BASES ESTÁNDAR DE LICITACIÓN PÚBLICA PARA LA...

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MUNICIPALIDAD DISTRITAL JACOBO HUNTER AMC N° 01-2014-MDJH DERIVADA DE LP N° 02 2013 MDJH (SEGUNDA CONVOCATORIA) 1 MUNICIPALIDAD DISTRITAL JACOBO HUNTER ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRONICA N° 01-2014-MDJH DERIVADA DE LICITACIÓN PÚBLICA Nº 02-2013-MDJH (SEGUNDA CONVOCATORIA) “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LAS DIFERENTES UNIDADES VEHICULARES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JACOBO HUNTER PARA EL PERIODO 2014”

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AMC N° 01-2014-MDJH DERIVADA DE LP N° 02 – 2013 – MDJH (SEGUNDA CONVOCATORIA)

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ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRONICA N° 01-2014-MDJH DERIVADA DE

LICITACIÓN PÚBLICA Nº 02-2013-MDJH

(SEGUNDA CONVOCATORIA)

“ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LAS

DIFERENTES UNIDADES VEHICULARES DE LA

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JACOBO HUNTER PARA

EL PERIODO 2014”

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CAPÍTULO I GENERALIDADES

1.- ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre : MUNICIPALIDAD DISTRITAL JACOBO HUNTER

RUC Nº : 20168918942

Domicilio legal : Av. Viña del Mar

Teléfono/Fax: : 054 441163

Correo electrónico: : [email protected]

2.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de Selección de Adjudicación de Menor Cuantía por Subasta Inversa electrónica tiene por objeto la “ADQUISICION DE COMBUSTIBLE PARA LAS DIFERENTES UNIDADES VEHICULARES DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE JACOBO HUNTER PARA EL PERIODO 2014”

3.- TIPO DE PROCESO Y MODALIDAD DE SELECCIÓN Proceso de Selección de Adjudicación de Menor Cuantía por Subasta Inversa Electrónica AMC N° 01-2013-MDJH derivada de LP N° 02-2013-MDJH (SEGUNDA CONVOCATORIA).

FICHA TECNICA

ÍTEM CÓDIGO DENOMINACIÓN COMERCIAL

DENOMINACIÓN TÉCNICA

01 1510150600146103 GASOHOL 90 PLUS GASOHOL 90 PLUS

02 1510150500233280 DIESEL B5 S-50 DIESEL B5 S-50

4.- VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a S/. 431, 956. 00 (Cuatrocientos Treinta y un mil novecientos cincuenta y seis con 00/100 nuevos soles). Incluido los impuestos de Ley y cualquier otro

concepto que incida en el costo total del bien. El valor referencial ha sido calculado al mes de diciembre del 2013.

Ítem Código Descripción UM Cantidad Precio

Referencial Unitário (S/.)

Valor Ref. Total (S/.)

01 1510150600146103 GASOHOL 90

PLUS GL

7,395 S/. 14. 40 S/. 106, 488. 00

02 1510150500233280 DIESEL B5-S-50 GL 22,760 S/. 14. 30 S/. 325, 468. 00

S/. 431, 956. 00

(Cuatrocientos Treinta y un

mil novecientos cincuenta y

seis con 00/100 nuevos

soles)

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5.- EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN El expediente de contratación fue aprobado mediante Proveído No 994 – 2014 – MDJH-GM de fecha 20 de marzo del 2014

6.- FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos Determinados

7.- SISTEMA DE CONTRATACIÓN

El presente proceso se rige por el sistema suma alzada, de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratación respectivo.

8.- MODALIDAD DE EJECUCIÓN CONTRACTUAL

Este proceso de selección se realiza bajo la modalidad de subasta inversa electrónica con lances automáticos de los agentes electrónicos.

9.- COSTO DE REPRODUCCIÓN DE LAS BASES

El precio será de S/10.00 Nuevos Soles. 10.- BASE LEGAL - Ley Nº 29951 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013. - Ley Nº 29952 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público del año fiscal 2013. - Decreto Legislativo Nº 1017 - Ley de Contrataciones del Estado (en adelante La Ley). - Ley Nº 29873 – Ley que modifica el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del

Estado. - Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del

Estado (en adelante El Reglamento). - Decreto Supremo Nº 138-2012-EF, que modifica el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que

aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. - Decreto Supremo Nº 154-2010-EF, que modifica el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que

aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. - Decreto Supremo Nº 140-2009-EF, que modifica el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que

aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. - Decreto Supremo Nº 021-2009-EF, que modifica el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, que

aprueba el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. - Ley Nº 28015 - Ley de Promoción y Formalización de la Pequeña y Microempresa. - Ley 27806 – Ley de Transparencia y de Acceso a la Información Pública - Ley N° 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General. - Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806 - Ley de Transparencia y de Acceso a la Información

Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM. - Ley Nº 27050 – Ley General de la Persona con Discapacidad y su Reglamento, aprobado por

Decreto Supremo Nº 003-2000-PROMUDEH. - Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28016 – Ley de Promoción de Competencia y Formalización

y Desarrollo de la Micro y Pequeña Empresa y del Acceso al Empleo, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-TR.

- Decreto Legislativo Nº 295, que promulga el Código Civil - Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM, aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de

Transparencia y Acceso a la Información Pública. - Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM, aprueba el Reglamento de la Ley de Transparencia y

Acceso a la Información.

Las referidas normas incluyen sus respectivas disposiciones ampliatorias, modificatorias y conexas, de ser el caso.

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CAPITULO II PROCESO DE SELECCION

2.1.- CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIÓN.

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ETAPA FECHA

CONVOCATORIA 20 de febrero del 2014

INSCRIPCION DE PARTICIPANTES REGISTRO Y PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS

21/03/2014 al 24/03/2014

APERTURA DE PROPUESTAS, PERIODO DE LANCES

25/03/2014 11:00 a 14:00

OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO 25/03/2014

2.2.- CONVOCATORIA.

La convocatoria se realizara a través de su publicación en el Sistema Electrónico de Adquisiciones del Estado-SEACE, de conformidad con el artículo 92ª del Reglamento, aprobado con Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, la misma que se realizara en la fecha señalada en el calendario de proceso. Es Responsabilidad del participante el permanente seguimiento del respectivo a través del SEACE y de la revisión de su correo.

2.3.- REQUISITOS PARA SER POSTOR.

Para ser postor, todo proveedor deberá estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores y no estar incluido en el capítulo de inhabilitados para contratar con el Estado.

Podrán presentarse como postores las personas naturales y jurídicas acreditadas como tales y que actúan conforme a Ley y que no estén comprendidos en ninguno de los impedimentos señalados en el artículo 9 de la Ley.

Asimismo, podrán participar distintos postores en consorcio, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente .Para ello, será necesario acreditar la existencia de una promesa formal de Consorcio, la que se perfeccionara una vez consentido el otorgamiento de la buena pro y antes de la suscripción del Contrato.

2.4.- REGISTRO DE PARTICIPANTE.

Para registrarse como participante, el proveedor deberá tener en cuenta lo siguiente:

a) Ingresar al SEACE el usuario y contraseña contenidos en el certificado SEACE, emitido al momento de efectuar su inscripción en el RNP.

b) Declara la aceptación de las condiciones de uso del Sistema para participar en el proceso de selección por subasta inversa electrónica. Para tal efecto y con carácter de declaración jurada, deberá aceptar el formulario que le mostrará el Sistema en el SEACE, que contendrá las siguientes estipulaciones:

Tener conocimiento que el presente formulario tiene carácter de declaración jurada.

Conocer lo estipulado en la Ley y su respectivo reglamento en lo referente a la participación en procesos de selección a través del SEACE.

Conocer la normativa aplicable al presente proceso Asumir responsabilidad por la información y documentación en formato digital

remitida a través del SEACE al Comité Especial que conduce el proceso de selección.

Tener conocimiento del manual del usuario del Modulo de Transacciones Electrónicas del SEACE.

c) Ingresar nuevamente su usuario y contraseña para ser verificado por el sistema.

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2.5.-REGISTRO DE PROPUESTAS.

Los participantes registrarán sus propuestas a través SEACE, a partir de su registro como participante, para lo cual deberán cumplir con las características, formatos y demás condiciones de las presentes bases, asimismo, deben tener conocimiento de la GUIA DE USUARIO PROVEEDOR POR SUBASTA INVERSA ELECTRONICA, la misma que se encuentra disponible en la página Web de la OSCE

Para el registro de Propuestas los participantes deberán cumplir lo siguiente:

El registro de propuestas se realiza por ítem al que postula el participante, mediante el formulario que deberá completar para tal efecto.

