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ASAMBLEA LEGISLATIVA DE LA REPÚBLICA DE COSTA RICA Departamento de Estudio, Referencias y Servicios Técnicos Tercer piso, Oficentro Los Yoses, Apdo. 64-1013, San José, Costa Rica Teléfono: 22432366 • Fax: 22432 3 6 8 • E-mail: [email protected] DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS, REFERENCIAS Y SERVICIOS TÉCNICOS AL-DEST-IN-130-2016 INFORME DE: PROYECTO DE LEY: “LEY PARA EVITAR CONFLICTOS DE INTERÉS EN EL FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL Y EN LA OFICINA NACIONAL FORESTAL” EXPEDIENTE Nº 19.730 INFORME INTEGRADO JURÍDICO - ECONÓMICO ELABORADO POR: JORGE BOGARÍN NAVARRO ADA LUZ RODRÍGUEZ MARÍN ASESORES PARLAMENTARIOS REVISADO POR: FREDDY CAMACHO ORTIZ MAURICIO PORRAS LEÓN JEFES DE ÁREA REVISIÓN FINAL Y AUTORIZACIÓN: FERNANDO CAMPOS MARTÍNEZ DIRECTOR A.I. 29 DE ABRIL DE 2016

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Departamento de Estudio, Referencias y Servicios TécnicosTercer piso, Oficentro Los Yoses, Apdo. 64-1013, San José, Costa Rica

Teléfono: 22432366 • Fax: 22432368• E-mail: [email protected]

DEPARTAMENTO DE ESTUDIOS, REFERENCIAS Y SERVICIOS TÉCNICOS

AL-DEST-IN-130-2016

INFORME DE: PROYECTO DE LEY:

“LEY PARA EVITAR CONFLICTOS DE INTERÉS EN EL FONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL Y EN LA OFICINA

NACIONAL FORESTAL”

EXPEDIENTE Nº 19.730

INFORME INTEGRADO

JURÍDICO - ECONÓMICO

ELABORADO POR:

JORGE BOGARÍN NAVARROADA LUZ RODRÍGUEZ MARÍN

ASESORES PARLAMENTARIOS

REVISADO POR:

FREDDY CAMACHO ORTIZMAURICIO PORRAS LEÓN

JEFES DE ÁREA

REVISIÓN FINAL Y AUTORIZACIÓN:

FERNANDO CAMPOS MARTÍNEZDIRECTOR A.I.

29 DE ABRIL DE 2016

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TABLA DE CONTENIDO

I. RESUMEN DEL PROYECTO DE LEY .....................................................................................3

II. CONSIDERACIONES SOBRE LA INICIATIVA ......................................................................3

2.1 OFICINA NACIONAL FORESTAL (ONF).................................................................................................3Artículo 8.- Composición de la Junta Directiva....................................................................................7Artículo 9.- Designación de los miembros de la ONF ........................................................................13

2.2 FONDO NACIONAL FORESTAL (FONAFIFO)..........................................................................................142.3 TRÁNSITO ENTRE LA LEY VIEJA Y LA LEY NUEVA................................................................................19

III. ASPECTOS DE PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO .............................................................19

VOTACIÓN ................................................................................................................................................19DELEGACIÓN ............................................................................................................................................19CONSULTAS ..............................................................................................................................................20

Obligatorias: .......................................................................................................................................20Facultativas.........................................................................................................................................20

IV. ASPECTOS JURÍDICOS RELACIONADOS ...........................................................................20

V. ANEXOS ....................................................................................................................................21

ANEXO Nº 2 ..............................................................................................................................................23Fonafifo. Liquidación del Presupuesto de Ingresos. Año 2015...........................................................23

ANEXO Nº 3 .............................................................................................................................................24Fonafifo. Liquidación del Presupuesto de Egresos. ............................................................................24

TABLA DE CONTENIDO............................................................................................................................2

I. RESUMEN DEL PROYECTO: ..................................................................................................................3

II. ANTECEDENTES:.................................................................................................................................3

1.- LEYES. 32.- PROYECTOS: 43.- OTRAS FUENTES: 4

III. CONSIDERACIONES SOBRE EL FONDO DEL PROYECTO: ......................................................................4

IV. ASPECTOS DE TECNICA LEGISLATIVA..................................................................................................5

V. ASPECTOS DE PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO .....................................................................................5

1.- VOTACIÓN. 52.- DELEGACIÓN A COMISIÓN LEGISLATIVA PLENA. 53.- CONSULTAS. 5

Obligatorias: 5Facultativas: 6

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INFORME INTEGRADOJURÍDICO - ECONÓMICO

“LEY PARA EVITAR CONFLICTOS DE INTERÉS EN ELFONDO NACIONAL DE FINANCIAMIENTO FORESTAL

Y EN LA OFICINA NACIONAL FORESTAL”

EXPEDIENTE N° 19.730I. RESUMEN DEL PROYECTO DE LEY

La iniciativa pretende reformar la integración de las juntas directivas de la Oficina Nacional Forestal (ONF) y del Fondo Nacional de Financiamiento Forestal (Fonafifo), para incluir una mayor representación del sector público y reducir la participación de los representantes del sector privado.

Según se lee en la exposición de motivos, en el caso de la ONF no hay participación de los representantes del sector público; representación que si existe en Fonafifo, pero no tienen el peso deseado para garantizar que el manejo del Fondo se haga en consonancia con las prioridades de inversión del Estado, al tratarse de recursos públicos.

En criterio del proponente, una representación desproporcionada de sectores dedicados a la explotación comercial de madera, podría influenciar las decisiones de esos órganos colegiados. Agrega que el estado actual de conformación de esas juntas favorece el enriquecimiento y aprovechamiento por parte de sectores empresariales e industriales de los recursos públicos disponibles para la conservación forestal.

II. CONSIDERACIONES SOBRE LA INICIATIVA

Mediante el proyecto se reforman los artículos 8, 9 y 48 de la Ley Forestal, N° 7575 del 13 de febrero de 1996. Los dos primeros se refieren a la junta directiva de la ONF, en tanto el último numeral corresponde a la junta directiva del Fonafifo.

2.1 Oficina Nacional Forestal (ONF)

La ONF se encuentra regulada en los artículos 7 al 11 de la Ley Forestal. Se trata de un ente público no estatal, con personalidad jurídica propia, cuyo patrimonio proviene de la transferencia del 10% de la recaudación del impuesto forestal creado en esa Ley1, así como de la transferencia del 40% del monto que

1 “ARTÍCULO 42.- Impuesto forestal/ Se establece un impuesto general forestal del tres por ciento (3%) sobre el valor de transferencia en el mercado de la madera en trozas, el cual será determinado por la Administración Forestal del Estado. El pago del impuesto se efectuará de conformidad con lo estipulado

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la Administración Forestal del Estado reciba por los decomisos originados en las infracciones a dicha Ley Forestal.

No obstante, de acuerdo con información suministrada por dicho ente2, hasta la fecha la ONF no ha recibido fondos por la transferencia del 40% anteriormente citada, y solo se reciben parte de los recursos recaudados por concepto del 10% del impuesto forestal establecidos en los artículos 11 y 43 de la mencionada ley.

La ONF también recibe recursos con el objetivo de “Coadyuvar con el Programa de Pago por Servicios Ambientales”, según consta en el Decreto Nº 33205-MINAE y sus reformas3, además gestiona recursos de fuentes privadas para financiar actividades de promoción del sector forestal, esto por concepto de patrocinios y venta de stands de la Feria Vive la Madera y la Carbono Neutralidad, evento declarado de interés público desde el 2011, como de otras actividades de promoción del sector.

Seguidamente se muestra el detalle de los ingresos de la ONF para el año 2015 y la proyección de ingresos para el año 2016.

