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BENEFICIO TRIBUTARIO EN EL IMPUESTO DE RENTA COMO HERRAMIENTA PARA INCENTIVAR LA CREACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE EMPRESAS, CASO SOGAMOSO TRABAJO DE GRADO PARA OPTAR AL TÍTULO DE MAGISTER EN ADMINISTRACIÓN ANDRÉS DAVID HERNÁNDEZ USCÁTEGUI TUTOR: JAIRO ORLANDO VILLABONA ROBAYO UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN BOGOTÁ 2016

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BENEFICIO TRIBUTARIO EN EL IMPUESTO DE RENTA COMO

HERRAMIENTA PARA INCENTIVAR LA CREACIÓN Y FORMALIZACIÓN DE

EMPRESAS, CASO SOGAMOSO

TRABAJO DE GRADO PARA OPTAR AL TÍTULO DE

MAGISTER EN ADMINISTRACIÓN

ANDRÉS DAVID HERNÁNDEZ USCÁTEGUI

TUTOR:

JAIRO ORLANDO VILLABONA ROBAYO

UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA

FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS

MAESTRÍA EN ADMINISTRACIÓN

BOGOTÁ

2016

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Dedicatoria

A mi esposa que sin importar las dificultades

del camino ha estado a mi lado, ha creído en

mí, es mi apoyo incondicional y fue la

persona que me motivo a terminar este

trabajo.

A mis padres y a mi hermana que son el pilar

de mi vida, el ejemplo a seguir y a los que

debo lo que soy y donde estoy.

A mi sobrino Emilio que ha sido una gran

bendición para la familia.

A Nohora, Rosa, Diego, Angela y Juan David

que siempre han estado presentes y les debo

un infinito agradecimiento.

Por último, a la persona que llena mi corazón,

mi espíritu y mi mente todos los días de mi

vida y por la que vale la pena todo, mi hija

Helena Sofía.

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Resumen

Combatir la informalidad empresarial se ha convertido en un gran reto para los

gobiernos, especialmente en los países en desarrollo, donde se estima que los índices de

informalidad superan el 45% en pequeñas y medianas empresas. Los beneficios tributarios se han

convertido en una herramienta de política pública utilizada en diferentes países para atacar esta

problemática. En Colombia, con la expedición de la Ley 1429 de 2010, se otorgaron una serie de

beneficios para incentivar la creación y formalización de pequeñas empresas, particularmente se

les concedió una tarifa reducida en el pago de impuesto de renta durante un período de cinco

años. Con el fin de determinar si los potenciales beneficiarios hacían uso de estos incentivos se

realizó, en primer lugar, un análisis de los datos publicados por la Dirección de Impuestos y

Aduanas Nacional (DIAN) y por las Cámaras de Comercio del país en relación con el número de

empresas que se crearon durante el período 2011-2014 y, en segundo lugar, un estudio de caso

mediante la aplicación de una encuesta entre las empresas que se registraron en la Cámara de

Comercio de la ciudad de Sogamoso durante dicho período, lo que permitió concluir que dichos

beneficios no fueron un incentivo real para la creación o formalización de dichas empresas, entre

otras razones porque las personas desconocen su existencia.

Palabras clave: beneficios tributarios, informalidad empresarial, impuesto de renta.

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Abstract

INCOME TAX BENEFITS AS A TOOL TO INCENTIVIZE CREATION AND

FORMALIZATION OF SMALL TO MEDIUM ENTERPRISES, SOGAMOSO CITY

CASE.

Fighting business informality has become a huge challenge for governments. Especially

in developing countries where indicators show that informality rates are estimated to exceed 45%

in small and medium enterprises. Different countries have established tributary benefits as public

policies as a tool to attack this issue. In Colombia, with the issuance of Law 1429 of 2010, a

series of benefits were established to encourage the creation and formalization of small

companies. Particularly, a reduced income tax rate during a period of five years was granted. In

order to determine if the potential beneficiaries were using this incentive, an analysis of the data

published by DIAN1 and the Chambers of Commerce of Colombia was done to identify how

many enterprises were created between 2011 and 2014. Additionally, a case study was

undertaken by administering a survey among the companies that registered in the Chambers of

Commerce in the city of Sogamoso during said period. The conclusion was made that the

previously mentioned benefits were not a real incentive for the creation and formalization of

these businesses, mainly because these incentives are unknown to the target population.

Key Words: Tax benefits, business informality, income tax.

1 National Tax and Customs Offices of Colombia

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Tabla de contenido

Resumen .......................................................................................................................................... 2

Abstract ........................................................................................................................................... 3

Listado de Figuras ........................................................................................................................... 5

Introducción .................................................................................................................................... 6

Marco teórico ................................................................................................................................ 10

La informalidad empresarial ..................................................................................................... 10

El sistema tributario .................................................................................................................. 13

Los beneficios tributarios como instrumento de política .......................................................... 17

Los beneficios tributarios y la formalidad empresarial ................................................................. 22

Los beneficios tributarios en Colombia .................................................................................... 22

La formalización empresarial en Colombia .............................................................................. 25

Beneficios tributarios para incentivar la formalización en Colombia ...................................... 28

Los beneficios tributarios desde los usuarios (Caso Sogamoso) .............................................. 33

Otros programas para incentivar la formalización empresarial en Colombia ........................... 44

Conclusiones ................................................................................................................................. 47

Anexos .......................................................................................................................................... 49

Anexo A. Encuesta para empresas creadas en el período 2011-2014 ................... 49

Anexo B. Ficha técnica de la encuesta .................................................................. 50

Anexo C. Condiciones para el tratamiento de datos de carácter personal firmado

con la cámara de comercio de Sogamoso .............................................................. 51

Anexo D. Solicitudes de información radicadas en la DIAN .............................. 54

Referencias Bibliográficas ............................................................................................................ 56

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Listado de Figuras

Figura 1. Causas y efectos de la informalidad ........................................................... 11

Figura 2. Beneficios tributarios en la normatividad colombiana. .............................. 22

Figura 3. Beneficios tributarios en el impuesto de renta para personas jurídicas 2007-

2014 ............................................................................................................................ 24

Figura 4. Informalidad según la encuesta de microestablecimientos. ........................ 27

Figura 5. Personas jurídicas registradas en las Cámaras de Comercio ...................... 30

Figura 6. Personas jurídicas beneficiarias de la Ley 1429 de 2010 que presentaron

declaración de renta ................................................................................................... 31

Figura 7. ¿Sabe usted que en la legislación colombiana existe un descuento en el

impuesto de renta para las pequeñas o medianas empresas que se creen o se

formalicen?................................................................................................................. 36

Figura 8. ¿Por qué medio se enteró de dichos beneficios? ........................................ 37

Figura 9. ¿Conoció de los beneficios antes o después de tomar la decisión de crear su

empresa?..................................................................................................................... 38

Figura 10. ¿Los beneficios que otorga la Ley influyeron en su decisión de formalizar

o crear su empresa? .................................................................................................... 39

Figura 11. Porcentaje real de respuestas a la pregunta No. 3 ..................................... 40

Figura 12. Porcentaje real de respuestas a la pregunta No. 4 ..................................... 40

Figura 13. ¿Presentó ante la DIAN la documentación exigida para acceder a los

beneficios? ................................................................................................................. 41

Figura 14. Considera que el trámite ante la DIAN para acceder a los beneficios fue?

.................................................................................................................................... 41

Figura 15. ¿Ha hecho uso de estos beneficios en sus declaraciones de renta? .......... 42

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Beneficio tributario en el impuesto de renta como herramienta para incentivar la creacio n y formalizacio n de empresas, caso Sogamoso

Introducción

La informalidad empresarial en América Latina y particularmente en Colombia,

presenta índices muy elevados en comparación con otras economías, afectando principalmente a

las micro y pequeñas empresas; se estima que la informalidad empresarial podría oscilar entre

un 45% y un 65% en este tipo de empresas en el país, cifra que no puede determinarse con mayor

exactitud debido a la complejidad para medir este fenómeno, entre otras razones porque las

empresas aparecen y desaparecen con mucha facilidad y las personas tienen incentivos a no

revelar su estado de informalidad. De acuerdo con la OCDE/CEPAL (2012) “existe una

marcada heterogeneidad en las Pymes de América Latina, en muchas ocasiones simplemente se

crearon en respuesta a necesidades de autoempleo y por lo general están en situación de

informalidad”(p.33).

Combatir este fenómeno es fundamental, pues las consecuencias de la informalidad se

reflejan tanto a nivel interno de una empresa, como a nivel macroeconómico; en la empresa se

puede observar a través de las restricciones para acceder al crédito, a los mercados laborales, a

los mercados de proveedores y distribuidores, a la tecnología, así como a las diferentes políticas

de fomento y emprendimiento; a nivel macro, se ven afectados los ingresos fiscales, la

productividad de los sectores, la competitividad, la inversión extranjera, entre otras variables.

Las causas que generan este fenómeno son diversas y dependen de muchas circunstancias, por lo

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tanto, no es fácil determinar la estrategia de política adecuada para reducir los índices de

informalidad, generalmente se recurre a varios instrumentos de diferentes características.