Los datos que debe ingresar en su propuesta son los siguientes:

a) Documentos de Habilitación: El participante deberá añadir los archivos conteniendo los

documentos de habilitación solicitados en las bases. Dichos documentos deberán contar con el sello y rubrica del postor y representante legal o mandatario designado para dicho fin. En caso de que el postor sea una persona natural, bastara que este o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos. El participante deberá verificar antes del envió, bajo su responsabilidad y la del postor, que el archivo pueda ser descargado y su contenido sea legible.

b) Propuesta Económica: La propuesta económica se registrará en función al valor referencial total

del proceso o del ítem al cual se presenta la propuesta, según corresponda, y será utilizada por el Sistema para dar inicio al Período de Lances en línea. Sólo en los procesos convocados bajo el sistema de precios suma alzada, tarifas o porcentajes, el participante deberá adjuntar obligatoriamente un archivo que contenga el detalle de suma alzada. Dicho documento digitalizado contará con el sello y la rúbrica del postor o su representante legal o mandatario designado para dicho fin. En caso de que el postor sea una persona natural, bastará que éste o su apoderado, indique debajo de la rúbrica sus nombres y apellidos completos. El participante deberá verificar antes del envío, bajo su responsabilidad y la del postor, que el archivo pueda ser descargado y su contenido sea legible. El participante deberá registrar los datos de su representante legal en el formulario correspondiente. De presentarse en consorcio, deberán consignarse los datos del consorcio, incluyendo los del representante legal común.

El participante podrá realizar modificaciones a la propuesta que

registra sólo hasta antes de haber confirmado su presentación.Se considerará como propuestas económicas válidas a aquellas que no superen el valor referencial total del ítem consignado en las Bases; de lo contrario, el Sistema la excluirá automáticamente del proceso.

La oferta económica deberá incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, costos laborales, pruebas y cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien a contratar. (anexo 7)

c) Configuración del Agente Electrónico:

El participante deberá indicar en el Sistema los siguientes datos: El monto del decremento aplicable al ítem en el que participa, que en

ningún caso podrá ser inferior al monto del decremento mínimo establecido en la convocatoria y en las presentes bases.

El precio límite inferior (monto más bajo) que está dispuesto a ofertar por el ítem.

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Mediante estos parámetros el participante podrá programar los lances que realizará su agente durante los lances electrónicos.

En el supuesto que el participante no configure el Agente Electrónico, el Sistema considerará que el precio límite inferior es igual a la propuesta económica.

El participante deberá registrar los datos de su representante legal en el formulario correspondiente. De presentarse en consorcio, deberán consignarse los datos del consorcio, incluyendo los del representante legal común.

El participante podrá realizar modificaciones a su propuesta únicamente hasta antes de haber confirmado la presentación de su propuesta.

2.6.-PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Una vez finalizado el registro de la propuesta, el participante podrá presentarla a través del Sistema. Para tal efecto, previamente deberá aceptar con carácter de declaración jurada que: a) Se cumple con las condiciones estipuladas en el acápite i), literal a) numeral 1 del artículo 42 del Reglamento; b) Los bienes o servicios ofrecidos cumplen con las características técnicas y de calidad indicadas en la ficha técnica, así como todas las condiciones solicitadas en las Bases; c) No ha sobornado ni ejercido presión sobre ningún funcionario con relación al respectivo proceso de selección; d) Se cuenta con la totalidad de documentación solicitada en las Bases para el sobre de habilitación. A continuación, el Sistema procederá a solicitarle la confirmación de la presentación de la propuesta para, de hacerse así, generar el respectivo aviso electrónico en la ficha del proceso, indicando que la propuesta ha sido presentada. En los procesos según relación de ítems, la presentación de propuestas se efectuará en una sola oportunidad y por todos los ítems registrados. En aquellos casos en que la información contenida en los documentos digitalizados no coincida con lo declarado a través del SEACE, prevalecerá la información registrada en el SEACE.

REGISTRO DE INFORMACION EN EL SEACE:

Una vez que grabe su propuesta, antes de enviarla, el SEACE le mostrará una pantalla con

una Declaración Jurada que deberá leer atentamente, marcar y luego proceder al envío:

a) Cumplir con las condiciones estipuladas en el artículo 42º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

b) Tener vigente y habilitada su inscripción en el Registro Nacional de Proveedores en el Registro de Bienes.

c) Declarar que los productos ofrecidos cumplen con las especificaciones técnicas y de calidad indicadas en la Ficha Técnica, así como cumplir con todas las condiciones solicitadas en las Bases.

d) Declarar que no ha sobornado ni ejercido presión sobre ningún funcionario en relación al presente proceso de selección.

e) Declarar que en caso resulte ganador, y si se presentó en consorcio, formalizará el consorcio según lo dispone el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

A continuación, el sistema procederá a solicitarle la confirmación de la presentación de la

propuesta y, de confirmarla, el Sistema recibirá la propuesta y generará el respectivo cargo

electrónico.

2.7.- DOCUMENTOS DE HABILITACIÓN

Los postores deberán presentar como parte de su propuesta en el sistema un archivo del tipo aceptado por el sistema, con la siguiente documentación escaneada legible en un archivo ZIP, conteniendo la siguiente información:

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a) Copia simple de la Constancia de inscripción en el Registro Nacional de Proveedores (RNP), Capitulo de Bienes. Vigente. En caso de consorcio presentar por cada uno de los consorciados. (La fecha de impresión del mencionado documento debe ser la misma de la presentación de propuestas).

b) Carta de presentación y Declaración Jurada de datos del postor. Anexo 1 c) Cuando se trate de Consorcio, esta declaración jurada será presentada por cada uno de

los consorciados - Anexo Nº 01 d) Declaración Jurada en la que el postor declare que su oferta cumple los requerimientos

técnicos mínimos del suministro - Anexo Nº 02 e) Declaración Jurada del postor o representante legal de acuerdo al Artículo 42º del

Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado - Anexo Nº 03. f) Promesa Formal de Consorcio, de ser el caso, consignando los integrantes, el

representante común, el domicilio común y el porcentaje de participación. La promesa formal de consorcio deberá ser suscrita por cada uno de sus integrantes – según Anexo N° 04.

g) Declaración jurada de plazo de entrega anexo 5 h) Declaración jurada de la ubicación de la estación de servicio anexo 6 i) Constancia de inscripción en el registro de Hidrocarburos emitido por Osinergmin de

acuerdo al Decreto Supremo N° 004-2010-EM, que autoriza al postor comercializar el combustible objeto de la convocatoria, vigente a la fecha de presentación de propuestas, se consideran válidas las constancias emitidas por la Dirección General de Hidrocarburos en tanto estén vigentes. El postor, sea persona natural o jurídica, deberá contar con constancia de inscripción en el registro de Hidrocarburos Emitido por Osinergmin o la Dirección General de Hidrocarburos, en condición de distribuidor mayorista o distribuidor minorista de acuerdo a lo establecido en el Reglamento para la Comercialización de Combustibles Líquidos y Otros Productos Derivados de los Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo Nº 030-98-EM y Decreto Supremo N° 045-2001-EM y sus normas complementarias.(en este documento deberá constar la capacidad de almacenaje del postor según los requisitos mínimos que indican las presentes bases el cual será de 3 500 galones como capacidad mínima por EL ITEM 2 DIESEL B5 S-50 ya que la municipalidad utiliza mayor cantidad de este combustible para sus unidades vehiculares; la capacidad mínima en relación al ITEM 1 GASOHOL 90 PLUS será de 2000 galones ya que el consumo será menor para este Item .)

NOTA IMPORTANTE:

Los documentos de la propuesta técnica deberán contar con el sello y rubrica del postor o del representante legal o mandatario designado.

Asimismo, el postor deberá verificar antes el envió, bajo su responsabilidad, que el archivo pueda ser descargado y su contenido sea legible.

Toda Información documentos que se presente, tiene carácter de declaración jurada y son responsables de su contenido las personas que la suscriban y en el caso de consorcios será el responsable el representante o apoderado.

Toda información debe estar en forma legible y en idioma castellano.

Solo se consideran como ofertas validas aquellas que cumplan con lo establecido en las presentes bases y la presentación de los documentos obligatorios de habilitación.

