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Un análisis sobre comercio, derechos de propiedad intelectual y recursos biológicos en Mesoamérica Un análisis sobre comercio, derechos de propiedad intelectual y recursos biológicos en Mesoamérica

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Un análisis sobre comercio,derechos de propiedadintelectual y recursosbiológicos en Mesoamérica

Un análisis sobre comercio,derechos de propiedadintelectual y recursosbiológicos en Mesoamérica

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Parque Nacional Tikal, Guatemala. Foto

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¿Quién es el dueño de la Naturaleza?

Según la Convención sobre la Diversidad Biológica, cada Estado tienederecho soberano sobre sus recursos biológicos y genéticos…

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Visita a la Colección Botánica de los Mayas Itzaes en Petén, Guatemala. Foto

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¿…y eso choca con las leyes de patentes, con losderechos de propiedad intelectual o con los marcos

legales del comercio internacional…?

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4 El Diálogo de Tikal

El Diálogo de TikalEl Diálogo de Tikal

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Durante tres días y tres noches, enlos lluviosos finales de setiembre del2001, un evento extraordinario tuvo

lugar en Tikal, Guatemala. Expertos yexpertas del mayor peso en

Mesoamérica, y representantes decomunidades locales e indígenas, se

reunieron para conversarabiertamente sobre un tema

candente para esta región y para elmundo: cómo proteger los recursosbiológicos y genéticos de nuestros

países frente a los interesescomerciales internacionales,

utilizando reglas que nos convenganen materia de derechos de

propiedad intelectual, incluyendo laspolémicas patentes.

Aquí presentamos los resultados deeste diálogo entre biólogos,

abogados, economistas, delegadosde nuestros países ante los acuerdos

internacionales y representantescomunitarios. Estas son sus

reflexiones y sus consejos para que,en adelante, Mesoamérica negocie

más hábilmente en los foros delcomercio internacional y elabore

leyes convenientes para subiodiversidad.

Participantes del Diálogo de Tikal.

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El Diálogo de Tikal

Memorias del diálogo realizado en Tikal, Guatemaladel 20 al 22 de setiembre del 2001

Editoras: Gabriela Hernández y Grethel AguilarSan José, mayo del 2002

Fotos de portada y contraportada: Audiovise

Organizado por:

El Centro Internacional de Comercio y Desarrollo Sostenible (ICTSD)

La Unión Mundial para la Naturaleza (UICN)Oficina Regional para Mesoamérica

Con la colaboración de:

La Comisión Centroamericanade Ambiente y Desarrollo (CCAD)

La Asociación Guatemalteca para la Conservación Natural Cänan K’aax

La Oficina Cuáquera ante la Oficina delas Naciones Unidas en Ginebra (QUNO)

Un análisis sobre comercio, derechos de propiedad intelectual y recursosbiológicos en Mesoamérica

Unión Mundial para la Naturaleza

Cänan K’aax

Este diálogo y el trabajo del ICTSD durante el 2001 sobre Propiedad Intelectual y Desarrollo Sostenible han sidoposibles gracias a la asistencia financiera de la Agencia Sueca de Cooperacion para el Desarrollo (SIDA) y laAgencia para el Desarrollo Internacional del Reino Unido (DFID).

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ContenidosParte de una idea más grandeIntroducción por Ricardo Meléndez-Ortiz

Un espacio únicoPresentación por Grethel Aguilar

Primer diálogo¿EN QUÉ MUNDO ESTAMOS?El contexto internacional del comercio, los derechos de propiedad intelectual y elConvenio sobre la Diversidad Biológica.

En el mundo de las patentes – Por Silvia SalazarUna polémica mundial – Por José Pablo Sánchez-HernándezEl combate Norte-Sur – Por Santiago Urbina

Segundo diálogoCÓMO DEFENDER LO NUESTROLa protección del conocimiento tradicional de los pueblos mesoamericanos, supropiedad intelectual, los mecanismos sui géneris y el comercio.

La protección del conocimiento tradicional – Por Grethel AguilarLa medicina indígena Kuna – Por Aurelio ChiariIndígenas contra la "biomaquila" – Por Juan Ignacio Domínguez

Tercer diálogoUNO PARA TI, OTRO PARA MÍHacia una distribución equitativa de los beneficios provenientes del comerciobasado en nuestros recursos biológicos y genéticos.

Más biopiratería que equidad – Por Jorge Cabrera HidalgoLa política nacional de acceso – Por Jorge QuezadaVentajas de la bioprospección, la experiencia de INBio – Por Nora Martin

Cuarto diálogoCON APOYO DE NUESTRAS LEYESEl desarrollo de la legislación nacional y cómo salir ganando frente al reto deregular el acceso a los recursos genéticos, asegurar la distribución equitativa delos beneficios y armonizar con los acuerdos y convenios internacionales.

El Protocolo Centroamericano de Acceso a los Recursos Genéticos– Por Jorge Cabrera MedagliaLa Ley de Biodiversidad de Costa Rica – Por Eugenia Wo ChingLa futura Ley de Biodiversidad de Nicaragua – Por Javier Hernández

La Iniciativa TikalPropuesta resultante del evento

Los participantes en el diálogo

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a relación entre comercio, derechos depropiedad intelectual y recursos biológicos esun tema que está desvelando a muchos en lospaíses en desarrollo alrededor del planeta. Yen los desarrollados también. Los primerosestán tratando de ubicarse en posiciones demenos desventaja, aleccionados por un mundo

que les continua resultando desventajoso. En los segundos,muchos actores están más ocupados en mantener susintereses en la supremacía en que ahora se encuentran. Paraello cuentan con una nutrida batería de generación yprocesamiento de conocimiento y argumentos en los campostradicionales, los cuales han resultado de las negociaciones delos últimos años y vienen de la mano de la globalización y elavance de la ciencia. La localización de la materia en los forosde comercio internacional ha exacerbado los desbalances a sufavor, así como los intereses comerciales por encima delinteres público. Sus delegaciones en los foros internacionalesson numerosas y altamente especializadas.

Los países en desarrollo, en cambio, apenas comienzan a escrutar la relación entre sus objetivos de desarrollo yla protección de la propiedad intelectual. Se ven apurados a hacerlo al tiempo que implementan obligacionesadquiridas en el marco de los acuerdos internacionales. Es como calibrar un reloj mientras se monta un potro algalope. Las bases para gestar estrategias a nivel nacional comienzan a construirse apenas ahora, mientras quelos términos del ordenamiento internacional que definen los espacios posibles de intervención, o bien ya estánnegociados o están escribiéndose en los debates regionales sobre acuerdos de integración, como los del tipoÁrea de Libre Comercio de las Américas, en el contexto multilateral de la Organización Mundial de Comercio.Lo mismo ocurre en la maraña de arreglos sobre medio ambiente y aquella de instrumentos relacionados conla propiedad intelectual. Nuestros países allí, en éstos y otros foros, se presentan a menudo con un solonegociador y sus delegaciones son más bien modestas. En la mayoría de los casos, participan de manera reactiva,en el vacío que les deja la carencia de estrategias nacionales. Por eso, desde 1996, cuando lo establecimos, elCentro Internacional de Comercio y Desarrollo Sostenible (ICTSD), ha emprendido una serie de actividades paraayudar a los países en desarrollo a fortalecerse en el tema de la propiedad intelectual y mejorar su capacidadnegociadora en los foros internacionales. Y en este trabajo, privilegia la promoción de la investigación y elavance del conocimiento en nuestros países, así como la generación de oportunidades y espacios de diálogoentre los diversos actores interesados.

El Diálogo de Tikal es parte de este esfuerzo, que es posible gracias al trabajo dedicado de nuestro socio en laregión – la UICN — y al apoyo de la CCAD y Cänan K’aax. Otros tres encuentros de este tipo, para otras regionesdel mundo han tenido lugar en los meses recientes: el Diálogo de Cuzco para los países andinos y Brasil, elDiálogo de Nieri para los países del sur y del este de África, y el Diálogo de Rajendrapur para el sur y surestede Asia. Las deliberaciones y el contacto entre actores en estos eventos han sido diseñados en complemento altrabajo regular que hacemos con negociadores en Ginebra, en asocio con la Oficina Cuáquera y con un grannúmero de académicos alrededor del mundo.

En este contexto, estos diálogos son parte de una idea más grande, que es mover el tema y la discusión sobrepropiedad intelectual y recursos biológicos a nivel global, pero especialmente en los países en desarrollo. Lostemas son críticos para nuestro presente y nuestro futuro: preservar y aprovechar los conocimientos tradicionales,garantizar la seguridad alimentaria, procurar el uso sostenible de nuestros recursos y la conservación de ladiversidad biológica. Nuestra intención es que los balances entre lo privado y lo público se corrijan, y que lasreglas del juego se determinen en diálogo con las comunidades interesadas. Que a nivel global sean más justaspara el mundo en desarrollo, y que sea este mundo el que defienda su lugar en el espectro internacional.

Agradezco a los participantes en este diálogo mesoamericano por su tiempo, su interés y sus ideas brillantes. Conellas están ayudando a escribir una historia diferente en materia de gobernabilidad para el desarrollo sostenible.

El Diálogo de Tikal

Parte de una idea más grandeIntroducción por Ricardo Meléndez-Ortiz del ICTSD

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s la primera vez en Mesoamérica que un grupotan diverso, y a la vez de muy alto nivel en estecampo, se reúne para analizar el tema de lapropiedad intelectual y los recursos biológicosen el marco comercial, a la luz de todas lasnegociaciones que se han desencadenado tras

las nuevas reglas de juego que introdujo el Convenio deDiversidad Biológica, establecido en 1992.

El maravilloso escenario del Petén, en la zona maya deGuatemala, fue un digno marco para adentrarnos en un temadenso, pero también apasionante, y sobre todo importantepara nuestros países y para el mundo. La selva del Peténbrindó un ambiente casi ceremonial, propicio para revisar lasimplicaciones que las negociaciones actuales en laOrganización Mundial del Comercio pueden tener para losrecursos biológicos y genéticos que pertenecen a los pueblosmesoamericanos, y conversar sobre cuál es la postura quedeberían adoptar nuestros países para alcanzar unadistribución justa y equitativa de los beneficios que seobtienen con el uso de la biodiversidad y del conocimientotradicional asociado.

Tuvimos en Tikal un espacio único para dialogar francamentesobre estos temas, entre representantes de los Ministerios deAmbiente y de Comercio, de organizaciones nogubernamentales, de departamentos de propiedadintelectual, de universidades y de comunidades indígenas.Fue un encuentro clave para iniciar el análisis, gracias a lainiciativa del Centro Internacional de Comercio y DesarrolloSostenible (ICTSD), con el apoyo de la Comisión de DerechoAmbiental de la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN).

Contamos en este esfuerzo con la colaboración determinantede la Comisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo(CCAD), de la Oficina Quáquera ante la Oficina de lasNaciones Unidas en Ginebra (QUNO) y, como incomparableanfitriona, de la Asociación Guatemalteca para laConservación Natural Cänan K’aax.

El diálogo fue profundo y fructífero, y sacamos en claro unaserie de ideas y recomendaciones que se encuentran a lo largode estas páginas, y cuyo espíritu se resume en la IniciativaTikal, reproducida al final de esta publicación. Les invito asumergirse en el diálogo que tuvimos y a sumarse a nuestrainiciativa por la promoción y protección adecuada de nuestrosderechos y nuestros recursos biológicos.

El Diálogo de Tikal

Un espacio únicoPresentación por Grethel Aguilar de UICN

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Primer diálogo

Isla de Flores en el Lago Petén Itzá, GuatemalaIsla de Flores en el Lago Petén Itzá, Guatemala

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¿EN QUÉ MUNDOESTAMOS?

El contexto internacional delcomercio, los derechos depropiedad intelectual y el

Convenio sobre la DiversidadBiológica.

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oEl contexto internacional del

comercio, los derechos depropiedad intelectual y el

Convenio sobre la DiversidadBiológica.

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esde que el mundo es mundo existe elcomercio de bienes y servicios. Elintercambio de productos es inherentea la sobrevivencia humana, puesrequerimos de alimentos y otrosproductos para nuestra vida diaria. La

mayoría de estos bienes, por no decir todos,provienen de la Naturaleza: los productos agrícolas,los productos del mar, los productos del bosque, losminerales, y otros muchos. Estos productos nos lleganen forma de alimentos, de medicamentos, de fibras oropa, de cosméticos, de bebidas…

Compañías grandes y pequeñas, agricultores grandesy pequeños, productores grandes y pequeños se handedicado durante centurias a producir estos bienes, acultivarlos, a capturarlos, a transformarlos y adistribuirlos para que la gente los consuma; esteproceso se repite en todos los países del mundo.Muchos de ellos han desarrollado investigaciones ométodos para descubrir o mejorar estos y otros milesde productos, y eso les ha costado tiempo, ingenio ydinero. Por eso, en el derecho nacional einternacional se incorporó una rama dedicada aproteger los llamados "derechos de propiedadintelectual".

Los derechos de propiedad intelectual se dividen entres grandes grupos: los derechos de autor yderechos conexos, los derechos de propiedadindustrial y los derechos Sui Géneris. Precisamente,mediante estos dos últimos (los derechos depropiedad industrial y los derechos Sui Géneris) esque se pueden proteger los recursos biológicos ygenéticos, que es la materia que nos interesa en estaoportunidad. Es decir, las plantas, los animales yotros organismos vivos, que constituyen la riquezanatural de nuestros países.

El mecanismo más común para otorgar los derechosde propiedad intelectual es mediante patentes,aunque también hay otras formas de propiedad quese pueden aplicar a los recursos biológicos ygenéticos: las denominaciones de origen y lasobtenciones vegetales, por ejemplo.

Hasta finales de los ochenta, las empresas o personashabían venido patentando distintos recursos

biológicos y genéticos sin mayor cuestionamientopor parte del sector ambiental. Pero las cosascambiaron a partir de 1992, cuando se crea elConvenio sobre Diversidad Biológica (CDB), quevino a llamar la atención sobre la necesidad deproteger y conservar los recursos biológicos, depromover un acceso apropiado a estos recursos y dedistribuir equitativamente los beneficios que ellosgeneren.

Pero quizás la inquietud más importante queintroduce el CDB es a quién pertenecen los recursosy, por tanto, quién puede tener los derechos sobreellos o inclusive patentarlos? A partir de entonces, seabre una gran polémica sobre el grado de equidad yefectividad que existe a nivel mundial en cuanto a losderechos de propiedad intelectual y a las concesionesde patentes en materia de recursos biológicos.

Actualmente, los países están interesados endeterminar qué tanto cumplen con los principios delCDB, no sólo las leyes nacionales vinculadas a estetema (si es que existen), sino los grandes sistemas oacuerdos internacionales relacionados con losderechos de propiedad intelectual sobre recursosbiológicos y genéticos.

Uno de estos grandes sistemas, utilizadoespecialmente por los países desarrollados, es el dela Unión Internacional para la Protección deObtenciones Vegetales (UPOV), instaurado en 1961.Valga aclarar que "obtenciones vegetales" no sonotra cosa que aquellos productos obtenidos de lasplantas.

El otro gran sistema es más reciente. Fue creado en1994 como resultado de la Ronda Uruguay, y sellama "Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos dePropiedad Intelectual Relacionados con el Comercio"(ADPIC o TRIPs por sus siglas en inglés). Este acuerdofunciona en el marco de la Organización Mundial delComercio (OMC), y por tanto son miembros delADPIC todos los países que sean miembros de laOMC.

No ocurre lo mismo con el sistema UPOV, al cual sedebe acceder voluntariamente y es de carácter másbien privado.

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La realidad internacional

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La polémica actual gira en torno a qué tanconveniente es uno u otro sistema para los países endesarrollo, y qué tanto se ajustan cada uno de ellosal Convenio de Diversidad Biológica, así como a otroscompromisos internacionales que promueven eldesarrollo sostenible, entre ellos el "CompromisoInternacional sobre Recursos Fitogenéticos de laFAO".

Otro gran punto de discusión se da alrededor de unode los artículos del ADPIC (el Artículo 27.3 b) , queestá en revisión y que daría pie a crear un Sistema Sui

Géneris (diferente) para proteger los recursosbiológicos de las comunidades locales e indígenas.Este punto es de especial interés para los paísesmesoamericanos y es uno de los que más se haanalizado en el Diálogo de Tikal.

Esta es, a grandes rasgos, la realidad del mundorespecto al comercio, los derechos de propiedadintelectual y los recursos biológicos. Así que ahora,luego de las explicaciones y definiciones del caso,ya ubicados y entendidos, iniciemos nuestrodiálogo.

El Diálogo de Tikal

Los sistemas y convenios del mundo importantes en la discusión sobre comercio, propiedad intelectual y recursos biológicos

El Sistema UPOV

Es el sistema de la UniónInternacional para laProtección de lasObtenciones Vegetales(UPOV), establecido en1961 y revisado tresveces desde entonces. Serige actualmente por dosactas, la de 1978 y la de1991. Tiene como finúltimo la protección de laobtención de las nuevasvariedades vegetales porparte de losfitomejoradores.

El compromiso de la FAO

El Compromiso Internacionalsobre los RecursosFitogenéticos fue adoptadopor la Comisión de laOrganización de las NacionesUnidas para la Alimentación yla Agricultura (FAO) en 1983.Las negociaciones pararevisarlo en armonía con elCDB comenzaron en 1994. Elprincipal objetivo de esteinstrumento, jurídicamente novinculante, consiste en"asegurar que los recursosfitogenéticos de interéseconómico o social,particularmente para laagricultura, sean explorados,preservados, evaluados yhechos disponibles para elmejoramiento y propósitoscientíficos". Declara de libreacceso y Patrimonio Comúnde la Humanidad a losrecursos genéticos vegetales y,en este sentido, introduce unaresolución sobre derechos delos agricultores.

El CDB

El Convenio sobre laDiversidad Biológica (CDB),fue creado en 1992 durantela Conferencia de lasNaciones Unidas sobreMedio Ambiente yDesarrollo (Río 92) y entróen vigor en 1993. Susobjetivos jurídicamentevinculantes son "laconservación de ladiversidad biológica, el usosostenible de suscomponentes y el repartojusto y equitativo de losbeneficios procedentes dela utilización de recursosgenéticos, incluyendo elacceso apropiado a losrecursos genéticos y latransferencia apropiada delas tecnologías pertinentes".También reconoce losderechos soberanos de losEstados sobre sus recursosbiológicos y genéticos.

El Acuerdo sobre losAspectos de los Derechos dePropiedad IntelectualRelacionados con elComercio (ADPIC), seinstauró en 1994 desde lacreación misma de laOrganización Mundial delComercio, la cual loadministra. Este acuerdopretende armonizar lasnormas nacionales sobrederechos de propiedadintelectual y establecermedidas de coercitividadefectivas, para desestimularel comercio de mercancíasfalsificadas y el pirateo detecnologías protegidas.

El ADPIC

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oy a hablar de patentamiento dedesarrollos biotecnológicos, y paraello primero repasaremosrápidamente algunos conceptosbásicos, también hablaremos deaspectos relacionados con el

patentamiento de organismos vivos y sus partes,mencionaremos las controversias que se hangenerado alrededor de este tema, lo cual consideroes algo muy importante de la presentación; un pocosobre el entorno internacional y cómo algunos paíseshan manejado este tema, y finalmente algunasrecomendaciones y conclusiones.

Lo primero es lo primero

¿Qué es biotecnología? Ahora se habla muchísimosobre ese tema, es un tema muy de moda. Labiotecnología no es una ciencia, es una herramienta,un instrumento que se utiliza para llegar a procesos yproductos. Entonces, se refiere al uso de métodos,técnicas o herramientas con organismos vivos,enteros o en partes, para la fabricación de productosy procesos.

