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69 LICITACION PUBLICA Nº 019 -2014/GOB.REG.HVCA/CE EJECUCIÓN DE LA OBRA: “CREACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y LETRINAS DE LA LOCALIDAD DE TINYACCLLA, DISTRITO DE HUANCAVELICA – HUANCAVELICA” BASES INTEGRADAS GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA LICITACION PUBLICA Nº 019 -2014/GOB.REG.HVCA/CE BASES INTEGRADAS VALOR REFERENCIAL S/. 2, 434,714.20 COMITÉ ESPECIAL PERMANENTE HUANCAVELICA, MAYO DE 2014 EJECUCIÓN DE LA OBRA: “CREACIÓN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y LETRINAS DE LA LOCALIDAD DE TINYACCLLA, DISTRITO DE HUANCAVELICA – HUANCAVELICA”

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BASES ESTNDAR DE CONCURSO PBLICO PARA LA CONTRATACIN DE SERVICIOS O PARA CONSULTORA EN GENERAL

LICITACION PUBLICA N 019 -2014/GOB.REG.HVCA/CE

EJECUCIN DE LA OBRA: CREACIN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y LETRINAS DE LA LOCALIDAD DE TINYACCLLA, DISTRITO DE HUANCAVELICA HUANCAVELICA BASES INTEGRADAS

LICITACION PUBLICA N 019 -2014/GOB.REG.HVCA/CE

EJECUCIN DE LA OBRA: CREACIN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y LETRINAS DE LA LOCALIDAD DE TINYACCLLA, DISTRITO DE HUANCAVELICA HUANCAVELICA BASES INTEGRADAS

GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

LICITACION PUBLICA N 019 -2014/GOB.REG.HVCA/CE

BASES INTEGRADAS

VALOR REFERENCIAL S/. 2, 434,714.20COMIT ESPECIAL PERMANENTE

HUANCAVELICA, MAYO DE 2014

SECCIN GENERAL

DISPOSICIONES COMUNES DEL PROCESO DE SELECCIN(ESTA SECCIN NO DEBE SER MODIFICADA EN NINGN EXTREMO, BAJO SANCIN DE NULIDAD)CAPTULO IETAPAS DEL PROCESO DE SELECCIN

1.1. BASE LEGAL

Ley N 28411 - Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto.

Decreto Legislativo N 1017 - Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley.

Decreto Supremo N 184-2008-EF - Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, en adelante el Reglamento.

Directivas del OSCE. Ley N 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General.

Cdigo Civil.

Ley N 27806 Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica.Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.

Para la aplicacin del derecho deber considerarse la especialidad de las normas previstas en las presentes Bases.

1.2. CALIFICACIN PREVIAEn aplicacin de lo dispuesto en el artculo 39 del Reglamento, cuando el valor referencial de la contratacin de la ejecucin de una obra sea igual o superior a veinticinco mil Unidades Impositivas Tributarias (25,000 UIT), en la seccin especfica de las Bases deber preverse el requisito de calificacin previa.1.3. CONVOCATORIA

Se efectuar de conformidad con lo sealado en el artculo 51 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma.

1.4. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de participantes se efectuar desde el da siguiente de la convocatoria y hasta un (1) da hbil despus de haber quedado integradas las Bases. En el caso de propuestas presentadas por un consorcio, bastar que se registre uno (1) de sus integrantes, de conformidad con el artculo 53 del Reglamento.

La persona natural o persona jurdica que desee participar en el proceso de seleccin deber contar con inscripcin vigente en el Registro Nacional de Proveedores (RNP) conforme al objeto de la convocatoria. La Entidad verificar la vigencia de la inscripcin en el RNP y que no se encuentre inhabilitada para contratar con el Estado.

Al registrarse, el participante deber sealar la siguiente informacin: Nombres, apellidos y Documento Nacional de Identidad (DNI), en el caso de persona natural; razn social de la persona jurdica; nmero de Registro nico de Contribuyentes (RUC); domicilio legal; telfono y fax.

IMPORTANTE:

Para registrarse como participante en un proceso de seleccin convocado por las Entidades del Estado Peruano, es necesario que los proveedores cuenten con inscripcin vigente ante el Registro Nacional de Proveedores (RNP) que administra el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE). Para obtener mayor informacin, podr ingresarse a la siguiente direccin electrnica: www.rnp.gob.pe.1.5. FORMULACIN DE CONSULTAS A LAS BASESLas consultas a las Bases sern presentadas por un periodo mnimo de cinco (5) das hbiles, contados desde el da siguiente de la convocatoria, de conformidad con lo establecido en el artculo 55 del Reglamento.

1.6. ABSOLUCIN DE CONSULTAS A LAS BASESLa decisin que tome el Comit Especial con relacin a las consultas presentadas constar en el pliego absolutorio que se notificar a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artculo 54 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin.

El plazo para la absolucin no podr exceder de cinco (5) das hbiles contados desde el vencimiento del plazo para recibir las consultas.

IMPORTANTE:

No se absolvern consultas a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.7. FORMULACIN DE OBSERVACIONES A LAS BASESLas observaciones a las Bases sern presentadas dentro de los cinco (5) das hbiles siguientes de haber finalizado el trmino para la absolucin de las consultas, de conformidad con lo establecido en el artculo 57 del Reglamento.

1.8. ABSOLUCIN DE OBSERVACIONES A LAS BASESEl Comit Especial notificar la absolucin de las observaciones a travs del SEACE, de conformidad con lo establecido en el artculo 56 del Reglamento, en la fecha sealada en el cronograma del proceso de seleccin.

El plazo para la absolucin no podr exceder de los cinco (5) das hbiles desde el vencimiento del plazo para recibir observaciones.

El Comit Especial debe incluir en el pliego de absolucin de observaciones el requerimiento de pago de la tasa por concepto de elevacin de observaciones al OSCE.

IMPORTANTE:

No se absolvern observaciones a las Bases que se presenten extemporneamente o que sean formuladas por quienes no se han registrado como participantes.

1.9. ELEVACIN DE OBSERVACIONES AL OSCE

El plazo para solicitar la elevacin de observaciones para el pronunciamiento del OSCE es de tres (3) das hbiles, computados desde el da siguiente de la notificacin del pliego absolutorio a travs del SEACE.

Los participantes pueden solicitar la elevacin de las observaciones para la emisin de pronunciamiento, en los siguientes supuestos:

1. Cuando las observaciones presentadas por el participante no fueron acogidas o fueron acogidas parcialmente;2. Cuando a pesar de ser acogidas sus observaciones, el participante considere que tal acogimiento contina siendo contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin; y3. Cuando el participante considere que el acogimiento de una observacin formulada por otro participante resulta contrario a lo dispuesto por el artculo 26 de la Ley, cualquier otra disposicin de la normativa sobre contrataciones del Estado u otras normas complementarias o conexas que tengan relacin con el proceso de seleccin. En este caso, el participante debe haberse registrado como tal hasta el vencimiento del plazo para formular observaciones.El Comit Especial, bajo responsabilidad, deber remitir la totalidad de la documentacin requerida para tal fin por el TUPA del OSCE, a ms tardar al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de observaciones.La emisin y publicacin del pronunciamiento en el SEACE, debe efectuarse dentro de los diez (10) das hbiles siguientes de recibido el expediente completo por el OSCE

1.10. INTEGRACIN DE LAS BASES

Las Bases integradas constituyen las reglas definitivas del proceso de seleccin por lo que debern contener las correcciones, precisiones y/o modificaciones producidas como consecuencia de la absolucin de las consultas y de las observaciones, las dispuestas por el pronunciamiento, as como las requeridas por el OSCE en el marco de sus acciones de supervisin.

Una vez integradas, las Bases no podrn ser cuestionadas en ninguna otra va ni modificadas por autoridad administrativa alguna, bajo responsabilidad del Titular de la Entidad. Esta restriccin no afecta la competencia del Tribunal para declarar la nulidad del proceso por deficiencias en las Bases.

El Comit Especial integrar y publicar las Bases teniendo en consideracin los siguientes plazos:

1. Cuando no se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para formularlas.2. Cuando se hayan presentado observaciones, al da siguiente de vencido el plazo para que los participantes soliciten la elevacin de dichas observaciones para la emisin de pronunciamiento, siempre que ningn participante haya hecho efectivo tal derecho.3. Cuando se haya solicitado la elevacin de observaciones, dentro de los dos (2) das hbiles siguientes de notificado el pronunciamiento respectivo en el SEACE.Corresponde al Comit Especial, bajo responsabilidad, integrar las Bases y publicarlas en el SEACE, conforme lo establecen los artculos 59 y 60 del Reglamento.

De conformidad con el artculo 31 del Reglamento, el Comit Especial no podr efectuar modificaciones de oficio al contenido de las Bases, bajo responsabilidad.

1.11. FORMA DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS Y ACREDITACINTodos los documentos que contengan informacin referida a los requisitos para la admisin de propuestas y factores de evaluacin se presentarn en idioma castellano o, en su defecto, acompaados de traduccin oficial o certificada efectuada por traductor pblico juramentado o traductor colegiado certificado, segn corresponda, salvo el caso de la informacin tcnica complementaria contenida en folletos, instructivos, catlogos o similares, que podr ser presentada en el idioma original. El postor ser responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados, de los cuales el primero contendr la propuesta tcnica y el segundo la propuesta econmica.

Si las propuestas se presentan en hojas simples se redactarn por medios mecnicos o electrnicos y sern foliadas correlativamente empezando por el nmero uno.

Asimismo, cuando las propuestas tengan que ser presentadas total o parcialmente mediante formularios o formatos, stos podrn ser llenados por cualquier medio, incluyendo el manual. En ambos supuestos, las propuestas deben llevar el sello y la rbrica del postor o de su representante legal o mandatario designado para dicho fin, salvo que el postor sea persona natural, en cuyo caso bastar que ste o su apoderado, indique debajo de la rbrica sus nombres y apellidos completos.

Las personas naturales podrn concurrir personalmente o a travs de su apoderado debidamente acreditado ante el Comit Especial, mediante carta poder simple (Formato N 1). Las personas jurdicas lo harn por medio de su representante legal acreditado con copia simple del documento registral vigente que consigne dicho cargo o a travs de su apoderado acreditado con carta poder simple suscrita por el representante legal, a la que se adjuntar el documento registral vigente que consigne la designacin del representante legal, expedido con una antigedad no mayor de treinta (30) das calendario a la presentacin de propuestas. (Formato N 1)

En el caso de consorcios, la propuesta puede ser presentada por el representante comn del consorcio, o por el apoderado designado por ste, o por el representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, conforme a lo siguiente:

1. En el caso que el representante comn del consorcio presente la propuesta, ste debe presentar copia simple de la promesa formal de consorcio.