Países de Latinoamérica como Chile, Argentina, Perú y Colombia, han venido

implementado políticas enfocadas en disminuir sus niveles de informalidad empresarial y

laboral, con el fin de aumentar sus índices de productividad y su participación en el mercado

global. En el caso colombiano, el tema ha sido recurrente en los últimos Planes Nacionales de

Desarrollo (PND) y en una serie de programas e instrumentos de política pública en materia de

créditos de fomento, formación y capacitación para emprendimientos, y beneficios tributarios. A

pesar de los esfuerzos mostrados y los diversos mecanismos utilizados, no se evidencian

reducciones significativas en los niveles de informalidad empresarial y se requieren evaluaciones

que permitan medir la efectividad de los instrumentos utilizados.

La informalidad empresarial en Colombia es un tema que ha venido tomando una gran

importancia, especialmente teniendo en cuenta el interés que ha mostrado el país por hacer parte

de la OCDE (Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico) y la relevancia que

tiene a la hora de hablar de desempleo y recaudo de impuestos.

En los últimos años se han implementado diferentes medidas enfocadas en reducir los

niveles de informalidad, tanto empresarial como laboral, entre las que se encuentran los

beneficios tributarios para las nuevas empresas que se creen o las preexistentes que se

formalicen, contenidos en la Ley 1429 de 2010, más conocida como “Ley de Formalización y

Generación de Empleo”. Sin embargo, hasta el momento no se ha realizado un análisis real de

los resultados obtenidos con la implementación de esta política, ni se conoce la percepción que

tienen los usuarios.

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El uso de incentivos tributarios como herramienta de política ha sido utilizado en

múltiples países y con distintas finalidades, entre otras razones por la facilidad para su

implementación y el “aparente” bajo costo que representan; sin embargo, a pesar de las ventajas

que pueden tener el uso de estos instrumentos en comparación con otras herramientas de política,

como los subsidios, el uso indiscriminado de estos beneficios sin hacer una evaluación de su

efectividad y estimar el verdadero costo que representan para las finanzas públicas, pone en

riesgo la eficiencia del sistema tributario y se pueden estar creando incentivos perversos, al

beneficiar a personas diferentes a las que se deberían atender con estas políticas.

En consideración a lo anteriormente expuesto, el objetivo del presente trabajo se enfoca

en analizar el beneficio tributario en el impuesto de renta que contempla la normatividad

colombiana para incentivar la creación y formalización de empresas, particularmente el beneficio

de progresividad en la tarifa de renta estipulado en la Ley 1429 de 2010, para lo cual se escogió

como estudio de caso a la ciudad de Sogamoso, considerada una ciudad con un alto nivel de

industria y comercio, con el fin de establecer las implicaciones que tiene el uso de este tipo de

instrumentos y determinar si las personas están accediendo al beneficio.

A pesar que el caso de estudio no puede considerarse una muestra estadísticamente

representativa del total de empresas que se registraron en ese período en todas las cámaras de

comercio del país, si permite tener una aproximación real de lo que perciben los nuevos

empresarios acerca de este tipo de beneficios.

El enfoque metodológico que se propone en este trabajo está en un marco Empírico–

Analítico, de carácter cuantitativo, toda vez que se basa en el análisis de la información

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estadística obtenida mediante una encuesta de percepción realizada a personas jurídicas que se

registraron en la Cámara de Comercio de Sogamoso en el período 2011-2014.

Con el estudio de caso se pretende dar respuesta a dos preguntas fundamentales, ¿La

política de beneficios tributarios para formalizar las pequeñas y medianas empresas ha cumplido

su objetivo?, y ¿Los potenciales usuarios están accediendo a dichos beneficios? Para dar

respuesta, se ha considerado necesario establecer tres puntos fundamentales, i) determinar el

nivel de acogida y uso del beneficio en el impuesto de renta, ii) identificar posibles falencias que

se hayan presentado en la implementación de este tipo de beneficios en Colombia, y iii)

establecer los resultados obtenidos con otros programas del gobierno enfocados en combatir la

informalidad empresarial que puedan complementarse con los beneficios tributarios.

El presente documento se divide en cuatro secciones principales:

En la primera, se desarrolla un breve marco teórico que contextualiza el tema de la

formalidad empresarial y los sistemas tributarios.

En la segunda, se realiza un análisis de los datos agregados publicados por

diferentes instituciones involucradas en la política como las Cámaras de comercio, el

DANE y la DIAN.

En la tercera, se presentan los resultados de la encuesta realizada a empresas que

fueron registradas en la Cámara de Comercio de Sogamoso en el período 2011-2014 y

que cumplían los requisitos para acceder a los beneficios de la Ley 1429 de 2010.

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En la cuarta, se realiza un análisis de los diferentes programas que se han

implementado en el país para combatir la informalidad empresarial, durante el período

2011-2014.

Marco teórico

La informalidad empresarial

El concepto de informalidad es un término relativamente reciente en la literatura, que ha

venido evolucionando a través del tiempo, y principalmente se refiere a una situación laboral. Sin

embargo, la definición de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) respecto a “sector

informal”, ha sido generalmente aceptada y se podría adoptar para definir la informalidad

empresarial, la cual se refiere a las actividades encaminadas a generar ingresos que no cumplen

total o parcialmente con la regulación, especialmente en lo referente a la obligación de registro,

pago de impuestos, pago de salarios y seguridad social.

Por lo general, las causas de la informalidad son atribuibles a factores económicos y

legales, especialmente relacionados con la carga tributaria y la excesiva regulación, Bustamante

& Bayter (2013), Gomez S. & Morán (2012) y Daude (2012), han enunciado como las

principales causas y efectos de la informalidad, las siguientes:

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Figura 1. Causas y efectos de la informalidad. Elaborada por el autor con base en Bustamante & Bayter

(2013), Gomez S. & Morán (2012) y (Daude, 2012)

No obstante, existe otra corriente de pensamiento que ha identificado otros factores

como principales causantes de la informalidad, en esta línea se encuentran Friedman, Johnson,

Kaufmann & Zoido-Lobaton (2000), que basados en información de diferentes variables

cuantitativas y cualitativas de 69 países, llegaron a la conclusión que el nivel de informalidad de

una economía no está relacionado exclusivamente con las tasas impositivas, incluso afirman que

países con una carga tributaria más elevada presentan una correlación más baja con el índice de

informalidad, lo que se evidencia en países desarrollados, donde los ingresos que se generan por

tener tasas impositivas más altas repercuten en inversión pública que mejora la productividad y

genera un entorno legal confiable. Por lo anterior, estos autores establecen que factores como la

corrupción y la burocracia son más determinantes en los niveles de informalidad de una

economía.

En cuanto a la informalidad empresarial, se han podido identificar características que

generalmente comparten las empresas que se encuentran en la clandestinidad, las cuales según

INFORMALIDAD

CAUSAS

- Exceso de regulación y tramités

- Carga tributaria

- Desconocimiento de la normatividad

- Pocas opciones laborales

EFECTOS

- Asistencia reducida del Estado

- Imposibilidad de acceso a crédito

- Limitación para crecer y para acceder a mercados externos

- Baja productividad del capital humano

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Gomez S. & Morán (2012) son recurrentes en los diferentes países de América Latina, y

corresponden a las siguientes:

Tienen un reducido número de empleados, en muchas ocasiones son

unipersonales.

Los contratos laborales son precarios y sin el cumplimiento de requisitos.

Desarrollan sus actividades principalmente en los sectores de la agricultura, la

construcción, el comercio minorista, el servicio doméstico y el transporte público.

Los productos y servicios que ofrecen tienen bajos componentes de tecnología e

innovación.

No pagan impuestos.

No pagan seguridad social.

No cuentan con un registro mercantil.

No llevan contabilidad.

En términos estrictos, y apegados a las definiciones de informalidad, el no cumplir con

alguno de los requisitos de la regulación sería suficiente para considerar informal a una empresa.

Sin embargo, podría considerarse un tanto excesivo catalogar una empresa de informal por no

haber cumplido algún requisito, más aún si se tiene en cuenta que existen razones por las cuales

podría estar faltando a la regla, que no son atribuibles a la propia empresa, como puede ser una

excesiva tramitología para su formalización. En este sentido, Hamann & Mejía (2011) utilizan

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únicamente los últimos tres criterios (Contabilidad, Registro mercantil y Seguridad social)2 para

establecer cuatro grados de informalidad, así:

1. Grado I. Informalidad total. - No cumplen ninguno de los tres (No

contabilidad, no registro mercantil, no pagos a seguridad social)

2. Grado II. Informalidad parcial. - No cumplen con dos de los tres.

3. Grado III. Informalidad parcial. - No cumplen con uno de los tres.

4. Grado IV. Formalidad. - Cumplen con los tres.

Por lo general, las diferentes herramientas que un gobierno utiliza para combatir el

problema de la informalidad empresarial se centran en los tres criterios mencionados, y se

relacionan principalmente con programas de apoyo y capacitación, financiamiento y subsidios,

incentivos tributarios, e incluso el uso de multas y apertura de procesos judiciales. Todas estas

herramientas implican una serie de costos y una inversión para el Estado; así mismo, los

resultados que se pueden obtener con cada una de ellas pueden diferir sustancialmente y

dependen de múltiples factores.