Los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni -–conformar más de un consorcio.

Los documentos de habilitación es obligatorio para todos los ítems. 2.8.- APERTURA DE PROPUESTAS Y PERÍODO DE LANCES.

La etapa de Apertura de Propuestas y Período de Lances consta de los siguientes ciclos consecutivos:

Apertura de Propuestas y Lances con Agentes Electrónicos.

Mejora de Precios (Lances en Línea).

2.8.1.-APERTURA DE PROPUESTAS Y LANCES CON AGENTES ELECTRÓNICOS El Sistema realizará la apertura de propuestas en la fecha y hora señalada en el calendario del proceso. El Sistema procesará la información de las propuestas económicas por ítem, según corresponda, y verificará el registro de dos (2) propuestas económicas, como mínimo, para continuar con el siguiente ciclo de Mejora de Precios.

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2.8.2.-MEJORA DE PRECIOS.

La Mejora de Precios permitirá que los postores cuyas propuestas económicas La Mejora de Precios permitirá que los postores mejoren los precios de sus propuestas económicas a través de lances sucesivos a ser realizados en línea. Las Bases no fijarán decremento mínimo alguno. La Mejora de Precios se desarrollará conforme al siguiente procedimiento: a) En la fecha y hora indicadas en el calendario del proceso, el postor accederá al SEACE, ingresando su usuario y contraseña. b) El postor ingresará a la ficha del proceso de selección y seguidamente accederá a la opción Mejora de Precios. c) El postor visualizará su monto ofertado y el mejor monto ofertado hasta ese momento, para hacer efectiva su participación en la Mejora de Precios mediante lances en línea. d) El postor podrá mejorar el monto de la propuesta económica de menor precio hasta ese momento y/o mejorar su propia propuesta económica durante el período establecido para los lances en línea, según lo previsto en el calendario del proceso. e) El postor no está obligado a enviar lances inferiores al menor precio vigente a ese momento, pero sus lances deberán ser siempre inferiores a su último precio ofertado.

Cinco (5) minutos antes de la finalización del horario indicado en el calendario del proceso para efectuar los lances en línea, el Sistema enviará una alerta indicando el inicio del cierre aleatorio. La duración del cierre será determinada por el Sistema en forma aleatoria, pudiendo variar entre uno (1) a treinta (30) minutos, tiempo durante el cual los postores podrán enviar sus últimos lances. Cerrado este ciclo no se admitirán más lances en el proceso.

2.9.-DETERMINACIÓN DE ORDEN DE PRELACIÓN. Una vez culminada la etapa de Apertura de Propuestas y Período de Lances, el Sistema procesará los lances recibidos del ítem o ítems del proceso de selección, ordenando a los postores por cada ítem según el monto de su último lance, estableciendo el orden de prelación de los postores, generando el Acta con el detalle del desarrollo de la etapa de Apertura de Propuestas y Período de Lances, la cual quedará registrada en el Sistema y publicada automáticamente en la respectiva ficha del proceso. En caso de empate, el Sistema efectuará automáticamente un sorteo para establecer que postor ocupa el primer lugar en el orden de prelación 2.10.-ACTA DE LA APERTURA DE PROPUESTAS Y PERÍODO DE LANCES.

El Sistema registrará el detalle de los puntajes finales asignados y el orden de prelación de los postores, generando el Acta con el detalle del desarrollo de la etapa de Apertura de Propuestas y Período de Lances, la cual quedará registrada en el Sistema y publicada automáticamente en la respectiva ficha del proceso.

2.11.-OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO. Una vez publicada el Acta referida en el numeral anterior, el Comité Especial deberá verificar que los postores que han obtenido el primer y el segundo lugar hayan presentado la documentación exigida por las Bases como parte de los documentos de habilitación. A través del Sistema se podrá acceder a esa documentación. En caso existieran defectos de forma, como errores u omisiones en los documentos presentados que no alteren el alcance del sobre de habilitación, o se haya omitido la presentación de algún documento emitido por autoridad pública nacional o un privado en ejercicio de función pública, tales como autorizaciones, permisos, títulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza análoga, el Comité Especial notificará a través del Sistema al postor para que proceda a la subsanación respectiva, para lo cual le podrá otorgar un plazo entre uno (1) o dos (2) días, quedando suspendido el Otorgamiento de la Buena Pro. Dicho plazo se computa desde el día siguiente de notificado el requerimiento al postor a través del Sistema. La presentación de los documentos a ser subsanados se realiza por el mismo medio. En caso que dicha documentación reúna las condiciones requeridas por las Bases, el Comité Especial otorgará la Buena Pro al postor que ocupó el primer lugar. En caso que no reúna tales condiciones, se procederá a descalificarla y revisar las demás propuestas respetando el orden de prelación. Para otorgar la Buena Pro a la propuesta de menor precio que reúna las condiciones exigidas en las Bases, el Comité Especial deberá verificar la existencia, como mínimo, de dos (2) propuestas válidas, de lo contrario declarará desierto el proceso de selección.

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De corroborarse que la declaración jurada a que se refiere el numeral 8.5 de la presente directiva no se ajusta a la realidad, la Entidad deberá comunicar dicha situación al Tribunal de Contrataciones del Estado para el inicio del procedimiento sancionador correspondiente. 2.12.- ACTA DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO. El Comité Especial elaborará el Acta de Otorgamiento de la Buena Pro con el resultado de la evaluación de los postores por cada ítem y con el sustento debido en los casos en que los postores sean descalificados. En el acta deberá dejarse constancia si el Comité Especial otorgó un plazo para que los postores subsanen su sobre de habilitación, con indicación de los documentos omitidos y si los postores cumplieron con realizar la subsanación requerida. Dicha acta debe ser publicada en el SEACE el mismo día de otorgada la Buena Pro. 2.13.-CONSENTIMIENTO DEL OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO.

Se entenderá que la Buena Pro ha quedado consentida si dentro de los 08 días hábiles siguientes de la publicación en el SEACE del acta de otorgamiento de la Buena Pro, no se ha interpuesto recurso de apelación.

2.14.-SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DURANTE LA FASE DE SELECCIÓN.

Los recursos de apelación se presentan por discrepancias que surjan entre la Entidad y los participantes o postores durante el desarrollo del proceso de selección, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebración del contrato; sólo podrá interponerse luego de otorgada la Buena Pro.

El recurso de apelación es conocido y resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado, cuando se trate de procesos de selección de adjudicación directa pública, licitaciones públicas y concursos públicos, incluidos los procesos de menor cuantía cuando deriven de procesos declarados desiertos.

El recurso de apelación contra los actos producidos durante el acto público de presentación de propuestas, puja y otorgamiento de la Buena Pro, y contra los actos que afecten su validez, deberá ser interpuesto por los postores dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de dicho acto público, en el caso de Licitaciones Públicas y Concursos Públicos.

En el caso de procesos de selección según relación de ítems, el plazo indicado en el párrafo anterior se contará a partir de la culminación del acto público de otorgamiento de la Buena Pro de la totalidad de los ítems.

Para los actos posteriores al otorgamiento de la Buena Pro, el recurso de apelación deberá interponerse dentro de los ocho (8) días hábiles siguientes de haberse tomado conocimientos del acto que se desea impugnar.

2.15.-PLAZO Y PROCEDIMIENTO PARA SUSCRIBIR EL CONTRATO.

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, los plazos y el procedimiento para suscribir el contrato son los siguientes:

Dentro de los dos (7) días hábiles siguientes al consentimiento de la Buena pro, sin

mediar citación alguna, el postor ganador deberá presentar a la entidad la documentación para la suscripción del contrato previstas en las bases. Asimismo, dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrir ante la entidad para suscribir el contrato. Los documentos se deberá presentarse a la Entidad, Av. Viña del Mar 200,mesa de partes.

Cuando el postor ganador no presente la documentación y/o no concurra a suscribir el

contrato, según corresponda, en los plazos antes indicados, perderá automáticamente la Buena Pro, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable. En tal caso, el órgano encargado de las contrataciones citará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación a fin que presente la documentación para la suscripción del contrato en el plazo previsto en el numeral 1, y posteriormente, concurra a suscribir el contrato en el plazo previsto en dicho numeral.

