Banco de Preguntas Derecho Administrativo

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PREGUNTAS Y RESPUESTAS DE DERECHO ADMINISTRATIVO (PARTE I). 1. ¿CÓMO SE PRESENTA LA PERSONALIDAD JURÍDICA DEL ESTADO? Se convirtió en una necesidad a partir de 1789 aplicar los principios fundamentales de esta, y no solo es un concepto propio del derecho privado. Por lo tanto el poder del estado es uno solo, le corresponde al estado en su integridad, pero su separación está dada en órganos o ramas, a lo que corresponde a un problema técnico de división de trabajo así como lo establecieron los pandectistas alemanes. 2. ¿DÓNDE SE ENCUENTRA EL FUNDAMENTO DE LAS PERSONAS JURÍDICAS EN COLOMBIA? En el art. 73 del CC donde expresa que las personas son naturales o jurídicas, y dice de esta última que es una persona ficticia capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles y de ser representada judicial y extrajudicialmente . 3. ¿CÓMO SE HAN CLASIFICADO LAS PERSONAS JURÍDICAS Y COMO SON DEFINIDAS?

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Preguntas derecho para estudio de preparatorios

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PREGUNTAS Y RESPUESTAS DE DERECHO ADMINISTRATIVO (PARTE I).

1. CMO SE PRESENTA LA PERSONALIDAD JURDICA DEL ESTADO?

Se convirti en una necesidad a partir de 1789 aplicar los principios fundamentales de esta, y no solo es un concepto propio del derecho privado. Por lo tanto el poder del estado es uno solo, le corresponde al estado en su integridad, pero su separacin est dada en rganos o ramas, a lo que corresponde a un problema tcnico de divisin de trabajo as como lo establecieron lospandectistasalemanes.

2. DNDE SE ENCUENTRA EL FUNDAMENTO DE LAS PERSONAS JURDICAS EN COLOMBIA?

En el art. 73 del CC donde expresa que las personas son naturales o jurdicas, y dice de esta ltima que esuna persona ficticia capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles y de ser representada judicial y extrajudicialmente.

3. CMO SE HAN CLASIFICADO LAS PERSONAS JURDICAS Y COMO SON DEFINIDAS?

En personas jurdicas:pblicas, privadas y mixtas.

Las primeras son aquellascreadas por la leyo son autorizadas por esta, tales como: la nacin, los entes territoriales y las entidades descentralizadas por servicio

Las segundas, son las que nacen dela iniciativa privaday que se establecen de fondos privados, pero en esta denominacin pueden haber instituciones privadas que manejen recursos pblicos, tales como las corporaciones (que son agrupaciones que se constituyen para realizar un objeto en comn, que a la vez pueden ser con nimo de lucro tales como las sociedades comerciales, o sin nimo de lucro tales como las cooperativas y los sindicatos, y por ultimo estn las fundaciones, que son las creadas por iniciativa particular para atender sin nimo de lucro cualquier servicio de inters social, conforme a la voluntad de los fundadores, donde estos son solo administradores del patrimonio afecto a un fin.

Las terceras, son aquellas en las cualesposee capitales pblicos y privados.

4. CULES SON LAS DIFERENCIAS QUE HAY ENTRE PERSONAS JURDICAS DE DERECHO PBLICO Y PRIVADO?

La mayora opina que la caracterstica importante de diferencia es elfin, otros destacanlos privilegios, las prerrogativas o exorbitancias, tales como:expropiar, establecimiento de monopolios, constituir servidumbre, imponer sanciones policivas o expedir actos unilaterales generadoras de obligaciones, pero el Estado no solo se involucra en tales funciones sino tambin se conoce en la realizacin de actividades industriales y comerciales sometidas a las reglas propias de los particulares.

Podemos encontrar queen una misma entidad haya regmenes de derecho pblico o privado, dependiendo de su naturaleza de los actos y del rgimen jurdico aplicable, de esta manera se diferencia estos tipos de personas con criterios complementarios.

5. CULES SON LOS CRITERIOS COMPLEMENTARIOS QUE DIFERENCIAN LAS PERSONAS JURDICAS DE DERECHO PBLICO CON LAS DE DERECHO PRIVADO?

En cuanto su creacin:las entidades de derecho pblicoson creadas por el estado, mientras que las de derecho privadoson resultado de la autonoma privada de la voluntad, con excepcin de las SEM, donde son constituidos como sociedades comerciales con aporte estatal y capital privado, que desarrollan actividades de naturaleza industrial o comercial, conforme a las reglas del derecho privado, salvo excepciones de ley.

En cuanto a su naturaleza de actos:por lo general los actos de la personas jurdicas de derecho privadoestn sometidos por las normas civiles y comerciales(principio autonoma de la voluntad e igualdad) y las de derecho pblicolas del derecho administrativo, con excepcin que se dijo con la SEM, las empresas comerciales del estado y los servicios pblicos domiciliarios, en cuanto sus actos y contratos siempre y cuando la ley no diga otra cosa.

En cuanto al otorgamiento de privilegios o exorbitancias:definida como potestad del imperio, que consiste en darlefacultades especiales a favor de entidades pblicas o privadas, en razn de un inters general que las motiva, tales como: expropiar, ejercer potestad reglamentaria o tener el respaldo policivo, constituir servidumbres, imponer sanciones policivas entre otras, mejor dicho es tener lapotestad de imperio

En cuanto al fin que persiguen:las personas jurdicas de derecho pblico tienen por objetodesarrollar y cumplir el art. 2 de la CN (los fines esenciales del estado), y las personas jurdicas de derecho de privado elincremento patrimonial. Todo esto con excepcin de las fundaciones sin nimo de lucro que son PJ de derecho privado, con actos de beneficencia o caridad, y las EICD, que tiene como fin negocio privado y su objeto en utilidad no es para si misma, sino de los particulares. Y

En cuanto a su patrimonio:las PJ privadas obtienen recurso de lalibre actividad del mercado, mientras que las personas publicas la obtienen a travs de ladetraccin(que es el traslado de recursos del sector privado, al pblico, tales como: impuestos, tasas, contribuciones y obligaciones parafiscales). En virtud del principio de unidad de caja.

6. QU VENTAJAS TIENE EL RECONOCIMIENTO DE LA PERSONALIDAD JURDICA DEL ESTADO?.

Permite hablar deperpetuidad del Estado,

Integracin de lacomunidad internacional

Organizar supatrimonio propio, tales como: mantener las fuerzas militares, administracin de justicia, gerencia de servicio pblicos, derivado de las fuentes de los impuestos y los gastos correlativos.

Pero tuvo su influencia todo este reconocimiento recordemos a partir de la crisis de 1929 (New deal), por lo cual se increment el intervencionismo entre los coasociados.

7. QU RELACIN EXISTE ENTRE ESTADO Y NACIN?.

El Estado es unconglomerado humano, social, polticoy jurdicamente constituido asentado sobre unterritorio determinado, sometido a una autoridad, que se ejercer a travs de sus propios rganos y cuyasoberana es reconocida por otros Estadosy cuyas elementos son: la poblacin, el territorio, el poder o autoridad y el reconocimiento internacional. Y la nacin es ungrupo humano unidos por vnculos comunes de raza, religin, idioma, cultura e idiosincrasia, pero sin que sea indispensable su confluencia total o definitiva. La distincin ms clara entre estado y nacin seala queel Estado es la personalidad jurdica de la nacin. (Por tanto la nacin no tiene personalidad jurdica sino en y por el estado, del mismo modo que el estado no puede constituir PJ fuera de la nacin), as como lo establece el art. 80 de la ley 153 de 1887, la nacin, los departamentos, los municipios son PJ.

8. CULES FUERON LAS TEORAS IDEOLGICAS QUE AL INICIO ENFRENT EL RECONOCIMIENTO DE LA PJ DEL ESTADO?

La teora de la negacin de la PJ del estado, el reconocimiento parcial de la PJ, la personificacin jurdica del estado y el estado como PJ.

9. EN QU CONSISTE LA NEGACIN DE LA PJ DEL ESTADO?.

Expuesta por DUGUIT,para el Estado no constituye una persona distinta que la sociedad representa, es decirlos mismos gobernantes(crtica: se le olvida que la idea es una abstraccin y no es fsico sino jurdico su creacin).

10. EN QU CONSISTE EL RECONOCIMIENTO PARCIAL DE LA PJ?

Expuesta por BERTHELEMY quiendistingue la actividad del Estado como actos de poder (ejercicio de facultades) y como actos de carcter patrimonial (permitan al estado ejercer derechos), se critica por que puede concebirse un sistema totalitario, por lo que fue atenuada de actos de derecho pblico y actos de derecho privado, aceptando solo los eventos de los segundos, desconociendo lo inseparable de la personalidad estatal.

11. EN QU CONSISTE LA PERSONIFICACIN JURDICA DEL ESTADO?.

Expuesta por KELSEN afirma que Estado y derecho hacen un conjunto, en la medida en que este ltimo se mira como la suma total de normas coactivas validas de una sociedad determinada (derecho),de tal forma que todo Estado es Estado de derecho. Y

12. EN QU CONSISTE EL ESTADO COMO PJ?.

En que esta no es una ficcin sino una realidad jurdica(fundada es una abstraccin), ya que sesomete al estado al OJque se permite estructurar as un verdadero Estado de derecho.

13. CUNTAS FORMAS DE OTORGAMIENTO DE LA PJ DEL ESTADO EXISTEN?.

Tres, mediante mandato constitucional, mandato legal y atribucin administrativa o mediante el cumplimiento de requisitos previstos en la ley.

14. CUNDO EL OTORGAMIENTO DE LA PJ DEL ESTADO ES POR MANDATO CONSTITUCIONAL?

Cuando es reconocida directamente por la CN, tales como: entidades y organismos estatales sujetos a rgimen especial (Banca central, CAR, CNSV, Distritos, Entes Universitarios Autnomos)

15. CUNDO EL OTORGAMIENTO DE LA PJ DEL ESTADO ES POR MANDATO LEGAL?.

Cuando provenga de una ley expedida por el congreso en ejercicio de atribuciones constitucionalestales como: (Departamentos, Establecimientos Pblicos Nacionales)

16. CUNDO EL OTORGAMIENTO DE LA PJ DEL ESTADO ES POR ATRIBUCIN ADMINISTRATIVA O MEDIANTE EL CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS PREVISTOS EN LA LEY?

El primero cuando sedesarrollan los principios legales y constitucionales, tales como: la creacin de municipios a travs de ordenanzas o la creacin de entidades descentralizadas en los ordenes municipales y departamentales, y en cuanto los segundoscuando ocurre con las SEM y las asociaciones y fundaciones tanto pblicas como mixtas y ESP.

