Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered...

64
Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas Desde este mismo momento, todos los que formamos Sanitas ponemos nuestros medios, dedicacin y experiencia a su entera disposicin. Siempre que nos necesite estaremos cerca para cuidar de su salud y ofrecerle, a travØs de las prestaciones de su pliza Sanitas Mundi, la asistencia personalizada y de calidad que ha elegido con Sanitas. En esta gua encontrarÆ las condiciones legales de su contrato y todo lo que necesita saber para el correcto uso de su pliza. Le recomendamos que la consulte y la tenga siempre a mano. Si le surge alguna duda, puede contactar con nosotros en el telØfono que le facilitamos en el interior. Una vez mÆs, bienvenido y gracias por depositar en nosotros su confianza. ¯4˘ 20--81765087-0

Transcript of Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered...

Page 1: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Bienvenido a Sanitas,Sr. Polizas

Desde este mismo momento, todos los que formamos Sanitasponemos nuestros medios, dedicación y experiencia a su enteradisposición.

Siempre que nos necesite estaremos cerca para cuidar de su salud yofrecerle, a través de las prestaciones de su póliza Sanitas Mundi, laasistencia personalizada y de calidad que ha elegido con Sanitas.

En esta guía encontrará las condiciones legales de su contrato y todolo que necesita saber para el correcto uso de su póliza. Lerecomendamos que la consulte y la tenga siempre a mano. Si le surgealguna duda, puede contactar con nosotros en el teléfono que lefacilitamos en el interior.

Una vez más, bienvenido y gracias por depositar en nosotros suconfianza.

Å4 Æ

20--

8176

5087

-0

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 2: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

-*-*- Demonstration Page - Powered by HP Exstream, Version 7.0.624 32-bit -*-*-

Page 3: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

SUS CONDICIONESGENERALES

20

-81

76

50

87

-0

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 4: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Sanitas Sociedad Anónima de Seguros

Inscrita el 10 de febrero de 1958 en el Registro de la direcciónGeneral de Seguros

Entidad domiciliada en España e inscrita en el RegistroMercantil de Madrid, hoja 4.530, tomo 1.241, libro 721, secc. 3ª,Insc. 1ª.

Domicilio social Ribera del Loira, 52 – 28042 Madrid

C.I.F. A-28037042

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 5: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Glosario de términos

5

A los efectos del presente documento de condiciones especiales delseguro Sanitas Mundi se entiende por:

xterna y

ACCIDENTE

Lesión corporal sufrida durante la vigenciade la póliza, que derive de una causaviolenta, súbita, externa y ajena a laintencionalidad del Asegurado.

ASEGURADO

La persona o personas naturales,designadas en las CondicionesParticulares, sobre las cuales se estableceel seguro.

ASEGURADOR O ENTIDADASEGURADORA

“Sanitas, Sociedad Anónima de Seguros”,persona jurídica que asume el riesgocontractualmente pactado.

ASISTENCIA AMBULATORÍA

Cualquier tipo de asistencia médica,diagnóstica, quirúrgica o terapéutica en laque NO existe Hospitalización niHospitalización a Domicilio. Dichaasistencia siempre será prestada en centroasistencial autorizado (no en domicilio).Incluye todos los servicios realizados eninfraestructura de consulta.

ATENCIÓN ESPECIAL EN DOMICILIO

Queda excluida de cobertura por lapresente póliza la atención especial deldomicilio entendiendo como tal laAsistencia del médico generalista o de

familia y de A.T.S. o D.U.E. al Asegurado enel domicilio que figura en la Póliza, cuandola patología del enfermo requiera cuidadosespeciales sin llegar a precisar ingresohospitalario y siempre previa prescripcióndel médico. No incluye los gastosgenerados por asistencia de tipo social,hostelería, lencería, alimentación,medicación, monitorización, materialsanitario y cuidados no específicos delmédico general, A.T.S. o D.U.E., ni lapermanencia continuada de losprofesionales sanitarios en el domicilio delAsegurado.

BENEFICIARIO

Tendrá esta condición el Asegurado que hade recibir la prestación del Asegurador, encaso de producirse el siniestro.

CONSULTA

Relación asistencial entre paciente yfacultativo, en el mismo espacio y tiempo,siendo necesaria la presencia física deambos.

D.U.E./ENFERMERO/A.T.S.

Diplomado en Enfermería, legalmentecapacitado y autorizado para prestar laatención de enfermería en enfermedad olesión que origine alguna de las garantíascontenidas en la Póliza.

DIAGNÓSTICO

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 6: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

6

Juicio médico sobre la naturaleza de laenfermedad o lesión de un paciente,basado en la valoración de sus síntomas ysignos y en la realización de pruebasdiagnósticas complementarias

ENFERMEDAD

Toda alteración del estado de salud de unindividuo que sufre la acción de unapatología que no sea consecuencia deaccidente, cuyo diagnóstico y confirmaciónsea efectuado por un médico u odontólogolegalmente reconocido, y que haga precisala asistencia facultativa.

ENFERMEDAD CONGÉNITA

Es aquella que existe en el momento delnacimiento, como consecuencia defactores hereditarios o afeccionesadquiridas durante la gestación hasta elmismo momento del nacimiento. Unaafección congénita puede manifestarse yser reconocida inmediatamente despuésdel nacimiento, o bien ser descubierta mástarde, en cualquier periodo de la vida delindividuo.

ENFERMEDAD PREEXISTENTE

Es la padecida por el Asegurado conanterioridad a la fecha de contratación delseguro o de alta en la Póliza.

FRANQUICIA

Porcentaje de los gastos médicos y/uhospitalarios incluidos en la cobertura delseguro que, conforme a lo establecido enlas correspondientes garantías, corre acargo del propio Tomador del Seguro o delAsegurado y que no son objeto dereembolso por el Asegurador.

HABITACIÓN CONVENCIONAL

Habitación de una sola estancia ohabitáculo, dotada de instalacionessanitarias de vacío y oxígeno. No seentienden como convencionales las suiteso habitaciones con antesala.

HOSPITAL

Todo establecimiento público o privadolegalmente autorizado para el tratamientode enfermedades o lesiones corporales,provisto de los medios para efectuardiagnósticos e intervenciones quirúrgicas.Dicho establecimiento debe estar atendidopor un médico las 24 horas del día. A losefectos de la póliza, no se consideranhospitales los hoteles, casas de reposo,balnearios, instalaciones dedicadasprincipalmente al tratamiento deenfermedades crónicas e institucionessimilares.

HOSPITALIZACIÓN

Supone el registro de entrada delAsegurado como paciente y supermanencia en el hospital durante unmínimo de 24 horas.

HOSPITALIZACIÓN DE DÍA

Supone la utilización, por un Aseguradoregistrado como paciente, de aquellasunidades asistenciales del Hospital asídenominadas especificamente, para recibircualquier tipo de asistencia médica,diagnóstica, quirúrgica o terapéutica, quesuponga una estancia inferior a 24 horas

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 7: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

7

INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA

Toda operación con fines diagnósticos oterapéuticos, realizada mediante incisión uotra vía de abordaje interno, efectuada porun cirujano en un centro autorizado(hospitalario o extrahospitalario) y querequiere normalmente la utilización de unasala de operaciones.

LESIÓN

Todo cambio patológico que se produceen un tejido o en un órgano sano y quecomporta un daño anatómico o fisiológico,es decir, una perturbación en la integridadfísica o en el equilibrio funcional.

MATERIAL DE OSTEOSÍNTESIS

Piezas o elementos metálicos o decualquier otra naturaleza empleados parala unión de los extremos de un huesofracturado, o para soldar extremosarticulares.

MATERIAL ORTOPÉDICO

Piezas anatómicas o elementos decualquier naturaleza utilizados paraprevenir o corregir las deformidades delcuerpo.

MÉDICO

Doctor o Licenciado en Medicinalegalmente capacitado y autorizado paratratar médica o quirúrgicamente laenfermedad o lesión que origine algunasde las garantías contenidas en la Póliza.

MÉDICO/ CIRUJANO CONSULTOR

Son aquellos facultativos, pertenecientesal cuadro médico de la entidad, que seandesignados como tales médicosconsultores en la Guía Médica Orientadoray cuya consulta requiere la previaautorización de la Entidad Aseguradora, apetición razonada de un médicoespecialista de la misma.

ODONTÓLOGO

Facultativo cuya titulación le capacita pararealizar el conjunto de actividades deprevención, diagnóstico y tratamientorelativas a las anomalías y enfermedadesde los dientes, de la boca, de los maxilaresy de sus tejidos anejos.

PARTO

El parto normal o a término es aquél quese produce entre la 37 y la 42 semanadesde la fecha de la última menstruación.Parto pretérmino o prematuro es aquelque se produce entre la 28 y la 36 semanade gestación.

PLAZOS DE CARENCIA

Periodo de tiempo (computado por mesestranscurridos a partir de la fecha de efectodel seguro) durante el cual no entran envigor algunas de las coberturas incluidasdentro de las garantías de la Póliza.

PLAZO DE DISPUTABILIDAD

Periodo de tiempo durante el que elAsegurador puede negar sus prestacioneso impugnar el contrato alegando laexistencia de enfermedades anteriores delAsegurado y no declaradas por él.Transcurrido este plazo, el Asegurador sólotendrá esa facultad en el caso de que elTomador y/o el Asegurado hayan actuadodolosamente.

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 8: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

8

PÓLIZA

Documento escrito que contiene lascondiciones reguladoras del seguro.Forman parte integrante de la Póliza: lasolicitud de seguro, el cuestionario desalud, las condiciones generales, lasparticulares, las especiales y lossuplementos o apéndices que se añadan ala misma, para completarla o modificarla.

PRESTACIÓN

Es la asistencia sanitaria que se deriva dela presentación de un siniestro. Seentiende por asistencia el acto de atendero cuidar la salud de una persona.

PRIMA

Es el precio del seguro, es decir, lacantidad que el Tomador del Seguro oAsegurado debe abonar al Asegurador. Elrecibo contendrá, además, los recargos,tasas e impuestos que sean de legalaplicación.

PRÓTESIS

Todo elemento de cualquier naturaleza,q ue r e em p la z a t e mp o r a l opermanentemente la ausencia de unórgano, tejido, fluido orgánico,miembro oparte de alguno de éstos. A título deejemplo, tienen esa consideración loselementos mecánicos o biológicos talescomo recambios valvulares cardiacos,sustituciones articulares, piel sintética,lentes intraoculares,los materialesbiológicos (córnea), los fluidos, geles ylíquidos sintéticos o semisintéticossustitutivos de humores o líquidosorgánicos, reservorios de medicamentos,sistemas de oxigenoterapia ambulantes,etc.

PSICOLOGÍA

Ciencia que implica la aplicación prácticadel conocimiento, habilidades y técnicaspara el diagnóstico, prevención o soluciónde problemas individuales o sociales,especialmente en cuanto a la interacciónentre el individuo y el entorno físico ysocial.

PUERICULTOR

Médico generalista al que se le confiere elcuidado del niño sano, tanto en losaspectos físicos como mentales de sudesarrollo.

RECIÉN NACIDO

Es la etapa diferenciada de la vida que seextiende durante cuatro semanas a partirdel nacimiento.

SANITAS 24 HORAS

Atención informativa facilitada por unequipo médico, que asesorará alAsegurado sobre sus preguntas médicaslas 24 horas del día, los 365 días del año.La información facilitada por este medio esorientativa y no puede sustituir a unservicio de atención médica directa.

SERVICIOS A DOMICILIO

Visita en el domicilio que figura en laPóliza y a solicitud del Asegurado porparte de médico de cabecera (médicogeneralista), pediatra/puericultor, A.T.S. oD.U.E., en aquellos casos en que elAsegurado se encuentre, por razón de suenfermedad, incapacitado de trasladarse alconsultorio del médico, A.T.S. o D.U.E .

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 9: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

9

SERVICIOS DE URGENCIA ADOMICILIO

Asistencia en el domicilio del Aseguradoen casos de urgencia, prestada por médicogeneralista y/o A.T.S.

SINIESTRO

Todo hecho cuyas consecuencias esténtotal o parcialmente cubiertas por laPóliza. Se considera que constituye un sóloy único siniestro el conjunto de serviciosderivados de una misma causa.

TOMADOR DEL SEGURO

Es la persona, física o jurídica que, juntocon el Asegurador, suscribe este contrato,y a la que corresponden las obligacionesque del mismo se derivan, salvo las quepor su naturaleza deban ser cumplidas porel Asegurado.

TRATAMIENTO

Servicios y/o actuaciones realizados paramejorar o sanar una patología depresentación aguda o crónicanecesariamente controlados oadministrados por un equipo médico.

VISITA / CONSULTA

Relación asistencial entre paciente yfacultativo, en el mismo espacio y tiempo,siendo necesaria la presencia física deambos.

URGENCIA

Es aquella situación que requiere atenciónmédica inmediata, dado que un retraso enla misma puede derivar en un compromisovital o daño irreparable en la integridadfísica del paciente.

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 10: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

-*-*- Demonstration Page - Powered by HP Exstream, Version 7.0.624 32-bit -*-*-

Page 11: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Cláusula preliminar

El presente contrato se rige por lodispuesto en la Ley 50/1980, de 8 deoctubre de Contrato de Seguro, porel Real Decreto Legislativo 6/2004,de 29 de octubre, por el que seaprueba el texto refundido de la Leyde Ordenación y Supervisión deSeguros Privados, y su Reglamentode Desarrollo (Real Decreto nº2486/98 de 20 de noviembre) y porlo convenido en las presentesCondiciones Generales y en lasParticulares, sin que tengan validezlas cláusulas limitativas de losderechos de los Asegurados que nosean específicamente aceptadas porlos mismos por escrito.

No requerirán dicha aceptación lasmeras transcripciones o referenciasa preceptos legales o reglamentariosimperativos.

20-8

1765

087

-0

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 12: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

-*-*- Demonstration Page - Powered by HP Exstream, Version 7.0.624 32-bit -*-*-

Page 13: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

13

20

--8

17

65

08

7-0

¿Qué cubre su seguro?

Modalidad I: Prestación deasistencia sanitaria por CuadroMédico

Por el presente contrato, el Asegurador asume,en los términos y con los límites que seexpresan en las presentes CondicionesGenerales, en las Particulares y, en su caso, enlas Especiales y Suplementos de Póliza que seemitan, la totalidad de los gastos (en caso deutilizar el cuadro médico concertado),razonables y usuales, realmente incurridos porel Asegurado, derivados de la asistenciamédico-quirúrgica y/u hospitalaria que le seaprestada a consecuencia de una enfermedad oaccidente cubierto por la presente Póliza, através de las siguientes GARANTÍAS:

1. MEDICINA PRIMARIA

1.1. Medicina general: asistencia médica enconsultorio, indicación y prescripción de laspruebas y medios diagnósticos básicos(analítica y radiología general), durante losdías y horas establecidos al efecto por elfacultativo, y a domicilio cuando por motivosque dependan sólo de la enfermedad queaqueje al Asegurado, el mismo se encuentreimpedido de trasladarse al consultorio delmédico. En este caso, los avisos para laasistencia domiciliaria deberán ser efectuadospor el Asegurado al facultativotelefónicamente entre las 9,00 y las 16,00horas. En los casos urgentes el Aseguradodeberá acudir a los servicios permanentes deurgencia que tiene establecidos la EntidadAseguradora, o bien ponerse en contacto conel servicio telefónico que para este fin apareceen la Guía Orientadora de Médicos y Servicios.

1.2. Pediatría y puericultura: comprende laasistencia de niños hasta cumplir los 14 añosde edad, en consultorio y a domicilio, laindicación y prescripción de las pruebas y

medios diagnósticos básicos (analítica,ecografía y radiología general), aplicándose lasmismas normas ya citadas en medicinageneral.

1.2.1. Asistencia al recién nacido: comprendela asistencia sanitaria al recién nacido encentros concertados por la Entidad y los gastosderivados de la misma, siempre y cuando elrecién nacido esté dado de alta en laAseguradora.

1.2.2. Programa de salud infantil: comprendela preparación psicoprofiláctica al parto conclases prácticas y teóricas de puericultura,psicología, escuela de padres durante el primeraño de vida del niño y exámenes de salud alrecién nacido, incluyendo pruebas demetabolopatías, audiometría, otoemisiones,test de agudeza visual. No se incluyenprogramas similares fuera del cuadro médicodel Asegurador.

