Auto Supremo n 0004-2001-r de 5 de Enero de 2001

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    AUTO SUPREMO N:004/2001

    FECHA AUTO:2001-01-05

    200101-Sala Penal-2-004Trfco de sustancias controladasMinisterio Pblico c/ Adriano Lima Antunes y otrosistrito! Santa "ru#A$T% & '(STASanta "ru#) 2* de se+tiembre de 1,,,

    '(ST%S! &n .rado de a+elacin la sentencia mita de s 13 a 1* ta)+ronunciada +or el tribunal del 5u#.ado 26 de Partido de Sustancias"ontroladas) dentro del 7uicio +enal 8ue +or el delito de trfco de sustanciascontroladas si.ue el Ministerio Pblico contra 9erman Somo#a :me#)Petrona 'aca Tomic;) asimismo) declara cul+able a y accesoriamente) el inerior dis+one la deolucin del inmueble

    incautado a s 42) sito en la A ?aal de la localidad de Puerto ui7arro a su+ro+ietaria @osa 9ur.os de Pereira) +or no ser +arte +rocesada en el caso deautos> asimismo se orden la confscacin defnitia del inmueble incautadoa s 3, de Puerto ui7arro) ubicado en la calle :uatemala en aor del&stado"%?S(&@A?%! ue el re+resentante del Ministerio Pblico) mediantememorial de s 1*4 a 1*E inter+one el recurso de a+elacin contra lamencionada sentencia de +rimera instancia) al i.ual 8ue la +rocesada

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    el 4 de octubre de 1,,*) eectios de $M%PA@ y la +or cuanto ella a+roec; un descuido delos es+osos antes nombrados +ara sustraerles un +oco de dic;a sustancia

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    con la curiosidad 8ue cual8uier +ersona analabeta +odrBa tener en estoscasos> ella no tenBa conciencia de la anti7uricidad> en consecuencia) ;aactuado sin intencin de cometer nin.n delito ti+ifcado en la Ley ?6 100=>+or consi.uiente) al no eistir +rueba +lena en su contra) corres+ondeabsolerla de cul+a y +ena) al tenor del art 244 del "d Pdto PenP%@ TA?T%! La Sala Penal Primera de la @ "orte Su+erior de 5usticia delistrito) de acuerdo en +arte con el re8uerimiento fscal de s 1=)"%? a s 21,-221 +or 9erman Somo#a :me# yPetrona 'aca Tomic;a> im+u.nando el auto de ista 8ue cursa a s 1=,-1,1ta) de 2* de se+tiembre de 1,,,) +ronunciado +or la Sala Penal Primerade la "orte Su+erior del istrito 5udicial de Santa "ru#> dentro del +roceso+enal se.uido a instancias del Ministerio Pblico contra los mencionadosrecurrentes y contra

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    aDos y cuatro meses) a cum+lir en el centro de re;abilitacin Santa "ru#)multa de trescientos dBas) a ra#n de 9s E- dBa) y +a.o de costas) daDos y+er7uicios ocasionados al &stado> al +rocesado Adriano Lima Antunes)conorme al art 244 del "d Pdto Pen) se le absuele de +ena y cul+a) +orno eistir indicios de cul+abilidad) en la comisin del delito de com+licidaden trfco de sustancias controladas) incurso en los arts * con relacin al4=) ambos de la Ley ?J 100= &n cuanto a los bienes incautados dis+one! aFdeolucin del inmueble incautado a s 42) sito en la A ?aal de lalocalidad de Puerto ui7arro) a su +ro+ietaria @osa 9ur.os de Pereira> bF laconfscacin del inmueble incautado a s 3,) ubicado en la calle :uatemalade la localidad de Puerto ui7arro) a aor del &stado> cF confscacin de laLBnea Telenica ?J =-23E1) incautado a s 42) a aor del &stado> dF el+roducto de los dBas multa) ser de+ositado en una cuenta es+ecial de un9anco &statal) con destino a la creacin y uncionamiento de institutos y.ran7as de re;abilitacin"%?S(&@A?%! ue remitido el +roceso en .rado de a+elacin) el tribunalde al#ada ;aciendo uso de la acultad conerida +or el art 2,0 del "d