El sistema tributario

La principal fuente que tiene el Estado para obtener los ingresos necesarios para atender

las necesidades del país es a través del recaudo de los tributos, sin embargo, a pesar de ser

necesarios los impuestos, la implementación de la política tributaria tiene un costo político,

2 El registro tributario RUT no se incluye en esta categorización, teniendo en cuenta que en Colombia es requisito

tenerlo para solicitar la matrícula mercantil.

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social y económico muy importante para los gobiernos. En las decisiones de política tributaria

convergen muchos intereses, especialmente si se tiene en cuenta que el pago de impuestos es un

tema muy sensible para los ciudadanos.

Un sistema tributario adecuado debe recaudar los suficientes recursos para que el Estado

pueda proveer los bienes y servicios públicos que necesitan los ciudadanos de un país. Para

establecer las características o generalidades que debe tener un sistema tributario, es necesario

remontarse a Adam Smith en su libro “Investigación de la naturaleza y causas de la riqueza de

las naciones”, donde expone lo que denomina las cuatro “máximas” que comprenden a todos los

tributos, las cuales se convertirían en los principios sobre los cuales se desarrollaría la teoría

tributaria:

I. “Los vasallos de cualquiera Estado deben contribuir para sostener el

Gobierno a proporción de sus respectivas facultades, en cuanto sea posible esta

regulación: esto es, a proporción de las rentas o haberes de que gozan bajo la

protección de aquel Estado”. (Denominado por otros autores como principio de

justicia)

II. “El Tributo que cada individuo está obligado a pagar debe ser cierto y

determinado, y de modo ninguno arbitrario. El tiempo de su paga, el modo del

pagamento., la cantidad que ha de pagarse, todo debe estar claro, llano, e inteligible

para el contribuyente, y para cualquiera otra persona”. (Denominado por otros

autores como principio de certidumbre)

III. “Todo tributo, o impuesto debe exigirse en el tiempo, y del modo que sea

más cómodo, y conveniente a las circunstancias del contribuyente”. (Denominado

por otros autores como principio de comodidad)

IV. “Toda contribución debe disponerse de suerte, que de poder de los

particulares se saque lo menos que sea posible sobre aquello, o a más de aquello que

entra efectivamente en el tesoro público del Estado”. (Denominado por otros autores

como principio de economía)

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Posteriormente, John Stuart Mill incorpora el concepto de “sacrificio” a la teoría

tributaria, que se puede considerar el origen de la progresividad de los impuestos en la

actualidad. De acuerdo con lo planteado por este autor, el pago del impuesto debe ser acorde con

el sacrificio, no se debe tributar de acuerdo con el beneficio que se obtiene del Estado (como era

la corriente para la época), sino de acuerdo con la capacidad de pago de la persona y en una

proporción acorde con el sacrifico que le implicó conseguir su renta.

Estos principios han evolucionado a través de la historia, se han adaptado y

complementado en concordancia con los cambios sociales, políticos y económicos que se han

experimentado en los dos últimos siglos, lo cual se refleja en los trabajos de Wagner (1890) y

más recientemente de Newmark (1970).

De acuerdo con Valle (2001) existen dos aportes principales que Wagner hace a la

teoría tributaria, el primero referente a los principios de “suficiencia y flexibilidad de la

imposición”, que en palabras del propio Valle significan “…que los impuestos se diseñen de

tal forma que, en primer lugar, aporten los recursos necesarios para cubrir los gastos públicos

y, en segundo lugar, su respuesta a la marcha positiva de la economía sea igualmente

creciente”; el segundo aporte, es la idea de justicia en la imposición, la cual defiende que los

impuestos como instrumento de distribución igualitaria de la renta no se deriva de un cálculo

marginalista.

Por su parte, el trabajo del profesor Newmark (1994) es considerado una de las

principales obras en materia de hacienda pública en la actualidad; en dicho trabajo, el autor

describe como debe ser un sistema tributario ideal y plantea una serie de principios, los cuales

estructura en cuatro categorías, así:

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1. Principios presupuestarios fiscales

Principio de suficiencia

Principio de adaptación

2. Principios político-sociales y éticos

Principio de generalidad

Principio de igualdad

Principio de proporcionalidad

Principio de redistribución

3. Principios político-económicos

Principio de no dirigismo fiscal

Principio de minimización de las intervenciones tributarias en la

esfera privada

Principio de neutralidad respecto a la competencia

Principio de flexibilidad discrecional o activa

Principio de flexibilidad automática o pasiva

Principio de estimulación al crecimiento económico

4. Principios jurídicos-tributarios y técnicos-tributarios

Principio de congruencia y sistematización

Principio de transparencia fiscal

Principio de factibilidad

Principio de continuidad de las normas

Principio de economicidad

Principio de comodidad

En términos generales, lo planteado por los diferentes autores busca evitar

arbitrariedades y abusos de los órganos gubernamentales y legislativos en la imposición y

administración de tributos, y son la base de los sistemas tributarios actuales. Para la adecuada

implementación del sistema tributario en un país, es necesaria la integración del campo teórico

con el ordenamiento jurídico, es así como estos principios fueron adaptados y plasmados en la

Constitución Política de Colombia, donde se establece que el sistema tributario colombiano se

fundamenta en los siguientes principios3:

3 Principios definidos por la jurisprudencia de la Corte Constitucional de Colombia (Sentencias C-385/08, C-913/11,

C-833/13, entre otras).

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Equidad: quienes se encuentran en situaciones similares, con capacidad

económica similar, soporten una carga tributaria igual.

Eficiencia: recurso técnico del sistema tributario dirigido a lograr el mayor

recaudo de tributos con un menor costo de operación (se refiere a menor costo

tanto para el gobierno como para los contribuyentes).

Progresividad: quienes tienen mayor capacidad deben asumir obligaciones

mayores y la cuantía del tributo será proporcional a esa mayor capacidad.

Legalidad: los tributos requieren de una ley previa que los consagre.

Certeza: la norma que establece el tributo debe fijar con claridad y de

manera inequívoca los distintos elementos que lo integran, esto es, los sujetos

activos y pasivos, los hechos y las bases gravables, y las tarifas de los tributos.

Irretroactividad: la ley que impone un tributo no pueda aplicarse a hechos

generadores ocurridos antes de su entrada en vigencia.

La norma que recoge lo referente a los impuestos del orden nacional en Colombia es el

Estatuto Tributario (Decreto 624 de 1989), por regla general todas las personas jurídicas deben

declarar y pagar impuesto de renta, sin embargo, la propia normatividad colombiana contempla

algunas excepciones.

Los beneficios tributarios como instrumento de política

Los beneficios tributarios se pueden entender como un instrumento que utiliza el

gobierno para implementar una política pública que implica un tratamiento especial en materia

tributaria para un grupo determinado de contribuyentes con un fin específico. Según lo

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enunciado por Jorrat (2013), desde el punto de vista de la técnica tributaria, los beneficios

tributarios de dividen en:

Exenciones: ingresos o transacciones que se excluyen de las bases imponibles. En

las normas legales se las encuentra bajo distintas denominaciones, tales como

exenciones, exoneraciones, hechos no gravados, etc.

Deducciones: cantidades que se permite rebajar de las bases imponibles.

Descuentos tributarios: cantidades que se permite rebajar de los impuestos.

Tasas reducidas preferenciales: alícuotas de impuestos inferiores a las de

aplicación general.

Diferimientos: postergación o rezago en el pago de un impuesto.

Regímenes especiales: determinación de la base imponible o del pago del

impuesto mediante fórmulas distintas a la de aplicación general.

La promulgación de este tipo de beneficios en el marco normativo de un país implica un

sacrificio fiscal para el Estado, toda vez que representan un menor ingreso en las arcas públicas;

en este sentido, se entienden los beneficios tributarios como un gasto, es así como se les

identifica como gasto tributario o costo fiscal. De acuerdo con la OCDE (2004), citada por Jorrat

(2013), “los gastos tributarios pueden ser entendidos, entonces, como una transferencia de

recursos públicos que es llevada a cabo mediante la reducción de las obligaciones tributarias,

respecto de una norma o impuesto de referencia (benchmark), más que por la vía del gasto

directo” (p.133).

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19

El uso de políticas diferenciales en materia tributaria tiene su más firme exponente en el

proteccionismo, entendido como una carga impositiva diferencial a productos extranjeros con el

fin de proteger la industria nacional en un país. De la mano del proteccionismo, este tipo de

instrumentos se fue adaptando y se empezaron a utilizar los beneficios tributarios para diferentes

fines, como atraer inversión extranjera, estimular algún sector económico, proteger a un grupo

específico de contribuyentes o incentivar el ahorro y la inversión.

