Aspectos legales en salud con respecto al vih

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Aspectos legales en salud Aspectos legales en salud con respecto al VIH/SIDA con respecto al VIH/SIDA Andrés Rosa Andrés Rosa Dr. Eduardo Celis Dr. Eduardo Celis

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Aspectos legales en salud Aspectos legales en salud con respecto al VIH/SIDAcon respecto al VIH/SIDA

Andrés RosaAndrés RosaDr. Eduardo CelisDr. Eduardo Celis

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Decreto Supremo Nº 158 del Decreto Supremo Nº 158 del Ministerio de SaludMinisterio de Salud

Artículo 1º.- “Se considerarán Artículo 1º.- “Se considerarán enfermedades de enfermedades de notificación obligatorianotificación obligatoria las que a continuación se las que a continuación se indican, con su correspondiente periodicidad: … indican, con su correspondiente periodicidad: … b) b) De Notificación Diaria:De Notificación Diaria: Coqueluche, Enfermedad de Chagas Coqueluche, Enfermedad de Chagas (Tripanosomiasis Americana), Enfermedad de Creutzfeld-Jakob (EJC), (Tripanosomiasis Americana), Enfermedad de Creutzfeld-Jakob (EJC), Fiebre Tifoidea y Paratifoidea, Gonorrea, Hepatitis viral A, B, C, E, Fiebre Tifoidea y Paratifoidea, Gonorrea, Hepatitis viral A, B, C, E, Hidatidosis, Lepra, Parotiditis, Psitacosis, Rubéola Congénita, Sífilis en Hidatidosis, Lepra, Parotiditis, Psitacosis, Rubéola Congénita, Sífilis en todas sus formas y localizaciones, todas sus formas y localizaciones, Síndrome de Inmunodeficiencia Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (VIH/SIDA),Adquirida (VIH/SIDA), Tétanos, Tétanos neonatal, Tuberculosis en todas Tétanos, Tétanos neonatal, Tuberculosis en todas sus formas y localizaciones, Tifus Exantemático Epidémico “sus formas y localizaciones, Tifus Exantemático Epidémico “

Artículo 3º.- “Las enfermedades de declaración obligatoria, contempladas Artículo 3º.- “Las enfermedades de declaración obligatoria, contempladas en la letra b) del artículo 1º, en la letra b) del artículo 1º, deberán ser notificadas, una vez confirmado deberán ser notificadas, una vez confirmado el diagnósticoel diagnóstico, por el respectivo establecimiento asistencial, enviándose el , por el respectivo establecimiento asistencial, enviándose el formulario correspondiente el mismo día de la confirmación a la autoridad formulario correspondiente el mismo día de la confirmación a la autoridad sanitaria competente, desde donde se remitirá al Ministerio de Salud una sanitaria competente, desde donde se remitirá al Ministerio de Salud una vez por semana.”vez por semana.”

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Ley Nº 19.628Ley Nº 19.628

Artículo 5º.- “El examen para detectar el virus de Artículo 5º.- “El examen para detectar el virus de inmunodeficiencia humana será siempre inmunodeficiencia humana será siempre confidencial y confidencial y voluntariovoluntario, debiendo constar por escrito el , debiendo constar por escrito el consentimiento del interesado o de su representante consentimiento del interesado o de su representante legal…”legal…”

Artículo 7º.- “Artículo 7º.- “No podrá condicionarse la contrataciónNo podrá condicionarse la contratación de trabajadores, tanto de trabajadores, tanto en el sector público como privado, ni la permanencia o renovación de sus en el sector público como privado, ni la permanencia o renovación de sus empleos, ni su promoción, a los resultados del examen destinado a empleos, ni su promoción, a los resultados del examen destinado a detectar la presencia del virus de inmunodeficiencia humana, como detectar la presencia del virus de inmunodeficiencia humana, como tampoco exigir para dichos fines la realización del mencionado examen … tampoco exigir para dichos fines la realización del mencionado examen … Asimismo, Asimismo, ningún establecimiento de saludningún establecimiento de salud, público o privado, cuando sea , público o privado, cuando sea requerida su intervención de acuerdo con la ley, requerida su intervención de acuerdo con la ley, podrá negar el ingreso o podrá negar el ingreso o atención a personas portadoras o enfermas con el virus de atención a personas portadoras o enfermas con el virus de inmunodeficiencia humana o condicionar lo anterior a la realización o inmunodeficiencia humana o condicionar lo anterior a la realización o presentación de resultados del referido examenpresentación de resultados del referido examen. “. “

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Ley Nº 19.628 sobre protección de Ley Nº 19.628 sobre protección de datos personalesdatos personales

Artículo 10.- “…No pueden ser Artículo 10.- “…No pueden ser objeto de tratamiento los datos sensiblesobjeto de tratamiento los datos sensibles, , salvo cuando la ley lo autorice, exista salvo cuando la ley lo autorice, exista consentimiento consentimiento del titular o sean del titular o sean datos necesarios para la determinación u otorgamiento de beneficios de datos necesarios para la determinación u otorgamiento de beneficios de salud que correspondan a sus titulares…”salud que correspondan a sus titulares…”

Artículo 127 código sanitarioArtículo 127 código sanitario

Art. 127. “…Las Art. 127. “…Las recetas médicas y análisis o exámenes de recetas médicas y análisis o exámenes de laboratorios clínicoslaboratorios clínicos y servicios relacionados con la y servicios relacionados con la salud son salud son reservadosreservados. Sólo podrá revelarse su contenido . Sólo podrá revelarse su contenido o darse copia de ellos con el o darse copia de ellos con el consentimiento expreso del consentimiento expreso del pacientepaciente, otorgado por escrito. Quien divulgare su , otorgado por escrito. Quien divulgare su contenido indebidamente, o infringiere las disposiciones contenido indebidamente, o infringiere las disposiciones del inciso siguiente, será castigado en la forma y con del inciso siguiente, será castigado en la forma y con las sanciones establecidas en el Libro Décimo…” las sanciones establecidas en el Libro Décimo…”

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BibliografíaBibliografía Decreto Supremo Nº158 del Ministerio de Salud, disponible en “wwwDecreto Supremo Nº158 del Ministerio de Salud, disponible en “www.minsal.cl”.minsal.cl” Ley no. 19.628 “normas relativas al virus de inmunodeficiencia adquirida”, disponible en: Ley no. 19.628 “normas relativas al virus de inmunodeficiencia adquirida”, disponible en: httphttp://://

www.leychile.clwww.leychile.cl//Navegar?idNormaNavegar?idNorma=192511=192511 Ley 19.628, “sobre protección de datos personales”, disponible en: “Ley 19.628, “sobre protección de datos personales”, disponible en: “httphttp://://www.leychile.clwww.leychile.cl//

Navegar?idNormaNavegar?idNorma=141599=141599” ” Artículo 127, código sanitario, chile. Artículo 127, código sanitario, chile.

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BibliografíaBibliografía Decreto Supremo Nº158 del Ministerio de Salud, disponible en “wwwDecreto Supremo Nº158 del Ministerio de Salud, disponible en “www.minsal.cl”.minsal.cl” Ley no. 19.628 “normas relativas al virus de inmunodeficiencia adquirida”, disponible en: Ley no. 19.628 “normas relativas al virus de inmunodeficiencia adquirida”, disponible en: httphttp://://

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