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1 A) B) C) D) Justificación de Cada Opción Incorrecta: Remitirse a lo establecido en el segundo inciso del artículo 6 de la Constitución de la República del Ecuador. El vínculo jurídico político de las personas con el Estado. Opción Correcta Dificultad Esperada D Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos son ciudadanos y gozarán de los derechos establecidos en la Constitución. La nacionalidad ecuatoriana es el vínculo jurídico político de las personas con el Estado, sin perjuicio de su pertenencia a alguna de las nacionalidades indígenas que coexisten en el Ecuador plurinacional. La nacionalidad ecuatoriana se obtendrá por nacimiento o por naturalización y no se perderá por el matrimonio o su disolución, ni por la adquisición de otra nacionalidad. Baja Vivir en la sociedad ecuatoriana de manera libre y democrática. Eje Temático Derecho Constitucional Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias Nivel Taxonomico de la Pregunta CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA Base: De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué es la nacionalidad ? Opciones de Respuesta: El documento que se obtiene una vez que se cumple con los requisitos determinados por el Registro Civil de la provincia. La conducta que es inalienable, irreductible e inviolable. Conocimiento Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019 DATOS DEL AUTOR

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A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse a lo establecido en el segundo inciso del artículo 6 de la Constitución de la República del Ecuador.

El vínculo jurídico político de las personas con el Estado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos son ciudadanos y gozarán

de los derechos establecidos en la Constitución.

La nacionalidad ecuatoriana es el vínculo jurídico político de las personas con el Estado, sin perjuicio de su

pertenencia a alguna de las nacionalidades indígenas que coexisten en el Ecuador plurinacional.

La nacionalidad ecuatoriana se obtendrá por nacimiento o por naturalización y no se perderá por el

matrimonio o su disolución, ni por la adquisición de otra nacionalidad.

Baja

Vivir en la sociedad ecuatoriana de manera libre y democrática.

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué es la nacionalidad ?

Opciones de Respuesta:

El documento que se obtiene una vez que se cumple con los requisitos determinados por el

Registro Civil de la provincia.

La conducta que es inalienable, irreductible e inviolable.

Conocimiento

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

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A)

B)

C)

D)

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Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cómo se adquiere la nacionalidad ecuatoriana por

nacimiento?

Remitirse al artículo 7 de la Constitución de la República del Ecuador.

Cuando las personas nacen en territorio ecuatoriano.

Cuando las personas hayan nacido en el extranjero y sus descendientes hasta el cuarto grado de

consanguinidad.

Cuando las personas sean pertenecientes a comunidades, pueblos o nacionalidades de países

latinoamericanos.

Cuando la residencia de las personas se encuentra temporal o parcialmente en el Ecuador por

cuestiones de negocios.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 7.- Son ecuatorianas y ecuatorianos por nacimiento:

1. Las personas nacidas en el Ecuador.

2. Las personas nacidas en el extranjero de madre o padre nacidos en el Ecuador; y sus descendientes

hasta el tercer grado de consanguinidad.

3. Las personas pertenecientes a comunidades, pueblos o nacionalidades reconocidos por el Ecuador con

presencia en las zonas de frontera.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

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Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cómo se adquiere la nacionalidad ecuatoriana por

naturalización?

Remitirse a lo establecido en el numeral 2 del artículo 8 de la Constitución de la República del Ecuador.

Cuando se obtenga la carta de recomendación del consulado de cualquier país andino.

Cuando las personas extranjeras menores de edad sean adoptadas por una ecuatoriana o

ecuatoriano.

Las que hayan prestado servicios relevantes a un país extranjero, en beneficio de uno de los países

integrantes de la UNASUR.

Las personas que contraigan matrimonio o mantengan unión de hecho con un extranjero que reside

en Ecuador.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Constitución de la República Art. 8.- Son ecuatorianas y ecuatorianos por naturalización las siguientes

personas:

1. Las que obtengan la carta de naturalización.

2. Las extranjeras menores de edad adoptadas por una ecuatoriana o ecuatoriano, que conservarán la

nacionalidad ecuatoriana mientras no expresen voluntad contraria.

3. Las nacidas en el exterior de madre o padre ecuatorianos por naturalización, mientras aquéllas sean

menores de edad; conservarán la nacionalidad ecuatoriana si no expresan voluntad contraria.

4. Las que contraigan matrimonio o mantengan unión de hecho con una ecuatoriana o un ecuatoriano, de

acuerdo con la ley.

5. Las que obtengan la nacionalidad ecuatoriana por haber prestado servicios relevantes al país con su talento

o esfuerzo individual.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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4

A)

B)

C)

D)

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Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los enunciados corresponde a un principio del

ejercicio de los derechos?

Remitirse a lo establecido en el numeral 1 del artículo 11 de la Constitución de la República del Ecuador.

Las personas gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades, dependiendo su nivel de

educación.

Toda norma jurídica podrá restringir el contenido de los derechos.

Los derechos se podrán ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva ante las autoridades

competentes; estas autoridades

garantizarán su cumplimiento.El más alto deber del Estado consiste en hacer respetar exclusivamente los derechos garantizados en

el Código Orgánico de la Función Judicial.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Constitución de la República Art. 11.- El ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios:

1. Los derechos se podrán ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva ante las autoridades

competentes; estas autoridades garantizarán su cumplimiento.

2. Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades.

Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género,

identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-

económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia

física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o

resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda

forma de discriminación.

El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de

derechos que se encuentren en situación de desigualdad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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5

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué promueven las medidas de acción afirmativa?

De conformidad con el tercer inciso del numeral 2 del artículo 11 de la Constitución de la República del

Ecuador.

El buen comportamiento de las personas en las audiencias.

La sana crítica en la toma de decisiones.

La no discriminación en los concursos de méritos y oposición en el Ecuador.

La igualdad material o real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de

desigualdad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 11.- El ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios:

2. Todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades.

Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género,

identidad cultural, estado civil, idioma, religión, ideología, filiación política, pasado judicial, condición socio-

económica, condición migratoria, orientación sexual, estado de salud, portar VIH, discapacidad, diferencia

física; ni por cualquier otra distinción, personal o colectiva, temporal o permanente, que tenga por objeto o

resultado menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos. La ley sancionará toda

forma de discriminación.

El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de

derechos que se encuentren en situación de desigualdad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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6

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuáles son las características de los derechos?

De conformidad con el numeral 6 del artículo 11 de la Constitución de la República del Ecuador.

Inalienables, irrenunciables, indivisibles, interdependientes y de igual jerarquía.

Irreparables e individuales.

Dependientes e interdisciplinarios.

Facultativos y dispositivos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 11.- El ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios:

6. Todos los principios y los derechos son inalienables, irrenunciables, indivisibles, interdependientes y de

igual jerarquía.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

D)

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Opciones de Respuesta:

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Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué consiste el derecho al agua?

De conformidad con el artículo 12 de la Constitución de la República del Ecuador.

Acceso seguro y suficiente a alimentos sanos y nutritivos preferentemente producidos a nivel local y

en correspondencia a las diversas identidades y tradiciones culturales.

Prohición de discriminación por razones de raza, sexo, identidad, estado civil, religión, preferencia

sexual.

Acceso y protección de un elemento fundamental e irrenunciable, que constituye un patrimonio

nacional estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida.

Certeza y confiabilidad en la aplicación del ordenamiento jurídico integrada por normas previas, claras

y públicas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 12.- El derecho humano al agua es fundamental e irrenunciable. El agua constituye patrimonio nacional

estratégico de uso público, inalienable, imprescriptible, inembargable y esencial para la vida

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

D)

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Opciones de Respuesta:

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Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuáles son los elementos integrantes del derecho a vivir

en un ambiente sano?

De conformidad con los artículos 14 y 15 de la Constitución de la República del Ecuador.

Conservación de los ecosistemas, la biodiversidad y el patrimonio genético así como la utilización de

tegnologías limpias y no contaminantes.

Protección de la soberanía alimentaria y el acceso a alimentos producidos en el Ecuador sin la

utilización de transgénicos.

Acceder a la información generada en entidades públicas y en privadas que presten servicios

públicos.

Protección física, sexual, moral y sicológica durante los traslados, registros, requisas o cualquier otra

actividad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que

garantice la sostenibilidad y el buen vivir, sumak kawsay.

Se declara de interés público la preservación del ambiente, la conservación de los ecosistemas, la

biodiversidad y la integridad del patrimonio genético del país, la prevención del daño ambiental y la

recuperación de los espacios naturales degradados.

Art. 15.- El Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías ambientalmente limpias y

de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto. La soberanía energética no se alcanzará en

detrimento de la soberanía alimentaria, ni afectará el derecho al agua.

Se prohíbe el desarrollo, producción, tenencia, comercialización, importación, transporte, almacenamiento y

uso de armas químicas, biológicas y nucleares, de contaminantes orgánicos persistentes altamente tóxicos,

agroquímicos internacionalmente prohibidos, y las tecnologías y agentes biológicos experimentales nocivos y

organismos genéticamente modificados perjudiciales para la salud humana o que atenten contra la soberanía

alimentaria o los ecosistemas, así como la introducción de residuos nucleares y desechos tóxicos al territorio

nacional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué casos la regulación de contenidos favorece el

derecho a la comunicación e información?

De conformidad con el artículo 19 de la Constitución de la República del Ecuador.

Cuando se busca evitar críticas a las actividades y a la política del gobierno de turno que ejerce la

Función Ejecutiva.

Cuando existen mensajes que promueven la ideología de género y lesionen intereses legítimos de la

iglesia católica.

Cuando se ha declarado período electoral previo a la realización de elecciones generales.

Cuando se realice con fines educativos, informativos, culturales, para difundir la producción nacional

independiente y para evitar la violencia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 19.- La ley regulará la prevalencia de contenidos con fines informativos, educativos y culturales en la

programación de los medios de comunicación, y fomentará la creación de espacios para la difusión de la

producción nacional independiente.

Se prohíbe la emisión de publicidad que induzca a la violencia, la discriminación, el racismo, la toxicomanía, el

sexismo, la intolerancia religiosa o política y toda aquella que atente contra los derechos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué denominación reciben los derechos económicos,

sociales y culturales?

De conformidad con el capítulo 2 del título 2 de la Constitución de la República del Ecuador.

Derechos de libertad.

Derechos del buen vivir.

Derechos de protección.

Derechos de participación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

De conformidad con el capítulo 2 del título 2 de la Constitución de la República del Ecuador.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué denominación reciben los derechos civiles?

De conformidad con el capítulo 5 del título 2 de la Constitución de la República del Ecuador.

Derechos de libertad.

Derechos del buen vivir.

Derechos de protección.

Derechos de participación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 61.- Las ecuatorianas y ecuatorianos gozan de los siguientes derechos:

1. Elegir y ser elegidos.

2. Participar en los asuntos de interés público.

3. Presentar proyectos de iniciativa popular normativa.

4. Ser consultados.

5. Fiscalizar los actos del poder público.

6. Revocar el mandato que hayan conferido a las autoridades de elección popular.

7. Desempeñar empleos y funciones públicas con base en méritos y capacidades, y en un sistema de

selección y designación transparente, incluyente, equitativo, pluralista y democrático, que garantice su

participación, con criterios de equidad y paridad de género, igualdad de oportunidades para las personas con

discapacidad y participación intergeneracional.

8. Conformar partidos y movimientos políticos, afiliarse o desafiliarse libremente de ellos y participar en todas

las decisiones que éstos adopten.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Opciones de Respuesta:

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Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué denominación reciben los derechos políticos?

De conformidad con el capítulo 5 del título 2 de la Constitución de la República del Ecuador.

Derechos de libertad.

Derechos del buen vivir.

Derechos de protección.

Derechos de participación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 62.- Las personas en goce de derechos políticos tienen derecho al voto universal, igual, directo, secreto y

escrutado públicamente, de conformidad con las siguientes disposiciones:

1. El voto será obligatorio para las personas mayores de dieciocho años. Ejercerán su derecho al voto las

personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada.

2. El voto será facultativo para las personas entre dieciséis y dieciocho años de edad, las mayores de sesenta y

cinco años, las ecuatorianas y ecuatorianos que habitan en el exterior, los integrantes de las Fuerzas Armadas

y Policía Nacional, y las personas con discapacidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

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Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué tipo de derechos está el derecho a la seguridad

jurídica?

De conformidad con el capítulo 8 del título 2 y el artículo 82 de la Constitución de la República del Ecuador.

Derechos de libertad.

Derechos del buen vivir.

Derechos de protección.

Derechos de participación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 75.- Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva, imparcial y expedita

de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y celeridad; en ningún caso quedará

en indefensión. El incumplimiento de las resoluciones judiciales será sancionado por la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

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Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de las siguientes afirmaciones es la correcta?

De conformidad con el primer inciso del artículo 19 de la Constitución de la República del Ecuador.

El Estado garantizará la libertad de enseñanza en todos los niveles educativos y la libertad de cátedra

en la educación superior.

El Estado garantizará la gratuidad en la educación del nivel primario y medio excepto en la educación

superior.

El Estado garantizará la gratuidad de la educación de posgrado

El Estado garantizará el acceso a la educación únicamente a quienes demuestren mayores niveles de

aprendizaje y capacidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 19.- La ley regulará la prevalencia de contenidos con fines informativos, educativos y culturales en la

programación de los medios de comunicación, y fomentará la creación de espacios para la difusión de la

producción nacional independiente.

Se prohíbe la emisión de publicidad que induzca a la violencia, la discriminación, el racismo, la toxicomanía, el

sexismo, la intolerancia religiosa o política y toda aquella que atente contra los derechos.

Art. 19.- La ley regulará la prevalencia de contenidos con fines informativos, educativos y culturales en la

programación de los medios de comunicación, y fomentará la creación de espacios para la difusión de la

producción nacional independiente.

Se prohíbe la emisión de publicidad que induzca a la violencia, la discriminación, el racismo, la toxicomanía, el

sexismo, la intolerancia religiosa o política y toda aquella que atente contra los derechos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Opciones de Respuesta:

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál es un grupo de atención prioritaria?

De conformidad con el artículo 35 de la Constitución de la República del Ecuador.

Los servidores públicos.

Los empleados de los bancos privados.

Los adultos mayores.

Los servidores judiciales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Capítulo tercero

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria

Art. 35.- Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con

discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta

complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención

prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato

infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en

condición de doble vulnerabilidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Opciones de Respuesta:

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Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál es un grupo de atención prioritaria?

De conformidad con el artículo 35 de la Constitución de la República del Ecuador.

Los servidores públicos.

Los empleados de los bancos privados.

Las mujeres embarazadas

Los servidores judiciales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Capítulo tercero

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria

Art. 35.- Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con

discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta

complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención

prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato

infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en

condición de doble vulnerabilidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 17: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

17

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál es un grupo de atención prioritaria?

De conformidad con el artículo 35 de la Constitución de la República del Ecuador.

Los servidores públicos.

Los empleados de los bancos privados.

Las personas privadas de la libertad.

Los servidores judiciales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Capítulo tercero

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria

Art. 35.- Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con

discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta

complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención

prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato

infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en

condición de doble vulnerabilidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 18: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

18

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál es un grupo de atención prioritaria?

De conformidad con el artículo 35 de la Constitución de la República del Ecuador.

Los servidores públicos.

Los empleados de los bancos privados.

Las personas con capacidades especiales.

Los servidores judiciales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Capítulo tercero

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria

Art. 35.- Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con

discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta

complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención

prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato

infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en

condición de doble vulnerabilidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 19: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

19

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál es un grupo de atención prioritaria?

De conformidad con el artículo 35 de la Constitución de la República del Ecuador.

Los servidores públicos.

Los empleados de los bancos privados.

Los niños, niñas y adolescentes.

Los servidores judiciales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Capítulo tercero

Derechos de las personas y grupos de atención prioritaria

Art. 35.- Las personas adultas mayores, niñas, niños y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con

discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan de enfermedades catastróficas o de alta

complejidad, recibirán atención prioritaria y especializada en los ámbitos público y privado. La misma atención

prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato

infantil, desastres naturales o antropogénicos. El Estado prestará especial protección a las personas en

condición de doble vulnerabilidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 20: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

20

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de las siguientes opciones es un derecho de los

adultos mayores como grupo de atención prioritaria?

De conformidad con el numeral 4 del artículo 37 de la Constitución de la República del Ecuador.

Exoneración del pago de costos notariales y registrales.

El derecho a ser candidato en elección popular.

El derecho a migrar.

El derecho a la libertad ecónómica.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 37.- El Estado garantizará a las personas adultas mayores los siguientes derechos:

1. La atención gratuita y especializada de salud, así como el acceso gratuito a medicinas.

2. El trabajo remunerado, en función de sus capacidades, para lo cual tomará en cuenta sus limitaciones.

3. La jubilación universal.

4. Rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y espectáculos.

5. Exenciones en el régimen tributario.

6. Exoneración del pago por costos notariales y registrales, de acuerdo con la ley.

7. El acceso a una vivienda que asegure una vida digna, con respeto a su opinión y consentimiento.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 21: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

21

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de las siguientes opciones es un programa o una

política del Estado para garantizar los derechos de los adultos mayores como grupo de atención prioritaria?

De conformidad con el numeral 4 del artículo 37 de la Constitución de la República del Ecuador.

El cuidado de áreas verdes, parques y jardínes.

La creación de políticas públicas que ayuden a proteger a los animales que integran la fauna urbana.

El desarrollo de programas y políticas destinadas a fomentar su autonomía persona y conseguir su

plena integración social.

La creación de garantías jurisdiccionales para la protección de los derechos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 37.- El Estado garantizará a las personas adultas mayores los siguientes derechos:

1. La atención gratuita y especializada de salud, así como el acceso gratuito a medicinas.

2. El trabajo remunerado, en función de sus capacidades, para lo cual tomará en cuenta sus limitaciones.

3. La jubilación universal.

4. Rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y espectáculos.

5. Exenciones en el régimen tributario.

6. Exoneración del pago por costos notariales y registrales, de acuerdo con la ley.

7. El acceso a una vivienda que asegure una vida digna, con respeto a su opinión y consentimiento.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 22: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

22

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de las siguientes expresiones es la correcta?

De conformidad con el primer inciso del artículo 40 de la Constitución de la República del Ecuador.

No se identificará ni se considerará a ningún ser humano como ilegal por su condición migratoria.

Los seres humanos no pueden movilizarse libremente de país en país.

El Estado castigará la migración ilegal de seres humanos mediante responsabilidades civiles y

penales.

Las autoridades públicas de acuerdo con su competencia serán las responsables de evitar la

concesión del asilo a perseguidos políticos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 40.- Se reconoce a las personas el derecho a migrar. No se identificará ni se considerará a ningún ser

humano como ilegal por su condición migratoria.

El Estado, a través de las entidades correspondientes, desarrollará entre otras las siguientes acciones para el

ejercicio de los derechos de las personas ecuatorianas en el exterior, cualquiera sea su condición migratoria:

1. Ofrecerá asistencia a ellas y a sus familias, ya sea que éstas residan en el exterior o en el país.

2. Ofrecerá atención, servicios de asesoría y protección integral para que puedan ejercer libremente sus

derechos.

3. Precautelará sus derechos cuando, por cualquier razón, hayan sido privadas de su libertad en el exterior.

4. Promoverá sus vínculos con el Ecuador, facilitará la reunificación familiar y estimulará el retorno voluntario.

5. Mantendrá la confidencialidad de los datos de carácter personal que se encuentren en los archivos de las

instituciones del Ecuador en el exterior.

6. Protegerá las familias transnacionales y los derechos de sus miembros.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 23: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

23

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué consiste el derecho al asilo y refugio?

De conformidad con el primer inciso del artículo 41 de la Constitución de la República del Ecuador.

El derecho de los adultos mayores a hospedarse en un asilo de ancianos cuando su familia no les

pueda proteger.

El derecho que tienen los andinistas a contar con sitios seguros para resguardarse en sus

expediciones.

El derecho que tienen las personas extranjeras de gozar de protección especial cuando lo soliciten

que garantice el pleno ejercicio de sus derechos.

El derecho de un extranjero para pedir residencia permanente en el Ecuador, estando impedido de

estudiar y trabajar en el país.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 41.- Se reconocen los derechos de asilo y refugio, de acuerdo con la ley y los instrumentos internacionales

de derechos humanos. Las personas que se encuentren en condición de asilo o refugio gozarán de protección

especial que garantice el pleno ejercicio de sus derechos. El Estado respetará y garantizará el principio de no

devolución, además de la asistencia humanitaria y jurídica de emergencia.

No se aplicará a las personas solicitantes de asilo o refugio sanciones penales por el hecho de su ingreso o de

su permanencia en situación de irregularidad.

El Estado, de manera excepcional y cuando las circunstancias lo ameriten, reconocerá a un colectivo el

estatuto de refugiado, de acuerdo con la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 24: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

24

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de las siguientes opciones es un derecho de las

mujeres embarazadas como grupo de atención prioritaria?

De conformidad con el numeral 3 del artículo 43 de la Constitución de la República del Ecuador.

El derecho al sufragio activo y pasivo.

El derecho al asilo y refugio.

El derecho a la gratuidad en la educación superior de posgrado.

El derecho a no ser discrimada por su embarazo en los ámbitos educativo, social y laboral.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 43.- El Estado garantizará a las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia los derechos a:

3. La protección prioritaria y cuidado de su salud integral y de su vida durante el embarazo, parto y posparto.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 25: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

25

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué consiste el principio de interés superior del niño?

De conformidad con el artículo 44 de la Constitución de la República del Ecuador.

Que todos los derechos son justiciables y exigibles ante autoridad competente.

Que todos los derechos pueden ser ejercidos y exigidos de manera individual y colectivo.

Que se promoverá de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas, niños y adolescentes, y

asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos y sus derechos prevalecerán

Que ninguna norma jurídica podrá restringir el contenido de los derechos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 44.- El Estado, la sociedad y la familia promoverán de forma prioritaria el desarrollo integral de las niñas,

niños y adolescentes, y asegurarán el ejercicio pleno de sus derechos; se atenderá al principio de su interés

superior y sus derechos prevalecerán sobre los de las demás personas. Las niñas, niños y adolescentes

tendrán derecho a su desarrollo integral, entendido como proceso de crecimiento, maduración y despliegue de

su intelecto y de sus capacidades, potencialidades y aspiraciones, en un entorno familiar, escolar, social y

comunitario de afectividad y seguridad. Este entorno permitirá la satisfacción de sus necesidades sociales,

afectivo-emocionales y culturales, con el apoyo de políticas intersectoriales nacionales y locales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 26: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

26

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es un derecho de los

niños, niñas y adolescentes como grupo de atención prioritaria?

De conformidad con el segundo inciso del artículo 45 de la Constitución de la República del Ecuador.

Recibir información acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo el caso que fuera

perjudicial para su bienestar

El derecho a ser candidato en elección popular.

El derecho al asilo y refugio.

Gratuidad en la educación superior de posgrado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 45.- Las niñas, niños y adolescentes gozarán de los derechos comunes del ser humano, además de los

específicos de su edad. El Estado reconocerá y garantizará la vida, incluido el cuidado y protección desde la

concepción.

Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a la integridad física y psíquica; a su identidad, nombre y

ciudadanía; a la salud integral y nutrición; a la educación y cultura, al deporte y recreación; a la seguridad

social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participación social; al

respeto de su libertad y dignidad; a ser consultados en los asuntos que les afecten; a educarse de manera

prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus pueblos y nacionalidades; y a recibir

información acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo que fuera perjudicial para su bienestar.

El Estado garantizará su libertad de expresión y asociación, el funcionamiento libre de los consejos Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 27: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

27

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados se constituye en una

medida para garantizar el bienestar de niños, niñas y adolecentes como grupo de atención prioritaria?

De conformidad con el numeral 8 del artículo 46 de la Constitución de la República del Ecuador.

La creación de sistemas para evitar los conflictos internos de las organizaciones políticas

Protección y asistencia especial cuando uno de sus progenitores o ambos se encuentren privados de

la libertad.

La creación de garantías jurisdiccionales para la protección de la libertad.

La creación de políticas públicas que ayuden a proteger a los animales que integran la fauna urbana.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 46.- El Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las niñas, niños y

adolescentes:

1. Atención a menores de seis años, que garantice su nutrición, salud, educación y cuidado diario en un marco

de protección integral de sus derechos.

2. Protección especial contra cualquier tipo de explotación laboral o económica. Se prohíbe el trabajo de

menores de quince años, y se implementarán políticas de erradicación progresiva del trabajo infantil. El trabajo

de las adolescentes y los adolescentes será excepcional, y no podrá conculcar su derecho a la educación ni

realizarse en situaciones nocivas o peligrosas para su salud o su desarrollo personal. Se respetará,

reconocerá y respaldará su trabajo y las demás actividades siempre que no atenten a su formación y a su

desarrollo integral.

3. Atención preferente para la plena integración social de quienes tengan discapacidad. El Estado garantizará Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 28: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

28

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados se constituye en una

medida para garantizar el bienestar de niños, niñas y adolescentes como grupo de atención prioritaria?

De conformidad con el numeral 4 del artículo 46 de la Constitución de la República del Ecuador.

La creación de sistemas para evitar los conflictos internos de las organizaciones políticas

Protección y atención contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o de cualquier otra

índole , o contra la negligencia que provoque tales situaciones.

La creación de garantías jurisdiccionales para la protección de la libertad.

La creación de políticas públicas que ayuden a proteger a los animales que integran la fauna urbana.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 46.- El Estado adoptará, entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las niñas, niños y adolescentes:

4. Protección y atención contra todo tipo de violencia, maltrato, explotación sexual o de cualquier otra índole, o contra

la negligencia que provoque tales situaciones.

Las acciones y las penas por delitos contra la integridad sexual y reproductiva cuyas víctimas sean niñas, niños y

adolescentes serán imprescriptibles.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 29: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

29

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es un derecho de las

personas con discapacidad como grupo de atención prioritaria?

De conformidad con el numeral 3 del artículo 47 de la Constitución de la República del Ecuador.

Recibir información acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo el caso que fuera

perjudicial para su bienestar

El derecho al asilo y refugio.

El derecho a migrar.

El derecho a obtener rebajas en los servicios públicos y servicios privados de transporte y

espectáculos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 47.- El Estado garantizará políticas de prevención de las discapacidades y, de manera conjunta con la sociedad y

la familia, procurará la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad y su integración social.

Se reconoce a las personas con discapacidad, los derechos a:

3. Rebajas en los servicios públicos y en servicios privados de transporte y espectáculos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 30: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

30

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es un derecho de las

personas con discapacidad como grupo de atención prioritaria?

De conformidad con el numeral 2 del artículo 47 de la Constitución de la República del Ecuador.

Recibir información acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo el caso que fuera

perjudicial para su bienestar

El derecho al asilo y refugio.

El derecho a migrar.

La rehabilitación integral y la asistencia permanente, que incluirán las correspondientes ayudas

técnicas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 47.- El Estado garantizará políticas de prevención de las discapacidades y, de manera conjunta con la

sociedad y la familia, procurará la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad y su

integración social.

Se reconoce a las personas con discapacidad, los derechos a:

2. La rehabilitación integral y la asistencia permanente, que incluirán las correspondientes ayudas técnicas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 31: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

31

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es un derecho de las

personas con discapacidad como grupo de atención prioritaria?

De conformidad con el numeral 10 del artículo 47 de la Constitución de la República del Ecuador.

Recibir información acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo el caso que fuera

perjudicial para su bienestar

El derecho al asilo y refugio.

El derecho a migrar.

El acceso de manera adecuada a todos los bienes y servicios. Se eliminarán las barreras

arquitéctónicas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 47.- El Estado garantizará políticas de prevención de las discapacidades y, de manera conjunta con la

sociedad y la familia, procurará la equiparación de oportunidades para las personas con discapacidad y su

integración social.

Se reconoce a las personas con discapacidad, los derechos a:

10. El acceso de manera adecuada a todos los bienes y servicios. Se eliminarán las barreras arquitectónicas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 32: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

32

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es un derecho de las

personas privadas de la libertad como grupo de atención prioritaria?

De conformidad con el numeral 1 del artículo 51 de la Constitución de la República del Ecuador.

El derecho al asilo y refugio.

El derecho a no ser aislado como sanción disciplinaria.

El derecho a vivir en un ambiente sano libre de contaminación.

El acceso de manera adecuada a todos los bienes y servicios. Se eliminarán las barreras

arquitéctónicas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 51.- Se reconoce a las personas privadas de la libertad los siguientes derechos:

1. No ser sometidas a aislamiento como sanción disciplinaria.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 33: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

33

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es un derecho de las

personas privadas de la libertad como grupo de atención prioritaria?

De conformidad con el numeral 3 del artículo 51 de la Constitución de la República del Ecuador.

Recibir información acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo el caso que fuera

perjudicial para su bienestar

El derecho a declarar ante autoridad judicial sobre el trato que recibió durante su privación de la

libertad.

El derecho a migrar.

La rehabilitación integral y la asistencia permanente, que incluirán las correspondientes ayudas

técnicas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 51.- Se reconoce a las personas privadas de la libertad los siguientes derechos:

3. Declarar ante una autoridad judicial sobre el trato que haya recibido durante la privación de la libertad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 34: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

34

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es un derecho de las

personas privadas de la libertad como grupo de atención prioritaria?

De conformidad con el numeral 5 del artículo 51 de la Constitución de la República del Ecuador.

El derecho a obtener rebajas en los servicios públicos y servicios privados de transporte y

espectáculos.

El derecho al asilo y refugio.

La rehabilitación integral y la asistencia permanente, que incluirán las correspondientes ayudas

técnicas.

La atención a todas sus necesidades educativas, laborales, recreativas, productivas, alimenticias y

culturales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 51.- Se reconoce a las personas privadas de la libertad los siguientes derechos:

5. La atención de sus necesidades educativas, laborales, productivas, culturales, alimenticias y recreativas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 35: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

35

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿Cuál es un derecho colectivo que se reconocen a

pueblos, comunas, comunidades y nacionalidades indígenas, pueblo montubio y afroecuatoriano?

De conformidad con el artículo 57, numeral 2 de la Constitución de la República del Ecuador.

El derecho al asilo y refugio.

El derecho a obtener rebajas en los servicios públicos y servicios privados de transporte y

espectáculos.

No ser objeto de racismo y de ninguna forma de discriminación fundada en su origen, identidad étnica

o cultural.

La atención a todas sus necesidades educativas, laborales, recreativas, productivas, alimenticias y

culturales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 57.- Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de conformidad

con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos internacionales de derechos

humanos, los siguientes derechos colectivos:

2. No ser objeto de racismo y de ninguna forma de discriminación fundada en su origen, identidad étnica o cultural.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 36: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

36

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es un derecho

colectivo de los pueblos, comunas, comunidades y nacionalidades indígenas, pueblo montubio y

afroecuatoriano?

De conformidad con el numeral 13 del artículo 57 de la Constitución de la República del Ecuador.

Mantener, recuperar, proteger, preservar y desarrollar su patrimonio cultural.

La posibilidad de ejercicio de un cargo público.

La libertad de culto.

El derecho a declarar ante una autoridad judicial para manifestar el trato que recibió durante una

detención.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 57.- Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de

conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos

internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos:

13. Mantener, recuperar, proteger, desarrollar y preservar su patrimonio cultural e histórico como parte

indivisible del patrimonio del Ecuador. El Estado proveerá los recursos para el efecto.

El Estado garantizará la aplicación de estos derechos colectivos sin discriminación alguna, en condiciones de

igualdad y equidad entre mujeres y hombres.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 37: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

37

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es un derecho

colectivo de los pueblos, comunas, comunidades y nacionalidades indígenas, pueblo montubio y

afroecuatoriano?

De conformidad con el numeral 20 del artículo 57 de la Constitución de la República del Ecuador.

La limitación de las actividades militares en sus territorios.

La posibilidad de ejercicio de un cargo público.

La libertad de culto.

El derecho a declarar ante una autoridad judicial para manifestar el trato que recibió durante una

detención.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 57.- Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de

conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos

internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos:

20. La limitación de las actividades militares en sus territorios, de acuerdo con la ley.

Los territorios de los pueblos en aislamiento voluntario son de posesión ancestral irreductible e intangible, y en

ellos estará vedada todo tipo de actividad extractiva. El Estado adoptará medidas para garantizar sus vidas,

hacer respetar su autodeterminación y voluntad de permanecer en aislamiento, y precautelar la observancia de

sus derechos. La violación de estos derechos constituirá delito de etnocidio, que será tipificado por la ley.

El Estado garantizará la aplicación de estos derechos colectivos sin discriminación alguna, en condiciones de

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 38: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

38

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es un derecho

colectivo de los pueblos, comunas, comunidades y nacionalidades indígenas, pueblo montubio y

afroecuatoriano?

De conformidad con los numerales 12, 13 y 20 del artículo 57 de la Constitución de la República del Ecuador.

La prohibición de apropiación de sus conocimientos, innovaciones, y prácticas.

La posibilidad de ejercicio de un cargo público.

Mantener, recuperar, proteger, preservar y desarrollar su patrimonio cultural.

La limitación de las actividades militares en su territorios.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 57.- Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de

conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos

internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos:

12. Mantener, proteger y desarrollar los conocimientos colectivos; sus ciencias, tecnologías y saberes

ancestrales; los recursos genéticos que contienen la diversidad biológica y la agrobiodiversidad; sus medicinas

y prácticas de medicina tradicional, con inclusión del derecho a recuperar, promover y proteger los lugares

rituales y sagrados, así como plantas, animales, minerales y ecosistemas dentro de sus territorios; y el

conocimiento de los recursos y propiedades de la fauna y la flora.

Se prohíbe toda forma de apropiación sobre sus conocimientos, innovaciones y prácticas.

13. Mantener, recuperar, proteger, desarrollar y preservar su patrimonio cultural e histórico como parte

indivisible del patrimonio del Ecuador. El Estado proveerá los recursos para el efecto.

20. La limitación de las actividades militares en sus territorios, de acuerdo con la ley.

El Estado garantizará la aplicación de estos derechos colectivos sin discriminación alguna, en condiciones de

igualdad y equidad entre mujeres y hombres.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 39: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

39

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en que consiste la consulta prelegislativa como derecho

colectivo?

De conformidad con los numeral 17 del artículo 57 de la Constitución de la República del Ecuador.

En la consulta que se realiza a los titulares de derechos colectivos cuando la adopción de una medida

legislativa pueda afectar a los mismos.

La consulta que realiza el Presidente de la República a la Asamblea Nacional antes de emitir el veto a

un proyecto de ley.

La consulta que realiza la Asamblea Nacional a expertos antes de la aprobación de un proyecto de ley

en segundo debate.

La consulta libre e informada dentro de un plazo razonable sobre los planes y programas de

prospección, explotación y comercialziación de recursos no renovables en tierras donde habilita

pueblos y nacionalidades indígenas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 57.- Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de

conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos

internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos:

17. Ser consultados antes de la adopción de una medida legislativa que pueda afectar cualquiera de sus

derechos colectivos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 40: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

40

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en que consiste la consulta previa como derecho

colectivo?

De conformidad con los numeral 7 del artículo 57 de la Constitución de la República del Ecuador.

En la consulta que se realiza a los titulares de derechos colectivos cuando la adopción de una medida

legislativa pueda afectar a los mismos.

La consulta que realiza el Presidente de la República a la Asamblea Nacional antes de emitir el veto a

un proyecto de ley.

La consulta que realiza la Asamblea Nacional a expertos antes de la aprobación de un proyecto de ley

en segundo debate.

La consulta libre e informada dentro de un plazo razonable sobre los planes y programas de

prospección, explotación y comercialziación de recursos no renovables en tierras donde habilita

pueblos y nacionalidades indígenas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 57.- Se reconoce y garantizará a las comunas, comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, de

conformidad con la Constitución y con los pactos, convenios, declaraciones y demás instrumentos

internacionales de derechos humanos, los siguientes derechos colectivos:

7. La consulta previa, libre e informada, dentro de un plazo razonable, sobre planes y programas de

prospección, explotación y comercialización de recursos no renovables que se encuentren en sus tierras y que

puedan afectarles ambiental o culturalmente; participar en los beneficios que esos proyectos reporten y recibir

indemnizaciones por los perjuicios sociales, culturales y ambientales que les causen. La consulta que deban

realizar las autoridades competentes será obligatoria y oportuna. Si no se obtuviese el consentimiento de la

comunidad consultada, se procederá conforme a la Constitución y la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 41: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

41

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguiente enunciados es un derecho de

participación?

De conformidad con los numeral 7 del artículo 61 de la Constitución de la República del Ecuador.

Mantener, recuperar, proteger, preservar y desarrollar el patrimonio cultural.

El derecho a declarar ante una autoridad judicial para manifestar el trato que recibió durante una

detención.

Los derechos que se les reconocen a pueblos, comunas, comunidades y nacionalidades indígenas,

pueblo montubio y afroecuatoriano.

Desempeñar empleos y funciones públicas con base a méritos y capacidades.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 61.- Las ecuatorianas y ecuatorianos gozan de los siguientes derechos:

7. Desempeñar empleos y funciones públicas con base en méritos y capacidades, y en un sistema de

selección y designación transparente, incluyente, equitativo, pluralista y democrático, que garantice su

participación, con criterios de equidad y paridad de género, igualdad de oportunidades para las personas con

discapacidad y participación intergeneracional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 42: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

42

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguiente enunciados es un derecho de

participación?

De conformidad con los numeral 5 del artículo 61 de la Constitución de la República del Ecuador.

Mantener, recuperar, proteger, preservar y desarrollar el patrimonio cultural.

El derecho a declarar ante una autoridad judicial para manifestar el trato que recibió durante una

detención.

Los derechos que se les reconocen a pueblos, comunas, comunidades y nacionalidades indígenas,

pueblo montubio y afroecuatoriano.

Fiscalizar los actos del poder público.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 61.- Las ecuatorianas y ecuatorianos gozan de los siguientes derechos:

5. Fiscalizar los actos del poder público.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 43: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

43

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguiente enunciados no es un derecho de

participación?

De conformidad con los numerales 1, 3 y 5 del artículo 61 de la Constitución de la República del Ecuador.

Presentar proyectos de iniciativa popular normativa

La prohibición de apropiación de conocimientos, innovaciones, y prácticas.

Elegir y ser elegidos.

Fiscalizar los actos del poder público.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 61.- Las ecuatorianas y ecuatorianos gozan de los siguientes derechos:

1. Elegir y ser elegidos.

3. Presentar proyectos de iniciativa popular normativa.

5. Fiscalizar los actos del poder público.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 44: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

44

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿ cuales son las caracteríticas del derecho al voto?

De conformidad con el primer inciso del artículo 62 de la Constitución de la República del Ecuador.

Limitado, periódico y extraordinario.

Facultado, exclusivo y recurrente.

Ambigüedad, abstracción y general.

Universal, igual, directo, secreto y escrutado públicamente.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 62.- Las personas en goce de derechos políticos tienen derecho al voto universal, igual, directo, secreto y

escrutado públicamente, de conformidad con las siguientes disposiciones:

1. El voto será obligatorio para las personas mayores de dieciocho años. Ejercerán su derecho al voto las

personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 45: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

45

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuándo las personas extranjeras tienen derecho al voto

?

De conformidad con el segundo inciso del artículo 63 de la Constitución de la República del Ecuador.

Cuando hayan adquirido la nacionalidad ecuatoriana por naturalización.

Cuando tengan bienes en el Ecuador.

Cuando tengan pasaporte diplomático.

Cuando residan legalmente en el país por lo menos cinco años.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 63.- Las ecuatorianas y ecuatorianos en el exterior tienen derecho a elegir a la Presidenta o Presidente y a

la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República, representantes nacionales y de la circunscripción del

exterior; y podrán ser elegidos para cualquier cargo.

Las personas extranjeras residentes en el Ecuador tienen derecho al voto siempre que hayan residido

legalmente en el país al menos cinco años.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 46: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

46

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué casos se suspenden los derechos políticos?

De conformidad con el artículo 64 de la Constitución de la República del Ecuador.

Cuando una persona reside permanentemente en el extranjero.

Cuando una persona se exilia en el extranjero por persecución política.

Por interdicción judicial y sentencia ejecutoriada que condene a pena privativa de la libertad.

Por no haber pago las pensiones de alimentos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 64.- El goce de los derechos políticos se suspenderá, además de los casos que determine la ley, por las

razones siguientes:

1. Interdicción judicial, mientras ésta subsista, salvo en caso de insolvencia o quiebra que no haya sido

declarada fraudulenta.

2. Sentencia ejecutoriada que condene a pena privativa de libertad, mientras ésta subsista.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 47: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

47

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué consiste el derecho a la libertad de tránsito ?

De conformidad con el numeral 14 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador.

En la posibilidad de cometer infracciones de tránsito.

En la posibilidad de asociarse, reunirse y manifestarse en forma libre y voluntaria.

La consulta que realiza el Presidente de la República a la Asamblea Nacional antes de emitir el veto a

un proyecto de ley.

En transitar libremente por el territorio nacional y a escoger su residencia, así como a entrar y salir

libremente del país.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:

14. El derecho a transitar libremente por el territorio nacional y a escoger su residencia, así como a entrar y

salir libremente del país, cuyo ejercicio se regulará de acuerdo con la ley. La prohibición de salir del país sólo

podrá ser ordenada por juez competente.

Las personas extranjeras no podrán ser devueltas o expulsadas a un país donde su vida, libertad, seguridad o

integridad o la de sus familiares peligren por causa de su étnia, religión, nacionalidad, ideología, pertenencia a

determinado grupo social, o por sus opiniones políticas.

Se prohíbe la expulsión de colectivos de extranjeros. Los procesos migratorios deberán ser singularizados.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 48: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

48

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿a qué autoridades del país pueden elegir las

ecuatorianas y ecuatorianos en el exterior?

De conformidad con el artículo 63 de la Constitución de la República del Ecuador.

Parlamentarios andinos y concejales.

Prefecto y alcalde

Asambleístas provinciales.

Asambleístas nacionales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 63.- Las ecuatorianas y ecuatorianos en el exterior tienen derecho a elegir a la Presidenta o Presidente y a

la Vicepresidenta o Vicepresidente de la República, representantes nacionales y de la circunscripción del

exterior; y podrán ser elegidos para cualquier cargo.

Las personas extranjeras residentes en el Ecuador tienen derecho al voto siempre que hayan residido

legalmente en el país al menos cinco años.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 49: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

49

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuándo el voto es facultativo?

De conformidad con el numeral 2 del artículo 62 de la Constitución de la República del Ecuador.

Cuando se tiene mas de 18 años

Cuando se tiene discapacidad.

Cuando se es clérigo de un culto religioso.

Cuando se tiene propiedades en el extranjero.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 62.- Las personas en goce de derechos políticos tienen derecho al voto universal, igual, directo, secreto y

escrutado públicamente, de conformidad con las siguientes disposiciones:

1. El voto será obligatorio para las personas mayores de dieciocho años. Ejercerán su derecho al voto las

personas privadas de libertad sin sentencia condenatoria ejecutoriada.

2. El voto será facultativo para las personas entre dieciséis y dieciocho años de edad, las mayores de sesenta y

cinco años, las ecuatorianas y ecuatorianos que habitan en el exterior, los integrantes de las Fuerzas Armadas

y Policía Nacional, y las personas con discapacidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 50: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

50

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué elementos integran el derecho a la integridad

personal?

De conformidad con el numeral 3 del artículo 66 de la Constitución de la República del Ecuador.

Integridad abstracta, inetrgidad ambigua, integridad general e integridad general

Integridad inalienable, integridad imprescriptible, integridad indivisible e integridad superior.

Integridad física, integridad moral, integridad sexual e integridad psíquica.

Integridad personal, integridad grupal, integridad colectiva e integridad social.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:

3. El derecho a la integridad personal, que incluye:

a) La integridad física, psíquica, moral y sexual.

b) Una vida libre de violencia en el ámbito público y privado. El Estado adoptará las medidas necesarias para

prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia, en especial la ejercida contra las mujeres, niñas, niños y

adolescentes, personas adultas mayores, personas con discapacidad y contra toda persona en situación de

desventaja o vulnerabilidad; idénticas medidas se tomarán contra la violencia, la esclavitud y la explotación

sexual.

c) La prohibición de la tortura, la desaparición forzada y los tratos y penas crueles, inhumanos o degradantes.

d) La prohibición del uso de material genético y la experimentación científica que atenten contra los derechos

humanos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 51: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

51

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en que consiste el derecho a la objeción de conciencia?

De conformidad con el segundo inciso del numeral 12 del artículo 66 de la Constitución de la República del

Ecuador.

El derecho a preservar el patrimonio cultural.

El derecho a la certeza en la aplicación del ordenamiento jurídico.

Negarse a usar la violencia y a participar en el servicio militar.

El derecho de acceder a los órganos juridiccionales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:

12. El derecho a la objeción de conciencia, que no podrá menoscabar otros derechos, ni causar daño a las

personas o a la naturaleza.

Toda persona tiene derecho a negarse a usar la violencia y a participar en el servicio militar.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 52: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

52

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuáles son los requisitos para el ejercicio del derecho a

la objeción de conciencia?

De conformidad con el primer inciso del numeral 12 del artículo 66 de la Constitución de la República del

Ecuador.

Cumplir los diecicocho años de edad.

Ser ecuatoriano residente en el país.

Ser adherente permanente a un movimiento político.

No menoscabar otros derechos, ni hacer daño a las personas y naturaleza.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:

12. El derecho a la objeción de conciencia, que no podrá menoscabar otros derechos, ni causar daño a las

personas o a la naturaleza.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 53: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

53

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué consiste el derecho la libertad de conciencia?

De conformidad con el primer inciso del numeral 11 del artículo 66 de la Constitución de la República del

Ecuador.

El derecho a preservar el patrimonio cultural.

Guardar reserva sobre sus convicciones, nadie puede ser obligado a declarar sobre las mismas.

Negarse a usar la violencia y a participar en el servicio militar.

El derecho a la certeza en la aplicación del ordenamiento jurídico.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:

11. El derecho a guardar reserva sobre sus convicciones. Nadie podrá ser obligado a declarar sobre las

mismas. En ningún caso se podrá exigir o utilizar sin autorización del titular o de sus legítimos representantes,

la información personal o de terceros sobre sus creencias religiosas, filiación o pensamiento político; ni sobre

datos referentes a su salud y vida sexual, salvo por necesidades de atención médica.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 54: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

54

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué consiste el derecho a la libertad

económica?

De conformidad con el primer inciso del numeral 15 del artículo 66 de la Constitución de la República del

Ecuador.

Guardar reserva sobre sus convicciones, nadie puede ser obligado a declarar sobre las mismas.

Negarse a usar la violencia y a participar en el servicio militar.

Desarrollar actividades económicas conforme a los principios de solidaridad, responsabilidad

social y ambiental.

El derecho a la certeza en la aplicación del ordenamiento jurídico.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 66.- Se reconoce y garantizará a las personas:

15. El derecho a desarrollar actividades económicas, en forma individual o colectiva, conforme a los

principios de solidaridad, responsabilidad social y ambiental.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 55: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

55

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de las siguientes expresiones es la adecuada en la

relación a la familia?

De conformidad con el artículo 67 de la Constitución de la República del Ecuador.

Unión de hombre y mujer basada en las tradiciones morales de la sociedad ecuatoriana.

Unión de varias personas que son la base de la sociedad.

Unión de dos personas por vínculo de hecho.

Se reconoce la familia en sus diversos tipos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 67.- Se reconoce la familia en sus diversos tipos. El Estado la protegerá como núcleo fundamental de la

sociedad y garantizará condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines. Estas se

constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus

integrantes.

El matrimonio es la unión entre hombre y mujer, se fundará en el libre consentimiento de las personas

contrayentes y en la igualdad de sus derechos, obligaciones y capacidad legal.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 56: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

56

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué es el matrimonio?

De conformidad con el artículo 67 de la Constitución de la República del Ecuador.

Unión de hombre y mujer basada en las tradiciones morales de la sociedad ecuatoriana.

Unión de varias personas que son la base de la sociedad, necesitarán cumplir ciertos requisitos.

Es la unión entre hombre y mujer, se fundará en el libre consentimiento de las personas contrayentes

y en la igualdad de derechos, obligaciones y capacidad legal.

Unión de dos personas por vínculo de hecho, no es necesario la voluntariedad manifestada en ese

momento, después se podría convalidar la ausencia de la misma.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 67.- Se reconoce la familia en sus diversos tipos. El Estado la protegerá como núcleo fundamental de la

sociedad y garantizará condiciones que favorezcan integralmente la consecución de sus fines. Estas se

constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus

integrantes.

El matrimonio es la unión entre hombre y mujer, se fundará en el libre consentimiento de las personas

contrayentes y en la igualdad de sus derechos, obligaciones y capacidad legal.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 57: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

57

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué es la unión de hecho?

De conformidad con el artículo 68 de la Constitución de la República del Ecuador.

Unión monogámica y estable entre dos personas libre del vínculo matrimonial que formen un hogar de

hecho, por el lapso y bajo condiciones y cinrcunstancias que señala la ley.

Unión monogámica y estable de un hombre con una mujer, libre del vínculo matrimonial que formen

un hogar de hecho.

Unión de dos personas por vínculo matrimonial, no es necesario la voluntariedad manifestada en ese

momento, después se podría convalidar la ausencia de la misma.

Unión de personas para desarrollar actividades económicas conforme a los principios de solidaridad,

responsabilidad social y ambiental.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 68.- La unión estable y monogámica entre dos personas libres de vínculo matrimonial que formen un hogar

de hecho, por el lapso y bajo las condiciones y circunstancias que señale la ley, generará los mismos derechos

y obligaciones que tienen las familias constituidas mediante matrimonio.

La adopción corresponderá sólo a parejas de distinto sexo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 58: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

58

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál es un derecho a la naturaleza?

De conformidad con el primer inciso del artículo 72 de la Constitución de la República del Ecuador.

Derecho a vivir en un ambiente sano.

Derecho a la tutela judicial efectiva.

Derecho al voto.

Derecho a la restauración.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación

que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que

dependan de los sistemas naturales afectados.

En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la explotación de los

recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la

restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales

nocivas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 59: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

59

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en que consiste el derecho de restauración que tiene la

naturaleza?

De conformidad con el segundo inciso del artículo 72 de la Constitución de la República del Ecuador.

Derecho a que se le restaure su patrimonio cultural.

Derecho al asesoramiento legal para la protección de sus otros derechos.

Derecho a la protección de su integridad física y psíquica.

Ante situaciones de impacto ambiental el Estado tomará medidas eficaces para mitigar o eliminar las

consecuencias ambientales noscivas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación

que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que

dependan de los sistemas naturales afectados.

En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la explotación de los

recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la

restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales

nocivas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 60: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

60

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, independientemente de la obligación que tiene el Estado

de restaurar la naturaleza, el Estado también está en la obligación de:

De conformidad con el primer inciso del artículo 72 de la Constitución de la República del Ecuador.

Evaluar los daños que se haya ocasionado.

Medir el nivel del impacto ambiental.

Investigar presuntos responsables.

Indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación

que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de indemnizar a los individuos y colectivos que

dependan de los sistemas naturales afectados.

En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la explotación de los

recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la

restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales

nocivas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 61: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

61

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cúando no existe motivación en una resolución de los

poderes públicos?

De conformidad con el literal l) del numeral 7 del artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador.

Cuando existe una adecuada argumentación jurídica.

Cuando en la motivación están presentes los elementos de lógica, razonabilidad y comprensibilidad.

Cuando no se enuncian normas y principios y no se explica la pertinencia de su aplicación.

Cuando esta bién redactado con una adecuada sintaxis y ortografía.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el

derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:

7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías:

l) Las resoluciones de los poderes públicos deberán ser motivadas. No habrá motivación si en la resolución no

se enuncian las normas o principios jurídicos en que se funda y no se explica la pertinencia de su aplicación a

los antecedentes de hecho. Los actos administrativos, resoluciones o fallos que no se encuentren debidamente

motivados se considerarán nulos. Las servidoras o servidores responsables serán sancionados.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 62: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

62

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es una garantía del

derecho al debido proceso?

De conformidad con el numeral 1 del artículo 76 de la Constitución de la República del Ecuador.

El cumplimiento de las normas y derechos de las partes.

El acceso ala justicia y la tutela judicial efectiva de sus derechos e intereses.

La seguridad jurídica.

Indemnizar a los individuos y colectivos por vulneración de los derechos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el

derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:

1. Corresponde a toda autoridad administrativa o judicial, garantizar el cumplimiento de las normas y los

derechos de las partes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 63: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

63

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es una garantía del

derecho al debido proceso?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

El acceso ala justicia y la tutela judicial efectiva de sus derechos e intereses.

La presunción de inocencia.

La seguridad jurídica.

Indemnizar a los individuos y colectivos por vulneración de los derechos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el

derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:

2. Se presumirá la inocencia de toda persona, y será tratada como tal, mientras no se declare su

responsabilidad mediante resolución firme o sentencia ejecutoriada.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 64: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

64

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es una garantía del

derecho al debido proceso?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

El acceso ala justicia y la tutela judicial efectiva de sus derechos e intereses.

Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un acto u omisión que, al momento de cometerse, no este

tipificado.

Indemnizar a los individuos y colectivos por vulneración de los derechos.

Indemnizar a los individuos y colectivos por vulneración de los derechos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el

derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:

3. Nadie podrá ser juzgado ni sancionado por un acto u omisión que, al momento de cometerse, no esté

tipificado en la ley como infracción penal, administrativa o de otra naturaleza; ni se le aplicará una sanción no

prevista por la Constitución o la ley. Sólo se podrá juzgar a una persona ante un juez o autoridad competente y

con observancia del trámite propio de cada procedimiento.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 65: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

65

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es una garantía del

derecho a la defensa?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

El debido proceso judicial y procedimiento administrativo.

La certeza en la aplicación del ordenamiento jurídico.

El acceso gratuito a la justicia.

Ser escuchado en el momento oportuno y en igualdad de condiciones.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el

derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:

7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías:

c) Ser escuchado en el momento oportuno y en igualdad de condiciones.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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66

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es una garantía del

derecho a la defensa?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Ser asistido gratuitamente por un traductor o intérprete si no comprende el idioma en el que se

sustancia el proceso.

La certeza en la aplicación del ordenamiento jurídico.

El acceso ala justicia y la tutela judicial efectiva de sus derechos e intereses.

Indemnizar a los individuos y colectivos por vulneración de los derechos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el

derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:

7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías:

f) Ser asistido gratuitamente por una traductora o traductor o intérprete, si no comprende o no habla el idioma

en el que se sustancia el procedimiento.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 67: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

67

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es una garantía del

derecho a la defensa en los procesos judiciales?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Ser asistido por un abogado de su elección o un defensor público.

La certeza en la aplicación del ordenamiento jurídico.

Indemnizar a los individuos y colectivos por vulneración de los derechos.

Prohibición de declarar contra su médico de cabecera.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el

derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:

7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías:

g) En procedimientos judiciales, ser asistido por una abogada o abogado de su elección o por defensora o

defensor público; no podrá restringirse el acceso ni la comunicación libre y privada con su defensora o

defensor.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 68: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

68

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados no es una garantía

del derecho a la defensa?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Ser juzgado por juez imparcial

Prohibición de doble juzgamiento.

Recurrir el fallo o la resolución.

La debida ejecución del fallo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el

derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:

7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías:

k) Ser juzgado por una jueza o juez independiente, imparcial y competente. Nadie será juzgado por tribunales

de excepción o por comisiones especiales creadas para el efecto.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 69: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

69

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados afecta el derecho a la

defensa en la garantía de ser juzgado por un juez imparcial?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

No ser asistido por un abogado de su elección o un defensor público.

No ser asistido por interprete cuando no hable español.

Ser juzgado por un tribunal de excepción o comisiones especiales creadas para el efecto.

La no ejecución de la decisión judicial.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 76.- En todo proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurará el

derecho al debido proceso que incluirá las siguientes garantías básicas:

7. El derecho de las personas a la defensa incluirá las siguientes garantías:

k) Ser juzgado por una jueza o juez independiente, imparcial y competente. Nadie será juzgado por tribunales

de excepción o por comisiones especiales creadas para el efecto.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 70: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

70

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál es un objetivo de la privación de la libertad?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Garantizar que el poder punitivo se aplique con todo el rigor.

Garantizar el derecho a la defensa del imputado o acusado.

Garantizar que se aplique el ordenamiento jurídico.

Garantizar a la víctima una jusiticia oportuna sin dilaciones.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 77.- En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona, se observarán las

siguientes garantías básicas:

1. La privación de la libertad no será la regla general y se aplicará para garantizar la comparecencia del

imputado o acusado al proceso, el derecho de la víctima del delito a una justicia pronta, oportuna y sin

dilaciones, y para asegurar el cumplimiento de la pena; procederá por orden escrita de jueza o juez

competente, en los casos, por el tiempo y con las formalidades establecidas en la ley. Se exceptúan los delitos

flagrantes, en cuyo caso no podrá mantenerse a la persona detenida sin formula de juicio por más de

veinticuatro horas. Las medidas no privativas de libertad se aplicarán de conformidad con los casos, plazos,

condiciones y requisitos establecidos en la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 71: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

71

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de la siguiente expresión es la correcta?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Las personas procesadas e indiciada en un juicio penal que se hallen privadas de la libertad

permanecerán en cárceles de los reguimientos militares.

Las personas procesadas e indiciada en un juicio penal que se hallen privadas de la libertad

permanecerán en centros de la privación de la libertad legalmente establecidos.

Las personas procesadas e indiciada en un juicio penal que se hallen privadas de la libertad

permanecerán en hospitales o centros de salud.

Las personas procesadas e indiciada en un juicio penal que se hallen privadas de la libertad

permanecerán en la zona de máxima seguridad de los centros de rehabilitación social.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 77.- En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona, se observarán las

siguientes garantías básicas:

2. Ninguna persona podrá ser admitida en un centro de privación de libertad sin una orden escrita emitida por

jueza o juez competente, salvo en caso de delito flagrante. Las personas procesadas o indiciadas en juicio

penal que se hallen privadas de libertad permanecerán en centros de privación provisional de libertad

legalmente establecidos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 72: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

72

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República,¿qué debe cononocer una persona al momento de su

detención?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

La farmacia y el hospital más cercano.

El nombre del jefe del policía que lo detiene.

Nombre del juez que ordena la detención y quienes la ejecutan.

Los números de cédula de quienes lo detienen.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 77.- En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona, se observarán las

siguientes garantías básicas:

3. Toda persona, en el momento de la detención, tendrá derecho a conocer en forma clara y en un lenguaje

sencillo las razones de su detención, la identidad de la jueza o juez, o autoridad que la ordenó, la de quienes la

ejecutan y la de las personas responsables del respectivo interrogatorio.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 73: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

73

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República,¿qué debe cononocer una persona al momento de su

detención en relación a sus derechos?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Que tiene derecho a ingerir alimentos antes de acompañar a los agentes que lo detienen.

Que tiene derecho a recibir atención médica.

Que puede llamar a un familiar o a la persona que indique.

Que tiene derecho a conocer los números de cédula de quienes lo detienen.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 77.- En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona, se observarán las

siguientes garantías básicas:

4. En el momento de la detención, la agente o el agente informará a la persona detenida de su derecho a

permanecer en silencio, a solicitar la asistencia de una abogada o abogado, o de una defensora o defensor

público en caso de que no pudiera designarlo por sí mismo, y a comunicarse con un familiar o con cualquier

persona que indique.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 74: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

74

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué tiempo caduca la prisión preventiva?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Doce meses para delitos sancionados con prisión y cuatro para los delitos sancionados con reclusión.

Tres meses.

Un mes.

Seis meses.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 77.- En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona, se observarán las

siguientes garantías básicas:

9. Bajo la responsabilidad de la jueza o juez que conoce el proceso, la prisión preventiva no podrá exceder de

seis meses en las causas por delitos sancionados con prisión, ni de un año en los casos de delitos

sancionados con reclusión. Si se exceden estos plazos, la orden de prisión preventiva quedará sin efecto.

La orden de prisión preventiva se mantendrá vigente y se suspenderá ipso jure el decurso del plazo de la

prisión preventiva si por cualquier medio, la persona procesada ha evadido, retardado, evitado o impedido su

juzgamiento mediante actos orientados a provocar su caducidad. Si la dilación ocurriera durante el proceso o

produjera la caducidad, sea esta por acciones u omisiones de juezas, jueces, fiscales, defensor público,

peritos o servidores de órganos auxiliares, se considerará que estos han incurrido en falta gravísima y deberán

ser sancionados de conformidad con la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 75: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

75

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuándo se mantendrá vigente la orden de prisión

preventiva y se suspenderá ipso iure el decurso del plazo de la prisión preventiva?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Cuando el reo no haya mostrado buen comportamiento.

Cuando el detenido no haya querido colaborar con la Fiscalía.

Cuando la persona procesada haya evadido, retardado, evitado o impedido su juzgamiento mediante

actos orientados a provocar su caducidad.

Cuando el detenido no cuente con abogado defensor.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 77.- En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona, se observarán las

siguientes garantías básicas:

9. Bajo la responsabilidad de la jueza o juez que conoce el proceso, la prisión preventiva no podrá exceder de

seis meses en las causas por delitos sancionados con prisión, ni de un año en los casos de delitos

sancionados con reclusión. Si se exceden estos plazos, la orden de prisión preventiva quedará sin efecto.

La orden de prisión preventiva se mantendrá vigente y se suspenderá ipso jure el decurso del plazo de la

prisión preventiva si por cualquier medio, la persona procesada ha evadido, retardado, evitado o impedido su

juzgamiento mediante actos orientados a provocar su caducidad. Si la dilación ocurriera durante el proceso o

produjera la caducidad, sea esta por acciones u omisiones de juezas, jueces, fiscales, defensor público,

peritos o servidores de órganos auxiliares, se considerará que estos han incurrido en falta gravísima y deberán

ser sancionados de conformidad con la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 76: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

76

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuándo una persona detenida recobrará su libertad?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Cuando el reo no haya mostrado buen comportamiento.

Cuando el detenido no haya querido colaborar con la Fiscalía.

Cuando la persona procesada haya evadido, retardado, evitado o impedido su juzgamiento mediante

actos orientados a provocar su caducidad.

Cuando se haya dictado auto de sobreseimiento o sentencia absolutoria.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 77.- En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona, se observarán las

siguientes garantías básicas:

10. Sin excepción alguna, dictado el auto de sobreseimiento o la sentencia absolutoria, la persona detenida

recobrará inmediatamente su libertad, aún cuando estuviera pendiente cualquier consulta o recurso.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 77: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

77

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál es el régimen sancionatorio aplicable para

adolescentes infractores?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

El mismo que se aplica para los adultos.

Ninguno ya que los adolescentes infractores son inimputables.

Privación de la patria potestad a sus padres.

Medidas socioeducativas proporcionales a la infracción cometida.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 77.- En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona, se observarán las

siguientes garantías básicas:

13. Para las adolescentes y los adolescentes infractores regirá un sistema de medidas socioeducativas

proporcionales a la infracción atribuida. El Estado determinará mediante ley sanciones privativas y no privativas

de libertad. La privación de la libertad será establecida como último recurso, por el periodo mínimo necesario,

y se llevará a cabo en establecimientos diferentes a los de personas adultas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 78: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

78

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué consiste el principio constitucional del reformatio

in pejus?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Todos los derechos son de directa e inmediata aplicación.

En caso de duda se fallarán en favor del procesado.

Al resolver la impugnación no se puede empeorar la situación del que recurre.

La sanciones serán proporcionales con las infracciones.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 77.- En todo proceso penal en que se haya privado de la libertad a una persona, se observarán las

siguientes garantías básicas:

14. Al resolver la impugnación de una sanción, no se podrá empeorar la situación de la persona que recurre.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 79: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

79

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué consiste el principio constitucional de no

revictimización?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Protección especial a la víctima, protección y cuidado en la obtención y valoración de pruebas dentro

del proceso penal y protección de cualquier forma de intimidación.

En caso de duda se fallarán en favor del procesado.

Al resolver la impugnación no se puede empeorar la situación del que recurre.

La sanciones serán proporcionales con las infracciones.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 78.- Las víctimas de infracciones penales gozarán de protección especial, se les garantizará su no

revictimización, particularmente en la obtención y valoración de las pruebas, y se las protegerá de cualquier

amenaza u otras formas de intimidación. Se adoptarán mecanismos para una reparación integral que incluirá,

sin dilaciones, el conocimiento de la verdad de los hechos y la restitución, indemnización, rehabilitación,

garantía de no repetición y satisfacción del derecho violado.

Se establecerá un sistema de protección y asistencia a víctimas, testigos y participantes procesales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 80: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

80

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es un deber y

responsabilidad de los ecuatorianos sin perjuicio de otros previstos en la Constitucón y en la ley?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Garantizar que el poder punitivo se aplique con todo el rigor.

Garantizar el derecho a la defensa del imputado o acusado dentro de un proceso penal.

Promover el bien común y anteponer el interés general al interes particular.

Garantizar a la víctima de un delito una justicia oportuna sin dilaciones.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 83.- Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros

previstos en la Constitución y la ley:

7. Promover el bien común y anteponer el interés general al interés particular, conforme al buen vivir.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 81: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

81

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es un deber y

responsabilidad de los ecuatorianos sin perjuicio de otros previstos en la Constitucón y en la ley?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

No desear la mujer o pareja del prójimo.

Honrar padre y madre.

Administrar honradamente y con apego irrestricto a la ley el patrimonio público.

Garantizar a la víctima de un delito una justicia oportuna sin dilaciones.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 83.- Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros

previstos en la Constitución y la ley:

8. Administrar honradamente y con apego irrestricto a la ley el patrimonio público, y denunciar y combatir los

actos de corrupción.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 82: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

82

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados no es un deber y

responsabilidad de los ecuatorianos sin perjuicio de otros previstos en la Constitucón y en la ley?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Respetar los derechos humanos.

No dar falso testimonio ni mentir.

Colaborar con el mantenimiento de la paz y la seguridad.

Defender la integridad territorial del Ecuador y sus recursos naturales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 83.- Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los ecuatorianos, sin perjuicio de otros

previstos en la Constitución y la ley:

2. Ama killa, ama llulla, ama shwa. No ser ocioso, no mentir, no robar.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 83: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

83

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué es una garantía normativa?

Una norma expedida por la Asamblea Nacional o por un órgano que tiene potestad normativa.

La jurisprudencia emitida por las altas cortes que tiene efecto vinculante.

Los planes, programas y proyectos desarrollados por las autoridades que ejercen función administrativa.

Un proceso judicial.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Capítulo primero

Garantías normativas

Art. 84.- La Asamblea Nacional y todo órgano con potestad normativa tendrá la obligación de adecuar, formal y

materialmente, las leyes y demás normas jurídicas a los derechos previstos en la Constitución y los tratados

internacionales, y los que sean necesarios para garantizar la dignidad del ser humano o de las comunidades,

pueblos y nacionalidades. En ningún caso, la reforma de la Constitución, las leyes, otras normas jurídicas ni los

actos del poder público atentarán contra los derechos que reconoce la Constitución.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Page 84: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

84

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que garanticen los

derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con:

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 85.- La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que garanticen

los derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con las siguientes disposiciones:

1. Las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y

todos los derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad.

2. Sin perjuicio de la prevalencia del interés general sobre el interés particular, cuando los efectos de la ejecución de

las políticas públicas o prestación de bienes o servicios públicos vulneren o amenacen con vulnerar derechos

constitucionales, la política o prestación deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los

derechos en conflicto.

3. El Estado garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para la ejecución de las políticas

públicas y la prestación de bienes y servicios públicos.

En la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos se garantizará la

participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Una norma expedida por la Asamblea Nacional o por un órgano que tiene potestad normativa.

La jurisprudencia emitida por las altas cortes que tiene efecto vinculante.

Los planes, programas y proyectos desarrollados por las autoridades que ejercen función administrativa

para la prestación de servicios públicos y garantizar los derechos.

Un proceso judicial.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 85: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

85

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es una disposición

que rige las garantías jurisdiccionales?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Todo juez del lugar en donde se cometió la vulneración a los derechos es competente

independientemente de su competencia en razón de la materia.

No se puede agravar la situación jurídica del procesado.

En caso de duda se aplica lo más favorable al procesado.

Las penas serán proporcionales con las infracciones cometidas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 86.- Las garantías jurisdiccionales se regirán, en general, por las siguientes disposiciones:

2. Será competente la jueza o juez del lugar en el que se origina el acto o la omisión o donde se producen sus

efectos, y serán aplicables las siguientes normas de procedimiento:

a) El procedimiento será sencillo, rápido y eficaz. Será oral en todas sus fases e instancias.

b) Serán hábiles todos los días y horas.

c) Podrán ser propuestas oralmente o por escrito, sin formalidades, y sin necesidad de citar la norma

infringida. No será indispensable el patrocinio de un abogado para proponer la acción.

d) Las notificaciones se efectuarán por los medios más eficaces que estén al alcance del juzgador, del

legitimado activo y del órgano responsable del acto u omisión.

e) No serán aplicables las normas procesales que tiendan a retardar su ágil despacho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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87

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál de los siguientes enunciados es una disposición

que rige las garantías jurisdiccionales?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Cualquier persona, grupo de personas, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá proponer las

acciones previstas en la Constitución.

No se puede agravar la situación jurídica del procesado.

Las cosas se hacen de la misma manera que se deshacen.

En caso de duda se aplica lo más favorable al procesado

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 86.- Las garantías jurisdiccionales se regirán, en general, por las siguientes disposiciones:

1. Cualquier persona, grupo de personas, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá proponer las acciones

previstas en la Constitución.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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88

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿quién conoce la apelación de la sentencia emitida por el

juez de instancia en un proceso de garantía jurisdiccional?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Es de única y definitiva instancia.

El juez de lo penal del lugar mediante sorteo.

Una de las Salas de lo Corte Provincial.

El Tribunal de lo Contencioso Administrativo del lugar.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 86.- Las garantías jurisdiccionales se regirán, en general, por las siguientes disposiciones:

3. Presentada la acción, la jueza o juez convocará inmediatamente a una audiencia pública, y en cualquier

momento del proceso podrá ordenar la práctica de pruebas y designar comisiones para recabarlas. Se

presumirán ciertos los fundamentos alegados por la persona accionante cuando la entidad pública requerida no

demuestre lo contrario o no suministre información. La jueza o juez resolverá la causa mediante sentencia, y en

caso de constatarse la vulneración de derechos, deberá declararla, ordenar la reparación integral, material e

inmaterial, y especificar e individualizar las obligaciones, positivas y negativas, a cargo del destinatario de la

decisión judicial, y las circunstancias en que deban cumplirse.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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89

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cúales son los tipos de medidas cautelares que se

pueden solicitar para evitar o hacer cesar la violación o amenaza de vulneración de un derecho?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Principales y secundarias.