Desde mediados del siglo pasado se vio un crecimiento significativo en el uso de este

instrumento, tanto en países desarrollados como Estados Unidos y Canadá como en los países en

desarrollo, especialmente latinoamericanos. En relación a esto, señala Clavijo (2005) “en

América Latina la percepción (errada) de muchos Congresos es que las tasas de impo-renta son

relativamente elevadas y, por lo tanto, deben proceder a otorgar una amplia gama de exenciones

tributarias” (p.33).

En la literatura tributaria se han identificado las características que necesariamente

deben tener los sistemas tributarios que implementan beneficios, las cuales según Tokman,

Rodriguez , & Marshall (2006) se pueden resumir en cuatro:

Suficiente: genera los recursos necesarios para mantener los equilibrios

fiscales y macroeconómicos.

Equitativo: que grava a los agentes según su capacidad económica y por lo

tanto acorde a los conceptos de equidad horizontal y vertical.

Eficiente: en el sentido de generar el mínimo de distorsiones en aquellos

mercados en situación de equilibrio óptimo social.

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20

Simple: implica bajos costos de administración y fiscalización, así como

reglas transparentes y comprensibles.

En sistemas tributarios que cumplen estas características el uso de beneficios tributarios

pueden ser efectivos, las ventajas que tiene este tipo de instrumentos de política están

encaminadas a: aumentar el grado de progresividad del sistema, mejorar la eficiencia, estimular

actividades o consumo de bienes, promover el desarrollo de una región o sector, reducir los

costos y fomentar el cumplimiento.

Sin embargo, los objetivos nobles que se persiguen con los beneficios en muchas

ocasiones terminan desvirtuados, se usan para favorecer sectores ineficientes o que no requieren

de este impulso, más por presiones políticas o empresariales que por otra cosa. Es así, como a

pesar de que los beneficios tributarios tienen ventajas sobre otros instrumentos de política,

especialmente por la facilidad para su implementación, la literatura especializada establece las

desventajas que tiene este instrumento, los cuales muchas veces terminan causando el efecto

contrario al que deberían; al respecto, Arellano & Corbo (2013) señalan,

Es preciso ser muy cuidadosos con las excepciones, porque ellas aumentan los costos

de cumplimiento del sistema y crean incentivos para que las actividades que no

cumplen los principios de la excepción se hagan pasar por ese tipo de actividades

para capturar dicho beneficio […] Los regímenes especiales y exenciones al

impuesto a la renta terminan rompiendo la equidad horizontal, generan ineficiencias

y promueven la elusión y la evasión. Adicionalmente, terminan también reduciendo

la progresividad del sistema (p.133).

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En ese sentido, y para tener un panorama más amplio del uso de los beneficios en

diferentes economías, se realizó una comparación de Colombia con dos países de Latinoamérica

que utilizan los beneficios tributarios como instrumento de política, Argentina y Chile. Para el

caso de estos países, lo primero que se puede encontrar es que realizan un seguimiento periódico

al gasto tributario y presentan anualmente un informe sobre la estimación del mismo, modelo de

control que hasta el momento no ha sido bien implementado en Colombia, toda vez que el

informe que se presenta al Congreso de la República en el Marco Fiscal de Mediano Plazo,

todavía es muy deficiente en la estimación del costo fiscal de los beneficios.

Tomando como muestra los resultados de gasto tributario para la vigencia 2014,

podemos observar que, de los tres países, Colombia tiene el porcentaje más alto en gasto

tributario, tanto en relación al PIB como en relación al recaudo tributario (Cuadro 1). Esta

situación evidencia que, en comparación con otros países de América Latina, en Colombia se

está haciendo un uso excesivo de los beneficios tributarios como instrumento de política.

Tabla 1. Gasto tributario en países de Latinoamérica (Cifras en millones de USD)

ARGENTINA CHILE COLOMBIA

Vr. NOMINAL GASTO

TRIBUTARIO (Imporenta) $ 10.857 $ 10.244 $ 23.836

RECAUDO TRIBUTARIO $ 143.962 $ 42.942 $ 57.137

PIB NOMINAL $ 551.573 $ 258.722 $ 378.624

RECAUDO COMO % DEL

PIB 26% 17% 15%

GASTO TRIB. COMO %

DEL PIB 2% 4% 6%

GASTO TRIB. COMO %

DEL RECAUDO 8% 24% 42%

Nota: elaborada por el autor con base en datos de INDEC-Argentina, SII-Chile y DIAN-Colombia

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22

Los beneficios tributarios y la formalidad empresarial

Los beneficios tributarios en Colombia

De acuerdo con el Banco Mundial (2012), entre los años 2001 y 2011 casi se

duplicaron los beneficios tributarios en el país (ver figura 2), situación que advierte este

organismo es preocupante, especialmente si no se hacen evaluaciones de costo-beneficio. Esta

situación fue corroborada por la DIAN, quien manifestó que no ha realizado evaluaciones de

resultado o de costo-beneficio a un incentivo tributario en particular, la estimación del costo

fiscal que hace esa entidad para el Marco Fiscal de Mediano Plazo se hace de manera agregada y

no se discrimina cada uno de los beneficios. Esa proliferación de este tipo de instrumentos de

política es un arma de doble filo para las finanzas públicas, aunque la normatividad exige que se

incluya una estimación del monto de los beneficios en el Marco Fiscal de Mediano Plazo, el

valor que se estima es agregado, por lo tanto, no es posible saber cuál de ellos está cumpliendo

con su objetivo y cual no. Adicionalmente, no se incluye una partida que cubra este tipo de gasto

en el proyecto de presupuesto que aprueba todos los años el Congreso de la República, por este

motivo, no se sabe de dónde se van a obtener los recursos para financiar estos beneficios.

Figura 2. Beneficios tributarios en la normatividad colombiana. Datos obtenidos de Banco mundial (2012)

66 99

61

102

0

50

100

150

200

250

2001 2011

No

. de

be

ne

fici

os

Vigencia

IVA

RENTA

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23

En cuanto a los beneficios específicos para el impuesto de renta, en la normatividad

colombiana existen actualmente los siguientes tipos: las rentas exentas, los descuentos

tributarios, los ingresos no constitutivos de renta, los beneficios provenientes de contratos de

estabilidad jurídica4 y los beneficios para entidades sin ánimo de lucro y zonas francas.

A partir del año 2011 hay una disminución y un cambio sustancial en la distribución de

los beneficios, lo cual era de esperarse con la entrada en vigencia de la Ley 1430 de 2010, la cual

eliminó la deducción por inversión en activos fijos, que representaba el porcentaje más alto de

los beneficios concedidos, y dejó exclusivamente lo concerniente a los contratos de estabilidad

jurídica, que sin embargo sigue siendo un porcentaje importante del gasto fiscal del país. Así

mismo, se puede ver un aumento significativo en las rentas exentas y los descuentos tributarios

para los últimos 4 años, esto indica que, si bien se eliminó el beneficio de activos fijos, las

empresas han recurrido a otros beneficios para compensarlo. (ver figura 3)

4 Mediante estos contratos, el Estado garantiza a los inversionistas que los suscriban, que si durante su vigencia se

modifica en forma adversa a estos alguna de las normas que haya sido identificada en los contratos como

determinante de la inversión, los inversionistas tendrán derecho a que se les continúen aplicando dichas normas por

el término de duración del contrato respectivo.

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24

Figura 3. Beneficios tributarios en el impuesto de renta para personas jurídicas 2007-2014. (Cifras en

billones de pesos) Nota: (*)

En la vigencia 2007 la tarifa de impuesto de renta era el 34%, para 2008-2012 el

33% y para 2013-2014 el 25%. (**)

El gasto fiscal se refiere a una estimación de los recursos que el Estado

dejo de percibir debido a los beneficios otorgados. Elaborada por el autor con base en las declaraciones de

renta y complementarios de personas jurídicas publicadas por la DIAN.

La información específica de cada uno de los beneficios que contempla la normatividad

vigente no está disponible, de acuerdo con lo manifestado por funcionarios de la DIAN y

oficialmente por la propia entidad, no se discrimina como se reparte el costo fiscal entre cada

uno de los beneficios, lo que muestra una deficiencia en la implementación de política pública

mediante esta herramienta, pues no es posible saber cuál beneficio está cumpliendo con su

objetivo y cuál no. Adicionalmente, si se tiene en cuenta que en ocasiones coincide la

eliminación de un beneficio con la promulgación de otro, como es el caso del objeto de estudio,

donde la “Ley de formalización y Generación de empleo” coincidió con la eliminación del

beneficio de descuento por inversión en activos fijos, se dificulta aún más la estimación precisa

de cada beneficio. Al no ser posible identificar el monto de los recursos destinados a la ejecución

de una política, se pierde un elemento fundamental para realizar una evaluación acertada de los

resultados de la misma.