Se habla también de lo que es la nueva biotecnologíay la vieja biotecnología. ¿Por qué? Porque el uso deorganismos vivos para la fabricación de productos estan milenaria como la fabricación de los quesos, losvinos o el pan. O sea, que se remonta a antes deCristo. Por tanto, no podemos hablar de que labiotecnología es nueva, lo que es nuevo son lastécnicas que se generaron, por ejemplo, a raíz deldescubrimiento de la molécula de ADN y el uso detécnicas de ADN, para la introducción de nuevosgenes en el genoma de otras especies.

Algunas de las técnicas que se incluyen dentro de loque se llama ahora la nueva biotecnología son: las

técnicas de cultivo de tejidos, la micropropagación yla ingeniería genética, qué es lo que ha generadomayor controversia con respecto a estos temas. Talcomo su nombre lo indica, la ingeniería genéticaconsiste en la capacidad que tienen losinvestigadores, por medio de procedimientos muysofisticados, de manipular el genoma de las especiese introducir genes dentro de ese genoma.

¿Se pueden patentar los organismosvivos?

Entrando en el tema sobre patentamiento deorganismos vivos y sus partes, casi todos conocemosque la propiedad industrial, y en realidad el sistemade patentes, surgió como un sistema para laprotección de productos o procesos de manufacturade materia inerte, de cosas que no tenían vida.Quizá el primer sistema en el que se empezó ahablar de organismos vivos en patentes, fue lafamosa Acta de Patentes de Plantas de EstadosUnidos de 1930, que otorga una patente muyespecífica para las plantas de reproducción asexual.Posterior a eso, en la época de Luis Pasteur, laOficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos,adjudicó algunas patentes a Pasteur que incluíanalgunas levaduras en los procedimientos. Estospodríamos decir que fueron los inicios delpatentamiento de organismos vivos.

Pero, lo que marcó la diferencia fue la posibilidad depatentar una bacteria genéticamente modificadaque servía para degradar derrames de petróleo. Esapatente se otorgó en Estados Unidos en 1980,aunque nunca se usó comercialmente. Fue la CorteSuprema de Estados Unidos la que tomó la decisióndel patentamiento basada en una frase muy famosaen la que se apoya la Oficina de Patentes y Marcasde Estados Unidos aún hoy, y que dice: "todo lo queesté bajo el sol hecho por el hombre es patentable".

Nunca nadie se imaginó las consecuencias y lasimplicaciones que esto podía tener, incluso a vecesme parece que es más importante el tema depatentamiento de microorganismos que el tema de

El Diálogo de Tikal

En el mundo de las patentes Por Silvia Salazar, abogada especialista en propiedad intelectual

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Con sencillez y maestría, Silvia Salazar nosintroduce al complicado mundo de la

biotecnología y de las patentes.

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patentamiento en plantas. La cantidad demicroorganismos que se pueden encontrar, o sea labiodiversidad, es increíble, así como el potencial queesos microorganismos pueden tener para infinidadde usos. Se dice que nunca vamos a llegar a saberexactamente ni a conocer todos los microorganismosque existen en el planeta, ni mucho menos cuáles sonlas funciones que tienen.

Es curioso cómo esto ha pasado completamentedesapercibido en los países en desarrollo. En estemomento, casi todos estos países tienenlegislaciones, para adecuarse a ADPIC, indicando que

es posible el patentamiento de microorganismos ynadie ha dicho nada, no ha habido debates, no sehabla nada al respecto, y es un tema sumamenteimportante.

A raíz de esto, en Estados Unidos, y hago referenciaal sistema estadounidense porque es el país que llevael liderato en ese tema, comienza la posibilidad delpatentamiento de plantas.

Posteriormente, incluso, se llega a la posibilidad depatentar animales y aquí aparece el famoso ratón deHarvard, que fue el primer animal en patentarse.

La investigación biotecnológica está en su apogeo a nivel mundial.

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Posteriormente se dan en Estados Unidos otraspatentes sobre animales, sobre gatos, cerdos, ratonesy otros. Incluso, en Estados Unidos se estápatentando partes del ser humano (genes delgenoma humano, líneas celulares), y eso ha creadotambién una gran controversia.

La polémica de los genes

Empezamos con las controversias y con los genes.Hay en este tema una gran polémica. Los países conlegislación de origen anglosajón no comparten lasdisposiciones de la mayoría de las legislaciones de lospaíses en desarrollo, que provienen del derechoromano, y que establecen una diferencia entre lo quees una invención y un descubrimiento. Y aquí esdonde empezamos a ver el meollo del hoyo.

Nuestras legislaciones establecen que losdescubrimientos no son patentables encontraposición con lo que denominamos inventos,que supuestamente no se encuentran en la naturalezay que son producto de la intervención del serhumano. La Constitución Política de Estados Unidos,en cambio, establece que los descubrimientos sí sonpatentables.

Para nosotros eso es diferente. Nosotrosconsideramos, dentro de nuestra legislación, que sialguien hace una investigación y encuentra un nuevoelemento químico, por ejemplo, eso no espatentable. Es un descubrimiento de ciencia básicaque se publica en un artículo y la persona recibemuchos aplausos por ese artículo, pero hasta ahíllega el asunto. En Estados Unidos no. Allí es posibleque usted patente una planta que usted se hayaencontrado.

Ocurre que para la Oficina de Patentes y Marcas deEstados Unidos, e incluso para algunos jueces que yahan dictado sentencia sobre este tema, los genes

aislados y purificados de su ambiente natural noexisten como tales en la naturaleza, y eso en parte escierto. Porque los genes pertenecen a una molécula,a un compuesto químico. Entonces la Oficinaconsidera que el hecho de poder localizar el gen ypoderlo aislar o codificar de una cierta manera le dala categoría de invención, porque el gen comoestaba en la naturaleza no es lo mismo que estáescrito en las reivindicaciones de una patente.

Otro argumento que se utiliza es que, en el fondo, ungen es una molécula, es un compuesto químico y,como ustedes saben, los compuestos químicos sepatentan desde hace muchísimo tiempo. No hay unaopinión favorable generalizada ni siquiera en EstadosUnidos sobre eso, la Oficina de Patentes y Marcas harecibido múltiples críticas con respecto a esto y a susimplicaciones. Mi opinión muy personal es que losgenes no deben ser patentados, lo cual es distinto adecir que no pueden ser patentados.

Porque de poder, se puede. De hecho, lasexplicaciones científicas y el razonamiento lógicodetrás del patentamiento de genes cumple con losrequisitos de patentabilidad. Si se analizan los dostipos de patentes que existen con respecto a genes(que son: genes aislados y purificados, por unlado, y el otro tipo es una molécula de ADNconsiderada como un compuesto químico), vemosque técnica, objetiva y racionalmente cabe otorgaruna patente. Pero, en este mundo las cosas nopueden ser simplemente técnicas y científicas, sinoque todo tiene una implicación política, social yeconómica.

Por eso mismo es que en algún momento nuestraslegislaciones excluyeron de patentabilidad a losmedicamentos, basados en la argumentación de quea pesar de que son invenciones, también son deinterés para la salud pública y otorgar o no patentesen esa área tiene una implicación social.

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Otra gran controversia gira en torno a la posibilidadde que compañías transnacionales patenten nuestrosgenes y yo creo que ese es el tema por el cualestamos aquí sentados. Con respecto a eso, creo quese debe diferenciar cuando se trata de patentes en elcampo agrícola que cuando hablamos del campofarmacéutico. Son campos distintos y no es correctohacer generalizaciones indistintamente para ambos.La gente habla de una cosa y de la otraindistintamente y se hacen tremendos enredos. Peromuchas veces lo que es conveniente y positivo en elsector farmacéutico es totalmente inconveniente en elsector agrícola.

Acceso a los recursos genéticos en elforo adecuado

Voy a decir algo muy polémico, pero voy a aceptarlas consecuencias que eso traiga. Soy una personaque manejo el tema de propiedad intelectual, no soyabogada ambientalista. A mí me parece que elproblema de acceso a recursos genéticos no es unasunto de patentes. Pienso que una mejor regulacióndel acceso se resuelve en los foros de la Convenciónde Biodiversidad, o en los foros de recursosgenéticos, pero no se resuelven ni en la OrganizaciónMundial para la Propiedad Intelectual (OMPI), ni enel ADPIC, ni en las leyes de biodiversidad.

En Costa Rica, por ejemplo, los ambientalistas quemetieron el tema de propiedad intelectual dentrode las leyes de biodiversidad, a mi juicio, nomanejaban bien el tema, y estaban tanpreocupados por la cuestión del acceso a losrecursos genéticos, que en muchas cosas secontradicen con lo que dice la Ley de Patentes y eneste momento estamos en una inseguridad jurídica,a mi parecer, muy grave.

Eso no significa que yo no esté de acuerdo con lo quedice la Ley de Biodiversidad. Solo insisto en que loscambios se tienen que hacer en el espacio adecuado:la ley de patentes.

Las preocupaciones éticas y religiosas

Sobre el tema del patentamiento de organismos vivoshay muchas consideraciones éticas, filosóficas yreligiosas. Creo que todas las religiones del mundose han manifestado en contra del patentamiento degenes. Hay muchas creencias religiosas profundassobre eso, el simple hecho de pensar en esaposibilidad les causa un gran problema y estoytotalmente de acuerdo, a mí también me lo causa.Esta es otra cosa que hay que tomar muy en cuenta,el aspecto cultural del pueblo.

Las patentes amplias

Otro problema muy grande tiene que ver con laconcesión de patentes amplias o sobre bienes dedominio público. En este aspecto, no se justifica quelos países en desarrollo repitamos los errores quepueden cometer los países desarrollados. Igualmente,es un error achacar a las leyes de patentes lo quesuelen ser problemas de interpretación de la ley yaducir que el sistema de patentes es el culpable.

Lo que hay que hacer es poner mayores restricciones,porque la concesión de patentes amplias, incluso, porejemplo, en el mismo Estados Unidos, está causandograndes litigios. Hay una gran cantidad de demandasentre las grandes compañías y la mayoría de laspatentes en desarrollos biotecnológicos, en estemomento no son estables, no son fuertes, son objetode discusión en las cortes. Hay también reacciones deorganizaciones, personas o grupos en contra depatentes que se considera que no fueron bienotorgadas.

Esto además ha provocado que las compañíasgrandes, y esto sí es una cosa que nos debepreocupar, como hay tanto litigio se estáncomprando entre ellas, hay fusiones y se absorbenunas a otras. En este momento el mundo, entérminos de investigación agrícola y la disponibilidadde variedades comerciales y de nuevos productos, en

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agricultura, está en manos de cinco compañíasgrandes que son las que manejan ese mundo.

Otros países

Ya vimos un poquito la posición de Estados Unidosfrente a este asunto. Pero en la ComunidadEconómica Europea también se pueden patentargenes, basados en una directriz de 1998 que hablasobre desarrollos biotecnológicos, y que diceespecíficamente que los componentes del genomaaislados y purificados son patentables. Entonces, deesa interpretación se deduce que los genes sonpatentables.

Voy a hablar rápidamente de otros dos casos que soninteresantísimos para efectos de legislación. El casode México, donde la legislación establece que no sonpatentables los seres vivos tal y como se encuentranen la naturaleza. De ahí que algunas personaspiensan que en México los genes si son patentables.Recordemos que todas las patentes que hay de genesen Estados Unidos, no pueden considerarse comoalgo que está así en la naturaleza. Por lo tanto,cuando se redacten legislaciones hay que tenermucho cuidado. Hay que ser un poco más específico,como la Comunidad Andina de Naciones, que muyreciente en una de sus normas, menciona a los "seresvivos tal y como están en la naturaleza", pero despuésespecifica: "o aquel que pueda ser aislado incluyendogenomas o germoplasmas". Aquí sí cerraron ladefinición y evitarán muchos problemas.

Los brasileños son otro caso ejemplar. Todo lodefinieron tal y como tiene que ser, sólo tienen unproblema con los genes que todavía no está claro, yse refiere a si el aislamiento y la purificación del genes patentable o el gen tiene que estar insertado en unplásmido. Mucha gente dice que si el gen estáinsertado en un plásmido y ya está listo con supromotor y con su marcador de selección, para serintroducido en el genoma de la otra especie, sí espatentable.

Mis recomendaciones

Definir bien los términos. Esto esimportantísimo, nada hacemos con una legislaciónque diga que es posible patentar microorganismos,si no sabemos lo que es el término"microorganismos".

Enfoque global e impulso de sectores. Hayque tener ese enfoque global, hay que incentivar laeducación, la investigación y el desarrollo científico-tecnológico. También hay que darle incentivos a laindustria, al sector privado.

Impulso a la investigación en el sectorpúblico. Es preocupante que en nuestros países todala investigación agrícola esté en decadencia. LosGobiernos están recortando gastos y no están dandopresupuesto para las instituciones de investigaciónagrícola.

Reforzamiento de las leyes antimonopolio.Se debe tratar de evitar que cinco empresas sean lasque manejen el mundo, debemos tener un códigointernacional antimonopolio. Pero lamentablementese habla poco de este tema en los análisis sobre losasuntos de propiedad intelectual.

Control de precios. Si un país cree que laspatentes le perjudican en materia de precios puedeusar este mecanismo. Pero lo debe hacer concuidado pues estos mecanismos puedendesincentivar a las empresas a distribuir susproductos en ese país.

Crear incentivos. No se le puede pedir a unseñor que invierta en sacar nuevas variedadesvegetales para que los agricultores tengan opcionesde nuevas variedades de mayor producción,resistentes a enfermedades, resistentes a hongos,resistentes a otras especies, si no se le ofrece unincentivo para que recupere su inversión.

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Más capacitación y más entrenamiento.Dirigido a funcionarios, la sociedad en general y enespecial nuestros negociadores ante la OMC.

Acceso a nuevas tecnologías y productos.La propiedad intelectual es un incentivo para la

innovación y para la inversión nacional y extranjera.La sociedad necesita el acceso a las nuevastecnologías y productos. Nosotros no queremos quelos agricultores se queden sembrando semillitas debaja categoría. Por eso es aconsejable un balance. Aveces hay que dar un poco para recibir.

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Los seres vivos, tal como están en la Naturaleza, no pueden ser patentados.

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l punto en discusión

En este momento el mundo estádiscutiendo en el seno de laOrganización Mundial del Comercio,el llamado Acuerdo ADPIC,

específicamente el Artículo 27.3 (b): Definición detérminos y opciones para un Sistema Sui GénerisEficaz.

Primeramente, veamos qué dice el Artículo 27.3 (b).Textualmente reza:

"Los Miembros podrán excluir de la patentabilidad:

a) Los métodos de diagnóstico, terapéuticos yquirúrgicos para el tratamiento de personas oanimales.

b) Las plantas y los animales, excepto losmicroorganismos y los procedimientosesencialmente biológicos para la producción deplantas y animales que no sean procedimientosno biológicos o microbiológicos.

Sin embargo, los Miembros otorgaránprotección a todas las obtenciones vegetalesmediante patentes, mediante un SistemaEficaz Sui Géneris o mediante unacombinación de aquellas y éste".

Lo que nos interesa

Voy a concentrarme en la parte de obtencionesvegetales netamente, para poder definir el SistemaEficaz Sui Géneris de que habla el Artículo.Recordemos que los derechos sobre las obtencionesvegetales pueden darse de tres maneras:

Mediante patentes

Mediante un Sistema Eficaz Sui Géneris

Mediante una mezcla de los dos anteriores.

Patentes

La primera opción es establecer patentes, para lo cualhabría que cumplir con los requisitos depatentabilidad: novedad, altura o nivel inventivo ono obviedad, utilidad o aplicación industrial, y uncuarto requisito que realmente no es exigido, peroque las oficinas lo han solicitado, una descriptibilidadadecuada.

Sistema muy particular

El Sistema Eficaz Sui Géneris es la segunda opciónpara proteger las obtenciones vegetales. Pero… quées Eficaz y qué es Sui Géneris? Eficaz significa que uninvento o propósito logra ser efectivo; es decir, quesirve, que es funcional. Sui Géneris es una expresiónlatina que significa que algo es de un género oespecie muy singular y excepcional. Entonces, suigéneris será todo aquello que requiera un tratoespecial para su protección.

Este Sistema Eficaz Sui Géneris puede ser planteadode dos maneras. Una es equipararlo al sistema UPOV,de la Unión Internacional para la Protección de lasObtenciones Vegetales, que no es ni parte de laOrganización Mundial de la Propiedad Intelectual(OMPI) ni de la Organización Mundial del Comercio(OMC). La otra opción es diseñar un Sistema EficazSui Géneris netamente novedoso, amparándose en elArtículo 27.3 del ADPIC.

El Diálogo de Tikal

Una polémica mundial Por José Pablo Sánchez-Hernández, abogado especialista en propiedad intelectual

José Pablo Sánchez va directo al grano de la granpolémica actual en el seno de la Organización

Mundial del Comercio, en lo que a protección delas obtenciones vegetales se refiere. Ese punto de

la discordia es el llamado Sistema Sui GénerisEficaz de conformidad con en el artículo 27.3 (b)

del ADPIC. El especialista analiza los distintosposibles sistemas de protección y algunos de sus

eventuales problemas.

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Una mezcla de ambos

La tercera opción es una mezcla de patentes ySistema Sui Géneris, tal y como se hace en EstadosUnidos, que tiene una Ley de Patentes de Plantas de1930 para la protección de cultivares y plantas que sereproduzcan de una manera asexual, salvotubérculos. También tiene una Ley de Protección deObtenciones Vegetales de 1970, revisada en 1994,para la protección de plantas de reproducciónasexual. En este caso, entiéndase como plantas dereproducción asexual aquellas que son por semillas e

incluye los tubérculos y los híbridos o F1. Aquípodemos ver que hay una mezcla de los dos sistemas,por lo menos en el mundo práctico sí se estáaplicando una mezcla, tal vez no sea la solución másfeliz para algunos casos, pero que se está dando, seestá dando.

Los defensores del Sistema UPOV

El Sistema UPOV es una de las opciones que se vecomo equiparable al Sistema Eficaz Sui Géneris. Variosgrupos lo han planteado de esta forma y alguna

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Los miembros de la Oficina Cuáquera ante la ONU en Ginebra, se mantienen alerta ante lasdiscusiones internacionales sobre derechos de propiedad intelectual y recursos biológicos.

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gente ha dicho que al Artículo 27.3 (b) debieronhaberle puesto UPOV en el nombre. Su posición esque este sistema es el que debería predominar.

En el caso del Sistema UPOV, los requisitos para elotorgamiento del certificado de obtentor vegetal son:la novedad, la distintibilidad, la homogeneidad yestabilidad, y que tengan una denominacióndiferente a los demás. Para el sistema UPOV hay dosActas, la de 1978 y la de 1991. Hay cuatrodiferencias básicas entre ambas actas:

1- El ámbito de protección. En el Acta de UPOV 78el ámbito de protección es más reducido que en ladel 91, ya que la del 91 incluye las semillas y losproductos de la cosecha.

2- El Acta del 78 tiene un plazo menor de protección(15 años) y la del 91 es ampliada a 20 años.

3- El Acta del 78 no establece el privilegio delagricultor y la del 91 establece el privilegio delagricultor aunque lo deja a discreción de cadagobierno. Los creadores de políticas y legisladoresdeciden si lo quieren incluir o no en su legislaciónnacional.

