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45 Boletín Interprocuradurías

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45Boletín

Interprocuradurías

Boletín Interprocuradurías 452

Nueva Época

Publicación informativa número 45de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

Enero - Junio 2016

Boletín Interprocuradurías 45

Nueva Época

Publicación informativa número 45de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

Enero - Junio 2016

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BOLETÍN INTERPROCURADURÍAS, NUEVA ÉPOCA, publicación semestral, número 45, enero- junio 2016, Editor responsable: Maestra Diana Gabriela Arreola Mora, número del certificado de reserva al uso exclusivo de título: 04-2015-120113340700-203, número del certificado licitud de título y contenido: 15757, Publicado por la Procuraduría General de la República con domicilio ubicado en Avenida 1° de Mayo No. 10, Colonia Tacubaya, C.P. 11870, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México.

Distribuido por la Dirección General de Políticas Públicas, Vinculación y Coordinación Interinstitucional con domicilio en Avenida 1°de Mayo No.10, Colonia Tacubaya, C.P.11870, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México.

ISSN: En trámite.

Los contenidos de los artículos de la publicación periódica BOLETÍN INTERPROCURADURÍAS son responsabilidad única y exclusivamente de los autores y no representa ningún punto de vista de la Procuraduría General de la República, ni de la Dirección General de Políticas Públicas,Vinculación y Coordinación Interinstitucional con domicilio en Avenida 1° de Mayo No. 10, Colonia Tacubaya, C.P. 11870, Delegación Miguel Hidalgo, Ciudad de México.

Se prohíbe la reproducción total o parcial de esta publicación, por cualquier medio conocido o por conocerse, con fines de especulación comercial.

La presente publicación es de distribución gratuita.

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PROCURADORES GENERALES DE LA REPÚBLICA MEXICANA

Mtra. Arely Gómez GonzálezProcuradora General de la República

Gral. Bgda. J. M. Y Lic. Jesús Gabriel López BenítezFiscal General de Justicia Militar

Dr. Óscar Fidel González MendivilFiscal General del Estado de Aguascalientes

Lcda. Perla Del Socorro Ibarra LeyvaProcuradora General de Justicia del Estado de Baja California

Mtro. Erasmo Palemón Alamilla VilledaProcurador General de Justicia del Estado de Baja California Sur

Dr. Juan Manuel Herrera CamposFiscal General del Estado de Campeche

Dr. Homero Ramos GloriaProcurador General de Justicia del Estado de Coahuila

Mtro. Felipe De Jesús Muñoz VázquezProcurador General de Justicia del Estado de Colima

Mtro. Raciel López SalazarProcurador General de Justicia del Estado de Chiapas

Lic. Jorge Enrique González NicolásFiscal General del Estado de Chihuahua

Lic. Rodolfo Fernando Ríos GarzaProcurador General de Justicia del Distrito Federal

Mtra. Sonia Yadira De La Garza FragosoFiscal General del Estado de Durango

Lic. Carlos Zamarripa AguirreProcurador General de Justicia del Estado de Guanajuato

Lic. Xavier Ignacio Olea PeláezFiscal General del Estado de Guerrero

Lic. Alejandro Straffon OrtizProcurador General de Justicia del Estado de Hidalgo

Lic. Jesús Eduardo Almaguer RamírezFiscal General del Estado de Jalisco

(enero a junio de 2016)

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Lic. Alejandro Jaime Gómez SánchezFiscal General de Justicia del Estado de México

Lic. José Martín Godoy CastroProcurador General de Justicia del Estado de Michoacán

Mtro. Javier Pérez DurónFiscal General del Estado de Morelos

Lic. Edgar Veytia Fiscal General del Estado de Nayarit

Lic. Roberto Carlos Flores TreviñoProcurador General de Justicia del Estado de Nuevo León

Mtro. Héctor Joaquín Carrillo RuízFiscal General del Estado de Oaxaca

Mtro. Víctor Antonio Carrancá BourgetFiscal General del Estado de Puebla

Mtro. Alejandro Echeverría CornejoFiscal General del Estado de Querétaro

Mtro. Carlos Arturo Álvarez EscaleraFiscal General del Estado de Quintana Roo

Mtro. Federico Arturo Garza HerreraProcurador General de Justicia del Estado de San Luis Potosí

Lic. Marco Antonio Higuera GómezProcurador General de Justicia del Estado de Sinaloa

Lic. Rodolfo Montes De Oca MenaProcurador General de Justicia del Estado de Sonora

Dr. Fernando Valenzuela PernasFiscal General del Estado de Tabasco

Mtro. Ismael Quintanilla AcostaProcurador General de Justicia del Estado de Tamaulipas

Lcda. Alicia Fragoso SánchezProcuradora General de Justicia del Estado de Tlaxcala

Lic. Luis Ángel Bravo ContrerasFiscal General del Estado de Veracruz

Mtro. Ariel Francisco Aldecua KukFiscal General del Estado de Yucatán

Dra. Leticia Catalina Soto AcostaProcuradora General de Justicia del Estado de Zacatecas

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Boletín Interprocuradurías 45Boletín Interprocuradurías 458

El Boletín Interprocuradurías es una publicación que se distribuye de forma semestral, y contiene la información de los trabajos que realiza la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia. Se encuentra a cargo de la Dirección General de Políticas Públicas, Vinculación y Coordinación Interinstitucional de la Procuraduría General de la República, conforme a lo dispuesto en los estatutos de la propia Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 23 de octubre de 2009.

La Conferencia Nacional opera mediante su estructura conformada por zonas geográficas y comités técnicos, lo cual concede mayor solidez a los acuerdos adoptados al interior de dicho órgano colegiado.

En esta ocasión se publica el Boletín número 45, correspondiente al periodo enero– junio de 2016.

