Boletin n° 22
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IUS INTER GENTES Asociación de Estudiantes de la PUCP dedicados al estudio del Derecho
Internacional y las Relaciones Internacionales
IUS INTR GENTE
BO
LET
íN N
° 2
2 -
EN
ERO
20
16
Ius Inter Gentes – Comisión de Publicaciones 1
Nota del Editor:
Todas las opiniones, textos e investigaciones presentadas en el Boletín N° 22, representan una reproduccion inaleterada de la vision de sus respectivos autores. Tanto el Editor como Ius Inter Gentes pueden o no compartir los puntos de vista aquí presentados.
1
Ius Inter Gentes – Comisión de Publicaciones – Boletín N° 22 – Enero 2015
La frase a la que en si se haría alusión
es a la actualmente muy usada “ojo
por ojo, diente por diente”, este tiene a
su vez un nombre de “Ley de Tailón”,
el cual es un pasaje bíblico de la parte
de Éxodo 21-23: 25. También ha sido
uno de los principios tradicionales que
se aplicaba en el derecho como un
método de justicia redistributiva, ya
que a la persona que realizaba un acto
indebido, pagaba por una pena en
concordancia con el delito cometido.
¿Pero cuál es el fundamento de esta
creación? ¿Hoy en día, donde
contamos con normas legales y
también morales, se puede permitir
irracionalmente este tipo de principio?
Al parecer, para los llamados “primer
mundo” así es, puesto que dejan de
lado los principios legales creados por
ellos mismos y más aún, los morales,
ya que para estos, en su mayoría, lo
que suele prevalecer son sus
intereses políticos-económicos, sin
importar cuanta gente se podría ver
afectada por sus decisiones
intransigentes.
Muchas veces estos países dejan de
lado su capacidad de raciocinio, el
cual lo llevaron a construir grandes
mecanismos de economía y política,
para dejarse llevar por su lado oscuro
y accionar irracionalmente contra todo
aquel que los ataque, sin observar el
fondo de la situación, el porqué de la
acción del otro, algo que
inconscientemente o conscientemente
es común en todo ser humano: No
saber ponerse en el lugar del otro y
velar, en la mayoría, por intereses
propios.
El viernes 13 de noviembre, día negro
para el país de Francia, podemos
relacionarlo claramente con lo
expuesto anteriormente, ya que es un
día que quizá quedó más marcado
para gran parte de los ciudadanos a
nivel internacional, a comparación de
otros días en los que se cometió igual
o peor tragedia, pero ¿por qué será
así?. Aquella fecha en mención, es
llamada hasta el día de hoy como el
viernes negro de Francia, debido a
que se cometió un atentado contra
París sindicando como responsables,
según las investigaciones, al Estado
Islámico, donde hubo un aproximado
de 137 muertos y 415 heridos.
Posteriormente a ello, existió diversos
ataques en el mismo país como el
tiroteo en el restaurante Petit
Cambodge en el distrito X de París,
Ojo por ojo y el mundo se quedará ciego: Sobre
los ataques a Paris
Opiniones por: Josselyn Roca
2
Ius Inter Gentes – Comisión de Publicaciones – Boletín N° 22 – Enero 2015
teniendo como resultado de 4
personas inocentes; también existió
otro tiroteo en el teatro Bataclan en el
distrito XI, teniendo a 100 personas
como rehenes; como también en
Brassaire, donde hubo un aprox, de 10
muertes. Estos atentados se le
atribuyen al grupo terrorista Yahidista
del Estado Islámico.
El motivo de ello ha sido que, sin
justificar tal atrocidad, Francia desde
el 2013 ha estado solicitando a la
Unión Europea, a través de reuniones
que se genere el levantamiento de
embargo para poder vender armas a
Siria y, supuestamente, apoyar con la
erradicación de grupos opositores al
gobiernos de Bashar Al-Asad,
llamados terroristas y, entre ellos, el
Estado Islámico, uno de los grupos
más terroríficos por la forma
sangrienta de realizar genocidios y
delitos de lesa humanidad. En tanto
ello, después de tantas solicitudes de
Francia, cabe señalar que país como
el Reino Unido, también se adjudica a
tal petición, se le otorgó la petición de
vender armas. Posteriormente, en el
año 2015, a fines de septiembre y
comienzos de enero, como ya lo
venían anunciando diarios como
Infobae America, El País y entre otros
el 16 septiembre del 2015, Francia
comenzó a realizar ataques aéreos,
bombardeos, directamente en los
centros de entrenamiento del grupo
llamado ISIS (estado islámico), bajo el
argumento que este grupo (yihadistas)
son una amenaza directa para la
seguridad nacional.
