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MUNICIPIO DE CORREGIDORA QUERÉTARO 2015 – 2018
SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PÚBLICAS
LICITACIÓN N° LO-822006997-E10-2017
BASES PARA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
P R E S E N T A C I Ó N Y F U N D A M E N T O
El Municipio de Corregidora Querétaro, como convocante y organismo descentralizado de
conformidad con el Artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
en materia de obra pública, 27, 29 y 43 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
con las Mismas; 31 y 34 de su Reglamento; y demás disposiciones reglamentarias aplicables,
emitidas a través del Departamento de Concursos y Contratos subordinado a la Dirección de
Administración de Obra Pública y adscritos a la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras
Públicas del Municipio de Corregidora Querétaro, ubicados en el Centro de Atención
Municipal (CAM), en Calle Ex Hacienda el Cerrito Número 100, El Pueblito, Corregidora, Qro.,
C.P. 76900; con teléfono 01 442 384 5500 y 01 442 209 6000, ext. 2019 y correos electrónicos
[email protected] y [email protected], establece la
Convocatoria que contiene las Bases para celebrar el proceso de Licitación Pública Nacional
N° LO-822006997-E10-2017 presencial, Recurso Federal para la contratación a Precio Unitario y
Tiempo Determinado de la obra: PAVIMENTACIÓN DE CALLE JAZMÍN DE LIBRAMIENTO SUR
PONIENTE DE QUERÉTARO HACIA CALLE SIN NOMBRE, PAVIMENTACION DE CALLE JAZMÍN DE
LIBRAMIENTO SURPONIENTE DE QUERÉTARO A CALLE REVOLUCIÓN, PAVIMENTACIÓN DE CALLE
AZUCENAS DE CALLE JAZMÍN A PRIVADA CLAVEL Y CALLE DALIA DE CALLE JAZMIN HACIA CALLE
CAMELINAS, LA NEGRETA, CORREGIDORA, QRO.; conforme a las siguientes:
B A S E S
1. GLOSARIO DE TÉRMINOS Y DEFINICIÓN DE CONCEPTOS
Para efectos de las presentes bases se entenderá por:
Bases
Conjunto de disposiciones e instrucciones puestas a disposición del cada licitante
para que desarrolle sus propuestas (técnica y económica) para la licitación a la
que fue inscrito o invitado. Describe también el proceso de contratación y
requisitos para participación.
Bitácora
Instrumento técnico que constituye el medio de comunicación entre las partes que
formalicen el contrato, en el cual se registran los asuntos y eventos importantes que
se presenten durante la ejecución de los trabajos, ya sea a través de medios
remotos de comunicación electrónica, caso en el cual se denominara bitácora
electrónica.
CompraNET Sistema electrónico de información gubernamental sobre obras públicas y servicios
relacionados con las mismas.
Convocante Municipio de Corregidora, Querétaro.
Convocatoria Documento que contiene los requisitos de carácter legal, técnico y económico
con respecto a las obras o servicios objeto de la contratación y las personas
interesadas en realizarlas o prestarlos.
Formato Que deberá de utilizar la forma proporcionada por la Convocante y a pedido de
ésta puede ser impreso en papel membretado de los licitantes.
Ley Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
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SECRETARÍA DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PÚBLICAS
LICITACIÓN N° LO-822006997-E10-2017
BASES PARA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
Licitación Procedimiento de contratación para la adjudicación de las obras públicas y los
servicios relacionados con las mismas.
Licitante Persona que participe en cualquier procedimiento de licitación pública, o bien de
invitación a cuando menos tres personas.
Municipio Municipio de Corregidora Querétaro.
Norma Las normas son requerimientos que condicionan la ejecución de la obra para
garantizar la transparencia y calidad de sus procesos, su aplicación es de carácter
general de acuerdo a la especialidad que implica la obra.
Planos As-Built Conjunto de planos donde se representan las condiciones finales de la obra de
acuerdo a la situación real de la misma, es decir de cómo quedó finalmente.
Proposición
Se le denomina a todo el conjunto de documentos que conforman las propuestas
del Licitante de acuerdo a lo señalado en la Convocatoria y que se dividen en
documento técnico (DT), documento económico (DE) y documentación distinta
(DD), solicitada por la convocante y que serán presentados en tiempo y forma por
los Licitantes en el acto señalado para tal efecto.
Proyecto
Ejecutivo
El conjunto de planos y documentos que conforman los proyectos arquitectónico y
de ingeniería de una obra, que a su vez definen la forma, estilo, distribución, diseño
funcional, acabados, diseños, planos constructivos, memorias de cálculo,
memorias descriptivas, especificaciones constructivas generales y particulares,
plantas, alzados, cortes, secciones a detalle, que permitan llevar a cabo la obra
civil, eléctrica, mecánica o de cualquier otra especialidad del aplicable al
proyecto; el catálogo de conceptos, así como las descripciones e información
suficientes para que la obra se pueda llevar a cabo.
Reglamento Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas.
Residente
Servidor público designado por escrito por la Secretaría quien fungirá como su
representante, ante el Contratista; y será responsable directo de la vigilancia,
control y revisión de los trabajos, incluyendo la aprobación de las estimaciones
presentadas por el Contratista.
Secretaría Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Municipio de Corregidora
Superintendente
Personal designado por escrito por el Contratista y que será su representante ante
la Secretaría, el cual estará facultado para oír y recibir toda clase de notificaciones
relacionadas con los trabajos, aún las de carácter personal, así como tomar las
decisiones que se requieran en todo lo relativo al cumplimiento del contrato.
Para efectos de las presentes bases se consideraran las siguientes siglas:
SAT Secretaría de Administración Tributaria.
MIPYMES Micro Pequeñas y Medias Empresas.
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
BEOP Bitácora Electrónica de Obra Pública.
CAM Centro de Atención Municipal.
LFT Ley Federal del Trabajo
INFONAVIT Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores
SAR Sistema de Ahorro para el Retiro
RCD Formato de la Relación Cuantitativa de la Documentación que integra la
Proposición.
CMIC Cámara Mexicana de la Industria de la Construcción, Delegación
Querétaro
CICQ Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Querétaro
2. GENERALIDADES
2.1. Marco Normativo y su Reglamento
La obra se llevará a cabo con sujeción a la confirmación de Aprobación emitida por la
Secretaría de planeación y Finanzas a través de la Dirección de Gasto Social mediante
oficio No. 2017GEQ00574 y la suficiencia presupuesta emitida por la Secretaria de Tesorería
y Finanzas del Municipio de Corregidora con oficio No. STF/DE/9045/2017, a las Bases
específicas de Licitación, conforme a lo establecido en la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos; la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas
y su Reglamento vigentes, Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Federal; Ley
Orgánica de la Administración Pública Federal; Ley Federal de Instituciones de Fianzas;
Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio Fiscal de que se
trate, el Convenio de Coordinación para el otorgamiento de un subsidio en el marco del
Programa de Desarrollo Regional Turístico Sustentable y Pueblos Mágicos, el proyecto
ejecutivo y especificaciones generales y particulares proporcionados por la Dirección de
Administración de Obra Pública de la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del
Poder Ejecutivo, las especificaciones generales de construcción y las especificaciones
complementarias y particulares; las demás disposiciones administrativas de carácter federal
aplicables a los Licitantes.
2.2. Descripción de la obra a realizar
La obra materia de esta licitación consistirá de manera general en 318.70 M DE
GUARNICION, 382.44 M2 DE BANQUETA, 309.50 M3 DE CONCRETO PREMEZCLADO, 13674.36
M2 DE PAVIMENTO DE CONCRETO ASFALTICO DE 5 CM DE ESPESOR.
2.3. Fuente de los recursos
Los fondos para la ejecución de la obra materia de la presente Licitación provienen del
programa: FONDO PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA ESTATAL MUNICIPAL,
para el ejercicio fiscal 2017.
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
2.4. Programación de los eventos.
EVENTO FECHA HORA VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS 03 de julio de 2017 9:00 horas.
JUNTA DE ACLARACIONES 03 de julio de 2017 11:00 horas.
PRESENTACIÓN Y APERTURA DE LAS
PROPOSICIONES
12 de julio de 2017 9:00 horas.
FALLO 25 de julio de 2017 9:00 horas.
FIRMA DE CONTRATO 01 de agosto de 2017.
FECHA DE INICIO DE LOS TRABAJOS 08 de agosto de 2017
FECHA DE TERMINACIÓN DE LOS TRABAJOS 05 de diciembre de 2017
PLAZO DE EJECUCIÓN 120 días naturales
ANTICIPO 30%
Todos los eventos se llevarán a cabo en la sala de juntas de la Secretaría en el CAM,
ubicada dentro del domicilio señalado por la Convocante en el numeral 2.5 en las fechas y
horas marcadas en la Convocatoria de estas Bases; así mismo podrán realizarse si así se
requiere, juntas aclaratorias adicionales. Para la visita al sitio de los trabajos este será el
punto de reunión para salir al sitio correspondiente.
2.5. Domicilio de la Convocante.
Centro de Atención Municipal (CAM),
Calle Ex Hacienda el Cerrito Número 100, El Pueblito, Corregidora, Qro.; C.P. 76900
Teléfono 01 442 384 55 00 y 209 6000, ext. 2019
2.6 Tipo de contrato.
El procedimiento de contratación motivo de la presente Convocatoria será a precios
unitarios y tiempo determinado.
2.7 Idioma y Moneda.
Las Proposiciones se presentarán en idioma español y se cotizarán en pesos mexicanos.
3. CONDICIONES A LOS LICITANTES
Al integrar la Proposición el Licitante deberá considerar lo siguiente:
3.1 Que tomó en consideración las condiciones climatológicas, topográficas y geológicas
de la región donde se realizará la obra y que su desconocimiento, en ningún caso
servirá posteriormente para inducir justificación por incumplimiento de contrato o para
solicitar bonificaciones a los precios consignados en la Proposición.
3.2 La Convocante podrá verificar a través de los sistemas o por los medios que considere
adecuados, la veracidad de la documentación presentada por el Licitante.
3.3 La Secretaría a través del área ejecutora designará a un servidor público como
Residente de Obra, quien fungirá como su representante ante el contratista y será el
responsable directo de la supervisión, vigilancia, control y revisión de los trabajos,
incluyendo la aprobación de las estimaciones presentadas por los contratistas. La
residencia de obra deberá estar ubicada en el sitio de ejecución de los trabajos.
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
3.4 Cuando la supervisión sea realizada por contrato, la aprobación de las estimaciones
para efectos de pago deberá ser autorizada por la Residencia de obra de la
Secretaría.
3.5 Presentará un organigrama del personal técnico y administrativo que serán
responsables de la dirección, administración y ejecución de la obra, indicando
nombre, profesión y cargo, anexando curriculum de cada uno. Conforme al
documento T-8.
3.6 Que para los efectos del Articulo 32-D del Código Fiscal de la Federación, de
conformidad con la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2017 en particular a la Regla
2.1.27 publicada en el DOF el 27 de Enero de 2017, el Licitante deberá presentar el
documento expedido por el SAT en el que se emita “Opinión” sobre el cumplimiento de
sus obligaciones fiscales, vigente a las fechas de la presente Convocatoria.
3.7 Que deberá incluir en todos y cada uno de los documentos elaborados que integren
su Proposición, la(s) siguiente(s) leyenda(s): “Este programa es público, ajeno a
cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos
en el programa.”
“Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido
político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales,
de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de
este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable
y ante la autoridad competente”.
3.8 Que se estipula que el pago de los diversos conceptos de obra se hará al precio que se
fija en el contrato a Precios Unitarios para las unidades de obra terminadas, que ha
juzgado y tomado en cuenta las condiciones que pueden influir en los Precios Unitarios,
que incluyen datos tales como:
a) Clasificación de materiales
b) Disposición de los estratos
c) Bancos de materiales de la región
d) Calidad de los materiales
e) Disponibilidad de los equipos
f) Rendimiento de mano de obra de la zona
Otras características que le sean proporcionadas por el Municipio como orientación a
título informativo y que serán comentadas según visita de obra y previo
cuestionamiento por parte del Licitante, quedando bajo la responsabilidad de éste el
juzgar todas las circunstancias dichas y vistas, así como considerar las normas y
especificaciones generales y particulares proporcionadas y/o de otras dependencias
de acuerdo al tipo y magnitud de la obras en de manera que sí cualquiera de ellos
resultaran diferentes en la realidad, la diferencia no justificará reclamación alguna del
Licitante en cuanto a los Precios Unitarios.
