Bases legales del sistema educativo argentino
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Sistema Educativo Nacional
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Es el conjunto organizado de servicios y acciones
educativas reguladas por el Estado, para posibilitar el derecho a la educación.
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Servicios educativos de:
Gestión Estatal y PrivadaGestión CooperativaGestión Social
De todas las jurisdicciones del país, abarcando distintos niveles, ciclos y modalidades
educativos.
Integrado por…
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Niveles
Educación
Inicial
Educación
Primaria
Educación
Secundaria
Educación
Superior
Educación Técnico
Profesional
Educación Artística
Educación Especial
Educación Permanente de Jóvenes y
Adultos
Educación Rural
Educación Intercultural
Bilingüe
Educación en Contextos de la Privación
de la Libertad
Educación Domiciliaria y Hospitalaria
Estructura del Sistema - Según Ley Nacional
Modalidades
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Niveles
EducaciónInicial
EducaciónPrimaria
Educación Secundaria Básica
Educación Secundaria
Superior
EducaciónSuperior
Educación Técnico
Profesional
Educación Física
Psicología Comunitaria y
Pedagogía Social
Educación Ambiental
Educación Artística
Educación Especial
Educación Permanente de
Jóvenes y Adultos y
Adultos Mayores
Educación Intercultural
Educación en Contextos de la Privación de la
Libertad
Estructura del Sistema - Según Ley Provincial
Modalidades
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Es el órgano del gobierno nacional, que se encarga de
los asuntos del Sistema Educativo.
Actualmente, quien lleva adelante las
acciones del ministerio, es
Alberto Sileoni.
Ministerio de
Educación
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Marcos Legales del
Sistema Educativo
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Fue la base del sistema educativo nacional. Se aprobó en 1884.
La ley aprobada estableció la instrucción primaria obligatoria, laica, gratuita y gradual. La obligatoriedad suponía la existencia de la escuela pública al alcance de todos los niños. Los padres estaban obligados a dar educación a sus hijos. El carácter laico, hace referencia a que dicha educación, se encuentra separada de la iglesia: la educación eclesial es optativa. Lo gradual, refiere a la separación por grados, acordes a la edad y a los contenidos a abordar.
La formación de maestros, el financiamiento de las escuelas públicas y el control de la educación –privada o pública- quedó en manos del Estado.
Ley de Educación – 1.420
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Establece la apertura de escuelas rurales , infantiles, mixtas
y elementales en las provincias que lo solicitasen.
Ley Lainez – 4.874 (1905)
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Las Leyes Nacional y Provincial de Educación
definen a la educación y al conocimiento como bien público, y como derecho
personal y social.Todo esto, se encuentra
garantizado por el Estado, se entiende como prioridad
nacional.
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Regula el ejercicio del derecho de enseñar y aprender.
Promueve a la educación y el conocimiento como un bien público y un derecho personal y social.
Reconoce a la educación como un bien social y como política de Estado.
Hace garante al Estado de los derechos de enseñar y aprender.
Responsabiliza de las acciones educativas al Estado, los municipios, las confesiones religiosas y la familia.
Ley Nacional de Educación – 26.206
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Regula el ejercicio de los derechos de enseñar y aprender en el territorio provincial.
Declara a la educación como una prioridad provincial.
Responsabiliza a la provincia de garantizar una educación: integral, inclusiva, permanente y de calidad.
Garantiza la concordancia con la política educativa nacional y controla su cumplimiento.
Hace garante a la provincia del financiamiento educativo.
Ley Provincial de Educación – 13.688
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Reafirmar la Soberanía y la Identidad Nacional.
Profundizar el Ejercicio de la Soberanía.Fomentar el Respeto a los Derechos
Humanos.Fortalecer el Desarrollo Económico y Social de la Nación.Garantizar el Acceso a la Información y al Conocimiento.
Formar sujetos de pensamiento crítico y libre.
Tienen como fin:
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Nacional
Fija las Políticas educativas y controla su cumplimiento.
Debe respetar las particulari-dades provinciales y locales.
Actúa a través de la Dirección General de Cultura y Educación.
Tiene la obligación de garantizar y supervisar una educación integral, inclusiva, permanente y de calidad.
Garantizar el financiamiento del Sistema Educativo Provincial.
El Rol del Estado
Provincial
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Garantizar la formación de las
personas a lo largo de toda su vida
Fomentar los valores de libertad,
paz, solidaridad, creencia, respeto a
la diversidad, justicia y
responsabilidad
Promover en cada educando la capacidad de
definir su proyecto de vida
Facilitar el desarrollo de habilidades y
habilitar para su desempeño social y
laboral
Brindar igualdad de oportunidades y posibilidades y
garantizar la continuidad de
estudios superiores
El Rol Educativo de la Ley
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Están destinadas a enfrentar situaciones de injusticia, marginación, estigmatización, y otras
formas de discriminación.Las autoridades jurisdiccionales adoptarán las medidas necesarias para garantizar el acceso y
permanencia de los alumnos en estado de gravidez, así como la continuación de sus
estudios; promover la inclusión, y la reinserción escolar. También, participarán activamente en
acciones que busquen erradicar al trabajo infantil.