1.3. Servicio de A.T.S./D.U.E.: asistencia enconsultorio y a domicilio, este último caso sóloprevia prescripción de un médico de la Entidady efectuando los avisos en la forma señaladaen el apartado 1.1. relativo a la medicinageneral.

2.URGENCIAS

Comprende la asistencia sanitaria en casos deurgencia que se prestará en los centros deurgencia permanente que indique la GuíaOrientadora de Médicos y Servicios. En casojustificado, se facilitará el servicio a domiciliopor los servicios permanentes de guardia,únicamente en aquellas poblaciones en las queel Asegurador tenga concertada la prestaciónde dicho servicio.

GGG

3. ESPECIALIDADES MÉDICAS, QUIRÚRGICAS Y PRUEBAS DIAGNÓSTICAS

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 14: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

14

Las pruebas diagnósticas serán realizadas por los servicios que el Asegurador designe y será necesaria la prescripción escrita de un médico de la entidad.

3.1. Alergia e inmunología: las autovacunas serán por cuenta del Asegurado.

3.2. Análisis clínicos

3.3. Anatomía patológica

3.4. Anestesiología, Reanimación yTratamiento del Dolor: queda expresamenteexcluido cualquier tipo de materialimplantable.

3.5. Angiología y cirugía vascular.

3.6. Aparato digestivo: comprende la prevención del cancér colorrectal, consulta médica, exploración física, exploraciones endoscópicas en caso necesario, previa prescripción escrita de un médico concertado con la Entidad Aseguradora

3.7. Cardiología: incluye un programa de prevención del riesgo coronario en personas mayores de 40 años, que comprende consulta cardiológica, electrocardiogramas y la realización de la analítica y pruebas complementarias pertinentes. En personas menores de 40 años, será necesaria la previa prescripción escrita de un médico de la Entidad Aseguradora.

3.8. Cirugía cardiovascular: Quedan excluidaslas técnicas quirúrgicas que usen equipos decirugía robótica

3.9.Cirugía General y del Aparato Digestivo : comprende la cirugía por vía laparoscópica enaquellas intervenciones en las que se hademostrado y consolidado su eficacia,exclusivamente realizadas por losprofesionales especialmente concertados porla Entidad Aseguradora para éstas. Quedanexcluidas las técnicas quirúrgicas que usenequipos de cirugía robótica

3.10. Cirugía oral y maxilofacial.

3.11. Cirugía pediátrica.

3.12. Cirugía plástica y reparadora

3.13. Cirugía torácica

3.14. Dermatología

3.15. Endocrinología

3.16. Geriatría: queda excluido cualquier internamiento o asistencia derivados de problemas de tipo social.

3.17. Hematología y hemoterapia

3.18. Medicina interna 3.19. Medicina nuclear

Los medios de contraste son por cuenta de laEntidad Aseguradora.

PET y PET/ TC es objeto de coberturaexclusivamente por la póliza para lasindicaciones autorizadas por la AgenciaEspañola de Medicamentos y ProductosSanitarios con el fármaco fludesoxiglucosa.Dichas indicaciones son concretamente lassiguientes:

A/ Oncología Diagnóstico:

• Caracterización del nódulo pulmonarsolitario.

• Detección del tumor de origendesconocido evidenciado, por ejemplo, poradenopatía cervical.

• Metástasis hepáticas u óseas.• Caracterización de una masa pancreática.

B/ Estadificación:

• Tumores de cabeza y cuello, incluyendobiopsia guiada asistida.

• Cáncer de pulmón primario.• Cáncer de mama localmente avanzado.

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 15: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

15

• Cáncer de esófago.• Carcinoma de páncreas.• Cáncer colorrectal, especialmente en las

recurrencias.• Linfoma maligno.• Melanoma maligno, con Breslow mayor de

1,5 mm o metástasis en nódulos linfáticosen el diagnóstico inicial.

C/ Monitorización de la respuesta altratamiento:

• Linfoma maligno.• Tumores de cabeza y cuello.

D/ Detección en caso de sospecha razonablede recidiva:

• Gliomas con alto grado de malignidad (IIIo IV)

• Tumores de cabeza y cuello.• Cáncer de tiroides (no medular): pacientes

con incremento de los niveles séricos detiroglobulina y rastreo corporal con yodoradiactivo negativo.

• Cáncer de pulmón primario.• Cáncer de mama.• Carcinoma de páncreas.• Cáncer colorrectal.• Cáncer de ovario.• Linfoma maligno.• Melanoma maligno.

E/ Neurología:

• Localización de focos epileptógenos en lavaloración prequirúrgica de la epilepsiatemporal.

3.20. Nefrología: Comprende la litotricia del aparato urinario y las técnicas de diálisis en procesos agudos, quedando expresamente excluidas las técnicas de diálisis relativas a tratamientos de procesos crónicos.

3.21. Neonatología

3.22. Neumología

3.23.Neurocirugía

3.24. Neurología

3.25. Obstetricia y ginecología: Comprende los estudios de cribado encaminados a la prevención de neoplasias de mama y de cuello uterino y el estudio y diagnóstico básico de la infertilidad y la esterilidad.

Quedan excluidas las intervenciones quirúrgicas sobre el no nacido

Quedan excluidas las técnicas quirúrgicas que usen equipos de cirugía robótica.

Quedan excluidas las cirugías profilácticas

Quedán expresamente excluidas todas las pruebas genéticas a excepción del cariotipo, factor v leiden y mutación 20210 del gen de la protombina. Asimismo, se excluyen todas las pruebas encaminadas a tratamientos de reproducción asistida.

3.26. Odontoestomatología: incluye únicamente extracciones, curas estomatológicas derivadas de éstas y limpiezas de boca prescritas por odontólogo de la Entidad.

3. 27..Oftalmología: comprende la fotocoagulación por láser y la cirugía para el trasplante de córnea siendo la córnea a trasplantar por cuenta del Asegurado.

Quedan excluidas otras cirugías con técnicasláser (cirugías refractivas para corrección demiopía, hipermetropía, astigmatismo,presbicia, o cualquier otra indicación que surjaen el futuro)

3.28. Oncología: incluye trasplantes autólogos de médula ósea o de células progenitoras de sangre periférica exclusivamente para tratamientos de tumores de estirpe hematológica. Quedan incluidos los reservorios implantables de perfusión endovenosa utilizados en quimioterapia.

3.29. Otorrinolaringología: Comprende la cirugía mediante láser.

3.30. Proctología

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 16: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

16

3.31. Psiquiatría.

3.32. Reumatología

3.33..Radiodiagnóstico-Diagnóstico por Imagen: comprende las técnicas habituales de diagnóstico.

También comprende:

A) La colonografía realizada mediante tomografía computerizada (TC) en las siguientes indicaciones:

• Cribado de cáncer de colon y poliposis colónica en pacientes sin historia clínica conocida de cáncer de colon, poliposis o enfermedad inflamatoria intestinal, siempre que presenten antecedentes familiares de estas patologías o sean candidatos al cribado por edad (a partir de 50 años)

• Cribado de cáncer de colon y poliposis colónica en pacientes en los que la colonoscopia convencional esté contraindicada por su situación clínica o entrañe un mayor riesgo.

• Como complemento a la colonoscopia convencional cuando ésta no haya podido alcanzar la longitud completa del colon.

Para contar con la cobertura asegurada de esta prueba diagnóstica el asegurado deberá participar en el coste del servicio en la cantidad expresamente indicada en las condiciones particulares de su póliza.

B) La coronografía por TC: incluida en la garantía unicamente para pacientes con síntomas de enfermedad coronaria con prueba de isquemia no concluyente, cirugía de recambio valvular, valoración de estonosis coronaria tras intervención de By-pass y malformaciones del árbol coronario.

Queda excluida la valoración de estenosis tras implantación de stent coronario y el store cálcico.

3.34. Radiología intervencionista o invasiva: Previa prescripción escrita de un facultativo de la Entidad y tras la autorización de la misma.

3.35. Traumatología y cirugía ortopédica: incluye la cirugía artroscópica, cirugía de la mano, nucleotomía percutánea, quimionucleolisis así como los injertos óseos de materiales biológicos.

3.36. Urología: incluye la vasectomía, así como el estudio y diagnóstico de la infertilidad y esterilidad.

3.37. Médicos y cirujanos consultores: Su consulta deberá ser previamente autorizada por la dirección de la aseguradora, para aquellos especialistas que consten con dicha denominación en la Guía Médica Orientadora del cuadro médico de la aseguradora y a petición razonada de un medico especialista de la misma.

3.38. Rehabilitación

4. MÉTODOS TERAPÉUTICOS

Serán realizados por los servicios que elAsegurador designe y será necesaria la previaprescripción escrita de un médico especialistade la Entidad.

4.1. Aerosolterapia y ventiloterapia: en todoslos casos los medicamentos serán por cuentadel Asegurado.

4.2. Hemodiálisis: se prestará tanto en régimen ambulatorio como de internado, exclusivamente para el tratamiento, durante los días precisos, de las insuficiencias renales agudas, quedando expresamente excluidas las afecciones crónicas.

4.3. Litotricia del aparato urinario

4.4. Logofoniatría: se prestará sólo en relación con procesos orgánicos, hasta un máximo de 6 meses al año.

4.5. Oxigenoterapia: tanto en supuestos de ingreso en institución hospitalaria como a domicilio. Incluye la oxigenoterapia ambulante exclusivamente para aquellos pacientes

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 17: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

17

crónicos que requieran tratamiento con oxígeno durante al menos 16 horas al día.

4.6. Quimioterapia: la Entidad proporcionará la medicación antitumoral que pueda precisar el enfermo, en tantos ciclos como sean necesarios. La prescripción de dicha medicación deberá ser siempre realizada por el médico especialista en oncología que esté encargado de la asistencia al enfermo. Los tratamientos correrán por cuenta de la Entidad, siempre que se apliquen en centro asistencial, tanto en régimen ambulatorio como en ingreso, cuando el internamiento se hiciera necesario, y siendo en todos los casos el médico especialista encargado de la asistencia quien dispondrá la forma y tratamientos a realizar. En estos tratamientos, el Asegurador, por lo que se refiere a los medicamentos, sólo correrá con los gastos correspondientes a los productos farmacéuticos específicamente citostáticos que se expendan en el mercado nacional en las indicaciones relacionadas en la ficha técnica del producto autorizadas por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, y que se expendan en el mercado nacional

4.7. Radioterapia: incluye el tratamiento conacelerador lineal y la radioneurocirugía en lasindicaciones en las que esta técnica estéexpresamente indicada y su eficaciacomparativa con procedimientos alternativosesté plenamente justificada.

4.8. Fisioterapia: está comprendida únicamente con carácter ambulatorio y exclusivamente para las afecciones de origen en el aparato locomotor siempre que no se trate de un proceso crónico o degenerativo. Se prestará siempre en los centros designados por la Entidad Aseguradora. En régimen de ingreso hospitalario se prestará sólo y exclusivamente para la recuperación del aparato locomotor secundaria a una cirugía ortopédica y la recuperación cardiaca tras la cirugía con circulación extracorpórea. También comprende el drenaje linfático postmastectomía de origen neoplásico.

Queda excluida la rehabilitación neurológica, rehabilitación del suelo pélvico, rehabilitación cardíaca en régimen ambulatorio y rehabilitación del lenguaje en disfunciones no orgánicas o aquellas que usen equipamiento robótico.

4.9. Tratamiento del dolor: quedan incluidos exclusivamente los reservorios implantables (tipo port-a-cath), y expresamente excluidas las bombas implantables para infusión de medicamentos y los electrodos de estimulación medular. No se incluyen programas similares fuera del cuadro médico del Asegurador.....

5. OTROS SERVICIOS

5.1. Ambulancia: se prestará este servicio por vía terrestre para el traslado de los enfermos al hospital y viceversa, siempre y cuando los recursos asistenciales concertados no sean suficientes para atender al asegurado en el lugar donde se halle o este solicite ir a su provincia de residencia. Para solicitar el servicio será necesario el volante de un médico del Asegurador, diligenciado en la oficina del mismo, salvo los casos urgentes, en que no será necesario dicho volante. Esta prestación no incluye los traslados requeridos para tratamientos de rehabilitación, realización de las pruebas diagnosticas ni asistencia a consultas medicas en régimen ambulatorio.

5.2. Podología (quiropodia): limitado a seis sesiones anuales.

5.3. Atención especial en domicilio: se llevará a cabo por los equipos sanitarios que designe la Entidad Aseguradora, previa prescripción de un médico de la misma, cuando la patología del enfermo requiera cuidados especiales sin llegar a precisar ingreso hospitalario y siempre previa prescripción del médico. No comprende la asistencia a problemas de tipo social.

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 18: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

18

5.4. Prótesis: serán suministradas siempre porlas empresas designadas por la EntidadAseguradora.La garantía comprende exclusivamente, previaprescripción escrita de un médico especialistade la Entidad Aseguradora, las prótesisinternas y materiales implantables internosexpresamente indicados a continuación y hastalos límites de capital asegurado establecidos,en su caso, en las Condiciones Particulares deesta póliza:

1. Oftalmología: Lente intraocular monofocalutilizada para la cirugía de cataratas.

2.Traumatología y Cirugía Ortopédica:Prótesis de cadera, de rodilla, y de otrasarticulaciones; material necesario para lafijación de columna; disco intervertebral;material de interposición intervertebral(intersomático o interespinoso); materialnecesario para vertebroplastia-cifoplastia;material osteo-ligamentoso biológicoobtenido de bancos de tejidos nacionales;material de osteosíntesis; sustitutos óseos.-exclusivamente para cirugía de columna yrellenos óseos tras cirugía tumoral.

3. Area Cardiovascular: Prótesis vasculares(Stent, by-pass periférico o coronario,medicalizado o no medicalizado-, conexclusión de los empleados en aorta encualquiera de sus tramos y en los conductosvalvulados aórticos); válvulas cardíacas conexclusión de los conductos valvuladosaórticos y cualquier otra de implantaciónpor vía percutánea o transapical;marcapasos con exclusión de cualquier tipode desfibrilador y del corazon artificial;coils y/o materiales de embolización.

4. Quimioterapia o Tratamiento del Dolor:Reservorios.

5. Otros materiales quirúrgicos: Mallasabdominales, excepto las utilizadas comosistemas de cierre en cirugíaslaparoscópicas; sistemas de suspensiónurológica; sistemas de derivación de líquidocefalorraquídeo (hidrocefalia); prótesis de

mama y expansores, exclusivamente en lamama afectada por una cirugía tumoralprevia.En aquellos casos en los que así lo requierala Entidad Aseguradora, el aseguradodeberá facilitar los informes y/opresupuestos.

6. Materiales de fijación ósea en cirugíascraneales y/o maxilofaciales

fgfgfgf

6. HOSPITALIZACIÓN

La hospitalización se realizará en clínica uhospital designado por el Asegurador,ocupando el enfermo habitación individualconvencional y cama de acompañante exceptoen las hospitalizaciones psiquiátricas, en U.V.I.e incubadora y siendo de cuenta delAsegurador el tratamiento, las estancias,manutención del enfermo, curas y su material,así como los gastos de quirófano, productosanestésicos y medicamentos.

6.1. Hospitalización médica: se realizará previa prescripción escrita de un médico del Asegurador en los centros que designe el mismo, para la atención de personas mayores de 14 años.

6.2. Hospitalización pediátrica: se realizará previa prescripción escrita de un médico del Asegurador en los centros que designe el mismo, para la atención de personas menores de 14 años. Incluye tanto la hospitalización convencional como en incubadora (en el último caso, no se incluye cama de acompañante).

6.3. Hospitalización psiquiátrica: se realizarán los internamientos previa prescripción escrita de un especialista del Asegurador, en centros psiquiátricos designados por el mismo, en habitación individual si la patología lo requiere, sin cama de acompañante. Comprenderá los gastos de estancia, la medicación y los tratamientos médicos propios. Sólo se facilitará para los tratamientos de los brotes agudos que no sean de enfermos crónicos,

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 19: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

19

quedando la estancia limitada a un periodo máximo de cincuenta (50) días por y año.

6.4. Hospitalización en U.V.I. (Unidad de Vigilancia Intensiva): se realizará en los centros designados por el Asegurador, previa prescripción de un médico del mismo, en instalaciones adecuadas, sin cama de acompañante.

6.5. Hospitalización quirúrgica: las intervenciones quirúrgicas cuya índole lo requiera, serán practicadas en clínica designada por el Asegurador. La misma asistencia tendrán los partos distócicos o prematuros.

6.6. Hospitalización obstétrica (parto normal en sanatorio): atendido por tocólogo, auxiliado por matrona, e incluyendo los gastos de paritorio.