3.8 Se deberán presentar todos los Análisis de Precios Unitarios de todos y cada uno de los
Conceptos solicitados en el Catálogo de la Obra, según se requiera en el Formato
proporcionado y las Bases. Los Precios Unitarios asentados en su propuesta deberán
estar apegados a las condiciones vigentes del mercado a la fecha de actualidad de
las propuestas. En la integración de todos los precios unitarios se consideraran todos los
cargos necesarios para su completa y correcta ejecución. La ubicación de los bancos
de materiales, así como los tiraderos de los productos de las excavaciones y de
desperdicio, serán responsabilidad de la empresa constructora. Que deberá integrar
los precios de los materiales sin considerar el I.V.A, en los análisis de precios unitarios y
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
considerando que los precios unitarios aceptados en la Licitación, no sufrirán
modificaciones.
3.9 El Licitante ganador deberá incorporar en la obra un mínimo un 10% de mano de obra
local Artículo 31, fracción XXI de la Ley y deberá manifestarlo bajo protesta de decir
verdad en documento Formato Libre anexándolo como parte del documento E-6 de
su proposición.
3.10 Que para el cálculo del Factor de Salario Real, tendrá en consideración lo que al
respecto indique la LFT, las prestaciones como el 5% (cinco por ciento) del importe de
las percepciones de los trabajadores que, en los términos del Artículo 136 de la LFT, las
empresas en su calidad de patrones están obligadas a aportar al INFONAVIT. Así como
el 2% (dos por ciento) del SAR; y que esto impactará en lo concerniente a los Costos
por cuadrilla para sus análisis de Precios Unitarios, presentando el desglose por cada
una de las categorías que presente. También que ha considerado el impuesto sobre
nómina vigente o en su caso anexar en su propuesta la documentación que manifieste
su amparo. Deberá integrar copia del Registro Patronal Vigente ante el I.M.S.S., así
como copia de la determinación de la prima del Factor de Riesgo de Trabajo derivada
de la Revisión Anual de la Siniestralidad de la Empresa del año en curso así como
considerar dicho porcentaje y anexarlas en el documento E-6 El no anexar y/o no
considerar estos documentos en la propuesta será motivo de desechar la Proposición.
3.11 Que la experiencia necesaria para la realización de los trabajos deberá ser mínimo de
3 (años) años en el ejercicio de la actividad empresarial, acreditándola con
documentos comprobatorios (contratos, actas de entrega etc.), de acuerdo con el
Articulo 31, fracción XVI de la Ley.
3.12 Que NO se aceptara la subcontratación en la presente Licitación, de acuerdo con el
artículo 31, Fracción XXII de la Ley. Solo está autorizada la subcontratación de la
partida o conceptos de obra para el tiro de carpeta de concreto asfaltico en caso de
estar considerada en el Catálogo de Conceptos.
3.13 Que para intervenir en el acto de presentación y apertura de proposiciones en caso de
no ser presentada por el Licitante o representante legal, bastará que los Licitantes
presenten un escrito (Formato Libre) en el que su firmante manifieste, bajo protesta de
decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por
su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica.
Incluyendo los siguientes datos: Nombre de la obra, número de licitación, objeto del
escrito, contratista y representante legal.
3.14 Que NO podrán participar las personas que se encuentren en los supuestos de los
artículos 51 y 78 de la Ley. Que las personas a que se refiere el segundo párrafo de la
fracción VII del artículo 51 de la Ley, que pretendan participar en el procedimiento de
contratación para la ejecución de una obra, deberán manifestar bajo protesta de
decir verdad que los estudios, planes o programas que previamente hayan realizado,
incluyen supuestos, especificaciones e información verídicos y se ajustan a los
requerimientos reales de la obra a ejecutar, así como que, en su caso, consideran
costos estimados apegados a las condiciones del mercado. Además, que NO podrán
participar las personas físicas o morales inhabilitadas por resolución de la Secretaría de
Función Pública, en los términos de este ordenamiento o de la Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
3.15 Que NO se admitirán propuestas a través de Medios Remotos de Comunicación
Electrónica.
3.16 Que ninguna de las condiciones de las Bases así como en las proposiciones
presentadas por los Licitantes, podrán ser negociadas.
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contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
3.17 Que una vez presentada la Proposición, el Licitante NO podrá por ningún motivo
retirarla, ni hacer modificaciones a la misma.
3.18 Se proporcionará al Licitante que se le adjudique la obra, el 30% del monto contratado
por concepto de Anticipo en una sola exhibición, para los gastos de traslado de la
maquinaria y equipo de construcción e inicio de los trabajos, así como para la compra
y producción de materiales de construcción, la adquisición de equipos que se instalen
permanentemente y demás insumos que deberán otorgar. El otorgamiento del
Anticipo será determinado por la Convocante atendiendo a las características,
complejidad y magnitud del servicio Artículo 50 Fracción I y II de la Ley de Obras
Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. La amortización de dicho anticipo se
realizará conforme al artículo 143 del Reglamento.
3.19 La mala calidad de los trabajos, ocasionada por los materiales, la aplicación de los
mismos, o el proceso constructivo, durante la ejecución de los trabajos o al término de
estos será responsabilidad del contratista, la reparación en su totalidad de estos, será
por su cuenta y costo, sin cargo alguno para la Secretaría, y a satisfacción de esta. Por
lo tanto, el contratista será el único responsable de la ejecución de los trabajos y
deberá sujetarse a todos los reglamentos y ordenamientos de las autoridades
competentes en materia de construcción, seguridad, uso de la vía pública, protección
ecológica y de medio ambiente, a los particulares por el tipo de obra que rijan en el
ámbito federal, estatal o municipal, así como a las instrucciones que al efecto le señale
la Secretaría. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su
inobservancia serán a cargo del Contratista.
3.20 El Licitante deberá considerar dentro de sus costos indirectos de obra lo siguiente:
3.20.1. Construcciones provisionales:
Letrinas necesarias para el servicio del personal encargado de la ejecución de los
trabajos, durante la ejecución de la obra.
Bodega para el resguardo de materiales de obra, durante la ejecución de la
obra.
3.20.2. Equipo de protección del personal.- Cascos, chalecos, guantes, calzado de
seguridad, arneses de seguridad (si aplica), etc.
3.20.3. Letreros de obra.- Dos letreros a dos caras, con las siguientes características:
letrero alusivo a la obra de 1.80 x 3.60 m., de perfil estructural comercial de
1.80x3.60 m. con bastidor, refuerzo intermedio y patas de P.T.R. de 2"x2" color
blanco (2.8 mm espesor), empotrado a 70 cm de profundidad y 1.80 m de altura
del piso; a dos caras con lámina galvanizada cal. 24 sujeta al bastidor con
remaches, pintura anticorrosiva y dos manos de pintura esmalte como mínimo en
color blanco. incluye: imagen plástica de impresión digital en vinyl autoadherible
con la identificación de la obra, diseño proporcionado por la Secretaría para dos
vistas, pintura anti-graffiti (salvo que aparezca en el Catálogo de Conceptos), la
especificación y diseño serán proporcionados por la Secretaría.
3.20.4. Conservación y limpieza de la obra durante todo el proceso de construcción,
hasta el momento de su entrega a la Secretaría. (Salvo que aparezca en el
catálogo de conceptos)
3.20.5. Servicios de laboratorio y/o de control de calidad, cuyo nombramiento deberá
ser autorizado y sus servicios coordinados por Dirección de Ejecución de obra de
la Secretaría.
3.20.6. El Señalamiento de Protección de Obra diurno y nocturno, adecuado a las
necesidades de la obra en particular o en su caso, de conformidad con el plano
proporcionado por la Secretaría (Salvo que aparezca en el catálogo de
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
conceptos).
3.20.7. Una póliza de responsabilidad civil, con cobertura amplia, vigente desde el inicio
del contrato hasta que ésta retire sus equipos y maquinaria y limpie el sitio de los
trabajos, por una suma asegurada mínima de responsabilidad civil. De acuerdo
con lo indicado en el numeral 8.2. de las presentes Bases.
3.20.8. Fianzas, la emisión de las fianzas correspondientes por la totalidad del anticipo, así
como por el 10% del monto total del contrato por cumplimiento así como por los
vicios ocultos.
4. VISITA AL SITIO DE LOS TRABAJOS Y JUNTA DE ACLARACIONES
4.1 Visita de Obra
La Secretaría mostrará una sola vez a las empresas inscritas en la Licitación las
ubicaciones y demás datos adicionales de campo, que consideren necesarios los
interesados, para lo cual la visita al sitio de los trabajos se efectuara en la fecha
programada en el numeral 2.4, los Licitantes deberán presentarse en las oficinas de la
Secretaría, ubicadas en el CAM, siendo atendidos por personal que para tal efecto
designe la Convocante y de donde partirán al lugar de los trabajos.
Los Licitante podrán visitar el(los) sitio(s) en que se realizarán los trabajos objeto de la
presente convocatoria, para que, considerando las especificaciones y documentación
relativa, inspeccionen el sitio, hagan las valoraciones de los elementos que se
requieran, analicen los grados de dificultad de los trabajos y realicen las
investigaciones que consideren necesarias sobre las condiciones locales,
climatológicas o cualquier otra que pudiera afectar la ejecución de los trabajos.
En ningún caso la Secretaría, asumirá responsabilidad por las conclusiones que los
Licitantes obtengan al examinar los lugares y circunstancias antes señaladas, y en el
caso de ser adjudicatario del contrato, el hecho de que no se familiarice con las
condiciones imperantes no le releva de su obligación para ejecutar y concluir los
trabajos en la forma y términos convenidos.
4.2 Junta de Aclaraciones
Los interesados en participar en la presente licitación deberán presentar o enviar por
correo electrónico un escrito ANEXO 01 en los términos del presente numeral en el que
manifiesten su interés de participar en la Licitación por si o en representación de un
tercero, mismo que contendrá lo siguiente:
a) Del licitante: Registro Federal de Contribuyentes; nombre y domicilio, así como,
en su caso, los de su apoderado o representante. Tratándose de personas
morales, además se señalará la descripción del objeto social de la empresa,
identificando los datos de las escrituras públicas y, de haberlas, sus reformas y
modificaciones, con las que se acredita la existencia legal de las personas
morales, así como el nombre de los socios, y
b) Del representante legal del licitante: datos de las escrituras públicas en las que
le fueron otorgadas las facultades de representación y su identificación oficial.
c) Copia del acuse de inscripción que genera Compranet
Las personas que hayan presentado el escrito anteriormente citado, serán
consideradas Licitantes y tendrán derecho a formular solicitudes de aclaración, dudas
o cuestionamientos en relación con la Convocatoria. Si el escrito señalado en párrafo
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
anterior no se presenta, se permitirá el acceso a la junta de aclaraciones a la persona
que lo solicite en calidad de observador, en términos del penúltimo párrafo del artículo
27 de la Ley.
Para aclarar las dudas que se pudieran derivar del contenido de la presenta
Convocatoria así como de sus anexos, se celebrará una junta de aclaraciones en la
fecha y hora establecidas en el numeral 2.4; las solicitudes de aclaraciones deberán
presentarse por escrito y en archivo electrónico en el Departamento de Concuros y
Contratos de la Secretaría, ó através de los correos electrónicos
[email protected] y [email protected] y/o mediante
CompraNet, según corresponda, a más tardar 24 (veinticuatro) horas antes de la fecha
y hora en que se vaya a realizar la citada junta, en los términos del Artículo 35 de la
Ley, a efecto de ser analizadas y hacer las correspondientes aclaraciones en la junta
de aclaraciones. Para efectos de agilizar la contestación de las solicitudes de
aclaración que se formulen, de manera personal el Licitante deberá utilizar el ANEXO
01 para que su solicitud de aclaración sea atendida.
En el caso de que dos o más personas se agrupen para presentar una Proposición,
cualquiera de los integrantes de la agrupación podrá presentar el escrito mediante el
cual manifieste su interés en participar en la junta de aclaraciones y en el
procedimiento de contratación.