La instauración de los trabajos estuvo a cargo del maestro Iñigo Fernández Baptista, Director General de Políticas Públicas, Vinculación y Coordinación Interinstitucional; quien preside y organiza el Secretariado Técnico de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

La integración de los textos y el cuidado de la edición estuvo a cargo de la maestra Diana Gabriela Arreola Mora, Directora de Coordinación Interprocuradurías, y la licenciada Dulce Rocío Zamudio Gutiérrez, Jefa de Departamento del Análisis a Compromisos; en tanto que la corrección de estilo estuvo a cargo del licenciado Antonio Emmanuel González Díaz y el diseño editorial estuvo a cargo de Karla Betzabé García Jáuregui, ambos de la Dirección General de Comunicación Social de la Procuraduría General de la República.

Boletín Interprocuradurías 45 9Boletín Interprocuradurías 45

1er. Ciclo de Conferencias de Zona 2016 de la Conferencia de Procuración de Justicia Zona Occidente, Zona Centro, Zonas Noreste-Noroeste y Zona Sureste.

1ª Sesión Ordinaria 2016 del Comité Técnico para el Sistema Penal Acusatorio. 28ª Reunión Nacional del Grupo de Servicios Periciales y Ciencias Forenses.

Grupo de Trabajo Sobre Registros Administrativos.

3ª Sesión Ordinaria del Comité Técnico para el Sistema Penal Acusatorio.

NUEVO INTEGRANTE DE LA CNPJ

Mtro. Felipe de Jesús Muñoz VázquezC. Procurador General de Justicia del Estado de Colima

CONTENIDO

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BANXICO Banco de México.

CNPJ Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

FASP Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública.

FEIFAM Fiscalía Especializada en Investigación de Falsificación y Alteración de Moneda.

FORTASEG Programa de Fortalecimiento para la Seguridad.

INEGI Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

MP Ministerio Público.

PEMEX Petróleos Mexicanos.

PGR Procuraduría General de la República.

PNPR Protocolo Nacional de Primer Respondiente.

SEMEFO Servicio Médico Forense.

UISPPA Unidad para la Implementación del Sistema Penal Acusatorio.

UNAM Universidad Nacional Autónoma de México.

GLOSARIO SIGLAS Y ABREVIATURAS

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Reuniones

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1er. Ciclo de Conferencias de Zona 2016 de la Conferencia de Procuración de Justicia Zona Occidente, Zona Centro, Zonas Noreste-Noroeste y Zona Sureste.

La Conferencia Nacional ha dispuesto la organización de las procuradurías y fiscalías generales por zonas geográficas, cuyo objetivo radica en avanzar en el tratamiento previo de los temas que serán materia de votación en el marco de la XXXV Asamblea Plenaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

Zona Centro, constituida por el Distrito Federal, Estado de México, Hidalgo, Morelos, Puebla y Tlaxcala.

Zonas Noreste - Noroeste, conformada por Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila,

Esquemas de Colaboración en Materia de NarcomenudeoSubprocuraduría Especializada en Investigación de Delitos Federales

La Asamblea Plenaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia acordó establecer un esquema de colaboración para que las fiscalías y procuradurías generales del país intercambien información mediante un formato establecido para ello. Dicha información deberá tratar sobre el inicio de las averiguaciones previas en materia de narcomenudeo con la finalidad de establecer una base de datos nacional sobre este delito.

Se toma conocimiento de la aprobación unánime en la Cámara de Diputados de la minuta que contiene el proyecto de Ley Nacional para la Ejecución de Penas, la cual incluiría distintos preceptos relacionados con

Durango, Nuevo León, San Luis Potosí, Sinaloa y Sonora, Tamaulipas y Zacatecas.

Zona Sureste, conformada por Campeche, Chiapas, Guerrero, Oaxaca, Quintana Roo, Tabasco, Veracruz y Yucatán.

Zona Occidente, integrada por Aguascalientes, Colima, Guanajuato, Jalisco, Michoacán, Nayarit y Querétaro.

Temas Conjuntosel tema de narcomenudeo. Al respecto, se acuerda recibir este proyecto de Ley, así como generar el intercambio constante de información relacionada con las minutas y proyectos abordados en el ámbito del Poder Legislativo de interés para las procuradurías y fiscalías integrantes de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

Unidades de Análisis de InformaciónAgencia de Investigación Criminal

Las y los procuradores y fiscales generales se comprometen a agilizar la formalización por medio de la publicación en el Diario Oficial de la Federación el decreto de creación o, en su caso, la adecuación de las unidades de análisis de información que le brinde las capacidades de comunicación, coordinación e interlocución con las demás áreas de la Institución, así como el sustento jurídico a la figura del analista.

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Programas con Prioridad NacionalSecretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública

Se obtiene la disposición del Secretariado Ejecutivo para colaborar con las entidades federativas en los procesos de concertación y asignación de recursos a través del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública (FASP), que se define como un fondo presupuestal previsto en la Ley de Coordinación Fiscal a través del cual se transfieren recursos a las entidades federativas para dar cumplimiento a estrategias nacionales en materia de seguridad pública.

El FASP 2016, atiende los cinco ejes estratégicos del Sistema Nacional de Seguridad Pública y se orienta a los diez programas con prioridad nacional. Los criterios de distribución consideran lo siguiente:

• Reconoce el esfuerzo a quien obtiene mejores resultados en las prioridades nacionales de seguridad pública.

• Promueve que se ejerzan los recursos del

FASP con oportunidad al ser éste un factor vinculante de asignación.

• Fortalece el criterio del Nuevo Sistema de

Justicia Penal.