Normativas y jurisdiccionales.

Oficiales y extraoficiales.

Conjuntas o independientes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 87.- Se podrán ordenar medidas cautelares conjunta o independientemente de las acciones

constitucionales de protección de derechos, con el objeto de evitar o hacer cesar la violación o amenaza

de violación de un derecho.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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90

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en contra de qué acto procede la acción de protección?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Acto jurisdiccional que vulnere derechos.

Ley que vulnere derechos.

Acto de toda autoridad pública no judicial que vulnere derechos.

Instrumento internacional que vulnere derechos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Sección segunda

Acción de protección

Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la

Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u

omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del

goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación proceda de una persona particular, si la

violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por delegación o

concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de subordinación, indefensión o discriminación.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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91

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué derecho se protege a através de la acción de

hábeas corpus?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Derechos económicos, sociales y culturales.

Derecho a la libertad, integridad física y vida.

Derecho al sufragio activo y pasivo.

Derecho a la igualdad formal y material.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Sección tercera

Acción de hábeas corpus

Art. 89.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de

ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad.

Inmediatamente de interpuesta la acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en

las veinticuatro horas siguientes, en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de

ley y las justificaciones de hecho y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la

comparecencia de la persona privada de libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona

detenida, de la defensora o defensor público y de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser

necesario, la audiencia se realizará en el lugar donde ocurra la privación de libertad.

La jueza o juez resolverá dentro de las veinticuatro horas siguientes a la finalización de la audiencia. En caso Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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92

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué tiempo se tiene que convocar a audiencia en la

acción de hábeas corpus?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Dentro de las 48 horas de presentada la acción.

Dentro de 36 horas de presentada la acción.

Dentro de 24 horas de presentada la acción.

Dentro de 72 horas de presentada la acción.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Sección tercera

Acción de hábeas corpus

Art. 89.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de

ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad.

Inmediatamente de interpuesta la acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en

las veinticuatro horas siguientes, en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de

ley y las justificaciones de hecho y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la

comparecencia de la persona privada de libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona

detenida, de la defensora o defensor público y de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser

necesario, la audiencia se realizará en el lugar donde ocurra la privación de libertad.

La jueza o juez resolverá dentro de las veinticuatro horas siguientes a la finalización de la audiencia. En caso

de privación ilegítima o arbitraria, se dispondrá la libertad. La resolución que ordene la libertad se cumplirá de

forma inmediata.

En caso de verificarse cualquier forma de tortura, trato inhumano, cruel o degradante se dispondrá la libertad

de la víctima, su atención integral y especializada, y la imposición de medidas alternativas a la privación de la

libertad cuando fuera aplicable.

Cuando la orden de privación de la libertad haya sido dispuesta en un proceso penal, el recurso se interpondrá

ante la Corte Provincial de Justicia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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93

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué medida se prioritaria se ordenará en la audiencia

convocada dentro de la acción de hábeas corpus?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Notificación a otros sujetos involucrados.

Comparecencia de la persona privada de la libertad.

Reparación integral de la víctima.

Lectura del acta de instalación de la audiencia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Sección tercera

Acción de hábeas corpus

Art. 89.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de

ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad.

Inmediatamente de interpuesta la acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en

las veinticuatro horas siguientes, en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de

ley y las justificaciones de hecho y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la

comparecencia de la persona privada de libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona

detenida, de la defensora o defensor público y de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser

necesario, la audiencia se realizará en el lugar donde ocurra la privación de libertad.

La jueza o juez resolverá dentro de las veinticuatro horas siguientes a la finalización de la audiencia. En caso Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 93: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

94

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué tiempo se tiene que dictar sentencia en la acción

de hábeas corpus?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Dentro de las 48 horas siguientes a la finalización de la audiencia.

Dentro de las 36 horas siguientes a la finalización de la audiencia.

Dentro de las 24 horas siguientes a la finalización de la audiencia.

Dentro de las 72 horas siguientes a la finalización de la audiencia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Sección tercera

Acción de hábeas corpus

Art. 89.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de

ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad.

Inmediatamente de interpuesta la acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en

las veinticuatro horas siguientes, en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de

ley y las justificaciones de hecho y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la

comparecencia de la persona privada de libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona

detenida, de la defensora o defensor público y de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser

necesario, la audiencia se realizará en el lugar donde ocurra la privación de libertad.

La jueza o juez resolverá dentro de las veinticuatro horas siguientes a la finalización de la audiencia. En caso

de privación ilegítima o arbitraria, se dispondrá la libertad. La resolución que ordene la libertad se cumplirá de

forma inmediata.

En caso de verificarse cualquier forma de tortura, trato inhumano, cruel o degradante se dispondrá la libertad Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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95

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué se dispone de manera inmediata si en la acción de

hábeas corpus se verifica cualquier forma de tortura o trato cruel o denigrante ?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

El llamado verbal de atención por parte del juez a la autoridad responsable.

Comparecencia de la persona privada de la libertad.

La determinación de la esponsabilidad civil, penal y administrativa al responsable.

Libertad de la víctima, atención integral y especializada y la imposición de medidas alternativas a la

privación de la libertad cuando fuere aplicable.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Sección tercera

Acción de hábeas corpus

Art. 89.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de

ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad.

Inmediatamente de interpuesta la acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en

las veinticuatro horas siguientes, en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de

ley y las justificaciones de hecho y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la

comparecencia de la persona privada de libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona

detenida, de la defensora o defensor público y de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser

necesario, la audiencia se realizará en el lugar donde ocurra la privación de libertad.

La jueza o juez resolverá dentro de las veinticuatro horas siguientes a la finalización de la audiencia. En caso

de privación ilegítima o arbitraria, se dispondrá la libertad. La resolución que ordene la libertad se cumplirá de

forma inmediata.

En caso de verificarse cualquier forma de tortura, trato inhumano, cruel o degradante se dispondrá la libertad Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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96

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué juez es el competente para conocer una acción de

hábeas corpus presentada dentro de un proceso penal?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Corte provincial.

Juez de garantías penitenciarias.

Cuaquier juez del lugar donde se cometió la vulneración del derecho independientemente de su

competencia en razón de la materia.

Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Sección tercera

Acción de hábeas corpus

Art. 89.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de

ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad.

Inmediatamente de interpuesta la acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en

las veinticuatro horas siguientes, en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de

ley y las justificaciones de hecho y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la

comparecencia de la persona privada de libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona

detenida, de la defensora o defensor público y de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser

necesario, la audiencia se realizará en el lugar donde ocurra la privación de libertad.

La jueza o juez resolverá dentro de las veinticuatro horas siguientes a la finalización de la audiencia. En caso

de privación ilegítima o arbitraria, se dispondrá la libertad. La resolución que ordene la libertad se cumplirá de

forma inmediata.

En caso de verificarse cualquier forma de tortura, trato inhumano, cruel o degradante se dispondrá la libertad Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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97

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cómo se procede cuando en una acción de hábeas

corpus se desconoce el lugar de la privación de la libertad de una persona?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Convocar a la audiencia a todos los familiares más cercanos.

Convocar a la audiencia al máximo representante de la Policía Nacional y al ministro competente.

Convocar a la audiencia al Alcalde.

Convocar a la audiencia al Defensor del Pueblo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 90.- Cuando se desconozca el lugar de la privación de libertad y existan indicios sobre la intervención de

algún funcionario público o cualquier otro agente del Estado, o de personas que actúen con su autorización,

apoyo o aquiescencia, la jueza o juez deberá convocar a audiencia al máximo representante de la Policía

Nacional y al ministro competente. Después de escucharlos, se adoptarán las medidas necesarias para ubicar

a la persona y a los responsables de la privación de libertad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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98

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿ante quién se presenta la acción por incumplimiento?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Corte Provincial.

Juez de instancia.

Tribunal de lo Contencioso Administrativo.

Corte Constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Sección sexta

Acción por incumplimiento

Art. 93.- La acción por incumplimiento tendrá por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran el

sistema jurídico, así como el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de

derechos humanos, cuando la norma o decisión cuyo cumplimiento se persigue contenga una obligación de

hacer o no hacer clara, expresa y exigible. La acción se interpondrá ante la Corte Constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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99

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en contra de qué procede la acción extraordinaria de

protección?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Actos administrativos.

Sentencias o autos definitivos jurisdiccionales.

Ley.

Reglamento.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 94.- La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se

haya violado por acción u omisión derechos reconocidos en la Constitución, y se interpondrá ante la Corte

Constitucional. El recurso procederá cuando se hayan agotado los recursos ordinarios y extraordinarios dentro

del término legal, a menos que la falta de interposición de estos recursos no fuera atribuible a la negligencia de

la persona titular del derecho constitucional vulnerado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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100

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuándo procede la acción extraordinaria de protección?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Cuando se haya agotado previamente vía contenciosa administrativa.

Cuando se hayan agotado los recursos en sede administrativa.

Cuando se haya acudido previamente a medios alternativos de solución de conflictos.

Cuando se hayan agotado todos los recursos ordinarios y extraordinarios dentro del término legal,

salvo que la falta de interposición no fuera atribuible a negligencia de la persona titular del derecho

vulnerado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Sección séptima

Acción extraordinaria de protección

Art. 94.- La acción extraordinaria de protección procederá contra sentencias o autos definitivos en los que se

haya violado por acción u omisión derechos reconocidos en la Constitución, y se interpondrá ante la Corte

Constitucional. El recurso procederá cuando se hayan agotado los recursos ordinarios y extraordinarios dentro

del término legal, a menos que la falta de interposición de estos recursos no fuera atribuible a la negligencia de

la persona titular del derecho constitucional vulnerado.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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101

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿para qué sirve la participación ciudadana?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Para generar acuerdos conciliatorios para evitar acudir a vía judicial.

Para construir actos administrativos.

Para elaborar presupuestos participativos de los gobiernos.

Para construir sentencias jurisdiccionales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Sección tercera

Participación en los diferentes niveles de gobierno

Art. 100.- En todos los niveles de gobierno se conformarán instancias de participación integradas por

autoridades electas, representantes del régimen dependiente y representantes de la sociedad del ámbito

territorial de cada nivel de gobierno, que funcionarán regidas por principios democráticos. La participación en

estas instancias se ejerce para:

1. Elaborar planes y políticas nacionales, locales y sectoriales entre los gobiernos y la ciudadanía.

2. Mejorar la calidad de la inversión pública y definir agendas de desarrollo.

3. Elaborar presupuestos participativos de los gobiernos.

4. Fortalecer la democracia con mecanismos permanentes de transparencia, rendición de cuentas y control

social.

5. Promover la formación ciudadana e impulsar procesos de comunicación.

Para el ejercicio de esta participación se organizarán audiencias públicas, veedurías, asambleas, cabildos

populares, consejos consultivos, observatorios y las demás instancias que promueva la ciudadanía.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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102

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCIÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en que consiste en mecanismos de la silla vacía?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

En poder participar de las sesiones de los gobiernos autónomos descentralizados mediante un

representante ciudadano en función de los temas a tratarse.

En dejar una silla vacía en una reunión del gobierno.

En ser consultado en los temas de relevancia nacional.

El ejercer su derecho a la objeción de conciencia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 101.- Las sesiones de los gobiernos autónomos descentralizados serán públicas, y en ellas existirá la silla

vacía que ocupará una representante o un representante ciudadano en función de los temas a tratarse, con el

propósito de participar en su debate y en la toma de decisiones.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 102: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

103

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué porcentaje de firmas de respaldo se necesita para

presentar proyectos de iniciativa popular normativa?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

0.25%

0.50%

1%

0.75%

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 103.- La iniciativa popular normativa se ejercerá para proponer la creación, reforma o derogatoria de

normas jurídicas ante la Función Legislativa o cualquier otro órgano con competencia normativa. Deberá

contar con el respaldo de un número no inferior al cero punto veinte y cinco por ciento de las personas inscritas

en el registro electoral de la jurisdicción correspondiente.

Quienes propongan la iniciativa popular participarán, mediante representantes, en el debate del proyecto en el

órgano correspondiente, que tendrá un plazo de ciento ochenta días para tratar la propuesta; si no lo hace, la

propuesta entrará en vigencia.

Cuando se trate de un proyecto de ley, la Presidenta o Presidente de la República podrá enmendar el proyecto

pero no vetarlo totalmente.

Para la presentación de propuestas de reforma constitucional se requerirá el respaldo de un número no inferior Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 103: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

104

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué porcentaje de de firmas de respaldo se necesita

para presentar propuestas de modificación constitucional?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

0.25%

0.50%

1%

0.75%

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 103.- La iniciativa popular normativa se ejercerá para proponer la creación, reforma o derogatoria de

normas jurídicas ante la Función Legislativa o cualquier otro órgano con competencia normativa. Deberá

contar con el respaldo de un número no inferior al cero punto veinte y cinco por ciento de las personas inscritas

en el registro electoral de la jurisdicción correspondiente.

Quienes propongan la iniciativa popular participarán, mediante representantes, en el debate del proyecto en el

órgano correspondiente, que tendrá un plazo de ciento ochenta días para tratar la propuesta; si no lo hace, la

propuesta entrará en vigencia.

Cuando se trate de un proyecto de ley, la Presidenta o Presidente de la República podrá enmendar el proyecto

pero no vetarlo totalmente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 104: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

105

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿Quiénes pueden solicitar al organismo electoral la

convocatoria a consulta popular?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Ministros de Estado.

Máxima Autoridad de los Gobiernos Autónomos Descentralizados.

Jueces

Legisladores

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 104.- El organismo electoral correspondiente convocará a consulta popular por disposición de la

Presidenta o Presidente de la República, de la máxima autoridad de los gobiernos autónomos descentralizados

o de la iniciativa ciudadana.

La Presidenta o Presidente de la República dispondrá al Consejo Nacional Electoral que convoque a consulta

popular sobre los asuntos que estime convenientes.

Los gobiernos autónomos descentralizados, con la decisión de las tres cuartas partes de sus integrantes,

podrán solicitar la convocatoria a consulta popular sobre temas de interés para su jurisdicción.

La ciudadanía podrá solicitar la convocatoria a consulta popular sobre cualquier asunto. Cuando la consulta

sea de carácter nacional, el petitorio contará con el respaldo de un número no inferior al cinco por ciento de

personas inscritas en el registro electoral; cuando sea de carácter local el respaldo será de un número no

inferior al diez por ciento del correspondiente registro electoral.

Cuando la consulta sea solicitada por ecuatorianas y ecuatorianos en el exterior, para asuntos de su interés y

relacionados con el Estado ecuatoriano, requerirá el respaldo de un número no inferior al cinco por ciento de

las personas inscritas en el registro electoral de la circunscripción especial.

Las consultas populares que soliciten los gobiernos autónomos descentralizados o la ciudadanía no podrán

referirse a asuntos relativos a tributos o a la organización político administrativa del país, salvo lo dispuesto en Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 105: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

106

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué porcentaje de de firmas de respaldo se necesita

para presentar revocatoria del mandato de autoridades de elección popular excepto el presidente de la

república?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

15%

20%

5%

10%

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 105.- Las personas en goce de los derechos políticos podrán revocar el mandato a las autoridades de

elección popular.

La solicitud de revocatoria del mandato podrá presentarse una vez cumplido el primero y antes del último año

del periodo para el que fue electa la autoridad cuestionada. Durante el periodo de gestión de una autoridad

podrá realizarse sólo un proceso de revocatoria del mandato.

La solicitud de revocatoria deberá respaldarse por un número no inferior al diez por ciento de personas

inscritas en el registro electoral correspondiente. Para el caso de la Presidenta o Presidente de la República se

requerirá el respaldo de un número no inferior al quince por ciento de inscritos en el registro electoral.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 106: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

107

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué porcentaje de de firmas de respaldo se necesita

para presentar revocatoria del mandato del presidente de la república?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

15%

20%

5%

10%

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 105.- Las personas en goce de los derechos políticos podrán revocar el mandato a las autoridades de

elección popular.

La solicitud de revocatoria del mandato podrá presentarse una vez cumplido el primero y antes del último año

del periodo para el que fue electa la autoridad cuestionada. Durante el periodo de gestión de una autoridad

podrá realizarse sólo un proceso de revocatoria del mandato.

La solicitud de revocatoria deberá respaldarse por un número no inferior al diez por ciento de personas

inscritas en el registro electoral correspondiente. Para el caso de la Presidenta o Presidente de la República se

requerirá el respaldo de un número no inferior al quince por ciento de inscritos en el registro electoral.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 107: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

108

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué consiste el principio de reserva de ley?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Se necesita exclusivamente de una ley para regular casos determinados.

La ley tiene que ser reservada para evitar posibles inconstitucionalidades.

Las leyes y reglamentos tienen la misma funcionalidad.

Los órganos que ejercer postestad normativa pero que tiene función administrativa pueden

reservarse la facultad de expedir leyes.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 132.- La Asamblea Nacional aprobará como leyes las normas generales de interés común. Las

atribuciones de la Asamblea Nacional que no requieran de la expedición de una ley se ejercerán a través de

acuerdos o resoluciones. Se requerirá de ley en los siguientes casos:

1. Regular el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.

2. Tipificar infracciones y establecer las sanciones correspondientes.

3. Crear, modificar o suprimir tributos, sin menoscabo de las atribuciones que la Constitución confiere a los

gobiernos autónomos descentralizados.

4. Atribuir deberes, responsabilidades y competencias a los gobiernos autónomos descentralizados.

5. Modificar la división político-administrativa del país, excepto en lo relativo a las parroquias.

6. Otorgar a los organismos públicos de control y regulación la facultad de expedir normas de carácter

general en las materias propias de su competencia, sin que puedan alterar o innovar las disposiciones

legales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 108: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

109

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué casos se necesita de ley?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Para regular los concursos de oposición y méritos.

Para regular el sistema de casiller electrónico.

Para regular el acceso al sistema SATJE.

Para atribuir competencias a los gobiernos autónomos descentralizados.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 132.- La Asamblea Nacional aprobará como leyes las normas generales de interés común. Las

atribuciones de la Asamblea Nacional que no requieran de la expedición de una ley se ejercerán a través de

acuerdos o resoluciones. Se requerirá de ley en los siguientes casos:

1. Regular el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.

2. Tipificar infracciones y establecer las sanciones correspondientes.

3. Crear, modificar o suprimir tributos, sin menoscabo de las atribuciones que la Constitución confiere a los

gobiernos autónomos descentralizados.

4. Atribuir deberes, responsabilidades y competencias a los gobiernos autónomos descentralizados.

5. Modificar la división político-administrativa del país, excepto en lo relativo a las parroquias.

6. Otorgar a los organismos públicos de control y regulación la facultad de expedir normas de carácter general

en las materias propias de su competencia, sin que puedan alterar o innovar las disposiciones legales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 109: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

110

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué casos se necesita de ley?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Para declarar la inconstitucionalidad de otras leyes.

Para poder aplicar una disposición constitucional.

Para regular derechos y garantías.

Para poder aprobar un tratado o instrumento internacional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 132.- La Asamblea Nacional aprobará como leyes las normas generales de interés común. Las

atribuciones de la Asamblea Nacional que no requieran de la expedición de una ley se ejercerán a través de

acuerdos o resoluciones. Se requerirá de ley en los siguientes casos:

1. Regular el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.

2. Tipificar infracciones y establecer las sanciones correspondientes.

3. Crear, modificar o suprimir tributos, sin menoscabo de las atribuciones que la Constitución confiere a los

gobiernos autónomos descentralizados.

4. Atribuir deberes, responsabilidades y competencias a los gobiernos autónomos descentralizados.

5. Modificar la división político-administrativa del país, excepto en lo relativo a las parroquias.

6. Otorgar a los organismos públicos de control y regulación la facultad de expedir normas de carácter general

en las materias propias de su competencia, sin que puedan alterar o innovar las disposiciones legales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 110: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

111

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cúal es un caso en el que no se necesita de ley?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Tpificar infracciones y establecer sanciones.

Crear, modificar o extinguir tributos.

Para poder aplicar una disposición constitucional.

Modificar la organización político administrativa del país excepto en lo relativo a parroquias.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 132.- La Asamblea Nacional aprobará como leyes las normas generales de interés común. Las

atribuciones de la Asamblea Nacional que no requieran de la expedición de una ley se ejercerán a través de

acuerdos o resoluciones. Se requerirá de ley en los siguientes casos:

1. Regular el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.

2. Tipificar infracciones y establecer las sanciones correspondientes.

3. Crear, modificar o suprimir tributos, sin menoscabo de las atribuciones que la Constitución confiere a los

gobiernos autónomos descentralizados.

4. Atribuir deberes, responsabilidades y competencias a los gobiernos autónomos descentralizados.

5. Modificar la división político-administrativa del país, excepto en lo relativo a las parroquias.

6. Otorgar a los organismos públicos de control y regulación la facultad de expedir normas de carácter general

en las materias propias de su competencia, sin que puedan alterar o innovar las disposiciones legales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 111: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

112

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuáles son los tipos de leyes?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Estatuarias y reglamentarias.

Especiales y generales.

Orgánicas y ordinarias.

Impuestas y pactadas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 133.- Las leyes serán orgánicas y ordinarias.

Serán leyes orgánicas:

1. Las que regulen la organización y funcionamiento de las instituciones creadas por la Constitución.

2. Las que regulen el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.

3. Las que regulen la organización, competencias, facultades y funcionamiento de los gobiernos autónomos

descentralizados.

4. Las relativas al régimen de partidos políticos y al sistema electoral.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 112: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

113

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál no podrá ser leyes orgánicas?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Las que regulen las competencias y funcionamiento de las instituciones creadas por la Constitución.

Las que regulen el ejercicio de un derecho o una garantía constitucional.

Las que regulan el régimen de partidos.

Las que regulan los mecanismos de protección ambiental.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 133.- Las leyes serán orgánicas y ordinarias.

Serán leyes orgánicas:

1. Las que regulen la organización y funcionamiento de las instituciones creadas por la Constitución.

2. Las que regulen el ejercicio de los derechos y garantías constitucionales.

3. Las que regulen la organización, competencias, facultades y funcionamiento de los gobiernos autónomos

descentralizados.

4. Las relativas al régimen de partidos políticos y al sistema electoral.

La expedición, reforma, derogación e interpretación con carácter generalmente obligatorio de las leyes

orgánicas requerirán mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional.

Las demás serán leyes ordinarias, que no podrán modificar ni prevalecer sobre una ley orgánica.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 113: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

114

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿quién tienen iniciativa para presentar proyectos de ley?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Presidente de una junta parroquial.

Ministro de Estado.

Concejal.

Procurador General del Estado.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 134.- La iniciativa para presentar proyectos de ley corresponde:

1. A las asambleístas y los asambleístas, con el apoyo de una bancada legislativa o de al menos el cinco por

ciento de los miembros de la Asamblea Nacional.

2. A la Presidenta o Presidente de la República.

3. A las otras funciones del Estado en los ámbitos de su competencia.

4. A la Corte Constitucional, Procuraduría General del Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del

Pueblo y Defensoría Pública en las materias que les corresponda de acuerdo con sus atribuciones.

5. A las ciudadanas y los ciudadanos que estén en goce de los derechos políticos y a las organizaciones

sociales que cuenten con el respaldo de por lo menos el cero punto veinticinco por ciento de las ciudadanas y

ciudadanos inscritos en el padrón electoral nacional.

6. Quienes presenten proyectos de ley de acuerdo con estas disposiciones podrán participar en su debate,

personalmente o por medio de sus delegados.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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115

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en que materias el Fiscal General del Estado tiene

iniciativa legislativa?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Tributaria.

Electoral.

Penal.

Notarial.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 115: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

116

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué sucede cuando el Presidente de la República objeta

un proyecto de ley por razones de inconstitucionalidad?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

El proyecto de ley se archiva.

Retorna a la Asamblea Nacional para su aprobación.

Se promulga en el registro oficial.

Se activa el control previo de constitucionalidad en la Corte Constitucional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 139.- Si la objeción de la Presidenta o Presidente de la República se fundamenta en la inconstitucionalidad

total o parcial del proyecto, requerirá dictamen de la Corte Constitucional, que lo emitirá dentro del plazo de

treinta días.

Si el dictamen confirmara la inconstitucionalidad total del proyecto, éste será archivado, y si esta fuera parcial,

la Asamblea Nacional realizará las enmiendas necesarias para que el proyecto pase a la sanción de la

Presidenta o Presidente de la República. Si la Corte Constitucional dictamina que no hay inconstitucionalidad,

la Asamblea Nacional lo promulgará y ordenará su publicación.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 116: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

117

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué plazo tiene la Asamblea Nacional para tratar un

proyecto de ley de urgencia económica ?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

30 días.

60 días.

45 días.

90 días.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 140.- La Presidenta o Presidente de la República podrá enviar a la Asamblea Nacional proyectos de ley

calificados de urgencia en materia económica. La Asamblea deberá aprobarlos, modificarlos o negarlos dentro

de un plazo máximo de treinta días a partir de su recepción.

El trámite para la presentación, discusión y aprobación de estos proyectos será el ordinario, excepto en cuanto

a los plazos anteriormente establecidos. Mientras se discuta un proyecto calificado de urgente, la Presidenta o

Presidente de la República no podrá enviar otro, salvo que se haya decretado el estado de excepción.

Cuando en el plazo señalado la Asamblea no apruebe, modifique o niegue el proyecto calificado de urgente en

materia económica, la Presidenta o Presidente de la República lo promulgará como decreto-ley y ordenará su

publicación en el Registro Oficial. La Asamblea Nacional podrá en cualquier tiempo modificarla o derogarla,

con sujeción al trámite ordinario previsto en la Constitución.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 117: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

118

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿quién es la autoridad competente para decretar estado

de excepción?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Presidente de la República.

Asambleístas.

Juez de la Corte Constitucional.

Alcalde.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Estados de excepción

Art. 164.- La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio

nacional o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción

interna, calamidad pública o desastre natural. La declaración del estado de excepción no interrumpirá las

actividades de las funciones del Estado.

El estado de excepción observará los principios de necesidad, proporcionalidad, legalidad, temporalidad,

territorialidad y razonabilidad. El decreto que establezca el estado de excepción contendrá la determinación de

la causal y su motivación, ámbito territorial de aplicación, el periodo de duración, las medidas que deberán

aplicarse, los derechos que podrán suspenderse o limitarse y las notificaciones que correspondan de acuerdo

a la Constitución y a los tratados internacionales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 118: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

119

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué principios observarán los estados de excepción?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Necesidad, proporcionalidad, temporabilidad y razonabilidad.

Irretroctividad, generalidad, posterioridad y materialidad.

Inalienabilidad, irrenunciabilidad, imprescriptibilidad e indivisibilidad.

Progresividad, abstracción, interdependencia e igual jerarquía.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Estados de excepción

Art. 164.- La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio

nacional o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción

interna, calamidad pública o desastre natural. La declaración del estado de excepción no interrumpirá las

actividades de las funciones del Estado.

El estado de excepción observará los principios de necesidad, proporcionalidad, legalidad, temporalidad,

territorialidad y razonabilidad. El decreto que establezca el estado de excepción contendrá la determinación de

la causal y su motivación, ámbito territorial de aplicación, el periodo de duración, las medidas que deberán

aplicarse, los derechos que podrán suspenderse o limitarse y las notificaciones que correspondan de acuerdo

a la Constitución y a los tratados internacionales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 119: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

120

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿Qué atribuciones tiene la máxima autoridad que decreta

los estados de excepción?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Establecer el inicio de juicios sumarios.

Recaudar tributos sin ley previa que así los determine.

Limitación en el ejercicio de los derechos determinados en la Constitución para el presente caso.

Ordenar ejecuciones extrajudiciales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá

suspender o limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia,

libertad de tránsito, libertad de asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la

Constitución.

Declarado el estado de excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:

1. Decretar la recaudación anticipada de tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación.

3. Trasladar la sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional.

4. Disponer censura previa en la información de los medios de comunicación social con estricta relación a los

motivos del estado de excepción y a la seguridad del Estado.

5. Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional.

6. Disponer el empleo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y llamar a servicio activo a toda la

reserva o a una parte de ella, así como al personal de otras instituciones.

7. Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos.

8. Disponer la movilización y las requisiciones que sean necesarias, y decretar la desmovilización nacional,

cuando se restablezca la normalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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121

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿Qué atribuciones tiene la máxima autoridad que decreta

los estados de excepción?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Decretar la recaudación anticipada de tributos.

Recaudar tributos sin ley previa que así los determine.

Trasladar la sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional.

Ordenar ejecuciones extrajudiciales.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá

suspender o limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia,

libertad de tránsito, libertad de asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la

Constitución.

Declarado el estado de excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:

1. Decretar la recaudación anticipada de tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación.

3. Trasladar la sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional.

4. Disponer censura previa en la información de los medios de comunicación social con estricta relación a los

motivos del estado de excepción y a la seguridad del Estado.

5. Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional.

6. Disponer el empleo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y llamar a servicio activo a toda la

reserva o a una parte de ella, así como al personal de otras instituciones.

7. Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos.

8. Disponer la movilización y las requisiciones que sean necesarias, y decretar la desmovilización nacional,

cuando se restablezca la normalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 121: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

122

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál es el plazo máximo de vigencia de los estados de

excepción?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

30 días.

60 días.

80 días.

70 días.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 166.- La Presidenta o Presidente de la República notificará la declaración del estado de excepción a la

Asamblea Nacional, a la Corte Constitucional y a los organismos internacionales que corresponda dentro de

las cuarenta y ocho horas siguientes a la firma del decreto correspondiente. Si las circunstancias lo justifican,

la Asamblea Nacional podrá revocar el decreto en cualquier tiempo, sin perjuicio del pronunciamiento que

sobre su constitucionalidad pueda realizar la Corte Constitucional.

El decreto de estado de excepción tendrá vigencia hasta un plazo máximo de sesenta días. Si las causas que

lo motivaron persisten podrá renovarse hasta por treinta días más, lo cual deberá notificarse. Si el Presidente

no renueva el decreto de estado de excepción o no lo notifica, éste se entenderá caducado.

Cuando las causas que motivaron el estado de excepción desaparezcan, la Presidenta o Presidente de la

República decretará su terminación y lo notificará inmediatamente con el informe correspondiente.

Las servidoras y servidores públicos serán responsables por cualquier abuso que hubieran cometido en el

ejercicio de sus facultades durante la vigencia del estado de excepción.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 122: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

123

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué órgano del Estado puede revocar los estados de

excepción?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Asamblea Nacional.

Corte Nacional de Justicia.

Corte Constitucional.

Defensoría del Pueblo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 166.- La Presidenta o Presidente de la República notificará la declaración del estado de excepción a la

Asamblea Nacional, a la Corte Constitucional y a los organismos internacionales que corresponda dentro de

las cuarenta y ocho horas siguientes a la firma del decreto correspondiente. Si las circunstancias lo justifican,

la Asamblea Nacional podrá revocar el decreto en cualquier tiempo, sin perjuicio del pronunciamiento que

sobre su constitucionalidad pueda realizar la Corte Constitucional.

El decreto de estado de excepción tendrá vigencia hasta un plazo máximo de sesenta días. Si las causas que

lo motivaron persisten podrá renovarse hasta por treinta días más, lo cual deberá notificarse. Si el Presidente

no renueva el decreto de estado de excepción o no lo notifica, éste se entenderá caducado.

Cuando las causas que motivaron el estado de excepción desaparezcan, la Presidenta o Presidente de la

República decretará su terminación y lo notificará inmediatamente con el informe correspondiente.

Las servidoras y servidores públicos serán responsables por cualquier abuso que hubieran cometido en el

ejercicio de sus facultades durante la vigencia del estado de excepción.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 123: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

124

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cómo se divide la jurisdicción especializada en materia

de niños, niñas y adolescentes?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Penal y no penal.

Civil y familia.

Constitucional y legal.

Protección de derecho y adolescentes infractores.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 175.- Las niñas, niños y adolescentes estarán sujetos a una legislación y a una administración de justicia

especializada, así como a operadores de justicia debidamente capacitados, que aplicarán los principios de la

doctrina de protección integral. La administración de justicia especializada dividirá la competencia en

protección de derechos y en responsabilidad de adolescentes infractores.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 124: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

125

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál es el requisito y procedimiento base para la

designación de servidores judiciales?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Concurso de oposición y méritos.

Demostrar probidad.

Tener suficiente patrimonio.

No estar afiliado a una organización política.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 176.- Los requisitos y procedimientos para designar servidoras y servidores judiciales deberán contemplar

un concurso de oposición y méritos, impugnación y control social; se propenderá a la paridad entre mujeres y

hombres.

Con excepción de las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las servidoras y servidores judiciales

deberán aprobar un curso de formación general y especial, y pasar pruebas teóricas, prácticas y psicológicas

para su ingreso al servicio judicial.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 125: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

126

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué deben aprobar los servidores judiciales para su

ingreso al servicio judicial?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Concurso de oposición y méritos.

Curso de formación inicial.

Exámen sicológico.

Exámen médico

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 176.- Los requisitos y procedimientos para designar servidoras y servidores judiciales deberán contemplar

un concurso de oposición y méritos, impugnación y control social; se propenderá a la paridad entre mujeres y

hombres.

Con excepción de las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las servidoras y servidores judiciales

deberán aprobar un curso de formación general y especial, y pasar pruebas teóricas, prácticas y psicológicas

para su ingreso al servicio judicial.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 126: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

127

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál es la composición de la Función Judicial?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Justicia ordinaria y justicia indígena.

Órganos principales y órganos supletorios.

Órganos jurisdiccionales, administrativos, autónomos y auxiliares.

Consejo supremo y consejos auxiliares.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 177.- La Función Judicial se compone de órganos jurisdiccionales, órganos administrativos, órganos

auxiliares y órganos autónomos. La ley determinará su estructura, funciones, atribuciones, competencias y todo

lo necesario para la adecuada administración de justicia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 127: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

128

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuáles son los órganos autónomos de la Función

Judicial?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Fiscalía General del Estado y Defensoría Pública.

Corte Nacional de Justicia, cortes provinciales, tribunal y juzgados.

Consejo de la Judicatura.

Notarios, martilladores judiciales y depositarios.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 178.- Los órganos jurisdiccionales, sin perjuicio de otros órganos con iguales potestades reconocidos en la

Constitución, son los encargados de administrar justicia, y serán los siguientes:

1. La Corte Nacional de Justicia.

2. Las cortes provinciales de justicia.

3. Los tribunales y juzgados que establezca la ley.

4. Los juzgados de paz.

El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función

Judicial.

La Función Judicial tendrá como órganos auxiliares el servicio notarial, los martilladores judiciales, los

depositarios judiciales y los demás que determine la ley.

La Defensoría Pública y la Fiscalía General del Estado son órganos autónomos de la Función Judicial.

La ley determinará la organización, el ámbito de competencia, el funcionamiento de los órganos judiciales y

todo lo necesario para la adecuada administración de justicia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 128: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

129

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuáles son los órganos jurisdiccionales de la Función

Judicial?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Fiscalía General del Estado y Defensoría Pública.

Corte Nacional de Justicia, cortes provinciales, tribunal y juzgados.

Consejo de la Judicatura.

Notarios, martilladores judiciales y depositarios.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 178.- Los órganos jurisdiccionales, sin perjuicio de otros órganos con iguales potestades reconocidos en la

Constitución, son los encargados de administrar justicia, y serán los siguientes:

1. La Corte Nacional de Justicia.

2. Las cortes provinciales de justicia.

3. Los tribunales y juzgados que establezca la ley.

4. Los juzgados de paz.

El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función

Judicial.

La Función Judicial tendrá como órganos auxiliares el servicio notarial, los martilladores judiciales, los

depositarios judiciales y los demás que determine la ley.

La Defensoría Pública y la Fiscalía General del Estado son órganos autónomos de la Función Judicial.

La ley determinará la organización, el ámbito de competencia, el funcionamiento de los órganos judiciales y

todo lo necesario para la adecuada administración de justicia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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130

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuáles son los órganos auxiliares de la Función

Judicial?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Fiscalía General del Estado y Defensoría Pública.

Corte Nacional de Justicia, cortes provinciales, tribunal y juzgados.

Consejo de la Judicatura.

Notarios, martilladores judiciales y depositarios.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 178.- Los órganos jurisdiccionales, sin perjuicio de otros órganos con iguales potestades reconocidos en la

Constitución, son los encargados de administrar justicia, y serán los siguientes:

1. La Corte Nacional de Justicia.

2. Las cortes provinciales de justicia.

3. Los tribunales y juzgados que establezca la ley.

4. Los juzgados de paz.

El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función

Judicial.

La Función Judicial tendrá como órganos auxiliares el servicio notarial, los martilladores judiciales, los

depositarios judiciales y los demás que determine la ley.

La Defensoría Pública y la Fiscalía General del Estado son órganos autónomos de la Función Judicial.

La ley determinará la organización, el ámbito de competencia, el funcionamiento de los órganos judiciales y Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 130: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

131

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál son los órganos auxiliares de la Función Judicial?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Fiscalía General del Estado.

Corte Nacional de Justicia.

Consejo de la Judicatura.

Sistema notarial.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 178.- Los órganos jurisdiccionales, sin perjuicio de otros órganos con iguales potestades reconocidos en la

Constitución, son los encargados de administrar justicia, y serán los siguientes:

1. La Corte Nacional de Justicia.

2. Las cortes provinciales de justicia.

3. Los tribunales y juzgados que establezca la ley.

4. Los juzgados de paz.

El Consejo de la Judicatura es el órgano de gobierno, administración, vigilancia y disciplina de la Función

Judicial.

La Función Judicial tendrá como órganos auxiliares el servicio notarial, los martilladores judiciales, los

depositarios judiciales y los demás que determine la ley.

La Defensoría Pública y la Fiscalía General del Estado son órganos autónomos de la Función Judicial.

La ley determinará la organización, el ámbito de competencia, el funcionamiento de los órganos judiciales y

todo lo necesario para la adecuada administración de justicia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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132

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿Cómo serán elegidos los cinco delegados principales y

suplentes del Consejo de la Judicatura ?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Concurso de oposición y merecimientos.

Designación directa de la Asamblea Nacional.

Elegidos mediante cinco ternas enviadas por el Presidente de la República, Asamblea Nacional,

Presidente de la Corte Nacional de Justicia, Fiscalía y Defensoría Pública.

Elección popular.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 179.- El Consejo de la Judicatura se integrará por 5 delegados y sus respectivos suplentes, quienes serán

elegidos mediante ternas enviadas por el Presidente de la Corte Nacional de Justicia, cuyo representante lo

presidirá; por el Fiscal General del Estado, por el Defensor Público, por la Función Ejecutiva y por la Asamblea

Nacional.

Los delegados mencionados en el inciso anterior serán elegidos por el Consejo de Participación Ciudadana y

Control Social, a través de un proceso público de escrutinio con veeduría y posibilidad de una impugnación

ciudadana.

El procedimiento, plazos y demás elementos del proceso serán determinados por el Consejo de Participación

Ciudadana y Control Social.

Los miembros del Consejo de la Judicatura, tanto titulares como suplentes, durarán en el ejercicio de sus

funciones 6 años.

El Consejo de la Judicatura rendirá su informe anual ante la Asamblea Nacional, que podrá fiscalizar y juzgar a

sus miembros.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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133

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cuál es un requisito para ser vocal del Consejo de la

Judicatura y juez de la Corte Nacional de Justicia ?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

No ser afiliado a un partido político.

No haber ejercido cargo público.

Ejercicio profesional del Derecho de mínimo diez años.

No haber sido candidato de elección popular.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 180.- Las vocales y los vocales cumplirán los siguientes requisitos:

1. Ser ecuatoriana o ecuatoriano y estar en goce de los derechos políticos.

2. Tener título de tercer nivel en Derecho legalmente reconocido en el país o en las ramas académicas afines

a las funciones propias del Consejo, legalmente acreditado.

3. Haber ejercido con probidad e idoneidad notorias la profesión o la docencia universitaria en Derecho o en

las materias afines a las funciones propias del Consejo, por un lapso mínimo de diez años.

Art. 183.- Para ser jueza o juez de la Corte Nacional de Justicia, además de los requisitos de idoneidad que

determine la ley, se requerirá:

1. Ser ecuatoriana o ecuatoriano y hallarse en goce de los derechos políticos.

2. Tener título de tercer nivel en Derecho legalmente reconocido en el país.

3. Haber ejercido con probidad notoria la profesión de abogada o abogado, la judicatura o la docencia

universitaria en ciencias jurídicas, por un lapso mínimo de diez años.

Las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia serán elegidos por el Consejo de la Judicatura conforme a

un procedimiento con concurso de oposición y méritos, impugnación y control social. Se propenderá a la

paridad entre mujer y hombre.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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134

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿por cuántos juecess esta conformada la Corte Nacional

de Justicia?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

42.

21.

50.

19.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 182.- La Corte Nacional de Justicia estará integrada por juezas y jueces en el número de veinte y uno,

quienes se organizarán en salas especializadas, y serán designados para un periodo de nueve años; no podrán

ser reelectos y se renovarán por tercios cada tres años. Cesarán en sus cargos conforme a la ley.

Las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia elegirán de entre sus miembros a la Presidenta o

Presidente, que representará a la Función Judicial y durará en sus funciones tres años. En cada sala se elegirá

un presidente para el período de un año.

Existirán conjuezas y conjueces que formarán parte de la Función Judicial, quienes serán seleccionados con

los mismos procesos y tendrán las mismas responsabilidades y el mismo régimen de incompatibilidades que

sus titulares.

La Corte Nacional de Justicia tendrá jurisdicción en todo el territorio nacional y su sede estará en Quito.Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 134: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

135

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué tiempo duran el cargo los jueces de la Corte

Nacional de Justicia?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Vitalicio.

9 años.

4 años.

6 años.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 182.- La Corte Nacional de Justicia estará integrada por juezas y jueces en el número de veinte y uno,

quienes se organizarán en salas especializadas, y serán designados para un periodo de nueve años; no podrán

ser reelectos y se renovarán por tercios cada tres años. Cesarán en sus cargos conforme a la ley.

Las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia elegirán de entre sus miembros a la Presidenta o

Presidente, que representará a la Función Judicial y durará en sus funciones tres años. En cada sala se elegirá

un presidente para el período de un año.

Existirán conjuezas y conjueces que formarán parte de la Función Judicial, quienes serán seleccionados con

los mismos procesos y tendrán las mismas responsabilidades y el mismo régimen de incompatibilidades que

sus titulares.

La Corte Nacional de Justicia tendrá jurisdicción en todo el territorio nacional y su sede estará en Quito.Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 135: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

136

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿quién es el representante de la Función Judicial?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Presidente de la Corte Nacional de Justicia.

Fiscal General del Estado.

Defensor Público General.

Presidente del Consejo de la Judicatura.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 182.- La Corte Nacional de Justicia estará integrada por juezas y jueces en el número de veinte y uno,

quienes se organizarán en salas especializadas, y serán designados para un periodo de nueve años; no podrán

ser reelectos y se renovarán por tercios cada tres años. Cesarán en sus cargos conforme a la ley.

Las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia elegirán de entre sus miembros a la Presidenta o

Presidente, que representará a la Función Judicial y durará en sus funciones tres años. En cada sala se elegirá

un presidente para el período de un año.

Existirán conjuezas y conjueces que formarán parte de la Función Judicial, quienes serán seleccionados con

los mismos procesos y tendrán las mismas responsabilidades y el mismo régimen de incompatibilidades que

sus titulares.

La Corte Nacional de Justicia tendrá jurisdicción en todo el territorio nacional y su sede estará en Quito.Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 136: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

137

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿quién y como se elige a los jueces de la Corte Nacional

de Justicia?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

El pleno de la Corte Nacional de Justicia por proceso de coptación.

El Consejo de la Judicatura por concurso de oposición y merecimientos.

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social a través de una comisión ciudadana de

selección.

El Presidente de la República a través de ternas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 183.- Para ser jueza o juez de la Corte Nacional de Justicia, además de los requisitos de idoneidad que

determine la ley, se requerirá:

1. Ser ecuatoriana o ecuatoriano y hallarse en goce de los derechos políticos.

2. Tener título de tercer nivel en Derecho legalmente reconocido en el país.

3. Haber ejercido con probidad notoria la profesión de abogada o abogado, la judicatura o la docencia

universitaria en ciencias jurídicas, por un lapso mínimo de diez años.

Las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia serán elegidos por el Consejo de la Judicatura conforme a

un procedimiento con concurso de oposición y méritos, impugnación y control social. Se propenderá a la

paridad entre mujer y hombre.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 137: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

138

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué recursos extraordinarios se interponen ante la Corte

Nacional de Justicia?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Revisión y casación.

Apelación e impugnación.

Acción extraordinaria de protección y acción de incumplimiento de sentencias.

Aclaración y ampliación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 184.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 138: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

139

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿a través de qué mecanismos se forma el precedente

jurisprudencial en la Corte Nacional de Justicia?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Sentencia de revisión.

Sentencia de casación.

Regla del precendente jurisprudencial vinculante

Fallos de triple reiteración.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 184.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 139: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

140

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué institución de la Función Judicial es competente

para acreditar a los consultorios jurídicos gratuitos?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Corte Nacional de Justicia

Fiscalía General del Estado.

Defensoría Pública.

Consejo de la Judicatura.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 193.- Las facultades de Jurisprudencia, Derecho o Ciencias Jurídicas de las universidades, organizarán y

mantendrán servicios de defensa y asesoría jurídica a personas de escasos recursos económicos y grupos

que requieran atención prioritaria.

Para que otras organizaciones puedan brindar dicho servicio deberán acreditarse y ser evaluadas por parte de

la Defensoría Pública.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 140: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

141

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué tiempo dura en el cargo el Defensor Público?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

4 años.

6 años.

9 años.

5 años.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 192.- La Defensora Pública o Defensor Público General reunirá los siguientes requisitos:

1. Ser ecuatoriana o ecuatoriano y estar en goce de los derechos políticos.

2. Tener título de tercer nivel en Derecho, legalmente reconocido en el país, y conocimientos en gestión

administrativa.

3. Haber ejercido con idoneidad y probidad notorias la profesión de abogada o abogado, la judicatura o la

docencia universitaria por un lapso mínimo de diez años.

La Defensora Pública o Defensor Público desempeñará sus funciones durante seis años y no podrá ser

reelegido, y rendirá informe anual a la Asamblea Nacional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 141: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

142

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué tiempo dura en el cargo el Fiscal General del

Estado?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

5 años.

6 años.

10 años.

6 años.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 192.- La Defensora Pública o Defensor Público General reunirá los siguientes requisitos:

1. Ser ecuatoriana o ecuatoriano y estar en goce de los derechos políticos.

2. Tener título de tercer nivel en Derecho, legalmente reconocido en el país, y conocimientos en gestión

administrativa.

3. Haber ejercido con idoneidad y probidad notorias la profesión de abogada o abogado, la judicatura o la

docencia universitaria por un lapso mínimo de diez años.

La Defensora Pública o Defensor Público desempeñará sus funciones durante seis años y no podrá ser

reelegido, y rendirá informe anual a la Asamblea Nacional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 142: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

143

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿ que órgano y cómo se nombra a los notarios?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

La Corte Nacional de Justicia por designación directa

El Consejo de la Judicatura por concurso de oposición y merecimientos.

El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social a través de una comisión ciudadana de

selección.

El Presidente de la República a través de ternas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 200.- Las notarias y notarios son depositarios de la fe pública; serán nombrados por el Consejo de la

Judicatura previo concurso público de oposición y méritos, sometido a impugnación y control social. Para ser

notaria o notario se requerirá tener título de tercer nivel en Derecho legalmente reconocido en el país, y haber

ejercido con probidad notoria la profesión de abogada o abogado por un lapso no menor de tres años. Las

notarias y notarios permanecerán en sus funciones seis años y podrán ser reelegidos por una sola vez. La ley

establecerá los estándares de rendimiento y las causales para su destitución.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 143: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

144

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cómo se solucionan los conflictos entre normas de

distinta jerarquía ?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Principio jerárquico.

Principio cronológico.

Principio de especialidad.

Principio de competencia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 425.- El orden jerárquico de aplicación de las normas será el siguiente: La Constitución; los tratados y

convenios internacionales; las leyes orgánicas; las leyes ordinarias; las normas regionales y las ordenanzas

distritales; los decretos y reglamentos; las ordenanzas; los acuerdos y las resoluciones; y los demás actos y

decisiones de los poderes públicos.

En caso de conflicto entre normas de distinta jerarquía, la Corte Constitucional, las juezas y jueces,

autoridades administrativas y servidoras y servidores públicos, lo resolverán mediante la aplicación de la norma

jerárquica superior.

La jerarquía normativa considerará, en lo que corresponda, el principio de competencia, en especial la

titularidad de las competencias exclusivas de los gobiernos autónomos descentralizados.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 144: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

145

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué atribuciones tiene la Corte Constitucional del

Ecuador?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Dirimir conflictos de competencias o atribuciones entre funciones del Estado.

Conocimiento de recurso extraodinario de casación.

Expedir decretos con fuerza de ley.

Conocimiento de recursos de apelación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 436.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:

7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos en

la Constitución.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 145: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

146

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué atribuciones tiene la Corte Constitucional del

Ecuador?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Conocer y sancionar el incumplimiento de sentencias y dictámenes constitucionales.

Conocimiento del recurso extraodinario de casación.

Expedir decretos con fuerza de ley.

Conocimiento de recursos de apelación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 436.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:

9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 146: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

147

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿cómo se forma el precedente jurisprudencial obligatorio

en la Corte Constitucional?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

A través de los fallos de triple reiteración en un mismo punto de derecho.

Proceso de selección y revisión de otras sentencias de garantías jurisdiccionales.

Interpretación de disposiciones legales que integran el ordenamiento jurídico.

De las decisiones que se emitan en las sentencias de casación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 436.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:

1. Ser la máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos

ratificados por el Estado ecuatoriano, a través de sus dictámenes y sentencias. Sus decisiones tendrán carácter

vinculante.

2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos

normativos de carácter general emitidos por órganos y autoridades del Estado. La declaratoria de inconstitucionalidad

tendrá como efecto la invalidez del acto normativo impugnado.

3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento

concluya que una o varias de ellas son contrarias a la Constitución.

6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de protección, cumplimiento,

hábeas corpus, hábeas data, acceso a la información pública y demás procesos constitucionales, así como los casos

seleccionados por la Corte para su revisión.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 147: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

148

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué casos se necesita de dictamen previo y

vinculante de constitucionalidad ?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

En la aprobación de tratados e instrumentos internacionales.

En la expedición de actos normativos dictados por la autoridad que ejerce función administrativa.

En la elaboración de un anteproyecto de ley previo a ser presentado en la Asamblea Nacional.

En el proceso de formulación y diseño de las políticas públicas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 438.- La Corte Constitucional emitirá dictamen previo y vinculante de constitucionalidad en los siguientes

casos, además de los que determine la ley:

1. Tratados internacionales, previamente a su ratificación por parte de la Asamblea Nacional.

2. Convocatorias a consultas populares de carácter nacional o a nivel de los gobiernos autónomos

descentralizados.

3. Objeciones de inconstitucionalidad presentadas por la Presidenta o Presidente de la República en el

proceso de formación de las leyes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 148: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

149

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué casos se necesita de dictamen previo y

vinculante de constitucionalidad ?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

En las convocatorias a consultas populares.

En la expedición de actos normativos dictados por la autoridad que ejerce función administrativa.

En la elaboración de un anteproyecto de ley previo a ser presentado en la Asamblea Nacional.

En el proceso de formulación y diseño de las políticas públicas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 438.- La Corte Constitucional emitirá dictamen previo y vinculante de constitucionalidad en los siguientes

casos, además de los que determine la ley:

1. Tratados internacionales, previamente a su ratificación por parte de la Asamblea Nacional.

2. Convocatorias a consultas populares de carácter nacional o a nivel de los gobiernos autónomos

descentralizados.

3. Objeciones de inconstitucionalidad presentadas por la Presidenta o Presidente de la República en el

proceso de formación de las leyes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 149: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

150

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿en qué casos se necesita de dictamen previo y

vinculante de constitucionalidad ?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

En las objeciones de inconstitucionalidad presentadas por el Presidente de la República en el proceso

de formación de las leyes.

En la expedición de actos normativos dictados por la autoridad que ejerce función administrativa.

En la elaboración de un anteproyecto de ley previo a ser presentado en la Asamblea Nacional.

En el proceso de formulación y diseño de las políticas públicas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 438.- La Corte Constitucional emitirá dictamen previo y vinculante de constitucionalidad en los siguientes

casos, además de los que determine la ley:

1. Tratados internacionales, previamente a su ratificación por parte de la Asamblea Nacional.

2. Convocatorias a consultas populares de carácter nacional o a nivel de los gobiernos autónomos

descentralizados.

3. Objeciones de inconstitucionalidad presentadas por la Presidenta o Presidente de la República en el

proceso de formación de las leyes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 150: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

151

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué procedimiento debe aplicarse cuando se buscar

modificar el texto constitucional en lo que se refiere a la estructura del Estado?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Enmienda constitucional.

Reforma constitucional.

Asamblea Nacional Constituyente.

Consulta Popular

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 442.- La reforma parcial que no suponga una restricción en los derechos y garantías constitucionales, ni

modifique el procedimiento de reforma de la Constitución tendrá lugar por iniciativa de la Presidenta o

Presidente de la República, o a solicitud de la ciudadanía con el respaldo de al menos el uno por ciento de

ciudadanas y ciudadanos inscritos en el registro electoral, o mediante resolución aprobada por la mayoría de

los integrantes de la Asamblea Nacional.

La iniciativa de reforma constitucional será tramitada por la Asamblea Nacional en al menos dos debates. El

segundo debate se realizará al menos noventa días después del primero. El proyecto de reforma se aprobará

por la Asamblea Nacional. Una vez aprobado el proyecto de reforma constitucional se convocará a referéndum

dentro de los cuarenta y cinco días siguientes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 151: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

152

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué procedimiento debe aplicarse cuando se busca

cambiar el texto constitucional en lo que se refiere a los mecanismos de modificación constitucional?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Enmienda constitucional.

Reforma constitucional.

Asamblea Nacional Constituyente.

Consulta Popular

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 441.- La enmienda de uno o varios artículos de la Constitución que no altere su estructura fundamental, o

el carácter y elementos constitutivos del Estado, que no establezca restricciones a los derechos y garantías, o

que no modifique el procedimiento de reforma de la Constitución, se realizará:

1. Mediante referéndum solicitado por la Presidenta o Presidente de la República, o por la ciudadanía con el

respaldo de al menos el ocho por ciento de las personas inscritas en el registro electoral.

2. Por iniciativa de un número no inferior a la tercera parte de los miembros de la Asamblea Nacional. El

proyecto se tramitará en dos debates; el segundo debate se realizará de modo impostergable en los treinta

días siguientes al año de realizado el primero. La reforma sólo se aprobará si obtiene el respaldo de las dos

terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. Art. 442.- La reforma parcial que no

suponga una restricción en los derechos y garantías constitucionales, ni modifique el procedimiento de reforma

de la Constitución tendrá lugar por iniciativa de la Presidenta o Presidente de la República, o a solicitud de la

ciudadanía con el respaldo de al menos el uno por ciento de ciudadanas y ciudadanos inscritos en el registro

electoral, o mediante resolución aprobada por la mayoría de los integrantes de la Asamblea Nacional.

La iniciativa de reforma constitucional será tramitada por la Asamblea Nacional en al menos dos debates. El

segundo debate se realizará al menos noventa días después del primero. El proyecto de reforma se aprobará

por la Asamblea Nacional. Una vez aprobado el proyecto de reforma constitucional se convocará a referéndum

dentro de los cuarenta y cinco días siguientes.

Para la aprobación en referéndum se requerirá al menos la mitad más uno de los votos válidos emitidos. Una

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 152: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

153

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿quién puede solicitar la convocatoria a Asamblea

Nacional Constituyente?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Presidente de la República y dos terceras partes de la Asamblea Nacional.

Mayoría de los integrantes de la Corte Constitucional.

Mayoría de los jueces de la Corte Nacional de Justicia.

Defensor del Pueblo

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 444.- La asamblea constituyente sólo podrá ser convocada a través de consulta popular. Esta consulta

podrá ser solicitada por la Presidenta o Presidente de la República, por las dos terceras partes de la Asamblea

Nacional, o por el doce por ciento de las personas inscritas en el registro electoral. La consulta deberá incluir

la forma de elección de las representantes y los representantes y las reglas del proceso electoral. La nueva

Constitución, para su entrada en vigencia, requerirá ser aprobada mediante referéndum con la mitad más uno

de los votos válidos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 153: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

154

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué mecanismos se utilizan en el proceso de enmienda

constitucional?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Referemdum y procedimiento legislativo agravado

Referendum o procedimiento legislativo agravado

Elección de constituyentes.

Consulta Popular.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 441.- La enmienda de uno o varios artículos de la Constitución que no altere su estructura fundamental, o

el carácter y elementos constitutivos del Estado, que no establezca restricciones a los derechos y garantías, o

que no modifique el procedimiento de reforma de la Constitución, se realizará:

1. Mediante referéndum solicitado por la Presidenta o Presidente de la República, o por la ciudadanía con el

respaldo de al menos el ocho por ciento de las personas inscritas en el registro electoral.

2. Por iniciativa de un número no inferior a la tercera parte de los miembros de la Asamblea Nacional. El

proyecto se tramitará en dos debates; el segundo debate se realizará de modo impostergable en los treinta

días siguientes al año de realizado el primero. La reforma sólo se aprobará si obtiene el respaldo de las dos

terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 154: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

155

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Constitución de la República, ¿qué órgano del Estado es el encargado de calificar que

procedimiento de modificación constitucional procede?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Corte Constitucional.

Corte Nacional de Justicia.

Asamblea Nacional.

Presidente de la República.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 443.- La Corte Constitucional calificará cual de los procedimientos previstos en este capítulo corresponde

en cada caso.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 155: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

156

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿a través de que

proceso jurisdiccional se determina el monto cuándo la medida de reparación integral suponga compensación

económica?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Proceso penal.

Proceso constitucional de ejecución.

Proceso civil y proceso contencioso administrativo.

Procedimiento administrativo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 19.- Reparación económica.- Cuando parte de la reparación, por cualquier motivo, implique pago en dinero

al afectado o titular del derecho violado, la determinación del monto se tramitará en juicio verbal sumario ante

la misma jueza o juez, si fuere contra un particular; y en juicio contencioso administrativo si fuere contra el

Estado. Solo podrá interponerse recurso de apelación en los casos que la ley lo habilite.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 156: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

157

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿qué debe hacer

el juez en caso de responsabilidad estatal en la vulneración de un derecho declarado en sentencia de una

garantía jurisdiccional?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Remitir el expediente a la Corte Constitucional.

Remitir el expediente a la Fiscalía General del Estado.

Remitir el expediente a la oficina de sorteos de la Función Judicial.

Remitir el expediente ante la máxima autoridad administrativa de la entidad responsable para que se

determine responsibilidades administrativas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 20.- Responsabilidad y repetición.- Declarada la violación del derecho, la jueza o juez deberá declarar en la

misma sentencia la responsabilidad del Estado o de la persona particular.

En el caso de la responsabilidad estatal, la jueza o juez deberá remitir el expediente a la máxima autoridad de

la entidad responsable para que inicie las acciones administrativas correspondientes, y a la Fiscalía General

del Estado en caso de que de la violación de los derechos declarada judicialmente se desprenda la existencia

de una conducta tipificada como delito. Si no se conociere la identidad de la persona o personas que

provocaron la violación, la jueza o juez deberá remitir el expediente a la máxima autoridad de la entidad pública

para que determine sus identidades.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 157: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

158

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿qué debe hacer

el juez en caso de hayarse tipicidad en la acción que provoca la vulneración de un derecho declarado en

sentencia de una garantía jurisdiccional?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Remitir el expediente a la Corte Constitucional.

Remitir el expediente a la Fiscalía General del Estado.

Remitir el expediente a la oficina de sorteos de la Función Judicial.

Remitir el expediente ante la máxima autoridad administrativa de la entidad responsable para que se

determine responsibilidades administrativas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 20.- Responsabilidad y repetición.- Declarada la violación del derecho, la jueza o juez deberá declarar en la

misma sentencia la responsabilidad del Estado o de la persona particular.

En el caso de la responsabilidad estatal, la jueza o juez deberá remitir el expediente a la máxima autoridad de

la entidad responsable para que inicie las acciones administrativas correspondientes, y a la Fiscalía General

del Estado en caso de que de la violación de los derechos declarada judicialmente se desprenda la existencia

de una conducta tipificada como delito. Si no se conociere la identidad de la persona o personas que

provocaron la violación, la jueza o juez deberá remitir el expediente a la máxima autoridad de la entidad pública

para que determine sus identidades.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 158: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

159

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿cuál es la

finalidad de las medidas cautelares?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Declarar la vulneración de un derecho.

Establecer medidas de reparación integral.

Suspender el acto que amenaza con vulnerar el derecho.

La recuperación de la libertad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 26.- Finalidad.- Las medidas cautelares tendrán por objeto evitar o cesar la amenaza o violación de los

derechos reconocidos en la Constitución y en instrumentos internacionales sobre derechos humanos.

Las medidas cautelares deberán ser adecuadas a la violación que se pretende evitar o detener, tales como la

comunicación inmediata con la autoridad o persona que podría prevenir o detener la violación, la suspensión

provisional del acto, la orden de vigilancia policial, la visita al lugar de los hechos. En ningún caso se podrán

ordenar medidas privativas de la libertad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 159: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

160

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿qué tipos de

medidas cautelares existen?

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 26.- Finalidad.- Las medidas cautelares tendrán por objeto evitar o cesar la amenaza o violación de los

derechos reconocidos en la Constitución y en instrumentos internacionales sobre derechos humanos.

Las medidas cautelares deberán ser adecuadas a la violación que se pretende evitar o detener, tales como la

comunicación inmediata con la autoridad o persona que podría prevenir o detener la violación, la suspensión

provisional del acto, la orden de vigilancia policial, la visita al lugar de los hechos. En ningún caso se podrán

ordenar medidas privativas de la libertad.

Opciones de Respuesta:

Principales y supletorias.

Autónomas y accesorias.

Primarias y secundarias.

Penales o civiles

Opción Correcta Dificultad Esperada

Page 160: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

161

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿cuándo no

proceden las medidas cautelares?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Cuando existe vía judicial en materia ordinaria.

En los procesos administrativos sancionatorios.

En la ejecución de órdenes judiciales y en la acción extraordinaria de protección.

En la entrega del informe pericial.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 27.- Requisitos.- Las medidas cautelares procederán cuando la jueza o juez tenga conocimiento de un

hecho por parte de cualquier persona que amenace de modo inminente y grave con violar un derecho o viole un

derecho.

Se considerará grave cuando pueda ocasionar daños irreversibles o por la intensidad o frecuencia de la

violación.

No procederán cuando existan medidas cautelares en las vías administrativas u ordinarias, cuando se trate de

ejecución de órdenes judiciales o cuando se interpongan en la acción extraordinaria de protección de

derechos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 161: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

162

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿cuáles son los

efectos de las medidas cautelares?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Presunción de la vulneración de un derecho.

Requisito de prejudiciabilidad en materia civil.

Requisito de procedibilidad en materia penal.

No constituye prejuzgamiento y no tiene valor probatorio en materia de vulneración de derechos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 28.- Efecto jurídico de las medidas.- El otorgamiento de medidas cautelares y su adopción no constituirá

prejuzgamiento sobre la declaración de la violación ni tendrán valor probatorio en el caso de existir una acción

por violación de derechos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 162: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

163

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿a quién puede

delegar el juez que dicta medidas cautelares la ejecución de las mismas?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Defensor Público.

Agente Fiscal.

Otro juez.

Defensor del Pueblo.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 34.- Delegación.- La jueza o juez tiene la obligación de garantizar el cumplimiento y ejecución de las

medidas cautelares que ordene, para lo cual podrá delegar a la Defensoría del Pueblo o a cualquier otra

institución estatal encargada de la protección de derechos, la supervisión de la ejecución de medidas

cautelares.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 163: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

164

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿en qué casos

procede la acción de protección en contra de particulares?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Cuando el particular ocupa un cargo público.

Cuando el particular a cometido un delito.

Cuando el particular esta privado de la libertad.

Cuando ha existido discriminación y la víctima esta en situación de vulnerabilidad o subordinación.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 41.- Procedencia y legitimación pasiva.- La acción de protección procede contra:

1. Todo acto u omisión de una autoridad pública no judicial que viole o haya violado los derechos, que

menoscabe, disminuya o anule su goce o ejercicio.

2. Toda política pública, nacional o local, que conlleve la privación del goce o ejercicio de los derechos y

garantías.

3. Todo acto u omisión del prestador de servicio público que viole los derechos y garantías.

4. Todo acto u omisión de personas naturales o jurídicas del sector privado, cuando ocurra al menos una de

las siguientes circunstancias:

a) Presten servicios públicos impropios o de interés público;

b) Presten servicios públicos por delegación o concesión;

c) Provoque daño grave;

d) La persona afectada se encuentre en estado de subordinación o indefensión frente a un poder económico,

social, cultural, religioso o de cualquier otro tipo.

5. Todo acto discriminatorio cometido por cualquier persona.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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165

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿en qué casos

procede la acción de protección?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Cuando se priva de la libertad a una persona de manera ilegítma y arbitraria.

Cuando no se tiene acceso a la información pública.

Cuando una providencia judicial lesiona un derecho.

Cuando se vulnera un derecho que no puede ser tutelado por otra garantía jurisdiccional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 39.- Objeto.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos

reconocidos en la Constitución y tratados internacionales sobre derechos humanos, que no estén amparados

por las acciones de hábeas corpus, acceso a la información pública, hábeas data, por incumplimiento,

extraordinaria de protección y extraordinaria de protección contra decisiones de la justicia indígena.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 165: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

166

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿en qué casos

procede la acción de hábeas corpus?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Cuando se priva de la libertad a una persona de manera ilegítma y arbitraria.

Cuando no se tiene acceso a la información pública.

Cuando una providencia judicial lesiona un derecho.

Cuando se vulnera un derecho que no puede ser tutelado por otra garantía jurisdiccional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 43.- Objeto.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y

otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier

persona, tales como:

1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que incluye la garantía de que

la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a excepción de los casos de

flagrancia;

2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio nacional;

3. A no ser desaparecida forzosamente;

4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o degradante;

5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo político, no

ser expulsada y devuelta al país donde teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su integridad y

su seguridad;

6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias;

7. A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por

una jueza o juez;

8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada cuando haya caducado la prisión preventiva por haber

transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos sancionados con

reclusión;

9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad humana;

10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las

veinticuatro horas siguientes a su detención.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 166: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

169

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿en qué casos

procede la acción de hábeas corpus?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

En casos de tortura o tratos crueles y denigrantes.

Cuando no se tiene acceso a la información pública.

Cuando una providencia judicial lesiona un derecho.

Cuando se vulnera un derecho que no puede ser tutelado por otra garantía jurisdiccional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 43.- Objeto.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y

otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier

persona, tales como:

1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que incluye la garantía de que

la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a excepción de los casos de

flagrancia;

2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio nacional;

3. A no ser desaparecida forzosamente;

4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o degradante;

5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo político, no

ser expulsada y devuelta al país donde teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su integridad y

su seguridad;

6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias;

7. A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por

una jueza o juez;

8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada cuando haya caducado la prisión preventiva por haber

transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos sancionados con

reclusión;

9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad humana;

10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las

veinticuatro horas siguientes a su detención.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 167: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

170

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿en qué casos

procede la acción de hábeas corpus?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

En casos de extranjeros que son expulsados a su país cuando esta situación pone en riesgo su vida,

libertad, integridad y seguridad.

Cuando no se tiene acceso a la información pública.

Cuando una providencia judicial lesiona un derecho.

Cuando se vulnera un derecho que no puede ser tutelado por otra garantía jurisdiccional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 43.- Objeto.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y

otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier

persona, tales como:

1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que incluye la garantía de que

la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a excepción de los casos de

flagrancia;

2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio nacional;

3. A no ser desaparecida forzosamente;

4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o degradante;

5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo político, no

ser expulsada y devuelta al país donde teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su integridad y

su seguridad;

6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias;

7. A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por

una jueza o juez;

8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada cuando haya caducado la prisión preventiva por haber

transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos sancionados con

reclusión;

9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad humana;

10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las

veinticuatro horas siguientes a su detención.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 168: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

171

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿en qué casos

procede la acción de hábeas corpus?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

En casos de detenciones por deudas excepto alimentos.

Cuando no se tiene acceso a la información pública.

Cuando una providencia judicial lesiona un derecho.

Cuando se vulnera un derecho que no puede ser tutelado por otra garantía jurisdiccional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 43.- Objeto.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y

otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier

persona, tales como:

1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que incluye la garantía de que

la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a excepción de los casos de

flagrancia;

2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio nacional;

3. A no ser desaparecida forzosamente;

4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o degradante;

5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo político, no

ser expulsada y devuelta al país donde teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su integridad y

su seguridad;

6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias;

7. A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por

una jueza o juez;

8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada cuando haya caducado la prisión preventiva por haber

transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos sancionados con

reclusión;

9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad humana;

10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las

veinticuatro horas siguientes a su detención.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 169: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

172

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿en qué casos

procede la acción de hábeas corpus?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

En casos de que no se de la excarcelación de una persona cuando ha sido ordenada por el juez

competente.

Cuando no se tiene acceso a la información pública.

Cuando una providencia judicial lesiona un derecho.

Cuando se vulnera un derecho que no puede ser tutelado por otra garantía jurisdiccional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 43.- Objeto.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y

otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier

persona, tales como:

1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que incluye la garantía de que

la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a excepción de los casos de

flagrancia;

2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio nacional;

3. A no ser desaparecida forzosamente;

4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o degradante;

5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo político, no

ser expulsada y devuelta al país donde teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su integridad y

su seguridad;

6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias;

7. A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por

una jueza o juez;

8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada cuando haya caducado la prisión preventiva por haber

transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos sancionados con

reclusión;

9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad humana;

10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las

veinticuatro horas siguientes a su detención.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 170: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

173

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿en qué casos

procede la acción de hábeas corpus?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Cuando una persona no es excarcelada cuando a caducado la prisión preventiva.

Cuando no se tiene acceso a la información pública.

Cuando una providencia judicial lesiona un derecho.