7. SEGUNDA OPINIÓN

Comprende una segunda opinión sobre eldiagnóstico o tratamiento médico en el casode enfermedades graves, de carácter crónico,que necesiten una atención programada, cuyocurso requiera medidas excepcionalesdiagnósticas o terapéuticas y/o su pronósticovital esté gravemente comprometido. Estasegunda opinión será emitida porespecialistas, centros asistenciales, médicos oacadémicos de primer nivel, en cualquier paísdel mundo. Para utilizar este servicio elAsegurado remitirá el expediente clínico quecomprenderá información médica escrita,radiografías u otros diagnósticos por imagenrealizados excluyendo cualquier envío dematerial biológico o sintético. El expediente sehará llegar, con la debida confidencialidad, alespecialista o centro correspondiente según laenfermedad de que se trate.

8. SANITAS 24 HORAS

Servicio telefónicoque comprende la atencióninformativa facilitada por un equipo médico,

que asesorará al Asegurado sobre suspreguntas de carácter médico, tratamientos,medicación, lectura de análisis, etc., las 24horas del día, los 365 días del año.

fff

9. PSICOLOGÍA

Se incluye la atención psicológica de carácterindividual y temporal, prescrita exclusivamentepor un psiquiatra,médicos Asesores de SaludFamiliar, Oncólogos Médicos o pediatra delcuadro médico y cuya finalidad sea eltratamiento de patologías susceptibles deintervención psicológica. Asimismo se incluyeel diagnóstico psicológico simple y los testspsicométricos, con la salvedad de que losformularios serán por cuenta del asegurado.

Se excluyen el psicoanálisis, la terapiapsicoanalítica, la hipnosis, la narcolepsia y losservicios de rehabilitación psicosocial oneuropsiquiátrica. El servicio deberá serautorizado por el Asegurador previamente a surealización, bien por teléfono o en las oficinasde Sanitas. Esta autorización garantizará quese preste el servicio a través del cuadromédico perteneciente a la Compañía hasta unmáximo de 4 consultas al mes y con un límiteanual de 15 consultas.

10. ASISTENCIA EN ESTADOS UNIDOS

Las garantías objeto de cobertura por estapóliza podrán ser prestadas al asegurado enEstados Unidos a través de los centrosconcertados por UHC, siempre que dichosservicios sean previamente autorizados porSanitas, la cual gestionará y tramitará losservicios objeto de cobertura.

La cobertura en Estados Unidos alcanza el cienpor cien de los gastos médicos hasta los límitesde capital asegurado por asegurado yanualidad indicados a continuación:

Límite total en Estados Unidos: 50.000€

• Asistencia hospitalaria hasta 40.000€ con el sublímite parto hasta 1.500€

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 20: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

20

• Asistencia extrahospitalaria, hasta 10.000€

La presente cobertura se presta en virtud delacuerdo de colaboración con UnitedHealthcare, quedando sin efecto en caso deextinción de dicho acuerdo.

11. PLAZOS DE CARENCIA

TodasTodas las prestaciones que en virtud de laPóliza asuma el Asegurador, serán facilitadasdesde el momento de entrar en vigor elcontrato. No obstante, se exceptúan delanterior principio general la asistencia médica,quirúrgica y/u hospitalaria en los supuestosque a continuación se detallan, respecto de loscuales será necesario que hayan transcurridolos respectivos plazos de carencia que seespecifican seguidamente:

• Cirugía bariátrica en obesidad mórbida:sesenta meses

• Hospitalización e intervencionesquirúrgicas en régimen asistencial deHospitalización o de Hospitalización deDía, incluida la asistencia al parto: ochomeses

• Intervenciones quirúrgicas en régimenasistencial de Asistencia Ambulatoria: tresmeses

• Pruebas diagnósticas de alta tecnología:seis meses

• Los siguientes Métodos TerapéuticosComplejos: cardiología intervencionista/hemodinamia; radiología intervencionista;radioterapia: quimioterapia: y litotricia:seis meses

• Vasectomía y ligadura de trompas:ocho meses

• Psicología: seis meses

Los plazos de carencia anteriormente citadosno serán exigibles en el caso de accidentescubiertos por la póliza, o de enfermedades concarácter de urgencia vital, sobrevenidas y

diagnosticadas después de la fecha de efectode la póliza, así como en los casos de partosprematuros.

Modalidad II: Reembolso degastos sanitarios

Por el presente contrato, el Asegurador asume,en los términos y con los límites que seexpresan en las presentes CondicionesGenerales, en las Particulares y, en su caso, enlas Especiales y Suplementos de Póliza que seemitan, el reembolso de una parte (en caso deutilizar la fórmula de reembolso), razonables yusuales, realmente incurridos por elAsegurado, derivados de la asistenciamédico-quirúrgica y/u hospitalaria que le seaprestada a consecuencia de una enfermedad oaccidente cubierto por la presente Póliza, através de las siguientes GARANTÍAS:

Garantía de Asistencia Hospitalaria:.Comprende el reembolso parcial por parte delAsegurador de los gastos correspondientesexclusivamente a la asistencia médica y/oquirúrgica prestada al Asegurado comoconsecuencia del internamiento del mismocomo paciente en un hospital.

Quedan incluidos dentro de esta garantía losgastos originados por intervención quirúrgica,siempre que éstas sean prescritas y realizadaspor un médico (honorarios de cirujano y susayudantes, anestesista, utilización dequirófano, material y medicamentos), estanciasen U.V.I. o U.C.I., así como los gastos dehospitalización que incluyan manutención yhabitación convencional con cama deacompañante.

Para tener derecho al reembolso parcial porparte del Asegurador, de los gastos citados enlos dos párrafos anteriores, a efectos de lapresente Póliza, será necesario que dichointernamiento haya sido prescrito por unmédico.

Asimismo, serán objeto de reembolso parcialpor parte del Asegurador, los gastos relativos ala asistencia médica y/o quirúrgica en régimenhospitalario debida a parto, que incluye los

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 21: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

21

siguientes gastos: habitación convencional concama de acompañante y manutención de laparturienta, curas y su material, así como losderechos de paritorio y medicamentos que laparturienta consuma durante su estancia en elhospital, los honorarios de tocólogo,anestesista y matrona.

Garantía de Asistencia Extrahospitalaria:Comprende el reembolso parcial por parte delAsegurador de los gastos correspondientes aconsultas médicas y servicios de urgencia adomicilio. Igualmente comprende el reembolsoparcial por parte del Asegurador de los gastoscorrespondientes a pruebas diagnósticas,métodos terapéuticos y cirugía de día oambulatoria que le sean practicados alAsegurado por prescripción de un médico.

Comprende, asimismo, el reembolso parcial porparte del Asegurador de los gastos originadospor consultas odontológicas y extracciones,curas estomatológicas derivadas de estasextracciones y limpieza de boca prescritas porun facultativo.

Queda incluido el servicio de ambulancia porvía terrestre, para el traslado del Asegurado aun hospital o desde éste a su domicilio porprescripción de un médico. En caso deservicios recomendados por el Asegurador,este servicio se prestará cuando los recursosasistenciales concertados no sean suficientespara atender al Asegurado en el lugar dondese halle o éste solicite ir a su provincia deresidencia. En caso de reembolso, además elservicio se prestará de conformidad con loslímites económicos establecidos en lasCondiciones Particulares de la póliza.

Esta prestación no incluye los trasladosrequeridos para tratamientos de rehabilitación,realización de pruebas diagnósticas niasistencia a consultas médicas en régimenambulatorio. Queda también incluida laatención especial en domicilio prescrita por unmédico, exclusivamente a través de losservicios médicos recomendados por elAsegurador.

Asimismo, queda incluido el servicio depodología (quiropodia) con el límite máximo

de sesiones fijado en las CondicionesParticulares de la Póliza

Garantía de Prótesis: Comprendeexclusivamente el reembolso parcial por partedel Asegurador del importe de las siguientesprótesis internas de Traumatología y deCirugía Ortopédica: prótesis articulares,tornillos y placas de fijación interna.Comprende asimismo, las siguientes prótesisvasculares y cardiacas: válvulas cardiacas,by-pass vasculares, stent, marcapasostemporales y definitivos, prótesis mamariaspost mastectomía de origen neoplásico. Incluyetambién los reservorios implantables de accesovenoso utilizados en Oncología y losreservorios para medicación para eltratamiento del dolor. Queda excluidocualquier tipo de material ortopédico, losfijadores externos, materiales biológicos osintéticos, injertos (excepto los injertos óseos)desfibrilador automático implantable y elcorazón artificial. En cualquier caso, estasprótesis deberán ser prescritas siempre por unmédico.

Garantía de Psiquiatría: Comprende elreembolso parcial por parte del Asegurador delos gastos correspondientes a la asistenciamédica y/u hospitalaria de las enfermedadesmentales bajo prescripción facultativa.

Garantía de Recién Nacidos: Comprende elreembolso parcial (en caso de utilizar lafórmula del reembolso) o, en su caso, laasunción total (en caso de utilizar el cuadromédico concertado) por parte del Aseguradorde los gastos correspondientes a la asistenciamédica y/u hospitalaria que precise el reciénnacido desde el momento de su nacimiento,siempre y cuando haya sido dado de alta en laEntidad.

En caso de utilizar la modalidad de reembolsoy si los gastos citados en el párrafo anteriorfueran como consecuencia de enfermedadesde carácter congénito, el reembolso seotorgará únicamente durante el primer año devida del recién nacido y con el límite máximoeconómico fijado en las CondicionesParticulares de la Póliza. Dicho límite se

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 22: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

22

entenderá como suma asegurada de lacobertura de la Póliza del recién nacido.

Además, para tener derecho a esta garantía esnecesario que el alta de la madre en la Pólizahaya tomado efecto con menos de 365 días deantelación al parto, así como que el reciénnacido haya sido dado de alta en la Entidad.

Garantía de Rehabilitación: Comprende,asimismo, el reembolso parcial por parte delAsegurador de los gastos correspondientesexclusivamente, sin perjuicio de lo indicado enel párrafo siguiente, a la rehabilitaciónprestada para las afecciones del aparatolocomotor, con carácter ambulatorio en loscentros designados por la Entidad. En régimenhospitalario, queda cubierta la rehabilitaciónpostquirúrgica, para recuperación del AparatoLocomotor secundaria a una CirugíaOrtopédica y la rehabilitación cardiaca pararecuperación postcirugías con circulaciónextracorpórea.

Plazos de Carencia:

Garantía de Asistencia Hospitalaria:

• Hospitalización e intervencionesquirúrgicas en régimen asistencial deHospitalización o de Hospitalización de Día,incluida la asistencia al parto: ocho meses

• Intervenciones quirúrgicas en régimenasistencial de Asistencia Ambulatoria: tresmeses

• Pruebas diagnósticas de alta tecnología:seis meses

• Los siguientes Métodos TerapéuticosComplejos: cardiología intervencionista/hemodi-namia; radiología intervencionista;radioterapia: quimioterapia: y litotricia: seismeses

• Psicología: seis meses

• Vasectomía y ligadura de trompas:ocho meses

• Cirugía bariátrica en obesidad mórbida:sesenta meses

Plazos de Carencia:

Garantía de Asistencia Extrahospitalaria:

• Hospitalización e intervencionesquirúrgicas en régimen asistencial deHospitalización o de Hospitalización de Día,incluida la asistencia al parto: ocho meses

• Intervenciones quirúrgicas en régimenasistencial de Asistencia Ambulatoria: tresmeses

• Pruebas diagnósticas de alta tecnología:seis meses

• Los siguientes Métodos TerapéuticosComplejos: cardiología intervencionista/hemodi-namia; radiología intervencionista;radioterapia: quimioterapia: y litotricia: seismeses

• Psicología: seis meses

• Vasectomía y ligadura de trompas:ocho meses

• Cirugía bariátrica en obesidad mórbida:sesenta meses

Garantía de Psiquiatría:aran

• Hospitalización e intervencionesquirúrgicas en régimen asistencial deHospitalización o de Hospitalización de Día,incluida la asistencia al parto: ocho meses

• Intervenciones quirúrgicas en régimenasistencial de Asistencia Ambulatoria: tresmeses

• Pruebas diagnósticas de alta tecnología:seis meses

• Los siguientes Métodos TerapéuticosComplejos: cardiología intervencionista/hemodi-namia; radiología intervencionista;radioterapia: quimioterapia: y litotricia: seismeses

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 23: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

23

• Psicología: seis meses

• Vasectomía y ligadura de trompas:ocho meses

• Cirugía bariátrica en obesidad mórbida:sesenta meses

12. FRANQUICIAS

12.1. Con carácter general, el asegurador reembolsará únicamente el porcentaje indicado en las Condiciones Particulares de la Póliza, del importe de los gastos médicos y/u hospitalarios en los que incurra realmente el Asegurado como consecuencia de la asistencia médica y/u hospitalaria contemplada en las Garantías de Asistencia Hospitalaria, Asistencia Extrahospitalaria, Prótesis, Psiquiatría, Recién Nacidos y Rehabilitación , anteriormente descritas por los riesgos cubiertos y no excluidos, conforme a lo establecido en la Cláusula Primera de las presentes Condiciones Especiales, siendo la diferencia porcentual restante a cargo del propio Asegurado.

12.2. No obstante, en el caso de que el Asegurado utilice los servicios asistenciales médicos y/u hospitalarios en España recomendados por el Asegurador, el Tomador del Seguro o Asegurado no tendrán que hacer efectivo el pago por dichos servicios, corriendo la totalidad de los gastos médicos y/u hospitalarios por cuenta y a cargo del Asegurador, quien efectuará directamente el pago por dichos servicios. Para ello, el Asegurado no desembolsará cantidad alguna y deberá presentar su tarjeta Sanitas. Igualmente, vendrá obligado a exhibir su Documento Nacional de Identidad o Tarjeta de Residencia, si así le fuesen requeridos.

12.3. Asimismo, en el caso de que el Asegurado utilice los servicios asistenciales médicos y/u hospitalarios en el Extranjero recomendados por el Asegurador, el Tomador del Seguro o Asegurado no tendrá que hacer efectivo el pago por dichos servicios, corriendo la totalidad de los gastos médicos y/u

hospitalarios por cuenta y a cargo del Asegurador, quien efectuará directamente el pago por dichos servicios. Para ello, el Asegurado no desembolsará cantidad alguna y será necesaria la autorización previa y tramitación por parte del Asegurador.

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 24: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

-*-*- Demonstration Page - Powered by HP Exstream, Version 7.0.624 32-bit -*-*-

Page 25: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

25

20

--8

17

65

08

7-0

¿Qué no cubre su seguro?

1. Toda clase de enfermedades, defectos odeformaciones preexistentes y/o congénitas, aconsecuencia de accidentes o enfermedadesocurridos con anterioridad a la fecha de inclusiónde cada Asegurado en la póliza; así como los quepuedan derivarse de aquéllos.

El Tomador del Seguro, en su nombre y ennombre de los beneficiarios y/o cada uno deestos, está obligado a manifestar en el momentode suscribir la propuesta/solicitud de seguro, sipadecen o han padecido cualquier tipo delesiones o enfermedades, especialmenteaquellas de carácter recurrente, congénitas, oque precisen o hubieran precisado estudios,pruebas diagnósticas o tratamientos de cualquieríndole; o en el momento de la suscripciónpadecieran síntomas o signos que pudieranconsiderarse como el inicio de alguna patología.Manifestándose de esta forma, la afección seconsiderará como preexistente y/o congénita y,en consecuencia, excluida de las coberturaspactadas en el contrato de seguro. Si hubieraenfermedades preexistentes y/o congénitas, laEntidad se reserva el derecho de aceptar orechazar la incorporación del solicitante osolicitantes, y en caso de aceptarlo(s), se incluirála correspondiente cláusula de exclusión a lascondiciones particulares de la póliza en lo que serefiere a la prestación de servicios porenfermedades, defectos o deformacionespreexistentes y/o congénitas, presentes conanterioridad a la fecha de inclusión de cadaAsegurado en la póliza; así como los que puedanderivarse de aquéllos.

2. La asistencia sanitaria por enfermedades olesiones producidas como consecuencia deguerras civiles, internacionales o coloniales,invasiones, insurrecciones, rebeliones, actos decarácter terrorista en cualquiera de sus formas(química, biológica, nuclear, etc.), revoluciones,motines, alzamientos, represiones y maniobrasmilitares, aún en tiempo de paz, y epidemiasdeclaradas oficialmente.