Las solicitudes de aclaración que sean recibidas con posterioridad a la primera junta
de aclaraciones, o bien, después del plazo previsto en el primer párrafo, no serán
contestadas por la Convocante por resultar extemporáneas y se integrarán al
expediente respectivo. En dicho supuesto, si el servidor público que presida la junta de
aclaraciones considera necesario citar a una ulterior junta, la Convocante tomará en
cuenta dichas solicitudes para responderlas.
Las modificaciones y/o aclaraciones que se generen en la(s) Juntas de Aclaraciones,
serán obligatorias para todos los Licitantes, y deberán ser consideradas e incluidas en su
Proposición.
De cada uno de los actos se levantará el acta correspondiente, de la visita al sitio de
los trabajos y de la(s) junta(s) de aclaraciones, las cuales serán firmadas por los
Licitantes que hubieren asistido, sin que la falta de la firma de alguno de ellos reste
validez o efectos a las mismas; y de las cuales se entregará copia a dichos asistentes,
así mismo se pondrá a disposición de todos los Licitantes en CompraNet, una vez
concluidos los actos; y/o también en el domicilio que para todos los efectos ha
señalado la Convocante en las presentes Bases.
5. PREPARACIÓN Y PRESENTACIÓN DE LA PROPOSICIÓN
5.1. De la forma de prepararla y presentarla.
El Licitante deberá preparar su Proposición observando que en su propuesta lo siguiente:
d) Sea elaborada mecanográficamente o por sistema computarizado, sin tachaduras
o enmendaduras, en papel membretado del Licitante, ajustándose siempre a los
formatos entregados en las Bases de Licitación respetando las condiciones y los
datos que se solicitan por la Convocante. En cualquier caso, los documentos que
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
integran la propuesta no deberán contener tachaduras o enmendaduras y deben
ser claros y fácilmente legibles.
e) Todo documento o escrito solicitado por la Convocante y emita el Licitante deberá
ser dirigido al Titular de la Secretaría Arq. Fernando Julo César Orozco Vega
Secretario de Desarrollo Urbano y Obras Públicas. Además, deberá mencionar el
Número de licitación, nombre de la obra y fecha de presentación.
f) Presentar una relación cuantitativa de toda la documentación que integra su
Proposición, para esto hará uso del formato RCD ANEXO A, presentándolo en
folder dentro del sobre de su Proposición y fuera de sus propuestas para hacer la
revisión de la misma.
g) Es obligatorio para los Licitantes presentar en archivo digital de Excel su catálogo
de conceptos (Documento E-3) y en archivo digital PDF los programas de
ejecución general (Documento E-13); indicado los datos solicitados en las bases.
Anexando estos archivos en un solo CD y dentro del sobre de la propuesta
económica, deberá estar rotulado con el No. de Licitación, nombre de la obra y
nombre del Licitante.
h) El catálogo de conceptos, se deberá formular y presentar exclusivamente en el
formato que proporcione la Convocante, sin tachaduras ni enmendaduras y
debidamente firmado en todas y cada una de sus hojas por el representante legal;
en caso de presentarlo en un formato diferente, será causa de desechar la
Proposición.
i) Para elaborar los programas de ejecución de los trabajos, motivo de la
Convocatoria, el Licitante deberá considerar el plazo indicado en el numeral 2.4
Programación de los eventos en el apartado plazo de ejecución, y para efectos
de esta Obra en específico y dadas las condiciones de ejecución de la misma, el
Licitante deberá considerar la integración de cuadrillas en cada uno de los frentes
de trabajo, así como los gastos de pago a personal de acuerdo a lo que la misma
estipule. Estos programas serán presentados en el formato proporcionado por la
Convocante y debidamente firmados en cada una de sus hojas y con el nombre
completo del Licitante.
j) De los formatos contenidos en las Bases, una vez que hayan sido integrados e
impresos en la hoja membretada del Licitante, NO SERÁ NECESARIO QUE SE
VUELVAN A IMPRIMIR COMO PARTE DEL CONTENIDO DE LAS BASES.
k) La presentación de proposiciones por parte de los Licitantes debe ser completa y
ordenada; se hará preferentemente en carpetas tipo registrador (2 anillos). Dentro
de un sobre cerrado el cual deberá estar sellado de forma inviolable y no
presentar tachaduras ni enmendaduras; y rotulado de la siguientes manera en
hoja membretada del Licitante:
Dirigirse a: Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas
Domicilio:
Ex Hacienda el Cerrito Número 100, El Pueblito Corregidora,
Qro.; C.P. 76900
Contenido:
Propuesta Técnica y Propuesta Económica
Licitación N°:
LO-822006997-E10-2017
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
Descripción de
los trabajos:
PAVIMENTACIÓN DE CALLE JAZMÍN DE LIBRAMIENTO SUR
PONIENTE DE QUERÉTARO HACIA CALLE SIN NOMBRE,
PAVIMENTACION DE CALLE JAZMÍN DE LIBRAMIENTO
SURPONIENTE DE QUERÉTARO A CALLE REVOLUCIÓN,
PAVIMENTACIÓN DE CALLE AZUCENAS DE CALLE JAZMÍN A
PRIVADA CLAVEL Y CALLE DALIA DE CALLE JAZMIN HACIA
CALLE CAMELINAS, LA NEGRETA, CORREGIDORA, QRO.
Dicho sobre contendrá dos apartados: uno por la propuesta técnica, otro por la
propuesta económica de la Proposición que solicita la Convocante en la
Licitación;
l) Que la Proposición deberá ser firmada y/o rubricada según sea el caso
autógrafamente, por la persona facultada para ello en todos los documentos que
integren su Proposición o en su defecto en la última hoja de cada uno de los
documentos que forman parte de la misma, salvo tratándose del catálogo de
conceptos o presupuesto de obra o servicios y los programas solicitados, estos
deberán ser firmados en su totalidad en cada una de las hojas que la integren.
m) Cada uno de los documentos que integren la Proposición y aquéllos distintos a
ésta, deberán ser foliados en todas y cada una de las hojas que los integren. Al
efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y
económica, y hacer un consecutivo propio para los documentos distintos que
entregue el Licitante.
n) Para los casos en que el Licitante no presente de manera personal su Proposición,
deberá designar a una persona para asistir al acto en su nombre, este deberá
presentar una carta poder simple en donde se señale de manera específica su
función dentro de los actos, firmada por quien otorga y por quien recibe dicho
poder; la cual deberá ir acompañada por copia de identificación oficial y las
originales para cotejo.
o) Para la elaboración de los precios unitarios, se deberá regir sobre los precios que
existen en el mercado, si el Licitante consiguiese descuentos especiales, deberá de
anexar en el documento E-5, escrito (Formato Libre) expedido por el proveedor
donde manifieste el descuento otorgado, así como la garantía y especificaciones
técnicas que avalen la calidad de los materiales a emplear, dicho escrito deberá
considerar como mínimo, los siguientes datos: Nombre de la obra, número de
licitación, descripción de los materiales, vigencia del descuento. Deberá cuidar no
omitir algún material, mano de obra o equipo relevante y de alta incidencia en la
obra y que sus porcentajes y cantidades sean las que se requieren de acuerdo a la
descripción.
p) El Licitante deberá examinar todas las instrucciones, formatos, condiciones y
especificaciones que figuren en las Bases para la integración de su Proposición, ya
que es total responsabilidad del Licitante la correcta presentación de la misma; por
lo que no podrá aludir a la Convocante falta de información que no haya sido
hecha en tiempo y forma.
q) El Licitante deberá considerar para la elaboración de su propuesta el Salario
Mínimo vigente en la zona (Querétaro). El cual deberá ser reflejado y visualizar el
valor en la integración del FSR, de lo contrario será motivo para desechar la
proposición.
r) En caso de presentar información y/o documentación no legible se dará por no
presentada.
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
5.2. Del contenido de la Convocatoria.
Además de las Bases de Licitación que contienen los trabajos que se requieren, los
procedimientos de la Licitación, las condiciones contractuales, los procedimientos de
ejecución de los trabajos; así como de las inconformidades, las bases incluyen:
a) Modelo de contrato.
b) Catálogo de conceptos, con Cantidades y Unidades de Medición.
c) Formatos para los Programas de la Propuesta Económica.
d) Formato para la Relación de Maquinaria y Equipo.
e) Medidas de Seguridad.
f) Ejemplo de tarjeta de integración de precios unitarios en PDF.
g) Portada para etiquetar sobres cerrados.
h) Proyecto ejecutivo, con Normas de Calidad de los Materiales y Especificaciones
Generales y Particulares de Construcción aplicables a los trabajos a ejecutar.
i) Relación de Anexos aplicables a cada propuesta de la Proposición.
5.3. De la Propuesta Técnica.
La Proposición Técnica deberá contener los siguientes documentos:
5.3.1 DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
T-1 Acreditación de existencia legal y jurídica. El Licitante deberá acreditar su
existencia y personalidad jurídica, con los siguientes documentos:
a) Documento escrito en papel membretado del Licitante en el que manifieste,
bajo protesta de decir verdad, que es de nacionalidad mexicana de
acuerdo al formato F-01, ya que para la presente convocatoria solo se
aceptará la participación de personas físicas o morales de nacionalidad
mexicana.
b) Documento escrito en papel membretado del Licitante, mediante el cual
declare bajo protesta de decir verdad que no encontrarse en alguno de los
supuestos que establecen los artículos 51 y 78 de la Ley, de acuerdo con el
formato F-02.
c) Documento escrito en papel membretado del Licitante, en el que
manifieste bajo protesta de decir verdad, que los estudios, planes o
programas que, en su caso, previamente haya realizado, incluyen supuestos,
especificaciones e información verídicos y se ajustan a los requerimientos
reales de la obra a ejecutar, así como que consideran costos estimados
apegados a las condiciones del mercado, en términos de lo establecido en
los artículos 31, fracción XV y 51, fracción VII, segundo párrafo de la Ley, de
acuerdo con el formato F-03.
d) Documento escrito en papel membretado del Licitante, mediante la cual
manifieste bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de
interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los
servidores públicos de la Convocante, induzcan o alteren las evaluaciones de
las Proposiciones, el resultado del procedimiento de contratación y cualquier
otro aspecto que les otorgue condiciones más ventajosas, con relación a los
demás participantes de acuerdo con el formato F-04.
e) Documento escrito en papel membretado del Licitante, en el que manifieste
bajo protesta de decir verdad el domicilio, donde éste recibirá toda clase de
notificaciones que resulten; en su caso, de los contratos y convenios que
celebren de conformidad con la Ley y el Reglamento, mientras no se señale
un domicilio distinto en la forma establecida por la Convocante, el así
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
manifestado se tendrá como domicilio convencional para practicar toda
clase de notificaciones (anexando copia de comprobantes como recibos de
teléfono, luz, agua, o similares; máximo de 3 (tres) meses anteriores a la
presente Convocatoria). En caso de que contar con una cuenta de correo
electrónico deberá proporcionarla a la Convocante. F-05. Anexar copia de
contrato de arrendamiento en su caso.
f) Documento escrito en papel membretado del Licitante, en el que su firmante
manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades
suficientes para comprometerse por sí o por su representada, de acuerdo con
el formato F-06; el cual No podrá ser modificado por el Licitantes bajo
ninguna circunstancia y se ajustará a los casos de que se trate (persona física
o/y moral); mismo que contendrá y se anexará en copia simple lo siguiente lo
siguiente:
I. Para los casos en que el Licitante sea persona física deberá presentar
copia de su Acta de nacimiento, Registro Federal de Contribuyentes;
identificación oficial, en donde claramente se puedan cotejar nombre,
domicilio y cedula de Registro Federal de Contribuyentes, de igual
manera para los casos en que proceda, los datos de su apoderado o
representante legal, acreditando lo dicho con poder notarial en el que
manifieste las facultades otorgadas por su representada.
