Austin y la filosofía del lenguaje corriente

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Austin y la filosofía del lenguaje corriente Escandell, Mª Victoria. Introducción a la Pragmática. Barcelona: Ed. Ariel, 1996

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Austin y la filosofía del lenguaje corriente

Escandell, Mª Victoria. Introducción a la Pragmática. Barcelona: Ed. Ariel,

1996

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Austin y la filosofía del lenguaje corriente

John Austin:

› John Austin, filósofo del lenguaje, propone una teoría acerca

del uso del lenguaje en la que, para empezar, se pregunta

qué significa “decir algo”. Para llegar a la respuesta, Austin,

desde el punto de vista de la filosofía del lenguaje, indica

que, por una parte, las lenguas naturales, que él llama

lenguas corrientes u ordinarias, cumplen con todos los

requisitos necesarios para satisfacer los requerimientos de

la comunicación cotidiana.

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› Estas lenguas (o instrumentos propios de la especie

humana), son eficaces, y esta eficacia se muestra en el

hecho de que, por una parte, se consideran enunciados

cuya característica fundamental es el hecho de

describir estados de cosas del mundo, es decir, estas

enunciaciones tienen referencia, aluden directamente

a la realidad. Austin llamó a estos enunciados

constatativos, y su característica principal es que estos

enunciados son susceptibles de ser verdaderos o falsos.

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› Por otra, en las lenguas corrientes, naturales u ordinarias, existe otro tipo de enunciados que no son verdaderos ni falsos, sino que corresponden a enunciaciones que establecen relaciones sociales tales como ‘prometer’, ‘criticar’, ‘acusar’, ‘mandar’, etc. Estos enunciados tienen por propiedad ciertas condiciones que permiten que esas relaciones sociales se establezcan y, por lo tanto, no son nunca verdaderos o falsos, sino que tienen por característica el hecho de que se realicen o no, si se dicen ciertas palabras. En este caso, “NO” no significa falso, sino que la no realización de una determinada relación social. A estos enunciados, Austin los llamó realizativos.

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• Distinción entre oraciones y enunciados

– la verdad o falsedad no es una propiedad intrínseca de las oraciones, sino de los enunciados. Por lo tanto:

• Oración es un tipo de estructura gramatical, abstracta, no realizada. Solo puede evaluarse en términos formales (orden de sus elementos, buena o mala formación, etc.)

• Enunciado es la realización concreta de una oración emitida por un hablante concreto en circunstancias determinadas. Puede evaluarse en términos de verdad o falsedad, al menos de aquellos que pretenden reflejar un hecho.

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– Para Austin, los enunciados son tipos de acciones; las oraciones, en cambio, son tipos de estructuras gramaticales.

– Los enunciados están hechos de oraciones, pero cada una de las emisiones de una misma oración constituye un enunciado diferente:

• Los enunciados se hacen; las palabras o las oraciones se usan.

» Austin, 1970: 121

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Para que la acción que corresponde a un enunciado realizativo

sea efectivamente realizada, es necesario que las

circunstancias de esta enunciación sean apropiadas. Estas

condiciones Austin las identifica así:

› A1. Tiene que existir cierto procedimiento, reconocido por convención, dotado por convención de un determinado efecto, y que comprenda el enunciado de determinadas palabras por determinada persona en determinadas circunstancias.

› A2. Es necesario que, en cada caso, las personas y las circunstancias particulares sean las apropiadas para que se pueda invocar el procedimiento en cuestión.

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B1. El procedimiento tiene que ser ejecutado por todos los participantes correctamente.

B2. El procedimiento tiene que ser ejecutado íntegramente por todos los participantes.

Г1. Cuando el procedimiento supone en aquellos que recurren a él ciertos sentimientos, pensamientos o intenciones, cuando debe provocar a continuación un determinado comportamiento por parte de uno u otro de los participantes, es necesario que la persona que toma parte en el procedimiento (y con ello, lo invoca) tenga, de hecho, esos pensamientos, sentimientos o intenciones, y que los participantes tengan la intención de adoptar el comportamiento implicado.

Г2. Los participantes deben adoptar el comportamiento implicado por el procedimiento en la continuación de los acontecimientos.

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Esto no significa que un realizativo producido en

circunstancias inapropiadas sea falso, sino más bien

que el acto es nulo o hueco, que el enunciado es

infortunado y que el acto ha fracasado. Por lo tanto,

la violación de cada una de estas reglas corresponde

a un tipo particular de fracaso realizativo y se puede

así proponer el siguiente cuadro que clasifica los

infortunios según las condiciones a cuya violación

corresponden:

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incumplimientos

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En base a la anterior clasificación, Austin señala

dos condiciones de éxito muy generales para un

acto de lenguaje:

› Es necesario que el locutor haya tenido un

interlocutor, que haya sido escuchado por alguien.

› Es necesario que el interlocutor haya entendido el

acto y que haya reconocido de qué acto se trata.

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› Austin llamó al hecho de decir ciertas palabras

‘hacer cosas con palabras’. Estas cosas son

relaciones sociales establecidas como

enunciados realizativos, que tienen como

característica la realización o no realización, a

lo cual Austin llamó ACTOS DE HABLA.

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› Austin distinguió 3 tipos de actos de habla:

Acto locutivo: consiste en la acción de decir algo,

identificados con elementos fonéticos. Bertuccelli lo

explica de la siguiente forma: “se constituye de

producciones de determinados sonidos (acto

fonético), organizados en palabras y dotados de una

estructura sintáctica (acto fático), en condiciones de

expresar un sentido y una referencia (acto rético)”

(1996: 39)

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› acto ilocutivo: consiste en que, al decir algo, se hace algo. Ej.:

prometer, bautizar, condenar, etc. Bertuccelli indica: “las

palabras utilizadas se deben explicar, de alguna forma, por medio

del contexto, y esa explicación depende del modo en que son

usadas al decir algo. Hablar no concluye en el acto de decir algo,

pero la duración del habla se realiza en segundos, y su ejecución

comporta la especificación de la fuerza con la que el habla

intenta que su interlocutor reciba lo que se dice. Esta fuerza se

manifiesta por medio de un verbo llamado performativo,

expresado en primera persona del singular del presente del

indicativo, ej., yo prometo, yo ordeno, yo afirmo… ” (1996: 39)

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› acto perlocutivo: consiste en la relación causa – efecto:

“porque dije algo, le hago algo”. Según Bertuccelli, “su

objetivo es indicar los efectos causados sobre los

sentimientos, pensamientos y acciones de quien escucha,

los cuales se logran por medio del acto de decir algo.

<<Ordenar, prometer, advertir, amenazar>>, son

ejemplos de actos ilocutorios, mientras que <<persuadir,

disturbar, obstaculizar, disuadir>> son perlocuciones.”

(1996: 39)

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En conclusión:• Las distinciones establecidas por Austin son fundamentales

en todos los estudios posteriores del significado. Para Escandell, los aportes más relevantes de este teórico son:

1. El apoyo a la tesis de que el lenguaje no es solo descriptivo y, por lo tanto, no todos los enunciados tienen que ser necesariamente verdaderos o falsos;

2. El estudio de los enunciados realizativos, que establecen un estrecho vínculo entre lenguaje y acción siguiendo unas pautas de conducta convencionalmente establecidas;

3. La tricotomía locutivo / ilocutivo / perlocutivo.

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Bibliografía:

• Escandell, María Victoria. Introducción a la Pragmática. Barcelona: Ariel, 1996.

• Bertuccelli, Marcella. ¿Qué es la Pragmática?. Barcelona: Paidós, 1996.