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Número 56 - Jueves, 23 de marzo de 2017 página 136 Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X http://www.juntadeandalucia.es/eboja BOJA 3. Otras disposiciones CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA Resolución de 15 de marzo de 2017, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de seguimiento de las recomendaciones incluidas en la fiscalización de la Empresa Municipal de Saneamientos de Córdoba, S.A. (SADECO). Ejercicio 2010. En virtud de las facultades que me vienen atribuidas por el artículo 21 de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y del acuerdo adoptado por el Pleno de esta Institución, en la sesión celebrada el día 31 de enero de 2017, RESUELVO De conformidad con el art. 12 de la citada Ley 1/1988, ordenar la publicación del Informe de seguimiento de las recomendaciones incluidas en la fiscalización de la Empresa Municipal de Saneamientos de Córdoba, S.A. (SADECO). 2010. Sevilla, 15 de marzo de 2017.- El Presidente, Antonio M. López Hernández. SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES INCLUIDAS EN LA FISCALIZACIÓN DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE SANEAMIENTOS DE CÓRDOBA, S.A. (SADECO). 2010 El Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en su sesión celebrada el día 31 de enero de 2017, con la asistencia de todos sus miembros, ha acordado aprobar por unanimidad el Informe de seguimiento de las recomendaciones incluidas en la fiscalización de la Empresa Municipal de Saneamientos de Córdoba, S.A. (SADECO), correspondiente al ejercicio 2010. ÍNDICE 1. INTRODUCCIÓN 2. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO EN RELACIÓN CON EL SEGUIMIENTO 3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA 4. FUNDAMENTOS DEL SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES 4.1. Control Interno 4.2. Cumplimiento de la legalidad 4.3. Análisis de los estados financieros 5. VALORACIÓN DEL GRADO DE IMPLANTACIÓN DE LAS RECOMENDACIONES 6. RECOMENDACIONES 00110275

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BOJA3. Otras disposicionesCámara de Cuentas de andaluCía

Resolución de 15 de marzo de 2017, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, por la que se ordena la publicación del Informe de seguimiento de las recomendaciones incluidas en la fiscalización de la Empresa Municipal de Saneamientos de Córdoba, S.A. (SADECO). Ejercicio 2010.

En virtud de las facultades que me vienen atribuidas por el artículo 21 de la Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía, y del acuerdo adoptado por el Pleno de esta Institución, en la sesión celebrada el día 31 de enero de 2017,

R E S U E L V O

De conformidad con el art. 12 de la citada Ley 1/1988, ordenar la publicación del Informe de seguimiento de las recomendaciones incluidas en la fiscalización de la Empresa Municipal de Saneamientos de Córdoba, S.A. (SADECO). 2010.

Sevilla, 15 de marzo de 2017.- El Presidente, Antonio M. López Hernández.

SEgUIMIEntO DE LAS RECOMEnDACIOnES InCLUIDAS En LA fISCALIzACIón DE LA EMPRESA MUnICIPAL DE SAnEAMIEntOS DE CóRDObA, S.A. (SADECO). 2010

El Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en su sesión celebrada el día 31 de enero de 2017, con la asistencia de todos sus miembros, ha acordado aprobar por unanimidad el Informe de seguimiento de las recomendaciones incluidas en la fiscalización de la Empresa Municipal de Saneamientos de Córdoba, S.A. (SADECO), correspondiente al ejercicio 2010.

ÍnDICE

1. IntRODUCCIón

2. RESPOnSAbILIDAD DE LOS óRgAnOS DE gObIERnO En RELACIón COn EL SEgUIMIEntO

3. RESPOnSAbILIDAD DE LA CÁMARA DE CUEntAS DE AnDALUCÍA

4. fUnDAMEntOS DEL SEgUIMIEntO DE LAS RECOMEnDACIOnES4.1. Control Interno4.2. Cumplimiento de la legalidad4.3. Análisis de los estados financieros

5. VALORACIón DEL gRADO DE IMPLAntACIón DE LAS RECOMEnDACIOnES

6. RECOMEnDACIOnES

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BOJA7. AnEXOS

Anexo 1. Cuadro resumen del grado de implantación de las recomendacionesAnexo 2. Clasificación de las recomendacionesAnexo 3. Variaciones retributivas 2011-2015Anexo 4. Organigrama 2015Anexo 5. balance de situación 2015Anexo 6. Cuenta de pérdidas y ganancias 2015Anexo 7. Estado de cambios en el patrimonio neto 2015Anexo 8. Estado de flujos de efectivo 2015Anexo 9. Muestra de contratos menores

8. ALEgACIOnES PRESEntADAS Y tRAtAMIEntO DE LAS MISMAS En LOS SUPUEStOS QUE nO HAYAn SIDO ADMItIDAS O SE ADMItAn PARCIALMEntE

AbREVIAtURAS Y SIgLAS

Art ArtículobOICAC boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de CuentasbOP boletín Oficial de la ProvinciaCECA Centro de Control Animal CMC Complejo Medioambiental de Córdoba € EurosEMACSA Empresa Municipal de Aguas de Córdoba S.A. EXCMO ExcelentísimogPS Sistema de Posicionamiento globalICAC Instituto de Contabilidad y Auditoría de CuentasIRPf Impuesto sobre la Renta de las Personas físicasIVA Impuesto sobre el Valor Añadidom€ MilesdeeurosM€ MillonesdeeurosMHAP Ministerio de Hacienda y Administraciones PúblicasnA no aplicablePAIf Programa de Actuación, Inversión y financiaciónRD Real DecretoSADECO Empresa Municipal de Saneamientos de Córdoba, S.A.tRLCSP Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se

aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector tRLRHL Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se

aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales

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1. INTRODUCCIÓN

1 El plan de actuaciones aprobado por el Pleno para el ejercicio 2016 incluye una actuación rela-tiva al seguimiento de las recomendaciones incorporadas en el informe de fiscalización de regu-laridad de la Empresa Municipal de Saneamientos de Córdoba, S.A. (SADECO), ejercicio 2010. Este informe se aprobó por el Pleno de la Institución el 27 de noviembre de 2012. La finalidad de este tipo de trabajos es evaluar la contribución que tienen los informes de la Cámara de Cuentas, a través de las recomendaciones, en la mejora de las prácticas de gestión de los entes públicos.

2 SADECO se constituyó el 24 de septiembre de 1986 por el Ayuntamiento de Córdoba, con una participación del 100%; tiene la consideración de medio propio instrumental y servicio técnico del Ayuntamiento. Se rige por los Estatutos, el Real Decreto 1/2010, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital, el Código de Comercio, con las salvedades que por su naturaleza de instrumento al servicio de un ente público fueran de aplicación en vir-tud de la normativa de régimen local y las demás disposiciones legales aplicables. Constituye su objeto social, entre otros, la prestación de servicios públicos de higiene urbana, la mejora y protección del medio ambiente y la recaudación voluntaria de las exacciones muni-cipales que se le encomiende (art. 2 de los Estatutos). La sociedad cuenta con las instalaciones de la sede central, el Complejo Medioambiental de Córdoba, el Centro de Control Animal, así como con diez centros de trabajo distribuidos por los distritos de la ciudad.

2. RESPONSABILIDAD DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO EN RELACIÓN CON EL SEGUIMIENTO

3 Los órganos de gobierno de la entidad son responsables de adoptar las medidas pertinentes en aras de subsanar las incidencias y debilidades detectadas en el informe anterior objeto de se-guimiento, así como de implantar las recomendaciones propuestas por la Cámara de Cuentas de Andalucía en los distintos ámbitos auditados: control interno, cumplimiento de la legalidad y estados financieros. Específicamente, los administradores son responsables de formular las cuentas anuales de la sociedad, de forma que expresen la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera, de los resultados de SADECO, de conformidad con el marco normativo de información financiera apli-cable a la entidad, y del control interno que consideren necesario para permitir la preparación de las cuentas anuales libres de incorrección material, debido a fraude o error. Las cuentas del ejercicio 2015 fueron formuladas el 30 de marzo de 2016 y aprobadas por la Junta General de Accionistas el 14 de junio de 2016. El informe de auditoría de dichas cuentas fue emitido con opinión favorable con fecha 30 de marzo de 2016.

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Además, los administradores deben garantizar que las actividades, operaciones financieras y la información reflejadas en las cuentas anuales resultan conformes con las normas aplicables y establecer los sistemas de control interno que consideren necesario para esa finalidad.

3. RESPONSABILIDAD DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

4 La responsabilidad de la Cámara de Cuentas de Andalucía es evaluar el grado de implantación de las recomendaciones, así como comprobar la subsanación de las deficiencias detectadas en el informe objeto de seguimiento, referidas a tres áreas de trabajo: control interno, legalidad y análisis de los estados financieros. El alcance temporal de la fiscalización abarca el ejercicio 2015. No obstante, para determinados aspectos se han incluido análisis evolutivos del periodo 2011-2015 y para otros, se han tenido en cuenta las actuaciones llevadas a cabo hasta la finalización del trabajo de campo, con objeto de presentar la valoración del grado de implementación lo más actualizado posible.

5 La fiscalización se ha llevado a cabo de conformidad con los principios fundamentales de fiscali-zación de las Instituciones Públicas de Control Externo, desarrollados por esta Cámara de Cuen-tas en guías prácticas de fiscalización; en particular, se han considerado la ISSAI-ES 200 “Princi-pios fundamentales de la fiscalización o auditoría financiera” y la ISSAI-ES 400 “Principios fun-damentales de la fiscalización de cumplimiento”.

6 Dichos principios exigen que se cumplan los requerimientos de ética, así como que la auditoría se planifique y ejecute con el fin de obtener seguridad limitada sobre la implementación de las propuestas de mejora y subsanación de las deficiencias formuladas en el trabajo objeto de se-guimiento. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valo-ración de riesgos y la determinación de incorrección material debida a fraude o error y de in-cumplimientos significativos de la legalidad. En el ámbito de esta auditoría de seguimiento, la revisión se ha limitado a las conclusiones, in-cidencias y recomendaciones derivadas del informe anterior. Los objetivos específicos y alcance del seguimiento por área de trabajo han sido de forma resumida y fundamentalmente los si-guientes:

a) En relación con el control interno, analizar si se han solventado las debilidades anteriores relativas a la normativa interna y manuales de funcionamiento, los expedientes de perso-nal y el inventario de la entidad.

b) Respecto a la legalidad, comprobar la subsanación de los incumplimientos legales obser-vados en el informe objeto de seguimiento, referidos al plazo de elaboración del estado de previsión de ingresos y gastos, los incrementos salariales del personal y posibles frac-cionamientos de contratos.

c) En cuanto al análisis de estados financieros, examinar los saldos y/o la correcta contabili-zación de algunas partidas concretas en las que en el trabajo precedente se detectaron debilidades, tales como los bienes cedidos en uso, las inmovilizaciones en curso, clientes y proveedores y determinados ingresos. Asimismo, analizar la evolución de la ratio de sol-vencia y del resultado de la empresa.

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Para las pruebas relativas a personal, inventario y clientes y proveedores se ha realizado una selección de elementos basada en muestreo de criterio, cuyo resultado se explica en los res-pectivos apartados.

7 La evidencia de auditoría obtenida durante el desarrollo del trabajo proporciona una base sufi-ciente y adecuada para fundamentar la valoración del seguimiento de las recomendaciones, cuyo resumen se muestra en el anexo 1. La finalización del trabajo de campo se produjo el 20 de junio de 2016.

4. FUNDAMENTOS DEL SEGUIMIENTO DE LAS RECOMENDACIONES

8 En este apartado se desarrollan los fundamentos que sustentan la valoración del grado de im-plantación de las recomendaciones recogida en el apartado 5 de este informe. Se estructura de la siguiente forma: en primer lugar, se resume en cursiva la incidencia o propuesta del informe anterior que ha sido objeto de seguimiento y a continuación, se explican las medidas adopta-das, en su caso, por la empresa. En el anexo 1 se ofrece un cuadro resumen con el extracto literal de los párrafos del informe anterior que han sido revisados, así como la evaluación del nivel de implementación. Por otro lado, en el anexo 2 se ofrece una clasificación de las recomendaciones con base en la prioridad, complejidad técnica y coste de implantación.

4.1. Control Interno

9 En el informe anterior se concluyó que la empresa no disponía de un manual para el desarrollo de las funciones encomendadas a los distintos departamentos y puestos de trabajo de la sede central. Si bien SADECO sigue sin disponer de un Manual de Funciones para la sede central como tal, cuenta con un Manual de Gestión de Calidad, que se enmarca dentro de los requisitos obligato-rios de la certificación ISO 9001 de la Asociación Española de Normalización y Certificación, a la que se acogió por primera vez en 2009. En este Manual, actualizado el 11 de marzo de 2016, se describen de forma detallada los procedimientos de cada departamento y las funciones asigna-das al personal de la empresa. Los grupos y funciones recogidos en el mismo coinciden con la clasificación del personal y denominaciones contempladas en el art.17 del Convenio Colectivo, que como ya se indicó en el trabajo anterior son generales y meramente enunciativas. La última renovación de la certificación ha sido en mayo de 2016 y la siguiente fecha de revi-sión prevista es 2017; la fecha de expiración del actual certificado es en marzo de 2018. Por otro lado, la empresa ya en 2010 contaba con manuales de funciones del Complejo Medio-ambiental de Córdoba y del Centro de Control Animal; éstos han sido actualizados en el ejerci-cio 2016.

10 En el trabajo objeto de seguimiento aunque no se detectaron incidencias respecto a la docu-mentación a incluir en los expedientes de personal, resultó difícil correlacionar la categoría pro-fesional de la nómina con la del expediente, por lo que se recomendó incorporar un documento resumen actualizado sobre la situación y trayectoria profesional del trabajador.

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La plantilla media durante 2015 de la empresa se sitúa en 740 empleados y el personal a 31 de diciembre de dicho ejercicio en 849. En aras de implementar la propuesta de la Cámara de Cuentas de Andalucía, se ha incorporado a los expedientes de personal un nuevo documento denominado “Ficha del Trabajador”, archi-vado como primer documento en cada carpeta, que incluye información relativa a datos profe-sionales actualizados como la categoría profesional, puesto de trabajo, grupo de cotización, fe-cha de alta, antigüedad, puesto en organigrama, tipo de contrato y datos de IRPF. Con objeto de verificar la actualización de la ficha de personal antes mencionada y la corres-pondencia de la categoría incorporada en la misma con la de la nómina, se han seleccionado mediante muestreo subjetivo 39 expedientes de personal, que representan el 5,2% del total de empleados existentes en el momento de la realización de la prueba. Las fichas de personal revisadas se encuentran actualizadas y en la mayoría de los casos se co-rrelacionan las tablas retributivas y conceptos de la nómina con la categoría contemplada en la misma. No obstante, el formato y contenido de la ficha no resulta suficientemente clara ni fácilmente comprensible.

11 En las prueba de auditoría efectuada sobre las nóminas en el ejercicio 2010, si bien no se detec-taron incidencias significativas, no se pudieron utilizar las tablas retributivas del ejercicio 2010 ya que el Convenio Colectivo de la empresa se encontraba en proceso de negociación. El Convenio Colectivo 2010-2011 se firmó el día 28 de enero de 2011 y fue publicado en el BOP (nº 38) el día 24 de febrero de 2011. Dicho convenio incluía las tablas salariales que fueron de aplicación en el año 2010, así como las correspondientes en el año 2011. El Convenio Colectivo para el periodo 2012-2015 se aprobó el 20 de junio de 2012. Por su parte, el de 2016 se en-cuentra en fase de negociación. El análisis de los incrementos retributivos desde una perspectiva legal se analiza en los puntos 16 a 18 del informe y en el anexo 3.