2. En el caso que el apoderado designado por el representante comn del consorcio presente la propuesta, este debe presentar carta poder simple suscrita por el representante comn del consorcio y copia simple de la promesa formal de consorcio.

3. En el caso del representante legal o apoderado de uno de los integrantes del consorcio que se encuentre registrado como participante, la acreditacin se realizar conforme a lo dispuesto en el sexto prrafo del presente numeral, segn corresponda.

1.12. PRESENTACIN DE PROPUESTAS

La presentacin de propuestas se realiza en acto pblico, en la fecha y hora sealadas en el cronograma del proceso.

El acto se inicia cuando el Comit Especial empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen sus propuestas. Si al momento de ser llamado el participante no se encuentra presente, se le tendr por desistido. Si algn participante es omitido, podr acreditarse con la presentacin de la constancia de su registro como participante.

Los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio.

IMPORTANTE:

En caso de convocarse segn relacin de tems, los integrantes de un consorcio no podrn presentar propuestas individuales ni conformar ms de un consorcio en un mismo tem, lo que no impide que puedan presentarse individualmente o conformando otro consorcio en tems distintos.

En el caso que el Comit Especial rechace la acreditacin del apoderado, representante legal o representante comn, segn corresponda en atencin al numeral 1.11, y este exprese su disconformidad, se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta y los documentos de acreditacin en su poder hasta el momento en que el participante formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Despus de recibidas las propuestas, el Comit Especial proceder a abrir los sobres que contienen la propuesta tcnica de cada postor, a fin de verificar que los documentos presentados por cada postor sean los solicitados en las Bases.En el caso que de la revisin de la propuesta se adviertan defectos de forma, tales como errores u omisiones subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta tcnica, o la omisin de presentacin de uno o ms documentos que acrediten el cumplimiento de los requerimientos tcnicos mnimos siempre que se trate de documentos emitidos por autoridad pblica nacional o un privado en ejercicio de funcin pblica, tales como autorizaciones, permisos, ttulos, constancias y/o certificados que acrediten estar inscrito o integrar un registro, y otros de naturaleza anloga, para lo cual deben haber sido obtenidos por el postor con anterioridad a la fecha establecida para la presentacin de propuestas, se actuar conforme lo dispuesto en el artculo 68 del Reglamento. Este es el nico momento en que puede otorgarse plazo para subsanar la propuesta tcnica.En el caso de advertirse que la propuesta no cumple con lo requerido por las Bases, y no se encuentre dentro de los supuestos sealados en el prrafo anterior, se devolver la propuesta, tenindola por no admitida, salvo que el postor exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotar tal circunstancia en el acta y el Notario (o Juez de Paz) mantendr la propuesta en su poder hasta el momento en que el postor formule apelacin. Si se formula apelacin se estar a lo que finalmente se resuelva al respecto.

Despus de abierto cada sobre que contiene la propuesta tcnica, el Notario (o Juez de Paz) proceder a sellar y firmar cada hoja de los documentos de la propuesta tcnica. A su vez, si las Bases han previsto que la evaluacin y calificacin de las propuestas tcnicas se realice en fecha posterior, el Notario (o Juez de Paz) proceder a colocar los sobres cerrados que contienen las propuestas econmicas dentro de uno o ms sobres, los que sern debidamente sellados y firmados por l, por los miembros del Comit Especial y por los postores que as lo deseen, conservndolos hasta la fecha en que el Comit Especial, en acto pblico, comunique verbalmente a los postores el resultado de la evaluacin de las propuestas tcnicas.

Al terminar el acto pblico, se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos sus miembros, as como por los veedores y los postores que lo deseen.

De conformidad con lo dispuesto en el artculo 64 del Reglamento, en los actos de presentacin de propuestas y otorgamiento de la Buena Pro se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente, su inasistencia no viciar el proceso.1.13. CONTENIDO DE LA PROPUESTA ECONMICA

La propuesta econmica (Sobre N 2) deber incluir obligatoriamente lo siguiente:

La oferta econmica, en la moneda que corresponda, incluidos todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la ejecucin de la obra a ser contratada; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza.

El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales. Los precios unitarios podrn ser expresados con ms de dos decimales.

IMPORTANTE: Tratndose de un proceso segn relacin de tems, cuando los postores se presenten a ms de un tem, debern presentar sus propuestas econmicas en forma independiente.

1.14. EVALUACIN DE PROPUESTAS

La evaluacin de propuestas se realizar en dos (2) etapas: La evaluacin tcnica y la evaluacin econmica.

Los mximos puntajes asignados a las propuestas son los siguientes:

Propuesta Tcnica

: 100 puntos

Propuesta Econmica: 100 puntos

1.14.1. EVALUACIN TCNICA

Se verificar que la propuesta tcnica cumpla con los requerimientos tcnicos mnimos contenidos en las presentes Bases. Las propuestas que no cumplan dichos requerimientos no sern admitidas.

Slo aquellas propuestas admitidas y aquellas a las que el Comit Especial hubiese otorgado plazo de subsanacin, pasarn a la evaluacin tcnica.

En aquellos casos en los que se hubiese otorgado plazo para la subsanacin de la propuesta, el Comit Especial deber determinar si se cumpli o no con la subsanacin solicitada. Si luego de vencido el plazo otorgado, no se cumple con la subsanacin, el Comit Especial tendr la propuesta por no admitida.

Una vez cumplida la subsanacin de la propuesta o vencido el plazo otorgado para dicho efecto, se continuar con la evaluacin de las propuestas tcnicas admitidas, asignando los puntajes correspondientes, conforme a la metodologa de asignacin de puntaje establecida para cada factor.

Las propuestas tcnicas que no alcancen el puntaje mnimo de sesenta (60) puntos, sern descalificadas en esta etapa y no accedern a la evaluacin econmica.

1.14.2. EVALUACIN ECONMICA

Si la propuesta econmica es inferior al noventa por ciento (90%) del valor referencial o excede el ciento diez por ciento (110%) del valor referencial, ser devuelta por el Comit Especial y se tendr por no presentada, conforme lo establece el artculo 33 de la Ley.

La evaluacin econmica consistir en asignar el puntaje mximo establecido a la propuesta econmica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignar un puntaje inversamente proporcional, segn la siguiente frmula:

Pi = Om x PMPE

Oi

Donde:

i= Propuesta

Pi= Puntaje de la propuesta econmica i

Oi= Propuesta Econmica i

Om= Propuesta Econmica de monto o precio ms bajo

PMPE= Puntaje Mximo de la Propuesta Econmica

IMPORTANTE: En caso el proceso se convoque bajo el sistema de precios unitarios, el Comit Especial deber verificar las operaciones aritmticas de la propuesta que obtuvo el mayor puntaje total y, de existir alguna incorreccin, deber corregirla a fin de consignar el monto correcto y asignarle el lugar que le corresponda. Dicha correccin debe figurar expresamente en el acta respectiva.

Slo cuando se haya previsto (segn el caso concreto) aceptar propuestas econmicas que incluyan propuestas de financiamiento, la propuesta econmica se evaluar utilizando el mtodo del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarn en cuenta todos los costos del financiamiento, tales como la tasa de inters, comisiones, seguros y otros, as como la contrapartida de la Entidad si fuere el caso, conforme a las disposiciones contenidas en el artculo 70 del Reglamento.

1.15. ACTO PBLICO DE OTORGAMIENTO DE LA BUENA PROEn la fecha y hora sealada en las Bases, el Comit Especial se pronunciar sobre la admisin y la evaluacin tcnica de las propuestas, comunicando los resultados de esta ltima.

La evaluacin de las propuestas econmicas se realizar de conformidad con el procedimiento establecido en las presentes Bases.

La determinacin del puntaje total se har de conformidad con el artculo 71 del Reglamento.

El Comit Especial proceder a otorgar la Buena Pro a la propuesta ganadora, dando a conocer los resultados del proceso de seleccin a travs de un cuadro comparativo en el que se consignar el orden de prelacin en que han quedado calificados los postores, detallando los puntajes tcnico, econmico y total obtenidos por cada uno de ellos. En el supuesto que dos (2) o ms propuestas empaten, el otorgamiento de la Buena Pro se efectuar observando lo sealado en el artculo 73 del Reglamento.

Al terminar el acto pblico se levantar un acta, la cual ser suscrita por el Notario (o Juez de Paz), por todos los miembros del Comit Especial y por los postores que deseen hacerlo.

El otorgamiento de la Buena Pro se presumir notificado a todos los postores en la misma fecha, oportunidad en la que se entregar a los postores copia del acta de otorgamiento de la Buena Pro y el cuadro comparativo, detallando los resultados en cada factor de evaluacin. Dicha presuncin no admite prueba en contrario. Esta informacin se publicar el mismo da en el SEACE.

IMPORTANTE:

De conformidad con el artculo 76 del Reglamento, para otorgar la Buena Pro a propuestas que superen el valor referencial, hasta el lmite del ciento diez por ciento (110%), deber contarse con la asignacin suficiente de crditos presupuestarios y la aprobacin del Titular de la Entidad, salvo que el postor que haya obtenido el mejor puntaje total acepte reducir su oferta econmica a un monto igual o menor al valor referencial.1.16. CONSENTIMIENTO DE LA BUENA PROCuando se hayan presentado dos (2) o ms propuestas, el consentimiento de la Buena Pro se producir a los ocho (8) das hbiles de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelacin. En este caso, el consentimiento se publicar en el SEACE al da hbil siguiente de haberse producido.

En el caso que se haya presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producir el mismo da de la notificacin de su otorgamiento en acto pblico, y podr ser publicado en el SEACE ese mismo da o hasta el da hbil siguiente.

1.17. CONSTANCIA DE NO ESTAR INHABILITADO PARA CONTRATAR CON EL ESTADO

De acuerdo con el artculo 282 del Reglamento, a partir del da hbil siguiente de haber quedado consentida la Buena Pro o de haberse agotado la va administrativa conforme a lo previsto en el artculo 122 del Reglamento, hasta el dcimo quinto da hbil de producido tal hecho, el postor ganador de la Buena Pro debe solicitar ante el OSCE la expedicin de la constancia de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

El OSCE no expedir constancias solicitadas fuera del plazo establecido.CAPTULO IISOLUCIN DE CONTROVERSIAS DURANTE EL PROCESO DE SELECCIN

1.18. RECURSO DE APELACINA travs del recurso de apelacin se impugnan los actos dictados durante el desarrollo del proceso de seleccin, desde la convocatoria hasta aquellos emitidos antes de la celebracin del contrato.