3. Enfermedades o accidentes que guardenrelación directa o indirecta con radiación nuclearo contaminación radiactiva, así como los queprovengan de cataclismos como terremotos,inundaciones, erupciones volcánicas y otrosfenómenos sísmicos o meteorológicos, salvo elrayo.

4. La asistencia sanitaria que exija el tratamientopor enfermedades o accidentes laborales,profesionales y en competiciones deportivas, laderivada de la utilización de vehículos a motorcubierta por el Seguro del Automóvil deSuscripción Obligatoria, así como los gastosderivados de la asistencia sanitaria prestada encentros de la Seguridad Social o centrosintegrados en el Sistema Nacional de Salud queno estén concertados con el Asegurador.

5. La asistencia sanitaria derivada de alcoholismocrónico, drogadicción, intoxicaciones debidas alabuso del alcohol, de psicofármacos,estupefacientes o alucinógenos, intento desuicidio y autolesiones, así como la asistenciasanitaria por enfermedades o accidentes sufridospor dolo del Asegurado. No obstante, se prestarála asistencia de urgencia.

6. Los productos farmacéuticos fuera delrégimen de hospitalización –salvo laquimioterapia administrada en centrosconcertados así como vacunas de todo tipo yproductos de parafarmacia.

7. Quedan expresamente excluidos todosaquellos procedimientos diagnósticos y terapéuticos cuya seguridad y eficacia clínicas no estén debidamente contrastadas científicamente o hayan quedado manifiestamente superadas por otras disponibles. Igualmente, quedan excluidos aquellos procedimientos, de carácter experimental o que no tengan suficientemente probada su contribución eficaz a la prevención, tratamiento o curación de las enfermedades, conservación o mejora de la esperanza de vida, autovalimiento y eliminación o disminución del dolor y el sufrimiento y los que consisten en meras actividades de ocio, descanso, confort o deporte. Los tratamientos en balnearios y curas de reposo.

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 26: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

26

8. Queda excluida la homeopatía salvo que seestablezca su cobertura por las condicionesparticulares de la póliza.

9. Tratamientos, inclusive la cirugía,solventar laesterilidad o infertilidad en ambos sexos(fecundación “in vitro”, inseminación artificial,etc.) y la interrupción voluntaria del embarazo,así como las pruebas diagnósticas relacionadascon dicha interrupción. Está excluido el estudio,diagnóstico y tratamiento (inclusive la cirugía)de la impotencia y de la disfunción erectil. 10. Los trasplantes de órganos, tejidos, células ocomponentes celulares, excepto el trasplanteautólogo de médula ósea o de célulasprogenitoras de sangre periférica por tumores deestirpe hematológica y el trasplante de córnea.En este último caso, la Aseguradora no se hacecargo de la córnea a trasplantar.

11. La asistencia sanitaria derivada de la infecciónpor el Virus de la Inmunodeficiencia Humana(V.I.H.), el SIDA y las enfermedades relacionadascon éste.

12. Están excluidos los tratamientos capilares confinalidad estética.

13. La hospitalización por problemas de tiposocial.

14. Los reconocimientos médicos generales decarácter preventivo, salvo los contemplados en ladescripción de los servicios en el apartado ¿quecubre su seguro?.

15. Todo lo relativo a la terapia educativa, talcomo la educación del lenguaje en procesoscongénitos o la educación especial paraenfermos con afección psíquica.

16. Las endodoncias, empastes y obturaciones,colocación de prótesis dentales, ortodoncias,periodoncias e implantes, así como otrostratamientos odontológicos distintos a loscontemplados en el apartado ¿Qué cubre suseguro?.

17. Las prótesis de cualquier clase o naturaleza, , salvo las prótesis relacionadas en el apartado¿Qué cubre su seguro? de las presentesCondiciones Especiales.

18. Tratamientos crónicos de diálisis yhemodiálisis.

19. Los gastos por viaje y desplazamientos

20. La cirugía refractiva de cualquier tipo paramiopía, hipermetropía y astigmatismo.

Todas las técnicas quirúrgicas o procedimientosterapéuticos que usan el láser salvo:

- los tratamientos en patología oftálmicaintraocular- tratamientos de hemorroides- cirugía vascular periférica con patología (noestética)- otorrinolaringología- en fisioterapia músculo-esquelética

Queda excluida expresamente la técnica del láserverde en intervenciones de próstata

21. Las determinaciones del mapa genético, quetienen como finalidad conocer la predisposicióndel Asegurado o de su descendencia presente ofutura a padecer ciertas enfermedadesrelacionadas con alteraciones genéticas. 22. Cirugía de cambio de sexo 23. Se excluyen las técnicas diagnósticasquirúrgicas y tratamientos de nueva aparición noincluidos en la presente póliza.

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 27: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

27

24. Quedan expresamente excluidas lasintervenciones, infiltraciones y tratamientos asícomo cualquier otra intervención que tenga uncarácter puramente estético o cosmético.Igualmente quedan expresamente excluidas,cualquier tipo de patologías o complicacionesque pudieran manifestarse en un momentoposterior y que estén directa y principalmentecausadas por haberse sometido el asegurado auna intervención, infiltración o tratamiento de losanteriormente señalados de naturalezapuramente estética o cosmética.

25. Se excluye cualquier tipo de serviciorelacionado con patologías no cubiertas así comocomplicaciones que se deriven de éstas.

26. Medicinas alternativas, naturopatía,homeopatía, acupuntura, mesoterapia,hidroterapia, magnetoterapia, presoterapia,ozonoterapia, etc, salvo que se indiqueexpresamente lo contrario en las CondicionesParticulares de la póliza.

27. La asistencia sanitaria por enfermedades olesiones producidas practicando comoaficionado, boxeo, rugby, toreo, en pruebas develocidad o resistencia con vehículos a motor,incluso entrenamientos, bobsleigh, deportesaéreos en general (paracaidismo, ascensiones englobo, ala-delta, ultraligeros, planeadores ysimilares), esgrima, así como la práctica dedeportes realizada profesionalmente y el esquíde competición, salvo pacto en contrario.

28. La asistencia médica y/u hospitalariaprestada al Asegurado por personas que seencuentren ligadas con el Tomador del Seguro ocon el Asegurado por relación conyugal o deparentesco hasta el cuarto grado deconsanguinidad o de afinidad, inclusive.

29. Queda expresamente excluido el plasma ricoen plaquetas o en factores de crecimiento.

30. Las terapias avanzadas (medicamentos deuso humano basado en genes, células o terapiacelular y que incluyen productos de origenautólogo, alogénico o xenogénico).

31. Todos los medicamentos no comercializadosen España.

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 28: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

-*-*- Demonstration Page - Powered by HP Exstream, Version 7.0.624 32-bit -*-*-

Page 29: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

29

Otros aspectos de su seguro

BASES, PÉRDIDA DE DERECHOS, RESCISIÓN EINDISPUTABILIDAD DEL CONTRATO

1. El presente contrato ha sido concertadosobre las bases de las declaraciones efectuadaspor el Tomador del Seguro y el Asegurado en elcuestionario-solicitud del seguro, sobre suestado de salud, profesión habitual y prácticasde deporte del asegurado. Dichasdeclaraciones constituyen la base para laaceptación del riesgo del presente contrato yforman parte integrante del mismo.

2. El Asegurado pierde el derecho a la prestación garantizada:

a) Si al cumplimentar el cuestionario elTomador del Seguro o Asegurado ha sidoinexacto o ha omitido dolosamente cualquiercircunstancia por él conocida que pueda influiren la valoración del riesgo, el Asegurador podrárescindir el contrato durante los treinta díassiguientes a la fecha en que haya tenidoconocimiento de dicha omisión (Art. 10 de laLey de Contrato de Seguro).

b) En caso de agravación del riesgo, si elTomador del Seguro o el Asegurado no locomunican al Asegurador y han actuado demala fe (Art. 12 de la Ley de Contrato deSeguro).

c) Cuando el siniestro hubiese sido causado pormala fe del Asegurado (Art. 19 de la Ley deContrato de Seguro).

d) Si el hecho garantizado sobreviene antes deque se haya pagado la prima, salvo pacto encontrario (Art. 15 de la Ley del Contrato delSeguro).

3. El Tomador podrá rescindir el contrato cuando se varíe el cuadro facultativo, siempre que afecte al médico de cabecera, o al tocólogo, o al puericultor de zona, o al 50% de los especialistas que integren el cuadro médico

del Asegurador , quien tendrá a disposición del Asegurado en todo momento en sus oficinas la relación completa y actualizada de dichos especialistas, para su consulta.

4. .La póliza será indisputable en cuanto al estado de salud del Asegurado y el Asegurador no podrá negar sus prestaciones alegando la existencia de enfermedades anteriores, una vez transcurrido un (1) año desde la fecha de efecto del presente contrato, salvo que el Tomador del Seguro o el Asegurado hayan actuado dolosamente.

5. En el supuesto de indicación inexacta de la fecha de nacimiento del Asegurado, el Asegurador sólo podrá impugnar el contrato si la verdadera edad del Asegurado, en el momento de la entrada en vigor del contrato, excede de los límites de admisión establecidos por aquél.

En otro caso, si como consecuencia de unadeclaración inexacta de la edad la primapagada es inferior a la que corresponderíapagar, el Asegurado vendrá obligado a abonaral Asegurador la diferencia existente entre lascantidades efectivamente satisfechas a éste enconcepto de primas y las que realmente lehubiese correspondido pagar según suverdadera edad.

Si por el contrario la prima pagada es superiora la que debería haberse abonado, elAsegurador estará obligado a restituir el excesode las primas percibidas sin intereses.

6. Derecho de rescisión: cuando el contrato de seguro se celebre utilizando una técnica de contratación a distancia, el Tomador podrá resolverlo unilateralmente, sin penalización, si no ha acaecido el siniestro objeto de cobertura, en los 14 días siguientes a la firma de la póliza o a la recepción por el Tomador de las condiciones contractuales y la información previa obligatoria, si esta recepción es posterior a la firma de la póliza.

Este derecho solo corresponde a los Tomadorespersonas físicas que actúen con un propósito

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 30: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

30

ajeno a una actividad comercial o profesionalpropia.

Para ejercitar este derecho, el Tomador remitiráuna comunicación dirigida al Asegurador,utilizando cualquier soporte duradero yaccesible al Asegurador. El Tomador podráremitir esta comunicación utilizando medioselectrónicos, siempre que disponga de losdispositivos que garanticen la integridad,autenticidad y no alteración de lacomunicación, y permitan constatar la fecha deenvío y recepción de la misma.

DURACIÓN DEL SEGURO

1. El seguro se estipula por el periodo detiempo previsto en las condiciones particularesy, a su vencimiento, de conformidad con elartículo 22 de la Ley de Contrato de Seguro, seprorrogará tácitamente por periodos nosuperiores a un año. No obstante, cualquiera delas partes podrá oponerse a la prórrogamediante notificación escrita a la otra parte,efectuada con antelación no inferior a dosmeses respecto de la fecha de conclusión delperiodo en curso.

2. El Asegurador no podrá resolver la Póliza cuando el Asegurado se halle en tratamiento en régimen hospitalario, hasta el alta del mismo, salvo renuncia del Asegurado a continuar el tratamiento.

3. Respecto a cada Asegurado, el seguro se extingue:

a) Por fallecimiento

b) Si en la Póliza están incluidos familiares queconvivan con el Tomador del Seguro, cuandodejen de vivir de manera habitual en eldomicilio de este último, lo cual deberá sercomunicado al Asegurador. Si estas personascontratan un nuevo seguro, antes de transcurrirun mes desde la comunicación anteriormentecitada, el Asegurador mantendrá los derechosde antigüedad por ellos adquirida, siempre ycuando suscriban las mismas garantías.

c) Por traslado de residencia al extranjero o porno residir un mínimo de nueve (9) meses al añoen territorio nacional.

4. Las personas menores de 14 años, sólo podrán incluirse dentro del seguro en el caso de estar igualmente aseguradas la persona o personas que ostenten su patria potestad o tutela, salvo pacto en contrario.

5. Las coberturas contratadas no tomarán efecto mientras no se haya satisfecho el primer recibo de prima.

S I N I E S T R O S , R E E M B O L SO S YCONTROVERSIAS

1. Tramitación en caso de siniestro

Para la tramitación de un siniestro, en caso deque el Asegurado utilice los serviciosasistenciales médicos y/u hospitalarios norecomendados por el Asegurador, cubiertoparcialmente por esta Póliza (reembolso delporcentaje de gastos indicado en lasCondiciones Particulares de la misma) debencumplirse las siguientes normas:

1.1. El Asegurado o cualquier persona en sunombre deberá comunicar el ingresohospitalario, intervención quirúrgica y engeneral cualquier prestación médica aseguradadentro del plazo máximo de siete (7) días dehaberlo conocido, salvo que se haya fijado unplazo más amplio.

En el caso de intervención quirúrgica ointernamiento hospitalario programado, deberáde comunicar dicha circunstancia a laaseguradora desde el momento en el que tengaconocimiento de la fecha en la que dichaintervención quirúrgica o internamientohospitalario vaya a producirse.

1.2. En los casos de intervenciones quirúrgicas,hospitalizaciones, pruebas diagnósticas ymétodos terapéuticos, junto con lacomunicación de enfermedad o accidente, elTomador del Seguro o Asegurado enviará alAsegurador informe médico en el que seespecifique/n el/los diagnóstico/s y naturaleza

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 31: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

31

de la/s enfermedad/es, así como, en su caso, elcentro asistencial, fecha de ingreso, duraciónprobable del tratamiento y tipo de éste.

1.3. El Asegurado deberá, además, seguirfielmente todas las prescripciones del médicoencargado de la curación y deberá dar alAsegurador toda clase de informaciones sobrelas circunstancias o consecuencias del siniestro.

1.4. El Tomador del Seguro o el Asegurado osus familiares deberán permitir que médicosdesignados por el Asegurador visiten alAsegurado tantas veces como el Asegurador loestime oportuno, así como cualquieraveriguación o comprobación que elAsegurador considere necesaria sobre suestado de salud.

1.5. En caso de hospitalización, una vezfinalizada ésta, el Tomador del Seguro o elAsegurado comunicará tal circunstancia alAsegurador con indicación del periodo deduración del internamiento.

1.6. El Tomador del Seguro o, en su caso, elAsegurado deberá presentar al Asegurador lasiguiente documentación:

1.6.1. Impreso de solicitud de reembolso,debidamente cumplimentado.

1.6.2. Justificante/s o factura/s original/es, delos gastos realmente incurridos por elAsegurado, debidamente desglosados, porcada uno de los conceptos incluidos en la/sfactura/s en donde se refleje/n:

a) La persona a la que se ha realizado laasistencia médica y/u hospitalaria.

b) La naturaleza del acto o actos médico/srealizado/s (consulta, pruebas diagnósticas,métodos terapéuticos, intervencionesquirúrgicas, etc) y su/s fecha/s e importes.

c) Identificación de la persona física o jurídicaque ha prestado la asistencia (médico, ATS oDUE, clínica u hospital, etc.), haciéndoseconstar, en su caso, los apellidos, nombre orazón social, domicilio, número de colegiado ynúmero de identificación fiscal (N.I.F.).

1.6.3. Justificación o acreditación original delpago de la/s factura/s por parte del Asegurado.

1.6.4. Prescripciones médicas originales de losservicios médicos y/u hospitalarios recibidospor el Asegurado, excepto en el caso deconsultas y servicios de podología, respecto delos cuales no será necesaria la presentación detales prescripciones.

1.6.5. Informe médico original explicativo delos servicios médicos y/u hospitalariosprestados al Asegurado, del proceso de laenfermedad y su evolución, así como el informede alta médica u hospitalaria, con indicación, ensu caso, de la necesidad de continuidadasistencial. El incumplimiento de las normasestablecidas en los seis apartados anterioresserá considerado como renuncia expresa alcobro del reembolso, salvo que no haya sidoposible cumplirlas por causas ajenas a lavoluntad del Tomador del Seguro, delAsegurado o de sus familiares.

En particular, para las intervencionesquirúrgicas de alta complejidad indicadas acontinuación (cirugía del sistema nerviosocentral, cirugía cardiaca, cirugía bariátrica ycirugía de columna), la Entidad se reserva elderecho de designar, en cada caso individual ycon carácter previo a la realización de laintervención quirúrgica concreta, el centrosanitario y los profesionales que la llevarán acabo.