Los cinco ejes estratégicos, constituyen las políticas públicas que orientarán la aplicación de los recursos del FASP y FORTASEG que se otorgan a las entidades federativas y municipios para el cumplimiento de los objetivos de seguridad pública:

1. Prevención social de la violencia y la delincuencia con participación ciudadana.

2. Desarrollo y operación policial.

3. Gestión de capacidades institucionales para el servicio de seguridad pública y la aplicación de la ley penal.

4. Administración de la información para la seguridad pública.

5. Especialización y coordinación para la seguridad pública y la persecución de los delitos.

Se convocó generar un mecanismo de evaluación de los recursos federales en materia de seguridad pública otorgados a entidades y municipios, el cual se conformará por:

• Indicadores estratégicos y de gestión respecto al destino de gasto.

• La eficiencia del gasto.

• Los resultados de su aplicación.

Las y los integrantes sugieren que con el apoyo del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública se busque la forma de mejorar la integración de las cifras estadísticas que concentre el Centro Nacional de Información.

De la misma manera, se valorará la posibilidad de conformar una comisión mixta conformada por enlaces de las procuradurías y fiscalías generales y personal de Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, en la que se estudien diversas propuestas para que el procedimiento de asignación, ministración o reprogramación de los recursos del Fondo de Aportaciones de Seguridad Pública, se realice de manera pronta y expedita.

Evaluación y Seguimiento en el Sistema de Justicia Penal AdversarialUnidad de Implementación del Sistema Procesal Penal Acusatorio

Se acuerda dar seguimiento a los mecanismos de evaluación de la reforma constitucional para la implementación del Sistema Penal Acusatorio, con la participación de expertos y académicos, con el propósito de generar actualizaciones legales y operativas.

Dichos mecanismos de evaluación serán a través de indicadores que permitirán cuantificar los beneficios de la reforma; monitorear el funcionamiento del Sistema de Justicia Penal una vez instaurado; medir el impacto de la reforma; e identificar áreas de oportunidad en la operación del sistema.

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Delitos en Materia de HidrocarburosSubprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo

La legislación para los delitos en materia de hidrocarburos sanciona al que sustraiga o aproveche hidrocarburos refinados o sus derivados de ductos, equipo o instalaciones; compre, enajene al que reciba, adquiera, comercialice, negocie, resguarde, transporte, almacene, distribuya, posea, suministre, oculte, altere o adultere ilegalmente hidrocarburos; facilite o preste ayuda para cometer el delito; a quien comercialice hidrocarburos que no tengan los mercadores que permiten identificar la legalidad y procedencia de un combustible; entre otros.

Para ello, se proyectó un plan estratégico de colaboración y cooperación en el que se determinan los siguientes puntos:

• Recolección de información.

• Formulación de diagnóstico.

• Capacitación técnica por PEMEX.

• Capacitación jurídica por PGR.

• Divulgación de la Ley Federal para Prevenir y Sancionar los Delitos Cometidos en Materia de Hidrocarburos.

• Planeación de acciones.

• Ejecución de acciones.

• Difusión de acciones y resultados.

• Evaluación de acciones y resultados.

Se integrará un grupo operativo especial para la investigación y persecución de delitos en materia de hidrocarburos, mismo que se organiza y funciona a través de un grupo de coordinación estatal pública, así como del grupo operativo especial para la prevención, investigación y persecución de delitos en materia de hidrocarburos por entidad federativa.

Falsificación de MonedaBanxico

El Estado mexicano tiene un banco central autónomo cuyo objetivo prioritario es procurar la estabilidad del poder adquisitivo de la moneda. Tiene por finalidad proveer a la economía nacional de moneda y con ello garantizar la seguridad de la circulación monetaria, es decir, que se tenga la seguridad y confianza por parte de los usuarios de que los billetes y monedas que circulan en México son auténticos.

Es obligación del banco central atender las solicitudes del público y de las autoridades para determinar si una moneda o billete es auténtico, falso o alterado. Con ello, la prevención y el combate a la falsificación de moneda tienen tres componentes fundamentales:

• Billetes seguros. Fáciles de autenticar y difíciles de imitar.

• Conocimiento y uso. El público conoce los elementos de seguridad y revisa la autenticidad de los billetes que recibe.

• Persecución del delito y aplicación de la ley.

Los dos primeros son responsabilidad del banco central, y el tercero es responsabilidad de las instancias competentes.

En 2001, el Banco de México (BANXICO) y la PGR suscribieron un convenio de colaboración para la prevención y combate al delito de falsificación de moneda. Uno de los resultados de dicho convenio fue la creación de la Fiscalía Especializada en Investigación de Falsificación y Alteración de Moneda (FEIFAM).

Bajo el nuevo sistema penal, algunos aspectos en los que se deberá tener particular atención son:

• Proceso en libertad. El delito de falsificación no está en el catálogo de delitos con prisión preventiva oficiosa a menos que se demuestre delincuencia organizada o exista una condena previa por el mismo delito.

• Piezas falsas relacionadas. Si se desconoce que las piezas que porte el acusado están relacionadas con falsificaciones ya identificadas, no se acredita el dolo y no se puede trascender al uso.

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• Detenciones previas. Si no se toman en cuenta, se puede dar el procedimiento abreviado.

• Condena condicional. Si no se toman en cuenta antecedentes, no se evita el proceso abreviado y se otorga condena condicional, se corre el riesgo de que los responsables continúen su actividad delincuencial o no se acredita el dolo y se otorga libertad.

Con el objetivo de que conozcan los elementos de seguridad incorporados en los billetes mexicanos y recomendaciones de cómo proceder ante la probable comisión del delito de falsificación, BANXICO ofrecerá talleres de capacitación a los agentes del ministerio público, peritos y policías ministeriales.

Reforma ConstitucionalProcuraduría General de Justicia del Estado de México

La delincuencia organizada es un problema que afecta diversas esferas de la sociedad como la salud pública, la economía, la paz pública, la gobernabilidad, convirtiéndose en una tarea de la más alta prioridad para la nación y las autoridades locales, por lo anterior su combate debe ser asumido por el Estado en su conjunto.