4- El Acta del 78 tiene la excepción del mejorador yen el Acta del 91 se crea el concepto de variedadesencialmente derivada. Esto significa que cuandoutilizamos material genético que desarrolló elfitomejorador y si los cambios no son sustanciales,eventualmente va a haber que pagarles algún tipode regalía al obtentor de la variedad original, esun reforzamiento para el fitomejorador que creó laprimera variedad, pero en ciertos puntos se hadicho que es una limitación para la gente que estáelaborando nuevas variedades.

¿Conviene o no conviene?

Las posibles incompatibilidades entre el ADPIC y elsistema UPOV las podemos centrar básicamente encuatro puntos:

1- El trato nacional.

2- El ámbito de protección.

3- El privilegio del agricultor.

4- Definición de Obtención Vegetal vs. los requisitosde Estabilidad y Homogeneidad que planteaUPOV.

Analicemos uno por uno estos puntos, paradeterminar si existen incompatibilidades o no. Encuanto al Trato Nacional, el ADPIC lo mantiene comouno de sus principios básicos, salvo en el caso de lasexcepciones plasmadas en los tratados del Conveniode París (1967), Convenio de Berna (1971),Convención de Roma y el Tratado de PropiedadIntelectual respecto a los Circuitos Integrados.

Trato Nacional significa que tenemos que tratar a losextranjeros de la misma forma como tratamos a losnacionales, y este es uno de los pilares básicos de losacuerdos de la Organización Mundial de Comercio,junto con el de la "Nación más Favorecida". UPOVpor su parte, mantiene el Trato Nacional, pero en unabase de reciprocidad, restringiéndolo sólo a los quesean sus miembros.

Como segundo punto tenemos al ámbito deprotección, para el cual el ADPIC establece que se letiene que brindar protección a todas las obtencionesvegetales, y subrayo todas. UPOV 78, mientras tanto,habla de un mínimo de 24 géneros y especies, yUPOV 91 establece un plazo de 10 años paraproteger todos los géneros y especies.

En cuanto al Privilegio del Agricultor, UPOV estableceque el reuso de semillas puede ser considerado comouna limitación a los derechos de detentador de unCertificado de Obtentor Vegetal. El Artículo 30 delADPIC sólo se refiere a Patentes. Eventualmente, sepodría interpretar que esta parte de patentes puedeser extendida a la parte de obtenciones vegetales. Esun punto que todavía, por lo menos a mí parecer, noqueda claro.

Otra de las posibles incompatibilidades es ladefinición de Obtención Vegetal vs. la Estabilidad yHomogeneidad. UPOV con estos requisitos deestabilidad y homogeneidad no permite la protecciónde variedades criollas antiguas, ni especies silvestresrelativas o afines (más conocidas las primeras como"landraces" y las segundas como "wild relatives"). ElADPIC, por su parte, no establece ningún requisito deeste tipo, por lo que dependerá de la definición que

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se le brinde al concepto de Obtención Vegetal paradeterminar si se pueden proteger o no.

En definitiva, vemos que no todo lo que parecíaclaro está tan claro. Vamos a tener que utilizarciertos criterios científicos y también políticos paradeterminar cuál definición es la que satisface máslos intereses de un país en relación con otrosintereses.

Lo que se debe respetar

Sea cual fuere el Sistema Eficaz Sui Géneris que sesiga, lo que está claro es que debería tener lossiguientes requisitos:

1- Por ser una forma de propiedad intelectual, debeexcluir a terceros del uso del material protegido,a menos que concedan una remuneración porello. De lo contrario no estaríamos hablando deun sistema de protección de la propiedadintelectual.

2- Deben respetarse los Principios del Trato Nacionaly de Nación Más Favorecida.

3- Deben existir procedimientos de observancia delos derechos y estos procedimientos tienen que serrealistas. Es decir, hay que analizar realmente cuáles la situación de cada país para determinar quées aplicable y qué no es aplicable a la realidad.Incluso en eso tendrá que ver la conformación delos agricultores, la distribución de la propiedad yla conformación social del país. Todos estos seránelementos útiles para establecer los mecanismosmás idóneos, incluso en cuanto a las penas queeventualmente se puedan dar y que puedan serde una aplicación real.

4- Este sistema puede apartarse de losrequerimientos de la Unión Internacional para la

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Protección de las Obtenciones Vegetales (UPOV)en cualquiera de sus Actas de 1978 ó 1991, perodebería incluir disposiciones, por lo menos algunaparte de la doctrina, para proteger los derechosdel agricultor sobre las variedades tradicionales(“landraces”), para lo cual los requisitos debenvariarse. Esto para proteger un poco elconocimiento tradicional, que es uno de los temasde mayor preocupación.

5- El Sistema Eficaz Sui Géneris debe establecermecanismos de distribución de beneficios para eluso del material genético.

6- También debe contemplar instrumentos como elCertificado de Origen, para evitar biopiratería.

7- Igualmente debe modificar los requisitos yderechos otorgados a los titulares de lasvariedades y, por ende, las acciones que requieranpara su autorización. Esto sería tropicalizar unpoco el sistema, adaptándolo a la realidad decada país.

Quiero dejar abierta la gran pregunta de cuál es elsistema eficaz…? Si son estos requisitos los necesarioso si serán otros, o si es incluso el mismo sistemaUPOV, a pesar de las posibles incompatibilidades quetenga.

¿Cómo estamos en Mesoamérica?

Poco a poco los países mesoamericanos han idocreando legislación nacional para regular loconcerniente al acceso a los recursos biológicos ygenéticos, y los derechos de propiedad intelectualvinculados a ellos. No obstante, varias naciones aúntienen pendiente el legislar sobre este tema, pese aque el plazo para límite para armonizar laslegislaciones nacionales con el acuerdo ADPIC vencióel 31 de diciembre de 1999.

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A diciembre del 2001, la situación legal de lospaíses mesoamericanos era la siguiente:

Mis recomendaciones

El país primero. Cualquier sistema que se escojatiene sus bemoles; tiene sus cosas buenas y sus cosasmalas. Sin embargo, es prudente que los creadoresde políticas sobre el tema y los legisladores tomenmuy en cuenta las necesidades prioritarias de su paísy los recursos con los que se cuentan paraimplementar una legislación de este tipo. Porejemplo, la protección de conocimientostradicionales y protección del ambiente.

Considerar los distintos escenarios deADPIC. Respecto a la revisión del Artículo 27.3(b) se han planteado varias alternativas:establecer sólo la protección de plantas mediantepatentes, indicar explícitamente a UPOV como elSistema Eficaz Sui Géneris o mantener el artículotal y como está.

Mantener la ambigüedad. En mi opinión, lamejor opción es mantener la ambigüedad de laredacción del artículo actual, porque éste nos da unmargen de maniobra. Si nosotros nos encasillamossolamente en patentes, o si nos encasillamossolamente en UPOV, nos vamos a tener que meter enese zapato y vamos a tener que aprender a jugar conreglas que tal vez no se ajusten a la idiosincrasia denuestros países ni a la necesidad de los mismos. Merefiero a la parte relativa al Sistema Eficaz Sui Géneris,no a todo el artículo.

No descartar UPOV. Este sistema debemantenerse como una opción de protección, mientrasno se sepa el costo real de una implementación de unSistema Eficaz Sui Géneris, porque a veces nosotrospodemos plantear cosas en los papeles que sean muybonitas, pero en la práctica no las podemos llevar acabo por falta de recursos económicos.

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País Legislación

Costa Rica Ley de la Oficina Nacional de Semillas y Proyecto de Reglamento para implementar la protección de Obtenciones Vegetales

Guatemala No tiene Ley

México Tiene Ley Federal y es Miembro de UPOV 78.

El Salvador No tiene Ley

Honduras No tiene Ley

Nicaragua Tiene la Ley de Protección de Obtenciones Vegetales que es la 318 y es Miembro de UPOV 78

Panamá Tiene Ley de Protección de Obtenciones Vegetales y también es miembro de UPOV 78

Belice Tiene la Ley de Protección de Obtenciones del 2000

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as discusiones en el Consejo delADPIC se han centrado alrededor dedos artículos del Acuerdo: el Artículo71.1 que equivale a una revisióngeneral del Acuerdo encontraposición con el Convenio de

Diversidad Biológica (CDB), y el Artículo 73.3 b quese refiere a la creación de un posible Sistema SuiGéneris, como ya hemos visto.

La revisión general, medicamentos en elcentro

El Artículo 71.1 dice lo siguiente: "El Consejo delADPIC examinará la aplicación del acuerdo una veztranscurrido el período de transición mencionado enel párrafo 2 del Artículo 65", que era hasta el año2000. Pero aún no se ha logrado llegar a buentérmino en esta revisión, dadas las discusiones ypolémicas que se han generado.

Uno de los temas en revisión, por ejemplo, es el delacceso a los medicamentos, para cuyo análisis serealizó una reunión extraordinaria en julio del 2000sobre la salud pública y los medicamentos esenciales.

Allí se presentaron dos propuestas. Una por parte delos países en desarrollo, que fue presentada porBrasil y que fue respaldada por la mayoría de lospaíses de la región. La segunda fue presentada por la

El combate Norte-Sur Por Santiago Urbina, negociador del Gobierno de Nicaragua ante la OMC

La revisión del Acuerdo ADPIC ha dado lugar alargos debates en la sede de la OMC en Ginebra,con discusiones a menudo bizantinas y que han

tomado un carácter de enfrentamiento Norte-Sur.Santiago Urbina nos cuenta sobre las últimas

discusiones desarrolladas en el 2001.

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Vista panorámica de la Isla de Flores, Petén, Guatemala.

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Unión Europea. A esta reunión le prosiguieron unsinnúmero de reuniones o consultas informalesdonde se decidió nuevamente mantener el puntohomogéneo, sin nada de cambios.

Comenzaron también a salir otras corrientes depensamiento y una polaridad marcada, que piensoque está impidiendo caminar, debido a las dosposiciones encontradas países desarrollados vs. paísesen desarrollo. Los países en desarrollo, a nivelgeneral, consideraron que sería necesario incluir unadeclaración de acceso a los medicamentos dentro dela parte preambular de la declaración, como tambiénla parte específica o imperativa de la declaración.Pero esto no es compartido por los paísesdesarrollados.

La posición de los desarrollados es encabezada porEstados Unidos, apoyado por la Unión Europea,Japón, Canadá, Australia, Chile y otros, quienesconsideran que ADPIC ya ofrece la flexibilidadnecesaria para brindar el bienestar social yeconómico de los miembros y para proteger la saludpública y la nutrición de la población, así como parapromover el interés público en sectores deimportancia vital para su desarrollo.

También se refirieron a los grandes costos querepresenta para la industria farmacéutica eldesarrollo de nuevas medicinas (alrededor de $200millones en investigación y desarrollo por producto),y resaltaron los esfuerzos que estos países hacen paracombatir las pandemias en los países en desarrollo.

Asimismo concordaron en que los problemas desalud que aquejan a gran cantidad de países endesarrollo no son consecuencia de la aplicación delADPIC, sino que responden a problemasestructurales, políticos, económicos y sociales, queescapan a la competencia del Consejo de ADPIC.

Igualmente advirtieron sobre los aspectos negativosque puede traer la violación de los derechos depropiedad intelectual en la desaparición demedicinas de interés para los países, a causa de faltade incentivos para las industrias productoras demedicinas.

No obstante, los países en desarrollo mantienen suposición de solicitar una declaración de acceso a losmedicamentos. A raíz de los resultados logrados porBrasil y algunos países africanos, Brasil presentó unanueva idea, ya no solamente como una propuestasino como una declaración formal, apoyada por 54países miembros.

Nicaragua, a cuyo gobierno represento, haapoyado esta iniciativa y espera que se confirmenestas flexibilidades y que toda interpretación delacuerdo sea revisada con base en los Artículos 7 y8 y los principios generales del acuerdo deMarrakech. En general, los países en desarrolloesperamos que se confirme que el ADPIC ofrecetoda la flexibilidad para aplicar políticas dedesarrollo y mayor acceso.

Los países en desarrollo consideramos que el espíritudel Acuerdo no es reducir las opciones de losgobiernos para promover y proteger la salud oaplicar otras políticas públicas en esta materia.Cuando se esgrime violación al ADPIC comomenoscabo a los derechos de patentes, no se estáconsiderando que los países en desarrollo tienen elderecho de realizar y tomar todas las medidasnecesarias, tendientes a la promoción y protecciónde la salud pública.

Un tercer grupo de países mantuvieron una posturamoderada, concordando con las ideas dispuestas porlos países desarrollados y también un poco con lospaíses en desarrollo. Entre este grupo se encuentran

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Colombia, Dinamarca y Nueva Zelanda, entre otros.Pero, en general, se imprimió a la discusión uncarácter de combate Norte–Sur.

La tediosa discusión del 27.3 (b)

Como parte de la discusión del Artículo 27.3 (b) seestá analizando todo lo relativo a materia patentable.Probablemente esta fue la que se llevó el galardónpor la más tediosa y larga discusión bizantina en todomomento y con muy pocos resultados.

Los debates de este tema versan sobre diversascuestiones técnicas relacionadas con la protecciónmediante patentes previstas en el párrafo 3(b) delArtículo 27. Tenemos aquí las cuestiones técnicasrelacionadas con la protección sui géneris de lasobtenciones vegetales, aspectos éticos relacionadoscon la patentabilidad de las formas de vida y con laconservación del uso sostenible de materialesgenéticos, y la relación con los conceptos deconocimiento tradicional y derechos de losagricultores. Todos estos fueron elementos dediscusión en la última sesión del Consejo del ADPIC,en setiembre del 2001.

La delegación de Suiza presentó una propuesta sobrela relación entre CDB y los ADPIC que incluyereferencias a la patentabilidad y su relación con labiotecnología. En cuanto a la protección sui génerisde los recursos genéticos, propuso también lasposibilidad de proteger los conocimientostradicionales utilizando bancos de datos o bases dedatos.

La delegación de Noruega, por su parte, presentóuna propuesta sobre la relación del ADPIC y el CDBen la cual compara los objetivos de ambos acuerdos,indicando que deben apoyarse mutuamente. Opinaque es posible incluir una disposición en ADPIC queindique el origen de los recursos genéticos. Además,se refirió a la necesidad de dar un tratamientoespecial a los recursos genéticos para la agricultura yla alimentación.

Paralelamente, en los Estados se están dandodiscusiones y negociaciones en esta misma materia.Los países en desarrollo deberíamos estar yapreparándonos a raíz de los resultados de estasdiscusiones si nos queremos meter a negociar más omenos en la misma línea de la propuesta de Noruega.

Sin embargo, a pesar de que se incluyeron todas esaspropuestas nuevas, la atención se concentró en laspropuestas de la Unión Europea y de los EstadosUnidos, que ya se habían presentado en la reuniónde abril del 2001. Nuevamente se dio una discusióntediosa. La propuesta de los Estados Unidos sugiereformas para hacer concordar las obligaciones de laCDB y el ADPIC tal y como están, pues considera queno existen conflictos en la aplicación de ambosinstrumentos.

En cuanto al acceso de los recursos genéticos y alacceso de la transferencia de la tecnología, tampocoencuentra conflictos. Lo mismo señala para elArtículo 9, 15 y 16 de la CDB y las previsiones delacuerdo ADPIC. Estados Unidos considera que loscontratos bilaterales son la mejor forma de solucionarlos problemas de acceso.

La propuesta de la Unión Europea es similar yargumenta que la revisión del Artículo 27.3 (b) puedeno ser el vehículo adecuado para producir solucionesdefinitivas a todos los asuntos planteados en estetema. También indica que los progresos pueden seralcanzados sobre la base del Artículo 71.1 del ADPIC,revisado en la sede de la OMPI o en el contexto deuna nueva ronda de negociaciones comerciales.

Las delegaciones de otros países en desarrollo comoVenezuela, Argentina, Chile y Costa Rica, dijeron quedeben abordar esta cuestión particularmente. Japón,por su parte, secundó los argumentos de los EstadosUnidos y manifestó que una solución de patentes enla cual se revele el origen o fuentes de los recursos,no sería factible en lo más mínimo. Y de este modo,sin lograr acuerdo, finalizaron las negociaciones desetiembre del 2001 en el Consejo del ADPIC.

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Segundo diálogo

Ceremonia de indígenas mayas Izabal en el Parque Nacional Tikal.

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CÓMO DEFENDER LONUESTRO

La protección del conocimientotradicional de los pueblos

mesoamericanos, su propiedadintelectual, los mecanismos

y el comercio.

CÓMO DEFENDER LONUESTRO

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a riqueza de nuestros pueblos

Trescientos millones de personasalrededor del mundo son consideradasindígenas, 95% de los recursosgenéticos están concentrados en países

en vías de desarrollo y los alimentos y fibrasornamentales en materia prima de origen biológicoconstituyen cerca de la mitad de la economíamundial.

El concepto de que el conocimiento tradicional sobrela biodiversidad debe ponerse al servicio de lahumanidad es acertado. No obstante, poner losconocimientos tradicionales al servicio de lahumanidad no significa que éstos tengan que serentregados gratuitamente y sin reconocimientoalguno. Indica Dutfield: "a menos que los dueños deese conocimiento hayan acordado darlo,documentarlo o diseminarlo, el uso de eseconocimiento constituye una clara violación al CDB".Es claro que el objetivo del CDB de distribuciónequitativa de beneficios queda totalmente anulado sipartimos del concepto de que el conocimientotradicional es de libre disposición.

Parte de la industria farmacéutica se desarrolla apartir de las plantas medicinales descubiertas porpueblos indígenas y comunidades locales. Sinembargo, los beneficios económicos que dan estos

medicamentos quedan en las empresas, sin ningúntipo de reconocimiento o retribución para losgeneradores de este conocimiento. Adicionalmentecon la pérdida de la biodiversidad por ladepredación del ser humano, muchas plantasmedicinales utilizadas tradicionalmente desaparecensin que puedan ser usadas por quienes lasdescubrieron o por el resto de la humanidad.

A continuación vamos a conversar sobre el marcojurídico para el acceso a recursos genéticos y laprotección del conocimiento tradicional asociado apueblos indígenas. La idea es que sea un marcojurídico que propicie la distribución equitativa de losbeneficios que se obtienen de la utilización de estosbienes con fines comerciales. Se analiza el temadesde la perspectiva de los Derechos de Propiedad ala Tierra/Territoriales, a los recursos genéticos y alconocimiento tradicional. Aspectos estrechamenteligados a los acuerdos asumidos dentro de la esferadel Comercio Internacional y en el marco delConvenio Sobre la Diversidad Biológica.

El Convenio sobre la Diversidad Biológica tiene unartículo que es del cual ha nacido, sobre todo, estedebate a nivel internacional sobre el conocimientotradicional, si se debe proteger o no y por qué.

Se trata del Artículo 8j del CDB que específicamentedice: "con arreglo de su legislación nacional, laspartes contratantes respetarán, preservarán ymantendrán los conocimientos, las innovaciones yprácticas de las comunidades indígenas y locales queentrañen estilos de vida pertinentes para laconservación y la utilización sostenible de ladiversidad biológica, y promoverá su aplicación másamplia con la aprobación y participación de quienesposean esos conocimientos, innovaciones y prácticasy fomentará que los beneficios derivados de lautilización de esos conocimientos, innovaciones yprácticas se compartan equitativamente".