El recurso de apelacin se presenta ante y es resuelto por el Tribunal de Contrataciones del Estado.

Los actos emitidos por el Titular de la Entidad que declaren la nulidad de oficio o cancelen el proceso, podrn impugnarse ante el Tribunal de Contrataciones del Estado.

1.19. PLAZOS DE INTERPOSICIN DEL RECURSO DE APELACIN

La apelacin contra el otorgamiento de la Buena Pro o contra los actos dictados con anterioridad a ella debe interponerse dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de haberse otorgado la Buena Pro.

La apelacin contra los actos distintos a los indicados en el prrafo anterior debe interponerse dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de haberse tomado conocimiento del acto que se desea impugnar.

CAPTULO IIIDEL CONTRATO

1.20. DEL PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATOUna vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de la Buena Pro, dentro de los siete (7) das hbiles siguientes, sin mediar citacin alguna, el postor ganador deber presentar a la Entidad la documentacin para la suscripcin del contrato prevista en las Bases. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato. En el supuesto que el postor ganador no presente la documentacin y/o no concurra a suscribir el contrato, segn corresponda, en los plazos antes indicados, se proceder de acuerdo a lo dispuesto en el numeral 3 del artculo 148 del Reglamento.

El contrato ser suscrito por la Entidad, a travs del funcionario competente o debidamente autorizado, y por el ganador de la Buena Pro, ya sea directamente o por medio de su apoderado, tratndose de persona natural, y tratndose de persona jurdica, a travs de su representante legal, de conformidad con lo establecido en el artculo 139 del Reglamento.

Para suscribir el contrato, el postor ganador de la Buena Pro deber presentar, adems de los documentos previstos en las Bases, los siguientes:

Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.

Constancia de capacidad libre de contratacin.

Garanta de fiel cumplimiento. Garanta de fiel cumplimiento por prestaciones accesorias, en caso corresponda.

Contrato de consorcio con firmas legalizadas de los integrantes, de ser el caso.

Cdigo de cuenta interbancario (CCI).

Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso. Designacin del residente de obra, cuando este no haya formado parte de su propuesta tcnica. Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecucin de Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

Calendario de adquisicin de materiales o insumos necesarios para la ejecucin de obra, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico. Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratacin sea a suma alzada, salvo en obras bajo las modalidades de concurso oferta o llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.1.21. DE LAS GARANTAS

1.21.1. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO

El postor ganador debe entregar a la Entidad la garanta de fiel cumplimiento del contrato. Esta deber ser emitida por una suma equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato original y tener vigencia hasta el consentimiento de la liquidacin final.De manera excepcional, respecto de aquellos contratos que tengan una vigencia superior a un (1) ao, previamente a la suscripcin del contrato, las Entidades podrn aceptar que el ganador de la Buena Pro presente la garanta de fiel cumplimiento con una vigencia de un (1) ao, con el compromiso de renovar su vigencia hasta el consentimiento de la liquidacin final.1.21.2. GARANTA DE FIEL CUMPLIMIENTO POR PRESTACIONES ACCESORIAS

En caso el contrato conlleve a la ejecucin de prestaciones accesorias, se otorgar una garanta adicional por este concepto, la misma que se renovar peridicamente hasta el cumplimiento total de las obligaciones garantizadas, no pudiendo eximirse su presentacin en ningn caso.

1.22. REQUISITOS DE LAS GARANTAS

Las garantas que se presenten debern ser incondicionales, solidarias, irrevocables y de realizacin automtica en el pas al slo requerimiento de la Entidad. Asimismo, deben ser emitidas por empresas que se encuentren bajo la supervisin de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, y deben estar autorizadas para emitir garantas; o estar consideradas en la lista actualizada de bancos extranjeros de primera categora que peridicamente publica el Banco Central de Reserva del Per.

IMPORTANTE:

Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

1.23. EJECUCIN DE GARANTASLas garantas se harn efectivas conforme a las estipulaciones contempladas en el artculo 164 del Reglamento.

1.24. INICIO DEL PLAZO DE EJECUCIN DE OBRA

El plazo de ejecucin de obra se inicia a partir del da siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:

1. Que la Entidad designe al inspector o al supervisor, segn corresponda.2. Que la Entidad entregue el expediente tcnico de obra completo al contratista.3. Que la Entidad entregue el terreno o lugar donde se ejecutar la obra al contratista.4. Que la Entidad provea el calendario de entrega de los materiales o insumos al contratista, cuando en la seccin especfica de las Bases la Entidad haya asumido esta obligacin.5. Que la Entidad entregue el adelanto directo o el primer desembolso de dicho adelanto al contratista, en las condiciones y oportunidad establecidas en la seccin especfica de las Bases, salvo que en dicha seccin no se haya previsto la entrega de este adelanto.6. Que el contratista presente el certificado de habilidad de los profesionales sealados en su propuesta tcnica.Estas condiciones debern ser cumplidas dentro de los quince (15) das calendarios siguientes a la suscripcin del contrato.

En caso no se haya solicitado la entrega del adelanto directo, el plazo se inicia con el cumplimiento de las dems condiciones.

Si cumplidas las condiciones antes indicadas la estacionalidad climtica no permitiera el inicio de la ejecucin de la obra, la Entidad podr acordar con el contratista la fecha para el inicio de la ejecucin. Dicha decisin deber ser sustentada en un informe tcnico que formar parte del expediente de contratacin de la obra.

IMPORTANTE:

De acuerdo con el artculo 190 del Reglamento, deber designarse a un supervisor cuando el valor de la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecido por la Ley de Presupuesto del Sector Pblico para el Ao Fiscal en el que se convoca el proceso de seleccin.

1.25. RESIDENTE DE OBRA

Profesional colegiado y habilitado, con no menos de dos (2) aos de experiencia en la especialidad, designado por el contratista, previa conformidad de la Entidad. Por su sola designacin, el residente representa al contratista para los efectos ordinarios de la obra, no estando facultado a pactar modificaciones al contrato.La sustitucin del residente slo proceder previa autorizacin por escrito del funcionario de la Entidad que, segn sus normas de organizacin interna, cuente con facultades suficientes para brindar tal autorizacin, y siempre que el profesional reemplazante rena calificaciones profesionales iguales o superiores a las del profesional originalmente propuesto.El pronunciamiento de la Entidad sobre la sustitucin del residente de obra debe ser emitido y notificado al contratista dentro de los ocho (8) das hbiles siguientes de presentada la respectiva solicitud, transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita pronunciamiento alguno, se considerar aprobada la sustitucin.1.26. INSPECTOR O SUPERVISOR DE OBRAProfesional colegiado y habilitado, con menos de dos (2) aos de experiencia en la especialidad, designado por la Entidad para velar, de modo permanente y directo, por la correcta ejecucin de la obra y el cumplimiento de las especificaciones tcnicas y del contrato. Debe cumplir, cuando menos, con las mismas calificaciones profesionales del residente.

En caso que el supervisor sea una persona jurdica, esta deber designar a una persona natural como supervisor permanente de la obra.1.27. CUADERNO DE OBRA Y ANOTACIN DE OCURRENCIAS

El cuaderno de obra se abre en la fecha de entrega del terreno al contratista, oportunidad en la que deber ser firmado en cada una de sus pginas por el inspector o supervisor, segn corresponda, y por el residente. Dicho cuaderno debe constar de una hoja original con tres (3) copias desglosables, correspondiendo una de estas copias a la Entidad, otra al contratista y la tercera al inspector o supervisor.El cuaderno de obra original debe permanecer en la obra, bajo custodia del residente, el que no podr impedirle el acceso al mismo al inspector o supervisor, bajo pena de aplicarle al contratista una multa del cinco por mil (5/1000) del monto de la valorizacin por cada da en que se impida el acceso.Slo el inspector o supervisor, y el residente, pueden hacer anotaciones en el cuaderno de obra. Estos profesionales anotarn los hechos relevantes que ocurran durante la ejecucin de la obra, firmando al pie de cada anotacin que efecten. Tambin se anotarn en el cuaderno de obra las consultas al inspector o supervisor de obra, as como la respuesta de este ltimo.Las solicitudes que realice el contratista, o su representante legal, como consecuencia de las ocurrencias anotadas en el cuaderno de obra, se harn directamente a la Entidad, por medio de comunicacin escrita.

El cuaderno de obra ser cerrado por el inspector o supervisor cuando la obra haya sido recibida por la Entidad, procediendo a entregar el original de dicho cuaderno a la Entidad.

IMPORTANTE: El inspector o supervisor, y/o el residente, deben anotar en el cuaderno de obra la fecha de inicio del plazo de ejecucin de la obra, a efectos de evitar futuras controversias sobre el particular.1.28. ADELANTOS

La Entidad entregar adelantos directos y adelantos para materiales o insumos, conforme a lo establecido en el artculo 186 del Reglamento, siempre que ello haya sido previsto en la seccin especfica de las Bases.

En el supuesto que no se entreguen los adelantos en el plazo previsto en la seccin especfica de las Bases, el contratista tendr derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la obra por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 201 del Reglamento.

1.29. VALORIZACIONES

La valorizacin es la cuantificacin econmica del avance fsico en la ejecucin de la obra en un periodo determinado, tendr el carcter de pago a cuenta y deber ser realizada el ltimo da de cada periodo de valorizacin previsto en la seccin especfica de las Bases, por el inspector o supervisor, segn corresponda, y por el contratista. Si el inspector o supervisor no se presenta para la valorizacin conjunta con el contratista, este ltimo la realizar.

En caso de retraso en el pago de las valorizaciones, por razones imputables a la Entidad, el contratista tendr derecho al pago de intereses, de conformidad con el artculo 48 de la Ley y los artculos 1244, 1245 y 1246 del Cdigo Civil. Para tal efecto, se formular una valorizacin de intereses y el pago se efectuar en las valorizaciones siguientes.

En el caso que se haya suscrito contrato con un consorcio, el pago de las valorizaciones se realizar a quien se indique en el contrato de consorcio.

1.30. REAJUSTES

Si el valor referencial es establecido en moneda nacional, las valorizaciones debern ser ajustadas multiplicndolas por el respectivo coeficiente de reajuste K que se obtenga de aplicar en la frmula o frmulas polinmicas previstas en el expediente tcnico de obra que es parte de las Bases, los ndices Unificados de Precios de la Construccin que publica el Instituto Nacional de Estadstica e Informtica INEI.