Sin embargo, las entidades federativas carecen de herramientas legales para combatirla y en cambio tienen que atender dicha problemática puesto que la federación se ha visto rebasada por dicho problema social.

Se busca ampliar las facultades en materia procesal penal para que se tengan las siguientes facultades:

• Se duplique el término de la retención.

• Decretar el arraigo.

• Aplicar todas las técnicas de investigación.

• La protección de testigos.

Se puso a consideración de las y los integrantes de la CNPJ la propuesta del esquema de ampliar la competencia

para combatir a la delincuencia organizada, a través de reformar al artículo 73, fracción XXI de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para facultar al Congreso para que emita una Ley Nacional o General en la que atribuya competencias entre federación y entidades federativas, para investigar y combatir la delincuencia organizada.

Delitos Cometidos por Violencia de GéneroProcuraduría General de Justicia del Estado de Baja California

La violencia se ha manifestado a lo largo de su historia, el poder y el control son variables presentes en este fenómeno y en las relaciones humanas de todos los tiempos, la violencia se ejerce contra los seres humanos en diversas condiciones, étnicas, raciales, sexuales, económicas, políticas y culturales y corresponde a determinados momentos y contextos.

La violencia de género se ha presentado de modo recurrente afectando la dignidad de las mujeres, limitando su desarrollo humano e impactando en sus derechos universales. Buscando erradicar este fenómeno, se celebró en 1981 la Convención sobre la eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la mujer (CEDAW) y en 1998 la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la violencia contra de la mujer, también denominada Convención de Belem Do Pará, siendo estos eventos los más representativos.

En el año 2007, México promulgó la Ley General de Acceso a las Mujeres a una vida libre de violencia. También se constituyó un Sistema Nacional de Prevención, Atención, Sanción y Erradicación de la Violencia contra las Mujeres. En el año 2008 entró en vigor la Ley de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para el estado de Baja California.

La comprensión de la violencia contra la mujer desde la perspectiva de género consolida la prevención y la eliminación de la violencia, así como los esfuerzos multisectoriales; exige a su vez que en todas las esferas se fortalezcan y aceleren las iniciativas encaminadas a prevenir y eliminar la violencia contra

Noreste - NoroesteEnsenada, Baja California1 de abril de 2016

CentroSan Salvador el Verde, Puebla19 de febrero de 2016

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Conferencia Nacional de Procuración de JusticiaSecretariado Técnico

Se presentó formalmente a los integrantes de la Asamblea Plenaria el portal de internet de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia. Con fundamento en el artículo 89, fracción VII, del reglamento de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, dentro de las obligaciones del secretariado técnico se encuentra la de difundir los logros que se realizan en el marco de la Conferencia Nacional en armonía con lo previsto en el artículo 68 y 69, Fracción I, IV y V, de los estatutos del propio órgano colegiado, en el que se establece mantener actualizado el portal de la conferencia como canal electrónico de intercambio y comunicación tecnológica de información; es por ello, que se rediseñó el sitio web con una imagen institucional, fresca, dinámica, ágil y de fácil acceso para las y los usuarios del portal en la zona pública.

Alerta de Género y Medidas de ProtecciónINMUJERES

Con el objetivo de prevenir y erradicar la violencia de género contra las mujeres, se ha creado una alerta de violencia de género, mecanismo que obliga a los estados a generar acciones inmediatas para enfrentar y erradicar la violencia contra las mujeres en un territorio determinado.

SuresteCiudad de México10 de junio de 2016

OccidenteMorelia, Michoacán22 de abril de 2016

la mujer, en particular en los sectores de acceso a la justicia, la salud, el desarrollo, la economía, la educación y el trabajo.

En este contexto, se llevó acabo la elaboración del protocolo de actuación1 para expedir órdenes de protección, emergentes y preventivas por las y los agentes del ministerio público, con el fin de proporcionar a las mujeres víctimas de un delito, seguridad, estabilidad y protección jurídica.

En referencia a la Ley de Acceso de las Mujeres a una vida libre de violencia para el estado de Baja California, menciona que una orden de protección son actos realizados por las autoridades competentes, de urgente aplicación en función del interés superior de la víctima, y son fundamentalmente precautorias y cautelares sobre hechos probablemente constitutivos de infracciones o delitos que impliquen violencia.

La mencionada Ley agrega la definición de perspectiva de género, que se entiende como una visión científica, analítica y política sobre las mujeres y los hombres. Se propone eliminar las causas de la opresión de género como la desigualdad, la injusticia y la jerarquización de las personas basado en el género. Promueve la igualdad entre los géneros a través de la equidad, el adelanto y el bienestar de las mujeres; contribuye a construir una sociedad donde las mujeres y los hombres tengan el mismo valor, la igualdad de derechos y oportunidades para acceder a los mismos recursos económicos y a la representación política y social en los ámbitos de toma de decisiones.

La entidad generó una guía de perspectiva de género que busca introducir a las y los servidores públicos en el tema a través de conceptos y recomendaciones generales que servirán de base para que tengan una referencia sobre el tema y puedan aplicarla en sus áreas de trabajo.

La perspectiva de género no solo se puede aplicar en cuestiones relacionadas con la procuración de justicia, sino en muchos ámbitos de la vida cotidiana, por ejemplo en escuelas, programas educativos, diseño de libros de texto educativo, atenciones médicas, etc.

Se invita a cada una de las entidades del país, realizar proyectos similares para ser transmitidos a la población y contar con personal capacitado para manejo de crisis de las víctimas de violencia.

1Documento elaborado por la Dirección de Atención a Víctimas y Testigos de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Baja California, en octubre del 2014.