Para la tramitación de un siniestro cubierto poresta Póliza, en caso de que el Asegurado utilicelos servicios asistenciales médicos y/uhospitalarios en España recomendados por elAsegurador, deben cumplirse las siguientesnormas:

1. La asistencia, de conformidad con lo previstoen las disposiciones reglamentarias aplicables,se prestará en todas las poblaciones donde elAsegurador tenga representación debidamenteautorizada o cuente con cuadros médicosconcertados. Cuando en cualquiera de laspoblaciones donde radique dicharepresentación o cuadros médicos concertadosno exista alguno de los servicios comprendidosen el contrato, serán facilitados en la provincia

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 32: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

32

donde los mismos puedan utilizarse, a eleccióndel Asegurado

2. El Asegurado presentará su tarjeta-Sanitas alservicio asistencial médico y/u hospitalariorecomendado, identificándose, por tanto, comotal Asegurado y no abonará cantidad alguna adicho servicio asistencial médico y/uhospitalario recomendado.

3. Además, será necesaria, con caráctergeneral, la previa prescripción médica y laautorización expresa del Asegurador paraintervenciones quirúrgicas, hospitalizaciones,métodos terapéuticos y pruebas diagnósticasexcepto los que a continuación se relacionan:

• Aerosolterapia• Análisis clínicos (excepto pruebas de genética

y biología molecular)• Audiometría• Bronco - espirometría• Campimetría ocular• Citología• Colposcopia• Ecografías (excepto eco-doppler obstétrico,

ecografía obstétrica de 20 semanas yecografía con punción)

• Electrocardiograma• Electroencefalograma• Electromiograma.• Endoscopia• Estudios anatomopatológicos simples• Extracción de pieza dentaria (excepto

cordales)• Infiltraciones• Limpieza dental• Mamografía• Pruebas alérgicas• Radiología digestiva con contraste baritado• Radiología general sin contraste (excepto

radiología maxilofacial)• Radiología urológica con contraste yodado

(excepto la urodinámica)• Toma de biopsia en consulta• Tratamiento ortopédico con escayola

El incumplimiento de lo establecido en losapartados 1 y 2 precedentes (salvo en el casode que no haya sido posible cumplirlo porcausas ajenas a la voluntad del Tomador delSeguro, del Asegurado o sus familiares) dará

lugar a que el Asegurador no asuma los gastosocasionados por dicha asistencia, ni total niparcialmente.

Para la tramitación de un siniestro cubierto poresta Póliza, en caso de que el Asegurado utilicelos servicios asistenciales médicos y/uhospitalarios en el extranjero recomendadospor el Asegurador, el Asegurado necesitaráautorización previa del Asegurador, quienademás, procederá a realizar los trámitesoportunos con el servicio asistencialrecomendado que proceda y hará efectivo aéste directamente el pago de loscorrespondientes servicios.

El incumplimiento de lo establecido en elpárrafo anterior (salvo en el caso de que nohaya sido posible cumplirlo por causas ajenas ala voluntad del Tomador del Seguro, delAsegurado o sus familiares) dará lugar a que elAsegurador no asuma los gastos ocasionadospor dichos servicios.

2. Reembolso de gastos

En el supuesto de que el Asegurado sufraalguna de las consecuencias previstas en lasCondiciones de la Póliza que dé lugar alreembolso, el Asegurador pagará, a través delmedio de pago que se establezca, al Tomadordel Seguro o al Asegurado, según proceda, lacantidad que corresponda.

Una vez recibida toda la documentaciónrequerida y efectuadas las comprobacionesoportunas para establecer la existencia delsiniestro, el Asegurador, en el plazo de diezdías laborables, deberá reembolsar o consignarla cantidad garantizada, según lascircunstancias conocidas.

En el supuesto de que el proceso tenga unaduración superior a los tres meses, el Tomadordel Seguro o, en su caso, el Asegurado, deberáremitir al Asegurador la/s factura/s de losgastos incurridos en el trimestre anterior.

Si en el plazo de tres meses desde la ocurrenciadel siniestro, el Asegurador no hubierareembolsado su importe por causa nojustificada o que le fuera imputable, la cantidadque éste pudiera adeudar se incrementará en el

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 33: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

33

tipo de interés legal del dinero vigente en elmomento en que se devengue, incrementadoen el 50 por 100.

Estos intereses se considerarán producidos pordías, sin necesidad de reclamación judicial. Noobstante, transcurridos 2 años desde laproducción del siniestro, el interés anual nopodrá ser inferior al 20 por 100 (artículo 20 dela Ley de Contrato de Seguro).

En el caso de que la asistencia médica y/uhospitalaria se lleve a cabo en el extranjero, lavaloración de los gastos o de la cantidad areembolsar por el Asegurador se realizará eneuros al cambio oficial comprador del mercadode divisas que, en la fecha de abono por elTomador del Seguro o Asegurado de la facturade gastos médicos y/u hospitalarios de cuyoreembolso se trate, tuviere la moneda en quedicho Tomador del Seguro o Aseguradohubiere efectuado el pago por la asistenciarecibida. Los gastos derivados de la traducciónal idioma español de los oportunos documentos(facturas, informes, etc.) redactados en otraslenguas, correrán a cargo del Asegurado.

No obstante, conforme a lo establecido en losApartados B/ y C/ de la Cláusula Quinta de laspresentes Condiciones Especiales, en el caso deque el Asegurado utilice los servicios médicosy/u hospitalarios recomendados por elAsegurador, será éste quien proceda al pagodirectamente a los médicos y/u hospitales quehubieren prestado la asistencia de loscorrespondientes honorarios y gastos médicosdevengados, que serán íntegramente de supropia cuenta y cargo.

3. Controversias

3.1. En caso de desacuerdo sobre la naturalezade la enfermedad y/o el importe del reembolso,cada parte designará un Perito, debiendoconstar por escrito la aceptación de éstos. Siuna de las partes no hubiera hecho ladesignación, estará obligada a realizarla en losocho días siguientes a la fecha en que searequerida por la que hubiere designado el suyo,y de no hacerlo en este último plazo seentenderá que acepta el dictamen que emita el

Perito de la otra parte, quedando vinculada porel mismo.

3.2. En caso de que los Peritos lleguen a unacuerdo, se reflejará en un acta conjunta, en laque se harán constar las causas del siniestro, lavaloración de los daños, las demáscircunstancias que influyan en la determinacióndel reembolso de gastos y la propuesta delimporte líquido de tal reembolso.

3.3. Cuando no haya acuerdo entre los Peritos,ambas partes designarán un tercer Perito deconformidad y, de no existir ésta, ladesignación se hará por el Juez de PrimeraInstancia en acto de jurisdicción voluntaria ypor los trámites previstos para la insaculaciónde Peritos en la Ley de Enjuiciamiento Civil. Eneste caso el dictamen pericial se emitirá en elplazo señalado por las partes o, en su defecto,en el de treinta días a partir de la aceptación desu nombramiento por el Perito tercero.

3.4. El dictamen de los Peritos, por unanimidado por mayoría, se notificará a las partes demanera inmediata y en forma indubitada,siendo vinculante para éstas, salvo que seimpugne judicialmente por alguna de laspartes, dentrodel plazo de treinta días, en elcaso del Asegurador, y de ciento ochenta en eldel Asegurado, computados ambos desde lafecha de su notificación. Si no se ejercitase endichos plazos la correspondiente acción, eldictamen pericial devendrá inatacable.

3.5. Si el dictamen de los Peritos no fueraimpugnado, el Asegurador deberá abonar elimporte del reembolso señalado por los Peritosen un plazo de cinco días.

3.6. En el supuesto de que por demora delAsegurador en el pago del importe delreembolso devenido inatacable el Asegurado seviere obligado a reclamarlo judicialmente, laindemnización correspondiente se veráincrementada con el interés anual legalmenteestablecido que, en este caso, empezará adevengarse desde que la valoración devinoinatacable para el Asegurador y, en todo caso,con el importe de los gastos originados alAsegurado por el proceso, a cuyaindemnización hará expresa condena la

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 34: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

34

sentencia, cualquiera que fuere elprocedimiento judicial aplicable.

3.7. Cada parte satisfará los honorarios de superito. Los del perito tercero y demás gastosque ocasione la tasación pericial serán decuenta y cargo por mitad del Asegurado y delAsegurador. No obstante si cualquiera de laspartes hubiera hecho necesaria la peritaciónpor haber mantenido una valoraciónmanifiestamente desproporcionada será ella laúnica responsable de dichos gastos.

PRIMAS DEL SEGURO

1. El Tomador del Seguro, de acuerdo con elartículo 14 de la Ley de Contrato de Seguro,está obligado al pago de la prima, que serealizará mediante domiciliación bancariasalvo que, en condición particular, se acuerdeotra cosa.

2. La primera prima será exigible, conforme alartículo 15 de la citada Ley, una vez firmado elcontrato. Si no hubiera sido pagada por culpadel Tomador del Seguro, el Asegurador tienederecho a resolver el contrato o a exigir el pagoen vía ejecutiva con base en la Póliza, y si nohubiera sido pagada antes de que se produzcael siniestro, el Asegurador quedará liberado desu obligación, salvo pacto en contrario.

3. En caso de falta de pago de la segunda ysucesivas primas, la garantía del Aseguradorqueda suspendida un mes después del día de suvencimiento, y si el Asegurador no reclama elpago en el plazo de los seis meses siguientes adicho vencimiento, se entenderá que elcontrato queda extinguido. Si el contrato nohubiera sido resuelto o extinguido conforme alas condiciones anteriores, la garantía vuelve atener efecto a las veinticuatro horas del día enque Tomador del Seguro pague la prima. Encualquier caso, el Asegurador, cuando elcontrato esté en suspenso, sólo podrá exigir elpago de la prima del periodo en curso.

4. En el caso de primas fraccionadas, siocurriere algún siniestro, el Asegurador podrádeducir de las cantidades a pagar o reembolsaral Tomador del Seguro o al Asegurado, lasfracciones de prima del Seguro de la anualidaden curso que aún no se hubiesen cobrado porel Asegurador.

5. El Asegurador sólo queda obligado por losrecibos librados por la Dirección o por susrepresentantes legalmente autorizados.

6. En cada renovación del contrato el Asegurador podrá modificar la prima anual y el importe de la participación del asegurado en el coste de los servicios, de acuerdo a los cálculos técnico-actuariales realizados y basados en el aumento del coste de los servicios sanitarios, el tipo e incremento de las prestaciones garantizadas y la inclusión de innovaciones tecnológicas médicas que no estuvieran cubiertas en la fecha de efecto inicial de la póliza.

Las primas a satisfacer por el Tomador, variarán en función de la edad alcanzada por cada uno de los Asegurados, el sexo y la zona geográfica correspondiente al lugar de prestación de los servicios, aplicando las tarifas establecidas por el Asegurador en la fecha de renovación de cada póliza. Dicha actualización de primas será comunicada por escrito por Sanitas al Tomador con al menos dos meses de antelación a la fecha de renovación.

7. El Tomador del Seguro, recibida, en sucaso, la comunicación del Asegurador relativa ala variación de la cuantía de las primas para lasiguiente anualidad, podrá optar entre laprórroga del contrato de seguro y la extincióndel mismo al vencimiento del periodo delseguro en curso. En este último caso, elTomador del Seguro deberá notificar porescrito al Asegurador su voluntad de dar porfinalizada a su término la relación contractual.El pago del primer recibo correspondiente a laprima del periodo de prórroga en cursosupondrá la aceptación del conjunto de lasnuevas condiciones del contrato de seguro.

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 35: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

35

8. El pago del importe de la prima efectuadopor el Tomador del Seguro al corredor deseguros no se entenderá realizado alAsegurador, salvo que, a cambio, el corredorentregue al Tomador del Seguro el recibo deprima de dicho Asegurador.

DERECHOS Y DEBERES

1. Obligaciones y deberes del tomador delseguro y/o asegurado

El Tomador del Seguro o, en su caso, elAsegurado tendrán las siguientes obligaciones:

a) Declarar al Asegurador, antes de laconclusión del contrato y de acuerdo con elcuestionario al que este le someta, todas lascircunstancias por él conocidas que puedaninfluir en la valoración del riesgo. Quedaráexonerado de tal deber si el Asegurador no lesomete a cuestionario o cuando, aúnhaciéndolo, se trate de circunstancias quepuedan influir en la valoración del riesgo y queno estén comprendidas en él.

El Asegurador podrá rescindir el contratomediante declaración dirigida al Tomador delSeguro en el plazo de un mes, a contar delconocimiento de la reserva o inexactitud delTomador del Seguro o Asegurado.Corresponderán al Asegurador, salvo queconcurra dolo o culpa grave por su parte,primas relativas al periodo en curso en elmomento que haga esta declaración.

Si el siniestro sobreviene antes de que haga elAsegurador la declaración a la que se refiere elpárrafo anterior, la prestación de éste sereducirá proporcionalmente a la diferenciaentre la prima convenida y la que se hubieraaplicado de haberse conocido la verdaderaentidad del riesgo. Si medió dolo o culpa gravedel Tomador del Seguro, el Aseguradorquedará liberado del pago de la prestación.

b) Comunicar al Asegurador, durante el cursodel contrato y tan pronto como le sea posible,todas las circunstancias que agraven el riesgoy sean de tal naturaleza que si hubieran sido

conocidas por este en el momento de laperfección del contrato, no lo habría celebradoo lo habría concluido en condiciones másgravosas.

El Asegurador puede, en un plazo de dos mesesa contar del día en que la agravación le ha sidodeclarada, proponer una modificación delcontrato. En tal caso, el Tomador dispone dequince días a contar desde la recepción de estaproposición para aceptarla o rechazarla. Encaso de rechazo, o de silencio por parte delTomador, el Asegurador puede, transcurridodicho plazo, rescindir el contrato previaadvertencia al Tomador, dándole para queconteste un nuevo plazo de quince días,transcurridos los cuales y dentro de los ochosiguientes comunicar al Tomador la rescisióndefinitiva.

El Asegurador igualmente podrá rescindir elcontrato comunicándolo por escrito alAsegurado dentro de un mes, a partir del díaen que tuvo conocimiento de la agravación delriesgo. En el caso de que el Tomador delSeguro o Asegurado no haya efectuado sudeclaración y sobreviniera un siniestro, elAsegurador queda liberado de su prestación siel Tomador o el Asegurado ha actuado conmala fe. En otro caso, la prestación delAsegurador se reducirá proporcionalmente a ladiferencia entre la prima convenida y la que sehabría aplicado de haberse conocido laverdadera entidad del riesgo.

c) Comunicar al Asegurador, tan pronto comole sea posible, el cambio de domicilio. Si elcambio de domicilio supone una disminucióndel riesgo será de aplicación lo dispuesto en elartículo 13 de la Ley de Contrato de Seguro, quedispone: “En tal caso, al finalizar el periodo encurso cubierto por la prima, deberá reducirse elimporte de la prima futura en la proporcióncorrespondiente, teniendo derecho el Tomadoren caso contrario a la resolución del contrato ya la devolución de la diferencia entre la primasatisfecha y la que le hubiera correspondidopagar, desde el momento de la puesta enconocimiento de la disminución del riesgo”. Sipor el contrario supone una agravación del

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 36: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

36

riesgo, será de aplicación lo previsto en la letrab) anterior.

d) Para la utilización de los servicios prestadospor los denominados médicos consultores en elpresente contrato, el Asegurado deberáproveerse del oportuno documento vinculativode asistencia que deberá entregar cuando se lepreste algún servicio de esta índole. Estosservicios sólo podrán ser utilizados previaprescripción de un especialista de la Entidad ycon la autorización del Asegurador.

e) Para la utilización de los servicios queprocedan y estén descritos en la CláusulaPrimera, el Asegurado deberá presentar sutarjeta Sanitas, documento personal eintransferible. En caso de pérdida o sustracciónde esta tarjeta, el Tomador y/o Aseguradotiene(n) la obligación de comunicarlo alAsegurador en el plazo de cuarenta y ochohoras, procediéndose a emitir una nueva tarjetay anular la extraviada o sustraída.

Además, el Tomador del Seguro y/o Aseguradose obliga(n) a devolver al Asegurador la(s)tarjeta(s) Sanitas, en el caso de rescisión,resolución y, en general, de finalización de larelación contractual cualquiera que sea la causade la misma.

f) Si la asistencia de la madre biológica en elparto se realiza con cargo al seguro de Sanitasde la que aquella fuese asegurada, los hijosrecién nacidos podrán ser incluidos en la pólizacon todos sus derechos cuando el alta de lamadre biológica en la póliza haya tomadoefecto con al menos 365 días de antelación alparto. Para ello, el Tomador deberá comunicara Sanitas tal circunstancia dentro de los 30 díasnaturales siguientes a la fecha del nacimiento,mediante la cumplimentación de una solicitudde seguro.