Dado que los ndices Unificados de Precios de la Construccin son publicados con un mes de atraso, los reajustes debern calcularse teniendo en consideracin el coeficiente de reajuste K conocido a ese momento; posteriormente, cuando se conozcan los ndices que se deben aplicar, se calcular el monto definitivo de los reajustes que corresponden, los que se pagarn con la valorizacin ms cercana posterior o en la liquidacin final sin reconocimiento de intereses.

IMPORTANTE: Tanto la elaboracin como la aplicacin de las frmulas polinmicas se sujetan a lo dispuesto en el Decreto Supremo N 011-79-VC.

1.31. DE LAS PENALIDADES E INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

La penalidad por retraso injustificado en la ejecucin de la obra y las causales para la resolucin del contrato, sern aplicadas de conformidad con los artculos 165 y 168 del Reglamento, respectivamente.

De acuerdo con los artculos 48 de la Ley y 166 del Reglamento, en las Bases o el contrato podrn establecerse penalidades distintas a la mencionada en el artculo 165 del Reglamento, siempre y cuando sean objetivas, razonables y congruentes con el objeto de la convocatoria, hasta por un monto mximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto del contrato vigente o, de ser el caso, del tem que debi ejecutarse. Estas penalidades se calcularn de forma independiente a la penalidad por mora.

1.32. LIQUIDACIN DEL CONTRATO DE OBRA

El procedimiento para la liquidacin del contrato de obra que deber observarse, es el que se encuentra descrito en el artculo 211 del Reglamento. No proceder la liquidacin mientras existan controversias pendientes de resolver.

Luego de haber quedado consentida la liquidacin y efectuado el pago del saldo de la liquidacin, culmina el contrato y se cierra el expediente respectivo.Las controversias sobre pagos podrn ser sometidas a conciliacin y/o arbitraje, dentro del plazo de quince (15) das hbiles siguientes al vencimiento del plazo previsto en la seccin especfica de las Bases para efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidacin.

1.33. VIGENCIA DEL CONTRATO

En aplicacin de lo dispuesto en el artculo 149 del Reglamento, el contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene, hasta que la liquidacin quede consentida y se efecte el pago correspondiente.1.34. DISPOSICIONES FINALES

Todos los dems aspectos del presente proceso no contemplados en las Bases se regirn supletoriamente por la Ley y su Reglamento, as como por las disposiciones legales vigentes.

IMPORTANTE:

Cuando se trate de obras bajo la modalidad de concurso oferta, a cada una de las prestaciones involucradas se le aplicarn, en principio, las disposiciones de la normativa de contrataciones del Estado que sean compatibles con su naturaleza, salvo en aquellos supuestos que impliquen la erogacin de mayores fondos pblicos (adelantos y prestaciones adicionales), en los que se aplicarn las disposiciones de dicha normativa que regulan la ejecucin de obras.SECCIN ESPECFICACONDICIONES ESPECIALES DEL PROCESO DE SELECCIN(EN ESTA SECCIN LA ENTIDAD DEBER COMPLETAR LA INFORMACIN EXIGIDA, DE ACUERDO A LAS INSTRUCCIONES INDICADAS)

CAPTULO IGENERALIDADES

1.1. ENTIDAD CONVOCANTE

Nombre:GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

RUC N:20486020882

Domicilio legal:JR. TORRE TAGLE N 336 DEPARTAMENTO DE HUANCAVELICA

Telfono/Fax::067 452891 Anexo 1127

Nombre:GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA

1.2. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

El presente proceso de seleccin tiene por objeto la contratacin de la EJECUCIN DE LA OBRA: CREACIN DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO Y LETRINAS DE LA LOCALIDAD DE TINYACCLLA, DISTRITO DE HUANCAVELICA HUANCAVELICA1.3. VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a S/. 2434,714.20 (DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CATORCE CON 20/100 NUEVOS SOLES), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecucin de la obra. El valor referencial ha sido calculado al mes de ABRIL DEL 2014.90 % del Valor ReferencialValor Referencial110% del Valor Referencial

S/. 2191,242.78(DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 78/100 NUEVOS SOLES)S/. 2434,714.20( DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CATORCE CON 20/100 NUEVOS SOLES)S/. 2,618,185.62( DOS MILLONES SEISCIENTOS DIECIOCHO MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 62/100 NUEVOS SOLES )

IMPORTANTE: Las propuestas econmicas no pueden exceder los lmites del valor referencial de conformidad con el artculo 33 de la Ley.1.4. EXPEDIENTE DE CONTRATACIN

El expediente de contratacin fue aprobado mediante Formato de Aprobacin de Expediente de Contratacin N 022 - 2014/GOB.REG.HVCA/GGR, el 03 de Abril de 2014.

Asimismo, el expediente tcnico de obra fue aprobado mediante RESOLUCIN GERENCIAL REGIONAL N 025 2014 GR HVCA/GRI DE FECHA 06 DE MARZO 2014 y se actualizo el presupuesto del expediente tcnico mediante RESOLUCIN GERENCIAL REGIONAL N 025 2014 GR HVCA/GRI DE FECHA 06 DE MARZO 2014.1.5. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

(1) Recursos Ordinarios, correspondiente al Ejercicio Fiscal del ao 2014IMPORTANTE:

La fuente de financiamiento debe corresponder a aquellas previstas en la Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal en el cual se convoca el proceso de seleccin.

1.6. SISTEMA DE CONTRATACIN

El presente proceso se rige por el sistema de SUMA ALZADA , de acuerdo con lo establecido en el expediente de contratacin respectivo.

1.7. MODALIDAD DE EJECUCIN CONTRACTUAL

NO CORRESPONDE 1.8. ALCANCES DEL REQUERIMIENTO

La obra a ser ejecutada est definida en los Requerimientos Tcnicos Mnimos que forman parte de la presente seccin, en el captulo III.

1.9. PLAZO DE EJECUCIN DE LA OBRAEl plazo de ejecucin de la obra materia de la presente convocatoria, es de (150) Das Calendarios. Dicho plazo constituye un requerimiento tcnico mnimo que debe coincidir con lo establecido en el expediente de contratacin y en el expediente tcnico de obra.

1.10. COSTO DE REPRODUCCIN DE LAS BASES Y EXPEDIENTE TCNICO DE OBRAESTRUCTURA DE COSTOS

Reproduccin de bases:S/. 7.60

Reproduccin de Expediente Tcnico que incluye copia de hojas, planos y archivadoresS/. 500.00

TOTALS/. 507.60

1.11. BASE LEGAL

Ley N 30114 Ley de Presupuesto del sector Pblico para el ao fiscal 2014.

Ley N 30115 Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Pblico del ao fiscal 2014. Decreto Supremo N 011-79-VC. Ley N 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversin Pblica. LEY N 29873 Modifica el Decreto Legislativo N 1017

D.S. N 138-2012-EF - MODIFICACIN AL D.S. N 184-2008-EF Ley N 27806, "Ley de Transparencia y de Acceso a la Informacin Pblica"

Ley N 27867 "Ley Orgnica de Gobiernos Regionales"

Decreto Supremo N 007-2008-TR Texto nico Ordenado de la Ley de Promocin de la Competitividad, Formalizacin y Desarrollo de la Micro y Pequea Empresa y del acceso al empleo decente, Ley MYPE.

Decreto Supremo N 008-2008-TR - Reglamento de la Ley MYPE

Cdigo Civil.Las referidas normas incluyen sus respectivas modificaciones, de ser el caso.CAPTULO IIDEL PROCESO DE SELECCIN

1.12. CRONOGRAMA DEL PROCESO DE SELECCIN

ETAPAS DEL PROCESOFECHAS

Convocatoria03 de Abril de 2014.

Registro de ParticipantesDel 04 de Abril al 05 de mayo de 2014 (08:30-17:30)Oficina de Logstica Quinto Piso del Gobierno Regional de Huancavelica, sito en el Jr. Torre Tagle N 336 Cercado de Huancavelica.

Formulacin de Consultas a las BasesDel 04 al 10 de abril del 2014

Absolucin de Consultas a las Bases15 de Abril de 2014.

Formulacin de Observaciones a las BasesDel 21 al 25 de abril de 2014.

Absolucin de Observaciones a las Bases30 de abril de 2014.

Integracin de Bases02 de Mayo de 2014.

Presentacin de Propuestas(EN ACTO PBLICO) 14 de Mayo de 2014 a las 15:00 horas, en la sala de consejo regional Primer Piso- Gobierno Regional de Huancavelica ubicado en Jr. Torre Tagle N 336 Huancavelica.

Calificacin y evaluacin de propuestas14 de Mayo de 2014

Otorgamiento de Buena Pro (EN ACTO PBLICO)14 de Mayo de 2014 a las 15:00 horas, en la sala de consejo regional Primer Piso- Gobierno Regional de Huancavelica ubicado en Jr. Torre Tagle N 336 Huancavelica.

IMPORTANTE: Debe tenerse presente que en una licitacin pblica, entre la convocatoria y la etapa de presentacin de propuestas debe existir como mnimo veintids (22) das hbiles, y entre la integracin de Bases y la etapa de presentacin de propuestas, debe existir como mnimo cinco (5) das hbiles.1.13. REGISTRO DE PARTICIPANTES

El registro de los participantes es gratuito y se realizar en el rea de Procesos 5to piso -Oficina de Logstica sito en Jr. Torre Tagle N 336 - Cercado de Huancavelica, en las fechas sealadas en el cronograma, en horario de 08:30 am a 17:30 pm horas.

En el momento del registro, se emitir la constancia o cargo correspondiente en el que se indicar: nmero y objeto del proceso, el nombre y firma de la persona que efectu el registro, as como el da y hora de dicha recepcin.

1.14. FORMULACIN DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES A LAS BASES

Las consultas y observaciones se presentarn por escrito, debidamente fundamentadas, ante la ventanilla de Mesa de Partes de la Entidad con copia en el Quinto Piso, Unidad de Proceso, sito en Jr. Torre Tagle N 336 - Cercado de Huancavelica, en las fechas sealadas en el cronograma, en el horario de 08:30 a 17:30 horas, debiendo estar dirigidos al Presidente del Comit Especial de la LICITACION PUBLICA N 019 -2014/GOB.REG.HVCA/CE, pudiendo ser remitidas adicionalmente al siguiente correo electrnico: [email protected] o yulycs14@ hotmail.com1.15. ACTO PBLICO DE PRESENTACIN DE PROPUESTAS

Las propuestas se presentarn en acto pblico, en el 5to piso - Gobierno Regional de Huancavelica ubicado en Jr. Torre Tagle N 336 Huancavelica, en la fecha y hora sealada en el cronograma. El acto pblico se realizar con la participacin de Notario.