II. Tratándose de personas morales, deberá presentar Acta constitutiva de
su creación, en donde se señalen claramente nombre de la empresa y
tipo de asociación, lugar y fecha de creación, nombre del corredor
público y notaria, nombre de los socios accionistas, descripción del
objeto social de la empresa; así como los datos del representante de la
misma y cargo que sustenta. En caso de haberlas, sus reformas y
modificaciones, con las que se acredite la existencia legal. Del
representante legal del Licitante, datos de la escritura pública en las que
le fueron otorgadas las facultades de representación y el cargo que
sustenta; y su identificación oficial; y en caso de tenerlo copia de cédula
del Registro Federal de Contribuyentes.
g) Convenio de Proposición Conjunta. Para los casos en que dos o más
interesados se agrupen para presentar una Proposición Conjunta, deberán
presentar el Convenio de Proposición Conjunta que avale el hecho, y estar
establecido dentro de los términos del artículo 47 del Reglamento, así como
que se ha celebrado en los términos de la legislación aplicable; en el que se
establecerán con precisión los aspectos siguientes:
I. Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas
integrantes, señalando en su caso, los datos de los instrumentos públicos
con los que se acredita la existencia legal de las personas morales y de
haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios
que pertenezcan a estás;
II. Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas
agrupadas señalando, en su caso, los datos de las escrituras públicas
con las que acrediten las facultades de representación;
III. Designación de un representante común, otorgándole poder amplio y
suficiente para atender todo de relacionado con la Proposición y con el
presente procedimiento de Licitación;
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
IV. En caso de ser adjudicado con la obra, designación del representante
Legal, otorgándole poder amplio y suficiente para atender todo de
relacionado con el Contrato de obra;
V. Domicilio fiscal y convencional en el cual surtirán todos los efectos
legales derivados de la propia contratación, objeto de la presente
Licitación.
VI. Descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir
a cada persona integrante, así como la manera en que exigirá el
cumplimiento de las obligaciones; y
VII. Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará
obligado junto con los demás integrantes, ya sea en forma solidaria o
mancomunada, según se convenga, para efectos del procedimiento de
adjudicación y del contrato, en caso de que se le adjudique el mismo.
Anexando copia simple de la documentación que acredite lo
anteriormente manifestado.
En el acto de presentación y apertura de proposiciones, el representante común
de la agrupación, deberá señalar que la Proposición se presenta en forma
conjunta. En este supuesto la Proposición deberá ser firmada autógrafamente en
su totalidad por el representante común que para este acto haya sido designado
por el grupo de personas.
Adicional a los términos en que deberá establecer su convenio de agrupación,
también deberán presentar de manera individual en hoja membretada y
firmadas y/o rubricadas, según sea el caso; y como respaldo de la
responsabilidad adquirida y en los términos solicitados en la presente
Convocatoria, los siguientes documentos:
Del documento T-1 Incisos a), b), c), d), e), f) y del documento T-9 Acreditación
de la Capacidad Financiera, los incisos a), b), c) y d)”.
T-2 Documentos proporcionados por la Convocante y que integrará el Licitante
firmados en todas sus hojas como aceptación de lo señalado en los documentos:
a) La presente Convocatoria,
b) Catálogo de conceptos
c) Modelo de contrato
d) Proyecto ejecutivo para lo cual será suficiente anexarlo en cualquier
tamaño de impresión.
Además, deberá anexar un escrito Formato Libre en el que el licitante
manifieste que conoce el Proyecto, Normas de Calidad de los Materiales y
Especificaciones Generales y Particulares de Construcción aplicables a los
trabajos a ejecutar y que lo ha considerados para la elaboración de su
proposición.
Se le sugiere al licitante configurar los documentos al momento de imprimir para
evitar propuestas voluminosa.
T-3 Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de conocer el sitio de
realización de los trabajos, sus condiciones ambientales, las características
referentes al grado de dificultad de los trabajos a desarrollar y sus implicaciones
de carácter técnico; de haber considerado las normas de calidad de los
materiales y las especificaciones generales y particulares de construcción que la
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
Convocante les hubiere proporcionado, así como de haber considerado en la
integración de la Proposición, los materiales y equipos de instalación permanente
que, en su caso, le proporcionará la Convocante y el programa de suministro
correspondiente; así como el de haber asistido o no a las juntas de aclaraciones
celebradas, y haber considerado las modificaciones que, en su caso, se hayan
efectuado a la Convocatoria. Formato F-07. Anexar copia de la visita de obra y
junta de aclaraciones, así como de todos los doctos emitidos posterior a la
publicación (circulares, notas, anexos, etc).
T-4 Manifestación de los materiales y equipo de instalación permanente que en su
caso proporcione la Convocante, de acuerdo al artículo 31, Fracción XIX de la
Ley. (Formato Libre)
T-5 Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de los trabajos que se
subcontrataran, en caso de haberse previsto en esta Licitación. (Formato Libre)
T-6 Procedimiento constructivo bien estructurado, lógico técnicamente, y que sea
congruente con los programas de obra propuestos por el Licitante, atendiendo en
su caso el plazo propuesto por la Convocante (de acuerdo a Art. 31 fracción V de
Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas) para realizar los
trabajos, considerando, en su caso, las restricciones técnicas que procedan
conforme al proyecto ejecutivo entregado por la Convocante, dichas
descripciones deberán presentarse por separado y de la siguiente manera.:
Planeación Integral. El Licitante deberá describir de manera general las
estrategias, planes, programas y/o acciones que permitan alcanzar los
objetivos fijados para la presente obra, considerando que su desarrollo sea
congruente con las características, complejidad y magnitud del objeto de la
Licitación.
Procedimiento constructivo. El Licitante describirá detalladamente el conjunto
de fases o/y etapas de cómo pretende atacar técnicamente la obra,
estableciendo las tácticas que empleará con base en las características,
complejidad y magnitud; particulares de la misma.
(Formato Libre)
T-7 Acreditación de la Capacidad Técnica. Relación de los profesionales al
servicio del Licitante, identificando con sus cargos los responsables de dirección,
ejecución y administración de la obra, anexando lo siguiente:
a) Relación de personal que contenga nombre, profesión, No. de cédula
profesional y cargo de los profesionales que considerará para la obra
(Anexar copia simple de las cédulas profesionales de todos). (Formato
Libre).
b) Integrar de cada uno de los profesionales de la relación: Resumen de
curriculum vitae hoja membretada del licitante en una sola página que
contenga nombre, profesión, No. de cédula profesional, dirección actual,
teléfono actual y relación de las actividades profesionales que muestre
experiencia en obras similares a la presente Convocatoria en las que haya
participado los últimos 5 años (firmado por el titular y el Licitante). Además,
anexar copia de curriculum. (Formato Libre).
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
c) Manifestación por escrito de cada uno de los profesionales, en hoja
membretada del licitante de su compromiso de participación con el
Licitante (Formato Libre) indicando el puesto que ocupará (firmado por el
titular y el Licitante).
d) Del superintendente: El Licitante deberá manifestar por escrito y en hoja
membretada la designación del Superintendente de obra y que este presta
sus servicios para él, que estará permanentemente en la obra, el cual debe
ser un profesional titulado, contar con cédula profesional (ingeniero civil,
arquitecto, ingeniero-arquitecto) y firma electrónica vigente emitida por el
SAT (anexar copia simple del Comprobante de Firma Electrónica
Avanzada) así como acreditar tener el conocimiento de la utilización de la
BEOP; será su representante ante la Secretaría. Tendrá que acreditar la
experiencia en obras con complejidad y magnitud de trabajos similares al
de esta licitación; así como el conocimiento de todos los aspectos bajo los
cuales se realizará la obra.
T-8 Acreditación de la Experiencia. Currículo del Licitante donde se muestre que
tiene la experiencia en obras similares en tipo y monto a la que se refiere la
Convocatoria (incluir organigrama de la empresa en el cual deberá incluir el
personal del numeral anterior). Además deberá anexar los siguientes documentos:
a) Escrito bajo protesta de decir verdad de que no ha sido objeto de rescisión
administrativa o de alguna figura equivalente en los últimos cinco años.
(Formato Libre).
b) Relación de obras similares comprobables de su participación (Formato
Libre), anotando el nombre de la obra, nombre del contratante, importe
contratado, fecha de inicio y fecha de terminación. Deberá anexar copia
simple de los contratos donde se señale el objeto del contrato, el importe
contratado, el periodo de ejecución y deberán estar firmados por todas las
personas que intervinieron en la formalización del contrato.
T-9 Acreditación de la Capacidad Financiera. Presentar dentro de este punto
siguiente:
a) Declaración Fiscal Anual del Ejercicio 2015 y 2016; en caso de empresas de
nueva creación, los más actualizados a la fecha de presentación de la
Proposición.
b) Estados financieros dictaminados o no (balance y estado de resultados) de
los últimos dos meses inmediatos anteriores al acto de presentación y
apertura de proposiciones.
c) Razones financieras básicas F-11. Escrito presentando las razones financieras
y manifestar bajo protesta de decir verdad que la información y
documentación financiera presentada es auténtica y veraz.
d) Copia de “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales” emitida por
el SAT, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 32-D del Código Fiscal de la
Federación, vigente.
e) Copia de “Opinión del Cumplimiento de Obligaciones Fiscales en Materia
de Seguridad Social” emitido por el IMSS.
T-10 Relación de materiales, mano de obra y maquinaria y equipo de
construcción necesarios para el desarrollo de los trabajos.
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
a) Relación de Materiales.- Deberán anexar un listado de los materiales que se
utilizarán en la obra, con su descripción, unidad y cantidad. Conforme a la
descripción de los análisis de precios unitarios correspondientes. (sin incluir
precio).
b) Relación de Mano de Obra.- Deberán anexar un listado de todas las
categorías del personal obrero que intervendrá en la ejecución de la obra,
incluyendo a los operadores de maquinaria, con su descripción, unidad y
cantidad. Conforme a la descripción de los análisis de precios unitarios y
análisis de Factor de Salario Real correspondientes. (sin incluir precio).
c) Relación de maquinaria y equipo de construcción, conforme a la
descripción de los análisis de precios unitarios y costos horarios
correspondientes. Para lo cual hará uso del formato F-08. Anexando para
tal hecho copia de los documentos que acrediten la propiedad a favor del
Licitante. Tratándose de maquinaria o equipo de construcción arrendado,
con o sin opción a compra, deberá presentarse carta compromiso de
arrendamiento y disponibilidad en hoja membretada del proveedor y
deberá ser firmada de común acuerdo por el Licitante y su Proveedor,
conteniendo los datos suficientes y necesarios del proveedor, así como la
descripción y especificaciones de la maquinaria y equipo que arrendará,
conforme a la descripción de los análisis de precios unitarios, costos
horarios correspondientes y a la misma relación.
T-11 Relación del historial de cumplimiento satisfactorio de contratos suscritos con
dependencias o entidades, públicas y/o particulares que sean comprobables,
presentando para ello una relación de las obras consideradas similares, para
acreditar lo manifestado deberá adjuntar copia simple de cualquier de los
siguientes documentos: acta de entrega – recepción, acta de extinción de
derechos y obligaciones, acta de finiquito o liberación de la fianza de vicios
ocultos los documentos; los cuales deberán tener una vigencia no mayor a
5(cinco) años a la fecha de la presente Convocatoria y estar firmados en su
totalidad por las partes que en cada caso intervinieron. Para el supuesto de que
el Licitante no haya formalizado contratos con las dependencias o entidades,
éste lo manifestará por escrito a la Convocante, bajo protesta de decir verdad.
(Formato Libre).
T-12 Relación de personal con discapacidad (capacidades diferentes) adscrito a
la empresa. Cuya alta en el régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro
Social se haya dado con seis meses de antelación al acto de presentación y
apertura de proposiciones, misma que se comprobará con el aviso de alta
correspondiente. En caso de contar con personal con discapacidad, manifestarlo
en escrito (Formato Libre).
5.4. De la Propuesta Económica.
La Proposición Económica deberá contener los siguientes documentos:
DOCUMENTACIÓN ECONÓMICA
E-1 Carta de Compromiso firmada por el Licitante o su representante legal en
papel membretado, de acuerdo al formato F-09.
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LICITACIÓN N° LO-822006997-E10-2017
BASES PARA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
E-2 Escrito de Proposición firmada por el Licitante o su representante legal en
papel membretado, de acuerdo al formato F-10.
E-3 Catálogo de conceptos en el formato proporcionado por la Convocante
conteniendo descripción, unidades de medición, cantidades de trabajo, precios
unitarios con número y letra, e importes por partida, subpartida, concepto y
monto total de la Proposición; en el formato proporcionado por la Convocante y
que formará el presupuesto de la obra, que servirá para formalizar el contrato
correspondiente, en su caso. En el caso de que el Licitante cambiara el formato
proporcionado por la Convocante o lo presente de otro distinto, esto será motivo
para desechar su proposición.