Cuando se vulnera un derecho que no puede ser tutelado por otra garantía jurisdiccional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 43.- Objeto.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y

otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier

persona, tales como:

1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que incluye la garantía de que

la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a excepción de los casos de

flagrancia;

2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio nacional;

3. A no ser desaparecida forzosamente;

4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o degradante;

5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo político, no

ser expulsada y devuelta al país donde teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su integridad y

su seguridad;

6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias;

7. A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por

una jueza o juez;

8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada cuando haya caducado la prisión preventiva por haber

transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos sancionados con

reclusión;

9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad humana;

10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las

veinticuatro horas siguientes a su detención.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 171: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

174

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿en qué casos

procede la acción de hábeas corpus?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Cuando una persona es incomunicada.

Cuando no se tiene acceso a la información pública.

Cuando una providencia judicial lesiona un derecho.

Cuando se vulnera un derecho que no puede ser tutelado por otra garantía jurisdiccional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 43.- Objeto.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y

otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier

persona, tales como:

1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que incluye la garantía de que

la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a excepción de los casos de

flagrancia;

2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio nacional;

3. A no ser desaparecida forzosamente;

4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o degradante;

5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo político, no

ser expulsada y devuelta al país donde teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su integridad y

su seguridad;

6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias;

7. A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por

una jueza o juez;

8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada cuando haya caducado la prisión preventiva por haber

transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos sancionados con

reclusión;

9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad humana;

10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las

veinticuatro horas siguientes a su detención.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 172: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

175

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿en qué casos

procede la acción de hábeas corpus?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Cuando no se califica la flagrancia dentro de las 24 horas y continúa detenida.

Cuando no se tiene acceso a la información pública.

Cuando una providencia judicial lesiona un derecho.

Cuando se vulnera un derecho que no puede ser tutelado por otra garantía jurisdiccional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Art. 43.- Objeto.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y

otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier

persona, tales como:

1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que incluye la garantía de que

la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a excepción de los casos de

flagrancia;

2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio nacional;

3. A no ser desaparecida forzosamente;

4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o degradante;

5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo político, no

ser expulsada y devuelta al país donde teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su integridad y

su seguridad;

6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias;

7. A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por

una jueza o juez;

8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada cuando haya caducado la prisión preventiva por haber

transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos sancionados con

reclusión;

9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad humana;

10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las

veinticuatro horas siguientes a su detención.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 173: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

176

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿qué procede

cuando en una acción de hábeas corpus se verifica la tortura de una persona privada de la libertad?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Disculpas públicas.

Indemnización.

Libertad inmediata.

Medidas alternativas a la privación de la libertad y la atención integral y especializada.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 45.- Reglas de aplicación.- Las juezas y jueces observarán las siguientes reglas:

1. En caso de verificarse cualquier forma de tortura se dispondrá la libertad de la víctima, su atención integral y

especializada, y la imposición de medidas alternativas a la privación de la libertad.

2. En caso de privación ilegítima o arbitraria, la jueza o juez declarará la violación del derecho, dispondrá la

inmediata libertad y la reparación integral. La privación arbitraria o ilegítima se presumirá en los siguientes

casos:

a) Cuando la persona no fuere presentada a la audiencia.

b) Cuando no se exhiba la orden de privación de libertad.

c) Cuando la orden de privación de libertad no cumpla los requisitos legales o constitucionales.

d) Cuando se hubiere incurrido en vicios de procedimiento en la privación de libertad.

e) En los casos en que la privación de la libertad es llevada a cabo por particulares, cuando no se justifique la

privación de libertad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 174: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

177

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿cuándo se

presume la detención ilegítma o arbitraria dentro de una acción de hábeas corpus?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Cuando la persona no es presentada en audiencia.

Cuando un familiar del juez le comunica.

Cuando se publica noticia en los medios de comunicación.

Cuando no comparece la policía.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 45.- Reglas de aplicación.- Las juezas y jueces observarán las siguientes reglas:

1. En caso de verificarse cualquier forma de tortura se dispondrá la libertad de la víctima, su atención integral y

especializada, y la imposición de medidas alternativas a la privación de la libertad.

2. En caso de privación ilegítima o arbitraria, la jueza o juez declarará la violación del derecho, dispondrá la

inmediata libertad y la reparación integral. La privación arbitraria o ilegítima se presumirá en los siguientes

casos:

a) Cuando la persona no fuere presentada a la audiencia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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178

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿en que casos

procede el hábeas data?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Cuando una persona no es excarcelada cuando a caducado la prisión preventiva.

Cuando no se tiene acceso a la información pública.

Cuando una providencia judicial lesiona un derecho.

Cuando se niega el acceso a bancos de datos en instituciones públicas o privadas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 50.- Ambito de protección.- Se podrá interponer la acción de hábeas data en los siguientes casos:

1. Cuando se niega el acceso a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos personales e

informes que consten en entidades públicas o estén en poder de personas naturales o jurídicas privadas.

2. Cuando se niega la solicitud de actualización, rectificación, eliminación o anulación de datos que fueren

erróneos o afecten sus derechos.

3. Cuando se da un uso de la información personal que viole un derecho constitucional, sin autorización

expresa, salvo cuando exista orden de jueza o juez competente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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179

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿en que casos

procede el hábeas data?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Cuando una persona no es excarcelada cuando a caducado la prisión preventiva.

Cuando no se tiene acceso a la información pública.

Cuando una providencia judicial lesiona un derecho.

Cuando se niega la solicitud de actualización, rectificación, eliminación o anulación de datos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 50.- Ambito de protección.- Se podrá interponer la acción de hábeas data en los siguientes casos:

1. Cuando se niega el acceso a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos personales e

informes que consten en entidades públicas o estén en poder de personas naturales o jurídicas privadas.

2. Cuando se niega la solicitud de actualización, rectificación, eliminación o anulación de datos que fueren

erróneos o afecten sus derechos.

3. Cuando se da un uso de la información personal que viole un derecho constitucional, sin autorización

expresa, salvo cuando exista orden de jueza o juez competente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 177: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

180

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De conformidad con la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, ¿en que casos

procede el hábeas data?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Cuando una persona no es excarcelada cuando a caducado la prisión preventiva.

Cuando no se tiene acceso a la información pública.

Cuando una providencia judicial lesiona un derecho.

Cuando se da uso de la información personal y esto viola un derecho.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 50.- Ambito de protección.- Se podrá interponer la acción de hábeas data en los siguientes casos:

1. Cuando se niega el acceso a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos personales e

informes que consten en entidades públicas o estén en poder de personas naturales o jurídicas privadas.

2. Cuando se niega la solicitud de actualización, rectificación, eliminación o anulación de datos que fueren

erróneos o afecten sus derechos.

3. Cuando se da un uso de la información personal que viole un derecho constitucional, sin autorización

expresa, salvo cuando exista orden de jueza o juez competente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 178: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

181

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con el criterio de la Corte Corte Constitucional del Ecuador, en reiterados de sus fallos, ¿qué

dimensiones tiene el derecho a la tutela judicial efectiva?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Acceso al órgano jurisdiccional, debida diligencia de los operadores jurisdiccionales y ejercución de la

decisión judicial.

Razobabilidad, lógica y comprensibilidad.

Irrevocable en la medida, impostergable en la competencia y transferible en el tiempo.

Existencia de normas previas claras y públicas, confiabilidad en el ordenamiento jurídico y públicas y

certeza de aplicación del ordenamiento jurídico

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

De conformidad con lo establecido en 154-16-SEP-CC, 173-16-SEP-CC, 188-16-SEP-CC, 193-16-SEP-CC

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 179: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

182

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con el criterio de la Corte Corte Constitucional del Ecuador, en reiterados de sus fallos, ¿qué

dimensiones tiene el derecho a la seguridad jurídica?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Acceso al órgano jurisdiccional, debida diligencia de los operadores jurisdiccionales y ejercución de la

decisión judicial.

Razobabilidad, lógica y comprensibilidad.

Irrevocable en la medida, impostergable en la competencia y transferible en el tiempo.

Existencia de normas previas claras y públicas, confiabilidad en el ordenamiento jurídico y públicas y

certeza de aplicación del ordenamiento jurídico

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

De conformidad con lo establecido en 0350-16-SEP-CC

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 180: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

183

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con el criterio de la Corte Corte Constitucional del Ecuador, en reiterados de sus fallos, ¿cuáles

son los elementos del derecho del debido proceso en la garantía de la motivación ?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Acceso al órgano jurisdiccional, debida diligencia de los operadores jurisdiccionales y ejercución de la

decisión judicial.

Razobabilidad, lógica y comprensibilidad.

Irrevocable en la medida, impostergable en la competencia y transferible en el tiempo.

Existencia de normas previas claras y públicas, confiabilidad en el ordenamiento jurídico y públicas y

certeza de aplicación del ordenamiento jurídico

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

154-16-SEP-CC, 173-16-SEP-CC, 188-16-SEP-CC, 193-16-SEP-CC

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 181: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

184

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con el criterio de la Corte Corte Constitucional del Ecuador, en reiterados de sus fallos, ¿cuál es el

requisito inexorable para el ingreso al servicio público con estabilidad y permanencia ?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Ser ecuatoriano.

Ganar concurso de oposición y méritos.

Ser mayor de edad.

Estar en goce de los derechos políticos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

154-16-SEP-CC, 173-16-SEP-CC, 188-16-SEP-CC, 193-16-SEP-CC

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 182: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

185

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con el criterio de la Corte Corte Constitucional del Ecuador, en reiterados de sus fallos, ¿qué

sucede si un juez mediante sentencia ordena que se de un nombremiento definitivo a quien no cumplió el

requisito inexorable para el ingreso al servicio público con estabilidad y permanencia denominado concurso

públlico de oposición y merecimientos?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Se vulnera el derecho a la libertad.

Se vulnera el derecho al trabajo.

Se tiene resposabilidad administrativa.

Se vulnera el derecho a la seguridad jurídica y a la igualdad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

0350-16-SEP-CC

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 183: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

186

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con el criterio de la Corte Corte Constitucional del Ecuador, en reiterados de sus fallos, ¿qué

requisitos debe diferenciar el juzgador en el conocimiento de una acción de protección?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Requisitos formales e informales.

Requisito externos e internos.

Requisitos de admisibilidad y procedibilidad.

Requisitos divisibles e indivisibles.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

0001-16-PJO-CC

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 184: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

187

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con el criterio de la Corte Corte Constitucional del Ecuador, en reiterados de sus fallos, ¿qué

sucede si en un proceso jurisdiccional o proceso administrativo la resolución es incommpresible?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Se vulnera el derecho a la libertad.

Se vulnera el derecho al trabajo.

Se vulnera el derecho al debido proceso en la garantía de la motivación.

Se vulnera el derecho a la seguridad jurídica y a la igualdad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

154-16-SEP-CC, 173-16-SEP-CC, 188-16-SEP-CC, 193-16-SEP-CC

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 185: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

188

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con el criterio de la Corte Corte Constitucional del Ecuador, en reiterados de sus fallos, ¿qué rol

debe cumplir el juez en el conocimiento de una acción de protección?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Proactivo recabando todo el recaudo probatorio que haga falta.

Esperar a que las partes actúen los medios probatorios.

Ser un mero conciliador.

No intervenir en el proceso jurisdiccional.

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

0001-16-PJO-CC

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 186: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

189

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con el criterio de la Corte Corte Constitucional del Ecuador, en reiterados de sus fallos, ¿qué

sucede si no se notifica o cita a las partes procesales de conformidad ?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Se vulnera el derecho a la libertad.

Se vulnera el derecho al trabajo.

Se vulnera el derecho a la defensa en la garantía de ser escuchado y no ser privado de los medios de

defensa en cualquier parte del proceso.

Se vulnera el derecho a la seguridad jurídica y a la igualdad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

0306-16-SEP-CC

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 187: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

190

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 13/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Derechos, Principios y Garantias

Nivel Taxonomico de la Pregunta Conocimiento

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con el criterio de la Corte Corte Constitucional del Ecuador, en reiterados de sus fallos, ¿qué

sucede si el juez en el conocimiento de una acción de protección determina únicamente que es un asunto de

mera legalidad que tiene las vías ordinarias ?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Se vulnera el derecho a la libertad.

Se vulnera el derecho al trabajo.

Se vulnera el derecho a la defensa en la garantía de ser escuchado y no ser privado de los medios de

defensa en cualquier parte del proceso.

Se vulnera el derecho a la seguridad jurídica por desnaturalizar la acción de protección ya que no se

analizan las vulneraciones de derechos alegadas.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Baja

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

0001-16-PJO-CC

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 188: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

191

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Aplicación

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121

La Asamblea Nacional debe aprobar el proyecto de ley conjuntamente con el estuto de autonomía.

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Organización territorial del Estado.

Nivel Taxonomico de la Pregunta

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las provincias de Azuay, Cañar y Morona Santiago, estan de acuerdo con avanzar hacia un proceso de

regionalización. Los órganos colegiados de los GAD provinciales de cada una de sus provincias toman la

decisión y elaboran el proyecto de ley y el estatuto regional. El proyecto de ley de creación de la nueva región

es presentado directamente en la Asamblea Nacional. El Consejo de Administración Legislativa no califica a

trámite argumentando que no cumple con los requisitos formales. De la manifestado en la redaccion cual cree

que fue el requisito faltante.

El proyecto de ley tiene que pasar previamente por la Corte Constitucional para el control de

constitucionalidad

La Asamblea Nacional debe aprobar el proyecto de ley simpre y cuando haya el respaldo de firmas de

la ciudadanía.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse a lo que determina el artículo 135 y 245 de la Constitución de la República.

El Presidente de la República tiene iniciativa legislativa exclusiva para presentar proyecto de ley sobre

modificación territorial.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D)

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 135.- Sólo la Presidenta o Presidente de la República podrá presentar proyectos de ley que creen,

modifiquen o supriman impuestos, aumenten el gasto público o modifiquen la división político administrativa del

país. Art. 245.- La iniciativa para la conformación de una región autónoma

corresponderá a los gobiernos provinciales, los que elaborarán un proyecto de ley de regionalización que

propondrá la conformación territorial de la nueva región, así como un proyecto de estatuto de autonomía

regional. La Asamblea Nacional aprobará en un plazo máximo de ciento veinte días el proyecto de ley, y en caso

de no pronunciarse dentro de este plazo se considerará aprobado. Para negar o archivar el proyecto de ley, la

Asamblea Nacional requerirá de los votos de las dos terceras partes de sus integrantes.

El proyecto de estatuto será presentado ante la Corte Constitucional para que verifique su conformidad con la

Constitución. El dictamen correspondiente se emitirá en un plazo máximo de cuarenta y cinco días, y en caso

de no emitirse dentro de éste se entenderá que el dictamen es favorable.

Con el dictamen favorable de la Corte Constitucional y la aprobación del proyecto de ley orgánica, se convocará

a consulta popular en las provincias que formarían la región, para que se pronuncien sobre el estatuto regional.

Si la consulta fuera aprobada por la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos en cada provincia,

entrará en vigencia la ley y su estatuto, y se convocará a elecciones regionales en los siguientes cuarenta y

cinco días para nombrar a las autoridades y representantes correspondientes.

Media

Page 189: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

192

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

El proyecto de ley tiene que pasar previamente por la Corte Constitucional para el control de

constitucionalidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Organización territorial del Estado.

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los cantones de Quito, Sangolquí y Mejía en la provincia de Pichincha, estan de acuerdo con avanzar hacia un

proceso de creación de un distrito metropolitano. Los órganos colegiados de los GAD municipales de cada una

de los cantones toman la decisión y elaboran el proyecto de ley y el estatuto de distritalización metropolitano. El

proyecto de ley de creación del distrito metropolitano es presentado directamente en la Asamblea Nacional. El

Consejo de Administración Legislativa no califica a trámite argumentando que no cumple con los requisitos

formales. De la manifestado en la redaccion cual cree que fue el requisito faltante.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 135.- Sólo la Presidenta o Presidente de la República podrá presentar proyectos de ley que creen,

modifiquen o supriman impuestos, aumenten el gasto público o modifiquen la división político administrativa del

país. Art. 245.- La iniciativa para la conformación

de una región autónoma corresponderá a los gobiernos provinciales, los que elaborarán un proyecto de ley de

regionalización que propondrá la conformación territorial de la nueva región, así como un proyecto de estatuto de

autonomía regional. La Asamblea Nacional aprobará en un plazo máximo de ciento veinte días el proyecto de ley,

y en caso de no pronunciarse dentro de este plazo se considerará aprobado. Para negar o archivar el proyecto de

ley, la Asamblea Nacional requerirá de los votos de las dos terceras partes de sus integrantes. El proyecto de

estatuto será presentado ante la Corte Constitucional para que verifique su conformidad con la Constitución. El

dictamen correspondiente se emitirá en un plazo máximo de cuarenta y cinco días, y en caso de no emitirse

dentro de éste se entenderá que el dictamen es favorable.Con el dictamen favorable de la Corte Constitucional y

la aprobación del proyecto de ley orgánica, se convocará a consulta popular en las provincias que formarían la

región, para que se pronuncien sobre el estatuto regional. Con el dictamen favorable de la Corte Constitucional y

la aprobación del proyecto de ley orgánica, se convocará a consulta popular en las provincias que formarían la

región, para que se pronuncien sobre el estatuto regional. Si la consulta fuera aprobada por la mayoría absoluta

de los votos válidamente emitidos en cada provincia, entrará en vigencia la ley y su estatuto, y se convocará a

elecciones regionales en los siguientes cuarenta y cinco días para nombrar a las autoridades y representantes

correspondientes. Art. 247.- El cantón o

conjunto de cantones contiguos en los que existan conurbaciones, con un número de habitantes mayor al siete

por ciento de la población nacional podrán constituir un distrito metropolitano.

Los cantones interesados en formar un distrito metropolitano seguirán el mismo procedimiento establecido para

la conformación de las regiones. Sus concejos cantonales elaborarán una propuesta que contenga un proyecto

de ley y un proyecto de estatuto de autonomía del distrito metropolitano.

Los distritos metropolitanos coordinarán las acciones de su administración con las provincias y regiones que los

circundan.

El estatuto del distrito metropolitano cumplirá con las mismas condiciones que el estatuto de las regiones.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse a lo que determina el artículo 135, 245 y 247 de la Constitución de la República.

La Asamblea Nacional debe aprobar el proyecto de ley simpre y cuando haya el respaldo de firmas

de la ciudadanía.

La Asamblea Nacional debe aprobar el proyecto de ley conjuntamente con el estuto de autonomía.

El Presidente de la República tiene iniciativa legislativa exclusiva para presentar proyecto de ley

sobre modificación territorial.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Media

Page 190: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

193

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Organización territorial del Estado.

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las provincias de Azuay, Cañar y Morona Santiago, estan de acuerdo con avanzar hacia un proceso de

regionalización. Los órganos colegiados de los GAD provinciales de cada una de sus provincias toman la

decisión y elaboran el proyecto de ley y el proyecto de estatuto regional. El proyecto de estatuto regional es

enviado directamente al Consejo Nacional Electoral para que convoque a consulta popular en los territorios de

las provincias. El Pleno del Consejo Necional Electoral resuelve devolver a los interesados alegando falta del

cumplimiento de un requisito constitucional. De la manifestado en la redaccion cual cree que fue el requisito

faltante.

Remitirse a lo que determina el artículo 245 de la Constitución de la República.

El proyecto de estatuto regional debe pasar por el control previo de constitucionalidad en la Corte

Constitucional.

La Asamblea Nacional debe aprobar el estatuto regional previamente

El Presidente de la República debe avalar previamente el proyecto de estatuto regional.

El proyecto de estatuto necesita del respaldo de firmas de la población

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 245.- La iniciativa para la conformación de una región autónoma corresponderá a los gobiernos

provinciales, los que elaborarán un proyecto de ley de regionalización que propondrá la conformación territorial

de la nueva región, así como un proyecto de estatuto de autonomía regional. La Asamblea Nacional aprobará

en un plazo máximo de ciento veinte días el proyecto de ley, y en caso de no pronunciarse dentro de este plazo

se considerará aprobado. Para negar o archivar el proyecto de ley, la Asamblea Nacional requerirá de los votos

de las dos terceras partes de sus integrantes.

El proyecto de estatuto será presentado ante la Corte Constitucional para que verifique su conformidad con la

Constitución. El dictamen correspondiente se emitirá en un plazo máximo de cuarenta y cinco días, y en caso

de no emitirse dentro de éste se entenderá que el dictamen es favorable.

Con el dictamen favorable de la Corte Constitucional y la aprobación del proyecto de ley orgánica, se

convocará a consulta popular en las provincias que formarían la región, para que se pronuncien sobre el

estatuto regional.

Si la consulta fuera aprobada por la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos en cada provincia,

entrará en vigencia la ley y su estatuto, y se convocará a elecciones regionales en los siguientes cuarenta y

cinco días para nombrar a las autoridades y representantes correspondientes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 191: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

194

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

El proyecto de estatuto debe pasar por el control previo de constitucionalidad en la Corte

Constitucional.

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Organización territorial del Estado.

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los cantones de Quito, Sangolquí y Mejía en la provincia de Pichincha, estan de acuerdo con avanzar hacia un

proceso de creación de un distrito metropolitano. Los órganos colegiados de los GAD municipales de cada una

de los cantones toman la decisión y elaboran el proyecto de ley y el estatuto de distritalización metropolitano. El

proyecto de ley de creación del distrito metropolitano es puesto a consideración del Presidente de la República

para que lo presente en la Asamblea Nacional, en tanto que el proyecto de estatuto de distritalización es

enviado directamente al Consejo Nacional Electoral para que se convovoque a Consulta Popular en los territorios

de los cantones. El Consejo Nacional Electoral no acepta el pedido y devuelve alegando incumplimiento de

requisitos constitucionales. De la manifestado en la redaccion cual cree que fue el requisito faltante.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 245.- La iniciativa para la conformación de una región autónoma corresponderá a los gobiernos

provinciales, los que elaborarán un proyecto de ley de regionalización que propondrá la conformación territorial

de la nueva región, así como un proyecto de estatuto de autonomía regional. La Asamblea Nacional aprobará en

un plazo máximo de ciento veinte días el proyecto de ley, y en caso de no pronunciarse dentro de este plazo se

considerará aprobado. Para negar o archivar el proyecto de ley, la Asamblea Nacional requerirá de los votos de

las dos terceras partes de sus integrantes. El proyecto de estatuto será presentado ante la Corte Constitucional

para que verifique su conformidad con la Constitución. El dictamen correspondiente se emitirá en un plazo

máximo de cuarenta y cinco días, y en caso de no emitirse dentro de éste se entenderá que el dictamen es

favorable.Con el dictamen favorable de la Corte Constitucional y la aprobación del proyecto de ley orgánica, se

convocará a consulta popular en las provincias que formarían la región, para que se pronuncien sobre el estatuto

regional. Con el dictamen favorable de la Corte Constitucional y la aprobación del proyecto de ley orgánica, se

convocará a consulta popular en las provincias que formarían la región, para que se pronuncien sobre el estatuto

regional. Si la consulta fuera aprobada por la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos en cada

provincia, entrará en vigencia la ley y su estatuto, y se convocará a elecciones regionales en los siguientes

cuarenta y cinco días para nombrar a las autoridades y representantes correspondientes.

Art. 247.- El cantón o conjunto de cantones contiguos en los que existan conurbaciones, con un número de

habitantes mayor al siete por ciento de la población nacional podrán constituir un distrito metropolitano.

Los cantones interesados en formar un distrito metropolitano seguirán el mismo procedimiento establecido para

la conformación de las regiones. Sus concejos cantonales elaborarán una propuesta que contenga un proyecto

de ley y un proyecto de estatuto de autonomía del distrito metropolitano.

Los distritos metropolitanos coordinarán las acciones de su administración con las provincias y regiones que los

circundan.

El estatuto del distrito metropolitano cumplirá con las mismas condiciones que el estatuto de las regiones.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse a lo que determina el artículo 245 y 247 de la Constitución de la República.

La Asamblea Nacional debe aprobar el estatuto

El Presidente de la República debe avalar previamente el proyecto de estatuto

El proyecto de estatuto necesita del respaldo de firmas de la población

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Page 192: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

195

Especialidad

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula

Esperar a que la Corte Constitucional se pronuncie ya que sin el pronunciamiento

favorable no se puede concretar el proceso de regionalización.

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Organización territorial del Estado.

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las provincias de Azuay, Cañar y Morona Santiago, estan de acuerdo con avanzar hacia un proceso

de regionalización. Los órganos colegiados de los GAD provinciales de cada una de sus provincias

toman la decisión y elaboran el proyecto de ley y el proyecto de estatuto regional. El proyecto de

estatuto regional es enviado a la Corte Constitucional para el control previo de constitucionalidad

conforme lo determina la Constitución, sin embargo luego de un año la Corte Constitucional no se

pronuncia. ¿Qué deberían hacer los interesados?

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 245.- La iniciativa para la conformación de una región autónoma corresponderá a los gobiernos

provinciales, los que elaborarán un proyecto de ley de regionalización que propondrá la

conformación territorial de la nueva región, así como un proyecto de estatuto de autonomía regional.

La Asamblea Nacional aprobará en un plazo máximo de ciento veinte días el proyecto de ley, y en

caso de no pronunciarse dentro de este plazo se considerará aprobado. Para negar o archivar el

proyecto de ley, la Asamblea Nacional requerirá de los votos de las dos terceras partes de sus

integrantes. El proyecto de estatuto será presentado ante la Corte Constitucional para que verifique

su conformidad con la Constitución. El dictamen correspondiente se emitirá en un plazo máximo de

cuarenta y cinco días, y en caso de no emitirse dentro de éste se entenderá que el dictamen es

favorable. Con el dictamen favorable de la Corte Constitucional y la aprobación del proyecto de ley

orgánica, se convocará a consulta popular en las provincias que formarían la región, para que se

pronuncien sobre el estatuto regional. Si la consulta fuera aprobada por la mayoría absoluta de los

votos válidamente emitidos en cada provincia, entrará en vigencia la ley y su estatuto, y se

convocará a elecciones regionales en los siguientes cuarenta y cinco días para nombrar a las

autoridades y representantes correspondientes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse a lo que determina el artículo 245 de la Constitución de la República.

Acudir a la Asamblea Nacional para que esta apruebe el estatuto regional

previamente

Acudir al Presidente de la República para que expida el estatuto regional mediante

decreto.

Continuar con el proceso de regionalización por que si la Corte no se pronuncia en

un tiempo establecido se entiende dictamen favorable

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Media

Page 193: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

196

Especialidad

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula

Esperar a que la Corte Constitucional se pronuncie ya que sin el pronunciamiento favorable no

se puede concretar el proceso de creación de un distrito metropolitano

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Organización territorial del Estado.

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las cantones de Durán, Samborondón y Guayaquil, estan de acuerdo con avanzar hacia un proceso de

conformación de un distrito metropolitano. Los órganos colegiados de los GAD cantonales de cada una de los

cantones toman la decisión y elaboran el proyecto de ley y el proyecto de estatuto del distrito metropolitano El

proyecto de estatuto es enviado a la Corte Constitucional para el control previo de constitucionalidad conforme

lo determina la Constitución, sin embargo luego de un año la Corte Constitucional no se pronuncia. ¿Qué

deberían hacer los interesados?

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 245.- La iniciativa para la conformación de una región autónoma corresponderá a los gobiernos

provinciales, los que elaborarán un proyecto de ley de regionalización que propondrá la conformación territorial

de la nueva región, así como un proyecto de estatuto de autonomía regional. La Asamblea Nacional aprobará en

un plazo máximo de ciento veinte días el proyecto de ley, y en caso de no pronunciarse dentro de este plazo se

considerará aprobado. Para negar o archivar el proyecto de ley, la Asamblea Nacional requerirá de los votos de

las dos terceras partes de sus integrantes. El proyecto de estatuto será presentado ante la Corte Constitucional

para que verifique su conformidad con la Constitución. El dictamen correspondiente se emitirá en un plazo

máximo de cuarenta y cinco días, y en caso de no emitirse dentro de éste se entenderá que el dictamen es

favorable.Con el dictamen favorable de la Corte Constitucional y la aprobación del proyecto de ley orgánica, se

convocará a consulta popular en las provincias que formarían la región, para que se pronuncien sobre el estatuto

regional. Con el dictamen favorable de la Corte Constitucional y la aprobación del proyecto de ley orgánica, se

convocará a consulta popular en las provincias que formarían la región, para que se pronuncien sobre el estatuto

regional. Si la consulta fuera aprobada por la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos en cada

provincia, entrará en vigencia la ley y su estatuto, y se convocará a elecciones regionales en los siguientes

cuarenta y cinco días para nombrar a las autoridades y representantes correspondientes.

Art. 247.- El cantón o conjunto de cantones contiguos en los que existan conurbaciones, con un número de

habitantes mayor al siete por ciento de la población nacional podrán constituir un distrito metropolitano.

Los cantones interesados en formar un distrito metropolitano seguirán el mismo procedimiento establecido para

la conformación de las regiones. Sus concejos cantonales elaborarán una propuesta que contenga un proyecto

de ley y un proyecto de estatuto de autonomía del distrito metropolitano.

Los distritos metropolitanos coordinarán las acciones de su administración con las provincias y regiones que los

circundan.

El estatuto del distrito metropolitano cumplirá con las mismas condiciones que el estatuto de las regiones.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse a lo que determina el artículo 245 y 247 de la Constitución de la República.

Acudir a la Asamblea Nacional para que esta apruebe el estatuto previamente

Acudir al Presidente de la República para que expida el estatuto mediante decreto.

Continuar con el proceso de regionalización por que si la Corte no se pronuncia en un tiempo

establecido se entiende dictamen favorable

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Media

Page 194: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

197

Especialidad

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula

Demandar ante la Corte Constiucional una accion por inconstitucionalidad por omisión

legislativa.

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121

Eje Temático Derecho ConstitucionalTema Especifico Organización territorial del Estado.

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las provincias de Azuay, Cañar y Morona Santiago, estan de acuerdo con avanzar hacia un proceso de

regionalización. Los órganos colegiados de los GAD provinciales de cada una de sus provincias toman la

decisión y elaboran el proyecto de ley y el proyecto de estatuto regional. El proyecto de ley de creación de

la región es enviado al Presidente de la República y el Presidente de la Replica lo presenta a la Asamblea

Nacional, la Asamblea Nacional lo califica a trámite, crea una comisión ocasional para su tratamiento, la

cual lleva mas de seis meses en su tramamiento sin pasar del primer debate. ¿Qué deberían hacer los

interesados?

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 245.- La iniciativa para la conformación de una región autónoma corresponderá a los gobiernos

provinciales, los que elaborarán un proyecto de ley de regionalización que propondrá la conformación

territorial de la nueva región, así como un proyecto de estatuto de autonomía regional. La Asamblea

Nacional aprobará en un plazo máximo de ciento veinte días el proyecto de ley, y en caso de no

pronunciarse dentro de este plazo se considerará aprobado. Para negar o archivar el proyecto de ley, la

Asamblea Nacional requerirá de los votos de las dos terceras partes de sus integrantes. El proyecto de

estatuto será presentado ante la Corte Constitucional para que verifique su conformidad con la

Constitución. El dictamen correspondiente se emitirá en un plazo máximo de cuarenta y cinco días, y en

caso de no emitirse dentro de éste se entenderá que el dictamen es favorable. Con el dictamen favorable

de la Corte Constitucional y la aprobación del proyecto de ley orgánica, se convocará a consulta popular en

las provincias que formarían la región, para que se pronuncien sobre el estatuto regional. Si la consulta

fuera aprobada por la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos en cada provincia, entrará en

vigencia la ley y su estatuto, y se convocará a elecciones regionales en los siguientes cuarenta y cinco

días para nombrar a las autoridades y representantes correspondientes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse a lo que determina el artículo 245 de la Constitución de la República.

Acudir a la Asamblea Nacional para que esta apruebe el estatuto regional previamente

Acudir al Presidente de la República para que expida la ley mediante decreto.

Continuar con el proceso de regionalización por que si la Asamblea Nacional no se

pronuncia en un plazo de 20 días se entiende aprobado el proyecto de ley

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Media

Page 195: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

198

Especialidad

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula

Demandar ante la Corte Constiucional una accion por inconstitucionalidad por omisión

legislativa.

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Organización territorial del Estado.

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los cantones de Durá, Daule, Samborondón y Guayaquil, estan de acuerdo con avanzar hacia un proceso de

creación de un distrito metropolitano. Los órganos colegiados de los GAD cantonales, toman la decisión y

elaboran el proyecto de ley y el proyecto de estatuto regional. El proyecto de ley de creación del distrito

metropolitano es enviado al Presidente de la República y el Presidente de la Replica lo presenta a la Asamblea

Nacional, la Asamblea Nacional lo califica a trámite, crea una comisión ocasional para su tratamiento, la cual

lleva mas de seis meses en su tramamiento sin pasar del primer debate. ¿Qué deberían hacer los

interesados?

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 245.- La iniciativa para la conformación de una región autónoma corresponderá a los gobiernos

provinciales, los que elaborarán un proyecto de ley de regionalización que propondrá la conformación territorial

de la nueva región, así como un proyecto de estatuto de autonomía regional. La Asamblea Nacional aprobará

en un plazo máximo de ciento veinte días el proyecto de ley, y en caso de no pronunciarse dentro de este plazo

se considerará aprobado. Para negar o archivar el proyecto de ley, la Asamblea Nacional requerirá de los votos

de las dos terceras partes de sus integrantes. El proyecto de estatuto será presentado ante la Corte

Constitucional para que verifique su conformidad con la Constitución. El dictamen correspondiente se emitirá

en un plazo máximo de cuarenta y cinco días, y en caso de no emitirse dentro de éste se entenderá que el

dictamen es favorable.Con el dictamen favorable de la Corte Constitucional y la aprobación del proyecto de ley

orgánica, se convocará a consulta popular en las provincias que formarían la región, para que se pronuncien

sobre el estatuto regional. Con el dictamen favorable de la Corte Constitucional y la aprobación del proyecto de

ley orgánica, se convocará a consulta popular en las provincias que formarían la región, para que se pronuncien

sobre el estatuto regional. Si la consulta fuera aprobada por la mayoría absoluta de los votos válidamente

emitidos en cada provincia, entrará en vigencia la ley y su estatuto, y se convocará a elecciones regionales en

los siguientes cuarenta y cinco días para nombrar a las autoridades y representantes correspondientes.

Art. 247.- El cantón o conjunto de cantones contiguos en los que existan conurbaciones, con un número de

habitantes mayor al siete por ciento de la población nacional podrán constituir un distrito metropolitano.

Los cantones interesados en formar un distrito metropolitano seguirán el mismo procedimiento establecido para

la conformación de las regiones. Sus concejos cantonales elaborarán una propuesta que contenga un proyecto

de ley y un proyecto de estatuto de autonomía del distrito metropolitano.

Los distritos metropolitanos coordinarán las acciones de su administración con las provincias y regiones que Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse a lo que determina el artículo 245 y 247 de la Constitución de la República.

Acudir a la Asamblea Nacional para que esta apruebe el estatuto regional previamente

Acudir al Presidente de la República para que expida la ley mediante decreto.

Continuar con el proceso de regionalización por que si la Asamblea Nacional no se pronuncia

en un plazo de 20 días se entiende aprobado el proyecto de ley

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Media

Page 196: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

199

Especialidad

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula

a4, b3 , c2, d1

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Organización territorial del Estado.

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Escoja la opción correcta de una relación entre los siguientes términos: a. Distrito metropolitano, b. Región ,

c. Provincia, d. Cantón. 1. Concejal rural, 2. Viceprefecto, 3. Continuidad territorial. 4. Conurbaciones.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 245.- La iniciativa para la conformación de una región autónoma corresponderá a los gobiernos

provinciales, los que elaborarán un proyecto de ley de regionalización que propondrá la conformación

territorial de la nueva región, así como un proyecto de estatuto de autonomía regional. La Asamblea Nacional

aprobará en un plazo máximo de ciento veinte días el proyecto de ley, y en caso de no pronunciarse dentro

de este plazo se considerará aprobado. Para negar o archivar el proyecto de ley, la Asamblea Nacional

requerirá de los votos de las dos terceras partes de sus integrantes. El proyecto de estatuto será presentado

ante la Corte Constitucional para que verifique su conformidad con la Constitución. El dictamen

correspondiente se emitirá en un plazo máximo de cuarenta y cinco días, y en caso de no emitirse dentro de

éste se entenderá que el dictamen es favorable.Con el dictamen favorable de la Corte Constitucional y la

aprobación del proyecto de ley orgánica, se convocará a consulta popular en las provincias que formarían la

región, para que se pronuncien sobre el estatuto regional. Con el dictamen favorable de la Corte

Constitucional y la aprobación del proyecto de ley orgánica, se convocará a consulta popular en las provincias

que formarían la región, para que se pronuncien sobre el estatuto regional. Si la consulta fuera aprobada por

la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos en cada provincia, entrará en vigencia la ley y su

estatuto, y se convocará a elecciones regionales en los siguientes cuarenta y cinco días para nombrar a las

autoridades y representantes correspondientes.

Art. 247.- El cantón o conjunto de cantones contiguos en los que existan conurbaciones, con un número de

habitantes mayor al siete por ciento de la población nacional podrán constituir un distrito metropolitano.

Los cantones interesados en formar un distrito metropolitano seguirán el mismo procedimiento establecido

para la conformación de las regiones. Sus concejos cantonales elaborarán una propuesta que contenga un

proyecto de ley y un proyecto de estatuto de autonomía del distrito metropolitano.

Los distritos metropolitanos coordinarán las acciones de su administración con las provincias y regiones que

los circundan.

El estatuto del distrito metropolitano cumplirá con las mismas condiciones que el estatuto de las regiones.

Art. 252.- Cada provincia tendrá un consejo provincial con sede en su capital, que estará integrado por una

prefecta o prefecto y una viceprefecta o viceprefecto elegidos por votación popular; por alcaldesas o alcaldes,

o concejalas o concejales en representación de los cantones; y por representantes elegidos de entre quienes

presidan las juntas parroquiales rurales, de acuerdo con la ley.

La prefecta o prefecto será la máxima autoridad administrativa, que presidirá el Consejo con voto dirimente, y

en su ausencia temporal o definitiva será reemplazado por la persona que ejerza la viceprefectura, elegida por

votación popular en binomio con la prefecta o prefecto.

Art. 253.- Cada cantón tendrá un concejo cantonal, que estará integrado por la alcaldesa o alcalde y las

concejalas y concejales elegidos por votación popular, entre quienes se elegirá una vicealcaldesa o

vicealcalde. La alcaldesa o alcalde será su máxima autoridad administrativa y lo presidirá con voto dirimente.

En el concejo estará representada proporcionalmente a la población cantonal urbana y rural, en los términos

que establezca la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse a lo que determina el artículo 245 y 247 de la Constitución de la República.

d4, c3, d2, a1

a1, b2, c3, d4

c1, b3, d2, a4

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Page 197: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

200

Especialidad

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula

a4, b3 , c2, d1

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Organización territorial del Estado.

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Escoja la opción correcta de una relación entre los siguientes términos: a. Parroquia rural, b. Circunscripción

territorial especial , c. Mancomunidad, d. Régimen Autónomo de Galápagos 1. Consejo de gobierno presidido

por Presidente de la República, 2. Preside el vocal más votado, 3. Manejo integrado de competencias. 4.

Razones culturales y ambientales

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 255.- Cada parroquia rural tendrá una junta parroquial conformada por vocales de elección popular, cuyo

vocal más votado la presidirá. La conformación, las atribuciones y responsabilidades de las juntas parroquiales

estarán determinadas en la ley. Art. 242.- El Estado se organiza

territorialmente en regiones, provincias, cantones y parroquias rurales. Por razones de conservación ambiental,

étnico-culturales o de población podrán constituirse regímenes especiales.

Los distritos metropolitanos autónomos, la provincia de Galápagos y las circunscripciones territoriales indígenas

y pluriculturales serán regímenes especiales.

Art. 243.- Dos o más regiones, provincias, cantones o parroquias contiguas podrán agruparse y formar

mancomunidades, con la finalidad de mejorar la gestión de sus competencias y favorecer sus procesos de

integración. Su creación, estructura y administración serán reguladas por la ley. Art. 258.- La

provincia de Galápagos tendrá un gobierno de régimen especial. Su planificación y desarrollo se organizará en

función de un estricto apego a los principios de conservación del patrimonio natural del Estado y del buen vivir,

de conformidad con lo que la ley determine.

Su administración estará a cargo de un Consejo de Gobierno presidido por el representante de la Presidencia

de la República e integrado por las alcaldesas y alcaldes de los municipios de la provincia de Galápagos,

representante de las juntas parroquiales y los representantes de los organismos que determine la ley.

Dicho Consejo de Gobierno tendrá a su cargo la planificación, manejo de los recursos y organización de las

actividades que se realicen en la provincia. La ley definirá el organismo que actuará en calidad de secretaría

técnica.

Para la protección del distrito especial de Galápagos se limitarán los derechos de migración interna, trabajo o

cualquier otra actividad pública o privada que pueda afectar al ambiente. En materia de ordenamiento territorial,

el Consejo de Gobierno dictará las políticas en coordinación con los municipios y juntas parroquiales, quienes

las ejecutarán.

Las personas residentes permanentes afectadas por la limitación de los derechos tendrán acceso preferente a

los recursos naturales y a las actividades ambientalmente sustentables.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse a lo que determina los artículos 242, 243, 255 y 258 de la Constitución de la República.

a2, b4, c3, d1

a1, b2, c3, d4

c1, b3, d2, a4

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Media

Page 198: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

201

Especialidad

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula

Formar una región

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Organización territorial del Estado.

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Las provincias de Azuay y Cañar, son contínuas pero no tienen conjuntamente una extensión mayor a 20 mil km

cuadradoss. Sin embargo desean unirse para manejar coordinadamente sus competencias. Bajo un criterio

constitucional usted que les recomendaría.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 243.- Dos o más regiones, provincias, cantones o parroquias contiguas podrán agruparse y formar

mancomunidades, con la finalidad de mejorar la gestión de sus competencias y favorecer sus procesos de

integración. Su creación, estructura y administración serán reguladas por la ley. Art. 245.-

La iniciativa para la conformación de una región autónoma corresponderá a los gobiernos provinciales, los que

elaborarán un proyecto de ley de regionalización que propondrá la conformación territorial de la nueva región,

así como un proyecto de estatuto de autonomía regional. La Asamblea Nacional aprobará en un plazo máximo

de ciento veinte días el proyecto de ley, y en caso de no pronunciarse dentro de este plazo se considerará

aprobado. Para negar o archivar el proyecto de ley, la Asamblea Nacional requerirá de los votos de las dos

terceras partes de sus integrantes.

El proyecto de estatuto será presentado ante la Corte Constitucional para que verifique su conformidad con la

Constitución. El dictamen correspondiente se emitirá en un plazo máximo de cuarenta y cinco días, y en caso de

no emitirse dentro de éste se entenderá que el dictamen es favorable.

Con el dictamen favorable de la Corte Constitucional y la aprobación del proyecto de ley orgánica, se convocará

a consulta popular en las provincias que formarían la región, para que se pronuncien sobre el estatuto regional.

Si la consulta fuera aprobada por la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos en cada provincia,

entrará en vigencia la ley y su estatuto, y se convocará a elecciones regionales en los siguientes cuarenta y

cinco días para nombrar a las autoridades y representantes correspondientes.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse a lo que determina los artículos 243 y 245 de la Constitución de la República.

Formar una mancomunidad

Formar un distrito metropolitano

Formar un régimen especial

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Media

Page 199: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

202

Especialidad

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula

Formar una región

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121

Eje Temático Derecho ConstitucionalTema Especifico Organización territorial del Estado.

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los cantones de Cuenca y Gualaceo, son contínuos pero no tienen conjuntamente una población mayor al

7 por ciento de la población nacional. Sin embargo desean unirse para manejar coordinadamente sus

competencias. Bajo un criterio constitucional usted que les recomendaría.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 243.- Dos o más regiones, provincias, cantones o parroquias contiguas podrán agruparse y formar

mancomunidades, con la finalidad de mejorar la gestión de sus competencias y favorecer sus procesos de

integración. Su creación, estructura y administración serán reguladas por la ley. Art.

247.- El cantón o conjunto de cantones contiguos en los que existan conurbaciones, con un número de

habitantes mayor al siete por ciento de la población nacional podrán constituir un distrito metropolitano.

Los cantones interesados en formar un distrito metropolitano seguirán el mismo procedimiento establecido

para la conformación de las regiones. Sus concejos cantonales elaborarán una propuesta que contenga un

proyecto de ley y un proyecto de estatuto de autonomía del distrito metropolitano.

Los distritos metropolitanos coordinarán las acciones de su administración con las provincias y regiones

que los circundan.

El estatuto del distrito metropolitano cumplirá con las mismas condiciones que el estatuto de las regiones.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse a lo que determina los artículos 243 y 247 de la Constitución de la República.

Formar una mancomunidad

Formar un distrito metropolitano

Formar un régimen especial Opción Correcta Dificultad Esperada

B Media

Page 200: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

Especialidad

Page 201: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

203

Especialidad

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula

a4, b3 , c2, d1

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Organización territorial del Estado.

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Escoja la opción correcta respecto de quien tiene la competencia exclusiva a. Estado Central, b. GAD

provincial , c. GAD cantonal d. GAD parroquial rural 1. Construcción y mantenimiento del sistema vial, 2.

Relaciones internacionales 3. Control de uso del suelo. 4. Desarrollo de actividades productivas comunitarias.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 261.- El Estado central tendrá competencias exclusivas sobre:1. La defensa nacional, protección interna y

orden público. 2. Las relaciones internacionales.

3. El registro de personas, nacionalización de extranjeros y control migratorio.

4. La planificación nacional.5. Las políticas económica, tributaria, aduanera, arancelaria; fiscal y monetaria;

comercio exterior y endeudamiento. 6. Las políticas de educación, salud, seguridad social, vivienda. 7. Las

áreas naturales protegidas y los recursos naturales. 8. El manejo de desastres naturales. 9. Las que le

corresponda aplicar como resultado de tratados internacionales. 10. El espectro radioeléctrico y el régimen

general de comunicaciones y telecomunicaciones; puertos y aeropuertos. 11. Los recursos energéticos;

minerales, hidrocarburos, hídricos, biodiversidad y recursos forestales. 12. El control y administración de las

empresas públicas nacionales.

Art. 263.- Los gobiernos provinciales tendrán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de las otras

que determine la ley: 1. Planificar el desarrollo provincial y formular los correspondientes planes de

ordenamiento territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, cantonal y parroquial. 2.

Planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito provincial, que no incluya las zonas urbanas. 3.

Ejecutar, en coordinación con el gobierno regional, obras en cuencas y micro cuencas. 4. La gestión ambiental

provincial. 5. Planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego. 6. Fomentar la actividad agropecuaria.

7. Fomentar las actividades productivas provinciales. 8. Gestionar la cooperación internacional para el

cumplimiento de sus competencias. En el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades,

expedirán ordenanzas provinciales.

Art. 264.- Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que

determine la ley: 1. Planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento

territorial, de manera articulada con la planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de

regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural. 2. Ejercer el control sobre el uso y ocupación del suelo

en el cantón. 3. Planificar, construir y mantener la vialidad urbana.

4. Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de

desechos sólidos, actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley. 5. Crear, modificar o

suprimir mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras. 6. Planificar, regular y controlar el

tránsito y el transporte público dentro de su territorio cantonal. 7. Planificar, construir y mantener la

infraestructura física y los equipamientos de salud y educación, así como los espacios públicos destinados al

desarrollo social, cultural y deportivo, de acuerdo con la ley. 8. Preservar, mantener y difundir el patrimonio

arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines. 9. Formar y

administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales. 10. Delimitar, regular, autorizar y controlar el uso de

las playas de mar, riberas y lechos de ríos, lagos y lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la

ley. 11. Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso de las playas de mar, riberas de ríos,

lagos y lagunas. 12. Regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos, que se

encuentren en los lechos de los ríos, lagos, playas de mar y canteras. 13. Gestionar los servicios de

prevención, protección, socorro y extinción de incendios. 14. Gestionar la cooperación internacional para el

cumplimiento de sus competencias. En el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades,

expedirán ordenanzas cantonales.

Art. 267.- Los gobiernos parroquiales rurales ejercerán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de

las adicionales que determine la ley: 1. Planificar el desarrollo parroquial y su correspondiente ordenamiento

territorial, en coordinación con el gobierno cantonal y provincial. 2. Planificar, construir y mantener la

infraestructura física, los equipamientos y los espacios públicos de la parroquia, contenidos en los planes de

desarrollo e incluidos en los presupuestos participativos anuales. 3. Planificar y mantener, en coordinación con

los gobiernos provinciales, la vialidad parroquial rural. 4. Incentivar el desarrollo de actividades productivas

comunitarias, la preservación de la biodiversidad y la protección del ambiente. 5. Gestionar, coordinar y

administrar los servicios públicos que le sean delegados o descentralizados por otros niveles de gobierno. 6.

Promover la organización de los ciudadanos de las comunas, recintos y demás asentamientos rurales, con el

carácter de organizaciones territoriales de base. 7. Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento

de sus competencias. 8. Vigilar la ejecución de obras y la calidad de los servicios públicos. En el ámbito de sus

competencias y territorio, y en uso de sus facultades, emitirán acuerdos y resoluciones.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse a lo que determina los artículos 261, 263, 264 y 267 de la Constitución de la República.

a2, b1, c3, d4

a1, b2, c3, d4

c1, b3, d2, a4

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Media

Page 202: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

204

Especialidad

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula

a4, b3 , c2, d1

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Organización territorial del Estado.

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Escoja la opción correcta respecto de quien tiene la competencia exclusiva a. Estado Central, b. GAD provincial ,

c. GAD cantonal d. GAD parroquial rural 1. Ejecutar coordinadamente obras en cuencas y microcuencas, 2.

Defensa nacional 3. Servicio público de agua potable y alcantarillado 4. Desarrollo de la organización ciudadana

de recintos.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 261.- El Estado central tendrá competencias exclusivas sobre:1. La defensa nacional, protección interna y orden público. 2. Las

relaciones internacionales.

3. El registro de personas, nacionalización de extranjeros y control migratorio.

4. La planificación nacional.5. Las políticas económica, tributaria, aduanera, arancelaria; fiscal y monetaria; comercio exterior y

endeudamiento. 6. Las políticas de educación, salud, seguridad social, vivienda. 7. Las áreas naturales protegidas y los recursos

naturales. 8. El manejo de desastres naturales. 9. Las que le corresponda aplicar como resultado de tratados internacionales. 10. El

espectro radioeléctrico y el régimen general de comunicaciones y telecomunicaciones; puertos y aeropuertos. 11. Los recursos

energéticos; minerales, hidrocarburos, hídricos, biodiversidad y recursos forestales. 12. El control y administración de las empresas

públicas nacionales.

Art. 263.- Los gobiernos provinciales tendrán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de las otras que determine la ley: 1.

Planificar el desarrollo provincial y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la

planificación nacional, regional, cantonal y parroquial. 2. Planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito provincial, que no

incluya las zonas urbanas. 3. Ejecutar, en coordinación con el gobierno regional, obras en cuencas y micro cuencas. 4. La gestión

ambiental provincial. 5. Planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego. 6. Fomentar la actividad agropecuaria. 7. Fomentar

las actividades productivas provinciales. 8. Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias. En el

ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades, expedirán ordenanzas provinciales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse a lo que determina los artículos 261, 263, 264 y 267 de la Constitución de la República.

a2, b1, c3, d4

a1, b2, c3, d4

c1, b3, d2, a4

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Media

Art. 264.- Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: 1.

Planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la

planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural. 2. Ejercer el

control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón. 3. Planificar, construir y mantener la vialidad urbana.

4. Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos,

actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley. 5. Crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y

contribuciones especiales de mejoras. 6. Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte público dentro de su territorio

cantonal. 7. Planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de salud y educación, así como los espacios

públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo, de acuerdo con la ley. 8. Preservar, mantener y difundir el patrimonio

arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines. 9. Formar y administrar los catastros

inmobiliarios urbanos y rurales. 10. Delimitar, regular, autorizar y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos de ríos, lagos y

lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la ley. 11. Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso de las

playas de mar, riberas de ríos, lagos y lagunas. 12. Regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos, que se

encuentren en los lechos de los ríos, lagos, playas de mar y canteras. 13. Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro y

extinción de incendios. 14. Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias. En el ámbito de sus

competencias y territorio, y en uso de sus facultades, expedirán ordenanzas cantonales.

Art. 267.- Los gobiernos parroquiales rurales ejercerán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de las adicionales que

determine la ley: 1. Planificar el desarrollo parroquial y su correspondiente ordenamiento territorial, en coordinación con el gobierno

cantonal y provincial. 2. Planificar, construir y mantener la infraestructura física, los equipamientos y los espacios públicos de la

parroquia, contenidos en los planes de desarrollo e incluidos en los presupuestos participativos anuales. 3. Planificar y mantener, en

coordinación con los gobiernos provinciales, la vialidad parroquial rural. 4. Incentivar el desarrollo de actividades productivas

comunitarias, la preservación de la biodiversidad y la protección del ambiente. 5. Gestionar, coordinar y administrar los servicios

públicos que le sean delegados o descentralizados por otros niveles de gobierno. 6. Promover la organización de los ciudadanos de las

comunas, recintos y demás asentamientos rurales, con el carácter de organizaciones territoriales de base. 7. Gestionar la cooperación

internacional para el cumplimiento de sus competencias. 8. Vigilar la ejecución de obras y la calidad de los servicios públicos. En el

ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades, emitirán acuerdos y resoluciones.

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Especialidad

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Organización territorial del Estado.

B Media

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Escoja la opción correcta respecto de quien tiene la competencia exclusiva a. Estado Central, b. GAD provincial ,

c. GAD cantonal d. GAD parroquial rural 1. Ejecutar coordinadamente obras en cuencas y microcuencas, 2.

Defensa nacional 3. Servicio público de agua potable y alcantarillado 4. Desarrollo de la organización ciudadana

de recintos.

a4, b3 , c2, d1

a2, b1, c3, d4

a1, b2, c3, d4

c1, b3, d2, a4

Opción Correcta Dificultad Esperada

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 261.- El Estado central tendrá competencias exclusivas sobre:1. La defensa nacional, protección interna y orden público. 2. Las

relaciones internacionales.

3. El registro de personas, nacionalización de extranjeros y control migratorio.

4. La planificación nacional.5. Las políticas económica, tributaria, aduanera, arancelaria; fiscal y monetaria; comercio exterior y

endeudamiento. 6. Las políticas de educación, salud, seguridad social, vivienda. 7. Las áreas naturales protegidas y los recursos

naturales. 8. El manejo de desastres naturales. 9. Las que le corresponda aplicar como resultado de tratados internacionales. 10. El

espectro radioeléctrico y el régimen general de comunicaciones y telecomunicaciones; puertos y aeropuertos. 11. Los recursos

energéticos; minerales, hidrocarburos, hídricos, biodiversidad y recursos forestales. 12. El control y administración de las empresas

públicas nacionales.

Art. 263.- Los gobiernos provinciales tendrán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de las otras que determine la ley: 1.

Planificar el desarrollo provincial y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la

planificación nacional, regional, cantonal y parroquial. 2. Planificar, construir y mantener el sistema vial de ámbito provincial, que no

incluya las zonas urbanas. 3. Ejecutar, en coordinación con el gobierno regional, obras en cuencas y micro cuencas. 4. La gestión

ambiental provincial. 5. Planificar, construir, operar y mantener sistemas de riego. 6. Fomentar la actividad agropecuaria. 7. Fomentar

las actividades productivas provinciales. 8. Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias. En el

ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades, expedirán ordenanzas provinciales.

Art. 264.- Los gobiernos municipales tendrán las siguientes competencias exclusivas sin perjuicio de otras que determine la ley: 1.

Planificar el desarrollo cantonal y formular los correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con la

planificación nacional, regional, provincial y parroquial, con el fin de regular el uso y la ocupación del suelo urbano y rural. 2. Ejercer

el control sobre el uso y ocupación del suelo en el cantón. 3. Planificar, construir y mantener la vialidad urbana.

4. Prestar los servicios públicos de agua potable, alcantarillado, depuración de aguas residuales, manejo de desechos sólidos,

actividades de saneamiento ambiental y aquellos que establezca la ley. 5. Crear, modificar o suprimir mediante ordenanzas, tasas y

contribuciones especiales de mejoras. 6. Planificar, regular y controlar el tránsito y el transporte público dentro de su territorio

cantonal. 7. Planificar, construir y mantener la infraestructura física y los equipamientos de salud y educación, así como los espacios

públicos destinados al desarrollo social, cultural y deportivo, de acuerdo con la ley. 8. Preservar, mantener y difundir el patrimonio

arquitectónico, cultural y natural del cantón y construir los espacios públicos para estos fines. 9. Formar y administrar los catastros

inmobiliarios urbanos y rurales. 10. Delimitar, regular, autorizar y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos de ríos, lagos

y lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la ley. 11. Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso de

las playas de mar, riberas de ríos, lagos y lagunas. 12. Regular, autorizar y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos, que

se encuentren en los lechos de los ríos, lagos, playas de mar y canteras. 13. Gestionar los servicios de prevención, protección, socorro

y extinción de incendios. 14. Gestionar la cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias. En el ámbito de sus

competencias y territorio, y en uso de sus facultades, expedirán ordenanzas cantonales.

Art. 267.- Los gobiernos parroquiales rurales ejercerán las siguientes competencias exclusivas, sin perjuicio de las adicionales que

determine la ley: 1. Planificar el desarrollo parroquial y su correspondiente ordenamiento territorial, en coordinación con el gobierno

cantonal y provincial. 2. Planificar, construir y mantener la infraestructura física, los equipamientos y los espacios públicos de la

parroquia, contenidos en los planes de desarrollo e incluidos en los presupuestos participativos anuales. 3. Planificar y mantener, en

coordinación con los gobiernos provinciales, la vialidad parroquial rural. 4. Incentivar el desarrollo de actividades productivas

comunitarias, la preservación de la biodiversidad y la protección del ambiente. 5. Gestionar, coordinar y administrar los servicios

públicos que le sean delegados o descentralizados por otros niveles de gobierno. 6. Promover la organización de los ciudadanos de

las comunas, recintos y demás asentamientos rurales, con el carácter de organizaciones territoriales de base. 7. Gestionar la

cooperación internacional para el cumplimiento de sus competencias. 8. Vigilar la ejecución de obras y la calidad de los servicios

públicos. En el ámbito de sus competencias y territorio, y en uso de sus facultades, emitirán acuerdos y resoluciones.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse a lo que determina los artículos 261, 263, 264 y 267 de la Constitución de la República.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Zoila Becerra del Campo, por insinuación de su abogado tributarista Aquiles Callo, deduce de sus ingresos

algunos gastos suntuarios, como son los de un cocktail de promoción de uno de sus productos.

Posteriormente, declara que su impuesto a la renta correspondiente al año de 2012 es de USD$ 450. El

Servicio de Rentas Internas realiza una fiscalización a Zoila Becerra del Campo y determina que no debió

deducirse los gastos de dicho cocktail y establece que su obligación tributaria no es de USD$ 450, sino de

USD$ 1.500. Ante la negativa de pago de Zoila Becerra del Campo, el SRI inicia un procedimiento de cobro

coactivo. Zoila Becerra del Campo acude a su abogado Aquiles Callo, quien le recomienda iniciar garantía

jurisdiccional en contra del auto de pago y del procedimiento coactivo por violación de los principios

constitucionales que rigen la tributación.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Recurso subjetivo o de plena jurisdicción

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos

en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales, por

actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la

privación del goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación proceda de una

persona particular, si la violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios, si

actúa por delegación o concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de subordinación,

indefensión o discriminación.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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207

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Alan Brito Delgado, quien habita en un sector exclusivamente residencial, tiene por vecino al señor Hediondino

Toala, un rico fabricante manabita de harina de pescado que instaló su fábrica sin el permiso municipal que

exige la Ordenanza de Construcciones. Agobiado por los olores de la fábrica, las moscas y la contaminación, y

además, presionado por los dolores de cabeza que perjudican a su familia –especialmente a su hijo menor de

cuatro años– decide consultar a usted si es posible plantear una acción de protección contra Hediondino

Toala. Señale si procede o no la acción de protección en contra de particulares y el justificativo del caso.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

No procede, es un asunto que bien podría tratarse en la jurisdicción ordinaria

No procede, la acción de protección, únicamente procede en contra de acción u omisión de autoridad

pública no judicial

Si procede, por que la acción de protección procede en contra de particulares cuando existe un

estado de subordinación o indefensión

Si procede, por que se trata de un servicio público impropio

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la

Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u

omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del

goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación proceda de una persona particular, si la

violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por delegación o

concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de subordinación, indefensión o discriminación.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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208

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El Presidente de la República está preocupado por el aumento de la delincuencia y la falta de eficacia del

sistema penal ecuatoriano, decide formular una nueva directriz y estrategia de Estado dirigida a solucionar el

problema de forma rápida y definitiva. Luego de consultar con un equipo de asesores de varios países, entre

ellos, Cuba, Corea del Norte, Arabia Saudita e Irán, formula un plan de acción del Estado que involucra al

Ministerio de Justicia, al Ministerio de Defensa y a la Policía Nacional. Entre otros ejes, el plan de acción contra

la delincuencia plantea un reforzamiento del entrenamiento policial para que utilice armas de fuego de alto

calibre y cuente con efectivos expertos en artes marciales y combate cuerpo a cuerpo. Para ello, destina 500

millones de dólares a la compra de armas y equipos de espionaje. Por otra parte, reforma las leyes penales y

establece juicios penales sumarios. Por último, el plan de acción prevé la construcción de cuarenta centros de

aislamiento definitivo de los delincuentes, sin opción a visitas y de por vida. En este caso, ¿que garantía

jurisdiccional procedería?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Recurso subjetivo o de plena jurisdicción

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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209

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Elsa Pallo es dueña de un terreno que colinda con la propiedad de Armando Paredes y Loza, quien tiene serias

dificultades para ingresar a su predio. Como Armando Paredes y Hoyos es coideario, benefactor político y muy

amigo del Alcalde de la ciudad, solicita que le ayude con el problema. El Alcalde, inmediatamente decide que

la figura apropiada para solucionar la situación de su amigo es la expropiación. En consecuencia, al día

siguiente de recibida la petición de Armando Paredes y Loza, envía maquinaria municipal para que abran un

trazo de camino por medio de la propiedad de Elsa Pallo. Elsa Pallo, indignada por la abrupta intervención de

su propiedad, presenta una queja al Alcalde, y éste recién le contesta que se ha declarado la expropiación de

su predio para permitir el acceso a la propiedad de Armando Paredes y Loza, con fundamento en “la utilidad

pública que representan los caminos”. Elsa Pallo, solicita entonces que se le entregue copia del expediente

que contiene la expropiación, pero el Alcalde simplemente calla. ¿En este caso que garantía jurisdiccional

procedería?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Recurso subjetivo o de plena jurisdicción

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la

Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u

omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del

goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación proceda de una persona particular, si la

violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por delegación o

concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de subordinación, indefensión o discriminación.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 208: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

210

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El sargento Elmer Curio Fierro cometió la infracción de sacar un camión de transporte del Ejército para

utilizarlo en la mudanza de su casa, esto es, para fines extraños al servicio militar.

El General Batallas, jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, ordena iniciar un procedimiento

disciplinario en contra del sargento Elmer Curio Fierro y el Tribunal competente le condena por una

contravención de segunda clase, que implica una semana de arresto, que el sargento Elmer Curio Fierro

efectivamente cumplío en los calabozos del Batallón Vencedores. Dicha contravención, justamente, consiste

en utilizar el equipo militar para actividades extrañas al servicio y se sanciona con dicha pena.

Indignado por la resolución del Tribunal, el General Batallas ordena que se anule el proceso y se sancione al

sargento Elmer Curio Fierro, no por contravención de segunda clase, sino por la infracción de tercera clase,

que consiste en aprovecharse económicamente de los bienes de las gloriosas Fuerzas Armadas, ya que el

General Batallas entiende que el sargento Elmer Curio Fierro, al utilizar indebidamente el camión, también

ahorró una importante cantidad de dinero en la mudanza, a costa del Ejército.

El Tribunal, obediente, revoca su decisión por “nulidad esencial de procedimiento”, juzga nuevamente al

sagento Elmer Curio Fierro y le sanciona por contravención de tercera clase con un mes de arresto y dos

semanas de fajina sin derecho a salir franco, además de que dispone que se descuente del salario del

sargento la cantidad de USD$ 500.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Recurso subjetivo o de plena jurisdicción

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la

Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u

omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del

goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación proceda de una persona particular, si la

violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por delegación o

concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de subordinación, indefensión o discriminación.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un grupo de jóvenes de la nacionalidad quechua del pueblo otavalo, acuden a la discoteca "El Avión" de la

ciudad de Quito, sin embargo en la puerta del local no les dejna ingresar indicando que es orden del dueño de

local no dejar ingresar a dicha discoteca a personas con sombreros y zapatillas. Les piden que se vayan a

poner otra vestimenta para poder ingresar. Los jovenes, quieren presentar una acción de protección pero

desconocen si procede o no esta acción en contra de un acto de un particular. En este caso, ¿procede la

acción y por qué?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

No procede, es un asunto que bien podría tratarse en la jurisdicción ordinaria

No procede, la acción de protección, únicamente procede en contra de acción u omisión de autoridad

pública no judicial

Si procede, por que la acción de protección procede en contra de particulares cuando existe un

estado de subordinación o indefensión

Si procede, por que se trata de un servicio público impropio

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la

Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u

omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del

goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación proceda de una persona particular, si la

violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por delegación o

concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de subordinación, indefensión o discriminación.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Juan tiene quince años estudia en un colegio privado y regentado por la una congregación católica. Un día en

clases de educación física tuvo un desmayo, le llevaron al departemento médico y le ordenaron realizarse varios

exámenes de rutina. De dichos exámenes se desprende que Juan es portador de VIH. Las autoridades del

Colegio se enteran de su situación y al siguiente año le niegan la matrícula. Sus padres quieren presentar una

acción de protección pero desconocen si procede o no esta acción en contra de un acto de un particular, ya que

el colegio es privado. En este caso, ¿procede la acción y por qué?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

No procede, es un asunto que bien podría tratarse en la jurisdicción ordinaria

No procede, la acción de protección, únicamente procede en contra de acción u omisión de autoridad

Si procede, por que la acción de protección procede en contra de particulares cuando existe un estado

de subordinación o indefensión

Si procede, por que se trata de un servicio público impropio y es un acto de discriminación

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la

Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u

omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del

goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación proceda de una persona particular, si la

violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por delegación o

concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de subordinación, indefensión o discriminación.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

María esta embarazada y ha decidido tener a su hijo, tiene quince años estudia en un colegio privado y

regentado por la una congregación católica. Las autoridades del Colegio se enteran de su situación e

inmediatamente la expulsan señalando que es un mal ejemplo para sus compañeras y señalando que ha

incumplido con los reglamentos internos. Sus padres quieren presentar una acción de protección pero

desconocen si procede o no esta acción en contra de un acto de un particular, ya que el colegio es privado. En

este caso, ¿procede la acción y por qué?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

No procede, es un asunto que bien podría tratarse en la jurisdicción ordinaria

No procede, la acción de protección, únicamente procede en contra de acción u omisión de autoridad

Si procede, por que la acción de protección procede en contra de particulares cuando existe un

Si procede, por que se trata de un servicio público impropio y es un acto de discriminación

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la

Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u

omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del

goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación proceda de una persona particular, si la

violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por delegación o

concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de subordinación, indefensión o discriminación.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Pedro trabaja en una reconocida institución del sistema financiero, es homosexual y ha decidido casarse con

su pareja. Las autoridades de dicha institución se enteran por la prensa del matrimonio y al dia siguiente le

despiden con todos los beneficios de ley y sin indicarle ninguna razón aparente del despido, sin embargo, es

conocido de que el dueño del banco y hombre más poderoso del país es parte de uan organización religiosa

conservadora y que es contraria al matrimonio igualitario. Procedería la acción de protección y por que caso:

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

No procede, es un asunto que bien podría tratarse en la jurisdicción ordinaria

No procede, la acción de protección, únicamente procede en contra de acción u omisión de autoridad

pública no judicial

Si procede, por que la acción de protección procede en contra de política públicas

Si procede, por que se trata de un sun acto de discriminación

Opción Correcta Dificultad Esperada

D) Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Pedro trabaja en una reconocida institución del sistema financiero, es homosexual y ha decidido casarse con

su pareja. Las autoridades de dicha institución se enteran por la prensa del matrimonio y al dia siguiente le

despiden con todos los beneficios de ley y sin indicarle ninguna razón aparente del despido, sin embargo, es

conocido de que el dueño del banco y hombre más poderoso del país es parte de uan organización religiosa

conservadora y que es contraria al matrimonio igualitario. ¿Que garantía jurisdiccional procede?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Recurso subjetivo o de plena jurisdicción

Opción CorrectaDificultad Esperada

C Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la

Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u

omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del

goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación proceda de una persona particular, si la

violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por delegación o

concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de subordinación, indefensión o discriminación.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 214: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

216

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Un grupo de jóvenes de la nacionalidad quechua del pueblo otavalo, acuden a la discoteca "El Avión" de la

ciudad de Quito, sin embargo en la puerta del local no les dejna ingresar indicando que es orden del dueño de

local no dejar ingresar a dicha discoteca a personas con sombreros y zapatillas. Les piden que se vayan a

poner otra vestimenta para poder ingresar. En este caso ¿Que garantía jurisdiccional procede?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Recurso subjetivo o de plena jurisdicción

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la

Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u

omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del

goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación proceda de una persona particular, si la

violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por delegación o

concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de subordinación, indefensión o discriminación.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 215: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

216

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Juan tiene quince años estudia en un colegio privado y regentado por la una congregación católica. Un día en

clases de educación física tuvo un desmayo, le llevaron al departemento médico y le ordenaron realizarse

varios exámenes de rutina. De dichos exámenes se desprende que Juan es portador de VIH. Las autoridades

del Colegio se enteran de su situación y al siguiente año le niegan la matrícula. En este caso, ¿qué acción

procede?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Recurso subjetivo o de plena jurisdicción

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos reconocidos en la

Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u

omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del

goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación proceda de una persona particular, si la

violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por delegación o

concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de subordinación, indefensión o discriminación.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 216: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

218

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

María esta embarazada y ha decidido tener a su hijo, tiene quince años estudia en un colegio

privado y regentado por la una congregación católica. Las autoridades del Colegio se enteran de

su situación e inmediatamente la expulsan señalando que es un mal ejemplo para sus

compañeras y señalando que ha incumplido con los reglamentos internos. En este caso, ¿qué

acción procede?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Recurso subjetivo o de plena jurisdicción

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos

reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos

constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas

públicas cuando supongan la privación del goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y

cuando la violación proceda de una persona particular, si la violación del derecho provoca daño

grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por delegación o concesión, o si la persona

afectada se encuentra en estado de subordinación, indefensión o discriminación.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 217: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

219

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Fernando es servidor público y le inician un procedimiento administrativo disciplinario en donde le

niegan el derecho a ser asistido por un abogado patrocinador, sin acceso al expediente o a contar

con su versión sobre los hechos. En tal virtud, se le impone una sanción de un mes sin sueldo.

