Boletín Digital de Servicios

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BOLETÍN DIGITAL Nº 47 – Marzo 2013 www.uso.es - [email protected] T al y como se vino informan- do, en el conflicto de Iberia, se nombró a un mediador que presentó una serie de medidas, cuyas líneas principales eran entre otras: Utilización como vía extintiva el vigente ERE 72/01 a un mínimo de 3.141 trabajadores prorro- gándose su vigencia hasta final del 2015. Ajuste salarial directo sobre las tablas vigentes del 7% para Tie- rra y del 14% para Vuelo y con- gelación salarial y de las pro- gresiones y antigüedad de 2013 a 2015 Paralización inmediata del ERE. Posición de la USO El acuerdo resuelve un tema importante e inmediato, impe- dir la aplicación del ERE a 20 días y a más de 3.800 trabaja- dores conforme a la reforma laboral, y reduce considerable- mente el esfuerzo que la com- pañía exigía en forma de re- ducción salarial. Con esta firma se reduce consi- derablemente el número de despidos previstos y se aboga por le mantenimiento del em- pleo. El acuerdo no resuelve el resto de problemas de fondo que originaron la crisis de IBERIA que siguen gravitando sobre el con- junto de los trabajadores. El acuerdo deja abierta la ne- gociación de la viabilidad de los negocios de la compañía en paralelo a la negociación de las medidas de productividad por colectivos. En definitiva el acuerdo se cir- cunscribe al mandato formula- do al Mediador: despido colec- tivo. Por todo ello entendemos que se establece un periodo de “tregua” en donde las partes deberán ex- plorar la posibilidad de establecer las garantías de futuro y en donde es imprescindible mantener la uni- dad de acción sindical que los trabajadores han evidenciado en este periodo de confrontación. Ratificado por asamblea el acuerdo de ASM Éxito en Konecta Net Sevilla En las elecciones sindicales cele- bradas en KONECTA NET de la ca- pital hispalense, la USO, que se presentaba por primera vez, ha conseguido 5 de los 21 delegados posibles. Este buen resultado de Sevilla, afianza a USO como referente y alternativa sindical en el sector del Contact Center. U SO, junto con el resto de sindicatos presentes en el ERE de ASM Servi- cios de Mensajería, fir- maron un preacuerdo, que los días 18 y 19 de febrero de 2013, los trabajadores y trabajadoras de ASM Servicios de Mensajería, ratificaron en asambleas en to- dos los centros de trabajo a nivel estatal. El acuerdo ratificado en asam- blea, recoge las siguientes medi- das: Hasta 31 Extinciones, 23 fija- das por la empresa y las 8 res- tantes bajo el criterio de la voluntariedad. Reducción salarial que va desde el 2% hasta el 16% en función del salario bruto anual. Garantía de estabilidad en el empleo. La empresa garantiza la recu- peración del 100% de la re- ducción salarial antes del 31/12/2016. También se unificará el con- venio de aplicación una vez terminado el periodo de vi- gencia del acuerdo. Mantenimiento de las bases de cotización del 100% duran- te la vigencia del acuerdo. Barrido en Orizonia Baleares Pese a que Orizonia se encuentre sumida en una quiebra técnica, la vida sigue en la empresa y de esa manera, en las elecciones cele- bradas en el centro de Palma, donde la USO, que se presentaba por primera vez, ha conseguido un resultado histórico al conseguir 22 de los 23 delegados posibles. Este grandísimo resultado es fruto del buen trabajo realizado por los compañeros de USO en los últimos meses, y viene a reflejar la buena gestión de la USO en el proceso en el que se encuentra inmerso el touroperador español. Enhorabuena a los compañeros elegidos, a quienes han deposita- do su confianza en USO, y espere- mos que el conflicto se resuelva de la mejor manera posible. USO firma la propuesta del mediador de Iberia Negociaciones en Leroy Merlin La empresa de decoración y bri- colaje Leroy Merlin ha nombrado a todas las partes sindicales para volver a negociar el acuerdo de homogeneización que rige en la empresa, con el fin de incluir mo- dificaciones y puntos al amparo de lo que marca el convenio de Grandes Almacenes. Seis meses después de que em- presa y sindicatos firmasen el acuerdo, la empresa los vuelve a reunir para modificarlo.

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Nuevo número del Boletín Digital de Servicios, correspondiente al mes de marzo.