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Para la formalización y ejecución del contrato se aplicarán los demás requisitos, condiciones, formalidades, exigencias y garantías establecidos en el Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá presentar, lo siguiente:

1. Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado; 2. Carta Fianza como Garantía de Fiel Cumplimiento. 3. Carta Fianza como Garantía por el diferencial de la propuesta (de ser el caso). 4. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los asociados, de ser el caso; 5. Copia simple de la vigencia de poder del representante legal o apoderado; en caso de

consorcio se deberá presentar por cada uno de los consorciados. 6. Cuenta Interbancaria CCI. 7. Copia de D.N.I. del Representante Legal o apoderado; en caso de consorcio se deberá

presentar por cada uno de los consorciados. 8. Copia de la constitución de la empresa y sus modificatorias debidamente actualizadas, 9. Copia del R.U.C. de la empresa;

La garantía no deberá presentar borrones, enmendaduras, perforaciones ni alteraciones que le resten la posibilidad de renovaciones, ejecuciones futuras o las inhabiliten por consiguiente se sugiere que sea presentada en el original dentro de una mica acompañada de una copia fotostática de la misma.

2.16.-SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS EN LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL

Las controversias que surjan durante la ejecución contractual serán resueltas mediante conciliación y/o arbitraje.

Si las controversias estuvieran referidas a la adecuación que debe existir entre las características del bien entregado o los términos de referencia del servicio prestado por el contratista a la Entidad, y las especificaciones técnicas o términos de referencia contenidos en la Ficha Técnica respectiva, las partes podrán conciliar en función al dictamen pericial que emita el perito designado de común acuerdo por ellas.

2.17.- GARANTÍAS

Carta Fianza, siempre y cuando cumpla con el artículo 39º de la Ley de Contrataciones del

Estado y el artículo 155º de su Reglamento.

GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO

Previamente a la firma del contrato, el postor ganador de la Buena Pro deberá entregar a la

Entidad la garantía de fiel cumplimiento del mismo, por una suma equivalente al diez por

ciento (10%) del monto del contrato original. Esta garantía deberá tener vigencia hasta la

conformidad de la recepción de la última prestación.

Tratándose de contratos de suministro periódico de bienes o prestación de servicios de

ejecución periódica, alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que,

como garantía de fiel cumplimiento, la Entidad retenga el diez por ciento (10%) del monto total

del contrato, conforme a lo establecido en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y

Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, modificatorias y su Reglamento.

GARANTÍA ADICIONAL POR EL MONTO DIFERENCIAL DE PROPUESTA

Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento

(20%) de éste, junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el

postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al

veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta

económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la última prestación

a cargo del contratista, según el artículo 160° del Reglamento.

CONDICIONES DE LAS GARANTIAS

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Las garantías (carta fianza) serán solidarias, incondicionales, irrevocables y de realización

automática en el país al sólo requerimiento de LA ENTIDAD, bajo responsabilidad de la

empresa que la emita, la que deberá estar dentro del ámbito de supervisión de la

Superintendencia de Banca y Seguros y AFP o estar considerada en la última lista de bancos

extranjeros de primera categoría que periódicamente publica el Banco Central de Reserva del

Perú.

En virtud de la realización automática a primera solicitud, la empresa no puede oponer

excusión alguna a la ejecución de la garantía, debiendo limitarse a honrarla de inmediato.

Toda demora generará responsabilidad solidaria para el emisor de la garantía y para EL

CONTRATISTA y dará lugar al pago de intereses en favor de LA ENTIDAD.

2.18.- DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La aplicación de penalidades por retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones

objeto del contrato, y las causales para la resolución del contrato, serán aplicadas de

conformidad con los Artículos 165° y 168° del Reglamento.

2.19.- EJECUCION DE GARANTIAS

Las garantías se harán efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artículo

164º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.20.- FORMA Y CONDICIONES DE PAGO

El pago se realizará de forma mensual, previa conformidad del a área responsable. En caso

de suministro de bienes la Entidad realizará pagos periódicos conforme a lo establecido en

los términos de referencia. La conformidad de recepción se otorgará en un plazo que no

excederá de los diez (10) días calendario de recepcionado el suministro de bienes.

DEL REAJUSTE DE PRECIOS

De acuerdo a lo establecido en numeral 1) del Artículo 49º del Reglamento, en caso de

producirse variación alguna en el precio del bien, EL CONTRATISTA deberá acreditar ante

LA MUNICIPALIDAD el importe de la variación que se haya efectuado, a fin de que éste

proceda a reajustar el precio del bien sumando o restando el importe del incremento al precio

adjudicado.

Todo incremento o disminución de precios que el Productor aplica a su Lista de Precios será

necesariamente aplicado en el mismo porcentaje al precio unitario del producto que

corresponda.

Se entenderá como productor a la empresa Productora de Combustible que abastecerá al

Postor, la cual debe ser declarado al momento de suscripción del contrato; adjuntando su

Lista de Precios de Planta vigente al momento de la presentación de su oferta, en

documentos oficiales de la empresa productora.

ADELANTOS

Para el presente proceso no se otorgarán adelantos.

2.21.- INFRACCIONES Y SANCIONES

Las infracciones y sanciones a las que podría estar inmerso el postor que obtenga la Buena

Pro, son las contempladas en el Artículo 51º del D.L. N° 1017, y Artículo 237° del Reglamento

de la Ley de Contrataciones del Estado.

2.22.- DISPOSICIONES FINALES

En todo lo no previsto en estas Bases, la presente ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA

POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA se sujetará a lo dispuesto en el D.L. N° 1017, que

aprueba la Ley de de Contrataciones del Estado y su Reglamento (aprobado por el D.S. Nº

184-2008-EF) y demás disposiciones complementarias, modificatorias y reglamentarias, y

supletoriamente por la Ley N° 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.

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CAPÍTULO III

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS

Las especificaciones técnicas de los bienes requeridos por la Municipalidad Distrital de Jacobo Hunter, se encuentran establecidas en el Formato Nº 01, de acuerdo a las Fichas Técnicas respectivas aprobadas por el OSCE.

3.1.- PRESUNCION DE CUMPLIMIENTO.

Se presume que las propuestas presentadas cumplen con los requerimientos mínimos exigidos en las bases.

3.2.- CONDICIONES BASICAS DE CUMPLIMIENTO CONTRACTUAL

La Municipalidad Distrital de Jacobo Hunter requiere seleccionar a un proveedor que suministro:

ITEM DENOMINACIÓN DEL BIEN UNIDAD CANTIDAD GALONES

1 GASOHOL 90 PLUS Galón 7, 395. 00

2 PETROLEO DIESEL B5-50 Galón 22, 760. 00

ITEM 01

FICHA TÉCNICA

APROBADA

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del Bien : GASOHOL 90 PLUS

Denominación Técnica : GASOHOL 90 PLUS

Grupo/clase/familia : Combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes y

materiales anticorrosivos/Combustibles/Petróleo y

destilado/Gasolina o Petróleo

Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : GASOHOL 90 OCTANOS

Código : A1510150600146103

Unidad de medida : GALONES

Descripción General : El Gasohol 90 Plus, es la mezcla que contiene un

volumen de 7.8 % de Alcohol Carburante y el restante

de Gasolina de 90.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN

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El Gasohol 90 Plus deberá estar sujeto a las características técnicas (físico-químicas) o

especificaciones de calidad que se establecen en el siguiente cuadro:

Características Min. Max.

Método de Ensayo

ASTM

Apariencia

- Color Comercial Transparente

Volatilidad

- Destilación, ºC (a 760 mm Hg)

D 86

10% recuperado 70

50% recuperado 140

90% recuperado 200

Punto Final 221

Residuo, %V. 2

- Presión de Vapor Reid, psi 11 D 323, D 4953, D 5190,

D 5191, D 5482

Corrosividad

- Corrosión Lámina de Cobre, 3 h, 50 ºC, Nº 1 D 130

- Azufre Total, % Masa 0.2 D 1266, D 4294, D 2622

Antidetonancia

- Nº Octano Research 90 (*) D 2699

Estabilidad a la Oxidación

- Minutos 240 D 525

Contaminantes

- Goma Existente, mg/100 ml. 5 D 381

- Plomo, g Pb /L 0.013 D 3237, D 5059

(*)/ Valor mínimo sujeto a control en la Refinería, que se incrementa debido a la adición del 7.8%

en volumen de Alcohol Carburante (porcentaje reportado bajo los Métodos de Ensayo ASTM D

4815 y ASTM D 5845) en la gasolina de 90.

REQUISITOS

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Constancia de Registro o Ficha de Registro vigente del Registro de Hidrocarburos del OSINERGMIN.