Sanitas podrá tramitar el alta de los reciénnacidos que cumplan los requisitos indicadosen el párrafo anterior.

En todo caso, Sanitas únicamente cubrirá laasistencia sanitaria al recién nacido siempre y

cuando esté dado de alta como asegurado en laAseguradora.

Si el alta del recién nacido se comunica conposterioridad al plazo indicado, será necesariocumplimentar el cuestionario de salud y Sanitaspodrá rechazar la admisión.

hh

2. Derechos del tomador del seguro y/oasegurado

a) Las prestaciones indicadas respectivamenteen las condiciones especiales de la póliza.

b) El Tomador del Seguro y/o Asegurado podráreclamar al Asegurador, en el plazo de un mesdesde la entrega de la Póliza, que se subsanenlas divergencias existentes entre esta y laproposición de seguro o de las cláusulasacordadas, según dispone el artículo 8 de laLey de Contrato de Seguro.

c) El Tomador del Seguro o el Aseguradopodrá, durante el curso del contrato, poner enconocimiento del Asegurador todas lascircunstancias que disminuyan el riesgo y seande tal naturaleza que si hubieran sidoconocidas por este en el momento de laperfección del contrato, lo habría concluido encondiciones más favorables. En tal caso, alfinalizar el periodo en curso cubierto por laprima, deberá reducirse el importe de la primafutura en la proporción correspondiente,teniendo derecho el Tomador en caso contrarioa la resolución del contrato y a la devolución dela diferencia entre la prima satisfecha y la quehubiera correspondido pagar, desde elmomento de la puesta en conocimiento de ladisminución del riesgo.

3.Obligaciones del asegurador

a) Además de hacer efectivas las garantíasaseguradas, el Asegurador deberá entregar aTomador del Seguro la Póliza o, en su caso, eldocumento de cobertura provisional o el queproceda según lo dispuesto en el artículo 5 de

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 37: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

37

la Ley de Contrato de Seguro, así como unejemplar del cuestionario y demás documentosque haya suscrito el Tomador del Seguro.

b) El Asegurador entregará al Tomador delSeguro y/o Asegurado la(s) tarjeta(s) Sanitas,con especificación del teléfono de informaciónde los servicios de urgencias.

RECLAMACIONES

1. Libro de reclamaciones

En las oficinas del Asegurador existe un librooficial de reclamaciones para que losAsegurados puedan hacer constar en él las queconsideren oportunas.

2. Prescripción

Las acciones del Tomador del Seguro y delAsegurado para reclamar judicialmente contrael rechazo de una prestación prescriben a loscinco años, a contar desde el día en quepudieran ejercitarse.

3. Control e instancias de reclamación

A. El control de la actividad de la EntidadAseguradora corresponde al Estado Español,ejerciéndose éste a través de la DirecciónGeneral de Seguros y Fondos de Pensiones delMinisterio de Economía.

B. En caso de cualquier tipo reclamación sobreel contrato de seguro, el Tomador, Asegurado,Beneficiario, Tercero perjudicado o Derechohabientes de cualquiera de ellos, deberándirigirse para su resolución:

1. Al Departamento de Atención al Cliente delAsegurador, mediante escrito dirigido a la calleRibera del Loira n° 52 (28042 Madrid) o al fax91 585 24 68 o a la dirección de correoelectrónico [email protected],quien acusará recibo por escrito y resolveráigualmente mediante escrito motivado en elplazo máximo legal de dos meses desde lafecha de presentación de la reclamación.

2. Una vez agotada dicha vía interna delAsegurador, o en caso de no estar conformescon la resolución de este, podrán formular sureclamación ante el Defensor del Aseguradodesignado por el Asegurador en los siguientescasos:

a) Cuando se trate de reclamaciones cuyacuantía no exceda de 21.000 euros y afecten ala interpretación de las Condiciones Generales yParticulares de la póliza. No podrán someterseal Defensor del Asegurado las reclamacionesque versen sobre la actuación personal oprofesional de los médicos, hospitales yservicios médicos en general que prestenatención médica a los asegurados.

b) Cuando aún estando fuera de los anterioressupuestos, así lo acepte el Asegurador. Parareclamar ante el Defensor del Asegurado elrecla mante deberá dirigir un escrito alapartado de correos n° 50.072 (28080 Madrid)exponiendo los motivos de su reclamación. A lavista del mismo, el Defensor acusará recibo porescrito y se declarará o no competente. Si sedeclara competente, una vez estudiada lareclamación, dictará –dentro del plazo máximolegal de dos meses computados desde la fechade presentación de la reclamación ante elAsegurador– una resolución motivada que serácomunicada por escrito tanto al reclamantecomo al Asegurador, para quien resultarávinculante .

3. También, se podrá iniciar el procedimientoadministrativo de reclamación ante elComisionado para la Defensa del Asegurado ydel Partícipe en Planes de Pensiones. Para ello,el reclamante deberá acreditar que hatranscurrido el plazo establecido para laresolución de la reclamación por el Defensordel Asegurado o que ha sido denegada laadmisión de la reclamación o desestimada supetición por este.

4. En cualquier caso podrá acudir a losJuzgados y Tribunales competentes.

OTROS ASPECTOS LEGALES A TENER ENCUENTA

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 38: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

38

bbb1. SubrogaciónrEl Asegurado debe facilitar la Subrogación al Asegurador, quien podrá ejercitar los derechos y las acciones que por razón del siniestro correspondieran al Asegurado frente a las personas responsables del mismo.

El Asegurador no podrá ejercitar en perjuiciodel Asegurado los derechos en que se hayasubrogado. El Asegurado será responsable delos perjuicios que, con sus actos u omisiones,pueda causar al Asegurador en su derecho asubrogarse.

El Asegurador no tendrá derecho a lasubrogación contra ninguna de las personascuyos actos u omisiones den origen aresponsabilidad del Asegurado, de acuerdo conla Ley, ni contra el causante del siniestro quesea, respecto del Asegurado, pariente en líneadirecta o colateral dentro del tercer grado civilde consanguinidad, padre adoptante o hijoadoptivo que convivan con el Asegurado.vanPero esta norma no tendrá efecto si laresponsabilidad proviene de dolo o si laresponsabilidad está amparada mediante uncontrato de seguro. En este último supuesto, lasubrogación estará limitada en su alcance deacuerdo con los términos de dicho contrato.o cEn caso de concurrencia de Asegurador y deAsegurado frente a tercero responsable, elrecobro obtenido se repartirá entre ambos enproporción a su respectivo interés.

2. Duplicado de la póliza

En caso de extravío de la Póliza, el Asegurador a petición del Tomador del Seguro o, en su defecto, del Beneficiario, tendrá obligación de expedir copia o duplicado de la misma, la cual tendrá idéntica eficacia que la original.

La petición se hará por escrito en el que se expliquen las circunstancias del caso, se aporten las pruebas de haberlo notificado a quienes resulten titulares de algún derecho en virtud de la Póliza y el solicitante se comprometa a devolver la Póliza original si

apareciese y a indemnizar al Asegurador de los perjuicios que le irrogue la reclamación de un tercero.

3.Comunicaciones

3.1. Las comunicaciones al Asegurador por parte del Tomador del Seguro, del Asegurado o Beneficiario se realizarán en el domicilio social de aquel señalado en la Póliza. 3.2. Las comunicaciones del Asegurador al Tomador del Seguro, al Asegurado o Beneficiario, se realizarán en el domicilio de los mismos, recogido en la Póliza, salvo que hubiesen notificado el cambio de su domicilio al Asegurador. 3.3. Las comunicaciones que efectúe el Tomador del Seguro al agente o corredor de seguros que medie o haya mediado en el contrato surtirán los mismos efectos que si se hubiesen realizado directamente al Asegurador.

4. Protección de datos de Carácter Personal

El Tomador se compromete a que toda lainformación que facilite al Asegurador tanto enla solicitud de seguro como durante toda lavigencia de la presente póliza es cierta y no haomitido dato alguno sobre el estado de saludde cada uno de los asegurados incluidos en lamisma.

No obstante faculta al Asegurador, para quepueda requerir de médicos, clínicas,hospitales… y por tanto autoriza a éstos a quefaciliten al Asegurador, los datos sobre la saludde las personas que hayan sido incluidas en lapóliza que entienda necesarios para la gestióndel seguro, ofrecimiento de los programasintegrales asistenciales que pueda tener elAsegurador para la mejora de su procesoasistencial, el mejor conocimiento y valoraciónde los riesgos a cubrir, para prevención delfraude y para la atención de las reclamacionespresentadas por los propios asegurados.

Asimismo y de conformidad con la Ley 15/1999de 13 de diciembre de Protección de Datos decarácter Personal y el Real Decreto 1720/2007

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 39: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

39

de 21 de diciembre por el que se aprueba elReglamento de Desarrollo de la ley orgánica15/1999, el Asegurador informa al tomador delseguro y a los asegurados y estos consienten,en que todos sus datos personales seanincorporados a ficheros titularidad delAsegurador para servir a las actividadespropias de esta compañía, la efectividad de lasrelaciones contractuales, el ofrecimiento deprogramas asistenciales integrales que lespermitan mejorar su salud, el conocimiento delos motivos de baja de la póliza, la prevencióndel fraude y el envío, por cualquier medio, depublicidad u otras ofertas que pudieran resultarde su interés de la entidad y terceros con losque establezca vínculos de colaboración,autorizando a SANITAS a tratar sus datos paraenviarle la información que más se adapte a susnecesidades específicas. Con el objeto deprevenir el fraude, los asegurados consientenexpresamente en que sean conservados por elAsegurador los datos necesarios para este finaunque se haya extinguido la relacióncontractual. Si el Tomador/Asegurado noconsintiera la inclusión de sus datos en estosficheros y su posterior tratamiento, el contratode seguro no podrá llevarse a efecto.

Asimismo, los asegurados y el tomadorautorizan expresamente la cesión de dichosdatos a empresas del Grupo Sanitas queconstan identificadas en www.sanitas.es,relacionadas con productos y serviciosfinancieros, seguros, socio-sanitarios y/o desalud o bienestar, así como por motivo decoaseguro o reaseguro del riesgo y cualquierotra entidad con la que establezca vínculos decolaboración, para la efectividad de lasrelaciones contractuales con el asegurado asícomo para el envío de información comercialde las mismas.

El tomador se hace responsable de comunicar atodos los asegurados incluidos en la póliza lainclusión de sus datos en los ficherosanteriormente mencionados y el tratamientoque de los mismos pretende realizar elAsegurador para que puedan ejercitar ante lamisma los derechos que estimen convenientes.El tomador informará a dichos asegurados quelos datos relativos a servicios médicos que lessean cubiertos por la póliza, les serán

comunicados al tomador de la misma salvo quepor parte del tomador se libere por escrito alAsegurador de su deber legal de informarle osea solicitado por cualquiera de losbeneficiarios.

El tomador manifiesta que cuenta con elconsentimiento de los asegurados tanto paraque por el tomador facilite sus datos personalesal Asegurador como para que éste proporcioneal tomador, la información sobre los serviciosmédicos de los asegurados cubiertos por lapóliza.

Los derechos de oposición, acceso, rectificacióny cancelación de estos datos previos en lamencionada legislación, pueden ser ejercitadosen la sede del Asegurador, calle Ribera delLoira 52, 28042 Madrid, Departamento deRelaciones con Clientes.

Si el tomador y/o los asegurados no deseanrecibir información comercial del Asegurador, oen su caso, de otras entidades con las que elAsegurador establezca vínculos decolaboración, o bien no desean que se cedandatos a otras compañías salvo para laefectividad de las relaciones contractuales,debe remitir comunicación en ese sentido a lasiguiente dirección de correo electrónico:[email protected].

En caso de no recibir comunicación escrita enel plazo de 45 días a contar desde la fecha enla que el tomador tuvo conocimiento de loestablecido en los párrafos anteriores, implicarásu conformidad con el envío de publicidad ycesión de datos a otras compañías en lostérminos indicados.

OTROS

El Tomador del Seguro y/o el Aseguradoautorizan al Asegurador para que, si este loconsidera necesario, pueda grabar lasconversaciones telefónicas que mantengan enrelación con la presente póliza y utilizarlas ensus procesos de control de calidad y, en sucaso, como medio de prueba para cualquierreclamación que pudiera surgir entre ambaspartes, preservando en todo caso la

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 40: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

40

confidencialidad de las conversacionesmantenidas.

El Tomador del Seguro y/o el Asegurado podrásolicitar al Asegurador copia o transcripciónescrita del contenido de las conversacionesgrabadas entre ambos.

JURISDICCIÓN

Será Juez competente para el conocimiento delas acciones derivadas del contrato del seguroel del domicilio del Asegurado.

Hecho por duplicado en Madrid a 22 de Julio de 2013

Por el Asegurado/ Por el AseguradorTomador del Seguro

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 41: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

20--

8176

5087

-0

COBERTURASADICIONALES

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 42: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 43: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

20--

8176

5087

-0

43

Coberturas adicionales

GARANTÍA PAGO DE LA PRIMA PORFALLECIMIENTO

El presente contrato se rige por lo dispuesto enla Ley 50/1980 de 8 de Octubre, del Contratode Seguro (B.O.E. de 17 de Octubre de 1980);por el Real Decreto Legislativo 6/2004 de 29de octubre por el que se aprueba el TextoRefundido de la Ley de Ordenación ySupervisión de los Seguros Privados y suReglamento de desarrollo (Real Decreto nº2486/98 de 20 de Noviembre) y por loconvenido en las Condiciones Generales,Especiales y Particulares de la póliza número75.00744, con fecha de efecto a partir del1/1/2005.

La entidad aseguradora es Seguros Lagun AroVida, S.A., con domicilio social en Camino deCapuchinos 6, 2º, Bilbao, Vizcaya, España, (CIFA-20182705 e inscrita en el R.M. de Vizcaya,Tomo BI-186 de Sociedades, Folio 42, Hoja16.779, Inscripción 1ª).

El Estado miembro a quien corresponde elcontrol y supervisión de la actividad de lapropia entidad aseguradora es el EstadoEspañol, y concretamente a través de laDirección General de Seguros y Fondos dePensiones del Ministerio de Economía yHacienda.

Tomador de la Póliza: Sanitas SociedadAnónima de Seguros.

1•GARANTÍA ASEGURADA FALLECIMIENTOPOR CUALQUIER CAUSA

Seguros Lagun Aro Vida, S.A. se compromete,en caso de fallecimiento del Tomador de lapresente póliza de asistencia sanitaria,producido por cualquier causa y en cualquierlugar, a pagar a Sanitas S. A. Seguros la primacorrespondiente por los asegurados de dichapóliza correspondientes a los 12 mesessiguientes a la fecha de comunicación delfallecimiento.

Para que el Tomador de la presente póliza deasistencia sanitaria tenga cobertura deberácumplir con los requisitos estipulados en elapartado 2 “Colectivo Asegurado”.

Las doce mensualidades consecutivas citadasse empezarán a computar con posterioridad ala fecha de notificación del siniestro.

Sin perjuicio de lo indicado en el párrafoanterior, en el caso de que hubiera recibos nopagados entre la fecha de fallecimiento y la denotificación, Seguros Lagun Aro Vida S.A sehará cargo de los mismos descontandoentonces estos importes de la garantía descritaen el párrafo anterior.

2• COLECTIVO ASEGURADO

Son asegurados de esta póliza los Tomadoresde alguna de las pólizas de seguro deenfermedad de las comercialmentedenominadas como SANITAS MULTI, SANITASMUNDI, SANITAS FAMILIA, SANITASAUTONOMOS, LAGUN ARO SALUDEXCLUSIVA Y LAGUN ARO SALUD OPTIMA,siempre que sus respectivas pólizas de segurose encuentren al corriente de pago y exista enlas mismas más de un asegurado o bien, encaso de existir un único asegurado, éste nocoincida con el tomador de la póliza de que setrate.

3• DURACIÓN DEL CONTRATO

La póliza de seguro de la cual el presentecertificado forma parte tiene una duracióncoincidente con el año natural siendo renovabletácitamente por años naturales sucesivos salvooposición expresa del Tomador o Asegurador auna de dichas prórrogas en tiempo y forma.