$0

$2

$4

$6

$8

$10

$12

$14

$16

$18

$20

$22

2007* 2008* 2009* 2010* 2011* 2012* 2013* 2014*

Bill

on

es

de

pe

sos

DEDUCCIÓN PORINVERSIÓN EN ACTIVOSFIJOS

DESCUENTOSTRIBUTARIOS

RENTAS EXENTAS

GASTO FISCAL**

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La formalización empresarial en Colombia

La informalidad empresarial en el país es un problema que ha cobrado importancia en

los últimos años, toda vez que se ha identificado como el primer paso para alcanzar los objetivos

que en materia de empleo se han trazado los últimos gobiernos, lo que se evidencia con la

expedición del Conpes 3527 de 2008 “Política Nacional de Competitividad y Productividad”,

donde se destaca la informalidad empresarial como uno de los planes de acción de la política de

competitividad y se establecen siete estrategias o productos que conducirían a reducir la

informalidad empresarial:

1. Rutas para la formalidad empresarial

2. Mejoramiento continuo del Doing Business

3. Facilitar el proceso de formalización

4. Creación de un régimen de transición de la informalidad a la formalidad

5. Solución a ambigüedades de las funciones y reglamentación estatal

6. Dar solución a problemas de información

7. Medidas de control a la informalidad

Así mismo, en los últimos Planes Nacionales de Desarrollo se incluyó el tema de

formalización empresarial y laboral como uno de los pilares para mejorar la productividad y la

competitividad en Colombia.

Diferentes estudios han demostrado que el grado de informalidad va directamente

relacionado con el tamaño de la empresa, más del 98% de las empresas que se pueden considerar

informales son micro y pequeñas empresas, lo cual va atado al hecho de que aproximadamente el

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26

95% de las empresas registradas en las Cámaras de Comercio del país pertenecen a las Mipymes.

Esta situación es preocupante, tal como lo reconoce la OCDE/CEPAL (2012) la importancia de

las Pymes en el desarrollo económico de un país es fundamental, cerca del 40% del producto

interno bruto de los países latinoamericanos lo generan estas empresas, lo cual según este

organismo aún es bajo en comparación de los países miembros de esta comunidad, donde está

cifra alcanza rangos del 70%.

Para hacer un primer acercamiento al análisis que compete en este documento, se

tomaron los datos de las encuestas de microestablecimientos5 publicadas por el DANE durante el

período 2007-2014, las cuales se consideró podrían ser una aproximación a la situación de la

informalidad en el país. Actualmente esta encuesta se alimenta de la información recolectada en

24 ciudades principales del país y se limita a establecimientos que tengan menos de 10

empleados, lo cual es concordante con lo expuesto anteriormente referente a la informalidad por

el tamaño de la empresa.

En el análisis de los resultados que arroja la encuesta para las vigencias 2007-2014, se

puede ver un cambio significativo en los resultados del período 2007-2010 en comparación con

las vigencias 2011-2014; se observa una reducción de alrededor del 50% en las empresas que no

contaban con registro mercantil y que no llevaban contabilidad alguna, situación que coincide

con la expedición de la Ley de formalización y generación de empleo. (Ver figura 4)

5 El objetivo de la encuesta es conocer la estructura y evolución de los Microestablecimientos del país en el mediano

plazo y contar con información anual que posibilite análisis y medición de las políticas públicas y promoción del

sector.

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27

Figura 4. Informalidad según la encuesta de microestablecimientos. Elaborada por el autor con base en

datos del DANE.

Teniendo en cuenta la importante variación identificada en los resultados de la encuesta,

se podría pensar que dicha disminución era atribuible a la expedición de la Ley 1429 de 2010,

pero no es así, ya que al realizar una revisión de la metodología utilizada por el DANE para la

aplicación de la encuesta, se evidenció que existe un cambio sustancial en el componente

metodológico de la medición, toda vez que a partir del año 2012 (justo cuando se podían ver los

primeros resultados de la Ley 1429 de 2010) se dejó de incluir en la encuesta la información de

los establecimientos que llevaban desempañando su actividad económica por menos de un año.

Ese cambio presentado en la metodología es fundamental para el análisis de los

resultados, pues como lo ha demostrado la teoría, la deserción empresarial de las pequeñas y

medianas empresas es muy alta, cerca del 50% cesan sus actividades antes del primer año de

existencia; adicionalmente, es común que las personas cambien de actividad económica

regularmente, al no tenerse en cuenta esto, se está dejando por fuera de la muestra una cifra

considerable de establecimientos. Por lo tanto, inicialmente no es posible atribuirle a la “Ley de

0,0%

10,0%

20,0%

30,0%

40,0%

50,0%

60,0%

70,0%

2007 2008 2009 2010 2012 2013 2014

Po

rce

nta

je d

e in

cum

plim

ien

to

NO REGISTRO

NO CONTABILIDAD

NO RUT

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28

Formalización y Generación de Empleo” la positiva evolución que se muestra en la encuesta de

microestablecimientos.

Beneficios tributarios para incentivar la formalización en Colombia

Con la expedición de la Ley 1429 de 2010, se implementaron medidas puntuales en pro

de la formalización, tanto empresarial como laboral, en dicha norma se contemplaron los

beneficios tributarios como una herramienta para incentivar la formalización empresarial,

específicamente el beneficio progresivo en la tarifa para el pago de impuesto de renta y matricula

mercantil para las nuevas pequeñas empresas6 que se creen o las pequeñas empresas

preexistentes que se formalicen; incluyéndose la posibilidad de que en caso de que las empresas

beneficiarias generen pérdidas o saldos tributarios, pudieran trasladar los beneficios hasta por

los cinco períodos gravables siguientes7, este componente resulta ser un atractivo muy

importante, toda vez que es muy común que las nuevas empresas no generen utilidades en los

primeros años de su creación. (Ver tabla 2)

6 Para efectos de esta ley, se considera “pequeña empresa” aquella que cuenta con una planta de personal inferior a

50 trabajadores y posee activos de menos de 5000 salarios mínimos legales vigentes. 7 Diez períodos en el caso de los departamentos de Guainía, Vaupés y Amazonas

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29

Tabla 2. Beneficio de progresividad en el impuesto de renta otorgado en la Ley 1429 de 2010

Año

de creación o

formalización

Porcent

aje de la tarifa

de impuesto de

renta a pagar*

Retenci

ón en la fuente

Parágr

afo 2°, Art.4°

Renta

presuntiva

Parágr

afo 3°, Art.4°

Matric

ula mercantil

Art.7°

1 0% 0% 0% 0%

2 0% 0% 0% 50%

3 25% 0% 0% 75%

4 50% 0% 0% 100%

5 75% 0% 0% 100%

6 100% 100% 100% 100%

Nota: *Para las empresas que tengan su domicilio y desarrollen su actividad en los departamentos de

Amazonas, Guainía y Vaupés, la tarifa a pagar será de 0% hasta el 8° año, en el 9° será el 50%, en el 10° será el

75% y a partir del año 11° se pagará la tarifa completa; así mismo, no serán objeto de retención en la fuente por

los primeros 10 años. Elaborada por el autor con base en la Ley 1429 de 2010

Para realizar el análisis de los beneficios tributarios implementados con el objeto de

incentivar la formalización empresarial, se tuvo en cuenta la información agregada de las

inscripciones en Cámara de Comercio y la presentación ante la DIAN de las declaraciones de

renta de las personas jurídicas, sobre las cuales en principio recaen los beneficios a analizar,

aunque en último caso el beneficiario final pueda ser una persona natural. Se escogió un

horizonte temporal de cuatros años a partir de la entrada en vigencia de la Ley 1429 de 2010

(2011-2014) y se realizó una encuesta entre las personas jurídicas que realizaron su inscripción

en la Cámara de Comercio de Sogamoso en ese período.

Un primer acercamiento se realizó con base en la información agregada de las empresas

registradas en las Cámaras de Comercio del país, que tienen a su cargo la expedición y

administración del Registro Mercantil. En la figura 5 se puede observar un aumento de un poco

más del 40% en el promedio de personas jurídicas que se registraban en las diferentes Cámaras

de Comercio del país antes del 2011 y el promedio de personas jurídicas que se registraron

después de ese año. Sin embargo, este cambio significativo no necesariamente se le puede

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30

atribuir a los beneficios tributarios de la Ley 1429 de 2010, pues como se evidencia más

adelante, en esos años se impulsaron por parte del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo

(Mincit) y las Cámaras de Comercio diferentes programas para incentivar la formalización, los

cuales estaban especialmente dirigidos a buscar la inscripción en el registro mercantil.

Figura 5. Personas jurídicas registradas en las Cámaras de Comercio. Elaborada por el Autor con base en

datos de Confecamaras ( 2015)

Tomando como insumo diferentes informes publicados y las cifras agregadas de las

declaraciones de renta de las personas que se acogieron a los beneficios durante las vigencias

2011-2014, se pudo estimar que para este período se presentaron ante la DIAN un total de 18.906

personas jurídicas como beneficiarias de la ley 1429 de 2010, distribuidas en cada vigencia como

se muestra en la figura 6; para el segundo y tercer año siguientes a la promulgación de la ley, se

disminuyeron alrededor de un 50% los contribuyentes que se acogieron al beneficio en

comparación con el año 2011, si se tiene en cuenta que el número de personas jurídicas inscritas

en Cámara de Comercio para estas vigencias no ha disminuido, se puede asumir que existe una

tendencia de los contribuyentes a no hacer uso de los beneficios, bien sea porque no están

0

10.000

20.000

30.000

40.000

50.000

60.000

70.000

2007 2008 2009 2010 2011 2012 2013 2014

Pe

rso

nas

re

gist

rad

as

Personasjurídicasregistradas

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31

interesados, no tienen claro como es el procedimiento o los trámites administrativos hacen

engorroso el trámite para acceder al beneficio.