Se podr contar con la presencia de un representante del Sistema Nacional de Control, quien participar como veedor y deber suscribir el acta correspondiente. La no asistencia del mismo no vicia el proceso.

Las propuestas se presentarn en dos (2) sobres cerrados y estarn dirigidas al Comit Especial de la LICITACION PBLICA N 019 - 2014/GOB.REG.HVCA/CE, conforme al siguiente detalle:

SOBRE N 1: Propuesta Tcnica. El sobre ser rotulado:

SOBRE N 2: Propuesta Econmica. El sobre ser rotulado:

1.16. CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

1.16.1. SOBRE N 1 - PROPUESTA TCNICA

Se presentar en un original y dos copias.

El sobre N 1 contendr, adems de un ndice de documentos, la siguiente documentacin:

Documentacin de presentacin obligatoria:

a) Declaracin jurada de datos del postor.

Cuando se trate de consorcio, esta declaracin jurada ser presentada por cada uno de los consorciados (Anexo N 1).

b) Declaracin jurada de cumplimiento de los Requerimientos Tcnicos Mnimos contenidos en el Captulo III de la presente seccin (Anexo N 2).La declaracin jurada deber estar acompaada de todos los documentos solicitados en el captulo III de las bases c) Declaracin jurada simple de acuerdo al artculo 42 del Reglamento (Anexo N 3).

En el caso de consorcios, cada integrante debe presentar esta declaracin jurada, salvo que sea presentada por el representante comn del consorcio.

d) Promesa formal de consorcio, de ser el caso, en la que se consigne los integrantes, el representante comn, el domicilio comn y las obligaciones a las que se compromete cada uno de los integrantes del consorcio, as como el porcentaje equivalente a dichas obligaciones (Anexo N 4).

La promesa formal de consorcio deber ser suscrita por cada uno de sus integrantes.

Se presume que el representante comn del consorcio se encuentra facultado para actuar en nombre y representacin del mismo en todos los actos referidos al proceso de seleccin, suscripcin y ejecucin del contrato, con amplias y suficientes facultades.e) Declaracin jurada de plazo de ejecucin de la obra (Anexo N 5). f) Declaracin jurada del personal propuesto para la ejecucin de la obra (Anexo N 09).g) Declaracin jurada de contar con la capacidad de libre contratacin para la suscripcin de contrato.

IMPORTANTE: La omisin de alguno de los documentos enunciados acarrear la no admisin de la propuesta, sin perjuicio de lo sealado en el artculo 68 del Reglamento.

Documentacin de presentacin facultativa:

a) Factor experiencia en obras en general: Copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o contratos y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, as como su monto total. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 6, referido a la experiencia en obras en general del postor.b) Factor experiencia en obras similares: Copia simple de contratos y sus respectivas actas de recepcin y conformidad; contratos y sus respectivas resoluciones de liquidacin; o contratos y cualquier otra documentacin de la cual se desprenda fehacientemente que la obra fue concluida, as como su monto total. Adicionalmente, para acreditar experiencia adquirida en consorcio, deber presentarse copia simple de la promesa formal de consorcio o el contrato de consorcio.Sin perjuicio de lo anterior, los postores deben presentar el Anexo N 7, referido a la experiencia en obras similares del postor.c) Factor experiencia y calificaciones del personal profesional propuesto: Para acreditar el factor experiencia del personal profesional propuesto, se presentar copia simple de: contratos de trabajo, constancias o certificados.d) Factor cumplimiento de ejecucin de obras: Copia simple de un mximo de diez (10) constancias de prestacin FORMATO C.IMPORTANTE: En caso exista contradiccin entre la informacin presentada en la propuesta tcnica, la propuesta ser descalificada.

1.16.2. SOBRE N 2 - PROPUESTA ECONMICA

El Sobre N 2 deber contener la siguiente informacin obligatoria:

Oferta econmica expresada en la moneda del valor referencial (Anexo N 8).

El monto total de la propuesta econmica y los subtotales que lo componen debern ser expresados con dos decimales.

IMPORTANTE:

La admisin de la propuesta econmica que presenten los postores depender de si aquella se encuentra dentro los mrgenes establecidos en el artculo 33 de la Ley y el artculo 39 de su Reglamento. En caso la informacin contenida en la propuesta econmica difiera de la informacin contenida en la propuesta tcnica, la propuesta econmica ser descalificada.

1.17. DETERMINACIN DEL PUNTAJE TOTAL

Una vez evaluadas las propuestas tcnica y econmica se proceder a determinar el puntaje total de las mismas.

El puntaje total de las propuestas ser el promedio ponderado de ambas evaluaciones, obtenido de la siguiente frmula:

PTPi = c1 PTi + c2 PEi

Donde:

PTPi = Puntaje total del postor i

PTi = Puntaje por evaluacin tcnica del postor i

PEi = Puntaje por evaluacin econmica del postor i

Se aplicarn las siguientes ponderaciones:

c1 =Coeficiente de ponderacin para la evaluacin tcnica. = 0.60 c2

=Coeficiente de ponderacin para la evaluacin econmica. = 0.40Donde: c1 + c2 = 1.00

1.18. REQUISITOS PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro deber presentar los siguientes documentos para suscribir el contrato:a) Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado.b) Constancia de capacidad libre de contratacin.

c) Garanta de fiel cumplimiento (CARTA FIANZA) d) contrato de formalizacin de consorcio con firmas legalizadas de los miembros y designacin de representante comn, de ser el caso.e) Copia de la vigencia del poder del representante legal de la empresa o apoderado para la suscripcin de contrato.f) Copia del Documento Nacional de Identidad o del carn de Extranjera, del representante legal.g) En caso de persona jurdica, se presentar copia del RUC de la empresa y la constitucin y sus modificatorias debidamente actualizado, el rubro de la empresa deber ser similar al del objeto de la convocatoria.h) Traduccin oficial efectuada por traductor pblico juramentado de todos los documentos de la propuesta presentados en idioma extranjero que fueron acompaados de traduccin certificada, de ser el caso.i) Anlisis de Costos Unitarios correspondiente a su propuesta econmica.j) Designacin del residente de obra, cuando este no haya formado parte de su propuesta tcnica.

k) Calendario de avance de obra valorizado sustentado en el Programa de Ejecucin de Obra (PERT-CPM), salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.l) Calendario de adquisicin de materiales o insumos necesarios para la ejecucin de obra, en concordancia con el calendario de avance de obra valorizado, salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.

m) Desagregado por partidas que dio origen a su propuesta, cuando el sistema de contratacin sea a suma alzada, salvo en obras bajo la modalidad llave en mano que incluya la elaboracin del expediente tcnico.n) Cdigo de cuenta interbancario (CCI) segn FORMATO D.

o) A travs de una Declaracin Jurada indicar domicilio legal,p) Indicar y mantener activo una direccin electrnica (correo electrnico) para efectos de hacer llegar comunicaciones, notificaciones y/o documentacin relacionada con la ejecucin de la obra, a travs de una Declaracin Jurada

q) Declaracin Jurada donde especifique direccin procesal ubicada dentro de la ciudad de Huancavelica.r) Relacin de todo el personal en general en donde se indique: Nombre completo, N de DNI.

s) Carta de compromiso de cada uno de los profesionales propuestos de asumir el cargo con firma y huella digital, a fin de garantizar la parte tcnica de la obra.

t) Relacin de maquinarias y equipos acreditando la propiedad (facturas, tarjetas de propiedad, etc.), asimismo se acreditara la posesin con carta de compromiso de compra y venta, carta de compromiso de alquiler (presentando facturas, tarjeta de propiedad, contrato leasing), los cuales debern acreditar que dichas maquinarias y equipos tienen una antigedad no mayor a cinco aos.

IMPORTANTE:

En caso que el postor ganador de la Buena Pro sea un consorcio y la Entidad opte por solicitar como garanta para la suscripcin del contrato carta fianza o pliza de caucin, conforme a lo indicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones en los Oficios N 5196-2011-SBS y N 15072-2012-SBS, a fin de que no existan problemas en la ejecucin de las mencionadas garantas, resulta necesario que stas consignen en su texto, el nombre, denominacin o razn social de todas y cada una de las personas naturales y/o jurdicas que integran el consorcio.

Corresponde a la Entidad verificar que las garantas presentadas por los postores o contratistas cumplen con los requisitos y condiciones necesarios para su aceptacin y eventual ejecucin.

IMPORTANTE:

La Entidad no podr exigir documentacin o informacin adicional a la consignada en el presente numeral para la suscripcin del contrato.

1.19. PLAZO PARA LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citacin alguna por parte de la Entidad, deber presentar toda la documentacin prevista para la suscripcin del contrato dentro del plazo de siete (7) das hbiles, contados a partir del da siguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) das hbiles siguientes a la presentacin de dicha documentacin, deber concurrir ante la Entidad para suscribir el contrato.

La citada documentacin deber ser presentada en la Oficina de Proceso Quinto Piso, sito en Jr. Torre Tagle N 336 - Cercado de Huancavelica.1.20. ADELANTOS

1.20.1. ADELANTO DIRECTOLa Entidad otorgar el adelanto directo por el 20% del monto del contrato original.

El contratista debe solicitar formalmente el ADELANTO dentro de los ocho (8) das calendarios siguientes, A LA SUSCRIPCIN DEL CONTRATO, adjuntando a su solicitud la garanta por adelantos mediante CARTA FIANZA y el comprobante de pago correspondiente. La Entidad debe entregar el monto solicitado dentro de los siete (7) das siguientes a la presentacin de la solicitud del contratista.

En el supuesto que no se entregue el ADELANTO en la oportunidad prevista, el contratista tendr derecho a solicitar la ampliacin del plazo de ejecucin de la obra por el nmero de das equivalente a la demora, conforme al artculo 201 del Reglamento.

1.20.2. ADELANTO PARA MATERIALES O INSUMOSLa Entidad otorgar adelantos para materiales o insumos por el 40% del monto del, DEL CONTRATO ORIGINAL, conforme al calendario de adquisicin de materiales o insumos.

Para dicho efecto, el contratista deber entregar la garanta por adelantos mediante CARTA FIANZA y el comprobante de pago correspondiente.