17. EN QU CONSISTE LA MULTIPLICIDAD DE PJ DE DERECHO PBLICO EN COLOMBIA?

La calidad de PJ de los distintos organismos del Estadoha sido regulada por normas especiales, tal como lo consagra el art. 80 de la Ley 153 de 1887 (para nacin y entes territoriales), para municipios y departamentos (Cdigo de rgimen municipal y departamental), el de las entidades descentralizadas por servicio (antes de 1968 existan pero a partir del decreto 1050 y 3110 se clasificaron, se definieron y en este misma fecha se estableci PJ a los EE.PP y EICE), las SEM (constituido como sociedad comercial y su PJ estaba sometido a las normas del CCO, art. 98), fondos con PJ y los entes descentralizados indirectos fueron reguladas por el decreto 130 de 1976), a partir de la CN de 1991 se crearon por mandato CN, las CAR adquiriendo naturaleza especial junto con las universidades estatales, (que antes se asimilaban como EE.PP, ya que las entidades antes del 91, en el 68 solo existan dos entidades descentralizadas tales como lo expresamos ut supra, las EE.PP y EICE). Tambin la CN de 1991, le concedi PJ a la CNTV derogado por el Acto Legislativo 02 de 2011 y al Banco de la Republica concedindole autonoma administrativa, patrimonial y tcnica (sujeta a un rgimen legal propio) yfinalmente la ley 489 de 1998 fue la que le dio el estoque final por lo cual se dicto la organizacin y funcionamiento de las entidades de orden nacional y se les concede PJ a mas entidades descentralizadas por servicio talescomo: SEM, EICE, UAE con PJ, Superintendencias, ESE, empresas oficiales de servicio pblico, todas aquellas que tengan funcionamiento administrativo o realizacin comercial o industrial, creadas por la ley con PJ, autonoma administrativa y patrimonio propio (y se crearan como expresamos arriba, ya sea por mandato legal como las EICE, por mandato constitucional como la Banca central, por el lleno de los requisitos legales como las asociaciones entre entidades pblicas y las de cumplimiento previsto en el CCO como las SEM.

18. CMO SE REPRESENTA EL ESTADO PARA FINES INTERNACIONALES?.

Afirmamos que en Colombiael Estado es considerado como la personificacin jurdica de la naciny as de este modo el art. 3 y el art. 9 nos presenta lo que es la soberana, primero lasoberana popularen cuantoasuntos internosy reconoce que cada individuo es portador de una parte de la soberana que le permite ejercer un papel activo en los asuntos del poder pblico (que es la que nos interesa para los asuntos internos admnistrativos) yla soberana nacionales el cuerpo social en su integridad por lo cualconstituye una unidad frente a sus relaciones con otros estados(este es la que interesa para fines internacionales), y siguiendo as lo que dispone el art. 7 de la convencin de Viena de 1969 (para ms informacin ver,aqu).

19. CMO SE REPRESENTA EL ESTADO PARA FINES CONTRACTUALES?

Los contratos del Estadose encuentra sometido a las disposiciones civiles y comerciales en principio, salvo las materias reguladas por la Ley 80 de 1993, el estado est vinculado a la autonoma administrativa de los distintos entes del Estado y no al de PJ, vemos como entidades sin esta, pueden comprometer su patrimonio, siempre y cuando haya una norma que los autorice, tales como: RNEC, el C.S de la J, FGN, CGR, PGN, ministerios, UAE tambin se podr delegar la competencia total o parcialmente o desconcentrarla a la realizacin de licitaciones o concursos.

20. CMO SE REPRESENTA EL ESTADO PARA FINES PROCESALES?.

La personera jurdica (PJ) y la representacin no tienen rango constitucional sino legal, y corresponde a esta ltima regularla, en el mismo sentido art. 159 del CCA, regula la representacin de las PJ de derecho pblico para fines judiciales as:

Entidad, rgano u organismo estatal: ministro, director del DD.AA, superintendente, registrador nacional del estado civil, FGN, PGN, CGR o por la persona de mayor jerarqua expidi el acto.

En caso de municipios y distritos, ser elalcaldecomo representante legal de la entidad territorial, para los departamentos, ser elgobernador, en caso de rganos de control en este orden la ejerce directamente elcontralory elpersonerorespectivo.

Tratndose de entidades descentralizadas por servicio, corresponde a losgerentes, directores o presidentey podrn nombrar apoderados especiales que demande a la mejor defensa de la entidad.

En los casos contra el congreso, ser elpresidente del senado

En los caso contra la rama judicial, ser eldirector ejecutivo de la administracin judicial,con excepcin de laFGN.(Fiscal).

En los casos sobre impuestos, tasas o contribuciones, la representacin la tendr eldirector de la DIANnacional o el funcionario que expidi el acto.

En los procesos de contratosla representacin le corresponde alservidor pblico de mayor jerarqua de la dependencia respectivay cuando el presidente suscribe un contrato a nombre de la nacin, tal representacin lo har eldirector del DD.AA de la Presidencia de la Republica.

21. CMO SE REPRESENTA EL ESTADO PARA FINES PRESUPUESTALES?

Los servidores pblicos, podrn comprometer el erario pblico y tienen la autonoma presupuestal para hacerlo ya que la ley y la CN se los confiere.

22. QU SON LAS FORMAS DE ORGANIZACIN ADMINISTRATIVA?

Esel conjunto de normas que regulan las atribuciones, las composiciones y el funcionamiento de un aparato administrativo, as el concepto de organizacin administrativa se refiere al conjunto de rganos que tiene por competencia cumplir una funcin administrativa, tales como l: cumplimiento de los fines esenciales del Estado, a tareas de manejo practico (aspecto material o de contenido), al desempeo de la tarea encargadas por sus organismos y entidades (aspecto orgnico)

23. CUL ES EL MARCO NORMATIVO QUE EXISTE SOBRE LA ORGANIZACIN ADMINISTRATIVA?.

Lo regula el capitulo cinco, de la funcin administrativa, del ttulo VII, de la rama ejecutiva de la CN, donde se describe las funciones y las reglas de distribucin de competencias,as mismo contenida en la ley 489 de 1998, derogando los decretos Leyes: 1050, 3110 de 1968 y 130 de 1976.

24. CULES SON LOS PRINCIPIOS DE LA ORGANIZACIN ADMINISTRATIVA Y DONDE ESTN CONSAGRADOS?

Son fundamentos o mximas que rigen una instituciny se identifican con los aforismos, (sentencia breve o doctrinal), en suma es una tcnica legislativa que cumple dos funciones:fijar criterios generalesque debe tener en cuenta el intrprete al momento de aplicar el OJ y en segundopermite llenar los vaciosque se presente al interior de la normatividad(integrador).

Estos principios se encuentran plasmados en el art. 209 CN, art. 3 de la ley 498 de 1998 y art. 3 inciso 2 de la ley 1437 de 2001 del nuevo CCA, y estos mencionan principios tales como: moralidad, eficacia, economa, celeridad, imparcialidad, publicidad, buena fe, responsabilidad y transparencia, y todos aquellos principios que son compatibles con la prestacin de un servicio pblico.

25. CUNTAS FORMAS DE ORGANIZACIN ADMINISTRATIVA EXISTEN?

Dos, la de estado federal y la de estado unitario.

26. EN QU CONSISTE LA FORMA DE ORGANIZACIN ADMINISTRATIVA DEL ESTADO FEDERAL?.

Es aquel que aparece como una unidad internacional pero que internamente tiene distribuidas todas las funciones pblicas se han descentralizadotanto el ejecutivo, legislativo y judicial e inclusive la constitucional, lo que sucede en pases tales como: Mxico, Suiza, Brasil o Argentina.

27. CMO SE DEFINE LA TEORA ECLTICA ENTRE LOS SISTEMAS CENTRALES YFEDERALES?

Se define segn la mxima o aforismolos extremos se unen,por lo que vemos un Estado federal con tendencias centralistas o unitarias, tal como: Mxico, y en laotra vemos una tendencia del sistema unitario con tendencias descentralizadas(federales), o de otorgamientos de autonoma en cabeza de las entidades territoriales, tales: como la ejecutiva, legislativa, judicial y constitucional yun ejemplo de ello sera: Colombia.

28. CMO FUNCIONA EL ESTADO UNITARIO EN NUESTRO PAS?.

Se basa en la formula:el centralismo poltico y la descentralizacin administrativa, por lo que el Estado se reservara el cumplimiento de las funciones legislativas, jurisdiccionales y constitucionales,dejando en materia administrativa en cabeza de autoridades territoriales y autnomas, en atencin se propias necesidades, por su partela desconcentracin y la delegacin son formas eficientes para el manejo de funciones centralizadasyque sirve para la descongestin de rganos superiores.

29. QU ES LA DESCONCENTRACIN ADMINISTRATIVA?.

Es la radicacin decompetenciasy funciones en dependencias ubicadas fuera de la sede principal del organismo o entidad administrativa.

30. CULES SON LAS CARACTERSTICAS DE LA DESCONCENTRACIN ADMINISTRATIVA?

Es unaforma tpica de centralismopor la cual seconserva la jerarqua administrativa

La desconcentracin viene debido por unanorma de igual valor o superior

Puede serterritorial o funcionalcuando es sobre los subordinados.

El funcionario superiorno responde por los actos del desconcentrado, pero si lecompete la vigilancia y controlsobre la relacin jerrquica

Cuando se trata de funcin sancionatorio por parte a un subordinado, laautoridad superior conserva la titularidad de la competenciay por el hecho de proceder la reposicin no estaramos precisamente ante una delegacin. As una forma de desconcentracin seria la administracin de justicia, tal y como lo establece el art. 228 CN, donde esgrime que la administracin de justicia ser: desconcentrado.

31. QU ES LA DELEGACIN Y COMO SE DIFERENCIA DE LA DESCONCENTRACIN?

Es lafacultad discrecional de una autoridad para transferir competencias o funciones que le son propias a los subordinados o entidades que cumplan funciones afines o similares; y se diferencia de la desconcentracin ya que se refiere esta a latransferencia de funcionesyno al de competencias(as lo diga), por lo queel delegante se reservara el derecho de reasumir en cualquier momento la funcin, debemos concluir que el delegantenunca se desprende de manera definitiva de su competencia, en cambio la desconcentracin s. La desconcentracin tambin es una lnea intermedia entre centralizacin y descentralizacin, se le atribuye competencia a un rgano subordinado, en cambio delegacin es transferencia del ejercicio de la competencia que corresponde de un ente superior a otro inferior o de igual categora, pero en forma temporal, limitada permitiendo reasumir cuando quiera.

Segn Penagos:

La desconcentracin est sometido a un control jerrquico mientras el delegatario a un control de tutela, en cambio en la descentralizacin y desconcentracin se habla de competencias permanentes no temporales.

32. CULES SON LAS CARACTERSTICAS DE LA DELEGACIN?

Anteriormente se necesitaba de una norma que la autorizara, por lo que era indelegable, solo a partir La ley 498 de 1998, se contiene una autorizacin general para delegar las funciones pblicas,salvo ciertas excepciones.

Puede delegar el presidente, ministros, directores, directores de los DD.AA, superintendentes y representantes legales de entidades descentralizadas, pueden delegar los alcaldes, gobernadores, directores o gerentes de instituciones descentralizadas de las entidades territoriales

La delegacin del presidente puede recaer como cualquier de los sujetos mencionados anteriormente, tales como lo expresa el art. 189 de la CN: expedir cartas de naturalizacin, celebrar contratos, ejercer inspeccin y vigilancia de la enseanza y instituciones de utilidad comn o sobre la prestacin de algn servicio pblico etc. as tambin se predicara de los empleados de la misma dependencia de nivel asesor o entidad que cumpla funcin similar o afn.