Figura 6. Personas jurídicas beneficiarias de la Ley 1429 de 2010 que presentaron declaración de renta.

Elaborada por el autor con base en datos de la DIAN (2015)

En cuanto a los trámites para el acceso a los beneficios, el Decreto 4910 de 2011

reglamentó parcialmente la Ley 1429 de 2010, en su artículo 6 estableció los requisitos y

prohibiciones que se deben cumplir para acceder a los beneficios, requisitos que, si bien están

enfocados en tener control sobre las personas que acceden a los beneficios, aparentemente no

simplifican ni facilitan el acceso a los beneficios, por el contrario, parece que sería un trámite

más engorroso.

En ese sentido, por ejemplo, se presenta el hecho de que es obligatorio hacer una

presentación personal para inscribirse como beneficiario ante la DIAN, cuando existen medios

electrónicos que facilitarían el proceso, así mismo, el tener que redactar una carta manifestando

la intención de acogerse a los beneficios incluyendo múltiple información como: el monto de los

activos totales, el número de trabajadores con relación laboral al momento del inicio de la

7.366

3.350 3.878 4.312

0

1.000

2.000

3.000

4.000

5.000

6.000

7.000

8.000

2011 2012 2013 2014

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32

actividad económica y tipo de vinculación, haber cumplido con la obligación de tener inscritos

los libros de contabilidad ante la Cámara de Comercio, entre otra; puede hacer de este trámite un

proceso largo y complicado para los potenciales beneficiarios.

Adicionalmente, no solo había que presentar estos requisitos en la misma vigencia de

constitución de la empresa, sino también durante los años siguientes, so pena de perder el

beneficio, tal como lo enunciaba el parágrafo del artículo 7 del mencionado decreto, “A partir del

año gravable en que no se presenten o no se cumplan oportunamente los requisitos exigidos, no

procederá el beneficio de progresividad en el pago del impuesto sobre la renta y

complementarios…” (Decreto 4910 de 2011).

Sin embargo, en consideración al espíritu de la Ley y en concordancia con las quejas de

los beneficiarios, el Consejo de Estado en auto del 28 de agosto de 2014 ordenó “suspender los

efectos del artículo 7º del Decreto 4910 de 2011 por vulnerar o modificar lo dispuesto por el

legislador en los artículos 2, 4, 8 y 48 de la Ley 1429 de 2010”(Consejo de Estado, 2014, p.13),

entre otras razones esta corporación manifestó:

Una cosa es que la ley establezca los eventos en los que se pierda o no se pueda

acceder al beneficio de progresividad y otra, muy diferente, es que cada año

gravable deba acreditarse el cumplimiento de los requisitos que dan lugar al

beneficio, pues, se reitera, una vez adquirido, éste se configura por cinco

años...”(Consejo de Estado, 2014, p. 16)

Está situación refleja los múltiples inconvenientes a los que se enfrentan los pequeños

empresarios a la hora de optar por desarrollar sus actividades en el marco de la legalidad, pues,

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33

aunque la norma que exigía estos requisitos fue suspendida, dicha suspensión se realizó tres años

después de su entrada en vigencia, lo que pudo afectar las decisiones de formalización de

muchas personas durante ese período. Esta situación va en contravía de lo expresada en la teoría

tributaria, específicamente en lo relacionado con los principios de eficiencia y simplicidad.

Los beneficios tributarios desde los usuarios (Caso Sogamoso)

Con el fin de determinar el nivel de conocimiento y acogida que las personas jurídicas

les dan a los beneficios en el impuesto de renta estipulados en la Ley 1429 de 2010, se realizó

una encuesta de percepción entre las empresas que se registraron en la Cámara de Comercio de

Sogamoso, en el período 2011-2014 (Anexo I). Se escogió esta ciudad teniendo en cuenta que es

una ciudad de tamaño intermedio, en la que se desarrollan múltiples actividades económicas,

desde actividades agrícolas y mineras, hasta industriales, comerciales y de servicios; esta

diversidad en el desarrollo de estas actividades permite tener diferentes visiones de los

beneficiarios a los cuales se les aplicaría la encuesta. Adicionalmente, la cercanía con la ciudad

de Bogotá, el acceso a la Cámara de Comercio y ser la ciudad natal del autor del documento,

podría facilitar la recolección de la información.

De acuerdo con lo anterior, se estableció contacto con la Cámara de Comercio de

Sogamoso con el objetivo de tener acceso a la información de las personas jurídicas registradas

con posterioridad a la expedición de la Ley 1429 de 2010, base de datos que fue entregada bajo

las restricciones propias que la normatividad colombiana establece respecto a la divulgación de

datos personales.

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Durante este período se registraron un total de 1.087 personas jurídicas, de las cuales

404 eran Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL), por este motivo, no se consideraron dentro del

universo poblacional, pues este tipo de personas jurídicas pertenecen a un régimen especial de

tributación y no les aplican los beneficios tributarios a los que hacemos alusión en este trabajo.

Aunque no es el objeto del presente trabajo, esta situación merece ser resaltada, pues quiere decir

que un poco más del 37% de las personas jurídicas que se registraron en el período no pertenecen

al régimen tributario general, por lo tanto, no pagan impuestos como el resto de las empresas.

Por consiguiente, nuestro universo poblacional se reduce a un total de 683 personas jurídicas,

distribuidas por vigencia y actividad económica como se muestra en el cuadro 3.

Tabla 3. Personas jurídicas con ánimo de lucro registradas en la Cámara de Comercio de Sogamoso durante el

período 2011-2014

2011 2012 2013 2014 TOTAL

121 170 172 220 683

No. EMPRESAS

REGISTRADAS SECTOR EMPRESARIAL

166 Comercio al por mayor y al por menor; reparación de vehículos automotores y

motocicletas

90 Construcción

90 Actividades financieras y de seguros

60 Industrias manufactureras

57 Actividades profesionales, científicas y técnicas

42 Alojamiento y servicios de comida

37 Actividades de servicios administrativos y de apoyo

35 Transporte y almacenamiento

34 Explotación de minas y canteras

20 Agricultura, ganadería, caza, silvicultura y pesca

12 Actividades de atención de la salud humana y de asistencia social

10 Información y comunicaciones

9 Distribución de agua; evacuación y tratamiento de aguas residuales, gestión de

desechos y actividades de saneamiento ambiental

7 Actividades inmobiliarias

7 Administración pública y defensa; planes de seguridad social de afiliación obligatoria

4 Educación

3 Actividades artísticas, de entretenimiento y recreación

683 TOTAL

Nota: Elaborada por el autor con base en datos de la Cámara de Comercio de Sogamoso

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Una vez identificado el universo poblacional, se procedió a realizar las encuestas vía

telefónica, tomando como insumo la información suministrada por la Cámara de Comercio de

Sogamoso. Con el fin de tener el mayor número de encuestas posibles, se realizaron llamadas a

todos los representantes legales de las 623 empresas registradas, y se consiguió que un total de

225 personas atendieran la encuesta.

Al realizar el tratamiento estadístico respectivo, se pudo determinar que el número de

encuestas realizadas podía considerarse una muestra representativa del universo, toda vez que, el

porcentaje de error admisible es de 5,39%, lo que se considera como un error razonable para

hacer inferencia estadística, es decir que, los resultados obtenidos con la muestra se pueden

generalizar al universo poblacional con un aceptable grado de certeza. (Ver Anexo B)

El formato de la encuesta se diseñó con preguntas cortas, puntuales y cerradas para

facilitar el análisis de la información y lograr que el mayor número de personas accediera a

responderla, las primeras cuatro preguntas están relacionadas con el conocimiento que se tiene

acerca de los beneficios, y las otras tres, con el acceso y uso de estos. En general, los resultados

obtenidos dan una tendencia de las debilidades de la política, las cuales se enfocan

principalmente en la falta de información y la complejidad del procedimiento para acceder a los

beneficios; a continuación, se presenta el análisis realizado a cada una de las preguntas.

A la primera pregunta, “¿Sabe usted que en la legislación colombiana existe un

descuento en el impuesto de renta para las pequeñas o medianas empresas que se creen o se

formalicen?”, las respuestas de los encuestados arrojaron los siguientes resultados:

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Figura 7. ¿Sabe usted que en la legislación colombiana existe un

descuento en el impuesto de renta para las pequeñas o medianas

empresas que se creen o se formalicen? Elaborada por el autor

Estos resultados indican que un poco más del 45% de las personas que registraron su

empresa en ese período no tenían idea de la existencia de los beneficios, lo cual es un porcentaje

considerablemente alto si se tiene en cuenta que la política está pensada para que el 100% de las

personas que crean empresa accedan a los beneficios. Adicionalmente, ese porcentaje denota la

deficiencia que existe entre las entidades que hacen parte de la ejecución de esta política para dar

a conocer los beneficios, ya que el 100% de los encuestados se presentó ante la Cámara de

Comercio para registrarse y al momento de la encuesta solo el 55% de estos sabían de su

existencia.