Sin embargo, en realidad ¿sólo el
Estado Islámico viene a ser un peligro
a la sociedad? ¿Acaso estos grandes
países, Francia-Reino Unido-USA-
Rusia- fundadores de la paz mediante
la Organización de las Naciones
Unidas, están absueltos de toda
culpa? Realmente es preocupante ver
como estos países que manejan una
gran economía a nivel internacional,
que supuestamente son ejemplo de
países de primer mundo, toman
medidas tan irracionales y no tienen la
capacidad de aplicar sus propias
normas creadas y en las que se
debería basar, puesto que se sigue
propagando e incentivando a la
guerra, al genocidio, a la venta de
armas letales, a delitos de lesa
humanidad, a la violación de derechos
del niños. Sin embargo, todo es una
cadena que nunca se romperá si se
aplicando la “ley de tailon”, sin tomar
conciencia de los derechos
vulnerados hacia millones de
personas inocentes. Basta con ver
cómo respondió Francia, pues a los
días inició unos bombardeos,
justificando el ataque por lo sucedido
en Paris el viernes 13, donde señala
Mishael Soria, asesor de prensa del
ministro Yean Yves Le Drian de
Francia, que Francia bombardeo 20
posiciones del ISIS en Siria,
manifestando así la furia por el
atentado en su país, señalado así por
CNN. Esto solo provoca que ISIS
señale que seguirá atacando a otros
países que están en contra de ellos.
Por lo que se concluye que tanto estos
países como el grupo opositor del
3
Ius Inter Gentes – Comisión de Publicaciones – Boletín N° 22 – Enero 2015
gobiernos de Siria, y el propio Bashar
Al Asad, son los principales agentes
de amenaza directa para la seguridad
nacional.
Todo conflicto puede tener una
solución, quizá en este caso no haya
una a corto plazo pero sí opciones
para disminuir tantas muertes por
estos atentados, irracionalmente
injustificados, como “la no
propagación de armas” por parte de
estos países llamados primer mundo,
para así acabar con esta guerra,
puesto que aquellos países antes
mencionados son los principales
proveedores de armas brindadas tanto
a los grupos opositores como al propio
gobierno de Bashar Al Asad, quien
también constituye un grave peligro
para la comunidad Siria. Por lo que es
necesario que estos países pacten, en
vez de coalición para ataques, mejor
uno para no más propagación de
armas. Otro aspecto que creo
fundamental, como lo señaló el Dr. Del
Mastro, en una de sus conferencias
para IUS INTER GENTES,
especialmente sobre estos ataques
suscitados en Siria y Francia, es
comenzar a aprender a ponernos en el
lugar del otro, comenzar a ver al ser
humano tal cual es y no como un
medio para obtener algún beneficio,
dejar las diferencias y ser capaces de
valorar a todo ser del mismo modo,
pues todos somos iguales, tanto la
gente muerta en Francia como en Siria
son la mismas, quienes contaban con
el mismo derecho a la vida, integridad
y dignidad de su ser. Entre los dos
modos antes señalados, creo que el
último será un poco más difícil de
realizar, ya que hoy en día el ser
humano se ha vuelto más egoísta y
materialista, con el errado objetivo
para su subsistencia.
4
Ius Inter Gentes – Comisión de Publicaciones – Boletín N° 22 – Enero 2015
Durante una buena parte del 2015, se
llevó a cabo la 51° Reunión del Comité
sobre la Utilización del Espacio
Ultraterrestre con Fines Pacíficos,
órgano de Naciones Unidas creado en
1965. Dicho comité se ha reunido con
la esperanza de ponerle fin a ciertas
preocupaciones que han despertado
inquietud en las distintas
delegaciones.
