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    INSTITUTO NACIONAL DE ESTUDIOS SINDICALES

    Y DE ADMINISTRACION PBLICA DE LA

    F.S.T.S.E.

    LICENCIATURA EN DERECHO BUROCRATICO

    MODALIDAD MIXTA

    Derecho Administrativo

    5 CUATRIMESTRE

    AUTOEVALUACIONES

    Catedratico:

    Alumno:

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    Fecha: Len Gto. A 03 de Noviembre del 2012.

    AUTOEVALUACIN TEMA I

    1. Cul es la diferencia entre las funciones del Estado y sus atribuciones?ntimamente relacionado con el concepto de atribuciones del Estado, encontramosel de las funciones del mismo.

    El concepto de atribuciones comprende el contenido de la actividad del Estado; eslo que el Estado puede o debe hacer. El concepto de funciones se refiere a laforma de la actividad del Estado. Las funciones constituyen la forma de laactividad del Estado, la forma del ejercicio de las atribuciones. Las funciones no sediversifican entre s por el hecho de que cada una de ellas tenga contenidodiferente, pues todas pueden servir para realizar una misma atribucin.

    2. Qu funciones tiene el Estado?Las funciones del Estado en dos categoras.

    a) Desde el punto de vista del rgano que la realiza, es decir, adoptando uncriterio formal, subjetivo u orgnico, que prescinde de la naturalezaintrnseca de la actividad, las funciones son formalmente legislativas,administrativas o judiciales, segn estn atribuidas al Poder Legislativo, alEjecutivo o a el Judicial y

    b) Desde el punto de vista de la naturaleza intrnseca de la funcin, es decir,

    partiendo de un criterio objetivo, material que prescinde del rgano al cualestn atribuidas, las funciones son materialmente legislativas,administrativas o judiciales, segn tengan los caracteres que la teora

    jurdica ha llegado a atribuir a cada uno de esos grupos.

    3. Cules son los criterios con los que clasifican las funciones del Estado?La eficacia de estas funciones se regula a la vez por el criterio formal, o sea por elcarcter del hombre que las realiza, y por el material, o sea por el contenidomismo de la funcin.

    Las funciones del Estado consideradas con independencia del rgano que las

    realiza, se exteriorizan por actos de distinta naturaleza; unos que producenconsecuencias jurdicas y otros que solo producen consecuencias de hechos.

    En efecto, el Estado al expedir leyes, dictar sentencias, dar rdenesadministrativas, afecta el orden jurdico existente.

    4. Define la funcin Administrativa del Estado.

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    La funcin administrativa podramos definirla simplemente por exclusin. Siendotres las funciones del Estado, La que no sea legislativa, ni jurisdiccional, cuyoscaracteres ya conocemos, tendramos que ser forzosamente funcinadministrativa.

    Con el criterio formal, la funcin administrativa, se define como la actividad que elEstado realiza por medio del Poder Ejecutivo.

    Berthelemy considera la funcin administrativa como la actividad del PoderEjecutivo encaminada a la ejecucin de la Ley.

    5. Cmo define Hauriou el Derecho Administrativo?Maurice Hauriou; dice que el derecho administrativo es la rama del derechopublico que regula

    1. La organizacin de la empresa de la administracin pblica y de lasdiversas personas administrativas en las cuales ha encarnado.

    2. Los poderes y los derechos que poseen estas personas administrativaspara manejar los servicios pblicos

    3. El ejercicio de estos poderes y derechos por la prerrogativa especial por elprocedimiento de accin de oficio y las consecuencias contenciosas que sesiguen.

    As la caracterstica esencial es definir al derecho administrativo como reguladorde la organizacin y accin de las autoridades administrativas (de manera formal)y de considerar a las autoridades como personas y a las facultades que le sonatribuidas como derechos.

    La escuela realista del derecho administrativo, es el conjunto de las reglasrelativas de los servicios pblicos segn Gastn Jes. La critica a esta definicinabarca otras actividades que no son servicios pblicos, que lo realiza el estadosegn normas que son de derecho administrativo.

    Otros autores de derecho administrativo dicen que, es el conjunto de normas queregulan las relaciones del estado con los particulares". Aqu la crtica que se hacea esta definicin es que se comprende una parte contenido de la rama del derechoya que tambin el derecho constitucional y el derecho procesal regulan estasrelaciones.

    Otros autores dicen que el derecho administrativo "es el derecho regulador de laactividad del estado para el cumplimiento de sus fines. Se confunde el derechopublico en todas sus ramas con el derecho administrativo ya que la actividad queel estado desarrollad para el cumplimiento de sus fines por el contenido de todaslas funciones del mismo estado.

    Gabino Fraga define al derecho administrativo diciendo que incluye el rgimen deorganizacin y funcionamiento del poder ejecutivo por lo tanto comprende las

    http://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/empre/empre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/administracion-y-gerencia/administracion-y-gerencia.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/deradmi/deradmi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/artcomu/artcomu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/servicios-publicos/servicios-publicos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/praxis-critica-tesis-doctoral-marx/praxis-critica-tesis-doctoral-marx.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/poder-ejecutivo/poder-ejecutivo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/empre/empre.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/administracion-y-gerencia/administracion-y-gerencia.shtmlhttp://www.monografias.com/Derecho/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/mapro/mapro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/categoria-accion/categoria-accion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/deradmi/deradmi.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/artcomu/artcomu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/servicios-publicos/servicios-publicos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/praxis-critica-tesis-doctoral-marx/praxis-critica-tesis-doctoral-marx.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/poder-ejecutivo/poder-ejecutivo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtml
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    normas que regulan la actividad de dicho poder que se realiza en forma de funcinadministrativa, de esta manera no se debilita la distincin entre el punto de vistaformal y del material de la funcin administrativa. Con esta definicin se precisa lanaturaleza, se logra una mejor adaptacin a los principios de nuestro derechopblico positivo en Mxico.

    6. A qu rama del Derecho pertenece el Derecho Administrativo?Al Derecho Pblico.

    7. Qu regula el Derecho Administrativo?El administrativo como regulador de la organizacin y accin de las autoridadesadministrativas en su consideracin formal, se agrega un elemento; el de reputar adichas autoridades como personas, y a las facultades que le estn atribuidascomo derechos.

    Otros autores definen al Derecho Administrativo como el conjunto de normas queregulan las relaciones del Estado con los particulares.

    Forman mayora los que afirman que el derecho regulador de la actividad delEstado para el cumplimiento de sus fines constituye el Derecho Administrativo.

    Salv algunas variantes el Derecho Administrativo regular;

    a) La estructura y organizacin del poderencargado normalmente de realizarla funcin administrativa.

    b) Los medios patrimoniales y financieros que la administracin necesita parasu funcionamiento y para garantizar la regularidad.

    c) El ejercicio de las facultades que el poder pblico debe realizar bajo laforma de la funcin administrativa.

    d) La situacin de los particulares con respecto a la administracin, ya que losparticulares van adquiriendo mayor injerencia en las funciones publicas alas cuales en forma directa o indirecta son admitidos a colaborar.

    Siendo los particulares los que estn obligados a obedecer las rdenes de losadministradores o los que se beneficien de los servicios pblicos que el Estadoorganiza, son numerosas las relaciones que surgen con tales motivos.

    8. De dnde se desprende el Derecho Administrativo?El Derecho Administrativo mexicano ha tenido un considerable desarrolla ha partirde la Constitucin de 1917, porque ella se separa de la doctrina liberal clsica queadopt la Constitucin de 1857, y da mayores facultades al Estado en susrelaciones con los particulares. Esto nos demuestra porque las distinciones entreel Derecho Constitucional y el derecho administrativo, son nicamente de grado yno de esencia, las normas del derecho constitucional del cual se desprende eladministrativo, constituyen las bases, o como dicen algunos autores, losencabezados de captulo del derecho administrativo.

    http://www.monografias.com/trabajos6/etic/etic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/histomex/histomex.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/histomex/histomex.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/todorov/todorov.shtml#INTROhttp://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/medios-comunicacion/medios-comunicacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/administracion-y-gerencia/administracion-y-gerencia.shtmlhttp://www.monografias.com/Administracion_y_Finanzas/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/etic/etic.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/histomex/histomex.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos15/todorov/todorov.shtml#INTROhttp://www.monografias.com/trabajos6/napro/napro.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos35/el-poder/el-poder.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/medios-comunicacion/medios-comunicacion.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos36/administracion-y-gerencia/administracion-y-gerencia.shtmlhttp://www.monografias.com/Administracion_y_Finanzas/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtml
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    9. Menciona con que otras ramas del Derecho tiene relaciones el DerechoAdministrativo.Estudiadas las relaciones del derecho administrativo con el derecho constitucionaly con el derecho privado, que tienen gran importancia, tanto en el orden tericocomo en el orden prctico. Las relaciones que guardan con las otras ramas del

    Derecho podemos decirlas con breves palabras.1. Con el Derecho penal se relaciona el Derecho Administrativo, tanto porquelas normas de ste ltimo se encuentran garantizadas en tanto a acumplimiento por sanciones penales, como que la funcin administrativa esindispensable para que puedan llevarse a cabo las Penas que el PoderJudicial Impone, como lo demuestra el servicio penitenciario que dependedel Poder Administrativo.

    2. El Derecho Administrativo y el Derecho Procesal. Administracin es eldesarrollo de su actividad se sujeta a determinados procedimientos que enalgunas ocasiones son reproduccin del procedimiento judicial, la funcinadministrativa complementa el procedimiento judicial, prestando ayuda a lostribunales para llevar a cabo la ejecucin de sus resoluciones.

    3. La relacin con el Derecho Internacional, La Administracin realiza en elinterior de cada pas una gran parte de las obligaciones que el DerechoInternacional impone a los Estados soberanos, al mismo tiempo que eldesbordamiento de los intereses colectivos fuera de las fronteras de cadaEstado, han surgido en la actualidad instituciones internacionales de ordenadministrativo.

    4. Por ltimo, el Derecho Administrativo se relaciona con todas aquellasciencias que proporcionan a la administracin los elementos necesariospara organizar y encaminar su actividad en las diversas tareas que alEstado se encuentran encomendadas.