¿Que garantía jurisdicional procede?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Recurso subjetivo o de plena jurisdicción

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz de los derechos

reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos

constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas

públicas cuando supongan la privación del goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y

cuando la violación proceda de una persona particular, si la violación del derecho provoca daño

grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por delegación o concesión, o si la persona

afectada se encuentra en estado de subordinación, indefensión o discriminación.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 218: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

220

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Fernando es servidor público y le inician un procedimiento administrativo disciplinario en donde le

niegan el derecho a ser asistido por un abogado patrocinador, sin acceso al expediente o a contar

con su versión sobre los hechos, in embargo en la demanda de su acción de potección ni en la

audiencia su abogado no se pronuncia sobre la vulneración de derecho de constitucionales, si no

que hace mención que el Reglamento de la LOSEP restringue el contenido del derecho a la

defensa. El juez de instancia declara improcedente la acción, A su criterio ¿por qué es

improcedente?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

El accionante sustenta la acción en hechos que pueden demandarse en vía ordinaria

El accionante sustenta la acción en cuestiones de mera legalidad

El accionante sustenta la acción en cuestiones de constitucionalidad de una norma

El accionante sustenta en hecho que no son vulneraciones de derechos

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88 de la Constitución de la República.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo

directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando

exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad

pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del goce o ejercicio de

los derechos constitucionales; y cuando la violación proceda de una persona particular, si la

violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por

delegación o concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de subordinación,

indefensión o discriminación.

Art. 42 de la LOGJCC.- Improcedencia de la acción.- La acción de protección de derechos no

procede: 1. Cuando de los hechos no se desprenda que existe una violación de derechos

constitucionales. 2. Cuando los actos hayan sido revocados o extinguidos, salvo que de tales

actos se deriven daños susceptibles de reparación. 3. Cuando en la demanda exclusivamente se

impugne la constitucionalidad o legalidad del acto u omisión, que no conlleven la violación de

derechos. 4. Cuando el acto administrativo pueda ser impugnado en la vía judicial, salvo que se

demuestre que la vía no fuere adecuada ni eficaz. 5. Cuando la pretensión del accionante sea la

declaración de un derecho. 6. Cuando se trate de providencias judiciales. 7. Cuando el acto u

omisión emane del Consejo Nacional Electoral y pueda ser impugnado ante el Tribunal

Contencioso Electoral. En estos casos, de manera sucinta la jueza o juez, mediante auto,

declarará inadmisible la acción y especificará la causa por la que no procede la misma.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 219: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

221

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Fernando es servidor público y le inician un procedimiento administrativo disciplinario en donde le niegan el

derecho a ser asistido por un abogado patrocinador, sin acceso al expediente o a contar con su versión sobre

los hechos, sin embargo en la demanda de su acción de potección ni en la audiencia su abogado no se

pronuncia sobre la vulneración de derecho de constitucionales, si no que hace mención que el Reglamento de

la LOSEP tiene contradicciones con la LOSEP y con el COA. El juez de instancia declara improcedente la

acción. A su criterio ¿por qué es improcedente?

El accionante sustenta la acción en hechos que pueden demandarse en vía ordinaria

El accionante sustenta la acción en cuestiones de mera legalidad

El accionante sustenta la acción en cuestiones de constitucionalidad de una norma

El accionante sustenta en hecho que no son vulneraciones de derechos

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88 de la Constitución de la República.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz

de los derechos reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de

derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas

públicas cuando supongan la privación del goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la

violación proceda de una persona particular, si la violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios

públicos impropios, si actúa por delegación o concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de

subordinación, indefensión o discriminación.

Art. 42 de la LOGJCC.- Improcedencia de la acción.- La acción de protección de derechos no procede: 1.

Cuando de los hechos no se desprenda que existe una violación de derechos constitucionales. 2. Cuando los

actos hayan sido revocados o extinguidos, salvo que de tales actos se deriven daños susceptibles de

reparación. 3. Cuando en la demanda exclusivamente se impugne la constitucionalidad o legalidad del acto u

omisión, que no conlleven la violación de derechos. 4. Cuando el acto administrativo pueda ser impugnado en

la vía judicial, salvo que se demuestre que la vía no fuere adecuada ni eficaz. 5. Cuando la pretensión del

accionante sea la declaración de un derecho. 6. Cuando se trate de providencias judiciales. 7. Cuando el acto

u omisión emane del Consejo Nacional Electoral y pueda ser impugnado ante el Tribunal Contencioso

Electoral. En estos casos, de manera sucinta la jueza o juez, mediante auto, declarará inadmisible la acción y

especificará la causa por la que no procede la misma.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

Page 220: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

222

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Fernando es un trabajador de una Florícola, le despiden de manera intempestiva y le liquidan con serios

errores en el acta de finiquito. Presenta una acción de protección en donde señala la vulneración del derecho

al trabajo. El juez de instancia declara improcedente la acción. A su criterio ¿por qué es improcedente?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

El accionante sustenta la acción en hechos que pueden demandarse en vía ordinaria

El accionante sustenta la acción en cuestiones de mera legalidad

El accionante sustenta la acción en cuestiones de constitucionalidad de una norma

El accionante sustenta en hecho que no son vulneraciones de derechos

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88 de la Constitución de la República.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz

de los derechos reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de

derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas

públicas cuando supongan la privación del goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la

violación proceda de una persona particular, si la violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios

públicos impropios, si actúa por delegación o concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de

subordinación, indefensión o discriminación.

Art. 42 de la LOGJCC.- Improcedencia de la acción.- La acción de protección de derechos no procede: 1.

Cuando de los hechos no se desprenda que existe una violación de derechos constitucionales. 2. Cuando los

actos hayan sido revocados o extinguidos, salvo que de tales actos se deriven daños susceptibles de

reparación. 3. Cuando en la demanda exclusivamente se impugne la constitucionalidad o legalidad del acto u

omisión, que no conlleven la violación de derechos. 4. Cuando el acto administrativo pueda ser impugnado en

la vía judicial, salvo que se demuestre que la vía no fuere adecuada ni eficaz. 5. Cuando la pretensión del

accionante sea la declaración de un derecho. 6. Cuando se trate de providencias judiciales. 7. Cuando el acto

u omisión emane del Consejo Nacional Electoral y pueda ser impugnado ante el Tribunal Contencioso

Electoral. En estos casos, de manera sucinta la jueza o juez, mediante auto, declarará inadmisible la acción y

especificará la causa por la que no procede la misma.

Page 221: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

223

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Juan Carlos es representante del partido político UNIDOS VENCEREMOS, en las elecciones seccionales

de abril de 2019, se le negó a dicho partido inscribir la lista de concejales por cuanto el órgano

desconcentrado del CNE indicó que a su juicio no cumplía con el requisito de paridad. Juan Carlos, ente

dicha situación presenta una acción de protección. El juez de instancia declara improcedente la acción. A

su criterio ¿por qué es improcedente?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

El accionante sustenta la acción en hechos que pueden demandarse en vía ordinaria

El accionante sustenta la acción en cuestiones de mera legalidad

El accionante sustenta la acción en cuestiones de constitucionalidad de una norma

El accionante sustenta en un hecho que emana del CNE y puede ser impugnado ante el TCEOpción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88 de la Constitución de la República.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y

eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una

vulneración de derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no

judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del goce o ejercicio de los derechos

constitucionales; y cuando la violación proceda de una persona particular, si la violación del derecho

provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por delegación o concesión, o si la

persona afectada se encuentra en estado de subordinación, indefensión o discriminación.

Art. 42 de la LOGJCC.- Improcedencia de la acción.- La acción de protección de derechos no procede: 1.

Cuando de los hechos no se desprenda que existe una violación de derechos constitucionales. 2. Cuando

los actos hayan sido revocados o extinguidos, salvo que de tales actos se deriven daños susceptibles de

reparación. 3. Cuando en la demanda exclusivamente se impugne la constitucionalidad o legalidad del

acto u omisión, que no conlleven la violación de derechos. 4. Cuando el acto administrativo pueda ser

impugnado en la vía judicial, salvo que se demuestre que la vía no fuere adecuada ni eficaz. 5. Cuando la

pretensión del accionante sea la declaración de un derecho. 6. Cuando se trate de providencias

judiciales. 7. Cuando el acto u omisión emane del Consejo Nacional Electoral y pueda ser impugnado

ante el Tribunal Contencioso Electoral. En estos casos, de manera sucinta la jueza o juez, mediante auto,

declarará inadmisible la acción y especificará la causa por la que no procede la misma.

Page 222: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

224

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Danna sigue un juicio de prescripción adquisita de dominio, en contra de los legítimos propietarios de un

predio ubicado en la parroquia La Concepción del cantón Quito, sin embargo el juez de instancia en la

tramitación de la causa luego de admitida la demanda declarada mediante auto la nulidad del proceso. Ante

esta situación Danna presenta una acción de protección alegando que se ha vuilnerado el debido proceso y la

seguridad jurídica. El juez de instancia que conoce la Acción de Protección declara improcedente la acción. A

su criterio ¿por qué es improcedente?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

El accionante sustenta la acción en hechos que pueden demandarse en vía ordinaria

El accionante sustenta la acción en cuestiones de mera legalidad

El accionante sustenta la acción en cuestiones de constitucionalidad de una norma

El accionante sustenta el hecho qen la inconformidad con una providencia judicial

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88 de la Constitución de la República.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz

de los derechos reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de

derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas

públicas cuando supongan la privación del goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la

violación proceda de una persona particular, si la violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios

públicos impropios, si actúa por delegación o concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de

subordinación, indefensión o discriminación.

Art. 42 de la LOGJCC.- Improcedencia de la acción.- La acción de protección de derechos no procede: 1.

Cuando de los hechos no se desprenda que existe una violación de derechos constitucionales. 2. Cuando los

actos hayan sido revocados o extinguidos, salvo que de tales actos se deriven daños susceptibles de

reparación. 3. Cuando en la demanda exclusivamente se impugne la constitucionalidad o legalidad del acto u

omisión, que no conlleven la violación de derechos. 4. Cuando el acto administrativo pueda ser impugnado en

la vía judicial, salvo que se demuestre que la vía no fuere adecuada ni eficaz. 5. Cuando la pretensión del

accionante sea la declaración de un derecho. 6. Cuando se trate de providencias judiciales. 7. Cuando el acto

u omisión emane del Consejo Nacional Electoral y pueda ser impugnado ante el Tribunal Contencioso

Electoral. En estos casos, de manera sucinta la jueza o juez, mediante auto, declarará inadmisible la acción y

especificará la causa por la que no procede la misma.

Page 223: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

225

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Danna presenta una acción de protección pidiendo que se declare la paternidad de José Antonio respecto de

su hijo Carlos de un año de edad, ya que sustenta dicha situación como una vuilneración del principio del

interés superio del niño. El juez de instancia que conoce la Acción de Protección declara improcedente la

acción. A su criterio ¿por qué es improcedente?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

El accionante sustenta la acción en hechos que pueden demandarse en vía ordinaria

El accionante sustenta la acción en cuestiones de mera legalidad

El accionante sustenta la acción en cuestiones de constitucionalidad de una norma

El accionante sustenta el hecho solicitando la declaración de un derecho

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88 de la Constitución de la República.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz

de los derechos reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de

derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas

públicas cuando supongan la privación del goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la

violación proceda de una persona particular, si la violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios

públicos impropios, si actúa por delegación o concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de

subordinación, indefensión o discriminación.

Art. 42 de la LOGJCC.- Improcedencia de la acción.- La acción de protección de derechos no procede: 1.

Cuando de los hechos no se desprenda que existe una violación de derechos constitucionales. 2. Cuando los

actos hayan sido revocados o extinguidos, salvo que de tales actos se deriven daños susceptibles de

reparación. 3. Cuando en la demanda exclusivamente se impugne la constitucionalidad o legalidad del acto u

omisión, que no conlleven la violación de derechos. 4. Cuando el acto administrativo pueda ser impugnado en

la vía judicial, salvo que se demuestre que la vía no fuere adecuada ni eficaz. 5. Cuando la pretensión del

accionante sea la declaración de un derecho. 6. Cuando se trate de providencias judiciales. 7. Cuando el acto

u omisión emane del Consejo Nacional Electoral y pueda ser impugnado ante el Tribunal Contencioso

Electoral. En estos casos, de manera sucinta la jueza o juez, mediante auto, declarará inadmisible la acción y

especificará la causa por la que no procede la misma.

Page 224: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

226

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El señor Juan Carlos Chaparro Álvarez, de nacionalidad chilena, era dueño de la fábrica “Aislantes Plumavit

Compañía Limitada”, dedicada a la elaboración de hieleras para el transporte y exportación de distintos

productos, mientras que el señor Freddy Hernán Lapo Íñiguez, de nacionalidad ecuatoriana, era el gerente de

dicha fábrica. Con motivo de la “Operación Antinarcótica Rivera”, oficiales de policía antinarcóticos incautaron el

14 de noviembre de 1997, en el Aeropuerto Simón Bolívar de la ciudad de Guayaquil, un cargamento de pescado

de la compañía “Mariscos Oreana Maror” que iba a ser embarcado con destino a la ciudad de Miami, Estados

Unidos de América. En dicho cargamento fueron encontradas unas cajas térmicas o hieleras en las que se

detectó la presencia de clorhidrato de cocaína y heroína. El señor Chaparro fue considerado sospechoso de

pertenecer a una “organización internacional delincuencial” dedicada al tráfico internacional de narcóticos, puesto

que su fábrica se dedicaba a la elaboración de hieleras similares a las que se incautaron, motivo por el cual la

Jueza Décimo Segunda de lo Penal del Guayas dispuso el allanamiento de la fábrica Plumavit y la detención con

fines investigativos del señor Chaparro. Al momento de la detención del señor Chaparro las autoridades estatales

no le informaron de los motivos y razones de la misma, ni tampoco de su derecho a solicitar asistencia consular

del país de su nacionalidad. Por otra parte, el señor Lapo fue detenido, junto con otros empleados de la fábrica

Plumavit, durante el allanamiento a dicha fábrica. La detención del señor Lapo supuestamente no fue en

flagrancia ni estuvo precedida de orden escrita de juez, tampoco le habrían informado de los motivos y razones

de su detención. Las dos presuntas víctimas supuestamente fueron trasladadas a dependencias policiales y

permanecieron incomunicadas cinco días. El señor Chaparro no habría contado con patrocinio letrado al

momento de rendir su declaración pre-procesal y la defensa pública del señor Lapo supuestamente no fue

adecuada. La detención de las presuntas víctimas sobrepasó el máximo legal permitido por el derecho

ecuatoriano y no fueron llevadas sin demora ante un juez. A pesar de que se realizaron distintos peritajes que

concluyeron que las hieleras incautadas no se habían podido elaborar en la fábrica Plumavit y de que no existió

prueba alguna que incriminara a los señores Chaparro y Lapo en el delito de tráfico ilícito de drogas, las

presuntas víctimas fueron mantenidas en régimen de prisión provisional durante más de un año. ¿Qué garantía

jurisdiccional procede en el presente caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpus

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de

ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la

acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes, en

la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho y de

derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de libertad,

de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y de quien la

haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar donde ocurra

la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y

otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier

persona, tales como: 1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que

incluye la garantía de que la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a

excepción de los casos de flagrancia; 2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio

nacional; 3. A no ser desaparecida forzosamente; 4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o

degradante; 5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo

político, no ser expulsada y devuelta al país donde teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su

integridad y su seguridad; 6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias; 7. A la

inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por una jueza o

juez; 8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada cuando haya caducado la prisión preventiva por

haber transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos sancionados con

reclusión; 9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad humana; 10. A ser

puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las veinticuatro horas

siguientes a su detención.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El señor Floripondio Mar y Posso es un activista de derechos humanos de izquierda y fue sentenciado a 2

años de prisión por el delito de injurias calumniosas graves. Al momento de ingresar al Centro de

Rehabilitación Social Nº 1 (llamado comúnmente Penal García Moreno), el Director de dicha institución

carcelaria, doctor Arnold Shuars Navas, conocido por su tendencia irónica y burlona, decide que Floripondio

Mar y Posso cumpla su condena en el pabellón Nº 1, reservado para criminales de alta peligrosidad, y

concretamente en la celda Nº 5, en la cual están miembros de una banda de neonazis o “skinheads”, quienes

detestan a los activistas de derechos humanos y fueron detenidos y sentenciados por haber plagiado,

maltratado durante 5 días y luego matado a dos políticos afiliados al Partido Comunista. ¿Qué garantía

jurisdiccional procede en el presente caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpus

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado

de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la

acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes,

en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho

y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de

libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y

de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar

donde ocurra la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y

otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier

persona, tales como: 1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que

incluye la garantía de que la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a

excepción de los casos de flagrancia; 2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio

nacional; 3. A no ser desaparecida forzosamente; 4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o

degradante; 5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo

político, no ser expulsada y devuelta al país donde teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su

integridad y su seguridad; 6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias; 7.

A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por una

jueza o juez; 8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada cuando haya caducado la prisión

preventiva por haber transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos

sancionados con reclusión; 9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad

humana; 10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las

veinticuatro horas siguientes a su detención.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La familia del señor Abdalá Bucaram Ortiz, preocupada por su salud mental, y especialmente por mostrar

leves signos de esquizofrenia al creer que es Presidente legítimo del Ecuador, decide ingresarlo en un

centro de reposo y recuperación mental, en el cual son pacientes varias personas que tienen graves

enfermedades mentales y adicciones a las drogas y al alcohol. Conocedores de que el señor Bucaram se

negaría a someterse a un tratamiento psiquiátrico, sus familiares le engañan y le invitan a una “hostería”

que resultó ser, justamente, un centro de tratamiento para personas con adicciones y enfermedades

mentales, al que ingresa el señor Abdalá Bucaram en contra de su voluntad y con protesta severa. ¿Qué

garantía jurisdiccional procede en el presente caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpusOpción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre

privado de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona,

así como proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de

interpuesta la acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro

horas siguientes, en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley y las

justificaciones de hecho y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia

de la persona privada de libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la

defensora o defensor público y de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser necesario,

la audiencia se realizará en el lugar donde ocurra la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad

física y otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por

cualquier persona, tales como: 1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima,

protección que incluye la garantía de que la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de

juez competente, a excepción de los casos de flagrancia; 2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o

expatriada del territorio nacional; 3. A no ser desaparecida forzosamente; 4. A no ser torturada, tratada en

forma cruel, inhumana o degradante; 5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de

haber solicitado refugio o asilo político, no ser expulsada y devuelta al país donde teme persecución o

donde peligre su vida, su libertad, su integridad y su seguridad; 6. A no ser detenida por deudas, excepto

en el caso de pensiones alimenticias; 7. A la inmediata excarcelación de la persona procesada o

condenada, cuya libertad haya sido ordenada por una jueza o juez; 8. A la inmediata excarcelación de la

persona procesada cuando haya caducado la prisión preventiva por haber transcurrido seis meses en los

delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos sancionados con reclusión; 9. A no ser

incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad humana; 10. A ser puesta a disposición

del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las veinticuatro horas siguientes a su

detención.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El menor de edad Pepito Pérez tiene muy mal comportamiento y es miembro de una banda dedicada a robar

accesorios de automóviles. Debido a su edad y comportamiento, el Juez de la Niñez y de la Adolescencia

ordena que Pepito sea recluido en el Centro de Orientación Juvenil “Virgilio Guerrero” por 6 meses. En dicho

centro se encuentra con un viejo enemigo de una banda rival que decide vengarse de un entuerto pasado,

mediante torturas físicas y psicológicas que aplica en privado, cuando no están vigilados por las autoridades, y

en lugares del cuerpo que no son visibles a simple vista. Un día, Pepito tuvo que ser llevado de urgencia al

hospital por una seria intoxicación que casi le causa la muerte. Luego de los exámenes médicos, se encuentra

cianuro en el cuerpo de Pepito y la única explicación es que este químico le haya sido puesto en el alimento

por un tercero. No obstante este diagnóstico, una vez que se recupera de la intoxicación, Pepito es llevado

nuevamente al reformatorio “Virgilio Guerrero”. ¿Qué garantía jurisdiccional procede en el presente caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpus

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado

de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la

acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes,

en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho

y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de

libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y

de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar

donde ocurra la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y

otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier

persona, tales como: 1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que

incluye la garantía de que la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a

excepción de los casos de flagrancia; 2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio

nacional; 3. A no ser desaparecida forzosamente; 4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o

degradante; 5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo

político, no ser expulsada y devuelta al país donde teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su

integridad y su seguridad; 6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias; 7.

A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por una

jueza o juez; 8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada cuando haya caducado la prisión

preventiva por haber transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos

sancionados con reclusión; 9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad

humana; 10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las

veinticuatro horas siguientes a su detención.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El señor Clodoveo Troncoso tiene una orden de prisión preventiva por el supuesto delito de estafa desde el

año 2009, sin que se haya resuelto definitivamente sobre su situación. ¿Qué garantía jurisdiccional procede en

el presente caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpus

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado

de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la

acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes,

en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho

y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de

libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y

de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar

donde ocurra la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La señora Patito Feo, es venezolana y esta en el país por situación de movilidad humana. Presenta solicitud

de refugio por cuanto salio de su país producto de persecución política al ser una de las dirigentes máximas

del partido de oposición "Mesa de la Unidad Democrática. Al no estar en situación migratoria irregular se le

sigue un procedimiento administración de devolución a su país de origen. ¿Qué garantía jurisdiccional

procede en el presente caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpus

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado

de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la

acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes,

en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho

y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de

libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y

de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar

donde ocurra la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

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C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El señor Benito Alcázar, de nacionalidad mexicana se encuentra en el país. La Policía Nacional conoce de una

alerta roja d ela INTERPOL en donde se hace saber que el señor ha sido declarado culplable del delito de

asesinato en el Estado de Texas, siendo condenado a pena de muerte por inyección letal. La Policía Nacional

lo captura y se inicia el proceso de extradicción. ¿Qué garantía jurisdiccional procede en el presente caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpus

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado

de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la

acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes,

en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho

y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de

libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y

de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar

donde ocurra la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El señor Marcelino Maridueña, esta detenido en el CDP del Inca por segunda ocasión por una orden de

apremio total girada en su contra por adeudar pensiones de alimentos. De acuerdo con el CONA, la segunda

ocasión en que se gire una boleta de apremio total la persona no podrá estar detenida más de sesenta días.

¿Qué garantía jurisdiccional procede en el presente caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpus

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado

de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la

acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes,

en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho

y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El señor Marcelino Maridueña, es detenido en delito flagrante. La detención se produjo a las 20h00 del día

viernes, pero es el día domingo en la tarde y aún no se realiza la audiencia de calificación de flagrancia. ¿Qué

garantía jurisdiccional procede en el presente caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpus

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado

de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la

acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes,

en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho

y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de

libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y

de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar

donde ocurra la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y

otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier

persona, tales como: 1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que

incluye la garantía de que la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a

excepción de los casos de flagrancia; 2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio

nacional; 3. A no ser desaparecida forzosamente; 4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o

degradante; 5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo

político, no ser expulsada y devuelta al país donde teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su

integridad y su seguridad; 6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias; 7.

A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por una

jueza o juez; 8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada cuando haya caducado la prisión

preventiva por haber transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos

sancionados con reclusión; 9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad

humana; 10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las

veinticuatro horas siguientes a su detención.Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Opciones de Respuesta:

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El señor Gonzalo Chiroboga, ha sido detenido en las manifestaciones del primero de mayo, por lanzar una

piedra al vehículo en donde iba el Presidente de la República, la cual impactó en su rostro provocádoles serias

heridas. Ha sido detenido, se ha pasado la audiencia de flagrancia dentro de las 24 horas, pero los familiares

desconocen el paradero o el sitio en donde esta detenido, ya que esta incomunicado y no consta en los

registros de los centros de detención del país. ¿Qué garantía jurisdiccional procede en el presente caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpus

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella

de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como proteger la vida

y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la acción, la jueza o juez

convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes, en la que se deberá presentar

la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho y de derecho que sustenten la

medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de libertad, de la autoridad a cuya orden se

encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y de quien la haya dispuesto o provocado, según el

caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar donde ocurra la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y otros

derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier persona, tales

como: 1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que incluye la garantía de que

la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a excepción de los casos de

flagrancia; 2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio nacional; 3. A no ser desaparecida

forzosamente; 4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o degradante; 5. A que, en caso de ser una

persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo político, no ser expulsada y devuelta al país donde

teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su integridad y su seguridad; 6. A no ser detenida por deudas,

excepto en el caso de pensiones alimenticias; 7. A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada,

cuya libertad haya sido ordenada por una jueza o juez; 8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada

cuando haya caducado la prisión preventiva por haber transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión

y de un año en los delitos sancionados con reclusión; 9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios

de su dignidad humana; 10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde

de las veinticuatro horas siguientes a su detención.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La señora Juana Pérez esta cumpiendo condena en el centro de reahabilitación social No. 1 Sierra Centro de

Latacunga. En dicho CRS se produce un amotinamiento que provoca la entrada de las fuerzas élite de la

Policía Naciona. Producjto de la represión policial Juana sufre una serie de golpes, insultos y amenazas,

llegando al punto de que ha sido amarrada desnuda en un árbol del patio del CRS dejándola toda la noche. Su

familia esta indignada, y no sabe que acciones juídicas tomar para proteger su derecho y exigir castigo a los

responsabnles. ¿Qué garantía jurisdiccional procede en el presente caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpus

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella

de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como proteger la vida

y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la acción, la jueza o juez

convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes, en la que se deberá presentar

la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho y de derecho que sustenten la

medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de libertad, de la autoridad a cuya orden se

encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y de quien la haya dispuesto o provocado, según el

caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar donde ocurra la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y otros

derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier persona, tales

como: 1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que incluye la garantía de que

la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a excepción de los casos de

flagrancia; 2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio nacional; 3. A no ser desaparecida

forzosamente; 4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o degradante; 5. A que, en caso de ser una

persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo político, no ser expulsada y devuelta al país donde

teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su integridad y su seguridad; 6. A no ser detenida por deudas,

excepto en el caso de pensiones alimenticias; 7. A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada,

cuya libertad haya sido ordenada por una jueza o juez; 8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada

cuando haya caducado la prisión preventiva por haber transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión

y de un año en los delitos sancionados con reclusión; 9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios

de su dignidad humana; 10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde

de las veinticuatro horas siguientes a su detención.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La señora Deyci Rendón esta cumpiendo condena en el centro de reahabilitación social No. 1 Sierra Centro de

Latacunga, su salud esta deteriorada yaque no recibe tratamiento médico y medicinas para su enfermedad de

hipertensión anterial, lo que ha provocado aparecimento de nuevas patologías como problemas cardíacos y

aneurismas cerebrales. Su situación es muy delicada que corre peligro su vida. Su familia esta indignada y nos abe

que hacer para precautelar los derechos de Deyci y que pueda la misma recibir atención médica y sicológica. ¿Qué

garantía jurisdiccional procede en el presente caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpusOpción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella

de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como proteger la vida

y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la acción, la jueza o juez

convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes, en la que se deberá presentar

la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho y de derecho que sustenten la

medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de libertad, de la autoridad a cuya orden se

encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y de quien la haya dispuesto o provocado, según el

caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar donde ocurra la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y otros

derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier persona, tales

como: 1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que incluye la garantía de que

la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a excepción de los casos de

flagrancia; 2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio nacional; 3. A no ser desaparecida

forzosamente; 4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o degradante; 5. A que, en caso de ser una

persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo político, no ser expulsada y devuelta al país donde

teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su integridad y su seguridad; 6. A no ser detenida por deudas,

excepto en el caso de pensiones alimenticias; 7. A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada,

cuya libertad haya sido ordenada por una jueza o juez; 8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada

cuando haya caducado la prisión preventiva por haber transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión

y de un año en los delitos sancionados con reclusión; 9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios

de su dignidad humana; 10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más

tarde de las veinticuatro horas siguientes a su detención.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Antonia ha desaparecido hace seis meses sin que haya rastro alguno de su paradero. La madre de Antonia ha

presentado la denuncia a la Policía Nacional y a la Fiscalia General del Estado para que se inicien las

investigaciones sobre su paradero. Hasta el momento no se le da ninguna información a la madre de Antonia

al respecto del paradero o de las principales acciones que están realizando para encontrarla. ¿Que acción

procede en el presente caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpus

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado

de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la

acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes,

en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho

y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de

libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y

de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar

donde ocurra la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y

otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier

persona, tales como: 1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que

incluye la garantía de que la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a

excepción de los casos de flagrancia; 2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio

nacional; 3. A no ser desaparecida forzosamente; 4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o

degradante; 5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo

político, no ser expulsada y devuelta al país donde teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su

integridad y su seguridad; 6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias; 7.

A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por una

jueza o juez; 8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada cuando haya caducado la prisión

preventiva por haber transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos

sancionados con reclusión; 9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad

humana; 10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las

veinticuatro horas siguientes a su detención.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Antonia ha desaparecido hace seis meses sin que haya rastro alguno de su paradero. La madre de Antonia ha

presentado la denuncia a la Policía Nacional y a la Fiscalia General del Estado para que se inicien las

investigaciones sobre su paradero. Hasta el momento no se le da ninguna información a la madre de Antonia al

respecto del paradero o de las principales acciones que están realizando para encontrarla. ¿Que acción procede

en el presente caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpus

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado

de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la

acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes, en

la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho y de

derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de libertad,

de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y de quien la

haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar donde ocurra

la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y

otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier

persona, tales como: 1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que

incluye la garantía de que la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a

excepción de los casos de flagrancia; 2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio

nacional; 3. A no ser desaparecida forzosamente; 4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o

degradante; 5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo

político, no ser expulsada y devuelta al país donde teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su

integridad y su seguridad; 6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias; 7. A

la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por una

jueza o juez; 8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada cuando haya caducado la prisión

preventiva por haber transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos

sancionados con reclusión; 9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad

humana; 10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las

veinticuatro horas siguientes a su detención.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Juan es pescador en Manta, días atrás había tenido inconvenientes con un grupo de narcontraficantes que

opera en el territorio ecuatoriano para el Cartel de Sinaloa. El inconveniente se produce por que Juan se niega

a alquilar su lancha pesquera para llevar kilos de concaína hacia alta mar donde espera una embarcación de

alto calado. Producto de estos inconvenientes dichos grupos lo han amenazado indicando que tiene que

abandonar el país en 72 horas, y si es que no lo hace su familia sufriría las consecuencias. No sabe que hacer

por cuanto la Policía Nacional no le brinda ninguna protección y la Fiscalía señala que esta haciendo las

investigaciones del caso. ¿Que garantía jurisdiccional puede presentar Juan?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpus

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado

de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la

acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes,

en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho

y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de

libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y

de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar

donde ocurra la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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241

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Luis está siendo investigado por violación a una menor de edad. En Junio de 2016 que se le dictó la prisión

preventiva durante el inicio de la instrucción fiscal hasta la presente fecha agosto de 2017 el proceso judicial

continúa, sin que exista una sentencia condenatoria en su contra, frente al presente caso ¿Que garantía

jurisdiccional puede presentar Luis?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpus

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado

de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la

acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes,

en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho

y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de

libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y

de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar

donde ocurra la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Luis cumple condena en el CRS Turi de Cuenca. La condena a 10 años termina el día miercoles, día en el

cual el Juez de Garantías Penitenciarias emite la orden de excarcelación por cumplimiento de la pena. Sin

embargo, el día juez y viernes los servidores de la SNAI responsables del sistema de rehabilitación social en

el país y responsables de realizar varios trámites administrativos previa a la ecarcelación, tienen programadas

varias actividades antes del feriado del próximo lunes y martes por fin de año. Es decir en seis días no se

cumpliría la orden del juez. ¿Que garantía jurisdiccional puede presentarse en el presente caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpus

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado

de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la

acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes,

en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho

y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de

libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y

de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar

donde ocurra la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y

otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier

persona, tales como: 1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que

incluye la garantía de que la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a

excepción de los casos de flagrancia; 2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio

nacional; 3. A no ser desaparecida forzosamente; 4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o

degradante; 5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo

político, no ser expulsada y devuelta al país donde teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su

integridad y su seguridad; 6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias; 7.

A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por una

jueza o juez; 8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada cuando haya caducado la prisión

preventiva por haber transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos

sancionados con reclusión; 9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad

humana; 10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las

veinticuatro horas siguientes a su detención.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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243

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Luis cumple condena en el CRS Turi de Cuenca. Por mala conducta ha sido recluido en un cuarto de

aislamiento conocido en el centro como el cuarto de reflexión, ya va dos meses en dicho cuarto sin salir a su

celda y sin tener contacto con los demás PPL ¿Que garantía jurisdiccional puede presentarse en el presente

caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpus

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado de ella

de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como proteger la vida

y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la acción, la jueza o juez

convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes, en la que se deberá presentar

la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho y de derecho que sustenten la

medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de libertad, de la autoridad a cuya orden se

encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y de quien la haya dispuesto o provocado, según el

caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar donde ocurra la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y otros

derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier persona, tales

como: 1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que incluye la garantía de que

la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a excepción de los casos de

flagrancia; 2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio nacional; 3. A no ser desaparecida

forzosamente; 4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o degradante; 5. A que, en caso de ser una

persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo político, no ser expulsada y devuelta al país donde

teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su integridad y su seguridad; 6. A no ser detenida por deudas,

excepto en el caso de pensiones alimenticias; 7. A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada,

cuya libertad haya sido ordenada por una jueza o juez; 8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada

cuando haya caducado la prisión preventiva por haber transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión

y de un año en los delitos sancionados con reclusión; 9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios

de su dignidad humana; 10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde

de las veinticuatro horas siguientes a su detención.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Luis cumple condena en el CRS Turi de Cuenca. Desde que fue ingresado al CRS no se le permitió ingresar

sus pastillas para la presión anterial lo cual le ha provocado un detrimento de su salud, la negativa consiste en

que no puede ingresar medicamentos que no le proporcione el MSP que tutela la salud en los CRS del país.

Sin embargo las pastillas que le proporciona el MSP no son de buena calidad y le porvocan una serie de

malestares adicionales a más de no ayudarle con su problema de hipertensión. SU familia no sabe que hacer

para que le dejen ingresar la medicación de marca recetada por su medico privado. ¿Que garantía

jurisdiccional puede presentarse en el presente caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpus

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre privado

de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona, así como

proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de interpuesta la

acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro horas siguientes,

en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley y las justificaciones de hecho

y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia de la persona privada de

libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la defensora o defensor público y

de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser necesario, la audiencia se realizará en el lugar

donde ocurra la privación de libertad.

Art. 43 LOGJCC.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto proteger la libertad, la vida, la integridad física y

otros derechos conexos de la persona privada o restringida de libertad, por autoridad pública o por cualquier

persona, tales como: 1. A no ser privada de la libertad en forma ilegal, arbitraria o ilegítima, protección que

incluye la garantía de que la detención se haga siempre por mandato escrito y motivado de juez competente, a

excepción de los casos de flagrancia; 2. A no ser exiliada forzosamente, desterrada o expatriada del territorio

nacional; 3. A no ser desaparecida forzosamente; 4. A no ser torturada, tratada en forma cruel, inhumana o

degradante; 5. A que, en caso de ser una persona extranjera, incluso antes de haber solicitado refugio o asilo

político, no ser expulsada y devuelta al país donde teme persecución o donde peligre su vida, su libertad, su

integridad y su seguridad; 6. A no ser detenida por deudas, excepto en el caso de pensiones alimenticias; 7.

A la inmediata excarcelación de la persona procesada o condenada, cuya libertad haya sido ordenada por una

jueza o juez; 8. A la inmediata excarcelación de la persona procesada cuando haya caducado la prisión

preventiva por haber transcurrido seis meses en los delitos sancionados con prisión y de un año en los delitos

sancionados con reclusión; 9. A no ser incomunicada, o sometida a tratamientos vejatorios de su dignidad

humana; 10. A ser puesta a disposición del juez o tribunal competente inmediatamente y no más tarde de las

veinticuatro horas siguientes a su detención.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

John Arris, es buscado por la interpol en nuestro país por cuanto tiene orden de arresto por un

malversación de fondos en Irlanda del Norte, se realiza el proceso de expatriación del señor Arris pero se

lega por parte de su defensa que regresarlo a Irlanda del Norte le ocasionaría serios problemas a su

integridad física y vida por cuanto fue testigo clave en la detención y jugamiento de varios miembros del alto

mando del IRA antes del proceso de paz. ¿Que garantía jurisdiccional puede presentarse en el presente

caso?

Acción extraordinaria de protección

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de habeas corpusOpción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 89 CRE.- La acción de hábeas corpus tiene por objeto recuperar la libertad de quien se encuentre

privado de ella de forma ilegal, arbitraria o ilegítima, por orden de autoridad pública o de cualquier persona,

así como proteger la vida y la integridad física de las personas privadas de libertad. Inmediatamente de

interpuesta la acción, la jueza o juez convocará a una audiencia que deberá realizarse en las veinticuatro

horas siguientes, en la que se deberá presentar la orden de detención con las formalidades de ley y las

justificaciones de hecho y de derecho que sustenten la medida. La jueza o juez ordenará la comparecencia

de la persona privada de libertad, de la autoridad a cuya orden se encuentre la persona detenida, de la

defensora o defensor público y de quien la haya dispuesto o provocado, según el caso. De ser necesario, la

audiencia se realizará en el lugar donde ocurra la privación de libertad.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El señor César Vargas en su calidad de socio de la Cooperativa Artesanal “El Batancito” y conjuntamente con

otros artesanos de la mecánica automotriz, mediante contrato de arrendamiento vienen ocupando varios lotes

de terreno en los que tienen construidos sus talleres. Debido a que el señor Presidente y Gerente de la

Cooperativa no compareció ante los socios a fin de ponerles en conocimiento sus actuaciones, solicitaron ante

las autoridades del Ministerio les proporcionen información referente a su propiedad, sin obtener respuesta,

sin respetar los amparos interpuestos. Solicitan la siguiente información: a) Inscripción de la Cooperativa

Artesanal “El Batancito” de esta ciudad de Quito. b) Listado de socios de la Cooperativa Artesanal “El

Batancito”. c) Certificación de los actuales directivos. d) Se certifique sobre la auditoría practicada a la

Cooperativa, si está intervenida la misma y quiénes son sus socios. ¿Que garantía jurisdicional procede?

Acción de hábeas data

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de acceso a la información pública

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 91 CRE.- La acción de acceso a la información pública tendrá por objeto garantizar el acceso a ella

cuando ha sido denegada expresa o tácitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o

fidedigna. Podrá ser interpuesta incluso si la negativa se sustenta en el carácter secreto, reservado,

confidencial o cualquiera otra clasificación de la información. El carácter reservado de la información deberá

ser declarado con anterioridad a la petición, por autoridad competente y de acuerdo con la ley.

Art. 92 CRE.- Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, tendrá

derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos

personales e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, en

soporte material o electrónico. Asimismo, tendrá derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad,

el origen y destino de información personal y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos. Las personas

responsables de los bancos o archivos de datos personales podrán difundir la información archivada con

autorización de su titular o de la ley. La persona titular de los datos podrá solicitar al responsable el acceso sin

costo al archivo, así como la actualización de los datos, su rectificación, eliminación o anulación. En el caso

de datos sensibles, cuyo archivo deberá estar autorizado por la ley o por la persona titular, se exigirá la

adopción de las medidas de seguridad necesarias. Si no se atendiera su solicitud, ésta podrá acudir a la jueza

o juez. La persona afectada podrá demandar por los perjuicios ocasionados.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La compañía licorera Yositomo S.A. mantiene un conflicto por la marca ron “El Borrador” con la compañía

TuTrago S.A. Resulta que el Jefe de Procedimientos Industriales de Yositomo S.A., ingeniero Aquilino Dionisio

Baco, quien conocía todas las fases y secretos de producción de dicho licor, y quien suscribió un compromiso

de confidencialidad, renunció a su puesto en Yositomo S.A. y se fue a trabajar en TuTrago S.A., luego de lo

cual, esta última compañía empezó a fabricar un licor de idéntico sabor al ron “El Borrador”. En consecuencia,

la compañía Yositomo S.A., con intención de iniciar una demanda y considerado que su rival comercial tiene

información sobre un bien de su propiedad intelectual, necesita que se le entregue la siguiente información:1.

Escritura de constitución de TuTrago S.A. 2. Nómina de accionistas de TuTrago S.A. 3. Nómina de personal

de TuTrago S.A. 4. Contrato de trabajo del ingeniero Aquilino Dionisio Baco en la compañía TuTrago S.A. 5.

Un informe en el cual conste desde cuándo trabaja el ingeniero Aquilino Dionisio Baco en la compañía

TuTrago S.A. Además, solicita al Juez que se prohíba a TuTrago S.A. la difusión o uso de los procedimientos

industriales que se emplean para fabricar el ron “El Borrador”. ¿Que garantía jurisdicional procede?

Acción de hábeas data

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de acceso a la información pública

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 91 CRE.- La acción de acceso a la información pública tendrá por objeto garantizar el acceso a ella

cuando ha sido denegada expresa o tácitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o

fidedigna. Podrá ser interpuesta incluso si la negativa se sustenta en el carácter secreto, reservado,

confidencial o cualquiera otra clasificación de la información. El carácter reservado de la información deberá

ser declarado con anterioridad a la petición, por autoridad competente y de acuerdo con la ley.

Art. 92 CRE.- Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, tendrá

derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos

personales e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, en

soporte material o electrónico. Asimismo, tendrá derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad,

el origen y destino de información personal y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos. Las personas

responsables de los bancos o archivos de datos personales podrán difundir la información archivada con

autorización de su titular o de la ley. La persona titular de los datos podrá solicitar al responsable el acceso sin

costo al archivo, así como la actualización de los datos, su rectificación, eliminación o anulación. En el caso

de datos sensibles, cuyo archivo deberá estar autorizado por la ley o por la persona titular, se exigirá la

adopción de las medidas de seguridad necesarias. Si no se atendiera su solicitud, ésta podrá acudir a la jueza

o juez. La persona afectada podrá demandar por los perjuicios ocasionados.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La señora Tranquilina Toro Bravo, quien desempeñó en un importante cargo público y es afiliada al partido

de gobierno, descubre que le espían mediante un detective privado, pues su guardaespaldas descubrió y

capturó a un sujeto que tomaba fotos mientras cenaba en un restaurante. Interrogado el fotógrafo por la

Policía Nacional, se descubre que trabaja para la empresa de detectives privados MTiche Cía. Ltda., la

cual ha recopilado información sobre sus propiedades, hábitos personales y familiares y, en general, gran

cantidad de datos que el fotógrafo no puede especificar. Para tal recopilación, la compañía MTiche Cía.

Ltda. ha utilizado varias personas y diversos mecanismos de espionaje. ¿Que garantía jurisdicional

procede?

Acción de hábeas data

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de acceso a la información pública Opción Correcta Dificultad Esperada

A Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 91 CRE.- La acción de acceso a la información pública tendrá por objeto garantizar el acceso a ella

cuando ha sido denegada expresa o tácitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o

fidedigna. Podrá ser interpuesta incluso si la negativa se sustenta en el carácter secreto, reservado,

confidencial o cualquiera otra clasificación de la información. El carácter reservado de la información

deberá ser declarado con anterioridad a la petición, por autoridad competente y de acuerdo con la ley.

Art. 92 CRE.- Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto,

tendrá derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o

archivos de datos personales e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades

públicas o privadas, en soporte material o electrónico. Asimismo, tendrá derecho a conocer el uso que se

haga de ellos, su finalidad, el origen y destino de información personal y el tiempo de vigencia del archivo o

banco de datos. Las personas responsables de los bancos o archivos de datos personales podrán difundir

la información archivada con autorización de su titular o de la ley. La persona titular de los datos podrá

solicitar al responsable el acceso sin costo al archivo, así como la actualización de los datos, su

rectificación, eliminación o anulación. En el caso de datos sensibles, cuyo archivo deberá estar autorizado

por la ley o por la persona titular, se exigirá la adopción de las medidas de seguridad necesarias. Si no se

atendiera su solicitud, ésta podrá acudir a la jueza o juez. La persona afectada podrá demandar por los

perjuicios ocasionados.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El Ejército Nacional contrató los servicios de un ingeniero geólogo y de un cartógrafo para la elaboración

de planos y el examen de la calidad de terreno en varios cantones de la provincia de Zamora Chinchipe y

Loja, cuyo uso, según se dice, está ligado con el uso estratégico de tanques y vehículos militares en

dicha zona. Juan Pérez sospecha que en el Ejército Nacional se han dado un sobreprecio y solicita al

Comandante General del Ejército que le otorgue toda la información sobre dicho contrato, y

especialmente, de los lugares respecto de los cuales se levantaron planos y se hizo el examen de suelos.

¿Que garantía jurisdicional procede?

Acción de hábeas data

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de acceso a la información pública Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 91 CRE.- La acción de acceso a la información pública tendrá por objeto garantizar el acceso a ella

cuando ha sido denegada expresa o tácitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o

fidedigna. Podrá ser interpuesta incluso si la negativa se sustenta en el carácter secreto, reservado,

confidencial o cualquiera otra clasificación de la información. El carácter reservado de la información

deberá ser declarado con anterioridad a la petición, por autoridad competente y de acuerdo con la ley.

Art. 92 CRE.- Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto,

tendrá derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o

archivos de datos personales e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades

públicas o privadas, en soporte material o electrónico. Asimismo, tendrá derecho a conocer el uso que se

haga de ellos, su finalidad, el origen y destino de información personal y el tiempo de vigencia del archivo

o banco de datos. Las personas responsables de los bancos o archivos de datos personales podrán

difundir la información archivada con autorización de su titular o de la ley. La persona titular de los datos

podrá solicitar al responsable el acceso sin costo al archivo, así como la actualización de los datos, su

rectificación, eliminación o anulación. En el caso de datos sensibles, cuyo archivo deberá estar autorizado

por la ley o por la persona titular, se exigirá la adopción de las medidas de seguridad necesarias. Si no se

atendiera su solicitud, ésta podrá acudir a la jueza o juez. La persona afectada podrá demandar por los

perjuicios ocasionados.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Empresa Pública de Movilidad y Obras Públicas del I. Municipio de Quito (EPMOP-Q) decide constituir una

compañía de economía mixta para mejorar la provisión del servicio de alcantarillado en los barrios del

noroccidente de Quito. Para el efecto, tal como dispone la Ley Orgánica de Empresas Públicas, inicia un

procedimiento de selección de los accionistas y se otorga el 40% de las acciones a una compañía española y el

9% a una compañía ecuatoriana que está vinculada con la primera. Un periodista solicita información sobre el

procedimiento de selección de los accionistas, pues existe una denuncia anónima que acusa al Gerente de la

EPMOP-Q de favoritismo, pues trató de beneficiar al dueño de la compañía española y se dejó de lado a una

compañía americana y una inglesa. ¿Que garantía jurisdicional procede?

Acción de hábeas data

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de acceso a la información pública

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 91 CRE.- La acción de acceso a la información pública tendrá por objeto garantizar el acceso a ella cuando

ha sido denegada expresa o tácitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o fidedigna.

Podrá ser interpuesta incluso si la negativa se sustenta en el carácter secreto, reservado, confidencial o

cualquiera otra clasificación de la información. El carácter reservado de la información deberá ser declarado con

anterioridad a la petición, por autoridad competente y de acuerdo con la ley.

Art. 92 CRE.- Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, tendrá

derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos

personales e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, en

soporte material o electrónico. Asimismo, tendrá derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad, el

origen y destino de información personal y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos. Las personas

responsables de los bancos o archivos de datos personales podrán difundir la información archivada con

autorización de su titular o de la ley. La persona titular de los datos podrá solicitar al responsable el acceso sin

costo al archivo, así como la actualización de los datos, su rectificación, eliminación o anulación. En el caso de

datos sensibles, cuyo archivo deberá estar autorizado por la ley o por la persona titular, se exigirá la adopción de

las medidas de seguridad necesarias. Si no se atendiera su solicitud, ésta podrá acudir a la jueza o juez. La

persona afectada podrá demandar por los perjuicios ocasionados.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

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C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El señor Alberto Noca, se desempañaba como Presidente de la Compañía de Taxis El combo

amarillo, presentó su renuncia en el año 2012. Presento la comunicación de su resuncia a la

Superintendencia de Compañías, la IESS y al SRI. La información no fue rectificada en el IESS y

en el SRI por cuanto alegan que esa información depende los actuales servidores de la compañìa

por caunto ellos debían rectificar dicha información. Producto de esta situación al señor Noca se

le estan siguiendo procedimientos coactivos sumarios por obligaciones patronales que mantiene

la compañia con el IESS, por títulos de crédito que se generaron luego de la renuncia, pero por

constar como representante legal se le siguen contra el dichos procedimientos coactivos. ¿Que

garantía jurisdicional procede?

Acción de hábeas data

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de acceso a la información pública

Opción Correcta Dificultad Esperada

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

A Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 91 CRE.- La acción de acceso a la información pública tendrá por objeto garantizar el acceso

a ella cuando ha sido denegada expresa o tácitamente, o cuando la que se ha proporcionado no

sea completa o fidedigna. Podrá ser interpuesta incluso si la negativa se sustenta en el carácter

secreto, reservado, confidencial o cualquiera otra clasificación de la información. El carácter

reservado de la información deberá ser declarado con anterioridad a la petición, por autoridad

competente y de acuerdo con la ley.

Art. 92 CRE.- Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el

efecto, tendrá derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos genéticos,

bancos o archivos de datos personales e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes,

consten en entidades públicas o privadas, en soporte material o electrónico. Asimismo, tendrá

derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad, el origen y destino de información

personal y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos. Las personas responsables de los

bancos o archivos de datos personales podrán difundir la información archivada con autorización

de su titular o de la ley. La persona titular de los datos podrá solicitar al responsable el acceso sin

costo al archivo, así como la actualización de los datos, su rectificación, eliminación o anulación.

En el caso de datos sensibles, cuyo archivo deberá estar autorizado por la ley o por la persona

titular, se exigirá la adopción de las medidas de seguridad necesarias. Si no se atendiera su

solicitud, ésta podrá acudir a la jueza o juez. La persona afectada podrá demandar por los

perjuicios ocasionados.

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A)

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Los alumnos de quinto semestre de Ing. Química del ITE, han solicitado al Rector, que se les indique los

resultados de la evaluación docente que se hicieran contra los maestros de planta y contratados de

conformidad con lo que determina la LOES y la CRE. Sin embargo, hasta el momento no se ha producido

ninguna respuesta por parte del Rector ni de ninguna autoridad. ¿Qué garantía jurisdiccional procede?

Acción de hábeas data

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de acceso a la información pública

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 91 CRE.- La acción de acceso a la información pública tendrá por objeto garantizar el acceso a ella

cuando ha sido denegada expresa o tácitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o

fidedigna. Podrá ser interpuesta incluso si la negativa se sustenta en el carácter secreto, reservado,

confidencial o cualquiera otra clasificación de la información. El carácter reservado de la información deberá

ser declarado con anterioridad a la petición, por autoridad competente y de acuerdo con la ley.

Art. 92 CRE.- Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, tendrá

derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos

personales e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, en

soporte material o electrónico. Asimismo, tendrá derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad,

el origen y destino de información personal y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos. Las personas

responsables de los bancos o archivos de datos personales podrán difundir la información archivada con

autorización de su titular o de la ley. La persona titular de los datos podrá solicitar al responsable el acceso sin

costo al archivo, así como la actualización de los datos, su rectificación, eliminación o anulación. En el caso

de datos sensibles, cuyo archivo deberá estar autorizado por la ley o por la persona titular, se exigirá la

adopción de las medidas de seguridad necesarias. Si no se atendiera su solicitud, ésta podrá acudir a la jueza

o juez. La persona afectada podrá demandar por los perjuicios ocasionados.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La señora Guadalupe Serrano, es propietaria de un inmueble ubicado en las calles Las Acacias y Gastón de

Carvajal. Sin embargo, no puede ser transferido mediante donación a su hijos por cuanto se señala que dicho

inmueble esta debiendo un valor de 15000 por gravámenes y deudas acumuladas. La señora Serrano se

entera de dicho particular cuando desea inscribir la donación en el Registro de la Propiedad. La señora solicita

un desglose de las deudas en donde se le indique de manera pormenorizada los valores y las deudas pero

lamentablemente en el Registro de la Propiedad le indican que no tienen esa información. ¿Que acción

jurisdiccional procede?

Acción de hábeas data

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de acceso a la información pública

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 91 CRE.- La acción de acceso a la información pública tendrá por objeto garantizar el acceso a ella

cuando ha sido denegada expresa o tácitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o

fidedigna. Podrá ser interpuesta incluso si la negativa se sustenta en el carácter secreto, reservado,

confidencial o cualquiera otra clasificación de la información. El carácter reservado de la información deberá

ser declarado con anterioridad a la petición, por autoridad competente y de acuerdo con la ley.

Art. 92 CRE.- Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, tendrá

derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos

personales e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, en

soporte material o electrónico. Asimismo, tendrá derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad,

el origen y destino de información personal y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos. Las personas

responsables de los bancos o archivos de datos personales podrán difundir la información archivada con

autorización de su titular o de la ley. La persona titular de los datos podrá solicitar al responsable el acceso sin

costo al archivo, así como la actualización de los datos, su rectificación, eliminación o anulación. En el caso

de datos sensibles, cuyo archivo deberá estar autorizado por la ley o por la persona titular, se exigirá la

adopción de las medidas de seguridad necesarias. Si no se atendiera su solicitud, ésta podrá acudir a la jueza

o juez. La persona afectada podrá demandar por los perjuicios ocasionados.

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Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El Colectivo Yasunidos, esta interesado en conocer información que reposa en el Ministerio de Ambiente y en

el Ministerio de Sectores Estratégicos sobre los lineamiento de la política de explotación minera en el Ecuador.

Dichas carteras de Estado les niegan esta información. ¿Que garantía jurisdiccional procede?

Acción de hábeas data

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de acceso a la información pública

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 91 CRE.- La acción de acceso a la información pública tendrá por objeto garantizar el acceso a ella

cuando ha sido denegada expresa o tácitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o

fidedigna. Podrá ser interpuesta incluso si la negativa se sustenta en el carácter secreto, reservado,

confidencial o cualquiera otra clasificación de la información. El carácter reservado de la información deberá

ser declarado con anterioridad a la petición, por autoridad competente y de acuerdo con la ley.

Art. 92 CRE.- Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, tendrá

derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos

personales e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, en

soporte material o electrónico. Asimismo, tendrá derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad,

el origen y destino de información personal y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos. Las personas

responsables de los bancos o archivos de datos personales podrán difundir la información archivada con

autorización de su titular o de la ley. La persona titular de los datos podrá solicitar al responsable el acceso sin

costo al archivo, así como la actualización de los datos, su rectificación, eliminación o anulación. En el caso

de datos sensibles, cuyo archivo deberá estar autorizado por la ley o por la persona titular, se exigirá la

adopción de las medidas de seguridad necesarias. Si no se atendiera su solicitud, ésta podrá acudir a la jueza

o juez. La persona afectada podrá demandar por los perjuicios ocasionados.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

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D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

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Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

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Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La señora Paquita Morejón estudiante de 5A de la Facultad de Medicina dela Universidad Central del Ecuador,

ha perdido el año en faltas, ella esta contrariada por este particularidad por cuanto no cree tener dichas faltas.

Solicita al Decano su registro biométrico de faltas, sin embargo hasta el dìa de hoy no ha recibido respuesta.

¿Que garantía jurisdicional procede?

Acción de hábeas data

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de acceso a la información pública

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 91 CRE.- La acción de acceso a la información pública tendrá por objeto garantizar el acceso a ella

cuando ha sido denegada expresa o tácitamente, o cuando la que se ha proporcionado no sea completa o

fidedigna. Podrá ser interpuesta incluso si la negativa se sustenta en el carácter secreto, reservado,

confidencial o cualquiera otra clasificación de la información. El carácter reservado de la información deberá

ser declarado con anterioridad a la petición, por autoridad competente y de acuerdo con la ley.

Art. 92 CRE.- Toda persona, por sus propios derechos o como representante legitimado para el efecto, tendrá

derecho a conocer de la existencia y a acceder a los documentos, datos genéticos, bancos o archivos de datos

personales e informes que sobre sí misma, o sobre sus bienes, consten en entidades públicas o privadas, en

soporte material o electrónico. Asimismo, tendrá derecho a conocer el uso que se haga de ellos, su finalidad,

el origen y destino de información personal y el tiempo de vigencia del archivo o banco de datos. Las personas

responsables de los bancos o archivos de datos personales podrán difundir la información archivada con

autorización de su titular o de la ley. La persona titular de los datos podrá solicitar al responsable el acceso sin

costo al archivo, así como la actualización de los datos, su rectificación, eliminación o anulación. En el caso

de datos sensibles, cuyo archivo deberá estar autorizado por la ley o por la persona titular, se exigirá la

adopción de las medidas de seguridad necesarias. Si no se atendiera su solicitud, ésta podrá acudir a la jueza

o juez. La persona afectada podrá demandar por los perjuicios ocasionados.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Luis López Guerra, luego de residir durante algunos años en los Estados Unidos de América, retornó al

Ecuador trayendo, entre otras cuestiones, bienes que componían su menaje familiar, los cuales fueron

retenidos en el recinto aduanero. Resulta que el número de bienes que entregó no fueron en cantidad los

mismos que recibió, por lo que consideró que había sido sujeto de hurto, ante lo cual solicitó a la Corporación

Aduanera Ecuatoriana (CAE) que lo indemnice por dicho hurto, petición que fue negada mediante Oficio Nº

CAE-GDI-j-260 del 21 de enero de 2012, suscrito por el Gerente General y dirigido al Gerente del Distrito de

Guayaquil. Ante esto, el Luis López Guerra planteó acción de protección ante el Juez Vigésimo Tercero de la

ciudad de Guayaquil, la cual fue negada. Luego se apeló dicha resolución ante la Corte Provincial del Guayas,

cuya Sala de lo Civil la revocó, y por tanto, concedió la acción de protección en los siguientes términos:

“Administrando justicia en nombre del pueblo soberano del Ecuador, la Sala de lo Civil de la Corte Provincial

del Guayas resuelve: 1. Conceder la acción de protección planteada por Luis López Guerra en contra de la

Corporación Aduanera Ecuatoriana, y en consecuencia, revocar el acto administrativo que consta en el Oficio

Nº CAE-GDI-j-260 del 21 de enero del 2012, en cuanto niega la petición de restitución de los bienes de Luis

López Guerra, los cuales supuestamente fueron hurtados al demandante en los recintos de dicha institución

pública. 2. Disponer que la Corporación Aduanera Ecuatoriana entregue los bienes de Luis López Guerra que

se encuentran en el recinto aduanero de Guayaquil. 3. En caso de que dichos bienes hayan desaparecido

definitivamente, se deja a salvo el derecho del demandante de exigir las indemnizaciones respectivas por los

medios legales pertinentes”. Luis López Guerra estima que dicha resolución constitucional no ha sido

cumplida

Acción de incumplimiento de sentencias y dictámenes constitucionales

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de acceso a la información pública

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 93 CRE.- La acción por incumplimiento tendrá por objeto garantizar la aplicación de las normas que

integran el sistema jurídico, así como el cumplimiento de sentencias o informes de organismos

internacionales de derechos humanos, cuando la norma o decisión cuyo cumplimiento se persigue contenga

una obligación de hacer o no hacer clara, expresa y exigible. La acción se interpondrá ante la Corte

Constitucional.

Art. 52 LOGJCC.- La acción por incumplimiento tiene por objeto garantizar la aplicación de las normas que

integran el sistema jurídico, así como el cumplimiento de sentencias, decisiones o informes de organismos

internacionales de protección de derechos humanos. Esta acción procederá cuando la norma, sentencia,

decisión o informe cuyo cumplimiento se persigue contengan una obligación de hacer o no hacer, clara,

expresa y exigible.

Art. 162 LOGJCC.- Las sentencias y dictámenes constitucionales son de inmediato cumplimiento, sin perjuicio

de la interposición de los recursos de aclaración o ampliación, y sin perjuicio de su modulación.

Art. 163 LOGJCC.- Las juezas y jueces tienen la obligación de ejecutar las sentencias en materia

constitucional que hayan dictado. Subsidiariamente, en caso de inejecución o defectuosa ejecución, se

ejercitará la acción de incumplimiento ante la Corte Constitucional. Si la Corte Constitucional apreciara

indicios de responsabilidad penal o disciplinaria en la jueza o juez que incumple, deberá poner en

conocimiento del hecho a la Fiscalía o al Consejo de la Judicatura, según corresponda. En los casos de

incumplimiento de sentencias y dictámenes emitidos por la Corte Constitucional, se podrá presentar la acción

de incumplimiento previstas en este título directamente ante la misma Corte. Para garantizar su eficacia se

podrá solicitar el auxilio de la Policía Nacional.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Ley Reformatoria a la Ley sobre Discapacidades Art.23 “Vehículos ortopédicos y no ortopédicos.- La importación de

vehículos ortopédicos y no ortopédicos destinados al traslado de personas con discapacidad sin consideración de su edad,

deberá ser autorizada por el Consejo Nacional de Discapacidades y gozará de las exoneraciones a las que se refiere el

artículo anterior, en los siguientes casos: a) En caso de vehículos ortopédicos, cuando se destinen y vayan a ser conducidos

por personas con discapacidad o movilidad reducida que no pueden emplear otra clase de vehículos;

b) Cuando se destinen para el traslado de personas, sin consideración de su edad, con discapacidad gravemente afectada o

de movilidad reducida, que no puedan conducir por sus propios medios; vehículos que serán conducidos exclusivamente por

personas debidamente autorizadas y certificadas por el Consejo Nacional de Discapacidades. El vehículo a importarse podrá

ser de hasta 3 años anteriores al modelo de la fecha de autorización. La persona discapacitada beneficiaria de este derecho,

podrá importar por una sola vez, a no ser que justifique debidamente la necesidad de beneficiarse de una nueva

importación”. El Procurador General del Estado, frente a la consulta que le hace el Consejo Nacional de Discapacidades

sobre la aplicación de dicha norma, dijo: “El artículo 23 de la Ley Reformatoria a la Ley sobre Discapacidades, hace alusión

expresa al derecho a importar vehículos ortopédicos y no ortopédicos y vehículos nuevos y usados de hasta tres años

anteriores al modelo de autorización, destinados al traslado de personas con discapacidad; artículo que, según el criterio del

Señor Procurador General del Estado, es contradictorio con el artículo 27 literal i de la Ley Orgánica de Aduanas, artículo 50

de la Ley de Tránsito y Transportes Terrestres y artículo 6 del Convenio de Complementación en el Sector Automotriz, así

como el medio ambiente y los derechos del consumidor. En razón a ello, el señor Procurador señaló que el artículo 23 de la

Codificación de la Ley de Discapacidades resulta inadmisible, lo que repercute directamente en la imposibilidad de importar

vehículos no ortopédicos y vehículos de hasta tres años de fabricación. Resta señalar que el Consejo Nacional de

Discapacidades presentó recurso de reconsideración sobre el dictamen proferido por el señor Procurador General del

Estado, quien lo rechazó mediante oficio del 4 de agosto del 2008”. En virtud de este dictamen, que es vinculante para la

Administración Pública, se impidió la importación de un vehículo para el uso de la señora Andrea Moyano Sánchez, quien

sufre de una discapacidad que le impide caminar. ¿Que garantía jurisdiccional procede en el presente caso?

Acción de incumplimiento de sentencias y dictámenes constitucionales

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de acceso a la información pública

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 93 CRE.- La acción por incumplimiento tendrá por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran el sistema

jurídico, así como el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de derechos humanos, cuando la

norma o decisión cuyo cumplimiento se persigue contenga una obligación de hacer o no hacer clara, expresa y exigible. La

acción se interpondrá ante la Corte Constitucional.

Art. 52 LOGJCC.- La acción por incumplimiento tiene por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran el

sistema jurídico, así como el cumplimiento de sentencias, decisiones o informes de organismos internacionales de protección

de derechos humanos. Esta acción procederá cuando la norma, sentencia, decisión o informe cuyo cumplimiento se

persigue contengan una obligación de hacer o no hacer, clara, expresa y exigible.

Art. 162 LOGJCC.- Las sentencias y dictámenes constitucionales son de inmediato cumplimiento, sin perjuicio de la

interposición de los recursos de aclaración o ampliación, y sin perjuicio de su modulación.

Art. 163 LOGJCC.- Las juezas y jueces tienen la obligación de ejecutar las sentencias en materia constitucional que hayan

dictado. Subsidiariamente, en caso de inejecución o defectuosa ejecución, se ejercitará la acción de incumplimiento ante la

Corte Constitucional. Si la Corte Constitucional apreciara indicios de responsabilidad penal o disciplinaria en la jueza o juez

que incumple, deberá poner en conocimiento del hecho a la Fiscalía o al Consejo de la Judicatura, según corresponda. En

los casos de incumplimiento de sentencias y dictámenes emitidos por la Corte Constitucional, se podrá presentar la acción

de incumplimiento previstas en este título directamente ante la misma Corte. Para garantizar su eficacia se podrá solicitar el

auxilio de la Policía Nacional.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Juan Paredes, ha cumplido con los requisitos que determina la Ley Orgánica de Seguridad Social respecto de la

jubilación por discapacidad, que señala que una persona que tiene más del 60 por ciento de discapacidad más 50

aportaciones, se le tendrá que inmediatamente jubilarle con todos los beneficios de Ley, SIn embargo, hasra el

momento no se le procede a jubilarle incluso luego de haber realizado el pedido ante la autoridad competente. ¿Qué

garantía jurisdiccional procede en el presente caso?

Acción de incumplimiento de sentencias y dictámenes constitucionales

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de acceso a la información pública Opción Correcta Dificultad Esperada

B Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 93 CRE.- La acción por incumplimiento tendrá por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran el

sistema jurídico, así como el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de derechos

humanos, cuando la norma o decisión cuyo cumplimiento se persigue contenga una obligación de hacer o no hacer

clara, expresa y exigible. La acción se interpondrá ante la Corte Constitucional.

Art. 52 LOGJCC.- La acción por incumplimiento tiene por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran

el sistema jurídico, así como el cumplimiento de sentencias, decisiones o informes de organismos internacionales de

protección de derechos humanos. Esta acción procederá cuando la norma, sentencia, decisión o informe cuyo

cumplimiento se persigue contengan una obligación de hacer o no hacer, clara, expresa y exigible.

Art. 162 LOGJCC.- Las sentencias y dictámenes constitucionales son de inmediato cumplimiento, sin perjuicio de la

interposición de los recursos de aclaración o ampliación, y sin perjuicio de su modulación.

Art. 163 LOGJCC.- Las juezas y jueces tienen la obligación de ejecutar las sentencias en materia constitucional que

hayan dictado. Subsidiariamente, en caso de inejecución o defectuosa ejecución, se ejercitará la acción de

incumplimiento ante la Corte Constitucional. Si la Corte Constitucional apreciara indicios de responsabilidad penal o

disciplinaria en la jueza o juez que incumple, deberá poner en conocimiento del hecho a la Fiscalía o al Consejo de la

Judicatura, según corresponda. En los casos de incumplimiento de sentencias y dictámenes emitidos por la Corte

Constitucional, se podrá presentar la acción de incumplimiento previstas en este título directamente ante la misma

Corte. Para garantizar su eficacia se podrá solicitar el auxilio de la Policía Nacional.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

En sentencia emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos se ha dispuesto al Estado Ecuatoriano que

repare integralmente al señor Juan Burbano por la violación de los derechos políticos al ejercicio de un cargo público

al haber sido separado del cargo de Contralor General del Estado por una acción ilegítima y arbitraria del Congreso

Nacional del Ecuador años atrás. Como medidas de reparación integral se ha dispuesto que se le cancelen los valores

que debía percibi hasta la finalización de su período constitucional y las disculpas públicas del estado ecuatoriano.

¿Qué garantía jurisdiccional procede en el presente caso?

Acción de incumplimiento de sentencias y dictámenes constitucionales

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de acceso a la información pública Opción Correcta Dificultad Esperada

B Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 93 CRE.- La acción por incumplimiento tendrá por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran el

sistema jurídico, así como el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de derechos

humanos, cuando la norma o decisión cuyo cumplimiento se persigue contenga una obligación de hacer o no hacer

clara, expresa y exigible. La acción se interpondrá ante la Corte Constitucional.

Art. 52 LOGJCC.- La acción por incumplimiento tiene por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran

el sistema jurídico, así como el cumplimiento de sentencias, decisiones o informes de organismos internacionales de

protección de derechos humanos. Esta acción procederá cuando la norma, sentencia, decisión o informe cuyo

cumplimiento se persigue contengan una obligación de hacer o no hacer, clara, expresa y exigible.

Art. 162 LOGJCC.- Las sentencias y dictámenes constitucionales son de inmediato cumplimiento, sin perjuicio de la

interposición de los recursos de aclaración o ampliación, y sin perjuicio de su modulación.

Art. 163 LOGJCC.- Las juezas y jueces tienen la obligación de ejecutar las sentencias en materia constitucional que

hayan dictado. Subsidiariamente, en caso de inejecución o defectuosa ejecución, se ejercitará la acción de

incumplimiento ante la Corte Constitucional. Si la Corte Constitucional apreciara indicios de responsabilidad penal o

disciplinaria en la jueza o juez que incumple, deberá poner en conocimiento del hecho a la Fiscalía o al Consejo de la

Judicatura, según corresponda. En los casos de incumplimiento de sentencias y dictámenes emitidos por la Corte

Constitucional, se podrá presentar la acción de incumplimiento previstas en este título directamente ante la misma

Corte. Para garantizar su eficacia se podrá solicitar el auxilio de la Policía Nacional.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Mediante sentencia de acción de protección se dispone que el señor Angel Lozano se le reintegre a su cargo como de

especialista superior de contratación pública, que se le paguen las remuneraciones que dejó de percibir y que se le

ofrezca una disculpa pública por haberle separado de su cargo. Solo se le ha reincorporado al cargo sin que al

momento la institución pública se pronuncie sobre el resto de medidas de reparación integral ordenadas en sentencia.