Cabe mencionar que Ante el ambiente
cargado de incertidumbre, dos países
han tomado la delantera, al presentar
soluciones propias al desfasado
marco teórico del derecho
internacional del espacio
ultraterrestre. Si bien solo utilizó el
calificativo “desfasado”, lo hago a
efectos de resalar el hecho que los
actuales instrumentos que conforman
el marco legal internacional que rige
las actividades de las naciones en el
espacio ultraterrestre, fueron forjados
en los 60’s y 70’s y no han logrado
mantenerse a la par de los avances
tecnológicos que nos sorprenden cada
día, y no ha sucedido enteramente por
falta de intereses de las naciones.
1 Naciones Unidas. Informe de la Reunión
58° del Comité sobre la Utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos.
Por un lado, la Federación Rusa ha
elegido una forma particularmente
sombría de entender como los
derechos fundamentales irrogados por
la Carta de las Naciones Unidas, se
relacionan con los derechos que las
naciones pueden ejercer respecto del
espacio ultraterrestre.
Parte del protocolo organizacional
regular, que se lleva a cabo durante
las reuniones del comité, implica la
evaluación de trabajos presentados,
ya sean por entidades privadas,
naciones u organizaciones
internacionales. Es así como el 2015
vio la aparición del sombrío
documento de trabajo presentado por
la Federación de Rusia titulado “Logro
de una interpretación uniforme del
derecho de legítima defensa,
conforme a la Carta de las Naciones
Unidas, aplicado al espacio
ultraterrestre como factor para
mantener el espacio ultraterrestre
seguro y libre de conflictos y fomentar
la sostenibilidad a largo plazo de las
actividades en el espacio
ultraterrestre” (A/AC.105/L.294).”1
Consulta: 18 de junio de 2015. <http://www.unoosa.org/res/oosadoc/data/do
En el Espacio, nadie te escuchará litigar.
Opiniones por: Ivan Galindo
5
Ius Inter Gentes – Comisión de Publicaciones – Boletín N° 22 – Enero 2015
Dicho documento, permitió al resto de
delegaciones presente en la reunión
del comité, una breve vista a lo que
ronda en las mentes de los políticos
rusos. Se señala en reiterados
pasajes de dicho trabajo, la
importancia de lograr una
interpretación satisfactoria del
derecho a la legítima defensa y los
acuerdos internacionales en los que
prima la obligación de los estados
parte limitarse a actividades
enteramente pacíficas.2
Llamo la atención el hecho que ningún
otro país esperaba se debatiera sobre
la posibilidad de llevar a cabo
actividades militares en el espacio
ultraterrestre (prohibido a todas luces
por el marco del derecho
internacional) y que estas no fueran
sancionadas, sino entendidas como
parte del derecho a la legitima defensa
que tienen las naciones. La impresión
fue tal, que el comité se quedó sin
palabras, postergando el debate sobre
este punto para la 59° reunión del
mismo:
“(…)
45. Se expresó la opinión de que la
Comisión debía comenzar a
examinar la base jurídica y las
modalidades del ejercicio, en un
caso hipotético, del derecho de
legítima defensa conforme a la
Carta de las Naciones Unidas
cuments/2015/aac_105l/aac_105l_299_0_html/AC105_L299S.pdf> 2 Federación Rusa ante la Comisión sobre la
utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos. Óp. Cit. Pag.4.