    El derecho administrativo es autnomo por eso tiene sus propios principios,doctrinas y normas.

    Las ramas especializadas del derecho administrativo son; Derecho fiscal,Derecho de comunicaciones, Derecho Agropecuario, Derecho Forestal, Derechode la seguridad, Derecho de transporte, Derecho notarial, Derecho Hidrulico etc.La ciencia del derecho administrativo es un gnero dentro del cual puedenquedar encuadrados unas series de materias que van surgiendo en la constanteampliacin con las actividades del estado y que constituyen nuevas ramas delderecho. Segn algunos autores son administrativas porque se realizan a travsde unidades que dependen directa o indirectamente del poder ejecutivo.

    10. En qu consiste la facultad discrecional?La facultad discrecional en el derecho pblico ha sufrido variaciones a lo largo deltiempo, inicialmente fue concebida por el contencioso administrativo francs comouna actividad de la administracin que no estaba sujeta al control judicial. Ennuestros das se considera que en los actos de la administracin concurrenelementos reglados y discrecionales como seala el profesor Garca de Enterra la

    http://www.monografias.com/trabajos10/improce/improce.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/lacomunica/lacomunica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/lacomunica/lacomunica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/transporte/transporte.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/geli/geli.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/improce/improce.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/lacomunica/lacomunica.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/seguinfo/seguinfo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/transporte/transporte.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos6/geli/geli.shtml
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    discrecionalidad es la libertad de elegir entre alternativas igualmente justas,decisiones administrativas sujetas al control judicial y de constitucionalidad,corriente que actualmente es la que predomina; no obstante deberamos fortalecery darle prioridad al principio de razonabilidad en la bsqueda de las soluciones yno limitarnos nicamente evitar la arbitrariedad que se puede realizar aun

    haciendo uso de la norma jurdica.Hay poder discrecional para la Administracin, dice Bonnard, cuando la ley o elreglamento, previenen para la Administracin cierta competencia en ocasin deuna relacin de derecho con un particular, dejan a la administracin un poder librede apreciacin para decidir si deben obrar o abstenerse, en que momento debenobrar, como deben obrar y que contenido v a dar a su actuacin. El Poderdiscrecional consiste pues, en la libre apreciacin dejada a la administracinpara decidir lo que es oportuno hacer o no hacer.La Suprema Corte de Justicia ha sostenido en varias ejecutorias (S. J. de laF. LXXIII, pg. 8532) que el ejercicio de la facultad discrecional est subordinadoa la regla del artculo 16 constitucional y sujeto al control judicial cuando el juiciosubjetivo del autor del acto no es razonable sino arbitrario y caprichoso, y cuandoes notoriamente injusto y contrario a la equidad) V. Jurisp. S.C. de J. 1917-1975Segunda Sala, tesis 396, pg. 653

    11. Cules son las fuentes reales o formales del Derecho Administrativo.

    FUENTES FORMALES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO:Deben entenderse por fuentes formales del derecho administrativo, las formasobligadas y predeterminantes que ineludiblemente deben revestir los preceptos deconducta exterior para imponerse socialmente en virtud de la imperatividadcoercitiva del derecho.

    CLASIFICACION FUENTES DEL DERECHO ADMINISTRATIVO:Son todas aquellas circunstancias, actos y hechos de donde surge el derechoadministrativo.

    LAS PRINCIPALES SON:LA CONSTITUCION, LA LEY ORDINARIA Y LA LEY ORGANICA, ES DECIR;DECRETOS, REGLAMENTOS, TRATADOS Y CONVENIOS INTERNACIONALESY LOS DECRETOS DE FACTO.

    12. Menciona las fuentes indirectas del Derecho Administrativo.Son fuentes indirectas:

    1. Los Tratados internacionales.2. La jurisprudencia contencioso-administrativa del Tribunal Supremo.3. La doctrina cientfica.

    13. Cules son las ramas del Derecho Administrativo? Con el Derecho Constitucional: de la Constitucin se deriva la organizacin

    del Estado, adems de que todas las leyes y normas deben estar deacuerdo con la Constitucin.

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    Con el Derecho Penal: la averiguacin y persecucin de los delitoscorresponden al M.P., los centros de readaptacin social dependen de laadministracin pblica.

    Con el Derecho Civil: a travs de las actividades previstas en el Cdigo Civilque son desarrolladas por autoridades administrativas

    14. Cul es el fin principal de la Administracin Pblica (Estado)?Lograr el bien comn asegurar la vida en sociedad satisfacer necesidades colectivas alcanzar la justicia social garantizar la libertad de empresa.

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    AUTOEVALUACIN TEMA II1. Qu es la Administracin Pblica?

    Administracin Pblica es un trmino de lmites imprecisos que comprende elconjunto de organizaciones pblicas que realizan la funcin administrativa y degestin del Estado y de otros entes pblicos con personalidad jurdica, ya sean dembito regional o local.

    Por su funcin, la Administracin Pblica pone en contacto directo a la ciudadanacon el poder poltico, satisfaciendo los intereses pblicos de forma inmediata, porcontraste con los poderes legislativo y judicial, que lo hacen de forma mediata.

    Se encuentra principalmente por el poder ejecutivo y los organismos que estn encontacto permanente con el mismo. Por excepcin, algunas dependencias delpoder legislativo integran la nocin de "Administracin Pblica" (como lasempresas estatales), a la vez que pueden existir juegos de "AdministracinGeneral" en los otros cuatro poderes o en organismos estatales que puedendepender de alguno.

    La nocin alcanza a los maestros y dems trabajadores de la educacin pblica,as como a los profesionales de los centros estatales de salud, a la polica y a lasfuerzas armadas. Se discute, en cambio, si la integran los servicios pblicosprestados por organizaciones privadas con habilitacin del Estado. El concepto noalcanza a las entidades estatales que realizan la funcin legislativa ni la funcin

    judicial del Estado.

    2. Segn la Suprema Corte de Justicia, Cul es el concepto de FuncinPblica?Para la Corte el moderno concepto de administracin pblica lleva implcito elejercicio de aquellas actividades necesarias para el cumplimiento de los objetivosestatales trazados en las polticas, planes, programas y tareas a desarrollar, paracuya realizacin requiere de la utilizacin de recursos fsicos, tcnicos, financierosy humanos sobre la base de un soporte normativo que la regule y oriente; por ellose considera que "administrar es gobernar, controlar, custodiar, manejar,recaudar, distribuir, pagar, percibir, negociar, disponer, etc., es decir, todo unconjunto de actividades que dan al trmino un sentido amplio, que es como ellegislador lo quiso emplear.

    3. La Funcin Pblica est formada por.Para llevar a cabo dichas funciones la Secretara de la Funcin Pblica cuenta conlas siguientes unidades:

    Subsecretara de la Funcin Pblica

    http://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Administraci%C3%B3n_de_Empresashttp://es.wikipedia.org/wiki/Estadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Ente_p%C3%BAblicohttp://es.wikipedia.org/wiki/Ciudadan%C3%ADahttp://es.wikipedia.org/wiki/Poder_pol%C3%ADticohttp://es.wikipedia.org/wiki/Poder_ejecutivohttp://es.wikipedia.org/wiki/Empresa_estatalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Educaci%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Saludhttp://es.wikipedia.org/wiki/Polic%C3%ADahttp://es.wikipedia.org/wiki/Fuerzas_armadashttp://es.wikipedia.org/wiki/Servicios_p%C3%BAblicoshttp://es.wikipedia.org/wiki/Poder_legislativohttp://es.wikipedia.org/wiki/Poder_judicialhttp://es.wikipedia.org/wiki/Poder_judicialhttp://es.wikipedia.org/wiki/Organizaci%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Administraci%C3%B3n_de_Empresashttp://es.wikipedia.org/wiki/Estadohttp://es.wikipedia.org/wiki/Ente_p%C3%BAblicohttp://es.wikipedia.org/wiki/Ciudadan%C3%ADahttp://es.wikipedia.org/wiki/Poder_pol%C3%ADticohttp://es.wikipedia.org/wiki/Poder_ejecutivohttp://es.wikipedia.org/wiki/Empresa_estatalhttp://es.wikipedia.org/wiki/Educaci%C3%B3nhttp://es.wikipedia.org/wiki/Saludhttp://es.wikipedia.org/wiki/Polic%C3%ADahttp://es.wikipedia.org/wiki/Fuerzas_armadashttp://es.wikipedia.org/wiki/Servicios_p%C3%BAblicoshttp://es.wikipedia.org/wiki/Poder_legislativohttp://es.wikipedia.org/wiki/Poder_judicialhttp://es.wikipedia.org/wiki/Poder_judicial
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    Subsecretara de Control y Auditora de la Funcin Pblica Subsecretara de Atencin Ciudadana y Normatividad

    4. Cules son las categoras segn la clasificacin de los rganos en raznde la naturaleza de las facultades que les son atribuidas?

    rgano de Autoridad: Cundo el referido rgano est investido de facultadesde decisin y ejecucin. rganos auxiliares: Cundo las facultades atribuidas a un rgano se reducen

    a darle competencia para auxiliar a las autoridades y para prepararelementos necesarios a fin de que estas puedan tomar sus resoluciones.

    5. Cul es la clasificacin de los rganos auxiliares? En primer trmino rganos auxiliares de preparacin que son los que

    realizan todas las funciones necesarias de preparacin tcnica y materialde los asuntos que los rganos de autoridad deben decidir.

    En segundo lugar existen agentes que tienen el carcter de rganos

    consultivos, los cuales pueden ser o bien colegiados o bien unitarios.

    6. Cul es la clasificacin de los empleados pblicos segn la Ley Federalde los Trabajadores al Servicio del Estado?Artculo 4o.- Los trabajadores se dividen en dos grupos: de confianza y de base.

    Artculo 5o.-Son trabajadores de confianza:I.- Los que integran la planta de la Presidencia de la Repblica y aqullos cuyonombramiento o ejercicio requiera la aprobacin expresa del Presidente de laRepblica;II.- En el Poder Ejecutivo, los de las dependencias y los de las entidadescomprendidas dentro del rgimen del apartado B del artculo 123 Constitucional,

    que desempean funciones que conforme a los catlogos a que alude el artculo20 de esta Ley sean de:a).- Direccin, como consecuencia del ejercicio de sus atribuciones legales, quede manera permanente y general le confieren la representatividad e implicanpoder de decisin en el ejercicio del mando a nivel directores generales, directoresde rea, adjuntos, subdirectores y jefes de departamento.b).- Inspeccin, vigilancia y fiscalizacin: exclusivamente a nivel de las jefaturas ysub-jefaturas, cuando estn considerados en el presupuesto de la dependencia oentidad de que se trate, as como el personal tcnico que en forma exclusiva ypermanente est desempeando tales funciones ocupando puestos que a la fechason de confianza.

    c).- Manejo de fondos o valores, cuando se implique la facultad legal de disponerde stos, determinando su aplicacin o destino. El personal de apoyo quedaexcluido.d).-Auditora: a nivel de auditores y sub-auditores generales, as como el personaltcnico que en forma exclusiva y permanente desempee tales funciones, siempreque presupuestalmente dependa de las Contraloras o de las Areas de Auditora.e).- Control directo de adquisiciones: cuando tengan la representacin de ladependencia o entidad de que se trate, con facultades para tomar decisiones

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    sobre las adquisiciones y compras, as como el personal encargado de apoyar conelementos tcnicos estas decisiones y que ocupe puestos presupuestalmenteconsiderados en estas reas de las dependencias y entidades con talescaractersticas.f).- En almacenes e inventarios, el responsable de autorizar el ingreso o salida de

    bienes o valores y su destino o la baja y alta en inventarios.g).- Investigacin cientfica, siempre que implique facultades para determinar elsentido y la forma de la investigacin que se lleve a cabo.h).- Asesora o Consultora, nicamente cuando se proporcione a los siguientesservicios pblicos superiores; Secretario, Sub-secretario, Oficial Mayor,Coordinador General y Director General en las dependencias del GobiernoFederal o sus equivalentes en las Entidades.i).- El personal adscrito presupuestalmente a las Secretaras particulares o

    Ayudantas.j).- Los Secretarios particulares de: Secretario, Sub-Secretario, Oficial Mayor yDirector General de las dependencias del Ejecutivo Federal o sus equivalentes enlas entidades, as como los destinados presupuestalmente al servicio de losfuncionarios a que se refiere la fraccin I de este artculo.k).- Los Agentes del Ministerio Pblico Federal y del Distrito Federal.l).- Los Agentes de las Policas Judiciales y los miembros de las PolicasPreventivas.Han de considerarse de base todas las categoras que con aquella clasificacinconsigne el Catlogo de Empleos de la Federacin, para el personal docente de laSecretara de Educacin Pblica. La clasificacin de los puestos de confianza encada una de las dependencias o entidades, formar parte de su catlogo depuestos.III.- En el Poder Legislativo:A. En la Cmara de Diputados: Secretario General, Secretarios de Servicios,Coordinadores,Contralor Interno, Directores Generales, Directores, Subdirectores, Jefes deDepartamento, SecretariosParticulares, Secretaras Privadas, Subcontralores, Auditores, SecretariosTcnicos, Asesores,Consultores, Investigadores, Secretarios de Enlace, Titulares de la Unidad oCentro de Estudios, Agentes de Resguardo Parlamentario, Agentes de ProteccinCivil, Supervisores de las reas administrativas, tcnicas y parlamentarias, y elpersonal del Servicio de Carrera.B. En la Auditora Superior de la Federacin: Auditor Superior, AuditoresEspeciales, Titulares de las Unidades, Directores Generales, Directores,Subdirectores, Jefes de Departamento, Auditores,Visitadores, Inspectores, Asesores y Secretarios Particulares, Vigilantes,Supervisores de las reas administrativas y tcnicas.C. En la Cmara de Senadores: Secretarios Generales, Tesorero, Coordinadores,Contralor Interno,Directores Generales, Directores, Subdirectores, Jefes de Departamento,Secretarios Tcnicos,

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    Secretarios Particulares, Subcontralores, Auditores, Asesores, Consultores,Investigadores, Agentes de Resguardo Parlamentario, Agentes de ProteccinCivil, Supervisores de las reas administrativas, tcnicas y parlamentarias,Enlaces y Secretaras Privadas.Con independencia del nombramiento expedido, en todos los casos a que se

    refiere esta fraccin, ser considerado trabajador de confianza cualquiera quedesempee las siguientes funciones:a) Direccin, como consecuencia del ejercicio de sus atribuciones legales, que demanera permanente y general le confieren la representatividad e implican poderde decisin en el ejercicio del mando.b) Inspeccin, vigilancia y fiscalizacin: cuando estn considerados en elpresupuesto de la Cmara de Diputados, as como el personal tcnico que enforma exclusiva y permanente est desempeando tales funciones ocupandopuestos que a la fecha son de confianza.c) Manejo de fondos o valores, cuando implique la facultad legal de disponer destos, determinando su aplicacin o destino.d) Auditora: a nivel de auditores y subauditores generales, as como el personaltcnico que en forma exclusiva y permanente desempee tales funciones, siempreque presupuestalmente dependa de la Contralora o de las reas de Auditora.e) Control directo de adquisiciones: cuando tengan la representacin de la Cmarade Diputados con facultades para tomar decisiones sobre las adquisiciones ycompras, as como el personal encargado de apoyar con elementos tcnicos estasdecisiones y que ocupe puestos presupuestalmente considerados en estas reasde la Cmara de Diputados con tales caractersticas.f) En almacn e inventarios, el responsable de autorizar el ingreso o salida debienes o valores y su destino o la baja y alta en inventarios;g) Todos aquellos trabajadores que desempeen funciones que por su naturalezasean anlogas a las anteriores.IV.- En el Poder Judicial: los Secretarios de los Ministros de la Suprema Corte deJusticia de la Nacin y en el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, losSecretarios del Tribunal Pleno y de las Salas;V.- (Se deroga).

    Artculo 6o.-Son trabajadores de base:Sern inamovibles sino despus de seis meses de servicios sin nota desfavorableen su expediente.Artculo 7o.-Al crearse categoras o cargos no comprendidos en el Artculo 5o., laclasificacin de base o de confianza que les corresponda se determinarexpresamente por la disposicin legal que formalice su creacin.Artculo 8o.- Quedan excluidos del rgimen de esta ley los Trabajadores deconfianza a que se refiere el artculo 5o.; los miembros del Ejrcito y ArmadaNacional con excepcin del personal civil de las Secretaras de la DefensaNacional y de Marina; el personal militarizado o que se militarice legalmente; losmiembros del Servicio Exterior Mexicano; el personal de vigilancia de losestablecimientos penitenciarios, crceles o galeras y aquellos que presten susservicios mediante contrato civil o que sean sujetos al pago de honorarios.

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    Artculo 9o.- Los trabajadores de base debern ser de nacionalidad mexicana yslo podrn ser sustituidos por extranjeros cuando no existan mexicanos quepuedan desarrollar el servicio respectivo. La sustitucin ser decidida por el titularde la dependencia oyendo al sindicato.Artculo 10.- Son irrenunciables los derechos que la presente ley otorga.

    Artculo 11.- En lo no previsto por esta ley o disposiciones especiales, seaplicarn supletoriamente, y en su orden, la Ley Federal del Trabajo, el CdigoFederal de Procedimientos Civiles, las leyes del orden comn, la costumbre, eluso, los principios generales de derecho y la equidad.

    7. Artculo que establece que los empleados de base deben ser denacionalidad mexicana y sola pueden ser sustituidos por extranjeros cuandono existan mexicanos que puedan desarrollar el servicio respectivo?

    LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO,REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTCULO 123 CONSTITUCIONAL

    TITULO PRIMERO

    Artculo 9: Los trabajadores de base debern ser de nacionalidad mexicana y slopodrn ser sustituidos por extranjeros cuando no existan mexicanos que puedandesarrollar el servicio respectivo. La sustitucin ser decidida por el titular de ladependencia oyendo al sindicato.

    8. Qu tipo de responsabilidades pueden tener los empleados pblicosfrente a la administracin?

    a) Responsabilidad Principal.- Es cuando el sujeto (servidor pblico) estobligado a dar, hacer o no hacer algo, por causa del cargo que ocupa o porsu participacin de un contrato. Este es el caso de los titulares de cargopblicos. El artculo 5 del Reglamento de Responsabilidades la define como"Ser principal la responsabilidad cuando el sujeto de la misma est'obligado, en primer trmino, a dar, hacer o no hacer una cosa,..."

    b) Responsabilidad Subsidiaria.- Es cuando el responsable principal incumple,le corresponde a quien lo subrogue responder con el cumplimiento delcargo. Esta es la responsabilidad que acarrean los encargados de loscargos pblicos. Pero la LOCGE en su artculo 43, concede a favor delresponsable subsidiario los beneficios de orden y excusin.

    c) Responsabilidad Directa.- Corresponde al funcionario o servidor pblico queejerza funciones de administracin ya sea financiera o de gestin y registroo custodia de bienes pblicos. Ellos deben responder hasta por la culpaleve (Art. 42 LOCGE y 6 del Reg. Res.).

    d) Responsabilidad Solidaria.- Es cuando recae sobre dos o ms funcionarioso servidores pblicos e incluso sobre terceros regidos por el derecho civil,pero que tienen vinculacin con el acto o contrato administrativo.

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    Cabe acotar que la solidaridad se da entre el principal y los subsidiarios cuando ladeterminacin de la responsabilidad se ha tramitado por glosa, mas no medianteorden de reintegro. En ste ltimo caso, el Reg. Res. en su artculo 6, segundoinciso, manifiesta que la solidaridad se da solamente entre los responsablessubsidiarios.

    9. Cada cuantos aos de servicios prestados el Trabajador al Servicio delEstado obtendr una prima complementaria del salario?

    LEY FEDERAL DE LOS TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO,REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL ARTCULO 123 CONSTITUCIONAL

    TITULO SEGUNDODerechos y Obligaciones de los Trabajadores y de los Titulares

    CAPITULO III

    Artculo 34.- La cuanta del salario uniforme fijado en los trminos del artculoanterior no podr ser disminuida durante la vigencia del Presupuesto de Egresos aque corresponda.

    Por cada cinco aos de servicios efectivos prestados hasta llegar a veinticinco, lostrabajadores tendrn derecho al pago de una prima como complemento delsalario. En los Presupuestos de Egresos correspondientes, se fijaroportunamente el monto o proporcin de dicha prima.

    10. Definicin de funcionario de hecho segn Gastn Jze?A travs del tiempo, se han asumido diferentes posturas con respecto a lo quedebe entenderse por servidor pblico. As pues tenemos a las teoras que dicenque el Estado no es ms que un conjunto de servicios pblicos. Como principalesexponentes tenemos a Leon Duguit y Gastn Jeze, para ambos el derechoadministrativo no era otra cosa que el derecho concerniente a los derechospblicos, como Duguit nos dice El Estado no es como en cierto momento creyque era, un poder que manda, una soberana: es una cooperacin de serviciospblicos organizada y controlada por los gobernantes...el fundamento delderecho publico, es la regla de organizacin y gestin del servicio publico. Por suparte Gastn Jeze nos seala que Habr servicio pblico siempre que laadministracin satisfaga necesidades de inters general, mediante elprocedimiento del servicio pblico, que implica un rgimen jurdico especial dederecho pblico. Consideramos que ste ltimo autor, confunde el concepto deservicio pblico con el del rgimen jurdico que lo regula.

    11. Qu es un funcionario de jure?Son funcionarios pblicos de derecho o de jure aquellos que ejercen funcionespublicas porque han sido legalmente nombrados y posesionados; y funcionariosde hecho o de facto, por oposicin a los de jure, aquellos en cuya investiduraexiste alguna irregularidad. Sin embargo, la jurisprudencia y la doctrina hanreconocido validez a los actos que stos expiden y a las actuaciones que realizanfundamentalmente con base en la doctrina de la investidura plausible, propuestapor Manuel Mara Dez quien sostiene que es funcionario de hecho la persona que

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    ejerce una funcin publica con todas las caractersticas de verosimilitud, esto es,segn las formas y los requisitos legales y dentro de los limites de la competenciapropias de los funcionarios de iure, de manera tal que el nico vicio acusable seasu carencia de investidura regular.

    Y es usurpador, el particular que se arroga una dignidad y ejerce una funcinpblica contrariando en forma manifiesta la Constitucin y la ley as como laapariencia de regularidad de su ejercicio.

    El funcionario de hecho no puede ser sujeto activo del delito de usurpacin defunciones pblicas porque, tanto la doctrina como la jurisprudencia lo asimilan a unservidor pblico y se le confiere validez a sus actuaciones como tal. Esas mismasrazones sirven de fundamento para no poderle imputar, como lo hace eldemandante, la conducta homnima referida, desde la perspectiva del control delegalidad contencioso administrativo (sentencia del 18 de febrero de 2005, exp.2976, 2992 y otros acumulados, MP Dr. Reinaldo Chavarro Buritic.

    12. Artculo del Cdigo Penal que sanciona al que sin ser FuncionarioPblico, se atribuya ese carcter y ejerza alguna de las funciones de tal?

    CDIGO PENAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO(MODIFICA SU DENOMINACIN, P.O. 88 DEL 3 DE JUNIO DE 2011)

    LIBRO SEGUNDOPARTE ESPECIAL

    SECCIN CUARTADELITOS CONTRA EL ESTADO

    TTULO SEGUNDODE LOS DELITOS CONTRA LA ADMINISTRACIN PBLICA

    Captulo VUsurpacin de Funciones Pblicas

    ARTCULO 251. A quien indebidamente se atribuya y ejerza funciones pblicas,se le sancionar con prisin de uno a cinco aos y de diez a cincuenta das multa.(REFORMADO, P.O. 03 DE JUNIO DE 2011)

    Se sancionar con prisin de tres a doce aos y de treinta a ciento veinte dasmulta a quien indebidamente se atribuya y ejerza funciones de seguridad pblica.(ADICIONADO, P.O. 03 DE JUNIO DEL 2011)

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    AUTOEVALUACIN TEMA III1. Qu es la centralizacin administrativa?Existe el rgimen de centralizacin administrativa cuando los rganos se agrupancolocndose unos respecto a otros en una situacin de dependencia tal que entretodos ellos existe un vnculo que, partiendo del rgano situado en el ms altogrado de ese orden, los vaya ligando hasta el rgano de nfima categora, a travsde diversos grados en los que existen ciertas facultades.

    La relacin jurdica que liga a los diversos rganos colocados en la situacin quese acaba de describir, constituye lo que se denomina relacin de jerarqua.Mediante dicha relacin se explica como se mantiene la unidad del poderadministrativo, a pesar de la diversidad de los rganos que lo forman.

    La relacin de jerarqua consiste en una relacin de dependencia que implicaciertos poderes de los rganos superiores sobre los inferiores, en cada grado de la

    jerarqua, hasta el Presidente de la Repblica, que es el jefe jerrquico superior dela administracin pblica federal.

    En Mxico, el rgimen centralizado, constituye la forma principal de laorganizacin administrativa. Su estudio viene a ser el de la organizacin del PoderEjecutivo, en cuyas manos se concentra principalmente la mayor parte de lafuncin administrativa.

    El Presidente tiene, segn la Constitucin, un doble carcter: de rgano poltico yde rgano administrativo. Su carcter de rgano poltico deriva de la relacindirecta e inmediata que guarda con el Estado y con los otros rganosrepresentativos del mismo Estado. Dentro de la esfera que le seala la ley, suvoluntad constituye la voluntad del Estado.

    Como autoridad administrativa, el Presidente de la Repblica constituye el jefe dela administracin pblica federal.

    Ocupa el lugar ms alto de la jerarqua administrativa, concentrando en sus manoslos poderes de decisin, de mando y jerrquico necesarios para mantener launidad en la administracin.

    2. Qu es la descentralizacin administrativa?DescentralizacinGabino Fraga define la descentralizacin en los trminos siguientes: "Al lado delrgimen de centralizacin existe otra forma de organizacin administrativa: ladescentralizacin, la cual consiste en confiar la realizacin de algunas actividades

    http://www.monografias.com/trabajos12/consti/consti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-caracter/el-caracter.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/consti/consti.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos34/el-caracter/el-caracter.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos2/rhempresa/rhempresa.shtml
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    administrativas a rganos que guardan con la administracin central una relacinque no es la de jerarqua" y concluye: "el nico carcter que se puede sealarcomo fundamental del rgimen de descentralizacin es el de que los funcionariosy empleados que lo integran gozan de una autonoma orgnica y no estn sujetosa los poderes jerrquicos.

    As aparece, una diferencia fundamental entre la descentralizacin y lacentralizacin administrativas, ya que en esta ltima todos los rganos que laintegran estn ligados por la relacin jerrquica que implica una serie de poderessuperiores respecto de los actos y de los titulares de los rganos inferiores.

    La descentralizacin administrativa se distingue de la descentralizacin polticaque se opera en el rgimen federal, porque mientras que la primera se realizaexclusivamente en el mbito del Poder Ejecutivo, la segunda implica unaindependencia de los poderes estatales frente a los poderes federales.

    Adems, en tanto que la descentralizacin administrativa es creada por el podercentral, en la descentralizacin federal los estados miembros son los que crean alEstado federal, participan en la formacin de la voluntad de ste y su competenciano es derivada, como es la de los rganos administrativos descentralizados, sinoque, por el contrario es originaria en el sentido que las facultades son atribuidasexpresamente al Estado federal se entienden reservadas a los Estados miembros.Para el diccionario de la Lengua Espaola, la palabra descentralizacin significaaccin y efecto de descentralizar y esta ltima: "Transferir a diversascorporaciones u oficios parte de la autoridad que antes ejerca el gobiernosupremo del Estado".

    Descentralizacin para el derecho administrativo es una forma jurdica en que seorganiza la administracin pblica, mediante la creacin de entes pblicos por ellegislador, dotados de personalidad jurdica y patrimonio propio, y responsables deuna actividad especfica de inters pblico. A travs de esta forma de organizaciny accin administrativas, que es la descentralizacin administrativa, se atiendenfundamentalmente servicios pblicos especficos.

    Por su parte, Andrs Serra Rojas explica que descentralizar no es independizar,sino solamente dejar o atenuar la jerarqua administrativa, conservando el podercentral limitadas facultades de vigilancia y control.

    La autonoma de los rganos descentralizados presupone no estar sujetos a laadministracin central, esto es, no estar sujetos a las decisiones jerrquicas desta. Dotar de personalidad jurdica y patrimonio propios, a los entesdescentralizados es una forma de asegurar en parte esa autonoma, pero falta suautonoma econmica consistente en la libre disposicin de los bienes que formansu patrimonio propio y en la aprobacin y ejecucin que hagan de su presupuestosin injerencia de ninguna autoridad central.

    3. Qu es la desconcentracin?Desconcentracin

    http://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/indephispa/indephispa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/diccienc/diccienc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/desarrollo-del-lenguaje/desarrollo-del-lenguaje.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/personalidad/personalidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/patrimonio/patrimonio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control/control.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/clapre/clapre.shtmlhttp://www.monografias.com/Politica/index.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/indephispa/indephispa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/diccienc/diccienc.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/desarrollo-del-lenguaje/desarrollo-del-lenguaje.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/personalidad/personalidad.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/patrimonio/patrimonio.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/verific-servicios/verific-servicios.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/control/control.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos16/configuraciones-productivas/configuraciones-productivas.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/clapre/clapre.shtml
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    La centralizacin y la desconcentracin responden a la misma nocin deorganizacin administrativa centralizada. La desconcentracin est dentro delcuadro de la centralizacin, que slo se distingue por la forma perifrica en quedesarrolla sus funciones.Los rganos desconcentrados son parte de la centralizacin administrativa cuyas

    atribuciones o competencia la ejercen en forma regional, fuera del centrogeogrfico en que tiene su sede el poder central supremo. Luego puedendesconcentrarse las administraciones federal, estatal y municipal. Laadministracin del Distrito Federal tiene como principales rganosdesconcentrados as las delegaciones polticas.

    Es entonces, la desconcentracin, la forma jurdico-administrativa en que laadministracin centralizada con organismos o dependencias propias, prestaservicios o desarrolla acciones en distintas regiones del territorio del pas. Suobjeto es doble: acercar la prestacin de servicios en el lugar o domicilio delusuario, con economa para ste, y descongestionar al poder central.

    Para el jurista espaol, De la Vallina Velarde, la desconcentracin es "aquelprincipio jurdico de organizacin administrativa en virtud del cual se confiere concarcter exclusivo una determinada competencia a uno de los rganosencuadrados dentro de la jerarqua administrativa, pero sin ocupar la cspide de lamisma".

    La desconcentracin est consagrada en el artculo 17 de la Ley Orgnica de laAdministracin Pblica Federal, a saber: "Para la ms eficaz atencin y eficientedespacho de los asuntos de su competencia, las Secretaras de Estado y losDepartamentos administrativos podrn contar con rganos administrativosdesconcentrados que les estarn jerrquicamente subordinados y tendrnfacultades especficas para resolver la materia y dentro del mbito territorial quese determine en cada caso, de conformidad con las disposiciones legalesaplicables."

    Descentralizacin y Desconcentracin

    Se distingue la descentralizacin de la desconcentracin, ya que sta consiste enatribuir facultades de decisin a algunos rganos de la administracin que, a pesarde recibir tales facultades, siguen sometidos a los poderes jerrquicos de lossuperiores.

    La descentralizacin y la desconcentracin son formas jurdicas en que seorganiza la administracin y en las dos el poder central transmite parte de susfunciones a determinados rganos u organismos. Existe la diferencia esencial enque los rganos de la primera estn fuera de la relacin jerrquica del podercentral y los organismos de la segunda estn sujetos al poder jerrquico.

    Los organismos descentralizados tienen personalidad jurdica y patrimoniopropios, los rganos desconcentrados carecen de los dos. No existe diferencia por

    http://www.monografias.com/trabajos10/poli/poli.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/acciones/acciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/oriespa/oriespa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/deficitsuperavit/deficitsuperavit.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos10/poli/poli.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/acciones/acciones.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos5/oriespa/oriespa.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos14/deficitsuperavit/deficitsuperavit.shtml
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    cuanto a las funciones que pueden desarrollar, pero para el derecho es mejormecanismo el descentralizado a fin de prestar ciertos servicios pblicos o parallevar a cabo empresas productoras de bienes.

    4. Cules son los poderes que tienen los titulares o los actos que realizan

    los rganos jerarquizados?A dems de la relacin de jerarqua implica los siguientes poderes de los rganossuperiores sobre los inferiores. Dichos poderes que se refieren unos a la personade los titulares de los rganos jerarquizados, y otros a los actos que se realizanson los siguientes:

    a)poder de nombramiento: es una de las caractersticas del rgimen centralizadola facultad que tienen las autoridades superiores para hacer por medio denombramientos, las designaciones a los titulares de los rganos que le estnsubordinados. La facultad de nombramiento no est atribuida a todas lasautoridades que forman grados en la jerarqua administrativa. Al Presidentecorresponde nicamente l a designacin de los empleados de la administracin ysolo excepcionalmente y por virtud de una ley esa facultad esta encomendada aotras autoridades.

    b)poder de mando: Dentro el rgimen de centralizacin consiste en la facultad delas autoridades superiores de dar rdenes e instrucciones a los rganos inferiores,sealndoles los lineamientos que deben seguir, para el ejercicio de las funcionesque les estn atribuidas.

    Este poder de mando se ejercita generalmente por medio de rdenes,instrucciones o circulares dirigidas o por las autoridades superiores a losempleados que estn subordinados.

    Cuando la instruccin orden o circular esta completamente ajustada a la ley,propiamente no puede existir problema alguno: el empleado inferior tiene laobligacin estricta de cumplir esa disposicin.

    c) poder de vigilancia: La ejerce las autoridades superiores con relacin a losempleados que de ella dependen. Se realiza por medio de los actos de carcterpuramente material que consisten en exigir rendicin de cuentas, en practicarinvestigaciones o informaciones sobre la tramitacin de los asuntos y en generalen todos aquellos actos que tienden a dar conocimiento alas autoridadessuperiores de la regularidad con la que los inferiores estn desempeando susfunciones.

    d)poder disciplinario: es una de las formas de sancionar ciertas faltas que puedencometerse en relaciones civiles. La responsabilidad disciplinaria puede coexistircon la responsabilidad penal, lo cual no puede concebirse si fueran idnticosambos poderes. La fijacin de las penas si es posible hacerla y si se hanconsiderado como tales: el apercibimiento, el extraamiento, la amonestacin y la

    http://www.monografias.com/trabajos31/servicios-publicos/servicios-publicos.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos31/servicios-publicos/servicios-publicos.shtml
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    censura, la multa, la privacin del derecho de ascenso, el descenso, la suspensintemporal del empleo, la privacin del empleo.

    e) poder de revisin: consiste en poder otorgar aprobacin previa a los actos delos inferiores, suspenderlos anularlos o reformarlos.

    f) poder para la resolucin de conflictos de competencia: Como esos conflictospueden originar un desorden en la Organizacin o una paralizacin en sufuncionamiento, es natural que en el rgimen de organizacin centralizada seconsidere que la autoridad jerrquica superior tiene la facultad de resolver losconflictos de competencia que surjan entre las autoridades inferiores que le estnsubordinadas

    5. Quines forman parte de la organizacin centralizada en Mxico?La centralizacin administrativa es la forma fundamental en la cual se encuentranorganizadas las entidades pblicas de carcter administrativo.

    La principal cualidad de la centralizacin de administrativa, es que las entidadescentralizadas se encuentran relacionadas entre s por un vnculo jerrquicoconstante.

    En la cspide de la administracin pblica centralizada se encuentra el Presidentede la Repblica y subordinados a l se localizan todos aquellos rganos pblicosinferiores.

    Las ordenes y la toma de decisiones de la administracin pblica centralizadadescienden invariablemente del rgano mayor al inferior, de tal manera que todaslas entidades administrativas guardan un orden y obedecen a los imperativos queemite la cspide de la organizacin central.

    Todo ente inferior se encuentra supeditado al superior; y cada rganoadministrativo tiene su propia competencia.

    La competencia administrativa es al rgano administrativo lo mismo que lacapacidad es a las personas fsicas y jurdicas del derecho civil.

    Sin embargo, mientras la capacidad jurdica es una cualidad intrnseca de laspersonas y que slo termina con la muerte, la competencia administrativa no esuna prerrogativa natural y propia de la autoridad administrativa.

    La competencia consiste en una serie de facultades y obligaciones jurdicas que lalegislacin atribuye a los rganos de la administracin para que hagan, no hagan ose abstengan.

    La competencia as determinada por la ley fija las circunstancias en las que elrgano tiene la obligacin de actuar o abstenerse en cierta materia o rea de la

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    administracin, as como determina el grado de actuacin y la superficie territorialen la que habr de circunscribirse la actuacin del rgano.

    La diferencia entre la capacidad y la competencia se manifiesta en que lacapacidad es regla, puesto que los particulares pueden hacer todo lo que desee,

    en tanto no haya una norma que lo prohba; y en el Derecho Pblico, lacompetencia es la excepcin, ya que esta no se presume, sino que es menesterque el orden jurdico la atribuya expresamente a los rganos administrativos. Esdecir, los particulares pueden hacer todo lo que no est prohibido y lasautoridades slo pueden hacer lo que la ley les autoriza. (Elementos de Derecho

    Administrativo. Luis Humberto Delgadillo Gutirrez, Editorial Limusa, 2000,2a. Edicin; p.- 102.)

    Las entidades que forman parte de la Administracin Pblica Central oCentralizada reciben la denominacin de rganos administrativos.Los rganos administrativos que forman parte de la Administracin PblicaFederal son las Secretaras de Estado; los Departamentos Administrativos y laConsejera Jurdica

    Actualmente la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal dispone, en suartculo 27, que para el despacho de los asuntos del orden administrativo, el PoderEjecutivo cuenta con las siguientes dependencias Administrativas:

    1. Secretara de Gobernacin.2. Secretara de Relaciones Exteriores.3. Secretara de la Defensa Nacional.4. Secretara de Marina.5. Secretara de Seguridad Pblica.6. Secretara de Hacienda y Crdito Pblico.7. Secretara de Desarrollo Social.8. Secretara de Medio Ambiente y Recursos Naturales.9. Secretara de Energa.10.Secretara de Economa.11.Secretara de Agricultura, Ganadera, Desarrollo Rural, Pesca y

    Alimentacin.12.Secretara de Comunicaciones y Transportes.13.Secretara de Contralora y Desarrollo Administrativo.14.Secretaria de Educacin Pblica.15.Secretaria de Salud.16.Secretaria del Trabajo y Previsin Social.17.Secretaria de la Reforma Agraria.18.Secretaria de Turismo.19.Consejera del Ejecutivo Federal.