12 En el informe objeto de seguimiento se recomendaba la actualización del manual de prácticas contables ya que el que la empresa tenía vigente databa de julio de 2007. A raíz del presente trabajo de seguimiento, la empresa ha encargado la elaboración de un ma-nual de prácticas contables, que se encuentra en fase de elaboración. Este manual debe estar actualizado con el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad, y desarrollar los procedimientos a llevar a cabo para la contabilización de cada uno de los hechos económicos derivados de los aprovisionamientos/compras, ingre-sos/ventas, gastos de personal, gestión de inmovilizado, pagos a terceros, cobros de terceros y operaciones de cierre. Por otro lado, la empresa ha adquirido una nueva aplicación informática integral a finales de 2015, que se encuentra en 2016 en fase de implantación. Dentro de este aplicativo, hay un modulo de contabilidad general y analítica, que cuenta con un con su propio manual específico.

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13 En el trabajo precedente se propuso la revisión y actualización de las normas de fondo fijo de caja. El 13 de diciembre de 2013 el Director de Administración aprobó unas nuevas normas internas para el establecimiento del fondo fijo de caja con el visto bueno del Gerente. La principal dife-rencia con la anterior normativa es la elevación de la cuantía del fondo de 600 € a 1.000 €. Se han analizado todos los apuntes de la liquidación y reposición del mes de diciembre, sin que se hayan observado debilidades significativas.

14 En el ejercicio anteriormente fiscalizado se observó que los registros contables coincidían con los del inventario, si bien los enseres y el mobiliario de la oficina de las sedes visitadas, estaban sin etiquetar, hechos que junto con la no inclusión en el inventario de las inmovilizaciones mate-riales en curso se consideraron debilidades de control interno. Al igual que ocurrió en 2010, los registros contables de 2015 coinciden con los del inventario; no obstante, siguen sin incluirse las inmovilizaciones en curso en el inventario de la empresa. Según informa SADECO, se está estudiando la forma de incorporarlas, a propósito del nuevo aplicativo informático integral implantado y concretamente, del módulo de activo fijo. Por otro lado, 166 elementos del inventario con un valor neto contable de 364.790 € no tienen identificada la ubicación; otros 88 elementos se encuentran tanto en contabilidad como en in-ventario a pesar de estar propuestos para darles de baja, tras un proceso de revisión realizado por la entidad. Se ha llevado a cabo una prueba de inspección física en la sede central, el Complejo Medioam-biental de Córdoba y el Centro de Control Animal, que ha afectado a 40 elementos. Se observa que continúan sin etiquetarse los enseres y mobiliario y el resto del inmovilizado material de las sedes visitadas (a excepción de los vehículos), lo que dificulta su identificación, ubicación y control.

4.2. Cumplimiento de la legalidad

15 En el informe anterior se observó el incumplimiento del plazo de presentación del proyecto de presupuesto de 2010, según la regulación establecida en el RD Legislativo 2/200, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. El art.168.3 del TRLRHL establece que las sociedades mercantiles deben remitir, antes del 15 de septiembre de cada año, sus previsiones de gastos e ingresos, así como los programas anuales de actuación, inversiones y financiación para el ejercicio siguiente. En todos los ejercicios pos-teriores a 2010 se ha seguido incumpliendo el citado precepto ya que la aprobación de dichos documentos se ha producido fuera del plazo legalmente establecido. En el cuadro nº 1 se recoge la fecha de aprobación del estado de previsión de ingresos y gastos y del PAIF de SADECO en el periodo 2011-2016 por el Consejo de Administración y la Junta Ge-neral de Accionistas. Cabe reseñar que por parte de los servicios técnicos de la empresa la ela-boración del borrador propuesta de previsiones se ha realizado en la mayoría de los ejercicios antes de la fecha límite fijada en el precepto citado.

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FECHAS APROBACIÓN ESTADO PREVISIÓN INGRESOS Y GASTOS SADECO 2011-2016

Fecha aprobación/Previsiones 2011 2012 2013 2014 2015 2016 Consejo de Administración 28/01/2011 28/10/2011 17/10/2012 18/10/2013 25/09/2014 19/11/2015

Junta General de Accionistas No se celebró. Presupuestos

del Ayuntamiento fueron prorrogados.

13/12/2011 11/12/2012 14/02/2014 20/11/2014 09/02/2016

Fuente: SADECO. Elaboración propia. Cuadro nº 1

16 En el informe anterior se concluyó que SADECO no había aplicado correctamente el artículo 22 Dos a) de la Ley General de Presupuestos del Estado para 2010 ya que las retribuciones experi-mentaron con respecto al ejercicio 2009, un incremento global del 1%, porcentaje superior al 0,3% establecido. Las correspondientes Leyes Generales de Presupuestos para el periodo 2011 a 2015 contem-plan en su articulado que las retribuciones del personal al servicio del sector público no pueden experimentar ningún incremento respecto a las vigentes en el ejercicio anterior. En este senti-do se pronuncian los informes de la Intervención del Ayuntamiento de Córdoba emitidos sobre los preacuerdos de los convenios de 2010-2011 y 2012-2015; ambos preacuerdos fijaban subi-das salariales: de un 1% para 2011, de un 2% para 2014 y de un mínimo del 3% para el 2015.

17 Las variaciones retributivas finales ocurridas durante el periodo analizado se ofrecen en el cua-dro nº 2.

VARIACIONES RETRIBUTIVAS 2011-2015 €

Año % Importe 2011 2,61% 621.946

2012(**) -1% -235.700 2013 0% 0 2014 2%(*) 11.513(*) 2015 3%(*) 17.475(*)

Fuente: SADECO. Elaboración propia. Cuadro nº 2 Nota: (*) Los incrementos salariales de los ejercicios 2014 y 2015 afectan a determinados pluses (transporte, des-plazamiento, complemento de ropa y quebranto de moneda), considerando la empresa que dichos complementos no se incluyen dentro de la masa salarial. (**) En el ejercicio 2012 en la revisión del convenio, en consonancia con lo establecido en el art.2 del RD 20/2011, se previó la suspensión de las aportaciones al plan de pensiones de cada trabajador, que venían siendo hasta ese mo-mento de 345.000 € anuales.

18 El fundamento de SADECO para llevar a cabo los incrementos salariales de los ejercicios 2011,

2014 y 2015 son varios informes favorables elaborados por la asesoría jurídica de la empresa, así como un informe emitido por el departamento de recursos humanos de la entidad. Este último avala las variaciones retributivas en lo que se refiere al complemento de transporte, complemento de desplazamiento, quebranto de moneda y complemento de desgaste de ropa, por considerar que estos complementos se encuadran dentro del concepto de suplidos, que no se incluyen dentro de la masa salarial. En el anexo 3 se desarrolla el tema tratado en los puntos 16 a 18.

19 En la revisión de los contratos menores del ejercicio 2010 se detectó un caso de fraccionamiento de contrato.

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SADECO tiene, a efectos del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, la condición de poder ad-judicador, por lo que le queda sujeta a las prescripciones de los artículos 190, 191 y 192 de di-cha norma. Dispone de unas instrucciones internas reguladoras de los procedimientos de selec-ción de contratista y adjudicación de contratos no sujetos a regulación armonizada, aprobadas por el Consejo de Administración el 14 de septiembre de 2015. En el ejercicio 2015 se han tramitado 64 contratos menores por 521.485 € (IVA excluido). Se han revisado 16 contratos por importe de 134.592 € (anexo 9), representativos del 30% del im-porte total, seleccionados mediante muestreo subjetivo sobre la base de un análisis de riesgos. De dicho examen se destaca lo siguiente.

20 Se ha detectado un supuesto de fraccionamiento de contrato al adjudicarse a un medio de co-municación, el mismo día (23 de febrero de 2015), dos contratos por idéntico importe, 16.900 € cada uno (IVA excluido), en cuyas facturas aparecen conceptos genéricos, “concurso escolar” y “campaña de concienciación de reciclaje”, respectivamente, pero que responden a la contrata-ción de un mismo servicio. Se trata de una campaña denominada “Córdoba Recicla” de la que forman parte varias actividades interrelacionadas pero que constituyen una unidad; hay que tener en cuenta que las diversas partes de la prestación, si bien se contratan por separado, no son susceptibles de aprovechamiento o utilización por separado por constituir una unidad fun-cional u operativa entre ellas.

21 El hecho de fraccionar el contrato conlleva la no superación de los umbrales fijados para la con-tratación menor (18.000 € IVA excluido) establecidos en el artículo 4 de las instrucciones inter-nas de contratación; es decir, si se hubiese tramitado ambos contratos como uno solo, el pro-cedimiento a seguir hubiera sido el previsto en el artículo 10.2 de las instrucciones internas de contratación relativo al procedimiento negociado. En este sentido, el art. 86.2 del TRLCSP esta-blece que no podrá fraccionarse un contrato con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publicidad o los relativos al procedimiento de adquisición que co-rresponda.

22 Si bien en las instrucciones internas aplicables no se detallan los documentos a tramitar en los expedientes de contratos menores, el procedimiento seguido en este caso ha sido diferente al del resto; así, generalmente, consta una solicitud de pedido, un informe del jefe del departa-mento económico, el presupuesto y la factura; y sin embargo, en el expediente en cuestión, so-lamente consta la factura.

23 En el ejercicio 2016 con objeto de seguir buenas prácticas y transparencia en la contratación, se ha elaborado un documento interno sobre el procedimiento de compras para la adquisición de obras, suministros y servicios inferiores a 50.000 euros (IVA excluido). Para los contratos entre 3.000 € y 18.000 € además de regular de forma concreta la conformación del expediente, se prevé la publicación de los mismos en la página web de SADECO, de conformidad con la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

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4.3. Análisis de los estados financieros

24 En el informe de auditoría anterior se observó que con la información de las Cuentas Anuales no era posible determinar cuáles habían sido los bienes que la empresa había recibido en cesión de uso, ni diferenciar los saldos iniciales de las ampliaciones, por lo que se recomendaba incorporar información más amplia de los bienes recibidos en cesión de uso y la aplicación de las normas contables aplicables.

25 El inmovilizado material de la empresa de 2015, cuyo saldo asciende a 21.511.684 €, representa el 99,63% del activo no corriente (anexo 4). Dentro del inmovilizado material, los bienes recibi-dos en cesión de uso alcanzan un valor neto contable de 8.846.279 €. En el cuadro nº 3 se ofre-ce su representatividad respecto a la correspondiente partida del inmovilizado material.

REPRESENTATIVIDAD BIENES RECIBIDOS EN CESIÓN DE USO 2015 €

Inmovilizado material Bienes cedidos en uso Bienes cedidos en uso/partida inmovilizado material

Coste Amortización VNC Coste Amortización VNC Coste Amortización VNC 210 Terrenos y bienes naturales 5.073.896 - 5.073.896 3.108.894 - 3.108.894 61,27% - 61,27% 211 Construcciones 12.891.828 4.226.018 8.665.810 4.506.875 1.106.752 3.400.122 34,96% 26,19% 39,24% 212 Instalaciones técnicas 20.194.257 15.384.034 4.810.223 10.278.645 7.941.382 2.337.263 50,90% 51,62% 48,59% 218 Elementos de transporte 16.357.948 14.544.061 1.813.887 58.405 58.405 0 0,36% 0,00% 3,22%

54.517.931 34.154.113 20.363.818 17.952.821 9.048.134 8.846.279 32,93% 26,49% 43,73%

Fuente: SADECO. Elaboración propia. Cuadro nº 3

26 Siguiendo la recomendación de la Cámara de Cuentas, desde el ejercicio 2012 SADECO incorpo-ra en la memoria la relación de los bienes cedidos en uso que tiene a su disposición; el detalle de 2015 se ofrece en el cuadro nº 4. Por otro lado, al igual que ocurría en 2010, de la informa-ción de las cuentas anuales sigue sin poderse diferenciar los saldos iniciales de las ampliaciones llevadas a cabo posteriormente por la empresa; no obstante, resulta posible conocer estos da-tos de los registros auxiliares, tal como el inventario.

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DETALLE BIENES RECIBIDOS EN CESIÓN DE USO 2015 €

VALOR DE LA CESIÓN TRASPASO A RESULTADOS AMORTIZACIÓN ACUMULADA VALOR NETO Grúa Camión Eurotech Mop 20900 58.406 -58.406 Vertedero Controlado 73.638 73.638 Terrenos e Instalaciones de Casillas 190.757 190.757 Terreno Ecoparque Polig. Guadalquivir 42.441 42.441 Terreno Ecoparque Del Granadal 69.922 69.922 Solar De Artillería 1.642.388 1.642.388 Terrenos Complejo Medioambiental 1.089.748 1.089.748 Adaptación Gestión Rae Eco Fuente Salud 195.401 -13.678 -72.298 123.103 Local Avda. De Cádiz 27,5 M2 3.306 -66 -2.049 1.257 Local Santuario La Fuensanta 6.828 -137 -4.233 2.595 Construcciones cedidas en Artillería 232.770 -4.655 -95.437 137.333 Const. Ecoparque Polig. Guadalquivir 185.727 -185.727 0 Const. Ecoparque Polig. Granadal 185.727 -185.727 0 Cubrición del parque de Fermentación CMC 1.974.950 -59.249 -236.994 1.737.956 Construcción del Ecoparque "Etea" 400.345 -27.053 -147.505 252.840 Construcción Edificio De Servicios CMC 470.618 -9.412 -51.768 418.850 Construcción del Ecoparque "Villarrubia" 342.475 -23.982 -51.379 291.096 Construcción Cuartelillo "Juan Bernier" 119.813 -5.711 -15.296 104.517 Cuarto de Basura Plaza Del Socorro 77.783 -5.445 -11.668 66.115 Cuarto de Basura Plaza De Urive 77.783 -5.445 -11.668 66.115 Cuarto de Basura Conde De Gavia 77.783 -5.445 -11.668 66.115 Cuarto de Basura Moriscos 77.783 -5.445 -11.668 66.115 Cuarto de Basura Puerta De Sevilla 77.783 -5.445 -11.668 66.115 Planta Rec-Compostaje Con Vertedero 8.903.859 -445.193 -6.566.596 2.337.263 Ampliación Del Vertedero CMC Ute Mondise-Noriega 1.374.787 -343.697 -1.374.787 0

17.952.821 -960.058 -9.106.542 8.846.279 Fuente: Cuentas Anuales 2015. Cuadro nº 4

27 El Plan General de Contabilidad y de forma específica, la consulta 6 del ICAC publicada en el

BOICAC 77 regulan el tratamiento contable de la cesión de bienes de dominio público que su-ponga exclusivamente el derecho de uso de tales bienes, sin exigencia de contraprestación. En esta consulta se recoge de forma literal “(…) La entidad beneficiada por la cesión deberá conta-bilizar el derecho de uso que recibe como un activo intangible por su valor razonable (…). No obstante, si en función de la especial naturaleza del sujeto cesionario el plazo acordado por la cesión se extiende a la práctica totalidad de la vida económica de los bienes cedidos, deberá te-nerse en consideración esta circunstancia para calificar el derecho de uso de acuerdo con la na-turaleza del bien que se recibe; en su caso, un inmovilizado material. (…) Las inversiones reali-zadas por la entidad cesionaria que no sean separables del activo cedido en uso, se contabili-zarán como inmovilizados materiales cuando cumplan la definición de activo”.

28 Los bienes incorporados desde 2010 como bienes recibidos en cesión de uso (un total de 13), se han contabilizado en función de su naturaleza en el inmovilizado material por el importe ad-judicado para la construcción de las respectivas infraestructuras, según consta en las resolucio-nes de adjudicación del correspondiente órgano competente del Ayuntamiento de Córdoba. No existe documento formal de cesión de estos elementos que permita conocer aspectos que condicionan la forma de contabilizarlos, como por ejemplo el plazo de la cesión, por lo que no resulta posible confirmar la adecuación del criterio contable seguido.

