !ue el contribuente acepte lapreli!uidaci%n por los #ec#os !ue se #icieron de su

    conocimiento$ podr optar por corregir su situaci%nfiscal dentro del pla(o se;alado en el prrafo !ueantecede$ mediante el pago total de lascontribuciones aprovec#amientos omitidos$ 'untocon sus accesorios$ en cuo caso$ go(ar del

    beneficio de pagar una multa e!uivalente al 20H delas contribuciones omitidas.

    "n caso de !ue el contribuente no aporte pruebas$ni manifieste lo !ue a su derec#o convenga paradesvirtuar los #ec#os u omisiones dentro del pla(oestablecido en la fracci%n 33 de este art)culo$ la

    resoluci%n provisional se volver definitiva lascantidades determinadas se #arn efectivas mediante elprocedimiento administrativo de e'ecuci%n.

    provisional el oficio de preli!uidaci%n$ podr optarpor corregir su situaci%n fiscal dentro del pla(ose;alado en el prrafo !ue antecede$ mediante el

    pago total de las contribuciones aprovec#amientosomitidos$ 'unto con sus accesorios$ en los t:rminoscontenidos en el oficio de preli!uidaci%n$ en cuocaso$ go(ar del beneficio de pagar una multae!uivalente al 20H de las contribuciones omitidas........................................."n caso de !ue el contribuente no aporte pruebas$ni manifieste lo !ue a su derec#o convenga paradesvirtuar los #ec#os u omisiones dentro del pla(oestablecido en la fracci%n 33 de este art)culo$ laresoluci%n provisional $ en su caso$ el oficio de

    preli!uidaci%n !ue se #aa acompa;ado$se volverndefinitivos las cantidades determinadas en el oficiode preli!uidaci%n se #arn efectivas mediante el

    procedimiento administrativo de e'ecuci%n.

    definitivos. Do d)a solo se #abla !ue !ueda definitivo

    resoluci%n.

    Reforma 4 Adiccin Fraccs 9 4 9+

    Artculo @1" *on infracciones relacionadas con laobligaci%n de pago de las contribuciones$ as) como de

    presentaci%n de declaraciones$ solicitudes$documentaci%n$ avisos$ informaci%n o expedici%n deconstancias4

    Reforma 4 Adiccin Fraccs 9 4 9+Artculo @1" *on infracciones relacionadas con la

    obligaci%n de pago de las contribuciones& depresentaci%n de declaraciones$ solicitudes$documentaci%n$ avisos$ informaci%n o expedici%n deconstancias$ del ingreso de informaci%n a trav:s de la

    pgina de 3nternet del *ervicio de /dministraci%nTributaria4

    ...................................................................................

    *e adicionan dos nuevas infracciones al art)culo 914 >

    presentar la declaraci%n de operaciones relevantes

    declaraci%n de partes relacionadas inciso EL no ingres

    mensualmente la informaci%n contable$ ingresarla c

    alteraciones$ no ingresarla conforme a las reglas de carct

    general o sin los re!uerimientos informticos establecidos p

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    ........................................................................................9" >o proporcionar la informaci%n a !ue se

    refieren los art)culos B1-/ de este C%digo 6-/ de la Le del 3mpuesto sobre la+enta$ o proporcionarla incompleta$ conerrores$ inconsistencias o en forma distintaa lo se;alado en las disposiciones fiscales.

    9+" >o ingresar la informaci%n contable a trav:sde la pgina de 3nternet del *ervicio de/dministraci%n Tributaria estando obligadoa ello& ingresarla fuera de los pla(osestablecidos en las disposiciones fiscales$ o

    bien$ no ingresarla de conformidad con lasreglas de carcter general previstas en elart)culo 29$ fracci%n 3 del C%digo$ as)como ingresarla con alteraciones !ueimpidan su lectura.

    el */T inciso EL3.