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Ello, con la finalidad de garantizar la seguridad de las mujeres, cesar la violencia y eliminar las desigualdades producidas por una legislación que violente sus derechos humanos. La alerta se emite cuando los delitos del orden común perturben la paz social en un territorio determinado.

Se acuerda elaborar e implementar protocolos o manuales de procedimientos para delitos cometidos contra mujeres y niñas, en los que se establezcan rutas críticas de actuación, así como capacitar a las y los servidores públicos encargados de la aplicación de los protocolos o manuales de atención y evaluar periódicamente los procesos de atención para su mejoramiento.

Policía Única de InvestigaciónFiscalía General del Estado de Yucatán

La reforma constitucional del 18 de junio de 2008, que modificó el contenido de diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en materia de Seguridad Pública y Justicia Penal, marcó el inicio de una nueva era en la historia del Derecho mexicano, pues con ella se establecieron las bases para la implementación de un Nuevo Sistema de Justicia Penal en el país.

El importante papel que desempeña la Policía Única de Investigación del estado y su relación con el Ministerio Público como órganos corresponsables en la investigación penal, en el marco de la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal, establecen una coordinación distinta.

Hoy la investigación de los delitos corresponde a ambos órganos; claramente el trabajo de la Policía ya no es la de un simple auxiliar del Ministerio Público sino que de la nueva redacción se desprende una responsabilidad compartida: Hoy fiscales y policías tienen hoy la obligación de investigar de manera responsable, profesional y científica.

La relación fiscal-policía de investigación debe ser lo más cercana y funcional posible, cimentada en formas de comunicación eficaces que le permitan mantener contacto permanente, privilegiando el trabajo coordinado entre todos los que intervengan en la investigación generando un sentido de pertenencia y trabajo en equipo.

El establecimiento del mando único policial, con los ajustes necesarios a los diferentes cuerpos normativos, no pretende dividir a la institución encargada de la procuración de justicia sino fortalecerla a través de la carrera policial, para contar con un órgano investigador que pueda obtener lo que requiere para construir una teoría del caso sólida que permita optimizar los resultados en lo que a la administración de justicia penal se refiere.

En los últimos años, se ha invertido en el tema de seguridad fortaleciéndose la Secretaría de Seguridad con cámaras de vigilancia de la más alta tecnología, personal operativo con capacidad de procesar lugares de hechos adscritos a una Unidad Especializada en Escena del Crimen y vehículos con capacidad de transportar cualquier tipo de indicio, logrando con ello que la institución sea un organismo con la capacidad plena de poder hacerle frente a las funciones propias de policías de investigación.

Es imperativo revertir los índices de inseguridad e imprescindible que la sociedad recupere la confianza en sus instituciones; que sienta certeza de que, ante la comisión de un delito, por menor que sea, se impondrá una sanción proporcional a la conducta y que la víctima tendrá a su alcance los elementos y medios eficaces para ser restituida en el agravio ocasionado.

En aras de lo anterior, hoy más que nunca resulta indispensable redefinir a la policía como un órgano corresponsable de la investigación penal y devolverle las facultades que poco a poco fue perdiendo en la práctica y en las legislaciones secundarias.

El objetivo es que se fortalezca la profesionalización policial para que ésta pueda recibir denuncias, recabar evidencias físicas y datos relacionados con los hechos posiblemente delictuosos, sin la camisa de fuerza que significa una innecesaria subordinación jerárquica y operativa al Ministerio Público, sino únicamente contando con su conducción jurídica para construir los elementos probatorios que permitan llevar los asuntos ante los tribunales.

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No es que con ello se pretenda que un denunciante ya no acuda jamás al Ministerio Público, sino que cuando lo haga, realmente acuda a recibir una explicación del plan de investigación de su caso, lo cual podría ser incluso por agenda si establece un call-center que permita organizar sistematizadamente la gestión de casos que se inician por denuncias captadas por la Policía en su calidad de primer respondiente.

En conclusión, se le ha dado un supra valor al Informe Policial Homologado, cuya obligación no está establecida en el Código Nacional de Procedimientos Penales y se ha relativizado la importancia que tiene para la sociedad y las instancias de procuración de justicia el fortalecer la recepción de denuncias por parte de la Policía, lo cual sí constituye una facultad expresa en la ley y que permitiría mostrar a la sociedad bondades tangibles y reales del Nuevo Sistema de Justicia Penal.

Los participantes coinciden en la importancia de analizar en sesiones posteriores la figura del Informe Policial Homologado, para ello, resulta oportuno tomar en cuenta la valoración que en su caso realice el Comité Técnico para el Sistema Penal Acusatorio de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia. Se acuerda también que dicho Comité analice el tema del Mando Único Policial por su importancia en el Sistema Penal Acusatorio.

La Subprocuraduría de Control Regional, Procedimientos Penales y Amparo elaborará una propuesta de capacitación que se pueda realizar a través de las delegaciones de la Procuraduría General de la República, dirigida al personal que puede actuar como primer respondiente, y en la que se privilegie el diálogo entre la Federación y las entidades federativas, para valorar tanto los aspectos relacionados con el procedimiento e investigación de ilícitos contemplados en la legislación federal, como aquellos previstos en las legislaciones locales.

Primer RespondienteFiscalía General de Justicia del Estado de Tabasco

La eficaz implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal descansa primordialmente en la definición y desarrollo de un modelo de gestión que genere procesos y procedimientos que permitan atender y gestionar adecuadamente los casos que son presentados por las personas que se ven relacionadas con algún hecho delictivo ante las instancias de procuración de justicia.

Sin embargo, algo que ha puesto en evidencia la gradualidad en la implementación del sistema acusatorio, es la necesidad permanente de interacción eficaz entre todas las instituciones y los operadores del ámbito de la justicia y la seguridad, particularmente, en el hecho de que un modelo de gestión de procuración de justicia aislado e incapaz de interactuar con otros, de poco o nada sirve para lograr el éxito que se ha propuesto con motivo de la Reforma Constitucional de 2008.