Cuadro Nº 1. Liquidación de Ingresos ONF año 2015 y proyección año 2016.Cifras en colones

Fuente 2015 Estructura 2016* Estructura10% del impuesto forestal

46.415.200 26.25% 48.271.808 28.95%

Decreto Ejecutivo Nº 33205-MINAE

97.477.903 55.14% 94.802.675 56.86%

Ingresos de fuente privada

32.883.956 18.61% 23.649.438 14.19%

Total de ingresos 176.777.059 100% 166.723.921 100%*ProyectadosFuente: ONF

en la Ley No. 6826, del 8 de noviembre de 1982, y sus reformas. Se entenderá por madera en troza, la sección del árbol libre de ramas, con un diámetro mayor o igual a 29 centímetros en el extremo más delgado./ Se considerara el hecho generador del impuesto que se crea, en el momento de la industrialización primaria de la madera o, en el caso de madera importada, el impuesto deberá ser pagado en aduanas de acuerdo con el valor real./ La madera pagara un impuesto de ventas igual al impuesto general de ventas, establecido en la Ley No. 6826, del 8 de noviembre de 1982, menos tres puntos porcentuales./ Las personas físicas o jurídicas, propietarias de centros de industrialización primaria de maderas, están obligadas a cumplir con el pago de este tributo.”

2 Según consta en el oficio ONF 32/2016, enviado por el Señor Alfonso Barrantes Rodríguez. Director Ejecutivo. Oficina Nacional Forestal. De fecha 7 de marzo de 2016.

3 "Artículo 64.- El Fondo Nacional de Financiamiento Forestal, de los recursos que perciba por cualquier fuente para el pago de servicios ambientales, podrá disponer de un porcentaje que no podrá ser mayor al 10% del monto anual otorgado, para financiar los gastos administrativos en que incurra para la ejecución de pago de servicios ambientales./ De los recursos obtenidos en virtud de este artículo, el FONAFIFO trasladará un 2% al Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC) del Ministerio del Ambiente y Energía para la ejecución y operación de la Estrategia de Seguimiento y Fomento al Programa de Pago de Servicios Ambientales, elaborada por SINAC y trasladará un 1% a la Oficina Nacional Forestal, para ejecutar acciones contenidas en el plan de trabajo elaborado por ésta, con el fin de coadyuvar al fomento del programa de servicios ambientales".

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Con los recursos, la Oficina deberá llevar a cabo las funciones que le asigna la Ley, como son ejecutar y apoyar programas de capacitación tecnológica y estudios e investigaciones aplicadas a los recursos forestales del país, para su mejor desarrollo y utilización; impulsar programas de prevención para proteger los recursos forestales contra incendios, plagas, enfermedades, erosión y degradación de suelos y cualesquiera otras amenazas, e impulsar programas para el fomento de las inversiones en el sector forestal y promover la captación de recursos financieros para desarrollar el sector; entre otras.

Seguidamente se muestra el detalle de la aplicación de fondos para el año 2015, según fuente de financiamiento. En el anexo Nº 1 se muestra el detalle para el año 2016 proyectado.

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DESCRIPCIÓNDECRETO Nº

33205FONDO

FORESTALFONDOS

PRIVADOSSUPERÁVITS ANTERIORES

TOTAL

I. ORIGEN DE LOS FONDOS 97.477.903 46.415.200 32.883.956 40.835.634 217.612.693II. APLICACIÓN DE FONDOS

Servicios personales 51.879.093 34.724.232 86.603.325

Sesiones de Junta Directiva 4.584.634 4.584.634

VII Asamblea de Subsectores, 2015 2.523.662 2.523.662

Acciones de capacitación 764.034 764.034

Directorio de productos y productores forestales. 1.660.000 1.660.000

Estadísticas de uso de la madera 2.379.705 2.379.705

Convenio ONF-EIFO-ITCR: apoyo en plagas y enfermedades en sistemas productivos y fortalecimiento de capacidades de la industria forestal

350.000 215.000 565.000

Mejora de las capacidades de las organizaciones forestales (incluye PSA, REDD+ y MFS).

7.284.914 7.284.914

Apoyar a las organizaciones en la promoción del cultivo de madera (PSA),

3.865.648 3.865.648

Producción de materiales de promoción del sector forestal y el PSA.

3.416.400 3.416.400

Capacitación de las organizaciones de productores forestales.

1.552.266 1.552.266

Contrataciones Feria Vive la madera y la C neutralidad, 2014.

15.235.161 20.105.073 35.340.234

Promoción del sector forestal y del uso de la madera.

4.925.885 8.377.175 13.303.060

Servicios en ciencias económicas y sociales 3.083.986 3.083.986

Servicios de asesoría jurídica. 997.000 997.000Alquiler de edificios, locales y terrenos. 8.176.844 8.176.844Servicios Públicos 1.844.845 1.844.845

Equipo y programas de cómputo 1.704.045 1.704.045

Mantenimiento 336.860 336.860

Seguros 1.050.973 1.050.973

Viáticos en el exterior 1.496.956 1.496.956

Viáticos dentro del país. 808.823 808.823

Transportes dentro del país 3.102.325 3.102.325

Gastos de representación institucional 188.237 188.237

Otros servicios básicos 893.513 893.513

Materiales y suministros de oficina y limpieza 2.962.754 2.962.754

Pago de retenciones en la fuente 21.772.778 21.772.778

Imprevistos (5%) 826.004 826.004

Total 97.477.903 46.293.040 28.482.248 40.835.634 213.088.826

Excedente o déficit 0 122.160 4.401.708 0

Cuadro Nº 2. ONF. Informe de Origen y Aplicación de Fondos 2015

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De conformidad con el artículo 7 de la Ley Forestal, la ONF está sujeta al control por parte de la Contraloría General de la República en cuanto al manejo de fondos públicos. Según el artículo 10 de la mencionada ley, anualmente la ONF rinde un informe de su gestión a la Contraloría, al Minae y a la Administración Forestal del Estado, en este detalla las acciones ejecutadas y rinde cuentas por los fondos que maneja. Las operaciones de la ONF son auditadas todos los años.

Los presupuestos de la ONF y sus modificaciones son aprobados por su Junta Directiva, la Contraloría define los límites de contratación administrativa de bienes y servicios y estos se reportan en el Sistema Integrado de la Actividad Contractual (SIAC).

Según la información suministrada, la ONF no está facultada para hacer transferencias de fondos a sujetos, empresas u organizaciones, por lo que ejecuta directamente programas, proyectos y actividades orientadas a generar mejores condiciones para la operación del sector forestal (organizaciones, empresas y otros), es así como apoya al Minae y la AFE en la gestión del Plan Nacional de Desarrollo Forestal 2011-2020 y la mejora de la normativa del sector. Además, genera estadísticas sobre el consumo de madera, industrias en operación, fuentes de abastecimiento y precios de madera, apoya al Fonafifo en la gestión del Programa de Pago por Servicios Ambientales (PSA), especialmente en la vinculación con las organizaciones de pequeños y medianos productores forestales y promueve, junto al Minae, la AFE y el Fonafifo, los bienes y servicios derivados de los ecosistemas forestales, especialmente el uso de la madera mediante la Feria Vive la Madera y la carbono neutralidad, entre otros.

La ONF cuenta con una junta directiva compuesta por nueve miembros; cantidad que se mantiene en la propuesta, pero con una integración distinta, según se muestra en el análisis siguiente.

Artículo 8.- Composición de la Junta Directiva

TEXTOACTUAL

TEXTOPROPUESTO

Articulo 8.- Composición de la Junta DirectivaLa Oficina Nacional Forestal tendrá una Junta Directiva compuesta por los siguientes miembros:

nuevo è

nuevo è

nuevo è

Artículo 8.- Composición de la Junta DirectivaLa Oficina Nacional Forestal tendrá una Junta Directiva compuesta por los siguientes miembros:

a) El Ministro de Ambiente y Energía o su representante quien la presidirá.

b) El Ministro de Agricultura y Ganadería o su representante.

c) Un representante de las universidades

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nuevo è

a) Dos representantes de las organizaciones de pequeños productores forestales.

b) Dos representantes de otras organizaciones de productores forestales.

c) Dos representantes de las organizaciones de los industriales de la madera.

d) Un representante de las organizaciones de comerciantes de la madera.

e) Un representante de organizaciones de artesanos y productores de muebles.

f) Un representante de los grupos ecologistas del país.

estatales.

d) Un representante del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica, con especialidad en Ingeniería Forestal.

e) Un representante de las organizaciones de pequeños productores forestales.