    6. Cuntas y cules son las Secretarias de Estado de Mxico?

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    Secretara Cargo

    Secretara de Gobernacin Secretario de Gobernacin

    Secretara de Relaciones ExterioresSecretario de Relaciones

    Exteriores

    Secretara de Hacienda y Crdito Pblico Secretario de Hacienda

    Secretara de la Defensa Nacional Secretario de Defensa

    Secretara de Marina Secretario de Marina

    Secretara de Economa Secretario de Economa

    Secretara de Desarrollo Social Secretario de Desarrollo Social

    Procuradura General de la Repblica Procurador General de laRepblica

    Secretara de Seguridad Pblica Secretario de Seguridad Pblica

    Secretara de la Funcin Pblica Secretario de la Funcin Pblica

    Secretara de Comunicaciones y TransportesSecretario de Comunicaciones y

    Transportes

    Secretara del Trabajo y Previsin Social Secretario del Trabajo

    Secretara de Medio Ambiente y Recursos Naturales Secretario de Medio Ambiente

    Secretara de Energa Secretario de Energa

    Secretara de Agricultura, Ganadera, Desarrollo Rural,

    Pesca y AlimentacinSecretario de Agricultura

    Secretara de Educacin Pblica Secretario de Educacin

    Secretara de Salud Secretario de Salud

    Secretara de Turismo Secretario de Turismo

    Secretara de la Reforma Agraria Secretario de la Reforma Agraria

    7. Cul es la diferencia entre la descentralizacin administrativa y Federal?Una diferencia fundamental entre la descentralizacin y la centralizacinadministrativas, ya que en esta ltima todos los rganos que la integran estn

    http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Gobernaci%C3%B3n_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Relaciones_Exteriores_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Hacienda_y_Cr%C3%A9dito_P%C3%BAblico_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_la_Defensa_Nacional_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Marina_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Econom%C3%ADa_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Desarrollo_Social_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Procuradur%C3%ADa_General_de_la_Rep%C3%BAblica_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Seguridad_P%C3%BAblica_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_la_Funci%C3%B3n_P%C3%BAblicahttp://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Comunicaciones_y_Transportes_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_del_Trabajo_y_Previsi%C3%B3n_Social_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Medio_Ambiente_y_Recursos_Naturales_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Energ%C3%ADa_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Agricultura,_Ganader%C3%ADa,_Desarrollo_Rural,_Pesca_y_Alimentaci%C3%B3n_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Agricultura,_Ganader%C3%ADa,_Desarrollo_Rural,_Pesca_y_Alimentaci%C3%B3n_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Educaci%C3%B3n_P%C3%BAblica_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Salud_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Turismo_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_la_Reforma_Agraria_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Gobernaci%C3%B3n_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Relaciones_Exteriores_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Hacienda_y_Cr%C3%A9dito_P%C3%BAblico_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_la_Defensa_Nacional_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Marina_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Econom%C3%ADa_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Desarrollo_Social_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Procuradur%C3%ADa_General_de_la_Rep%C3%BAblica_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Seguridad_P%C3%BAblica_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_la_Funci%C3%B3n_P%C3%BAblicahttp://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Comunicaciones_y_Transportes_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_del_Trabajo_y_Previsi%C3%B3n_Social_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Medio_Ambiente_y_Recursos_Naturales_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Energ%C3%ADa_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Agricultura,_Ganader%C3%ADa,_Desarrollo_Rural,_Pesca_y_Alimentaci%C3%B3n_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Agricultura,_Ganader%C3%ADa,_Desarrollo_Rural,_Pesca_y_Alimentaci%C3%B3n_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Educaci%C3%B3n_P%C3%BAblica_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Salud_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_Turismo_(M%C3%A9xico)http://es.wikipedia.org/wiki/Secretar%C3%ADa_de_la_Reforma_Agraria_(M%C3%A9xico)
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    ligados por la relacin jerrquica que implica una serie de poderes superioresrespecto de los actos y de los titulares de los rganos inferiores.

    La descentralizacin administrativa se distingue de la descentralizacin polticaque se opera en el rgimen federal, porque mientras que la primera se realiza

    exclusivamente en el mbito del Poder Ejecutivo, la segunda implica unaindependencia de los poderes estatales frente a los poderes federales.

    La descentralizacin administrativa es creada por el poder central, mientras queen la descentralizacin federal los estados miembros son los que crean al Estadofederal, participan en la formacin de la voluntad de ste y su competencia no esderivada, como es la de los rganos administrativos descentralizados, sino que,por el contrario es originaria en el sentido que las facultades son atribuidasexpresamente al Estado federal se entienden reservadas a los Estados miembros.

    La centralizacin y la desconcentracin responden a la misma nocin deorganizacin administrativa centralizada. La desconcentracin est dentro delcuadro de la centralizacin, que slo se distingue por la forma perifrica en quedesarrolla sus funciones.

    8. Cules son las modalidades de la descentralizacin?La descentralizacin ha adoptado tres modalidades diferentes, que son:

    1. Descentralizacin por regin.2. Descentralizacin por servicio.3. Descentralizacin por colaboracin.

    En estos tres tipos de descentralizacin no hay caracteres idnticos y uniformes,pues a diferencia de la centralizacin, aquel rgimen constituye una tendencia dealcances muy variables. Sin embargo, y reconociendo todos los matices quepueden revestir los organismos descentralizados, la doctrina ha tratado de fijaralgn carcter esencial comn para todos ellos.

    As pues, el nico carcter que se puede sealar como fundamental del rgimende descentralizacin es el de que los funcionarios y empleados que lo integrangozan de una autonoma orgnica y no estn sujetos a los poderes jerrquicoscaractersticos del rgimen centralizado en el que las autoridades superiorestienen determinadas facultades con relacin a las personas y a los actos de losempleados inferiores.

    9. En qu casos se origina la descentralizacin por colaboracin?La descentralizacin por colaboracin se origina cuando el Estado adquiere mayorinjerencia en la vida privada y cuando, como consecuencia, se le presentanproblemas para cuya resolucin se requiere una preparacin tcnica de quecarecen los funcionarios polticos y los empleados administrativos de carrera. Paratal evento, se impone o autoriza a organizaciones privadas su colaboracin,hacindolas participar en el ejercicio de la funcin administrativa. De esta manera,

    http://www.monografias.com/trabajos12/guiainf/guiainf.shtml#HIPOTEShttp://www.monografias.com/trabajos12/guiainf/guiainf.shtml#HIPOTES
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    la descentralizacin por colaboracin es una de las formas del ejercicio privado delas funciones pblicas.

    10. En qu consiste la descentralizacin regional?Consiste en el establecimiento de una organizacin administrativa destinada a

    manejar los intereses colectivos que correspondan a la poblacin radicada en unadeterminada circunscripcin territorial. Esta modalidad de la descentralizacin seadapta de una manera ms efectiva a las aspiraciones democrticas, y adems,desde el punto de vista de la administracin, significa la posibilidad de una gestinms eficaz de los servidores pblicos, y por lo mismo, una realizacin msadecuada de las atribuciones que al Estado corresponden. Los organismosdescentralizados por regin son aquellos que atienden y satisfacen lasnecesidades pblicas de una regin, como es el municipio.

    11. Cul es la forma que se ha adoptado como descentralizacin por reginen Mxico?En Mxico, el Poder Ejecutivo es unipersonal y se deposita su ejercicio en elPresidente de la Repblica quien es, al mismo tiempo, jefe de Estado, jefe degobierno y jefe de la administracin pblica. As pues, adems de la funcinadministrativa, el Poder Ejecutivo mexicano desarrolla funciones de gobierno y deEstado.

    En Mxico, en virtud del sistema federal que caracteriza al Estado, existen tresniveles de gobierno: el municipal, el estatal y el federal, en cada uno de los cualesse puede encontrar el correspondiente nivel administrativo.

    La administracin pblica, como parte del aparato administrativo se rige por elprincipio del Estado de Derecho y en virtud de su actividad se encuentrasubordinada al mandato de la norma jurdica. Toda actividad del Estado enmateria administrativa es objeto del derecho administrativo, por lo que es precisoestablecer su definicin.

    El derecho administrativo es la rama del derecho pblico que tiene por objetoregular la actividad del Estado que se realiza en forma de funcin administrativapara satisfacer las necesidades esenciales de la colectividad. El poder encargadonormalmente de la administracin pblica es el Ejecutivo, aunque no es el nico.

    12. Menciona dos organismos pblicos descentralizados que forman partede la Administracin Pblica Federal:

    1. IMSS2. ISSSTE

    13. Qu caracterstica tienen las empresas de participacin estatal?El estado contemporneo ha utilizado diversos instrumentos jurdicosadministrativos para llevar a cabo con mayor eficiencia sus tareas y fines, debido

    http://www.monografias.com/trabajos/explodemo/explodemo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/rete/rete.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/histomex/histomex.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos910/la-republica-platon/la-republica-platon.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/evolucion-historica-concepciones-tiempo/evolucion-historica-concepciones-tiempo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/temader/temader.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/explodemo/explodemo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos12/rete/rete.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos/histomex/histomex.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos910/la-republica-platon/la-republica-platon.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos901/evolucion-historica-concepciones-tiempo/evolucion-historica-concepciones-tiempo.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos4/derpub/derpub.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos7/mafu/mafu.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos11/teosis/teosis.shtmlhttp://www.monografias.com/trabajos13/temader/temader.shtml
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    a los cambios, fenmenos, y exigencias de la actividad econmica industrial y dela sociedad, surgiendo as organizaciones descentralizadas y desconcentradas.Este fenmeno se observa en casi todos los estados.

    Algunos autores como John Kenet, Galgrait y el profesor sovitico Lieberman;

    proponen la unin del estado y de empresas de particulares, as como laformacin de empresas del estado , pues en los grandes pases industrializadosambas convergen en las tareas de gran magnitud de los que resultan grandesbeneficios.

    Los pases industrializados acuden a la empresa pblica con estructura deorganizacin mercantil para prestar servicio no lucrativo.

    Desde 1980, en todos los pases la empresa pblica est en proceso deprivatizacin y posiblemente desaparecer a futuro.

    Otros fundamentos para que el estado acte en esa forma.

    Al organizarse con las tcnicas privadas la eficacia, eficiencia, y el rendimiento sonmucho mayores.

    Los funcionarios y empleados de las empresas privadas pueden seleccionarse.

    No existen los burocratismos, ni trabas presupuestarias, por que la administracinfinanciera corresponde solo a la empresa.

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    14. Haz un cuadro comparativo entre la empresa privada y la pblica.

    15. Cul es la definicin de la empresa pblica?Organismos y/o empresas descentralizados dependientes del Estado dedicados ala produccin de bienes y servicios para la venta en el mercado y cuyasoperaciones econmicas y financieras se encuentran incluidas en el Presupuestode Egresos de la Federacin (control directo) o slo las relativas a lastransferencias de recursos que reciben para apoyar su funcionamiento (controlindirecto), su propsito fundamental no es el lucro sino la obtencin de objetivossociales o econmicos. Entidades de derecho pblico con personalidad jurdica,patrimonio y rgimen jurdico propios, creadas o reconocidas por medio de una ley

    del H. Congreso de la Unin o decreto del Ejecutivo Federal para la realizacin deactividades mercantiles, industriales y otras de naturaleza econmica, cualquieraque sea su denominacin y forma jurdica.