No es que vamos a pretender patentar losconocimientos tradicionales como algunos indican.Lo que persigue este artículo es que si se da unaporte del conocimiento tradicional, sobre lautilización de recursos genéticos, se reconozca unadistribución equitativa de los beneficios que se

El Diálogo de Tikal

La protección del conocimiento tradicionalPor Grethel Aguilar, doctora en Derecho Ambiental

Fiel defensora de los derechos indígenas, GrethelAguilar, experta abogada internacional, señala que

sí es posible proteger el conocimiento tradicional deestos pueblos y señala algunos de los mecanismos

legales concretos y las propuestas de protección quese podrían aplicar. Pero indica que crear un sistema

legal para proteger el conocimiento tradicional delos pueblos indígenas no implica una única tarea,

sino más bien una serie de esfuerzos que debenconcentrarse en la realidad de las comunidades

indígenas de cada país.

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obtienen de la utilización del recurso genético y deluso del conocimiento tradicional. Surge entonces ladiscusión sobre cómo es que puede protegerse eseconocimiento tradicional.

El Convenio sobre la Diversidad Biológica persigueeso: la distribución equitativa de los beneficiosbasados en la utilización de los recursos genéticos yen la utilización de conocimientos, innovaciones yprácticas de los pueblos indígenas y comunidadeslocales. No persigue el patentamiento deconocimientos tradicionales, todos sabemos que estoes poco factible.

Hay tres aspectos básicos en la discusión delconocimiento tradicional y los tres estánrelacionados con la propiedad: la propiedad de latierra o territorios para pueblos indígenas, lapropiedad de los recursos genéticos y la propiedaddel conocimiento tradicional.

La propiedad de la tierra ha sido una luchafundamental por siglos de los pueblos indígenas, elreconocimiento de sus tierras. En esas tierras estánsus recursos y estos recursos están asociados alconocimiento tradicional; es decir, se tiene elconocimiento tradicional de los recursos. Estos treselementos están asociados y sobre cada uno de ellosse ha trabajado en diferentes foros intensamente, quées conocimiento tradicional y qué no lo es.

Ante la gran pregunta de si los ADPIC (TRIPs) son unaoportunidad o una amenaza para los pueblosindígenas y comunidades locales, que pretendenproteger su conocimiento tradicional, yo diría quesería determinante que los países que accedan arecursos genéticos y conocimiento tradicionalasociado, hicieran cambios en sus sistemas dederechos de propiedad intelectual, obligando a lascompañías a reconocer el país de origen del materialgenético y el pueblo indígena del que estánobteniendo el conocimiento que las llevaron opueden llevar a la innovación para la cual se buscaprotección jurídica. Hay mucho trabajo por hacer enel ámbito nacional para que los ADPIC puedan surtirefectos positivos en este sentido.

Un Sistema Sui Géneris paraConocimiento Tradicional

Aquí estamos hablando específicamente deprotección del conocimiento tradicional y no de unsistema sui géneris para patentes. Lo real de loshechos es que el aporte del conocimiento indígena

en la biodiversidad no es protegido por ningúnsistema de protección intelectual.

Un aspecto que debe entenderse desde un inicio esque no todos los pueblos indígenas son iguales: "lariqueza está en la diversidad", por lo que no puedepensarse en el mismo sistema sui géneris paraproteger el conocimiento de todos los pueblosindígenas del mundo. El otro aspecto que hay querescatar es que un sistema sui géneris para laprotección del conocimiento tradicional puede estaro no estar dentro del conjunto de derechos depropiedad intelectual.

La primera cosa que prodríamos hacer paraprotegerlos es que se reconozcan los derechos depropiedad colectiva, porque en la mayoría de loscasos los pueblos indígenas no tienen propiedadesindividualizadas sino territorios que están a nombrede una asociación, de una comunidad, o en algunasocasiones de personas jurídicas ya establecidas. Depropiedad colectiva también son los derechos sobreel conocimiento que se han transmitido entregeneraciones y que el hecho de que una persona enparticular lo poseea no quiere decir que le perteneceen forma individual.

Luego, es importante que se determinen formas dedistribución equitativa de beneficios que se obtenganpor el uso comercial de esa propiedad colectiva decomunidades indígenas. En diferentes foros se hahablado de que el conocimiento tradicional espropiedad colectiva de los pueblos indígenas y no sedebe negociar en forma individualizada, porque estolo que hace es debilitarlos.

Lo siguiente es determinar quiénes son las personasfísicas o jurídicas que tienen legitimidad para actuar.Es fundamental definir que los derechos depropiedad colectiva deben ser inalienables,imprescriptibles y no susceptibles de apropiación porparte de terceros. Esto quiere decir que si porejemplo vamos a hacer un contrato, sea un contratode uso del conocimiento tradicional, más no de ventade conocimientos.

También es necesario determinar la fuente o lasfuentes de origen de derecho de la propiedadcolectiva; es decir, la comunidad o comunidades dedonde proviene el conocimiento, las innovaciones olas prácticas. Igualmente es conveniente determinarla figura del consentimiento fundamentado previopara el acceso a los recursos y conocimientostradicionales.

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Otro aspecto de importancia es que la protecciónlegal que se pueda dar al conocimiento tradicionaldebe no sólo proteger el conocimiento que ha sidogenerado en el pasado y que está desapareciendo,sino también cubrir las innovaciones que se basan enesta tradición. El "conocimiento" de los pueblosindígenas y comunidades locales es y será dinámicorespondiendo a las necesidades ambientales ysociales. Por ello el derecho debe de ser flexible yamparar el conocimiento tradicional y moderno, elconocimiento actual y el que pueden obtener lasfuturas generaciones.

Mecanismos legales

En la actualidad hay distintos mecanismos legalesque se están utilizando para proteger el conocimientotradicional. Quiero mencionar dos ejemplos que mellaman la atención. Uno es el caso de Costa Rica , quetiene su Ley de Biodiversidad y el otro es el caso dela propuesta de Ley de Biodiversidad de Nicaraguaque se trabajó a inicios del 2001.

En el caso de Costa Rica, la Ley de Biodiversidadestablece lo que se ha denominado como derechosintelectuales comunitarios sui géneris y, en especial,de lo que se trata esto es de que el Estado

costarricense reconoce y protege los conocimientos,las prácticas e innovaciones de los pueblos indígenasy de las comunidades locales, relacionadas con elempleo de los elementos de la biodiversidad y suconocimiento asociado. Particularmente, indica queeste derecho existe y se reconoce jurídicamente conla sola existencia o práctica cultural o el conocimientorelacionado a los recursos genéticos o bioquímicos.Es decir, que no requiere declaración previa, nireconocimiento expreso, ni registro oficial.

Esta ley aún no está reglamentada. Hay un grupo detrabajo que está abordando el tema con laparticipación de los pueblos indígenas, para definirla mejor forma de proteger estos conocimientos y seha hablado de bases de datos, de contratos, debancos de conocimiento tradicional y otrasmodalidades. Lo importante es que se empieza ya areconocer que existe la figura del conocimientotradicional en la ley, y se prevé la posibilidad de crearun registro de conocimientos tradicionales.

En Nicaragua el borrador del texto tiene unadiferencia marcada en relación con la Ley de CostaRica, diferencia bastante grande. Y es que en CostaRica se plantea un registro de conocimientostradicionales fuera del sistema de propiedad

El Diálogo de TikalAuraberta Colli, de la Asociación BioItzá, muestra parte de los productos que ellos elaboran utilizando el

conocimiento tradicional indígena; entre ellos jabones, jarabes, vitaminas, canastos y tejidos.

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intelectual, ubicado más bien dentro del Ministeriodel Ambiente, mientras que en Nicaragua el registrose plantea dentro del registro de propiedadintelectual, mismo en donde se registran laspatentes. Esto a mí me ha llamado la atención,porque se discutió mucho de que obviamente estorespondía a un sistema sui géneris y no a unapatente, porque no cumple con los requisitos depatente. Pero, aún así, se plantea la posibilidad deponerlo dentro del registro del país y es algo queentiendo se está debatiendo en este momento enNicaragua, toda la parte de propiedad intelectualde la ley de biodiversidad. También en Perú seplanteó la idea de un registro de derechosintelectuales comunitarios.

Las propuestas de protección

Hay muchas ideas y conceptos diferentes entre losmismos pueblos indígenas sobre la forma en que sepueden utilizar y proteger sus conocimientos. Esto sesuma a las diferentes realidades jurídicas en que estaspersonas coexisten. No existe una única y perfectasolución que se pueda aplicar a todos los pueblosindígenas por igual. Cada pueblo, acorde con surealidad, debe buscar la forma más adecuada deprotección.

Actualmente hay varias figuras a las que se puedeacudir para proteger el conocimiento tradicional: elsecreto comercial, el registro de derechoscomunitarios, las bases de datos o redes enconocimiento tradicional, los contratos, y las licenciasde conocimiento (Know-How).

Secreto comercial

En Ecuador se está experimentando comomecanismo para proteger al conocimientotradicional el convertirlo en un "secreto comercial",el cual ya está protegido en la legislación de muchospaíses. El proyecto propone que el conocimientotradicional sea almacenado en bancos de datosconfidenciales y luego negociar el acceso a esteconocimiento tradicional como un secretocomercial.

Cada comunidad tendría su propio registro deconocimiento y no pueden accesar a los registros deotras comunidades. Existirá un filtro dentro del bancoque identificará cuáles conocimientos son iguales,también se identifica cual información ya es dedominio público por medio de una base de datosque ofrece la Universidad de Illinois en Chicago.

Registro de derechos comunitarios

En la India se estableció un registro conocido comoPeople’s Biodiversity Registers, con la idea dedescentralizar el régimen de acceso a recursosgenéticos y su conocimiento asociado. SegúnDutfield, para 1998 ya existían 60 registros de estetipo desarrollados y mantenidos a nivel local.

Mayoritariamente se han encontrado tres tipos deregistros de conocimiento:

1- Conocimiento sobre especies, sus usos y técnicasrelacionadas.

2- Conocimiento sobre hechos en relación a lanaturaleza.

3- Conocimiento ecológico tradicional (L.Glowka,1998).

Existe una diferencia interesante con la propuestaque está siendo implementada por Ecuador y es queaquí no se requiere de secreto comercial sino desuficiente información para identificar y proceder areclamar en caso de que este conocimiento estésiendo utilizado sin reconocer su propiedad, valor yla correspondiente distribución de beneficios.

Bases de datos o redes en conocimientotradicional

Algunos pueblos Indígenas tienen en bases de datosel acceso y uso de su conocimiento. Ejemplo de elloes la Canadian Inut of Nunavik que tiene su base dedatos, la cual les sirve para negociar en términos deigualdad con compañías y científicos. La Red deBiodiversidad de Pueblos Indígenas ha desarrolladouna red de organizaciones que trabajan enbiodiversidad y protección del conocimientotradicional y en el desarrollo de un sistema sui génerisde protección .

Contratos

Los contratos son quizá el instrumento más antiguode negociación e implican la voluntad entre laspartes interesadas. Estas negociaciones, aunque sonentre las partes contratantes deben de tener presentela legislación nacional y la internacional y el derechoconsuetudinario de la comunidad con que senegocie. Esta no es tarea fácil, sobre todo paraalgunos pueblos indígenas que requerirán deasesoría para conocer la gran gama de legislación

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desde el punto de vista contractual (derechocomercial, derecho civil) hasta la legislaciónambiental del país, pasando por ConveniosInternacionales como el CDB, el Convenio I69 y lasnormas relativas a derechos humanos.

Estos contratos pueden tener el tipo de cláusulas quelas partes acuerden, siempre y cuando éstas semantengan dentro de la legalidad del marconacional e internacional. El término del contratopuede ser definido por las partes, por ejemplo, unaño o noventa y nueve años. Los beneficios puedenser pagados una sola vez o por medio de regalíascontinuas a través de los años.

Esto significa, en términos reales, que los pueblosindígenas para meterse en este tipo denegociaciones tienen que contar con asistencia legal,con capacidad de negociación y con claridad delobjeto de la negociación. Ante esta situación laCoalición Global para la Diversidad Biológica yCultural desarrolló un modelo de Convenio sobrePropiedad Intelectual, Cultural y Científica. Estemodelo contiene, entre otros, un fondo legalconstituido al principio de la negociación para pagarasistencia legal, un monitoreo independiente paraevaluar el contrato, consentimiento informado yplaneamiento conjunto, preocupación por elambiente, distribución equitativa y mejoramientocomunal.

Los contratos se presentan como una posibilidadcercana y viable y pueden además incluir, si fuererequerido o se considera adecuado, las modalidadesde registros de conocimientos, de licencias deconocimiento, y de secreto comercial. Cadacomunidad tendrá que decidir qué es lo que mejorse ajusta a su interés procurando una protecciónefectiva de sus derechos.

Sin lugar a dudas se requiere diseñar diversas guías omachotes de contratos y ponerlos a prueba pararealmente valorar su efectividad.

Existe una gran confusión entre contratos debioprospección y contratos de conocimientotradicional. La gente tiende mucho a confundircontratos de bioprospección y lo que puede ser uncontrato propio de conocimiento tradicional. Noobstante, la mayoría de los contratos deconocimiento tradicional que ya existen se refierenúnicamente al conocimiento que los pueblosindígenas tienen sobre los recursos, no al recursocomo tal.

Licencias de conocimiento (Know-How)

Este mecanismo ha sido utilizado por Perú, regiónMarañón, particularmente por la comunidadAguaruna y Huambisa dentro de un proyecto debioprospección patrocinado por el gobierno deEstados Unidos y la International Cooperative BiodivesityGroup Program, con investigadores de la Universidadde Washington, dos Universidades de Perú y Searle &Co. (división farmacéutica de Monsanto).

Este tipo de licencias se basan en que en que elrecurso por sí mismo no tiene valor sino cuando esasociado a su uso tradicional. Por lo tanto, lascomunidades indígenas deben guardar el controlsobre el uso de ese recurso. A partir de esto se creóuna licencia de conocimiento que cubría el uso delconocimiento tradicional asociado a fines curativos.

Quizá el factor más relevante de este tipo de licenciases que no importa si el conocimiento es de dominiopúblico, porque la comunidad tiene el derecho autilizarlo. La licencia contiene una serie de cláusulasdentro de las que destacan: la no posibilidad depatentar formas de vida, software para registroslocales y nacionales, trato preferencial a compañíasperuanas para distribuir el producto, beneficioseconómicos, la constitución de un fideicomisoadministrado por los Aguaruna y Huambisa.

Trabajo en el ámbito nacional

Hay mucha discusión en cuanto que a lasnegociaciones de los TRIPs deberían ir los pueblosindígenas, y ya algunos compañeros comentaron queno hay cabida en la OMC y que esto no se discute enesos ámbitos. Mi opinión muy personal es que sísolucionamos las cosas nacionalmente nos va aquedar más fácil la tarea internacional.

Tenemos muchísimo que hacer a nivel nacional, y ungran compromiso con las leyes de biodiversidad que seestán redactando en casi todos los paísescentroamericanos en este momento, y en Méxicotambién. Aún no nos hemos dado a la tarea de empatarbien las leyes de patentes, las leyes de propiedadintelectual con los borradores de leyes de biodiversidadde Centroamérica y México. Entonces uno se pregunta,será que nos vamos para Ginebra con la pancarta o seráque nos organizamos aquí y vemos qué es lo que estápasando a nivel nacional. Yo creo que la capacidad delos negociadores en Ginebra se va a fortalecer si sefortalecen los procesos nacionales. Tenemos que reforzarlo nacional y transferir esa fortaleza.

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stamos haciendo esta labor pornuestra propia cuenta, confinanciamiento internacional.Hacemos todo lo posible para dar losprimeros pasos en la sistematizaciónde los conocimientos. Se ha podido

notar a nivel internacional que los pueblos indígenashan realizado este esfuerzo sin obtener un granavance.

De igual manera, las organizaciones nacionales depueblos indígenas de Panamá realizan esfuerzos que,en alguna forma pretenden frenar o controlar laexplotación ilegal de los conocimientos indígenassobre la medicina tradicional.

Los primeros intentos

Una organización indígena Kuna llamada Pemasky(Proyecto de Estudio para el manejo de ÁreasSilvestres de Kuna Yala) dio los primeros pasos encuanto a la sistematización de los conocimientos denuestra medicina tradicional. Esta iniciativa ha sidouna reacción ante la explotación ilegal de losconocimientos indígenas… Hasta cuándo vamos atolerar el abuso de ciertos investigadores dediferentes sectores de formación antropológica,etnológico, sociológica, etc., que aprovechándose denuestros conocimientos para fines personales ylucrativos, obtienen maestrías y doctorados.

Pero los conocimientos de esos doctores jamásllegarán a curar enfermedades. Porque el indio Kuna

o los indígenas no venden el espíritu y la esencia delconocimiento, solo dan informaciones, pero no dicennada de los poderes curativos de las plantas. Elsecreto para poder curar enfermedades es un temacomplejo. Ni siquiera a nuestra propia gente se le daestos conocimientos, sino después de lasinformaciones o conocimientos generales. Alfinalizar el curso, y después de que el maestro estéseguro de la condición psicológica del alumno, escuando se le da los conocimientos sobre la esenciadel comportamiento de la naturaleza.

Con el objeto de sistematizar los conocimientos,Pemasky creó un programa e invita a estudiososnacionales y extranjeros, estableciendo como condiciónque el coinvestigador tiene que ser un indígena. De lasinvestigaciones que realicen, sea en español o inglés,tienen que dejar una copia. Esto nunca se ha hechoantes. Con los fondos del investigador principal sepaga al coinvestigador. El coinvestigador asiste a lasuniversidades donde el investigador principal tengaque rendir informe de su trabajo.

Un ejemplo de este trabajo conjunto lo hicimos conun investigador de la Universidad de Missouri. Élhizo una investigación sobre una planta que losindios utilizamos para fortalecer la vista y lainteligencia. Esa planta tiene una hoja chica condiferentes dibujos. Él investigó la causa de estosdibujos y llegó a la conclusión que un hongodibujaba esta hoja. La existencia de esta planta, paralos indígenas no es nada nuevo, nuestrosantepasados ya la venían utilizando desde hacemucho tiempo; sus poderes curativos ya se aplicabanen muchas necesidades. Pemasky puso condición deque esta planta se la clasifique con nombre indígena.Esta planta se llama "Sapi garda" (Simabapolyphylla), de la familia Simaroubaceae.

El proyecto actual

Ahora la Fundación Dobbo Yala, que es la Fundacióndonde actualmente estoy trabajando, y con el mismobiólogo que fue contraparte o coinvestigador, estádesarrollando un proyecto de plantas medicinales

El Diálogo de Tikal

La medicina indígena Kuna Por Aurelio Chiari, Profesor Kuna, Comarca de Kuna Yala, Panamá.

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En 15 días, Aurelio se curó de una parálisis facial, yel doctor no indígena que lo estaba atendiendo sequedó boquiabierto. Así de efectiva es la medicina

natural que practican los indígenas de Kuna Yala, enPanamá, cuyos conocimientos se están recopilando

para que no se pierdan y protegerlos comoconocimiento tradicional. Aurelio nos cuenta aquí

cómo están realizando esa investigación.

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con el financiamiento del Centro de InvestigaciónInternacional (CIID) de Canadá. Estamossistematizando los conocimientos tradicionales en eluso de la plantas medicinales. Ese proyecto es nuevo,

empezó en el 2001 y lo estamos desarrollando en laComarca Kuna Yala. El programa está obteniendoexcelentes resultados y está impactando en toda estaComarca.

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Aurelio Chiari, indígena Kuna de Panamá, comparte con Auraberta Colli, indígena Itzá deGuatemala, algunos de sus conocimientos botánicos. Atrás, participantes del Diálogo de Tikal.