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BOLETÍN DIGITAL

Nº 47 – Marzo 2013 www.uso.es - [email protected]

T al y como se vino informan-do, en el conflicto de Iberia, se nombró a un mediador que presentó una serie de

medidas, cuyas líneas principales eran entre otras: • Utilización como vía extintiva el

vigente ERE 72/01 a un mínimo de 3.141 trabajadores prorro-gándose su vigencia hasta final del 2015.

• Ajuste salarial directo sobre las tablas vigentes del 7% para Tie-rra y del 14% para Vuelo y con-gelación salarial y de las pro-gresiones y antigüedad de 2013 a 2015

• Paralización inmediata del ERE. Posición de la USO • El acuerdo resuelve un tema

importante e inmediato, impe-dir la aplicación del ERE a 20 días y a más de 3.800 trabaja-dores conforme a la reforma laboral, y reduce considerable-mente el esfuerzo que la com-pañía exigía en forma de re-ducción salarial.

• Con esta firma se reduce consi-derablemente el número de despidos previstos y se aboga por le mantenimiento del em-pleo.

• El acuerdo no resuelve el resto de problemas de fondo que originaron la crisis de IBERIA que siguen gravitando sobre el con-junto de los trabajadores.

• El acuerdo deja abierta la ne-gociación de la viabilidad de los negocios de la compañía en paralelo a la negociación de las medidas de productividad por colectivos.

• En definitiva el acuerdo se cir-cunscribe al mandato formula-do al Mediador: despido colec-tivo.

Por todo ello entendemos que se establece un periodo de “tregua” en donde las partes deberán ex-plorar la posibilidad de establecer las garantías de futuro y en donde es imprescindible mantener la uni-dad de acción sindical que los trabajadores han evidenciado en este periodo de confrontación.

Ratificado por asamblea el acuerdo de ASM

Éxito en Konecta Net Sevilla En las elecciones sindicales cele-bradas en KONECTA NET de la ca-pital hispalense, la USO, que se presentaba por primera vez, ha conseguido 5 de los 21 delegados posibles. Este buen resultado de Sevilla, afianza a USO como referente y alternativa sindical en el sector del Contact Center. U SO, junto con el resto

de sindicatos presentes en el ERE de ASM Servi-cios de Mensajería, fir-

maron un preacuerdo, que los días 18 y 19 de febrero de 2013, los trabajadores y trabajadoras de ASM Servicios de Mensajería, ratificaron en asambleas en to-dos los centros de trabajo a nivel estatal. El acuerdo ratificado en asam-blea, recoge las siguientes medi-das: • Hasta 31 Extinciones, 23 fija-

das por la empresa y las 8 res-

tantes bajo el criterio de la voluntariedad.

• Reducción salarial que va desde el 2% hasta el 16% en función del salario bruto anual.

• Garantía de estabilidad en el empleo.

• La empresa garantiza la recu-peración del 100% de la re-ducción salarial antes del 31/12/2016.

• También se unificará el con-venio de aplicación una vez terminado el periodo de vi-gencia del acuerdo.

• Mantenimiento de las bases de cotización del 100% duran-te la vigencia del acuerdo.

Barrido en Orizonia Baleares Pese a que Orizonia se encuentre sumida en una quiebra técnica, la vida sigue en la empresa y de esa manera, en las elecciones cele-bradas en el centro de Palma, donde la USO, que se presentaba por primera vez, ha conseguido un resultado histórico al conseguir 22 de los 23 delegados posibles. Este grandísimo resultado es fruto del buen trabajo realizado por los compañeros de USO en los últimos meses, y viene a reflejar la buena gestión de la USO en el proceso en el que se encuentra inmerso el touroperador español. Enhorabuena a los compañeros elegidos, a quienes han deposita-do su confianza en USO, y espere-mos que el conflicto se resuelva de la mejor manera posible.

USO firma la propuesta del mediador de Iberia

Negociaciones en Leroy Merlin La empresa de decoración y bri-colaje Leroy Merlin ha nombrado a todas las partes sindicales para volver a negociar el acuerdo de homogeneización que rige en la empresa, con el fin de incluir mo-dificaciones y puntos al amparo de lo que marca el convenio de Grandes Almacenes. Seis meses después de que em-presa y sindicatos firmasen el acuerdo, la empresa los vuelve a reunir para modificarlo.

