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Bienes Inenajenables Son inajenables aquéllas cosas que no pueden venderse ni comprarse por estar fuera del comercio. Las razones pueden ser legales o morales y/o naturales. Existen múltiples disposiciones dentro del Ordenamiento Jurídico Positivo que impregnan algunos bienes de tal calidad.

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propiedad y derechos reales

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Bienes Inenajenables

Bienes Inenajenables Son inajenables aqullas cosas que no pueden venderse ni comprarse por estar fuera del comercio. Las razones pueden ser legales o morales y/o naturales.Existen mltiples disposiciones dentro del Ordenamiento Jurdico Positivo que impregnan algunos bienes de tal calidad.

La misma Constitucin permite a la Ley restringir o delimitar el alcance de la libertad econmica en el inciso final del art 333 al preceptuar: La Ley delimitara el alcance de la libertad econmica, cuando as lo exijan el inters social, el ambiente y el patrimonio cultural de nacin.As mismo la ley establece en su art 63: Los bienes de uso pblico, los parques naturales, las tierras comunales de grupos tnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueolgico de la Nacin y los dems bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables.

Tambin la Constitucin crea como inalienables, el patrimonio cultural de la nacin, esto es, aquellos bienes que conforman la identidad nacional (art 72) y el espectro electromagntico (art 75).Clausula de no enajenacin.Los particulares solo pueden realizar estos pactos siempre que la ley se los permita o no se los prohba expresamente, se realicen con temporalidad y con un fin racional y justo. Normas que prohben las clausulas de no enajenacin.Nuestro ordenamiento jurdico tiene normas expresas que prohben la estipulacin de la clausula de no enajenacin en algunas instituciones jurdicas. El art 1184 del Cdigo Civil no permite que un legado se adjudique con la carga de no enajenacin para el legatario; si acaso se colocare dicha clausula, ella se mirara como no escrita.

En la hipoteca el deudor hipotecario puede enajenar el bien dado en garanta, aunque exista estipulacin en contrario. (art 2440)As mismo, si en el contrato de arrendamiento se estipula una clausula que prohba enajenar el bien arrendado durante la vigencia del contrato, ella no tendr efecto y solo faculta al arrendatario a permanecer en el arriendo hasta su terminacin natural. (art 2022)

El articulo 59 del decreto 2700 de 1991 precepta: El sindicato dentro del proceso penal no podr enajenar bienes sujetos a registro dentro del ao siguiente contado a partir de su vinculacin jurdica, a menos que este garantizada la indemnizacin de perjuicios o se hubiere producido pronunciamiento de fondo sobre su inocencia. El funcionario judicial emitir orden perentoria al funcionario de registro para impedir su negociacin La ley 675 de 2001 prohbe establecer en el reglamento de propiedad horizontal con relacin a los bienes privados clausulas de no enajenacin. El pargrafo cuarto del articulo 5 de la mencionada disposicin precepta lo siguiente: El reglamento de administracin de la propiedad horizontal no podr contener normas que prohban la enajenacin o gravamen de los bienes de dominio privado, no limitar o prohibir la cesin de los mismos a cualquier titulo. Normas que permiten las clausulas de no enajenacin El numeral 1 del articulo 1489 del cdigo civil permite al donante prohibir al donatario, en la escritura publica de donacin, la enajenacin del objeto donado.El inciso 3 del articulo 852 del cdigo civil permite al nudo propietario prohibirle al usufructuario ceder o arrendar su derecho de usufructo.

En la propiedad fiduciaria, el constituyente le puede prohibir al fiduciario que enajene el bien objeto del contrato (C.C., art. 810; C. de Co., arts. 1226 a 1234).La libertad de enajenacin y otras limitaciones jurdicas.Los bienes que estn dentro del comercio, son enajenables, pero la ley les disea mecanismos que acortan la libertad de enajenacin.Son mltiples los ejemplos que pueden darse en la legislacin positiva, tanto de Derecho Publico como de Derecho Privado, sobre este tipo de restricciones, dentro de los cuales pueden citarse a manera de ejemplo los siguientes:Un bien baldo adjudicado a un colono situado en las costas nacionales o en regiones limtrofes con otros pases, no puede transferirse a ciudadanos extranjeros (Decr. 1415 de 1940, art 5).Los beneficiarios de la reforma agraria que hubieren adquirido un inmueble rural con subsidio del estado no pueden enajenarlo durante un periodo de doce aos, sin autorizacin expresa de la junta directiva del instituto colombiano de desarrollo rural (Incoder); si lo hacen en contravencin a este mandato, el acto queda viciado de nulidad absoluta (ley 160 de 1994, art. 25).