CERTIFICACIÓN

Opcional.

OTRAS ESPECIFICACIONES

Las Entidades Públicas que son consumidores directos autorizados, es decir aquellas que cuentan

con instalación fija o móvil y cuya capacidad mínima de almacenamiento es de 1m3 (264.17gl),

deberán hacer uso del Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP) del OSINERGMIN, para

registrar la información de las órdenes de pedido del combustible líquido requerido.

ITEM 02

FICHA TÉCNICA

APROBADA

CARACTERÍSTICAS GENERALES DEL BIEN

Denominación del bien : DIESEL B5 S-50

Denominación técnica : DIESEL B5 S-50

Grupo/clase/Familia : Combustibles, aditivos para combustibles, lubricantes

y materiales anticorrosivos/Combustibles/Petróleo y

destilado/Diesel

Nombre del Bien en el Catálogo del SEACE : DIESEL B5 S-50

Código : A1510150500233280

Unidad de medida : GALONES

Descripción General : El Diesel B5 S-50 es la mezcla que contiene un

volumen de 5 % de Biodiesel B100 y el restante de

Diesel Nº 2, con un contenido máximo de 50 partes

por millón de azufre.

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL BIEN

El Diesel B5 S-50 deberá estar sujeto a las características técnicas (físico-químicas) o

especificaciones de calidad que se establecen en el siguiente cuadro:

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CARACTERÍSTICAS Especificación Método

Min. Máx. ASTM / Otros

VOLATILIDAD

Destilación, ºC (a 760 mm Hg)

90% recuperado a 282 360 D-86

Punto de inflamación Pensky Martens, ºC 52 D-93

Densidad a 15ºC, kg/m3 Reportar D-1298 , D-4052

FLUIDEZ

Viscosidad Cinemática a 40ºC, cSt 1,9 4,1 D-445

Punto de Escurrimiento, ºC

4 D-97

COMPOSICIÓN

Número de Cetano 45

D-613

Índice de Cetano 40

D-4737 , D-976

Cenizas, % masa

0,01 D-482

Residuos Carbón Ramsbottom 10% fondos, % masa

0,35 D-524 , D-189

Azufre Total, mg/Kg (ppm)

50 D-2622 , D-4294 , D-5453

CORROSIVIDAD

Corrosión Lámina de Cobre, 3 h a 50ºC, Nº

3 D-130

CONTAMINANTES

Aguas y Sedimentos, % vol.

0,05 D-1796 , D-2709

LUBRICIDAD

Lubricidad, diámetro rasgado de uso corregido, HFRR a

60ºC, micrón 520 D-6079

REQUERIMIENTOS DE OPERATIVIDAD

Punto de obstrucción del filtro, flujo en frio, ºC (CFFP) o

(POFF) -8 D-6371

CONDUCTIVIDAD

Conductividad, pS/m 25

D-2624 , D-4308

BIODIESEL (B100)

Contenido, % vol. 5 D-7371 , EN-14078

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REQUISITOS

Constancia de Registro o Ficha de Registro vigente del Registro de Hidrocarburos del OSINERGMIN.

CERTIFICACIÓN

Opcional.

OTRAS ESPECIFICACIONES

Las Entidades Públicas que son consumidores directos autorizados, es decir aquellas que cuentan

con instalación fija o móvil y cuya capacidad mínima de almacenamiento es de 1m3 (264.17gl),

deberán hacer uso del Sistema de Control de Ordenes de Pedido (SCOP) del OSINERGMIN, para

registrar la información de las órdenes de pedido del combustible líquido requerido.

3.3.- CARACTERÍSTICAS Y UBICACIÓN DEL GRIFO O ESTACIÓN DE SERVICIO PARA EL SUMINISTRO DE COMBUSTIBLE.

La estación de suministro de combustible estará ubicada en el Área territorial de la Municipalidad Distrital de Jacobo Hunter y/o en Distritos Colindantes, ubicados en avenidas principales. Así como también deberá contar con una amplia área para poder atender a la flota de unidades vehiculares de la Municipalidad, además de contar como mínimo con dos surtidores electrónicos para poder atender simultáneamente a los vehículos para ser abastecidos. El postor deberá presentar un plano de ubicación y dirección de la estación de servicio a ofertar. Así como también deberá de tener una capacidad de almacenaje de 3 500 galones como mínimo por el Ítem II (Diésel B5 S-50) con la finalidad de asegurar una adecuada atención a las unidades vehiculares de la Municipalidad, ya que las unidades vehiculares de mayor consumo son aquellas que utilizan este tipo de combustible, así mismo una capacidad mínima de 2500 galones para el Ítem I (Gasohol 90 Plus).

3.4 VIGENCIA DEL SUMINISTRO.

El Suministro, será brindado por el período del año 2014, plazo que se iniciará a partir del día siguiente de la suscripción del contrato o hasta agotarse el monto total adjudicado (galones) establecido en el referido contrato y sus modificatorias. Dicho plazo podrá ampliarse de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 182º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

3.5 HORARIO DE ATENCIÓN DE SUMINISTRO.

El contratista deberá estar en la capacidad de atender el requerimiento de la Municipalidad Distrital de Jacobo Hunter, según las necesidades del servicio, durante las 24 horas del día sin interrupción, el suministro de combustible materia del presente Proceso de Selección, a los vehículos y maquinarias autorizados por la Municipalidad, de Lunes a Domingos inclusive los feriados, debiendo brindar atención preferencial, a fin de reducir al mínimo los tiempos de espera.

3.6 DOTACIÓN DE COMBUSTIBLE.

El contratista verificará que la dotación de los combustibles se realice exclusivamente en los vehículos de la Municipalidad distrital de Jacobo Hunter, para lo cual la Municipalidad deberá remitirle previamente la relación de vehículos.

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3.7 PROCEDIMIENTO DE SUMINISTRO.

El procedimiento para el abastecimiento de combustible será el siguiente:

El Contratista, se compromete a emitir cupones pre-numerados (vales) para la atención del suministro contratado, los mismos que serán llenados conforme a la cantidad de galones y tipo de combustible que se señale cuya expedición se coordinará previamente con las áreas responsables en coordinación con el área de Logística de la Municipalidad Distrital de Jacobo Hunter.

El Contratista atenderá el suministro de combustibles contra la presentación obligatoria de los vales de consumo, previamente a la atención, el Contratista deberá reconocer plenamente los vales de combustibles y verificar los siguientes datos para confirmar su autorización:

Vale membretado y numerado, con razón social del contratista. Fecha de Atención Nombre y apellido del chofer o conductor autorizado Nº de placa del vehículo (deberá constatar que se encuentra en la relación de

vehículos o maquinarias autorizados para el suministro) Tipo de combustible La cantidad de galones que se abasteció, Estar pre-numerado. Deberá verificar que el vale sea correspondiente al de la Municipalidad Distrital

de Jacobo Hunter Deberá verificar la visación correspondiente en los vales, en caso de

adulteración, deberá comunicarse de inmediato a la Municipalidad Distrital de Jacobo Hunter y paralelo a esta acción, oficiarse por escrito. En caso de no observar lo señalado, el contratista asumirá el costo del vale.

Por ningún motivo el suministro se realizará fuera del tanque del vehículo a atender, salvo autorización expresa de la Municipalidad Distrital de Jacobo Hunter.

El contratista mensualmente emitirá un estado de cuenta del consumo de combustible adjuntando un listado de los vehículos atendidos indicando el Nº de vale con el que fue atendido, placa del vehículo, cantidad de galones, adjuntando como sustento todos los vales con los que atendieron, los que estarán a su vez sellados.

Está prohibido cambiar vales de abastecimiento por efectivo total o parcialmente bajo responsabilidad de la empresa contratista y el conductor del vehículo.

Los vales serán abastecidos a un solo vehículo, no podrá ser fraccionado el abastecimiento en dos o más vehículos, si el vale no fuera abastecido en su totalidad, se anotará la cantidad exacta abastecida para efectos de facturación, la cual debe coincidir con el comprobante emitido por el contratista.

El conductor del vehículo deberá verificar en el surtidor que la cantidad de combustible abastecida corresponda a la cantidad que se consigna en el vale, el mismo que será anotado y dará su conformidad firmando el mismo y anotando su nombre.

Será causal de resolución del contrato el incumplimiento reiterado de lo establecido en los párrafos anteriores.

El suministro deberá llevarse a cabo en las instalaciones de la mencionada Estación de Servicio del contratista.