La delegacines un resultado del acto discrecional de la autoridad de la cual la finalidad no ser otra que el de lanecesidad de servicio, deber ser acorde a lo que se autoriza y proporcional, pero reservndose laavocacin, por lo que en cualquier momento el superior retomara su competencia cuando la necesidad o la conveniencia lo aconseje.Cuando la delegacin recaiga sobre subordinado,se har mediante un acto administrativo por escritoseindicara las funciones y asuntos especficos que se transfieren, cuando recaigan sobre otra entidad pblica se requiere de uncontrato inter-administrativo, lo cual conste de derechos, obligaciones y recurso que se delegue, (pero fue declarado exequible condicionadamente), en donde estoscontratos tienen que ser temporales (no permanentes),pero entre entidades territoriales no los puede haber(C-727 de 2000)ya que se vulneraria la autonoma de las entidades territoriales, en donde no pueden llevar a cabo funciones y competencias delegadas), tal como: la ley orgnica territorial al que delega funciones sobre proyectos estratgicos o formas asociativa como las areas metropolitanas.

No puede ser delegado lo que la CN o la ley no diga o expedicin de reglas generales, como tampoco puede haberdelegacin sobre delegacin, los recursos que proceden contra la decisin del delegante y delegatario son los mismos, primero se agota la figura de lava gubernativay solo procede elrecurso de apelacin por lo general, par el ante el inmediato superior administrativo o funcional con el mismo propsito, (con beneficio de inventario se debe mirar esto), por lo que en general se convierte en reposicin, ya que frente a los ministros, directores de los DD.AA, superintendentes, representantes legales de las entidades descentralizadas, ni los directores de los organismo autnomos, tampoco por los jefes superiores y organismos de nivel territorial, se les aplicara la apelacin, (en contrario si a los dems). Precisamente para evitar congestin en los rganos superiores.

Entre el delegante y el delegatario, habr un vinculo funcional (permanente especial) por lo que espermanente hasta que rija el acto de delegaciny es especial porque eldelegante podr revocar o reformar el acto cuando quiera (advocacin)(se parte del principio de unidad de accin administrativa del art. 209 CN). Se diferencia de la avocacin ya que la delegacin es transferencia del ejercicio de una competencia a otro rgano por mandato y la avocacin es asumir el ejercicio de la competencia del rgano inferior.

El delegado es quien responde con las decisiones que tome en virtud de las funciones delegadas en principio, (contrario a lo que se conceba antes como responsabilidad in eligendo o in vigilando), pero en otra veces la Corte ha dicho en (C-382 de 2000), queel delegado no debe asumir la responsabilidad que viene del delegante, tal como: la solo delegacin de la firma no exonera al delegante, por quepuede haber llamamiento en garanta con fines de repeticin,solidariamentecon el delegatario, fundado en el art. 90 de la CN, donde responder pordolo o culpa grave, es una medida razonable,garantizando precisamente que se cumplan los fines y cometidos estatales.

33. QU ES LA DESCENTRALIZACIN Y COMO SE DIFERENCIA DE LA DELEGACIN Y LA DESCONCENTRACIN?

Es la facultad que se le otorga a las entidades pblicas diferentes del Estado para gobernarse por s mismas, mediante laradicacinde funciones en sus manos, para que las ejerzaautnomamentey se diferencia de las otras funciones centralizadas porauto-administrarse, forma que no tienen las dems, tambin la delegacin y la desconcentracin hacen parte del sistema central de la nacin, por lo tanto siguen sometido a los poderes jerrquicos de los superiores. (Vase bien que cuando hablamos de descentralizacin lo hacemos de la administrativa, ya que las otras ramas no se predican esta). Tambin se dice que en la descentralizacin existe total autonoma en la desconcentracin existe subordinacin jerrquica atenuada, cosa que no cabe el control jerrquico en la descentralizacin. O bien como dice la corte en la desconcentracin se tipifica la descongestin pero no la autonoma, ya que al desconcentrado se le transfiere parte de una competencia a un rgano subordinado, con la finalidad de darle mayor libertad de accin en el tramite y decisin en las actuaciones administrativas sin que se rompan los vnculos jerrquicos.

34. CULES SON LAS FORMAS DE DESCENTRALIZACIN QUE EXISTEN?Son 3,territorial, por servicios y por colaboracin, pero es necesario adicionar el estudio de losesquemas asociativos territorialesregulados en el (LOOT).

35. QU ES LA DESCENTRALIZACIN TERRITORIAL?

Es ladistribucin de competenciasentre los diversosordenesde administracin o de gobierno: (como la nacin (definicin de planes, polticas y estrategias), departamento (control a la prestacin) o municipio,(prestacin de servicio)), o es la radicacin de funciones administrativas que se hacen del poder central a favor de las entidades territoriales, para que seanejercidas en forma autnoma y su propio nombre, segn lo establece el art. 286 de la CN tales como: los departamentos, los distritos, los municipios y los territorios indgenas, tambin la ley les podr dar tal carcter a las regiones y provincias.

36. CULES SON LAS CARACTERSTICAS DE LA DESCENTRALIZACIN TERRITORIAL?

Personera jurdica:(persona ficticia, capaz de ejercer derechos y contraer obligaciones civiles y de ser representada judicial y extrajudicialmente, as segn lo ceido por el art. 80 de la ley 153 de 1887 y art. 633 del CC.)

Autonoma administrativa:(es la facultad para establecer su propia organizacin dentro de lo que mande la CN o la ley, por ejemplo es facultad de los alcaldes y gobernadores: suprimir, fusionar o crear entidades y dependencias, empleos y fijar sus emolumentos).

Autonomafiscal, financiera y presupuestal:(significa contar con recurso propio, contar con los impuestos, renta, crdito, ahorro y acceder a los recursos del sector financiero segn las disposiciones del estatuto orgnico del presupuestoadoptndolas a la organizacin de la entidad territorial).(se subraya fiscal porque mucho de otros organismos no tiene o no reciben impuestos, pueden recibir tasas y otros no, por eso es difcil su incorporacin en esta caracterstica, pero se terminara colocando).

Existencia de autoridades propias:(como lo es a nivel departamental como lo es la asamblea y elgobernador, en la parte municipal lo es elalcalde, se reafirma por el art. 316 de la CN y la ley 136 de 1994, art. 86, como el de para poder ser alcalde se necesita haber nacido en el municipio o residente un ao antes, o tres aos en cualquier poca).

Atencin directa de necesidades publicasa partir de la realidad local:(est encaminada a laatencin de servicios, como es la coordinacin, funcin de control y apoyo en los casos de servicios domiciliarios).

37. QU ES LA DESCENTRALIZACIN POR SERVICIOS O ESPECIALIZADA o funcional (por otros autores)?

Son lasentidades creadas por la ley o autorizadas por esta, encargadas de atender en forma autnoma necesidades pblicas especializadas, o es la distribucin de competencias entre niveles de gobierno: Central (fijacin de polticas, como son los ministerios o DD.AA) y descentralizado (implementacin de las polticas, como las ESE, SEM o EICE)

38. CMO SE CLASIFICAN LAS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS POR SERVICIO ESPECIALIZADO?

Son entidades descentralizadas por servicios especializadasegn la ley 489 de 1998,(cuya creacin es legal)los establecimientos pblicos, las empresas industriales y comerciales del estado (EICE), las sociedades de economa mixta (SEM), las superintendencias y UAE con personera jurdica (PJ), ESE ytodas las entidades creadas por la ley para cumplir funciones administrativas, prestacin de servicio pblico, realizacin de actividades industriales y comerciales del estado, con PJ, autonoma administrativa y patrimonio propio.

Son entidades descentralizadas por servicio especializada con rgimen especial:(cuya creacin es constitucional)como son: El Banco de la Repblica (banca central), CNTV, (eliminada por el acto legislativo 02 de 2011), Corporacin Autnomas Regionales (CAR) y la CNSC (responsable de la administracin y vigilancia de la carreras de los servidores publicos segn el art. 130 de la CN).

39. CULES SON LAS CARACTERSTICAS DE LA DESCENTRALIZACIN POR SERVICIOS O ESPECIALIZADA?

Personera jurdica:(su otorgamiento se logra dependiendo de la clase de entidad, su otorgamiento depender de la clase de entidad, algunos creados por la ley y otros creados por la CN, o por autorizacin legal por cumplimiento de la general de la constitucin de las sociedades, como lo es la SEM).

Autonoma administrativa:(estos organismoscuentan con su organizacin interna, prohibiendo someter cualquier acto a la aprobacin de DD.AA, o Ministerios a la cual se encuentran adscrito, con las excepciones legales).

Autonoma presupuestal y financiera:depende de la posibilidad delogar financiar sus rentas propias, como tasas o precio,cindose as al estatuto orgnico del presupuesto.

Autoridades propias:(estar a cargo de ungerente, director o presidente, o se hablara de libre nombramiento y remocin, como en los establecimientos pblicos y EICE o alcaldes o gobernadores, de acuerdo con la SEM, cuenta con junta directivas o consejo o asamblea igual que las CAR).

Atencin de necesidades especializadas o tcnicas:(cumplir una funcin administrativa, prestar un servicio pbico o cumplir actividades de inters estatal).

Sometimiento a un control tutelar:(lo cual se diferencia del control jerrquico, propio del centralismo,por lo que estn sujetas a control poltico y a la suprema direccin del rgano de la administracin al cual estn adscrito, aun cuando gozan de autonoma administrativa.

40. QU ES LA ENTIDAD DE DESCENTRALIZACIN POR COLABORACIN?

Es eltraslado de competencias administrativas a personas naturales o jurdicas de naturaleza privada, (llamadas en el derecho alemn:organismo privados con mano publica, pero la denominacin ms apropiada seria:entes paraestatales, al lado del estado, por tener atribucin publica pero no incorporado en su cuadro administrativo). O tambin es el ejercicio de funciones pblicas por particulares.

41. CUL SON LOS ANTECEDENTES DE LAS ENTIDADES DE DESCENTRALIZACIN POR COLABORACIN?

Desde elsiglo XX,se comenz hablar en nuestro pas sobre la vinculacin de los particulares a las funciones administrativas, as ocurri con la creacin de laFederacin Nacional de Cafeteros (FNC) en 1927, comoentidad gremialde carcter privado, posteriormente con elBanco de la republica fundado en 1923, por la que se permiti ser creado como una sociedad annima con participacin del gobierno, lo cual tena injerencia privado en un principio, despus nos encontramos con la creacin de lasCmaras de comercio, como institucin de orden legal con PJ, creadas por el gobierno de oficio o por peticin de los comerciantes del territorio donde hayan yesta no solo expiden registros comerciales sino tambin tienen otras atribuciones, tales como los registros de las organizaciones civiles, corporaciones, fundaciones, juntas de accin comunal, y de mas entidades privadas sin nimo de lucro e inscripcin de los proponentes que aspirar celebrar contratos con el estado, segn lo establecido por el estatuto de contratacin estatal. As desde temprano el Decreto 01 de 1984 haba incluido la nocin de autoridad a los particulares que desempean funciones administrativas, por lo que regul los contratos especiales de concesin para otorgar a un concesionario (particular), tambinla ley 190 de 1995 crea el estatuto anti-corrupcin, donde se crea al curador urbanodonde este expide licencias de urbanismo y de construccin. De esta maneralos antecedentesse vinieron a establecer por un rgimen jurdico general de los particulares al ejercicio de funciones administrativas con la Ley 489 de 1998, por lo que cualquier funcin poda ser objeto de privatizacin,excepto las que las ley prohibiere(este aparte en cursiva declarada inconstitucional por la sentencia C-866 de 199, por la que corrigi alo que est sujeto a una ley que lo autorice,con fundamento en que pareciere que se poda ejercer todo tipo de actividades administrativas, y estos por estar vinculado a una funcin administrativaresponden igual como servidores pblicos como lo establece el art. 6 de la CN, as en suma: la calificacin desde unaperspectiva orgnica:corresponde a unaprivatizacin en la medida que se le entrega a un particular al ejercicio de una funcin administrativa, pero desde elpunto de vista material:, contenido y finalista corresponde a unaadministrativizacin de la actividad de los particulares,si se tiene en cuenta las normas jurdicas aplicables y la jurisdiccin competente.