    Pdto Pen) +ronuncia el A' de s 1=,-1,1 ta) +or el 8ue confrma lasentencia a+elada de s 13-1* ta) dictada contra 9erman Somo#a:me# y Petrona 'aca Tomic;> asimismo) confrma la sentencia absolutoriadictada a aor de Adriano Lima Antunes> fnalmente reoca la sentenciadictada contra al fnali#ar +ide al

    Tribunal Su+remo anule lo obrado re+oniendo la causa ;asta el icio msanti.uo9erman Somo#a :me# y Petrona 'aca Tomic;) aducen 8ue lassindicaciones ertidas en sus contra son alsas) no +udieron asumir deensa+or encontrarse +ru.os) adems de la inefciencia del abo.ado deensor)acusan la iolacin del art 4= de la Ley ?J 100=) +or ;aberse a+licadoerrneamente) y +iden se case el auto de ista recurrido> declarando suabsolucin de cul+a y +ena del delito de trfco de sustancias controladas"%?S(&@A?%! ue de un estudio de antecedentes 8ue inorman el

    +roceso) se tiene 8ue el dBa 4 de octubre de 1,,*) eectios de $M%PA@ y la

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    :uatemala s/n) 9arrio San 5or.e de la localidad de Puerto ui7arro) enreisin de dos ;abitaciones rsticas se encontr 2 ca7as de sorosconteniendo 30 . de cocaBna> +osteriormente se +rocedi a la re8uisa de uninmueble de +ro+iedad de 9erman Somo#a :me# y Petrona 'aca Tomic;a)sito en la A ?aal y calle $ru.uay del barrio San Silestre de la mismalocalidad) donde se incaut 2E0 . de cocaBna 8ue se encontrabanenterrados en el +iso de una de las ;abitacionesue de los antecedentes e+uestos) el anlisis de la +rueba asB como losclaros indicios eistentes conorme manda el art 144 del "d Pdto Pen) seestablece sin lu.ar a dudas 8ue 9erman Somo#a :me# y Petrona 'aca

    Tomic;) son autores del delito de trfco de sustancias controladas)+reisto y sancionado +or el art 4= de la Ley es+ecial ?J 100=> loselementos constitutios del ti+o +enal descritos en la norma +unitia) estnre+resentados +or actores tanto Bsicos como anBmicos) intencionales)+sB8uicos) los cuales sur.en +recisamente de la autorBa intelectual a 8ue serefere el art 20 del "d Pen) si bien los +rocesados anotados+recedentemente) no a+arecen en el escenario del ;ec;o al momento del

    o+eratio> sin embar.o) sus +artici+aciones ;an sido im+ortantBsimas +aralo.rar el fn ilBcito +lanifcado) mime si los 2E0 . de cocaBna incautada seencontraban en el domicilio de ambos) lo 8ue demuestra 8ue se dedicabanal trfco de cocaBna con sbditos brasileros K) conorme a los anlisis delaboratorio de s 12 y 1E) se establece 8ue la dro.a incautada corres+ondena +asta base de cocaBna) con un +eso total de 2=0 . "on relacin a los+rocesados Adriano Lima Antunes y en tal irtud corres+onde dar

    a+licacin al art 30*-2F del "di.o ad7etio +enalP%@ TA?T%! La Sala Penal Se.unda de la &cma "orte Su+rema de 5usticia

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    de la ?acin) en desacuerdo +arcial con el re8uerimiento fscal de s 242-243) y conorme al art E,-1F de la L%5) concordante con el art 30*-2F del"d Pdto Pen) declara (? y s 21,-221) sin costas +or ser recurso doble"on la aclaracin de 8ue la restitucin y/o deolucin de bienes incautadosa terceros) slo +roceder en e7ecucin de sentencia y a condicin ineludiblede 8ue Cstos ;ubieran demostrado el ori.en lBcito de los mismos) tal comomanda el art 104 de la Ley es+ecial ?J 100=@elator! Ministro r Armando 'illauerte "[email protected]) ;.ase saber y deuClase