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Con este proyecto, nuestro objetivo es sistematizar orecopilar todas las informaciones referentes a lamordedura de culebra y las enfermedades máscomunes que hay en Kuna Yala. Estamosdescribiendo cómo se curan y cuáles son las plantasque se utilizan, cuál es el proceso que se realiza parapoder llegar a curarse. Luego estos conocimientosnosotros los compartiremos con los biólogos y loscientíficos del mundo moderno para dar una mejorrespuesta al pueblo y explicarle el valor que tienennuestras plantas medicinales; porque actualmentetendemos a desvalorar lo nuestro y queremosdemostrar que no debemos sentirnos menos queellos en cuanto al conocimiento de la Naturaleza.Muchos de nuestros conocimientos dan mejoresresultados que la misma medicina moderna en loque respecta en la curación de ciertasenfermedades.

Por ejemplo, cuando sufrí de parálisis facial, en 15días me curé aplicando plantas medicinales.Después de 15 días regresé al Seguro Social y eldoctor se quedó sorprendido de lo rápido que mecuré.

Nuestra medicina vale mucho y por eso Dobbo Yalaconsiguió un fondo para fortalecer y recopilarinformaciones. Hemos construido una casa, con elpermiso del pueblo, que sirve de escuela, y hemoscontratado a un maestro indio al que se le estáreconociendo alguna pequeña remuneración por losconocimientos que está suministrando a diez jóvenesa quienes se da la información. Es un trabajo duroque se está realizando y se requiere la participaciónde todo el pueblo. Estos jóvenes se han ido a otrasescuelas de conocimiento indígena para afianzar yprofundizar sus conocimientos.

Anteriormente, los investigadores trabajabanaisladamente del pueblo y de las autoridades. Encambio este proyecto es canalizado a través de lasautoridades del pueblo bajo la dirección de unprofesor indio.

De esta manera, Dobbo Yala, como organizaciónindígena, está tratando de resaltar nuestros valores ysistematizar las informaciones que pueden servir parala futura generación de Kuna Yala, puesto queactualmente ya se están perdiendo estosconocimientos tradicionales. Por eso se estácapacitando y educando a los jóvenes, para que ellosvean que los conocimientos de nuestros padrestienen valor. Dobbo Yala no viene a lucrar con estosconocimientos, su finalidad es recuperarlos yplasmarlos en documentos. Sistematizar estosconocimientos para nosotros es fundamental.

Molas bajo patente

En Panamá existe una ley mediante la cual se prohíbela reproducción o imitación de la mola. Lapatentización de las molas no ha sido posible hasta elmomento. Para la creación de esta ley, las mujeres deKuna Yala hicieron grandes esfuerzos ante elCongreso General Kuna. Sin embargo, las molas sesiguen confeccionando a espaldas del pueblo Kuna,lo cual motiva que exista competencia en el mercado.Hay que seguir haciendo esfuerzos para que secumpla la ley.

Como ejemplo tenemos que en Costa Rica se vende,como producto elaborado en este país, molas hechaspor las mujeres indígenas kunas de Panamá.Mientras no se respete las leyes, no se podránrespetar los derechos de los pueblos indígenas, pormás que uno quisiera.

Sobre las plantas medicinales, nosotros en DobboYala estamos realizando trabajos concretos porque nopodemos esperar que se aprueben las leyes, quegeneralmente se demoran mucho. Por eso, nosotrosconsideramos que para poder responder a esaemergencia debemos avanzar a través de proyectosfinanciados, sea por el gobierno nacional, sea pororganismos internacionales. Tenemos proyectos enDobbo Yala financiados por Dinamarca, por elgobierno holandés y por Canadá.

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n México se han propuesto cuatroproyectos de bioprospección(investigación de la biodiversidad confines de aplicación en la biotecnologíapara diversos usos), pero uno de ellosfracasó, debido a la oposición

encabezada por 13 organizaciones agrupadas en elConsejo de Organizaciones de Médicos y ParterasIndígenas Tradicionales de Chiapas (COMPITCH).

Chiapas, incluyendo a su maravillosa selvaLacandona, es uno de los primeros lugares delmundo en biodiversidad, tanto por calidad como porcantidad, y sus innumerables especies vegetalesdespiertan el interés de cualquiera. Una riqueza quese debe negociar con lupa, o que simplemente no senegocia. Esto fue lo que pasó con la propuesta debioprospección que les llegó a los pueblos ycomunidades indígenas chiapanecos…

El relato del COMPITCH

El caso que les vamos a contar nos perjudicó a todos.También a las comunidades, pues con él searriesgaron las bases mismas de la convivenciacolectiva de nuestros pueblos, aunque también losderechos de otros pueblos y gentes, porque de todosson los recursos que se utilizan para el cuidado de la

salud, independientemente de la forma y técnicacomo se preparen.

Dos son las ofensas que en directo nos hicieron, doslas tristezas y enojos que guarda nuestro corazónindígena. La primera surgida del proyecto mismo debioprospección que nos llegaron a ofrecer. Lasegunda, la más grave, nacida no sólo de la soberbiay el desprecio con que desde hace ya 500 añosnuestros malos gobiernos y sus mandos de grandesempresarios nos tratan, sino también del miedo aperder sus canonjías y sus privilegios si nuestrapalabra y camino comunitario hubieran quedado ensu ley como derecho de nuestros pueblos.

El caso del proyecto de bioprospecciónestadounidense que llegó a nuestra organizaciónpara aprovechar las plantas medicinales yconocimiento tradicional asociado, nos llegó conengaños y trampas. Le nombran ICBG Maya, y susparticipantes, la Universidad de Georgia, ellaboratorio inglés Molecular Natura Limited, y lasautoridades de un centro público de investigaciónmexicano llamado Ecosur, nos invitaron a convocar alas comunidades para convencerlas a que realizaranlas colectas, aunque nunca nos dieron razón exactade los propósitos y bases primeras de su asociación,a pesar de que les pedimos nos hicieran llegar todaesa información para saber en detalle de qué setrataba el proyecto, y así poder saber por lo claro dequé se trataba y si entrarle o no entrarle.

Un contacto con el gobierno fue quien nos hizo llegarel convenio ejecutivo del proyecto y entoncesdescubrimos algunas cosas. Por ejemplo, que queríanobtener los recursos genéticos de la biodiversidadchiapaneca para obtener aplicaciones medicinales,patentarlas y luego aprovecharlas comercialmente,que para ello iban a valerse del conocimientotradicional de los pueblos, que las comunidadestendrían derecho a regalías en forma de proyectosdestinados a seguir produciendo para el consorcioICBG Maya y también a fitomedicinas obtenidasdurante la investigación. Pero su aprovechamientoquedaría sujeto a la autorización del consorcio bajo la

El Diálogo de Tikal

Indígenas contra la "biomaquila" Por Juan Ignacio Domínguez, asesor del COMPITCH en el área de Biodiversidad

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Con lenguaje sincero y directo, Juan IgnacioDomínguez nos contó cómo los pueblos y

comunidades mayas (tseltales, tsotsiles, choles ytojolabales) y zoque de Chiapas rechazaron un

proyecto de bioprospección con fines comercialesbajo el sistema de patentes de los Estados Unidos deAmérica, que ellos consideraron como un intento de

"biopiratería", entre otras ofensas. Tambiéndistribuyó un sentido resumen sobre este temaelaborado por el Consejo de Organizaciones de

Médicos y Parteras Indígenas Tradicionales deChiapas (COMPITCH).

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máscara de una asociación neutral denominadaPromaya.

También nos dimos cuenta que la Universidad deGeorgia era la dueña de la producción intelectual desus empleados y han de saber ustedes que el Dr.Brent Berlin, quien lleva 40 años en Chiapasrecogiendo datos y haciendo registros en camposobre nuestro conocimiento, es líder de ese ICBGMaya y empleado de la Universidad de Georgia.

Pero lo que más nos asustó es que la versión en inglésdel convenio no coincidía con la versión en españolpuesta del lado izquierdo del mismo convenio, y queen una de esas partes en que no coincidía en inglésse dice que las actividades del consorcio quedansometidas a las leyes federales de los Estados Unidosde América.

Entonces, nuestros asesores buscaron las basesmismas del proyecto (el RFA TW 98 001) yencontramos más discriminaciones y abusos. Por

ejemplo, que el propósito central de todo ICBG era yes encontrar medicinas importantes para losprogramas de salud pública de los Estados Unidos delos países desarrollados, pero sólo aquellas deimportancia primaria en los países en vías dedesarrollo. Nos dimos cuenta también que con losmateriales colectados se buscarían tambiénaplicaciones veterinarias, industriales, agrícolas,cosméticas y otras de interés para los Estados Unidos.

De tal modo, nuestro conocimiento tradicional seríaparte de su patrimonio cultural, pues cualquieraplicación descubierta con potencial comercialquedaría en secreto y en depósito en laAdministración de Alimentos y Medicinas hasta tantoellos no la patentaran , aunque la propiedad de losmateriales biológicos colectados y la informaciónobtenida asociada se la dejaban al país en desarrolloque, de por sí, le toca hacer ese trabajo.

Vimos también que entrenarían a sus investigadoresen nuestras tierras en áreas exclusivas de nuestro

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Indígenas mayas Izabal. (Foto: Gabriela Hernández)

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conocimiento tradicional, que llevarían sólo aquellosrecursos y conocimientos tradicionales de los cualespudieran tomar ventaja, que las regalías a lascomunidades irían en forma de proyectos para quetrabajaran en lo mismo, siempre y cuandoconservaran y proporcionaran puntual y eficazmentelos materiales que el consorcio les exigiera; quenuestras autoridades deberían aceptar y reconocerlos propósitos y bases de esa convocatoria a formargrupos que mal llaman de cooperación internacionalen biodiversidad, porque sólo es cooperar para elprovecho de ellos.

Conocido todo esto, les pedimos a los señores delConsorcio (Ecosur y su líder Brent Berlin) quesuspendieran su proyecto, en razón primero de queno había ley que en nuestro país regulara elaprovechamiento comercial de los recursos genéticos,segundo, que su contrato, además de abusivo,implicaba sometimiento a las leyes de otro Estado.

Lejos de escucharnos, se fueron a sacarles sus firmasa las autoridades de 50 comunidades de los Altos deChiapas e intentaron hacerlo por otras regiones.Entonces nos "encabronamos" y los denunciamos a laautoridad ambiental para que suspendiera elproyecto y les pusiera sanción. Pero, en vez de eso, laautoridad nos llamó para presionarnos a queaceptáramos el proyecto, diciéndonos que eseproyecto era lo mejor que podía haberle pasado alpaís, que era muy justo y provechoso para nuestrascomunidades, pero que si queríamos nos mejorabanel precio.

Nos negamos a vendernos, a legitimar el abuso, adarles el aval en nombre de los pueblos del mundo,los poseedores legítimos de los recursos genéticos.Fuimos entonces a la prensa y a las comunidades ainformar sobre esos abusos y sobre las complicidadesde la autoridad, pero también fuimos a lascomunidades ganadas por ellos para saber por quéhabían aceptado el proyecto. En esas comunidadesnos dijeron que los del ICBG Maya habían llegado aofrecerles curar sus enfermedades, pero que para queeso se consiguiera, la gente debía colectar las plantas

medicinales de la zona, que luego los del consorciose llevarían para Gran Bretaña de donde, les dijeron,saldría la mejor medicina para luego traérselas aellos; que nunca les dijeron que los Estados Unidostuviera algo que ver en ese proyecto o que esamedicina encontrada fuera a quedar en Gran Bretañao en Estados Unidos.

La indignación y la oposición al proyecto empezó acrecer tanto en las comunidades que la autoridad y elconsorcio tuvieron que suspenderlo oficialmente,aunque no se fueron sin antes decir que el conflictocon el Compitch no había venido de sus médicos yparteras, sino de algunos de sus asesores noindígenas. Sobre ese reiterado señalamientoqueremos aclararles que no somos "peritas en dulce"ni indios redomados, que nuestros asesores estánsujetos a nuestra autoridad, que nosotros nos fijamosen la orientación que siguen los pasos de laspersonas, no en el color de su piel o en su origen yque fue entre todos, médicos, parteras y asesores,indígenas y no indígenas, que construimos laestrategia y la propuesta desplegada. Entre todos,porque de todos es de por sí el interés y el derechoy porque los principios todos los implicados losteníamos, y tenemos, comunes y muy claros.

Racismo y abuso ancestral

En el racismo y la soberbia tutelante hay que buscarlos orígenes de los intereses que suponen que losindios podemos luchar por justicia, pero nunca coneficacia, por una lámina de cartón para tener untecho, pero nunca por nuestra liberación.

No es de ahora ni sólo por un asunto como el de labiopiratería, que venimos luchando. Es por todo elengaño y el abuso neocolonial sí, pero tambiénnuestra resistencia es centenaria y se basa en lasdecisiones colectivas para seguir juntos, en laconsideración de los otros como hermanos, en laspalabras sinceras, en el respeto a la tierra que es laMadre y compañera que debemos cuidar y respetar,y no ver como un objeto ni propiedad a explotar y aacabar a como nos dé la codicia y la soberbia.

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Querían agarrarnos solitos y sumisos, hacernoscómplices baratos de su saqueo, de su política depérdida pactada de soberanía como de por sí vienenhaciendo con otros pueblos, de la reconfiguración delos conceptos de diversidad biológica y cultural, delprevisible derrumbe comunitario a que un proyectocon esas características nos condujera, sea porque deél se beneficiaran solo unas pocas comunidades, seapor consolidar en nosotros el egoísmo utilitarista, seapor integrarnos socialmente a sus sistemas depatentes, propiedad intelectual y marcas y a todo loque esas formas de apropiación y discriminación hansignificado en dolor y en desigualdad para lassociedades donde han sido impuestas. En suma,doblarnos a tomar el lugar en el mundo que ellos nosasignaran y desde ahí recibir sus instrucciones.

Algunas aclaraciones sobre el ICBG Maya

Juan Ignacio Domínguez puntualizó los siguientesaspectos sobre el proyecto ICBG Maya ofrecido a lospueblos y comunidades indígenas de Chiapas através del COMPITCH:

1- El propósito del ICBG Maya como cualquier otroproyecto aprobado bajo los datos de convocatoriaya citados, es un proyecto creado, financiado,coordinado, dirigido y registrado por el Gobiernode Estados Unidos. No es un proyecto privado,sino es un proyecto gubernamental, de Estado,con todo lo que eso supone.

2- El propósito no es sólo farmacéutico. Labiodiversidad va a ser utilizada en distintasaplicaciones agrícolas, veterinarias, de cosméticos,industriales y militares, entre otras. Hay un ICBGdel Departamento de Defensa de los EstadosUnidos en África ya completado.

3- El proyecto ICBG Maya es un proyecto debioprospección, de aprovechamientobiotecnológico y comercial en base a patentes.

4- Los Estados Unidos de América, como ustedessaben, no reconocen el Convenio de DiversidadBiológica ni, lo más importante para el casomexicano, el Convenio 169 de la OrganizaciónInternacional del Trabajo, que nuestro país síreconoce.

5- El gobierno y los institutos de investigaciónanfitriones deberán aceptar plena y eficazmentetodas y cada una de las partes y deberes

contenidos en el Programa ICBG, incluido elreconocimiento expreso a la legislaciónestadounidense en la materia, su jurisdicción ysistema de resolución en caso de controversias.

La respuesta de los indígenas de Chiapas fue digna.Dijeron "no vamos a consentir esa depredación,nuestros pueblos no van a hacer esa depredación".Los recursos genéticos y biológicos son un don, algootorgado por la tierra que es Madre, que pare a loshombres, que pare a las cosas, que da la vida, perono la da para que la tengamos en propiedad,nosotros somos de ella, no ella de nosotros. Esepensamiento ha sido negado, dicen que no es unargumento jurídico, mucho menos un argumentoracional, establecer derechos o palabra a la tierra; latierra no habla, la tierra no piensa, la tierra no ama.Han establecido que no hay posibilidad de tener undiálogo con este tipo de razonamiento de lascomunidades y entonces no hay puente.

Pero los pueblos han dicho que es de toda lahumanidad, que es de la biosfera, que delconocimiento tradicional ellos son guardianes, perono les fue entregado para apropiárselo y hacernegocio y en ese sentido ellos hablan, y muchosautores también lo citan, de patrimonio y nopropiedad. La palabra patrimonio impone depósito,y bajo la forma jurídica romana que rige nuestraslegislaciones nacionales el depósito es una custodiaque hay que salvaguardar y que imponeresponsabilidades.

El Diálogo de Tikal

Publicación de la Asociación BioItzá que recopilabuena parte de los conocimientos en medicinaindígena de este grupo Maya.

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Tercer diálogo

Participantes del Diálogo de Tikal en análisis durante una gira de campo.Participantes del Diálogo de Tikal en análisis durante una gira de campo.

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UNO PARA TI, OTRO PARA MÍUNO PARA TI,

OTRO PARA MÍ

Hacia una distribuciónequitativa de los beneficiosprovenientes del comercio

basado en nuestros recursosbiológicos y genéticos.

Hacia una distribuciónequitativa de los beneficiosprovenientes del comercio

basado en nuestros recursosbiológicos y genéticos.

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Desde mi punto de vista la equidad noexiste en este momento en la región enel manejo de estos temas, porque lapauta la han puesto los sectores quemanejan los recursos económicos, yasea al interno de nuestros países

(algunas empresas del campo agrícolafundamentalmente) o internacionalmente, donde lasgrandes empresas farmacéuticas son las que hanpuesto las reglas del juego. Ese patrón debe cambiarsedefinitivamente, hay que repartir los beneficios yromper el desbalance, pero para eso se requieremucho trabajo. Estamos hablando de tres, cuatro,cinco años para lograr variar las tendencias actuales ymejorar el nivel de capacidad de respuesta que hay alinterno de nuestros países, porque existe undesconocimiento generalizado en el manejo de estostemas y particularmente en los grupos de negociación.

Con respecto a los contratos, por ejemplo, hay ungran desconocimiento del contenido y se repite unpoco el patrón de que éstos contratos no vienen afavorecer mucho a los países y menos a los gruposindígenas que poseen cierto conocimientotradicional, sino que benefician principalmente a lasempresas que han generado esos contratos.Habiendo mejorado en el futuro las capacidades dela región, se tendrían que desarrollar marcoscontractuales diferentes, porque una empresaprivada no puede negociar con los intereses de todoun país y debe privilegiarse los intereses de unanación a los intereses de un sector o de un grupo deempresas, ya sean nacionales o internacionales.

La "biopiratería" no es una cuestión nueva. Eso havenido sucediendo hace décadas en la región. Lo quepasa es que no existía conciencia del valor delpatrimonio genético de un país o de una región y loque alimenta este tipo de saqueo es la falta deconocimiento de la población y de las autoridades,así como la falta de mecanismos legales que loimpidan. La biopiratería se irá reduciendo en lamedida en que aumente el conocimiento de la gentey los grupos en general, al igual que los mecanismoslegales institucionales para hacer valer los principioslegales que protejan el patrimonio o labiodiversidad.

Es necesario ir logrando un balance en las alianzascon las compañías que tienen capacidad de hacerinvestigación. Pero, considerando la realidadsocioeconómica de estos países, no creo que estetema sea una prioridad para los gobiernos en lospróximos años, ya que las prioridades deben basarseen la realidad. Y en una región pobre, donde losniveles de pobreza van aumentando, los recursospara investigación no van a ser muchos.

Por tanto, el fortalecimiento de estas entidades en lospróximos años va a seguirse dando por vía de lacooperación internacional y, en el peor de los casos,vía inversiones de empresas que traen un interésdirecto, generalmente en desmedro de los interesesde los países en el manejo de estos temas.

Una de las opciones para luchar contra esto es irmejorando los mecanismos legales y elconocimiento, con una participación más abierta. Loscontratos que se suscriban en el futuro con nuevasempresas interesadas en el manejo de recursos yconocimientos sobre la biodiversidad, deben ser másequitativos al amparo de las leyes nacionales y, sobretodo, manejarse con transparencia ante los grupos deinterés.

