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SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO PALACIO MUNICIPAL

Blvd. Hidalgo y Comonfort, Col. Centro, Hermol'lil:o. Sonora Tel. (662) 289-3051 y 2B9-3053

EL SUSCRITO, LIC. NICOLÁS ALFREDO GÓMEZ SARABIA, ~r9~~1~§i~[~~É!L AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE HERMOSILL'0¡:::r,1::'$Qt'/Q,~'./011,;~~N FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 59, 89, FRACCIÓN VI, DE LA 'TE'Y1iifl>&110

GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, Y 23, FRACCIÓN X, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DIRECTA DEL H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO;

CERTIFICO: QUE EN SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO, CELEBRADA EL 16 DE OCTUBRE DE 2018, (ACTA NO. 4), SE TOMÓ EL SIGUIENTE ACUERDO:

"[ ... ] 3. ASUNTOS DE SINDICATURA MUNICIPAL.

Continuando con el TERCER punto del Orden del Día, la PRESIDENTE MUNICIPAL otorgó el uso de la voz al síndico municipal, FERMÍN GONZALEZ GAXIOLA, quien presentó al Ayuntamiento seis asuntos, mismos que a continuación se indican: ·

ASUNTO 1 DE SINDICATURA Autorización para que el Síndico Municipal lleve a cabo la rectificación de

errores en los acuerdos de este ayuntamiento referentes a los trámites que se gestionan ante sindicatura, sin necesidad que se presenten en forma individual ante este pleno.

JUSTIFICACIÓN: Con el objeto de agilizar y dar certeza a los diversos trámites que son

aprobados por este Ayuntamiento para su tramitación en Sindicatura Municipal y con fundamento en lo que disponen los artículos 4, en su fracción VII, así como el artículo · 7, ambos de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Sonora, resulta procedente autorizar al suscrito para subsanar de oficio y desde el momento de que se percaten irregularidades en las que por error u omisión se detalle algún dato incorrecto sobre la identidad de los contratantes y/o de los bienes muebles e inmuebles de que se trate, según sea el caso.

Por lo antes expuesto y fundado, solicito a este Pleno, que: ÚNICO: Autorización para que con base en el presente acuerdo el C. Síndico

Municipal lleve a cabo las rectificaciones en los expedientes tramitados ante Sindicatura Municipal: En el dato de superficie: en un rango no mayor a 10.00 m2; La medida de una colindancia: en un rango no mayor a 5 metros lineales; Nombres o apellidos del solicitante; Nomenclatura de calles; Clave Catastral y cifra del valor del terreno cotejada contra certificado de valor catastral y en su caso avalúo.

Acto seguido, la PRESIDENTE MUNICIPAL concedió el uso de la voz y al no existir intervención alguna, sometió a consideración del Cuerpo Colegiado el asunto presentado en los términos expuestos; llegándose al siguiente acuerdo:

Tomo CCII Hermosillo, Sonora Número 46 Secc. 11 Jueves 6 de Diciembre del 2018

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ACUERDO (3). Se aprueba por unanimidad de los presentes con veintidós votos a favor, el asunto uno presentado por el Síndico Municipal en los siguientes términos:

ÚNICO: Se autoriza para que con base en el presente acuerdo el Síndico Municipal lleve a cabo las rectificaciones en los expedientes tramitados ante Sindicatura Municipal: En el dato de superficie: en un rango no mayor a 10.00 m2; La medida de una colindancia: en un rango no mayor a 5 metros lineales; Nombres o apellidos del solicitante; Nomenclatura de calles; Clave Catastral y cifra del valor del terreno cotejada contra certificado de valor catastral y en su caso avalúo.

[ ... ]".