Así mismo, se podría prever que si el porcentaje de personas que desconocen la

existencia de los beneficios es tan alto entre quienes se registraron en la Cámara de Comercio,

dicho porcentaje sea aún mayor para el resto de la población, lo cual limitaría el impacto de la

política, pues quiere decir que la mayoría de las personas no contemplarían los beneficios como

un incentivo para formalizarse.

SI 124

NO 101

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37

Teniendo en cuenta que las siguientes preguntas de la encuesta estaban dirigidas a

determinar la influencia que los beneficios habían tenido en la decisión de formalizar su

empresa, la facilidad para acceder a los beneficios y el uso que se le estaba dando a los mismos,

solo se continuó realizando la encuesta a las personas que manifestaron saber de su existencia, es

decir a las 124 personas que respondieron “SI” a la primera pregunta.

La segunda pregunta, “¿Por qué medio se enteró de dichos beneficios?”, evidenció que

la mayoría de las personas no se enteraron de la existencia de esta política por una entidad

oficial:

Figura 8. ¿Por qué medio se enteró de dichos beneficios? Elaborada por el autor

0

10

20

30

40

50

60

70

Cámara deComercio

Campañapublicitaria

DIAN Otro medio

No

. de

Pe

rso

nas

0

10

20

30

40

50

ABOGADO

AMIGO

CONTADORINTERNET

TRABAJO

Principales medios

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38

Contrario a lo que podía esperarse, la mayoría de las personas conocieron de estos

beneficios por medios diferentes a la DIAN o a la Cámara de Comercio, dentro de estos medios

se destacan el Contador y el Abogado, esto indica que si no se tiene una persona que asesore la

formalización de la empresa, no es fácil para las personas enterarse de la existencia de los

beneficios, en consecuencia, poderlos tener en cuenta a la hora de tomar la decisión de

formalizarse. Uno de los objetivos que se buscaba era saber si las campañas que realiza el

gobierno para dar a conocer este tipo de políticas estaba funcionando; pero nos encontramos que

muy pocas personas se enteraron de la existencia de los beneficios a través de una campaña

publicitaria.

La tercera pregunta, “¿Conoció de los beneficios antes o después de tomar la decisión

de crear su empresa?”, y la cuarta “¿Los beneficios que otorga la Ley influyeron en su decisión

de formalizar o crear su empresa?”, están relacionadas entre sí, toda vez que se esperaría que

los beneficios tuvieran alguna influencia entre las personas que los conocieron antes de tomar la

decisión de formalizarse.

Figura 9. ¿Conoció de los beneficios antes o después

de tomar la decisión de crear su empresa? Elaborada

por el autor

ANTES 41% DESPUÉS

59%

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Figura 10. ¿Los beneficios que otorga la Ley influyeron

en su decisión de formalizar o crear su empresa?

Elaborada por el autor

Como se planteó previamente, las dos preguntas presentaron un porcentaje de

respuestas similar, el 41% manifestó conocer los beneficios antes de tomar la decisión y el

38% que influyeron en su decisión, esto indica que, por lo general, las personas que

conocían los beneficios con anterioridad a la decisión de formalizarse los tuvieron en cuenta

a la hora de tomar dicha decisión (Ver figuras 9 y 10). Los resultados de estas dos preguntas

podrían sostener la hipótesis de que las personas que conocen los beneficios, los usan como

insumo para tomar la decisión de formalización.

Es necesario tener en cuenta que estas dos preguntas solo las respondieron las

personas que manifestaron conocer los beneficios en la pregunta No. 1, toda vez que las

personas que manifestaron no conocerlos, por obvias razones no podían haberlos tenido en

cuenta para tomar la decisión de formalizarse. Esto quiere decir que, a las respuestas

obtenidas en estas dos preguntas, se les debe agregar las personas que contestaron “NO” en

la pregunta No. 1, para obtener el porcentaje real de influencia de los beneficios en la

decisión de formalización de las personas de la muestra (Ver figuras 11 y 12).

SI 38% NO

62%

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Figura 11. Porcentaje real de respuestas a la pregunta

No. 3. Elaborada por el autor

Figura 12. Porcentaje real de respuestas a la pregunta

No. 4. Elaborada por el autor

La quinta pregunta, “¿Presentó ante la DIAN la documentación exigida para

acceder a los beneficios?”, y la sexta pregunta, “Considera que el trámite ante la DIAN

para acceder a los beneficios fue”, estaban encaminadas a determinar si los requisitos

establecidos en el Decreto 4910 de 2011 podían influir en el porcentaje de empresas que

acceden a los beneficios (Ver figuras 13 y 14).

ANTES 23%

DESPUÉS 77%

SI 21%

NO 79%

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Figura 13. ¿Presentó ante la DIAN la documentación

exigida para acceder a los beneficios? Elaborada por el

autor

Figura 14. Considera que el trámite ante la DIAN para

acceder a los beneficios fue?

Las respuestas a estas dos preguntas permiten identificar un cierto inconformismo

con los trámites a realizar para acceder a los beneficios, pues cerca del 37% de los

encuestados no quiso presentar los documentos ante la DIAN, y apenas un 19% consideró

que el trámite era fácil. Esto es coherente con lo descrito anteriormente referente a lo

planteado por el Consejo de Estado cuando decidió suspender el artículo 7 del Decreto 4910

de 2011.

SI 64%

NO 36%

0

10

20

30

40

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La séptima y última pregunta de la encuesta, ¿Ha hecho uso de estos beneficios en

sus declaraciones de renta?, estaba encaminada en establecer puntualmente si las personas

utilizan el beneficio en su declaración de renta (Ver figura 15).

Figura 15. ¿Ha hecho uso de estos beneficios en sus

declaraciones de renta? Elaborada por el autor

Lo primero que se puede notar con este resultado es que el número de personas que

no hacen uso de los beneficios es muy alto, y si además de los que conocen los beneficios y

no los usan se le suman los que ni siquiera saben que existen, el porcentaje se incrementa a

cerca de un 73%, lo que de entrada muestra un problema con la finalidad de la política de

beneficios. Adicionalmente, en los resultados de esta pregunta se identifica un caso

particular, si bien el número de personas que manifestó haber realizado los trámites ante la

DIAN es mayor al que manifestó usarlo en la declaración de renta, se identificó que cerca

del 10% de las personas que había contestado que no realizaron los trámites ante la DIAN,

estaban dentro de los que si habían usado los beneficios en la declaración de renta.

SI 51%

NO 49%

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43

En general, los resultados de la encuesta muestran que, contrario a lo que se podría

pensar previamente, las personas no se sienten tan atraídos por los beneficios, en cambio sí

parecería que se le ha restado eficiencia al sistema y se ha hecho más compleja la administración

y fiscalización por parte de la DIAN, incluso en una conversación sostenida con un funcionario

de esa entidad, los procesos de recolección y archivo de la información que presentan los

beneficiarios, y el proceso de fiscalización para identificar posibles fraudes de personas que no

cumplen requisitos, requieren de un gran esfuerzo administrativo; el número de funcionarios que

deben destinarse a recibir, revisar, archivar documentos, así como atender las diferentes

solicitudes, no se compensa con los resultados en la disminución de la informalidad empresarial,

según él, podría ser más efectivo enfocar esos recursos en programas de capacitación y atención

directa a las personas.

Como lo expresa Rodriguez de Luque (2014) haciendo referencia a Friedman & otros

(2000), no existe evidencia que indique que altas tasas impositivas están correlacionadas con

altos niveles de informalidad, la decisión de operar dentro de la informalidad no está

determinada tanto por altas tasas impositivas, sino por la corrupción, el exceso de burocracia y la

presencia de sistemas legales débiles.

En este sentido, Arellano & Corbo (2013) expresan “En particular, la tasa del impuesto

a las empresas debe ser única. Las diferencias por tamaño de empresas o por sector económico

incentivan la evasión y la elusión, y terminan generando inequidades e ineficiencias y también

reducen la progresividad del impuesto a la renta. Así, no es una buena política pretender

favorecer a las medianas y/o pequeñas empresas con un trato tributario especial. Ello originará

situaciones de inequidad y facilitará la elusión, por cuanto las empresas tendrán incentivos para

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dividirse y así evitar o reducir el pago de su obligación tributaria”. Adicionalmente, las personas

podrían sentirse motivadas a cerrar su empresa y abrir una nueva para acogerse al beneficio, lo

cual, aunque está expresamente prohibido por la propia ley, no es algo fácil de identificar.