El Diálogo de Tikal

Más biopiratería que equidadPor Jorge Cabrera Hidalgo, Grupo Kukulkán, Guatemala

En la repartición de los beneficios provenientes delos recursos biológicos y genéticos, nuestros países

no están saliendo favorecidos. Con esta opinión,Jorge Cabrera Hidalgo abre el diálogo sobre acceso a

los recursos y reparto justo de los beneficios.

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l aprovechamiento de los recursosgenéticos y "bioquímicos" deberíarepercutir, sin duda, en el desarrollosocial y económico de nuestros países.Por eso es importante una políticanacional que defina reglas y

mecanismos para conservar, promover y facilitar elacceso a esos recursos, así como un reparto justo yequitativo de los beneficios que se deriven de suutilización.

En esta materia, hay temas transversales y sectorialesque únicamente se pueden coordinar y vincularmediante una política integral, en que se armonicenlas diferentes perspectivas y se coordinen y definanlos roles de los distintos actores, desde el sectoragrícola y forestal, hasta los sectores relacionados conel aprovechamiento de los recursos acuáticos y lapromoción de la salud humana.

El Salvador está tratando de armonizar estas visionesmediante la elaboración de una "Política Nacional deAcceso a los Recursos Genéticos y reparto debeneficios", que parte de una visión amplia de losdistintos bienes y servicios que ofrece la diversidadbiológica del país.

En El Salvador se dispone de una legislación sobreDiversidad Biológica, específicamente la Ley delMedio Ambiente, en la cual se asignan competenciasa las distintas autoridades sectoriales sobre el accesoy aprovechamiento de los recursos. Por lo que se

vuelve necesario e indispensable trabajar en unapolítica nacional que garantice la coordinación yarmonización de tratamientos y procedimientos parael acceso a los recursos biológicos. La idea es generarlineamientos específicos, a través de un amplioproceso de debate y consulta, para un tema tannuevo y tan complejo como el del acceso a losrecursos biológicos y genéticos. Valga decir que éstees un tema en el que deben trabajar no sólo nuestropaís, sino todos los países mesoamericanos en formacoordinada.

Qué y cuánto se va a repartir

Antes de pretender hacer un reparto justo yequitativo, es necesario dimensionar el valor quetienen los recursos biológicos para la humanidad,centrándonos, en este caso, en los recursos genéticosy sus derivados. Dicho proceso sólo puedeconseguirse con el conocimiento de nuestrosrecursos, por lo que es importante desarrollartrabajos de identificación y caracterización de losmismos.

Esto es válido también para el conocimientotradicional de las comunidades indígenas y localespertinente con la conservación y utilización sosteniblede la diversidad biológica. Para el cual, antes derealizar todo ese proceso de reconocimientomonetario o no monetario de su utilización, esnecesario que se establezca un régimen deprotección, en donde se reconozca la propiedadintelectual de ese conocimiento. En este sentido, lapolítica nacional también puede favorecer.

Los lineamientos de la política

Una política nacional de acceso a los recursosgenéticos debe proponerse, entre otros aspectos, losiguiente:

1- Promover el conocimiento y caracterización denuestros recursos. Como anteriormente se dijo,primero hay que saber qué se tiene, mediante laidentificación y caracterización de los recursos, es

El Diálogo de Tikal

La política nacional de acceso Por Jorge Ernesto Quezada Díaz, Ministerio del Medio Ambiente y Recursos Naturales, El Salvador

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La adhesión a los convenios internacionales no sonsuficientes para asegurar que se haga un reparto

adecuado de los beneficios derivados del acceso yaprovechamiento de la riqueza biológica de nuestros

países. Por eso, El Salvador aconseja y estátrabajando en la elaboración de una política nacional

de acceso a los recursos genéticos y reparto debeneficios, tal como lo describe Jorge Quezada.

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decir, mediante trabajos de inventario ysistematización de la información.

2- Hacer una valoración integral de los recursosbiológicos. Es decir, dimensionar la importanciaeconómica, ecológica, social y cultural de ladiversidad biológica.

3- Identificar y valorar el conocimiento tradicionalque permite el más rápido acceso, pues es deconsenso común que ese conocimiento puedefacilitar la obtención de un producto de formamás rápida y a menor costo.

4- Establecer códigos de conducta sobre cómo y conqué procedimientos se va hacer la identificacióny el acceso a los recursos.

5- Establecer un programa integral defortalecimiento de las capacidades para la gestiónde la biodiversidad, para la negociación, y para eldesarrollo de tecnología.

6- Desarrollar procedimientos administrativos clarosy eficientes, partiendo de una buena legislaciónnacional que nos permita facilitar y promover elacceso.

Medidas básicas

Para regular lo concerniente al acceso de los recursosgenéticos, los países deberían tomar como mínimolas siguientes medidas:

Un enfoque determinado del consentimientofundamentado previo.

Medidas legales y de política en los países,definición de competencias, y trabajos decoordinación y armonización de procedimientos.

Enfoque de los términos mutuamente convenidos.

Legislación nacional que incluya un régimen suigeneris de propiedad intelectual.

Actividades de concienciación pública.

Posibles beneficios

Algunos de los beneficios que debe o puede procuraruna política nacional de acceso a los recursosgenéticos son:

Tratamiento armónico de los diferentes sectoresrelevantes. Facilitando la toma de decisiónrespecto a solicitudes de acceso, conllevando auna mayor transparencia en el acceso,garantizado por una adecuada aplicación delprocedimiento del consentimientofundamentado previo.

Garantizar un reconocimiento justo, monetarioo no monetario, del aprovechamiento de losrecursos biológicos por terceros. Desderegalías, hasta la participación en lainvestigación, creación de capacidades,desarrollo de infraestructura, acceso atecnologías, etc.

Desarrollo de normativa nacional adecuadade Acceso y Reparto de Beneficios, así como,de sistemas de derechos de propiedadintelectual relacionados con uso de losrecursos biológicos, en conformidad con lodispuesto en el Convenio sobre la DiversidadBiológica.

Influir en el desarrollo científico y tecnológicodel país, mediante la transferencia tecnológica yde conocimientos en temas de interés.

Incentivo para la conservación y uso sosteniblede los recursos biológicos del país.

En definitiva, es importante que los países generennormativas y procedimientos, orientados por unapolítica que les permita armonizar a nivel interno ytambién a nivel regional lo relativo al acceso ydistribución equitativos de los recursos biológicos ygenéticos.

El Diálogo de Tikal46

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l Instituto Nacional de Biodiversidadde Costa Rica (INBio) es un centro deinvestigación y educación que apoyala Estrategia Nacional deConservación, mediante actividadesque ayuden a conocer, proteger y usar

sosteniblemente los recursos biológicos y genéticosdel país.

Para ello, captura y genera información sobre losrecursos del bosque y los transfiere a distintos gruposde la sociedad. Tal y como lo establece el ConvenioINBio-Ministerio de Ambiente y Energía (MINAE), elINBio está facultado para establecer convenios ocontratos de bioprospección en Costa Rica, que no esotra cosa que la búsqueda sistemática en labiodiversidad de nuevas fuentes de compuestosquímicos, genes, proteínas, microorganismos y otrosproductos que poseen valor económico o potencial.

En el mundo existen de 35 mil a 70 mil especies deplantas que son usadas como medicina y el mercadomundial en este campo se estima en $200 milmillones anuales. En Estados Unidos, el 40% detodas las recetas médicas tienen un producto naturalo derivado. También es muy importante el mercadode medicamentos en Asia, donde se mueven

anualmente cerca de $70 mil millones, de los cuales$36 mil millones corresponden a medicinasprovenientes de plantas.

Otro dato importante es que actualmente más de200 compañías alrededor del mundo están haciendoensayos para medicinas y otros propósitos. Lascompañías farmacéuticas habían venido invirtiendode $125 a $231 millones de dólares estadounidensesen la identificación de cada una de las nuevas drogasy más recientemente estas inversiones se acercan alos $800 millones por cada desarrollo.

Trabajo de muchos

Hacer bioprospección es un trabajo multidisciplinarioy multisectorial, que requiere de la participación ycolaboración de diferentes actores del sectorproductivo, del gubernamental, del Sistema Nacionalde Áreas de Conservación, de universidades y decentros de investigación nacionales e internacionales.

En el caso del INBio, existe un Programa deBioprospección que consta de los siguientes procesos:

1- Desarrollo y negociación.

2- Gestión de muestras.

3- Química.

4- Biotecnología vegetal y microbiana.

Al negociar un convenio o contrato debioprospección, el Instituto vela porque se cumplanvarios criterios básicos. El primero se refiere a que elacceso a los recursos será limitado en cantidad denúmero de muestras y tiempo de exclusividad paraser investigadas. El segundo está relacionado con eltipo de compensación a recibir por el uso de labiodiversidad costarricense. A corto plazo se procuraque haya una compensación monetaria equivalenteal 10% del valor de la investigación planteada entrelas empresas y el INBio, para el Sistema Nacional deÁreas de Conservación y a mediano y largo plazo,

El Diálogo de Tikal

Ventajas de la bioprospección,la experiencia de INBio

Por Nora Martin, Instituto Nacional de Biodiversidad, Costa Rica

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El Instituto Nacional de Biodiversidad de Costa Rica(INBio) como parte de su misión y dentro de sus

actividades de promoción del valor de labiodiversidad y su uso sostenible, ha establecido

convenios con empresas y con organizacionescientíficas nacionales e internacionales para hacer

bioprospección en este país. Hasta el momento, elINBio no ha patentado ningún descubrimiento, perosus socios ya lo han hecho. No obstante que ningúnproducto desarrollado a partir de las investigaciones

conjuntas ha llegado al mercado, el Instituto estárecibiendo beneficios por sus actividades.

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ingresos por concepto de regalías si un productodesarrollado a partir de estas investigaciones llega almercado.

Además se asegura, como parte de estacompensación, la transferencia de tecnología, lacapacitación del personal y que los usos de losrecursos o la aplicación de los descubrimientos seasostenible, no destructiva.

Los derechos de propiedad intelectual

Para la protección de posibles productos o deprocesos resultantes de sus convenios con empresas o

con academias, el INBio se acoge a lo estipulado porla legislación nacional, y puede establecer patentesmediante tres posibilidades: propiedad de laempresa contratante, propiedad conjunta del INBio yla empresa, o propiedad exclusiva del INBio. Esto deacuerdo al aporte intelectual de las partes que sedefina en el acuerdo de colaboración científica.

Lo que quiere cada quien

Al momento de negociar convenios debioprospección, tanto INBio como la otra parteinvolucrada tienen expectativas de beneficio mutuo.A INBio, le interesa que los convenios o contratos

El Diálogo de Tikal48

Foto: Enrico Turillazzi / INBio

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contribuyan al soporte económico de las áreasprotegidas del estado, que provean infraestructura yequipamiento, que generen mayor capacidadcientífica y tecnológica, que se respete la exclusividadlimitada de las muestras a favor del país, y que se ledé garantía de participación en los beneficios futuros.

Los socios, por su parte, desean tener acceso a nuevasfuentes de diversidad biológica, contar con una cantidadadecuada de muestras, asegurarse un re-suministro, ycontar con un marco legal que garantice los derechos depropiedad intelectual y los procedimientos legales.

Las ventajas para el INBio

Para finales del 2001, y luego de 10 años defuncionamiento del Programa de Bioprospección, elINBio había establecido más de 30 convenios deinvestigación con empresas, universidades y centrosde investigación. Esto ha significado, el desarrollo deuna gran capacidad de negociación, así como elacceso y uso de tecnologías propietarias, lacapacitación del recurso humano en diferentestecnologías de punta, y una buena dotación deequipamiento e infraestructura.

Consecuentemente, el Instituto ha podido desarrollartres laboratorios altamente especializados:

Prospección Química, para la extracción,separación y purificación de las muestras.

Biotecnología Vegetal, donde se trabaja en lapropagación in vitro de especies silvestres que

interesan por su uso potencial en saludhumana o que se encuentran en peligro deextinción.

Biotecnología Microbiana, que se dedica alestudio de microorganismos y al desarrollo depruebas de actividad biológica.

Además, cuenta con una unidad de espectroscopíade Resonancia Magnética Nuclear (RMN), unabase de datos sobre bioprospección, unacolección de extractos, hongos y más de 500cepas de bacterias con un uso potencial para laindustria.

Otras ventajas que el Instituto está obteniendo de susconvenios de bioprospección son las regalías y pagospor adelantado, la participación a futuro de lasutilidades de nuevos productos, el desarrollo del"Know-how", y los aportes que está haciendo a laconservación en Costa Rica.

La suma en efectivo que la actividad debioprospección en INBio ha generado comocontribución a la conservación de la biodiversidadcostarricense, en el transcurso de diez años, de 1991al 2000, asciende a un un total estimado deUS$2,768,000 (para un promedio de $300 mil poraño). Estos recursos también han beneficiado adiferentes instituciones como son el Ministerio deAmbiente y Energía, las universidades públicas delpaís y otros grupos relacionados con el INBio. Y estosin contar aún las ganancias por la comercializaciónde un producto o medicamento.

El Diálogo de Tikal

Foto: Enrico Turillazzi / INBio

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Cuarto diálogo

Participantes del Diálogo de Tikal debaten sobre la situación jurídica enMesoamérica relacionada con la propiedad intelectual y los recursos biológicos.

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CON APOYO DENUESTRAS LEYES

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CON APOYO DENUESTRAS LEYES

El desarrollo de la legislación nacionaly cómo salir ganando frente al retode regular el acceso a los recursosgenéticos, asegurar la distribución

equitativa de los beneficios yarmonizar con los acuerdos y

convenios internacionales.

El desarrollo de la legislación nacionaly cómo salir ganando frente al retode regular el acceso a los recursosgenéticos, asegurar la distribución

equitativa de los beneficios yarmonizar con los acuerdos y

convenios internacionales.

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esafortunadamente en Centroaméricase carece de marcos legalesapropiados sobre la temática delacceso a los recursos biológicos ygenéticos (con excepción de lareciente Ley de Biodiversidad de Costa

Rica, aún sin aplicación práctica). No se cuenta conreglas sobre distribución de beneficios, ni con puntosfocales claros, ni requisitos apropiados para lacelebración de contratos de acceso, ni con normassobre protección del conocimiento tradicional nisobre congruencia de los derechos de propiedadintelectual con los objetivos de conservación de labiodiversidad, así como con mención expresa alconsentimiento informado previo y a los términosmutuamente convenidos.

A pesar de estas lagunas, cabe reconocer queCentroamérica ha experimentado en los últimos añosun creciente impulso hacia la integración regionalcomo un mecanismo para hacerle frente a los retosimpuestos por la globalización de la economía, y porla imperiosa necesidad de alcanzar el desarrollosostenible. Como parte de esta nueva tendencia, sehan suscrito y ratificado gran cantidad deinstrumentos jurídicamente vinculantes de carácterregional, así como numerosas declaracionesrelacionados con el desarrollo sostenible.

A título de ejemplo, se pueden señalar los siguientesconvenios: el Convenio Regional para el Manejo deEcosistemas Naturales Forestales y el Desarrollo de

Plantaciones Forestales; el Convenio Centroamericanosobre Cambios Climáticos; el Acuerdo Regional sobreMovimiento Transfronterizo de Desechos Tóxicos; elConvenio Centroamericano para la Protección delAmbiente y, especialmente, el Convenio sobre ÁreasSilvestres Prioritarias y Conservación de laBiodiversidad en América Central.

Unido a estos instrumentos internacionalesambientales y a la creación de un conjuntoimportante de instancias regionales encargadas dedarles cumplimiento, se han firmado importantesdocumentos que expresan el compromiso de loscentroamericanos con el desarrollo sostenible.Especialmente es de interés la AlianzaCentroamericana para el Desarrollo Sostenible(ALIDES) y la Declaración Conjunta de Cooperaciónentre los Estados Unidos y los países de la Alianza,conocido como CONCAUSA.

A la par de esta intensa labor en el campo deldesarrollo sostenible, diversos instrumentosregionales generales sobre la integración hanretomado la necesidad de la armonización de lanormativa ambiental, siendo uno de los aspectos másrelevantes el régimen del acceso a los recursosgenéticos y bioquímicos. Como antecedentesjurídicos de este movimiento de armonización legal,tenemos el Convenio Centroamericano para laProtección del Ambiente (1989), constitutivo de laComisión Centroamericana de Ambiente y Desarrollo(CCAD).

El Protocolo Regional

Existe una iniciativa regional para establecer un"Protocolo Centroamericano sobre Acceso a losRecursos Genéticos y Bioquímicos y Protección alConocimiento Tradicional Asociado", que se vienetrabajando desde 1997. Este esfuerzo ha sidocoordinado en gran medida por la CCAD, y a mí mecorrespondió elaborar un primer borrador delprotocolo, que luego fue analizado a nivel nacionalpor un proceso en consulta en cada país, y tambiéna nivel regional.

El Diálogo de Tikal

El Protocolo Centroamericano de Acceso a los Recursos Genéticos

Por Jorge Cabrera Medaglia, abogado del Instituto Nacional de Biodiversidad, Costa Rica

Centroamérica está próxima a establecer un"Protocolo Regional de Acceso a los Recursos

Genéticos y Bioquímicos y al ConocimientoTradicional Asociado", que vendrá a establecer

las reglas de juego para el área en este campo.Jorge Cabrera Medaglia, autor del primer

borrador de este protocolo, analiza los puntosmás destacables de la iniciativa.

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Esta no es la primera iniciativa regional; laComunidad Andina de Naciones tiene ya una figurajurídicamente diferente, pero con el mismo sentidode armonizar la regulación entre los cinco países.También la Organización de Estados Africanos estánegociando un protocolo regional en África.

¿Para qué un protocolo?

La idea fundamental de un protocolo de este tipo esregular el acceso a los recursos genéticos, y esto seconecta con el tema de las políticas ambientales enmateria de acceso. Aunque hay que aclarar que, en lagran mayoría de casos, nuestros países han tenidoprimero marcos jurídicos y después políticas. Lomismo ha ocurrido en el caso de la biodiversidad.

El espíritu del protocolo originalmente era promovery facilitar el acceso, no restringirlo. Esto es un puntoimportante del principio filosófico del protocolo o decualquier instrumento legal, porque regular el accesocomo un medio para evitar la biopiratería es muyválido y muy legítimo, pero eso probablemente notraerá distribución de beneficios ni promoverá quehaya acceso. Ese es un punto muy importante, puesrecordemos que sin acceso tampoco habrádistribución de beneficios.

El segundo punto relevante es que el Protocoloprocura estimular el valor de la bioprospección comoinstrumento para el desarrollo sostenible. En estesentido quisiera externar mi opinión personal sobreel tema. Muchos países consideran que labioprospección es una mina de oro verde, yodiscrepo de ese enfoque. Cierto que labioprospección es un instrumento importante paraconservar los ecosistemas, las especies y los genes,pero obviamente es un instrumento insuficiente. Hayun sobredimensionamiento del papel de labioprospección como instrumento para el desarrollosostenible y, por lo tanto, del papel del acceso a losrecursos genéticos.

Veamos, por ejemplo, el caso de Costa Rica. Este esuno de los países que más ha generado en términosde dinero y, sin embargo, la cantidad de dinero

generada por la bioprospección no se comparasiquiera con las entradas por turismo ecológico.Desde ese punto de vista, hay que desmitificar unpoco el rol de la bioprospección farmacéutica yobviamente el rol de la bioprospección agrícola quetiene otras reglas y otro mercado.