42.CULES SON LOS PROCEDIMIENTOS Y REQUISITOS DE LAS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS POR COLABORACIN?

Se requiere de unacto administrativo por parte del ministerio o DD.AA en el caso de entidades descentralizadas por servicio, lo cual sern sometidas a la aprobacin del Presidente de la Repblica o de los ministro o DD.AA en caso de delegacin y respecto a las entidades por servicio se establecer:las funciones especificas entregadas a los particulares, calidades y requisitos, forma de ejercicio de sus funciones, termino del encargo(hasta por cinco aos), esta norma se extenda a gobernadores y alcaldes pero fue declarado inexequible ya que estos dirigen en fin la accin administrativa en su territorio. (autonoma)

Apertura de un proceso licitatorio por la escogencia del particular

Adjudicado el contrato ser suscrito entre las partes incorporado las clausulas exorbitantes.

La actividad administrativa ejercida por el particular no afecta ni cambia su naturaleza privada, pero los actos unilaterales que expida se sometern a las normas del CCA, yel ejercicio sobre sus prohibiciones, inhabilidades e incompatibilidadesles ser aplicable la ley 734 de 2002,como si fuese servidores pblico, excepto la SEM, que se rigen por el rgimen privado.

Porrazones deinters pblico o social en cualquier tiempo la autoridad podr dar por terminado unilateralmente el contrato suscrito.

La entidad administrativa en todo momento ejercercontrol y vigilancia sobre el cumplimiento de las polticas y programasy puede ejercer sobre el particular,el poder de instruccin.

43. QU SON LOS ESQUEMAS ASOCIATIVOS TERRITORIALES?.

Segn el nuevo LOOT,busca propiciar la formacin de asociaciones entre las entidades territoriales e instancias de integracin territorial,para producir economas de escala, generar sinergias y alianzas competitivas, para la construccin de objetivos de desarrollo econmico y territorial comunes.

44. CULES SON LAS ENTIDADES QUE CONFORMAN EL ESQUEMA ASOCIATIVO TERRITORIAL?Asociaciones de entidades territoriales, asociaciones de departamentos, asociaciones de distritos especiales, asociaciones de municipios, areas metropolitanas, provincias administrativas, planeacin y regiones de planeacin y gestin.

45. CULES SON LAS CARACTERSTICAS DEL ESQUEMA ASOCIATIVO TERRITORIAL?

Son entidades administrativas de derecho pblico,con PJ, con patrimonio propio e independiente de los entes que lo conforman.

Son del resultado del libre acuerdo entre entidades territoriales y tienen por finalidad la prestacin conjunta de servicios,proponen proyectos, programas en conjunto e integral de los territorios.

Contaran con los rganos de direccin y administracin que determinen las partes intervinientes(se incluir una junta directiva, en la que tendrn participacin las entidades).

No podrn generar gastos de funcionamiento de ms,del presupuesto general de la nacin, ni incrementar la planta burocrtica.

Las entidades territoriales podrn asociarse, no solo a travs de PJ asociativas sino a travs de otras modalidadestales como los contratos de colaboracin, asociacin, convenios, plan, segn lo establece el LOOT,

46. CUNTOS TIPOS DE CONTROL ENCONTRAMOS SOBRE LAS FORMAS DE ORGANIZACIN ADMINISTRATIVA?

El control jerrquico y el control de tutela, aunque existen diversos tipos de control de la funcin administrativa tales como: el poltico, el fiscal, el interno, el disciplinario y penal.

47. CMO SE EJERCE EL CONTROL JERRQUICO?Se ejerce por distintas modalidades, el superior sobre el subordinadoy se presentan en las formas de organizacin centralizada y las que se atenan tales como: la desconcentracin y la delegacin.

48. EL CONTROL JERRQUICO SOLO SE EJERCE SOBRE LA PERSONA SUBORDINADA?.

No,tambin se ejerce sobre sus actos, frente al control jerrquico del subordinado nos encontramos tales como:

El ejercicio de la facultad de libre nombramiento y remocin.

Lacalificacin del serviciopara los empleados de carrera administrativa.

Definicin de situacin administrativas(tales como el otorgamiento de licencias, comisiones etc.), y

Elejercicio del poder disciplinario

49. CMO SE EJERCE EL CONTROL JERRQUICO SOBRE LOS ACTOS?

Comopoder de instruccin, el superior dictaparmetros generalesal inferior, con miras a garantizar la coordinacin y la planeacin.

Capacidad paraaclarar, modificar o revocar la decisin del subordinado, asinterponiendo los recursos pertinentes, (recordandoen voz baja: que si es desconcentracin se toma el recurso de reposicin, y si es delegacin, los mismo recursos que el funcionario delega, pero la apelacin no son susceptible por lo general en este tipo, ya que la mayora son desconcentrados), as que terminando siendo reposicin. Y

Facultad de revocatoria directa. (la cual lo puede ejercer el superior o el que expidi el acto, para modificar o dejar sin efecto una decisin administrativa). Y a la vezes un recurso extraordinarioque se ejerce en cualquier tiempo, cuando no se haya interpuesto la va gubernativa.50. QU ES EL CONTROL DE TUTELA?

Esel control que se ejerce sobre las entidades descentralizadas, que fueron mencionadas anteriormente utsupra, tales como:

Control de tutela sobre entidades descentralizadas territoriales, control sobre entidades descentralizadas por servicios, control sobre entidades descentralizadas por colaboracin y control sobre las entidades constituidas dentro del esquema asociativo territorial.

51. CMO FUNCIONA EL CONTROL DE TUTELA SOBRE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS TERRITORIALES?

Primero que todo hay que afirmar que estecontrol se ejerce sobre los actos y se podr ejercer tambin sobre las personas.

Sobre los actos,el alcalde y el gobernador es quien ejerce el control de tutela sobre los actos de los concejos, y elgobernador lo ejerce para los ordenanzas, ya sea porque escontraria a la ley, CN o por conveniencia, se elevara laobjecin ante el tribunal administrativodel correspondiente distrito judicial administrativo,el gobernador ejerce adems control de tutela sobre los acuerdos municipales cuando sean contrario a lo que se ha dicho, y se remitir tambin ante el tribunal administrativo a los cinco dassiguientes a la sancin del alcalde, para que sea revisada por el gobernador.

Sobre las personas, el gobernador podr excepcionalmente ejercer control de tutela sobre los alcaldes, como conceder autorizacin para que salgan del pas, permiso para separarse del cargo, cesacin de funciones por interdiccin judicial y destitucin. En casos de faltas absolutas el control de tutela este mismo sobre el alcalde, y designa el alcalde del mismo movimiento y filiacin poltica, esta mismas facultades las ejerce el presidente de la respecto a los gobernadores y en relacin con el distrito de Bogot.

Por ltimo la nacin podr ejercer control tutelarsobre lasentidades territoriales(ET), a travs de convenios para laejecucin de planes y programas que se adopten para proyectos especficos que impliquen erogacin presupuestal conjunta.

52. POR QUIN ES EJERCIDO EL CONTROL DE TUTELA SOBRE LAS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS POR SERVICIOS O ESPECIALIZADA?.Primero hay que mencionar que este control es ejercidopor el presidente como mxima autoridad administrativa, ypor los ministros y directos de los DD.AAcon objeto deasegurar y constatar las actividades y funciones de los organismos y entidades que cumplen una poltica gubernamental.

53. CMO FUNCIONA EL CONTROL DE TUTELA SOBRE LAS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS POR SERVICIOS O ESPECIALIZADA?

El control sobre estas entidadesse ejerce igualmente sobre las personas de los funcionarios y sobre sus actos

Con respecto a las personas,el presidente decide quien designar o remover,ya sea director, gerente y a personas que vayan a desempear empleos nacionales. (cuya correspondencia no sea de merito). Igual los titulares de los ministerios, DD.AA o la cual se encuentra adscrita o vinculada (tambin lo harn las filiales). En las decisiones no se encuentran sometidas a la aprobacin de las que se encuentras adscritas salvo en temas presupuestales, tales como: en los establecimientos pblicos, ya que su presupuestose encuentra ancorado al presupuesto general, en cuanto a las empresas industriales y comerciales del estado, aquellas cuyo capital ascienda el 90%, lo cual debe ser aprobado por el Consejo superior de Poltica Fiscal (CONFIS), de igual manera las ESE y los empresas de servicio pblico domiciliario oficiales y mixtas. (Segn el Estatuto Orgnico Presupuestal).

Con respecto a los actos,mediante la suscripcin de convenios celebrados por esta clase de entidades y el ministerio o DD.AA a la cual se encuentren adscritos, lo cual se determinara las obligaciones y compromisos, para su ejecucin, para garantizar la eficiencia y eficacia de la gestin de los recursos presupuestales, para el buen desempeos en las entidades.

54. CMO SE EJERCE EL CONTROL SOBRE LAS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS POR COLABORACIN?

Van desde la exigencia de garantas,hasta la determinacin que deben cumplir con respectivo contrato, el ejercicio del poder de instruccin, la aplicacin de procedimientos gubernativos de los actos que este expida, como las potestades excepcionales de terminacin, modificacin e interpretacin unilateral y caducidad administrativa, ceido por la Ley 80 de 1993,sin perjuicio de otro tipo de control como es la disciplinariaceido en la Ley 734 de 2002, lo cual es aplicado a los particulares que cumplen funciones administrativas.

55. CMO SE EJERCE EL CONTROL SOBRE LAS ENTIDADES CONSTITUIDAS DENTRO DEL ESQUEMA ASOCIATIVO TERRITORIAL?

Tratndose de entidades con PJ, se encontrara ceida a lo establecidoen acto de asociacin,como es en la forma de designacin del representante legal o los lmites de su autorizacin para contratar o comprometer recursos de la entidad.

56. CMO EST CONFORMADA LA ESTRUCTURA DE LA ADMINISTRACIN PBLICA EN COLOMBIA?

Est integrada por entidades de orden nacional y territorial y la administracin nacional a su vez est compuesta porun sector central y descentralizado.