Políticas de Promoción – Ley Nacional
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Conectar IgualdadSecundaria para TodosMejora de la Educación Técnico ProfesionalFortalecimiento de la Formación DocenteMejora Académica Universitaria
o VoluntariadoConstrucción de EscuelasBecas Escolares, Universitarias y para Formación
DocentePlan FinEsCooperación InternacionalMejora de la Enseñanza de la Ciencias
Estrategias del Ministerio de Educación
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Promoción de la LecturaEducación Sexual IntegralPrimera Infancia (PNDI) Construcción de
Ciudadanía en las EscuelasConvivencia y Mediación EscolarDerechos del NiñoEscuelas SolidariasEducación y MemoriaEducación y SaludMedios y TIC
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Ley de Financiamiento Educativo – 26.075
Genera los Mecanismos para la Coordinación de la Inversión entre los distintos niveles de
gobierno.
La subsecretaría de Planeamiento Educativo, analiza la evolución del gasto del SEN.
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•INFD Es inaugurado en 2007 bajo la ley (26.206)
•Jerarquiza la formación docente
•Elaboración del (PNFD)
•Confiere centralidad estratégica.
•Fortalece la formación docente como política de
Estado.
•Articula la formación entre Nación y Provincia.
•Ejecuta y planifica la formación docente.
Instituto Nacional de Formación Docente
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Determina los deberes y derechos del personal docente que ejerce funciones en los establecimientos de enseñanza estatal, dependientes de la Dirección General de Escuelas y Cultura de
la Provincia de Buenos Aires o en sus organismos
Estatuto Docente - Ley 10.579
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ARTICULO 6°: Son Obligaciones Del Personal Docente
1. Desempeñar las funciones inherentes al cargo.
2. Desempeñar una conducta que no afecte la función y la ética docentes.
3. Formar a los alumnos en las normas éticas y sociales con absoluta prescindencia partidaria y religiosa, en el amor y respecto a la patria y a la Constitución. Ampliar su cultura y su formación pedagógica, procurando su perfeccionamiento.
4. Conocer, respetar y cumplir el presente estatuto.
5. Respetar las normas jerárquicas.
6. Declarar bajo juramento los cargos y/o actividades computables para la jubilación que desempeñe o haya desempeñado.
7. Declarar en los sumarios administrativos ordenados por autoridad competente siempre que no tuviera impedimento legal para hacerlo.
8. Mantener el secreto, aún después de haber cesado en el cargo, de los asuntos del servicio que por su naturaleza o en virtud de disposiciones especiales sea necesario.
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ARTICULO 7°: Son Derechos Del Personal Docente
1. La estabilidad en el cargo, categoría, jerarquía y ubicación o destino.
2. Recibir una remuneración justa y acorde con la responsabilidad y jerarquía de sus tareas.
3. El ascenso, permuta y traslado acordes a las condiciones establecidas en el estatuto.
4. El progresivo acrecentamiento de horas-cátedra, hasta el máximo compatible.
5. El cambio de funciones en caso de disminución o pérdida de aptitudes psicofísicas, cuando no se alcancen a cumplir los requisitos para la jubilación por incapacidad.
6. El conocimiento de las nóminas de aspirantes, de sus antecedentes, y del listado por orden de mérito, en casos de concursos contrataciones, ascensos, acrecentamiento de horas-cátedra y traslados.
7. La defensa de sus derechos mediante las acciones y recursos que este estatuto y demás normas legales establezcan.
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8. La concentración de tareas y el ejercicio de su actividad en condiciones adecuadas.
9. El uso de licencias reglamentarias.
10. El goce de vacaciones reglamentarias. La libre agremiación para la defensa de sus intereses profesionales. El goce de una jubilación justa.
11. La obtención de becas para su perfeccionamiento cultural y profesional y la consiguiente licencia si fuera necesario.
12. La participación en el gobierno escolar, integrando los distintos organismos de la Dirección General de Escuelas y Cultura, prevista en este estatuto y leyes pertinentes.
13. La percepción de la indemnización que, por enfermedad profesional y/o accidente sufrido en el o por el acto de servicio, establezcan las leyes que rijan la materia, sin perjuicio de otros beneficios y derechos que legalmente le puedan corresponder.
ARTICULO 8°: El personal docente suplente y provisional gozará de los derechos establecidos en el artículo anterior a excepción de los enumerados en los incisos 1), 3), 4),5), 8), 9), 11) y 12).
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ISFD N° 54 Profesorado en Geografía
Espacio curricular: Política Institucional Alumno: Germán Larrosa
Profesores: Bravo Jorge – Graneros AngélicaAño. 2011
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Entre Todos – Ciudadanía y Formación Docente
Proyecto Nos-Otros y la Participación
Seminarios Virtuales – “Ciencia y Formación Docente”
Estímulos Económicos
Becas Bicentenario
Articulación entre ISFD y Organizaciones Socio-Comunitarias
A través del Plan
Nacional de Formación
Docente, el INFoD,
implementa las
Políticas Estudiantiles.
Políticas Estudiantiles
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Es el Portal educativo del Estado.
Busca integrar las TICs al Sistema Educativo.
Fue relanzado en 2003.
Su función es la de colaborar con la tarea docente,
en la incorporación de las TICs.
Objetivos
•Generar Posibilidades que Posibiliten la Igualdad de Oportunidades
•Facilitar a los Docentes herramientas para enseñar
•Reducir la Brecha digital
•Crear redes entre el gobierno, el sector privado, y el tercer sector
educ.ar
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Es el canal educativo del Ministerio de Educación.
Se emite desde Marzo del 2007
Objetivos
•Proveer contenidos televisivos y multimediales a las escuelas,
para mejorar el proceso de enseñanza-aprendizaje
•Contribuir con la equidad en el acceso al conocimiento
•Desarrollar y fomentar en el docente y en el alumno el uso de
las TICs
Encuentro