Un tercer punto importante que intenta regular elProtocolo Centroamericano de Acceso a los RecursosGenéticos y Bioquímicos y Protección alConocimiento Tradicional Asociado, tiene que verprecisamente con el tema del conocimientotradicional y la propiedad intelectual relacionada conéste. No cabe duda que el acceso o distribución debeneficios, el conocimiento tradicional y lapropiedad intelectual son tres temas interconectadosy de una gran complejidad.

Objetivos y definiciones

Una parte muy importante del Protocolo es ladescripción de los objetivos que busca, cuyotransfondo no es el hacer dinero fácil ni rápido conlos recursos genéticos y bioquímicos, sinobásicamente el crear capacidades nacionales para eluso sostenible y la distribución equitativa de estosrecursos.

Las definiciones son otra parte crucial, pues aquí sepasa a describir claramente conceptos comobioprospección, acceso, biopiratería, innovación,principio precautorio y otros aspectos importantes eneste campo.

Lo que se puede y lo que no

Sin que el Protocolo intente convertirse en unobstáculo innecesario al comercio, es importante quedefina límites para el uso y distribución de losrecursos genéticos y bioquímicos. En este sentido, enel artículo referido a exclusiones, el Protocolo señalaque se deben dejar fuera de la actividad comercialtres variables típicas:

Los recursos genéticos humanos y sus productosderivados.

El Diálogo de Tikal

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El recurso intercambio de recursos genéticos ybioquímicos y productos derivados o de losconocimientos, innovaciones o prácticasasociados a los anteriores que realicen entre sílas comunidades locales, de conformidad consus prácticas tradicionales culturales.

El acceso y el uso de recursos biológicosdistintos a su utilización como fuente derecursos genéticos y bioquímicos. Por ejemplo,una naranja distribuida como fruta no esaplicable a ser protegida como propiedadintelectual.

La protección para las comunidadeslocales

Todo un capítulo del Protocolo habla de la proteccióndel conocimiento, de las innovaciones y de lasprácticas individuales y colectivas de lascomunidades locales. Contempla, por ejemplo, elconsentimiento informado previo, y el proceso deconsulta para definir los derechos.

Sobre este tema, hay dos aspectos que me parecenimportantes de destacar del Protocolo. Uno tiene quever con la existencia del certificado de origen, el cualcobra sentido cuando se exige la presentación delcontrato de acceso o el documento donde se hayarequerido el consentimiento previo y la distribuciónde beneficios mediante los términos mutuamenteacordados, siendo lo más importante del certificadode origen.

Otro aspecto fundamental es que establece que losconocimientos de las comunidades locales están porsobre los derechos de propiedad intelectual.

Algunos defectos

Hay un par de cosas que quisiera comentar, porqueme parece que tal vez son algunos de los defectos deldocumento.

Lo primero es que, en algunas partes del Protocolo, semuestra la tendencia a controlar y a la vez latendencia a promover un mismo aspecto. Porejemplo, hay un artículo que dice que el materialgenético no puede ser traspasado a terceros y hayotro que dice que se establecerá en el contrato deacceso los términos para traspasar el materialgenético a terceros. Esta es una clara contradicción.Pero, en todo caso, quien haya trabajado un poco enla materia de bioprospección y con contratos, sabeque las compañías interesadas no hacen todo eltrabajo, casi nunca, lo licencian o lo contratan aterceros. Por lo tanto pensar que la compañía va adecidir no trasladar el recurso genético es algo que noes realista. Lo que sí es realista es decir que lo trasladebajo condiciones que respeten el contrato original.

Otro posible fallo es que, aunque se habla de que paralos recursos ex situ puede haber procedimientosespeciales, no se hace distinción entre acceso con finesde investigación y acceso con fines comerciales, siendoque este tema de la colección ex situ es muy complejoen derecho internacional, y en el CBD especialmente.

El Protocolo tampoco distingue entre los distintostipos de recursos genéticos (genéticos agrícolas ygenéticos para otro uso), lo cual es sumamenteimportante, porque el propio CBD reconoció desde elaño 1995, que los recursos genéticos agrícolas tienenotras reglas o formas de actuar, y precisamente lagran mayoría de estas reglas se están discutiendo enel seno de la FAO.

Cooperación regional

Por último, el Protocolo tiene aspectos relacionadoscon cooperación regional y mecanismosinstitucionales que dicen que si un país va a daracceso a un recurso genético ubicado en su territorio,debe consultar al país que también tiene ese recurso.Esto es complejo, pero va a tratar de palear una delas críticas que se ha hecho al manejo de los recursosgenéticos que están distribuidos entre varios países.

El Diálogo de Tikal54

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oy a contextualizar por qué, dónde yqué trata de reunir o resolver la Ley deBiodiversidad, en respuesta alConvenio de Diversidad Biológica(CDB), y en relación con el tema de losderechos de propiedad intelectual.

Como comentario previo, deseo recordar que nosencontramos ante una situación de desventaja en lasnegociaciones actuales a nivel internacional, pues elAcuerdo sobre Aspectos de los Derechos dePropiedad Intelectual Relacionados con el Comercio(ADPIC o TRIPs) no fue hecho especialmente paraque los países en desarrollo saquemos mayoresbeneficios. Es más bien un acuerdo que viene de unforo en el cual estamos todavía en desventaja enrelación con los países desarrollados.

Por lo tanto, la herramienta que nosotros tenemospara tratar de compensar este desequilibrio esprecisamente las regulaciones que establezcamos anivel nacional en materia de acceso. Sin limitarnecesariamente el acceso a nuestros recursos, sípodemos decidir a nivel nacional cuáles son losbeneficios que queremos, ya sean monetarios o nomonetarios. Esta es la manera de solucionar ladicotomía entre el CDB y el ADPIC: mediante unabuena legislación en materia de acceso a los recursosgenéticos. Cuán buena es la Ley de Biodiversidadcostarricense para esos efectos, es algo que sólo lapráctica nos irá diciendo, pero lo que es indiscutiblees que cada país tiene la tarea fundamental de buscarcuál es esa mejor regulación.

La Ley de Biodiversidad de Costa Rica, aprobada en1998, responde básicamente a todo lo establecido en

el Artículo 15 del CDB, que se refiere al acceso a losrecursos genéticos. También regula lo concerniente alArtículo 8j del CDB relativo al conocimiento de lascomunidades indígenas y locales. Al amparo de la Leyse creó la llamada Comisión Nacional de Gestión dela Biodiversidad (CONAGEBIO), y dentro de ella hayun órgano que representa a las comunidades locales.

Para el caso costarricense, las comunidades indígenastienen ya una norma jurídica de representatividad yeso facilita de alguna manera el acercamiento conellos. Esto no quiere decir, que no vengan muchosproblemas prácticos para saber de verdad a quiénpertenece el conocimiento o no, especialmente en unpaís donde la mitad de la población es rural y hayuna gran cantidad de población con conocimiento dedominio público.

Difícil arranque

En cuanto a la regulación del acceso a los recursosgenéticos, la Ley de Biodiversidad de Costa Rica aúnno ha iniciado su aplicación práctica. Las normas deacceso tienen ya dos años de estarse redactando enel seno de la CONAGEBIO y se espera que estaríanlistas para finales del 2001.

Por otro lado, la ley no se ha podido llevarenteramente a la práctica, dado que la Ministra deAmbiente (período 1998-2002) presentó una acciónde inconstitucionalidad contra varios de los artículos,que ella juzgaba que tenían problema con la parteadministrativa general. Esta acción tiene tres años deestarse resolviendo y para finales del 2001 no se haterminado de resolver, por lo cual hay varios artículosde la ley que se encuentran con los efectossuspendidos.

También la CONAGEBIO ha tenido problemas con elfinanciamiento, porque la ley asigna un porcentajederivado del timbre para parques nacionales, perohabía que preparar toda una serie de mecanismospara poder recaudar este dinero correctamente. Enesto estuvo trabajando la Contraloría General de laRepública, se emitieron los decretos respectivos ypara el 2002 se estaría trabajando finalmente conpresupuesto. Antes de eso, la Comisión vinotrabajando gratuitamente, sin contar con unpersonal ejecutivo de apoyo, más que una persona

El Diálogo de Tikal

La Ley de Biodiversidad de Costa RicaPor Eugenia Wo Ching, Centro de Derecho Ambiental y de los Recursos Naturales, Costa Rica

Sí hay una manera de solucionar la dicotomía entreel Convenio de Diversidad Biológica y el ADPIC o

TRIPs: una buena legislación nacional en materia deacceso a los recursos genéticos. Con base en esta

afirmación, Eugenia Wo Ching revisa la Ley deBiodiversidad de Costa Rica, para examinar sus

implicaciones comerciales y posibles lagunas.

V

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que tiene el recargo dentro del Ministerio deAmbiente y Energía y no percibe nada adicional poreso.

La ley faculta directamente a la Comisión Nacional deGestión de la Biodiversidad (CONAGEBIO) pararedactar las normas de acceso y es lo que se haestado haciendo en los últimos dos años, pero con unpresupuesto oficial ya se podrá acelerar el trabajo.También debe ponerse a funcionar la Oficina Técnica,que será el órgano ejecutivo propiamente tal, y alcual corresponderá revisar todas las solicitudes eimplementarlas.

Los permisos de acceso

La ley establece la posibilidad de cuatro distintospermisos de acceso.

1- Para investigación básica, que significa que nohay fines de lucro de por medio.

2- Para bioprospección, que la misma ley definecomo la búsqueda sistemática de recursosgenéticos y químicos con fines de lucro.

3- Para aprovechamiento económico, que se pidecuando ya hay un conocimiento en la persona o elsolicitante y se desea hacer aprovechamientoeconómico de una vez; es decir, que no senecesita investigar más.

4- Concesión para aprovechamiento económico, queademás de los trámites para un aprovechamientoeconómico ocasional, requiere trámite deconcesión, y se emplea en los casos en que elaprovechamiento de los recursos va a ser constante.

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La ley costarricense excluye del trámite de permisosal uso de recursos genéticos y bioquímicos cuando sedan por prácticas, usos y costumbres entre lospueblos indígenas y sin fines de lucro.

Control de los contratos

La Ley de Biodiversidad de Costa Rica contempla laregulación de los contratos. Recordemos que lossolicitantes nacionales, que en la mayor parte de lasocasiones puede ser el INBio, una universidad oalgún centro de investigación nacional, en la prácticano es que vienen solos. Por lo general tienen unacontraparte, casi siempre internacional, con la cuallos interesados nacionales establecen un contrato,con condiciones bien definidas, como las futurasregalías y otros beneficios. Pues bien, ese contrato vaa tener que ser autorizado por la CONAGEBIO.

También hay otra figura (el convenio marco) que laley contempla para el caso de universidades y centrosde investigación, cuando se refiere a investigaciónbásica. Si por algún proyecto determinado estauniversidad necesita estar obteniendo permisos deacceso, esto puede encuadrarse en un conveniomarco, para no entorpecer el camino de losinvestigadores. Queremos trámites ágiles, en lamedida de lo posible.

Consentimiento previo

Otra de las normas interesantes que la ley establecees el consentimiento previamente informado. Estoimplica que la persona o institución que va a solicitarel permiso de acceso, tiene que presentar los papelesnegociados con el dueño del predio, y los posiblesbeneficios que éste va a obtener a cambio depermitir el acceso a sus predios para extraer lasmuestras.

Para ello, la ley establece tres posibilidades:

1- Solicitar el consentimiento previo a los ConsejosRegionales de las Áreas de Conservación, que sonlas oficinas regionales del Ministerio del MedioAmbiente.

2- Solicitarlo a una autoridad indígena, si vamos aingresar a un terreno o territorio indígena.

3- Solicitarlo al dueño de una finca privada.

En Costa Rica esta gestión es relativamente fácil,porque la propiedad es pública o privada y las

reservas indígenas tienen límites bien definidos, porlo cual es fácil saber con quién hay que negociar esteconsentimiento previamente informado.

A ponerse al día

La ley previó un plazo hasta el 31 de diciembre del2002, para que cualquier contrato vigente perezca enese momento. Es decir, a partir del 1 de enero del2003, todos los contratos que se hagan o cualquiersolicitud de acceso va tener que ajustarse a lo queestas normas establecen. Para eso la CONAGEBIO vaa trabajar de cerca con todos aquellos que estánrealizando acceso en estos momentos, pues de hechovarias universidades nacionales se encuentranejecutando convenios e incluso están próximas apatentar sus investigaciones.

Cabe recordar que los recursos genéticos ybioquímicos están considerados en la ley como dedominio público, lo cual significa que es el Estado elque va a autorizar el uso que se haga de estosrecursos.

El permiso que otorgue la Oficina Técnica, queprobablemente llevará la forma de un contrato,estipulará que el interesado tiene la obligación dedepositar hasta el 10% del presupuesto deinvestigación. También asegurará un porcentaje de laregalía para el dueño del predio. Por ejemplo, si laregalía futura es de un 5%, queremos que parte deesa regalía vaya al dueño del predio de donde seobtiene el recurso. Para fijar ese porcentaje de lasregalías vamos a tener mucho cuidado.

Costa Rica tiene alguna experiencia en la regulacióndel acceso, pero no la suficiente para saber si conestas reglas de acceso que hemos definido en la Leyde Biodiversidad, estamos garantizando mayoresbeneficios. Hay muchos indicios para pensar que sívamos a obtener mayores beneficios, pero la prácticaes la que finalmente nos va a mostrar esto.

A propósito de una duda expresada anteriormente,en efecto existe una incompatibilidad entre la Ley deBiodiversidad y la Ley de Patentes en Costa Rica, enel sentido de que la Ley de Patentes excluye, entrevarias cosas, plantas y animales, y esto no es del todocontradictorio con el ADPIC. Pero la Ley deBiodiversidad agrega más cosas que pueden excluirsede la patentabilidad, incluyendo los micro-organismos. De tal modo, llevamos una tarea a casa:empezar a pensar en una solución legal para estacontradicción.

El Diálogo de Tikal

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aré un resumen de lo que Nicaraguaha venido haciendo para regular elacceso a los recursos genéticos ycontar con una Ley de Biodiversidad.El país tiene cerca de seis años deestar tratando de regular este tema y

esto es debido a varios aspectos.

Primero, respondiendo al mandato del artículo 70 dela Ley General del Ambiente, promulgada en 1996,que ordena elaborar una iniciativa de Ley deBiodiversidad y que define cuáles deberían ser suscontenidos generales, entre ellos el acceso a losrecursos genéticos.

Otro aspecto es que Nicaragua ha venidosuscribiendo y ratificando varios conveniosinternacionales que contemplan obligaciones para elpaís en este tema, entre ellos el Convenio deDiversidad Biológica, firmado en 1992 y ratificadoen 1995, y el Convenio Centroamericano deBiodiversidad que también obliga a tomar medidaslegislativas en este campo.

Igualmente, hemos venido trabajando algunosinstrumentos estratégicos como la Política AmbientalNacional y la Estrategia Nacional de Biodiversidad,

ambos con su plan de acción, así como un PlanEstratégico para el Área de Biodiversidad y RecursosNaturales. Actualmente estamos en la etapa deconsulta de la Política Nacional de Biodiversidad.

El intento por regular el acceso a los recursosgenéticos también se debe a que Nicaragua estátotalmente convencida de la necesidad de regularesta actividad, y la discusión últimamente se hacentrado en qué y cómo regularlo. Se ha procuradoun consenso nacional, con base en una discusióndesarrollada en varios ámbitos, tales como propiedadintelectual, protección del conocimiento tradicional,comercio, investigación científica, seguridad de labiotecnología, especies domesticadas, especiesexóticas y competencias institucionales,principalmente.

Todas las discusiones han generado posicionesdiversas, teniendo cada una fundamentos legales decompromisos asumidos en el ámbito internacional;por ejemplo el Convenio de Diversidad Biológica, elAcuerdo sobre Derechos de Propiedad Intelectual, elConvenio UPOV (Acta 78, ratificado por Nicaragua enSeptiembre 2001) y el Tratado Internacional deRecursos Fitogenéticos para la Alimentación y laAgricultura, básicamente.

La Política Ambiental Nacional y su Plande Acción vigente

La Política Ambiental Nacional y su Plan de Acción,oficialmente establecida por medio del DecretoEjecutivo No.25-2001, publicado en la Gaceta DiarioOficial No.44, del 2 de marzo del 2001, hanproporcionado algunos principios y lineamientos depolítica útiles para el proceso de formulación yconsenso de la Ley de Diversidad Biológica, incluyendola materia de acceso a los recursos genéticos.

Dentro de los principios adoptados tenemos:soberanía (la biodiversidad es Patrimonio Nacional),utilización sostenible (la biodiversidad debe serutilizada de manera tal que contribuya a mejorar lacalidad de vida y reducir la brecha de la pobreza y la

El Diálogo de Tikal

La futura Ley de Biodiversidad deNicaragua

Por Javier Hernández, Ministerio de Ambiente y Recursos Naturales, Nicaragua

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Nicaragua está trabajando en su Ley deBiodiversidad, con el fin de regular el acceso a los

recursos genéticos, entre otros aspectos. Este diseñose está haciendo al amparo de la amplia base legal ypolítica con que el país ya cuenta, incluyendo la LeyGeneral del Ambiente y sus diferentes reglamentos,

la Política Ambiental Nacional y la EstrategiaNacional de Biodiversidad, ambos instrumentosclaves con su respectivo Plan de Acción. Javier

Hernández explica el proceso final de formulación dela nueva Ley.

D

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vulnerabilidad), participación ciudadana, precaución,prevención, equidad social y de género,primordialmente.

Como lineamientos de la Política se señala que sedebe promover un modelo de desarrollo queestablezca un balance entre el crecimiento económicoy la protección de la biodiversidad, y que procureeliminar la pobreza y mejorar el nivel de vida de lapoblación. Otro lineamiento consignado en la Políticaestipula que se debe promover la formulación,modernización y armonización de la legislación,teniendo en cuenta dos aspectos fundamentales: ladescentralización y la participación pública.

La Política contempla un Plan de Acción, el cual tienevarios ámbitos desarrollados, pero se estiman doscomo los más relevantes: el ámbito legal y eleconómico. En el área legal, se propone cumplir conlos compromisos internacionales asumidos enmateria de Diversidad Biológica, así como revisar elmarco legal a la luz de las nuevas disposiciones de laLey General del Ambiente, en lo referente adiversidad biológica. Añade el Plan de Acción que sedebe promulgar la Ley de Diversidad Biológica y unaLey de Ciencia y Tecnología, y desarrollarlas pormedio de sus respectivos reglamentos, disposicionesadministrativas y regulaciones técnicas.

En materia económica se plantea crear eimplementar incentivos fiscales relacionados con laconservación de la biodiversidad, elaborar un plande valorización económica de la biodiversidad, crearincentivos para la investigación de la diversidadbiológica, y promover el manejo, uso y conservaciónde los ecosistemas, especies y genes.

La Estrategia Nacional de Biodiversidady su Plan de Acción

La Estrategia Nacional de Biodiversidad y su Plan deAcción, por su parte, se presentó oficialmente ensetiembre del 2001, acompañada de un diagnósticosobre recursos genéticos que permitió contar convaliosos lineamientos para definirla. Estoslineamientos coinciden, además, con la Política y suPlan de Acción, y han sido incorporados formalmentecomo derechos y obligaciones en el anteproyecto deLey de Diversidad Biológica, ya que los tres procesos(política, estrategia y ley) han sido paralelos osimultáneos.