29 En el informe objeto de seguimiento se observó que las inmovilizaciones en curso no se incluían en el inventario. Además, dentro de esta partida, había dos proyectos importantes, el de reco-gida neumática de residuos y el de la instalación de un sistema de GPS que se encontraban sin concluir.

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Como ya se ha indicado en el punto 14, las inmovilizaciones en curso siguen sin incorporarse en el inventario de la entidad. Su saldo a 31 de diciembre de 2015 resulta poco significativo (52.917 €), según el detalle que se ofrece en el cuadro nº 5.

INMOVILIZADO EN CURSO 2015 €

PROYECTO SALDO Informática en curso 13.960 Desarrollo de plataforma de gestión 35.350 Bombeo agua residuales CECA 3.607 Total inmovilizaciones en curso 52.917 Fuente: Cuentas anuales SADECO. Cuadro nº 5

30 Por otro lado, se ha realizado un seguimiento a los dos proyectos que estaban en curso en el

trabajo anterior y que no estaban concluidos, son el proyecto de recogida neumática de resi-duos con un saldo en 2010 de 59.180 € y el de la instalación de un sistema de GPS en la recogi-da de residuos que acumulaba 30.842 €. Ninguno de ellos ha concluido, habiéndose ambos da-do de baja como inmovilizado en curso, el primero en 2012 y el segundo en 2015, imputándose a pérdidas procedentes de ejercicios anteriores y a gastos de investigación, respectivamente.

31 Respecto al proyecto de recogida neumática de residuos, la cuantía registrada en contabilidad correspondía a los gastos asumidos por la empresa conforme a lo acordado en el Consejo de Administración de SADECO el 24 de marzo de 2006; este proyecto no se pudo poner en marcha finalmente por no haber un número suficiente de habitantes en las urbanizaciones y no haber-se construido aún la central o estación neumática. Esta construcción la deben realizar los pro-motores para su posterior puesta a disposición de SADECO. Según informa la entidad, se está impulsando retomar las negociaciones con las entidades implicadas, en especial la Gerencia Municipal de Urbanismo de Córdoba, en aras de adoptar una decisión respecto a la continuidad o no del mismo.

32 Por lo que se refiere al proyecto para la instalación de un sistema de GPS para la recogida de residuos, se ha instalado hasta la fecha en 43 vehículos; la flota total de la empresa asciende a 263, de los cuales serían susceptibles de llevar localizador 185 vehículos y 67 de ellos, consolas de control de actividad.

33 En la auditoría anterior se detectó falta de conciliación entre las facturas contabilizadas como prestación de servicios realizados al Ayuntamiento y el importe reconocido por el propio Ayun-tamiento; asimismo, del pendiente de cobro de ejercicios anteriores tales servicios, la empresa solamente había podido documentar una parte del total registrado. La facturas detectadas en 2010 no reconocidas por el Ayuntamiento que ascendían a 1.363.500 € fueron regularizadas mayoritariamente en 2012.

34 El importe correspondiente a facturas por servicios realizados por SADECO al Ayuntamiento de Córdoba en las cuentas anuales de 2015 asciende a 300.403 €, que supone el 16% del total de clientes por ventas y prestaciones de servicios (cuadro nº 6 y anexo 5). Su distribución por anti-güedad se recoge en el cuadro nº 7.

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CLIENTES POR VENTAS Y PRESTACIÓN DE SERVICIOS €

Excmo. Ayuntamiento de Córdoba 300.403 Otros clientes 1.561.408 Clientes de dudoso cobro 1.233.550 Provisión insolvencias de tráfico (1.223.550) Clientes por ventas y prestaciones de servicios 1.861.811 Fuente: Memoria SADECO 2015. Cuadro nº 6

FACTURAS PENDIENTES DE COBRO POR ANTIGÜEDAD DEL AYUNTAMIENTO DE CORDOBA

€ FACTURAS PENDIENTES DE COBRO IMPORTE

Año 2012 38.139 Año 2013 35.912 Año 2014 87.417 Año 2015 138.935

Total 300.403 Fuente: Memoria SADECO 2015. Cuadro nº 7

35 Al igual que ocurría en el ejercicio 2010, el Ayuntamiento de Córdoba no tiene registradas fac-

turas procedentes de los ejercicios 2012, 2013, 2014 y 2015 por importe de 35.886 €, 35.912 €, 26.220 € y 44.517 €, respectivamente, que suman un total de 142.535 €. Si bien esta cuantía no resulta significativa, hay que señalar que no se encuentran documentados los servicios que han dado lugar al reconocimiento de estos derechos.

36 En la circularización de clientes efectuada en 2010, no se obtuvo respuesta de cinco de los ocho circularizados. Por lo que se refiere a proveedores, no se recibió información de 13 de los 28 a los que se les envió la carta de confirmación. Se ha reiterado la prueba de circularización en este trabajo de seguimiento. Se ha remitido car-ta de confirmación de saldos a ocho clientes, que suponen un saldo acumulado de 1.673.597,74 € y representan un 90% del total de clientes (1.861.811 €). No han remitido respuesta cinco de ellos, por un importe de 1.460.911,96; los tres que han respondiendo, sí coincide el saldo del tercero con el contabilizado por SADECO. En relación con el saldo de proveedores (2.148.725 euros), se ha circularizado a veinte, los cua-les con un saldo acumulado de 1.518.496,47 € representan el 71% del total. Han contestado once de ellos, que alcanzan los 736.130 €, no coincidiendo el saldo en nueve de los casos; la mayoría de estas diferencias han sido aclaradas por la entidad y en su caso, propuestas para regularización.

37 Se observó en el informe anterior dentro del epígrafe “otros pasivos financieros” 3,04 m€ con-tabilizados como partidas pendientes de aplicación para los que se recomendó su regulariza-ción. La cuantía de 3.040 €, que estaba contabilizada como partida pendiente de aplicación se regu-larizó en el ejercicio 2011, una vez que se identificaron el origen de los ingresos; se correspon-dían con importes no materiales derivados de diversas tasas de higiene pública.

38 Al analizar la evolución de la ratio de solvencia incluida en los distintos informes de gestión de los ejercicios anteriores, se observó que SADECO presentaba un desequilibrio financiero a corto plazo desde su constitución.

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La evolución de la ratio de solvencia a corto plazo en el periodo 2010-2015 se recoge en el cua-dro nº 8. Se observa que dicha ratio ha ido mejorando desde el 2012, situándose en 2015 en el 82%.

EVOLUCIÓN DE LA RATIO DE SOLVENCIA A CORTO PLAZO 2010-2015 2010 2011 2012 2013 2014 2015 RATIO DE SOLVENCIA A CORTO PLAZO 63% 52% 55% 61% 77% 82% Fuente: SADECO. Elaboración propia. Cuadro nº 8 Nota: Solvencia a c/p = (pasivo corriente/activo corriente)*100

39 La cuenta de pérdidas y ganancias para el ejercicio 2010 presentaba unas pérdidas de 1.675.029 €, incrementándose un 7,74% respecto al ejercicio 2009, hecho que provocó un dete-rioro de la capacidad financiera de la empresa. Al igual que en el ejercicio 2010, en 2011 SADECO tuvo déficit por importe de 1.445.368 €, lo que obligó a realizar un Plan Económico y Financiero para el 2012-2013 con objeto de restable-cer el equilibrio económico en la cuenta de resultados, así como consolidarlo para futuros ejer-cicios. En dicho plan se contemplaban medidas tales como: crecimiento de la tasa de higiene pública, revisiones de las transferencias municipales en función de los niveles de servicios pres-tados, fijación de un techo de inversión y otras medidas de control de gastos. En el ejercicio 2012 la cuenta de resultados pasa a ser positiva, tal como se refleja en el cuadro nº 9, manteniéndose dicha tendencia hasta el ejercicio 2015.

EVOLUCIÓN PÉRDIDAS/GANANCIAS SADECO 2010-2015 €

2010 2011 2012 2013 2014 2015 Pérdidas/ganancias -1.675.029 -1.445.368 137.247 193.584 295.714 566.845 Variación respecto al ejercicio anterior 14% 109% 41% 53% 92% Fuente: CCAA SADECO. Elaboración propia. Cuadro nº 9

40 En el informe anterior se describía la forma de contabilizar las transferencias municipales rela-cionándola con la procedencia o no de que las mismas formasen parte de la cifra de negocios.

41 El peso de las transferencias municipales que financian la prestación de servicios se ha situado en 2015 en el 40,25%, similar al ejercicio anterior. En los cuadros nº 10 y nº 11 se recoge su re-presentatividad en la cifra neta de negocios en el periodo 2011-2015.

REPRESENTATIVIDAD TRANSFERENCIAS MUNICIPALES 2011-2015 2011 2012 2013 2014 2015

43,52% 38,57% 38,41% 39,75% 40,25% Fuente: Cuentas Anuales SADECO. Cuadro nº 10

DISTRUBUCIÓN DE LA CIFRA NETA DE NEGOCIOS 2011-2015

€ 2011 2012 2013 2014 2015 Ventas y prestaciones de servicios 8.242.525 8.837.658 8.254.835 8.395.985 8.496.996 Tasas por la gestión de residuos 16.664.593 17.141.586 18.061.689 18.348.691 18.427.596 Transferencias municipales 19.191.352 16.313.696 16.413.651 17.650.115 18.137.909 Total cifra neta de negocios 44.098.470 42.292.940 42.730.175 44.394.791 45.062.501 Fuente: Memoria SADECO 2015. Cuadro nº 11

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42 La distribución de las transferencias municipales para el ejercicio 2015 se ofrece en el cuadro nº 12.

DISTRIBUCIÓN TRANSFERENCIAS MUNICIPALES 2015 €

CONCEPTO 2015 Limpieza Viaria 10.391.558 Limpieza de Colegios 5.933.824 Control de plagas 200.631 Control animal 285.108 Servicio de WC 68.638 Mantenimiento y limpieza solares municipales 90.012 Encomienda de parques infantiles 109.051 Encomienda proyecto I. Social 1.000.192 Otros servicios municipales 58.895 Total transferencias municipales 18.137.909 Fuente: Memoria SADECO 2015. Cuadro nº 12

43 Las transferencias municipales se siguen contabilizando de la misma forma que en el ejercicio

2010, como ingresos por prestación de servicios en la cuenta de resultados formando parte de la cifra neta de negocios; por su parte, el Ayuntamiento las imputa al capítulo IV de su presu-puesto de gastos. El modo de contabilización de SADECO se sustenta en un informe solicitado en 2013 a la ase-soría jurídica de la empresa. Por otro lado, la propia Intervención del Ayuntamiento de Córdoba emitió informe de disconformidad del presupuesto general de 2016 acerca de la forma en que vienen siendo presupuestadas las transferencias municipales a SADECO, indicando la necesidad de su adecuación mediante la aportación por parte de la empresa de los estudios de costes es-pecíficos, aprobación de la correspondiente encomienda de gestión, así como la fijación de tari-fas correspondientes por el ente encomendante (Ayuntamiento) y presupuestación de la mis-ma en un Capítulo 2, emitiendo SADECO las facturas correspondientes por la prestación de ser-vicios al Ayuntamiento.

44 En el trabajo anterior se detectaron una serie de debilidades en relación con el procedimiento de contabilización de las “Tasas por la gestión de residuos”. Los importes por ingresos derivados de la gestión de esta tasa se ofrecen en el cuadro nº 11, en 2015 supusieron el 41%. El procedimiento de contabilización sigue siendo el mismo que en el ejercicio 2010 (punto 77 del informe anterior y anexo 1), si bien la empresa ha adelantado el periodo de cobro en voluntaria de septiembre a mayo para intentar ajustar más los tiempos. Recientemente, en mayo de 2016 SADECO ha realizado una consulta al MHAP con objeto de aclarar determinados aspectos de la contabilización de esta tasa.

5. VALORACIÓN DEL GRADO DE IMPLANTACIÓN DE LAS RECOMENDACIONES

45 Con base en los argumentos expuestos en el apartado 4 fundamentos del grado de implanta-ción de las recomendaciones, resumidos en el anexo 1, y teniendo en cuenta además la clasifi-cación en función de la importancia, complejidad y coste de las recomendaciones recogida en el anexo 2, se concluye que se han implantado de forma total un 41%, parcialmente un 24% y no se han implementado o subsanado un 35%. Por área de trabajo habría que considerar lo si-guiente:

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- Respecto al área de control interno, se han implantado todas las propuestas anteriores, ex-cepto las relativas al inventario de la entidad.

- En cuanto a la legalidad, se reiteran las observaciones puestas de manifiesto en el informe anterior.

- Por lo que se refiere al análisis de estados financieros, se ha adoptado algún tipo de medida de mejora en un 78% de los casos. Aquellas que se han evaluado como implantadas de forma total (45%) se refieren a tres regularizaciones de incidencias contables observadas en el informe anterior por cuantías poco significativas y al cambio de tendencia del resulta-do de la entidad; por su parte, entre las valoradas como de implantación media (33%) se encuentran la relativa a los bienes cedidos en uso y la mejora de la ratio de solvencia.

En el cuadro nº 13 se recoge un resumen de los porcentajes de implantación por área de traba-jo.

RESUMEN DEL GRADO DE IMPLANTACIÓN

IMPLANTACIÓN

TOTAL IMPLANTACIÓN

PARCIAL NO

IMPLANTADA Control interno 60% (3) 20% (1) 20% (1) Legalidad 0% (0) 0% (0) 100% (3) Análisis estados financieros 45% (4) 33% (3) 22% (2) TOTAL 41% (7) 24% (4) 35% (6) Fuente: SADECO. Elaboración propia. Cuadro nº 13 Nota: No coincide el nº total de recomendaciones con las recogidas en los anexos 1 y 2 porque para tres de las recomendaciones anteriores se considera que no procede emitir un grado de implantación; la relativa a la fecha de aprobación del convenio colectivo 2010-2011 (punto 16) y las dos pruebas efectuadas de circularización (punto 36), por no depender el resultado de esta última de la propia empresa.

6. RECOMENDACIONES

46 Se recomienda mejorar el formato y el contenido de la ficha del trabajador incorporada en los expedientes de personal en aras de una mayor claridad y facilidad de comprensión.

47 Se recomienda que se culmine la elaboración y aprobación del manual de prácticas contables para adaptarlo a la normativa, nuevos procesos y aplicativos vigentes.

48 Se reitera la recomendación respecto a la incorporación de las inmovilizaciones en curso en el inventario de la entidad; asimismo, se vuelve a proponer la identificación de los mobiliarios y enseres y otros inmovilizados materiales al objeto de facilitar su localización, seguimiento y control. Igualmente, sería aconsejable revisar aquellos activos con valor neto contable cero que se encuentran fuera de uso para proceder a darles de baja.

49 Si bien se ha mejorado la ratio de solvencia y la situación financiera de la empresa, sería conve-niente seguir adoptando medidas que mantengan y consoliden esta tendencia positiva.

50 Se recomienda revisar, regularizar y conciliar los derechos pendientes de cobro que la empresa tiene reconocidos como servicios prestados al Ayuntamiento y que, sin embargo, la corpora-ción municipal no tiene registrados como tales.

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51 Se recomienda impulsar actuaciones para la formalización de las cesiones en uso en documen-tos jurídicos de cesión. Por otro lado, respecto a la información contenida en la memoria, de-bería incluirse el año de recepción.

52 Se recomienda dilucidar y, en su caso, regularizar las diferencias detectadas en los deudores y proveedores a raíz de la prueba de circularización efectuada en el presente trabajo de segui-miento.

53 Resulta necesario aclarar y unificar el criterio a seguir en relación con la contabilización de las transferencias municipales y las tasas por la gestión de residuos con los distintos agentes impli-cados.