El presente certificado individual de seguroentra en vigor en la fecha de efecto de la pólizacolectiva de vida, es decir el 1 de enero de2005 o bien, en caso de producirse laincorporación de algún asegurado al colectivoasegurado con posterioridad a dicha fecha, la

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 44: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

44

fecha de efecto del presente certificadocoincidirá con la de la póliza de enfermedad delas indicadas en la anterior estipulaciónSEGUNDA de la cual el asegurado sea a su vezTomador. La fecha de finalización del presentecertificado se producirá cuando concurraalguna de las razones para causar baja en elColectivo asegurado indicadas en la siguientecláusula Duración del Seguro.

4• SINIESTROS

En caso de ocurrir algún siniestro debencomunicarlo al teléfono de atención al cliente:902 10 24 00 debiendo aportar el certificadode defunción del Tomador.

5•.RAZONES PARA CAUSAR BAJA DELGRUPO ASEGURADO

1 • la extinción por cualquier causa de la pólizade seguro de enfermedad de las mencionadasen la anterior cláusula segunda de la cual elasegurado era a su vez tomador.

2 • la extinción por cualquier causa de la pólizade seguro colectiva de vida de la cual elpresente Certificado Individual de seguro formaparte.

6•.RIESGOS EXCLUIDOS DE LA COBERTURADE FALLECIMIENTO

Siniestros ocurridos como consecuencia directao indirecta de la reacción o radiación nuclear ocontaminación radioactiva.

7• INSTANCIAS DE RECLAMACIÓN

En supuesto de litigio, el tomador del seguro,podrá dirigirse a:

• con carácter interno, y como servicio deatención al cliente, mediante escrito dirigidoa:

- Seguros Lagun Aro, Departamento deAtención al Cliente, Apartado nº 126 F.D.48080 Bilbao

• con carácter externo, mediante escritodirigido a:

- Dirección General de Seguros y Fondosde Pensiones, Comisionado para laDefensa del Asegurado y del Partícipe enPlanes de Pensiones, Paseo de laCastellana, 44. 28046 Madrid

- a los Juzgados y Tribunales ordinarios

8• PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTERPERSONAL

Sanitas S.A. de Seguros, para la efectividad dela presente póliza colectiva de seguro de vida,comunicará a Seguros Lagun Aro Vida, S.A. losdatos personales, incluidos datos de salud, delos asegurados que integren en cada momentoel colectivo asegurado, que resultenimprescindibles para el mantenimiento de larelación contractual. En este sentido leinformamos que sus datos de carácterpersonal, recogidos en este momento o que enel futuro se recojan para el mantenimiento ygestión de las relaciones contractuales conSeguros Lagun Aro Vida S.A., serán registradosen un fichero automatizado, titularidad deSeguros Lagun Aro Vida y situado en su Centrode Proceso de Datos de Mondragón, PaseoJosé María Arizmendiarrieta s/n, sobre el cuallos afectados podrán ejercitar los derechos deacceso y, en su caso, los derechos derectificación, cancelación y oposición.

Por su parte, Seguros Lagun Aro Vida, S.A., secompromete a la observancia de lasdisposiciones contenidas en los artículos 9 y 10LOPD, obligándose a mantener laconfidencialidad de los datos recabados, acustodiarlos, y a adoptar las medidas deseguridad correspondientes de acuerdo a lodispuesto por el RD 994/1999, de 11 de junio.

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 45: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

45

Protección en caso de Desempleoo de Incapacidad Laboral

20--

8176

5087

-0

Por el presente Certificado, Genworth FinancialInsurance, Compañía de Seguros y Reaseguros,S.A., con domicilio Calle Luchana, 23-5ª, 28010Madrid y CIF- A-80781701 e inscrita en el R.M.de Madrid, Tomo 18.537, Libro 0, Folio 189,Sección 8ª, Hoja M-121.063, inscripción 41,garantiza la cobertura de los riesgos dedesempleo o de incapacidad temporal, segúnlos casos, de los tomadores del seguro deasistencia sanitaria.

Asegurados: serán integrantes del colectivoasegurado los tomadores de la póliza SanitasMundi, siempre que sean mayores de dieciochoaños, menores de sesenta y cinco y esténtrabajando en territorio español de formaremunerada durante un mínimo de trece horassemanales, encontrándose en situación de altaen la Seguridad social, Mutualidad, Montepío oinstitución análoga que la legislacióndetermine.

Para el caso de que en una misma póliza hayavarias personas integradas (por ejemplo, porser miembros de una unidad familiar), losriesgos sólo se cubren para el tomador delseguro. Para el caso de que al tomador delseguro le sobrevenga alguna de lascontingencias cubiertas, la CompañíaAseguradora, se hará cargo de los pagoscorrespondientes a todas las personasintegradas en la póliza..

1. ¿A qué garantías tengo derecho ?

Los riesgos garantizados son alternativamentelos siguientes:

• desempleo a los asegurados empleados porcuenta ajena con contrato laboral indefinido,excepto a los funcionarios. A los efectos delpresente contrato se hace constar que eldesempleo sólo será riesgo garantizado en

caso de que en el momento de suscripcióndel contrato de seguro el asegurado tengasuscrito un contrato laboral de carácterindefinido con un empleador. En caso de queel contrato, cualquiera que sea su verdaderanaturaleza, tenga carácter temporal, elasegurado no podrá beneficiarse de lacobertura de desempleo sino de la deincapacidad temporal. Si el contratotemporal fuese sustituido por acuerdodebidamente acreditado de las partes(trabajador y empresario) por un contratoindefinido, el trabajador verá sustituida lacobertura de incapacidad temporal por la dedesempleo. Idéntica consecuencia seproducirá si la jurisdicción social declarase lanaturaleza indefinida del contrato por habersido empleado de manera fraudulenta elmecanismo de la contratación temporal y elempleador firmara con el trabajador uncontrato indefinido u optara por lareadmisión. En tal caso, la cobertura dedesempleo entrará en vigor a partir de lafecha en que el trabajador empiece atrabajar como indefinido o sea readmitido

• incapacidad temporal a los empleados porcuenta ajena con contrato laboral temporal,a los trabajadores autónomos, a losfuncionarios y, en general, a todas laspersonas que, cumpliendo los requisitosnecesarios para ostentar la condición deasegurado, no puedan estar cubiertos por lagarantía de Desempleo.

2. ¿A qué tipo de cobertura tengo derecho?

A efectos del presente contrato se cubre, parael caso de producirse alguno de los riesgosgarantizados, el importe de la prima mensual omensualizada (para el supuesto de que la primase pagara por trimestres, semestres o año) del

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 46: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

46

seguro de asistencia sanitaria correspondientea todas las personas integradas en la póliza.

El presente contrato garantiza al beneficiario elpago de las primas mensuales del seguro deasistencia sanitaria por cada treinta díasconsecutivos en que se encuentre el aseguradoen situación de desempleo o incapacidadtemporal en función del riesgo garantizado, conun máximo de seis mensualidades consecutivas.En todo caso el importe de la mensualidad paracada póliza será el existente en la fecha en quese produzca la situación de desempleo oincapacidad temporal.

3. En caso de siniestro ¿debo respetar algúnplazo?

Si. En caso de producirse situaciones dedesempleo subsiguientes al primer desempleo,se procederá al pago de nuevas prestacionesúnicamente si el segurado ha estado vinculadode forma activa a una nueva relación laboral decarácter indefinido por un período mínimo deseis meses.

En caso de producirse situaciones deincapacidad temporal subsiguientes a laprimera, se pagarán nuevas prestaciones si elasegurado ha estado trabajando seis mesesdesde el fin de la última incapacidad temporalsi se trata de la misma causa de incapacidad ode un mes si se trata de una causa distinta.

4. ¿Debo cumplir algún periodo de carencia?

Si. El derecho a las prestaciones cubiertas poreste contrato se inicia desde la contratación delseguro de asistencia sanitaria, con los períodosde carencia que a continuación se mencionan.Se entiende por período de carencia aquél enque la producción del siniestro no generaráderecho alguno a indemnización, presente ofutura, para el asegurado. Dicho período seráde dos meses para el desempleo y de un mespara la incapacidad temporal. No hay carenciapara la incapacidad temporal derivada deaccidente.

5. Definiciones y exclusiones

DESEMPLEO: es la situación en que seencuentra el asegurado cuando se extingue surelación laboral o cuando se suspende dicharelación laboral en virtud de expediente deregulación de empleo o se reduzca a la mitad,al menos, la jornada de trabajo por dicha causa.Están excluidos de la cobertura de desempleo,en todo caso, los menores de 18 años y losmayores de 65 años.

No se considera desempleo a la situación enque se encuentra el trabajador en cualquiera delas siguientes situaciones:

a) cuando cese voluntariamente en el trabajo,salvo por las causas previstas en losartículos 40, 41 y 50 del Estatuto de losTrabajadores.

b) cuando haya sido despedido y no reclameen tiempo y forma oportunos contra ladecisión empresarial, salvo por extinción delcontrato o despido basado en las causasobjetivas previstas en el artículo 52 delEstatuto de los Trabajadores

c) cuando, declarado improcedente o nulo eldespido por Sentencia firme y comunicadapor el empleador la fecha dereincorporación al trabajo, no se ejerza talderecho por parte del Asegurado o no sehaga uso, en su caso, de las accionesprevistas en la legislación vigente

d) cuando no haya solicitado el reingreso alpuesto de trabajo en el caso en que laopción entre indemnización y readmisióncorrespondiera al Trabajador, o se estuvieraen excedencia y venciera el período fijadopor la misma

e) cuando su contrato se extinga por despidodeclarado procedente

f) los trabajadores fijos de carácterdiscontinuo en los períodos en que carezcande ocupación efectiva

Asimismo, el Asegurado no tiene derecho alcobro de las prestaciones por Desempleo enninguno de los siguientes supuestos:

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 47: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

47

a) si se produce cualquier situación deDesempleo dentro del Período de Carencia.

b) si su Relación Laboral lo fuera con unaempresa propiedad de su ámbito familiar hastael segundo grado de consanguinidad oafinidad, así como en los casos en que elAsegurado o un familiar suyo hasta el segundogrado de consanguinidad o afinidad fueraAdministrador de la empresa.

c) cuando el Asegurado fuera socio de lasociedad empleadora con presencia orepresentación directa en los órganos deadministración de la Sociedad.

d) si el Asegurado rechaza un puesto de trabajoalternativo ofrecido por el mismo u otroempresario acorde con su formación,experiencia y situado a menos de cincuentakilómetros del centro de trabajo.

e) si el Asegurado rechaza un puesto de trabajoalternativo ofrecido por el mismo u otroempresario acorde con su formación,experiencia y situado a menos de cincuentakilómetros del centro de trabajo.

INCAPACIDAD TEMPORAL: es la situación físicatemporal motivada por enfermedad o accidentedeterminante de la incapacidad del aseguradopara el ejercicio de su profesión o actividadlaboral. La enfermedad o accidentedeterminante de la incapacidad temporaldeben producirse cuando el asegurado estétrabajando de forma remunerada en España.Dicha incapacidad temporal debe serdiagnosticada por el médico competente de laSeguridad Social o asimilado. El derecho apercibir las prestaciones del contrato cesarácuando el asegurado pueda reanudar oreanude su trabajo, aún de manera parcial, ocuando su estado pase a ser de incapacidadpermanente.

No se considerarán incapacidad temporal lossiniestros que resulten de cualquiera de lassiguientes circunstancias:

a) la baja por parto, aborto o maternidad

b) las intervenciones quirúrgicas ytratamientos médicos demandados por el

Asegurado exclusivamente por razonesestéticas, siempre que no se deban a secuelasde accidente, así como las lesiones oenfermedades causadas voluntariamente por elAsegurado

c) las producidas cuando el Asegurado seencuentre bajo la influencia del alcohol, drogatóxicas o estupefacientes no prescritosmédicamente; los que ocurran en caso deperturbación mental, sonambulismo o endesafío, lucha o riña, excepto caso probado delegítima defensa; así como los derivados de unaactuación delictiva del Asegurado, declaradajudicialmente

d) cualquier enfermedad, dolencia, lesión,incluyendo SIDA y el VIH (o las enfermedadesque se deriven de éstos) de las que elAsegurado tuviera conocimiento en elmomento de la firma del presente contrato yque no haya sido debidamente declarada alAsegurador

a) dolores de espalda, salvo que existanevidencias objetivadas por estudiosmédicos complementarios (radiologías,gammografías, escáneres, T.A.C., etc.) yque sean causantes de la IncapacidadTemporal

b) cefaleas y enfermedades mentales onerviosas, aún cuando existanevidencias médicas

6. ¿Qué debo hacer en caso de quererhacer uso de esta garantía?

En caso de ocurrir algún siniestro debencomunicarlo al Teléfono de Atención al Cliente:91 702 71 44.

El asegurado deberá aportar la documentaciónacreditativa del siniestro que le exija lacompañía aseguradora. La compañía podráexigir en cualquier momento la documentaciónacreditativa de que el asegurado continúa ensituación de desempleo o incapacidadtemporal. No se pagarán prestacionesmensuales adicionales si dicha documentación

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 48: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

48

no se entrega en el plazo de sesenta días desdeque fue requerida.

7. Reclamaciones

Los asegurados disponen de un serviciotelefónico al que pueden dirigirse paracualquier consulta o reclamación, cuyo númeroes 91 702 71 44. Asimismo podrán presentar susquejas y reclamaciones por escrito dirigidas alServicio de Atención al Cliente de la Compañía(Calle Luchana 23, 5ª planta, 28010 Madrid) op o r e - m a i l a l a d i r e c c i ó n :Cliente.Atenció[email protected] que resolverálas mismas en un plazo máximo de dos meses.En caso de no obtener respuesta de lacompañía o en caso de rechazo de la misma,los asegurados podrán acudir ante el Serviciode Reclamaciones de la Dirección General deSeguros y Fondos de Pensiones Paseo de laCastellana 44 28046 Madrid. Para la admisiónde la queja ante dicho Servicio deReclamaciones, el asegurado deberá acreditarhaber acudido con anterioridad alDepartamento de Atención al Cliente de laCompañía y que este haya desestimado lareclamación o bien hayan transcurridos dosmeses desde que se interpuso sin obtenerrespuesta.

8. Protección de datos

Se pone en conocimiento de los aseguradosque los datos de carácter personal que seproporcionen como consecuencia de estecontrato, incluidos los datos de salud, seincorporarán a un fichero automatizado del quees responsable la Compañía de SegurosGenworth Financial Insurance, a la que puedendirigirse para el ejercicio de los derechos deacceso, rectificación, cancelación y oposiciónque les asisten. Tales datos se recogen para laejecución del contrato de seguro y para laremisión a los titulares de informacióncomercial sobre otros productos financieros oseguros comercializados por la compañíacontratante. Si no desea recibir informacióncomercial, comuníquelo a la dirección queconsta en el encabezamiento. La oposición a la

remisión de la información comercial noimpedirá la formalización del contrato.

Asimismo, los datos podrán ser cedidos aficheros comunes para la liquidación desiniestros y para la prevención del fraude en elsector asegurador.

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 49: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

20--

8176

5087

-0

SU GARANTÍACOMPLEMENTARIA

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 50: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 51: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

51

Europ Assistance

20

--8

17

65

08

7-0

¿QUÉ ES?.

Se trata de un suplemento adicional a su pólizacon el que dispondrá de cobertura de urgenciasen el extranjero por causa de enfermedad oaccidente.

¿QUÉ SERVICIOS TENGO INCLUIDOS?

1. Gastos médicos.

En virtud del contrato suscrito con EUROPASSISTANCE, la Entidad Sanitas, S.A., deSeguros garantiza al Asegurado y a los demásBeneficiarios de la póliza, durante el período devigencia del mismo, la asistencia sanitaria en elextranjero tomando a su cargo hasta el límitede 10.000€ por persona y siniestro para losgastos médicos (de médicos, cirujanos yhospitales/clínicas) originados fuera delterritorio español,ya sea prestada a través demedios propios o concertados de aquellaEntidad, ya sea prestada por médicos y centroshospitalarios ajenos a la misma.

En cualquiera de los casos expresados , ysiguiendo el procedimiento que se determinaen el epígrafe 16 "Utilización de los Servicios",es necesario e indispensable que el aseguradocomunique a Europ Assistance que precisaAsistencia médica, requiriendo su autorizaciónantes de su prestación para que los gastos asídevengados sean asumidos y/o autorizados porla citada Compañía.

En el caso de que dicha comunicación previadel siniestro no sea efectuada por elbeneficiario, o persona autorizada por éste, niprestada consecuentemente la asistencia con laprevia autorización de Europ Assistance, tantoésta como el asegurador quedarán liberados desu obligación de pago o gasto por conceptoalguno.