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NUEVA REFORMA DE LAS PENSIONES

Prolongación de la vida laboral El Real Decreto Ley establece una serie de modificaciones en materia de jubilación anticipada, jubilación parcial y compatibilidad entre salario y pensión, en línea con la Recomendación duodécima del Pacto de Toledo. Dicha Recomendación señala: "Es oportuna la modificación del régimen jurídico de la jubilación para conceder mayor relevancia a la carrera de cotización del trabajador (…) favoreciendo así la aproximación de la edad real a la edad legal de acceso a la jubilación (...). La jubilación anticipada debería reservarse a aquellos trabajadores que cuenten con largas carreras de cotización y voluntariamente opten por acogerse a ella (...). Hay que introducir esquemas de mayor permeabilidad y convivencia entre la vida activa y pasiva que permitan la coexistencia de salario y pensión".

Jubilación anticipada El RD modifica la jubilación anticipada en los siguientes términos: • Se mantiene el esquema general de la Ley sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Se-guridad Social, del 1 de agosto de 2011, distinguiendo entre jubilaciones anticipadas voluntarias e involuntarias. • Se incrementa gradualmente la edad mínima de acceso, de forma coherente con el incremento paulatino de la edad legal de jubilación previsto en la Ley antes citada. De esta forma, la edad de jubilación anticipada voluntaria se elevará progresivamente de los 63 años actuales a los 65 años en 2027, y la de jubilación involuntaria anticipada pasará de 61 años a 63 años en el mismo período. • Se introduce una mayor gradualidad en la aplicación de coeficientes reductores atendiendo a la carrera de coti-zación, con el objetivo de reforzar el principio de neutralidad y contributividad. • Se fija un período mínimo de cotización de 35 años en el caso de la jubilación anticipada voluntaria y de 33 años en el caso de la jubilación anticipada forzosa. • Así, para la jubilación anticipada voluntaria se establece una reducción por trimestre del 2 por 100 para períodos de cotización inferiores a 38 años; del 1,875 por 100 para períodos de entre 38 años y seis meses y 41 años y seis me-ses, del 1,7 por 100 para periodos entre 41 años y seis meses y 44 años y seis meses y del 1,625 por 100 a partir de los 44 años y seis meses. Para la jubilación anticipada involuntaria se establece una reducción de 1,875 por 100 para los periodos de cotización de hasta 38 años y seis meses, del 1,750 por 100 para periodos entre 38 años y seis meses y del 1,625 por 100 para periodos a partir de los 41 años y seis meses.

Jubilación parcial Se producen las siguientes modificaciones: • Se limita al 50 por 100 la reducción máxima de jornada con carácter general. • Se permitirá alcanzar el 75 por 100 de reducción máxima cuando la medida venga acompañada de la formaliza-ción de un contrato de relevo con un trabajador más joven, con carácter indefinido, a tiempo completo, y una dura-ción mínima de, al menos, dos años más que lo que le reste al trabajador para alcanzar la edad ordinaria de jubila-ción. El incumplimiento de esta condición generará obligaciones de compensación al empresario. • Se eleva el periodo mínimo de cotización del trabajador hasta los 33 años (25 años en el caso de personas con dis-capacidad).

Otras consideraciones de la Reforma de las Pensiones En todos estos supuestos, jubilación anticipada y parcial, se respetan los acuerdos alcanzados con anterioridad y de-bidamente registrados. Compatibilidad entre trabajo y pensión El Real Decreto Ley facilita la posibilidad de ser pensionista activo. • Se abre la posibilidad de trabajar, tanto por cuenta ajena como propia, a tiempo completo o parcial percibiendo el 50 por 100 de la pensión. • Se exime del pago de buena parte de las cotizaciones sociales. Se introduce, no obstante, una cotización de "solidaridad" del 8 por 100 (6 por 100 a cargo de la empresa, 2 por 100 a cargo del trabajador). • Cuando finaliza el periodo de actividad, se restablece el pago de la pensión íntegra, sin que el pensionista pierda esta cualidad en ningún momento. • Para acceder a esta modalidad se deberán haber alcanzado la edad legal de jubilación y el 100 por 100 de la base reguladora. • Se establecen para los funcionarios públicos condiciones semejantes de compatibilización de empleo y pensión.

Más información sobre la Reforma de las Pensiones en la página web de USO www.uso.es