7. ANEXOS

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, si b

ien

com

o co

nsec

uenc

ia d

e la

s pr

omoc

ione

s in

tern

as d

e ca

tego

ría p

rodu

cida

s en

tre

el p

erso

nal d

e se

rvic

io s

ería

opo

rtun

o in

clui

r de

ntro

de

la d

ocum

enta

ción

del

exp

edie

nte

una

sínte

sis d

e la

tra

yect

oria

pro

fe-

siona

l de

l tr

abaj

ador

act

ualiz

ada

para

ide

ntifi

car

más

fác

ilmen

te s

us r

etrib

ucio

nes

con

las

tabl

as s

alar

iale

s de

finid

as p

or c

ateg

oría

s. (§

26)

X

Se

ha

inco

rpor

ado

una

ficha

de

pe

rson

al e

n to

dos

los

expe

dien

tes

de p

erso

nal e

n la

que

se

reco

ge u

n re

sum

en

de

dete

rmin

ados

da

tos

prof

esio

nale

s del

trab

ajad

or.

La fi

cha

del t

raba

jado

r in

corp

orad

a en

los

expe

dien

tes

de

pers

onal

no

re

sulta

su

ficie

ntem

ente

cla

ra y

com

pren

sible

. 10

Para

el a

nális

is de

la n

ómin

a de

los

tra

baja

dore

s se

lecc

iona

dos,

se

han

com

prob

ado

los

impo

rtes

de

los

18

conc

epto

s re

trib

utiv

os fi

jos

y lo

s 15

var

iabl

es c

on la

s ta

blas

retr

ibut

ivas

indi

cada

s en

el C

onve

nio

Cole

ctiv

o y

con

la in

form

ació

n au

xilia

r qu

e se

man

tiene

en

el d

epar

tam

ento

de

recu

rsos

hum

anos

sob

re f

estiv

os, n

úmer

o de

ho

ras

trab

ajad

as, t

ipo

de r

eten

ción

etc

. Se

ha d

e de

stac

ar q

ue e

n es

ta c

ompr

obac

ión

no s

e ha

n po

dido

util

izar

las

tabl

as re

trib

utiv

as d

el C

onve

nio

Cole

ctiv

o ap

licab

le e

n el

201

0 ya

que

ést

e fu

e ap

roba

do e

n di

ciem

bre

de e

se

año.

Aun

que

su a

plic

ació

n es

con

car

ácte

r ret

roac

tivo,

es

deci

r con

apl

icac

ión

desd

e en

ero

del 2

010,

las

nóm

inas

de

todo

el a

ño 2

010

se e

labo

raro

n co

n lo

s im

port

es in

dica

dos

en la

s ta

blas

retr

ibut

ivas

del

ant

erio

r Con

veni

o. E

l au

men

to d

el 1

% e

stab

leci

do e

n el

nue

vo C

onve

nio

se a

bonó

en

una

nóm

ina

a lo

s tr

abaj

ador

es e

n co

ncep

to d

e at

raso

s en

mar

zo d

el e

jerc

icio

201

1. (§

27)

N

A

El C

onve

nio

de 2

010

se a

prob

ó e

l dí

a 28

de

ener

o de

20

11 y

fue

pu

blic

ado

en e

l BO

P (n

º 38

) el d

ía 2

4 de

febr

ero

de 2

011.

11

SADE

CO d

ispon

e de

un

man

ual d

e pr

áctic

as c

onta

bles

vig

ente

des

de ju

lio d

e 20

07, e

n el

que

se

desa

rrol

lan

los

proc

edim

ient

os a

llev

ar a

cab

o pa

ra la

con

tabi

lizac

ión

de c

ada

uno

de lo

s he

chos

eco

nóm

icos

der

ivad

os d

e lo

s ap

rovi

siona

mie

ntos

/com

pras

, in

gres

os/v

enta

s, g

asto

s de

per

sona

l, ge

stió

n de

inm

ovili

zado

, pag

os a

ter

cero

s,

cobr

os d

e te

rcer

os y

ope

raci

ones

de

cier

re. D

ado

el ti

empo

tran

scur

rido

desd

e su

apr

obac

ión,

se

hace

nec

esar

ia

la a

ctua

lizac

ión

de lo

s pro

cedi

mie

ntos

rela

cion

ados

con

est

as p

ráct

icas

con

tabl

es. (

§ 29

)

X

La

empr

esa

está

el

abor

ando

un

m

anua

l de

prá

ctic

as c

onta

ble

con

obje

to d

e ac

tual

izarlo

.

12

En fe

brer

o de

201

1 m

edia

nte

escr

itura

púb

lica,

se

form

aliza

n lo

s ac

uerd

os s

ocia

les

sobr

e di

spos

ició

n de

fond

os,

adop

tado

s po

r el

Con

sejo

de

Adm

inist

raci

ón d

e SA

DECO

. En

esto

s ac

uerd

os s

e fij

an y

est

able

cen

las

disp

osic

io-

nes

de fo

ndos

en

entid

ades

de

créd

ito. C

uent

a la

Soc

ieda

d ig

ualm

ente

con

una

s no

rmas

esc

ritas

par

a el

func

io-

nam

ient

o de

l Fon

do F

ijo d

e Ca

ja. N

o ob

stan

te, e

s ne

cesa

rio s

eñal

ar q

ue e

stas

nor

mas

reg

ulad

oras

, deb

en s

er

revi

sada

s y a

ctua

lizad

as, p

uest

o qu

e da

tan

de m

ayo

de 1

989.

(§ 3

0)

X

Se h

an r

evisa

do y

act

ualiz

ado

las

norm

as i

nter

nas

de l

a em

pres

a de

fo

ndo

de c

aja

fija.

13

Los

regi

stro

s co

ntab

les

coin

cide

n co

n lo

s de

l Inv

enta

rio, s

i bie

n lo

s en

sere

s y

el m

obili

ario

de

la o

ficin

a de

las

sede

s vi

sitad

as, e

stán

sin

etiq

ueta

r, he

cho

que

junt

o co

n la

no

incl

usió

n en

el I

nven

tario

de

las

inm

ovili

zaci

ones

m

ater

iale

s en

curs

o co

nstit

uyen

una

deb

ilida

d de

con

trol

inte

rno.

(§ 3

2, §

78)

.

X

Cont

inúa

n sin

in

clui

rse

el

inm

ovili

zado

m

ater

ial

en c

urso

en

el i

nven

tario

de

bien

es.

Tam

poco

se

han

etiq

ueta

do l

os

ense

res

y el

mob

iliar

io y

otr

o in

mov

iliza

do

mat

eria

l de

la se

de c

entr

al, C

MC

y CE

CA.

14

CUM

PLIM

IEN

TO D

E LE

GALI

DAD

No

se h

a cu

mpl

ido

con

el p

lazo

de

pres

enta

ción

del

Pro

yect

o de

l Pre

supu

esto

par

a el

eje

rcic

io 2

010,

tal c

omo

se

esta

blec

e en

el R

D Le

gisla

tivo

2/20

04 p

or e

l que

se a

prue

ba e

l tex

to re

fund

ido

de la

LRH

L (§

33,

§ 79

).

X

En

el

perio

do

2011

-201

6 no

se

ha

cu

mpl

ido

el p

lazo

de

pres

enta

ción

del

es

tado

de

prev

isión

de

ingr

esos

y g

asto

s es

tabl

ecid

o en

la n

orm

ativ

a.

15

0011

0275

Número 56 - Jueves, 23 de marzo de 2017

página 154

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X http://www.juntadeandalucia.es/eboja

BOJACo

nclu

sión

/rec

omen

daci

ón in

form

e an

terio

r Gr

ado

de im

plan

taci

ón

Resu

men

med

ida

adop

tada

po

r la

entid

ad

Obs

erva

cion

es

Párr

afo

info

rme

segu

imie

nto

Tota

l Pa

rcia

l N

ingu

no

SADE

CO n

o ha

apl

icad

o co

rrec

tam

ente

el a

rtíc

ulo

22 D

os a

) de

la L

ey G

ener

al d

e Pr

esup

uest

os d

el E

stad

o pa

ra

2010

, cuy

a m

odifi

caci

ón s

e ha

con

tem

plad

o en

el R

eal D

ecre

to 8

/201

0, y

a qu

e la

s re

trib

ucio

nes

del e

jerc

icio

20

10 c

on r

espe

cto

a la

s de

l ej

erci

cio

ante

rior

han

expe

rimen

tado

un

incr

emen

to g

loba

l de

l 1%

, po

rcen

taje

su

perio

r al 0

,3 %

est

able

cido

. (§§

34

al 3

8, §

80)

.

X

Se h

an p

rodu

cido

inc

rem

ento

s re

trib

uti-

vos

en lo

s ej

erci

cios

201

1, 2

014

y 20

15.

Las

resp

ectiv

as

leye

s de

pr

esup

uest

os

esta

blec

ían

que

no p

odría

n pr

oduc

irse

incr

emen

tos

retr

ibut

ivos

; en

este

sen

tido

se p

ronu

ncia

los

resp

ectiv

os in

form

es d

e la

int

erve

nció

n. L

a em

pres

a lo

s fu

nda-

men

ta e

n va

rios

info

rmes

de

la a

seso

ría

juríd

ica

de

la

empr

esa

y en

un

o de

l de

part

amen

to d

e re

curs

os h

uman

os.

16-1

8 An

exo

3

SADE

CO, e

n un

cas

o, h

a fr

acci

onan

do e

l gas

to to

tal p

ara

utili

zar e

l pro

cedi

mie

nto

de c

ontr

atac

ión

dire

cta.

(§ 4

6,

§ 81

)

X

Se

ha

vu

elto

a

dete

ctar

un

ca

so

de

frac

cion

amie

nto

de c

ontr

ato.

19

-23

ANÁL

ISIS

DE

ESTA

DO

S FI

NAN

CIER

OS

Con

la in

form

ació

n qu

e se

incl

uye

en la

s Cu

enta

s An

uale

s no

es

posib

le d

eter

min

ar c

uále

s ha

n si

do lo

s bi

enes

qu

e la

em

pres

a ha

rec

ibid

o en

ces

ión

de u

so. T

ampo

co e

s po

sible

dife

renc

iar

los

sald

os in

icia

les

de la

s am

plia

-ci

ones

llev

adas

a c

abo

post

erio

rmen

te p

or la

em

pres

a, s

iend

o ne

cesa

rio p

ara

ello

rec

abar

dat

os a

dici

onal

es d

e re

gist

ros

auxi

liare

s. S

e ha

ce n

eces

ario

que

las

cuen

tas

anua

les

de la

Soc

ieda

d in

cluy

an u

na in

form

ació

n m

ás

ampl

ia y

det

alla

da d

e lo

s bi

enes

reci

bido

s en

ces

ión

de u

so, a

fin

de q

ue la

imag

en s

ea m

ás c

ompl

eta

y ad

ecua

da

a la

situ

ació

n ef

ectiv

a de

la e

mpr

esa.

Par

a qu

e lo

s im

port

es re

gist

rado

s en

el i

nmov

iliza

do re

fleje

n la

imag

en fi

el

del

patr

imon

io d

e la

ent

idad

, de

ben

valo

rars

e lo

s bi

enes

y d

erec

hos

conf

orm

e a

las

norm

as c

onta

bles

que

re

sulta

n de

apl

icac

ión.

52, §

82)

X

Se

ha

inco

rpor

ado

un

cuad

ro

resu

men

en

la

m

emor

ia

de

las

cuen

tas

anua

les

con

el d

etal

le d

e lo

s bi

enes

ce

dido

s en

us

o;

falta

ría

inco

rpor

ar e

n di

cha

info

rmac

ión

el

año

de c

esió

n. L

os s

aldo

s in

icia

les

y la

s am

plia

cion

es

se

reca

ban

de

regi

stro

s aux

iliar

es.

No

se e

ncue

ntra

n fo

rmal

izada

s ju

rídic

a-m

ente

en

un d

ocum

ento

de

cesió

n lo

s bi

enes

rec

ibid

os e

n ce

sión

de u

so d

esde

20

10, e

n to

tal 1

3.

24-2

8

Sigu

e sin

act

ivar

se e

l pro

yect

o de

reco

gida

neu

mát

ica

de re

siduo

s, c

on u

n sa

ldo

cont

abili

zado

en

2010

de

59,1

8 m

€. E

ste

impo

rte

corr

espo

nde

a lo

s ga

stos

asu

mid

os p

or la

em

pres

a co

nfor

me

a lo

aco

rdad

o en

el C

onse

jo d

e Ad

min

istra

ción

de

SADE

CO e

l 24

de

mar

zo d

e 20

06.

Aunq

ue e

l pr

oyec

to s

e ha

des

arro

llado

seg

ún e

l pl

an

prev

isto,

no

se h

a po

dido

pon

er e

n m

arch

a al

no

habe

r un

núm

ero

sufic

ient

e de

hab

itant

es e

n la

s ur

bani

zaci

o-ne

s y

no h

aber

se c

onst

ruid

o aú

n la

cen

tral

o e

stac

ión

neum

átic

a. E

sta

cons

truc

ción

la d

eben

real

izar

los

prom

o-to

res

para

su

post

erio

r pu

esta

a d

ispos

ició

n de

SAD

ECO

. A

la fe

cha

de r

edac

ción

de

este

Info

rme

el p

roye

cto

sigue

sin

conc

luir.

(§ 5

5)

X

En

con

tabi

lidad

se

ha d

ado

de b

aja

del i

nmov

iliza

do e

n cu

rso.

30-3

2

El p

roye

cto

para

la in

stal

ació

n de

un

siste

ma

de G

PS e

n la

reco

gida

de

resid

uos

sigue

a la

fech

a de

reda

cció

n de

es

te In

form

e sin

con

clui

r. (§

56)

X

En c

onta

bilid

ad s

e ha

dad

o de

baj

a de

l inm

ovili

zado

en

curs

o.

30

-32

De s

ervi

cios

rea

lizad

os p

or S

ADEC

O a

l Ayu

ntam

ient

o de

Cór

doba

en

los

últim

os 1

0 añ

os, f

actu

ras

por

valo

r de

1.

363,

50 m

€, n

o ha

bían

sid

o re

cono

cida

s co

ntab

lem

ente

por

el p

ropi

o Ay

unta

mie

nto

a 31

de

dici

embr

e de

201

0.

Adem

ás la

s fa

ctur

as q

ue s

uste

ntan

el p

endi

ente

de

cobr

o de

eje

rcic

ios

ante

riore

s al

200

3, S

ADEC

O s

ólo

ha

podi

do d

ocum

enta

r ser

vici

os p

or u

n va

lor d

e 23

,16

m€

de la

s 20

1,45

m€

refle

jada

s en

los

regi

stro

s co

ntab

les

de

la e

mpr

esa.

SAD

ECO

y e

l Ayu

ntam

ient

o de

bería

n re

gula

rizar

est

a sit

uaci

ón y

dep

urar

el s

aldo

par

a qu

e re

pres

en-

ten

unos

der

echo

s de

cobr

o co

n sa

ldos

real

es. (

§ 59

, § 8

3)

X

La f

actu

ras

dete

ctad

as e

n 20

10 n

o re

cono

cida

s po

r el

Ay

unta

mie

nto

que

asce

ndía

n a

1.36

3.50

0 €

fuer

on

regu

lariz

adas

may

orita

riam

ente

en

2012

.

Se

obse

rvan

fa

ctur

as

reco

noci

das

por

SADE

CO e

n lo

s ej

erci

cios

201

2-20

15

que

no e

stán

regi

stra

das e

n el

Ayu

ntam

ient

o.