Que ninguna de las diferencias que pudieran resultar en las cantidades de obra
anotadas en el Catálogo de Conceptos o por ser ejecutadas en forma parcial,
justificará reclamación alguna del Licitante en relación a los precios unitarios
respectivos.
E-4 Análisis de precios unitarios del total de los trabajos señalados en el Catálogo
de Conceptos (documento E-3), donde se incluirá los materiales a utilizar con sus
correspondientes consumos y costos, la mano de obra, maquinaria y equipo de
construcción con sus correspondientes rendimientos y costos; describiendo el
concepto a desarrollar, su unidad de medida y cantidad, determinados y
estructurados de acuerdo con lo previsto en la Ley, el Reglamento y en la
Convocatoria. Estructurando por separado los Costos Directos, Costos Indirectos,
Financiamiento y Utilidad, y el correspondiente porcentaje por concepto por el
servicio de inspección, vigilancia y control, tomando en consideración cinco al
millar (5/1000) que deberán ser calculados de acuerdo a lo establecido en el
Reglamento, y al formato proporcionado. En caso de que en dichos análisis de
precios unitarios estén integradas con BÁSICOS O AUXILIARES, deberá anexarlos
por separado como parte de este documento.
E-5 Explosión de insumos que intervienen en la integración de la Proposición,
agrupado por materiales y equipo de instalación permanente en su caso, mano
de obra, maquinaria y equipo de construcción, con la descripción y
especificaciones técnicas de cada uno de ellos, indicando las cantidades a
utilizar, con sus respectivas unidades de medición, precio unitario, importes y
porcentajes de incidencias. Se regirá sobre los precios que existen en el mercado,
si el Licitante consiguiese descuentos especiales en casas de materiales, deberá
de anexar a este documento, una carta expedida por la casa de materiales
donde justifique el descuento otorgado, así como la garantía y especificaciones
técnicas que avalen la calidad de los materiales a emplear, deberán cuidar no
omitir algún material, mano de obra o equipo relevante y de alta incidencia en la
obra y que sus porcentajes y cantidades sean las que se requieren.
E-6 Análisis, cálculo e integración del factor de salario real conforme a lo previsto
en los artículos 191 y 192 del Reglamento y a lo indicado en el numeral 3.10 de las
presentes bases, anexando un listado de todas las categorías, con sus respectivos
salarios reales del distinto personal obrero que intervenga en la obra, incluyendo
los operadores de maquinaria que indique: Categoría, Unidad, Salario Base,
Factor de Salario Real y Salario real.
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
E-7 Análisis, cálculo e integración de todos los costos horarios de la maquinaria y
equipo de construcción, que se empleará en la ejecución de los trabajos;
debiendo considerar estos, para efectos de evaluación, costos en activo e
inactivo; y rendimientos de máquinas y equipos nuevos. Mismos que deberán ser
congruentes con lo manifestado en el documento T-10 y E-5.
E-8 Análisis, cálculo e integración de los costos indirectos, identificando los
correspondientes a los de administración de oficinas, de campo y los de oficinas
centrales.
E-9 Análisis, cálculo e integración del costo por financiamiento, tomando en
cuenta los gastos que realizará el Licitante en la ejecución de los trabajos, los
anticipos que se otorguen (Artículo 50 Fracción III), que las estimaciones por
trabajos ejecutados se cubrirán en un término no mayor de 20 (veinte) días
naturales a partir de la fecha en que se hubieren autorizado por el Residente de
Obra y el indicador económico que se aplicará (anexar copia del indicador
económico en que se basó). El resultado del análisis deberá aplicarse y reflejarse
en las tarjetas de los análisis de precios unitarios de los conceptos.
E-10 Utilidad propuesta por el licitante. El resultado del análisis deberá aplicarse y
reflejarse en las tarjetas de los análisis de precios unitarios de los conceptos.
E-11 Relación y análisis de los costos unitarios básicos de los materiales que se
requieran para la ejecución de los trabajos. Cuando existan insumos de los
señalados en la fracción VIII del artículo 44 del Reglamento se deberá señalar el
precio ofertado por el Licitante.
E-12 Programas de Ejecución con Montos Mensuales
a) PROGRAMA DE MONTOS MENSUALES DE EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS.
Deberá elaborarse por conceptos del total de los conceptos de trabajo que
contendrá, el concepto, la unidad, fecha de inicio, de terminación,
duración, monto de cada actividad; totalizando y acumulando los importes
correspondientes a cada uno de los períodos
b) PROGRAMA DE MONTOS MENSUALES DE UTILIZACIÓN DE MATERIALES Y
EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE. Programa de suministro de los
materiales que utilizará en la obra, entendiéndose que estos deben ser
puestos en el lugar de los trabajos. Deberá elaborarse en días contados a
partir de la fecha de inicio con primera prioridad de suministro para esta
obra que se indica en estas bases de concurso, contendrá descripción del
material, unidad, monto, fecha de inicio, fecha de terminación y duración;
totalizando y acumulando los importes correspondientes a cada uno de los
períodos.
c) PROGRAMA DE MONTOS MENSUALES DE UTILIZACIÓN DEL PERSONAL DE OBRA
ENCARGADO DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS, estableciendo los
porcentajes en cantidades de participación.- Deberá elaborarse en días
contados a partir de la fecha de inicio, contendrá categoría, unidad,
cantidad, monto, fecha de inicio, fecha de terminación y duración;
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
totalizando y acumulando los importes correspondientes a cada uno de los
períodos.
d) PROGRAMA DE MONTOS MENSUALES DE UTILIZACIÓN DE LA MAQUINARIA Y
EQUIPO DE INSTALACIÓN PERMANENTE. Programa de utilización de
maquinaria y equipo de construcción para la ejecución de toda la obra,
entendiéndose que el postor deberá concentrar el equipo en la zona de la
obra. Este contendrá equipo, unidad, monto, fecha de inicio, fecha de
terminación y duración; totalizando y acumulando los importes
correspondientes a cada uno de los períodos.
e) PROGRAMA DE MONTOS DE PERSONAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y DE
SERVICIOS.- Programa de utilización de personal técnico administrativo y de
servicios para la ejecución de toda la obra, entendiéndose que el postor
deberá concentrar el equipo en la zona de la obra. este contendrá la
categoría del personal, unidad, cantidad, monto, fecha de inicio, fecha de
terminación y duración; totalizando y acumulando los importes
correspondientes a cada uno de los períodos
6. PROCEDIMIENTO DE LA LICITACIÓN
6.1. Presentación y apertura de Proposiciones.
El acto de presentación y apertura de Proposiciones se llevará a cabo en el día, a la hora
y lugar indicados en el numeral 2.4 de las presente Bases. El acto será presidido por el
servidor público designado por la Convocante y será el único que tendrá la facultad de
aceptar o rechazar las propuestas y tomará de manera general todas las decisiones a que
se tengan lugar en el acto.
Por su parte, los Licitantes son los únicos responsables de que sus propuestas sean
entregadas en tiempo y forma. No siendo motivo de descalificación la falta de
identificación o de acreditación de la representación de la persona que solamente
entregue la Proposición, pero solo podrá participar durante el desarrollo del acto y con el
carácter de observador. Recibidas las Proposiciones por la Convocante, no podrán ser
retiradas o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del
procedimiento y hasta su conclusión. Los Licitantes solo podrán presentar una Proposición
para esta convocatoria.
El acto se llevará a cabo conforme a lo siguientes:
6.1.1. A partir de la hora señalada serán cerradas las puertas de la sala de juntas de la
Secretaría, por lo que no se permitirá el acceso a ningún Licitante ni observador, o
autoridad invitada; independientemente de si se ha iniciado o no la apertura de
propuestas, por lo que automáticamente para los Licitantes se dará por rechazada
su participación a la Licitación.
6.1.2. De entre los licitantes, éstos elegirán a uno para que en forma conjunta con el
servidor público que se designe en dicho acto, rubriquen las partes de las
Proposiciones que se señalan y son: el escrito proposición y el catálogo de
conceptos. En caso de no haber consenso, se aplicará el criterio de sorteo entre los
Licitantes.
6.1.3. Se hará pase de lista de asistencia, la cual fue registrada con antelación por cada
Licitante al momento de su llegada y cada Licitante al nombrársele hará entrega
del sobre que contiene su propuesta debidamente cerrado y requisitado.
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
6.1.4. Una vez entregada las propuestas de los Licitantes inscritos y que se hayan
presentado, se procederá en el orden en que se pasó lista, a verificar uno por uno
de los licitantes el contenido de los sobres que contiene las propuestas.
6.1.5. El servidor público que preside el acto, leerá en voz alta cuando menos el importe
total de cada una de las proposiciones recibidas.
6.1.6. Se levantará el acta correspondiente en la que se hará constar las propuestas
admitidas, sus importes y las observaciones (en su caso). El acta será firmada por los
participantes, por el servidor público designado para este acto y por las
autoridades invitadas presentes. La omisión de las firmas en el acta por parte de los
que participaron en el acto no invalidará el contenido y efecto de la misma.
6.2. Evaluación de las Proposiciones.
Una vez concluido el acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a
cabo el análisis y evaluación de cada una de las propuestas de manera cuantitativa a
fin de determinar quiénes son los Licitantes que reúnen mejor los requisitos de Licitación
y determinar la solvencia de las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas
para la adjudicación de la obra.
Para la evaluación de las proposiciones se considerara lo estipulado en el Artículo 134
de Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, al referirse a que la propuesta
deberá considerar las mejores condiciones en cuanto a precio, calidad,
financiamiento, oportunidad, capacidad y demás circunstancias pertinentes.
Conforme a lo establecido en el artículo 38 de la Ley, la Convocante, para determinar
la solvencia de las proposiciones recibidas para su revisión detallada y evaluación,
verificará que las proposiciones cumplan con los requisitos solicitados en las bases de
licitación, una vez hecha la revisión de las proposiciones presentadas.
Los precios unitarios de los análisis respectivos así como los precios de los insumos se
revisarán conforme al estudio de mercado realizado por la Secretaría dentro del
presupuesto base.
Al finalizar la evaluación, el titular de la Secretaría valorará las condiciones legales,
técnicas y económicas requeridas por las que se aceptan o desechan las propuestas
presentadas por cada uno de los Licitantes, y adjudicará el contrato al Licitante cuya
propuesta a su consideración resulte solvente y/o conveniente, porque reúne las
condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por la Convocante, y garantiza
satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas, procediendo a la
adjudicación y emisión del fallo correspondiente.
La Convocante formulará un fallo, de acuerdo a los artículos 39 de la Ley y 68 del
Reglamento.
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de
los requisitos solicitados por Convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la
proposición que resulte económicamente más conveniente para el Municipio.
6.3. Causas de desechamiento
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contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
6.3.1. A juicio de la convocante, se desechará una proposiciones, por cualquiera de
las siguientes razones:
6.3.1.1. Por falta de presentación de uno o más de los documentos señalados
en las bases de licitación.
6.3.1.2. Por incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las
bases.
6.3.1.3. Por omisión de firmas en el Catálogo de conceptos.
6.3.1.4. Por omisión de datos. Todos los documentos y formatos deberán ser
llenados con los datos solicitados.
6.3.1.5. La comprobación de que algún Licitante haya acordado con otro u
otros elevar el costo de los trabajos, o cualquier otro acuerdo que
tenga como fin de obtener una ventaja sobre los demás Licitantes.
6.3.1.6. Si el Licitante presentará varias proposiciones bajo el mismo nombre o
diferentes, ya sea por si solo o formando parte de cualquier firma,
compañía o asociación que pudiera formar parte de una coalición.
6.3.1.7. Si el Licitante incumple las condiciones legales, técnicas y económicas
requeridas por la Convocante.
6.3.1.8. Propongan alternativas que modifiquen lo establecido en las Bases de
Licitación.
6.3.1.9. No cumpla cualquiera de los requisitos solicitados en la Ley, y su
Reglamento.
6.3.1.10. Se acredite fehacientemente con la documentación idónea que la
información o documentación proporcionada por los licitantes es falsa.