1.21. VALORIZACIONESEl periodo de valorizacin ser MENSUAL.IMPORTANTE:

Cuando el periodo de valorizacin establecido por la Entidad sea el mensual, el plazo del pago de la valorizacin se regir por lo dispuesto en el sexto prrafo del artculo 197 del Reglamento. En cambio, si la Entidad prev un periodo de valorizacin distinto al mensual, deber establecer los plazos y procedimiento aplicables para la valorizacin, teniendo en consideracin lo dispuesto en el quinto prrafo del referido artculo, as como el plazo para el pago de las valorizaciones.De acuerdo con los prrafos quinto y sexto del artculo 197 del Reglamento, para efectos del pago de las valorizaciones, la Entidad deber contar con la valorizacin del periodo correspondiente, debidamente aprobada por el inspector o supervisor, segn corresponda; a la que deber adjuntarse el comprobante de pago respectivo.1.22. PLAZO PARA EL PAGO DEL SALDO DE LA LIQUIDACIN DEL CONTRATO DE OBRALa Entidad o el contratista, segn corresponda, deben efectuar el pago del monto correspondiente al saldo de la liquidacin del contrato de obra, en el plazo de Quince (15) das calendarios das calendario, computados desde el da siguiente del consentimiento de la liquidacin. Para tal efecto, la parte que solicita el pago debe presentar el comprobante de pago respectivo.CAPTULO IIIREQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

REQUERIMIENTOS TCNICOS MNIMOS

Los presentes trminos de referencia tienen como objeto sealar y establecer las condiciones mnimas bajo las cuales el CONTRATISTA ejecutar las prestaciones con el fin de cumplir las metas previstas en el Proyecto: CREACIN DEL SISTEMA ALCANTARILLADO Y LETRINAS EN LA LOCALIDAD DE TINYACCLLA, DISTRITO DE HUANDO HUANCAVELICA HUANCAVELICA.

El proyecto se desarrollar sobre la base del Expediente Tcnico aprobado por la ENTIDAD.

LAS PRESTACIONES DEL PROYECTO COMPRENDEN LA EJECUCION NTEGRA DE LA OBRA.

1. ANTECEDENTES

En cumplimiento a la programacin anual y el ejercicio presupuestal de inversiones, la Sub Gerencia de Obras, ha dispuesto llevar a cabo la Ejecucin de la Obra: CREACIN DEL SISTEMA ALCANTARILLADO Y LETRINAS EN LA LOCALIDAD DE TINYACCLLA, DISTRITO DE HUANDO HUANCAVELICA HUANCAVELICA, los cuales debern ejecutarse sobre la base del Expediente Tcnico Aprobado.

FINALIDAD PBLICA

La Sub Gerencia de Obra tiene por objetivo ejecutar obras, las cuales se encuentra alineado con los objetivos institucionales.

En tal sentido, se necesita proponer un diseo arquitectnico acorde con las necesidades de las reas operativas optimizndose a la vez los espacios y compartiendo otros de uso comn, obtenindose con ello una eficiencia en la parte de arquitectura y de funcionalidad.

2. ALCANCE

Ejecutar la obra de acuerdo con el Expediente Tcnico aprobado por la ENTIDAD.

3. UBICACIN

La ubicacin del Proyecto y el terreno donde se ejecutar la Obra est situado en:

Departamento

: Huancavelica

Provincia

: Huancavelica

Distrito

: Huando

Localidad

: Tinyacclla

4. PLAZOS DE EJECUCION

Ejecucin de obra:150 das calendarios.

INICIO DEL PLAZO

1. Ejecucin contractual

El contrato tiene vigencia desde el da siguiente de la suscripcin del documento que lo contiene. Dicha vigencia rige hasta el consentimiento de la liquidacin de la obra y se efecte el pago correspondiente.

2. Plazo de inicio de ejecucin de obra:

El plazo de ejecucin de obra inicia a partir del da siguiente de que se cumplan las siguientes condiciones establecidas en el artculo 184 del Reglamento:

Que se designe al Inspector o supervisor, segn corresponda.

Que la Entidad haya hecho entrega del expediente tcnico de obra completo. Que la Entidad haya hecho entrega del terreno o lugar donde se ejecutar la obra y licencia respectiva. Que la entidad, de ser el caso haya entregado el adelanto directo y el adelanto de materiales e insumos, para la ejecucin de la obra al contratista, en las condiciones y oportunidades establecidas en el artculo N 187 y 188 del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Que el contratista presente el certificado de habilidad de los profesionales sealados en su propuesta tcnica.

Que el Contratista haya entregado las Plizas de Seguro para las Obras (CAR), de Responsabilidad Civil, y Complementario de Trabajo de Riesgo (SCTR).

5. VALOR REFERENCIAL

El valor referencial asciende a S/. 2434,714.20 (Dos Millones Cuatrocientos Treinta y Cuatro Mil Setecientos Catorce con 20/100 Nuevos Soles), incluidos los impuestos de Ley y cualquier otro concepto que incida en el costo total de la ejecucin de la obra. El valor referencial ha sido calculado en Setiembre del 2014.

90 % del Valor ReferencialValor Referencial110% del Valor Referencial

S/. 2191, 242.78

( DOS MILLONES CIENTO NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS CON 78/100 NUEVOS SOLES)S/. 2434,714.20

( DOS MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS CATORCE CON 20/100 NUEVOS SOLES )S/. 2678,185.62

( DOS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 62/100 NUEVOS SOLES )

El valor referencial incluye todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y, de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislacin vigente, as como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo de la ejecucin de la obra a ser contratada; excepto la de aquellos postores que gocen de exoneraciones legales. La Entidad no reconocer pago adicional de ninguna naturaleza

6. modalidad de ejecucin contractual

No corresponde

7. FUENTE DE FINANCIAMIENTO

Recursos Ordinarios

8. sistema de contratacin

Suma alzada

9. NORMAS Y REGLAMENTOS PARA LA EJECUCION DE LA OBRA

La ejecucin de la obra deber realizarse de acuerdo con los dispositivos legales y normas tcnicas vigentes, que se indican a continuacin:

Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado mediante Decreto Supremo N 011-2006-VIVIENDA del 08.May.2006 y publicado el 08.Jun.2006, as como las modificaciones realizadas posteriores a su publicacin.

Reglamento de Inspecciones Tcnicas de Seguridad en Defensa Civil, vigente.

Resolucin de Contralora N 320-2006-CG de 03.Nov.2006, Normas de Control Interno para el Sector Pblico.

Ley N 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversin Pblica, de Junio 2000.

Decreto Supremo N 102-2007-EF, Reglamento del Sistema Nacional de Inversin Pblica.

Resolucin Directoral N 002-2009-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversin Pblica, Febrero 2009.

Cdigo Nacional de Electricidad, Ao 2006.

Norma de procedimientos R.D. N 018-2002-EM/DGE del Ministerio de Energa y Minas, para la elaboracin de Proyectos y Ejecucin de Obras en Sistemas de Distribucin y Sistema de Utilizacin en Media Tensin en Zona de Concesin de Distribucin

Normas de seguridad internacionales NFPA.

Reglamento de Seguridad y Salud en el Trabajo D.S. N 009-2005-TR del Ministerio de Trabajo y Promocin del Empleo

Ley General del Ambiente N 28611

D.S. N 057-04-PCM, Ley General de Residuos Slidos y Reglamento.

Normas ANSI/TIA/EIA-568-B.2-1 (Especificaciones de Desempeo de Transmisin para Cableado UTP Categora 6).

Normas ANSI/TIA/EIA-569-B (Espacios y Canalizaciones de Telecomunicaciones).

Normas ANSI/TIA/EIA-606-A (Norma de Administracin para Telecomunicaciones/ Infraestructuras).

Normas ANSI-J-STD-607-A (Requisitos para telecomunicaciones de puesta a tierra).

Ley N 27157 de regularizacin de edificaciones del procedimiento para la declaratoria de fbrica y del rgimen de unidades inmobiliarias de propiedad exclusiva y de propiedad comn, publicada el 20 de Julio de 1999 y su Reglamento.

Decreto Supremo N 011-2005-VIVIENDA Modificatoria del Reglamento de la Ley N 27157 publicado el 12 de Mayo del 2005.

Ley de Contrataciones del Estado D.L. 1017, su Reglamento Y Modificatorias.

Cdigo Civil.

Ley N 29090 de regularizacin Habilitaciones Urbanas y de edificaciones, publicada el 27 de Septiembre de 2007 y su Reglamento el DS 024-2008 publicado el 28/09/2008

Norma TIA 942 (Centros de Cmputo).

Norma Tcnica IEEE 802.11g (Redes inalmbricas).

Estndares de Infraestructura de la Superintendencia Nacional de Administracin Tributaria.

Resolucin de Contralora N 196-2010-CG, que aprueba Directiva N 002-2010-CG/OEA Control Previo Externo de las Prestaciones Adicionales de Obra.

As como las normas conexas ampliatorias y modificatorias de estas.

10. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

El contratista deber cumplir los alcances descritos en el numeral 2 y el plazo establecido en el numeral 4, descritos en los presentes requerimientos tcnicos mnimos.

El Contratista ser responsable de la calidad ofrecida y por los vicios ocultos en la ejecucin de la obra, de acuerdo con lo estipulado en el Art. 50 de la Ley de Contrataciones del Estado.11. REQUISITOS MINIMOS DEL CONTRATISTA

Los recursos mnimos indicados a continuacin sern de cumplimiento obligatorio:

GENERALES:

1. EXPERIENCIA DEL POSTOR:

El postor deber acreditar experiencia en la ejecucin de Cuatro (04) obras similares en los ltimos cinco (5) aos y cada obra deber ser equivalente al 15% del valor referencial, Esta experiencia del postor se acreditar con copia simple de contratos acompaado con su respectiva acta de entrega y recepcin de obra ms la resolucin de liquidacin de la obra.

NOTA: Obras similares (construccin, mejoramiento, ampliacin de alcantarillado y/o Saneamiento bsico y/o sistema de agua potable,)2. REQUISITOS MNIMOS DEL PERSONAL PROPUESTO PARA LA EJECUCIN DE LA OBRA:

A) RESIDENTE DE OBRA: A la presentacin de la oferta tcnica Deber demostrarse los siguientes requerimientos:

Ingeniero Civil y/o Ingeniero Sanitario.

Experiencia como Residente y/o Supervisor y/o Inspector de Obra no menor a cinco (05) aos en Obras similares. Las mismas que debern haber sido ejecutadas en periodos de tiempo distintos sin traslaparse.