33-3

5

En r

elac

ión

al s

aldo

de

clie

ntes

, se

ha c

ircul

ariza

do a

och

o, lo

s cu

ales

con

un

sald

o ac

umul

ado

de 3

.543

,72

m€

repr

esen

tan

el 8

1,02

% d

el t

otal

. No

se h

a ob

teni

do r

espu

esta

en

cinc

o c

asos

, los

cua

les

repr

esen

tan,

con

un

sald

o ac

umul

ado

de 1

.060

,57

m€,

el 2

4,25

% d

el t

otal

del

sal

do d

e cl

ient

es a

l cie

rre

del e

jerc

icio

. Al c

ompr

obar

qu

e el

res

to d

e cl

ient

es q

ue h

an c

onte

stad

o a

la c

ircul

ariza

ción

coi

ncid

en s

us s

aldo

s co

n lo

s in

clui

dos

por

SADE

CO, n

o se

con

sider

a lim

itaci

ón a

l alc

ance

la n

o co

ntes

taci

ón.(§

63)

N

A

No

se h

a ob

teni

do re

spue

sta

de 5

clie

ntes

po

r im

port

e de

1.5

18.4

96,4

7 €,

de

los

8 ci

rcul

ariza

dos

en e

ste

trab

ajo

de s

egui

-m

ient

o.

36

En r

elac

ión

al e

pígr

afe

del B

alan

ce d

e Si

tuac

ión

“otr

os p

asiv

os fi

nanc

iero

s”, c

on u

n sa

ldo

de 4

36,1

0 m

€, s

e ha

de

tect

ado

que

se

incl

uyen

3,0

4 m

€,

cont

abili

zado

s co

mo

part

idas

pen

dien

tes

de a

plic

ació

n de

sde

el

20/1

1/20

09 y

que

pro

cede

n de

ing

reso

s no

ide

ntifi

cado

s de

las

Del

egac

ione

s Pr

ovin

cial

es d

e Ec

onom

ía y

Ha

cien

da, a

sí co

mo

de la

Ger

enci

a Pr

ovin

cial

de

Patr

imon

io d

e Có

rdob

a. S

ADEC

O d

ebe

proc

eder

a la

regu

lariz

a-ci

ón d

e es

te sa

ldo.

(§ 6

6)

X

Se

regu

lariz

ó en

201

1.

37

Para

la c

onfir

mac

ión

de s

aldo

s, s

e ha

circ

ular

izado

a 2

3 pr

ovee

dore

s, c

uyos

sal

dos,

787

,39

m€

repr

esen

tan

el

21,6

3% d

el s

aldo

tot

al d

e lo

s m

ismos

que

alc

anza

n lo

s 3.

641,

02 m

€. N

o se

ha

obte

nido

res

pues

ta

de

trec

e

prov

eedo

res

sel

ecci

onad

os, l

os c

uale

s c

on u

n sa

ldo

acum

ulad

o de

287

,61

m€,

rep

rese

ntan

el 7

,90%

del

tot

al

del s

aldo

de

prov

eedo

res.

Al c

ompr

obar

que

el r

esto

de

prov

eedo

res

que

han

cont

esta

do a

la c

ircul

ariza

ción

co

inci

den

sus

sald

os c

on lo

s in

clui

dos

por

SAD

ECO

, no

se c

onsid

era

limita

ción

al a

lcan

ce la

no

cont

esta

ción

.(§

69)

N

A

Se h

a ob

teni

do r

espu

esta

de

11 p

rove

e-do

res

de lo

s 20

circ

ular

izado

s. A

dem

ás, d

e lo

s re

cibi

dos,

no

coin

cide

el

sald

o de

l te

rcer

o co

n el

de

la e

ntid

ad e

n 9

caso

s.

36

0011

0275

Número 56 - Jueves, 23 de marzo de 2017

página 155

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BOJA

Conc

lusi

ón/r

ecom

enda

ción

info

rme

ante

rior

Grad

o de

impl

anta

ción

Re

sum

en m

edid

a ad

opta

da

por l

a en

tidad

O

bser

vaci

ones

rraf

o in

form

e se

guim

ient

o To

tal

Parc

ial

Nin

guno

Al a

naliz

ar la

evo

luci

ón d

el r

atio

de

solv

enci

a in

clui

do e

n lo

s di

stin

tos

info

rmes

de

gest

ión

de lo

s ej

erci

cios

an

terio

res,

se

obse

rva

que

SADE

CO p

rese

nta

un d

eseq

uilib

rio f

inan

cier

o a

cort

o pl

azo

desd

e su

con

stitu

ción

. Es

ta si

tuac

ión

se re

pite

en

el e

jerc

icio

201

0. (§

68,

§ 8

4)

X

La r

atio

de

solv

enci

a en

el p

erio

do

2010

-201

5 ha

mej

orad

o sit

uánd

ose

en 2

015

en e

l 82%

, si b

ien

toda

vía

no se

ha

alca

nzad

o el

100

%.

38

La c

uent

a de

pér

dida

s y

gana

ncia

s pr

esen

ta p

ara

el e

jerc

icio

201

0 un

as p

érdi

das

de 1

.675

,02

m€,

hec

ho q

ue h

a pr

ovoc

ado

un d

eter

ioro

de

la c

apac

idad

fina

ncie

ra d

e la

em

pres

a ya

que

repi

te lo

s re

sulta

dos

nega

tivos

obt

eni-

dos

en 2

009,

año

que

se

alca

nzar

on u

nas

pérd

idas

de

1.55

4,87

m€.

En

el e

jerc

icio

201

0 se

ha

prod

ucid

o po

r ta

nto

un in

crem

ento

del

déf

icit

con

resp

ecto

al e

jerc

icio

ant

erio

r de

un 7

,74

%. (

§ 71

, § 8

5)

X

En 2

012

cam

bió

la t

ende

ncia

de

défic

it a

supe

rávi

t y h

a pe

rman

ecid

o as

í has

ta e

l 201

5.

39

Se o

bser

va q

ue la

s tr

ansf

eren

cias

mun

icip

ales

sup

onen

un

44,6

9 %

del

impo

rte

neto

de

la c

ifra

de n

egoc

ios

de

las

activ

idad

es o

rdin

aria

s, p

orce

ntaj

e qu

e ha

dis

min

uido

en

más

de

3 pu

ntos

con

res

pect

o al

eje

rcic

io a

nte-

rior.(

...).S

e le

ha

cues

tiona

do a

la e

mpr

esa

la c

onve

nien

cia

o no

de

que

esta

s tr

ansf

eren

cias

form

en p

arte

de

la

cifr

a de

neg

ocio

s de

la e

ntid

ad, a

rgum

enta

ndo

SADE

CO q

ue in

form

a pe

riódi

cam

ente

sob

re s

us e

stad

os fi

nanc

ie-

ros

al M

inist

erio

de

adm

inist

raci

ones

Púb

licas

y q

ue é

ste

no h

a pl

ante

ado

que

la c

onta

biliz

ació

n de

est

e tip

o de

tr

ansf

eren

cias

se

deba

incl

uir

com

o su

bven

cion

es y

no

com

o pr

esta

ción

de

serv

icio

. La

empr

esa

cons

ider

a qu

e co

ntab

iliza

r la

s tr

ansf

eren

cias

mun

icip

ales

com

o su

bven

cion

es n

o cr

earía

nin

gún

prob

lem

a a

SADE

CO, s

i bie

n en

tiend

e qu

e no

dar

ía la

imag

en re

al d

el p

oten

cial

de

la S

ocie

dad

y de

su p

rese

ncia

en

el m

erca

do. (

§ 76

).

X Se

sig

ue c

onta

biliz

ando

de

la m

isma

form

a la

s tr

ansf

eren

cias

mun

icip

a-le

s.

No

obst

ante

, se

han

efec

tuad

o co

nsul

tas

en a

ras

de a

clar

ar e

l crit

erio

ade

cuad

o de

co

ntab

iliza

ción

. 40

-43

En e

l pro

cedi

mie

nto

de c

onta

biliz

ació

n de

las

“Tas

as p

or la

ges

tión

de re

siduo

s” s

e ha

n de

tect

ado

las

sigui

ente

s in

cide

ncia

s. E

n m

ayo

del e

jerc

icio

199

5, e

l Ayu

ntam

ient

o de

Cór

doba

dec

ide

que

SADE

CO g

estio

ne e

l cob

ro e

n pe

riodo

vol

unta

rio d

e la

Tas

a de

Hig

iene

Púb

lica,

la c

ual s

egún

la R

esol

ució

n M

unic

ipal

y O

rden

anza

Fisc

al n

º 10

5 se

cob

rará

con

junt

amen

te c

on e

l rec

ibo

del a

gua

pota

ble

que

emite

y g

estio

na la

Em

pres

a M

unic

ipal

de

Agua

s de

Cór

doba

S.A

. (E

MAC

SA).

La f

actu

raci

ón t

anto

de

la m

enci

onad

a ta

sa c

omo

del

agua

pot

able

se

real

iza

bim

estr

alm

ente

-te

por p

arte

de

EMAC

SA, l

a cu

al fa

ctur

a a

SADE

CO la

ges

tión

reca

udat

oria

a tr

avés

del

den

omi-

nado

“pr

emio

de

cobr

anza

”.

Al fi

nal d

el a

ño S

ADEC

O m

antie

ne e

n su

con

tabi

lidad

der

echo

s pe

ndie

ntes

de

cobr

o po

r es

ta t

asa

y cu

antif

ica

una

prov

isión

por

los

impa

gado

s pr

evist

os d

e es

e ej

erci

cio.

El p

erio

do d

e co

bro

volu

ntar

io s

e m

antie

ne h

asta

el

mes

de

sept

iem

bre

del e

jerc

icio

sig

uien

te a

l de

fact

urac

ión.

Es

en e

sa f

echa

cua

ndo

EMAC

SA c

omun

ica

a la

so

cied

ad l

os r

ecib

os n

o co

brad

os,

opta

ndo

SADE

CO e

n es

e m

omen

to p

or c

onsid

erar

los

com

o im

paga

dos.

SA

DECO

se

los

enví

a al

Ayu

ntam

ient

o pa

ra q

ue é

ste

emita

un

nuev

o re

cibo

al c

ontr

ibuy

ente

, por

lo q

ue e

n es

te

inst

ante

la d

euda

que

el c

iuda

dano

man

tení

a co

n SA

DECO

es

cons

ider

ada

com

o de

rech

o pe

ndie

nte

de c

obro

del

Ay

unta

mie

nto.

Pos

terio

rmen

te y

con

inde

pend

enci

a de

l per

iodo

de

cobr

o, e

l Ayu

ntam

ient

o re

inte

gra

a SA

DECO

lo

rec

auda

do p

or T

asa

de H

igie

ne P

úblic

a de

l nue

vo r

ecib

o em

itido

, un

a ve

z de

scon

tado

la t

asa

por

gest

ión

reca

udat

oria

, los

inte

rese

s de

dem

ora

y el

rec

argo

si l

os h

ubie

re. A

unqu

e el

cob

ro p

roce

da d

e un

rec

ibo

que

corr

espo

nde

a un

año

ant

erio

r, SA

DECO

lo c

onsid

era

com

o in

gres

o de

l eje

rcic

io u

na v

ez q

ue e

l Ayu

ntam

ient

o le

co

mun

ica

que

lo h

a co

brad

o. S

egún

la e

mpr

esa

esta

form

a de

con

tabi

lizar

el p

endi

ente

de

cobr

o es

más

cla

ra y

op

erat

iva

para

SAD

ECO

ya

que

apar

ecen

men

os s

aldo

s de

udor

es d

e du

doso

cob

ro y

el e

fect

o en

la c

uent

a de

re

sulta

dos n

o se

ría m

uy d

istin

to a

l de

otra

s alte

rnat

ivas

de

cont

abili

zaci

ón.(§

77)

X Se

sig

ue c

onta

biliz

ando

de

la m

isma

form

a la

ta

sa

por

la

gest

ión

de

resid

uos.

No

obst

ante

, se

han

efec

tuad

o co

nsul

tas

en a

ras

de a

clar

ar e

l crit

erio

ade

cuad

o de

co

ntab

iliza

ción

. .Ta

mbi

én s

e ha

ade

lant

a-do

el

pe

riodo

de

co

bro

para

in

tent

ar

ajus

tar l

os p

erio

dos.

44

Not

a: L

a va

lora

ción

resu

men

reco

gida

en

el c

uadr

o nº

13

cont

empl

a 17

cue

stio

nes d

e se

guim

ient

o y

en e

ste

anex

o 20

, ya

que

hay

tres

de

ésta

s que

se h

a co

nsid

erad

o qu

e no

pro

cede

eva

luar

el g

rado

de

impl

an-

taci

ón.

NA:

No

aplic

able

0011

0275

Número 56 - Jueves, 23 de marzo de 2017

página 156

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BOJAAN

EXO

2

CLAS

IFIC

ACIÓ

N D

E LA

S RE

COM

ENDA

CIO

NES

Conc

lusi

ón/r

ecom

enda

ción

info

rme

ante

rior

Valo

raci

ón p

riorid

ad/i

mpo

rtan

cia

Com

plej

idad

técn

ica

de im

plan

taci

ón

Cost

e de

la im

plan

taci

ón

Alta

M

edia

Al

ta

Med

ia

Baja

Al

to

Med

io

Bajo

CO

NTR

OL

INTE

RNO

SA

DECO

, no

disp

one

de u

n m

anua

l par

a el

des

arro

llo d

e la

s fu

ncio

nes

enco

men

dada

s a

los

dist

into

s de

part

amen

tos

y pu

esto

s de

tra

bajo

de

la s

ede

cent

ral,

si bi

en

en e

l Con

veni

o Co

lect

ivo

firm

ado

en d

icie

mbr

e de

201

0 y

aplic

able

al e

jerc

icio

fisc

aliza

do, e

n su

Cap

ítulo

IV s

e es

tabl

ecen

una

s lín

eas

gene

rale

s so

bre

orga

niza

ción

de

l tra

bajo

aun

que

en s

u ar

tícul

o 17

se

indi

ca q

ue la

s cl

asifi

caci

ones

y d

enom

inac

ione

s de

l per

sona

l con

signa

do e

n el

men

cion

ado

Capí

tulo

IV s

on m

eram

ente

en

unci

ativ

as. S

í tie

ne d

esar

rolla

do u

n m

anua

l de

func

ione

s par

a el

Com

plej

o M

edio

ambi

enta

l de

Córd

oba

y el

Cen

tro

de C

ontr

ol A

nim

al. (

§ 20

)

X

X

X

No

se h

an d

etec

tado

inci

denc

ias

con

resp

ecto

a la

doc

umen

taci

ón q

ue s

e de

be in

corp

orar

en

los

expe

dien

tes

de p

erso

nal,

si bi

en c

omo

cons

ecue

ncia

de

las

prom

o-ci

ones

inte

rnas

de

cate

goría

pro

duci

das

entr

e el

per

sona

l de

serv

icio

ser

ía o

port

uno

incl

uir d

entr

o de

la d

ocum

enta

ción

del

exp

edie

nte

una

sínt

esis

de la

tray

ecto

ria

prof

esio

nal d

el tr

abaj

ador

act

ualiz

ada

para

iden

tific

ar m

ás fá

cilm

ente

sus

retr

ibuc

ione

s con

las t

abla

s sal

aria

les d

efin

idas

por

cat

egor

ías.

(§ 2

6)

X

X

X

Para

el a

nális

is de

la n

ómin

a de

los

trab

ajad

ores

sel

ecci

onad

os, s

e ha

n co

mpr

obad

o lo

s im

port

es d

e lo

s 18

con

cept

os r

etrib

utiv

os f

ijos

y lo

s 15

var

iabl

es c

on la

s ta

blas

retr

ibut

ivas

indi

cada

s en

el C

onve

nio

Cole

ctiv

o y

con

la in

form

ació

n au

xilia

r que

se m

antie

ne e

n el

dep

arta

men

to d

e re

curs

os h

uman

os so

bre

fest

ivos

, núm

ero

de h

oras

tra

baja

das,

tip

o de

ret

enci

ón e

tc. S

e ha

de

dest

acar

que

en

esta

com

prob

ació

n no

se

han

podi

do u

tiliza

r la

s ta

blas

ret

ribut

ivas

del

Con

veni

o Co

lect

ivo

aplic

able

en

el 2

010

ya q

ue é

ste

fue

apro

bado

en

dici

embr

e de

ese

año

. Aun

que

su a

plic

ació

n es

con

car

ácte

r re

troa

ctiv

o, e

s de

cir

con

aplic

ació

n de

sde

ener

o de

l 20

10, l

as n

ómin

as d

e to

do e

l año

201

0 se

ela

bora

ron

con

los

impo

rtes

indi

cado

s en

las

tabl

as re

trib

utiv

as d

el a

nter

ior C

onve

nio.