Ante la implementación del sistema acusatorio en México y la necesidad de aplicar nuevas fórmulas para generar distintos resultados, es indispensable replantear el esquema tradicional de recepción de denuncias para revertir una realidad innegable: el enorme riesgo de volver a generar “rezagos” en el trámite de carpetas de investigación como consecuencia de un modelo de gestión ineficaz y, por otra parte, rescatar parte de la confianza ciudadana al facilitarle su acceso a la justicia, a través de la recepción de denuncias en delitos de flagrancia y querella, por parte del primer respondiente.

En la actualidad, se está motivando al primer respondiente para participar activamente en el procesamiento de la escena del delito o de los hechos, pero poco se ha hablado de su participación en la recepción de denuncias y la realización de entrevistas a testigos, a pesar de que esta atribución sí traería un inminente impacto social al facilitarle a las personas su acceso a la justicia.

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1ª Sesión Ordinaria 2016 del Comité Técnico para el Sistema Penal Acusatorio14 de marzo de 2016

En cumplimiento al artículo 44, último párrafo de los estatutos de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia y atendiendo el mandato del Pleno en su Trigésima Primera Asamblea Plenaria, se instaló formalmente el Comité Técnico para el Sistema Penal Acusatorio.

Primer RespondienteSe coincide en la necesidad de transmitir a la Policía la información sobre la operación que le permita intervenir en su calidad de primer respondiente, motivo por el cual, se elaboró un protocolo nacional de actuación con el objetivo de dotar a aquellas autoridades que realicen funciones de primer respondiente con un instrumento en el que se homologuen los lineamientos de su actuación de conformidad con lo que establece la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, a los tratados internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte y el Código Nacional de Procedimientos Penales.

Objetivos específicos del PNPR:

• Establecer el procedimiento para garantizar la actuación del primer respondiente bajo los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, profesionalismo, honradez y respeto a los derechos humanos.

• Proporcionar un instrumento que dé seguridad y certeza jurídica en el actuar del primer respondiente, sistematizando su participación y coordinación con las autoridades que también intervienen.

• Fortalecer y guiar las funciones del primer respondiente, estandarizando la calidad técnica y administrativa de su actuar.

• Homologar los procedimientos, la organización y todos los registros inherentes a quien actúe como primer respondiente.

CNPJ

• Constancia de

• Credencial

• Padrón de faciliatadoras y

facilitadores

El primer respondiente, es la primera autoridad con funciones de seguridad pública en el lugar de la intervención. Las autoridades que actúan como esta figura, adquieren relevancia dado que son las primeras en conocer la noticia criminal para dar inicio a la investigación.

Justicia AlternativaSe acordó socializar el proyecto de lineamientos para la creación de la base de datos nacional sobre mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal, con la finalidad de que se emitan aportaciones que consideren pertinentes, a fin de generar una versión enriquecida que será sometida al resto de las instancias de procuración de justicia, y en su oportunidad, se presente ante la Asamblea Plenaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia para su aprobación.

Boletín Interprocuradurías 45Boletín Interprocuradurías 4524

Modelo de TrabajoSe estableció que el grupo de trabajo analice la problemática expuesta sobre el rubro del primer respondiente referida al informe homologado y la recepción de denuncias, así como diversos temas que en su oportunidad se determinen por el comité, mediante el intercambio de información vía electrónica.

Se acordó que se socialicen los protocolos con los que cuenta cada instancia de procuración de justicia, a fin de emitir comentarios y aportaciones que serán enviados a cada una de las procuradurías y fiscalías generales del país para buscar compilar buenas prácticas para la implementación del sistema de justicia penal acusatorio.

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Ciudad Juárez, Chihuahua fungió como sede de la 28ª Reunión Nacional del Grupo de Servicios Periciales y Ciencias Forenses, conformado por los Titulares de los Servicios Periciales y Ciencias Forenses de todo el país; las aportaciones que se hagan en este grupo de trabajo, van encaminadas para ser presentadas en el marco de la XXXV Conferencia Nacional de Procuración de Justicia.

Desarrollo de las Ciencias ForensesCoordinación General de Servicios Periciales

El Grupo Nacional de Servicios Periciales y Ciencias Forenses tomó conocimiento de los antecedentes y las acciones desarrolladas para el establecimiento del programa con prioridad nacional, a través del cual se asignan recursos del Fondo de Aportaciones para la Seguridad Pública (FASP) a las entidades federativas, con el propósito de fortalecer los servicios periciales y médicos forenses del país.

Además, de modernizar y equipar con tecnología de punta a los laboratorios de servicios periciales y forenses en el país, con la finalidad de responder a las exigencias que en materia de prueba impone el Sistema de Justicia Penal Acusatorio, y para que se incorporen a un proceso de acreditación de los laboratorios forenses bajo estándares internacionales que robustezcan el contenido de las investigaciones mediante evidencia científica consistente.

En relación con lo anterior, recibieron los instrumentos denominados “Protocolo de Necropsia” y “Guías de Bioseguridad”, para someterlo a la consideración de los integrantes de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia en su próxima Asamblea Plenaria para su aprobación y posterior publicación.

28ª Reunión Nacional del Grupo de Servicios Periciales y Ciencias Forenses14 y 15 de abril de 2016

La Salud Mental de los PeritosInstituto Jalisciense en Ciencias Forenses

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud, se define a la salud mental como un estado de bienestar en el cual el individuo es consciente de sus propias capacidades, puede afrontar las tensiones normales de la vida, puede trabajar de forma productiva y fructífera y es capaz de hacer una contribución a su comunidad.