El Contratista será responsable ante la Municipalidad distrital de Jacobo Hunter por los daños o desperfectos que pudiera ocasionar a los vehículos, el suministro de combustible adulterado u otra sustancia diferente a las solicitadas. En tales casos, el contratista se hará cargo en su totalidad del gasto que ocasione el mantenimiento o reparación del vehículo. Si no lo hiciera en el término de diez (10) días calendarios, la Municipalidad Distrital de Jacobo Hunter, descontará de uno o más pagos el valor que corresponda a la reparación, sin perjuicio de resolver el contrato por incumplimiento.

3.8 CONFORMIDAD.

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La conformidad del suministro de combustible es de responsabilidad de las áreas encargadas en coordinación con el área de Logística y se hará de conformidad con lo establecido en el Art.176° y siguientes del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

En caso de que existan observaciones sobre el suministro de combustible, la entidad indicará por escrito claramente el sentido de estas, dando a EL CONTRATISTA, un plazo prudencial para la subsanación. Dicho plazo no podrá exceder de dos (02) días siempre que las observaciones no constituyan obligaciones esenciales de EL CONTRATISTA. Si a pesar del plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, la Municipalidad de Jacobo Hunter podrá resolver el contrato.

La recepción conforme, no enerva el derecho a reclamo posterior por defectos o por vicios ocultos.

3.9 FORMA DE PAGO.

El pago se efectuará contra la entrega del suministro solicitado, en moneda Nacional y luego de presentada la factura correspondiente, previa conformidad por parte del área responsable.

Los requisitos para el pago son los siguientes:

Presentación de Factura sin observaciones Conformidad de las áreas encargadas en coordinación con la Oficina de Logística. El plazo máximo para el pago será de diez (15) días calendarios de recibidos

ambos documentos. En caso que la factura no sea presentada correctamente, esta será devuelta a EL

CONTRATISTA, para su corrección, contándose el plazo desde la fecha de su correcta presentación a la unidad encargada de su recepción.

3.10 DISPOSICIONES GENERALES.

En todo lo no previsto en las presentes Bases, se regula por las disposiciones de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado mediante Decreto Legislativo Nº 1017, su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF; y el Reglamento de la Modalidad de Selección por Subasta Inversa Electrónica, aprobado mediante Resolución Nº 590-2006-CONSUCODE/PRE y modificado mediante Resolución Nº 112-2007-CONSUCODE/PRE., en tanto no se oponga a la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento; y supletoriamente por el Código Civil y demás dispositivos legales pertinentes.

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CAPÍTULO V PROFORMA DEL CONTRATO

IMPORTANTE:

Dependiendo del objeto del contrato, de resultar indispensable, podrá efectuarse la inclusión de cláusulas adicionales o la adecuación de las propuestas en el presente documento, las que en ningún caso pueden contemplar disposiciones contrarias a la normativa vigente ni a lo señalado en este capítulo.

Conste por el presente documento, la contratación del suministro de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], que celebra de una parte [CONSIGNAR EL NOMBRE DE LA ENTIDAD], en adelante LA ENTIDAD, con RUC Nº [………], con domicilio legal en [………], representada por [………..…], identificado con DNI Nº [………], y de otra parte [……………….....................], con RUC Nº [................], con domicilio legal en [……………….....................], inscrita en la Ficha N° [……………….........] Asiento N° [……….......] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de [………………], debidamente representado por su Representante Legal, [……………….....................], con DNI N° [………………..], según poder inscrito en la Ficha N° […………..], Asiento N° […………] del Registro de Personas Jurídicas de la ciudad de […………], a quien en adelante se le denominará EL CONTRATISTA en los términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES Con fecha [………………..], el Comité Especial adjudicó la Buena Pro de la LICITACIÓN PÚBLICA Nº [CONSIGNAR NOMENCLATURA DEL PROCESO DE SELECCIÓN] para la contratación de [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], a [INDICAR NOMBRE DEL GANADOR DE LA BUENA PRO], cuyos detalles e importe constan en los documentos integrantes del presente contrato. CLÁUSULA SEGUNDA: OBJETO El presente contrato tiene por objeto [CONSIGNAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN], conforme a las Especificaciones Técnicas. CLÁUSULA TERCERA: MONTO CONTRACTUAL El monto total del presente contrato asciende a [CONSIGNAR MONEDA Y MONTO], [CONSIGNAR SI O NO] incluye IGV.

2

Este monto comprende el costo de los bienes, transporte hasta el punto de entrega, seguros e impuestos, así como todo aquello que sea necesario para la correcta ejecución de la prestación materia del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: DEL PAGO

3

LA ENTIDAD se obliga a pagar la contraprestación a EL CONTRATISTA en [INDICAR MONEDA], en [INDICAR EL DETALLE DE LOS PAGOS PERIÓDICOS], luego de la recepción formal y completa de la documentación correspondiente, según lo establecido en el artículo 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Para tal efecto, el responsable de otorgar la conformidad de la prestación deberá hacerlo en un plazo que no excederá de los diez (10) días calendario de ser estos recibidos. LA ENTIDAD debe efectuar el pago dentro de los quince (15) días calendario siguiente al otorgamiento de la conformidad respectiva, siempre que se verifiquen las demás condiciones establecidas en el contrato. 2 Consignar que NO incluye IGV en caso el postor ganador de la buena pro haya presentado la Declaración Jurada de

cumplimiento de condiciones para la aplicación de la exoneración del IGV (Anexo Nº 8) en su propuesta técnica.

3 En cada caso concreto, dependiendo de la naturaleza del contrato, podrá adicionarse la información que resulte pertinente a

efectos de generar el pago.

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En caso de retraso en el pago, EL CONTRATISTA tendrá derecho al pago de intereses conforme a lo establecido en el artículo 48 de la Ley de Contrataciones del Estado, contado desde la oportunidad en el que el pago debió efectuarse. CLÁUSULA QUINTA: DEL PLAZO DE LA EJECUCIÓN DE LA PRESTACIÓN El plazo de ejecución del presente contrato es de [……..] días calendario, el mismo que se computa desde [CONSIGNAR SI ES DEL DÍA SIGUIENTE DE SUSCRITO EL CONTRATO O DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE CUMPLIDA LA CONDICIÓN PARA EL INICIO DE LA EJECUCIÓN, DEBIENDO INDICAR LA CONDICIÓN EN ESTE ULTIMO CASO]. CLÁUSULA SEXTA: PARTES INTEGRANTES DEL CONTRATO El presente contrato está conformado por las Bases integradas, la oferta ganadora

4 y los

documentos derivados del proceso de selección que establezcan obligaciones para las partes. CLÁUSULA SÉTIMA: GARANTÍAS EL CONTRATISTA entregó a la suscripción del contrato la respectiva garantía solidaria, irrevocable, incondicional y de realización automática a sólo requerimiento, a favor de LA ENTIDAD, por los conceptos, importes y vigencias siguientes:

De fiel cumplimiento del contrato5: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la [INDICAR EL TIPO

DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE]. Cantidad que es equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original, la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

IMPORTANTE:

Al amparo de lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley de Contrataciones del Estado, si el postor ganador de la buena pro solicita la retención del diez por ciento (10%) del monto del contrato original como garantía de fiel cumplimiento deberá consignarse lo siguiente:

“De fiel cumplimiento del contrato: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la retención que deberá efectuar LA ENTIDAD, durante la primera mitad del número total de pagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a ser devuelto a la finalización del mismo.”

En el caso que corresponda, consignar lo siguiente:

Garantía fiel cumplimiento por prestaciones accesorias6: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de

la [INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas.

Garantía por el monto diferencial de la propuesta7: S/. [CONSIGNAR EL MONTO], a través de la

4 La oferta ganadora comprende a las propuestas técnica y económica del postor ganador de la buena pro.

5 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 158 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, la garantía de fiel

cumplimiento deberá ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) año, las Entidades podrán aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garantía de fiel cumplimiento y de ser el caso, la garantía por el monto diferencial de la propuesta, con una vigencia de un (1) año, con el compromiso de renovar su vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación.

6 En aplicación de lo dispuesto en el artículo 159 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en las

contrataciones de bienes que conllevan la ejecución de prestaciones accesorias, tales como mantenimiento, reparación o actividades afines, se otorgará una garantía adicional por dicho concepto. La garantía de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias se renovará periódicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentación en ningún caso.