Contar con capacitacin en diseo de canales y acueductos alcantarillas y sifones.

Contar con cursos en aguas residuales.

Acreditacin de Documentos:

Copia simple del ttulo profesional,

Copia simple del (los) contrato (s) acompaados de su respectiva conformidad y recepcin de obras que de manera fehaciente demuestre el tiempo de experiencia requerido como Residente y/o Supervisor y/o Inspector de obras similares; el cual deber indicar mediante un Cuadro detallado que cumple con la experiencia requerida.

La capacitacin se acreditara con copia simple del certificado.

Carta de compromiso de asumir el cargo con firma y huella digital, a fin de garantizar la parte tcnica de la obra y evitar falsificacin de documentos, adjuntar copia simple legible del DNI.

B) MAESTRO DE OBRA: A la presentacin de la oferta tcnica Deber demostrarse los siguientes requerimientos: Tcnico en Construccin Civil.

Experiencia como maestro de obra mnimo de Cuatro (04) aos en obras similares. Las mismas que debern haber sido ejecutadas en periodos de tiempo distintos sin traslaparse.

Acreditacin de Documentos:

Copia simple del Ttulo como Tcnico en Construccin Civil.

Copia simple del contrato (acompaados de su respectiva conformidad y/o constancias y/o certificado), que de manera fehaciente demuestre el tiempo de experiencia en obras similares, el cual deber indicar mediante un cuadro detallado que cumple con la cantidad de aos requeridos.

Carta de compromiso de asumir el cargo con firma y huella digital, a fin de garantizar la parte tcnica de la obra y evitar falsificacin de documentos, adjuntar copia simple legible del DNI.

C) ADMINISTRADOR DE OBRAS

Licenciado en Administracin y/o Contador Pblico.

Experiencia como Administrador de Obra no menor de 03 aos en obras en General. Las mismas que debern haber sido ejecutadas en periodos de tiempo distintos sin traslaparse.

Acreditacin de Documentos:

Copia simple del ttulo profesional.

Copia simple del contrato (acompaados de su respectiva conformidad y/o constancias y/o certificado), que de manera fehaciente demuestre el tiempo de experiencia como Administrador en obras en general, el cual deber indicar mediante un cuadro detallado que cumple con la cantidad de aos requerido.

Carta de compromiso a fin de garantizar la parte tcnica de la obra y evitar falsificacin de documentos, adjuntar copia simple del DNI.

Acreditar capacitacin en cursos en administracin de obras pblicas.

D) GUARDIN DE OBRA: A la presentacin de la oferta tcnica Deber demostrarse los siguientes requerimientos: Persona natural con estudios secundarios completos.

Experiencia laboral no menor a tres (3) aos como guardin y/o vigilante, las mismas que debern haber sido ejecutadas en periodos de tiempo distintos sin traslaparse.

Acreditacin de Documentos:

Copia simple del certificados de estudios

La experiencia se acreditara mediante copia simple de los contratos con su respectiva conformidad y/o constancias y/o certificado, que de manera fehaciente demuestre el tiempo de experiencia como guardin y/o vigilante, el cual deber indicar mediante un cuadro detallado que cumple con la cantidad de aos requerido.

Carta de compromiso de asumir el cargo con firma y huella digital, a fin de garantizar el resguardo de materiales en general durante la obra y evitar falsificacin de documentos, adjuntar copia simple legible del DNI.

Para acreditar la experiencia de los profesionales que hayan laborado en obras ejecutadas por un consorcio presentaran los contratos y su respectiva conformidad las cuales deben encontrarse suscritos por el representante legal del consorcio o por el representante legal de una de las empresas que formaron parte del consorcio, siempre que dicho profesional haya pertenecido al plantel de dicha empresa.

NOTA: Cabe sealar que la colegiatura y habilitacin de los profesionales propuestos se requerir para el inicio de su participacin efectiva en el contrato.

NOTA DEL PERSONAL PROPUESTO: El coeficiente de participacin del personal tcnico propuesto ser del 100%, por lo que el comit verificara si existen compromisos directos o indirectos de estos profesionales en proyectos que viene ejecutando el Gobierno Regional en el mismo espacio de tiempo del presente proyecto o las que estn adjudicadas para su ejecucin fsica.

EQUIPOS Y MAQUINARIAS

Todos los equipos y maquinarias necesarios para la ejecucin satisfactoria de los trabajos a realizar, debern llevarse a obra en forma oportuna y no podrn retirarse de la misma salvo autorizacin escrita del Supervisor, que no podr negarla sin justa razn.

Las prdidas o daos causados a los equipos y maquinarias durante la ejecucin de las obras, corren por cuenta del Contratista.

Si el Supervisor demuestra que los equipos, maquinarias, herramientas y andamiajes son insuficientes o inapropiados para asegurar la calidad de la obra y el cumplimiento de los plazos, el Contratista est obligado a efectuar enmiendas y/o adiciones necesarias, por su cuenta y costo.

EQUIPO MINIMO

La Relacin de Equipo mnimo ser conforme al siguiente detalle:

RELACION DE EQUIPO MINIMO

ITEMEQUIPOCANTIDAD

1MEZCLADORA DE CONCRETO DE 9-11P3 -20HP1

2CAMIN VOLQUETE 4X2 140 210 HP 6M3 1

3VOLQUETE DE 15 M31

4COMPRESORA NEUMTICA DE 196 HP 600 690PCM1

5COMPACTADOR VIB TIPO PLANCHA 5.8 HP1

6CARGADOR RETROEXCAVADORA 62HP 1YD31

7TRACTOR SOBRE ORUGAS DE 190 240HP1

8CARGADOR FRONTAL S/LL 155 HP 3 YD3 CAT 95091

8RETROEXCAVADORA S/LLANTAS 125 HP1

10MARTILLO NEUMTICA DE 29 KG1

11VIBRADOR DE CONCRETO 4HP 2.401

12MEZCLADORA DE CONCRETO TAMBOR 18HP 11P31

13TEODOLITO1

Todos estos equipos, maquinarias, herramientas e instrumentos sern puestos a disposicin de la obra en ptimas condiciones de operacin. La lista arriba indicada, no es limitativa, comprometindose por la presente a incrementarla y/o a optimizarla, en caso de que el avance de la obra as lo requiera, sin que ello represente pago adicional alguno.

La disponibilidad de los equipos se podr acreditar con la presentacin de declaracin jurada de tenencia de equipos y/o documentos que sustenten la propiedad, sin perjuicio que se verifique dicha disponibilidad con ocasin de la suscripcin del contrato; el equipamiento requerido tendr una antigedad no mayor de 05 (cinco) aos, con rendimiento al 100%.

NOTA:

Para el efecto de presentar una oferta sustentada y estar en condiciones de ejecutar la obra en armona con los procedimientos de la buena construccin y lograr su funcionalidad y correcta terminacin, es obligacin de los participantes:

Revisar detenidamente todos los documentos del Expediente Tcnico y comunicar por escrito, en el plazo previsto en el Calendario del Proceso para la presentacin de consultas de las Bases, las rectificaciones y dudas en los documentos del proyecto, as como las discrepancias o falta de concordancia que se encuentren entre estos, pues en el caso de no hacerlo se entender que el postor encuentra correcto y acepta todo lo contenido y dispuesto en las bases y los documentos del expediente tcnico.

En caso que el Postor no presente cualquiera de los documentos requeridos o no guarden relacin entre s o si la misma tuviera borradura o correcciones, se devolver la propuesta considerndola como no presentada.

CONSIDERACIONES ESPECFICAS:

I. EJECUCION DE LA OBRA

El Contratista ejecutar la Obra en estricto cumplimiento del Expediente Tcnico. Los materiales, herramientas y Mano de Obra, sern tomando en consideracin lo definido en el expediente tcnico. Asimismo el contratista y la Entidad debern tomar como base las consideraciones de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, incluidas sus Modificatorias.

Los criterios de diseo involucrarn, sin excepcin, las mejores prcticas de ejecucin de Obras, empleando procedimientos constructivos de calidad, equipos y tcnicas de ltima generacin acordes con las tecnologas vigentes y con la consideracin que se trata de un establecimiento de atencin al pblico, a fin de asegurar un producto de calidad, estando sujetos a la aprobacin y plena satisfaccin de la Entidad.

Por otra parte, los procedimientos de construccin refleja la suposicin bsica que el Contratista es el especialista y conoce las prcticas de construccin y equipamiento de establecimientos de atencin al pblico.

Todo procedimiento constructivo indicado ser de primera calidad, estar sujeto a la aprobacin de la Entidad, quien tiene adems el derecho de rechazar aquel que no cumpla con los estndares utilizados en infraestructura.

II. OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE

ENTREGA DEL TERRENO

La ENTIDAD comunicar dentro de los diez (10) das siguientes a la firma del contrato, el da que tendr lugar la Entrega del Terreno de la obra.

El Supervisor designado por la ENTIDAD y/o representantes de la ENTIDAD efectuarn la entrega del Terreno.

DOCUMENTOS PARA LA EJECUCIN

La Entidad pondr a disposicin del Contratista un juego de planos y Bases, as como los dems documentos necesarios para la ejecucin de las obras, en CDs y en medio fsico. Sin embargo, el Contratista podr obtener copias adicionales contra el pago respectivo.

III. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA

PERSONAL

El Contratista deber indicar los nombres de los profesionales que sern los responsables de la direccin de la obra, la que deber estar siempre a cargo de una persona responsable (Ingeniero Residente).

El Contratista emplear obligatoriamente a los Profesionales propuestos para la Direccin Tcnica de la Obra, salvo que la Supervisin solicite su sustitucin.

El Contratista deber emplear personal tcnico calificado, obreros especializados y dems personal necesario para la correcta ejecucin de los trabajos.

El Contratista tiene la obligacin de reemplazar el personal no competente o no satisfactorio, de acuerdo a las rdenes del Supervisor.

El Contratista tiene la obligacin de suministrar a los trabajadores las condiciones ms adecuadas de salubridad e higiene, as como dar el debido cumplimiento a lo dispuesto en el Decreto Supremo N 001-98-TR, y sus normas complementarias y modificatorias.

El Contratista tiene la obligacin de velar por la seguridad de los trabajadores durante la ejecucin de todos y cada uno de los trabajos brindando el equipo y material necesario para tal efecto.

El Contratista deber suministrar en los intervalos que prescriba el Supervisor o la Entidad, la nmina detallada de todo el personal superior y de los obreros que estn empleados a la fecha del Informe.Se deber presentar un cuadro de actividades programadas para la correcta ejecucin de la obra, firmada por el residente propuesto.El Contratista no podr modificar el listado de personal profesional designado a la obra y consignado en su propuesta sin el consentimiento previo y por escrito de la Entidad.