ç se elimina

f) Un representante de organizaciones industriales de la madera.

g) (igual)

h) (igual)

I) (igual)

Como se aprecia, en la actualidad esa institución la dirige enteramente el sector privado, junto con un representante de los grupos ecologistas. En su lugar se propone una nueva integración, para lo cual se hace un reacomodo de cuotas, para dar cabida a nuevos miembros provenientes del sector público, el sector académico y el sector profesional

Para entender cuáles fueron los criterios que se utilizaron para definir la integración original de la junta directiva, debemos remitirnos a los antecedentes de creación de ese ente público no estatal.

La Oficina Nacional Forestal no existía en la anterior Ley Forestal N° 4465 del año 1969 (modificada íntegramente por la Ley 7174), sino que la idea de su creación se empezó a gestar en la década del noventa, cuando se empezó a discutir modificaciones a ese texto; proceso que culminó con la aprobación de una nueva Ley Forestal, en el año 1996, bajo el N° 7575. Así consta en un oficio de agosto del año 1994 que el entonces Ministro del Minerem4 le dirigió al Presidente de la Comisión de Asuntos Agropecuarios, manifestándole lo siguiente:

“Como parte del proceso de concertación con el Sector Forestal Privado, se ha integrado la Comisión de Enlace entre este Ministerio y miembros de la Cámara Costarricense Forestal que tiene como parte de sus objetivos preparar los siguientes documentos:

4 Oficio N° DM-183-94 del 03/08/64.

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El rol del sector no gubernamental en el desarrollo del Sector Forestal. Definir una estructura organizativa para que el Sector no Gubernamental

pueda jugar ese nuevo rol. (Creación de la Oficina Nacional Forestal).(…)Debido a que en este momento está por discutirse en la Comisión el Proyecto de Ley que modifica la actual Ley Forestal 7174, le solicito de la manera más atenta se analice la posibilidad de utilizar dicha Comisión de Enlace para que en conjunto con quienes ustedes, puedan dedicarse a tiempo completo a revisar las propuestas existentes y preparar una modificación de la ley debidamente concertada entre el sector gubernamental y los empresarios.”(folio 1959 del exp. legislativo 11.003 que dio origen a la Ley N° 7575; el subrayado no es del original)

Como se aprecia, la intención era producir una ley lo más concertada posible, donde uno de los actores principales en la discusión fue la Cámara Costarricense Forestal.

En enero del año 1995 el Ministro remite un “ante-proyecto”5 a la Comisión legislativa, que contenía la creación de la Oficina Nacional Forestal (art. 9), dirigida por una junta directiva mixta (art. 10), donde los representantes del sector público serían mayoría, ya que 3 eran propiamente del sector público (Minerem, Comex e IDA), 2 de las Universidades estatales, y 3 del sector privado, a saber:

Artículo 10.- La Oficina Nacional Forestal contará con una Junta Directiva compuesta por los siguientes miembros:

a.- Tres miembros del sector público:- El Ministro del Recursos, Naturales, Energía y Minas, o su representante,

quien será el Presidente de la institución, y quien tendrá derecho a veto sobre todas las decisiones que adopte.

- El Ministro de Comercio Exterior o el representante que éste nombre en su lugar.

- Un representante del Instituto de Desarrollo Agrario.b.- Tres representantes nombrados por la Cámara Costarricense Forestal (C.C.F.

que serán elegidos mediante asambleas de cada subsector, de manera que cada uno aporte su experiencia en cada una de las siguientes actividades: manejo de bosque, reforestación, industria primaria, industria secundaria, cosechadores y exportadores.

c.- Dos representantes de las Universidades Estatales, donde se imparta la carrera forestal.

En la nota de remisión a la Asamblea Legislativa, el Ministro explica que: “La Oficina Nacional Forestal (O.N.F.) tendrá como objetivo establecer un régimen de relaciones que permitan compartir responsabilidades entre el sector forestal

5 Oficio DM-DGF-095-95 del 31/01/95, suscrito por René Castro Salazar, Ministro Minerem. (fs. 2633 y ss)

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privado y el público, tendientes a promover el desarrollo del sector forestal, en sus actividades de producción, industrialización y comercialización.” (el subrayado no es del original)

Ese anteproyecto fue remitido a estudio de una subcomisión; órgano que en julio de 1995 produjo un texto sustitutivo que fue acogido como base de discusión por la Comisión (fs. 2740 y ss). Mantenía la creación y naturaleza jurídica de esa entidad, más sin embargo modificó levemente la composición de la junta directiva a siete miembros, de los cuales 4 serían del sector público (MInerem, MAG, DGF y universidades estatales) y 3 del sector privado (CCF), según se lee de seguido:

Artículo 9.- La Oficina Nacional Forestal contará con una Junta Directiva compuesta por los siguientes miembros:

a.- Cuatro miembros del sector público:- El Ministro del Recursos, Naturales, Energía y Minas, o su representante,

quien será el Presidente de la institución.- El Ministro de Agricultura o Ganadería o su representante.- El Director General Forestal.- Un representante de las universidades estatales que tengan dentro de sus

planes de estudios la materia forestal, designada por el Consejo Nacional de Rectores.

b.- Tres representantes nombrados por la Cámara Costarricense Forestal (C.C.F. que serán elegidos mediante asambleas de cada subsector.

En la discusión de mociones a ese texto sustitutivo, se produjeron intervenciones de distintos diputados, resaltando que una de las “cosas innovadoras” del proyecto, era la creación de la ONF, pues se buscaba asimilar esa nueva entidad con otras Oficinas ya existentes que representaban a los sectores productivos de nuestro país, en café, arroz y caña, entre otros. Así lo expresaron los diputados Bravo Trejos y González Villalobos, según se lee de seguido:

“DIPUTADO BRAVO TREJOS:(…). Una de las cosas innovadoras que tiene este proyecto, es la creación de la Oficina Nacional Forestal (…), porque la idea de tener una Oficina Nacional Forestal es precisamente poder conjuntar a los actores sector Estado y empresa privada en una institución, que va a regular el sector, basado en un modelo muy costarricense que ha dado resultados muy positivos para el país, tal como lo hemos visto en las diferentes oficias del Café, del Arroz, y la misma Liga de la Caña, etc…en donde en lugar de poner al Poder Ejecutivo como único rector de una actividad, entendiendo que la participación de los sectores productivos del sector privado en esas actividades es vital, entonces se han conjuntado esas oficinas, con el Estado y el sector privado, para hacer las cosas mejor en el sector que corresponde, y en donde ambos tienen intereses muy importantes.” (f. 2917)

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“DIPUTADO GONZÁLEZ VILLALOBOS:(…). Hay algunas recomendaciones de algunos consultores, no sé si eran de CONAIMA, donde sugieren que se le cambie el nombre de Oficina Nacional Forestal a Oficina de la Madera. El asunto es que creo que la Oficina de la Madera o Nacional Forestal, debe ir en la dirección a la que se quiere llevar ahora a la Oficina del Café o al Instituto del Café, y a LAICA, sacar los representantes del gobierno, de esa institución y que la oficina quede como un ente autónomo, no adscrita al Ministerio de Recursos Naturales, Energía y Minas, que cumpla una serie de funciones que son propias del sector.” (f. 2918)(el subrayado no son del original)

Entonces, la intención de crear una entidad descentralizada para el sector forestal no constituía un hecho aislado, sino que la intención era que ese sector contase con una institución creada por ley, como igual la tenían otros sectores productivos del país.