7 En aplicación de los dispuesto por el artículo 160 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, cuando la

propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del veinte por ciento (20%) de éste en el proceso de selección para la contratación de bienes, para la suscripción del contrato el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta

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[INDICAR EL TIPO DE GARANTÍA Y NUMERO DEL DOCUMENTO, EMPRESA QUE LA EMITE], la misma que deberá mantenerse vigente hasta la conformidad de la recepción de la prestación. CLÁUSULA OCTAVA: EJECUCIÓN DE GARANTÍAS POR FALTA DE RENOVACIÓN LA ENTIDAD está facultada para ejecutar las garantías cuando EL CONTRATISTA no cumpliera con renovarlas, conforme a lo dispuesto por el artículo 164 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMA: CONFORMIDAD DE RECEPCIÓN DE LA PRESTACIÓN La conformidad de recepción de la prestación se regula por lo dispuesto en el artículo 176 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado y será otorgada por [CONSIGNAR EL ÁREA O UNIDAD ORGÁNICA QUE OTORGARÁ LA CONFORMIDAD]. De existir observaciones se consignarán en el acta respectiva, indicándose claramente el sentido de éstas, dándose al contratista un plazo prudencial para su subsanación, en función a la complejidad del bien. Dicho plazo no podrá ser menor de dos (2) ni mayor de diez (10) días calendario. Si pese al plazo otorgado, EL CONTRATISTA no cumpliese a cabalidad con la subsanación, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato, sin perjuicio de aplicar las penalidades que correspondan. Este procedimiento no será aplicable cuando los bienes manifiestamente no cumplan con las características y condiciones ofrecidas, en cuyo caso LA ENTIDAD no efectuará la recepción, debiendo considerarse como no ejecutada la prestación, aplicándose las penalidades que correspondan. CLÁUSULA UNDÉCIMA: DECLARACIÓN JURADA DEL CONTRATISTA EL CONTRATISTA declara bajo juramento que se compromete a cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato, bajo sanción de quedar inhabilitado para contratar con el Estado en caso de incumplimiento. CLÁUSULA DUODÉCIMA: RESPONSABILIDAD POR VICIOS OCULTOS La conformidad de recepción de la prestación por parte de LA ENTIDAD no enerva su derecho a reclamar posteriormente por defectos o vicios ocultos, conforme a lo dispuesto por el artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado. El plazo máximo de responsabilidad del contratista es de [CONSIGNAR TIEMPO EN AÑOS, NO MENOR DE UN (1) AÑO] años. CLÁUSULA DÉCIMO TERCERA: PENALIDADES Si EL CONTRATISTA incurre en retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA ENTIDAD le aplicará una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del monto del ítem que debió ejecutarse, en concordancia con el artículo 165 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. En todos los casos, la penalidad se aplicará automáticamente y se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x Monto

F x Plazo en días Donde: F = 0.25 para plazos mayores a sesenta (60) días o; F = 0.40 para plazos menores o iguales a sesenta (60) días. Tanto el monto como el plazo se refieren, según corresponda, al contrato o ítem que debió ejecutarse o, en caso que éstos involucraran obligaciones de ejecución periódica, a la prestación parcial que fuera materia de retraso.

económica. Dicha garantía deberá tener vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista.

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Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta, del pago final o en la liquidación final; o si fuese necesario se cobrará del monto resultante de la ejecución de las garantías de Fiel Cumplimiento o por el monto diferencial de la propuesta (de ser el caso). Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, LA ENTIDAD podrá resolver el contrato por incumplimiento. La justificación por el retraso se sujeta a lo dispuesto por la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, el Código Civil y demás normas aplicables, según corresponda.

IMPORTANTE:

De preverse en las Especificaciones Técnicas penalidades distintas a la penalidad por mora, se deberá consignar el listado detallado de las situaciones, condiciones, etc., que serán objeto de penalidad, los montos o porcentajes que le corresponderían aplicar por cada tipo de incumplimiento y la forma o procedimiento mediante el que se verificará la ocurrencia de tales incumplimientos.

CLÁUSULA DÉCIMO CUARTA: RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Cualquiera de las partes podrá resolver el contrato, de conformidad con los artículos 40, inciso c), y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, y los artículos 167 y 168 de su Reglamento. De darse el caso, LA ENTIDAD procederá de acuerdo a lo establecido en el artículo 169 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMO QUINTA: RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES Cuando una de las partes no ejecute injustificadamente las obligaciones asumidas, debe resarcir a la otra parte por los daños y perjuicios ocasionados, a través de la indemnización correspondiente. Ello no obsta la aplicación de las sanciones administrativas, penales y pecuniarias a que dicho incumplimiento diere lugar, en el caso que éstas correspondan. Lo señalado precedentemente no exime a ninguna de las partes del cumplimiento de las demás obligaciones previstas en el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMO SEXTA: MARCO LEGAL DEL CONTRATO Sólo en lo no previsto en este contrato, en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, en las directivas que emita el OSCE y demás normativa especial que resulte aplicable, serán de aplicación supletoria las disposiciones pertinentes del Código Civil vigente, cuando corresponda, y demás normas de derecho privado. CLÁUSULA DÉCIMO SÉTIMA: SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS

8

Cualquiera de las partes tiene el derecho a iniciar el arbitraje administrativo a fin de resolver las controversias que se presenten durante la etapa de ejecución contractual dentro del plazo de caducidad previsto en los artículos 144, 170, 175, 176, 177 y 181 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado o, en su defecto, en el artículo 52 de la Ley de Contrataciones del Estado. Facultativamente, cualquiera de las partes podrá someter a conciliación la referida controversia, sin perjuicio de recurrir al arbitraje en caso no se llegue a un acuerdo entre ambas, según lo señalado en el artículo 214 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. El Laudo arbitral emitido es definitivo e inapelable, tiene el valor de cosa juzgada y se ejecuta como una sentencia. CLÁUSULA DÉCIMO OCTAVA: FACULTAD DE ELEVAR A ESCRITURA PÚBLICA Cualquiera de las partes podrá elevar el presente contrato a Escritura Pública corriendo con todos los gastos que demande esta formalidad.

8 De conformidad con los artículos 216 y 217 del Reglamento, podrá adicionarse la información que resulte necesaria para

resolver las controversias que se susciten durante la ejecución contractual. Por ejemplo, para la suscripción del contrato y, según el acuerdo de las partes podrá establecerse que el arbitraje será institucional o ante el Sistema Nacional de Arbitraje del OSCE (SNA-OSCE), debiendo indicarse el nombre del centro de arbitraje pactado y si se opta por un arbitraje ad-hoc, deberá indicarse si la controversia se someterá ante un tribunal arbitral o ante un árbitro único.

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CLÁUSULA DÉCIMO NOVENA: DOMICILIO PARA EFECTOS DE LA EJECUCIÓN CONTRACTUAL Las partes declaran el siguiente domicilio para efecto de las notificaciones que se realicen durante la ejecución del presente contrato: DOMICILIO DE LA ENTIDAD: [...........................]

DOMICILIO DEL CONTRATISTA: [CONSIGNAR EL DOMICILIO SEÑALADO POR EL POSTOR GANADOR DE LA BUENA PRO AL PRESENTAR LOS REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO] La variación del domicilio aquí declarado de alguna de las partes debe ser comunicada a la otra parte, formalmente y por escrito, con una anticipación no menor de quince (15) días calendario. De acuerdo con las Bases, las propuestas técnico y económica y las disposiciones del presente contrato, las partes lo firman por duplicado en señal de conformidad en la ciudad de [................] al [CONSIGNAR FECHA].

“LA ENTIDAD” “EL CONTRATISTA”

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FORMATOS Y ANEXOS

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FORMATO N° 1 9

MODELO DE CARTA DE ACREDITACIÓN [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA] Señores COMITÉ ESPECIAL AD-HOC ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA N° 01-2014-MDJH DERIVADA DE LICITACION PUBLICA Nº 0002-2013-CE/MDJH (SEGUNDA CONVOCATORIA) Presente.- [CONSIGNAR NOMBRE DEL POSTOR (PERSONA NATURAL, PERSONA JURÍDICA Y/O CONSORCIO)], identificado con DNI [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA NATURAL] y Nº RUC Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], debidamente representado por su [CONSIGNAR SI SE TRATA DE REPRESENTANTE LEGAL EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA O DEL REPRESENTANTE COMÚN EN CASO DE CONSORCIOS, ASÍ COMO SU NOMBRE COMPLETO], identificado con DNI Nº […………], tenemos el agrado de dirigirnos a ustedes, en relación con la Licitación Pública por Subasta Inversa Electrónica N°0002-2013 CE/ MDJH, a fin de acreditar a nuestro apoderado: [CONSIGNAR NOMBRE DEL APODERADO] identificado con DNI Nº [………], quien se encuentra en virtud a este documento, debidamente autorizado a realizar todos los actos vinculados al proceso de selección. Para tal efecto, se adjunta copia simple de la ficha registral vigente del suscrito.