LA PRESENTE CERTIFICACIÓN CONSTA DE UNA FOJA ÚTIL, IMPRESA POR AMBAS PÁGINAS E INCLUYE ESTA RAZÓN, LA CUAL ESTÁ DEBIDAMENTE COTEJADAS, SELLADA, FOLIADA Y RUBRICADA, Y CORRESPONDE AL PUNTO TRES DEL ORDEN DEL DÍA, ASUNTO UNO, DEL ACTA NÚMERO cuatro (4), RELATIVA A LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL 16 DE octubre DE 2018, MISMA QUE SE EXPIDE EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, EL DIECISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, PARA LOS FINES A LOS QUE HAYA LUGAR.

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NIcoLÁs ALFReQl ~ óMEz sARABIA Secretario del Áyuntamiento

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SUBOIRECCIÓ.NJURlDICA

~ Tomo CCII

DE LASECRETAR[A OELAYUNTAMIEN1'0

Hermosillo, Sonora Número 46 Secc. 11 • Jueves 6 de Diciembre del 2018

Boletin Oficial

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SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO PALACIO MUNICIPAL

Blvd. Hidalgo y Comonfort, Col. Centro, Hermosí!lo, Sonora. Tel. (662) 289.-3051 y 289-3053

GO~!l!ré~~tA8,i~ff\i~~o21 f!~ Ht:i-::;1;osiu.o

EL SUSCRITO, LIC. NICOLÁS ALFREDO GÓMEZ SARABIAc;;1:8JiJig,fa'.ífülfGl:f~,0

AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE HERMOSILLO, SONORA, CON"·Nro FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 59, 89, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, Y 23, FRACCIÓN X, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DIRECTA DEL H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO;

CERTIFICO: QUE EN SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO, CELEBRADA EL 16 DE OCTUBRE DE 2018, (ACTA NO. 4), SE TOMÓ EL SIGUIENTE ACUERDO:

"[ ... )

3. ASUNTOS DE SINDICATURA MUNICIPAL. . Continuando con el TERCER punto del Orden del Día, la PRESIDENTE

MUNICIPAL otorgó el uso de la voz al síndico municipal, FERMÍN GONZALEZ GAXIOLA, quien presentó al Ayuntamiento seis asuntos, en los términos que a continuación se indican:

[ .. ·.¡ ASUNTO 2 DE SINDICATURA

Autorización para que los CC. Presidenta Municipal y Secretario del Ayuntamiento, formalicen las donaciones-'a favor del Ayuntamiento de Hermosillo, sin autorización previa.

JUSTIFICACIÓN: Con el objetivo de facilitar la tramitología que conlleva las formalizaciones de los

contratos y convenios mediante los cuales el Ayuntamiento reciba a título gratuito y a favor de su patrimonio la propiedad y/o posesión de bienes muebles e inmuebles, con fundamento en los artículos 61, Fracción 11, inciso G) y 89, fracción VII, de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, se solicita autorización para delegar la facultad a favor de la C. Presidenta Municipal, para que con el refrendo del C. del Secretario del Ayuntamiento, pueda celebrar contratos y convenios que tengan por objeto recibir a favor del patrimonio municipal la propiedad y/o posesión de bienes muebles e inmuebles, sin su autorización previa.

Por lo antes expuesto y fundado, a este Pleno solicito, que: ÚNICO: Se autorice a la C. Presidenta Municipal a celebrar convenios o

contratos de donación a favor del Ayuntamiento de Hermosillo sin autorización previa del Ayuntamiento de bienes muebles e inmuebles a favor del Ayuntamiento de @ Hermosillo y que conlleven beneficios; debiéndolos refrendar el Secretario del @ ~~~- ~

Una vez terminada la lectura del asunto en mención, la PRESIDENTE ~ MUNICIPAL concedió el uso de la voz a los integrantes del ayuntamiento en el orden ~ que a continuación se señala: C=

En primer término, el regidor CARLOS SOSA CASTAÑEDA solicitó el uso de la @) voz y manifestó: "muchísimas gracias presidenta, la capacidad de gestión de usted @ presidenta, de este Ayuntamiento creo que es pieza clave sobre todo cuando hay falta