LEYES, NORMAS Y ORDENANZAS

El Contratista debe conocer y cumplir estrictamente:

a) Todas las leyes, reglamentos y ordenanzas que, en cualquier forma, estnrelacionadas con la ejecucin de los trabajos.

En caso de existir divergencias entre estas Bases y dichas leyes, normas o reglamentos, es obligacin del Contratista poner en conocimiento del Supervisor esta situacin previa a la realizacin de los trabajos a fin de que ste determine la accin a seguir.

b) Todas las normas tcnicas y prescripciones de los presentes documentosreferentes a materiales y trabajos. Los daos y/o problemas causados porinfracciones a este punto corren por cuenta del Contratista y debern serreparados por ste sin derecho a pago alguno.

El Contratista tendr a su cargo la confeccin de toda la documentacin que fuera necesaria y su tramitacin respectiva ante los entes que pudieran tener jurisdiccin sobre el sitio de obra.

c) Todas las normas laborales y las de seguridad e higiene ocupacional.

SEGURIDAD

El Contratista est obligado a tomar todas las medidas de seguridad necesarias para evitar peligros contra la integridad, la vida y la propiedad de las personas, instituciones o firmas durante la realizacin del proyecto. En este sentido deber dotar a su personal, de los equipos y herramientas pertinentes para la realizacin de todos los trabajos, quedando terminantemente prohibido la realizacin de trabajos en circuitos energizados, para ello se deber Presentar una declaracin jurada donde el postor contara con implementos de seguridad segn NG 050.El incidente o accidente resultante de la inobservancia de esta obligacin, correr nicamente por cuenta del Contratista.

El Contratista est obligado a hacer notar a la ENTIDAD, por escrito e inmediatamente, cuando se haya dado una orden que va contra las medidas de seguridad, a fin de tomar conocimiento, lo cual no lo exime de asumir la responsabilidad exclusiva por cualquier resultado daoso.MATERIALES Y EQUIPOS

Todos los materiales y equipos destinados a la Obra, debern cumplir con las caractersticas tcnicas exigidas en las Bases y se debern someter a los ensayos necesarios para verificar sus caractersticas.

Se podrn aceptar otras propiedades o calidades especificadas y/o normas indicadas en las Bases que sean similares o equivalentes mientras que se ajusten a especificaciones y/o normas reconocidas, que aseguren una calidad igual o superior a la indicada y siempre que el Contratista aporte la documentacin y dems elementos de juicio que permitan evaluar el cumplimiento de las exigencias establecidas en las Bases y que los cambios propuestos no alteren las especificaciones tcnicas de la obra, siempre que este represente una ventaja tcnica y econmica que lo justifique.

La ENTIDAD se reserva el derecho de rechazar la lista de materiales propuesta por el Contratista, si stos no concuerdan con lo estipulado en las Bases.

Corrern por cuenta del Contratista las muestras de materiales requeridos por el Supervisor.

Asimismo, corrern por cuenta del Contratista los ensayos necesarios para verificar la calidad de los materiales y las pruebas de los equipos.

La aprobacin de los materiales y/o de los equipos por el Supervisor no libera al Contratista de su responsabilidad sobre la calidad de los materiales y/o equipos.

ERRORES O CONTRADICCIONES

El Contratista debe hacer notar a la ENTIDAD cualquier error o contradiccin en los documentos, ponindolo de inmediato en conocimiento del Supervisor.

OTRAS NORMAS PARA LA EJECUCIN DE LOS TRABAJOS

Obras Provisionales

El Contratista deber construir o alquilar ambientes temporales que permitan, tanto al Contratista, a la Supervisin y al Coordinador de la Entidad, el normal desarrollo de sus actividades, debiendo incluir oficinas, almacenes de equipos y materiales, los mismos que debern quedar habilitados y equipados a los quince (15) das calendario de iniciado el plazo de ejecucin de la obra y conservarse hasta la recepcin de la obra.

Estos locales ofrecern adecuadas condiciones de estabilidad, aislamiento, ventilacin e iluminacin y debern estar provistos de adecuadas instalaciones elctricas, sanitarias y comunicaciones.

Asimismo, el Contratista instalar las facilidades en funcin de la magnitud de la obra a realizar, debiendo reunir en cualquier caso las siguientes condiciones:

El almacenaje de los materiales excepto los no perecederos se realizar bajo parte cubierta, exigindose cerramientos laterales que tengan ventilacin natural mediante aberturas practicables.

La obra dispondr de servicios sanitarios adecuados a la cantidad de personal obrero empleado.

Los depsitos o almacenes, talleres, casilla de vigilancia, vestuarios para el personal, servicios higinicos, etc., cumplirn con las condiciones de higiene imprescindible para su uso, a criterio del Supervisor.

Los gastos, que demande la instalacin, el funcionamiento y conservacin de los ambientes para la ejecucin de la Obra, se extendern hasta la recepcin de la obra y corren por cuenta del Contratista, incluyendo cualquier dao resultante de la instalacin o mantenimiento de estas obras provisionales

Estas prescripciones no son excluyentes de otras previsiones que pudiera adoptar el Contratista para el ms eficaz desarrollo de las operaciones, pero en cualquier caso, deber mantener informado al Supervisor de las modificaciones que sobre el particular llevar a cabo, debiendo merecer su visto bueno.

El Contratista ser responsable de la vigilancia general de las obras en forma continua, para prevenir sustracciones o deterioros de los materiales, enseres, estructuras y otros bienes propios o ajenos; en caso de prdida correr con los gastos que demande su sustitucin.

El Contratista deber colocar cercos, protecciones, barreras, letreros, seales y luces de peligro y tomar las dems precauciones necesarias en todas las maquinarias y partes del campamento donde puedan producirse accidentes.

El Contratista deber cuidar que todo el material, insumos, personal, obras provisionales, maquinarias, equipos y dems utilizados por aqul para ejecutar la obra no invadan la va pblica ni ocasionen molestias innecesarias a los vecinos y transentes, bajo exclusiva responsabilidad del Contratista.

Mantenimiento de la Obra en Ejecucin

El Contratista deber mantener la obra en ejecucin y todas sus partes terminadas, en buenas condiciones de mantenimiento, evitando que la accin de los agentes atmosfricos o el trnsito de su personal o equipo ocasionen daos al Proyecto o a propiedades de terceros que, de producirse, debern ser inmediatamente reparados a satisfaccin del Supervisor. La negligencia del Contratista en el cumplimiento de esta obligacin dar lugar a que las cantidades de obra afectadas sean descontadas de los volmenes de obra ejecutados hasta que su reconstruccin haya sido satisfactoriamente realizada. Asimismo, su incumplimiento determinar la aplicacin de una penalidad diaria.

Sondeos y Excavaciones Exploratorias

El Contratista deber efectuar los sondeos y excavaciones exploratorias que fueran requeridas durante la ejecucin de la Obra y cuyo costo debe estar incluido en los precios unitarios.

Trabajos Topogrficos

El Contratista proceder a la ejecucin y control de los trabajos topogrficos iniciales consistentes en el replanteo del eje de diseo, nivelacin y levantamiento de secciones transversales de ser el caso, lo que ser sometido a la aprobacin de la supervisin.

Quedarn a cargo del Contratista, todos los trabajos topogrficos complementarios relativos a la ejecucin y terminacin de la Obra, los que consistirn en la colocacin de estacas de construccin y puntos topogrficos de referencia, y otras indicadas por el Supervisor. Estas estacas y puntos fijos constituirn el control en el campo o en la obra, por cuyo intermedio y de acuerdo con los cuales el Contratista deber dirigir y ejecutar la Obra. Asimismo, el Contratista deber conservar todas las estacas y referencias y reponerlas en caso de destruccin.

El Supervisor verificar todas y cada una de las mediciones realizadas por el Contratista para la correcta ejecucin de la Obra. El Contratista proporcionar al Supervisor todas las facilidades y cooperacin necesarias para esta verificacin.

La verificacin de cualquier trazado o de cualquier lnea o nivel por el Supervisor, no relevar de ninguna manera al Contratista de su responsabilidad por la exactitud de los mismos.

Limpieza General y Retiro de Obras Provisionales

Cuando la obra se haya terminado, todos los instalaciones provisionales, depsitos y ambientes construidos debern ser removidos y/o restablecidos a su forma original para adquirir un aspecto limpio, debiendo el Contratista efectuar dichos trabajos con cargo a sus gastos generales.

Conservacin del Medio Ambiente

El Contratista deber identificar y utilizar a su costo, botaderos autorizados para colocar los residuos de materiales que por efecto de la obra se genere, evitando en lo posible el impacto negativo con el medio ambiente.

El Contratista tiene la obligacin de velar por la conservacin del Medio Ambiente, para lo cual deber cumplir con todas las provisiones consideradas en el Estudio de Impacto Ambiental.

El Contratista deber asumir su responsabilidad por las infracciones que pudiera cometer, contra la legislacin relacionada con la preservacin del medio ambiente.

IV. ALCANCES E INSTALACIONES TEMPORALES

El Contratista deber, contemplar a su costo cualquier alquiler y/o acondicionamiento temporal que pudiera necesitar para la ejecucin de la obra, as mismo ser responsable de cualquier perjuicio que ocasione como consecuencia de esta obligacin.

V. TAREAS EN HORAS EXTRAORDINARIAS

Cuando por distintas circunstancias sea necesario efectuar tareas fuera de la jornada normal de trabajo o en das feriados el Contratista deber solicitar autorizacin al Supervisor con cuarenta y ocho (48) horas de anticipacin a la iniciacin de las mismas, tiempo del cual dispondr el Supervisor lo necesario para su control.

En los casos en que estas situaciones sean imprevistas o que exista peligro, el Contratista podr realizar las tareas imprescindibles en horas extraordinarias, pero deber comunicarlo al Supervisor inmediatamente antes de su iniciacin.

En cada caso el Supervisor proceder a dejar constancia en el Cuaderno de Obra de la situacin y de su autorizacin o denegacin segn corresponda, para la ejecucin de las horas extraordinarias.

En todos los casos, salvo los que tuvieran origen en orden expresa de la ENTIDAD, corrern por cuenta del Contratista los recargos de jornales por horas extraordinarias de su personal.

VI. LETREROS INFORMATIVOS

El Contratista proveer, montar y mantendr letreros informativos segn el modelo que entregar la ENT