6.3.1.11. Por incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos en las
bases.
6.3.1.12. Por falta de presentación de uno o más de los documentos señalados
en las bases de licitación.
6.3.1.13. Cuando exista incongruencia entre los documentos presentados y/o
que por la información contenida tengan relación entre sí.
6.3.1.14. Que considere un mismo insumo dos o más veces y/o con diferente
precio.
6.3.1.15. Que el importe neto de la Proposición rebase el presupuesto aprobado
a la Convocante para la ejecución de la obra.
6.3.1.16. Cualquier otra indicada en las presentes Bases.
La Secretaría se reserva el derecho de dispensar defectos de la Proposición cuya importancia
en si considere secundaria y que el Licitante no obra tendenciosamente ó de mala fe y que no
afecte directamente la solvencia de la Proposición.
La Documentación aceptada durante el acto de apertura es recibida por la Secretaría
única y exclusivamente para su revisión detallada.
6.3.2. La Convocante desechará proposiciones, durante la revisión técnica detallada
cuando:
6.3.2.1. Se propongan alternativas que modifiquen las condiciones
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contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
establecidas para el Municipio y conforme a las cuales se desarrollará
la licitación y la obra.
6.3.2.2. No tengan los documentos requeridos completos o que hayan omitido
algún requisito.
6.3.2.3. El Licitante se ubique en alguno de los supuestos señalados en los
artículos 51 y 78 de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados
con las Mismas.
6.3.2.4. Los profesionales técnicos que se encargarán de la dirección y
ejecución de los trabajos, no cuenten con la experiencia y capacidad
requerida para llevar la adecuada administración y ejecución de los
trabajos.
6.3.2.5. El Licitante no proponga en su Relación de maquinaria y equipo, la
maquinaria y equipo adecuados, necesarios y suficientes para
desarrollar los trabajos que se convocan, en el plazo señalado.
6.3.2.6. El Licitante o su representante estén al servicio del Municipio
percibiendo una retribución u honorarios.
6.3.2.7. Por datos falsos que dificulten la comprobación de las proposiciones
técnicas en igualdad de condiciones. Artículo 31 Fracción XV de la Ley.
6.3.2.8. Que la información que hubiesen proporcionado resultase falsa.
6.3.2.9. No se satisfagan los requisitos de forma, determinado en estas bases y
sus anexos.
6.3.2.10. Que la planeación integral propuesta por el Licitante para el desarrollo
y organización de los trabajos, no sea congruente con las
características, complejidad y magnitud de los mismos y con el
procedimiento constructivo.
6.3.2.11. El capital de trabajo del licitante no cubra el financiamiento de los
trabajos a realizar en los dos primeros meses de ejecución de los
trabajos, de acuerdo a las cantidades y plazos considerados en su
análisis financiero presentado;
6.3.2.12. Que el licitante tenga no capacidad para pagar sus obligaciones, y
6.3.2.13. El grado en que el licitante depende del endeudamiento y la
rentabilidad de la empresa, y
6.3.3. Se desecharán las Propuestas Económicas habiendo sido aceptadas en la
revisión detallada de las propuestas técnicas, si:
6.3.3.1. No contiene los datos básicos relativos a salarios de personal obrero,
cálculo del factor de salario real, costo de los materiales que
intervengan en la obra y costo horario activo e inactivo de la
maquinaria y equipo, considerando dicho equipo en su costo de
adquisición como nuevo.
6.3.3.2. Omitieron uno o más análisis de los precios unitarios solicitados en el
catálogo de conceptos.
6.3.3.3. Que los datos utilizados en el análisis de precios unitarios no coincidan
con los presentados en los listados básicos de costos de insumos, de
mano de obra, de costos horarios, indirectos, financiamiento, utilidad y
gastos de vigilancia.
6.3.3.4. Cuando se omita en el análisis de la mano de obra, las prestaciones a
los trabajadores, establecidas por las leyes vigentes y el cálculo del
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contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
factor de salario real para el distinto personal obrero que intervendrá
en la obra.
6.3.3.5. La proposición contiene precios unitarios no remunerativos. De acuerdo
con el estudio de mercado realizado por la Secretaría en el
presupuesto base.
6.3.3.6. La propuesta contiene precios unitarios que no son congruentes con los
de mercado en la zona donde se realizarán los trabajos. De acuerdo
con el estudio de mercado realizado por la Secretaría en el
presupuesto base.
6.3.3.7. El catálogo de conceptos no se presenta en los términos que se solicita
y/o que no se identifique con el nombre de la empresa.
6.3.3.8. El análisis detallado del precio unitario no es congruente a la
descripción y especificación del concepto de trabajo requerido.
6.3.3.9. No presenta completos los análisis del costo directo, indirecto, el costo
por financiamiento, cargo por utilidad y cargos adicionales,
considerando lo indicado en las Bases de Licitación.
6.3.3.10. Los programas específicos de montos cuantificados de suministros y
utilización, no son congruentes con el programa de montos de
ejecución general de los trabajos.
6.3.3.11. Que los programas de suministros y de utilización de materiales, mano
de obra y maquinaria y equipo de construcción, no sean congruentes
con los consumos y rendimientos considerados por la Convocante y
con el procedimiento constructivo a realizar.
6.3.3.12. Cuando se proponen precios de materiales o salarios, fuera del
mercado local y regional, que no garanticen la calidad de la obra. Ya
sea porque rebasen o se encuentren por debajo considerablemente,
de acuerdo con el estudio de mercado realizado por la Secretaría en
el presupuesto base.
6.3.3.13. Que los costos horarios por la utilización de la maquinaria o equipo no
se hayan determinado por hora efectiva de trabajo.
6.3.3.14. Que los análisis de costos directos no se hayan estructurado y
determinado de acuerdo con lo previsto en el Reglamento y las Bases
de Licitación.
6.3.3.15. Que en el costo directo los materiales considerados, no sean
congruentes con la relación de costos básicos.
6.3.3.16. Que en el costo directo, los costos horarios de la maquinaria o equipo
se hayan determinado con base en el precio y rendimientos de estos
considerados como nuevos, para lo cual se tomarán como máximo los
rendimientos que determinen los manuales de los fabricantes
respectivos, tomando en cuenta las condiciones climáticas,
geológicas, hidrológicas, infraestructura, urbana, vialidad y tipo de
terreno y tipo de material del terreno donde se vayan a realizar los
trabajos y el procedimiento constructivo de que se trate.
6.3.3.17. Que el importe total de la proposición no sea congruente con todos los
documentos que la integran. Así como en caso de presentar
inconsistencias entres sí, en el catálogo de conceptos (E-3), análisis de
precios unitarios (E-4) y/o escrito Proposición (E-2)
6.3.3.18. Que la información que hubiesen proporcionado resultase falsa.
6.3.3.19. Que en el análisis de financiamiento no considere el anticipo que
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
recibirá (en su caso) u omita asentar o presentar el indicador
económico que utilizó.
6.3.3.20. Que el Licitante proponga un plazo de ejecución distinto al señalado
en las Bases.
6.3.3.21. Que considere insumos dos o más veces y/ o con diferente precio.
6.3.3.22. El análisis detallado del precio unitario es incongruente a la descripción
y especificación del concepto de trabajo requerido, y/o no está
calculado según el formato correspondiente de las presentes Bases.
6.3.3.23. No cumpla con alguno de los aspectos evaluados, según
corresponda, de acuerdo al artículo 64 de la Ley,
6.3.3.24. Que el importe neto de la Proposición rebase el presupuesto aprobado
a la Convocante para la ejecución de la obra.
6.4. Licitación desierta
En caso de que se presenten circunstancias imprevisibles o de fuerza mayor que
imposibiliten a la Convocante para dar a conocer el fallo de adjudicación en la fecha
originalmente señalada, podrá diferir la fecha del fallo de adjudicación, previa
notificación a los Licitantes que participaron del acto de presentación y apertura.
Confome a la Ley.
La Secretaría no adjudicará y declarará desierta la Licitación cuando a su juicio las
propuestas presentadas no reúnan los requisitos de las Bases o sus precios no fueren
aceptables e importes no puedan ser pagados por el Municipio; cuando ninguna persona
adquiera las Bases, o bien, cuando no se reciba ninguna propuesta en el acto de
presentación y apertura de Proposiciones.
La Secretaría se reserva el derecho de cancelar la Licitación por caso fortuito o fuerza
mayor. De igual manera, podrá cancelar cuando existan circunstancias, debidamente
justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad de contratar los trabajos y que de
continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o
perjuicio mayor al Municipio. La determinación de dar por cancelada la Licitación, deberá
precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los
Licitantes.
7. INCONFORMIDADES
Los Licitantes podrán interponer inconformidad ante la SFP por escrito en los términos de lo
dispuesto por el Artículo 83 de la Ley.
En la inconformidad que se presente en los términos que establece la Ley, el promovente
deberá manifestar, bajo protesta de decir verdad, los hechos que le consten relativos al
acto o actos que aduce son irregulares y acompañar la documentación que sustente y
motive su petición.
La manifestación de hechos falsos se sancionará conforme a las disposiciones de la Ley y a
las demás que resulten aplicables. Cuando una inconformidad se resuelva como infundada
por resultar notoriamente improcedente y se advierta que se hizo con el único propósito de
retrasar y entorpecer la continuación del procedimiento de contratación; se impondrá al
promovente multa conforme lo establece el Artículo 77 de la Ley.
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
8. PROCEDIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN
8.1. Firma del contrato.
Previo a la firma del contrato, el Contratista ganador, presentará para su cotejo, original o
copia certificada de los documentos con que se acredite su existencia legal y las
facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente, así como lo
previsto en el numeral 5.5.6 de las presentes Bases; para constatar que la persona cumple
con los requisitos legales necesarios, sin perjuicio de su análisis detallado.
La adjudicación del contrato obligará a la Secretaría y al Contratista en quien hubiere
recaído, a formalizar el documento relativo en la fecha que se haya establecido en las
Bases, la cual no podrá exceder de los 30 (treinta) días naturales siguientes a la fecha de
la notificación del fallo de adjudicación. Sin embargo, no podrá formalizarse la firma del
contrato en tanto no sean entregadas a la entera satisfacción de la Secretaría la fianza
de anticipo y fianza de cumplimiento y vicios ocultos del contrato según sea el caso.
Si el Contratista adjudicado con el contrato, no lleva a cabo la firma por causas
imputables al mismo, será sancionado en términos del Artículo 71 de la Ley; si prevalece la
postura del Contratista de negarse a firmar se harán aplicables las garantías que expidió a
favor del Municipio y por su parte la Secretaría podrá sin necesidad de un nuevo
procedimiento, adjudicar el contrato al participante que le siga en calificación, de
conformidad con lo asentado en el dictamen a que se refiere el Artículo 38 de la Ley, y así
sucesivamente en caso de que este último no acepte la adjudicación, siempre que la
diferencia en precio con respecto a la propuesta que inicialmente hubiere resultado
ganadora, no sea superior al 10%(diez por ciento) y no se rebase el techo financiero.
Por su parte la Secretaría, no podrá cambiar las condiciones del contratos que con
antelación se asentaron en las Bases que motivaron el fallo de adjudicación
correspondiente por los trabajos de la presente Licitación, en caso de hacerlo, el
Contratista no está obligado a ejecutar los trabajos y la Secretaría a solicitud escrita del
Contratista adjudicado, regresará la garantía otorgada y cubrirá los gastos no
recuperables en que hubiere incurrido para preparar y elaborar su propuesta, siempre
que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen
directamente con la Licitación de que se trate.
Los derechos y obligaciones que se deriven de los contratos no podrán cederse en forma
parcial o total a favor de cualquier otra persona, ni se podrán subcontratar de acuerdo
con lo asentado en el numeral 3.13 de las presentes Bases; con excepción de los
derechos de cobro sobre las estimaciones por trabajos ejecutados, en cuyo caso se
deberá contar con el consentimiento de la Secretaria del Ayuntamiento.
El licitante ganador que no firme el contrato por causas imputables al mismo será
sancionado en los términos del artículo 78 de esta Ley.