aplicado al espacio ultraterrestre;
que se debían analizar e
interpretar minuciosamente los
Artículos 2 y 51 de la Carta de
las Naciones Unidas en relación
con las actividades en el espacio
ultraterrestre, entorno en el que
existía un complejo sistema de
mantenimiento de la seguridad y
en el que los posibles conflictos de
intereses podían dar lugar a
situaciones extremas; y que esa
labor, asociada lógicamente a la
realización de actividades
espaciales de manera
responsable, ayudaría a los
Estados a llegar a un
entendimiento y a entablar una
colaboración respecto del
establecimiento y mantenimiento
de un sistema normativo con gran
capacidad de adaptación que
permita mitigar o evitar
adecuadamente situaciones y
problemas que pudieran causar
conflictos en el espacio
ultraterrestre. (…)”3 (Énfasis
agregado)
“(…)
46. (…) El concepto de defensa
preventiva en el espacio
ultraterrestre, definido en algunas
estrategias nacionales, no estaba
respaldado por las disposiciones
de la Carta de las Naciones
Unidas. La delegación que
3 Comisión sobre la utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos. Óp. Cit. Pag.10
6
Ius Inter Gentes – Comisión de Publicaciones – Boletín N° 22 – Enero 2015
expresó esa opinión [La
delegación Rusa] también
consideró que si en el seno de
la Comisión se lograra un
entendimiento y una posición
comunes sobre las cuestiones
relativas al derecho de legítima
defensa en el espacio
ultraterrestre, estos podrían
presentarse a la Asamblea
General y al Consejo de
Seguridad.(…)”4(Énfasis
agregado)
Lamentablemente, las reuniones del
comité sobre la Utilización del Espacio
Ultraterrestre con Fines Pacíficos, no
han tenido la cabida que uno
esperaba, fue inadvertidamente el
escenario de una jugada política por
parte de la Federación Rusa. A
diferencia de otros países con
verdadera capacidad de llevar a cabo
actividades en la órbita terrestre,
Estados Unidos y China
específicamente, Rusia está
anunciando como pretende orientar el
entendimiento de las normas
internacionales para mitigar así el
impacto que tendría en la comunidad
internacional el inicio de una política
de defensa de los intereses rusos en
el espacio ultraterrestre.
4 Comisión sobre la utilización del Espacio Ultraterrestre con Fines Pacíficos. Óp. Cit. Pag.11 5 US DEPARTMENT OF STATE. Consulta el 21 de agosto de 2015. En <http://www.state.gov/t/isn/5181.htm>
Cabe mencionar, que Estados Unidos
y la República Popular China, han
iniciado hace ya más de una década
sus estrategias de defensa de sus
intereses en la órbita terrestre,
actividades las cuales han generado
un elevado repudio por parte de la
comunidad internacional, por lo que de
una lectura simple la delegación Rusa
estaría hablando por todos aquellos
países hechos de lado por las
contrapuestas ambiciones
Estadounidenses y Chinas.
Ahora bien, es necesario mencionar el
otro lado de la moneda. Tal como
mencione anteriormente, Estados
Unidos ha iniciado desde hace poco
más de una década el inicio de sus
actividades militares en la órbita
terrestre; sin embargo, es una acción
ocurrida en la tierra la que llama la
atención.
En el marco de la 58° Reunión del
Comité sobre la Utilización del
Espacio Ultraterrestre con Fines
Pacíficos, mientras los países
debatían el futuro de la humanidad en
el espacio, en Washington se llevaba
a cabo otro debate5 igual de
importante, Estados Unidos daba sus
primeros pasos para la privatización
del espacio6.
6 FREDERICK, Yaffa. “To Privatize Infinity and
Beyond.” En World Policy Blog.com Consulta
25 de octubre de 2015 <http://www.
worldpolicy. org/blog /2015/11/ 20/ privatize
infinity and beyond >
7
Ius Inter Gentes – Comisión de Publicaciones – Boletín N° 22 – Enero 2015
Tal como la directora de la Oficina de
las Naciones Unidas para Asuntos del
Espacio Exterior, Simonetta De Pippo
ha manifestado: “Private entities
cannot work outside of the
international framework of space law,
and under the Outer Space Treaty,
states are responsible for the space
activities of their nationals.”7
Es decir, a ojos de las Naciones
Unidas las naciones son legalmente
responsables por lo que le permitan a
sus entidades privadas hacer. Es
inevitable tener una suerte de
flashback a las sentencias de la Corte
Internacional de Justica que
desarrollaron la nacionalidad de las
empresas multinacionales.
Más allá de lo mencionado
anteriormente, el acontecimiento
sucedido no es otro más que el debate
y posterior aprobación del US
Commercial Space Launch
Competitiveness Act, debatido por el
Congreso y Senado Norteamericanos
y posteriormente aprobado el 25 de
noviembre de 2015.
Si bien esta nueva ley ha sido
resumida por los legisladores
norteamericanos con las siguientes
palabras, “This bill encourages the
private sector to launch rockets, take
risks, and shoot for the stars.”. En tal
sentido, en completo desentendiendo
con el marco legal del derecho
internacional del espacio ultraterrestre
Estado Unidos ha habilitado a todas
aquellas iniciativas privadas a que
7 Ídem, p. 1.
tomen la delantera y empiecen
actividades extractivas de minerales
en los cuerpos celestes cercanos a la
tierra.