    16. Qu caractersticas tiene la empresa semi-pblica o de economa mixta?La titularidad es compartida entre organismos pblicos y particulares.

    17. Qu son las empresas privadas de inters pblico?

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    En trminos semejantes puede replicarse a B. Geny. An aceptando su carcterde empresas que colaboran con el Estado, cosa discutible, porque colaboran consus intereses y se concretan a obedecer al Estado, puede el Estado por razoneslegales de conveniencia, considerarlas formando parte de la organizacinadministrativa, pero de ninguna manera realizando una funcin pblica o un

    servicio pblico. Cuando esto suceda estaremos francamente en un sistemaradical.

    En la forma como actualmente estn organizadas, las empresas privadas deinters pblico, son instituciones colocadas en los trminos del derecho privado ydel derecho pblico, son instituciones privadas que el Estado reglamenta por elinters que tiene en su funcionamiento y por las medidas de polica que puedeimponer.

    18. Cul es la clasificacin de las empresas privadas de inters pblico?A) Empresas Privadas o sociedades, asociaciones e instituciones

    estrictamente privadas, por lo comn, con propsitos de lucro personal, ygobernadas en forma exclusiva por normas de derecho privado, civiles omercantiles, sin ninguna injerencia del Estado. El nuevo derecho de policaconsidera las modernas intervenciones estatales en estas actividades.

    B) Empresas Privadas de Inters Socialo asociaciones privadas altruistas, sinpropsitos de lucro y persiguiendo fines que benefician a la sociedad.Pueden denominarse empresas privadas de inters social, paradistinguirlas de cualquier otro tipo de organizacin.

    C) Empresas Privadas de Inters Pblico. Sin empresas que resguardanintereses pblicos o finalidades de inters general bajo la vigilancia yfomento del Estado en la forma que indicaremos.

    AUTOEVALUACIN TEMA IV

    1. Qu es el fideicomiso pblico?Los fideicomisos pblicos son instrumentos jurdicos creados por la administracinpblica para cumplir con una finalidad lcita y determinada, a efecto de fomentar eldesarrollo econmico y social a travs del manejo de los recursos pblicosadministrados por una institucin fiduciaria. Asimismo, mediante el contrato defideicomiso se da seguimiento a diversos programas y proyectos estatales quepersiguen el bien comn.

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    2. Qu regula los fideicomisos pblicos?a) DEL FIDEICOMITENTE: El derecho ms relevante es aquel vinculado con

    la finalidad del contrato, esto es, la facultad de designar uno o msfiduciarios y, coetneamente, la de reservarse derechos especficos,vinculados con la posibilidad de vigilar que se cumplan las disposiciones del

    convenio, entre los cuales conviene destacar la facultad de revocar elfideicomiso, aun contra el principio genrico que impone la irrevocabilidad,nica forma de poner fin al encargo cuando ste resulta ineficaz oinnecesario.Corresponde exigir del fiduciario rendicin de cuentas y, eventualmente,ejercer acciones de responsabilidad.Puede, adems, solicitar la revocacin del fiduciario y designar uno nuevo,frente a los supuestos de mala conducta, extremo que slo se verifica enaquellas legislaciones que admitan la constitucin unilateral del fideicomisoy no donde es convencional, ya que aquella remocin importa la resolucindel contrato y el fin del fideicomiso.En fin, es propio del convenio exigir que el dominio de los bienes vuelva alfideicomitente o que le sean entregados al beneficiario, segn los alcancesy modalidades del acuerdo.

    b) DEL FIDUCIARIO: Para enunciar los derechos y obligaciones del fiduciarioresulta oportuno apuntar que ste posee todas las facultades inherentes ala finalidad del fideicomiso, en particular las relativas al dominio yadministracin que tiene de la cosa.

    As, puede usar y disponer de los bienes, aunque no puede apropiarse delos frutos, pero siempre hasta lograr el fin del contrato.Son obligaciones propias administrar en la forma establecida, resultandoinherente la conservacin y custodia material y jurdica de los bienes,efectuar las mejoras y reparaciones necesarias, contratar seguros y pagarlos tributos que los graven.Debe, fundamentalmente, administrar haciendo producir frutos de acuerdocon la utilizacin regular de las cosas sin disponer de ellas, peroproduciendo el mayor rendimiento; algunas legislaciones imponen ladiversidad de inversiones para evitar los riesgos derivados de laconcentracin en una sola actividad econmica.Es obligacin inexcusable y tpica mantener la identidad de los bienes delencargo, separados de los del fiduciario, y no pueden incluirse en sucontabilidad ni considerarlos en su activo.Debe rendir oportuna cuenta sobre las gestiones que realiza, las quecomprende, distintas manifestaciones particulares, como la de avisar dentrode un corto tiempo la celebracin de ciertas operaciones de inversin o elrecibo de frutos derivados de stas, pero en forma ms concreta se refierea la necesidad de presentar informaciones completas y fidedignas sobre elmovimiento contable de los bienes en su poder.Por ltimo, debe transferir los bienes de acuerdo a lo convenido al tiempodel encargo o aun despus por el fideicomitente, siendo la regla que eldominio vuelva a este ltimo o a sus herederos, salvo que se haya previstola entrega a un beneficiario tercero en la relacin contractual.

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    c) DERECHOS DEL BENEFICIARIO: Coincidimos con la mayora de losautores en sostener que el beneficiario es un acreedor especial delfideicomiso, pudiendo serlo por los frutos que produzcan los bienesfideicometidos o con relacin a stos una vez transcurrido el tiempo ocumplida la condicin prevista para transferir la propiedad.

    Ello es as en tanto no se concibe en nuestro derecho la dualidad delderecho ingls relativo a la titularidad de la propiedad y la propiedad enequidad o en beneficio; aqu, quien detenta la propiedad lo hace en plenitudy el beneficiario no tiene derecho real alguno, lo que no obsta a su derechocreditorio que lo legitima para requerir los frutos en trmino y la ulteriorentrega de los bienes.Para proteger ese derecho creditorio, en el derecho comparado advertimosla presencia de facultades excepcionales en favor del beneficiario, talescomo la de exigir al fiduciario el cumplimiento del fideicomiso y el correlativoejercicio de acciones de responsabilidad por incumplimiento, cuantoacciones conservatorias.

    3. Quines intervienen en el fideicomiso?Las personas que intervienen en el contrato son tres:

    Fideicomitente: Persona fsica o jurdica que destina los bienes o derechosentregados al fiduciario y de los cuales tiene capacidad para disponer.

    Fideicomisario: Persona fsica o jurdica beneficiaria del fideicomiso. Fiduciario: Banco o institucin de crdito que es la encargada de recibir los

    bienes del Fideicomitente para darles el uso convenido en el actoconstitutivo del Contrato de fideicomiso.

    Delegado fiduciarioComo las instituciones fiduciarias son sociedades mercantiles, no puedendesempear de modo personal el cargo, sino a travs de un representante (Art. 10de la LGSM). La naturaleza del crdito del fideicomiso requiere que elrepresentante sea una institucin especial, que recibe el nombre de delegadofiduciario, que es la persona fsica encargada de representar a la Fiduciaria,materialmente, en la obtencin de cada uno de los fines que se pacten en elcontrato.

    Se comprender que no cualquiera puede ser delegado fiduciario, al grado quecada fiduciaria debe solicitar que sus prospectos sean autorizados por la CNBV yhasta que lo sean adquieren capacidad legal y pueden actuar como tales (Art. 24,prrafos. 5 y 6, y 25 de la LIC).

    El delegado acredita su personalidad al exhibir una certificacin de sunombramiento, expedida por el secretario o prosecretario del consejo directivo ode administracin, segn se trate de una banca de desarrollo o de una mltiple,respectivamente (Art. 90, 1er. Prr., de la LIC).

    4. Quin es el fideicomitente?

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    Fideicomitente: Este es quien establece los fines del fideicomiso, y al mismotiempo destina para su cabal cumplimiento los bienes necesarios, Puede,asimismo, ser el beneficiario, sea con la reversin del dominio, o con la percepcinde la renta, o con ambos beneficios integrados. Es, el primero y el principal de lossujetos actuantes en el fideicomiso, a quien segn el artculo 346, corresponde en

    primer lugar destinar a un fin lcito y determinado los bienes por l fideicomitidos yen segundo trmino, encargar la realizacin de ese fin a una institucin fiduciaria.

    Pueden ser fideicomitentes "las autoridades judiciales o administrativascompetentes cuando se trate de bienes cuya guarda, conservacin,administracin, liquidacin, reparto o enajenacin corresponda", segn lo disponeel artculo 349 de la LGTOC, "slo pueden serlo las personas fsicas o jurdicasque tengan la capacidad necesaria para hacer la afectacin de bienes que elfideicomiso implica".

    Ese sealamiento tajante de la ley en el sentido de que para ser fideicomitente serequiere de una capacidad determinada, interpretado relacionadamente con laregulacin completa de la figura en la LGTOC, orilla a aseverar que el fideicomisoes para el fideicomitente un acto de dominio y no de administracin.

    Como consecuencia de lo anterior, al fideicomiso le es aplicable todo el rgimende los actos de dominio; por ejemplo, en todo caso de representacin legal,trtese de quienes ejercen la patria potestad, o tutor, del representante delausente, requieren de autorizacin judicial para fideicomitir un bien inmueblepropiedad de su representado; igual requisito deber satisfacer el menoremancipado respecto de sus bienes races.

    El Gobierno federal Los Gobiernos de las entidades federativas Los ayuntamientos en los municipios

    A travs de la Secretara de Programacin y Presupuesto y a partir de 1992 laSECRETARA DE HACIENDA Y CRDITO PBLICO. La Secretara de Hacienday Crdito Pblico representa, como fideicomitente nico, a la AdministracinPblica Centralizada en los fideicomisos que sta constituye.5. Quines pueden ser fiduciarios?Fiduciario o Institucin Fiduciaria: Es a quien se transmite la propiedad de dichosbienes y se encarga de dar cumplimiento al fideicomiso.