Siendo así, conviene mostrar de seguido la naturaleza jurídica de esas otras entidades estatales, así como la conformación de su junta directiva, a fin de determinar si su integración es enteramente privada, o bien es una integración mixta (privada-pública).

Entidad Naturaleza Jurídica

JuntaDirectiva

Corporación Arrocera Nacional (Conarroz). Ley N° 8285 del 30/05/02 y sus reformas

ente de derecho público (art. 2)

- 2 Ministros (MAG y MEIC), o sus viceministros- 4 representantes de los agroindustriales- 5 representantes de los productores- 1 fiscal electo por la Asamblea General de

Conarroz

Corporación Bananera Nacional (Corbana). Ley N° 4895 del 16/11/71 y sus reformas

sociedad de capital mixto (art. 8)

- 1 director representado las acciones de la serie "A", nombrado por el Consejo de Gobierno, quien actuará como Presidente de la Junta Directiva;

- 2 directores representando las acciones de la serie "B", nombrados por la Comisión de Coordinación Bancaria del Banco Central de Costa Rica; y

- 2 directores representando las acciones de la serie "C", nombrados por el voto de la mayoría de los tenedores particulares.

Corporación Ganadera (Corfoga), Ley N° 7837 del 05/10/88 y sus reformas.

Ente derecho público, no estatal (art. 1)

- Ministro MAG o su Viceministro- 1 representante de la Asociación de Industriales

Pecuarios.- 1 representante del matadero- 6 representantes de los productores dedicados a

la ganadería bovina

Instituto del Café de Costa Rica (Icafé). Ley

entidad pública de carácter no estatal

- Ministro MAG o un representante del Poder Ejecutivo, con rango igual o superior.

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N° 2762 del 21/06/61 y sus reformas

(art. 102) - 5 miembros por sector productor- 1 miembro del sector beneficiador- 1 miembro del sector exportador- 1 miembro del sector torrefactor

Liga Agrícola Industrial de la Caña de Azúcar (Laica), Ley N° 7818 del 02/09/98 y sus reformas

Corporación no estatal, con personalidad jurídica propia (art. 4)

- 2 ministros (MAG y Minae)- 3 miembros del sector azucarero- 3 miembros del por sector cañero

Como se aprecia, todas cuentan con una integración mixta, donde a la par de los representantes privados del sector productivo respectivo, existen representantes del Poder Ejecutivo (ministros MAG, MEIC, Minae), o incluso del Consejo de Gobierno, aunque en la mayoría de ellas su participación es minoritaria.

Esto significa que la integración que en definitiva se aprobó para la Oficina Nacional Forestal se aleja del modelo seguido para entidades semejantes, pues se excluyó toda participación del sector público, y su dirección se dejó exclusivamente en manos del sector privado.

Esa decisión de excluir a los miembros del sector público pareciera que se hizo atendiendo el criterio de la Cámara Costarricense Forestal (CCF), según consta en el expediente legislativo en dos cuadros que resumen las distintas posiciones y observaciones formuladas por las organizaciones consultadas. En el primero de ellos se indica que los representantes de esa Cámara “Critican la integración de éstas Juntas Directivas [ONF y Fonafifo] con la incorporación del Sector Público, ya que para ellos [CCF] debe privar el interés de la producción y finanzas por sobre las regulaciones estatales” (f. 2943)6. En el segundo cuadro se lee que los miembros de la Cámara “No están de acuerdo en la inclusión del Sector Público en la Junta Directiva de la Oficina Nacional Forestal. Igual crítica hacen a la composición del FONAFIFO”. (f. 3012)7

Teniendo en cuenta esos insumos, la Comisión dictaminadora aprueba un nuevo texto sustitutivo, el 22 de agosto de 1995, donde se cambia el nombre a “Oficina de la Madera”, pero con la misma naturaleza jurídica de ente público no estatal. También se cambia la conformación de la junta directiva, y se excluye la participación del sector público.

Ese texto, con pequeñas variantes, fue dictaminado afirmativamente, y de manera unánime, el 6 de setiembre de 2005. El nombre de la entidad pública vuelve a ser “Oficina Nacional Forestal, y cuya junta directiva estaría integrada enteramente por representantes del sector privado provenientes de los

6 Cuadro elaborado por Alberto Trejos Jiménez, asesor Fracción P.L.N., y Joaquín Quesada Cambronero, asesor Fracción P.U.S.C.

7 Cuadro elaborado por el Departamento de Servicios Técnicos. Oficio ST.392.95 del 01/08/95.

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productores agropecuarios; de los productores forestales; de los industriales de la madera; de los comerciantes de la madera, y; de los artesanos y productores de muebles; junto con un representante de los grupos ecologistas. Así se aprueba la nueva Ley Forestal, en el año 1996.

Por ende, y a manera de conclusión, la integración propuesta en la iniciativa en análisis, haría que la Oficina Nacional Forestal tenga una conformación mixta; composición que es característica en el resto de entidades públicas que se le asemejan. El darles un cupo a los ministros del Minae, MAG y a las universidades estatales es retomar el espíritu que originó la creación de esa entidad, pues estaban presentes en el primer texto sustitutivo aprobado por la Comisión Permanente Ordinaria de Asuntos Agropecuarios, en julio del año 1995. Por otra parte, si se analiza el origen de los ingresos, se observa que el mayor porcentaje proviene de los aportes del Fonafifo, según lo indicado en el Decreto N° 33205-Minae y del impuesto forestal, el cual se aplica sobre el valor de transferencia de la madera, ambas fuentes suman más del 80% de los ingresos para el 2015 y 2016, que si bien provienen de actividades del mismo sector, por su naturaleza constituyen fondos públicos.

Artículo 9.- Designación de los miembros de la ONF

Esta norma establece la forma de designación de los miembros de la junta directiva de la Oficina Nacional Forestal, y se modifica para establecer que la designación será realizada por el Consejo de Gobierno, a partir de ternas propuestas por cada sector. El representante de las universidades estatales corresponderá al Conare. El cuadro comparativo es el siguiente:

TEXTOACTUAL

TEXTOPROPUESTO

Articulo 9.- Designación de miembrosLos miembros de la Junta Directiva serán designados por cada sector en sus respectivas asambleas, por un período de tres años.

En su primera sesión anual, la Junta elegirá entre sus miembros un presidente, un vicepresidente, un secretario y un tesorero. Los otros miembros se considerarán vocales. El presidente y el tesorero tendrán, en forma conjunta, la representación judicial y extrajudicial de la Oficina Nacional Forestal, con facultades de apoderados generalísimos y

Artículo 9.- Designación de miembrosLos miembros de la Junta Directiva que representen sectores específicos, serán designados por el Consejo de Gobierno a partir de ternas propuestas por cada sector en sus asambleas, por un período de tres años.El representante de las universidades estatales será seleccionado por el Consejo Nacional de Rectores, a partir de ternas que recibirá según propuesta de cada rector.

(resto igual)

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sin límite de suma.Una vez constituida esta Junta, se le podrán girar los recursos establecidos en el artículo 43.

El texto propuesto incurre en un error, ya que mantiene la disposición que indica que el presidente se elegirá de entre los miembros de la junta directiva. El error se debe a que la modificación del artículo 8 establece que el presidente será el Ministro del MAG o su representante. 2.2 Fondo Nacional Forestal (Fonafifo)

El Fonafifo es un órgano del Minae, y se regula en los artículos 46 a 51 de la Ley Forestal. Se trata de un Fondo cuyo objetivo será financiar, para beneficio de pequeños y medianos productores, mediante créditos u otros mecanismos de fomento del manejo del bosque, intervenido o no, los procesos de forestación, reforestación, viveros forestales, sistemas agroforestales, recuperación de áreas denudadas y los cambios tecnológicos en aprovechamiento e industrialización de los recursos forestales. También captará financiamiento para el pago de los servicios ambientales que brindan los bosques, las plantaciones forestales y otras actividades necesarias para fortalecer el desarrollo del sector de recursos naturales, que se establecerán en el reglamento de la ley (art. 46).

De acuerdo con información suministrada por el Fonafifo8, sus ingresos efectivos para el año 2015 ascendieron a la suma de ¢18.134.7 millones sin considerar el incremento en los recursos de vigencias anteriores, siendo que se presupuestan ingresos para el año 2016 por la suma de ¢17.296.5 millones.

Cuadro Nº 3. Fonafifo. Fuentes de Financiamiento. Ingresos reales Año 2015. Ingresos presupuestados Año 2016.

2015 2016Fuentes de Financiamiento R. Públicos R. Privados TOTAL R. Públicos R. Privados TOTAL

Transferencia "Impuesto a los combustibles"

14.640.500.000

14.640.500.000

14.179.900.000

14.179.900.000

Transferencia "Canon de Agua"

822.741.644

822.741.644

1.287.446.990

1.287.446.990

Transferencia "Recursos Ecomercados II"

136.010.078

136.010.078

-

Transferencia "Impuesto a la Madera"

139.245.000

139.245.000

193.120.000

193.120.000

Venta de Servicios Ambientales

179.342.845

179.342.845

243.154.877

243.154.877

Transferencia Fideicomiso 544 FONAFIFO/BNCR

190.125.443

190.125.443

500.000.000

500.000.000

8 Información proporcionada por el Señor Jorge Mario Rodríguez Zúñiga. Director Ejecutivo Fonafifo, según consta en el Oficio DG-OF-053-2016. De fecha 07 de marzo de 2016.

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Diferencial Cambiario

42.742.984

42.742.984

10.000.000

10.000.000

Reintegro de PSA

576.715.316

576.715.316

- Otros ingresos (intereses PSA, multas)

91.299.245

91.299.245

86.500.000

86.500.000

Superávit

1.316.053.532

1.316.053.532

796.431.837

-

796.431.837

TOTAL DE INGRESOS 17.097.293.239

1.037.482.849

18.134.776.088

16.466.898.827

829.654.877

17.296.553.704

Fuente: Fonafifo

En el anexo 2 se incluye la liquidación de presupuesto de ingresos de Fonafifo para el año 2015, por la suma de ¢27.726.568.272 en el cual se incluye el incremento en recursos de vigencias anteriores por la suma de ¢9.591.792.184.

Por su parte seguidamente se detalla el estado de origen y aplicación de fondos de dicho ente para el año 2015.

Cuadro Nº 4 . Fonafifo. Estado de origen y aplicación de recursos. Año 2015.

ORIGEN DE LOS RECURSOS MONTO APLICACIÓN RECURSOS MONTO

Venta de Otros Servicios 179.342.845 Transferencias Corrientes 150.584.352Intereses sobre cuentas corrientes 377.106 0Diferencial cambiario 42.742.984 0Otras Multas 90.922.138 0Reintegro en efectivo 576.715.316 0 890.100.390 Subtotal 150.584.352 Transferencias corrientes del Gobierno Central 14.776.510.078 Remuneraciones 1.613.797.404

Servicios 486.265.307 Materiales y suministros 20.607.057 Intereses y comisiones 763 Bienes Duraderos 63.257.956 Transferencias Corrientes 8.827.429.032 14.776.510.078 Subtotal 11.011.357.519 Transferencias corrientes de Órganos Desconcentrados 961.986.644 Transferencias Corrientes 961.986.644

961.986.644 Subtotal 961.986.644 Transferencias Corrientes de Instituciones Públicas Financieras 190.125.443 Transferencias Corrientes 190.125.443

190.125.443 190.125.443 FINANCIAMIENTO Superávit Libre 12.000.000 Transferencias Corrientes 6.351.779

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Superávit Especifico 1.304.053.532 Transferencias Corrientes 1.304.053.532 1.316.053.532 Subtotal 1.310.405.311 TOTAL 18.134.776.088 TOTAL 13.624.459.270

Fuente: Fonafifo.

En el anexo 3 se incluye la liquidación de presupuesto de egresos de Fonafifo para el año 2015.

Los antecedentes de este Fondo tienen su origen en la reforma integral que sufrió la anterior Ley Forestal, en el año 1990, mediante la Ley N° 7174, que estableció la constitución de fideicomisos para financiar actividades de desarrollo forestal, realizadas por el sector privado. Por su parte, el reglamento a dicha Ley creó el Departamento de Financiamiento Forestal, con el objetivo de “consolidar el Financiamiento de actividades forestales”. Posteriormente se autoriza la creación del Fonafifo, mediante la norma presupuestaria Nº 32, incluida en el Presupuesto Ordinario de la República para el ejercicio económico del año 1991, Ley N° 7216.9

En ese sentido, la nueva Ley Forestal, N° 7575, retoma esa figura, e innova otorgándole personalidad jurídica instrumental para efectos de los recursos financieros a su cargo, y su administración se pone a cargo de una junta directiva, de conformación mixta, según se aprecia en el cuadro comparativo que sigue:

TEXTOACTUAL

TEXTOPROPUESTO

(se ajustó, para efectos de la comparación)Articulo 48.- Junta DirectivaEl Fondo Nacional de Financiamiento Forestal tendrá una Junta Directiva, encargada de emitir las directrices generales, los reglamentos de crédito u otros, cuando sea del caso, y de aprobar las operaciones financieras.La Junta Directiva fijará también los tipos de garantía de acuerdo con los montos por financiar, los plazos, las tasas de interés y las demás condiciones de los créditos por otorgar. La tierra con bosque e individualmente el árbol en pie, propiedad de particulares, servirán para garantizar estos créditos.La Junta Directiva estará compuesta por cinco miembros:a) Dos representantes del sector privado

nombrados por la Junta directiva de la Oficina Nacional Forestal; uno,

Artículo 48.- Junta DirectivaEl Fondo Nacional de Financiamiento Forestal tendrá una Junta Directiva, encargada de emitir directrices generales, los reglamentos de crédito u otros, cuando sea el caso, y de aprobar las operaciones financieras.

(igual)

d) Un representante de la Cámara Costarricense Forestal.

9 http://www.fonafifo.go.cr/quienesomos/planificacion/PL_POI_2012.pdf

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necesariamente, deberá ser representante de las organizaciones de pequeños y medianos productores forestales y el otro, del sector industrial.

b) Tres representantes del sector público designados, uno por el Ministro del Ambiente y Energía, otro por el Ministro de Agricultura y Ganadería y el tercero, por el Sistema Bancario Nacional.

Nuevo è

El quórum para que la Junta Directiva sesione será de cuatro miembros.

Los miembros de la Junta Directiva tendrán derecho a realizar cualquier transacción financiera en forma directa o indirecta con el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal. Quien se encuentre en el supuesto anterior no podrá emitir su voto y deberá retirarse de la sesión respectiva, en el momento en que vaya a conocerse la transacción financiera donde él, o las personas vinculadas con él, por parentesco hasta el tercer grado de afinidad o consanguinidad, tengan intereses directos. De igual manera se procederá cuando vayan a conocerse transacciones de personas jurídicas en las que, el miembro de la Junta Directiva o las personas vinculadas con él por parentesco, hasta el tercer grado de afinidad o consanguinidad, sean sus representantes legales o propietarios de acciones o participaciones sociales.

a) El Ministro de Ambiente y Energía o su representante quien la presidirá.

b) El Ministro de Hacienda o su representante.

c) Un representante del Sistema Bancario Nacional.

e) Un representante del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica, con especialidad en Ingeniería Forestal.

El cuórum para que la Junta Directiva sesione será de cuatro miembros.

Los miembros de la Junta Directiva no tendrán derecho a realizar transacciones financieras en forma directa o indirecta con el Fondo Nacional de Financiamiento Forestal.

A pesar de que el texto vigente indica que la junta se compone de 3 representantes del sector público y 2 del sector privado, en realidad se trata de una composición 2-2-1: con 2 del sector público (Minae y MAG), 2 del sector privado y 1 del Sistema Bancario Nacional (SBN). Esto por cuanto el representante del SBN no necesariamente representa al sector público, pues ese Sistema engloba tanto a los bancos públicos como a los privados, según la Ley Orgánica del Sistema Bancario Nacional, que dice:

ARTÍCULO 1.- El Sistema Bancario Nacional estará integrado por:1.- El Banco Central de Costa Rica.2.- El Banco Nacional de Costa Rica.3.- El Banco de Costa Rica.4.- Derogado.5.- El Banco Crédito Agrícola de Cartago.

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6.- Cualquier otro banco del Estado que en el futuro llegare a crearse; y7.- Los bancos comerciales privados, establecidos y administrados conforme con

lo prescrito en el Título VI de esta ley.El Sistema se regirá por la presente ley, la Ley Orgánica del Banco Central de

Costa Rica y las demás leyes aplicables, así como por los respectivos reglamentos.

En la versión del “ante-proyecto” que presentó el entonces Ministro del Minerem a la Comisión de Asuntos Agropecuarios, en febrero del año 1995, la composición era 4-3, en favor del sector público (incluye universidades estatales), pues la norma propuesta decía así:

Artículo 54.- El Fondo Nacional de Financiamiento Forestal tendrá una Junta Directiva, (…) compuesta por siete miembros, tres representantes del sector privado…, tres representantes del sector público que serán nombrados por el Ministro…, y un representante de la Universidades Estatales…”. (fs. 2661 y 2662)

En tanto, con la reforma propuesta en el proyecto de ley en estudio la junta pasa a un sistema 2-1-1-1, a saber: 2 del sector público (Minae y Hacienda); 1 del Sistema Bancario Nacional; 1 de la Cámara Costarricense Forestal, y; 1 del Colegio de Ingenieros Agrónomos.

Ese cambio se hace en atención al objetivo perseguido de variar el equilibrio en la composición de la junta directiva, por cuanto el proponente manifiesta lo siguiente en la exposición de motivos: “En el caso de Fonafifo, a pesar de que se cuenta con participación de representantes del sector público, estos no tienen el peso deseado para garantizar que el manejo del Fondo se haga en consonancia con las prioridades de inversión del Estado, al tratarse de fondos públicos. El peso dado a productores forestales y al sector industrial, puede contravenir el equilibrio deseado en la Junta Directiva”. (lo subrayado no es del original)

Siendo así, podríamos concluir que la iniciativa legislativa cumple con el objetivo querido, por cuanto aumenta el peso del sector público (de 2 pasa a 3), y disminuye el peso del sector privado (de 2 pasa a 1), con lo cual el equilibrio es distinto en contra de este último. Debe tenerse presente que los colegios profesionales, en este caso el Colegio de Ingenieros Agrónomos, forman parte del sector público, pues son corporaciones de derecho público, según el artículo 1° de su Ley Orgánica, que dice:

ARTÍCULO 1.- El Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica es un ente público no estatal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y con los derechos, obligaciones, poderes y atribuciones que le señalan esta Ley y su Reglamento.

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Por lo anterior, el representante de ese Colegio se debe sumar al representante del Minae y al representante de Hacienda, para un total de tres cupos en la Junta Directiva del Fonafifo.

2.3 Tránsito entre la ley vieja y la ley nueva

En el proyecto de ley se echa de menos la existencia de una norma transitoria que regule el tránsito entre la ley vieja y la ley modificativa. Esto por cuanto el texto introduce cambios en la integración de juntas directivas que vienen operando normalmente, y cuyos miembros han sido nombrados por un plazo determinado, que es de tres años para el caso de la Oficina Nacional Forestal, y de dos años para el Fonafifo.

Téngase en cuenta que las disposiciones transitorias forman parte del Derecho Intertemporal en cuanto tienen a solucionar conflictos de leyes. Ante los problemas de transitoriedad que la ley nueva produce, el legislador establece un régimen jurídico aplicable a las situaciones jurídicas pendientes. En ese sentido, la función de las llamadas disposiciones transitorias es la de regular en forma temporal determinadas situaciones, con el fin de ajustar o acomodar la normativa nueva o la de dar un tratamiento distinto y temporal, de carácter excepcional, a ciertas situaciones. Hechos que no se pretende comprender dentro de esas nuevas regulaciones generales. Interesa resaltar que en la base de la norma transitoria se encuentra esa necesidad de responder a problemas planteados por la entrada en vigencia de la nueva ley; esa es su esencia.10

Por ende, se sugiere establecer una norma transitoria que resguarde el derecho de los actuales miembros de concluir su periodo.

III. ASPECTOS DE PROCEDIMIENTO LEGISLATIVO

Votación

El proyecto de ley requiere para su aprobación de la mayoría absoluta de los votos presentes, de conformidad con el artículo 119 de la Constitución Política.

Delegación

La iniciativa puede ser delegada en una Comisión con Potestad Legislativa Plena, porque no se encuentra en ninguna de las excepciones contempladas en el artículo 124 constitucional.

10 Procuraduría General de la República. Dictamen C-060-99, reiterado en C-350-2004

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Consultas

Obligatorias:

Universidades estatales Consejo Nacional de Rectores11

Facultativas

Ministerio de Ambiente y Energía Ministerio de Agricultura y Ganadería Ministerio de Hacienda Junta Directiva Oficina Nacional Forestal Junta Directiva Fondo Nacional de Financiamiento Forestal Colegio de Ingenieros Agrónomos Cámara Costarricense Forestal

IV. ASPECTOS JURÍDICOS RELACIONADOS

Constitución Política de la República de Costa Rica, de 7 de noviembre de 1949 y sus reformas.

Ley sobre el Régimen de Relaciones entre Productores, Beneficiadores y Exportadores de Café, N° 2762 del 21 de junio de 1961 y sus reformas.

Ley Forestal, N° 4465 del 25 de noviembre de 1969 y sus reformas. (derogada)

Ley Corporación Bananera Nacional, N° 4895 del 16 de noviembre de 1971 y sus reformas.

Ley Orgánica del Colegio de Ingenieros Agrónomos de Costa Rica, N° 7221 del 6 de abril de 1991 y sus reformas.

Ley de creación de la Corporación Ganadera, N° 7837 del 05 de octubre de 1988 y sus reformas.

Ley Forestal N° 7575 del 13 de febrero de 1996, y sus reformas.

11 Según la Procuraduría General de la República: “El CONARE es un ente público independiente de las universidades públicas que han suscrito el “Convenio de Coordinación de la Educación Superior en Costa Rica”, y no un órgano desconcentrado de aquéllas.”-+ (Dictamen Nº C-253-2004 de 31/08/04)

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Ley Orgánica de la Agricultura e Industria de la Caña de Azúcar, N° 7818 del 02 de setiembre de 1998 y sus reformas.

Ley de creación de la Corporación Arrocera, N° 8285 del 30 de mayo de 2002 y sus reformas.

V. ANEXOS

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DESCRIPCIÓNDECRETO Nº 33205

FONDO FORESTAL

FONDOS PRIVADOS

SUPERÁVITS ANTERIORES

TOTAL

I. ORIGEN DE LOS FONDOS 94.802.675 48.271.808 23.649.438 41.208.399 207.932.320II. APLICACIÓN DE FONDOSServicios personales 37.987.759 39.816.508 77.804.267Sesiones de Junta Directiva 4.445.002 4.445.002

Acciones de capacitación 2.000.000 2.000.000

Crear una oficina de gestión de proyectos y apoye el desarrollo de sus organizaciones .

5.400.000

Promover el consumo de madera 5.400.000 5.400.000

Estadisticas de uso de la madera 8.700.000 8.700.000

Apoyar la operación de clústeres y la gestión de modelos de negocio

8.400.000 8.400.000

Mejora de las capacidades de las organizaciones forestales (incluye PSA, REDD+ y MFS).

6.705.779 4.332.125 11.037.904

Apoyar a las organizaciones en la promoción del cultivo de madera (PSA),

4.000.000 4.000.000

Producción de materiales de promoción del sector forestal y el PSA.

2.500.000 2.500.000

Capacitación de las organizaciones de productores forestales.

5.500.000 5.500.000

Contrataciones Feria Vive la madera y la C neutralidad, 2014.

15.609.137 23.649.438 39.258.575

Promoción del sector forestal y del uso de la madera.

519.000 519.000

Servicios en ciencias económicas y sociales 2.532.666 2.532.666

Servicios de asesoría jurídica. 1.800.000 1.800.000

Alquiler de edificios, locales y terrenos. 9.403.371 9.403.371

Servicios Públicos 2.070.504 2.070.504

Equipo y programas de cómputo 2.131.448 2.131.448

Mantenimiento 669.563 954.687 1.624.250

Seguros 715.145 715.145

Viáticos en el exterior 3.249.744 750.256 4.000.000

Viáticos dentro del país. 850.344 850.344

Transportes dentro del país 3.706.640 3.706.640

Gastos de representación institucional 900.000 900.000

Otros servicios básicos 804.748 804.748

Materiales y suministros de oficina y limpieza 1.400.000 1.400.000

Imprevistos (5%) 1.028.456 1.028.456

Total 94.802.675 48.271.808 23.649.438 41.208.399 207.932.320

Excedente o déficit 0 0 0 0

Anexo Nº 1ONF INFORME DE ORIGEN Y APLICACIÓN DE FONDOS PRESUPUESTADO 2016 (COLONES)

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Anexo Nº 2Fonafifo. Liquidación del Presupuesto de Ingresos. Año 2015

INGRESOS Presupuesto

inicial

Total Presupuestos

ExtraordinariosPresupuesto

AprobadoTotal Ingresos

Reales DiferenciaINGRESOS CORRIENTES 16.280.228.388 154.244.145 16.434.472.533 16.818.722.556 -384.250.023INGRESOS NO TRIBUTARIOS 277.904.997 14.818.650 292.723.647 890.100.390 -597.376.743VENTA DE BIENES Y SERVICIOS 196.404.997 14.818.650 211.223.647 179.342.845 31.880.802OTROS SERVICIOS 196.404.997 14.818.650 211.223.647 179.342.845 31.880.802VENTA DE OTROS SERVICIOS 196.404.997 14.818.650 211.223.647 179.342.845 31.880.802 INGRESOS DE LA PROPIEDAD 34.500.000 0 34.500.000 43.120.090 -8.620.090RENTA DE ACTIVOS FINANACIERO 34.500.000 0 34.500.000 43.120.090 -8.620.090OTRAS RENTAS DE ACTIVOS FINANCIEROS 34.500.000 0 34.500.000 43.120.090 -8.620.090INTERESES SOBRE CUENTAS CORRIENTES Y OTROS DEPOSITOS 500.000 500.000 377.106 122.894DIFERENCIAS POR TIPO DE CAMBIO 34.000.000 34.000.000 42.742.984 -8.742.984 MULTAS, SANCIONES, REMATES Y CONFISCACIONES 7.000.000 0 7.000.000 90.922.138 -83.922.138MULTAS Y SANCIONES 7.000.000 0 7.000.000 90.922.138 -83.922.138OTRAS MULTAS 7.000.000 7.000.000 90.922.138 -83.922.138 OTROS INGRESOS NO TRIBUTARIOS 40.000.000 0 40.000.000 576.715.316 -536.715.316REINTEGROS EN EFECTIVO 40.000.000 40.000.000 576.715.316 -536.715.316 TRANSFERENCIAS CORRIENTES 16.002.323.391 139.425.495 16.141.748.886 15.928.622.166 213.126.720TRANSFERENCIAS CORRIENTES DEL SECTOR PUBLICO 16.002.323.391 139.425.495 16.141.748.886 15.928.622.166 213.126.720TRANSFERENCIAS CORRIENTES DEL GOBIERNO CENTRAL 14.640.500.000 139.425.495 14.779.925.495 14.776.510.078 3.415.417TRANSFERENCIAS CORRIENTES DE ORGANOS DESCONCENTRADOS 1.166.608.270 1.166.608.270 961.986.644 204.621.626TRANSFERENCIAS CORRIENTES DE INSTITUCIONES PUBLICAS FINANCIERAS 195.215.121 195.215.121 190.125.443 5.089.678 FINANCIAMIENTO 1.316.053.532 0 1.316.053.532 10.907.845.716 -9.591.792.184RECURSOS DE VIGENCIAS ANTERIORES 1.316.053.532 0 1.316.053.532 10.907.845.716 -9.591.792.184SUPERAVIT LIBRE 12.000.000 12.000.000 744.843.731 -732.843.731SUPERAVIT ESPECIFICO 1.304.053.532 1.304.053.532 10.163.001.985 -8.858.948.453

TOTAL INGRESOS 17.596.281.920 154.244.145 17.750.526.065 27.726.568.272 -9.976.042.207Fuente: Informe de Ejecución Presupuestaria Fonafifo 2015

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Anexo Nº 3Fonafifo. Liquidación del Presupuesto de Egresos.

Año 2015

NOMBRE SUBPARTIDA PRESUPUESTO INICIAL

TOTAL DE MODIFICAC.

TOTAL DE P. EXTRAORD.

PRESUPUESTO APROBADO

EGRESOS REALES

PRESUPUESTO DISPONIBLE

Remuneraciones 1.664.064.983 79.451.471 0 1.743.516.454 1.613.797.404 129.719.050Remuneraciones Básicas 635.002.751 11.592.901 0 646.595.652 595.289.930 51.305.722Sueldos para cargos fijos 633.164.207 6.575.101 0 639.739.308 590.329.935 49.409.373Suplencias 1.838.544 5.017.800 0 6.856.344 4.959.994 1.896.350Remuneraciones Eventuales 0 48.793.893 0 48.793.893 35.087.202 13.706.691Tiempo Extraordinario 21.403.994 21.403.994 9.962.658 11.441.336Compensación de vacaciones 27.389.899 27.389.899 25.124.545 2.265.354Incentivos Salariales 744.288.165 9.668.097 0 753.956.262 714.569.679 39.386.583Retribución por años servidos 162.617.623 2.432.153 0 165.049.776 154.027.859 11.021.917Restricción al ejercicio liberal de la profesión 292.280.955 6.459.780 0 298.740.735 284.245.271 14.495.464Décimotercer mes 103.992.776 336.764 0 104.329.540 104.233.957 95.583Salario Escolar 96.540.268 0 0 96.540.268 88.288.239 8.252.029Otros incentivos salariales 88.856.543 439.400 0 89.295.943 83.774.354 5.521.589Contribuciones Patronales al Desarrollo y la Seguridad Social 124.341.566 3.656.954 0 127.998.520 120.865.717 7.132.803Contribución patronal al Seguro de Salud de la Caja Costarricense del Seguro Social 117.965.077 3.446.782 0 121.411.859 114.667.474 6.744.385Contribución patronal al Banco Popular y Desarrollo Comunal 6.376.489 210.172 0 6.586.661 6.198.243 388.418Contribuciones Patronales a Fondos de Pensiones y otros fondos de Capitalización 160.432.501 5.739.626 0 166.172.127 147.984.876 18.187.251Contribución Patronal al Seguro de 64.785.144 2.556.086 0 67.341.230 62.829.802 4.511.428

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Pensiones de la Caja Costarricense del Seguro SocialAporte Patronal al Régimen obligatorio de pensiones complementarias 19.129.471 630.017 0 19.759.488 18.594.706 1.164.782Aporte Patronal al Fondo de Capitalización Laboral 38.258.943 1.259.941 0 39.518.884 37.189.435 2.329.449Contribución patronal a fondos administrados por entes privados 38.258.943 1.293.582 0 39.552.525 29.370.933 10.181.592Servicios 777.778.442 -104.139.355 0 673.639.087 486.265.307 187.373.780Alquileres 567.523.784 -110.075.860 0 457.447.924 336.106.414 121.341.510Alquiler de edificios, locales y terrenos 335.706.348 0 0 335.706.348 335.706.343 5Alquiler de equipo de cómputo 231.817.436 -179.986.593 0 51.830.843 400.072 51.430.771Otros alquileres 69.910.733 69.910.733 0 69.910.733Servicios Básicos 70.522.027 -5.362.579 0 65.159.448 51.347.434 13.812.014Servicio de agua y alcantarillado 4.797.403 500.000 0 5.297.403 3.814.161 1.483.242Servicio de energía eléctrica 21.050.712 0 0 21.050.712 17.942.720 3.107.993Servicio de telecomunicaciones 44.673.912 -5.862.579 0 38.811.333 29.590.553 9.220.780Servicios Comerciales y Financieros 3.310.000 20.000 0 3.330.000 435.379 2.894.621Impresión, encuadernación y otros 20.000 20.000 0 20.000Comisiones y gastos por servicios financieros y comerciales 50.000 0 50.000 28.242 21.758Servicios de transferencia electrónica de información 3.260.000 0 0 3.260.000 407.137 2.852.863Servicios de Gestión y Apoyo 82.525.789 8.511.878 0 91.037.667 57.538.038 33.499.629Servicios de ciencias económicas y sociales 9.200.000 0 0 9.200.000 7.567.764 1.632.236Servicios Generales 73.025.789 -248.122 0 72.777.667 49.970.274 22.807.393Otros servicios de gestión y apoyo 300.000 8.760.000 0 9.060.000 0 9.060.000Gastos de Viaje y de Transporte 16.051.000 524.059 0 16.575.059 9.512.616 7.062.443Transporte dentro del país 835.000 300.000 0 1.135.000 677.201 457.799

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Viáticos dentro del país 12.184.000 224.059 0 12.408.059 8.779.512 3.628.547Transporte en el exterior 1.200.000 0 0 1.200.000 55.903 1.144.097Viáticos en el exterior 1.832.000 0 1.832.000 0 1.832.000Seguros, Reaseguros y otras Obligaciones 31.132.842 0 0 31.132.842 25.885.322 5.247.520Seguros 31.132.842 0 0 31.132.842 25.885.322 5.247.520Capacitación y Protocolo 1.970.000 800.000 0 2.770.000 1.962.760 807.241Actividades de capacitación 1.970.000 800.000 0 2.770.000 1.962.760 807.241Mantenimiento y reparación 2.000.000 1.213.147 0 3.213.147 2.966.620 246.527Mantenimiento de edificios, locales y terrenos 2.000.000 -1.005.600 0 994.400 994.400 0Mantenimiento y reparación de equipo de comunicación 2.218.747 2.218.747 1.972.220 246.527Impuestos 900.000 0 0 900.000 0 900.000Otros impuestos 900.000 0 0 900.000 0 900.000Servicios Diversos 1.843.000 230.000 0 2.073.000 510.724 1.562.276Intereses moratorios y multas 25.000 230.000 0 255.000 195.724 59.276Deducibles 1.818.000 0 0 1.818.000 315.000 1.503.000Materiales y Suministros 36.096.260 4.642.000 0 40.738.260 20.607.057 20.131.203Productos Químicos y Conexos 29.000.000 0 0 29.000.000 15.062.763 13.937.237Combustible y lubricantes 26.000.000 0 0 26.000.000 12.266.338 13.733.662Tintas, pinturas y diluyentes 3.000.000 0 3.000.000 2.796.425 203.575Materiales y Productos de uso en la Construcción y Mantenimiento 200.000 4.642.000 0 4.842.000 3.412.869 1.429.131Materiales y productos metálicos 200.000 300.000 0 500.000 139.739 360.261Materiales y productos eléctricos, telefónicos y cómputo 4.342.000 4.342.000 3.273.130 1.068.870Herramientas, Repuestos y Accesorios 886.500 0 0 886.500 152.900 733.600Herramientas e instrumentos 30.000 0 0 30.000 0 30.000

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Repuestos y accesorios 856.500 0 0 856.500 152.900 703.600Útiles, Materiales y Suministros Diversos 6.009.760 0 0 6.009.760 1.978.525 4.031.235Útiles y materiales de oficina y cómputo 4.482.760 0 0 4.482.760 1.837.917 2.644.843Útiles y materiales médicos hospitalario y de investigación 27.000 0 0 27.000 26.387 614Productos de papel, cartón e impresos 1.500.000 0 0 1.500.000 114.221 1.385.779Intereses y comisiones 15.000.000 0 0 15.000.000 763 14.999.237Comisiones y otros gastos 15.000.000 0 0 15.000.000 763 14.999.237Diferencias por tipo de cambio 15.000.000 0 0 15.000.000 763 14.999.237Bienes Duraderos 91.348.835 22.326.267 0 113.675.102 63.257.956 50.417.146Maquinaria, Equipo y Mobiliario 91.348.835 22.326.267 0 113.675.102 63.257.956 50.417.146Equipo de comunicación 3.375.550 -1.000.000 0 2.375.550 733.724 1.641.826Equipo y mobiliario de oficina 11.179.000 6.547.467 0 17.726.467 4.897.592 12.828.875Equipo y programas de cómputo 72.077.085 16.888.800 0 88.965.885 55.879.607 33.086.278Equipo sanitario, de laboratorio e investigación 570.000 140.000 0 710.000 554.577 155.423Maquinaria, equipo y mobiliario diverso 3.897.200 0 0 3.897.200 1.192.456 2.704.744Transferecias Corrientes 14.788.328.639 -2.280.383 154.244.145 14.940.292.401 11.440.530.783 3.499.761.618Transferencias Corrientes al Sector Público 489.158.815 -4.500.000 0 484.658.815 436.575.594 48.083.221Transferencias Corrientes del Gobierno Central 500.000 0 0 500.000 0 500.000Transferencias corrientes a órganos desconcentrados 205.500.912 -4.500.000 0 201.000.912 199.852.691 1.148.221Transferencias corrientes a instituciones descentralizadas no empresariales 97.477.903 0 97.477.903 97.477.903 0Fondos en fideicomiso para gasto corriente 185.680.000 0 0 185.680.000 139.245.000 46.435.000Transferencias Corrientes a personas 14.267.890.659 -7.575.105 154.244.145 14.414.559.699 10.984.925.092 3.429.634.607

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Otras transferencias a personas 14.267.890.659 -7.575.105 154.244.145 14.414.559.699 10.984.925.092 3.429.634.607Prestaciones 16.279.165 2.219.617 0 18.498.782 12.006.730 6.492.052Prestaciones Legales 10.385.376 -651.103 0 9.734.273 5.006.198 4.728.075Otras prestaciones 5.893.789 2.870.720 0 8.764.509 7.000.532 1.763.977Otras Transferencias Corrientes al Sector Privado 15.000.000 7.575.105 0 22.575.105 7.023.367 15.551.738Indemnizaciones 15.000.000 0 15.000.000 0 15.000.000Reintegros o devoluciones 7.575.105 7.575.105 7.023.367 551.738Cuentas Especiales 223.664.761 0 0 223.664.761 0 223.664.761Sumas sin asignación presupuestaria 223.664.761 0 0 223.664.761 0 223.664.761Sumas con destino específico sin asignación presupuestaria 223.664.761 0 0 223.664.761 0 223.664.761Totales 17.596.281.920 0 154.244.145 17.750.526.065 13.624.459.270 4.126.066.795

Fuente: Fonafifo. Liquidación presupuesto de egresos.

/eeb.-

29 de abril de 2016