¿Que garantía jurisdiccional procede en el presente caso?

Acción de incumplimiento de sentencias y dictámenes constitucionales

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de acceso a la información pública Opción Correcta Dificultad Esperada

A Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 93 CRE.- La acción por incumplimiento tendrá por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran el

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Mediante sentencia de acción de protección se dispone que el señor Angel Lozano se le reintegre a su cargo como de

especialista superior de contratación pública, que se le paguen las remuneraciones que dejó de percibir y que se le

ofrezca una disculpa pública por haberle separado de su cargo. La institució del Estado ha cumplido todas las

medidas de reparación integral ordenadas en sentencia, sin embargo no se le reincorpora a su cargo de especialista

superior de contratación pública si no de analista de sistema de calidad. ¿Que garantía jurisdiccional procede en el

presente caso?

Acción de incumplimiento de sentencias y dictámenes constitucionales

Acción por incumplimiento de norma

Acción de protección

Acción de acceso a la información pública Opción Correcta Dificultad Esperada

A Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 93 CRE.- La acción por incumplimiento tendrá por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran el

sistema jurídico, así como el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de derechos

humanos, cuando la norma o decisión cuyo cumplimiento se persigue contenga una obligación de hacer o no hacer

clara, expresa y exigible. La acción se interpondrá ante la Corte Constitucional.

Art. 52 LOGJCC.- La acción por incumplimiento tiene por objeto garantizar la aplicación de las normas que integran

el sistema jurídico, así como el cumplimiento de sentencias, decisiones o informes de organismos internacionales de

protección de derechos humanos. Esta acción procederá cuando la norma, sentencia, decisión o informe cuyo

cumplimiento se persigue contengan una obligación de hacer o no hacer, clara, expresa y exigible.

Art. 162 LOGJCC.- Las sentencias y dictámenes constitucionales son de inmediato cumplimiento, sin perjuicio de la

interposición de los recursos de aclaración o ampliación, y sin perjuicio de su modulación.

Art. 163 LOGJCC.- Las juezas y jueces tienen la obligación de ejecutar las sentencias en materia constitucional que

hayan dictado. Subsidiariamente, en caso de inejecución o defectuosa ejecución, se ejercitará la acción de

incumplimiento ante la Corte Constitucional. Si la Corte Constitucional apreciara indicios de responsabilidad penal o

disciplinaria en la jueza o juez que incumple, deberá poner en conocimiento del hecho a la Fiscalía o al Consejo de la

Judicatura, según corresponda. En los casos de incumplimiento de sentencias y dictámenes emitidos por la Corte

Constitucional, se podrá presentar la acción de incumplimiento previstas en este título directamente ante la misma

Corte. Para garantizar su eficacia se podrá solicitar el auxilio de la Policía Nacional.

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El Presidente de la República, a insinuación del Director General del Servicio de Rentas Internas

y con dictamen favorable del Secretario Jurídico de la Presidencia, decide aplicar un nuevo

mecanismo para el control del cumplimiento de las obligaciones tributarias y evitar la evasión o el

pago retardado de aquéllas. Con estos propósitos, dicta un reglamento en el cual se dispone lo

siguiente: “Art. 1.- Toda persona que inicie cualquier trámite ante las autoridades de la Función

Ejecutiva, de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, o en fin, de cualquier autoridad o

funcionario del Estado, debe estar al día en todas sus obligaciones tributarias. Para tales efectos,

deberá presentar un comprobante en el cual indique que no está en mora de pagar los tributos,

documento que emitirá el Servicio de Rentas Internas, previa solicitud del interesado y el pago de

una tasa de 100 dólares.Quien no presente el comprobante indicado en el inciso anterior, o bien,

que no esté al día en sus obligaciones tributarias, no será atendido en sus peticiones, solicitudes,

reclamaciones o recursos. Cualquier ciudadano que tenga una petición, solicitud, reclamación o

recurso presentado ante cualquier autoridad pública, deberá presentar dicho comprobante emitido

por el Servicio de Rentas Internas dentro de los 10 días hábiles contados a partir de la publicación

de del presente reglamento en el Registro Oficial, caso contrario, el respectivo trámite se

suspenderá hasta que se cumpla con la presentación del comprobante”. Se presente demanda de

acción de protección pero el juez de instancia declara que es improcedente. A su criterio ¿por qué

es improcedente?

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

El accionante sustenta la acción en hechos que pueden demandarse en vía ordinaria

El accionante sustenta la acción en cuestiones de mera legalidad

El accionante sustenta la acción en cuestiones de constitucionalidad de una norma

El accionante sustenta en hecho que no son vulneraciones de derechos

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88 de la Constitución de la República.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo

directo y eficaz de los derechos reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando

exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad

pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del goce o ejercicio de

los derechos constitucionales; y cuando la violación proceda de una persona particular, si la

violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por

delegación o concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de subordinación,

indefensión o discriminación.

Art. 42 de la LOGJCC.- Improcedencia de la acción.- La acción de protección de derechos no

procede: 1. Cuando de los hechos no se desprenda que existe una violación de derechos

constitucionales. 2. Cuando los actos hayan sido revocados o extinguidos, salvo que de tales

actos se deriven daños susceptibles de reparación. 3. Cuando en la demanda exclusivamente se

impugne la constitucionalidad o legalidad del acto u omisión, que no conlleven la violación de

derechos. 4. Cuando el acto administrativo pueda ser impugnado en la vía judicial, salvo que se

demuestre que la vía no fuere adecuada ni eficaz. 5. Cuando la pretensión del accionante sea la

declaración de un derecho. 6. Cuando se trate de providencias judiciales. 7. Cuando el acto u

omisión emane del Consejo Nacional Electoral y pueda ser impugnado ante el Tribunal

Contencioso Electoral. En estos casos, de manera sucinta la jueza o juez, mediante auto,

declarará inadmisible la acción y especificará la causa por la que no procede la misma.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Zoila Becerra del Campo, por insinuación de su abogado tributarista Aquiles Callo, deduce de sus ingresos

algunos gastos suntuarios, como son los de un cocktail de promoción de uno de sus productos. Posteriormente,

declara que su impuesto a la renta correspondiente al año de 2012 es de USD$ 450. El Servicio de Rentas

Internas realiza una fiscalización a Zoila Becerra del Campo y determina que no debió deducirse los gastos de

dicho cocktail y establece que su obligación tributaria no es de USD$ 450, sino de USD$ 1.500. Ante la negativa

de pago de Zoila Becerra del Campo, el SRI inicia un procedimiento de cobro coactivo. Zoila Becerra del Campo

acude a su abogado Aquiles Callo, quien le recomienda iniciar una acción de protección de derechos

constitucionales en contra del auto de pago y del procedimiento coactivo por violación de los principios

constitucionales que rigen la tributación, especialmente, el de progresividad, pues el abogado dice que se está

pidiendo que su cliente pague más de lo que por ley le corresponde. Se presente demanda de acción de

protección pero el juez de instancia declara que es improcedente. A su criterio ¿por qué es improcedente?

El accionante sustenta la acción en hechos que pueden demandarse en vía ordinaria

El accionante sustenta la acción en cuestiones de mera legalidad

El accionante sustenta la acción en cuestiones de constitucionalidad de una norma

El accionante sustenta en hecho que no son vulneraciones de derechos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

B Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88 de la Constitución de la República.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz

de los derechos reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos

constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas

cuando supongan la privación del goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación

proceda de una persona particular, si la violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos

impropios, si actúa por delegación o concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de

subordinación, indefensión o discriminación.

Art. 42 de la LOGJCC.- Improcedencia de la acción.- La acción de protección de derechos no procede: 1.

Cuando de los hechos no se desprenda que existe una violación de derechos constitucionales. 2. Cuando los

actos hayan sido revocados o extinguidos, salvo que de tales actos se deriven daños susceptibles de reparación.

3. Cuando en la demanda exclusivamente se impugne la constitucionalidad o legalidad del acto u omisión, que

no conlleven la violación de derechos. 4. Cuando el acto administrativo pueda ser impugnado en la vía judicial,

salvo que se demuestre que la vía no fuere adecuada ni eficaz. 5. Cuando la pretensión del accionante sea la

declaración de un derecho. 6. Cuando se trate de providencias judiciales. 7. Cuando el acto u omisión emane del

Consejo Nacional Electoral y pueda ser impugnado ante el Tribunal Contencioso Electoral. En estos casos, de

manera sucinta la jueza o juez, mediante auto, declarará inadmisible la acción y especificará la causa por la que

no procede la misma.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

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A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Rosa Espinoza es servidora pública del Ministerio de Relaciones Laborales en la ciudad de Quito. Su jefe, María

Dolores Fuertes decide cambiarle de puesto de trabajo a un lugar fuera de su domicilio, esto es, a la ciudad de

Tabacundo, pero omite consultarle a Rosa Espinoza sobre si acepta el cambio, situación que está establecida en

la LOSEP. Al día siguiente, Rosa Espinoza acude a su lugar de trabajo y le indican que debe inmediatamente

trasladarse a Tabacundo. Se presente demanda de acción de protección alegando que ese cambio es ilegal.

pero el juez de instancia declara que es improcedente. A su criterio ¿por qué es improcedente?

El accionante sustenta la acción en hechos que pueden demandarse en vía ordinaria

El accionante sustenta la acción en cuestiones de mera legalidad

El accionante sustenta la acción en cuestiones de constitucionalidad de una norma

El accionante sustenta en hecho que no son vulneraciones de derechos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

B Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88 de la Constitución de la República.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz

de los derechos reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos

constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas

cuando supongan la privación del goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación

proceda de una persona particular, si la violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos

impropios, si actúa por delegación o concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de

subordinación, indefensión o discriminación.

Art. 42 de la LOGJCC.- Improcedencia de la acción.- La acción de protección de derechos no procede: 1.

Cuando de los hechos no se desprenda que existe una violación de derechos constitucionales. 2. Cuando los

actos hayan sido revocados o extinguidos, salvo que de tales actos se deriven daños susceptibles de reparación.

3. Cuando en la demanda exclusivamente se impugne la constitucionalidad o legalidad del acto u omisión, que

no conlleven la violación de derechos. 4. Cuando el acto administrativo pueda ser impugnado en la vía judicial,

salvo que se demuestre que la vía no fuere adecuada ni eficaz. 5. Cuando la pretensión del accionante sea la

declaración de un derecho. 6. Cuando se trate de providencias judiciales. 7. Cuando el acto u omisión emane del

Consejo Nacional Electoral y pueda ser impugnado ante el Tribunal Contencioso Electoral. En estos casos, de

manera sucinta la jueza o juez, mediante auto, declarará inadmisible la acción y especificará la causa por la que

no procede la misma.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 263: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

265

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

La Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP) dispone en el artículo 47 lo siguiente:“Art. 47.- Casos de cesación

definitiva.- La servidora o servidor público cesará definitivamente en sus funciones en los siguientes casos: a) Por

renuncia voluntaria formalmente presentada; b) Por incapacidad absoluta o permanente declarada judicialmente;

c) Por supresión del puesto; d) Por pérdida de los derechos de ciudadanía declarada mediante sentencia

ejecutoriada; e) Por remoción, tratándose de los servidores de libre nombramiento y remoción, de período fijo, en

caso de cesación del nombramiento provisional y por falta de requisitos o trámite adecuado para ocupar el

puesto. La remoción no constituye sanción; f) Por destitución; g) Por revocatoria del mandato; h) Por ingresar al

sector público sin ganar el concurso de méritos y oposición; i) Por acogerse a los planes de retiro voluntario con

indemnización; j) Por acogerse al retiro por jubilación; k) Por compra de renuncias con indemnización; l) Por

muerte; y, m) En los demás casos previstos en esta ley. No obstante, el Presidente de la República, mediante

Decreto Nº 812 publicado en el Suplemento del Registro Oficial Nº 489 de 12 de julio de 2011, reformó el

Reglamento General de la LOSEP y dispuso lo siguiente: “Art. ....- Cesación de funciones por compra de

renuncias con indemnización.- Las instituciones del Estado podrán establecer planes de compras de renuncias

obligatorias con indemnización conforme a lo determinado en la letra k) del artículo 47 de la LOSEP,

debidamente presupuestados, en virtud de procesos de reestructuración, optimización o racionalización de las

mismas. El monto de la indemnización que por este concepto tendrán derecho a recibir las o los servidores, será

de cinco salarios básicos unificados del trabajador privado por cada año de servicio y hasta por un valor máximo

de ciento cincuenta salarios básicos unificados del trabajador privado en total, el cual se pagará en efectivo. Las

servidoras y servidores públicos deberán cumplir obligatoriamente estos procesos aplicados por la

administración […]”. Se presente demanda de acción de protección pero el juez de instancia declara que es

improcedente. A su criterio ¿por qué es improcedente?

El accionante sustenta la acción en hechos que pueden demandarse en vía ordinaria

El accionante sustenta la acción en cuestiones de mera legalidad

El accionante sustenta la acción en cuestiones de constitucionalidad de una norma

El accionante sustenta en hecho que no son vulneraciones de derechos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

B Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88 de la Constitución de la República.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz

de los derechos reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos

constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas

cuando supongan la privación del goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación

proceda de una persona particular, si la violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos

impropios, si actúa por delegación o concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de

subordinación, indefensión o discriminación.

Art. 42 de la LOGJCC.- Improcedencia de la acción.- La acción de protección de derechos no procede: 1.

Cuando de los hechos no se desprenda que existe una violación de derechos constitucionales. 2. Cuando los

actos hayan sido revocados o extinguidos, salvo que de tales actos se deriven daños susceptibles de reparación.

3. Cuando en la demanda exclusivamente se impugne la constitucionalidad o legalidad del acto u omisión, que

no conlleven la violación de derechos. 4. Cuando el acto administrativo pueda ser impugnado en la vía judicial,

salvo que se demuestre que la vía no fuere adecuada ni eficaz. 5. Cuando la pretensión del accionante sea la

declaración de un derecho. 6. Cuando se trate de providencias judiciales. 7. Cuando el acto u omisión emane del

Consejo Nacional Electoral y pueda ser impugnado ante el Tribunal Contencioso Electoral. En estos casos, de

manera sucinta la jueza o juez, mediante auto, declarará inadmisible la acción y especificará la causa por la que

no procede la misma.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 264: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

266

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 11/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago 104146121 Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Garantías Jurisdiccionales

Nivel Taxonomico de la Pregunta Aplicación

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

El general Armando Batallas es un militar del Ejército que ocupó el cargo de Agregado Militar en Costa Rica.

Igual función la desempeñó la almirante Marina de Guerra en la República Plurinacional de Bolivia y el general

del aire Nepomuceno Nabucodonosor Hollarte Araujo en Haití. Según un Decreto Ejecutivo de Remuneraciones y

Estímulos para Militares, en caso de servicios en el exterior, los militares deben recibir un bono mensual de

USD$ 1000 por gastos de representación. Resulta que el general Armando Batallas nunca cobró dicho bono

durante los cinco años que estuvo de Agregado Militar y formuló su reclamación por un valor de USD$ 60.000,

petición que recibió informe favorable del Director de Asesoría Jurídica y del Director Financiero del Ministerio de

Defensa. Cabe destacar que existe el antecedente que la almirante Marina de Guerra y el general del aire

Nepomuceno Nabucodonosor Hollarte Araujo ya habían cobraron sus gastos de representación un mes antes

que el general Armando Batallas. Sucede que Armando Batallas es Presidente de la Asociación de Generales en

servicio activo de las Fuerzas Armadas y en una entrevista en Radio Quito con el periodista Paco Gil Lasso, se

refirió muy críticamente a la política de defensa del gobierno. Al día siguiente, inexplicablemente, el Ministro de

Defensa, mariscal Marcial Guerrero, le negó la petición de pago de los gastos de representación.

Se presente demanda de acción de protección alegando que ese cambio es ilegal. pero el juez de instancia

declara que es improcedente. A su criterio ¿por qué es improcedente?

El accionante sustenta la acción en hechos que pueden demandarse en vía ordinaria

El accionante sustenta la acción en cuestiones de mera legalidad

El accionante sustenta la acción en cuestiones de constitucionalidad de una norma

El accionante sustenta en hecho que no son vulneraciones de derechos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Remitirse al contenido del artículo precedente de la norma constitucional.

B Alta

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 88 de la Constitución de la República.- La acción de protección tendrá por objeto el amparo directo y eficaz

de los derechos reconocidos en la Constitución, y podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos

constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas

cuando supongan la privación del goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación

proceda de una persona particular, si la violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos

impropios, si actúa por delegación o concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de

subordinación, indefensión o discriminación.

Art. 42 de la LOGJCC.- Improcedencia de la acción.- La acción de protección de derechos no procede: 1.

Cuando de los hechos no se desprenda que existe una violación de derechos constitucionales. 2. Cuando los

actos hayan sido revocados o extinguidos, salvo que de tales actos se deriven daños susceptibles de reparación.

3. Cuando en la demanda exclusivamente se impugne la constitucionalidad o legalidad del acto u omisión, que

no conlleven la violación de derechos. 4. Cuando el acto administrativo pueda ser impugnado en la vía judicial,

salvo que se demuestre que la vía no fuere adecuada ni eficaz. 5. Cuando la pretensión del accionante sea la

declaración de un derecho. 6. Cuando se trate de providencias judiciales. 7. Cuando el acto u omisión emane del

Consejo Nacional Electoral y pueda ser impugnado ante el Tribunal Contencioso Electoral. En estos casos, de

manera sucinta la jueza o juez, mediante auto, declarará inadmisible la acción y especificará la causa por la que

no procede la misma.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 265: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

267

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique a uno de los órganos de la Función de Transparencia

y Control Social

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Defensoría del Pueblo

Defensoría Pública

Procuraduría General del Estado

Corte Constitucional

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 204 CRE.- El pueblo es el mandante y primer fiscalizador del poder público, en ejercicio de su derecho a la

participación. La Función de Transparencia y Control Social promoverá e impulsará el control de las entidades y

organismos del sector público, y de las personas naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios o

desarrollen actividades de interés público, para que los realicen con responsabilidad, transparencia y equidad;

fomentará e incentivará la participación ciudadana; protegerá el ejercicio y cumplimiento de los derechos; y

prevendrá y combatirá la corrupción. La Función de Transparencia y Control Social estará formada por el Consejo

de Participación Ciudadana y Control Social, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General del Estado y las

superintendencias. Estas entidades tendrán personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera,

presupuestaria y organizativa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 266: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

268

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique a uno de los órganos de la Función de Transparencia y

Control Social

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función de Transparencia y Control SocialTema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 204 CRE.- El pueblo es el mandante y primer fiscalizador del poder público, en ejercicio de su derecho a la

participación. La Función de Transparencia y Control Social promoverá e impulsará el control de las entidades y

organismos del sector público, y de las personas naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios o

desarrollen actividades de interés público, para que los realicen con responsabilidad, transparencia y equidad;

fomentará e incentivará la participación ciudadana; protegerá el ejercicio y cumplimiento de los derechos; y

prevendrá y combatirá la corrupción. La Función de Transparencia y Control Social estará formada por el Consejo

de Participación Ciudadana y Control Social, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General del Estado y las

superintendencias. Estas entidades tendrán personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera,

presupuestaria y organizativa.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Contraloría General del Estado

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Corte Constitucional

Procuraduría General del Estado

Defensoría Pública

Page 267: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

269

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique a uno de los órganos de la Función de

Transparencia y Control Social

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función de Transparencia y Control SocialTema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 204 CRE.- El pueblo es el mandante y primer fiscalizador del poder público, en ejercicio de su derecho

a la participación. La Función de Transparencia y Control Social promoverá e impulsará el control de las

entidades y organismos del sector público, y de las personas naturales o jurídicas del sector privado que

presten servicios o desarrollen actividades de interés público, para que los realicen con responsabilidad,

transparencia y equidad; fomentará e incentivará la participación ciudadana; protegerá el ejercicio y

cumplimiento de los derechos; y prevendrá y combatirá la corrupción. La Función de Transparencia y

Control Social estará formada por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, la Defensoría del

Pueblo, la Contraloría General del Estado y las superintendencias. Estas entidades tendrán personalidad

jurídica y autonomía administrativa, financiera, presupuestaria y organizativa.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Consejo de Participaciión Ciudadana y Control Social

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Corte Constitucional

Procuraduría General del Estado

Defensoría Pública

Page 268: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

270

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique a uno de los órganos de la Función de Transparencia y

Control Social

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función de Transparencia y Control SocialTema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 204 CRE.- El pueblo es el mandante y primer fiscalizador del poder público, en ejercicio de su derecho a la

participación. La Función de Transparencia y Control Social promoverá e impulsará el control de las entidades y

organismos del sector público, y de las personas naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios o

desarrollen actividades de interés público, para que los realicen con responsabilidad, transparencia y equidad;

fomentará e incentivará la participación ciudadana; protegerá el ejercicio y cumplimiento de los derechos; y

prevendrá y combatirá la corrupción. La Función de Transparencia y Control Social estará formada por el Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General del Estado y las

superintendencias. Estas entidades tendrán personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera,

presupuestaria y organizativa.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Superintendencia de Economía Popular y Solidaria

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Corte Constitucional

Procuraduría General del Estado

Defensoría Pública

Page 269: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

271

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una atribución de la instancia de coordinación de la

Función de Transparencia y Control Social

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Formular políticas públicas de transparencia de rendición de cuentas.

Asesorar jurídicamente a personas de escasos recursos económicos

Realizar procesos de control en materias específicas como telecomunicaciones e hidrocarburos

Realizar mecanismos de control de constitucionalidad sobre decisiones estatales

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 206 CRE.- Los titulares de las entidades de la Función de Transparencia y Control Social conformarán una

instancia de coordinación, y elegirán de entre ellos, cada año, a la Presidenta o Presidente de la Función. Serán

atribuciones y deberes de la instancia de coordinación, además de los que establezca la ley: 1. Formular políticas

públicas de transparencia, control, rendición de cuentas, promoción de la participación ciudadana y prevención y

lucha contra la corrupción. 2. Coordinar el plan de acción de las entidades de la Función, sin afectar su

autonomía. 3. Articular la formulación del plan nacional de lucha contra la corrupción. 4. Presentar a la Asamblea

Nacional propuestas de reformas legales en el ámbito de sus competencias. 5. Informar anualmente a la

Asamblea Nacional de las actividades relativas al cumplimiento de sus funciones, o cuando ésta lo requiera.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 270: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

272

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una atribución de la instancia de coordinación de la

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Formular políticas públicas de promoción a la participación ciudadana

Asesorar jurídicamente a personas de escasos recursos económicos

Realizar procesos de control en materias específicas como telecomunicaciones e hidrocarburos

Realizar mecanismos de control de constitucionalidad sobre decisiones estatalesOpción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 206 CRE.- Los titulares de las entidades de la Función de Transparencia y Control Social conformarán una

instancia de coordinación, y elegirán de entre ellos, cada año, a la Presidenta o Presidente de la Función. Serán

atribuciones y deberes de la instancia de coordinación, además de los que establezca la ley: 1. Formular políticas

públicas de transparencia, control, rendición de cuentas, promoción de la participación ciudadana y prevención y

lucha contra la corrupción. 2. Coordinar el plan de acción de las entidades de la Función, sin afectar su autonomía.

3. Articular la formulación del plan nacional de lucha contra la corrupción. 4. Presentar a la Asamblea Nacional

propuestas de reformas legales en el ámbito de sus competencias. 5. Informar anualmente a la Asamblea Nacional

de las actividades relativas al cumplimiento de sus funciones, o cuando ésta lo requiera.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 271: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

273

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Qué no pueden ser los consejeros y consejeras del Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social?

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función de Transparencia y Control SocialTema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 207 CRE.- El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social promoverá e incentivará el ejercicio de los

derechos relativos a la participación ciudadana, impulsará y establecerá mecanismos de control social en los asuntos

de interés público, y designará a las autoridades que le corresponda de acuerdo con la Constitución y la ley. La

estructura del Consejo será desconcentrada y responderá al cumplimiento de sus funciones. El Consejo se integrará

por siete consejeras o consejeros principales y siete suplentes. Los miembros principales elegirán de entre ellos a la

Presidenta o Presidente, quien será su representante legal, por un tiempo que se extenderá a la mitad de su

período. Las consejeras y consejeros serán elegidos por sufragio universal, directo, libre y secreto cada cuatro años

coincidiendo con las elecciones a las autoridades de los gobiernos autónomos descentralizados. El régimen de sus

elecciones estará contemplado en ley orgánica que regule su organización y funcionamiento. Las consejeras y

consejeros deberán ser ciudadanas y ciudadanos con trayectoria en organizaciones sociales, en participación

ciudadana, en la lucha contra la corrupción o de reconocido prestigio que evidencie su compromiso cívico y de

defensa del interés general. Las consejeras y consejeros no podrán ser afiliados, adherentes o dirigentes de partidos

o movimientos políticos, durante los últimos cinco años.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaC

Ser miembro de una organización de la sociedad civil

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Ser miembro de la directiva de una organización indígena o gremial

Ser afiliados, adherentes o dirigentes de partidos o movimientos políticos, durante los últimos cinco años.

Ser pastor evangélico, sacerdote católico o clérigo de algún culto religioso

Page 272: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

274

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Identifique el mecanismo de selección de los consejeros y

consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social?

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Concurso de oposición y méritos organizado por comisión ciudadana

Selección de ternas enviadas por las autoridades de las funciones del Estado

Elección a través de colegios electorales

Sufragio universal, directo, libre y secreto

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 207 CRE.- El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social promoverá e incentivará el ejercicio de los

derechos relativos a la participación ciudadana, impulsará y establecerá mecanismos de control social en los

asuntos de interés público, y designará a las autoridades que le corresponda de acuerdo con la Constitución y la

ley. La estructura del Consejo será desconcentrada y responderá al cumplimiento de sus funciones. El Consejo se

integrará por siete consejeras o consejeros principales y siete suplentes. Los miembros principales elegirán de

entre ellos a la Presidenta o Presidente, quien será su representante legal, por un tiempo que se extenderá a la

mitad de su período. Las consejeras y consejeros serán elegidos por sufragio universal, directo, libre y secreto

cada cuatro años coincidiendo con las elecciones a las autoridades de los gobiernos autónomos descentralizados.

El régimen de sus elecciones estará contemplado en ley orgánica que regule su organización y funcionamiento.

Las consejeras y consejeros deberán ser ciudadanas y ciudadanos con trayectoria en organizaciones sociales, en

participación ciudadana, en la lucha contra la corrupción o de reconocido prestigio que evidencie su compromiso

cívico y de defensa del interés general. Las consejeras y consejeros no podrán ser afiliados, adherentes o

dirigentes de partidos o movimientos políticos, durante los últimos cinco años.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 273: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

275

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Con que elección de autoridades debe coincidir cada cuatro

años la elección de los consejeros y consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social?

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Elección del Presidente de la República y asambleístas

Elecciones seccionales

Elección del Consejo Nacional Electoral

Elección de parlamentarios andinos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 207 CRE.- El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social promoverá e incentivará el ejercicio de

los derechos relativos a la participación ciudadana, impulsará y establecerá mecanismos de control social en los

asuntos de interés público, y designará a las autoridades que le corresponda de acuerdo con la Constitución y la

ley. La estructura del Consejo será desconcentrada y responderá al cumplimiento de sus funciones. El Consejo

se integrará por siete consejeras o consejeros principales y siete suplentes. Los miembros principales elegirán

de entre ellos a la Presidenta o Presidente, quien será su representante legal, por un tiempo que se extenderá a

la mitad de su período. Las consejeras y consejeros serán elegidos por sufragio universal, directo, libre y secreto

cada cuatro años coincidiendo con las elecciones a las autoridades de los gobiernos autónomos

descentralizados. El régimen de sus elecciones estará contemplado en ley orgánica que regule su organización

y funcionamiento. Las consejeras y consejeros deberán ser ciudadanas y ciudadanos con trayectoria en

organizaciones sociales, en participación ciudadana, en la lucha contra la corrupción o de reconocido prestigio

que evidencie su compromiso cívico y de defensa del interés general. Las consejeras y consejeros no podrán ser

afiliados, adherentes o dirigentes de partidos o movimientos políticos, durante los últimos cinco años.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 274: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

276

A)

B)

C)

D)

Ley Orgánica de la Función de Trasparencia y Control Social

Ley Orgánica de Participación Ciudadadana

Ley Orgánica del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 207 CRE.- El Consejo de Participación Ciudadana y Control Social promoverá e incentivará el ejercicio de

los derechos relativos a la participación ciudadana, impulsará y establecerá mecanismos de control social en los

asuntos de interés público, y designará a las autoridades que le corresponda de acuerdo con la Constitución y la

ley. La estructura del Consejo será desconcentrada y responderá al cumplimiento de sus funciones. El Consejo

se integrará por siete consejeras o consejeros principales y siete suplentes. Los miembros principales elegirán

de entre ellos a la Presidenta o Presidente, quien será su representante legal, por un tiempo que se extenderá a

la mitad de su período. Las consejeras y consejeros serán elegidos por sufragio universal, directo, libre y secreto

cada cuatro años coincidiendo con las elecciones a las autoridades de los gobiernos autónomos

descentralizados. El régimen de sus elecciones estará contemplado en ley orgánica que regule su organización

y funcionamiento. Las consejeras y consejeros deberán ser ciudadanas y ciudadanos con trayectoria en

organizaciones sociales, en participación ciudadana, en la lucha contra la corrupción o de reconocido prestigio

que evidencie su compromiso cívico y de defensa del interés general. Las consejeras y consejeros no podrán ser

afiliados, adherentes o dirigentes de partidos o movimientos políticos, durante los últimos cinco años.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Ley Orgánica de Elecciones y Organizaciones Políticas

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿En donde se contemplará el marco normativo que regule el

régimen de sus elecciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social?

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función de Transparencia y Control SocialTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 275: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

277

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función y atribución del Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social.

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Estimular procesos de deliberación pública y propiciar la formación en ciudadanía, valores,

transparencia

Desarrollar programas de defensa del consumidor y la promoción y protección de derechos

humanos Absolver consultas sobre legalidad de actuaciones de la administración

Absolver consultas ciudadanas y de instituciones públicas sobre el desarrollo de los derechos

de partipación ciudadana

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 208 CRE.- Serán deberes y atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social,

además de los previstos en la ley: 1. Promover la participación ciudadana, estimular procesos de

deliberación pública y propiciar la formación en ciudadanía, valores, transparencia y lucha contra la

corrupción. 2. Establecer mecanismos de rendición de cuentas de las instituciones y entidades del sector

público, y coadyuvar procesos de veeduría ciudadana y control social. 3. Instar a las demás entidades de la

Función para que actúen de forma obligatoria sobre los asuntos que ameriten intervención a criterio del

Consejo. 4. Investigar denuncias sobre actos u omisiones que afecten a la participación ciudadana o

generen corrupción. 5. Emitir informes que determinen la existencia de indicios de responsabilidad,

formular las recomendaciones necesarias e impulsar las acciones legales que correspondan. 6. Actuar

como parte procesal en las causas que se instauren como consecuencia de sus investigaciones. Cuando

en sentencia se determine que en la comisión del delito existió apropiación indebida de recursos, la

autoridad competente procederá al decomiso de los bienes del patrimonio personal del sentenciado. 7.

Coadyuvar a la protección de las personas que denuncien actos de corrupción. 8. Solicitar a cualquier

entidad o funcionario de las instituciones del Estado la información que considere necesaria para sus

investigaciones o procesos. Las personas e instituciones colaborarán con el Consejo y quienes se nieguen

a hacerlo serán sancionados de acuerdo con la ley. 9. Organizar el proceso y vigilar la transparencia en la

ejecución de los actos de las comisiones ciudadanas de selección de autoridades estatales. 10. Designar a

la primera autoridad de la Procuraduría General del Estado y de las superintendencias de entre las ternas

propuestas por la Presidenta o Presidente de la República, luego del proceso de impugnación y veeduría

ciudadana correspondiente. 11. Designar a la primera autoridad de la Defensoría del Pueblo, Defensoría

Pública, Fiscalía General del Estado y Contraloría General del Estado, luego de agotar el proceso de

selección correspondiente. 12. Designar a los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal

Contencioso Electoral y Consejo de la Judicatura, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 276: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

278

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función y atribución del Consejo de Participación

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Investigar denuncias sobre actos u omisiones que afecten a la participación ciudadana o generen

Investigar delitos contra la eficiencia y buena marcha de la administración pública

Iniciar procedimientos de auditoría gubernamental y determinación de resposabilidades

Realizar procesos de fiscalización política a las demás autoridades estatales

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 208 CRE.- Serán deberes y atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, además

de los previstos en la ley: 1. Promover la participación ciudadana, estimular procesos de deliberación pública y

propiciar la formación en ciudadanía, valores, transparencia y lucha contra la corrupción. 2. Establecer

mecanismos de rendición de cuentas de las instituciones y entidades del sector público, y coadyuvar procesos

de veeduría ciudadana y control social. 3. Instar a las demás entidades de la Función para que actúen de forma

obligatoria sobre los asuntos que ameriten intervención a criterio del Consejo. 4. Investigar denuncias sobre

actos u omisiones que afecten a la participación ciudadana o generen corrupción. 5. Emitir informes que

determinen la existencia de indicios de responsabilidad, formular las recomendaciones necesarias e impulsar las

acciones legales que correspondan. 6. Actuar como parte procesal en las causas que se instauren como

consecuencia de sus investigaciones. Cuando en sentencia se determine que en la comisión del delito existió

apropiación indebida de recursos, la autoridad competente procederá al decomiso de los bienes del patrimonio

personal del sentenciado. 7. Coadyuvar a la protección de las personas que denuncien actos de corrupción. 8.

Solicitar a cualquier entidad o funcionario de las instituciones del Estado la información que considere necesaria

para sus investigaciones o procesos. Las personas e instituciones colaborarán con el Consejo y quienes se

nieguen a hacerlo serán sancionados de acuerdo con la ley. 9. Organizar el proceso y vigilar la transparencia en

la ejecución de los actos de las comisiones ciudadanas de selección de autoridades estatales. 10. Designar a la

primera autoridad de la Procuraduría General del Estado y de las superintendencias de entre las ternas

propuestas por la Presidenta o Presidente de la República, luego del proceso de impugnación y veeduría

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 277: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

279

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función y atribución del Consejo de

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Actuar como parte procesal en las causas que se instauren como consecuencia de sus

investigaciones.

Emitir dictámenes acusatorios en delitos contra la eficiencia y buena marcha de la

Actuar en la defensa de los derechos de las personas que no pueden asumir los costos de la

defensa técnica

Realizar procesos de fiscalización política a las demás autoridades estatales Opción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 208 CRE.- Serán deberes y atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social,

además de los previstos en la ley: 1. Promover la participación ciudadana, estimular procesos de

deliberación pública y propiciar la formación en ciudadanía, valores, transparencia y lucha contra la

corrupción. 2. Establecer mecanismos de rendición de cuentas de las instituciones y entidades del sector

público, y coadyuvar procesos de veeduría ciudadana y control social. 3. Instar a las demás entidades de

la Función para que actúen de forma obligatoria sobre los asuntos que ameriten intervención a criterio del

Consejo. 4. Investigar denuncias sobre actos u omisiones que afecten a la participación ciudadana o

generen corrupción. 5. Emitir informes que determinen la existencia de indicios de responsabilidad,

formular las recomendaciones necesarias e impulsar las acciones legales que correspondan. 6. Actuar

como parte procesal en las causas que se instauren como consecuencia de sus investigaciones. Cuando

en sentencia se determine que en la comisión del delito existió apropiación indebida de recursos, la

autoridad competente procederá al decomiso de los bienes del patrimonio personal del sentenciado. 7.

Coadyuvar a la protección de las personas que denuncien actos de corrupción. 8. Solicitar a cualquier

entidad o funcionario de las instituciones del Estado la información que considere necesaria para sus

investigaciones o procesos. Las personas e instituciones colaborarán con el Consejo y quienes se

nieguen a hacerlo serán sancionados de acuerdo con la ley. 9. Organizar el proceso y vigilar la

transparencia en la ejecución de los actos de las comisiones ciudadanas de selección de autoridades

estatales. 10. Designar a la primera autoridad de la Procuraduría General del Estado y de las

superintendencias de entre las ternas propuestas por la Presidenta o Presidente de la República, luego

del proceso de impugnación y veeduría ciudadana correspondiente. 11. Designar a la primera autoridad

de la Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Fiscalía General del Estado y Contraloría General del

Estado, luego de agotar el proceso de selección correspondiente. 12. Designar a los miembros del

Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral y Consejo de la Judicatura, luego de agotar el

proceso de selección correspondiente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 278: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

280

A)

B)

C)

D)

Actuar en la defensa de los derechos de las personas que no pueden asumir los costos de la defensa

Organizar el sistema de protección de víctimas y testigos de los delitos contra la administración

pública

Coadyuvar a la protección de las personas que denuncien actos de corrupción

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 208 CRE.- Serán deberes y atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, además de

los previstos en la ley: 1. Promover la participación ciudadana, estimular procesos de deliberación pública y

propiciar la formación en ciudadanía, valores, transparencia y lucha contra la corrupción. 2. Establecer

mecanismos de rendición de cuentas de las instituciones y entidades del sector público, y coadyuvar procesos de

veeduría ciudadana y control social. 3. Instar a las demás entidades de la Función para que actúen de forma

obligatoria sobre los asuntos que ameriten intervención a criterio del Consejo. 4. Investigar denuncias sobre actos

u omisiones que afecten a la participación ciudadana o generen corrupción. 5. Emitir informes que determinen la

existencia de indicios de responsabilidad, formular las recomendaciones necesarias e impulsar las acciones

legales que correspondan. 6. Actuar como parte procesal en las causas que se instauren como consecuencia de

sus investigaciones. Cuando en sentencia se determine que en la comisión del delito existió apropiación indebida

de recursos, la autoridad competente procederá al decomiso de los bienes del patrimonio personal del

sentenciado. 7. Coadyuvar a la protección de las personas que denuncien actos de corrupción. 8. Solicitar a

cualquier entidad o funcionario de las instituciones del Estado la información que considere necesaria para sus

investigaciones o procesos. Las personas e instituciones colaborarán con el Consejo y quienes se nieguen a

hacerlo serán sancionados de acuerdo con la ley. 9. Organizar el proceso y vigilar la transparencia en la ejecución

de los actos de las comisiones ciudadanas de selección de autoridades estatales. 10. Designar a la primera

autoridad de la Procuraduría General del Estado y de las superintendencias de entre las ternas propuestas por la

Presidenta o Presidente de la República, luego del proceso de impugnación y veeduría ciudadana

correspondiente. 11. Designar a la primera autoridad de la Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Fiscalía

General del Estado y Contraloría General del Estado, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.

12. Designar a los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral y Consejo de la

Judicatura, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Organizar un sistema de protección a víctimas de afectaciones contra los derechos del consumidor

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función y atribución del Consejo de Participación

Ciudadana y Control Social.

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función de Transparencia y Control SocialTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 279: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

281

A)

B)

C)

D)

Jueces de la Corte Constitucional

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Defensor Público General

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 208 CRE.- Serán deberes y atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control

Social, además de los previstos en la ley: 1. Promover la participación ciudadana, estimular

procesos de deliberación pública y propiciar la formación en ciudadanía, valores, transparencia y

lucha contra la corrupción. 2. Establecer mecanismos de rendición de cuentas de las instituciones

y entidades del sector público, y coadyuvar procesos de veeduría ciudadana y control social. 3.

Instar a las demás entidades de la Función para que actúen de forma obligatoria sobre los

asuntos que ameriten intervención a criterio del Consejo. 4. Investigar denuncias sobre actos u

omisiones que afecten a la participación ciudadana o generen corrupción. 5. Emitir informes que

determinen la existencia de indicios de responsabilidad, formular las recomendaciones necesarias

e impulsar las acciones legales que correspondan. 6. Actuar como parte procesal en las causas

que se instauren como consecuencia de sus investigaciones. Cuando en sentencia se determine

que en la comisión del delito existió apropiación indebida de recursos, la autoridad competente

procederá al decomiso de los bienes del patrimonio personal del sentenciado. 7. Coadyuvar a la

protección de las personas que denuncien actos de corrupción. 8. Solicitar a cualquier entidad o

funcionario de las instituciones del Estado la información que considere necesaria para sus

investigaciones o procesos. Las personas e instituciones colaborarán con el Consejo y quienes se

nieguen a hacerlo serán sancionados de acuerdo con la ley. 9. Organizar el proceso y vigilar la

transparencia en la ejecución de los actos de las comisiones ciudadanas de selección de

autoridades estatales. 10. Designar a la primera autoridad de la Procuraduría General del Estado

y de las superintendencias de entre las ternas propuestas por la Presidenta o Presidente de la

República, luego del proceso de impugnación y veeduría ciudadana correspondiente. 11.

Designar a la primera autoridad de la Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Fiscalía General

del Estado y Contraloría General del Estado, luego de agotar el proceso de selección

correspondiente. 12. Designar a los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal

Contencioso Electoral y Consejo de la Judicatura, luego de agotar el proceso de selección

correspondiente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Notarios y registradores

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad estatal que sea elegida

por parte del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función de Transparencia y Control SocialTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 280: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

282

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad estatal que sea elegida por parte del

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Fiscal General del Estado

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Jueces de la Corte Constitucional

Notarios y registradoresOpción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 208 CRE.- Serán deberes y atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, además de Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 281: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

283

A)

B)

C)

D)

Jueces de la Corte Constitucional

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Vocales del Consejo de la Judicatura

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 208 CRE.- Serán deberes y atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, además de

los previstos en la ley: 1. Promover la participación ciudadana, estimular procesos de deliberación pública y

propiciar la formación en ciudadanía, valores, transparencia y lucha contra la corrupción. 2. Establecer

mecanismos de rendición de cuentas de las instituciones y entidades del sector público, y coadyuvar procesos de

veeduría ciudadana y control social. 3. Instar a las demás entidades de la Función para que actúen de forma

obligatoria sobre los asuntos que ameriten intervención a criterio del Consejo. 4. Investigar denuncias sobre actos

u omisiones que afecten a la participación ciudadana o generen corrupción. 5. Emitir informes que determinen la

existencia de indicios de responsabilidad, formular las recomendaciones necesarias e impulsar las acciones

legales que correspondan. 6. Actuar como parte procesal en las causas que se instauren como consecuencia de

sus investigaciones. Cuando en sentencia se determine que en la comisión del delito existió apropiación indebida

de recursos, la autoridad competente procederá al decomiso de los bienes del patrimonio personal del

sentenciado. 7. Coadyuvar a la protección de las personas que denuncien actos de corrupción. 8. Solicitar a

cualquier entidad o funcionario de las instituciones del Estado la información que considere necesaria para sus

investigaciones o procesos. Las personas e instituciones colaborarán con el Consejo y quienes se nieguen a

hacerlo serán sancionados de acuerdo con la ley. 9. Organizar el proceso y vigilar la transparencia en la ejecución

de los actos de las comisiones ciudadanas de selección de autoridades estatales. 10. Designar a la primera

autoridad de la Procuraduría General del Estado y de las superintendencias de entre las ternas propuestas por la

Presidenta o Presidente de la República, luego del proceso de impugnación y veeduría ciudadana

correspondiente. 11. Designar a la primera autoridad de la Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Fiscalía

General del Estado y Contraloría General del Estado, luego de agotar el proceso de selección correspondiente. 12.

Designar a los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral y Consejo de la

Judicatura, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Notarios y registradores

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad estatal que sea elegida por parte del

Consejo de Participación Ciudadana y Control Social

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función de Transparencia y Control SocialTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 282: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

284

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad estatal que NO sea elegida por parte

del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Vocales del Consejo de la Judicatura

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Defensor Público General

Fiscal General del Estado

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 208 CRE.- Serán deberes y atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, además de

los previstos en la ley: 1. Promover la participación ciudadana, estimular procesos de deliberación pública y

propiciar la formación en ciudadanía, valores, transparencia y lucha contra la corrupción. 2. Establecer

mecanismos de rendición de cuentas de las instituciones y entidades del sector público, y coadyuvar procesos de

veeduría ciudadana y control social. 3. Instar a las demás entidades de la Función para que actúen de forma

obligatoria sobre los asuntos que ameriten intervención a criterio del Consejo. 4. Investigar denuncias sobre actos

u omisiones que afecten a la participación ciudadana o generen corrupción. 5. Emitir informes que determinen la

existencia de indicios de responsabilidad, formular las recomendaciones necesarias e impulsar las acciones

legales que correspondan. 6. Actuar como parte procesal en las causas que se instauren como consecuencia de

sus investigaciones. Cuando en sentencia se determine que en la comisión del delito existió apropiación indebida

de recursos, la autoridad competente procederá al decomiso de los bienes del patrimonio personal del

sentenciado. 7. Coadyuvar a la protección de las personas que denuncien actos de corrupción. 8. Solicitar a

cualquier entidad o funcionario de las instituciones del Estado la información que considere necesaria para sus

investigaciones o procesos. Las personas e instituciones colaborarán con el Consejo y quienes se nieguen a

hacerlo serán sancionados de acuerdo con la ley. 9. Organizar el proceso y vigilar la transparencia en la ejecución

de los actos de las comisiones ciudadanas de selección de autoridades estatales. 10. Designar a la primera

autoridad de la Procuraduría General del Estado y de las superintendencias de entre las ternas propuestas por la

Presidenta o Presidente de la República, luego del proceso de impugnación y veeduría ciudadana

correspondiente. 11. Designar a la primera autoridad de la Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Fiscalía

General del Estado y Contraloría General del Estado, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.

12. Designar a los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral y Consejo de la

Judicatura, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 283: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

285

A)

B)

C)

D)

Defensor Público General

Jueces de la Corte Constitucional

Vocales del Consejo de la Judicatura

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 208 CRE.- Serán deberes y atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, además

de los previstos en la ley: 1. Promover la participación ciudadana, estimular procesos de deliberación pública y

propiciar la formación en ciudadanía, valores, transparencia y lucha contra la corrupción. 2. Establecer

mecanismos de rendición de cuentas de las instituciones y entidades del sector público, y coadyuvar procesos

de veeduría ciudadana y control social. 3. Instar a las demás entidades de la Función para que actúen de forma

obligatoria sobre los asuntos que ameriten intervención a criterio del Consejo. 4. Investigar denuncias sobre

actos u omisiones que afecten a la participación ciudadana o generen corrupción. 5. Emitir informes que

determinen la existencia de indicios de responsabilidad, formular las recomendaciones necesarias e impulsar las

acciones legales que correspondan. 6. Actuar como parte procesal en las causas que se instauren como

consecuencia de sus investigaciones. Cuando en sentencia se determine que en la comisión del delito existió

apropiación indebida de recursos, la autoridad competente procederá al decomiso de los bienes del patrimonio

personal del sentenciado. 7. Coadyuvar a la protección de las personas que denuncien actos de corrupción. 8.

Solicitar a cualquier entidad o funcionario de las instituciones del Estado la información que considere necesaria

para sus investigaciones o procesos. Las personas e instituciones colaborarán con el Consejo y quienes se

nieguen a hacerlo serán sancionados de acuerdo con la ley. 9. Organizar el proceso y vigilar la transparencia en

la ejecución de los actos de las comisiones ciudadanas de selección de autoridades estatales. 10. Designar a la

primera autoridad de la Procuraduría General del Estado y de las superintendencias de entre las ternas

propuestas por la Presidenta o Presidente de la República, luego del proceso de impugnación y veeduría

ciudadana correspondiente. 11. Designar a la primera autoridad de la Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública,

Fiscalía General del Estado y Contraloría General del Estado, luego de agotar el proceso de selección

correspondiente. 12. Designar a los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral y

Consejo de la Judicatura, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Fiscal General del Estado

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad estatal que NO sea elegida por parte

del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función de Transparencia y Control SocialTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 284: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

286

A)

B)

C)

D)

Defensor Público General

Notarios y registradores

Vocales del Consejo de la Judicatura

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 208 CRE.- Serán deberes y atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, además de los

previstos en la ley: 1. Promover la participación ciudadana, estimular procesos de deliberación pública y propiciar la

formación en ciudadanía, valores, transparencia y lucha contra la corrupción. 2. Establecer mecanismos de rendición de

cuentas de las instituciones y entidades del sector público, y coadyuvar procesos de veeduría ciudadana y control social.

3. Instar a las demás entidades de la Función para que actúen de forma obligatoria sobre los asuntos que ameriten

intervención a criterio del Consejo. 4. Investigar denuncias sobre actos u omisiones que afecten a la participación

ciudadana o generen corrupción. 5. Emitir informes que determinen la existencia de indicios de responsabilidad, formular

las recomendaciones necesarias e impulsar las acciones legales que correspondan. 6. Actuar como parte procesal en las

causas que se instauren como consecuencia de sus investigaciones. Cuando en sentencia se determine que en la

comisión del delito existió apropiación indebida de recursos, la autoridad competente procederá al decomiso de los bienes

del patrimonio personal del sentenciado. 7. Coadyuvar a la protección de las personas que denuncien actos de

corrupción. 8. Solicitar a cualquier entidad o funcionario de las instituciones del Estado la información que considere

necesaria para sus investigaciones o procesos. Las personas e instituciones colaborarán con el Consejo y quienes se

nieguen a hacerlo serán sancionados de acuerdo con la ley. 9. Organizar el proceso y vigilar la transparencia en la

ejecución de los actos de las comisiones ciudadanas de selección de autoridades estatales. 10. Designar a la primera

autoridad de la Procuraduría General del Estado y de las superintendencias de entre las ternas propuestas por la

Presidenta o Presidente de la República, luego del proceso de impugnación y veeduría ciudadana correspondiente. 11.

Designar a la primera autoridad de la Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Fiscalía General del Estado y Contraloría

General del Estado, luego de agotar el proceso de selección correspondiente. 12. Designar a los miembros del Consejo

Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral y Consejo de la Judicatura, luego de agotar el proceso de selección

correspondiente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Fiscal General del Estado

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad estatal que NO sea elegida por parte del

Consejo de Participación Ciudadana y Control Social

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función de Transparencia y Control SocialTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 285: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

287

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad estatal que NO sea elegida por parte del

Consejo de Participación Ciudadana y Control Social

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Vocales del Consejo de la Judicatura

Vocales del Consejo Nacional de Competencias

Jueces del Trribunal Contencioso Electoral

Vocales del Consejo Nacional Electoral

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 208 CRE.- Serán deberes y atribuciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, además de los previstos en

la ley: 1. Promover la participación ciudadana, estimular procesos de deliberación pública y propiciar la formación en ciudadanía,

valores, transparencia y lucha contra la corrupción. 2. Establecer mecanismos de rendición de cuentas de las instituciones y

entidades del sector público, y coadyuvar procesos de veeduría ciudadana y control social. 3. Instar a las demás entidades de la

Función para que actúen de forma obligatoria sobre los asuntos que ameriten intervención a criterio del Consejo. 4. Investigar

denuncias sobre actos u omisiones que afecten a la participación ciudadana o generen corrupción. 5. Emitir informes que

determinen la existencia de indicios de responsabilidad, formular las recomendaciones necesarias e impulsar las acciones legales

que correspondan. 6. Actuar como parte procesal en las causas que se instauren como consecuencia de sus investigaciones.

Cuando en sentencia se determine que en la comisión del delito existió apropiación indebida de recursos, la autoridad competente

procederá al decomiso de los bienes del patrimonio personal del sentenciado. 7. Coadyuvar a la protección de las personas que

denuncien actos de corrupción. 8. Solicitar a cualquier entidad o funcionario de las instituciones del Estado la información que

considere necesaria para sus investigaciones o procesos. Las personas e instituciones colaborarán con el Consejo y quienes se

nieguen a hacerlo serán sancionados de acuerdo con la ley. 9. Organizar el proceso y vigilar la transparencia en la ejecución de

los actos de las comisiones ciudadanas de selección de autoridades estatales. 10. Designar a la primera autoridad de la

Procuraduría General del Estado y de las superintendencias de entre las ternas propuestas por la Presidenta o Presidente de la

República, luego del proceso de impugnación y veeduría ciudadana correspondiente. 11. Designar a la primera autoridad de la

Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Fiscalía General del Estado y Contraloría General del Estado, luego de agotar el

proceso de selección correspondiente. 12. Designar a los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso

Electoral y Consejo de la Judicatura, luego de agotar el proceso de selección correspondiente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 286: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

288

A)

B)

C)

D)

Dirigentes de gremios y sindicatos de trabajadores

Postulantes de la ciudadanía de manera individual

Miembros de las organizaciones de la sociedad civil

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 209 CRE.- Para cumplir sus funciones de designación el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social

organizará comisiones ciudadanas de selección, que serán las encargadas de llevar a cabo, en los casos que

corresponda, el concurso público de oposición y méritos con postulación, veeduría y derecho a impugnación ciudadana.

Las comisiones ciudadanas de selección se integrarán por una delegada o delegado por cada Función del Estado e igual

número de representantes por las organizaciones sociales y la ciudadanía, escogidos en sorteo público de entre quienes

se postulen y cumplan con los requisitos que determinen el Consejo y la ley. Las candidatas y candidatos serán

sometidos a escrutinio público e impugnación ciudadana. Las comisiones serán dirigidas por uno de los representantes de

la ciudadanía, que tendrá voto dirimente, y sus sesiones serán públicas.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Ciudadanía individual, colectiva y representante de funciones del Estado

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Cómo se conforman las comisiones ciudadanas de selección integradas

para ayudar al Consejo de Participación Ciudadana y Control Social en sus funciones de designación?

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función de Transparencia y Control SocialTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 287: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

289

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución de la Contraloría General del Estado

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Investigar denuncias sobre actos u omisiones que afecten a la participación ciudadana o generen corrupción.

Investigar delitos contra la eficiencia y buena marcha de la administración pública

Iniciar procedimientos de auditoría gubernamental y determinación de resposabilidades

Dirigir el sistema de control administrativo que se compone de auditoría interna, auditoría externa

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 212 CRE.- Serán funciones de la Contraloría General del Estado, además de las que determine la ley: 1. Dirigir el

sistema de control administrativo que se compone de auditoría interna, auditoría externa y del control interno de las

entidades del sector público y de las entidades privadas que dispongan de recursos públicos. 2. Determinar

responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal, relacionadas con los aspectos y

gestiones sujetas a su control, sin perjuicio de las funciones que en esta materia sean propias de la Fiscalía General del

Estado. 3. Expedir la normativa para el cumplimiento de sus funciones. 4. Asesorar a los órganos y entidades del Estado

cuando se le solicite.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 288: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

290

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución de la Contraloría General del

Estado

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Investigar denuncias sobre actos u omisiones que afecten a la participación ciudadana o generen

Investigar delitos contra la eficiencia y buena marcha de la administración pública

Iniciar procedimientos de auditoría gubernamental y determinación de resposabilidades

Determinar responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 212 CRE.- Serán funciones de la Contraloría General del Estado, además de las que determine la ley: 1. Dirigir el

sistema de control administrativo que se compone de auditoría interna, auditoría externa y del control interno de las

entidades del sector público y de las entidades privadas que dispongan de recursos públicos. 2. Determinar

responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal, relacionadas con los aspectos

y gestiones sujetas a su control, sin perjuicio de las funciones que en esta materia sean propias de la Fiscalía General

del Estado. 3. Expedir la normativa para el cumplimiento de sus funciones. 4. Asesorar a los órganos y entidades del

Estado cuando se le solicite.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 289: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

291

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Cómo se determina el ámbito y las áreas de control de las

superintendencias?

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Mediante disposición constitucional

Mediante disposición legal

Mediante acto normativo expedido por órgano que ejerce función administrativa

Mediante lineamientos jurisprudenciales Opción Correcta Dificultad Esperada

B Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 213 CRE.- Las superintendencias son organismos técnicos de vigilancia, auditoría, intervención y control de las

actividades económicas, sociales y ambientales, y de los servicios que prestan las entidades públicas y privadas, con

el propósito de que estas actividades y servicios se sujeten al ordenamiento jurídico y atiendan al interés general. Las

superintendencias actuarán de oficio o por requerimiento ciudadano. Las facultades específicas de las

superintendencias y las áreas que requieran del control, auditoría y vigilancia de cada una de ellas se determinarán de

acuerdo con la ley. Las superintendencias serán dirigidas y representadas por las superintendentas o

superintendentes. La ley determinará los requisitos que deban cumplir quienes aspiren a dirigir estas entidades. Las

superintendentas o los superintendentes serán nombrados por el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social

de una terna que enviará la Presidenta o Presidente de la República, conformada con criterios de especialidad y

méritos y sujeta a escrutinio público y derecho de impugnación ciudadana

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 290: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

292

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función de la Defensoría del Pueblo

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Prestar patrocinio judicial a personas que se encuentren en estado indefensión por su condición económica y

social

Brindar un servicio de asesoría jurídica gratuita en todas las materias

Prestar patrocinio judicial de oficio o a petición de parte en garantías jurisdiccionales como la acción de

protección y otras.

Crear un sistema de acreditación de consultoríos jurídicos gratuitos de instituciones de educacion superior

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 215 CRE.- La Defensoría del Pueblo tendrá como funciones la protección y tutela de los derechos de los habitantes

del Ecuador y la defensa de los derechos de las ecuatorianas y ecuatorianos que estén fuera del país. Serán sus

atribuciones, además de las establecidas en la ley, las siguientes: 1. El patrocinio, de oficio o a petición de parte, de las

acciones de protección, hábeas corpus, acceso a la información pública, hábeas data, incumplimiento, acción ciudadana y

los reclamos por mala calidad o indebida prestación de los servicios públicos o privados.

2. Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en materia de protección de los derechos, y solicitar

juzgamiento y sanción ante la autoridad competente, por sus incumplimientos. 3. Investigar y resolver, en el marco de sus

atribuciones, sobre acciones u omisiones de personas naturales o jurídicas que presten servicios públicos.

4. Ejercer y promover la vigilancia del debido proceso, y prevenir, e impedir de inmediato la tortura, el trato cruel,

inhumano y degradante en todas sus formas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 291: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

293

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función de la Defensoría del Pueblo

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Prestar patrocinio judicial a personas que se encuentren en estado indefensión por su condición económica y

Brindar un servicio de asesoría jurídica gratuita en todas las materias

Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en materia de protección de los derechos, y solicitar

Crear un sistema de acreditación de consultoríos jurídicos gratuitos de instituciones de educacion superior

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 215 CRE.- La Defensoría del Pueblo tendrá como funciones la protección y tutela de los derechos de los habitantes

del Ecuador y la defensa de los derechos de las ecuatorianas y ecuatorianos que estén fuera del país. Serán sus

atribuciones, además de las establecidas en la ley, las siguientes: 1. El patrocinio, de oficio o a petición de parte, de las

acciones de protección, hábeas corpus, acceso a la información pública, hábeas data, incumplimiento, acción ciudadana

y los reclamos por mala calidad o indebida prestación de los servicios públicos o privados.

2. Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en materia de protección de los derechos, y solicitar

juzgamiento y sanción ante la autoridad competente, por sus incumplimientos. 3. Investigar y resolver, en el marco de sus

atribuciones, sobre acciones u omisiones de personas naturales o jurídicas que presten servicios públicos.

4. Ejercer y promover la vigilancia del debido proceso, y prevenir, e impedir de inmediato la tortura, el trato cruel,

inhumano y degradante en todas sus formas.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 292: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

294

A)

B)

C)

D)

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaC

2. Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en materia de protección de los derechos, y solicitar juzgamiento

y sanción ante la autoridad competente, por sus incumplimientos. 3. Investigar y resolver, en el marco de sus atribuciones,

sobre acciones u omisiones de personas naturales o jurídicas que presten servicios públicos.

4. Ejercer y promover la vigilancia del debido proceso, y prevenir, e impedir de inmediato la tortura, el trato cruel, inhumano

y degradante en todas sus formas.

Apellido y Nombre

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función de Transparencia y Control SocialTema Especifico

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función de la Defensoría del Pueblo

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Art. 215 CRE.- La Defensoría del Pueblo tendrá como funciones la protección y tutela de los derechos de los habitantes del

Ecuador y la defensa de los derechos de las ecuatorianas y ecuatorianos que estén fuera del país. Serán sus atribuciones,

además de las establecidas en la ley, las siguientes: 1. El patrocinio, de oficio o a petición de parte, de las acciones de

protección, hábeas corpus, acceso a la información pública, hábeas data, incumplimiento, acción ciudadana y los reclamos

por mala calidad o indebida prestación de los servicios públicos o privados.

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Dificultad EsperadaOpción Correcta

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Número de Cédula

Crear un sistema de acreditación de consultoríos jurídicos gratuitos de instituciones de educacion superior

Investigar y resolver sobre acciones u omisiones de personas naturales o jurídicas que presten servicios

públicos

Brindar un servicio de asesoría jurídica gratuita en todas las materias

Prestar patrocinio judicial a personas que se encuentren en estado indefensión por su condición económica y

social

Opciones de Respuesta:

Page 293: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

295

A)

B)

C)

D)

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

4. Ejercer y promover la vigilancia del debido proceso, y prevenir, e impedir de inmediato la tortura, el trato cruel,

inhumano y degradante en todas sus formas.

Número de Cédula

2. Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en materia de protección de los derechos, y solicitar

juzgamiento y sanción ante la autoridad competente, por sus incumplimientos. 3. Investigar y resolver, en el marco de sus

atribuciones, sobre acciones u omisiones de personas naturales o jurídicas que presten servicios públicos.

Ejercer y promover la vigilancia del debido proceso

Brindar un servicio de asesoría jurídica gratuita en todas las materias

Prestar patrocinio judicial a personas que se encuentren en estado indefensión por su condición económica y

social

Opciones de Respuesta:

Art. 215 CRE.- La Defensoría del Pueblo tendrá como funciones la protección y tutela de los derechos de los habitantes

del Ecuador y la defensa de los derechos de las ecuatorianas y ecuatorianos que estén fuera del país. Serán sus

atribuciones, además de las establecidas en la ley, las siguientes: 1. El patrocinio, de oficio o a petición de parte, de las

acciones de protección, hábeas corpus, acceso a la información pública, hábeas data, incumplimiento, acción ciudadana

y los reclamos por mala calidad o indebida prestación de los servicios públicos o privados.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Media

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

C

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Crear un sistema de acreditación de consultoríos jurídicos gratuitos de instituciones de educacion superior

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función de la Defensoría del Pueblo

Apellido y Nombre

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Función de Transparencia y Control SocialTema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Page 294: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

296

A)

B)

C)

D)

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

4. Ejercer y promover la vigilancia del debido proceso, y prevenir, e impedir de inmediato la tortura, el trato cruel,

inhumano y degradante en todas sus formas.

Número de Cédula

2. Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en materia de protección de los derechos, y solicitar

juzgamiento y sanción ante la autoridad competente, por sus incumplimientos. 3. Investigar y resolver, en el marco

de sus atribuciones, sobre acciones u omisiones de personas naturales o jurídicas que presten servicios públicos.

Prevenir, e impedir de inmediato la tortura, el trato cruel, inhumano y degradante en todas sus formas.

Brindar un servicio de asesoría jurídica gratuita en todas las materias

Prestar patrocinio judicial a personas que se encuentren en estado indefensión por su condición

económica y social

Opciones de Respuesta:

Art. 215 CRE.- La Defensoría del Pueblo tendrá como funciones la protección y tutela de los derechos de los

habitantes del Ecuador y la defensa de los derechos de las ecuatorianas y ecuatorianos que estén fuera del país.

Serán sus atribuciones, además de las establecidas en la ley, las siguientes: 1. El patrocinio, de oficio o a petición

de parte, de las acciones de protección, hábeas corpus, acceso a la información pública, hábeas data,

incumplimiento, acción ciudadana y los reclamos por mala calidad o indebida prestación de los servicios públicos

o privados.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Media

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

C

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Crear un sistema de acreditación de consultoríos jurídicos gratuitos de instituciones de educacion

superior

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función de la Defensoría del Pueblo

Apellido y Nombre

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Función de Transparencia y Control SocialTema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Page 295: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

297

A)

B)

C)

D)

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

C

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Crear un sistema de acreditación de consultoríos jurídicos gratuitos de instituciones de educacion

superior

Conocer los reclamos por mala calidad o indebida prestación de los servicios públicos o privados

Brindar un servicio de asesoría jurídica gratuita en todas las materias

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

4. Ejercer y promover la vigilancia del debido proceso, y prevenir, e impedir de inmediato la tortura, el trato cruel,

inhumano y degradante en todas sus formas.

2. Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en materia de protección de los derechos, y solicitar

juzgamiento y sanción ante la autoridad competente, por sus incumplimientos. 3. Investigar y resolver, en el marco

de sus atribuciones, sobre acciones u omisiones de personas naturales o jurídicas que presten servicios públicos.

Art. 215 CRE.- La Defensoría del Pueblo tendrá como funciones la protección y tutela de los derechos de los

habitantes del Ecuador y la defensa de los derechos de las ecuatorianas y ecuatorianos que estén fuera del país.

Serán sus atribuciones, además de las establecidas en la ley, las siguientes: 1. El patrocinio, de oficio o a petición

de parte, de las acciones de protección, hábeas corpus, acceso a la información pública, hábeas data,

incumplimiento, acción ciudadana y los reclamos por mala calidad o indebida prestación de los servicios públicos o

privados.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Prestar patrocinio judicial a personas que se encuentren en estado indefensión por su condición

económica y social

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función de la Defensoría del Pueblo

Base:

Media

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Función de Transparencia y Control SocialTema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Page 296: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

298

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique de los siguientes enunciados, cual no es una función de la

Defensoría del Pueblo

Prestar patrocinio judicial a personas que se encuentren en estado indefensión por su condición económica y

social

Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en materia de protección de los derechos

Conocer los reclamos por mala calidad o indebida prestación de los servicios públicos o privados

Ejercer y promover la vigilancia del debido proceso

Opción Correcta Dificultad Esperada

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 215 CRE.- La Defensoría del Pueblo tendrá como funciones la protección y tutela de los derechos de los habitantes

del Ecuador y la defensa de los derechos de las ecuatorianas y ecuatorianos que estén fuera del país. Serán sus

atribuciones, además de las establecidas en la ley, las siguientes: 1. El patrocinio, de oficio o a petición de parte, de las

acciones de protección, hábeas corpus, acceso a la información pública, hábeas data, incumplimiento, acción ciudadana

y los reclamos por mala calidad o indebida prestación de los servicios públicos o privados.

2. Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en materia de protección de los derechos, y solicitar

juzgamiento y sanción ante la autoridad competente, por sus incumplimientos. 3. Investigar y resolver, en el marco de

sus atribuciones, sobre acciones u omisiones de personas naturales o jurídicas que presten servicios públicos.

4. Ejercer y promover la vigilancia del debido proceso, y prevenir, e impedir de inmediato la tortura, el trato cruel,

inhumano y degradante en todas sus formas.

Page 297: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

299

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique de los siguientes enunciados, cual no es una función de

la Defensoría del Pueblo

Brindar un servicio de asesoría jurídica gratuita en todas las materias

El patrocinio, de oficio o a petición de parte, de las acciones de protección, hábeas corpus, acceso a la

información pública, hábeas data, incumplimiento.

Prevenir, e impedir de inmediato la tortura, el trato cruel, inhumano y degradante en todas sus formas.

Investigar y resolver sobre acciones u omisiones de personas naturales o jurídicas que presten servicios

públicos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 215 CRE.- La Defensoría del Pueblo tendrá como funciones la protección y tutela de los derechos de los

habitantes del Ecuador y la defensa de los derechos de las ecuatorianas y ecuatorianos que estén fuera del país.

Serán sus atribuciones, además de las establecidas en la ley, las siguientes: 1. El patrocinio, de oficio o a petición de

parte, de las acciones de protección, hábeas corpus, acceso a la información pública, hábeas data, incumplimiento,

acción ciudadana y los reclamos por mala calidad o indebida prestación de los servicios públicos o privados.

2. Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en materia de protección de los derechos, y solicitar

juzgamiento y sanción ante la autoridad competente, por sus incumplimientos. 3. Investigar y resolver, en el marco de

sus atribuciones, sobre acciones u omisiones de personas naturales o jurídicas que presten servicios públicos.

4. Ejercer y promover la vigilancia del debido proceso, y prevenir, e impedir de inmediato la tortura, el trato cruel,

inhumano y degradante en todas sus formas.

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300

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique de los siguientes enunciados, cual no es una función de la

Defensoría del Pueblo

Crear un sistema de acreditación de consultoríos jurídicos gratuitos de instituciones de educacion superior

El patrocinio, de oficio o a petición de parte, de las acciones de protección, hábeas corpus, acceso a la

información pública, hábeas data, incumplimiento.

Prevenir, e impedir de inmediato la tortura, el trato cruel, inhumano y degradante en todas sus formas.

Investigar y resolver sobre acciones u omisiones de personas naturales o jurídicas que presten servicios

públicos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 215 CRE.- La Defensoría del Pueblo tendrá como funciones la protección y tutela de los derechos de los habitantes del

Ecuador y la defensa de los derechos de las ecuatorianas y ecuatorianos que estén fuera del país. Serán sus atribuciones,

además de las establecidas en la ley, las siguientes: 1. El patrocinio, de oficio o a petición de parte, de las acciones de

protección, hábeas corpus, acceso a la información pública, hábeas data, incumplimiento, acción ciudadana y los reclamos

por mala calidad o indebida prestación de los servicios públicos o privados.

2. Emitir medidas de cumplimiento obligatorio e inmediato en materia de protección de los derechos, y solicitar juzgamiento

y sanción ante la autoridad competente, por sus incumplimientos. 3. Investigar y resolver, en el marco de sus atribuciones,

sobre acciones u omisiones de personas naturales o jurídicas que presten servicios públicos.

4. Ejercer y promover la vigilancia del debido proceso, y prevenir, e impedir de inmediato la tortura, el trato cruel, inhumano

y degradante en todas sus formas.

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301

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Electoral

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución del Consejo Nacional Electoral

Conocer recursos contencioso electorales sobre las decisiones de la administración electoral

Conocer asuntos litigiosos de las organizaciones políticas

Sancionar el incumplimiento a las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general

por vulneraciones de normas electorales

Organizar los procesos electorales y proclamar los resultados de las elecciones

Opción Correcta Dificultad Esperada

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Art. 219 CRE.- El Consejo Nacional Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes: 1.

Organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente, los procesos electorales, convocar a elecciones,

realizar los cómputos electorales, proclamar los resultados, y posesionar a los ganadores de las elecciones. 2.