    El fiduciario no puede ser el beneficiario de la transmisin posterior del bien ni delas rentas que produzca la administracin.

    Consideramos que la primera presentacin de la ley para este segundo sujeto delfideicomiso, es como el encomendero del fideicomitente a efecto de ejecutar losactos por los cuales se alcance el fin al que ste ha destinado los bienes

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    precisamente para ello fideicomitidos. La parte final del artculo 346, previsor dedicha encomienda, permite as afirmarlo.

    La restriccin sealada en el primer prrafo del artculo 350 de la LGTOC en elsentido de que slo pueden ser fiduciarias las instituciones expresamente

    autorizadas para ello conforme a la ley bancaria, ya que soporta un buen nmerode salvedades, pues, aunque de escasa positividad, existi la previsin legal deque la Comisin de Fomento Minero operara como tal y por otra parte, elPatronato del Ahorro Nacional, tambin puede hacerlo.

    Estas dos situaciones, todava excepcionales, de cualquier modo hacen reconoceruna derogacin an cuando sea meramente formal de la orden restrictivacontenida en el citado primer prrafo del artculo 350 de la ley.

    Como tercer supuesto derogador de este ltimo precepto, cabe sealar al inciso d)de la fraccin IV del artculo 22 de la Ley del Mercado de Valores; autorizaexpresamente a las Casas de Bolsa a que con apego a las reglas generales que elBanco de Mxico fije al efecto, acten "como fiduciarias en negocios directamentevinculados con las actividades que les sean propias, sin que sea aplicable en estecaso el primer prrafo del articulo 350 de la Ley General de Ttulos y Operacionesde Crdito".

    Sea como fuere, el xito del fideicomiso en cuanto a su positividad yaprovechamiento instrumental, tiene como factor fundamental el que, conforme ala ley, como regla general, slo las instituciones de crdito puedan ser fiduciarias,sin perjuicio de la bondad que las excepciones mencionadas traen consigo. Elrequisito impuesto ha permitido poner en juego la experiencia, eficacia y seguridadbancarias, de manera que seguramente, en todo caso, los fideicomisosconstituidos han llegado a buen fin, sin darse supuestos de incumplimiento en lagestin de una fiduciaria por falta de aplicacin a su actividad y menos porrazones ilcitas.

    Ahora bien, ciertamente el precepto citado se refiere no a que como fiduciaria slopuede fungir una institucin de crdito, sino que podr hacerlo la institucin queest facultada para operar como fiduciaria.

    En efecto, segn el primer precepto citado, las instituciones de crdito podrn,adems de llevar a cabo otras actividades, "practicar las operaciones defideicomiso a que se refiere la Ley General de Ttulos y Operaciones de Crdito...".De conformidad con el segundo de dichos dispositivos, "en las operaciones a quese refiere la fraccin XV del artculo 46, las instituciones desempearn sucometido y ejercitarn sus facultades por medio de sus delegados fiduciarios".

    6. Quin es el fideicomisario?Fideicomisario o Beneficiario: Que es quien recibe el provecho que el fideicomisoimplica. Resulta importante sealar, que segn la ley -artculo 348 primer prrafo-

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    "pueden ser fideicomisarios las personas fsicas o jurdicas que tengan lacapacidad necesaria para recibir el provecho que el fideicomiso implica".

    De la redaccin del dispositivo transcrito se desprenden, entre otras, lasconsideraciones siguientes:

    a) La capacidad a la que dicho precepto se refiere es la capacidad de goce, esdecir, a la posibilidad del sujeto de ser titular de los beneficios jurdico-econmicos generados por el fideicomiso del caso.

    b) La posibilidad de graduacin de la capacidad de goce explica y justifica lamencin aparentemente sobrante de que el fideicomisario puede ser unapersona fsica o una persona jurdica, ms conocida en nuestro mediocomo persona moral, pues si bien, ciertamente, parece obvio que lasituacin de un sujeto a otro vara frente a la capacidad, nada impide, ancuando fuere un tanto aberrante, que las personas jurdicas no pudieren serfideicomisarias.

    Un comentario respecto del fideicomisario, derivado del contenido de ese primerprrafo del artculo 348 de la LGTOC, es a propsito de la mencin en dichoprecepto de que el fideicomiso trae aparejado un provecho determinado para latitularidad del fideicomisario, relacionndolo ello con la participacin de este ltimoen la dinmica de la figura, pues el contenido de la disposicin permite confirmarque no puede haber fideicomiso sin fideicomisario, no obstante lo aseverado encontrario por un sector de la doctrina.

    Segn el maestro Cervantes Ahumada, por ejemplo, el artculo 347 mencionado yconforme al cual, "el fideicomiso ser vlido aunque se constituya sin sealarfideicomisario, siempre que su fin sea lcito y determinado", permite la existenciade fideicomisos sin fideicomisario.

    "El fideicomisario -asevera Cervantes Ahumada- no es un elemento esencial delfideicomiso ya que pueden darse fideicomisos sin fideicomisario. Por ejemplo: seconstituye un fideicomiso para que se recojan los perros callejeros, se realice unainvestigacin cientfica o se funde una clnica para determinada clase deenfermos. En estos casos no habr fideicomisario como sujeto jurdico".

    Si el fideicomiso implica un provecho, de esto deriva que necesariamente elprovecho debe ser de alguien; se trata de un incremento patrimonial representadopor bienes y derechos de cualquier naturaleza. En los ejemplos siempre habr unoo varios sujetos a cuya disposicin estn los fondos producidos por el patrimoniofideicomitido para una investigacin y por su parte, los beneficiados por unfideicomiso al efecto, sern los enfermos atendidos en la clnica fundada.

    7. Qu rganos intervienen en el fideicomiso pblico?En funcin de todo lo dicho, cabe finalizar destacando que la norma legalconstituyente de un fideicomiso pblico deber precisar:

    a) El Fiduciante: El Estado;

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    b) EL Fiduciario: El ente tcnicamente competente;c) EL Patrimonio Fideicomitido: Los bienes y recursos transmitidos en

    propiedad fiduciaria;d) La finalidad u objeto fiduciario: Los intereses y satisfaccin de necesidades

    generales y, en su caso, de fomento econmico y/o social;

    e) El plazo o condicin al que el fideicomiso est sometido;f) Las causales de extincin yg) Los Beneficiarios o sean las personas fsicas y/o jurdicas que sean los

    destinatarios del objeto del fideicomiso.

    8. Cules son los elementos que integran al fideicomiso?ELEMENTOS

    PERSONAS. En el fideicomiso normalmente intervienen tres personas: elfidecomitente, el fiduciario y el fidecomisario.

    SON PARTES EN EL CONTRATO: El fidecomitente y el fiduciario y el

    tercero beneficiario: el fidecomisario. MATERIA: Es el conjunto de los bienes o derechos que el fideicomitentetransmite al fiduciario para la realizacin de los fines estipulados. Puedenser materia del fideicomiso toda clase de bienes y derechos, con la nicalimitacin de que los bienes estn dentro del comercio y los derechospuedan ser transmisibles.

    FINES: Los Fines del fideicomiso los determina el fideicomitente enbeneficio de un tercero que es el fideicomisario. Pueden ser ilimitados, contal de que sean lcitos, posibles y determinados.

    FORMA. Los elementos formales son las diversas manifestaciones externascon las que se puede expresar el fideicomiso.

    9. Cules son los casos de extincin del fideicomiso pblico?EXTINCION DEL FIDEICOMISO

    Por la realizacin del fin, para el cual fue creado. Por que el fin del fideicomiso se convierta de imposible ejecucin Por que la condicin resolutoria a que haya quedado sujeto el fideicomiso

    se cumpla Por que las partes convengan la extincin del fideicomiso Por que el Fideicomitente revoque el contrato Por que el Fiduciario haya renunciado a su cargo o haya sido removido y no

    sea posible sustituirlo

    Por quiebra o suspensin Por vencimiento del plazo

    RESCISIN DEL FIDEICOMISO Por accin de nulidad Por accin de rescisin Por resolucin administrativa Las causas civiles de terminacin de contrato

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    AUTOEVALUACIN TEMA V

    1. Cul es la clasificacin por su naturaleza de los actos administrativos?Clasificacin por su naturaleza.

    Actos materiales.Son los que no producen ningn efecto de derecho y slo verificanprcticamente el propsito del propio acto jurdico.

    Actos jurdicos.Son los que producen consecuencias jurdicas.

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    2. Cul es la clasificacin por las voluntades que intervienen de los actosadministrativos?

    Acto simple, es aquel en el que interviene una sola voluntad, es decir, la voluntadunilateral de la administracin.En el caso de una voluntad particular pueda crear un acto administrativo, la ley

    administrativa es la que dar la respuesta a este caso.A cto complejo, es el que resulta de la concurrencia de varias voluntades pblicas yprivadasSi las voluntades pertenecen a distintos entes habr complejidad externa; en estecaso el acto complejo se llama tambin acuerdo.

    3. Cul es la clasificacin de los actos partiendo de la relacin de lasvoluntades con la Ley?El acto obligatorio, reglado o vinculado y el acto discrecional.

    4. Cul es la clasificacin por su radio de accin de los actosadministrativos?Desde el punto de vista del radio de accin de los actos administrativos, estos sepueden clasificar en actos internos y actos externos, segn solo produzcan susefectos en el seno de la organizacin administrativa o trascienda fuera de ella.

    5. Cul es la clasificacin por razn de su finalidad de los actosadministrativos?Por razn de su finalidad, de los actos administrativos pueden separarse en actospreliminares y de procedimiento, en decisiones o resoluciones y en actos deejecucin.

    6. Cules son los actos directamente destinados a ampliar la esfera jurdicade los particulares?

    Actos destinados para ampliar la esfera jurdica de los particulares.- los actos decondonacin de impuestos o accesorios, las resoluciones favorables a loscontribuyentes, autorizaciones, re