El a

umen

to d

el 1

% e

stab

leci

do e

n el

nu

evo

Conv

enio

se a

bonó

en

una

nóm

ina

a lo

s tra

baja

dore

s en

conc

epto

de

atra

sos e

n m

arzo

del

eje

rcic

io 2

011.

(§ 2

7)

N

A

NA

NA

SADE

CO d

ispon

e de

un

man

ual d

e pr

áctic

as c

onta

bles

vig

ente

des

de ju

lio d

e 20

07, e

n el

que

se

desa

rrol

lan

los

proc

edim

ient

os a

llev

ar a

cab

o pa

ra la

con

tabi

lizac

ión

de c

ada

uno

de l

os h

echo

s ec

onóm

icos

der

ivad

os d

e lo

s ap

rovi

siona

mie

ntos

/com

pras

, in

gres

os/v

enta

s, g

asto

s de

per

sona

l, ge

stió

n de

inm

ovili

zado

, pa

gos

a te

rcer

os, c

obro

s de

ter

cero

s y

oper

acio

nes

de c

ierr

e. D

ado

el t

iem

po t

rans

curr

ido

desd

e su

apr

obac

ión,

se

hace

nec

esar

ia la

act

ualiz

ació

n de

los

proc

edim

ient

os

rela

cion

ados

con

est

as p

ráct

icas

con

tabl

es. (

§ 29

)

X

X

X

En f

ebre

ro d

e 20

11 m

edia

nte

escr

itura

púb

lica,

se

form

aliza

n lo

s ac

uerd

os s

ocia

les

sobr

e di

spos

ició

n de

fon

dos,

ado

ptad

os p

or e

l Con

sejo

de

Adm

inist

raci

ón d

e SA

DECO

. En

esto

s ac

uerd

os s

e fij

an y

est

able

cen

las

disp

osic

ione

s de

fond

os e

n en

tidad

es d

e cr

édito

. Cue

nta

la S

ocie

dad

igua

lmen

te c

on u

nas

norm

as e

scrit

as p

ara

el fu

ncio

nam

ient

o de

l Fon

do F

ijo d

e Ca

ja. N

o ob

stan

te, e

s ne

cesa

rio s

eñal

ar q

ue e

stas

nor

mas

regu

lado

ras,

deb

en s

er re

visa

das

y ac

tual

izada

s, p

uest

o qu

e da

tan

de

may

o de

198

9. (§

30)

X

X

X

Los r

egist

ros c

onta

bles

coi

ncid

en c

on lo

s del

Inve

ntar

io, s

i bie

n lo

s ens

eres

y e

l mob

iliar

io d

e la

ofic

ina

de la

s sed

es v

isita

das,

est

án si

n et

ique

tar,

hech

o qu

e ju

nto

con

la n

o in

clus

ión

en e

l Inv

enta

rio d

e la

s in

mov

iliza

cion

es m

ater

iale

s en

curs

o co

nstit

uyen

una

deb

ilida

d de

con

trol

inte

rno.

(§ 3

2, §

78)

.

X

X

X

CU

MPL

IMIE

NTO

DE

LEGA

LID

AD

No

se h

a cu

mpl

ido

con

el p

lazo

de

pres

enta

ción

del

Pro

yect

o de

l Pre

supu

esto

par

a el

eje

rcic

io 2

010,

tal c

omo

se e

stab

lece

en

el R

D Le

gisla

tivo

2/20

04 p

or e

l que

se

apru

eba

el te

xto

refu

ndid

o de

la L

RHL

(§ 3

3,§

79).

X

X

X

SADE

CO n

o ha

apl

icad

o co

rrec

tam

ente

el a

rtíc

ulo

22 D

os a

) de

la L

ey G

ener

al d

e Pr

esup

uest

os d

el E

stad

o pa

ra 2

010,

cuy

a m

odifi

caci

ón s

e ha

con

tem

plad

o en

el R

eal

Decr

eto

8/20

10, y

a qu

e la

s re

trib

ucio

nes

del e

jerc

icio

201

0 co

n re

spec

to a

las

del e

jerc

icio

ant

erio

r ha

n ex

perim

enta

do u

n in

crem

ento

glo

bal d

el 1

%, p

orce

ntaj

e su

perio

r al 0

,3 %

est

able

cido

. (§§

34

al 3

8, §

80)

. X

X

X

SADE

CO, e

n un

cas

o, h

a fr

acci

onan

do e

l gas

to to

tal p

ara

utili

zar e

l pro

cedi

mie

nto

de c

ontr

atac

ión

dire

cta.

(§ 4

6, §

81)

X

X

X AN

ÁLIS

IS D

E ES

TAD

OS

FIN

ANCI

ERO

S

Co

n la

info

rmac

ión

que

se in

cluy

e en

las

Cuen

tas

Anua

les

no e

s po

sible

det

erm

inar

cuá

les

han

sido

los

bien

es q

ue la

em

pres

a ha

reci

bido

en

cesió

n de

uso

. Tam

poco

es

pos

ible

dife

renc

iar l

os s

aldo

s in

icia

les

de la

s am

plia

cion

es ll

evad

as a

cab

o po

ster

iorm

ente

por

la e

mpr

esa,

sie

ndo

nece

sario

par

a el

lo re

caba

r dat

os a

dici

onal

es d

e re

gist

ros

auxi

liare

s. S

e ha

ce n

eces

ario

que

las

cuen

tas

anua

les

de la

Soc

ieda

d in

cluy

an u

na in

form

ació

n m

ás a

mpl

ia y

det

alla

da d

e lo

s bi

enes

reci

bido

s en

ces

ión

de

uso,

a f

in d

e qu

e la

imag

en s

ea m

ás c

ompl

eta

y ad

ecua

da a

la s

ituac

ión

efec

tiva

de la

em

pres

a. P

ara

que

los

impo

rtes

reg

istra

dos

en e

l inm

ovili

zado

ref

leje

n la

im

agen

fiel

del

pat

rimon

io d

e la

ent

idad

, deb

en v

alor

arse

los b

iene

s y d

erec

hos c

onfo

rme

a la

s nor

mas

con

tabl

es q

ue re

sulta

n de

apl

icac

ión.

52, §

82)

X

X

X

Sigu

e sin

act

ivar

se e

l pro

yect

o de

reco

gida

neu

mát

ica

de re

siduo

s, c

on u

n sa

ldo

cont

abili

zado

en

2010

de

59,1

8 m

€. E

ste

impo

rte

corr

espo

nde

a lo

s ga

stos

asu

mid

os

por

la e

mpr

esa

conf

orm

e a

lo a

cord

ado

en e

l Con

sejo

de

Adm

inist

raci

ón d

e SA

DECO

el 2

4 de

mar

zo d

e 20

06. A

unqu

e el

pro

yect

o se

ha

desa

rrol

lado

seg

ún e

l pla

n pr

evist

o, n

o se

ha

podi

do p

oner

en

mar

cha

al n

o ha

ber u

n nú

mer

o su

ficie

nte

de h

abita

ntes

en

las

urba

niza

cion

es y

no

habe

rse

cons

trui

do a

ún la

cen

tral

o e

stac

ión

neum

átic

a. E

sta

cons

truc

ción

la d

eben

rea

lizar

los

prom

otor

es p

ara

su p

oste

rior

pues

ta a

disp

osic

ión

de S

ADEC

O.

A la

fec

ha d

e re

dacc

ión

de e

ste

Info

rme

el

proy

ecto

sigu

e sin

con

clui

r. (§

55)

X

X

X

El p

roye

cto

para

la in

stal

ació

n de

un

siste

ma

de G

PS e

n la

reco

gida

de

resid

uos s

igue

a la

fech

a de

reda

cció

n de

est

e In

form

e sin

con

clui

r. (§

56)

X

X

X De

ser

vici

os r

ealiz

ados

por

SAD

ECO

al A

yunt

amie

nto

de C

órdo

ba e

n lo

s úl

timos

10

años

, fac

tura

s po

r va

lor

de 1

.363

,50

m€,

no

habí

an s

ido

reco

noci

das

cont

able

-m

ente

por

el p

ropi

o Ay

unta

mie

nto

a 31

de

dici

embr

e de

201

0. A

dem

ás la

s fa

ctur

as q

ue s

uste

ntan

el p

endi

ente

de

cobr

o de

eje

rcic

ios

ante

riore

s al

200

3, S

ADEC

O

sólo

ha

podi

do d

ocum

enta

r se

rvic

ios

por

un v

alor

de

23,1

6 m

€ de

las

201,

45 m

€ re

fleja

das

en lo

s re

gist

ros

cont

able

s de

la e

mpr

esa.

SAD

ECO

y e

l Ayu

ntam

ient

o de

bería

n re

gula

rizar

est

a sit

uaci

ón y

dep

urar

el s

aldo

par

a qu

e re

pres

ente

n un

os d

erec

hos

de c

obro

con

sald

os re

ales

. (§

59, §

83)

X

X

X

0011

0275

Número 56 - Jueves, 23 de marzo de 2017

página 157

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253 - 802X http://www.juntadeandalucia.es/eboja

BOJACo

nclu

sión

/rec

omen

daci

ón in

form

e an

terio

r Va

lora

ción

prio

ridad

/im

port

anci

a Co

mpl

ejid

ad té

cnic

a de

impl

anta

ción

Co

ste

de la

impl

anta

ción

Al

ta

Med

ia

Alta

M

edia

Ba

ja

Alto

M

edio

Ba

jo

En re

laci

ón a

l sal

do d

e cl

ient

es, s

e ha

circ

ular

izado

a o

cho,

los

cual

es c

on u

n sa

ldo

acum

ulad

o de

3.5

43,7

2 m

€ re

pres

enta

n el

81,

02 %

del

tota

l. N

o se

ha

obte

nido

re

spue

sta

en c

inco

ca

sos,

los

cual

es r

epre

sent

an, c

on u

n sa

ldo

acum

ulad

o de

1.0

60,5

7 m

€, e

l 24,

25 %

del

tot

al d

el s

aldo

de

clie

ntes

al c

ierr

e de

l eje

rcic

io. A

l co

mpr

obar

que

el r

esto

de

clie

ntes

que

han

con

test

ado

a la

circ

ular

izaci

ón c

oinc

iden

sus

sal

dos

con

los

incl

uido

s po

r SAD

ECO

, no

se c

onsid

era

limita

ción

al a

lcan

ce la

no

con

test

ació

n.(§

63)

NA

N

A

N

A

En re

laci

ón a

l epí

graf

e de

l Bal

ance

de

Situ

ació

n “o

tros

pas

ivos

fina

ncie

ros”

, con

un

sald

o de

436

,10

m €

, se

ha d

etec

tado

que

se

incl

uyen

3,0

4 m

€, c

onta

biliz

ados

co

mo

part

idas

pen

dien

tes

de a

plic

ació

n de

sde

el 2

0/11

/200

9 y

que

proc

eden

de

ingr

esos

no

iden

tific

ados

de

las

Dele

gaci

ones

Pro

vinc

iale

s de

Eco

nom

ía y

Hac

iend

a,

así c

omo

de la

Ger

enci

a Pr

ovin

cial

de

Patr

imon

io d

e Có

rdob

a. S

ADEC

O d

ebe

proc

eder

a la

regu

lariz

ació

n de

est

e sa

ldo.

(§ 6

6)

X

X

X

Par

a la

con

firm

ació

n de

sal

dos,

se

ha c

ircul

ariza

do a

23

prov

eedo

res,

cuy

os s

aldo

s, 7

87,3

9 m

€ re

pres

enta

n el

21,

63%

del

sal

do t

otal

de

los

mism

os q

ue a

lcan

zan

los

3.64

1,02

m€.

No

se h

a ob

teni

do re

spue

sta

de

trec

e p

rove

edor

es s

elec

cion

ados

, los

cua

les

con

un

sald

o ac

umul

ado

de 2

87,6

1 m

€, re

pres

enta

n el

7,9

0% d

el to

tal

del s

aldo

de

prov

eedo

res.

Al c

ompr

obar

que

el r

esto

de

prov

eedo

res

que

han

cont

esta

do a

la c

ircul

ariza

ción

coi

ncid

en s

us s

aldo

s co

n lo

s in

clui

dos

por

SADE

CO, n

o se

con

sider

a lim

itaci

ón a

l alc

ance

la n

o co

ntes

taci

ón.(§

69)

NA

N

A

N

A

Al a

naliz

ar la

evo

luci

ón d

el ra

tio d

e so

lven

cia

incl

uido

en

los

dist

into

s in

form

es d

e ge

stió

n de

los

ejer

cici

os a

nter

iore

s, s

e ob

serv

a qu

e SA

DECO

pre

sent

a un

des

equi

-lib

rio fi

nanc

iero

a c

orto

pla

zo d

esde

su c

onst

ituci

ón. E

sta

situa

ción

se re

pite

en

el e

jerc

icio

201

0. (§

68,

§ 8

4)

X

X

X

La c

uent

a de

pér

dida

s y

gana

ncia

s pr

esen

ta p

ara

el e

jerc

icio

201

0 un

as p

érdi

das

de 1

.675

,02

m€,

hec

ho q

ue h

a pr

ovoc

ado

un d

eter

ioro

de

la c

apac

idad

fina

ncie

ra d

e la

em

pres

a ya

que

repi

te lo

s re

sulta

dos

nega

tivos

obt

enid

os e

n 20

09, a

ño q

ue s

e al

canz

aron

una

s pé

rdid

as d

e 1.

554,

87 m

€. E

n el

eje

rcic

io 2

010

se h

a pr

oduc

ido

por

tant

o un

incr

emen

to d

el d

éfic

it co

n re

spec

to a

l eje

rcic

io a

nter

ior d

e un

7,7

4 %

. (§

71, §

85)

X

X

X

Se o

bser

va q

ue la

s tr

ansf

eren

cias

mun

icip

ales

sup

onen

un

44,6

9 %

del

impo

rte

neto

de

la c

ifra

de n

egoc

ios

de la

s ac

tivid

ades

ord

inar

ias,

por

cent

aje

que

ha d

ismi-

nuid

o en

más

de

3 pu

ntos

con

resp

ecto

al e

jerc

icio

ant

erio

r.(...