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de recursos que ha mencionado usted, la capacidad que tiene un Ayuntamiento de gestionar por supuesto va abonar para un mejor desempeño eso en lo personal lo aplaudo y lo reconozco, al momento de justificar este tema sobre todo que se nos pide que autoricemos nosotros como cabildo que no tenga que formalizarse el convenio cuando se trata de donaciones, es decir y recalcó el síndico a título gratuito, creo importante y propongo si bien es cierto en la justificación del dictamen se establece, en la justificación se establece con puntualidad como Jo leyó el síndico que va a ser a título gratuito, lo que vale en la aprobación es el resolutivo y en el resolutivo único se habla de que autorizamos a la presidenta a celebrar convenios o contratos de donación, los contratos de donación sí son por Ley a título gratuito, los convenios pueden tener otra naturaleza, entonces si la intención es no traer a pleno cualquier contrato que implique Un beneficio, que yo estoy de acuerdo que todo contrato, acuerdo que implique beneficio y que no tenga contraprestación alguna que tenga la autorización la Presidenta de hacerla, lo que estoy proponiendo es que en el punto único donde se señala se autoriza a la Presidenta Municipal a celebrar convenios que sean a título gratuito, ponerle la palabra a título gratuito para no caer en alguna otra situación, es la propuesta".

A lo que la PRESIDENTE MUNICIPAL manifestó: "El síndico hará la modificación regidor, muchísimas gracias por su comentario".

Concluida las intervenciones, la PRESIDENTE MUNICIPAL sometió a consideración del Cuerpo Colegiado el asunto presentado en los términos expuestos por el Síndico Municipal, con la modificación propuesta por el Regidor Carlos Sosa Castañeda, llegándose al siguiente acuerdo:

ACUERDO (4). Se aprueba por unanimidad de los presentes con veintidós votos a favor, el asunto dos presentado por el Síndico Municipal en los siguientes términos:

ÚNICO: Se autoriza a la C. Presidenta Municipal a celebrar convenios o contratos de donación a título gratuito a favor del Ayuntamiento de Hermosillo sin autorización previa del Ayuntamiento de bienes muebles e inmuebles a favor del Ayuntamiento de Hermosillo y que conlleven beneficios; debiéndolos refrendar el Secretario del Ayuntamiento, lo anterior en temimos de los artículos 61, fracción 11, inciso G) y 89, fracción VII , de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.

[ ... ]".

LA PRESENTE CERTIFICACIÓN CONSTA DE UNA FOJA ÚTIL, IMPRESA POR AMBAS PÁGINAS E INCLUYE ESTA RAZÓN, LA CUAL ESTÁ DEBIDAMENTE COTEJADA, SELLADA, FOLIADA Y RUBRICADA, Y CORRESPONDE AL PUNTO TRES DEL ORDEN DEL DÍA, ASUNTO DOS, DEL ACTA NÚMERO CUATRO (4), RELATIVA A LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL 16 DE OCTUBRE DE 2018, MISMA QUE SE EXPIDE EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, EL DIECISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, P¿~Jr.~ S FINES A LOS '~UE HAYA LUGAR.

i'~ . . \\~-- . . C. NIGOLAS ALFREDO GOMEZ SARABIA

GOBlfcmm Ml!i\i lCIP/\L GE

r:s·u\co

Secretario del.Ayuntamiento

SECHElAR¡f\ DEL/\YUNT,i\f1/PENfO

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SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO PALACIO MUNICIPAL

Blvd. Hida lgo y Comonfort, Col. Centro , Hermosillo, Sonora. Tel. (662) 289-3051 y 289-3053

GOBIERNO iv11 ,:·w-,:r:,s,

EL SUSCRITO, LIC, NICOLÁS ALFREDO GÓMEZ SARABIA,. S~~f;fÁB,.ÍQ~)~EL AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE HERMOSIL~Ei;RETS@N®'M;,~';-;it',QN FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 59, 89, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, Y 23, FRACCIÓN X, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DIRECTA DEL H, AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO;

CERTIFICO: QUE EN SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO, CELEBRADA EL 16 DE OCTUBRE DE 2018, (ACTA NO, 4), SE TOMÓ EL SIGUIENTE ACUERDO:

"[ ... ] 3. ASUNTOS DE SINDICATURA MUNICIPAL.