    Reforma 4 Adiccin Fraccs 999,++ 4 999,+++

    Artculo @2" / !uien cometa las infracciones

    relacionadas con la obligaci%n de presentardeclaraciones$ solicitudes$ documentaci%n$ avisos oinformaci%n con la expedici%n de comprobantesfiscales digitales por 3nternet o de constancias$ a !ue serefiere el art)culo 91 de este C%digo$ se impondrn lassiguientes multas4

    999,++" >o existe

    999,+++">o existe

    Reforma 4 Adiccin Fraccs 999,++ 4 999,+++

    Artculo @2" / !uien cometa las infraccionesrelacionadas con la obligaci%n de presentar

    declaraciones$ solicitudes$ documentaci%n$ avisos oinformaci%n& con la expedici%n de comprobantesfiscales digitales por 3nternet o de constancias con elingreso de informaci%n a trav:s de la pgina de3nternet del *ervicio de /dministraci%n Tributaria a!ue se refiere el art)culo 91 de este C%digo$ seimpondrn las siguientes multas4

    .............................................999,++" ,e I10$50.00 a I200$070.00$ para laestablecida en la fracci%n EL.999,+++"+especto de las se;aladas en la fracci%nEL3 de I5$000.00 a I15$000.00$ por no ingresar lainformaci%n contable a trav:s de la pgina de 3nternetdel *ervicio de /dministraci%n Tributaria$ como lo

    prev: el art)culo 29$ fracci%n 3 del C%digo$ dentro de

    *e agregan dos fracciones al /rt)culo 92 para establecer l

    multas a !ue se #arn acreedores los contribuentes !

    cometan dic#as infracciones4 de I10$50.00 a I200$070.inciso EL de I 5$000.00 a I 15$000.00 inciso EL3

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    los pla(os establecidos en las disposiciones fiscalesestando obligado a ello& ingresarla a trav:s de arc#ivoscon alteraciones !ue impidan su lectura& no ingresarlade conformidad con las reglas de carcter generalemitidas para tal efecto$ o no cumplir con losre!uerimientos de informaci%n o de documentaci%nformulados por las autoridades fiscales en estamateria.

    Reforma

    Artculo 12:" Cuando el recurso de revocaci%n seinterponga por!ue el procedimiento administrativo dee'ecuci%n no se a'ust% a la Le$ las violacionescometidas antes del remate$ s%lo podrn #acerse valerante la autoridad recaudadora #asta el momento de la

    publicaci%n de la convocatoria de remate$ dentro delos die( d)as siguientes a la fec#a de publicaci%n de lacitada convocatoria$ salvo !ue se trate de actos dee'ecuci%n sobre bienes legalmente inembargables o deactos de imposible reparaci%n material$ casos en !ue el

    pla(o para interponer el recurso se computar a partir

    del d)a #bil siguiente al en !ue surta efectos lanotificaci%n del re!uerimiento de pago o del d)a #bilsiguiente al de la diligencia de embargo.

    ReformaArtculo 12:"Cuando el recurso de revocaci%n se

    interponga por!ue el procedimiento administrativo dee'ecuci%n no se a'ust% a la Le$ las violacionescometidas antes del remate$ s%lo podrn #acerse valerante la autoridad recaudadora #asta el momento de la

    publicaci%n de la convocatoria de remate$ dentro delos die( d)as siguientes a la fec#a de publicaci%n de lacitada convocatoria$ salvo !ue se trate de actos dee'ecuci%n sobre dinero en efectivo$ dep%sitos en cuentaabierta en instituciones de cr:dito$ organi(acionesauxiliares de cr:dito o sociedades cooperativas dea#orro pr:stamo$ as) como de bienes legalmenteinembargables o actos de imposible reparaci%n

    material$ casos en !ue el pla(o para interponer elrecurso se computar a partir del d)a #bil siguiente alen !ue surta efectos la notificaci%n del re!uerimientode pago o del d)a #bil siguiente al de la diligencia deembargo.

    *e reforma el art)culo 12 relativo al recurso de revocaci%

    contra el