10

…..………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

9 El presente formato será utilizado cuando la persona natural, el representante legal de la persona jurídica o el

representante común del consorcio no concurra personalmente al proceso de selección. 10

Incluir dicho párrafo sólo en el caso de personas jurídicas.

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ANEXO Nº 1

DECLARACIÓN JURADA DE DATOS DEL POSTOR

Señores COMITÉ ESPECIAL AD-HOC ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA N° 01-2014-MDJH DERIVADA DE LICITACION PUBLICA Nº 0002-2013-CE/MDJH (SEGUNDA CONVOCATORIA) Presente.- Estimados Señores: El que se suscribe, [……………..], postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], con poder inscrito en la localidad de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] en la Ficha Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA] Asiento Nº [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], DECLARO BAJO JURAMENTO que la siguiente información se sujeta a la verdad:

Nombre o Razón Social :

Domicilio Legal :

RUC : Teléfono : Fax :

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……...........................................................

Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de Consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 2

DECLARACIÓN JURADA DE CUMPLIMIENTO DE LOS REQUERIMIENTOS TÉCNICOS MÍNIMOS Señores COMITÉ ESPECIAL AD-HOC ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA N° 01-2014-MDJH DERIVADA DE LICITACION PUBLICA Nº 0002-2013-CE/MDJH (SEGUNDA CONVOCATORIA) Presente.- De nuestra consideración: Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que luego de haber examinado las Bases y demás documentos del proceso de la referencia y, conociendo todas las condiciones existentes, el postor ofrece el [CONSIGNAR LA DENOMINACIÓN DE LA CONVOCATORIA], de conformidad con las Especificaciones Técnicas, las demás condiciones que se indican en el Capítulo III de la sección específica de las Bases y los documentos del proceso. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

IMPORTANTE:

Adicionalmente, puede requerirse la presentación de otros documentos para acreditar el cumplimiento de los Requerimientos Técnicos Mínimos, conforme a lo señalado en el contenido del sobre técnico.

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ANEXO Nº 3

DECLARACIÓN JURADA (ART. 42 DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE CONTRATACIONES DEL ESTADO)

Señores COMITÉ ESPECIAL AD-HOC ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA N° 01-2014-MDJH DERIVADA DE LICITACION PUBLICA Nº 0002-2013-CE/MDJH (SEGUNDA CONVOCATORIA) Presente.- De nuestra consideración: Mediante el presente el suscrito, postor y/o Representante Legal de [CONSIGNAR EN CASO DE SER PERSONA JURÍDICA], declaro bajo juramento: 1.- No tener impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado,

conforme al artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado. 2.- Conocer, aceptar y someterme a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de

selección. 3.- Ser responsable de la veracidad de los documentos e información que presento a efectos del

presente proceso de selección. 4.- Comprometerme a mantener la oferta presentada durante el proceso de selección y a suscribir el

contrato, en caso de resultar favorecido con la Buena Pro. 5.- Conocer las sanciones contenidas en la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, así

como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

………………………….……………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o Representante legal, según corresponda

IMPORTANTE:

Cuando se trate de Consorcios, esta declaración jurada será presentada por cada uno de los consorciados.

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ANEXO Nº 4

PROMESA FORMAL DE CONSORCIO (Sólo para el caso en que un consorcio se presente como postor)

Señores COMITÉ ESPECIAL AD-HOC ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA N° 01-2014-MDJH DERIVADA DE LICITACION PUBLICA Nº 0002-2013-CE/MDJH (SEGUNDA CONVOCATORIA) Presente.- De nuestra consideración, Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, durante el lapso que dure el proceso de selección, para presentar una propuesta conjunta a la LICITACION PUBLICA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA Nº 0002-2013-CE/MDJH, responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provengan del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la buena pro, nos comprometemos a formalizar el contrato de Consorcio bajo las condiciones aquí establecidas (porcentaje de obligaciones asumidas por cada consorciado), de conformidad con lo establecido por el artículo 141 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado. Designamos al Sr. [..................................................], identificado con [CONSIGNAR TIPO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD] N° [CONSIGNAR NÚMERO DE DOCUMENTO DE IDENTIDAD], como representante común del Consorcio para efectos de participar en todas las etapas del proceso de selección y para suscribir el contrato correspondiente con la Entidad [CONSIGNAR NOMBRE DE LA ENTIDAD]. Asimismo, fijamos nuestro domicilio legal común en [.............................]. OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 1]: % de Obligaciones

[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

OBLIGACIONES DE [NOMBRE DEL CONSORCIADO 2]: % de Obligaciones

[DESCRIBIR LA OBLIGACIÓN VINCULADA AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA] [ % ] [DESCRIBIR OTRAS OBLIGACIONES] [ % ]

TOTAL: 100%

[CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

..…………………………………. ………………………………….. Nombre, firma, sello y DNI del Nombre, firma, sello y DNI del Representante Legal Consorciado 1 Representante Legal Consorciado 2

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ANEXO Nº 5

DECLARACIÓN JURADA DE PLAZO DE ENTREGA

Señores COMITÉ ESPECIAL AD-HOC ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA N° 01-2014-MDJH DERIVADA DE LICITACION PUBLICA Nº 0002-2013-CE/MDJH (SEGUNDA CONVOCATORIA) Presente.- De nuestra consideración, Mediante el presente, con pleno conocimiento de las condiciones que se exigen en las Bases del proceso de la referencia, me comprometo a entregar los bienes objeto del presente proceso de selección en el plazo de [CONSIGNAR EL PLAZO OFERTADO, EL CUAL DEBE SER EXPRESADO EN DÍAS CALENDARIO] días calendario, conforme el cronograma de entrega establecido en las Bases del proceso. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

…….......................................................... Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda

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ANEXO Nº 06

DECLARACIÓN JURADA ESTABLECIENDO LA ESTACIÓN O ESTACIONES DE SERVICIO DONDE SE SUMINISTRARÁN LOS COMBUSTIBLES

Señores COMITÉ ESPECIAL AD-HOC ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA N° 01-2014-MDJH DERIVADA DE LICITACION PUBLICA Nº 0002-2013-CE/MDJH (SEGUNDA CONVOCATORIA)

Presente.- De nuestra consideración: Por medio de la presente (Razón Social del Postor) establece que brindará el suministro de combustible Diesel DB5 S50 para las unidades pertenecientes al parque automotor de la Municipalidad de La Victoria por el periodo de 01 año, en su (s) Estación (es) de Servicio ubicado (s) dentro de un rango de………. kilómetros de distancia a la Sede de la Entidad, según lo señalado en las especificaciones técnicas de las Bases, el cual se encuentra ubicado en:

Ítem Nombre de la Estación de Servicio

Distrito y Provincia Dirección de la Estación de servicio

Arequipa, ....de.....................2013 Atentamente,

________________________________ Firma y sello del Representante Legal

Nombre / Razón social del postor

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ANEXO Nº 7

CARTA DE PROPUESTA ECONÓMICA (MODELO)

Señores COMITÉ ESPECIAL AD-HOC ADJUDICACION DE MENOR CUANTIA POR SUBASTA INVERSA ELECTRÓNICA N° 01-2014-MDJH DERIVADA DE LICITACION PUBLICA Nº 0002-2013-CE/MDJH (SEGUNDA CONVOCATORIA) Presente.- De nuestra consideración, Es grato dirigirme a usted, para hacer de su conocimiento que, de acuerdo con el valor referencial del presente proceso de selección y las Especificaciones Técnicas, mi propuesta económica es la siguiente:

ITEM CANT CONCEPTO PRECIO POR

GALON PRECIO TOTAL

La propuesta económica incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas, y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que le sea aplicable y que pueda tener incidencia sobre el costo de los bienes a contratar, excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. [CONSIGNAR CIUDAD Y FECHA]

……………………………….………………….. Firma, Nombres y Apellidos del postor o

Representante legal o común, según corresponda