Continuando con el TERCER punto del Orden del Día, la PRESIDENTE MUNICIPAL otorgó el uso de la voz al síndico municipal, FERMÍN GONZALEZ GAXIOLA, quien presentó al Ayuntamiento seis asuntos, en los términos que a continuación se indican:

[,, ,] ASUNTO 3 DE SINDICATURA

Se solicita autorización para implementar un Program,a de Regularización de terrenos ubicados dentro de los antiguos ejidos de Hermosillo, incluyendo todas las ampliaciones al Fundo LegaL

JUSTIFICACIÓN Con el objeto de brindar certeza jurídica a la propiedad inmobiliaria en el Municipio, y de conformidad con lo que establecen los artículos 198, fracción II y VIII , y 199, de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, así como los artículos 35 al 44 del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del H, Ayuntamiento del Municipio de Hermosillo, se requiere autorización para continuar con el PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN de predios ubicados dentro de los Antiguos Ejidos de Hermosillo, incluyendo todas las ampliaciones al Fundó Legal.

Debiendo presentar dichos convenios ante este H, Cuerpo Edilicio para su ratificación en la Sesión del Ayuntamiento que se celebre con posterioridad a la realización de los referidos convenios,

Por lo antes expuesto y fundado, se solicita al H, Cuerpo Edilicio lo siguiente: ÚNICO: Se autorice a los C,C, Presidente Municipal, Secretario del

Ayuntamiento y Síndico municipal, la suscripción de los convenios de regularización respectivos; debiendo-este último presentar dichos convenios ante este Pleno para su ratificación en la sesión que éste celebre con posterioridad a la inscripción de los referidos convenios en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de este Distrito JudiciaL

En el desahogo de éste punto inteNino el Regidor ARMANDO MORENO SOTO, posteriormente el SÍNDICO MUNICIPAL quien dijo: "Bien en el punto número seis estamos planteando que sea la Promotora la que se haga cargo de aquí en adelante,

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estamos agregando cinco colonias más a las ya cincuenta y cuatro que tenía la Promotora, en el punto seis".

La PRESIDENTA MUNICIPAL informó lo siguiente: "en la página 13 vienen todas las columnas".

Intervino la Regidora MA. ENGRACIA CARRAZCO VALENZUELA quien comentó: "Si en el mismo sentido quiero comentar que indudablemente este tipo de acciones que en este momento está impulsando la Sindicatura me parece que habría que celebrar y reconocer que son de gran impacto social y que quedará asentado que cuando se tiene voluntad política y cuando se piensa en esta condición de que la vivienda como tal es un derecho, un derecho que tenemos y que en el momento en que ese espacio del suelo urbano que se encuentre legalizado sin duda da una condición de mayor estabilidad para las familias, en ese sentido igual celebro las acciones que en este momento se están impulsando para lo cual en estos dictámenes está contemplada esta ampliación del programa de regularización del H. Ayuntamiento".

A lo que la PRESIDENTE MUNICIPAL manifestó: "muchas gracias Regidora". Concluida las intervenciones, la PRESIDENTE MUNICIPAL, sometió a

consideración del Cuerpo Colegiado el asunto presentado en los términos expuestos, llegándose al siguiente acuerdo:

ACUERDO (5). Se aprueba por unanimidad de los presentes con veintidós votos a favor, el asunto tres presentado por el Síndico Municipal en los siguientes términos:

ÚNICO: Se autoriza a los C.C. Presidente Municipal, Secretario del Ayuntamiento y Síndico Municipal, la suscripción de los convenios de regularización respectivos; debiendo este último presentar dichos convenios ante este Pleno para su ratificación en la sesión que este celebre con posterioridad a la inscripción de los referidos convenios en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de este Distrito Judicial.