Por tanto que el congreso ha determinar los principios de carcter general que demarcan la competencia funcional, por tal cosasel presidente tendr que desarrollarla, por lo que la ley que expide el congreso no puede tan restringida como para invadir su campo ni tan amplia para que no se deje a campo de la arbitrariedad, por lo que el acto de creacin de una entidad u organismodeber fijar sus objetivos, establecer su estructura orgnica, como el rgimen jurdico, patrimonio y direccin, ordenar el soporte presupuestal, la disolucin se podr dar por que haya perdido su razn de ser, por duplicidad de objetivos, cuando se pierda la competencia como resultado de una descentralizacin, entre otros, en caso de modificacin, deben tener funciones especificas, debern adoptarse nuevas plantas de personal entre otros

57. QU PODEMOS ENCONTRAR DENTRO DE LA ESTRUCTURA NACIONAL CENTRAL?

Presidencia de la Repblica: monocratico, elegido cada cuatro aos, hasta un periodo ms, existe juicio poltico, el ejecutivo no tiene facultad de disolver el congreso, hay predominio del ejecutivo sobre los dems rganos, porque conjunta las condiciones de JE, JG y suprema autoridad administrativa, as el presidente tiene a cargo la direccin, coordinacin y control de todos los organismos y entidades de larama ejecutiva del poder pblico, por la cual puede delegar en quien sea o directamente una funcin,la presidencia opera como DD.AA de naturaleza especial, lo cual se integran los servicios auxiliares del presidente (como el despacho del presidente, del vicepresidente, del director del departamento, del subdirector, o asesora y coordinacin), el Director del DD.AA de la presidencia podr asistir al presidente, servir de enlace, estudiar asuntos, vigilar cumplimientos, firmar los decretos entre otras

Vicepresidencia: ser elegido en la misma frmula del presidente, y puede remplazarlo en faltas absolutas o temporales o cumplir las misiones que le encargue este,este es uncargo pblicolo cual se encuentra establecido en la CN, que solo el presidente puede asignarlas y no el congreso, puede ejercer misiones que le confi el presidente, asesora al presidente en DD.HH, asesorar, presentar, apoyar, realizar, participar en foros, conferencias, reuniones de la lucha contra le extorsin y el secuestro.

Consejos Superiores de la Administracin (CSA):constituye verdaderos comits intersectorialesque buscan a travs de lineamientos generales coordinar las acciones en aquellas actividades que involucra la gestin de diversos organismos y entidades administrativas, esta por ejemplo el Consejo Nacional de Acreditacin, que es la encargada de orientar el proceso de acreditacin y recomendar al ministerio de educacin acreditar los programas que lo merezcan, est el (CONPES), Consejo Nacional de Poltica Econmica y Social, mxima autoridad en materia de planeacin y es asesor al gobierno en todos los campos de desarrollo econmico y social del pas o tambin est el (CONFIS) Consejo superior de Poltica Fiscal, adscrito al Ministerio de Hacienda, es el rgano rector de la poltica fiscal y coordina el sistema presupuestal.

Ministerios:la ley es la que determina su nmero y su orden de precedencia, actualmente son 16, el orden de precedencia no constituye criterio, su aplicacin radica a llenar los vacios presidenciales en los casos que falte el vicepresidente,los ministros son de libre nombramiento y remocin,integrados todos forman el consejo de ministros(el presidente designa su funcin y la ley, tal como el fondo interministerial de los recursos),los ministerios cumplen dos funciones, una es poltica:(como vocero del gobierno ante el congreso, presentan leyes, informes del congreso, asistir a las citaciones que hace el congreso entre otras)y la otra es administrativa:(preparar los decretos que debe dictar el presidente, cumplir las funciones y atender los servicios, presidir o actuar como miembro de consejos superiores de la administracin y junta directiva de institutos descentralizados, celebrar contratos, participar en proceso contra la nacin, control de tutela del sector descentralizado a lo que se encuentre adscrito o vinculado entre otros), en la ley se prevlas funciones la estructura ministerial que est compuesta por unidades tales como la de direccin, asesora o coordinacin, unidades operativas, o especiales, la funcin del viceministro esta tal como, suplir las faltas del ministro, asesorar al ministro, asistirlo, cumplir las funciones que le delegue, estudiar los informes, entre otros, los del director de las unidades ministeriales esta tales como:vigilar y coordinar el trabajo de su dependencia, rendir informes de sus dependencia, proponer medidas entre otros.

Departamentos Administrativos (DD.AA):son organismos que estn ubicados dentro de la misma categora de los ministerios pero que ejercen unaactividad tcnica o administrativa, existen departamentos administrativos tales como DANE, COLCIENCIAS (establecimiento pblico que se convirti en DD.AA), DNP, accin social que se convirti en DD.AA para la prosperidad social y el DAS, se convirti en Direccin nacional de inteligencia sigue bajo naturaleza de DD.AA, los DD.AA se rigen por las normas que los crean, cuenta con un director un subdirector, lo cual ejercen las mismas funciones que los ministro y viceministros.

58 CULES SON LAS PRINCIPALES DIFERENCIAS ENTRE LOS MINISTERIOS Y DD.AA?

Los ministerios desempean unafuncin poltica y administrativa, los DD.AA administrativa pero tienen una funcin mas especifica,tcnica o especializada

Los directores de los DD.AAno corren a llenar losvacosde la presidencia, solo lescorresponde a los ministros.

Los ministros actan comovocero del gobierno

Los ministros son llamados a lasplenarias de la cmara y la comisiones permanentes,

Los directores de los DD.AA solo a lascomisiones permanentes.

Por lo dems los ministros y directores de los DD.AA comparten los requisitos para el ejercicio del cargo, son jefes de la administracin en sus respectivas dependencias,sus decisiones no son susceptibles de apelaciny tiene la obligacin de presentar al congreso dentro de los quince das de legislatura, el informe sobre el estado de los negocios que tenga adscrito y la reforma que estimen convenientes.

59. QU SON LAS SUPERINTENDENCIAS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALESSIN PJ, Y COMO ESTN ORGANIZADAS, SEGN SUS ACTOS, OBJETO, CREACION, CONTRATOS, RGIMEN LABORAL, PRESUPUESTAL Y PRIVILEGIOS?

Superintendencias y Unidades administrativas especiales (UAE), sin PJ:ambos son creados por la ley, la superintendencia sin PJ,El primer antecedente de este tipo de institucin data de 1923 con la SuperBancaria hoy SuperFinancieraest encargada de cumplir por delegacin las funciones de inspeccin y vigilancia de la prestacin de servicios pblicos, inspeccin vigilancia y control sobre las personas que ejercen actividades burstiles, financieras, aseguradoras o de inversin de recurso captados del pblico, as a las entidades cooperativas y sociedades mercantiles, porque la CN le confiere a presidente, pero por ser tan cargada su facultad se las delega a este, como no tienen PJ no forman parte del sector descentralizado por servicios sinosolo de la estructura central nacional, en cuanto la (UAE) sin PJ o con PJ, tiene a cargo el desarrollo de actividades propias de un ministerio o DD.AA que por su especialidad requieren estar sometidas a un rgimen especial que le garantice mayor autonoma administrativa y presupuestal,surge tambin como necesidad de la administracin para ejecutar programas propios con cooperacin externa. (Tal como las comisiones de regulacin, el museo nacional o la biblioteca nacional)Son unidades y superintendencias sin PJ, tales como: la comisin de regulacin de agua potable y saneamiento bsico adscrita al ministerio de desarrollo econmico, comisin de telecomunicaciones, comisin de regulacin de energa y gas adscrita al ministerio de minas, la contadura general de la nacin entre otras, y de las superintendencias encontramos la SIC, la de vigilancia y seguridad privada y puertos y transportes.

60. QU SE DIFERENCIA DE UNA ENTIDAD ADSCRITA DE UNA ENTIDAD VINCULADA?En los actos de creacin as se debe determinar, y se explica en que losorganismos vinculadosreciben una clase de relacin con la administracin central, en elsentido de mayor autonoma respecto de otra, comparativamente con la situacin de lasentidades adscritas, (son entidades adscritas: establecimientos pblicos, superintendencias con PJ, UEA con PJ, y ESES), (son entidades vinculadas: EICE, SEM, Institutos tecnolgicos y cientficos y ESP).

61. QUE SON LOS ESTABLECIMIENTOS PUBLICOS Y COMO ESTN ORGANIZADAS, SEGN SUS ACTOS, OBJETO, CREACION, CONTRATOS, RGIMEN LABORAL, PRESUPUESTAL Y PRIVILEGIOS?

Establecimientos pblicos:son organismos creados por la ley a nivel nacional, (se puede crear seccionales en otros territorios) encargados principalmente de (objeto):atender funciones administrativas y prestar servicios pblicos conforme a la reglas del derecho privado,tiene personera jurdica, autonoma administrativa(junta directiva, lo que dicta sus estatutos, establecer su propia planta de personal, vacaciones, emolumentos, permisos, horarios),tiene patrimonio independiente(constituidos de fondos pblicos, de impuestos, rentas, tasas, ingresos propios o contribuciones de destinacin especial), la direccin y administracin estar a cargo de un consejo directivo (se permiten particulares, no quiere decir que sean empleados pblicos) y un director, gerente o presidente (nombrado por el presidente y nombramiento y remocin) (empleados pblicos) (rinde informes al ministro o al director del DD.AA a la cual se encuentre adscrito), son presididos por el ministro o el director del DD.AA a la que se encuentra adscrito,su rgimen de sus actos son de carcter administrativos, dispuesto por el CCAy susconflictos se resuelven ante lo contencioso administrativo, el rgimen de contratos se har por medio de la ley 80 de 1993,su autonoma presupuestallo hace decobertura de primer nivel segn el (EOP),(recursos pblicos, impuestos, tasas rentas, contribuciones),por lo general como dije son empleados pblicos,con excepcin de los trabajadores oficiales que estn vinculados por ejercer actividades tales como la construccin y el sostenimiento de obras pblicas, las prerrogativas de estos son iguales a los dems organismos administrativos por tal le reconoce la nacin,(como los beneficios tributarios).Pertenecen a entidad tales como: SENA adscrito al ministerio de trabajo, INPEC adscrito al ministerio de justicia, ICA adscrito al ministerio de agricultura o el ICBF adscrito al DD.AA para la prosperidad social.

62. QUE SON LAS EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL ESTADO (EICE) Y COMO ESTN ORGANIZADAS, SEGN SUS ACTOS, OBJETO, CREACION, CONTRATOS, RGIMEN LABORAL, PRESUPUESTAL Y PRIVILEGIOS?