Podemos ver entonces que el ánimo
inicial de las naciones, de compartir el
espacio ultraterrestre y navegarlos en
bien de la humanidad, se ha
desprestigiado y será cuestión de
tiempo para que las empresas
privadas sean las verdaderas dueñas
del espacio ultraterrestre.
8
Ius Inter Gentes – Comisión de Publicaciones – Boletín N° 22 – Enero 2015
Como es de conocimiento por la
mayoría de ciudadanos a nivel
internacional, Venezuela ha sido
sujeta por gobiernos dictadores, como
lo fue el gobierno de Hugo chavez, que
en forma particular, considero que ha
estado gobernando
antidemocráticamente desde el 02 de
Febrero de 1994 hasta el presente
año, así se haya generado su deceso.
Esto debido a que, a pesar de que
haya existido un presidente “iterino”
como Diosdado Cabello o un
presidente actual como Maduro, estos
han seguido con el pésimo legado de
Chavez. Dentro del chavismo
podemos resaltar diversas
características objetas de
irracionalidad y sumergida en un
profundo dictatorío, como el de exigir
que todos deban pensar como él o ser
como él, porque si no incurrirían en
fracaso; prohibió a la oficina de
antidrogas de USA hacer sobrevuelos
en su país; logró que la economía con
respecto al petróleo decayera, ya que
ponía trabas a los empresarios;
también en su gobierno existió una de
las tasas más altas de criminalidad en
la región y una descontrolada
inflación; existe un recórd de 16
arbitrajes internacionales por firmas
petroleras, cementeras y mineras. Y
estas características no han
disminuido ni en el gobierno iterino de
Diosdado, ni en el de Nicolás Maduro,
por el simple hecho de ser ambos
chavistas y seguir un legado absurdo
y antidemocrático.
Entre estos sucesos, se podría
mencionar un proceso internacional
que ha llevado muchos años, el cual
tiene que ver con el canal RCTV, ya
que el presidente Hugo Chavez
informó un jueves 18 de diciembre de
2006 que no renovaría la concesión de
ese canal y sustentó, principalmente,
su acción debido a la posición tomada
durante el golpe de Estado del 2002,
el cual iba en contra de la posición
chavista. Cabe mencionar que el
contrato con dicha empresa no
culminaba hasta el 2021, pero para
Chavez, culminaba el 2007. No
satisfecho con tal acción
incongruente, su gobierno incautó
todos los equipos de transmisión para
hacer uso de ello en un nuevo canal
público, es decir, propiamente del
¿El retiro de Venezuela de la Corte
Interamericana de Derechos Humanos se podrá
revertir con este florecimiento de Democracia?
Opiniones por: Josselyn Roca
9
Ius Inter Gentes – Comisión de Publicaciones – Boletín N° 22 – Enero 2015
Estado, el cual tenía como nuevo
nombre TVes.
Este hecho suscitó más allá del ámbito
nacional, ya que fue interpuesta para
una resolución ante la Corte
Interamericana de Derechos
Humanos, pues los dueños de la
empresa mencionaban que se estaba
violando el derecho a la libertad de
expresión, donde sí o sí se quería
imponer una ideología chavista. Sobre
ello, después de algunos años, la
Corte Interamericana emitió un fallo de
5 votos a favor y 2 en contra, donde
sale favoreciendo al Radio Caracas, y
en tanto, ordenando al país
restablecer la señal de RCTV. Sin
embargo, hasta el día de hoy, los
dirigentes del estado Venezolano se
niegan a otorgar crédito a los fallos de
aquella Corte en mención, donde
siempre han sido cuestionados debido
a que lo sindican como “arbitrarios”8.
Cabe indicar, que la Corte ha
cuestionado por muchos años la
democracia del gobierno chavista, lo
cual ha conllevado a que el Estado
Venezolano se retire de este sistema
interamericano de justicia en el 2013,
y por consiguiente, perdió jurisdicción
en tal país. Por tal razón, se aleja más
la posibilidad que el Estado cumpla y
acate los fallos emitidos por tal
sistema de justicia. Asimismo, a pesar
de que existen muchas denuncias
sobre las violaciones de derechos
8En <http://www.bbc.com/ mundo/ noticias/
2015/12/ 151204 _venezuela_
humanos anteriores al retiro de la
corte del sistema, por lo cual pueden
seguir su curso ante la Corte, se hace
más lejana la posibilidad que el Estado
cumpla con las resoluciones.