8.2. Garantías, seguros y su cumplimiento.
Posterior a recibir el fallo de adjudicación el Contratista, la Secretaría entregara la caratula
de contrato a favor del mismo, así como los textos que deberán contener las fianzas, para
que dé trámite, por el Anticipo, Cumplimiento y Defectos y Vicios Ocultos que resulten de
los trabajos; y expedidas a favor de la Secretaría de Tesorería y Finanzas o Municipio de
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BASES PARA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
Corregidora Querétaro, de acuerdo con la fracción III, del Articulo 49 de la Ley y a solicitud
de la Secretaria de la Tesorería del Municipio de Corregidora; y a satisfacción de la
Secretaría, con forme los textos entregados. De acuerdo a lo siguiente:
8.2.1.La entrega y aceptación de las fianzas a la Secretaría, las podrá hacer el
Contratista dentro de los 15(quince) días naturales siguientes a la fecha de
notificación del fallo de adjudicación, pero invariablemente no podrá sobrepasar
la fecha pactada para la firma del contrato y por la totalidad del monto total de
Cumplimiento y de Defectos, y Vicios Ocultos.
8.2.2.Serán expedidas por una institución de Fianzas debidamente autorizada y a
través de la cual la Secretaría pueda en cualquier momento cotejar su
autenticidad.
8.2.3.El Contratista entregará de igual manera una fianza la totalidad del anticipo, una
fianza por el Cumplimiento y una más por los Defecto y Vicios Ocultos y de cualquier
otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en el
contrato respectivo y en la legislación aplicable, del 10% del importe total del
Contrato cada una.
8.2.4.Concluidos los trabajos, el Contratista quedará obligado a responder de los
defectos que resultaren en los mismos. En el caso de detectarse algún defecto o
vicio oculto de los trabajos, durante el período antes citado, la garantía por la
que hayan optado deberá permanecer vigente por un plazo de 12(doce) meses,
a partir de la reparación de los defectos, en su caso, la Secretaría deberá
informar a la Afianzadora el estado de las obras o trabajos realizados.
Así mismo, Contratista adjudicado, se obliga a otorgar una póliza de seguro contra daños
a terceros expedida para cubrir los riesgos por responsabilidad civil y daños y perjuicios a
terceros y/o al municipio, en sus personas y/o bienes, por un monto total asegurado del
10% del contrato, dicha póliza estará vigente en el periodo de ejecución de la obra siendo
esta cancelada hasta la total conclusión y finiquito de la misma.
La póliza de seguro, deberá ser otorgada por compañía aseguradora legalmente
constituida y autorizada conforme a las leyes mexicanas, y permanecerá vigente durante
todo el tiempo de ejecución de los trabajos. El incumplimiento de esta obligación por
parte del contratista, podrá ser motivo de rescisión del contrato. El monto de la póliza no
constituye límite de responsabilidad del contratista, pues este responde de los conceptos
antes citados hasta el monto de los daños y perjuicios que haya ocasionado.
La póliza deberá entregarse antes de la firma del contrato a satisfacción de la contratante
en conjunto con las garantías enunciadas en el primer párrafo de este numeral 8.2.
Previamente a la entrega del anticipo y para dar cumplimiento a lo manifestado en el
artículo 138 del Reglamento, el Contratista deberá presentar a la Dirección de Ejecución de
Obras de la Secretaría el programa correspondiente por el anticipo otorgado, en el que se
vea reflejado la forma en que será aplicado este, manifestando claramente los
porcentajes, números y fechas en que se va ir amortizando dicho anticipo y deberá dar
cabal cumplimiento al mismo durante la ejecución de los trabajos.
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
La Secretaría requerirá al Contratista la información conforme a la cual se acredite el
cumplimiento del citado programa; tal requerimiento podrá realizarse en cualquier
momento durante la vigencia del contrato, conforme al artículo 138 del Reglamento.
En el caso de que el Contratista no cumpla el programa a que se refiere el párrafo anterior
por causas debidamente justificadas y acreditadas Secretaría, dicho programa deberá ser
modificado conforme a las nuevas condiciones que se hubieren presentado y autorizado
por la la Dirección de Ejecución de Obra de la Secretaría.
8.3. Modelo y contenido del contrato.
El contrato motivo de la presente Convocatoria, será de acuerdo a lo manifestado en
estas Bases en el numeral 2.6 y conteniendo en lo aplicable, lo manifestado en el Artículo
46 de la Ley. De igual manera, para los efectos de la Ley, las Bases, el contrato, sus anexos
y la bitácora de los trabajos, son los instrumentos que vinculan a las partes en sus derechos
y obligaciones. Las estipulaciones que se establezcan en el contrato no deberán modificar
las condiciones previstas en las Bases.
8.4. Modificaciones al contrato
Si durante la ejecución de los trabajos, el Contratista se percata de la necesidad de
ejecutar cantidades adicionales o conceptos no previstos en el catálogo original del
contrato, deberá notificarlo al Municipio, a través de la Secretaría, para que éste resuelva
lo conducente; el Contratista sólo podrá ejecutarlos una vez que cuente con la
autorización por escrito o en la bitácora, por parte de la Supervisión de obra, salvo que se
trate de situaciones de emergencia en las que no sea posible esperar su autorización.
Una vez detectada la necesidad de modificar el monto o plazo de ejecución de los
trabajos, dentro de la vigencia del contrato, la Secretaría podrá celebrar el convenio
correspondiente con las nuevas condiciones, debiendo el Residente de obra sustentarlo en
un dictamen técnico que funde y motive las causas que lo originan.
La Secretaría podrá, una vez elaborado el dictamen técnico, con las razones fundadas y
explícitas modificar los contratos sobre la base de precios unitarios, mediante celebración
de convenios, conforme al primer, segundo, tercero, cuarto y quinto párrafos del Artículo
59 de la Ley.
Las modificaciones que se aprueben mediante la celebración de los convenios, se
considerarán parte del contrato y por lo tanto obligatorias para ambas partes que lo
suscriben.
La Secretaría deberá verificar contar con los recursos disponibles y suficientes dentro de su
presupuesto autorizado. Por su parte, el Contratista ampliará la garantía otorgada para el
cumplimiento del contrato en la misma proporción sobre el monto del convenio.
Cuando la modificación implique un aumento o una reducción por una diferencia superior
al 25% (veinticinco por ciento) del importe original del contrato o del plazo de ejecución, la
Secretaría junto con el Contratista, deberán revisar los indirectos y el financiamiento
originalmente pactados y determinar la procedencia de ajustarlos a las nuevas
condiciones en caso de que éstas se presenten. Los ajustes de ser procedentes deberán
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
constar por escrito y, una vez autorizados los incrementos o reducciones que resulten, se
aplicarán a las estimaciones en que se generen o hayan generado.
9. DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
La ejecución de los trabajos deberá hacerse con apego al Artículo 52 de la Ley, y 110 y 111
del Reglamento. Así mismo la designación de los responsables de la ejecución de los
trabajos por parte de la Secretaría será conforme a lo establecido en el Artículo 112 del
Reglamento vigente, quien fungirá como Residente de la obra.
Por su parte el Contratista, previo al inicio de los trabajos deberá designar por escrito a la
persona que será el Superintendente de obra, y quien deberá conocer con amplitud el
Proyecto Ejecutivo, normas de calidad y especificaciones de construcción, catálogo de
conceptos o actividades de obra, programas de ejecución y de suministros, incluyendo los
planos con sus modificaciones, especificaciones generales y particulares de construcción y
normas de calidad, bitácora, convenios y demás documentos inherentes, que se generen
con motivo de la ejecución de los trabajos.
Asimismo, debe estar facultado por el Contratista, para oír y recibir toda clase de
notificaciones relacionadas con los trabajos, aun las de carácter personal, así como contar
con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al
cumplimiento del contrato.
La Secretaría, podrá reservarse el derecho de solicitar en cualquier momento, por causas
justificadas, la sustitución del Superintendente de construcción, y el Contratista tendrá la
obligación de nombrar a otro que reúna los requisitos exigidos en el contrato.
9.1. De la bitácora de obra.
Una vez iniciada la ejecución de los trabajos se debe llevar un control, seguimiento,
avance y resultado de los mismos por parte del Contratista con la Secretaría, para reportar
todos los pormenores de la obra, para esto se hará uso de la bitácora electrónica, que
servirá además como medio de comunicación entre las partes, en tal caso se determina el
uso y manejo de la bitácora en los términos que establece el Capítulo Cuarto, Sección II,
del Reglamento.
9.2. De la forma y términos de pago de los trabajos.
Los trabajo motivo de la presente Licitación, una vez que sean adjudicados e inicie su
ejecución serán pagados conforme al progreso de los mismos y al programa
calendarizado integrado en su propuesta, mediante la formulación de estimaciones con
periodicidad no mayor a treinta días y corte los días viernes, las que serán presentadas y
acompañadas de la documentación que acredite la procedencia de su pago por el
Contratista a la Secretaría dentro de los 6 (seis) días naturales siguientes a la fecha de corte
en las oficinas de la Secretaría, ubicadas en: Calle Ex Hacienda el Cerrito Número 100, El
Pueblito, Corregidora, Qro., C.P. 76900. Las diferencias técnicas o numéricas que no
puedan ser autorizadas dentro de dicho plazo, se resolverán y, en su caso, se incorporarán
en la siguiente estimación.
La residencia de supervisión dentro de los 15 (quince) días naturales siguientes a partir de
la fecha de recepción, deberá revisar y, en su caso, autorizar las estimaciones; en el caso
de encontrar errores u omisiones en el llenado o presentar incompleta la estimación, ésta
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
se devolverá para que sea corregida por el Contratista, lo cual implica un nuevo periodo
para su revisión a partir de la fecha de reingreso.
Una vez autorizada la estimación, ésta será pagada, dentro de un plazo no mayor de 20
(veinte) días naturales, contados a partir de la fecha en que hayan sido autorizadas por la
residencia de supervisión, para que la Secretaría inicie su trámite de pago. Una vez que el
Departamento de Control Presupuestal se lo indique, deberá enviar su factura en formato
PDF y XML a los correos electrónicos: [email protected] y
Bajo ninguna circunstancia la Secretaría tendrá responsabilidad por los errores, omisiones
o presentar incompleta la estimación, así como de que por causas imputables al
Contratista, no presente las estimaciones en tiempo y forma. Por lo que no será motivo
para solicite el pago de los gastos financieros. La falta en el cobro de estimaciones no
implicará retraso en el programa de ejecución de la obra y, por tanto, no se considerará
como incumplimiento del contrato y causa de rescisión administrativa, debiendo
documentarse tal situación y registrarse en la bitácora.
El pago de las estimaciones no se considerará como la aceptación plena de los trabajos,
ya que el Municipio tendrá el derecho de reclamar por trabajos faltantes o mal
ejecutados y, en su caso, del pago en exceso que se haya efectuado.
Solidariamente deberá entregar en formato electrónico e impreso los planos As-Built al
concluir la obra; así como una memoria fotográfica en formato electrónico la cual
deberá evidenciar el proceso de ejecución de la obra de principio a fin.
9.3. De los conceptos fuera de catálogo.
Si durante la ejecución de los trabajos surge la necesidad de realizar trabajos por conceptos
no previstos en el catálogo original del contrato, el Contratista deberá presentar mediante
oficio los análisis de precios correspondientes acompañados de presupuesto con las
metas estimadas, notas de bitácora donde conste la autorización, fotografías y apoyos
necesarios para su revisión, a partir de que se ordene su ejecución y hasta los 30 (treinta)
días naturales siguientes a que se concluyan dichos trabajos; su conciliación y
autorización deberá realizarse durante los siguientes 30 (treinta) días naturales a su
presentación.
La Secretaría, procederá en el siguiente orden y manera, para determinar los nuevos
precios unitarios, a partir de los elementos contenidos en los análisis de los precios ya
establecidos en el contrato; con lo cual los elementos a considerar se referirán a lo siguiente:
los insumos con sus costos; los consumos y los rendimientos por unidad de obra en las
mismas condiciones a las originales y los costos indirectos, de financiamiento, cargo por
utilidad y cargos adicionales.