Empresas industriales y comerciales del estado (EICE):son organismos creados por la ley o autorizados por esta, (la ley a nivel nacional expedidas por el congreso), esta harn segn su nombre lo indica (EICE) y harn gestin econmica yse les aplicara las normas de derecho privado (cuando ejercen funciones propias de los particulares), se dirime ante la jurisdiccin ordinaria cuando esto sucede) salvo excepciones legales, (como en el ejercicio de funciones administrativas se les aplica el CCA), en rgimen de contratos se les aplicara la ley 80 de 1993 con excepcin como la fiducia, obras pblicas, prestacin de servicio, seguro etc.. ,el objeto es desarrollar actividades industriales y comerciales y gestin de negocios, ejercen funciones que son propias de los particulares y no del estado de eso se diferencia de los establecimientos pblicos, es decir se ejercen con nimo de lucro para obtener utilidades para beneficio de la empresa,consta esta de PJ, autonoma administrativa y financiera, su capital podr tener cuotas o accin de valor nominal, esta cargo de un gerente o presidente y de su junta directiva,es elegido por el presidente por libre nombramiento y remocin, (sus rganos de direccin son los mismos que el de establecimiento pblico) forman parte del segundo nivel de cobertura del (EOP),(es decir esperan el cumplimiento de metas financieras y distribucin de excedentes financieros, estn sometidos a los principios presupuestales, excepto la inembargabilidad), patrimonio propio, totalmente pblico, tiene capital independiente constituido de fondos pblicos comunes, productos del rendimiento de tasas y contribuciones, (funcin pblica):susservidores son trabajadores oficiales vinculado por medio de contrato laboral(por general), con excepcin que desempean funciones de direccin y confianza que son empleados pblicos, gozan de privilegios y prerrogativas, que la CN, la ley les confiere a la nacin y a las entidades territoriales, lo nico es que se extrae tal calidad cuando compitan con empresas privadas por razn de su objeto. Son de esta entidad tales como: SATENA, INDUMIL ambas vinculadas al ministerio de defensa.

63. QU SON LAS SUPERINTENDENCIAS Y UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALESCON PJ, Y COMO ESTN ORGANIZADAS, SEGN SUS ACTOS, OBJETO, CREACION, CONTRATOS, RGIMEN LABORAL, PRESUPUESTAL Y PRIVILEGIOS?

Superintendencias con PJ:son organismos creados por la ley,lo cual hacen parte del sector descentralizado por servicios (que lo hace distinto a las sin PJ), cuya funcin esla inspeccin y vigilancia atribuidas por la misma ley, como la supersociedades o mediante delegacin que haga el presidente como la SIC sin PJ, son superintendencias con PJ: la superintendencia Bancaria, vigilancia de los crditos y bancos, la superintendencia de sociedades: conceder patentes.Estas superintendencia con PJ, cuentacon autonoma administrativa y patrimonial, la direccin de las superintendencias est a cargo del superintendente, se sujetan al rgimen jurdico (RJ), contenido en la ley que los crea y en lo no previsto por ella, en rgimen de establecimiento pblico (que sera normas de derecho pblico, CCA, y la ley 80 de 1993), el total de su patrimonio es pblico, y surgimen de presupuesto es de primer nivel segn el estatuto orgnico del presupuesto (EOP).Haciendo la reiteracin tienen personera jurdica: la financiera adscrita al ministerio de hacienda, notariado y registro adscrita al ministerio del interior, la de servicios pblicos adscrita al ministerio de desarrollo econmico, sper salud adscrita al ministerio de salud, sper sociedades adscrita al ministerio de industria y comercio y la de economa solidaria adscrita al ministerio de hacienda.

Unidades administrativas especiales (UAE) con PJ:tiene casi igual estructura que las superintendencias con PJ, por eso no hablare de ella detalladamente,pero son organismos creados por la ley,con autonoma administrativa y financiera, cumplen funciones para ejecutar programas de un ministerio o DD.AA como es el caso de las superintendencias, por lo tanto como las dos tienen PJ, son parte de las entidades descentralizadas por servicios, si carecieran de esta solo fueran parte del sector central entre ellas podemos destacar a la aeronutica civil (AEROCIVIL) adscrita al ministerio de transporte, la contadura general de la nacin adscrita al ministerio de hacienda (con PJ), la DIAN adscrito al ministerio de hacienda, la Universidad militar nueva granada adscrito al ministerio de defensa, tambin concebida como universidad pblica, La agencia nacional para la superacin de la pobreza extrema adscrita al DD.AA para la prosperidad social o La agencia presidencial de cooperacin internacional de Colombia adscrito al DD.AA de la presidencia de la republica; (por lo que la ley 489 de 1998 no estableci normas especificas, por lo que la estructura interna es la que se defina para cada una de ellas en la ley de creacin o en los decretos de reestructuracin, en lo no previsto en ella se ceir al rgimen de los establecimientos pblicos) tampoco esta ley consagro sus funciones generales y sern las previstas en las normas de creacin y organizacin.

64. QUE SON LAS EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO (ESE) Y COMO ESTN ORGANIZADAS, SEGN SUS ACTOS, OBJETO, CREACION, CONTRATOS, RGIMEN LABORAL, PRESUPUESTAL Y PRIVILEGIOS?

Empresas sociales del estado (ESE):son creados por la ley a nivel nacional o por la asamblea a nivel departamental o por lo consejos a nivel municipal, (por la cual constituye una categora especial de entidad pblica descentralizada),consta este de PJ, autonoma administrativa, patrimonio propio, sujeta a control fiscal, consta de un gerente (empleado pblico), nombrado por el jefe de la entidad territorial, de una terna enviada por la junta directiva (ejercer funciones de direccin, planeacin y control) por medio de concurso hecho en la universidades o entidades de educacin superior, por certificacin hecha por la (CNSC), la junta directiva es elegida por un tercio del sector poltico administrativo, cientfico de la salud y por la comunidad, su organizacin interna consta de:(rea de direccin) que es la integrada por la junta directiva y el gerente,(rea de atencin)al usuario que es la encargada de la prestacin de salud y la(rea de logstica)que se encarga de los recursos humanos, financiacin fsica y mantenimiento de planta fsica y su dotacin),el rgimen de sus actos son de derecho administrativo, los contratos se dirimen ante las normas comerciales y civiles(como las no relacionadas con la salud) pero podr haber excepciones y se harn ante lo contencioso administrativo cindose de la ley 80 de 1993 (como construccin de obras, concesin de servicios pblicos, consultora, fiducia publica, o contratos con la administracin o funcionamiento de la entidad, se seguir la ley 80 de 1993),independientemente de su rgimen aplicable sus conflictos se dirimen ante la jurisdiccin CCAse rgimen presupuestal est consagrado dentro del (EOP) para las EICE,el cual puede ser adecuado a su objeto social,el patrimonio es totalmente pblico, (Estn sujetos a control fiscal) ,por general son empleados pblicos(carrera administrativa como la junta), hay empleados de libre nombramiento y remocin y el gerente que por periodo, y estn los trabajadores oficiales que son los que hacen mantenimiento de la planta fsica hospitalaria o servicio generales. Gozan de prerrogativas como cualquier organismo administrativo, gozan de beneficios tributarios que la ley les otorga a los establecimientos pblicos.

65. QUE SON LAS EMPERESAS DE SERVICIO PUBLICO (ESP) Y COMO ESTN ORGANIZADAS, SEGN SUS ACTOS, OBJETO, CREACION, CONTRATOS, RGIMEN LABORAL, PRESUPUESTAL Y PRIVILEGIOS?

Empresas de servicio pblico de naturaleza oficial:(nos referimos a la oficial pero no quiere decir que se excluyan las privadas y mixtas, ya que en sentencia (C-736 de 2007), se dijo que las anteriores tambin lo son por su calidad de prestacin de servicio o realizacin de EICEson creados por la ley 142 de 1994 como sociedades por acciones, se constituye como acuerdo societario elevado a escritura pblica y registrado en la Cmara de comercio y se necesita autorizacin de los consejos municipales,el objeto de esta es prestar servicio pblico domiciliario, constade PJ, autonoma administrativa y patrimonio propio establecido en sociedades por acciones, est integrado por un gerente o director, junta directiva o una asamblea general, la constitucin y actos de todas las ESP,se regirn exclusivamente por la reglas del derecho privado (cdigo de comercio por ser precisamente una sociedad y se tratan como sociedad annima, y estn indicados tambin segn lo que diga los estatutos) con excepto que diga la ley como las condiciones uniformes, los derechos de peticin, cuando la comisin de regulacin as lo incluya, los contratos de las ESP con la entidades territoriales. Los contratos que se refieran a la prestacin de servicios, (contrato-empresa, usuario) no estn sujetos a la ley 80 de 1993 sino a las normas de derecho privado como norma general, con excepcin de las casos dichos y adems cuando exista clausulas excepcionales y se dirimir segn la jurisdiccin de CCA, (se presenta doble rgimen), lo mismo para las mixtas y privadas, estn sometidas a la jurisdiccin CCAel rgimen de presupuestoes de segundo nivel de aplicacin del (EOP),la totalidad del capital es pblico, (habr control fiscal sobre cualquiera de las tres, ya que se sobre entiende que el capital es publico),son empleados pblicos lo que desempean cargos de direccin, confianza o manejo conforme a sus estatutos, y trabajadores oficiales(los dems),que prestan sus servicios a las empresas de servicio pblico, las privadas o mixtas estn sometidas al CST, las ESP gozan de prerrogativas o privilegios tales como: el uso del espacio pblico, ocupacin temporal de inmuebles, promover constitucin de inmuebles, enajenacin forzosa de los bienes, para todo esto estarn sujetos a la jurisdiccin de lo CCA, sobre la legalidad de sus actos y responsabilidad por accin u omisin en el uso de tales derechos.

66. QUE SON LAS INSTITUCIONESCIENTFICASYTECNOLGICASY COMO ESTN ORGANIZADAS, SEGN SUS ACTOS, OBJETO,CREACIN, CONTRATOS, RGIMENLABORAL, PRESUPUESTAL Y PRIVILEGIOS?

Instituciones cientficas y tecnologas:cuyo objeto es brindar formacin profesional integral, realizar investigacin cientfica y tecnolgica y desarrollar soluciones en el rea ya sea como de telecomunicaciones, minera o energticaetc... Tal como Geominas o Telecom,estas se rigen por la normas de los establecimiento pblicos y/o UAE,que son de su objetoaunque se consideren entidades descentralizadas por servicio,sin embargo en materia contractual estos se encuentran parcialmente excluidos por la ley 80 de 1993, por lo que se someten cuando se tratan de investigaciones sobre convenios de cooperacin a los requisitos de validez y celebracin propia de la contratacin entre particulares(en todo caso, en el acto administrativo que de inicio al proceso, la entidad justificara la contratacin que se pretenda realizar en aplicacin de esta causal), por lo que se rigen por las normas del derecho privado, lo cual no obsta para que forman parte de la rama ejecutiva, a semejanza con EICE y las SEM, que como sabemos tambin se rige por el derecho privado, pero igualmente hace parte de la administracin pblica,su rgimen presupuestal implica pago de impuestos siempre y cuando haya erogacin de recursos pblicos.

67. QU SON LAS SOCIEDADES DEECONOMAMIXTAS (SEM)Y COMO ESTN ORGANIZADAS, SEGN SUS ACTOS, OBJETO,CREACIN, CONTRATOS, RGIMENLABORAL, PRESUPUESTAL Y PRIVILEGIOS?