Por ende, la salud mental es el resultado de la armonía entre los aspectos biológicos y sociales del individuo; el desequilibrio entre ellos genera, como consecuencia, un trastorno mental.

Entre los tratados internacionales, la constitución de la Organización Mundial de la Salud, reconoce que el acceso al más alto nivel posible de salud es un derecho fundamental de todo ser humano. Define la salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afectaciones o enfermedades. Por lo tanto, reconoce la salud mental como un componente esencial de la salud.

Los factores psicosociales como violencia urbana, violencia familiar, fuerte presión en el lugar de trabajo, inseguridad de empleo, bajo apoyo social, conductas adictivas, desintegración familiar, son algunos de los factores más comunes que amenazan la salud mental.

La exposición prolongada a varios factores de riesgo tiene un efecto acumulativo, aumentando la vulnerabilidad del sujeto, en este caso el personal pericial, al estar constantemente expuesto a diversas condiciones de hechos de sangre, desastres, siniestros y demás situaciones impactantes, debe de encontrar una manera positiva para soportar el impacto emocional que dicha exposición pueda provocarle.

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Por su parte, los factores protectores son mecanismos para proteger o para potenciar las capacidades de afrontamiento y que les permite estar fortalecidos ante las situaciones de riesgo o cuando se encuentran en una situación de adversidad.

Dichos factores moderan el impacto del estrés y regulan los síntomas transitorios para lograr el bienestar físico y psicosocial, reduciendo la posibilidad de la presencia de un trastorno mental.

En tal sentido, ante los efectos producidos en la salud mental de las y los peritos respecto de la labor que desempeñan, los integrantes del grupo de trabajo se pronuncian por conformar un grupo en el que se participen los representantes de los estados de Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Coahuila, Jalisco, Morelos, Puebla, Querétaro, Tabasco y Estado de México, este último como coordinador, con la finalidad de elaborar una propuesta sobre el Servicio Profesional de Carrera para los servicios periciales, además de desarrollar planes interinstitucionales de promoción de salud mental y adecuado manejo del tiempo libre para el personal operativo.

Base de Datos Antemortem/ PostmortemCoordinación General de Servicios Periciales

La desaparición de una persona es una tragedia, no sólo para la persona que desaparece, sino también para sus familiares que quedan en una situación de incertidumbre. Ante ello, surge la necesidad de diseñar e implementar políticas públicas orientadas a brindar atención integral a la búsqueda y localización de personas desaparecidas.

Al respecto, el Grupo Nacional de Servicios Periciales y Ciencias Forenses se pronunció por robustecer su participación en los cursos de capacitación convocados por la Procuraduría General de la República, a través de la Secretaría Técnica de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, además de apegarse a lo establecido por el Protocolo para el Tratamiento e Identificación Forense, con el fin concretar satisfactoriamente el establecimiento de dicha herramienta informática.

Personas en Calidad de DesaparecidasInstituto de Ciencias Forenses de la Fiscalía General del Estado de Puebla

La desaparición de personas es un fenómeno considerado como “la ausencia de un individuo que integra un núcleo familiar del cual se desconoce su paradero”. Este cometido ha estado presente durante muchas generaciones y continua ocurriendo a nivel mundial, causando un gran sufrimiento a las familias, a las comunidades, sociedades y a toda la humanidad. Las causas más frecuentes de desaparición de personas son:

• Abandono del hogar de manera voluntaria.Se presenta en casos en que no se desea continuar viviendo en familia por malos tratos, incomprensión, abuso sexual por integrantes de la familia, problemas escolares, la independencia deseada por el individuo, entre otras.

• Privación de la libertad. Se presenta en los casos de secuestro, la privación de la vida (homicidio-feminicidio) con ausencia del cuerpo y la desaparición forzada.

Es con ello que se determina la creación de un Centro Nacional de Información y Atención de Personas en Calidad de Desaparecidas, con las siguientes atribuciones:

• Concentrar la base de datos de cada entidad de la República Mexicana, mediante la utilización de un software en el que se almacene la información recabada mediante los cuestionarios AM y PM.

• Emitir estadísticas oficiales a nivel nacional.

• Recibir las peticiones de búsqueda de los familiares de las personas desaparecidas de forma directa o por conducto del Centro Estatal o Regional de Información de Personas en Calidad de Desaparecidas.

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• Dar respuesta a las peticiones de colaboración de las diferentes instituciones.

• Recibir información de instituciones en las que se sospeche que la persona se encuentra en calidad de desconocida tales como albergues, hospitales, asociaciones de alcohólicos y drogadictos anónimos, casas de asistencia, entre otros.

• Recibir información de instituciones en las que se encuentren cadáveres en calidad de desconocidos tales como: SEMEFO, procuradurías, fiscalías, hospitales, entre otros.

Entre los beneficios se podrán contar con:

• Dar respuesta en menor tiempo a los familiares que buscan a personas desaparecidas.

• Evitar mayores costos en su localización a los familiares.

• Evitar la revictimización.

• Localizar a las personas y reintegrarlas a su núcleo familiar en los casos que estén vivas, y en los casos de fallecimiento terminar lo más pronto posible con la angustia e incertidumbre de los familiares mediante la identificación del cadáver.

• Servidoras y servidores públicos comprometidos, capacitados y sensibilizados ante este problema social que va en aumento.

Se pronunciaron por solicitar a la Coordinación General de Servicios Periciales, que consulte al Centro Nacional de Planeación, Análisis e Información para el Combate a la Delincuencia, sobre qué instituciones remiten información en esta materia, a efecto de determinar si es posible conformar una estadística nacional.