Designar los integrantes de los organismos electorales desconcentrados. 3. Controlar la propaganda y el gasto

electoral, conocer y resolver sobre las cuentas que presenten las organizaciones políticas y los candidatos. 4.

Garantizar la transparencia y legalidad de los procesos electorales internos de las organizaciones políticas y las

demás que señale la ley. 5. Presentar propuestas de iniciativa legislativa sobre el ámbito de competencia de la

Función Electoral, con atención a lo sugerido por el Tribunal Contencioso Electoral. 6. Reglamentar la normativa legal

sobre los asuntos de su competencia. 7. Determinar su organización y formular y ejecutar su presupuesto. 8.

Mantener el registro permanente de las organizaciones políticas y de sus directivas, y verificar los procesos de

inscripción. 9. Vigilar que las organizaciones políticas cumplan con la ley, sus reglamentos y sus estatutos. 10.

Ejecutar, administrar y controlar el financiamiento estatal de las campañas electorales y el fondo para las

organizaciones políticas. 11. Conocer y resolver las impugnaciones y reclamos administrativos sobre las resoluciones

de los organismos desconcentrados durante los procesos electorales, e imponer las sanciones que correspondan.

12. Organizar y elaborar el registro electoral del país y en el exterior en coordinación con el Registro Civil. 13.

Organizar el funcionamiento de un instituto de investigación, capacitación y promoción político electoral.

Art. 221 CRE.- El Tribunal Contencioso Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las

siguientes: 1. Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los

organismos desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las organizaciones políticas. 2. Sancionar por

incumplimiento de las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general por vulneraciones de

normas electorales. 3. Determinar su organización, y formular y ejecutar su presupuesto. Sus fallos y resoluciones

constituirán jurisprudencia electoral, y serán de última instancia e inmediato cumplimiento.

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

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302

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Electoral

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución del Consejo Nacional Electoral

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Conocer recursos contencioso electorales sobre las decisiones de la administración electoral

Conocer asuntos litigiosos de las organizaciones políticas

Sancionar el incumplimiento a las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general por

vulneraciones de normas electorales

Realizar los conputos electorales y proclamar los resultados de las elecciones

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 219 CRE.- El Consejo Nacional Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes: 1.

Organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente, los procesos electorales, convocar a elecciones, realizar los

cómputos electorales, proclamar los resultados, y posesionar a los ganadores de las elecciones. 2. Designar los

integrantes de los organismos electorales desconcentrados. 3. Controlar la propaganda y el gasto electoral, conocer y

resolver sobre las cuentas que presenten las organizaciones políticas y los candidatos. 4. Garantizar la transparencia y

legalidad de los procesos electorales internos de las organizaciones políticas y las demás que señale la ley. 5. Presentar

propuestas de iniciativa legislativa sobre el ámbito de competencia de la Función Electoral, con atención a lo sugerido por el

Tribunal Contencioso Electoral. 6. Reglamentar la normativa legal sobre los asuntos de su competencia. 7. Determinar su

organización y formular y ejecutar su presupuesto. 8. Mantener el registro permanente de las organizaciones políticas y de

sus directivas, y verificar los procesos de inscripción. 9. Vigilar que las organizaciones políticas cumplan con la ley, sus

reglamentos y sus estatutos. 10. Ejecutar, administrar y controlar el financiamiento estatal de las campañas electorales y el

fondo para las organizaciones políticas. 11. Conocer y resolver las impugnaciones y reclamos administrativos sobre las

resoluciones de los organismos desconcentrados durante los procesos electorales, e imponer las sanciones que

correspondan. 12. Organizar y elaborar el registro electoral del país y en el exterior en coordinación con el Registro Civil.

13. Organizar el funcionamiento de un instituto de investigación, capacitación y promoción político electoral.

Art. 221 CRE.- El Tribunal Contencioso Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes: 1.

Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los organismos

desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las organizaciones políticas. 2. Sancionar por incumplimiento de las normas

sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general por vulneraciones de normas electorales. 3. Determinar su

organización, y formular y ejecutar su presupuesto. Sus fallos y resoluciones constituirán jurisprudencia electoral, y serán

de última instancia e inmediato cumplimiento.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 301: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

303

A)

B)

C)

D)

23/9/2019Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Posesionar a los ganadores de las elecciones

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución del Consejo Nacional Electoral

Base:

Conocer recursos contencioso electorales sobre las decisiones de la administración electoral

Conocer asuntos litigiosos de las organizaciones políticas

Número de Pregunta:

Art. 219 CRE.- El Consejo Nacional Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes: 1.

Organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente, los procesos electorales, convocar a elecciones,

realizar los cómputos electorales, proclamar los resultados, y posesionar a los ganadores de las elecciones. 2.

Designar los integrantes de los organismos electorales desconcentrados. 3. Controlar la propaganda y el gasto

electoral, conocer y resolver sobre las cuentas que presenten las organizaciones políticas y los candidatos. 4.

Garantizar la transparencia y legalidad de los procesos electorales internos de las organizaciones políticas y las

demás que señale la ley. 5. Presentar propuestas de iniciativa legislativa sobre el ámbito de competencia de la

Función Electoral, con atención a lo sugerido por el Tribunal Contencioso Electoral. 6. Reglamentar la normativa legal

sobre los asuntos de su competencia. 7. Determinar su organización y formular y ejecutar su presupuesto. 8.

Mantener el registro permanente de las organizaciones políticas y de sus directivas, y verificar los procesos de

inscripción. 9. Vigilar que las organizaciones políticas cumplan con la ley, sus reglamentos y sus estatutos. 10.

Ejecutar, administrar y controlar el financiamiento estatal de las campañas electorales y el fondo para las

organizaciones políticas. 11. Conocer y resolver las impugnaciones y reclamos administrativos sobre las resoluciones

de los organismos desconcentrados durante los procesos electorales, e imponer las sanciones que correspondan.

12. Organizar y elaborar el registro electoral del país y en el exterior en coordinación con el Registro Civil. 13.

Organizar el funcionamiento de un instituto de investigación, capacitación y promoción político electoral.

Opciones de Respuesta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Sancionar el incumplimiento a las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general

Art. 221 CRE.- El Tribunal Contencioso Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las

siguientes: 1. Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los

organismos desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las organizaciones políticas. 2. Sancionar por

incumplimiento de las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general por vulneraciones de

normas electorales. 3. Determinar su organización, y formular y ejecutar su presupuesto. Sus fallos y resoluciones

constituirán jurisprudencia electoral, y serán de última instancia e inmediato cumplimiento.

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función ElectoralTema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

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304

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Electoral

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución del Consejo Nacional Electoral

Conocer recursos contencioso electorales sobre las decisiones de la administración electoral

Conocer asuntos litigiosos de las organizaciones políticas

Sancionar el incumplimiento a las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y por

vulneraciones de normas electorales

Designar los integrantes de los organismos electorales desconcentrados

Opción Correcta Dificultad Esperada

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 219 CRE.- El Consejo Nacional Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes: 1.

Organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente, los procesos electorales, convocar a elecciones, realizar

los cómputos electorales, proclamar los resultados, y posesionar a los ganadores de las elecciones. 2. Designar los

integrantes de los organismos electorales desconcentrados. 3. Controlar la propaganda y el gasto electoral, conocer y

resolver sobre las cuentas que presenten las organizaciones políticas y los candidatos. 4. Garantizar la transparencia y

legalidad de los procesos electorales internos de las organizaciones políticas y las demás que señale la ley. 5. Presentar

propuestas de iniciativa legislativa sobre el ámbito de competencia de la Función Electoral, con atención a lo sugerido

por el Tribunal Contencioso Electoral. 6. Reglamentar la normativa legal sobre los asuntos de su competencia. 7.

Determinar su organización y formular y ejecutar su presupuesto. 8. Mantener el registro permanente de las

organizaciones políticas y de sus directivas, y verificar los procesos de inscripción. 9. Vigilar que las organizaciones

políticas cumplan con la ley, sus reglamentos y sus estatutos. 10. Ejecutar, administrar y controlar el financiamiento

estatal de las campañas electorales y el fondo para las organizaciones políticas. 11. Conocer y resolver las

impugnaciones y reclamos administrativos sobre las resoluciones de los organismos desconcentrados durante los

procesos electorales, e imponer las sanciones que correspondan. 12. Organizar y elaborar el registro electoral del país y

en el exterior en coordinación con el Registro Civil. 13. Organizar el funcionamiento de un instituto de investigación,

capacitación y promoción político electoral.

Art. 221 CRE.- El Tribunal Contencioso Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes: 1.

Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los organismos

desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las organizaciones políticas. 2. Sancionar por incumplimiento de las normas

sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general por vulneraciones de normas electorales. 3. Determinar

su organización, y formular y ejecutar su presupuesto. Sus fallos y resoluciones constituirán jurisprudencia electoral, y

serán de última instancia e inmediato cumplimiento.

Page 303: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

305

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Electoral

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución del Consejo Nacional Electoral

Conocer recursos contencioso electorales sobre las decisiones de la administración electoral

Conocer asuntos litigiosos de las organizaciones políticas

Sancionar el incumplimiento a las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y por

vulneraciones de normas electorales

Controlar la propaganda y el gasto electoral

Opción CorrectaDificultad Esperada

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 219 CRE.- El Consejo Nacional Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes:

1. Organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente, los procesos electorales, convocar a elecciones,

realizar los cómputos electorales, proclamar los resultados, y posesionar a los ganadores de las elecciones. 2.

Designar los integrantes de los organismos electorales desconcentrados. 3. Controlar la propaganda y el gasto

electoral, conocer y resolver sobre las cuentas que presenten las organizaciones políticas y los candidatos. 4.

Garantizar la transparencia y legalidad de los procesos electorales internos de las organizaciones políticas y las

demás que señale la ley. 5. Presentar propuestas de iniciativa legislativa sobre el ámbito de competencia de la

Función Electoral, con atención a lo sugerido por el Tribunal Contencioso Electoral. 6. Reglamentar la normativa

legal sobre los asuntos de su competencia. 7. Determinar su organización y formular y ejecutar su presupuesto. 8.

Mantener el registro permanente de las organizaciones políticas y de sus directivas, y verificar los procesos de

inscripción. 9. Vigilar que las organizaciones políticas cumplan con la ley, sus reglamentos y sus estatutos. 10.

Ejecutar, administrar y controlar el financiamiento estatal de las campañas electorales y el fondo para las

organizaciones políticas. 11. Conocer y resolver las impugnaciones y reclamos administrativos sobre las

resoluciones de los organismos desconcentrados durante los procesos electorales, e imponer las sanciones que

correspondan. 12. Organizar y elaborar el registro electoral del país y en el exterior en coordinación con el Registro

Civil. 13. Organizar el funcionamiento de un instituto de investigación, capacitación y promoción político electoral.

Art. 221 CRE.- El Tribunal Contencioso Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las

siguientes: 1. Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los

organismos desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las organizaciones políticas. 2. Sancionar por

incumplimiento de las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general por vulneraciones de

normas electorales. 3. Determinar su organización, y formular y ejecutar su presupuesto. Sus fallos y resoluciones

constituirán jurisprudencia electoral, y serán de última instancia e inmediato cumplimiento.

Page 304: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

306

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Electoral

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución del Consejo Nacional Electoral

Conocer recursos contencioso electorales sobre las decisiones de la administración electoral

Conocer asuntos litigiosos de las organizaciones políticas

Sancionar el incumplimiento a las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y por

Conocer y resolver sobre las cuentas que presenten las organizaciones políticas y los candidatos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 219 CRE.- El Consejo Nacional Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes:

Art. 221 CRE.- El Tribunal Contencioso Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las

Page 305: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

307

A)

B)

C)

D)

Tema Especifico

Opción Correcta

Mantener el registro permanente de las organizaciones políticas y de sus directivas, y verificar los

procesos de inscripción

Sancionar el incumplimiento a las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y por

Conocer asuntos litigiosos de las organizaciones políticas

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución del Consejo Nacional Electoral

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Función Electoral

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 221 CRE.- El Tribunal Contencioso Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las

siguientes: 1. Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los

organismos desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las organizaciones políticas. 2. Sancionar por

incumplimiento de las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general por vulneraciones de

normas electorales. 3. Determinar su organización, y formular y ejecutar su presupuesto. Sus fallos y resoluciones

constituirán jurisprudencia electoral, y serán de última instancia e inmediato cumplimiento.

Art. 219 CRE.- El Consejo Nacional Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes:

1. Organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente, los procesos electorales, convocar a elecciones,

realizar los cómputos electorales, proclamar los resultados, y posesionar a los ganadores de las elecciones. 2.

Designar los integrantes de los organismos electorales desconcentrados. 3. Controlar la propaganda y el gasto

electoral, conocer y resolver sobre las cuentas que presenten las organizaciones políticas y los candidatos. 4.

Garantizar la transparencia y legalidad de los procesos electorales internos de las organizaciones políticas y las

demás que señale la ley. 5. Presentar propuestas de iniciativa legislativa sobre el ámbito de competencia de la

Función Electoral, con atención a lo sugerido por el Tribunal Contencioso Electoral. 6. Reglamentar la normativa

legal sobre los asuntos de su competencia. 7. Determinar su organización y formular y ejecutar su presupuesto. 8.

Mantener el registro permanente de las organizaciones políticas y de sus directivas, y verificar los procesos de

inscripción. 9. Vigilar que las organizaciones políticas cumplan con la ley, sus reglamentos y sus estatutos. 10.

Ejecutar, administrar y controlar el financiamiento estatal de las campañas electorales y el fondo para las

organizaciones políticas. 11. Conocer y resolver las impugnaciones y reclamos administrativos sobre las resoluciones

de los organismos desconcentrados durante los procesos electorales, e imponer las sanciones que correspondan.

12. Organizar y elaborar el registro electoral del país y en el exterior en coordinación con el Registro Civil. 13.

Organizar el funcionamiento de un instituto de investigación, capacitación y promoción político electoral.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dificultad Esperada

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Conocer recursos contencioso electorales sobre las decisiones de la administración electoral

Opciones de Respuesta:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

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308

A)

B)

C)

D)

Tema Especifico

Opción Correcta

Controlar y hacer seguimiento a las organizaciones políticas

Sancionar el incumplimiento a las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y por

Conocer asuntos litigiosos de las organizaciones políticas

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución del Consejo Nacional Electoral

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Función Electoral

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 221 CRE.- El Tribunal Contencioso Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes: 1.

Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los organismos

desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las organizaciones políticas. 2. Sancionar por incumplimiento de las normas

sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general por vulneraciones de normas electorales. 3. Determinar su

organización, y formular y ejecutar su presupuesto. Sus fallos y resoluciones constituirán jurisprudencia electoral, y serán

de última instancia e inmediato cumplimiento.

Art. 219 CRE.- El Consejo Nacional Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes: 1.

Organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente, los procesos electorales, convocar a elecciones, realizar los

cómputos electorales, proclamar los resultados, y posesionar a los ganadores de las elecciones. 2. Designar los

integrantes de los organismos electorales desconcentrados. 3. Controlar la propaganda y el gasto electoral, conocer y

resolver sobre las cuentas que presenten las organizaciones políticas y los candidatos. 4. Garantizar la transparencia y

legalidad de los procesos electorales internos de las organizaciones políticas y las demás que señale la ley. 5. Presentar

propuestas de iniciativa legislativa sobre el ámbito de competencia de la Función Electoral, con atención a lo sugerido por

el Tribunal Contencioso Electoral. 6. Reglamentar la normativa legal sobre los asuntos de su competencia. 7. Determinar su

organización y formular y ejecutar su presupuesto. 8. Mantener el registro permanente de las organizaciones políticas y de

sus directivas, y verificar los procesos de inscripción. 9. Vigilar que las organizaciones políticas cumplan con la ley, sus

reglamentos y sus estatutos. 10. Ejecutar, administrar y controlar el financiamiento estatal de las campañas electorales y el

fondo para las organizaciones políticas. 11. Conocer y resolver las impugnaciones y reclamos administrativos sobre las

resoluciones de los organismos desconcentrados durante los procesos electorales, e imponer las sanciones que

correspondan. 12. Organizar y elaborar el registro electoral del país y en el exterior en coordinación con el Registro Civil.

13. Organizar el funcionamiento de un instituto de investigación, capacitación y promoción político electoral.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dificultad Esperada

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Conocer recursos contencioso electorales sobre las decisiones de la administración electoral

Opciones de Respuesta:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

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309

A)

B)

C)

D)

Tema Especifico

Opción Correcta

Controlar el financiamiento estatal de las campañas electorales y el fondo para las

organizaciones políticas

Sancionar el incumplimiento a las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto

Conocer asuntos litigiosos de las organizaciones políticas

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución del Consejo

Nacional Electoral

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Función Electoral

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 221 CRE.- El Tribunal Contencioso Electoral tendrá, además de las funciones que determine

la ley, las siguientes: 1. Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo

Nacional Electoral y de los organismos desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las

organizaciones políticas. 2. Sancionar por incumplimiento de las normas sobre financiamiento,

propaganda, gasto electoral y en general por vulneraciones de normas electorales. 3. Determinar

su organización, y formular y ejecutar su presupuesto. Sus fallos y resoluciones constituirán

jurisprudencia electoral, y serán de última instancia e inmediato cumplimiento.

Art. 219 CRE.- El Consejo Nacional Electoral tendrá, además de las funciones que determine la

ley, las siguientes: 1. Organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente, los procesos

electorales, convocar a elecciones, realizar los cómputos electorales, proclamar los resultados, y

posesionar a los ganadores de las elecciones. 2. Designar los integrantes de los organismos

electorales desconcentrados. 3. Controlar la propaganda y el gasto electoral, conocer y resolver

sobre las cuentas que presenten las organizaciones políticas y los candidatos. 4. Garantizar la

transparencia y legalidad de los procesos electorales internos de las organizaciones políticas y las

demás que señale la ley. 5. Presentar propuestas de iniciativa legislativa sobre el ámbito de

competencia de la Función Electoral, con atención a lo sugerido por el Tribunal Contencioso

Electoral. 6. Reglamentar la normativa legal sobre los asuntos de su competencia. 7. Determinar

su organización y formular y ejecutar su presupuesto. 8. Mantener el registro permanente de las

organizaciones políticas y de sus directivas, y verificar los procesos de inscripción. 9. Vigilar que

las organizaciones políticas cumplan con la ley, sus reglamentos y sus estatutos. 10. Ejecutar,

administrar y controlar el financiamiento estatal de las campañas electorales y el fondo para las

organizaciones políticas. 11. Conocer y resolver las impugnaciones y reclamos administrativos

sobre las resoluciones de los organismos desconcentrados durante los procesos electorales, e

imponer las sanciones que correspondan. 12. Organizar y elaborar el registro electoral del país y

en el exterior en coordinación con el Registro Civil. 13. Organizar el funcionamiento de un

instituto de investigación, capacitación y promoción político electoral.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dificultad Esperada

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Conocer recursos contencioso electorales sobre las decisiones de la administración

Opciones de Respuesta:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

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310

A)

B)

C)

D)

Tema Especifico

Opción Correcta

Conocer y resolver las impugnaciones y reclamos sobre las resoluciones de los organismos

desconcentrados durante los procesos electoral

Sancionar el incumplimiento a las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y por

vulneraciones de normas electorales

Conocer asuntos litigiosos de las organizaciones políticas

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución del Consejo Nacional Electoral

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Función Electoral

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 221 CRE.- El Tribunal Contencioso Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes: 1.

Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los organismos

desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las organizaciones políticas. 2. Sancionar por incumplimiento de las normas

sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general por vulneraciones de normas electorales. 3. Determinar

su organización, y formular y ejecutar su presupuesto. Sus fallos y resoluciones constituirán jurisprudencia electoral, y

serán de última instancia e inmediato cumplimiento.

Art. 219 CRE.- El Consejo Nacional Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes: 1.

Organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente, los procesos electorales, convocar a elecciones, realizar

los cómputos electorales, proclamar los resultados, y posesionar a los ganadores de las elecciones. 2. Designar los

integrantes de los organismos electorales desconcentrados. 3. Controlar la propaganda y el gasto electoral, conocer y

resolver sobre las cuentas que presenten las organizaciones políticas y los candidatos. 4. Garantizar la transparencia y

legalidad de los procesos electorales internos de las organizaciones políticas y las demás que señale la ley. 5. Presentar

propuestas de iniciativa legislativa sobre el ámbito de competencia de la Función Electoral, con atención a lo sugerido por

el Tribunal Contencioso Electoral. 6. Reglamentar la normativa legal sobre los asuntos de su competencia. 7. Determinar

su organización y formular y ejecutar su presupuesto. 8. Mantener el registro permanente de las organizaciones políticas

y de sus directivas, y verificar los procesos de inscripción. 9. Vigilar que las organizaciones políticas cumplan con la ley,

sus reglamentos y sus estatutos. 10. Ejecutar, administrar y controlar el financiamiento estatal de las campañas

electorales y el fondo para las organizaciones políticas. 11. Conocer y resolver las impugnaciones y reclamos

administrativos sobre las resoluciones de los organismos desconcentrados durante los procesos electorales, e imponer

las sanciones que correspondan. 12. Organizar y elaborar el registro electoral del país y en el exterior en coordinación

con el Registro Civil. 13. Organizar el funcionamiento de un instituto de investigación, capacitación y promoción político

electoral.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dificultad Esperada

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Conocer recursos contencioso electorales sobre las decisiones de la administración electoral

Opciones de Respuesta:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

Page 309: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

311

A)

B)

C)

D)

Tema Especifico

Opción Correcta

Organizar y elaborar el registro electoral del país y en el exterior

Sancionar el incumplimiento a las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y por

Conocer asuntos litigiosos de las organizaciones políticas

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución del Consejo Nacional Electoral

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Función Electoral

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 221 CRE.- El Tribunal Contencioso Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las

siguientes: 1. Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los

organismos desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las organizaciones políticas. 2. Sancionar por

incumplimiento de las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general por vulneraciones de

normas electorales. 3. Determinar su organización, y formular y ejecutar su presupuesto. Sus fallos y resoluciones

constituirán jurisprudencia electoral, y serán de última instancia e inmediato cumplimiento.

Art. 219 CRE.- El Consejo Nacional Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes: 1.

Organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente, los procesos electorales, convocar a elecciones,

realizar los cómputos electorales, proclamar los resultados, y posesionar a los ganadores de las elecciones. 2.

Designar los integrantes de los organismos electorales desconcentrados. 3. Controlar la propaganda y el gasto

electoral, conocer y resolver sobre las cuentas que presenten las organizaciones políticas y los candidatos. 4.

Garantizar la transparencia y legalidad de los procesos electorales internos de las organizaciones políticas y las

demás que señale la ley. 5. Presentar propuestas de iniciativa legislativa sobre el ámbito de competencia de la

Función Electoral, con atención a lo sugerido por el Tribunal Contencioso Electoral. 6. Reglamentar la normativa legal

sobre los asuntos de su competencia. 7. Determinar su organización y formular y ejecutar su presupuesto. 8.

Mantener el registro permanente de las organizaciones políticas y de sus directivas, y verificar los procesos de

inscripción. 9. Vigilar que las organizaciones políticas cumplan con la ley, sus reglamentos y sus estatutos. 10.

Ejecutar, administrar y controlar el financiamiento estatal de las campañas electorales y el fondo para las

organizaciones políticas. 11. Conocer y resolver las impugnaciones y reclamos administrativos sobre las resoluciones

de los organismos desconcentrados durante los procesos electorales, e imponer las sanciones que correspondan.

12. Organizar y elaborar el registro electoral del país y en el exterior en coordinación con el Registro Civil. 13.

Organizar el funcionamiento de un instituto de investigación, capacitación y promoción político electoral.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dificultad Esperada

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Conocer recursos contencioso electorales sobre las decisiones de la administración electoral

Opciones de Respuesta:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

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312

A)

B)

C)

D)

Tema Especifico

Opción Correcta

Organizar y elaborar el registro electoral del país y en el exterior

Conocer y resolver las impugnaciones y reclamos sobre las resoluciones de los organismos desconcentrados

durante los procesos electoral

Controlar la propaganda y el gasto electoral

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución del Tribunal Contencioso Electoral

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Función Electoral

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 221 CRE.- El Tribunal Contencioso Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes: 1.

Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los organismos

desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las organizaciones políticas. 2. Sancionar por incumplimiento de las normas

sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general por vulneraciones de normas electorales. 3. Determinar su

organización, y formular y ejecutar su presupuesto. Sus fallos y resoluciones constituirán jurisprudencia electoral, y serán de

última instancia e inmediato cumplimiento.

Art. 219 CRE.- El Consejo Nacional Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes: 1.

Organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente, los procesos electorales, convocar a elecciones, realizar los

cómputos electorales, proclamar los resultados, y posesionar a los ganadores de las elecciones. 2. Designar los integrantes

de los organismos electorales desconcentrados. 3. Controlar la propaganda y el gasto electoral, conocer y resolver sobre

las cuentas que presenten las organizaciones políticas y los candidatos. 4. Garantizar la transparencia y legalidad de los

procesos electorales internos de las organizaciones políticas y las demás que señale la ley. 5. Presentar propuestas de

iniciativa legislativa sobre el ámbito de competencia de la Función Electoral, con atención a lo sugerido por el Tribunal

Contencioso Electoral. 6. Reglamentar la normativa legal sobre los asuntos de su competencia. 7. Determinar su

organización y formular y ejecutar su presupuesto. 8. Mantener el registro permanente de las organizaciones políticas y de

sus directivas, y verificar los procesos de inscripción. 9. Vigilar que las organizaciones políticas cumplan con la ley, sus

reglamentos y sus estatutos. 10. Ejecutar, administrar y controlar el financiamiento estatal de las campañas electorales y el

fondo para las organizaciones políticas. 11. Conocer y resolver las impugnaciones y reclamos administrativos sobre las

resoluciones de los organismos desconcentrados durante los procesos electorales, e imponer las sanciones que

correspondan. 12. Organizar y elaborar el registro electoral del país y en el exterior en coordinación con el Registro Civil.

13. Organizar el funcionamiento de un instituto de investigación, capacitación y promoción político electoral.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad Esperada

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Conocer recursos contencioso electorales sobre las decisiones de la administración electoral

Opciones de Respuesta:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

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313

A)

B)

C)

D)

Tema Especifico

Opción Correcta

Vigilar que las organizaciones políticas cumplan con la ley

Conocer y resolver las impugnaciones y reclamos sobre las resoluciones de los organismos desconcentrados

durante los procesos electoral

Controlar la propaganda y el gasto electoral

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución del Tribunal Contencioso Electoral

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Función Electoral

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 221 CRE.- El Tribunal Contencioso Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes: 1.

Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los organismos

desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las organizaciones políticas. 2. Sancionar por incumplimiento de las normas

sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general por vulneraciones de normas electorales. 3. Determinar su

organización, y formular y ejecutar su presupuesto. Sus fallos y resoluciones constituirán jurisprudencia electoral, y serán

de última instancia e inmediato cumplimiento.

Art. 219 CRE.- El Consejo Nacional Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes: 1.

Organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente, los procesos electorales, convocar a elecciones, realizar los

cómputos electorales, proclamar los resultados, y posesionar a los ganadores de las elecciones. 2. Designar los

integrantes de los organismos electorales desconcentrados. 3. Controlar la propaganda y el gasto electoral, conocer y

resolver sobre las cuentas que presenten las organizaciones políticas y los candidatos. 4. Garantizar la transparencia y

legalidad de los procesos electorales internos de las organizaciones políticas y las demás que señale la ley. 5. Presentar

propuestas de iniciativa legislativa sobre el ámbito de competencia de la Función Electoral, con atención a lo sugerido por

el Tribunal Contencioso Electoral. 6. Reglamentar la normativa legal sobre los asuntos de su competencia. 7. Determinar

su organización y formular y ejecutar su presupuesto. 8. Mantener el registro permanente de las organizaciones políticas y

de sus directivas, y verificar los procesos de inscripción. 9. Vigilar que las organizaciones políticas cumplan con la ley, sus

reglamentos y sus estatutos. 10. Ejecutar, administrar y controlar el financiamiento estatal de las campañas electorales y

el fondo para las organizaciones políticas. 11. Conocer y resolver las impugnaciones y reclamos administrativos sobre las

resoluciones de los organismos desconcentrados durante los procesos electorales, e imponer las sanciones que

correspondan. 12. Organizar y elaborar el registro electoral del país y en el exterior en coordinación con el Registro Civil.

13. Organizar el funcionamiento de un instituto de investigación, capacitación y promoción político electoral.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad Esperada

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Conocer asuntos litigiosos de las organizaciones políticas

Opciones de Respuesta:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

Page 312: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

314

A)

B)

C)

D)

Tema Especifico

Opción Correcta

Vigilar que las organizaciones políticas cumplan con la ley

Conocer y resolver las impugnaciones y reclamos sobre las resoluciones de los organismos

desconcentrados durante los procesos electoral

Controlar la propaganda y el gasto electoral

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución del Tribunal Contencioso

Electoral

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Función Electoral

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 221 CRE.- El Tribunal Contencioso Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las

siguientes: 1. Conocer y resolver los recursos electorales contra los actos del Consejo Nacional Electoral y de los

organismos desconcentrados, y los asuntos litigiosos de las organizaciones políticas. 2. Sancionar por

incumplimiento de las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en general por vulneraciones de

normas electorales. 3. Determinar su organización, y formular y ejecutar su presupuesto. Sus fallos y resoluciones

constituirán jurisprudencia electoral, y serán de última instancia e inmediato cumplimiento.

Art. 219 CRE.- El Consejo Nacional Electoral tendrá, además de las funciones que determine la ley, las siguientes:

1. Organizar, dirigir, vigilar y garantizar, de manera transparente, los procesos electorales, convocar a elecciones,

realizar los cómputos electorales, proclamar los resultados, y posesionar a los ganadores de las elecciones. 2.

Designar los integrantes de los organismos electorales desconcentrados. 3. Controlar la propaganda y el gasto

electoral, conocer y resolver sobre las cuentas que presenten las organizaciones políticas y los candidatos. 4.

Garantizar la transparencia y legalidad de los procesos electorales internos de las organizaciones políticas y las

demás que señale la ley. 5. Presentar propuestas de iniciativa legislativa sobre el ámbito de competencia de la

Función Electoral, con atención a lo sugerido por el Tribunal Contencioso Electoral. 6. Reglamentar la normativa

legal sobre los asuntos de su competencia. 7. Determinar su organización y formular y ejecutar su presupuesto. 8.

Mantener el registro permanente de las organizaciones políticas y de sus directivas, y verificar los procesos de

inscripción. 9. Vigilar que las organizaciones políticas cumplan con la ley, sus reglamentos y sus estatutos. 10.

Ejecutar, administrar y controlar el financiamiento estatal de las campañas electorales y el fondo para las

organizaciones políticas. 11. Conocer y resolver las impugnaciones y reclamos administrativos sobre las

resoluciones de los organismos desconcentrados durante los procesos electorales, e imponer las sanciones que

correspondan. 12. Organizar y elaborar el registro electoral del país y en el exterior en coordinación con el Registro

Civil. 13. Organizar el funcionamiento de un instituto de investigación, capacitación y promoción político electoral.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad Esperada

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Sancionar por incumplimiento de las normas sobre financiamiento, propaganda, gasto electoral y en

Opciones de Respuesta:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

Page 313: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

315

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Integración del servicio público

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una institución u órgano que integre el sector público

Órganos de las funciones del Estado

Universidades, institutos técnicos, colegios y escuelas privadas

Conferencia Episcopal Ecuatoriana

Ligas barriales Opción Correcta Dificultad Esperada

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Art. 225.- El sector público comprende: 1. Los organismos y dependencias de las funciones Ejecutiva, Legislativa,

Judicial, Electoral y de Transparencia y Control Social. 2. Las entidades que integran el régimen autónomo

descentralizado. 3. Los organismos y entidades creados por la Constitución o la ley para el ejercicio de la potestad

estatal, para la prestación de servicios públicos o para desarrollar actividades económicas asumidas por el Estado. 4.

Las personas jurídicas creadas por acto normativo de los gobiernos autónomos descentralizados para la prestación

de servicios públicos.

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Page 314: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

316

A)

B)

C)

D)

Iniciar procedimientos de auditoría gubernamental y determinación de resposabilidades

Investigar delitos contra la eficiencia y buena marcha de la administración pública

La representación judicial del Estado

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 237.- Corresponderá a la Procuradora o Procurador General del Estado, además de las otras funciones que

determine la ley: 1. La representación judicial del Estado.

2. El patrocinio del Estado y de sus instituciones. 3. El asesoramiento legal y la absolución de las consultas

jurídicas a los organismos y entidades del sector público con carácter vinculante, sobre la inteligencia o

aplicación de la ley, en aquellos temas en que la Constitución o la ley no otorguen competencias a otras

autoridades u organismos. 4. Controlar con sujeción a la ley los actos y contratos que suscriban los organismos

y entidades del sector público.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Determinar responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función del Procurador General del Estado.

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Procuraduría General del EstadoTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 315: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

317

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Procuraduría General del Estado

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función del Procurador General del Estado.

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

El patrocinio del Estado y de sus instituciones.

Investigar delitos contra la eficiencia y buena marcha de la administración pública

Iniciar procedimientos de auditoría gubernamental y determinación de resposabilidades

Determinar responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penalOpción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 237.- Corresponderá a la Procuradora o Procurador General del Estado, además de las otras funciones que

determine la ley: 1. La representación judicial del Estado.

2. El patrocinio del Estado y de sus instituciones. 3. El asesoramiento legal y la absolución de las consultas jurídicas

a los organismos y entidades del sector público con carácter vinculante, sobre la inteligencia o aplicación de la ley, en

aquellos temas en que la Constitución o la ley no otorguen competencias a otras autoridades u organismos. 4.

Controlar con sujeción a la ley los actos y contratos que suscriban los organismos y entidades del sector público.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 316: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

318

A)

B)

C)

D)

23/9/2019Fecha de Elaboración:

DATOS DEL AUTOR

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Determinar responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función del Procurador General del Estado.

Base:

Controlar con sujeción a la ley los actos y contratos que suscriban los organismos y entidades del

sector público.

Investigar delitos contra la eficiencia y buena marcha de la administración pública

Número de Pregunta:

Art. 237.- Corresponderá a la Procuradora o Procurador General del Estado, además de las otras funciones que

determine la ley: 1. La representación judicial del Estado.

Opciones de Respuesta:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Iniciar procedimientos de auditoría gubernamental y determinación de resposabilidades

2. El patrocinio del Estado y de sus instituciones. 3. El asesoramiento legal y la absolución de las consultas

jurídicas a los organismos y entidades del sector público con carácter vinculante, sobre la inteligencia o aplicación

de la ley, en aquellos temas en que la Constitución o la ley no otorguen competencias a otras autoridades u

organismos. 4. Controlar con sujeción a la ley los actos y contratos que suscriban los organismos y entidades del

sector público.

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Procuraduría General del EstadoTema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Page 317: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

319

A)

B)

C)

D)

Tema Especifico

Opción Correcta

Determinar responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de responsabilidad penal

Iniciar procedimientos de auditoría gubernamental y determinación de resposabilidades

Investigar delitos contra la eficiencia y buena marcha de la administración pública

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función del Procurador General del Estado.

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Procuraduría General del Estado

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

2. El patrocinio del Estado y de sus instituciones. 3. El asesoramiento legal y la absolución de las consultas

jurídicas a los organismos y entidades del sector público con carácter vinculante, sobre la inteligencia o aplicación

de la ley, en aquellos temas en que la Constitución o la ley no otorguen competencias a otras autoridades u

organismos. 4. Controlar con sujeción a la ley los actos y contratos que suscriban los organismos y entidades del

sector público.

Art. 237.- Corresponderá a la Procuradora o Procurador General del Estado, además de las otras funciones que

determine la ley: 1. La representación judicial del Estado.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad Esperada

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

El asesoramiento legal y la absolución de las consultas jurídicas a los organismos y entidades del

sector público con carácter vinculante.

Opciones de Respuesta:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

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320

A)

B)

C)

D)

Tema Especifico

Opción Correcta

Cuando se hayan predeterminado responsabilidades administrativas y civiles culposas e indicios de

responsabilidad penal

Cuando no se pueda presentar una consulta en la justicia ordinaria

Cuando no se pueda presentar una consulta ante la Corte Constitucional

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Cuándo procede el asesoramiento legal y la absolución de las

consultas jurídicas a los organismos y entidades del sector público con carácter vinculante por parte de la

Procuraduría General del Estado

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Procuraduría General del Estado

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

2. El patrocinio del Estado y de sus instituciones. 3. El asesoramiento legal y la absolución de las consultas jurídicas

a los organismos y entidades del sector público con carácter vinculante, sobre la inteligencia o aplicación de la ley,

en aquellos temas en que la Constitución o la ley no otorguen competencias a otras autoridades u organismos. 4.

Controlar con sujeción a la ley los actos y contratos que suscriban los organismos y entidades del sector público.

Art. 237.- Corresponderá a la Procuradora o Procurador General del Estado, además de las otras funciones que

determine la ley: 1. La representación judicial del Estado.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad Esperada

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Cuando la Constitución o la ley no otorguen competencias a otras autoridades u organismos

Opciones de Respuesta:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

Page 319: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

321

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Procuraduría General del Estado

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un requsiito para poder ser candidato a Presidente o

Vicepresidente de la República

Tener la nacionalidad ecuatoriana por nacimiento

Tener la nacionalidad ecutoriana por naturalización

Tener la nacionalidad ecuatoriana por nacimiento o naturalización

Ser extranjero domiciliado en el país por más de diez años Opción Correcta Dificultad Esperada

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Art. 142.- La Presidenta o Presidente de la República debe ser ecuatoriano por nacimiento, haber cumplido treinta y

cinco años de edad a la fecha de inscripción de su candidatura, estar en goce de los derechos políticos y no

encontrarse incurso en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones establecidas en la Constitución.

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Page 320: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

322

A)

B)

C)

D)

Tener mínimo 18 años

Tener mínimo 25 años

Tener mínimo 35 años

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 142.- La Presidenta o Presidente de la República debe ser ecuatoriano por nacimiento, haber cumplido treinta y cinco

años de edad a la fecha de inscripción de su candidatura, estar en goce de los derechos políticos y no encontrarse

incurso en ninguna de las inhabilidades o prohibiciones establecidas en la Constitución.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Tener 10 años de ejercicio profesional en materias jurídicas.

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un requsiito para poder ser candidato a Presidente o

Vicepresidente de la República

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Procuraduría General del EstadoTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 321: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

323

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Mediación

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique el método alternativo de solución de conflictos que se

aplica en materia de contratación pública:

Opciones de Respuesta:

Arbitraje en equidad

Concialiación

Comprensión

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Arbitraje en derecho

Opción Correcta Dificultad Esperada

D

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 190 CRE.- Se reconoce el arbitraje, la mediación y otros procedimientos alternativos para la solución de

conflictos. Estos procedimientos se aplicarán con sujeción a la ley, en materias en las que por su naturaleza se

pueda transigir. En la contratación pública procederá el arbitraje en derecho, previo pronunciamiento favorable de

la Procuraduría General del Estado, conforme a las condiciones establecidas en la ley.

Media

Page 322: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

324

A)

B)

C)

D)

No haber realizado procedimiento de mediación

Dictámen favorable del SERCOP

No haber realizado arbitraje en equidad

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 190 CRE.- Se reconoce el arbitraje, la mediación y otros procedimientos alternativos para la solución de

conflictos. Estos procedimientos se aplicarán con sujeción a la ley, en materias en las que por su naturaleza se

pueda transigir. En la contratación pública procederá el arbitraje en derecho, previo pronunciamiento favorable de la

Procuraduría General del Estado, conforme a las condiciones establecidas en la ley.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Pronunciamiento favorable de la Procuraduría General del Estado

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique el habilitante para realizar arbitraje en deerecho en

materia de contratación pública.

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función Judicial y Justicia Indígena Tema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 323: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

325

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique el mecanismo a través del cual se forma la

jurisprudencia vinculante emanada del pleno de la Corte Nacional de Justicia.

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Voto de mayoría de los integrantes del Pleno

Existencia de precedente jurisprudencial obligatorio emanado de la Corte Constitucional

Fallo de triple reinteración emitidio por Salas Especializadas de la Corte sobre mismo punto de derecho

Pronunciamiento solicitante de la Procuraduría General del Estado

Opción Correcta Dificultad Esperada

C Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 185 CRE.- Las sentencias emitidas por las salas especializadas de la Corte Nacional de Justicia que reiteren

por tres ocasiones la misma opinión sobre un mismo punto, obligarán a remitir el fallo al pleno de la Corte a fin de

que ésta delibere y decida en el plazo de hasta sesenta días sobre su conformidad. Si en dicho plazo no se

pronuncia, o sí ratifica el criterio, esta opinión constituirá jurisprudencia obligatoria.

La jueza o juez ponente para cada sentencia será designado mediante sorteo y deberá observar la jurisprudencia

obligatoria establecida de manera precedente. Para cambiar el criterio jurisprudencial obligatorio la jueza o juez

ponente se sustentará en razones jurídicas motivadas que justifiquen el cambio, y su fallo deberá ser aprobado de

forma unánime por la sala.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 324: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

326

A)

B)

C)

D)

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaC

Art. 171 CRE.- Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones

jurisdiccionales, con base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con

garantía de participación y decisión de las mujeres. Las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para

la solución de sus conflictos internos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos

reconocidos en instrumentos internacionales. El Estado garantizará que las decisiones de la jurisdicción indígena

sean respetadas por las instituciones y autoridades públicas. Dichas decisiones estarán sujetas al control de

constitucionalidad. La ley establecerá los mecanismos de coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena y

la jurisdicción ordinaria.

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función Judicial y Justicia Indígena Tema Especifico

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique el mecanismo a través del cual se ejerce control sobre

las decisiones que se toman por parte de la jurisdicción indígena:

Dificultad EsperadaOpción Correcta

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Control administrativo por parte de la Procuraduría General del Estado

Control de constitucionalidad por parte de la Corte Constitucional

Control administrativo por parte del Consejo de Igualdad Intergeneracional

Control judicial por parte del Pleno de la Corte Nacional de Justicia

Opciones de Respuesta:

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Page 325: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

327

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Judicial y Justicia Indígena

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República y el precedente jurisprudencial emitido por la Corte Constitucional:

Identifique los delitos que estan excluidos jurisdicción indígena:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Delitos contra la vida

Delitos contra la integridad sexual

Delitos contra la propiedad

Delitos contra la administración pública

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Sentencia 113-14-SEP-CC. Registro Oficial Suplemento 323 de 1 de Septiembre de 2014 Art. 171

CRE.- Las autoridades de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas ejercerán funciones jurisdiccionales, con

base en sus tradiciones ancestrales y su derecho propio, dentro de su ámbito territorial, con garantía de participación y

decisión de las mujeres. Las autoridades aplicarán normas y procedimientos propios para la solución de sus conflictos

internos, y que no sean contrarios a la Constitución y a los derechos humanos reconocidos en instrumentos

internacionales. El Estado garantizará que las decisiones de la jurisdicción indígena sean respetadas por las instituciones

y autoridades públicas. Dichas decisiones estarán sujetas al control de constitucionalidad. La ley establecerá los

mecanismos de coordinación y cooperación entre la jurisdicción indígena y la jurisdicción ordinaria.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 326: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

328

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función de Transparencia y Control Social

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique el ámbito de control de los órganos de la Función de

Transparencia y Control Social

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Personas jurídicas privadas que prestan servicios públicos

Sociedades mercantiles

Ligas barriales y consejos comunales

Consejos estudiantiles de colegios Opción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 204 CRE.- El pueblo es el mandante y primer fiscalizador del poder público, en ejercicio de su derecho a la

participación. La Función de Transparencia y Control Social promoverá e impulsará el control de las entidades y

organismos del sector público, y de las personas naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios o

desarrollen actividades de interés público, para que los realicen con responsabilidad, transparencia y equidad;

fomentará e incentivará la participación ciudadana; protegerá el ejercicio y cumplimiento de los derechos; y

prevendrá y combatirá la corrupción. La Función de Transparencia y Control Social estará formada por el Consejo

de Participación Ciudadana y Control Social, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General del Estado y las

superintendencias. Estas entidades tendrán personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera,

presupuestaria y organizativa.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 327: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

329

A)

B)

C)

D)

Ligas barriales y consejos comunales

Sociedades mercantiles

Organismos públicos

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 204 CRE.- El pueblo es el mandante y primer fiscalizador del poder público, en ejercicio de su derecho a la

participación. La Función de Transparencia y Control Social promoverá e impulsará el control de las entidades y

organismos del sector público, y de las personas naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios o

desarrollen actividades de interés público, para que los realicen con responsabilidad, transparencia y equidad; fomentará e

incentivará la participación ciudadana; protegerá el ejercicio y cumplimiento de los derechos; y prevendrá y combatirá la

corrupción. La Función de Transparencia y Control Social estará formada por el Consejo de Participación Ciudadana y

Control Social, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría General del Estado y las superintendencias. Estas entidades

tendrán personalidad jurídica y autonomía administrativa, financiera, presupuestaria y organizativa.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Consejos estudiantiles de colegios

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique el ámbito de control de los órganos de la Función de

Transparencia y Control Social

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función de Transparencia y Control SocialTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 328: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

330

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Cuándo no es necesario la realización de una segunda vuelta

electoral en elección de presidente y vicepresidente de la República?

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

si el binomio que consiguió el primer lugar obtiene al menos el cuarenta por ciento de los votos válidos y

una diferencia mayor de diez puntos porcentuales sobre la votación lograda por el binomio ubicado en el

segundo lugar

si el binomio que consiguió el primer lugar obtiene al menos el treinta por ciento de los votos válidos y una

diferencia mayor de cinco puntos porcentuales sobre la votación lograda por el binomio ubicado en el

segundo lugar

si el binomio que consiguió el primer lugar obtiene al menos el veinte y cinco por ciento de los votos

válidos y una diferencia mayor de quince puntos porcentuales sobre la votación lograda por el binomio

ubicado en el segundo lugar

si el binomio que consiguió el primer lugar obtiene la mayoría absoluta de los votos válidos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 143.- Las candidaturas a la Presidencia y a la Vicepresidencia de la República constarán en la misma papeleta.

La Presidenta o Presidente y la Vicepresidenta o Vicepresidente serán elegidos por mayoría absoluta de votos válidos

emitidos. Si en la primera votación ningún binomio hubiera logrado mayoría absoluta, se realizará una segunda vuelta

electoral dentro de los siguientes cuarenta y cinco días, y en ella participarán los dos binomios más votados en la

primera vuelta. No será necesaria la segunda votación si el binomio que consiguió el primer lugar obtiene al menos el

cuarenta por ciento de los votos válidos y una diferencia mayor de diez puntos porcentuales sobre la votación lograda

por el binomio ubicado en el segundo lugar.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 329: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

331

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Cuándo es necesario una segunda vuelta electoral en elección

de presidente y vicepresidente de la República?

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Si en la primera votación ningún binomio hubiera logrado mayoría absoluta.

Si se cancela la primera vuelta por cuestiones de nulidad

Si el binomio que consiguió el primer lugar obtiene al menos el veinte y cinco por ciento de los votos

válidos y una diferencia mayor de quince puntos porcentuales sobre la votación lograda por el binomio

ubicado en el segundo lugar

Si el binomio que consiguió el primer lugar obtiene al menos el treinta por ciento de los votos válidos y

una diferencia mayor de cinco puntos porcentuales sobre la votación lograda por el binomio ubicado en

el segundo lugar

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 143.- Las candidaturas a la Presidencia y a la Vicepresidencia de la República constarán en la misma

papeleta. La Presidenta o Presidente y la Vicepresidenta o Vicepresidente serán elegidos por mayoría absoluta de

votos válidos emitidos. Si en la primera votación ningún binomio hubiera logrado mayoría absoluta, se realizará una

segunda vuelta electoral dentro de los siguientes cuarenta y cinco días, y en ella participarán los dos binomios más

votados en la primera vuelta. No será necesaria la segunda votación si el binomio que consiguió el primer lugar

obtiene al menos el cuarenta por ciento de los votos válidos y una diferencia mayor de diez puntos porcentuales

sobre la votación lograda por el binomio ubicado en el segundo lugar.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 330: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

332

A)

B)

C)

D)

Si el binomio que consiguió el primer lugar obtiene al menos el veinte y cinco por ciento de los votos

Si se cancela la primera vuelta por cuestiones de nulidad

Si en la primera votación ningún binomio hubiera logrado mayoría absoluta.

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 143.- Las candidaturas a la Presidencia y a la Vicepresidencia de la República constarán en la misma papeleta.

La Presidenta o Presidente y la Vicepresidenta o Vicepresidente serán elegidos por mayoría absoluta de votos válidos

emitidos. Si en la primera votación ningún binomio hubiera logrado mayoría absoluta, se realizará una segunda vuelta

electoral dentro de los siguientes cuarenta y cinco días, y en ella participarán los dos binomios más votados en la

primera vuelta. No será necesaria la segunda votación si el binomio que consiguió el primer lugar obtiene al menos el

cuarenta por ciento de los votos válidos y una diferencia mayor de diez puntos porcentuales sobre la votación lograda

por el binomio ubicado en el segundo lugar.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Si el binomio que consiguió el primer lugar obtiene al menos el treinta por ciento de los votos válidos y

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Cuándo es necesario una segunda vuelta electoral en elección de

presidente y vicepresidente de la República?

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 331: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

333

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Hasta cuando un ex presidente de la República debe comunicar

a la Asamblea Nacional que va salir del país?

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Durante toda su vida

Hasta un año de concluido su período

Hasta dos años concluido su período

No tiene que comunicar absolutamente nadaOpción Correcta Dificultad Esperada

B Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 144.- El período de gobierno de la Presidenta o Presidente de la República se iniciará dentro de los diez días

posteriores a la instalación de la Asamblea Nacional, ante la cual prestará juramento. En caso de que la Asamblea

Nacional se encuentre instalada, el período de gobierno se iniciará dentro de los cuarenta y cinco días posteriores

a la proclamación de los resultados electorales. La Presidenta o Presidente de la República permanecerá cuatro

años en sus funciones y podrá ser reelecto por una sola vez. La Presidenta o Presidente de la República, durante

su mandato y hasta un año después de haber cesado en sus funciones, deberá comunicar a la Asamblea Nacional,

con antelación a su salida, el periodo y las razones de su ausencia del país.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 332: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

334

A)

B)

C)

D)

El 10 de agosto del año de la elección

El 24 de mayo del año de elección

Cuarenta y cinco días posteriores a la proclamación de los resultados electorales

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 144.- El período de gobierno de la Presidenta o Presidente de la República se iniciará dentro de los diez días

posteriores a la instalación de la Asamblea Nacional, ante la cual prestará juramento. En caso de que la Asamblea

Nacional se encuentre instalada, el período de gobierno se iniciará dentro de los cuarenta y cinco días posteriores a

la proclamación de los resultados electorales. La Presidenta o Presidente de la República permanecerá cuatro años

en sus funciones y podrá ser reelecto por una sola vez. La Presidenta o Presidente de la República, durante su

mandato y hasta un año después de haber cesado en sus funciones, deberá comunicar a la Asamblea Nacional,

con antelación a su salida, el periodo y las razones de su ausencia del país.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Treinta y cinco días posteriores a la proclamación de los resultados electorales

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Cuándo inicia el período de gobierno de gobierno del Presidente

de la República ?

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 333: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

335

A)

B)

C)

D)

Por auto de llamamiento a juicio penal

Por informe de predeterminación de las responsabilidades

Por terminación del período

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 145.- La Presidenta o Presidente de la República cesará en sus funciones y dejará vacante el cargo en los casos

siguientes:

1. Por terminación del período presidencial.

2. Por renuncia voluntaria aceptada por la Asamblea Nacional.

3. Por destitución, de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución.

4. Por incapacidad física o mental permanente que le impida ejercer el cargo, certificada de acuerdo con la ley por un

comité de médicos especializados, y declarada por la Asamblea Nacional con los votos de las dos terceras partes de

sus integrantes.

5. Por abandono del cargo, comprobado por la Corte Constitucional y declarado por la Asamblea Nacional con los

votos de las dos terceras partes de sus integrantes.

6. Por revocatoria del mandato, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Constitución.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Por decisión del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un caso en donde el Presidente de la República cesa en

funciones y deja vacante el cargo:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 334: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

336

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un caso en donde el Presidente de la República cesa en funciones y deja

vacante el cargo:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Por renuncia aceptada por la Asamblea Nacional

Por informe de predeterminación de las responsabilidades

Por auto de llamamiento a juicio penal

Por decisión del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 145.- La Presidenta o Presidente de la República cesará en sus funciones y dejará vacante el cargo en los casos siguientes:

1. Por terminación del período presidencial.

2. Por renuncia voluntaria aceptada por la Asamblea Nacional.

3. Por destitución, de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución.

4. Por incapacidad física o mental permanente que le impida ejercer el cargo, certificada de acuerdo con la ley por un comité de médicos

especializados, y declarada por la Asamblea Nacional con los votos de las dos terceras partes de sus integrantes.

5. Por abandono del cargo, comprobado por la Corte Constitucional y declarado por la Asamblea Nacional con los votos de las dos

terceras partes de sus integrantes.

6. Por revocatoria del mandato, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Constitución.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 335: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

337

A)

B)

C)

D)

6. Por revocatoria del mandato, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Constitución.

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

3. Por destitución, de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución.

4. Por incapacidad física o mental permanente que le impida ejercer el cargo, certificada de acuerdo con la ley

por un comité de médicos especializados, y declarada por la Asamblea Nacional con los votos de las dos terceras

partes de sus integrantes.

1. Por terminación del período presidencial.

2. Por renuncia voluntaria aceptada por la Asamblea Nacional.

Art. 145.- La Presidenta o Presidente de la República cesará en sus funciones y dejará vacante el cargo en los

casos siguientes:

5. Por abandono del cargo, comprobado por la Corte Constitucional y declarado por la Asamblea Nacional con los

votos de las dos terceras partes de sus integrantes.

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Por decisión del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas

Por auto de llamamiento a juicio penal

Por informe de predeterminación de las responsabilidades

Por destitución

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

Comprensión

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un caso en donde el Presidente de la República cesa

en funciones y deja vacante el cargo:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Page 336: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

338

A)

B)

C)

D)

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un caso en donde el Presidente de la República cesa

en funciones y deja vacante el cargo:

Art. 145.- La Presidenta o Presidente de la República cesará en sus funciones y dejará vacante el cargo en los

casos siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad Esperada

Por discapacidad física o mental

Opciones de Respuesta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

6. Por revocatoria del mandato, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Constitución.

5. Por abandono del cargo, comprobado por la Corte Constitucional y declarado por la Asamblea Nacional con los

votos de las dos terceras partes de sus integrantes.

4. Por incapacidad física o mental permanente que le impida ejercer el cargo, certificada de acuerdo con la ley por

un comité de médicos especializados, y declarada por la Asamblea Nacional con los votos de las dos terceras

partes de sus integrantes.

3. Por destitución, de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución.

Opción Correcta

Por decisión del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas

Por auto de llamamiento a juicio penal

Por informe de predeterminación de las responsabilidades

2. Por renuncia voluntaria aceptada por la Asamblea Nacional.

1. Por terminación del período presidencial.

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Page 337: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

339

A)

B)

C)

D)

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un caso en donde el Presidente de la República cesa en

funciones y deja vacante el cargo:

Art. 145.- La Presidenta o Presidente de la República cesará en sus funciones y dejará vacante el cargo en los casos

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad Esperada

Por abandono del cargo

Opciones de Respuesta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

6. Por revocatoria del mandato, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Constitución.

5. Por abandono del cargo, comprobado por la Corte Constitucional y declarado por la Asamblea Nacional con los

votos de las dos terceras partes de sus integrantes.

4. Por incapacidad física o mental permanente que le impida ejercer el cargo, certificada de acuerdo con la ley por un

comité de médicos especializados, y declarada por la Asamblea Nacional con los votos de las dos terceras partes de

sus integrantes.

3. Por destitución, de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución.

Opción Correcta

Por decisión del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas

Por auto de llamamiento a juicio penal

Por informe de predeterminación de las responsabilidades

2. Por renuncia voluntaria aceptada por la Asamblea Nacional.

1. Por terminación del período presidencial.

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

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340

A)

B)

C)

D)

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un caso en donde el Presidente de la República cesa en funciones y deja vacante el cargo:

Art. 145.- La Presidenta o Presidente de la República cesará en sus funciones y dejará vacante el cargo en los casos siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad Esperada

Por revocatoria del mandato

Opciones de Respuesta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

6. Por revocatoria del mandato, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Constitución.

5. Por abandono del cargo, comprobado por la Corte Constitucional y declarado por la Asamblea Nacional con los votos de las dos terceras partes de

sus integrantes.

4. Por incapacidad física o mental permanente que le impida ejercer el cargo, certificada de acuerdo con la ley por un comité de médicos especializados,

y declarada por la Asamblea Nacional con los votos de las dos terceras partes de sus integrantes.

3. Por destitución, de acuerdo a lo dispuesto en la Constitución.

Opción Correcta

Por decisión del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas

Por auto de llamamiento a juicio penal

Por informe de predeterminación de las responsabilidades

2. Por renuncia voluntaria aceptada por la Asamblea Nacional.

1. Por terminación del período presidencial.

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Page 339: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

341

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:

Art. 147.- Son atribuciones y deberes de la Presidenta o Presidente de la República, además de los que determine

la ley: 4. Presentar al Consejo Nacional de Planificación la propuesta del Plan Nacional de Desarrollo para su

aprobación.

Derecho ConstitucionalEje Temático

Conocer y resolver el recurso extraordinaria de casacion

Incentivar la participaciñon ciudadana y el control social

Opciones de Respuesta:

Realizar el control de constitucionalidad de proyectos de ley durante el veto

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

Número de Pregunta:

Presentar al Consejo Nacional de Planificación la propuesta del Plan Nacional de Desarrollo para su

aprobación.

Número de CédulaApellido y Nombre Especialidad

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una atribución o un deber del Presidente de la

República:

Tema Especifico

Page 340: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

342

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Conocer y resolver el recurso extraordinaria de casacion y el recurso extraordinario de revisión

Realizar el control de constitucionalidad de proyectos de ley durante el veto presidencial

18. Indultar, rebajar o conmutar las penas, de acuerdo con la ley.

DATOS DEL AUTOR

13. Expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes, sin contravenirlas ni alterarlas, así como los que

convengan a la buena marcha de la administración.

14. Convocar a consulta popular en los casos y con los requisitos previstos en la Constitución.

15. Convocar a la Asamblea Nacional a períodos extraordinarios de sesiones, con determinación de los asuntos

específicos que se conocerán.

16. Ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y designar a los integrantes del alto

mando militar y policial.

17. Velar por el mantenimiento de la soberanía, de la independencia del Estado, del orden interno y de la seguridad

pública, y ejercer la dirección política de la defensa nacional.

Tema Especifico

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una atribución o un deber del Presidente de la República:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Incentivar la participaciñon ciudadana y el control social

Dirigir la administración pública en forma desconcentrada y expedir los decretos necesarios para su

Opciones de Respuesta:

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Art. 147.- Son atribuciones y deberes de la Presidenta o Presidente de la República, además de los que determine la ley:

1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los tratados internacionales y las demás normas jurídicas dentro del

ámbito de su competencia. 2. Presentar al momento de su posesión ante la Asamblea Nacional los lineamientos

fundamentales de las políticas y acciones que desarrollará durante su ejercicio. 3. Definir y dirigir las políticas públicas de

la Función Ejecutiva. 4. Presentar al Consejo Nacional de Planificación la propuesta del Plan Nacional de Desarrollo para

su aprobación. 5. Dirigir la administración pública en forma desconcentrada y expedir los decretos necesarios para su

integración, organización, regulación y control. 6. Crear, modificar y suprimir los ministerios, entidades e instancias de

coordinación.

7. Presentar anualmente a la Asamblea Nacional, el informe sobre el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y los

objetivos que el gobierno se propone alcanzar durante el año siguiente. 8. Enviar la proforma del Presupuesto General del

Estado a la Asamblea Nacional, para su aprobación. 9. Nombrar y remover a las ministras y ministros de Estado y a las

demás servidoras y servidores públicos cuya nominación le corresponda. 10. Definir la política exterior, suscribir y ratificar

los tratados internacionales, nombrar y remover a embajadores y jefes de misión. 11. Participar con iniciativa legislativa en

el proceso de formación de las leyes. 12. Sancionar los proyectos de ley aprobados por la Asamblea Nacional y ordenar

su promulgación en el Registro Oficial.

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de Cédula

Derecho ConstitucionalEje Temático

Apellido y Nombre

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva

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343

A)

B)

C)

D)

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una atribución o un deber del Presidente de la República:

Art. 147.- Son atribuciones y deberes de la Presidenta o Presidente de la República, además de los que determine la ley: 1. Cumplir y hacer cumplir la

Constitución, las leyes, los tratados internacionales y las demás normas jurídicas dentro del ámbito de su competencia. 2. Presentar al momento de su posesión

ante la Asamblea Nacional los lineamientos fundamentales de las políticas y acciones que desarrollará durante su ejercicio. 3. Definir y dirigir las políticas

públicas de la Función Ejecutiva. 4. Presentar al Consejo Nacional de Planificación la propuesta del Plan Nacional de Desarrollo para su aprobación. 5. Dirigir la

administración pública en forma desconcentrada y expedir los decretos necesarios para su integración, organización, regulación y control. 6. Crear, modificar y

suprimir los ministerios, entidades e instancias de coordinación.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad Esperada

Definir la política exterior, suscribir y ratificar los tratados internacionales

Opciones de Respuesta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

18. Indultar, rebajar o conmutar las penas, de acuerdo con la ley.

17. Velar por el mantenimiento de la soberanía, de la independencia del Estado, del orden interno y de la seguridad pública, y ejercer la dirección política de la

defensa nacional.

16. Ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y designar a los integrantes del alto mando militar y policial.

15. Convocar a la Asamblea Nacional a períodos extraordinarios de sesiones, con determinación de los asuntos específicos que se conocerán.

Opción Correcta

Conocer y resolver el recurso extraordinaria de casacion y el recurso extraordinario de revisión

Realizar el control de constitucionalidad de proyectos de ley durante el veto presidencial

Incentivar la participaciñon ciudadana y el control social

14. Convocar a consulta popular en los casos y con los requisitos previstos en la Constitución.

13. Expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes, sin contravenirlas ni alterarlas, así como los que convengan a la buena marcha de la

administración.

7. Presentar anualmente a la Asamblea Nacional, el informe sobre el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y los objetivos que el gobierno se propone

alcanzar durante el año siguiente. 8. Enviar la proforma del Presupuesto General del Estado a la Asamblea Nacional, para su aprobación. 9. Nombrar y remover

a las ministras y ministros de Estado y a las demás servidoras y servidores públicos cuya nominación le corresponda. 10. Definir la política exterior, suscribir y

ratificar los tratados internacionales, nombrar y remover a embajadores y jefes de misión. 11. Participar con iniciativa legislativa en el proceso de formación de

las leyes. 12. Sancionar los proyectos de ley aprobados por la Asamblea Nacional y ordenar su promulgación en el Registro Oficial.

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Page 342: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

344

A)

B)

C)

D)

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una atribución o un deber del

Presidente de la República:

Art. 147.- Son atribuciones y deberes de la Presidenta o Presidente de la República, además de

los que determine la ley: 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los tratados

internacionales y las demás normas jurídicas dentro del ámbito de su competencia. 2. Presentar

al momento de su posesión ante la Asamblea Nacional los lineamientos fundamentales de las

políticas y acciones que desarrollará durante su ejercicio. 3. Definir y dirigir las políticas públicas

de la Función Ejecutiva. 4. Presentar al Consejo Nacional de Planificación la propuesta del Plan

Nacional de Desarrollo para su aprobación. 5. Dirigir la administración pública en forma

desconcentrada y expedir los decretos necesarios para su integración, organización, regulación y

control. 6. Crear, modificar y suprimir los ministerios, entidades e instancias de coordinación.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad Esperada

Participar con iniciativa legislativa en el proceso de formación de las leyes.

Opciones de Respuesta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

18. Indultar, rebajar o conmutar las penas, de acuerdo con la ley.

17. Velar por el mantenimiento de la soberanía, de la independencia del Estado, del orden interno

y de la seguridad pública, y ejercer la dirección política de la defensa nacional.

16. Ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y designar a los

integrantes del alto mando militar y policial.

15. Convocar a la Asamblea Nacional a períodos extraordinarios de sesiones, con determinación

de los asuntos específicos que se conocerán.

Opción Correcta

Conocer y resolver el recurso extraordinaria de casacion y el recurso extraordinario

Realizar el control de constitucionalidad de proyectos de ley durante el veto

Incentivar la participaciñon ciudadana y el control social

14. Convocar a consulta popular en los casos y con los requisitos previstos en la Constitución.

13. Expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes, sin contravenirlas ni

alterarlas, así como los que convengan a la buena marcha de la administración.

7. Presentar anualmente a la Asamblea Nacional, el informe sobre el cumplimiento del Plan

Nacional de Desarrollo y los objetivos que el gobierno se propone alcanzar durante el año

siguiente. 8. Enviar la proforma del Presupuesto General del Estado a la Asamblea Nacional, para

su aprobación. 9. Nombrar y remover a las ministras y ministros de Estado y a las demás

servidoras y servidores públicos cuya nominación le corresponda. 10. Definir la política exterior,

suscribir y ratificar los tratados internacionales, nombrar y remover a embajadores y jefes de

misión. 11. Participar con iniciativa legislativa en el proceso de formación de las leyes. 12.

Sancionar los proyectos de ley aprobados por la Asamblea Nacional y ordenar su promulgación

en el Registro Oficial.

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Page 343: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

345

A)

B)

C)

D)

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una atribución o un deber del Presidente de la

República:

Art. 147.- Son atribuciones y deberes de la Presidenta o Presidente de la República, además de los que determine

la ley: 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los tratados internacionales y las demás normas

jurídicas dentro del ámbito de su competencia. 2. Presentar al momento de su posesión ante la Asamblea Nacional

los lineamientos fundamentales de las políticas y acciones que desarrollará durante su ejercicio. 3. Definir y dirigir

las políticas públicas de la Función Ejecutiva. 4. Presentar al Consejo Nacional de Planificación la propuesta del

Plan Nacional de Desarrollo para su aprobación. 5. Dirigir la administración pública en forma desconcentrada y

expedir los decretos necesarios para su integración, organización, regulación y control. 6. Crear, modificar y

suprimir los ministerios, entidades e instancias de coordinación.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad Esperada

Sancionar los proyectos de ley aprobados por la Asamblea Nacional y ordenar su promulgación en el

Opciones de Respuesta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

18. Indultar, rebajar o conmutar las penas, de acuerdo con la ley.

17. Velar por el mantenimiento de la soberanía, de la independencia del Estado, del orden interno y de la seguridad

pública, y ejercer la dirección política de la defensa nacional.

16. Ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y designar a los integrantes del

alto mando militar y policial.

15. Convocar a la Asamblea Nacional a períodos extraordinarios de sesiones, con determinación de los asuntos

específicos que se conocerán.

Opción Correcta

Conocer y resolver el recurso extraordinaria de casacion y el recurso extraordinario de revisión

Realizar el control de constitucionalidad de proyectos de ley durante el veto presidencial

Incentivar la participaciñon ciudadana y el control social

14. Convocar a consulta popular en los casos y con los requisitos previstos en la Constitución.

13. Expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes, sin contravenirlas ni alterarlas, así como los

que convengan a la buena marcha de la administración.

7. Presentar anualmente a la Asamblea Nacional, el informe sobre el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo

y los objetivos que el gobierno se propone alcanzar durante el año siguiente. 8. Enviar la proforma del Presupuesto

General del Estado a la Asamblea Nacional, para su aprobación. 9. Nombrar y remover a las ministras y ministros

de Estado y a las demás servidoras y servidores públicos cuya nominación le corresponda. 10. Definir la política

exterior, suscribir y ratificar los tratados internacionales, nombrar y remover a embajadores y jefes de misión. 11.

Participar con iniciativa legislativa en el proceso de formación de las leyes. 12. Sancionar los proyectos de ley

aprobados por la Asamblea Nacional y ordenar su promulgación en el Registro Oficial.

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Page 344: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

346

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una atribución o un deber del Presidente de la

República:

13. Expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes, sin contravenirlas ni alterarlas, así como los

que convengan a la buena marcha de la administración.

Expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes

Incentivar la participaciñon ciudadana y el control social

Realizar el control de constitucionalidad de proyectos de ley durante el veto presidencial

Conocer y resolver el recurso extraordinaria de casacion y el recurso extraordinario de revisión

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 147.- Son atribuciones y deberes de la Presidenta o Presidente de la República, además de los que determine

la ley: 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los tratados internacionales y las demás normas

jurídicas dentro del ámbito de su competencia. 2. Presentar al momento de su posesión ante la Asamblea

Nacional los lineamientos fundamentales de las políticas y acciones que desarrollará durante su ejercicio. 3. Definir

y dirigir las políticas públicas de la Función Ejecutiva. 4. Presentar al Consejo Nacional de Planificación la

propuesta del Plan Nacional de Desarrollo para su aprobación. 5. Dirigir la administración pública en forma

desconcentrada y expedir los decretos necesarios para su integración, organización, regulación y control. 6. Crear,

modificar y suprimir los ministerios, entidades e instancias de coordinación.

7. Presentar anualmente a la Asamblea Nacional, el informe sobre el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo

y los objetivos que el gobierno se propone alcanzar durante el año siguiente. 8. Enviar la proforma del Presupuesto

General del Estado a la Asamblea Nacional, para su aprobación. 9. Nombrar y remover a las ministras y ministros

de Estado y a las demás servidoras y servidores públicos cuya nominación le corresponda. 10. Definir la política

exterior, suscribir y ratificar los tratados internacionales, nombrar y remover a embajadores y jefes de misión. 11.

Participar con iniciativa legislativa en el proceso de formación de las leyes. 12. Sancionar los proyectos de ley

aprobados por la Asamblea Nacional y ordenar su promulgación en el Registro Oficial.

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

14. Convocar a consulta popular en los casos y con los requisitos previstos en la Constitución.

15. Convocar a la Asamblea Nacional a períodos extraordinarios de sesiones, con determinación de los asuntos

16. Ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y designar a los integrantes del

17. Velar por el mantenimiento de la soberanía, de la independencia del Estado, del orden interno y de la

18. Indultar, rebajar o conmutar las penas, de acuerdo con la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 345: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

346

A)

B)

C)

D)

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una atribución o un deber del Presidente de la

República:

Art. 147.- Son atribuciones y deberes de la Presidenta o Presidente de la República, además de los que

determine la ley: 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los tratados internacionales y las demás

normas jurídicas dentro del ámbito de su competencia. 2. Presentar al momento de su posesión ante la Asamblea

Nacional los lineamientos fundamentales de las políticas y acciones que desarrollará durante su ejercicio. 3.