Sociedad de economa Mixta (SEM):son organismos autorizados por la Ley, o creados por autorizacin legal, mas no de creacin legal, constituido bajo la forma de sociedades comerciales con aportes estatales y de capital privado, que desarrollan actividades naturaleza EICE conforme a la reglas del derecho privado, salvo lo que diga la ley,el objeto es desarrollar actividades propias de las EICE con nimo de lucro, conforme a la reglas del derecho privado, cuentacon PJ, autonoma administrativa, capital pblico, privado y autonoma financiera, cuando se expresa que cuenta con la sola participacin de capital pblico y privado no convierte esta en una SEM,sino que es necesario adems la autorizacin legal, ordenanza o acuerdo,se requiere adems de la celebracin de un contrato de sociedad (art. 98 CCO) por parte del estado y sus entidades y de los particulares que van a participar en nueva entidad, se rige los contratos por el CCO y requiere solemnidad publica y registro ante la Cmara de comercio, tiene igual la misma estructura que una sociedad comercial, asamblea o junta de socios, junta o consejo directivo, representante legal, (que tiene la denominacin de gerente o presidente), la representacin de la acciones que posee las entidades pblicas o la nacin es una SEM corresponde al ministro o al jefe del DD.AA a cuyo donde se vinculada la sociedad, el capital de SEM se encuentra vinculada por aporte del sector pblico o privada sin importa el porcentaje, los actos se someten a los normas del derecho privado y ante la jurisdiccin ordinaria ycuando la ley les confiere ejercicio administrativa se remitirn a las normas del derecho pblico y se har ante la jurisdiccin CCA, cuando el capital de la SEM es superior al 90% sus servidores se someten al rgimen de las EICE, lo mismo sucede con el capital estatal es superior al 50% no hay mayor diferencia, los contratos se harn por medio de la ley 80 de 1993 igual que la de superior a las 50%,el presupuesto es de segundo nivel, las que son superior al 50% no le son aplicables las normas del (EOP, pero para los superiores a 90% si. (la nica diferencia es presupuestal). Para el capital superior al 90% y 50% sus servidores pblicos son trabajadores oficiales con excepto de los que ejercen funciones de direccin, y confianza que son empleados pblicos, otra cosa distinta pasa cuando el capital estatal es inferior al 50% los contratos de la ley 80 de 1993 no le son aplicados sino las normas del derecho privado, el presupuesto no es aplicable de las normas del (EOP), y sus trabajadores estn sometidos al CST, y como ultimo la SEM no gozan de prerrogativas ni privilegios por regla general.

68. QUE SON LAS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS INDIRECTAS (EDI) O DE SEGUNDO GRADO Y COMO ESTN ORGANIZADAS, SEGN SUS ACTOS, OBJETO, CREACION, CONTRATOS, RGIMEN LABORAL, PRESUPUESTAL Y PRIVILEGIOS?

Entidades descentralizadas indirectas (EDI):ode segundo grado,(llamado tambin las asociaciones y sociedades pblicas), son aquella en las cualesconcurren dos o ms entidades descentralizadas en su creacin, (que no nace de la ley sino de la voluntad asociativa de dos entes pblicos, entre si o con particulares), pueden sercon nimo de lucroen los casos de asociacin de EICE osin nimo de lucrocomo asociaciones o fundaciones entre entidades pblicas o de carcter mixto,se someter al rgimen del EICE pero su constitucin se har por escritura pblica, y la que tenga ms participacin ser la matriz y la otra la filial, se organizan como sociedades comerciales segn el CCO (los actos y contratos tambin especialmente a lo relacionado con los actos de la empresa), solo en caso en que haya participacin particular se someter al rgimen de las SEM, yel control de tutela lo har la misma EICE con participacin mayoritaria,(con miras a garantizar los actos empresariales, sus planes y programas) constituidos en el acto de constitucin, requieren autorizacin legal en su defensa acuerdo o ordenanza, Un ejemplo de esta es la empresa nacional de renovacin y desarrollo urbano SAS, vinculada al DD.AA de la presidencia de la republica,las entidades indirectas sin nimo de lucro, estarn sometidas ya no a las normas del CCO sino las del CC, aqu las entidades pueden suscribir convenios de asociacin decarcter interadministrativo, solo bastara la autorizacin legal tambin, acuerdal o ordenanzal , escritura pblica e inscripcin en la Cmara de comercio, los convenios tambin se podrn suscribir con particulares siempre y cuando no constituyan donacin o auxilio exceptundose solo cuando sea programas de inters general. (En el acto de constitucin, se incluye los objetivos y actividades de cargo, aportes, reserva presupuestal, participacin de los asociados, sostenimiento y funcionamiento, integracin de los rganos de direccin y administracin).

Segn Libardo Rodriguez:

Las fundaciones se diferencian de las asociaciones o corporaciones sin nimo de lucro en que las primeras estn constituidas nicamente por un conjunto de bienes afectado a un finalidad de utilidad comn o de inters pblico o social, mientras que las segundas obedecen, adems, a una agrupacin de personas, es decir que en la fundacin no hay personas asociadas sino simplemente un conjunto de bienes dotados de PJ y afectados a una finalidad pblica o social.

69. QUE OTRAS ENTIDADES ADMINISTRATIVAS NACIONALES CON PJ QUE CREE, ORGANICE O AUTORICE LA LEY PARA QUE FORMEN PARTE DE LA RAMA EJECUTIVA DEL PODER PBLICO?

En esta estn las agencias, autoridades y ESP de caracteres privados y mixtos con participacin estatal, con las mismas autonomas: administrativas, financieras y presupuestales.

70. QUE SON LAS AGENCIAS Y AUTORIDADES Y COMO ESTN ORGANIZADAS, SEGN SUS ACTOS, OBJETO, CREACION, CONTRATOS, RGIMEN LABORAL, PRESUPUESTAL Y PRIVILEGIOS?

Las agencias:son organismos descentralizados de naturaleza especial,con PJ sujetos al rgimen de adscripcin, tiene un consejo directivo yun presidente de libre nombramiento y remocin escogido por el presidente de la republica,su rgimen jurdico general y de creacin se cie por los establecimiento pblico,aunque en la prctica se asemejen a UAE con PJ, como ocurre con la Agencia Colombiana para la Integracin de personas y grupos alzados en armas, esta tambin la agencia nacional de minas, adscrita al ministerio de minas, agencia nacional de hidrocarburos lo cual se convirti de UAE sin PJ a agencia (al sector descentralizado) o la agencia de infraestructura la cual era un establecimiento pblico y se transformo a agencia como INCO.

Las autoridades:la autoridad nacional de acuicultura y pesca, entidad descentralizada de la rama ejecutiva decarcter tcnico y especializado con PJ, autonoma administrativa y presupuestal,con patrimonio propio adscrita al ministerio de agricultura y desarrollo rural,cuyo objeto es ejercer la autoridad pesquera y agrcola del pas, funcin que era del INCODER y del ministerio de agricultura. (Ejemplo de esta, tal como la nueva autoridad Nacional de Televisin (ANTV) que reemplaza a la Comisin Nacional de Televisin (CNTV), las funciones de esta ltima entidad sern repartidas en tres entes estatales que regularn las televisin pblica y privada del pas, como:Fortalecer la vigilancia y el control de los operadores de televisin,Establecer la normatividad frente a los temas de competencia, eficiencia y prestacin del servicio, entre otros.

71. CULES SON LOS ENTES PBLICOS CON NATURALEZA NICA?

Los fondos de garanta de instituciones financieras (FOGAFYN), fondos de garanta de entidades cooperativas (FOGACOOP) y central de inversiones.Se regirn nicamente por estatuto orgnico financiero (EOF),por las normas del derecho privado, los estatutos de la entidad que por su naturaleza al fondo no le es aplicable el rgimen de las entidades del sector pblico del orden nacional, por lo que tampoco poseen prerrogativas ni privilegios.

72. QUE ES EL BANCO DE LA REPUBLICA COMO ENTIDAD AUTONOMA Y COMO ESTN ORGANIZADAS, SEGN SUS ACTOS, OBJETO, CREACION, CONTRATOS, RGIMEN LABORAL, PRESUPUESTAL Y PRIVILEGIOS?

Banco de la republica:Es un rgano estatal de rango constitucional regido por la ley 31 de 1993, su objetoes actuar como banca central y estar organizada como PJ de derecho pblico, se encarga de la emisin de la moneda legal, su denominacin y valor, se encarga de los prestamos de crdito, facilita pagos al exterior, adems de las funciones cambiarias, monetaria y crediticias,tienen PJ de derecho pblico, autonoma administrativa, patrimonial y tcnica y est sujeta a un rgimen legal propio, la direccin est a cargo de una junta directiva y un gerenteque es elegido este ultimo por la junta directiva por periodo de cuatro aos y se puede reelegir por dos periodos adicionales, la junta directiva est integrada por siete miembros, el ministro de hacienda, el gerente del banco y el consejo de administracin, que son designados por el presidente de la republica por periodos de cuatro aos,los actos generales proferidos por este son de carcter administrativo y deben publicarse en el boletn del banco y los actos particulares en ejercicio de funciones administrativas se somete a las normas del CCA, en la CN, en la ley de 1992 y los estatutos, los rgimen de los contratos, suscritos de descuento y redescuento se rigen por normas de cdigo de comercio (CCO) y las expedidas por la junta se rigen por las normas del cdigo de comercio y las suscritas con entidades pblicas son interadministrativos por la disposicin de la ley 80 de 1993 y los dems por las normas de derecho pblico,, su rgimen presupuestales de primer nivel del (EOP),totalmente pblico,los empleados pblicos son los de direccin, salvo el ministro de hacienday los empleados de confianza son trabajadores oficiales regidos por el CST, no afirma nada de prerrogativas ni privilegios, pero igual la CN y la ley se los confiere por ejercer funciones administrativas.

73. QUE SON LAS COPORACIONES AUTONOMAS REGIONALES (CAR) Y CORMAGDALENA Y COMO ESTN ORGANIZADAS, SEGN SUS ACTOS, OBJETO, CREACION, CONTRATOS, RGIMEN LABORAL, PRESUPUESTAL Y PRIVILEGIOS?

Corporaciones autnomas regionales (CAR):es creado por la ley, mediante autorizacin expresa de la CN, (no estn adscritas ni vinculadas a ningn ministerio o DD.AA, gozan de autonoma),est integrado por las entidades territorialesque por sus caractersticas constituyen geogrficamente un mismo ecosistema, este es un ente corporativo de carcter pblicocuyo objeto es la ejecucin de polticas, planes y programas sobre el medio ambiente y los recursos naturales renovables , adems busca dar cumplimiento a las directrices expedidas por el ministerio de medio ambiente,consta de PJ, autonoma administrativa, financiera y autonoma propia, tiene una asamblea corporativa,(rgano principal de direccin) y un consejo directivo, (rgano de administracin) y un director designado por el consejo directivo,estn sometidos a las normas de derecho pblico y en particular se rigen por las disposiciones del cdigo de recursos naturales y la ley 99 de 1993.,su rgimen de presupuesto est dado por el primer nivel de (EOP), el total de su patrimonio es pblico,sus servidores son empleados pblicos, tiene privilegios y exorbitancias o privilegios contenidas en la ley.Adems de la CAR ordinarias, podemos hablar deCORMAGDALENAque es una creacinnetamente constitucional, encontrndose en el art. 331 CN cuyo objeto es laconservacin y recuperacin del rio grande la magdalena, aprovechamiento y proteccin del medio ambiente(ms amplio que las otras CAR), regulada por la ley 161 de 1994 esta CAR, fue organizada como un ente corporativo especial del orden nacional,con autonoma administrativa, presupuestal y financiera dotado de PJ,lo cual funciona como EICE sometidas al rgimen de sociedades annimas, (segn Penagos: podrn constituir SEM para vincular el capital privado al cumplimiento de actividades econmicas rentables), su composicin interna est integrada igual que las otras CAR, asamblea corporativa, compuesta por un delegado del presidente, ministro de medio ambiente, agricultura, transporte y director del DNP, el gerente de HIMAT y un delegado del presidente de ECOPETROL entre otros y los once gobernadores y alcaldes, incluyendo los directores de las diferentes CAR, de los departamentos ribereos, posee junta directiva, el director ejecutivo es designado por la junta directiva de la lista elaborada por el presidente,el rgimen jurdico de sus actos son de derecho pblico, excepto las que corresponde de naturaleza de EICE, por lo que el rgimen ser privado si efectan estos negocios jurdicos,sus servidores son empleados pblicos, excepto lo que de sostenimiento y mantenimiento que sontrabajadores oficiales (T.O)

74. QUE SON LAS UNIVERSIDADES PUBLICAS Y COMO ESTN ORGANIZADAS, SEGN SUS ACTOS, OBJETO, CREACION, CONTRATOS, RGIMEN LABORAL, PRESUPUESTAL Y PRIVILEGIOS?