Otros programas para incentivar la formalización empresarial en Colombia

Paralelamente a la expedición de la ley 1429 de 2010 se implementaron otros programas

en materia de formalización empresarial, es el caso de “Colombia se formaliza”, programa

liderado por el Mincit que busca sensibilizar a las personas sobre las ventajas de ser formal. Este

programa consta de tres estrategias que buscan llegar directamente a las personas y dar a conocer

los beneficios de la formalización, denominadas: Brigadas para la formalización, ruedas de

formalización y estrategia sectorial.

La primera estrategia, “Brigadas para la formalización” se enfoca en sensibilización de

negocios informales mediante la ubicación de estos en un barrido manzana a manzana,

exponiendo las facilidades a las que podría acceder si se formaliza. De acuerdo con la

información suministrada por este Ministerio, la primera estrategia mostró un resultado muy

positivo, en sus primeros dos años se llegó a sensibilizar 159.024 personas sobre los beneficios

de ser formal (Ver tabla 5).

Tabla 4. Resultados de "Brigadas para la formalización"

AÑO CÁMARAS

DE

COMERCIO

MUNICIPIOS

ATENDIDOS

PERSONAS

SENSIBILIZADAS

PERSONAS QUE

TRAMITARON

REGISTRO

2012 33 329 77.615 25.525

2013 52 657 81.409 32.259

Nota: Elaborada por el autor con base en datos del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

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45

La segunda estrategia, “Ruedas para la formalización”, le apunta a reunir en un mismo

sitio el mayor número de entidades que participan del proceso de formalización, con el fin de que

la persona que decida formalizarse, conozca todos los pasos del proceso en un solo lugar y de

manera directa con la entidad. Así mismo, teniendo en cuenta que la DIAN es una de las

entidades que participa de estas ruedas, permite dar a conocer los beneficios de la Ley 1429 de

2010 a las personas interesadas y facilita la realización de los trámites. Con esta estrategia, en los

años 2012 y 2013 en promedio se atendieron cerca de 2.200 empresarios en 20 ciudades y se

realizaron cerca de 1.600 trámites.

La tercera estrategia, “Estrategia Sectorial”, está pensada como una capacitación a los

empresarios que ya son formales, acerca de los beneficios de ser formal, con el fin de que sean

los propios empresarios los que se encarguen de transmitir el mensaje de las ventajas de la

formalización; además, de que exijan a sus proveedores que sean formales y así se cree una

especie de cadena de formalización.

A pesar de que a la fecha solo se ha publicado el resultado de estos programas hasta la

vigencia 2013, como se puede observar, dichos programas han arrojados resultados positivos; sin

embargo, el porcentaje de personas que han cumplido con sus obligaciones tributarias y han

hecho uso de los beneficios en el impuesto de renta es muy bajo. Situación que podría deberse a

diferentes circunstancias, dentro de las cuales se pueden enunciar: 1) las personas no conocen el

proceso completo de formalización y por lo tanto no cumplen con todos los pasos, 2) los

beneficios tributarios no le son los suficientemente atractivos, 3) tienen un sesgo a la premisa

popular que “para que pagar impuestos…para que se los roben”, o 4) el trámite se les hace tan

complejo que prefieren no completarlo. A pesar de los buenos indicadores, se requiere de una

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mayor participación y acompañamiento permanente de las autoridades tributarias, pues el camino

de la formalización no acaba con el registro en cámara de comercio.

Otros programas de crédito y fomento, también sirven de incentivo a la formalización,

dentro de este tipo de programas se pueden enunciar las líneas de crédito blando de Bancoldex o

el programa Innpulsa, el cual fue implementado en el año 2012 con el objetivo de apoyar y

promover el crecimiento empresarial extraordinario, es decir, iniciativas de negocio que puedan

crecer de manera rápida, rentable y sostenida. A través de programas como estos, las personas se

sienten atraídas a formalizarse para tener acceso a recursos de financiación, y no solo se estaría

incentivando la formalización, sino que al mismo tiempo se estaría fomentando la innovación, el

desarrollo tecnológico y la investigación.

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47

Conclusiones

El objetivo de la política de formalización empresarial en los términos de la Ley

1429 de 2010, contempla un beneficio de progresividad en el impuesto de renta que busca

incentivar que quien cree empresa lo haga dentro de la formalidad y el que se encuentre en la

informalidad se formalice. Empero, se evidenció que, en general, este beneficio no es un factor

que sea tenido en cuenta por las personas que pretenden crear y/o formalizar empresa en nuestro

país, principalmente porque desconocen la existencia de dicho beneficio.

El beneficio tributario en renta no puede considerarse como una herramienta

efectiva contra la informalidad empresarial, por cuanto, a pesar de conocer la existencia del

beneficio, solamente un bajo porcentaje de personas jurídicas con ánimo de lucro ha hecho uso

de este en su declaración de renta.

Para aumentar la efectividad del beneficio tributario en aras de la formalización de

las empresas, se requiere de una mayor capacitación y difusión entre los potenciales

beneficiarios, y, por ende, de una mayor articulación entre los actores de la política,

principalmente del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo como responsable de la política

de formalización empresarial, la DIAN como responsable de la política tributaria y las Cámaras

de Comercio como responsables del registro mercantil y puerta de entrada a la formalización.

Para poder hacer uso del beneficio tributario en renta, el Decreto 4910 de 2011 ha

establecido una serie de requisitos, por ejemplo, tener que presentarse personalmente a la DIAN,

manifestar por escrito que se quiere acceder a los beneficios y llevar una serie de documentos,

algunos de los cuales ya fueron presentados en la Cámara de Comercio para obtener el registro

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mercantil. La exigencia de estos requisitos contradice el principio de eficiencia del sistema

tributario y le resta simplicidad, pues, en primer lugar, resulta más complejo para los usuarios el

trámite que se tiene que hacer ante la DIAN que lo que podría representarles económicamente el

beneficio y, en segundo lugar, la DIAN tiene que destinar importantes recursos técnicos,

logísticos y humanos para recibir, revisar y archivar toda la documentación que entregan los

usuarios.

Es necesario crear un mecanismo que facilite el acceso a los beneficios y el

control por parte de las autoridades. Una alternativa podría ser crear un aplicativo web en el que

las cámaras de comercio ingresen al momento de la solicitud del registro mercantil, la

información de las empresas exigida en el decreto 4910 de 2011, para que dicha información

pueda ser verificada en forma inmediata por la DIAN, y así evitarles un doble trámite a las

personas y que esta entidad pueda tener plenamente identificados a los beneficiarios.

Como en el beneficio de progresividad en el impuesto de renta evaluado en el

presente documento, se demostró que como está configurado actualmente no ha cumplido el

objetivo para el cual fue creado, existen en la normatividad colombiana un gran número de

beneficios tributarios a los que no se le has hecho ninguna evaluación, es necesario realizar

evaluaciones periódicas a cada uno de los beneficios para identificar con certeza el monto del

gasto tributario que representan y si realmente están cumpliendo con el objetivo para el que

fueron creados.

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Anexos

Anexo A. Encuesta para empresas creadas en el período 2011-2014

1. ¿Sabe usted que en la legislación colombiana existe un descuento en el impuesto de renta para las

pequeñas o medianas empresas que se creen o se formalicen?

Sí ___ No ___

En caso de que la respuesta anterior sea si, continúa la encuesta

2. ¿Por qué medio se enteró de dichos beneficios?

a. Por la Cámara de Comercio___ b. Por una campaña publicitaria___

c. Por la DIAN___ d. Por otro medio___

Cuál? ______________________________________

3. ¿Conoció de los beneficios antes o después de tomar la decisión de crear su empresa?

Antes ___ Después ___

4. ¿Estos beneficios influyeron en su decisión de registrarse en la Cámara de Comercio?

Sí ___ No ___

5. ¿Adelantó los trámites ante la DIAN para acceder a los beneficios?

Sí ___ No ___

6. Considera que el trámite ante la DIAN para acceder a los beneficios fue:

Fácil ___ Normal___ Complicado ___

7. ¿Ha hecho uso de estos beneficios en sus declaraciones de renta?

Sí ___ No ___

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50

Anexo B. Ficha técnica de la encuesta

Tipo de encuesta: Encuesta de percepción de carácter explicativo

Método de

recolección de

información:

Vía telefónica

Fecha de realización: Entre el 12 y el 21 de octubre de 2016

Población objetivo: Personas jurídicas registradas en la Cámara de

Comercio de Sogamoso en el período 2011-2014

Tamaño del universo

poblacional (N): 683 empresas registradas en el período

Tamaño de la

muestra (n): 225 empresas

Selección de la

muestra:

Muestreo aleatorio simple, utilizando la función

"aleatorio" de Microsoft Excel

Nivel de confianza: 95%

Coeficiente de

confianza (Z): 1,96

Proporción esperada

(P): 50%

Error estimado (e): 5,39%

Cálculo del error (e): 𝑒 = 𝑍 . √𝑃. (1 − 𝑝)

𝑛√

𝑁 − 𝑛

𝑁 − 1.

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Anexo C. Condiciones para el tratamiento de datos de carácter personal firmado con

la cámara de comercio de Sogamoso

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Anexo D. Solicitudes de información radicadas en la DIAN

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