En los supuestos de urgencia vital, cuyoconcepto se define en las CondicionesGenerales de la Póliza de Asistencia Sanitariade la que este suplemento es anexo, deberáncomunicarse por el Asegurado al Aseguradoren el plazo de las 72 horas siguientes a laprestación de la asistencia, con el fin de realizarel adecuado seguimiento y -en su caso-trasladar al Asegurado a uno de los Centrosconcertados con el Asegurador, siempre que lasituación clínica del Asegurado lo permita.Asimismo el Asegurado deberá efectuardescripción del siniestro dentro del plazomáximo de 7 días desde su ocurrencia deacuerdo con lo dispuesto en el contrato deseguro suscrito y en la legislación vigente.

¿Qué incluye?.

Los gastos de médicos, cirujanos, yhospitales/clínicas ocasionados fuera delterritorio español, a consecuencia de loscuidados recibidos en territorio extranjero,derivados de una enfermedad o accidenteocurrido en el extranjero.

• honorarios médicos• medicamentos recetados por un médico o

cirujano• gastos odontológicos considerados de

urgencia, excluidos la endodoncia,reconstrucciones estéticas de tratamientosanteriores, limpieza bucal, prótesis, fundase implantes, quedan cubiertos dentro de lacuantía anterior hasta un máximo de 241 €por Asegurado

• gastos de hospitalización• gastos de ambulancia ordenados por un

médico para un trayecto local

¿Qué no incluye?.

• los gastos médicos en el extranjeroinferiores a 3€

• los gastos ocasionados por el diagnóstico oel tratamiento de un estado fisiológico(ejemplo: embarazo) o enfermedad ya

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 52: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

52

conocida antes de la fecha de la iniciacióndel viaje, a menos que sea una complicaciónclara o imprevisible; los tratamientosordenados en España; los gastos delembarazo producidos a partir de los 150primeros días

• los gastos de gafas, lentillas, muletas y deprótesis en general

• las consecuencias directas o indirectas de latransmutación del núcleo del átomo, asícomo de las radiaciones provocadas por laaceleración artificial de las partículasatómicas

• las consecuencias derivadas de guerra,insurrección, tumultos populares,movimientos telúricos, inundaciones oerupciones volcánicas

• las asistencias o prestaciones que resultarende la participación en cualquier prueba decompetición motorizada (carrera o rally)

Límites10.000€ por persona y siniestro.

2. Prolongación de estancia en hotel deacompañante por hospitalización delasegurado

.

Cuando el Asegurado tenga que estarhospitalizado por prescripción médica y deacuerdo con el servicio médico de EUROPASSISTANCE, ésta abonará los gastos que sederiven de la necesaria prolongación deestancia en hotel del acompañante, tambiénasegurado, hasta un máximo de 60€ por día yhasta un máximo de 10 días.

3. Traslado de enfermos o heridos.

¿Qué incluye?.

En caso de enfermedad del Asegurado oaccidente con lesiones sobrevenidas al mismodurante la vigencia del contrato, EUROPASSISTANCE tomará a su cargo dicho trasladobajo observación médica, efectuándolo segúnla gravedad del mismo:

• en avión sanitario especial• en helicóptero sanitario

• en avión de línea regular• en tren coche-cama primera clase• en ambulancia o trineo en caso de

accidente en pistas de esquí

Solamente se tendrán en cuenta las exigenciasde orden médico de acuerdo con el serviciomédico de EUROP ASSISTANCE, para elegir elmedio de transporte y el hospital donde deberáser ingresado el abonado.

¿Qué no incluye?..

• las afecciones o lesiones que pueden sertratadas en el mismo lugar y no impidanproseguir el viaje

• las enfermedades mentales y las crónicasque hayan provocado alteraciones en lasalud del Asegurado

• las recaídas y convalecencias de afeccionesno consolidadas o bajo tratamiento en elmomento de iniciar el viaje

• los embarazos, no obstante quedancubiertas las complicaciones claras oimprevisibles producidas durante losprimeros 150 días.

4. Desplazamiento y estancia de un familiarpara acompañar al asegurado hospitalizado

.

Si el asegurado, durante el viaje, debe estarhospitalizado más de cinco días y ningúnfamiliar directo se encuentra a su lado, EUROPASSISTANCE pondrá un billete de avión línearegular (clase turista) o tren (primera clase) iday vuelta, a disposición de un acompañante condomicilio habitual en España. EUROPASSISTANCE, asumirá en concepto de gastosde estancia, el alojamiento en hotel, hasta 60€por día y hasta un máximo de 5 días.

5. Traslado en caso de fallecimiento.

En caso de fallecimiento del Asegurado, EUROPASSISTANCE organizará y tomará a su cargo eltraslado del féretro hasta el lugar de suinhumación en el país de su domicilio habitual,así como los gastos del ataúd mínimoobligatorio, embalsamamiento y de lasformalidades administrativas. EUROP

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 53: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

53

ASSISTANCE no tomará a su cargo los gastosde funeral e inhumación. En su caso, y tras lapetición de los Beneficiarios, EUROPASSISTANCE asumirá los costes de laincineración en el lugar del óbito, y deltransporte de las cenizas hasta el lugar de suinhumación en el país de su domicilio habitual.EUROP ASSISTANCE no tomará a su cargo losgastos de funeral e inhumación.

6. Regreso anticipado de los familiaresasegurados acompañantes

.

Cuando al Asegurado se le haya trasladado porfallecimiento en aplicación de la garantía“Traslado en caso de fallecimiento”, y estacircunstancia impida a los familiaresasegurados acompañantes su regreso hasta sudomicilio por los medios inicialmente previstos,EUROP ASSISTANCE se hará cargo de losgastos correspondientes al transporte de losmismos hasta el lugar de su residencia habitualen España. Máximo de dos personas adultas ylos menores de 14 años acompañados.

7. Acompañamiento de menores..

Si a los Asegurados que viajen con disminuidoso menores de 14 años, les surge durante lavigencia del contrato la imposibilidad deocuparse de ellos por causa de enfermedadsobrevenida o accidente, cubierto por la Póliza,EUROP ASSISTANCE organizará y tomará a sucargo el desplazamiento, ida y vuelta, de unapersona residente en España designada por elAsegurado o su familia, o de una azafata deEUROP ASSISTANCE, al objeto de acompañar alos hijos en su regreso a su domicilio habitualen España, y en el menor tiempo posible.

8. Búsqueda y localización de equipajes yefectos personales.

.

En caso de que el Asegurado sufra una demorao pérdida de su equipaje, EUROP ASSISTANCEle asistirá en su búsqueda y localización,asesorándole en la gestión para interponer lacorrespondiente denuncia. Si el equipaje eslocalizado, EUROP ASSISTANCE lo expedirá

hasta el domicilio habitual del Asegurado enEspaña, siempre que no sea necesaria lapresencia del propietario para su recuperación.

9. Envío de documentos y objetos personalesal extranjero.

.

EUROP ASSISTANCE organizará y tomará a sucargo el coste del envío de los objetosimprescindibles para el transcurso del viaje yolvidados en el domicilio antes del inicio delmismo (lentillas, prótesis, gafas, tarjetas decrédito, carnet de conducir, D.N.I. y pasaporte).Esta prestación se extiende igualmente al envíoa domicilio, de estos mismos objetos cuandohayan sido olvidados durante su viaje orecuperados después de un robo durante elmismo.

EUROP ASSISTANCE únicamente asumirá laorganización del envío, así como el coste deéste para paquetes de un peso máximo de 10kilogramos..

10. Adelanto de Fondos..

EUROP ASSISTANCE adelantará fondos alAsegurado, en caso de necesidad, hasta ellímite de 1.500 Euros. EUROP ASSISTANCEsolicitará al Asegurado algún tipo de aval ogarantía que le asegure el cobro del anticipo.En cualquier caso, las cantidades adelantadasdeberán ser devueltas a EUROP ASSISTANCEen el plazo máximo de 30 días..

11. Asistencia jurídica.

Si el Asegurado es encarcelado o procesadocomo consecuencia de un accidente decirculación ocurrido, EUROP ASSISTANCEabonará hasta un máximo de 1.500 euros parael pago de los honorarios de abogado yprocurador, surgidos como consecuencia deasistencia jurídica derivada. Si esta prestaciónestuviera cubierta por la Póliza de Seguros delvehículo, la misma tendrá la consideración deanticipo y EUROP ASSISTANCE se reservaría elderecho a solicitar aval o garantía delAsegurado que asegure el cobro del anticipo.

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 54: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

54

12. Adelanto del importe de la fianza penalexigida en el extranjero

.

Si el asegurado es procesado o encarcelado enel país que ocurra, Europ Assistance leconcederá un anticipo equivalente al importede la fianza penal exigida por las autoridadeslocales hasta un máximo de 10.000 €.

Europ Assistance se reserva el derecho asolicitar aval o garantía del asegurado quegarantice el cobro del anticipo. En cualquiercaso las cantidades anticipadas deberán serreintegradas a Europ Assistance en el plazomáximo de dos meses..

13. Envío de medicamentos.

¿Qué incluye?.

En caso de que el asegurado necesite unmedicamento prescrito por un médico y que nopueda adquirir en el lugar donde se encuentre,EUROP ASSISTANCE se encargará delocalizarlo y enviárselo por el medio más rápidoy con sujeción a las legislaciones locales.

¿Qué no incluye?..

Quedan excluidos los casos de abandono de lafabricación del medicamento y su nodisponibilidad en los canales habituales dedistribución en España. El asegurado tendráque rembolsar a EUROP ASSISTANCE, a lapresentación de la factura el precio delmedicamento.

14. Transmisión de mensajes urgentes(derivados de las garantías)

.

EUROP ASSISTANCE a través de un servicio de24 horas, aceptará y trasmitirá mensajesurgentes de los asegurados, siempre que estosno dispongan de otros medios para hacerlosllegar a su destino y siempre que éstos seanconsecuencia de una garantía cubierta por elcontrato.

15. Ámbito temporal.

En este suplemento sólo se cubrendesplazamientos hasta un máximo de 90 díasconsecutivos.

16. Utilización de los servicios.

Este suplemento es complementario de laPóliza de Seguro de Asistencia Sanitaria delAsegurado, no teniendo validez si no vaacompañado de la misma. Las CondicionesGenerales de la Póliza de Asistencia Sanitariason de aplicación a todas las garantías yservicios incluidos en este suplemento.

Para tener derecho a la utilización de todos losservicios incluidos en este suplemento adicionalde Asistencia en Viaje, el Asegurado deberáestar al corriente de sus obligaciones con elAsegurador. Antes de la utilización decualquiera de los servicios incluidos, serápreciso e imprescindible que el Asegurado seponga previamente en contacto, mediantellamada telefónica (si lo desea a cobrorevertido, a cualquier hora del día, todos losdías del año) con el teléfono de asistencia en elextranjero que figura en el dorso de su tarjetade Sanitas.

En caso de que dicha comunicación de siniestrono sea efectuada, ni prestada consecuentementela asistencia con la previa autorización deEUROP ASSISTANCE, tanto ésta como elAsegurador quedarán liberados de laobligación de pago de cualquier tipo de gasto oindemnización. Se exceptúan únicamente lasnecesarias asistencias con carácter de urgenciavital cuyo concepto se define en lasCondiciones Generales de la Póliza deAsistencia Sanitaria de la que este suplementoes anexo, que deberán comunicarse por elAsegurado al Asegurador a través de cualquiermedio, en el plazo de las 72 horas siguientes ala prestación de dicha asistencia, con el fin derealizar el adecuado seguimiento y -en su caso-trasladar al Asegurado a uno de los centrosconcertados con el Asegurador, siempre que lasituación clínica del Asegurado lo permita.Asimismo, el Asegurado deberá efectuardescripción por escrito del siniestro dentro del

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 55: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

55

plazo máximo de 7 días, desde su ocurrencia deacuerdo con lo dispuesto en el contrato deseguro suscrito y en la legislación vigente.

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 56: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

-*-*- Demonstration Page - Powered by HP Exstream, Version 7.0.624 32-bit -*-*-

Page 57: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

GUÍA PRÁCTICA DEUTILIZACIÓN

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 58: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 59: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

59

Cómo acceder a su seguro médico

¿Qué tipo de seguro tengo? Cobertura

Cuadro MédicoPuede acudir a cualquiera de los centros médicos y profesionales de Sanitascon una cobertura del 100% de los gastos médicos de las prestacionescontempladas en su póliza.

Tiene acceso a los centros médicos y profesionales de Sanitas

Reembolso Puede acudir a la consulta de profesionales que no figuren en su cuadromédico y Sanitas le reembolsará el porcentaje de los gastos médicosdescritos en sus condiciones particulares

.

¿Qué necesita para disfrutar de sus servicios?

Tipo deServicios

PrescripciónMédica

Autoriz.Compañía

Autoriz.Oficinas

TarjetaSanitas

Otros documentosnecesarios

Acceso

Servicios deAcceso directo

No necesaria No necesaria Necesaria

Serviciosliberalizados Necesaria No necesaria Necesaria

Documento deprescripción delservicio

Servicios noliberalizados

Necesaria Necesaria NecesariaDocumento deprescripciónautorizado

Teléfono deautorizaciónde servicios902 102 400

Serviciosespeciales

Necesaria Necesaria Necesaria Documento autorizado

* Son aquellos a los que podrá acceder siempre y cuando hayan sido preescritos por facultativos habilitados por la compañia y autorizados por la misma.

.¿Conoces Sanitas Dental?

Como cliente de Sanitas, puede contratar otros productos a precios muy ventajosos, como SanitasDental, que le permite acceder a la última tecnología bucodental y los mejores profesionales.

En www.sanitas.es/dentalred encontrará más información de nuestra red de centros mileniumdental, (centros de uso exclusivo para los clientes de Sanitas), así como las ventajas y coberturasde Sanitas Dental para tener acceso a todas las especialidades odontológicas.

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 60: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

-*-*- Demonstration Page - Powered by HP Exstream, Version 7.0.624 32-bit -*-*-

Page 61: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Si necesita contactar connosotros

Atención al Cliente 902 102 400

Servicio telefónico donde podrá resolver sus dudas acerca de nuestrosservicios, las coberturas de su seguro, validar los volantes que necesitenel visado de Sanitas, y hacernos llegar todas sus sugerencias yrecomendaciones.___________________________________________________________________________

Asistencia en el extranjero 91 345 65 84

Servicio de información telefónica en el caso de necesitar atenciónmédica de urgencia en el extranjero.

Sanitas 24 horas 902 106 102

Atención informativa proporcionada por profesionales médicos 24 ho rasal día 365 días al año, donde podrá solicitar asesoramiento médico,aclarar dudas relacionadas con tratamientos, interpretación de análisis,etc._____________________________________________________________________________

Urgencias 24 horas 902 103 600

Servicio telefónico para la gestión de urgencias las 24 horas del díatodos los días del año.

Contratación 901 100 210

Atención telefónica de asesoramiento y contratación de productos yservicios de Sanitas.

Domicilio Social: Ribera del Loira, 52 - 28042 MadridFax 91 585 87 00 Web www.sanitas.es

Segunda opinión médica 902 408 409

Teléfono de consulta de la segunda opinión sobre un diagnóstico otratamiento médico de enfermedades graves o de carácter crónico,emitida por especialistas de primer nivel en cualquier país del mundo.

Estimado Sr. POLIZAS: Si necesita comunicarse con nosotros, no dude en utilizar cualquiera de lasvías de contacto que le facilitamos a continuación.

61

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 62: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

En esta hoja puede apuntar losteléfonos y direcciones de losespecialistas que más visita o que másle interesen

De esta forma, los encontrará másrápidamente cada vez que los necesite.

Doctor: Especialidad:

Teléfono:

Dirección:

Doctor: Especialidad:

Teléfono:

Dirección:

Doctor: Especialidad:

Teléfono:

Dirección:

Teléfonos ydirecciones deinterés

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 63: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Doctor: Especialidad:

Teléfono:

Dirección:

Doctor: Especialidad:

Teléfono:

Dirección:

Doctor: Especialidad:

Teléfono:

Dirección:

Doctor: Especialidad:

Teléfono:

Dirección:

-* - Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

Page 64: Bienvenido a Sanitas, Sr. Polizas...SUS CONDICIONES GENERALES 20-81765087-0-*- Demonstration Powered by HP Exstream 07/22/2013, Version 7.0.624 32-bit

-*-*- Demonstration Page - Powered by HP Exstream, Version 7.0.624 32-bit -*-*-