Definir y dirigir las políticas públicas de la Función Ejecutiva. 4. Presentar al Consejo Nacional de Planificación la

propuesta del Plan Nacional de Desarrollo para su aprobación. 5. Dirigir la administración pública en forma

desconcentrada y expedir los decretos necesarios para su integración, organización, regulación y control. 6. Crear,

modificar y suprimir los ministerios, entidades e instancias de coordinación.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad Esperada

Convocar a consulta popular en los casos y con los requisitos previstos en la Constitución.

Opciones de Respuesta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

18. Indultar, rebajar o conmutar las penas, de acuerdo con la ley.

17. Velar por el mantenimiento de la soberanía, de la independencia del Estado, del orden interno y de la

seguridad pública, y ejercer la dirección política de la defensa nacional.

16. Ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y designar a los integrantes del

alto mando militar y policial.

15. Convocar a la Asamblea Nacional a períodos extraordinarios de sesiones, con determinación de los asuntos

específicos que se conocerán.

Opción Correcta

Conocer y resolver el recurso extraordinaria de casacion y el recurso extraordinario de revisión

Realizar el control de constitucionalidad de proyectos de ley durante el veto presidencial

Incentivar la participaciñon ciudadana y el control social

14. Convocar a consulta popular en los casos y con los requisitos previstos en la Constitución.

13. Expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes, sin contravenirlas ni alterarlas, así como los

que convengan a la buena marcha de la administración.

7. Presentar anualmente a la Asamblea Nacional, el informe sobre el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo

y los objetivos que el gobierno se propone alcanzar durante el año siguiente. 8. Enviar la proforma del

Presupuesto General del Estado a la Asamblea Nacional, para su aprobación. 9. Nombrar y remover a las

ministras y ministros de Estado y a las demás servidoras y servidores públicos cuya nominación le corresponda.

10. Definir la política exterior, suscribir y ratificar los tratados internacionales, nombrar y remover a embajadores y

jefes de misión. 11. Participar con iniciativa legislativa en el proceso de formación de las leyes. 12. Sancionar los

proyectos de ley aprobados por la Asamblea Nacional y ordenar su promulgación en el Registro Oficial.

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Page 346: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

348

A)

B)

C)

D)

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una atribución o un deber del Presidente de la República:

Art. 147.- Son atribuciones y deberes de la Presidenta o Presidente de la República, además de los que determine la ley: 1. Cumplir y hacer cumplir la

Constitución, las leyes, los tratados internacionales y las demás normas jurídicas dentro del ámbito de su competencia. 2. Presentar al momento de su

posesión ante la Asamblea Nacional los lineamientos fundamentales de las políticas y acciones que desarrollará durante su ejercicio. 3. Definir y dirigir las

políticas públicas de la Función Ejecutiva. 4. Presentar al Consejo Nacional de Planificación la propuesta del Plan Nacional de Desarrollo para su aprobación.

5. Dirigir la administración pública en forma desconcentrada y expedir los decretos necesarios para su integración, organización, regulación y control. 6.

Crear, modificar y suprimir los ministerios, entidades e instancias de coordinación.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad Esperada

Ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional

Opciones de Respuesta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

18. Indultar, rebajar o conmutar las penas, de acuerdo con la ley.

17. Velar por el mantenimiento de la soberanía, de la independencia del Estado, del orden interno y de la seguridad pública, y ejercer la dirección política de la

defensa nacional.

16. Ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y designar a los integrantes del alto mando militar y policial.

15. Convocar a la Asamblea Nacional a períodos extraordinarios de sesiones, con determinación de los asuntos específicos que se conocerán.

Opción Correcta

Conocer y resolver el recurso extraordinaria de casacion y el recurso extraordinario de revisión

Realizar el control de constitucionalidad de proyectos de ley durante el veto presidencial

Incentivar la participaciñon ciudadana y el control social

14. Convocar a consulta popular en los casos y con los requisitos previstos en la Constitución.

13. Expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes, sin contravenirlas ni alterarlas, así como los que convengan a la buena marcha de la

administración.

7. Presentar anualmente a la Asamblea Nacional, el informe sobre el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y los objetivos que el gobierno se propone

alcanzar durante el año siguiente. 8. Enviar la proforma del Presupuesto General del Estado a la Asamblea Nacional, para su aprobación. 9. Nombrar y

remover a las ministras y ministros de Estado y a las demás servidoras y servidores públicos cuya nominación le corresponda. 10. Definir la política exterior,

suscribir y ratificar los tratados internacionales, nombrar y remover a embajadores y jefes de misión. 11. Participar con iniciativa legislativa en el proceso de

formación de las leyes. 12. Sancionar los proyectos de ley aprobados por la Asamblea Nacional y ordenar su promulgación en el Registro Oficial.

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Page 347: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

349

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una atribución o un deber del Presidente de la República:

13. Expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes, sin contravenirlas ni alterarlas, así como los

Velar por el mantenimiento de la soberanía y de la independencia del Estado,

Incentivar la participaciñon ciudadana y el control social

Realizar el control de constitucionalidad de proyectos de ley durante el veto presidencial

Conocer y resolver el recurso extraordinaria de casacion y el recurso extraordinario de revisión Opción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 147.- Son atribuciones y deberes de la Presidenta o Presidente de la República, además de los que determine la

ley: 1. Cumplir y hacer cumplir la Constitución, las leyes, los tratados internacionales y las demás normas jurídicas

dentro del ámbito de su competencia. 2. Presentar al momento de su posesión ante la Asamblea Nacional los

lineamientos fundamentales de las políticas y acciones que desarrollará durante su ejercicio. 3. Definir y dirigir las

políticas públicas de la Función Ejecutiva. 4. Presentar al Consejo Nacional de Planificación la propuesta del Plan

Nacional de Desarrollo para su aprobación. 5. Dirigir la administración pública en forma desconcentrada y expedir los

decretos necesarios para su integración, organización, regulación y control. 6. Crear, modificar y suprimir los

ministerios, entidades e instancias de coordinación.

7. Presentar anualmente a la Asamblea Nacional, el informe sobre el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y

los objetivos que el gobierno se propone alcanzar durante el año siguiente. 8. Enviar la proforma del Presupuesto

General del Estado a la Asamblea Nacional, para su aprobación. 9. Nombrar y remover a las ministras y ministros de

Estado y a las demás servidoras y servidores públicos cuya nominación le corresponda. 10. Definir la política exterior,

suscribir y ratificar los tratados internacionales, nombrar y remover a embajadores y jefes de misión. 11. Participar con

iniciativa legislativa en el proceso de formación de las leyes. 12. Sancionar los proyectos de ley aprobados por la

Asamblea Nacional y ordenar su promulgación en el Registro Oficial.

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

14. Convocar a consulta popular en los casos y con los requisitos previstos en la Constitución.

15. Convocar a la Asamblea Nacional a períodos extraordinarios de sesiones, con determinación de los asuntos

16. Ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y designar a los integrantes del alto

17. Velar por el mantenimiento de la soberanía, de la independencia del Estado, del orden interno y de la seguridad

18. Indultar, rebajar o conmutar las penas, de acuerdo con la ley.Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 348: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

350

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una atribución o un deber del Presidente de la República:

13. Expedir los reglamentos necesarios para la aplicación de las leyes, sin contravenirlas ni alterarlas, así como los

que convengan a la buena marcha de la administración.

Indultar, rebajar o conmutar las penas, de acuerdo con la ley.

Incentivar la participaciñon ciudadana y el control social

Realizar el control de constitucionalidad de proyectos de ley durante el veto presidencial

Conocer y resolver el recurso extraordinaria de casacion y el recurso extraordinario de revisión Opción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 147.- Son atribuciones y deberes de la Presidenta o Presidente de la República, además de los que determine la

7. Presentar anualmente a la Asamblea Nacional, el informe sobre el cumplimiento del Plan Nacional de Desarrollo y

los objetivos que el gobierno se propone alcanzar durante el año siguiente. 8. Enviar la proforma del Presupuesto

General del Estado a la Asamblea Nacional, para su aprobación. 9. Nombrar y remover a las ministras y ministros de

Estado y a las demás servidoras y servidores públicos cuya nominación le corresponda. 10. Definir la política exterior,

suscribir y ratificar los tratados internacionales, nombrar y remover a embajadores y jefes de misión. 11. Participar con

iniciativa legislativa en el proceso de formación de las leyes. 12. Sancionar los proyectos de ley aprobados por la

Asamblea Nacional y ordenar su promulgación en el Registro Oficial.

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

14. Convocar a consulta popular en los casos y con los requisitos previstos en la Constitución.

15. Convocar a la Asamblea Nacional a períodos extraordinarios de sesiones, con determinación de los asuntos

16. Ejercer la máxima autoridad de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y designar a los integrantes del alto

17. Velar por el mantenimiento de la soberanía, de la independencia del Estado, del orden interno y de la seguridad

18. Indultar, rebajar o conmutar las penas, de acuerdo con la ley.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 349: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

351

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Cuándo el Presidente de la República puede disolver la

Asamblea Nacional?

Cuando la Asamblea Nacional se haya arrogado funciones

Cuando la Asamblea Nacional destituya al Presidente del Consejo de Ministros

Cuando la Asamblea Nacional destituya al Vicepresidente de la República

Cuando la Asamblea Nacional no trata en el tiempo establecido los proyectos de ley de urgencia Opción Correcta Dificultad Esperada

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Art. 148.- La Presidenta o Presidente de la República podrá disolver la Asamblea Nacional cuando, a su juicio, ésta

se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional; o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, o por

grave crisis política y conmoción interna. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez en los tres primeros años

de su mandato. En un plazo máximo de siete días después de la publicación del decreto de disolución, el Consejo

Nacional Electoral convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los

respectivos períodos. Hasta la instalación de la Asamblea Nacional, la Presidenta o Presidente de la República

podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica, que

podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Page 350: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

352

A)

B)

C)

D)

Cuando la Asamblea Nacional destituya al Vicepresidente de la República

Cuando la Asamblea Nacional destituya al Presidente del Consejo de Ministros

Cuando exista graves crisis políticas y conmoción interna

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 148.- La Presidenta o Presidente de la República podrá disolver la Asamblea Nacional cuando, a su juicio, ésta

se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional; o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, o por

grave crisis política y conmoción interna. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez en los tres primeros años

de su mandato. En un plazo máximo de siete días después de la publicación del decreto de disolución, el Consejo

Nacional Electoral convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los

respectivos períodos. Hasta la instalación de la Asamblea Nacional, la Presidenta o Presidente de la República

podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica, que

podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Cuando la Asamblea Nacional no trata en el tiempo establecido los proyectos de ley de urgencia

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Cuándo el Presidente de la República puede disolver la Asamblea

Nacional?

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 351: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

353

A)

B)

C)

D)

Cuando la Asamblea Nacional destituya al Vicepresidente de la República

Cuando la Asamblea Nacional destituya al Presidente del Consejo de Ministros

Cuando la Asamblea Nacional obstruya el Plan de Desarrollo

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 148.- La Presidenta o Presidente de la República podrá disolver la Asamblea Nacional cuando, a su juicio, ésta

se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional; o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, o por

grave crisis política y conmoción interna. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez en los tres primeros años

de su mandato. En un plazo máximo de siete días después de la publicación del decreto de disolución, el Consejo

Nacional Electoral convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los

respectivos períodos. Hasta la instalación de la Asamblea Nacional, la Presidenta o Presidente de la República

podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica, que

podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Cuando la Asamblea Nacional no trata en el tiempo establecido los proyectos de ley de urgencia

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Cuándo el Presidente de la República puede disolver la Asamblea

Nacional?

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 352: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

354

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Durante que período de tiempo el Presidente de la República

puede disolver la Asamblea Nacional?

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Durante los tres primeros años de mandato

Durante el último año de mandato

Durante los dos primeros años de mandato

Durante el primer año de mandatoOpción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 148.- La Presidenta o Presidente de la República podrá disolver la Asamblea Nacional cuando, a su juicio, ésta

se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional; o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, o por

grave crisis política y conmoción interna. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez en los tres primeros años

de su mandato. En un plazo máximo de siete días después de la publicación del decreto de disolución, el Consejo

Nacional Electoral convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los

respectivos períodos. Hasta la instalación de la Asamblea Nacional, la Presidenta o Presidente de la República podrá,

previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica, que podrán ser

aprobados o derogados por el órgano legislativo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 353: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

355

A)

B)

C)

D)

La Corte Constitucional tiene que realizar control de constitucionalidad

El Consejo Nacional Electoral convoca a elecciones de asambleístas y Presidente de la República

El Presidente de la República disuelve las demás funciones del Estado

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 148.- La Presidenta o Presidente de la República podrá disolver la Asamblea Nacional cuando, a su juicio, ésta

se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional; o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, o por

grave crisis política y conmoción interna. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez en los tres primeros años

de su mandato. En un plazo máximo de siete días después de la publicación del decreto de disolución, el Consejo

Nacional Electoral convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los

respectivos períodos. Hasta la instalación de la Asamblea Nacional, la Presidenta o Presidente de la República

podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica, que

podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

La Contraloría General del Estado tiene que iniciar auditoría gubernamental

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Qué sucede luego de siete días de que el Presidente de la

República disuelve a la Asamblea Nacional?

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 354: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

355

A)

B)

C)

D)

La Corte Constitucional tiene que realizar control de constitucionalidad

El Consejo Nacional Electoral convoca a elecciones de asambleístas y Presidente de la República

El Presidente de la República disuelve las demás funciones del Estado

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 148.- La Presidenta o Presidente de la República podrá disolver la Asamblea Nacional cuando, a su juicio, ésta

se hubiera arrogado funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional; o si de forma reiterada e injustificada obstruye la ejecución del Plan Nacional de Desarrollo, o por

grave crisis política y conmoción interna. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez en los tres primeros años

de su mandato. En un plazo máximo de siete días después de la publicación del decreto de disolución, el Consejo

Nacional Electoral convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales para el resto de los

respectivos períodos. Hasta la instalación de la Asamblea Nacional, la Presidenta o Presidente de la República

podrá, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional, expedir decretos-leyes de urgencia económica, que

podrán ser aprobados o derogados por el órgano legislativo.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

La Contraloría General del Estado tiene que iniciar auditoría gubernamental

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Qué sucede luego de siete días de que el Presidente de la

República disuelve a la Asamblea Nacional?

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 355: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

357

A)

B)

C)

D)

Los representantes de algun partido político que conste registrado en el Consejo Nacional Electoral

Deportistas que esten registrados en algunas de las Federaciones Deportivas del Ecuador

Los parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de quienes ejerzan la

Presidencia o la Vicepresidencia de la República.

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 152.- No podrán ser ministras o ministros de Estado: 1. Los parientes hasta el cuarto grado de

consanguinidad y segundo de afinidad de quienes ejerzan la Presidencia o la Vicepresidencia de la República. 2.

Las personas naturales, propietarias, miembros del directorio, representantes o apoderadas de personas jurídicas

privadas, nacionales o extranjeras, que mantengan contrato con el Estado para la ejecución de obras públicas,

prestación de servicios públicos o explotación de recursos naturales, mediante concesión, asociación o cualquier

otra modalidad contractual. 3. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en servicio activo.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Los miembros de algún culto religiosos

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Quiénes no podrán ser ministros de Estado?

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 356: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

358

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Quiénes no podrán ser ministros de Estado?

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 152.- No podrán ser ministras o ministros de Estado: 1. Los parientes hasta el cuarto grado de

consanguinidad y segundo de afinidad de quienes ejerzan la Presidencia o la Vicepresidencia de la República. 2.

Las personas naturales, propietarias, miembros del directorio, representantes o apoderadas de personas jurídicas

privadas, nacionales o extranjeras, que mantengan contrato con el Estado para la ejecución de obras públicas,

prestación de servicios públicos o explotación de recursos naturales, mediante concesión, asociación o cualquier

otra modalidad contractual. 3. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en servicio activo.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Las personas naturales, propietarias, miembros del directorio, representantes o apoderadas de

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Los miembros de algún culto religiosos

Los representantes de algun partido político que conste registrado en el Consejo Nacional Electoral

Deportistas que esten registrados en algunas de las Federaciones Deportivas del Ecuador

Page 357: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

359

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: ¿Quiénes no podrán ser ministros de Estado?

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en servicio activo.

Deportistas que esten registrados en algunas de las Federaciones Deportivas del Ecuador

Los representantes de algun partido político que conste registrado en el Consejo Nacional Electoral

Los miembros de algún culto religiosos

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 152.- No podrán ser ministras o ministros de Estado: 1. Los parientes hasta el cuarto grado de

consanguinidad y segundo de afinidad de quienes ejerzan la Presidencia o la Vicepresidencia de la República. 2.

Las personas naturales, propietarias, miembros del directorio, representantes o apoderadas de personas jurídicas

privadas, nacionales o extranjeras, que mantengan contrato con el Estado para la ejecución de obras públicas,

prestación de servicios públicos o explotación de recursos naturales, mediante concesión, asociación o cualquier

otra modalidad contractual. 3. Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en servicio activo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 358: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

360

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Señale el cargo que no puede ocupar una

ministro o ministra de Estado después de dejar dicho cargo.

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 153.- Quienes hayan ejercido la titularidad de los ministerios de Estado y las servidoras y

servidores públicos de nivel jerárquico superior definidos por la ley, una vez hayan cesado en su

cargo y durante los siguientes dos años, no podrán formar parte del directorio o del equipo de

dirección, o ser representantes legales o ejercer la procuración de personas jurídicas privadas,

nacionales o extranjeras, que celebren contrato con el Estado, bien sea para la ejecución de obras

públicas, prestación de servicios públicos o explotación de recursos naturales, mediante

concesión, asociación o cualquier otra modalidad contractual, ni ser funcionarias o funcionarios

de instituciones financieras internacionales acreedoras del país.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en servicio activo.

Dificultad EsperadaOpción Correcta

No puede ser sacerdota o miembro de algún culto religioso

No puede ser miembro de la directiva de alguna organización política

No pueden ser parte del directorio o del equipo de dirección, o ser representantes

Page 359: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

361

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Señale el cargo que no puede ocupar una ministro o ministra de Estado

después de dejar dicho cargo.

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional en servicio activo.

Ser funcionarias o funcionarios de instituciones financieras internacionales acreedoras del país.

No puede ser miembro de la directiva de alguna organización política

No puede ser sacerdota o miembro de algún culto religiosoOpción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

B Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 153.- Quienes hayan ejercido la titularidad de los ministerios de Estado y las servidoras y servidores públicos de nivel

jerárquico superior definidos por la ley, una vez hayan cesado en su cargo y durante los siguientes dos años, no podrán

formar parte del directorio o del equipo de dirección, o ser representantes legales o ejercer la procuración de personas

jurídicas privadas, nacionales o extranjeras, que celebren contrato con el Estado, bien sea para la ejecución de obras

públicas, prestación de servicios públicos o explotación de recursos naturales, mediante concesión, asociación o cualquier

otra modalidad contractual, ni ser funcionarias o funcionarios de instituciones financieras internacionales acreedoras del

país.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 360: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

362

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique las situaciones en las cuales el Presidente de la República

puede decretar estado de excepción:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 164.- La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio nacional

o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna, calamidad

pública o desastre natural. La declaración del estado de excepción no interrumpirá las actividades de las funciones del

Estado. El estado de excepción observará los principios de necesidad, proporcionalidad, legalidad, temporalidad,

territorialidad y razonabilidad. El decreto que establezca el estado de excepción contendrá la determinación de la causal

y su motivación, ámbito territorial de aplicación, el periodo de duración, las medidas que deberán aplicarse, los derechos

que podrán suspenderse o limitarse y las notificaciones que correspondan de acuerdo a la Constitución y a los tratados

internacionales.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Ante la no aprobación del presupuesto general del Estado

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Ante conflicto armado internacional o interno

Ante la declaratoria de insconstitucionalidad del ERJAFE

Ante la reforma parcial de la Constitución

Page 361: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

3

363

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique las situaciones en las cuales el Presidente de la

República puede decretar estado de excepción:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 164.- La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio

nacional o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna,

calamidad pública o desastre natural. La declaración del estado de excepción no interrumpirá las actividades de las

funciones del Estado. El estado de excepción observará los principios de necesidad, proporcionalidad, legalidad,

temporalidad, territorialidad y razonabilidad. El decreto que establezca el estado de excepción contendrá la

determinación de la causal y su motivación, ámbito territorial de aplicación, el periodo de duración, las medidas

que deberán aplicarse, los derechos que podrán suspenderse o limitarse y las notificaciones que correspondan de

acuerdo a la Constitución y a los tratados internacionales.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Ante la no aprobación del presupuesto general del Estado

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Ante grave conmoción interna

Ante la declaratoria de insconstitucionalidad del ERJAFE

Ante la reforma parcial de la Constitución

Page 362: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

364

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique las situaciones en las cuales el Presidente de la

República puede decretar estado de excepción:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 164.- La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio

nacional o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna,

calamidad pública o desastre natural. La declaración del estado de excepción no interrumpirá las actividades de las

funciones del Estado. El estado de excepción observará los principios de necesidad, proporcionalidad, legalidad,

temporalidad, territorialidad y razonabilidad. El decreto que establezca el estado de excepción contendrá la

determinación de la causal y su motivación, ámbito territorial de aplicación, el periodo de duración, las medidas que

deberán aplicarse, los derechos que podrán suspenderse o limitarse y las notificaciones que correspondan de

acuerdo a la Constitución y a los tratados internacionales.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Ante la no aprobación del presupuesto general del Estado

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Ante calamidad pública

Ante la declaratoria de insconstitucionalidad del ERJAFE

Ante la reforma parcial de la Constitución

Page 363: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

365

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique las situaciones en las cuales el Presidente de la

República puede decretar estado de excepción:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 164.- La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio

nacional o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna,

calamidad pública o desastre natural. La declaración del estado de excepción no interrumpirá las actividades de las

funciones del Estado. El estado de excepción observará los principios de necesidad, proporcionalidad, legalidad,

temporalidad, territorialidad y razonabilidad. El decreto que establezca el estado de excepción contendrá la

determinación de la causal y su motivación, ámbito territorial de aplicación, el periodo de duración, las medidas que

deberán aplicarse, los derechos que podrán suspenderse o limitarse y las notificaciones que correspondan de

acuerdo a la Constitución y a los tratados internacionales.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Ante la no aprobación del presupuesto general del Estado

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Ante desastre natural

Ante la declaratoria de insconstitucionalidad del ERJAFE

Ante la reforma parcial de la Constitución

Page 364: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

366

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique uno de los principios que guían la expedición de un

estado de excepción mediante decreto:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Legalidad

Eficiencia

Favorabilidad

Racionalidad Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 164.- La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio

nacional o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna,

calamidad pública o desastre natural. La declaración del estado de excepción no interrumpirá las actividades de las

funciones del Estado. El estado de excepción observará los principios de necesidad, proporcionalidad, legalidad,

temporalidad, territorialidad y razonabilidad. El decreto que establezca el estado de excepción contendrá la

determinación de la causal y su motivación, ámbito territorial de aplicación, el periodo de duración, las medidas que

deberán aplicarse, los derechos que podrán suspenderse o limitarse y las notificaciones que correspondan de

acuerdo a la Constitución y a los tratados internacionales.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 365: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

367

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique uno de los principios que guían la expedición de un

estado de excepción mediante decreto:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 164.- La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio

nacional o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna,

calamidad pública o desastre natural. La declaración del estado de excepción no interrumpirá las actividades de

las funciones del Estado. El estado de excepción observará los principios de necesidad, proporcionalidad,

legalidad, temporalidad, territorialidad y razonabilidad. El decreto que establezca el estado de excepción

contendrá la determinación de la causal y su motivación, ámbito territorial de aplicación, el periodo de duración,

las medidas que deberán aplicarse, los derechos que podrán suspenderse o limitarse y las notificaciones que

correspondan de acuerdo a la Constitución y a los tratados internacionales.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Necesidad

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Racionalidad

Favorabilidad

Eficiencia

Page 366: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

368

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique uno de los principios que guían la expedición de un estado de

excepción mediante decreto:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 164.- La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio nacional

o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna, calamidad

pública o desastre natural. La declaración del estado de excepción no interrumpirá las actividades de las funciones del

Estado. El estado de excepción observará los principios de necesidad, proporcionalidad, legalidad, temporalidad,

territorialidad y razonabilidad. El decreto que establezca el estado de excepción contendrá la determinación de la causal

y su motivación, ámbito territorial de aplicación, el periodo de duración, las medidas que deberán aplicarse, los derechos

que podrán suspenderse o limitarse y las notificaciones que correspondan de acuerdo a la Constitución y a los tratados

internacionales.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Proporcionalidad

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Racionalidad

Favorabilidad

Eficiencia

Page 367: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

369

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique uno de los principios que guían la expedición de un

estado de excepción mediante decreto:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 164.- La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio

nacional o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna,

calamidad pública o desastre natural. La declaración del estado de excepción no interrumpirá las actividades de las

funciones del Estado. El estado de excepción observará los principios de necesidad, proporcionalidad, legalidad,

temporalidad, territorialidad y razonabilidad. El decreto que establezca el estado de excepción contendrá la

determinación de la causal y su motivación, ámbito territorial de aplicación, el periodo de duración, las medidas que

deberán aplicarse, los derechos que podrán suspenderse o limitarse y las notificaciones que correspondan de

acuerdo a la Constitución y a los tratados internacionales.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Temporalidad

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Racionalidad

Favorabilidad

Eficiencia

Page 368: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

370

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique uno de los principios que guían la expedición de un

estado de excepción mediante decreto:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 164.- La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio

nacional o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna,

calamidad pública o desastre natural. La declaración del estado de excepción no interrumpirá las actividades de las

funciones del Estado. El estado de excepción observará los principios de necesidad, proporcionalidad, legalidad,

temporalidad, territorialidad y razonabilidad. El decreto que establezca el estado de excepción contendrá la

determinación de la causal y su motivación, ámbito territorial de aplicación, el periodo de duración, las medidas que

deberán aplicarse, los derechos que podrán suspenderse o limitarse y las notificaciones que correspondan de

acuerdo a la Constitución y a los tratados internacionales.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Territorialidad

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Racionalidad

Favorabilidad

Eficiencia

Page 369: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

371

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique uno de los principios que guían la expedición de un

estado de excepción mediante decreto:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 164.- La Presidenta o Presidente de la República podrá decretar el estado de excepción en todo el territorio

nacional o en parte de él en caso de agresión, conflicto armado internacional o interno, grave conmoción interna,

calamidad pública o desastre natural. La declaración del estado de excepción no interrumpirá las actividades de

las funciones del Estado. El estado de excepción observará los principios de necesidad, proporcionalidad,

legalidad, temporalidad, territorialidad y razonabilidad. El decreto que establezca el estado de excepción

contendrá la determinación de la causal y su motivación, ámbito territorial de aplicación, el periodo de duración,

las medidas que deberán aplicarse, los derechos que podrán suspenderse o limitarse y las notificaciones que

correspondan de acuerdo a la Constitución y a los tratados internacionales.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Razonabilidad

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Racionalidad

Favorabilidad

Eficiencia

Page 370: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

372

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las facultades que tiene el Presidente de la

República durante la vigencia de un estado de excepción dictado por el mismo mediante decreto:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender o

limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de tránsito,

libertad de asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la Constitución. Declarado el

estado de excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:1. Decretar la recaudación anticipada de

tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación. 3. Trasladar

la sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional. 4. Disponer censura previa en la información de los

medios de comunicación social con estricta relación a los motivos del estado de excepción y a la seguridad del

Estado. 5. Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional. 6. Disponer el empleo de las

Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y llamar a servicio activo a toda la reserva o a una parte de ella, así como al

personal de otras instituciones. 7. Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos. 8.

Disponer la movilización y las requisiciones que sean necesarias, y decretar la desmovilización nacional, cuando se

restablezca la normalidad.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dictar decretos leyes

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Limitar o suspender el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio

Anular sentencias dictadas por jueces, tribunales y Cortes

Reformar la Constitución

Page 371: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

373

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las facultades que tiene el Presidente de la

República durante la vigencia de un estado de excepción dictado por el mismo mediante decreto:

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender o

limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de tránsito,

libertad de asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la Constitución. Declarado el

estado de excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:1. Decretar la recaudación anticipada de

tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación. 3. Trasladar

la sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional. 4. Disponer censura previa en la información de los

medios de comunicación social con estricta relación a los motivos del estado de excepción y a la seguridad del

Estado. 5. Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional. 6. Disponer el empleo de las

Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y llamar a servicio activo a toda la reserva o a una parte de ella, así como al

personal de otras instituciones. 7. Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos. 8.

Disponer la movilización y las requisiciones que sean necesarias, y decretar la desmovilización nacional, cuando se

restablezca la normalidad.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dictar decretos leyes

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Limitar o suspender el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de correspondencia

Anular sentencias dictadas por jueces, tribunales y Cortes

Reformar la Constitución

Page 372: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

374

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las facultades que tiene el Presidente de la

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Dictar decretos leyes

Reformar la Constitución

Anular sentencias dictadas por jueces, tribunales y Cortes

Limitar el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender o

limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de tránsito,

libertad de asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la Constitución. Declarado el

estado de excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:1. Decretar la recaudación anticipada de

tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación. 3.

Trasladar la sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional. 4. Disponer censura previa en la información

de los medios de comunicación social con estricta relación a los motivos del estado de excepción y a la seguridad del

Estado. 5. Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional. 6. Disponer el empleo de las

Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y llamar a servicio activo a toda la reserva o a una parte de ella, así como al

personal de otras instituciones. 7. Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos. 8.

Disponer la movilización y las requisiciones que sean necesarias, y decretar la desmovilización nacional, cuando se

restablezca la normalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 373: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

375

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las facultades que tiene el Presidente de la

República durante la vigencia de un estado de excepción dictado por el mismo mediante decreto:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Dictar decretos leyes

Reformar la Constitución

Anular sentencias dictadas por jueces, tribunales y Cortes

Limitar el ejercicio del derecho a la libertad de tránsito

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender

o limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de

tránsito, libertad de asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la Constitución.

Declarado el estado de excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:1. Decretar la recaudación

anticipada de tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación. 3.

Trasladar la sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional. 4. Disponer censura previa en la información

de los medios de comunicación social con estricta relación a los motivos del estado de excepción y a la seguridad

del Estado. 5. Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional. 6. Disponer el empleo de las

Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y llamar a servicio activo a toda la reserva o a una parte de ella, así como

al personal de otras instituciones. 7. Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos.

8. Disponer la movilización y las requisiciones que sean necesarias, y decretar la desmovilización nacional, cuando

se restablezca la normalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 374: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

376

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las facultades que tiene el Presidente de la

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Dictar decretos leyes

Reformar la Constitución

Anular sentencias dictadas por jueces, tribunales y Cortes

Limitar el ejercicio del derecho a la libertad de asociación

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender o

limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de tránsito,

libertad de asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la Constitución. Declarado el

estado de excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:1. Decretar la recaudación anticipada de

tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación. 3. Trasladar

la sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional. 4. Disponer censura previa en la información de los

medios de comunicación social con estricta relación a los motivos del estado de excepción y a la seguridad del

Estado. 5. Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional. 6. Disponer el empleo de las

Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y llamar a servicio activo a toda la reserva o a una parte de ella, así como al

personal de otras instituciones. 7. Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos. 8.

Disponer la movilización y las requisiciones que sean necesarias, y decretar la desmovilización nacional, cuando se

restablezca la normalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 375: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

377

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las facultades que tiene el Presidente de la

República durante la vigencia de un estado de excepción dictado por el mismo mediante decreto:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Dictar decretos leyes

Reformar la Constitución

Anular sentencias dictadas por jueces, tribunales y Cortes

Limitar el ejercicio del derecho a la libertad de reunión

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá

suspender o limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia,

libertad de tránsito, libertad de asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la

Constitución. Declarado el estado de excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:1. Decretar la

recaudación anticipada de tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación. 3.

Trasladar la sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional. 4. Disponer censura previa en la

información de los medios de comunicación social con estricta relación a los motivos del estado de excepción y a

la seguridad del Estado. 5. Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional. 6. Disponer el

empleo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y llamar a servicio activo a toda la reserva o a una parte

de ella, así como al personal de otras instituciones. 7. Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos

y pasos fronterizos. 8. Disponer la movilización y las requisiciones que sean necesarias, y decretar la

desmovilización nacional, cuando se restablezca la normalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 376: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

378

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las facultades que tiene el Presidente de la

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Dictar decretos leyes

Reformar la Constitución

Anular sentencias dictadas por jueces, tribunales y Cortes

Limitar el ejercicio del derecho a la libertad de información

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender

o limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de tránsito,

libertad de asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la Constitución. Declarado el

estado de excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:1. Decretar la recaudación anticipada de

tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación. 3.

Trasladar la sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional. 4. Disponer censura previa en la información

de los medios de comunicación social con estricta relación a los motivos del estado de excepción y a la seguridad

del Estado. 5. Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional. 6. Disponer el empleo de las

Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y llamar a servicio activo a toda la reserva o a una parte de ella, así como

al personal de otras instituciones. 7. Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos.

8. Disponer la movilización y las requisiciones que sean necesarias, y decretar la desmovilización nacional, cuando

se restablezca la normalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 377: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

379

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las facultades que tiene el Presidente de la República

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Dictar decretos leyes

Reformar la Constitución

Anular sentencias dictadas por jueces, tribunales y Cortes

Decretar la recaudación anticipada de tributos.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender o

limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de tránsito,

libertad de asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la Constitución. Declarado el

estado de excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:1. Decretar la recaudación anticipada de tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación. 3. Trasladar la

sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional. 4. Disponer censura previa en la información de los medios de

comunicación social con estricta relación a los motivos del estado de excepción y a la seguridad del Estado. 5.

Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional. 6. Disponer el empleo de las Fuerzas Armadas y

de la Policía Nacional y llamar a servicio activo a toda la reserva o a una parte de ella, así como al personal de otras

instituciones. 7. Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos. 8. Disponer la

movilización y las requisiciones que sean necesarias, y decretar la desmovilización nacional, cuando se restablezca la

normalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

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380

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las facultades que tiene el Presidente de la República

durante la vigencia de un estado de excepción dictado por el mismo mediante decreto:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Dictar decretos leyes

Reformar la Constitución

Anular sentencias dictadas por jueces, tribunales y Cortes

Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender o limitar

el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de tránsito, libertad de

asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la Constitución. Declarado el estado de

excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:1. Decretar la recaudación anticipada de tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación. 3. Trasladar la

sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional. 4. Disponer censura previa en la información de los medios de

comunicación social con estricta relación a los motivos del estado de excepción y a la seguridad del Estado. 5. Establecer

como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional. 6. Disponer el empleo de las Fuerzas Armadas y de la Policía

Nacional y llamar a servicio activo a toda la reserva o a una parte de ella, así como al personal de otras instituciones. 7.

Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos. 8. Disponer la movilización y las

requisiciones que sean necesarias, y decretar la desmovilización nacional, cuando se restablezca la normalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

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381

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las facultades que tiene el Presidente de la

República durante la vigencia de un estado de excepción dictado por el mismo mediante decreto:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Dictar decretos leyes

Reformar la Constitución

Anular sentencias dictadas por jueces, tribunales y Cortes

Trasladar la sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender

o limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de

tránsito, libertad de asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la Constitución.

Declarado el estado de excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:1. Decretar la recaudación

anticipada de tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación. 3.

Trasladar la sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional. 4. Disponer censura previa en la información

de los medios de comunicación social con estricta relación a los motivos del estado de excepción y a la seguridad

del Estado. 5. Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional. 6. Disponer el empleo de las

Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y llamar a servicio activo a toda la reserva o a una parte de ella, así como

al personal de otras instituciones. 7. Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos.

8. Disponer la movilización y las requisiciones que sean necesarias, y decretar la desmovilización nacional, cuando

se restablezca la normalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

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382

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las facultades que tiene el Presidente de la

República durante la vigencia de un estado de excepción dictado por el mismo mediante decreto:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Dictar decretos leyes

Reformar la Constitución

Anular sentencias dictadas por jueces, tribunales y Cortes

Disponer censura previa en la información de los medios de comunicación social

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender o

limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de tránsito,

libertad de asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la Constitución. Declarado el

estado de excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:1. Decretar la recaudación anticipada de

tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación. 3. Trasladar

la sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional. 4. Disponer censura previa en la información de los

medios de comunicación social con estricta relación a los motivos del estado de excepción y a la seguridad del

Estado. 5. Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional. 6. Disponer el empleo de las

Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y llamar a servicio activo a toda la reserva o a una parte de ella, así como al

personal de otras instituciones. 7. Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos. 8.

Disponer la movilización y las requisiciones que sean necesarias, y decretar la desmovilización nacional, cuando se

restablezca la normalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

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383

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las facultades que tiene el Presidente de la

República durante la vigencia de un estado de excepción dictado por el mismo mediante decreto:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Dictar decretos leyes

Reformar la Constitución

Anular sentencias dictadas por jueces, tribunales y Cortes

Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender o

limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de tránsito,

libertad de asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la Constitución. Declarado el

estado de excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:1. Decretar la recaudación anticipada de

tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación. 3.

Trasladar la sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional. 4. Disponer censura previa en la información

de los medios de comunicación social con estricta relación a los motivos del estado de excepción y a la seguridad

del Estado. 5. Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional. 6. Disponer el empleo de las

Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y llamar a servicio activo a toda la reserva o a una parte de ella, así como

al personal de otras instituciones. 7. Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos.

8. Disponer la movilización y las requisiciones que sean necesarias, y decretar la desmovilización nacional, cuando

se restablezca la normalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

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384

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las facultades que tiene el Presidente de la

República durante la vigencia de un estado de excepción dictado por el mismo mediante decreto:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Dictar decretos leyes

Reformar la Constitución

Anular sentencias dictadas por jueces, tribunales y Cortes

Disponer el empleo de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y llamar a servicio activo a toda la

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender o

limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de tránsito,

libertad de asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la Constitución. Declarado el

estado de excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:1. Decretar la recaudación anticipada de

tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación. 3.

Trasladar la sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional. 4. Disponer censura previa en la información

de los medios de comunicación social con estricta relación a los motivos del estado de excepción y a la seguridad del

Estado. 5. Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional. 6. Disponer el empleo de las

Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y llamar a servicio activo a toda la reserva o a una parte de ella, así como al

personal de otras instituciones. 7. Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos. 8.

Disponer la movilización y las requisiciones que sean necesarias, y decretar la desmovilización nacional, cuando se

restablezca la normalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

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385

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTABase:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las facultades que tiene el Presidente de la

República durante la vigencia de un estado de excepción dictado por el mismo mediante decreto:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Dictar decretos leyes

Reformar la Constitución

Anular sentencias dictadas por jueces, tribunales y Cortes

Disponer la movilización y las requisiciones que sean necesarias,

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender

o limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de

tránsito, libertad de asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la Constitución.

Declarado el estado de excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:1. Decretar la recaudación

anticipada de tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación. 3.

Trasladar la sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional. 4. Disponer censura previa en la información

de los medios de comunicación social con estricta relación a los motivos del estado de excepción y a la seguridad

del Estado. 5. Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional. 6. Disponer el empleo de las

Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional y llamar a servicio activo a toda la reserva o a una parte de ella, así como

al personal de otras instituciones. 7. Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos.

8. Disponer la movilización y las requisiciones que sean necesarias, y decretar la desmovilización nacional, cuando

se restablezca la normalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 384: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

386

A)

B)

C)

D)

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender o

limitar el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de tránsito,

libertad de asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la Constitución. Declarado el

estado de excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:1. Decretar la recaudación anticipada de tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación. 3. Trasladar la

sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional. 4. Disponer censura previa en la información de los medios de

comunicación social con estricta relación a los motivos del estado de excepción y a la seguridad del Estado. 5.

Establecer como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional. 6. Disponer el empleo de las Fuerzas Armadas y

de la Policía Nacional y llamar a servicio activo a toda la reserva o a una parte de ella, así como al personal de otras

instituciones. 7. Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos. 8. Disponer la

movilización y las requisiciones que sean necesarias, y decretar la desmovilización nacional, cuando se restablezca la

normalidad.

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Función Ejecutiva

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las facultades que tiene el Presidente de la República

durante la vigencia de un estado de excepción dictado por el mismo mediante decreto:

Base:

Eje Temático

Reformar la Constitución

Dictar decretos leyes

Opciones de Respuesta:

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

EspecialidadNúmero de Cédula

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos.

Anular sentencias dictadas por jueces, tribunales y Cortes

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Tema Especifico

Derecho Constitucional

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387

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las facultades que tiene el Presidente de la República

durante la vigencia de un estado de excepción dictado por el mismo mediante decreto:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Dictar decretos leyes

Reformar la Constitución

Anular sentencias dictadas por jueces, tribunales y Cortes

Decretar la desmovilización nacional cuando se restablezca la normalidad.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 165.- Durante el estado de excepción la Presidenta o Presidente de la República únicamente podrá suspender o limitar

el ejercicio del derecho a la inviolabilidad de domicilio, inviolabilidad de correspondencia, libertad de tránsito, libertad de

asociación y reunión, y libertad de información, en los términos que señala la Constitución. Declarado el estado de

excepción, la Presidenta o Presidente de la República podrá:1. Decretar la recaudación anticipada de tributos.

2. Utilizar los fondos públicos destinados a otros fines, excepto los correspondientes a salud y educación. 3. Trasladar la

sede del gobierno a cualquier lugar del territorio nacional. 4. Disponer censura previa en la información de los medios de

comunicación social con estricta relación a los motivos del estado de excepción y a la seguridad del Estado. 5. Establecer

como zona de seguridad todo o parte del territorio nacional. 6. Disponer el empleo de las Fuerzas Armadas y de la Policía

Nacional y llamar a servicio activo a toda la reserva o a una parte de ella, así como al personal de otras instituciones. 7.

Disponer el cierre o la habilitación de puertos, aeropuertos y pasos fronterizos. 8. Disponer la movilización y las

requisiciones que sean necesarias, y decretar la desmovilización nacional, cuando se restablezca la normalidad.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Función Ejecutiva

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 386: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

388

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función Ejecutiva Tema Especifico

Eje Temático

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Art. 166.- La Presidenta o Presidente de la República notificará la declaración del estado de excepción a la Asamblea

Nacional, a la Corte Constitucional y a los organismos internacionales que corresponda dentro de las cuarenta y ocho

horas siguientes a la firma del decreto correspondiente. Si las circunstancias lo justifican, la Asamblea Nacional podrá

revocar el decreto en cualquier tiempo, sin perjuicio del pronunciamiento que sobre su constitucionalidad pueda

realizar la Corte Constitucional. El decreto de estado de excepción tendrá vigencia hasta un plazo máximo de sesenta

días. Si las causas que lo motivaron persisten podrá renovarse hasta por treinta días más, lo cual deberá notificarse.

Si el Presidente no renueva el decreto de estado de excepción o no lo notifica, éste se entenderá caducado. Cuando

las causas que motivaron el estado de excepción desaparezcan, la Presidenta o Presidente de la República decretará

su terminación y lo notificará inmediatamente con el informe correspondiente. Las servidoras y servidores públicos

serán responsables por cualquier abuso que hubieran cometido en el ejercicio de sus facultades durante la vigencia

del estado de excepción.

Derecho Constitucional

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Organismos internacionales

Defensoría del Pueblo

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

Defensoría Pública

Asamblea Nacional

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las instituciones públicas ecuatorianas a las cuales

el Presidente de la República debe notificar el estado de excepción dictado por el mismo mediante decreto:

Page 387: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

389

A)

B)

C)

D)

Defensoría del Pueblo

Defensoría Pública

Corte Constitucional

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 166.- La Presidenta o Presidente de la República notificará la declaración del estado de excepción a la

Asamblea Nacional, a la Corte Constitucional y a los organismos internacionales que corresponda dentro de las

cuarenta y ocho horas siguientes a la firma del decreto correspondiente. Si las circunstancias lo justifican, la

Asamblea Nacional podrá revocar el decreto en cualquier tiempo, sin perjuicio del pronunciamiento que sobre su

constitucionalidad pueda realizar la Corte Constitucional. El decreto de estado de excepción tendrá vigencia hasta

un plazo máximo de sesenta días. Si las causas que lo motivaron persisten podrá renovarse hasta por treinta días

más, lo cual deberá notificarse. Si el Presidente no renueva el decreto de estado de excepción o no lo notifica, éste

se entenderá caducado. Cuando las causas que motivaron el estado de excepción desaparezcan, la Presidenta o

Presidente de la República decretará su terminación y lo notificará inmediatamente con el informe correspondiente.

Las servidoras y servidores públicos serán responsables por cualquier abuso que hubieran cometido en el ejercicio

de sus facultades durante la vigencia del estado de excepción.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Organismos internacionales

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las instituciones públicas ecuatorianas a las

cuales el Presidente de la República debe notificar el estado de excepción dictado por el mismo mediante decreto:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 388: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

390

A)

B)

C)

D)

Informe defensorial de la vulneración de Derechos Humanos emitido por la Defensoría del Pueblo

Resolución de la Corte Nacional de Justicia

Decisión mayoritaria de la Asamblea Nacional

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 166.- La Presidenta o Presidente de la República notificará la declaración del estado de excepción a la

Asamblea Nacional, a la Corte Constitucional y a los organismos internacionales que corresponda dentro de las

cuarenta y ocho horas siguientes a la firma del decreto correspondiente. Si las circunstancias lo justifican, la

Asamblea Nacional podrá revocar el decreto en cualquier tiempo, sin perjuicio del pronunciamiento que sobre su

constitucionalidad pueda realizar la Corte Constitucional. El decreto de estado de excepción tendrá vigencia hasta

un plazo máximo de sesenta días. Si las causas que lo motivaron persisten podrá renovarse hasta por treinta días

más, lo cual deberá notificarse. Si el Presidente no renueva el decreto de estado de excepción o no lo notifica, éste

se entenderá caducado. Cuando las causas que motivaron el estado de excepción desaparezcan, la Presidenta o

Presidente de la República decretará su terminación y lo notificará inmediatamente con el informe correspondiente.

Las servidoras y servidores públicos serán responsables por cualquier abuso que hubieran cometido en el ejercicio

de sus facultades durante la vigencia del estado de excepción.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Sentencia de acción de protección

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: El Presidente de la República ha expedido el estado de excepción

tranfieriendo la sede del gobierno a la ciudad de Guayaquil, se ha procedido a realizar el control de

constitucionalidad con dictamen favorable por parte de la Corte Constitucional, se entendería que está vigente.

Identifique el mecanismo para derogarlo independientemente de la voluntad del Presidente la República y del tiempo

de vigencia

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función Ejecutiva Tema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 389: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

391

A)

B)

C)

D)

Por no acatar un informe defensorial de la Defensoria del Pueblo

Por dictar decretos o estados de excepción

Por delitos contra la seguridad del Estado

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 129.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político de la Presidenta o Presidente, o de la

Vicepresidenta o Vicepresidente de la República, a solicitud de al menos una tercera parte de sus miembros, en

los siguientes casos: 1. Por delitos contra la seguridad del Estado. 2. Por delitos de concusión, cohecho, peculado

o enriquecimiento ilícito. 3. Por delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro u

homicidio por razones políticas o de conciencia. Para iniciar el juicio político se requerirá el dictamen de

admisibilidad de la Corte Constitucional, pero no será necesario el enjuiciamiento penal previo. En un plazo de

setenta y dos horas, concluido el procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá

motivadamente con base en las pruebas de descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República.

Para proceder a la censura y destitución se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros

de la Asamblea Nacional. Si de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el

asunto pase a conocimiento de la jueza o juez competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Por no acudir a rendir sun informe de labores cada 24 de mayo

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una causa por la cual la Asamblea Nacional podrá

enjuiciar políticamente al Presidente de la República.

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte Tema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 390: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

392

A)

B)

C)

D)

Por no acatar un informe defensorial de la Defensoria del Pueblo

Por dictar decretos o estados de excepción

Por delitos de concusión, cohecho, peculado o enriquecimiento ilícito

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 129.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político de la Presidenta o Presidente, o de la

Vicepresidenta o Vicepresidente de la República, a solicitud de al menos una tercera parte de sus miembros, en los

siguientes casos: 1. Por delitos contra la seguridad del Estado. 2. Por delitos de concusión, cohecho, peculado o

enriquecimiento ilícito. 3. Por delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro u homicidio por

razones políticas o de conciencia. Para iniciar el juicio político se requerirá el dictamen de admisibilidad de la Corte

Constitucional, pero no será necesario el enjuiciamiento penal previo. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el

procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de descargo

presentadas por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la censura y destitución se requerirá el voto

favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. Si de la censura se derivan indicios de

responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la jueza o juez competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Por no acudir a rendir sun informe de labores cada 24 de mayo

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una causa por la cual la Asamblea Nacional podrá enjuiciar

políticamente al Presidente de la República.

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

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393

A)

B)

C)

D)

Por no acatar un informe defensorial de la Defensoria del Pueblo

Por dictar decretos o estados de excepción

Por delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro u homicidio por razones

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 129.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político de la Presidenta o Presidente, o de la

Vicepresidenta o Vicepresidente de la República, a solicitud de al menos una tercera parte de sus miembros, en los

siguientes casos: 1. Por delitos contra la seguridad del Estado. 2. Por delitos de concusión, cohecho, peculado o

enriquecimiento ilícito. 3. Por delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro u homicidio

por razones políticas o de conciencia. Para iniciar el juicio político se requerirá el dictamen de admisibilidad de la

Corte Constitucional, pero no será necesario el enjuiciamiento penal previo. En un plazo de setenta y dos horas,

concluido el procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las

pruebas de descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la censura y

destitución se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. Si de la

censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la jueza o

juez competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Por no acudir a rendir sun informe de labores cada 24 de mayo

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una causa por la cual la Asamblea Nacional podrá

enjuiciar políticamente al Presidente de la República.

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 392: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

394

A)

B)

C)

D)

Informe de indiciones de responsabilidad penal emitido por la Contraloría

Resolución de la Corte Nacional de Justicia

Dictámen de admisibilidad de la Corte Constitucional

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 129.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político de la Presidenta o Presidente, o de la

Vicepresidenta o Vicepresidente de la República, a solicitud de al menos una tercera parte de sus miembros, en

los siguientes casos: 1. Por delitos contra la seguridad del Estado. 2. Por delitos de concusión, cohecho,

peculado o enriquecimiento ilícito. 3. Por delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas,

secuestro u homicidio por razones políticas o de conciencia. Para iniciar el juicio político se requerirá el dictamen

de admisibilidad de la Corte Constitucional, pero no será necesario el enjuiciamiento penal previo. En un plazo de

setenta y dos horas, concluido el procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá

motivadamente con base en las pruebas de descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República.

Para proceder a la censura y destitución se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros

de la Asamblea Nacional. Si de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el

asunto pase a conocimiento de la jueza o juez competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Dictamen acusatorio emitido por el Fiscal General del Estado

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique el requisito para que la Asamblea Nacional pueda

iniciar el enjuiciamiento político del Presidente de la República.

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 393: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

395

A)

B)

C)

D)

Mitad más uno de los integrantes

Mitad más uno de los asistentes

Dos terceras partes

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 129.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político de la Presidenta o Presidente, o de la

Vicepresidenta o Vicepresidente de la República, a solicitud de al menos una tercera parte de sus miembros, en

los siguientes casos: 1. Por delitos contra la seguridad del Estado. 2. Por delitos de concusión, cohecho, peculado

o enriquecimiento ilícito. 3. Por delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro u

homicidio por razones políticas o de conciencia. Para iniciar el juicio político se requerirá el dictamen de

admisibilidad de la Corte Constitucional, pero no será necesario el enjuiciamiento penal previo. En un plazo de

setenta y dos horas, concluido el procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá

motivadamente con base en las pruebas de descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República.

Para proceder a la censura y destitución se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros

de la Asamblea Nacional. Si de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el

asunto pase a conocimiento de la jueza o juez competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Una tercera parte

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique el mínimo de votación requerida que se necesita para

censurar al Presidente de la República

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 394: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

396

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique el mínimo de voluntades requerida que se necesita en la

Asamblea Nacional para iniciar el enjuiciamiento al Presidente de la República

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Dos terceras partes

Mitad más uno de los asistentes

Mitad más uno de los integrantes

Una tercera parte Opción Correcta Dificultad Esperada

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 129.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político de la Presidenta o Presidente, o de la

Vicepresidenta o Vicepresidente de la República, a solicitud de al menos una tercera parte de sus miembros, en los

siguientes casos: 1. Por delitos contra la seguridad del Estado. 2. Por delitos de concusión, cohecho, peculado o

enriquecimiento ilícito. 3. Por delitos de genocidio, tortura, desaparición forzada de personas, secuestro u homicidio

por razones políticas o de conciencia. Para iniciar el juicio político se requerirá el dictamen de admisibilidad de la

Corte Constitucional, pero no será necesario el enjuiciamiento penal previo. En un plazo de setenta y dos horas,

concluido el procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las

pruebas de descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la censura y

destitución se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. Si de la

censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la jueza o

juez competente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 395: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

397

A)

B)

C)

D)

Mitad más uno de los integrantes

Mitad más uno de los asistentes

Dos terceras partes

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes casos:

1. Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional. 2. Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el

procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de

descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el

voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la

Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una

sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Una tercera parte

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique el mínimo de votación que necesita la Asamblea

Nacional para destituir al Presidente de la República

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 396: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

398

A)

B)

C)

D)

Por no acatar un informe defensorial de la Defensoria del Pueblo

Por dictar decretos o estados de excepción

Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes casos:

1. Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional. 2. Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el

procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de

descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el

voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la

Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola

vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Por no acudir a rendir sun informe de labores cada 24 de mayo

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las causas por las cuales la Asamblea Nacional

puede destituir al Presidente de la República

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 397: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

399

A)

B)

C)

D)

Por no acatar un informe defensorial de la Defensoria del Pueblo

Por dictar decretos o estados de excepción

Por grave crisis política y conmoción interna.

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes casos:

1. Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional. 2. Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el

procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de

descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el

voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la

Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una

sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Por no acudir a rendir sun informe de labores cada 24 de mayo

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una de las causas por las cuales la Asamblea Nacional

puede destituir al Presidente de la República

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 398: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

400

A)

B)

C)

D)

Durante el primer año

Durante los dos últimos años

Durante los tres primeros años

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes casos:

1. Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional. 2. Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el

procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de

descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el

voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la

Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola

vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

No existe limitación temporal

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique la temporalidad en la que la Asamblea Nacional puede

destituir al Presidente de la República

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 399: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

401

A)

B)

C)

D)

Reorganización del Consejo de la Judicatura

Reorganización de la Corte Constitucional

Reorganización del Consejo Nacional Electoral

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- (…)En un plazo máximo de siete días después de la publicación de la resolución de destitución, el Consejo

Nacional Electoral convocará para una misma fecha a elecciones legislativas y presidenciales anticipadas para el resto

de los respectivos periodos. La instalación de la Asamblea Nacional y la posesión de la Presidenta o Presidente electo

tendrá lugar de acuerdo con lo previsto en la Constitución, en la fecha determinada por el Consejo Nacional Electoral.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Nuevas elecciones de Presidente y Asambleístas

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique el efecto o la consecuencia de que la Asamblea Nacional

puede destituir al Presidente de la República

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 400: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

402

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique el mínimo de voluntades que se necesitan para enjuciar

políticamente a otras autoridades que no sea el Presidente de la República

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Dos terceras partes

Mitad más uno de los asistentes

Mitad más uno de los integrantes

Una tercera parte

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte de

sus miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o

ministros de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del

Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los

miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el

ejercicio de su cargo y hasta un año después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el

voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o

ministros de Estado y los miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá

las dos terceras partes. La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura

se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad

competente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 401: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

403

A)

B)

C)

D)

Mitad más uno de los integrantes

Mitad más uno de los asistentes

Dos terceras partes

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte

de sus miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o

ministros de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del

Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de

los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo

de Participación Ciudadana y Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el

ejercicio de su cargo y hasta un año después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá

el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras

o ministros de Estado y los miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se

requerirá las dos terceras partes. La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos

de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la

autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaC

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Una tercera parte

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique la votación mínima que se necesita para censurar y

destituir al Procurador General del Estado en el juicio politico

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 402: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

404

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique la votación mínima que se necesita para censurar y destituir al

Contralor General del Estado en el juicio politico

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Dos terceras partes

Mitad más uno de los asistentes

Mitad más uno de los integrantes

Una tercera parte Opción Correcta Dificultad Esperada

C Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte de sus

miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o ministros de

Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General

del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del Consejo

Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de Participación Ciudadana y

Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y hasta un año

después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 403: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

405

A)

B)

C)

D)

Mitad más uno de los integrantes

Mitad más uno de los asistentes

Dos terceras partes

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte

de sus miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o

ministros de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del

Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de

los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo

de Participación Ciudadana y Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el

ejercicio de su cargo y hasta un año después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá

el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras

o ministros de Estado y los miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se

requerirá las dos terceras partes. La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos

de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la

autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaC

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Una tercera parte

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique la votación mínima que se necesita para censurar y

destituir al Fiscal General del Estado en el juicio politico

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 404: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

406

A)

B)

C)

D)

Mitad más uno de los integrantes

Mitad más uno de los asistentes

Dos terceras partes

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte

de sus miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o

ministros de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del

Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de

los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el

ejercicio de su cargo y hasta un año después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el

voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o

ministros de Estado y los miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se

requerirá las dos terceras partes. La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de

la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la

autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaC

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Una tercera parte

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique la votación mínima que se necesita para censurar y

destituir al Defensor Público General en el juicio político

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 405: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

407

A)

B)

C)

D)

Mitad más uno de los integrantes

Mitad más uno de los asistentes

Dos terceras partes

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte

de sus miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o

ministros de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del

Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de

los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el

ejercicio de su cargo y hasta un año después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá

el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o

ministros de Estado y los miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se

requerirá las dos terceras partes. La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de

la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la

autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaC

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Una tercera parte

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique la votación mínima que se necesita para censurar y

destituir al Defensor del Pueblo en el juicio político

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 406: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

408

A)

B)

C)

D)

Mitad más uno de los integrantes

Mitad más uno de los asistentes

Dos terceras partes

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta

parte de sus miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las

ministras o ministros de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría

General del Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General,

Superintendencias, y de los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo

de la Judicatura y Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, y de las demás autoridades que la

Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y hasta un año después de terminado. Para proceder a

su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea

Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y los miembros de la Función Electoral y del

Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes. La censura producirá la inmediata

destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se

dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaC

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Una tercera parte

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique la votación mínima que se necesita para censurar y

destituir a los integrantes del Consejo de Participación en el juicio político

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 407: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

409

A)

B)

C)

D)

Mitad más uno de los integrantes

Mitad más uno de los asistentes

Dos terceras partes

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte

de sus miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o

ministros de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del

Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los

miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el

ejercicio de su cargo y hasta un año después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el

voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o

ministros de Estado y los miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá

las dos terceras partes. La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura

se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad

competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaC

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Una tercera parte

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique la votación mínima que se necesita para censurar y

destituir a los Superintendentes en el juicio político

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 408: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

410

A)

B)

C)

D)

Mitad más uno de los integrantes

Mitad más uno de los asistentes

Dos terceras partes

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte de sus

miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o ministros de

Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General

del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del Consejo

Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de Participación Ciudadana y

Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y hasta un año

después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de

los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y los miembros de la Función

Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes. La censura producirá la

inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se

dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Una tercera parte

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique la votación mínima que se necesita para censurar y destituir a

los consejeros del Consejo Nacional Electoral en el juicio político

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 409: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

411

A)

B)

C)

D)

Mitad más uno de los integrantes

Mitad más uno de los asistentes

Dos terceras partes

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte

de sus miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o

ministros de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del

Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los

miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el

ejercicio de su cargo y hasta un año después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el

voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o

ministros de Estado y los miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá

las dos terceras partes. La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura

se derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad

competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Una tercera parte

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique la votación mínima que se necesita para censurar y

destituir a los consejeros del Consejo de la Judicatura en el juicio político

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 410: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

412

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique la votación mínima que se necesita para censurar y destituir

a los jueces del Tribunal Contencioso Electoral en el juicio político

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Dos terceras partes

Mitad más uno de los asistentes

Mitad más uno de los integrantes

Una tercera parte

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte de sus

miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o ministros de

Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General

del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del Consejo

Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de Participación Ciudadana y

Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y hasta un año

después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de

los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y los miembros de la

Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes. La censura producirá

la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se

dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 411: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

413

A)

B)

C)

D)Mitad más uno de los integrantes

Mitad más uno de los asistentes

Dos terceras partes

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una

cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la

ley, de las ministras o ministros de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado,

Contraloría General del Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública

General, Superintendencias, y de los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso

Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, y de las demás

autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y hasta un año después de

terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de

los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y los

miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras

partes. La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se

derivan indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad

competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción CorrectaUna tercera parte

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique la votación mínima que se necesita para

censurar y destituir a un Ministro de Estado en el juicio político

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 412: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

414

A)

B)

C)

D)

Jueces de la Corte Constitucional

Ministro de Estado

Alcalde o Prefecto

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes

casos: 1. Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional. 2. Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el

procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de

descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el

voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la

Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una

sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá

proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento

de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o ministros de Estado, o de la máxima

autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General del Estado,

Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del Consejo Nacional

Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de Participación Ciudadana y Control

Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y hasta un año

después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría

absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y los

miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes.

La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de

responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Jueces de la Corte Nacional

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que pueda ser sometida a

juicio político por parte de la Asamblea Nacional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 413: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

415

A)

B)

C)

D)

Jueces de la Corte Constitucional

Superintendente

Alcalde o Prefecto

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes

casos: 1. Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional. 2. Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el

procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de

descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el

voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la

Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una

sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá

proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento

de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o ministros de Estado, o de la máxima

autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General del Estado,

Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del Consejo Nacional

Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de Participación Ciudadana y Control

Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y hasta un año

después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría

absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y los

miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes.

La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de

responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Jueces de la Corte Nacional

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que pueda ser sometida a

juicio político por parte de la Asamblea Nacional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 414: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

416

A)

B)

C)

D)

Jueces de la Corte Constitucional

Presidente de la República

Alcalde o Prefecto

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes

casos: 1. Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional. 2. Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el

procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de

descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el

voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la

Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una

sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá

proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento

de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o ministros de Estado, o de la máxima

autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General del Estado,

Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del Consejo Nacional

Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de Participación Ciudadana y Control

Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y hasta un año

después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría

absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y los

miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes.

La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de

responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Jueces de la Corte Nacional

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que pueda ser sometida a

juicio político por parte de la Asamblea Nacional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 415: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

417

A)

B)

C)

D)

Jueces de la Corte Constitucional

Vicepresidente de la República

Alcalde o Prefecto

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes

casos: 1. Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional. 2. Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el

procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de

descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá

el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución,

la Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por

una sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional

podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte de sus miembros y por

incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o ministros de Estado, o

de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General

del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del Consejo

Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de Participación Ciudadana

y Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y

hasta un año después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la

mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado

y los miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras

partes. La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan

indicios de responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Jueces de la Corte Nacional

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que pueda ser sometida a

juicio político por parte de la Asamblea Nacional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 416: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

418

A)

B)

C)

D)Jueces de la Corte Constitucional

Consejeros del Consejo Nacional Electoral

Alcalde o Prefecto

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los

siguientes casos: 1. Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen

favorable de la Corte Constitucional. 2. Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de

setenta y dos horas, concluido el procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá

motivadamente con base en las pruebas de descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la

República. Para proceder a la destitución se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los

miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la Vicepresidenta o Vicepresidente

asumirá la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez durante el

periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder

al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento

de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o ministros de Estado, o de la

máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General

del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del

Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine,

durante el ejercicio de su cargo y hasta un año después de terminado. Para proceder a su censura y

destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional,

con excepción de las ministras o ministros de Estado y los miembros de la Función Electoral y del Consejo

de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes. La censura producirá la inmediata

destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se

dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción CorrectaJueces de la Corte Nacional

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que pueda ser

sometida a juicio político por parte de la Asamblea Nacional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

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419

A)

B)

C)

D)

Jueces de la Corte Constitucional

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Alcalde o Prefecto

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes

casos: 1. Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional. 2. Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el

procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de

descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el

voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la

Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una

sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá

proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento

de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o ministros de Estado, o de la máxima

autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General del Estado,

Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del Consejo Nacional

Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de Participación Ciudadana y Control

Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y hasta un año

después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría

absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y los

miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes.

La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios

de responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que pueda ser sometida a

juicio político por parte de la Asamblea Nacional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

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420

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que pueda ser sometida a juicio

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Alcalde o Prefecto

Procurador General del Estado

Jueces de la Corte Constitucional

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes casos: 1. Por

arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional. 2. Por

grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el procedimiento establecido en la

ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de descargo presentadas por la Presidenta o

Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los

miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia

de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 419: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

421

A)

B)

C)

D)

Jueces de la Corte Constitucional

Contralor General del Estado

Alcalde o Prefecto

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes

casos: 1. Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional. 2. Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el

procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de

descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el

voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la

Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una

sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá

proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento

de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o ministros de Estado, o de la máxima

autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General del Estado,

Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del Consejo Nacional

Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de Participación Ciudadana y Control

Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y hasta un año

después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría

absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y los

miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes.

La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de

responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que pueda ser sometida a

juicio político por parte de la Asamblea Nacional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

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422

A)

B)

C)

D)

Jueces de la Corte Constitucional

Defensor Público General

Alcalde o Prefecto

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes

casos: 1. Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional. 2. Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el

procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de

descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el

voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la

Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una

sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá

proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento

de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o ministros de Estado, o de la máxima

autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General del Estado,

Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del Consejo Nacional

Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de Participación Ciudadana y Control

Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y hasta un año

después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría

absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y los

miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes.

La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de

responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que pueda ser sometida a

juicio político por parte de la Asamblea Nacional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

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423

A)

B)

C)

D)

Jueces de la Corte Constitucional

Defensor del Pueblo

Alcalde o Prefecto

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes casos: 1.

Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional. 2.

Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el procedimiento establecido

en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de descargo presentadas por la

Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el voto favorable de las dos terceras

partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá

la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez durante el periodo legislativo, en los tres

primeros años del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al

menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley,

de las ministras o ministros de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría

General del Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y

de los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio

de su cargo y hasta un año después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable

de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y

los miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes.

La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de

responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que pueda ser sometida a juicio

político por parte de la Asamblea Nacional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 422: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

424

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte Cruzada

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que pueda ser sometida a juicio

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Alcalde o Prefecto

Fiscal General del Estado

Jueces de la Corte Constitucional

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Opción Correcta Dificultad Esperada

B Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes casos: 1. Por

arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional. 2. Por

grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el procedimiento establecido en la

ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de descargo presentadas por la Presidenta o

Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los

miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia

de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años

del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta

parte de sus miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o

ministros de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado,

Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del

Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de Participación Ciudadana

y Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y hasta un año

después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de los

miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y los miembros de la Función

Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes. La censura producirá la

inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se

dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 423: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

425

A)

B)

C)

D)

Jueces de la Corte Constitucional

Vocales del Consejo de la Judicatura

Alcalde o Prefecto

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes

casos: 1. Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional. 2. Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el

procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de

descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el

voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la

Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una

sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá

proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento

de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o ministros de Estado, o de la máxima

autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General del Estado,

Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del Consejo Nacional

Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de Participación Ciudadana y Control

Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y hasta un año

después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría

absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y los

miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes.

La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de

responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que pueda ser sometida a

juicio político por parte de la Asamblea Nacional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

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426

A)

B)

C)

D)

Jueces de la Corte Constitucional

Consejeros del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social

Alcalde o Prefecto

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes casos: 1.

Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional. 2.

Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el procedimiento establecido

en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de descargo presentadas por la

Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el voto favorable de las dos terceras

partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá

la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez durante el periodo legislativo, en los tres

primeros años del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al

menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de

las ministras o ministros de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General

del Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los

miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio

de su cargo y hasta un año después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable

de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y

los miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes. La

censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de

responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que pueda ser sometida a juicio

político por parte de la Asamblea Nacional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

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427

A)

B)

C)

D)

Vocales del Consejo de la Judicatura

Jueces de la Corte Constitucional

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes casos: 1.

Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional. 2.

Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el procedimiento establecido

en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de descargo presentadas por la

Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el voto favorable de las dos terceras

partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá

la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez durante el periodo legislativo, en los tres

primeros años del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al

menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley,

de las ministras o ministros de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría

General del Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias,

y de los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio

de su cargo y hasta un año después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto

favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de

Estado y los miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras

partes. La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios

de responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Consejeros del Consejo Nacional Electoral

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que no pueda ser sometida a juicio

político por parte de la Asamblea Nacional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 426: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

428

A)

B)

C)

D)

Vocales del Consejo de la Judicatura

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes casos: 1.

Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional. 2.

Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el procedimiento establecido

en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de descargo presentadas por la

Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el voto favorable de las dos terceras

partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá

la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez durante el periodo legislativo, en los tres

primeros años del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al

menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley,

de las ministras o ministros de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría

General del Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y

de los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio

de su cargo y hasta un año después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable

de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y

los miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes. La

censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de

responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Consejeros del Consejo Nacional Electoral

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que no pueda ser sometida a juicio

político por parte de la Asamblea Nacional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

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429

A)

B)

C)

D)Vocales del Consejo de la Judicatura

Alcalde

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes casos: 1. Por arrogarse funciones que no le

competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional. 2. Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y

dos horas, concluido el procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de descargo presentadas

por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la

Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por

una sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a

solicitud de al menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o ministros

de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo,

Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y

Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y hasta un año

después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional,

con excepción de las ministras o ministros de Estado y los miembros de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos

terceras partes. La censura producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de responsabilidad penal, se

dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Consejeros del Consejo Nacional Electoral

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que no pueda ser sometida a juicio político por parte de la Asamblea

Nacional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

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430

A)

B)

C)

D)

Vocales del Consejo de la Judicatura

Prefecto

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes casos:

1. Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional. 2. Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el

procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de

descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el

voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la

Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola

vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá

proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento de

las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o ministros de Estado, o de la máxima

autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General del Estado,

Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del Consejo Nacional

Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de Participación Ciudadana y Control

Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y hasta un año

después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta

de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y los miembros de la

Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes. La censura

producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de

responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Consejeros del Consejo Nacional Electoral

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que no pueda ser sometida a

juicio político por parte de la Asamblea Nacional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

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431

A)

B)

C)

D)

Vocales del Consejo de la Judicatura

Concejal

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes casos:

1. Por arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte

Constitucional. 2. Por grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el

procedimiento establecido en la ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de

descargo presentadas por la Presidenta o Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el

voto favorable de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la

Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola

vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá

proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta parte de sus miembros y por incumplimiento de

las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o ministros de Estado, o de la máxima autoridad

de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, Fiscalía General del Estado, Defensoría del

Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del Consejo Nacional Electoral, Tribunal

Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, y de las

demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y hasta un año después de

terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría absoluta de los

miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y los miembros de la

Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes. La censura

producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de

responsabilidad penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Consejeros del Consejo Nacional Electoral

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que no pueda ser sometida a

juicio político por parte de la Asamblea Nacional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte

CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

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432

A)

B)

C)

D)

Vocales del Consejo de la Judicatura

Vocal de Junta Parroquial

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 130.- La Asamblea Nacional podrá destituir a la Presidenta o Presidente de la República en los siguientes casos: 1. Por

arrogarse funciones que no le competan constitucionalmente, previo dictamen favorable de la Corte Constitucional. 2. Por

grave crisis política y conmoción interna. En un plazo de setenta y dos horas, concluido el procedimiento establecido en la

ley, la Asamblea Nacional resolverá motivadamente con base en las pruebas de descargo presentadas por la Presidenta o

Presidente de la República. Para proceder a la destitución se requerirá el voto favorable de las dos terceras partes de los

miembros de la Asamblea Nacional. De prosperar la destitución, la Vicepresidenta o Vicepresidente asumirá la Presidencia

de la República. Esta facultad podrá ser ejercida por una sola vez durante el periodo legislativo, en los tres primeros años

del mismo. Art. 131.- La Asamblea Nacional podrá proceder al enjuiciamiento político, a solicitud de al menos una cuarta

parte de sus miembros y por incumplimiento de las funciones que les asignan la Constitución y la ley, de las ministras o

ministros de Estado, o de la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado,

Fiscalía General del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública General, Superintendencias, y de los miembros del

Consejo Nacional Electoral, Tribunal Contencioso Electoral, Consejo de la Judicatura y Consejo de Participación

Ciudadana y Control Social, y de las demás autoridades que la Constitución determine, durante el ejercicio de su cargo y

hasta un año después de terminado. Para proceder a su censura y destitución se requerirá el voto favorable de la mayoría

absoluta de los miembros de la Asamblea Nacional, con excepción de las ministras o ministros de Estado y los miembros

de la Función Electoral y del Consejo de la Judicatura, en cuyo caso se requerirá las dos terceras partes. La censura

producirá la inmediata destitución de la autoridad. Si de los motivos de la censura se derivan indicios de responsabilidad

penal, se dispondrá que el asunto pase a conocimiento de la autoridad competente.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaB

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Consejeros del Consejo Nacional Electoral

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una autoridad del Estado que no pueda ser sometida a juicio

político por parte de la Asamblea Nacional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Control de la Acción de Gobierno: Juicio Político, Destitución y Muerte CruzadaTema Especifico

Derecho Constitucional104146121

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433

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un principio que regula las políticas públicas y la

prestación de servicios públicos

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos

El procedimiento será informal se suspenderá todas las formalidades que retarden la causa

Las normas deben guardar coherencia y no restringir los derechos reconocidos en la Constitución

Todos los días serán habiles para la tramitación de la causa

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 85.- La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que garanticen

los derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con las siguientes disposiciones: 1. Las

políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos

los derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad. 2. Sin perjuicio de la prevalencia del interés general

sobre el interés particular, cuando los efectos de la ejecución de las políticas públicas o prestación de bienes o

servicios públicos vulneren o amenacen con vulnerar derechos constitucionales, la política o prestación deberá

reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto. 3. El Estado garantizará la

distribución equitativa y solidaria del presupuesto para la ejecución de las políticas públicas y la prestación de bienes

y servicios públicos. En la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos se

garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Políticas Públicas

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

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434

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un principio que regula las políticas públicas y la

prestación de servicios públicos

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Se formularán a partir del principio de solidaridad.

El procedimiento será informal se suspenderá todas las formalidades que retarden la causa

Las normas deben guardar coherencia y no restringir los derechos reconocidos en la Constitución

Todos los días serán habiles para la tramitación de la causa Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 85.- La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que garanticen

los derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con las siguientes disposiciones: 1. Las

políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los

derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad. 2. Sin perjuicio de la prevalencia del interés general

sobre el interés particular, cuando los efectos de la ejecución de las políticas públicas o prestación de bienes o

servicios públicos vulneren o amenacen con vulnerar derechos constitucionales, la política o prestación deberá

reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto. 3. El Estado garantizará la

distribución equitativa y solidaria del presupuesto para la ejecución de las políticas públicas y la prestación de bienes

y servicios públicos. En la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos se

garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Políticas Públicas

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 433: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

435

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un principio que regula las políticas públicas y la

prestación de servicios públicos

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Se deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto.

El procedimiento será informal se suspenderá todas las formalidades que retarden la causa

Las normas deben guardar coherencia y no restringir los derechos reconocidos en la Constitución

Todos los días serán habiles para la tramitación de la causa Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 85.- La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que garanticen

los derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con las siguientes disposiciones: 1. Las

políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos

los derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad. 2. Sin perjuicio de la prevalencia del interés

general sobre el interés particular, cuando los efectos de la ejecución de las políticas públicas o prestación de

bienes o servicios públicos vulneren o amenacen con vulnerar derechos constitucionales, la política o prestación

deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto. 3. El Estado

garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para la ejecución de las políticas públicas y la

prestación de bienes y servicios públicos. En la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas

y servicios públicos se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Políticas Públicas

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 434: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

436

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un principio que regula las políticas públicas y la prestación

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Se garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para se ejecución

El procedimiento será informal se suspenderá todas las formalidades que retarden la causa

Las normas deben guardar coherencia y no restringir los derechos reconocidos en la Constitución

Todos los días serán habiles para la tramitación de la causa

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 85.- La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que garanticen los

derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con las siguientes disposiciones: 1. Las políticas

públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos,

y se formularán a partir del principio de solidaridad. 2. Sin perjuicio de la prevalencia del interés general sobre el interés

particular, cuando los efectos de la ejecución de las políticas públicas o prestación de bienes o servicios públicos

vulneren o amenacen con vulnerar derechos constitucionales, la política o prestación deberá reformularse o se adoptarán

medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto. 3. El Estado garantizará la distribución equitativa y solidaria

del presupuesto para la ejecución de las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos. En la

formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos se garantizará la participación

de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Políticas Públicas

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 435: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

437

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un principio que regula las políticas públicas y la

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

El procedimiento será informal se suspenderá todas las formalidades que retarden la causa

Las normas deben guardar coherencia y no restringir los derechos reconocidos en la Constitución

Todos los días serán habiles para la tramitación de la causa Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 85.- La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que garanticen

los derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con las siguientes disposiciones: 1. Las

políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los

derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad. 2. Sin perjuicio de la prevalencia del interés general

sobre el interés particular, cuando los efectos de la ejecución de las políticas públicas o prestación de bienes o

servicios públicos vulneren o amenacen con vulnerar derechos constitucionales, la política o prestación deberá

reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto. 3. El Estado garantizará la

distribución equitativa y solidaria del presupuesto para la ejecución de las políticas públicas y la prestación de bienes

y servicios públicos. En la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos se

garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Políticas Públicas

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 436: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

438

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un principio que no regula las políticas públicas y la

prestación de servicios públicos

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Políticas Públicas Tema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 85.- La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que garanticen

los derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con las siguientes disposiciones: 1. Las

políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos

los derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad. 2. Sin perjuicio de la prevalencia del interés

general sobre el interés particular, cuando los efectos de la ejecución de las políticas públicas o prestación de

bienes o servicios públicos vulneren o amenacen con vulnerar derechos constitucionales, la política o prestación

deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto. 3. El Estado

garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para la ejecución de las políticas públicas y la

prestación de bienes y servicios públicos. En la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas

y servicios públicos se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Todos los días serán habiles para la tramitación de la causa

Se deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto.

Se garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para su ejecución

Page 437: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

439

A)

B)

C)

D)

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un principio que no regula las políticas públicas y la prestación

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Se garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para su ejecución

Se deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto.

El procedimiento será informal

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 85.- La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que garanticen los

derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con las siguientes disposiciones: 1. Las políticas

públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos los derechos, y

se formularán a partir del principio de solidaridad. 2. Sin perjuicio de la prevalencia del interés general sobre el interés

particular, cuando los efectos de la ejecución de las políticas públicas o prestación de bienes o servicios públicos vulneren

o amenacen con vulnerar derechos constitucionales, la política o prestación deberá reformularse o se adoptarán medidas

alternativas que concilien los derechos en conflicto. 3. El Estado garantizará la distribución equitativa y solidaria del

presupuesto para la ejecución de las políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos. En la formulación,

ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos se garantizará la participación de las personas,

comunidades, pueblos y nacionalidades.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Tema Especifico Políticas Públicas

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 438: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

440

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un principio que no regula las políticas públicas y la

prestación de servicios públicos

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Políticas Públicas Tema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 85.- La formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas y servicios públicos que garanticen

los derechos reconocidos por la Constitución, se regularán de acuerdo con las siguientes disposiciones: 1. Las

políticas públicas y la prestación de bienes y servicios públicos se orientarán a hacer efectivos el buen vivir y todos

los derechos, y se formularán a partir del principio de solidaridad. 2. Sin perjuicio de la prevalencia del interés

general sobre el interés particular, cuando los efectos de la ejecución de las políticas públicas o prestación de

bienes o servicios públicos vulneren o amenacen con vulnerar derechos constitucionales, la política o prestación

deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto. 3. El Estado

garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para la ejecución de las políticas públicas y la

prestación de bienes y servicios públicos. En la formulación, ejecución, evaluación y control de las políticas públicas

y servicios públicos se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Las normas no podrán restringuir el contenido de los derechos

Se deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto.

Se garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para su ejecución

Page 439: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

441

A)

B)

C)

D)

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un principio que regula la administración de justicia

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho Constitucional

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Eje Temático

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 168.- La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los

siguientes principios: 1. Los órganos de la Función Judicial gozarán de independencia interna y externa. Toda violación a

este principio conllevará responsabilidad administrativa, civil y penal de acuerdo con la ley. 2. La Función Judicial gozará de

autonomía administrativa, económica y financiera. 3. En virtud de la unidad jurisdiccional, ninguna autoridad de las demás

funciones del Estado podrá desempeñar funciones de administración de justicia ordinaria, sin perjuicio de las potestades

jurisdiccionales reconocidas por la Constitución. 4. El acceso a la administración de justicia será gratuito. La ley establecerá

el régimen de costas procesales. 5. En todas sus etapas, los juicios y sus decisiones serán públicos, salvo los casos

expresamente señalados en la ley. 6. La sustanciación de los procesos en todas las materias, instancias, etapas y

diligencias se llevará a cabo mediante el sistema oral, de acuerdo con los principios de concentración, contradicción y

dispositivo.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Se gozará de independencia interna y externa

Se deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto.

Se garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para su ejecución

Page 440: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

442

A)

B)

C)

D)

Se deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto.

Se garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para su ejecución

Se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 168.- La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de sus atribuciones, aplicará

los siguientes principios: 1. Los órganos de la Función Judicial gozarán de independencia interna y externa. Toda

violación a este principio conllevará responsabilidad administrativa, civil y penal de acuerdo con la ley. 2. La Función

Judicial gozará de autonomía administrativa, económica y financiera. 3. En virtud de la unidad jurisdiccional, ninguna

autoridad de las demás funciones del Estado podrá desempeñar funciones de administración de justicia ordinaria, sin

perjuicio de las potestades jurisdiccionales reconocidas por la Constitución. 4. El acceso a la administración de justicia

será gratuito. La ley establecerá el régimen de costas procesales. 5. En todas sus etapas, los juicios y sus decisiones

serán públicos, salvo los casos expresamente señalados en la ley. 6. La sustanciación de los procesos en todas las

materias, instancias, etapas y diligencias se llevará a cabo mediante el sistema oral, de acuerdo con los principios de

concentración, contradicción y dispositivo.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción Correcta

La Función Judicial gozará de autonomía administrativa, económica y financiera

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un principio que regula la administración de justicia

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función judicial Tema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 441: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

443

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función judicial

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un principio que regula la administración de justicia

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Se garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para su ejecución

Se deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto.

Ninguna autoridad de las demás funciones del Estado podrá desempeñar funciones de administración

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 168.- La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de sus atribuciones,

aplicará los siguientes principios: 1. Los órganos de la Función Judicial gozarán de independencia interna y

externa. Toda violación a este principio conllevará responsabilidad administrativa, civil y penal de acuerdo con la

ley. 2. La Función Judicial gozará de autonomía administrativa, económica y financiera. 3. En virtud de la unidad

jurisdiccional, ninguna autoridad de las demás funciones del Estado podrá desempeñar funciones de

administración de justicia ordinaria, sin perjuicio de las potestades jurisdiccionales reconocidas por la Constitución.

4. El acceso a la administración de justicia será gratuito. La ley establecerá el régimen de costas procesales. 5. En

todas sus etapas, los juicios y sus decisiones serán públicos, salvo los casos expresamente señalados en la ley. 6.

La sustanciación de los procesos en todas las materias, instancias, etapas y diligencias se llevará a cabo mediante

el sistema oral, de acuerdo con los principios de concentración, contradicción y dispositivo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 442: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

444

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función judicial

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un principio que regula la administración de justicia

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Se garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para su ejecución

Se deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto.

El acceso a la administración de justicia será gratuito. La ley establecerá el régimen de costas procesales

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 168.- La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los siguientes

principios: 1. Los órganos de la Función Judicial gozarán de independencia interna y externa. Toda violación a este principio conllevará

responsabilidad administrativa, civil y penal de acuerdo con la ley. 2. La Función Judicial gozará de autonomía administrativa,

económica y financiera. 3. En virtud de la unidad jurisdiccional, ninguna autoridad de las demás funciones del Estado podrá

desempeñar funciones de administración de justicia ordinaria, sin perjuicio de las potestades jurisdiccionales reconocidas por la

Constitución. 4. El acceso a la administración de justicia será gratuito. La ley establecerá el régimen de costas procesales. 5. En todas

sus etapas, los juicios y sus decisiones serán públicos, salvo los casos expresamente señalados en la ley. 6. La sustanciación de los

procesos en todas las materias, instancias, etapas y diligencias se llevará a cabo mediante el sistema oral, de acuerdo con los

principios de concentración, contradicción y dispositivo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 443: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

445

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función judicial

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un principio que regula la administración de justicia

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Se garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para su ejecución

Se deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto.

En todas sus etapas, los juicios y sus decisiones serán públicos, salvo los casos expresamente

señalados en la ley.

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 168.- La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de sus atribuciones,

aplicará los siguientes principios: 1. Los órganos de la Función Judicial gozarán de independencia interna y

externa. Toda violación a este principio conllevará responsabilidad administrativa, civil y penal de acuerdo con la

ley. 2. La Función Judicial gozará de autonomía administrativa, económica y financiera. 3. En virtud de la unidad

jurisdiccional, ninguna autoridad de las demás funciones del Estado podrá desempeñar funciones de

administración de justicia ordinaria, sin perjuicio de las potestades jurisdiccionales reconocidas por la Constitución.

4. El acceso a la administración de justicia será gratuito. La ley establecerá el régimen de costas procesales. 5. En

todas sus etapas, los juicios y sus decisiones serán públicos, salvo los casos expresamente señalados en la ley. 6.

La sustanciación de los procesos en todas las materias, instancias, etapas y diligencias se llevará a cabo mediante

el sistema oral, de acuerdo con los principios de concentración, contradicción y dispositivo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 444: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

446

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función judicial

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un principio que regula la administración de justicia

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Se garantizará la participación de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades.

Se garantizará la distribución equitativa y solidaria del presupuesto para su ejecución

Se deberá reformularse o se adoptarán medidas alternativas que concilien los derechos en conflicto.

Se llevará a cabo mediante el sistema oral

Opción Correcta Dificultad Esperada

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 168.- La administración de justicia, en el cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los

siguientes principios: 1. Los órganos de la Función Judicial gozarán de independencia interna y externa. Toda violación a

este principio conllevará responsabilidad administrativa, civil y penal de acuerdo con la ley. 2. La Función Judicial gozará

de autonomía administrativa, económica y financiera. 3. En virtud de la unidad jurisdiccional, ninguna autoridad de las

demás funciones del Estado podrá desempeñar funciones de administración de justicia ordinaria, sin perjuicio de las

potestades jurisdiccionales reconocidas por la Constitución. 4. El acceso a la administración de justicia será gratuito. La ley

establecerá el régimen de costas procesales. 5. En todas sus etapas, los juicios y sus decisiones serán públicos, salvo los

casos expresamente señalados en la ley. 6. La sustanciación de los procesos en todas las materias, instancias, etapas y

diligencias se llevará a cabo mediante el sistema oral, de acuerdo con los principios de concentración, contradicción y

dispositivo.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 445: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

447

A)

B)

C)

D)

Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales

Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios

Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

Opciones de Respuesta:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Machuca Lozano Santiago Esteban

Especialidad

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 184.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Conocer los recursos de casación y de revisión

Número de CédulaApellido y Nombre

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función de la Corte Nacional de Justicia

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Función judicial Tema Especifico

Derecho Constitucional104146121

Page 446: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

448

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Derecho Constitucional

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho Constitucional

104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Apellido y Nombre EspecialidadNúmero de Cédula

Eje Temático

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función de la Corte Nacional de Justicia

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Art. 184.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios

Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

Opciones de Respuesta:

Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

Comprensión

Page 447: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

449

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función judicial

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función de la Corte Nacional de Justicia

Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios

Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del

Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 184.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 448: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

450

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función judicial

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función de la Corte Nacional de Justicia

Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios

Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del

Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 184.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 449: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

451

A)

B)

C)

D)Dificultad EsperadaOpción Correcta

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Derecho ConstitucionalEje Temático

Conocer los recursos de casación y de revisión

Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Delas siguientes funciones de un órgano jurisdiccional colegiado

identifique cuales no pertenecen a la Corte Nacional de Justicia

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

DATOS DEL AUTOR

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Page 450: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

452

A)

B)

C)

D)

Dificultad EsperadaOpción Correcta

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Derecho ConstitucionalEje Temático

Conocer los recursos de casación y de revisión

Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

Conocer, en segunda instancia, los asuntos colusorios

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Delas siguientes funciones de un órgano jurisdiccional colegiado

identifique cuales no pertenecen a la Corte Nacional de Justicia

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

DATOS DEL AUTOR

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Page 451: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

453

A)

B)

C)

D)

Dificultad EsperadaOpción Correcta

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Derecho ConstitucionalEje Temático

Conocer los recursos de casación y de revisión

Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Delas siguientes funciones de un órgano jurisdiccional colegiado

identifique cuales no pertenecen a la Corte Nacional de Justicia

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

DATOS DEL AUTOR

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Page 452: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

454

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función judicial

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: De las siguientes funciones de un órgano jurisdiccional colegiado

identifique cuales no pertenecen a la Corte Nacional de Justicia

Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

Conocer los recursos de casación y de revisión

Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 184.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 453: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

455

A)

B)

C)

D)

Dificultad EsperadaOpción Correcta

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Nivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Derecho ConstitucionalEje Temático

Conocer los recursos de casación y de revisión

Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: De las siguientes funciones de un órgano jurisdiccional colegiado

identifique cuales no pertenecen a la Corte Nacional de Justicia

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Comprensión

DATOS DEL AUTOR

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Page 454: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

456

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función judicial

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: De las siguientes funciones de un órgano jurisdiccional

colegiado identifique cuales no pertenecen a la Corte Nacional de Justicia

Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva

Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple

Conocer los recursos de casación y de revisión

Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.Opción Correcta Dificultad Esperada

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

A Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 184.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Page 455: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

457

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Gobernador Regional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función judicial

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes

autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre delitos de acción penal

pública:

Opciones de Respuesta:

Presidente de la República

Alcalde cantonal

Juez de instancia

Opción Correcta Dificultad Esperada

A Media

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les

corresponde:

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias dictadas

en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se sigan contra

el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la República, los Asambleístas y

las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, las juezas y

jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor o Defensora del

Pueblo, la o el Contralor General del Estado, el o la Fiscal General del Estado, la Defensora o el Defensor Público

General, el Procurador o la Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el

Secretario o Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras

del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las cortes

provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

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458

A)

B)

C)

D)

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se

sigan contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la

República, los Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los

vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del

Estado, el o la Fiscal General del Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la

Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o

Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las

consejeras del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los

jueces de las cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la

Corte Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

Concordancias: ConsE 86Num.3; 89Inc.5;

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el

ejercicio de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de

las o los fiscales provinciales;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas

especiales del mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con

las judicaturas especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte

Provincial a cuya provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes

provinciales les corresponde:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Juez de instancia

Alcalde cantonal

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las

siguientes autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre

delitos de acción penal pública:

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos

salas, se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el

reconocimiento u homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al

juzgador de primer nivel del domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

MediaA

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las

personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus

atribuciones, las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las

prefectas o los prefectos, las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y

jueces de los tribunales y juzgados, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el

Comandante General del Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la

Fuerza Aérea, y el Comandante General de la Policía.

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

Dificultad EsperadaOpción Correcta

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

Gobernador Regional

VIcepresidente de la República

Opciones de Respuesta:

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley,

las siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

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459

A)

B)

C)

D)

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se sigan

contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la República, los

Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y

Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo de la

Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del Estado, el o la Fiscal General del

Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la Procuradora General del Estado, los

Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o Secretaria General de la Administración Pública,

las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas

del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades,

cuando estuvieren subrogándolos.

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias

dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

Concordancias: ConsE 86Num.3; 89Inc.5;

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el ejercicio

de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las o los fiscales

provinciales;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del

mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas

especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya

provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les

corresponde:

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Juez de instancia

Alcalde cantonal

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes

autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre delitos de acción

penal pública:

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias extranjeras,

que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos salas, se establecerá

la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el reconocimiento u homologación de la

sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al juzgador de primer nivel del domicilio del

demandado, competente en razón de la materia;

MediaA

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las personas

que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus atribuciones,

las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas o los prefectos, las

alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los tribunales y juzgados, el Jefe

del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del Ejército, el Comandante General de

la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante General de la Policía.

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

Dificultad EsperadaOpción Correcta

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

Gobernador Regional

Vocales del Consejo de la Judicatura

Opciones de Respuesta:

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Page 458: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

460

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos

salas, se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el

reconocimiento u homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al

juzgador de primer nivel del domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales

del mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas

especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya

provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales

les corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se

sigan contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la

República, los Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los

vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del

Estado, el o la Fiscal General del Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la

Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o

Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras

del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las

cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el

ejercicio de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las

o los fiscales provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus

atribuciones, las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas o

los prefectos, las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los

tribunales y juzgados, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del

Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante

General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las

personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Concordancias: ConsE 86Num.3; 89Inc.5;

Asambleístas

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción CorrectaJuez de instancia

Alcalde cantonal

Gobernador Regional

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las

siguientes autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre

delitos de acción penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Page 459: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

461

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos salas,

se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el reconocimiento u

homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al juzgador de primer nivel

del domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del

mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas

especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya

provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les

corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se

sigan contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la

República, los Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación

Ciudadana y Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo

de la Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del Estado, el o la Fiscal

General del Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la Procuradora General del

Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o Secretaria General de la

Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras del Consejo Nacional

Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las cortes provinciales, y los

suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el

ejercicio de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las o

los fiscales provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus

atribuciones, las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas o

los prefectos, las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los

tribunales y juzgados, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del

Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante

General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las

personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Concordancias: ConsE 86Num.3; 89Inc.5;

Consejeros de la Consejo de Partipación Ciudadana y Control Social

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción CorrectaJuez de instancia

Alcalde cantonal

Gobernador Regional

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes

autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre delitos de acción

penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Page 460: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

462

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos

salas, se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el

reconocimiento u homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al

juzgador de primer nivel del domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales

del mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas

especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya

provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales

les corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se

sigan contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la

República, los Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los

vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del

Estado, el o la Fiscal General del Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la

Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o

Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras

del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las

cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el

ejercicio de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las

o los fiscales provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus

atribuciones, las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas

o los prefectos, las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los

tribunales y juzgados, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del

Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el

Comandante General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las

personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Concordancias: ConsE 86Num.3; 89Inc.5;

Consejeros del Consejo Nacional Electoral

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción CorrectaJuez de instancia

Alcalde cantonal

Gobernador Regional

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las

siguientes autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre

delitos de acción penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Page 461: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

463

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos

salas, se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el

reconocimiento u homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al

juzgador de primer nivel del domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales

del mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas

especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya

provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales

les corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se

sigan contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la

República, los Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los

vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del

Estado, el o la Fiscal General del Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la

Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o

Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras

del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las

cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el

ejercicio de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las

o los fiscales provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus

atribuciones, las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas

o los prefectos, las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los

tribunales y juzgados, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del

Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante

General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las

personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Concordancias: ConsE 86Num.3; 89Inc.5;

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción CorrectaJuez de instancia

Alcalde cantonal

Gobernador Regional

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las

siguientes autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre

delitos de acción penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

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464

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos

salas, se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el

reconocimiento u homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al

juzgador de primer nivel del domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales

del mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas

especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya

provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales

les corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se

sigan contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la

República, los Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los

vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del

Estado, el o la Fiscal General del Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la

Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o

Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las

consejeras del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los

jueces de las cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el

ejercicio de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de

las o los fiscales provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus

atribuciones, las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas

o los prefectos, las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los

tribunales y juzgados, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del

Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el

Comandante General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las

personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Concordancias: ConsE 86Num.3; 89Inc.5;

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción CorrectaJuez de instancia

Alcalde cantonal

Gobernador Regional

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las

siguientes autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre

delitos de acción penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

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465

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias extranjeras,

que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos salas, se establecerá

la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el reconocimiento u homologación de la

sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al juzgador de primer nivel del domicilio del

demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del

mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas

especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya

provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias

dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les

corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se sigan

contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la República, los

Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y

Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo de la Judicatura,

el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del Estado, el o la Fiscal General del Estado, la

Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la Procuradora General del Estado, los Ministros y

Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o Secretaria General de la Administración Pública, las y los

Superintendentes, los consejeros y las consejeras del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del Tribunal

Contencioso Electoral, los jueces de las cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando

estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el ejercicio

de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las o los fiscales

provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus atribuciones,

las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas o los prefectos, las

alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los tribunales y juzgados, el Jefe

del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del Ejército, el Comandante General de

la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las personas

que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Concordancias: ConsE 86Num.3; 89Inc.5;

Jueces de la Corte Provincial de Justicia

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción CorrectaJuez de instancia

Alcalde cantonal

Gobernador Regional

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes

autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre delitos de acción

penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

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466

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos

salas, se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el

reconocimiento u homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al

juzgador de primer nivel del domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales

del mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas

especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya

provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales

les corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se

sigan contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la

República, los Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los

vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del

Estado, el o la Fiscal General del Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la

Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o

Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras

del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las

cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el

ejercicio de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las

o los fiscales provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus

atribuciones, las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas

o los prefectos, las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los

tribunales y juzgados, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del

Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante

General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las

personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Secretario General de la Administración Pública

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción CorrectaJuez de instancia

Alcalde cantonal

Gobernador Regional

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las

siguientes autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre

delitos de acción penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

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467

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la

Corte Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos

salas, se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el

reconocimiento u homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al

juzgador de primer nivel del domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales

del mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las

judicaturas especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte

Provincial a cuya provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales

les corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se

sigan contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la

República, los Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los

vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del

Estado, el o la Fiscal General del Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la

Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o

Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las

consejeras del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los

jueces de las cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el

ejercicio de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de

las o los fiscales provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus

atribuciones, las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las

prefectas o los prefectos, las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces

de los tribunales y juzgados, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante

General del Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y

el Comandante General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las

personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Ministros o Secretarios de Estado

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley,

las siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción CorrectaJuez de instancia

Alcalde cantonal

Gobernador Regional

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las

siguientes autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre

delitos de acción penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

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468

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos salas,

se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el reconocimiento u

homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al juzgador de primer nivel

del domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del

mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas

especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya

provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les

corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se

sigan contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la

República, los Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación

Ciudadana y Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo

de la Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del Estado, el o la Fiscal

General del Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la Procuradora General del

Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o Secretaria General de la

Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras del Consejo Nacional

Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las cortes provinciales, y los

suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el

ejercicio de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las o

los fiscales provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus

atribuciones, las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas o

los prefectos, las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los

tribunales y juzgados, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del

Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante

General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las

personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Superintendentes

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción CorrectaJuez de instancia

Alcalde cantonal

Gobernador Regional

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes

autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre delitos de

acción penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

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469

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos salas,

se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el reconocimiento u

homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al juzgador de primer nivel

del domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del

mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas

especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya

provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les

corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se

sigan contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la

República, los Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación

Ciudadana y Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo

de la Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del Estado, el o la Fiscal

General del Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la Procuradora General del

Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o Secretaria General de la

Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras del Consejo Nacional

Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las cortes provinciales, y los

suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el

ejercicio de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las o

los fiscales provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus

atribuciones, las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas o

los prefectos, las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los

tribunales y juzgados, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del

Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante

General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las

personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Contralor General del Estado

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción CorrectaJuez de instancia

Alcalde cantonal

Gobernador Regional

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes

autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre delitos de acción

penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

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470

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos salas,

se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el reconocimiento u

homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al juzgador de primer nivel del

domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del

mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas

especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya

provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias

dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les

corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se sigan

contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la República, los

Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y

Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo de la

Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del Estado, el o la Fiscal General del

Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la Procuradora General del Estado, los

Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o Secretaria General de la Administración Pública,

las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas

del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades,

cuando estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el ejercicio

de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las o los

fiscales provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus atribuciones,

las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas o los prefectos,

las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los tribunales y juzgados,

el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del Ejército, el Comandante

General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las

personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Procurador General del Estado

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción CorrectaJuez de instancia

Alcalde cantonal

Gobernador Regional

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes

autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre delitos de acción

penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

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471

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos salas,

se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el reconocimiento u

homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al juzgador de primer nivel

del domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del

mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas

especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya

provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les

corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se

sigan contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la

República, los Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación

Ciudadana y Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo

de la Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del Estado, el o la Fiscal

General del Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la Procuradora General del

Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o Secretaria General de la

Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras del Consejo Nacional

Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las cortes provinciales, y los

suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el

ejercicio de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las o

los fiscales provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus

atribuciones, las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas o

los prefectos, las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los

tribunales y juzgados, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del

Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante

General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las

personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Fiscal General del Estado

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción CorrectaJuez de instancia

Alcalde cantonal

Gobernador Regional

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes

autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre delitos de

acción penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

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472

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos

salas, se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el

reconocimiento u homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al

juzgador de primer nivel del domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales

del mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas

especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya

provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales

les corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se

sigan contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la

República, los Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los

vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del

Estado, el o la Fiscal General del Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la

Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o

Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras

del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las

cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el

ejercicio de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las

o los fiscales provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus

atribuciones, las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas

o los prefectos, las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los

tribunales y juzgados, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del

Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el

Comandante General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las

personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Defensor Público General del Estado

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción CorrectaJuez de instancia

Alcalde cantonal

Gobernador Regional

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las

siguientes autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre

delitos de acción penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Page 471: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

473

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos salas,

se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el reconocimiento u

homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al juzgador de primer nivel del

domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del

mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas

especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya

provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias

dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les

corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se sigan

contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la República, los

Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y

Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo de la

Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del Estado, el o la Fiscal General del

Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la Procuradora General del Estado, los

Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o Secretaria General de la Administración Pública,

las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas

del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades,

cuando estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el ejercicio

de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las o los

fiscales provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus atribuciones,

las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas o los prefectos,

las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los tribunales y juzgados,

el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del Ejército, el Comandante

General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las

personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Defensor del Pueblo

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción CorrectaJuez de instancia

Alcalde cantonal

Gobernador Regional

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes

autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre delitos de acción

penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Page 472: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

474

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les

corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se sigan contra

el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la República, los Asambleístas y

las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, las juezas y

jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor o Defensora del

Pueblo, la o el Contralor General del Estado, el o la Fiscal General del Estado, la Defensora o el Defensor Público

General, el Procurador o la Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el

Secretario o Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las

consejeras del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las

cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Jueces de la Corte Constitucional

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Media

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte Nacional de

Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias extranjeras, que,

de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos salas, se establecerá la

competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el reconocimiento u homologación de la

sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al juzgador de primer nivel del domicilio del demandado,

competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del mismo; y

la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas especiales de otro

territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya provincia pertenece el tribunal o

juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias

dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el ejercicio de la

acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las o los fiscales

provinciales;

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus atribuciones, las

gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas o los prefectos, las

alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los tribunales y juzgados, el Jefe del

Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del Ejército, el Comandante General de la Marina,

el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las personas que

se sujetan a fuero de Corte Provincial.

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

A

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Juez de instancia

Alcalde cantonal

Gobernador Regional

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes

autoridades identique la que tenga fuero de Corte Nacional de Justicia en materia penal sobre delitos de acción penal

pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

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475

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les

corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se sigan contra

el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la República, los Asambleístas y

las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, las juezas y

jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor o Defensora del

Pueblo, la o el Contralor General del Estado, el o la Fiscal General del Estado, la Defensora o el Defensor Público

General, el Procurador o la Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el

Secretario o Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las

consejeras del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las

cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Jueces de la Corte Provincial de Justicia

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Media

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte Nacional de

Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias extranjeras, que,

de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos salas, se establecerá la

competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el reconocimiento u homologación de la

sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al juzgador de primer nivel del domicilio del demandado,

competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del mismo; y

la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas especiales de otro

territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya provincia pertenece el tribunal o

juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias

dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el ejercicio de la

acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las o los fiscales provinciales;

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus atribuciones, las

gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas o los prefectos, las

alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los tribunales y juzgados, el Jefe del

Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del Ejército, el Comandante General de la Marina,

el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las personas que se

sujetan a fuero de Corte Provincial.

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

D

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Juez de instancia

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes

autoridades identique la que tenga fuero de Corte Provincial de Justicia en materia penal sobre delitos de acción penal

pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Page 474: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

476

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les

corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se sigan contra

el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la República, los Asambleístas

y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, las

juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor o

Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del Estado, el o la Fiscal General del Estado, la Defensora o el

Defensor Público General, el Procurador o la Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios

de Estado, el Secretario o Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y

las consejeras del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las

cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Jueces de la Corte Provincial de Justicia

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Media

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte Nacional de

Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias extranjeras, que,

de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos salas, se establecerá la

competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el reconocimiento u homologación de la

sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al juzgador de primer nivel del domicilio del demandado,

competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del mismo;

y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas especiales de otro

territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya provincia pertenece el tribunal o

juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias

dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el ejercicio de la

acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las o los fiscales

provinciales;

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus atribuciones, las

gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas o los prefectos, las

alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los tribunales y juzgados, el Jefe del

Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del Ejército, el Comandante General de la

Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las personas que

se sujetan a fuero de Corte Provincial.

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

D

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Alcalde

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes

autoridades identique la que tenga fuero de Corte Provincial de Justicia en materia penal sobre delitos de acción penal

pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

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477

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les

corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se sigan contra

el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la República, los Asambleístas y

las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, las juezas y

jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor o Defensora del

Pueblo, la o el Contralor General del Estado, el o la Fiscal General del Estado, la Defensora o el Defensor Público

General, el Procurador o la Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el

Secretario o Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras

del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las cortes

provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Jueces de la Corte Provincial de Justicia

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Media

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte Nacional de

Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias extranjeras, que, de

acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos salas, se establecerá la

competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el reconocimiento u homologación de la

sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al juzgador de primer nivel del domicilio del demandado,

competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del mismo; y

la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas especiales de otro

territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya provincia pertenece el tribunal o

juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias dictadas

en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el ejercicio de la

acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las o los fiscales provinciales;

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus atribuciones, las

gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas o los prefectos, las

alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los tribunales y juzgados, el Jefe del

Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del Ejército, el Comandante General de la Marina,

el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las personas que se

sujetan a fuero de Corte Provincial.

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

D

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Prefecto

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes

autoridades identique la que tenga fuero de Corte Provincial de Justicia en materia penal sobre delitos de acción penal

pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Page 476: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

478

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se sigan contra el Presidente o la Presidenta de la República, el

Vicepresidente o la Vicepresidenta de la República, los Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y Control

Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del

Estado, el o la Fiscal General del Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y

Secretarios de Estado, el Secretario o Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras del Consejo Nacional

Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Jueces de la Corte Provincial de Justicia

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Media

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala

Especializada. En caso de existir dos salas, se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el reconocimiento u homologación de la

sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al juzgador de primer nivel del domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con

las juezas y jueces o con las judicaturas especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya provincia pertenece el

tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que

establezca la ley;

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el ejercicio de la acción penal según lo dispuesto en el Código de

Procedimiento Penal, estarán a cargo de las o los fiscales provinciales;

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus atribuciones, las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el

Gobernador Regional, las prefectas o los prefectos, las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los tribunales y juzgados, el Jefe del

Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el

Comandante General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

D

Dificultad EsperadaOpción CorrectaGobernador Regional

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes autoridades identique la que tenga fuero de Corte Provincial de

Justicia en materia penal sobre delitos de acción penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Page 477: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

479

A)

B)

C)

D)

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les

corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se sigan

contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la República, los

Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y Control

Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor

o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del Estado, el o la Fiscal General del Estado, la Defensora o el

Defensor Público General, el Procurador o la Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y

Secretarios de Estado, el Secretario o Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los

consejeros y las consejeras del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral,

los jueces de las cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Jueces de la Corte Provincial de Justicia

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Media

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte Nacional

de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias extranjeras, que,

de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos salas, se establecerá la

competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el reconocimiento u homologación de la

sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al juzgador de primer nivel del domicilio del demandado,

competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del

mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas especiales

de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya provincia pertenece el

tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias

dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el ejercicio de la

acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las o los fiscales

provinciales;

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus atribuciones, las

gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas o los prefectos, las

alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los tribunales y juzgados, el Jefe del

Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del Ejército, el Comandante General de la

Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las personas que

se sujetan a fuero de Corte Provincial.

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

D

Dificultad EsperadaOpción CorrectaGobernador Provincial

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes

autoridades identique la que tenga fuero de Corte Provincial de Justicia en materia penal sobre delitos de acción

penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

Page 478: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

480

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala

Especializada. En caso de existir dos salas, se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el reconocimiento u homologación de la

sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al juzgador de primer nivel del domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las

juezas y jueces o con las judicaturas especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya provincia pertenece el tribunal o

juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que

establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se sigan contra el Presidente o la Presidenta de la República, el

Vicepresidente o la Vicepresidenta de la República, los Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social,

las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del Estado, el o la

Fiscal General del Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el

Secretario o Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del

Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el ejercicio de la acción penal según lo dispuesto en el Código de

Procedimiento Penal, estarán a cargo de las o los fiscales provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus atribuciones, las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el

Gobernador Regional, las prefectas o los prefectos, las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los tribunales y juzgados, el Jefe del

Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el

Comandante General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Jueces de la Corte Provincial de Justicia

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Intendente de Policía

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes autoridades identique la que tenga fuero de Corte Provincial de

Justicia en materia penal sobre delitos de acción penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Page 479: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

481

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos salas,

se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el reconocimiento u

homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al juzgador de primer nivel

del domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del

mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas

especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya

provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les

corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se

sigan contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la

República, los Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación

Ciudadana y Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo

de la Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del Estado, el o la Fiscal

General del Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la Procuradora General del

Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o Secretaria General de la

Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras del Consejo Nacional

Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las cortes provinciales, y los

suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el

ejercicio de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las o

los fiscales provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus

atribuciones, las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas o

los prefectos, las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los

tribunales y juzgados, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del

Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante

General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las

personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Jueces de la Corte Provincial de Justicia

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción CorrectaJefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes

autoridades identique la que tenga fuero de Corte Provincial de Justicia en materia penal sobre delitos de

acción penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Page 480: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

482

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos

salas, se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el

reconocimiento u homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al

juzgador de primer nivel del domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales

del mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas

especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya

provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales

les corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se

sigan contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la

República, los Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los

vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del

Estado, el o la Fiscal General del Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la

Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o

Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras

del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las

cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el

ejercicio de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las

o los fiscales provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus

atribuciones, las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas

o los prefectos, las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los

tribunales y juzgados, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del

Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante

General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las

personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Jueces de la Corte Provincial de Justicia

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción CorrectaComandante General del Ejército

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las

siguientes autoridades identique la que tenga fuero de Corte Provincial de Justicia en materia penal sobre

delitos de acción penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Page 481: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

483

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte

Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias extranjeras,

que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos salas, se

establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el reconocimiento u

homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al juzgador de primer nivel del

domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del

mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con las judicaturas

especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte Provincial a cuya

provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias

dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les

corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se sigan

contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la República, los

Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de Participación Ciudadana y

Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los vocales del Consejo de la

Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del Estado, el o la Fiscal General del

Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la Procuradora General del Estado, los

Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o Secretaria General de la Administración Pública,

las y los Superintendentes, los consejeros y las consejeras del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas

del Tribunal Contencioso Electoral, los jueces de las cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades,

cuando estuvieren subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el ejercicio

de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de las o los fiscales

provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus atribuciones,

las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las prefectas o los prefectos,

las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y jueces de los tribunales y juzgados, el

Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el Comandante General del Ejército, el Comandante

General de la Marina, el Comandante General de la Fuerza Aérea, y el Comandante General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las personas

que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Jueces de la Corte Provincial de Justicia

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las

siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción CorrectaComandante General de la Marina

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes

autoridades identique la que tenga fuero de Corte Provincial de Justicia en materia penal sobre delitos de acción

penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Page 482: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

484

A)

B)

C)

D)

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Opciones de Respuesta:

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

Tema Especifico Función judicial

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las siguientes autoridades

Jueces de la Corte Provincial de Justicia

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Comandante General de la Fuerza Aérea

Opción Correcta Dificultad Esperada

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias dictadas

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley, las siguientes:

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple reiteración.

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública, se sigan contra el

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes provinciales les

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las personas que se

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus atribuciones, las

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el ejercicio de la

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del mismo; y la

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias extranjeras, que, de

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la Corte Nacional de

Page 483: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

485

A)

B)

C)

D)

4. Actuar como tribunal de instancia en todos aquellos casos en los que la ley así lo disponga;

3. Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios;

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

8. Las demás que establezcan la Constitución, la ley y los reglamentos.

7. Recibir las dudas de las juezas y jueces de su distrito sobre la inteligencia de la ley y enviarlas a la

Corte Nacional de Justicia con el informe correspondiente; y,

6. Conocer, en única instancia, las causas para el reconocimiento u homologación de las sentencias

extranjeras, que, de acuerdo a la materia, corresponderá a la Sala Especializada. En caso de existir dos

salas, se establecerá la competencia por sorteo. Una vez ejecutoriada la sentencia que declare el

reconocimiento u homologación de la sentencia extranjera, la ejecución de la misma corresponderá al

juzgador de primer nivel del domicilio del demandado, competente en razón de la materia;

5. Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas

especiales del mismo; y la de cualquiera de los anteriormente nombrados con las juezas y jueces o con

las judicaturas especiales de otro territorio. En este último caso, el conocimiento corresponde a la Corte

Provincial a cuya provincia pertenece el tribunal o juzgador provocante;

1. Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

sentencias dictadas en procesos contravencionales y los demás que establezca la ley;

Art. 208 COFJ.- Competencia de las salas de las cortes provinciales.- A las salas de las cortes

provinciales les corresponde:

Art. 192.- La Sala de lo Penal conocerá las acciones que, por responsabilidad penal de acción pública,

se sigan contra el Presidente o la Presidenta de la República, el Vicepresidente o la Vicepresidenta de la

República, los Asambleístas y las Asambleístas, los consejeros y las consejeras del Consejo de

Participación Ciudadana y Control Social, las juezas y jueces de la Corte Nacional de Justicia, las y los

vocales del Consejo de la Judicatura, el Defensor o Defensora del Pueblo, la o el Contralor General del

Estado, el o la Fiscal General del Estado, la Defensora o el Defensor Público General, el Procurador o la

Procuradora General del Estado, los Ministros y Secretarias y Secretarios de Estado, el Secretario o

Secretaria General de la Administración Pública, las y los Superintendentes, los consejeros y las

consejeras del Consejo Nacional Electoral, los jueces y juezas del Tribunal Contencioso Electoral, los

jueces de las cortes provinciales, y los suplentes de estas autoridades, cuando estuvieren

subrogándolos.

En estos casos de fuero de Corte Provincial, la investigación pre procesal y procesal penal, así como el

ejercicio de la acción penal según lo dispuesto en el Código de Procedimiento Penal, estarán a cargo de

las o los fiscales provinciales;

4. Presentar proyectos de ley relacionados con el sistema de administración de justicia.

Se sujetan a fuero de Corte Provincial, por infracciones cometidas con ocasión del ejercicio de sus

atribuciones, las gobernadoras y los gobernadores, la Gobernadora o el Gobernador Regional, las

prefectas o los prefectos, las alcaldesas y los alcaldes, las y los intendentes de Policía, las juezas y

jueces de los tribunales y juzgados, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, el

Comandante General del Ejército, el Comandante General de la Marina, el Comandante General de la

Fuerza Aérea, y el Comandante General de la Policía.

2. Conocer, en primera y segunda instancia, toda causa penal y de tránsito que se promueva contra las

personas que se sujetan a fuero de Corte Provincial.

Jueces de la Corte Provincial de Justicia

3. Conocer las causas que se inicien contra las servidoras y servidores públicos que gocen de fuero.

2. Desarrollar el sistema de precedentes jurisprudenciales fundamentado en los fallos de triple

reiteración.

1. Conocer los recursos de casación, de revisión y los demás que establezca la ley.

Art. 184 CRE.- Serán funciones de la Corte Nacional de Justicia, además de las determinadas en la ley,

las siguientes:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción CorrectaComandante General de la Policía Nacional

Jueces del Tribunal Contencioso Electoral

Jueces de la Corte Nacional de Justicia

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República y el Código Orgánico de la Función Judicial: De las

siguientes autoridades identique la que tenga fuero de Corte Provincial de Justicia en materia penal

sobre delitos de acción penal pública:

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Page 484: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

486

A)

B)

C)

D) Ser la máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de

Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales

Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución de la Corte Constitucional:

Base:

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

Art. 436 CRE.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:1.

Ser la máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos

ratificados por el Estado ecuatoriano, a través de sus dictámenes y sentencias. Sus decisiones tendrán carácter

vinculante.

2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos

normativos de carácter general emitidos por órganos y autoridades del Estado. La declaratoria de

inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez del acto normativo impugnado.

3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento

concluya que una o varias de ellas son contrarias a la Constitución.

4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos

generales emitidos por toda autoridad pública. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez

del acto administrativo.

5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de

garantizar la aplicación de normas o actos administrativos de carácter general, cualquiera que sea su naturaleza o

jerarquía, así como para el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de protección de

derechos humanos que no sean ejecutables por las vías judiciales ordinarias.

6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de protección,

cumplimiento, hábeas corpus, hábeas data, acceso a la información pública y demás procesos constitucionales, así

como los casos seleccionados por la Corte para su revisión.

7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos en la

Constitución.

8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de

excepción, cuando impliquen la suspensión de derechos constitucionales.

9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

10. Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades públicas que por

omisión inobserven, en forma total o parcial, los mandatos contenidos en normas constitucionales, dentro del plazo

establecido en la Constitución o en el plazo considerado razonable por la Corte Constitucional. Si transcurrido el

plazo la omisión persiste, la Corte, de manera provisional, expedirá la norma o ejecutará el acto omitido, de acuerdo

con la ley.

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Page 485: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

487

A)

B)

C)

D)

Dificultad EsperadaOpción Correcta

5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de garantizar

la aplicación de normas o actos administrativos de carácter general, cualquiera que sea su naturaleza o jerarquía, así como

para el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de protección de derechos humanos que no

sean ejecutables por las vías judiciales ordinarias.

6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de protección, cumplimiento,

hábeas corpus, hábeas data, acceso a la información pública y demás procesos constitucionales, así como los casos

seleccionados por la Corte para su revisión.

7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos en la

Constitución.

Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución de la Corte Constitucional:

Apellido y Nombre

Base:

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Art. 436 CRE.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:1. Ser la

máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por

el Estado ecuatoriano, a través de sus dictámenes y sentencias. Sus decisiones tendrán carácter vinculante.

Derecho ConstitucionalEje Temático

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de Cédula

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos

Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del

Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

MediaD

2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos normativos de

carácter general emitidos por órganos y autoridades del Estado. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto

la invalidez del acto normativo impugnado.

3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento

concluya que una o varias de ellas son contrarias a la Constitución.

4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos generales

emitidos por toda autoridad pública. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez del acto

administrativo.

10. Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades públicas que por omisión

inobserven, en forma total o parcial, los mandatos contenidos en normas constitucionales, dentro del plazo establecido en

la Constitución o en el plazo considerado razonable por la Corte Constitucional. Si transcurrido el plazo la omisión persiste,

la Corte, de manera provisional, expedirá la norma o ejecutará el acto omitido, de acuerdo con la ley.

8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de excepción,

cuando impliquen la suspensión de derechos constitucionales.

9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

Page 486: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

488

A)

B)

C)

D)

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y

Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución de la Corte

Constitucional:

Base:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

10. Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades

públicas que por omisión inobserven, en forma total o parcial, los mandatos contenidos en

normas constitucionales, dentro del plazo establecido en la Constitución o en el plazo considerado

razonable por la Corte Constitucional. Si transcurrido el plazo la omisión persiste, la Corte, de

manera provisional, expedirá la norma o ejecutará el acto omitido, de acuerdo con la ley.

9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de

los estados de excepción, cuando impliquen la suspensión de derechos constitucionales.

7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos

establecidos en la Constitución.

6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de

protección, cumplimiento, hábeas corpus, hábeas data, acceso a la información pública y demás

procesos constitucionales, así como los casos seleccionados por la Corte para su revisión.

5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con

la finalidad de garantizar la aplicación de normas o actos administrativos de carácter general,

cualquiera que sea su naturaleza o jerarquía, así como para el cumplimiento de sentencias o

informes de organismos internacionales de protección de derechos humanos que no sean

ejecutables por las vías judiciales ordinarias.

4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos

con efectos generales emitidos por toda autoridad pública. La declaratoria de inconstitucionalidad

tendrá como efecto la invalidez del acto administrativo.

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que

3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a

su conocimiento concluya que una o varias de ellas son contrarias a la Constitución.

2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma,

contra actos normativos de carácter general emitidos por órganos y autoridades del Estado. La

declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez del acto normativo impugnado.

Art. 436 CRE.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las

siguientes atribuciones:1. Ser la máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los

tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado ecuatoriano, a través de

sus dictámenes y sentencias. Sus decisiones tendrán carácter vinculante.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Page 487: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

489

A)

B)

C)

D)

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del mismo; y la de cualquiera de

Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución de la Corte Constitucional:

Base:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos generales emitidos por toda

autoridad pública

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

10. Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades públicas que por omisión inobserven, en forma total o parcial, los

mandatos contenidos en normas constitucionales, dentro del plazo establecido en la Constitución o en el plazo considerado razonable por la Corte

Constitucional. Si transcurrido el plazo la omisión persiste, la Corte, de manera provisional, expedirá la norma o ejecutará el acto omitido, de acuerdo con la ley.

9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de excepción, cuando impliquen la suspensión de

derechos constitucionales.

7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos en la Constitución.

6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de protección, cumplimiento, hábeas corpus, hábeas data, acceso a la

información pública y demás procesos constitucionales, así como los casos seleccionados por la Corte para su revisión.

5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de garantizar la aplicación de normas o actos

administrativos de carácter general, cualquiera que sea su naturaleza o jerarquía, así como para el cumplimiento de sentencias o informes de organismos

internacionales de protección de derechos humanos que no sean ejecutables por las vías judiciales ordinarias.

4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos generales emitidos por toda autoridad pública. La

declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez del acto administrativo.

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias dictadas en procesos

3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento concluya que una o varias de ellas son

contrarias a la Constitución.

2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos normativos de carácter general emitidos por

órganos y autoridades del Estado. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez del acto normativo impugnado.

Art. 436 CRE.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:1. Ser la máxima instancia de interpretación de

la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el Estado ecuatoriano, a través de sus dictámenes y sentencias. Sus

decisiones tendrán carácter vinculante.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Page 488: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

490

A)

B)

C)

D)

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales

Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución de la Corte Constitucional:

Base:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

10. Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades públicas que por

omisión inobserven, en forma total o parcial, los mandatos contenidos en normas constitucionales, dentro del plazo

establecido en la Constitución o en el plazo considerado razonable por la Corte Constitucional. Si transcurrido el plazo

la omisión persiste, la Corte, de manera provisional, expedirá la norma o ejecutará el acto omitido, de acuerdo con la

ley.

9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de

excepción, cuando impliquen la suspensión de derechos constitucionales.

7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos en la

Constitución.

6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de protección, cumplimiento,

hábeas corpus, hábeas data, acceso a la información pública y demás procesos constitucionales, así como los casos

seleccionados por la Corte para su revisión.

5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de

garantizar la aplicación de normas o actos administrativos de carácter general, cualquiera que sea su naturaleza o

jerarquía, así como para el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de protección de

derechos humanos que no sean ejecutables por las vías judiciales ordinarias.

4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos generales

emitidos por toda autoridad pública. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez del acto

administrativo.

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento

concluya que una o varias de ellas son contrarias a la Constitución.

2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos

normativos de carácter general emitidos por órganos y autoridades del Estado. La declaratoria de inconstitucionalidad

tendrá como efecto la invalidez del acto normativo impugnado.

Art. 436 CRE.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:1.

Ser la máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos

ratificados por el Estado ecuatoriano, a través de sus dictámenes y sentencias. Sus decisiones tendrán carácter

vinculante.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

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491

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos generales

5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de garantizar

6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de protección, cumplimiento,

7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos en la

8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de excepción,

9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

10. Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades públicas que por omisión

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución de la Corte Constitucional:

3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento

Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias

Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios

Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del

Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante en los casos seleccionados para su revisión.

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 436 CRE.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:1. Ser la

2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos normativos de

Tema Especifico Función judicial

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

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A)

B)

C)

D)

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales

Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución de la Corte Constitucional:

Base:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

10. Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades públicas que por

omisión inobserven, en forma total o parcial, los mandatos contenidos en normas constitucionales, dentro del plazo

establecido en la Constitución o en el plazo considerado razonable por la Corte Constitucional. Si transcurrido el

plazo la omisión persiste, la Corte, de manera provisional, expedirá la norma o ejecutará el acto omitido, de acuerdo

con la ley.

9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de

excepción, cuando impliquen la suspensión de derechos constitucionales.

7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos en la

Constitución.

6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de protección,

cumplimiento, hábeas corpus, hábeas data, acceso a la información pública y demás procesos constitucionales, así

como los casos seleccionados por la Corte para su revisión.

5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de

garantizar la aplicación de normas o actos administrativos de carácter general, cualquiera que sea su naturaleza o

jerarquía, así como para el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de protección de

derechos humanos que no sean ejecutables por las vías judiciales ordinarias.

4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos

generales emitidos por toda autoridad pública. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la

invalidez del acto administrativo.

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento

concluya que una o varias de ellas son contrarias a la Constitución.

2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos

normativos de carácter general emitidos por órganos y autoridades del Estado. La declaratoria de

inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez del acto normativo impugnado.

Art. 436 CRE.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:1.

Ser la máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos

ratificados por el Estado ecuatoriano, a través de sus dictámenes y sentencias. Sus decisiones tendrán carácter

vinculante.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

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493

A)

B)

C)

D)

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales

Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución de la Corte Constitucional:

Base:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de los

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

10. Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades públicas que por

omisión inobserven, en forma total o parcial, los mandatos contenidos en normas constitucionales, dentro del plazo

establecido en la Constitución o en el plazo considerado razonable por la Corte Constitucional. Si transcurrido el

plazo la omisión persiste, la Corte, de manera provisional, expedirá la norma o ejecutará el acto omitido, de acuerdo

con la ley.

9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de

excepción, cuando impliquen la suspensión de derechos constitucionales.

7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos en la

Constitución.

6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de protección,

cumplimiento, hábeas corpus, hábeas data, acceso a la información pública y demás procesos constitucionales, así

como los casos seleccionados por la Corte para su revisión.

5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de

garantizar la aplicación de normas o actos administrativos de carácter general, cualquiera que sea su naturaleza o

jerarquía, así como para el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de protección de

derechos humanos que no sean ejecutables por las vías judiciales ordinarias.

4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos

generales emitidos por toda autoridad pública. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez

del acto administrativo.

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento

concluya que una o varias de ellas son contrarias a la Constitución.

2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos

normativos de carácter general emitidos por órganos y autoridades del Estado. La declaratoria de

inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez del acto normativo impugnado.

Art. 436 CRE.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:1.

Ser la máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos

ratificados por el Estado ecuatoriano, a través de sus dictámenes y sentencias. Sus decisiones tendrán carácter

vinculante.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

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494

A)

B)

C)

D)

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales

Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución de la Corte Constitucional:

Base:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

10. Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades públicas que por

omisión inobserven, en forma total o parcial, los mandatos contenidos en normas constitucionales, dentro del plazo

establecido en la Constitución o en el plazo considerado razonable por la Corte Constitucional. Si transcurrido el

plazo la omisión persiste, la Corte, de manera provisional, expedirá la norma o ejecutará el acto omitido, de acuerdo

con la ley.

9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de

excepción, cuando impliquen la suspensión de derechos constitucionales.

7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos en la

Constitución.

6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de protección,

cumplimiento, hábeas corpus, hábeas data, acceso a la información pública y demás procesos constitucionales, así

como los casos seleccionados por la Corte para su revisión.

5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de

garantizar la aplicación de normas o actos administrativos de carácter general, cualquiera que sea su naturaleza o

jerarquía, así como para el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de protección de

derechos humanos que no sean ejecutables por las vías judiciales ordinarias.

4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos

generales emitidos por toda autoridad pública. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez

del acto administrativo.

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de

3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento

concluya que una o varias de ellas son contrarias a la Constitución.

2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos

normativos de carácter general emitidos por órganos y autoridades del Estado. La declaratoria de

inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez del acto normativo impugnado.

Art. 436 CRE.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:1.

Ser la máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos

ratificados por el Estado ecuatoriano, a través de sus dictámenes y sentencias. Sus decisiones tendrán carácter

vinculante.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Page 493: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

495

A)

B)

C)

D)

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos generales

emitidos por toda autoridad pública. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez del acto

administrativo.

5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de garantizar

la aplicación de normas o actos administrativos de carácter general, cualquiera que sea su naturaleza o jerarquía, así como

para el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de protección de derechos humanos que no

sean ejecutables por las vías judiciales ordinarias.

6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de protección, cumplimiento,

hábeas corpus, hábeas data, acceso a la información pública y demás procesos constitucionales, así como los casos

seleccionados por la Corte para su revisión.

7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos en la

Constitución.

8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de excepción,

cuando impliquen la suspensión de derechos constitucionales.

9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

10. Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades públicas que por omisión

inobserven, en forma total o parcial, los mandatos contenidos en normas constitucionales, dentro del plazo establecido en la

Constitución o en el plazo considerado razonable por la Corte Constitucional. Si transcurrido el plazo la omisión persiste, la

Corte, de manera provisional, expedirá la norma o ejecutará el acto omitido, de acuerdo con la ley.

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Base:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique una función o atribución de la Corte Constitucional:

3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento concluya

que una o varias de ellas son contrarias a la Constitución.

Conocer, en segunda instancia, los recursos de apelación y nulidad, incluso los que provengan de sentencias

Conocer en segunda instancia los asuntos colusorios

Dirimir la competencia que surja entre juezas o jueces de territorio y entre éstos y judicaturas especiales del

Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades públicas que por

Opción Correcta Dificultad Esperada

Opciones de Respuesta:

D Media

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Art. 436 CRE.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:1. Ser la

2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos normativos de

carácter general emitidos por órganos y autoridades del Estado. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto

la invalidez del acto normativo impugnado.

Tema Especifico Función judicial

Nivel Taxonomico de la Pregunta Comprensión

Apellido y Nombre Número de Cédula Especialidad

Machuca Lozano Santiago Esteban 104146121 Derecho Constitucional

Eje Temático Derecho Constitucional

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Número de Pregunta: Fecha de Elaboración: 23/9/2019

DATOS DEL AUTOR

Page 494: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

496

A)

B)

C)

D)

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Acto de simple administración

Acto administrativo

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un acto jurídico que puede ser sometido a control de

constitucionalidad

Base:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Contrato público y contrato privado

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

10. Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades públicas que por omisión

inobserven, en forma total o parcial, los mandatos contenidos en normas constitucionales, dentro del plazo establecido en

la Constitución o en el plazo considerado razonable por la Corte Constitucional. Si transcurrido el plazo la omisión persiste,

la Corte, de manera provisional, expedirá la norma o ejecutará el acto omitido, de acuerdo con la ley.

9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de excepción,

cuando impliquen la suspensión de derechos constitucionales.

7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos en la

Constitución.

6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de protección, cumplimiento,

hábeas corpus, hábeas data, acceso a la información pública y demás procesos constitucionales, así como los casos

seleccionados por la Corte para su revisión.

5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de garantizar

la aplicación de normas o actos administrativos de carácter general, cualquiera que sea su naturaleza o jerarquía, así como

para el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de protección de derechos humanos que no

sean ejecutables por las vías judiciales ordinarias.

4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos generales

emitidos por toda autoridad pública. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez del acto

administrativo.

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Ley

3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento concluya

que una o varias de ellas son contrarias a la Constitución.

2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos normativos de

carácter general emitidos por órganos y autoridades del Estado. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto

la invalidez del acto normativo impugnado.

Art. 436 CRE.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:1. Ser la

máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por

el Estado ecuatoriano, a través de sus dictámenes y sentencias. Sus decisiones tendrán carácter vinculante.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Page 495: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

497

A)

B)

C)

D)

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Acto de simple administración

Acto administrativo

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un acto jurídico que puede ser sometido a control de

constitucionalidad

Base:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Contrato público y contrato privado

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

10. Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades públicas que por omisión

inobserven, en forma total o parcial, los mandatos contenidos en normas constitucionales, dentro del plazo establecido en la

Constitución o en el plazo considerado razonable por la Corte Constitucional. Si transcurrido el plazo la omisión persiste, la

Corte, de manera provisional, expedirá la norma o ejecutará el acto omitido, de acuerdo con la ley.

9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de excepción,

cuando impliquen la suspensión de derechos constitucionales.

7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos en la Constitución.

6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de protección, cumplimiento,

hábeas corpus, hábeas data, acceso a la información pública y demás procesos constitucionales, así como los casos

seleccionados por la Corte para su revisión.

5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de garantizar la

aplicación de normas o actos administrativos de carácter general, cualquiera que sea su naturaleza o jerarquía, así como

para el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de protección de derechos humanos que no

sean ejecutables por las vías judiciales ordinarias.

4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos generales

emitidos por toda autoridad pública. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez del acto

administrativo.

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Ordenanza

3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento concluya

que una o varias de ellas son contrarias a la Constitución.

2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos normativos de

carácter general emitidos por órganos y autoridades del Estado. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la

invalidez del acto normativo impugnado.

Art. 436 CRE.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:1. Ser la

máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el

Estado ecuatoriano, a través de sus dictámenes y sentencias. Sus decisiones tendrán carácter vinculante.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Page 496: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

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A)

B)

C)

D)

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Acto de simple administración

Acto administrativo

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un acto jurídico que puede ser sometido a control de

constitucionalidad

Base:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Contrato público y contrato privado

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

10. Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades públicas que por

omisión inobserven, en forma total o parcial, los mandatos contenidos en normas constitucionales, dentro del plazo

establecido en la Constitución o en el plazo considerado razonable por la Corte Constitucional. Si transcurrido el

plazo la omisión persiste, la Corte, de manera provisional, expedirá la norma o ejecutará el acto omitido, de acuerdo

con la ley.

9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de

excepción, cuando impliquen la suspensión de derechos constitucionales.

7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos en la

Constitución.

6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de protección,

cumplimiento, hábeas corpus, hábeas data, acceso a la información pública y demás procesos constitucionales, así

como los casos seleccionados por la Corte para su revisión.

5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de

garantizar la aplicación de normas o actos administrativos de carácter general, cualquiera que sea su naturaleza o

jerarquía, así como para el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de protección de

derechos humanos que no sean ejecutables por las vías judiciales ordinarias.

4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos

generales emitidos por toda autoridad pública. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez

del acto administrativo.

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Ordenanza

3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento

concluya que una o varias de ellas son contrarias a la Constitución.

2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos

normativos de carácter general emitidos por órganos y autoridades del Estado. La declaratoria de

inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez del acto normativo impugnado.

Art. 436 CRE.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:1.

Ser la máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos

ratificados por el Estado ecuatoriano, a través de sus dictámenes y sentencias. Sus decisiones tendrán carácter

vinculante.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Page 497: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

499

A)

B)

C)

D)

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Acto de simple administración

Acto administrativo

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un acto jurídico que puede ser sometido a control de

constitucionalidad

Base:

MediaD

Dificultad EsperadaOpción CorrectaContrato público y contrato privado

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

10. Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades públicas que por

omisión inobserven, en forma total o parcial, los mandatos contenidos en normas constitucionales, dentro del plazo

establecido en la Constitución o en el plazo considerado razonable por la Corte Constitucional. Si transcurrido el

plazo la omisión persiste, la Corte, de manera provisional, expedirá la norma o ejecutará el acto omitido, de acuerdo

con la ley.

9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de

excepción, cuando impliquen la suspensión de derechos constitucionales.

7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos en la

Constitución.

6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de protección,

cumplimiento, hábeas corpus, hábeas data, acceso a la información pública y demás procesos constitucionales, así

como los casos seleccionados por la Corte para su revisión.

5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de

garantizar la aplicación de normas o actos administrativos de carácter general, cualquiera que sea su naturaleza o

jerarquía, así como para el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de protección de

derechos humanos que no sean ejecutables por las vías judiciales ordinarias.

4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos

generales emitidos por toda autoridad pública. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la

invalidez del acto administrativo.

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Tratado o instrumento internacional

3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento

concluya que una o varias de ellas son contrarias a la Constitución.

2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos

normativos de carácter general emitidos por órganos y autoridades del Estado. La declaratoria de

inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez del acto normativo impugnado.

Art. 436 CRE.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:1.

Ser la máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos

ratificados por el Estado ecuatoriano, a través de sus dictámenes y sentencias. Sus decisiones tendrán carácter

vinculante.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta:

Page 498: BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP Número de Pregunta ......Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: Constitución de la República Art. 6.- Todas las ecuatorianas y los ecuatorianos

500

A)

B)

C)

D)

DATOS DEL AUTOR

23/9/2019Fecha de Elaboración:Número de Pregunta:

Derecho Constitucional104146121Machuca Lozano Santiago Esteban

EspecialidadNúmero de CédulaApellido y Nombre

ComprensiónNivel Taxonomico de la Pregunta

Función judicial Tema Especifico

Derecho ConstitucionalEje Temático

Acto de simple administración

Acto administrativo

Opciones de Respuesta:

De acuerdo con la Constitución de la República: Identifique un acto jurídico que puede ser sometido a control de

constitucionalidad

Base:

MediaA

Dificultad EsperadaOpción Correcta

Contrato público y contrato privado

BANCO DE PREGUNTAS DINARDAP

Remitirse al artículo mencionado anteriormente

Justificación de Cada Opción Incorrecta:

10. Declarar la inconstitucionalidad en que incurran las instituciones del Estado o autoridades públicas que por omisión

inobserven, en forma total o parcial, los mandatos contenidos en normas constitucionales, dentro del plazo establecido en la

Constitución o en el plazo considerado razonable por la Corte Constitucional. Si transcurrido el plazo la omisión persiste, la

Corte, de manera provisional, expedirá la norma o ejecutará el acto omitido, de acuerdo con la ley.

9. Conocer y sancionar el incumplimiento de las sentencias y dictámenes constitucionales.

8. Efectuar de oficio y de modo inmediato el control de constitucionalidad de las declaratorias de los estados de excepción,

cuando impliquen la suspensión de derechos constitucionales.

7. Dirimir conflictos de competencias o de atribuciones entre funciones del Estado u órganos establecidos en la Constitución.

6. Expedir sentencias que constituyan jurisprudencia vinculante respecto de las acciones de protección, cumplimiento, hábeas

corpus, hábeas data, acceso a la información pública y demás procesos constitucionales, así como los casos seleccionados

por la Corte para su revisión.

5. Conocer y resolver, a petición de parte, las acciones por incumplimiento que se presenten con la finalidad de garantizar la

aplicación de normas o actos administrativos de carácter general, cualquiera que sea su naturaleza o jerarquía, así como para

el cumplimiento de sentencias o informes de organismos internacionales de protección de derechos humanos que no sean

ejecutables por las vías judiciales ordinarias.

4. Conocer y resolver, a petición de parte, la inconstitucionalidad contra los actos administrativos con efectos generales

emitidos por toda autoridad pública. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la invalidez del acto

administrativo.

CONSTRUCCÓN DE LA PREGUNTA

Decreto de excepción

3. Declarar de oficio la inconstitucionalidad de normas conexas, cuando en los casos sometidos a su conocimiento concluya

que una o varias de ellas son contrarias a la Constitución.

2. Conocer y resolver las acciones públicas de inconstitucionalidad, por el fondo o por la forma, contra actos normativos de

carácter general emitidos por órganos y autoridades del Estado. La declaratoria de inconstitucionalidad tendrá como efecto la

invalidez del acto normativo impugnado.

Art. 436 CRE.- La Corte Constitucional ejercerá, además de las que le confiera la ley, las siguientes atribuciones:1. Ser la

máxima instancia de interpretación de la Constitución, de los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por el

Estado ecuatoriano, a través de sus dictámenes y sentencias. Sus decisiones tendrán carácter vinculante.

Justificación y Fuentes de la Opción Correcta: