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Derecho Constitucional Sesión 2: Elementos geográficos del Estado Mexicano

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Derecho Constitucional

Sesión 2: Elementos geográficos del Estado

Mexicano

Contextualización

Como se mencionó en la sesión anterior, el territorio

como uno de los Elementos del Estado. Por lo que, es

importante situarnos en los elementos geográficos que

abarca el Estado Mexicano. Es decir, es importante

conocer la definición de territorio, ya que ésta en su

sentido general, no sólo abarca el cúmulo de tierra

delimitada por las fronteras de ese espacio

determinado, sino que también comprende aguas,

espacio aéreo, entre otras cosas. En este sentido, es

importante conocer los elementos geográficos que

abarca el sistema legal como lo es en el caso del

Estado Mexicano.

Introducción al tema

El territorio es un elemento esencial del territorio, ya que es la

forma de delimitar dónde abarca el poder público del Estado

y la aplicación de sus leyes. Es así que es importante

conocer que no solo se denomina al espacio terrestre en

específico, sino que esto puede significar abarcar un poco

más allá, ya sea a través de las vías marítimas y áreas. En

esta sesión se abordará la temática sobre los elementos

geográficos que componen el Estado mexicano, tomando en

cuenta la definición de territorio en su sentido estricto, los

elementos acuáticos internos, los elementos marítimos y la

zona exclusiva que se contemplan dentro del Estado

Mexicano. Así como también se mencionará brevemente la

formación histórica de los Estados y del Distrito Federal.

El territorio en sentido estricto

Es un elemento que conforma el Estado. A lo que Pichardo (s/f) nos menciona

que el territorio como elemento geográfico del Estado, se le denomina al

“espacio terrestre, aéreo y marítimo sobre el cual el ente estatal ejerce su

poder.” Es entonces que territorio se puede entender como el espacio que está

debidamente delimitado en el cual un Estado puede legalmente ejercer su poder.

En un primer plano, se puede decir que el territorio que existe en un país, no se

puede mover, pero éste puede ser modificado o alterado, por ejemplo, mediante

una Guerra, anexión o conquista (Pichardo, s/f).

Elementos acuáticos internos del

Estado

El artículo 27 de la Constitución Mexicana establece que la propiedad de

las tierras y aguas comprendidas dentro de los límites del territorio nacional

“corresponde originariamente a la Nación, la cual ha tenido y tiene el derecho

de transmitir el dominio de ellas a los particulares, constituyendo la propiedad

privada.”

El Artículo 48 nos menciona que las islas, los cayos y arrecifes de los mares

adyacentes que sean parte del territorio nacional, la plataforma continental, los

zócalos submarinos de las islas, de los cayos y arrecifes, los mares

territoriales, las aguas marítimas interiores y el espacio situado sobre el

territorio nacional, estos dependerán directamente del Gobierno Federal, con

excepción de aquellas islas sobre las que hasta la fecha hayan ejercido

jurisdicción los Estados, que sería ejercido por los Estados.

El artículo 27 Constitucional, los mares territoriales “son propiedad de la

nación en la extensión y términos que fija el derecho internacional.” (Pichardo, s/f).

Si bien, varios autores coinciden en que la delimitación de los mares ha ido

cambiando y está siendo sujeta de acuerdo a los diversos tratados

internacionales.

a) Aguas interiores, dichas aguas se encuentran situadas “en el interior de la

línea de base del mar territorial“.

b) Mar territorial, se le llama a la “faja de agua situada entre las costas del

territorio nacional, sean continentales o insulares, y alta mar, su anchura es de

12 millas náuticas.”

c) Zona contigua, es aquella “área adyacente al mar territorial del Estado ribereño

y su límite no podrá exceder las 24 millas náuticas desde las líneas de base a

partir de las cuales se mide la anchura del mar territorial.”

d) Zona Económica Exclusiva, que se estudiará a continuación.

Elementos marítimos del Estado

Elementos marítimos del Estado

La Zona Económica Exclusiva es una zona

situada más allá del territorio y mar territorial y

adyacente este: su anchura no se extenderá

más allá de 200 millas náuticas contadas desde

las líneas de base a partir de las cuales se mide

la anchura del mar territorial en las que el

Estado ribereño tiene: derechos de soberanía

para los fines de exploración y explotación de

todos los recursos existentes y jurisdicción con

respecto a la instalación y utilización de

estructuras hechas por el hombre y

expediciones de investigación.” (Bustamante y

Maldonado, s/f).

Regulación Constitucional de la Zona

Exclusiva Económica

Formación histórica de los Estados de la

Unión y del Distrito Federal

En la Constitución de 1857 se crea por vez primera como parte de la federación el estado del Valle de México, el cual se formaría el territorio del Distrito Federal cuando los poderes de la unión cambien de residencia. El 6 de mayo de 1861, que el Presidente Benito Juárez por un decreto modifica y amplia el territorio del Distrito Federal, el distrito quedó integrado con 17 municipios, que se repartían en cinco partidos mas una municipalidad que formaba su propio partido, abarcando la ciudad de México como tal y el bosque de Chapultepec.

El gobierno porfirista se dispuso y logró llevar a cabo una serie de tratados y acuerdos para definir y aclarar problemas territoriales que había entre las diferentes entidades de la federación y con los países vecinos, en el caso del Distrito Federal se lograron acuerdos con el estado de México y Morelos, e internamente se organizó el Distrito Federal en una municipalidad central, seis distritos "Antes Prefecturas" a su vez divididos en municipios

En el periodo que abarca de 1910 a 1924, en forma general se puede decir que el Distrito Federal no sufrió ningún tipo de cambio respecto a su situación, territorio u organización; Incluso a pesar de que en 1917 se emitió una nueva constitución federal, en esencia solo ratificó lo establecido bajo las modificaciones de 1903 a la Constitución de 1857.

Brevemente haremos una reseña de algunos puntos importantes sobre la creación de

los Estados en México (Wikepedia, s/f).

A lo largo del tiempo, han surgido controversias legales entre dos o más

ayuntamientos para determinar los límites territoriales entre los Estados dentro de la

Federación. Luna, M. (s/f) nos menciona algunas de las causas por las que pueden

surgir dichos conflictos, entre las cuales están:

Resolución de conflictos de límites entre

los Estados

1.El resultado de las diversas organizaciones

territoriales que se adoptaron durante el siglo XX.

2.La creación de municipios sin estudios históricos,

demográficos y económicos previos.

3.La fusión y supresión de las municipalidades.

4.El cambio de nombres de cabeceras municipales.

5.El intercambio de congregaciones.

6.La ausencia de estudios técnico- geográficos

para definir territorios en la creación de nuevas

municipalidades.

Conclusión

Es importante conocer los elementos que conforman el Estado, los cuales son

territorio, población y poder público. En el caso de población, que hemos

abordado en la sesión anterior, tenemos en cuenta que se pueden tener

diferentes situaciones jurídicas dependiendo del individuo que se trate, puede ser

considerado mexicano si cumple con las características que establece la

Constitución Mexicana, imponiendo obligaciones y derechos al mismo, así como

la situación jurídica de un extranjero en territorio mexicano, el cual también tiene

ciertas obligaciones y deberes, pero alguna que otra prohibición, como la es la de

no inmiscuirse en intereses políticos. Así mismo, es de manera esencial

determinar hasta dónde abarca o cuál es la situación geográfica de cada país, ya

que el marco jurídico aplicable se extiende hasta donde es considerado territorio,

ya sea por vía terrestre, marítima o área.

Referencias

• Bustamante, M. y H. Maldonado. (s/f). Delimitación de espacios marítimos. México:

INEGI. Cultura, Estadística y Geografía. Consultado el 26 de noviembre de 2014:

http://www.inegi.org.mx/inegi/contenidos/espanol/prensa/contenidos/articulos/geograf

ica/maritimos.pdf

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, Comentada, TI. (2011).

México: Porrúa.

• Luna, M. (s/f). Conflictos por límites territoriales intermunicipales en México. Estado

de la Cuestión. México: Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Consultado el 26 de noviembre de 2014:

http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/6/2921/14.pdf

• Pichardo, I. (s/f). Introducción a la nueva administración Pública. México: Instituto de

Investigaciones Jurídicas de la UNAM Consultado el 26 de noviembre de 2014:

http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/3/1425/4.pdf

• Wikipedia. (s/f). Distrito Federal (México) historia. Consultado el 26 de noviembre de

2014:

http://es.wikipedia.org/wiki/Distrito_Federal_(México)_historia#2a_Rep.C3.BAblica_F

ederal_y_Constituci.C3.B3n_de_1857