).Se

le h

a cu

estio

nado

a la

em

pres

a la

con

veni

enci

a o

no d

e qu

e es

tas

tran

sfer

enci

as fo

rmen

par

te d

e la

cifr

a de

neg

ocio

s de

la e

ntid

ad, a

rgum

enta

ndo

SADE

CO q

ue in

form

a pe

riódi

cam

ente

sob

re s

us e

stad

os fi

nanc

iero

s al

Min

ister

io d

e ad

min

istra

cion

es P

úblic

as y

qu

e és

te n

o ha

pla

ntea

do q

ue la

con

tabi

lizac

ión

de e

ste

tipo

de t

rans

fere

ncia

s se

deb

a in

clui

r co

mo

subv

enci

ones

y n

o co

mo

pres

taci

ón d

e se

rvic

io. L

a em

pres

a co

nsid

era

que

cont

abili

zar l

as tr

ansf

eren

cias

mun

icip

ales

com

o su

bven

cion

es n

o cr

earía

nin

gún

prob

lem

a a

SADE

CO, s

i bie

n en

tiend

e qu

e no

dar

ía la

imag

en re

al d

el

pote

ncia

l de

la S

ocie

dad

y de

su p

rese

ncia

en

el m

erca

do. (

§ 76

)

X

X

X

En e

l pro

cedi

mie

nto

de c

onta

biliz

ació

n de

las

“Tas

as p

or la

ges

tión

de re

siduo

s” s

e ha

n de

tect

ado

las

sigui

ente

s in

cide

ncia

s. E

n m

ayo

del e

jerc

icio

199

5, e

l Ayu

nta-

mie

nto

de C

órdo

ba d

ecid

e qu

e SA

DECO

ges

tione

el c

obro

en

perio

do v

olun

tario

de

la T

asa

de H

igie

ne P

úblic

a, la

cua

l seg

ún la

Res

oluc

ión

Mun

icip

al y

Ord

enan

za

Fisc

al n

º 10

5 se

cob

rará

con

junt

amen

te c

on e

l rec

ibo

del a

gua

pota

ble

que

emite

y g

estio

na la

Em

pres

a M

unic

ipal

de

Agua

s de

Cór

doba

S.A

. (EM

ACSA

). La

fact

ura-

ción

tant

o de

la m

enci

onad

a ta

sa c

omo

del a

gua

pota

ble

se re

aliza

bim

estr

alm

ente

por

par

te d

e EM

ACSA

, la

cual

fact

ura

a SA

DEC

O la

ges

tión

reca

udat

oria

a tr

avés

de

l den

omin

ado

“pre

mio

de

cobr

anza

”.

Al f

inal

del

año

SAD

ECO

man

tiene

en

su c

onta

bilid

ad d

erec

hos

pend

ient

es d

e co

bro

por

esta

tas

a y

cuan

tific

a un

a pr

ovis

ión

por

los

impa

gado

s pr

evist

os d

e es

e ej

erci

cio.

El p

erio

do d

e co

bro

volu

ntar

io s

e m

antie

ne h

asta

el m

es d

e se

ptie

mbr

e de

l eje

rcic

io s

igui

ente

al d

e fa

ctur

ació

n. E

s en

esa

fech

a cu

ando

EM

ACSA

com

unic

a a

la s

ocie

dad

los

reci

bos

no c

obra

dos,

opt

ando

SAD

ECO

en

ese

mom

ento

por

con

sider

arlo

s co

mo

impa

gado

s. S

ADEC

O s

e lo

s en

vía

al A

yunt

amie

nto

para

que

ést

e em

ita u

n nu

evo

reci

bo a

l con

trib

uyen

te, p

or lo

que

en

este

inst

ante

la d

euda

que

el c

iuda

dano

man

tení

a co

n SA

DECO

es

cons

ider

ada

com

o de

rech

o pe

ndie

nte

de

cobr

o de

l Ayu

ntam

ient

o. P

oste

riorm

ente

y c

on in

depe

nden

cia

del p

erio

do d

e co

bro,

el A

yunt

amie

nto

rein

tegr

a a

SADE

CO lo

reca

udad

o po

r Tas

a de

Hig

iene

Púb

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BOJA

ANEXO 3 VARIACIONES RETRIBUTIVAS 2011-2015 A continuación se explica de forma resumida lo acaecido en el periodo 2011-2015 en relación con los incrementos retributivos. - El convenio colectivo 2010-2011, aprobado el 28 de enero de 2011, contemplaba una subida salarial para el 2011 del 1%, si bien la Ley General de Presupuestos del Estado para dicho ejercicio (art. 22.2) establecía que las retribuciones del personal al servicio del sector público no podían experimentar ningún incremento respecto a las vigentes en el ejercicio anterior. En este sentido, el 15 de diciembre de 2010, la Intervención del Ayuntamiento de Córdoba emitió un informe so-bre el preacuerdo de convenio en el que señala “Respecto a 2011, se prevé también una subida del 1%, señalando el art. 22.8 de la ley 26/2009 que los acuerdos, convenios o pactos que impli-quen crecimiento retributivos superiores a los establecidos en el presente artículo o en las nor-mas que los desarrollan, deberán experimentar la oportuna adecuación, deviniendo inaplicables en caso las clausulas que se opongan al mismo”. Este aumento suponía acrecentar el déficit de la empresa y los problemas de tesorería. SADECO solicitó un informe a un bufete de abogados para que analizara la legalidad del acuerdo plasmado en el convenio colectivo 2010-2011, resultando del mismo lo siguiente “...al considerar-se SADECO una entidad de mercado y siempre que no perciba del Excmo. Ayuntamiento de Córdoba cantidades para hacer frente a posibles déficits de explotación, debemos entender que no cabe aplicar los límites contenidos en la citada Ley. Partiendo de lo anterior los incrementos salariales contenidos en la propuesta de acuerdo serían plenamente admisibles”. - El 20 de junio de 2012 el Consejo de Administración aprueba un nuevo convenio colectivo para el periodo 2012-2015. En el mismo figura en el artículo 5 una reducción salarial del 1% para el ejercicio 2012, siguiendo lo estipulado en el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materias presupuestaria tributaria y financiera y en la Ley General de Presu-puestos para 2012. En el ejercicio 2013 se mantiene la misma tabla salarial que en 2012. - En el ejercicio 2014 se fija un incremento del 2% y en 2015 un 3% mínimo. A tal efecto, el art. 20.2 de sendas Leyes Generales de Presupuestos establece que las retribuciones no pueden expe-rimentar ningún incremento respecto a las vigentes a 31 de diciembre del año anterior. La Inter-vención General en el informe sobre preacuerdo del convenio colectivo 2012-2015 emitido el 13 de junio de 2012 advierte que los incrementos retributivos incumplirían la línea de contención de gasto promulgada por la normativa, así como en las leyes de presupuestos. Sin embargo, en un informe del asesor jurídico de la empresa, de fecha 31 de mayo de 2012, se concluye que la propuesta de convenio colectivo 2012-2015 cumple con los requisitos estableci-dos en el Título III del Estatuto de los Trabajadores y la normativa de desarrollo en materia laboral aplicable a las sociedades municipales. Asimismo, un informe emitido por el departamento de recursos humanos de la empresa avala las variaciones retributivas en lo que se refiere al comple-mento de transporte, complemento de desplazamiento, quebranto de moneda y complemento de desgaste de ropa, por considerar que estos complementos se encuadran dentro del concepto de suplidos, que no se incluyen dentro de la masa salarial.

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BOJA

- A modo de resumen, en el cuadro siguiente (cuadro nº 2 cuerpo del informe) se ofrece informa-ción sobre las variaciones retributivas acaecidas en el periodo 2011-2015.

VARIACIONES RETRIBUTIVAS 2011-2015 €

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Fuente: SADECO. Elaboración propia. Nota: (*) Los incrementos salariales de los ejercicios 2014 y 2015 afectan a determinados pluses (transporte, desplazamiento, complemento de ropa y quebranto de moneda), considerando la empresa que dichos com-plementos no se incluyen dentro de la masa salarial. (**) En el ejercicio 2012 en la revisión del convenio, en consonancia con lo establecido en el art.2 del RD 20/2011, se previó la suspensión de las aportaciones al plan de pensiones de cada trabajador, que venían sien-do hasta ese momento de 345.000 € anuales.

- En el cuadro siguiente se recogen datos relativos al gasto de personal en el periodo 2011-2015, según consta en el informe de gestión de 2015.

GASTOS DE PERSONAL 2011-2015 M€

2011 2012 2013 2014 2015 Retribuciones 23,57 21,04 21,76 21,59 22,03 Seguridad Social 7,44 7,29 7,35 7,50 8,07 Otros Gastos 0,59 0,61 0,62 0,64 0,27 Totales 31,60 28,94 29,73 29,73 30,37 Personal/Gastos Totales 67,96% 65,61% 66,56% 64,30% 66,25% Fuente: Informe de gestión SADECO 2015. - De forma particular, cabe reseñar lo ocurrido con el complemento de antigüedad; en el ejercicio 2012, SADECO adoptó la decisión de no aplicar el art. 57 del convenio colectivo en el que se recogía un reconocimiento de aumentos retributivos periódicos por años de servicio, al considerar que este complemento de antigüedad estaba afectado por la restricción establecida en el Real Decreto-Ley 20/2011. Esta medida fue objeto de demanda por la parte social, que fue desestimada por el Tribu-nal Superior de Justicia de Andalucía mediante Sentencia nº 2876/13, de 31 de octubre de 2013. - En el ejercicio 2015, el Consejo de Administración aprobó un nuevo modelo de antigüedad que implicaba la modificación del art. 57 del convenio. Esta reforma pretendía desbloquear el cobro de los complementos de antigüedad, suponiendo un incremento de la masa salarial por empleado del 4,35% y teniendo otras implicaciones financieras tales como el empeoramiento del fondo de maniobra y de la liquidez. La Intervención General del Ayuntamiento de Córdoba, en su informe de 28 de abril de 2015 respecto a la modificación del art. 57 del convenio y al incremento retribu-tivo que conllevaba, señala que dicho aumento está condicionado por lo establecido en la Ley 27/2013, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local y en la Ley de Presupues-tos Generales del Estado para 2015. La empresa fundamenta esta modificación en dos informes favorables, uno elaborado por la ase-soría jurídica de la empresa, y otro por el Oficial Mayor del Ayuntamiento, así como en la respues-ta de la Subdirección General de Planificación de Recursos Humanos y Retribuciones del Ministe-rio de Hacienda y Administraciones Públicas a una consulta realizada por SADECO sobre el abono de este complemento.

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ANEXO 6 CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS 2015

Ejercicio Ejercicio

2015 2014 OPERACIONES CONTINUADAS Importe neto de la cifra de negocios 45.062.501 44.394.791 Ventas 622.187 438.898 Prestación de servicios 44.440.314 43.955.893 Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación (10.262) 11.538 Aprovisionamientos (7.043.322) (7.992.017) Consumo de materias primas y otras materias consumibles (4.551.161) (5.140.695) Trabajos realizados por otras empresas (2.493.160) (2.859.290) Deterioro de mercaderías, materias primas y otros aprovisionamientos 999 7.968 Otros ingresos de explotación 180.052 224.646 Ingresos accesorios y otros de gestión corriente 89.966 47.971 Subvenciones de explotación incorporadas al resultado del ejercicio 90.086 176.675 Gastos de personal (30.370.485) (29.732.682) Sueldos, salarios y asimilados (22.027.568) (21.588.969) Cargas sociales (8.342.917) (8.143.713) Otros gastos de explotación (5.066.988) (4.685.907) Servicios exteriores (3.433.642) (3.115.237) Tributos (795.028) (938.608) Pérdidas, deterioro y variación de provisiones por operaciones comerciales (838.318) (632.062) Amortización del inmovilizado (3.073.571) (3.488.015) Imputación de subvenciones de inmovilizado no financiero y otras 1.161.188 1.629.043 Deterioro y resultado por enajenaciones del inmovilizado (54.221) 33.050 Resultados por enajenaciones y otros (54.221) 33.050 Otros resultados - 239.661 RESULTADO DE EXPLOTACIÓN 784.892 634.108 Ingresos financieros 4.341 2.363 De valores negociables y otros instrumentos financieros - En terceros 4.341 2.363 Gastos financieros (222.388) (336.501) Por deudas con empresas grupo y asociadas (222.388) (336.501) Por deudas con terceros RESULTADO FINANCIERO (218.047) (334.138) RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS 566.845 299.970 Impuestos sobre beneficios (4.256) RESULTADO DEL EJERCICIO PROCEDENTE DE OPERACIONES CONTINUADAS 566.845 295.714 RESULTADO DEL EJERCICIO 566.845 295.714

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BOJA

ANEXO 7 ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO 2015

A) ESTADO DE INGRESOS Y GASTOS RECONOCIDOS

€ Ejercicio Ejercicio

2015 2014

RESULTADO DE LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS (I) 566.845 295.714

Ingresos y gastos imputados directamente al patrimonio neto - Subvenciones, donaciones y legados recibidos 300.000 396.010 - Efecto impositivo - - TOTAL INGRESOS Y GASTOS IMPUTADOS DIRECTAMENTE EN EL PATRIMONIO NETO (II) 300.000 396.010

Transferencias a la cuenta de pérdidas y ganancias - Subvenciones, donaciones y legados recibidos (1.161.188) (1.629.043) - Efecto impositivo TOTAL TRANSFERENCIAS A LA CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS (III) (1.161.188) (1.629.043)

TOTAL INGRESOS Y GASTOS RECONOCIDOS (I+II+III) (294.343) (937.319) Fuente: Cuentas Anuales SADECO. B) ESTADO TOTAL DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO

€ Resultados Subvenciones de ejercicios Resultado donaciones Capital Reservas anteriores del ejercicio y legados TOTAL

SALDO AL INICIO DEL EJERCICIO 2014 5.752.267 134.194 (2.983.156) 193.584 14.693.053 17.789.942 Total ingresos y gastos reconocidos - - - 295.714 (1.233.033) (937.319) Operaciones con socios o propietarios - Otras operaciones con socios o propietarios - - 193.584 (193.584) - - Otras variaciones del patrimonio neto - - - - - - SALDO FINAL DEL EJERCICIO 2014 5.752.267 134.194 (2.789.572) 295.714 13.460.020 16.852.623 Total ingresos y gastos reconocidos - - - 566.845 (861.188) (294.343) Operaciones con socios o propietarios - - Otras operaciones con socios o propietarios - - 295.714 (295.714) - - Otras variaciones del patrimonio neto - - - - - - SALDO FINAL DEL EJERCICIO 2015 5.752.267 134.194 (2.493.858) 566.845 12.598.832 16.558.280 Fuente: Cuentas Anuales SADECO. 00

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ANEXO 8 ESTADO DE FLUJOS DE EFECTIVO EJERCICIO 2015

€ Ejercicio Ejercicio

2015 2014

FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE EXPLOTACIÓN (I) (738.877) 824.921 Resultado del ejercicio antes de impuestos 566.845 299.970 Ajustes al resultado: 1.440.658 3.207.482 - Amortización del inmovilizado 3.073.571 3.488.015 - Variación de provisiones (1.582.311) 415.360 - Correcciones valorativas por deterioro 838.318 632.062 - Imputación de subvenciones (1.161.188) (1.629.043) - Resultados por bajas y enajenaciones de inmovilizado 54.221 (33.050) - Ingresos financieros (4.341) (2.363) - Gastos financieros 222.388 336.501 Cambios en el capital corriente (2.528.333) (2.344.137) - Existencias 38.978 42.035 - Deudores y otras cuentas a cobrar (808.911) (1.317.517) - Otros activos corrientes (100.835) 182.258 - Acreedores y otras cuentas a pagar (1.657.565) (1.250.913) - Otros activos y pasivos no corrientes Otros flujos de efectivo de las actividades de explotación (218.047) (338.394) - Pagos de intereses (222.388) (336.501) - Cobros de intereses 4.341 2.363 - Cobros (pagos) por impuesto sobre sociedades - (4.256) FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE INVERSIÓN (II) (1.351.429) (590.509) Pagos por inversiones (1.356.388) (629.410) - Inmovilizado intangible (31.243) (44.029) - Inmovilizado material (1.320.670) (585.381) - Inversiones financieras (4.475) Cobros por desinversiones 4.959 38.901 - Inmovilizado material 4.959 36.556 - Inversiones financieras 2.345 FLUJOS DE EFECTIVO DE LAS ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN (III) 2.013.069 (206.106) Cobros y pagos por instrumentos de patrimonio - 396.010 - Subvenciones, donaciones y legados recibidos - 396.010 Cobros y pagos por instrumentos de pasivo financiero 2.013.069 (602.116) - Emisión de deudas con entidades de crédito 2.437.941 - - Devolución y amortización de deudas con entidades de crédito (424.872) (413.641) - Devolución y amortización de otras deudas - (188.475) EFECTO DE LAS VARIACIONES DE LOS TIPOS DE CAMBIO (IV) - - AUMENTO/DISMINUCIÓN NETA DEL EFECTIVO O EQUIVALENTES (I+II+III+IV) (77.237) 28.306

Efectivo o equivalentes al comienzo del ejercicio 184.136 155.830 Efectivo o equivalentes al final del ejercicio 106.899 184.136 Fuente: Cuentas Anuales SADECO.