Universidades pblicas:son creadas mediante ley en orden nacional, ordenanzal o acuerdalydeben estar sujeto al estudio de factibilidad, para as garantizar la calidad acadmica de la institucin existe un rgimen especial para esta, lo cual tieneautonomacomo sinnimo de capacidad de autodeterminacin a manera de presupuesto no de autonoma como la de establecimiento pblico, estn vinculados al ministerio de educacincon PJ, autonoma acadmica, administrativa y financiera, patrimonio independiente y autonoma presupuestal, cuenta con unconsejo superior universitario(lo mximo, de desarrollar polticas administrativas y acadmicas, adems se encargan expedir estatutos, remover al rector, aprobar el presupuesto y velar por buena marcha, est integrada por el ministro de educacin, ex rector, rector, gobernador, estudiantes, profesores y un miembro designado por el presidente.),un consejo acadmico(integrado por el rector y decanos, directores de programas, profesores y estudiantes, su funcin es lo relativo a la docencia, investigacin, bienestar universitario) yun rector(representante legal de la institucin y la primera autoridad administrativa designado por el Consejo superior) segn lo que establezca los estatutos.Los profesores universitarios son empleados pblicos y estn sometidos a los estatutos, su rgimen presupuestal son los gastos de esta entidad, tienen gasto publico social yno est sujeto al (EOP) sino a las disposiciones del consejo superior,su rgimen legal se har por medio del derecho privado (civil y comercial) con excepcin de los contratos de emprstito,pero requiere esta entidad por lo menos de reserva presupuestal y el pago de impuesto y timbre. (ejemplo de estas tales como la Universidad Militar nueva granada, que es un ente universitario autnomo de orden nacional.)

75. QUE ES LACOMISINNACIONAL DE SERVICIO CIVIL (CNSC) Y COMO ESTNORGANIZADAS, SEGN SUS ACTOS, OBJETO, CREACION, CONTRATOS, RGIMEN LABORAL, PRESUPUESTAL Y PRIVILEGIOS?

Comisin nacional del servicio civil (CNSC):creado constitucionalmente segn el artculo 130 CN,(mandato constitucional)cuyo objetoresponde de la administracin y vigilancia de la carrera de los servidores pblicos, excepcin de los que tengan carcter especial. Que fue reglamentada posteriormente por la ley 909 de 2004, donde se expresoque es esta independiente de las ramas y rganos del poder pblico, dotadade PJ, autonoma administrativa y patrimonio propio, actuara de acuerdo con los principios de objetividad, independencia e imparcialidad, la CNSC est compuesta por tres miembros para periodos de cuatro aos mediante concurso pblico y realizado por la universidad nacional y la ESAP,la designacin la har el presidente de la republica y recaer sobre la persona que ocupe los primeros puestos.

76. QU PODEMOS DECIR DE ACUERDO A LAS ENTIDADES DESCENTRALIZADAS TERRITORIALES?La LOOT (Ley orgnica de ordenamiento territorial): afirma que deben seguirse los principios decoordinacin(no quiere decir control de tutela sino participacin en la toma de decisiones),concurrencia, pero principalmente los de:subsidiariedad (es el apoyo que debe darse a las entidades las entidades territoriales y a favor de las menor categora fiscal) y complementariedad,(utilizacin de instrumentos como la asociacin por la cual se juntan esfuerzos en el cumplimiento de atribuciones legales y constitucionales),as como lo establece el 288 CN, sin exceptuar su autonoma por la que no se pierde, estos dos principios esta relacionados por lo que su aplicacin de un ente a otro, ser ejercido de tal forma que no lo suplante en sus funciones o competencias (resguardando como dije su autonoma).

77. COMO DISTRIBUYE LANACINLA COMPETENCIA A LOS DISTINTOS ENTES TERRITORIALES CON LA LOOT Y CUALES SON SUS CARACTERISTICAS?

La nacin:establece polticas generales sobre asuntos de inters general, criterios para garantizar la equitativa distribucin de las ESP domiciliarios, conservacin y proteccin de areas histricas y culturales, entre otras.

Los departamentos:define las polticas de asentamiento poblacional y centros urbanos, de tal manera que facilita el desarrollo de su territorio, integra proyectos a planeas sectoriales, establece directrices para el ordenamiento del territorio a municipios que hacen parte de una rea metropolitana e implementar programas de proteccin especial al medio ambiente

Distritos especiales:(como Barranquilla), divide el territorio en localidades, organizarse como rea metropolitana, dirigir las actividades que les corresponda

Municipio:formular y adoptar planes de ordenamiento en su territorio, reglamentar el suelo, areas urbanas, expansin y rurales, optimizar los usos de la tierra disponible y coordinar planes sectoriales.Su objeto principal es: Prestar los servicios pblicos que determine la Ley; construir obras; ordenar el desarrollo del territorio; promover la participacin comunitaria y el mejoramiento de la calidad de vida de sus habitantes. (Su creacin corresponde a la asamblea departamental)

Caractersticas:Tienen PJ, se gobierna como autoridades propias, tiene estructura interna y organizacin por parte de las autoridades nacionales en el caso del de los municipios ejercen competencia residual, administran recursos y establecen tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones, pero la creacin es propia del congreso, por lo que solo lo regula, y participan estos en las rentas nacionales

78. QU PODEMOS ENTENDER POR ESQUEMAS ASOCIATIVOS TERRITORIALES COMO FORMA DE DESCENTRALIZACIN Y CUALES SON?

Regulado en el LOOT, lo cual impulso la creacin de alianza estratgica entre entidades territoriales con el objetode impulsar el desarrollo autnomo y auto sostenible de las comunidades,con el fin de buscar sinergias, no ha sido fcil ya que carecen de fuente de financiacin y terminan proyectndose mayores gastos.

Asociaciones de areas metropolitanas y de entidades territoriales, el LOOT establece cuando haya ms de dos departamentos, dos o ms municipios, distritos especiales o areas metropolitanas de un mismo departamento o departamentos distintos yse asocien para que conjuntamente organicen la prestacin de un servicio pblico, es necesario para eso el respectivo plan de desarrollo, la autorizacin de las respectivas asambleas y concejos y juntas metropolitanas, creacin de una PJ en los cual se establecer los rganos de direccin, lo cual se garantiza la participacin de la comunidad. Cuenta con unrganos de administracin: La Asamblea General de socios, la Junta Administradora y el Director Ejecutivo

Provincias administrativas y de planificacin (PAP):cuando dos o ms municipios de un mismo departamento se juntan para constituir una provincia administrativa, debe provenir de los alcaldes, gobernador y el 10% de los ciudadanos que componen el censo electora respectivo, su objeto es organizar conjuntamente la prestacin de un servicio, ejecucin de obras, para su aprobacin se requiere el de los consejos municipales respectivos, y despus a la asamblea departamentales mediante ordenanza, no podr constituirse para divisin electorales, ni se financiara con recursos de participacin o regalas, tambin se hablaLas provincias se constituyen con municipios o territorios indgenas circunvecinos, pertenecientes a un mismo departamento. Podrn organizarse para el cumplimiento de las funciones que les deleguen entidades nacionales o departamentales y que les asignen la ley y los municipios que las integran las provincias sern creadas por ordenanza, a iniciativa del gobernador, de los alcaldes de los respectivos municipios o del nmero de ciudadanos que determine la ley. Para el ingreso a una provincia ya constituida deber realizarse una consulta popular en los municipios interesados.

Territorios indgenas:La conformacin de las entidades territoriales indgenas se har con sujecin a lo dispuesto en la (LOOT), y su delimitacin se har por el Gobierno Nacional, con participacin de los representantes de las comunidades indgenas, previo concepto de la Comisin de Ordenamiento Territorial. Los resguardos son de propiedad colectiva y no enajenable. Cuando un territorio indgena comprende dos o ms Departamentos, su administracin se har por los consejos indgenas en coordinacin con los Gobernadores de los respectivos Departamentos.

Regiones de planificacin y de gestin:estn las de planeacin y gestin, las regiones administrativas y de planificacin y las regiones territoriales, todas ellas a ejercer competencias complementarias, por lo que permiten promover los principios de complementariedad, concurrencia y subsidiariedad en el desarrollo, la otra se constituyecon la unin de dos o ms departamentos con continuidad geogrfica con PJ, autonoma administrativa y financiera y patrimonio propiocuyo objeto es la inversin y la competitividad, oSu objeto principal ser el desarrollo econmico y social del territorio de los Departamentos que la integransu constitucin requiere de la autorizacin de las asambleas de los departamentos que lo integran, a su vez las (RAP) pueden transformarse en regiones entidad territorial a partir de lo que establezca la ley.

Corresponde a la Ley Orgnica de Ordenamiento Territorial establecer: Las condiciones para solicitar la conversin de la regin en entidad territorial, decisin, tomada por el Congreso y someter en cada caso a refrendo de los ciudadanos de los Departamentos interesados.

La misma Ley orgnica sealar las atribuciones, los rganos de administracin, los recursos de las regiones y su participacin en los ingresos provenientes del Fondo Nacional de Regalas. Igualmente, la Ley establecer los principios para la adopcin del estatuto especial de cada regin.

reas metropolitanas:cuando dos o ms municipios tengan relaciones econmicas, sociales y fsicas que den al conjunto caractersticas de un rea metropolitana,podrn ejecutar obras de inters metropolitano, la ley orgnica 128 de 1994 fue la que lo reglamento su funcionamiento, por lo que estn integrados por un municipio metrpoli o ncleo,se constituye como PJ de derecho pblico, sujeto a un rgimen especial, como la coordinar las jurisdicciones, racionalizar la prestaciones de serviciosy cuenta esta con una junta metropolitana integrada por los alcaldes de los municipios miembros, el gobernador, un concejal del municipio ncleo y un representante concejal de los dems municipios, adems tendr ungerente metropolitanoque actuara como representante legal y ser designado por la junta metropolitana, que en todo casoser empleado de libre nombramiento y remocin.