La Estrategia Nacional y su Plan de Acción señala lanecesidad de promulgar una Ley de Biodiversidad,pero detallando un poco más, estipulando que de laley se deben desarrollar, a posteriori, tres reglamentosespeciales. Uno de ellos se refiere a la materia de

59Costa Atlántica de Nicaragua. (Foto: Enrique Lahmann)

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acceso a los recursos genéticos, tomando en cuentalos tres objetivos del Convenio de DiversidadBiológica: conservación, utilización sostenible ydistribución justa y equitativa de beneficios.

La estrategia también añade que debía ratificarse elProtocolo de Cartagena, el cual fue precisamenteratificado en marzo del 2002, y que se debepromover el reconocimiento de los derechos depropiedad de los recursos genéticos y los derechos depropiedad intelectual (sui generis) de los pueblosindígenas, comunidades étnicas y locales, sobre suconocimiento, prácticas e innovaciones tradicionalesasociadas a los recursos genéticos.

La Ley General del Ambiente

La Ley General del Ambiente, en adelante Ley 217,además de dar el marco general, manda elaboraruna iniciativa de Ley de Biodiversidad, en cuyocontenido deben incorporarse regulaciones relativasa las áreas naturales protegidas, los recursosgenéticos, las especies animales y vegetales, laconservación in situ y ex situ, y el uso sostenible dela biodiversidad.

La Ley 217 estipula que "es deber del Estado y detodos sus habitantes velar por la conservación yaprovechamiento de la diversidad biológica y delpatrimonio genético nacional, de acuerdo a losprincipios y normas consignados en la legislaciónnacional, en los tratados y convenios internacionalessuscritos y ratificados por Nicaragua".

Asimismo, la referida Ley 217 dice que, en el caso delos pueblos indígenas y comunidades étnicas queaportan recursos genéticos, el Estado garantizará quedicho uso se concederá conforme a condicionesdeterminadas en consultas con ellos.

Propiedad intelectual y acceso a losrecursos genéticos

En materia de propiedad intelectual y acceso a losrecursos genéticos, Nicaragua ha venido regulandomediante varios instrumentos jurídicos. Entre esalegislación vigente cabe mencionar la ratificación delConvenio UPOV (Acta 78), el ADPIC, la adhesión a laOMPI, la suscripción del Acuerdo BilateralNicaragua–USA, que han servido de base para lapromulgación de la Ley para la Protección de NuevasVariedades Vegetales y su reglamento, así como laLey de Patentes de Invención, Modelo de Utilidad yDiseños Industriales y su reglamento.

Por su parte, el artículo 64 de la Ley 217 señala quepor "Ministerio de esta Ley quedan registradas ypatentadas a favor del Estado y del pueblonicaragüense, para su uso exclusivo o preferente, losgermoplasmas y cada una de las especies nativas delterritorio nacional, particularmente las endémicas".Sin embargo, los incisos b y c del artículo 6 de la Leyde Patentes, consigna que no constituyen invenciónlas materias o las energías en la forma en que seencuentren en la naturaleza, así como losprocedimientos biológicos tal como ocurren en lanaturaleza y que no supongan intervención humanapara producir plantas y animales, salvo losprocedimientos microbiológicos.

Las regulaciones en materia de propiedad intelectualincluyen el sistema de patentes, los derechos deobtención vegetal, y la protección del conocimientotradicional.

En relación con el sistema de patentes, abarcapatentes para biotecnología; los derechos deobtención vegetal se especificaron conforme al Acta78 de UPOV; y la protección del conocimientotradicional asociado a los recursos genéticos, se estápromoviendo el anteproyecto de Ley de DiversidadBiológica para su protección.

Comercio, producción de semillas ymedidas sanitarias y fitosanitarias

En materia de comercio y producción de semillas,Nicaragua legisló en 1998, promulgando la Ley 280(Ley de Producción y Comercialización de Semillas),la cual regula las actividades relacionadas a lainvestigación, producción y comercialización desemillas y plantas de viveros, al igual que fomenta suproducción, comercialización y utilización.

El Ministerio Agropecuario y Forestal, es el entecompetente para aplicar la Ley, por medio de laDirección General de Semillas. La Ley ordena crear elCentro de Investigación y Análisis de Semillas, y creael Consejo Nacional de Semillas, el cual estáfuncionando eficazmente.

Mientras tanto, en materia de medidas sanitarias yfitosanitarias, se promulgó en 1998 la Ley 291 (Ley deSalud Animal y Sanidad Vegetal) y su respectivoreglamento en 1999. La Ley establece lasdisposiciones fundamentales para la protección de lasalud y conservación de los animales, vegetales, susproductos y subproductos, así como disposicionescontra la acción perjudicial de las plagas y

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enfermedades de importancia económica,cuarentenaria y social en armonía con la defensa de laactividad agropecuaria sostenida, de la salud humana,los recursos naturales, la biodiversidad y el ambiente.

La Ley crea la Dirección General de Protección ySanidad Agropecuaria, como instancia decoordinación, elaboración, ejecución y consulta delos programas, subprogramas y políticasgubernamentales. Su fin es facilitar, normar y regularlas políticas sanitarias y fitosanitarias que conlleven ala planificación, normatización y coordinación detodas las actividades nacionales vinculadas a lasanidad agropecuaria, acuícola, pesquera, forestal yla agroforestería.

El anteproyecto de la futura Ley deDiversidad Biológica

La propuesta está estructurada con cincoconsiderandos, 8 títulos, 24 capítulos y 137artículos. De forma general contiene disposicionesgenerales, principios y definiciones, aspectosrelacionados con la participación ciudadana, elestablecimiento del régimen institucionalcompetente, la organización y competenciaadministrativa, y la coordinación institucional. Creael Instituto Nicaragüense de Diversidad Biológica(INABIO), La Comisión Nacional de DiversidadBiológica, y regula la conservación in situ y ex situ, labioseguridad, y la vida silvestre.

Por supuesto, regula el acceso a los recursosgenéticos señalando criterios para su acceso,procedimiento, modalidades y la protección delconocimiento tradicional. Asimismo, establece losinstrumentos de gestión de la diversidad biológica,tales como la planificación, el sistema deinformación, la evaluación de impacto ambiental, losincentivos, el Fondo Nacional de la DiversidadBiológica, el desarrollo científico y tecnológico, lainvestigación y la transferencia tecnológica, laeducación y capacitación, el régimen deprocedimientos, infracciones y sanciones, y lasdisposiciones transitorias y finales.

En cuanto al procedimiento para el acceso a losrecursos genéticos, la Ley indica que se establecerácon detalle en el Reglamento respectivo. Sinembargo, podemos observar algunas disposicionesaplicables.

Unas de ellas son las modalidades de acceso, las quese realizarán mediante "Contratos y Acuerdos". En

este caso, hay cuatro tipos de modalidades: primero,por medio de un Contrato de Acceso entre elsolicitante y el INABIO; segundo, por medio de unContrato Accesorio que lleva implícito elconsentimiento fundamentado previo entre elparticular y el solicitante; tercero, la modalidad deContrato Accesorio para utilizar elementosintangibles; y cuarto, el Acuerdo de Transferencia deMaterial, que se efectuará principalmente en el casode personas naturales y jurídicas, nacionales oextranjeras, que pretendan realizar investigación otransferencia de material con fines científicos oacadémicos, entre ellos los Centros de InvestigaciónCientífica. Para garantizar los derechos de losagricultores, se toma como marco general el TratadoInternacional de Recursos Fitogenéticos de la FAO,sobre Acceso a los Recursos Fitogenéticos.

En todos los casos, se propone que la autorización seaintransferible, no negociable y no sujeta a cesión dederechos. Estas autorizaciones deben contener lascondiciones, el modo, el término y la caducidadcorrespondiente, así como cualquier otracircunstancia accesoria que estime necesaria laautoridad competente, con fines de conservación yutilización sostenible. Además, todas lasautorizaciones deben estar registradas en el INABIO.

La Ley también consigna prohibiciones expresas enlos cuales se negará el acceso; por ejemplo, cuandoel solicitante tenga antecedentes comprobados deinvolucramiento en actividades ilegales de acceso alos recursos genéticos o biológicos, en el ámbitonacional o internacional.

En cuanto a la protección del conocimientotradicional asociado, el CBD reconoce elconocimiento, las innovaciones y las prácticas de lascomunidades indígenas y locales y alienta acompartir de manera equitativa los beneficios queresulten de la utilización de dicho conocimiento,innovaciones y prácticas.

A manera de conclusión, podemos afirmar queNicaragua cuenta con una Política AmbientalNacional, una Estrategia Nacional de Biodiversidad,un Plan Estratégico en materia de Biodiversidad, unborrador de Política Nacional de Biodiversidad, unanteproyecto de Ley de Biodiversidad, y unEstado–Nación con grandes deseos de conservar,utilizar sosteniblemente y procurar la distribuciónjusta y equitativa de los beneficios derivados de lautilización de los componentes de la diversidadbiológica.

El Diálogo de Tikal

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Iniciativa Tikal

Propuesta resultante del evento llevado a cabo en Tikal,Guatemala, los días 20-22 de setiembre del 2001, aconsideración de los participantes.

Contexto

Después de Seattle, la implementación del Acuerdosobre Aspectos de los Derechos de Propiedad IntelectualRelacionados con el Comercio (ADPIC, conocido comoTRIPs) y la revisión de su artículo 27.3 (b) sigue siendouno de los temas más controversiales en el seno de lasdiscusiones de la Organización Mundial del Comercio(OMC). La gran mayoría de los países en vías dedesarrollo miembros dela OMC se han acercado a suobligación de otorgar sistemas de derechos depropiedad intelectual sobre variedades vegetales pormedio de un "Sistema Efectivo Sui Géneris". Sinembargo, mientras la fecha límite para tener estalegislación en orden fue el 1.1.2000, más del 60% delos países en desarrollo miembros de la OMC no hanpodido cumplir las obligaciones asumidas en el ADPIC.Algunos factores que han llevado a esta situación son lafalta de conocimiento apropiado y la falta de capacidadpara entender la complejidad de las relaciones y losintereses que rodean los asuntos de comercio, derechosde propiedad intelectual, ADPIC, Convención sobreDiversidad Biológica, UPOV, y el CompromisoInternacional de la FAO.

Mesoamérica cruza por un momento decisivo: debecumplir con sus obligaciones inmersas en los diferentesconvenios internacionales en materia ambiental ycomercial frente al reto de utilizar racionalmente y conbeneficios compartidos sus recursos naturales. La mayoríade los países de la región se encuentran trabajando enpolíticas y regulaciones legales para el acceso a losrecursos genéticos y su conocimiento asociado, queincluyen regulaciones relacionadas con la propiedadintelectual que cruzan en especial con el contenido delArtículo 27.3 (b) de los TRIPs. Sin embargo, los foros dediscusión sobre las implicaciones de los TRIPs, el Conveniosobre la Diversidad Biológica y sus implicacionescomerciales relacionadas con derechos de propiedadintelectual, son muy limitados. La unión de fuerzas entreel acontecer nacional y las negociaciones internacionalesen el marco del comercio, los DPI y la CDB sonindispensables para Mesoamérica.

Un diálogo mesoamericano

¿Cómo darle a una cuestión tan compleja y condicionadapor el contexto internacional, un enfoque desde y paraMesoamérica? El Diálogo de Tikal buscó responder a estapregunta y se convocó con dos objetivos:

• Crear una instancia de diálogo entre sectores querepresentan intereses distintos, tales como ONGs,empresarios, académicos y funcionariosgubernamentales, que normalmente no se comunicansobre este tema.

• Aportar elementos que, a partir de este diálogo,permitieran contribuir a avanzar en la generación deuna estrategia común en torno a la agenda sobrecomercio internacional y medio ambiente desde unaperspectiva sudamericana.

Objetivos del taller

El objetivo de este diálogo es el reforzar la capacidad delos países de la región para mejorar el entendimiento delas opciones para avanzar sus objetivos de política públicapor medio de la implementación o revisión del Acuerdosobre Aspectos de los Derechos de Propiedad IntelectualRelacionados con el Comercio, y en particular el participaractivamente en la revisión del Artículo 27.3 (b) de esteacuerdo. Este objetivo se ha cumplido mediante elintercambio de experiencias entre los diferentes sectores,explorando y delimitando intereses con el fin último depoder articular intereses a nivel nacional y regional ycómo implementar éstos en el ámbito multilateral.

Objetivos específicos

• Promover la capacidad analítica en relación con elADPIC en general y los aspectos legales y científicos delArtículo 27.3 (b) de este acuerdo, así como su relacióncon el CDB, UPOV y UI.

• Explorar las posibles opciones para solventar laseguridad alimentaria, la protección del conocimientotradicional y el acceso a los recursos genéticos yoperacionalizar concpetos como "consentimientoinformado previo", "distribución de beneficios","derechos de los agricultores", "país de origen", dandouna mirada a la legislación nacional y regionalexistente.

El Diálogo de Tikal

La Iniciativa TikalPropuesta resultante del evento Comercio, Derechos de Propiedad Intelectual

y Recursos Biológicos en Mesoamérica

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• Contribuir al entendimiento de los procesos regionalesy nacionales pertinentes.

El encuentro estuvo caracterizado por una explícita einmensa disposición de los participantes a contribuir consu experiencia en la formulación de políticas. Igualmente,por la diversidad de perspectivas representadas, inclusiveal interior de los distintos países de la región. El diálogodemostró que es posible un diálogo sobre comercio,propiedad intelectual y recursos biológicos en el queactores de extracciones muy diversas se escuchenmutuamente y avancen hacia marcos mínimos comunesen esta materia; existe en Mesoamérica capacidadsuficiente para generar una relación positiva entre losintereses públicos y las agendas comerciales, y participarinformadamente en un debate internacional que hoy estádominado por actores de regiones más desarrolladas delmundo. En opinión de los participantes, la regiónmesoamericana está en capacidad de pasar de lareacción a la acción en las agendas de negociacióninternacional.

Los resultados del encuentro van configurando un espaciocomún para abordar y analizar este tema. Queda todavíamucho debate por delante, pero las manifestaciones dedisposición a trabajar cooperativamente van marcando unrumbo que, sin descartar otros caminos y otros temas,puede ser transitado conjuntamente por actores conintereses diferentes.

Identificando las estrategias inmediatas

A plazo inmediato los participantes acuerdan que esposible y deseable estratégicamente lo siguiente:• Que el diálogo continúe.• Que se torne en capacidad de análisis y capacidad

propositiva: aprovechar la capacidad instalada para brindarsoporte a los países de la región en los foros internacionales.

• Procurarse medios para asegurar que el mensaje lleguea los foros claves y a los decisores de política.

Frentes de atención (listado indicativo)

Ámbito Internacional• Ginebra: OMC-ADPIC, OMPI, UPOV.• UNCTAD• OMS• OIT

Otros• CDB• FAO• Cartagena

Regional• ALCA• SICA (SIECA,CCAD, CORECA)• Puebla-Panamá• Triángulo Norte

• Relación Inter-regional (CAN-MERCORSUR, Caribe,Asia, UE)

Ámbito doméstico – nacional• Decisores: Ministerios de Comercio Exterior, Oficinas de

DPI, Ministerios de Relaciones Exteriores(negociadores).

• Influyentes: Otros ministerios y agencias, institutos deinvestigación, ONGs (medio ambiente, desarrollo yotras), grupos de base, pueblos indígenas, sectorproductivo privado.

¿Hacia dónde ahora?

El Diálogo de Tikal es un paso en un proceso que se hainiciado tiempo atrás, si bien de forma segmentada y nosistemática. El potencial de continuar y ahondar seevidenció en Tikal. Es necesario establecer y fortalecer encada país procesos similares de reflexión y diálogo. Losresultados del diálogo son una base, una orientacióngeneral que permite definir cursos de acción específicosen el plano regional y potenciar los procesos nacionales.

El trabajo ahora es doble: continuar con la reflexión einiciar acciones concretas. Ambas tareas debencaracterizarse por la intersectorialidad del trabajo, lageneración de espacios comunes y de análisis ypropuestas de acción. Para ello, debemos profundizaren los procesos nacionales existentes y encontrarocasiones en el plano regional que nos permitaninsertar el tema en la agenda política de maneraconcreta y constructiva. El grupo de coordinación deesta iniciativa planteará acciones concretas para avanzaren este sentido.

Los organizadores del evento son conscientes de laresponsabilidad y el desafío que han asumido: canalizar laenergía que generó el encuentro. De los participantesesperamos su voluntad de sumarse a una red regional dediálogo que mantenga la interacción viva.

Esta red funcionará con base en la comunicaciónelectrónica que se establecerá tan pronto como sea viablecon la inclusión, en principio, de todos los participantesen Tikal. Los miembros iniciales de la red definirán sumodus operandi, incluyendo lineamientos para la inclusiónde nuevos participantes. La iniciativa buscará generarpropuestas de investigación y medios y plataformas quepermitan llevar la colaboración de sus miembros a losforos y procesos relevantes.

La Dra. Grethel Aguilar (Costa Rica – Comisión deLegislación Ambiental de la UICN), en coordinación conJorge Cabrera Hidalgo (Guatemala – Grupo Kukulkán) yRaúl Moreno (El Salvador – FUNDE), estará a cargo defacilitar la iniciativa. El Centro Internacional de Comercioy Desarrollo Sostenible (ICTSD) y la Comisión de PolíticaAmbiental, Económica y Social de la UICN, secomprometen a prestar el apoyo necesario para elfuncionamiento de la red.

63El Diálogo de Tikal

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El Salvador

Ana Cecilia Peña, Ministerio de Medio AmbienteZulma Ricord de Mendoza, Ministerio de MedioAmbiente/PNUDRaúl Moreno, FUNDE/Centro de Defensa delConsumidorDimas López, SICAJorge Quezada Díaz, Ministerio de Medio Ambiente

Guatemala

Mario René Mancilla, Cänan K’ aaxJavier García Esquivel, ConsultorMario Rodríguez, Iniciativa 7Marco Antonio Ramos, Ministerio de AmbienteJorge Cabrera Hidalgo, KukulkánVelveth Cecilia Berg, Ministerio de Economía

Honduras

Mayra Falck, ZamoranoSandra Villars, Misión de Honduras en GinebraMaría del Rosario Martínez, Oficina de PropiedadIntelectual

Costa Rica

Eugenia Wo Ching, CedarenaNora Martin, INBIOSilvia Salazar, Propiedad IntelectualGrethel Aguilar, UICNSusana Vázquez, Ministerio de Comercio ExteriorJosé Pablo Sánchez, Universidad de Costa RicaJosé A. Navarro, Oficina de Propiedad IntelectualJorge Cabrera Medaglia, INBIOGabriela Hernández, Consultora UICN

México

Ana Karina González, Centro Mexicano de DerechoAmbientalJuan Ignacio Domínguez, COMPITCH

Nicaragua

Thomas Loudon, Comité de Servicios de AmigosJuan Manuel Sánchez Ramírez, Ministerio deFomento, Industria y ComercioJavier Hernández Munguía, Ministerio deAmbienteSantiago Urbina, Misión de Nicaragua en Ginebra

Panamá

Aurelio Chiari, Dobbo Yala

Suiza

Brewster Grace, QUNOGeoff Tansey, QUNORicardo Meléndez, ICTSDChristophe Bellman, ICTSDHeike Baumuller, ICTSD

El Diálogo de Tikal

Los participantes en el diálogo

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El futuro de los recursos biológicos deMesoamérica depende de la seriedad yrigor con que nosotros, sus habitantes,

los protejamos en materia legal,económica, científica y social.

El futuro de los recursos biológicos deMesoamérica depende de la seriedad yrigor con que nosotros, sus habitantes,

los protejamos en materia legal,económica, científica y social.

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