Dictamen Médico Psicológico para Casos de Posible Tortura y/o MaltratoServicios Periciales y Ciencias Forenses de la Fiscalía General del Estado de Chihuahua

Con el propósito de atender la problemática actual sobre la aplicación del dictamen médico-psicológico para casos de posible tortura y/o maltrato, los integrantes de este Órgano Colegiado acuerdan crear un subgrupo de trabajo con los estados de Durango, Quintana Roo, San Luis Potosí, Sinaloa, Tabasco, Tamaulipas y la Procuraduría General de la República, con la finalidad de elaborar un diagnóstico que presente un panorama sobre la situación actual que se tiene en las instituciones de servicios periciales, para que en su oportunidad, se genere un posicionamiento que permita atender la problemática correspondiente.

Además, se valoró la posibilidad de integrar cursos de capacitación y actualización en materia de tortura y/o maltrato, impartidos por instructores u organismos con reconocimiento internacional, dirigidos principalmente a las áreas de servicios periciales de las instancias de procuración de justicia del país.

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Grupo de Trabajo Sobre Registros Administrativos 26 de abril de 2016

3ª Sesión Ordinaria Del Comité Técnico Para El Sistema Penal Acusatorio3 de mayo de 2016

En seguimiento a los compromisos derivados de la XXXIII Asamblea Plenaria de la Conferencia Nacional de Procuración de Justicia, así como a los derivados de la 1ª Sesión Ordinaria 2016 del Comité Técnico Especializado de Información de Procuración de Justicia, se instaló el grupo de trabajo sobre registros administrativos en materia de procuración de justicia.

El INEGI, propuso trabajar en el ajuste de los tres registros administrativos siguientes:

Para ello, el instituto se comprometió en hacer llegar a la Procuraduría General de Justicia del estado de Coahuila, la propuesta de ruta crítica para los trabajos relativos al análisis del Informe Policial Homologado, y establecerá la coordinación necesaria con otras instancias que tengan interés en generar aportaciones sobre dicho registro; en ese mismo sentido, se comprometió a enviar a la Procuraduría General de Justicia de la Ciudad de México el registro estadístico del sistema de averiguaciones previas y carpetas de investigación, por su parte al estado de Sinaloa enviará lo correspondiente al registro administrativo de justicia alternativa.

Las y los integrantes de este comité técnico recibieron un análisis realizado por la Unidad para la Implementación del Sistema Penal Acusatorio sobre las minutas del proyecto de decreto de la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes, y la Ley Nacional de Ejecución Penal, así como comentarios sobre el proyecto de decreto de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar los Delitos en materia de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, mismas que la Cámara Revisora del Congreso de la Unión deberá aprobar.

La Procuraduría General de Justicia del Estado de México propuso elaborar un instrumento conjunto de coordinación entre las y los agentes del ministerio público, peritos y policías, misma que será socializada con el resto de las procuradurías y fiscalías generales del país para su enriquecimiento.

En ese sentido, se propuso generar una comisión que se integre por al menos una instancia de procuración de justicia de cada una de las zonas que integra la CNPJ, para que a través de la UISPPA, pueda generar

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una propuesta homologada de dicho instrumento a partir de aportaciones generadas por las procuradurías y fiscalías generales del país. Además, se propuso integrar al Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal, con la finalidad de generar un instrumento integral y consensado.

En referencia a los lineamientos para la difusión de los mecanismos alternativos de solución de controversias en materia penal y para la construcción y operación de la base de datos nacional de información, las y los integrantes del comité técnico acordaron generar la versión final del documento a fin de ser presentado en la próxima Asamblea Plenaria.

La UISPPA realizó un análisis de los indicadores de medición de la implementación del Sistema Penal Acusatorio, en el que se acordó conformar una comisión de trabajo que analice y elabore una propuesta de metodología homologada desde la perspectiva de las instancias de procuración de justicia estatales de indicadores para la evaluación y seguimiento en el sistema penal acusatorio.

Finalmente, el Instituto Nacional de Ciencias Penales remitirá una propuesta de capacitación sobre el delito de tortura a través de la CNPJ, a efecto de que sea sometida a consideración de las y los procuradores y fiscales generales del país para su enriquecimiento y en su caso implementación.

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Nuevo Integrante

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Mtro. Felipe de Jesús Muñoz VázquezC. Procurador General de Justicia del Estado de Colima

Fecha de inicio del encargo: 18 de marzo de 2016.

Profesión: Licenciado en Derecho por la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), tiene una especialidad en Ciencias Penales y maestría en Derecho, también por la UNAM, y cuenta con un diplomado en juicios orales, el cual cursó en la Universidad Alberto Hurtado, de Santiago de Chile.

Actualmente estudia la Maestría en Derecho Procesal Penal con especialización en Juicios Orales, en el Centro de Estudios Superiores en Ciencias Jurídicas y Criminológicas.

Trayectoria Profesional

De 1999 a 2007, Felipe de Jesús Muñoz Vázquez ocupó diversos cargos en la Procuraduría General de la República (PGR), por ejemplo, Subdelegado de Procedimientos Penales en Quintana Roo, Director General del Ministerio Público Especializado, encargado de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos contra los Derechos de Autor y Propiedad Industrial, Titular de la Unidad Especializada en Investigación de Delitos Fiscales y Financieros y Subprocurador de Investigación Especializada en Delitos Federales.

En años más recientes, fue Procurador en el estado de Aguascalientes desde el inicio de la administración del actual Gobernador, Carlos Lozano de la Torre, y hasta marzo de 2015, cuando fue designado por la Procuradora General de la República, Arely Gómez, como titular de la Subprocuraduría Especializada en Investigación de Delincuencia Organizada (SEIDO).

Posteriormente, en septiembre de 2015, fue designado por el Secretario de Gobernación, Miguel Ángel Osorio Chong, como Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, cargo en el que estuvo poco más de dos meses y que dejó sin recibir la ratificación por parte del Senado de la República.

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Interprocuradurías

Enero- Junio 2016