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ANEXO 9

MUESTRA DE CONTRATOS MENORES €

Descripción del contrato Tipo de contrato

N.I.F. Adjudicatario

Adjudicatario (Nombre o Razón Social)

Fecha de aprobación del gasto

Importe (Iva excluido)

REPARACION Y PINTURA 196 PAPELERAS FERIA Servicios A25582966 MASANES SA 27/04/2015 5.457 REPARACION EQUIPO MULTILIF V-32 Servicios 30435663Q CARROCERIA GARCIA 13/05/2015 4.995 REPARACION MOTOR BARREDORA 533 Servicios A14095384 CORECO 13/05/2015 6.080 REPARACION DE CAJA DE CAMBIOS CAMION GRUA Nº 33 Servicios B41108861 TRANSMISEVILLA 14/08/2015 3.514 REPARACION MOTOR VEHICULO 441 RENAULT Servicios A14373534 COVISA 19/08/2015 8.311 REPARACION BALSA DE LIXIVIADOS ERA FERMENTACION Servicios B41788753 INVERNADEROS Y RIEGOS S.L 14/09/2015 3.266 REPARACION DE CAJA DE CAMBIOS PARA MERCEDES ECONIC Suministro B41108861 TRANSMISEVILLA 15/10/2015 8.218 REPARACION ROTURA BALSE LIXIVIADOS Servicios B41788753 INVERNADEROS Y RIEGOS S.L 18/11/2015 11.844 REPARACION MOTOR VEHICULO 444 Suministro A41233636 RECTIFICADOS SUTIL S.A 01/12/2015 7.028 REPARACION CAJA DE CAMBIO TY TOMA DE FUERZAS Suministro B41108861 TRANSMISEVILLA 23/12/2015 9.411 CAMPAÑA CONCIENCIACION RECICLAJE Servicios B91409904 ABC SEVILLA SL, 23/02/2015 16.900 CONCURSO ESCOLAR SADECO Servicios B91409904 ABC SEVILLA SL, 23/02/2015 16.900 REPARACION MOTOR BARREDORA Servicios B14466841 TALLERES JUAN CARLOS 01/04/2015 8.439 REPARACION MOTOR BARREDORA 590 Servicios B14466841 TALLERES JUAN CARLOS 13/04/2015 5.923 REPARACION AIRES ACONDICIONADOS VEHICULOS FLOTA Servicios B14466841 TALLERES JUAN CARLOS 03/07/2015 14.131 ADQUISICION MOTOR ALIGERADO IVECO Suministro B14466841 TALLERES JUAN CARLOS 31/07/2015 4.175

Fuente: SADECO.

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8. ALEGACIONES PRESENTADAS Y TRATAMIENTO DE LAS MISMAS EN LOS SUPUESTOS QUE NO HAYAN SIDO ADMITIDAS O SE ADMITAN PARCIALMENTE

ALEGACIÓN Nº 1, A LOS PUNTOS 25, 26, 27, 28, 29 y 33 (ALEGACIÓN NO ADMITIDA) GERENTE SADECO 18-07-2011/03-07-2015 Primera.- Las actividades referidas en el informe como "contratos de idéntico importe" no deben encuadrarse como contratos administrativos de servicios de los regulados en el TRLCSP sino que se trata de negocios jurídicos de patrocinio de SADECO a un programa de actividades organiza-das y ejecutadas por un tercero, en este caso un medio de comunicación de tirada nacional en su edición local, de contenido científico y divulgativo de buenas prácticas del reciclaje de residuos urbanos. La participación de SADECO con una ayuda económica como patrocinador se decide por el claro interés de la empresa municipal en apoyar y unir su imagen pública con estas acciones desarro-lladas en su totalidad (definición, creatividad, ejecución, etc.), por una importante empresa de comunicación de masas en beneficio de la colectividad en general y, en especial, de la conserva-ción medioambiental y de difusión de la normativa general de gestión de residuos. No hay por tanto, en este caso, contratación de un soporte publicitario, no hay un encargo publi-citario, ni de creación, elaboración, maquetación o difusión de una campaña por un anunciante, esto es, " un servicio profesional a cambio de una contraprestación económica " sino la partici-pación a título de patrocinador en dos actividades científicas y divulgativas diseñadas, prepara-das y ejecutadas por un tercero que ofrece la posibilidad de insertar publicidad del patrocinador a cambio de una ayuda económica que sufrague esas actividad concretas. Estamos ante dos actividades diferenciadas por patrocinado, aunque complementarias, desarro-lladas por un tercero que solicita a SADECO su patrocinio, y para lo que emite sendas facturas conforme a la legislación mercantil y tributaria. Como reza la información de dichas actividades recogida en la propia WEB de la empresa muni-cipal y muy clarificadora del negocio jurídico en cuestión, "La iniciativa conjunta llevada a cabo por la empresa municipal de Saneamientos y el diario ABC Córdoba ha llegado a su fin con la entrega de premios a los alumnos de la ESO ganadores del primer concurso "Córdoba Recicla" que ha tenido una duración de tres meses. Este proyecto impulsado por ABC, con el patrocinio de Sadeco, ha acercado el mundo del reciclaje y la importancia del mismo a los colegios e institutos cordobeses con el fin de divulgar las prácticas saludables de reciclado de residuos urbanos entre los alumnos de la Enseñanza Secundaria Obliga-toria. Durante cinco semanas se han publicado en el citado medio de comunicación cuadernillos sobre cada tipo de materia reciclable: cartón, vidrio, inertes, orgánica y otro tipo de materiales (volumi-nosos, electrodomésticos), con cien preguntas a las que han tenido que responder los alumnos participantes".

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Córdoba Recicla, concurso para estudiantes patrocinado por Sadeco Friday, 13 March 2015 14:13

Córdoba Recicla es un concurso promovido por el medio de comunicación cordobés ABC y patroci-nado por esta empresa municipal de Saneamientos, que va dirigido al alumnado de la Educación Secundaria Obligatoria de la ciudad de Córdoba. Para inscribirse y consultar las bases se ha puesto a disposición de todos los jóvenes la dirección www.cordobarecicla.es . En esta web el que quiera concursar deberá contestar las veinte pregun-tas semanales que se irán publicando en ella, mientras que la información para hacer bien los cuestionarios se encontrarán en los cuadernillos temáticos que se editarán cada viernes con el periódico. Entre los premios destacan tres iPads mini que se regalan. Este concurso forma parte de una campaña de concienciación sobre el reciclaje que se pone en marcha en ABC dirigido al alumnado adolescente de sesenta colegios. El próximo viernes día 20 de marzo, se publicará el primer cuadernillo temático que estará protagonizado por el reciclaje del vidrio. Le seguirán el reciclado de papel, plásticos, tratamiento de basura orgánica y, por últi-mo, educación y otras formas de reciclaje. Segunda.- Para diferenciar entre contratos de publicidad y los contratos de patrocinio conviene recordar lo informado por la Intervención General de la Comunidad de Madrid en informe de 21 de abril de 2009 según el cual: "La distinción entre los contratos de publicidad y los contratos de patrocinio se obtiene mediante el análisis de su objeto. Según el artículo 15 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, el contrato de publicidad es aquél por el que un anunciante encarga a una agencia de publicidad, mediante una contraprestación, la ejecución de publicidad y la creación, preparación o programación de la misma. A su vez, de acuerdo con el artículo 10 de la LCSP son contratos de servicios aquéllos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una acti-vidad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o un suministro, clasificán-dose los contratos de servicios en las categorías enumeradas en el Anexo II de la LCSP. Y resulta que la categoría 13 del Anexo II de la LCSP se refiere a los servicios de publicidad. Es, por tanto, el contrato de publicidad, un contrato administrativo de servicios que se caracteriza por la profesio-nalidad del contratista, de la persona que presta el servicio de publicidad para la Administración.

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Por su parte, el contrato de patrocinio se define como un contrato privado tanto en términos po-sitivos como negativos. Se trata de un contrato privado por razón de su objeto que queda definido por el artículo 24 de la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, como "El contra-to de patrocinio publicitario es aquél por el que el patrocinado, a cambio de una ayuda económi-ca para la realización de su actividad deportiva, benéfica, cultural, científica o de otra índole, se compromete a colaborar en la publicidad del patrocinador." Asimismo, se trata de un contrato privado ya que no es uno de los contratos administrativos típicos recogidos en el artículo 5 y si-guientes de la LCSP (en particular su objeto no encaja en ninguno de los supuestos contemplados en el Anexo II —servicios, de la LCSP), ni tampoco se presenta como un contrato administrativo especial ya que no está vinculado al giro o tráfico específico de la Administración ni satisface de forma directa e inmediata una finalidad pública de la específica competencia de ésta. Como pue-de observarse, la nota característica y que diferencia el contrato de patrocinio del de publicidad es la ausencia de profesionalidad de la otra parte contratante: mediante el contrato de patrocinio la Administración recibe determinada publicidad, pero no porque la contrate directamente con un profesional de este sector, sino porque presta una ayuda económica a una actividad con una es-pecífica repercusión mediática, obteniendo de esa forma publicidad". Y continúa el informe indicando que "...tanto en el supuesto de contrato de publicidad como en el de contrato de patrocinio nos encontramos ante un negocio jurídico contractual, al que será de aplicación la legislación sobre contratación pública. En el caso de un contrato de publicidad se trata de un contrato administrativo que se regirá en cuanto a su preparación, adjudicación, efec-tos y extinción, por la LCSP y sus disposiciones de desarrollo; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado; por su parte, el contrato de patrocinio es un contrato privado que se regirá en cuanto a su prepara-ción y adjudicación, en defecto de normas específicas, por la LCSP y sus disposiciones de desarro-llo, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo o, en su caso, las normas de derecho privado, según corresponda por razón del sujeto o entidad contratante. En cuanto a sus efectos y extinción, el contrato de patrocinio se regirá por el derecho privado. En relación con el contrato de patrocinio, hay que indicar que su calificación como contrato privado no excluye la posibilidad de aplicar la figura del contrato menor, ya que entiende este Centro Directivo que las normas que contiene la LCSP sobre preparación y adjudicación de contratos menores tienen perfecto encaje en el supuesto de los contratos privados en general, y del contra-to de patrocinio en particular. En el mismo sentido, la Junta Consultiva de Contratación Adminis-trativa del Estado se ha manifestado favorablemente, en diversas ocasiones, sobre la posibilidad de utilizar la categoría de contrato menor en los contratos privados (Informe 4/98 de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de la Administración del Estado, de 2 de marzo de 1998. "Utilización de la categoría de contratos menores en los contratos privados para actuacio-nes musicales y teatrales".) Mas recientemente en la 9/03 de 30 octubre de 2003. Tercera.- Respecto al procedimiento de adjudicación, la Junta Consultiva de contratación Admi-nistrativa de la Comunidad de Aragón, en su informe de 13/2012 de 11 de julio afirma que " para la adjudicación de los contratos de patrocinio resulta aplicable el procedimiento negociado sin publicidad, en virtud del art. 170.d) del Texto refundido de la Ley de contratos del Sector Público aprobado por RDL de 3/2011 de 14 de noviembre que ampara aquellos supuestos en que por razones técnicas o artísticas o por motivos relacionados con la protección de derechos de exclusi-va el contrato sólo puede encomendarse a un empresario determinado... normalmente se tratará de un contrato por razón de la persona o "intuito personae" en el que la concurrencia pública, en muchos casos resulta incompatible con la naturaleza y objeto del contrato.

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Cuarta.- No entra quien suscribe en otras consideraciones reflejadas por del auditor sobre ausen-cia de documentación o incumplimiento de obligaciones formales sobre estos expedientes por estar desvinculado de la referida empresa desde julio de 2015 y desconocer las condiciones de realización de la propia auditoria y de colaboración con la misma del actual equipo gerencial. TRATAMIENTO DE LA ALEGACIÓN El argumento que emplea la alegación para justificar que no ha habido fraccionamiento es que la calificación del negocio jurídico es un patrocinio. En el informe no se concluye sobre la tipología de los contratos sino sobre el procedimiento empleado para su adjudicación. En cualquier caso, con independencia de la catalogación, la conclusión sería la misma. En los expedientes facilitados por la empresa únicamente constan dos facturas por idéntico im-porte correspondientes a dos expedientes de un mismo adjudicatario y en la misma fecha, que además son partes de un mismo objeto, concluyéndose que ha habido fraccionamiento del con-trato ya que en caso de que se hubiera tramitado uno único, el procedimiento seguido hubiera sido otro. Además, llama la atención que la conformación de estos expedientes ha sido diferente al del resto de contratos menores; así, generalmente, consta una solicitud, un informe del jefe del departamento económico, el presupuesto y la factura; y sin embargo, en los expedientes en cues-tión, solamente constan las facturas. De la documentación que obra en los expedientes (únicamente las facturas) no hubiera sido posi-ble concluir sobre la naturaleza del contrato, ya que no hay ningún documento en el que se des-criban las prestaciones que son objeto del contrato y las obligaciones de las partes. De cualquier modo, la Ley 34/1988, de 11 de septiembre, General de Publicidad delimita la tipología de contra-tos, pero los procedimientos de contratación se regulan en el TRLCSP. Tal como señala la propia alegación, los contratos de patrocinio son contratos privados sometidos al TRLCSP en cuanto a su preparación y adjudicación, y por tanto se ajustarán, entre otros, a los principios de publicidad y concurrencia. De forma particular, el artículo 86.2 del TRLCSP establece que no podrá fraccionarse un contrato con la finalidad de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publici-dad o los relativos al procedimiento de adjudicación que correspondan. En este sentido, el Informe de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado 41/2000, de 30 de diciembre de 2000, señala que el objetivo de esta norma que prohíbe el frac-cionamiento del objeto de los contratos es evitar que se eludan los requisitos de publicidad y el procedimiento de adjudicación; la Resolución del Tribunal Administrativo de Contratación de la Comunidad de Madrid nº 104/2015, de 1 de julio de 2015, precisa que el principio general de la contratación pública es la unidad y no el fraccionamiento del objeto del contrato que ha de con-jugarse con el principio de concurrencia. También en el informe del Tribunal de Cuentas aprobado el 31 de enero de 2013, relativo a la fiscalización de los contratos de publicidad y comunicación institucional suscritos por departamentos ministeriales del área de la administración económica del estado y organismos autónomos de ellos, respecto a la existencia de contratos menores con-cluye que éstos derivan en ocasiones del fraccionamiento de su objeto con el fin de disminuir la cuantía del mismo y eludir así los requisitos de publicidad, el procedimiento o la forma de adjudi-cación que corresponda.

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Por otra parte, no se comparte que se trate de dos actividades diferenciadas tal como señala la alegación ya que la prestación se refiere a una única campaña denominada “Córdoba recicla” de la que forman parte varias actividades interrelacionadas. Así se desprende de la web y de la do-cumentación publicada; a título de ejemplo, para participar en el concurso hay que responder a una serie de preguntas relacionadas con los suplementos que se publican. Así pues, las diversas partes de la prestación que se contratan por separado no son susceptibles de aprovechamiento o utilización por separado por constituir una unidad funcional u operativa entre ellas. Por lo que se refiere a la cita que recoge la alegación del informe de la Intervención de Madrid de 21 de abril de 2009, no contradice el contenido del informe. No se cuestiona en el informe la utili-zación del contrato menor sino el empleo de dicha tipología para obviar la aplicación de los prin-cipios de publicidad y concurrencia previstos en el TRLCSP y en las normas internas de contrata-ción de la entidad.

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