Sin embargo, en el mes de Diciembre,
se podría decir que ha suscitado una
esperanza más sólida para los
ciudadanos venezolanos, ya que el 06
de diciembre del año presente, día en
que se llevó a cabo las elecciones
parlamentarias, existió un giro con
respecto a los resultados, dando la
posibilidad de un florecimiento
democrático, ya que los dirigentes
chavistas perdieron votos y se prefirió
al grupo opositor. Sobre ello, se dio un
hecho histórico, que sin duda ha sid un
cambio rotundo después de 17 años
para los venezolanos, ya que la
oposición “Mesa de la Unidad
Democrática” liderada por Henrique
Capriles salió victoriosa con 112
diputados de 167 existentes de la
Asamblea Nacional. Cabe indicar que
Leopoldo Lopez es parte de este
partido político, quien actualmente se
encuentra preso, cumpliendo una
condena injustificada de 12 años, por
ir contra el pensamiento chavista, lo
cual revela una vez más lo
antidemocrático que ha sido por tantos
años aquel país. Pero, se espera que
con estos votos se revierta tal
situación para el ciudadano Leopoldo.
parlamentarias_ oposicion _chavismo_dp>
Consulta el 22 de diciembre de 2015
10
Ius Inter Gentes – Comisión de Publicaciones – Boletín N° 22 – Enero 2015
Sobre aquel resultado histórico, el
partido opositor al gobierno, puede
lograr revertir en diversos aspectos el
estado antidemocrático en el que se
encuentra Venezuela, ya que esta
Asamblea Nacional, compuesta en su
mayoría por miembros del MUD,
tienen la potestad de los siguientes
cambios: Entre ello, debido a que son
la mayoría del MUD, pueden poner en
riesgo el cargo de Diosdado Cabello,
quien es chavista; también pueden
sancionar leyes orgánicas o
fundamentales, convocar una
Asamblea Constituyente y remover a
los miembros del Tribunal
Constitucional; podrá emitir sanciones
dirigidos a vicepresidentes y ministros
y aprobar enmiendas constitucionales,
entre otras acciones. Asimismo, lo
resaltante de estos resultados es que,
al llegar a los escaños de 112
diputados del MUD, le dan la potestad
de revisar tratados internacionales
como convenios.
Con respecto a este último punto
señalado, sería indicado realizar la
restauración del estado venezolano
dentro de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos, como
credibilidad y aseguramiento de un
sistema más justo. Ya que como se
recuerda, Hugo Chavéz en el 2013
decidió retirarse de la Corte
9En <http:// cnnespanol. cnn.com
/2013/09/10/venezuela-se-retira-de-manera-
formal-de-la-corte-interamericana-de-
derechos-humanos/> Consulta el 12 de
diciembre de 2015.
formalmente9, aunque cabe reiterar
que el presidente fallecido en
mención, casi nunca acató los fallos
que precedían de aquella jurisdicción.
Entre sus argumentos estaban el que
aquel sistema estaba de la mano con
el país de Estados Unidos y
señalándolo de arbitrario. Sin
embargo, se vuelve a reiterar la
necesidad de que aquella Corte
prosiga con su jurisdicción dentro del
Estado Venezolano, quien cuenta con
15 condenas por la Corte debido a
ejecuciones extrajudiciales por parte
de policías y militares, destituciones
irregulares de funcionarios y
violaciones a la libertad de expresión;
asimismo, 13 están pendiente sobre
reparaciones hacia víctimas, según lo
señala CNN10, y no contando los
delitos sobre los derechos humanos
cometidos por el propio presidente de
Venezuela desde el 2013. Por lo que,
para vivir en un sistema democrático y
justo, se espera que aquellos
resultados parlamentarios manifiesten
un gran cambio democrático para los
ciudadanos venezolanos y que se
respete y prosiga con la jurisdicción de
la Corte Interamericana de Derechos
Humanos.
10 En
<http://cnnespanol.cnn.com/2015/09/07/corte
-interamericana-de-derechos-humanos-
ordena-a-venezuela-restablecer-senal-de-
rctv/> Consulta el 23 de enero de 2016.