La aplicación de estos elementos será la base para la determinación de los nuevos
precios unitarios, debiendo considerar lo siguiente:
9.3.1.Los costos de los insumos establecidos en el contrato, se aplicarán directamente a
los consumos calculados por unidad de obra para la ejecución de los trabajos no
previstos de que se trate;
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
9.3.2.Cuando se requieran insumos que no estén contenidos en el contrato y el importe
conjunto de éstos no exceda del 25% (veinticinco por ciento) del valor del nuevo
precio, se podrán aplicar los costos investigados en el mercado, conciliados por las
partes. La condición anterior no será limitativa en el caso de equipos de
instalación permanente, para los cuales se aplicará el costo investigado y
conciliado; debiendo considerar que los costos de los insumos deben estar referidos
a los presentados en el acto de presentación y apertura de proposiciones, y;
9.3.3.Para determinar los consumos y los rendimientos de un precio unitario para
trabajos extraordinarios, se podrá tomar como base el análisis de un precio
establecido en el contrato cuyo procedimiento constructivo sea similar, ajustando
los consumos y rendimientos en función del grado de dificultad y alcance del
nuevo precio, conservando la relación que guarden entre sí los consumos y los
rendimientos en los análisis de precios unitarios de conceptos de trabajos
existentes en el catálogo original.
9.4. Del ajuste de costos.
Cuando a partir de la presentación de propuestas ocurran circunstancias de orden
económico no previstas en el contrato que determinen un aumento o reducción de los
costos de los trabajos aún no ejecutados conforme al programa pactado, dichos costos,
cuando procedan, deberán ser ajustados atendiendo al procedimiento de ajuste de
costos acordado por las partes en el contrato. La solicitud, la negativa y el aumento o
reducción correspondientes deberá constar por escrito.
La Secretaría, de acuerdo a lo señalado en el Artículo 57 fracción II de la Ley, determina
que el procedimiento de ajuste de costos, se podrá llevar a cabo de acuerdo a la revisión
por grupo de precios, que multiplicados por sus correspondientes cantidades de trabajo
por ejecutar, representen cuando menos el ochenta por ciento del importe total faltante
del contrato, y el impacto sea mayor al 5% (cinco por ciento) del monto contratado.
El pago de los ajustes de costos en los contratos sólo procederá para los contratos a base
de precios unitarios o la parte de los mixtos de esta naturaleza. Cuando el porcentaje del
ajuste de los costos sea al alza, será el Contratista quien lo promueva dentro de los 60
(sesenta) días naturales siguientes a la publicación de los índices aplicables al período que
los mismos indiquen, transcurrido dicho plazo, expira el derecho del Contratista para
reclamar el ajuste de costos del periodo de que se trate; si es a la baja, será la Secretaría
quien lo realice en igual plazo.
Para determinar el cálculo de los ajustes de costos, se seguirá el procedimiento estipulado
en el artículo 178 del Reglamento vigente, debiendo considerar también, la fecha en que
se haya producido el incremento o decremento en el costo de los insumos, respecto de los
trabajos pendientes de ejecutar, conforme al programa de ejecución pactado en el
contrato o, en caso de existir atraso no imputable al Contratista, con respecto al programa
que se hubiere convenido. De igual manera para la revisión y ajuste de los costos, la fecha
de origen de los precios será la del acto de presentación y apertura de proposiciones.
Los precios originales del contrato permanecerán fijos hasta la terminación de los trabajos
contratados. El ajuste se aplicará a los costos directos, conservando constantes los
porcentajes de indirectos y utilidad originales durante el ejercicio del contrato; el costo por
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
financiamiento estará sujeto a las variaciones de la tasa de interés que el Contratista haya
considerado en su propuesta.
La Secretaría dentro de los 60 (sesenta) días naturales siguientes a la recepción de la
solicitud del Contratista, deberá emitir por escrito la resolución que proceda. En caso
contrario, la solicitud se tendrá por aprobada.
9.5. De las penas convencionales.
La Secretaría tendrá la facultad de verificar si las obras objeto del contrato se están
ejecutando por el Contratista de acuerdo con el programa de obra aprobado; para lo
cual la Secretaría comparará semanalmente, el avance de las obras contra el programa,
si como consecuencia de dicha comparación el avance de las obras es menor de lo que
debió ejecutarse, la Secretaría procederá a:
9.5.1.Si como resultado de la comparativa se desprende que el Contratista no cumple
físicamente con el calendario de trabajos el Municipio, se reserva el derecho de
aplicar o no retenciones precautorias consistentes en una cantidad igual al 2.0%
(dos por ciento) del importe de las estimaciones comprendidas en dicho periodo,
la Secretaría procederá a efectuar la devolución de la retención en la estimación
en que se regularicen las demoras y el importe de los trabajos ejecutados
coincida con el programa.
9.5.2.Para el caso de que el Contratista no concluya la obra en la fecha señalada en el
programa, la Secretaría aplicará una pena convencional consistente en una
cantidad igual al 2.0% (dos por ciento) mensual de la diferencia que resulte entre
el importe de la obra realmente ejecutada y el importe de la que debió realizarse
hasta el momento en que las obras son concluidas y recibidas a satisfacción de la
Secretaría.
9.5.3.Para determinar la aplicación de las sanciones estipuladas, no se tomarán en
cuenta las demoras provocadas por caso fortuito de fuerza mayor o por cualquier
otra causa que a juicio del Municipio no sea imputable al Contratista.
9.5.4.Los montos de las penas convencionales no será mayor en conjunto al monto de
la garantía de cumplimiento.
Independientemente de la retención que se aplique como pena convencional, la
Secretaría podrá optar entre exigir el cumplimiento del contrato o bien la rescisión
administrativa del mismo, haciendo efectiva la garantía de cumplimiento del contrato. Si
la Secretaría opta por la rescisión se apegará a lo establecido en los artículos 61 y 62 de la
Ley.
9.6. Recepción de los trabajos.
Para la recepción y conclusión de los trabajos el Contratista deberá atender a lo señalado
en los Artículos 64, 65, 66, 67, 68 y 69 de la Ley.
En todos los casos de suspensión de los trabajos la Secretaría deberá atender a lo
estipulado en el Artículo 147 del Reglamento para llevar a cabo el procedimiento correcto
de suspensión.
Así mismo la terminación anticipada de los trabajos procederá solo en los casos señalados
en el artículo 60 de la Ley y 157 del Reglamento.
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
9.7. Seguimiento de los trabajos.
La SFP, podrá intervenir en la inspección y recepción de los trabajos objeto del contrato de
conformidad con lo establecido en los artículos 75 y 76 de la ley.
9.8. Confidencialidad.
El Contratista no podrá suministrar información alguna relativa al Proyecto Ejecutivo, en
forma de publicidad o artículo técnico a menos que cuente con la autorización previa,
expresa y por escrito de la Secretaría.
9.9. Otras estipulaciones.
El Contratista adjudicatario del contrato, aceptará que del importe de cada estimación le
sea retenido el 0.50% (cinco al millar) por concepto de Servicio de Inspección y Vigilancia
de la SFP estipulado en el artículo 191 de la Ley Federal de Derechos, el cual integrará
como concepto de gasto “Control y Vigilancia en el análisis de Precios Unitarios.
Se considerara la vigencia del Convenio de Colaboración suscrito entre el Municipio de
Corregidora Querétaro y el Colegio de Ingenieros Civiles del Estado de Querétaro, A. C., y
una vez verificada está, se retendrá si así procede, en forma exclusiva a sus agremiados y
afiliados, la cantidad pactada dentro de los términos del clausulado del Convenio sobre el
importe del presente contrato. Dicho importe será deducido en las estimaciones que haya
que pagar al Contratista.
Así mismo se considerara la vigencia del Convenio de Colaboración suscrito entre el
Municipio de Corregidora Querétaro, la Cámara Mexicana de la Industria de la
Construcción y el Instituto de Capacitación de la Industria de la Construcción A.C.,
Delegación Querétaro; y una vez verificada está, se retendrá si así procede, en forma
exclusiva a sus agremiados y afiliados, la cantidad pactada dentro del clausulado del
Convenio sobre el importe del presente contrato, dicha cantidad se separará de las
estimaciones autorizadas que haya que pagar al Contratista, siguiendo los mecanismos
establecido en el convenio para tal retención.
ATENTAMENTE
ARQ. FERNANDO JULIO CESAR OROZCO VEGA
SECRETARIO DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PÚBLICAS
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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
MEDIDAS DE SEGURIDAD
A QUIEN CORRESPONDA
P R E S E N T E:
Corregidora, Qro., junio de 2017.
Por medio de este conducto reciba un cordial saludo, asimismo le informo a usted
que conforme al Artículo 5 en donde uno de sus apartados define "Que la Prevención
es el conjunto de disposiciones y medidas anticipadas, que tienen por objeto evitar o
disminuir los efectos que se producen con motivo de la ocurrencia de alguna
emergencia, catástrofe, desastre o calamidad pública., y el artículo 43 del
Reglamento de Protección Civil para el Municipio de Corregidora, deberá aplicar las
siguientes medidas de seguridad y recomendaciones dentro de su área de trabajo y
alrededor, esto con la finalidad de trabajar con la prevención y eliminar cualquier
riesgo o peligro que pudiera suscitarse, las cuales son las siguientes:
Todo el personal que este laborando en la obra deberá contar obligatoriamente
con casco de seguridad, chaleco reflejante, zapato de seguridad, guantes y faja si
así lo requiere, así mismo deberá notificarles que su responsabilidad es portar el
equipo en su jornada laboral, lo anterior Conforme a lo establecido en la Norma
Oficial Mexicana NOM-017 -STPS-2001.
En caso de trabajar en alturas considerables deberán contar con arnés de seguridad
y su respectivo cabo de vida.
Todo vehículo que ingrese a la obra deberá circular a menos de 10 Km./hr. Poniendo
especial cuidado el conductor de visualizar al personal que esté trabajando pie tierra.
Todo vehículo que ingrese a la obra deberá encender sus luces de camino e
intermitentes para que los trabajadores visualicen los vehículos en movimiento.
Todo vehículo o maquinaría que se emplee en la obra deberá portar un logotipo de
la constructora en material reflejante y colocarlo en la portezuela parte baja de
ambos lados, esto con la finalidad de identificar los vehículos que están en la obra y
dar el apoyo correspondiente para sus maniobras por parte de Transito Municipal.
Todo vehículo que sea utilizado en la obra, después de la jornada laboral deberá
estar bien estacionado y alejado de la circulación vehicular, así mismo de la
señalización informativa preventiva, esto con la finalidad de que cualquier vehículo
que circule por el lugar se impacte con los mismos.
Los camiones de volteo deberán verificar siempre su altura antes de realizar la
descarga para evitar que la caja del mismo haga contacto con los cables de
electricidad.
Deberá colocar “Señalización Informativa de Protección de Obra” y mantenerla
permanentemente durante el tiempo que dure la obra, colocándola 250 m antes de
la obra y en intervalos de 50 m hasta llegar a la misma.
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BASES PARA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL
“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa.” “Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recurso provienen de los impuestos que pagan todos los
contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente.”.
Deberá emplear barricadas, malla de seguridad, trafíconos, trafitambos, caramelos,
barreras de contención o muro de contención así como su respectiva iluminación de
noche para que el automovilista tenga una mejor visualización de la obra y
desviación de la misma.
Al termino de la jordana laboral es obligación de todos los trabajadores verificar que
la señalización este bien colocada, alineada e iluminada esto con la finalidad de
garantizar la seguridad de los ciudadanos.
Si en la obra se llegara a emplear sustancias como: gas L.P., acetileno, oxigeno,
gasolina, diesel, aceites, etc., estos no deberán permanecer en la obra sin la custodia
de uno de los trabajadores y al termino de los mismos concentrarlos en su respectiva
bodega.
Así mismo deberá proporcionarse a la Dirección de Protección Civil la siguiente
información:
Nombre completo del representante legal y supervisor encargado de la obra,
Dirección completa y razón social de la Contratista.
Nombres completos, teléfonos locales y celulares de las cuatro o cinco personas que
asigne para que esta Dirección establezca comunicación con ellos en caso de
alguna emergencia o contingencia y que estén activos las 24 hrs.
Hospital, sanatorio o centro de asistencia médica a la que deben ser trasladados los
trabajadores de la obra en caso de que sufran algún accidente imprevisto, tales
como: atropellamientos, mutilaciones, insolaciones, lesiones, hemorragias, etc.
A T E N T A M E N T E
SECRETARIA DE DESARROLLO URBANO Y OBRAS PÚBLICAS