[ ... ]".

LA PRESENTE CERTIFICACIÓN CONSTA DE UNA FOJA ÚTIL, IMPRESA POR AMBAS PÁGINAS E INCLUYE ESTA RAZÓN, LA CUAL ESTÁ DEBIDAMENTE COTEJADAS, SELLADA, FOLIADA Y RUBRICADA, Y CORRESPONDE AL PUNTO TRES DEL ORDEN DEL DÍA, ASUNTO TRES, DEL ACTA NÚMERO CUATRO (4), RELATIVA A LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL 16 DE OCTUBRE DE 2018, MISMA QUE SE EXPIDE EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, EL DIECISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, PARA LOS FINES A LOS ? UE HAYA LUGAR.

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NICOLÁS ALFHiEDO GÓMEZ SARABIA Secretario d' I Ayuntamiento

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SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO PALACIO MUNICIPAL

Blvd. Hidalgo y Comonfort, Col. Centro, Hermosil!o, Sonora Tel. (662) 289~3051 y 289-3053

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EL SUSCRITO, LIC. NICOLÁS ALFREDO GÓMEZ SARABIA, SECREfa:¡[ ~t~rey,t ~A AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE HERMOSILLO, '>f: '$@N®R))lp.1,'fi.@l'irv1!Gffo FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 59, 89, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, Y 23, FRACCIÓN X, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DIRECTA DEL H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO;

CERTIFICO: QUE EN SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO, CELEBRADA EL 16 DE OCTUBRE DE 2018, (ACTA NO. 4), SE TOMÓ EL SIGUIENTE ACUERDO:

"[ ... ]

3. ASUNTOS DE SINDICATURA MUNICIPAL. Continuando con el TERCER punto del Orden del Día, la PRESIDENTE

MUNICIPAL otorgó el uso de la voz al síndico municipal, FERMÍN GONZALEZ GAXIOLA, quien presentó al Ayuntamiento seis asuntos, en los términos que a continuación se indican:

[ .. . ] ASUNTO 4 DE SINDICATURA

Se solicita autorización para implementar un Programa de Regularización de terrenos ubicados en los poblados la Victoria y el Tazajal.

JUSTIFICACIÓN Con el objeto de brindar certeza jurídica a la propiedad inmobiliaria en el

Municipio, y de conformidad con lo que establecen los artículos 198, fracción II y VIII, y 199, de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, así como los artículos 35 al 44 del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del H. Ayuntamiento del Municipio de Hermosillo, se requiere autorización para continuar con el PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN de predios en los poblados de "EL TAZAJAL" y "LA VICTORIA", en los siguientes términos:

a) Tratándose de predios con vivienda, se recomienda que el pago por concepto de regularización sea a razón de $5.00 (cinco pesos 00/100 moneda nacional) por metro cuadrado, más el costo por la expedición de título conforme lo estipule la Ley de Ingresos vigente al momento de la celebración del convenio.

b) Tratándose de predios sin vivienda, ya sea que estos se encuentran baldíos con alguna construcción sin habitar, o bien con algún otro uso que no sea vivienda, se recomienda que @ los cobros se fijen conforme a los Artículos 40 y 41 del Reg lamento para el Manejo y

·- Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento. @ c) Para ello deberán cumplir con los requisitos que establece el Reglamento para el Manejo y ~

Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento. 7) Por lo antes expuesto se solicita al H. Cuerpo Edilicio lo siguiente: ~

ÚNICO: Se autorice a los e.e. Presidente Municipal, Secretario del Ayuntamiento y C= Síndico municipal, la suscripción de los convenios de regularización respectivos y en @ los términos antes expuestos; debiendo este último presentar dichos convenios ante @ este Pleno para su ratificación en la sesión que este celebre con posterioridad a la

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inscripción de los referidos convenios en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de este Distrito Judicial.

Una vez terminada la lectura del asunto en mención, la PRESIDENTE MUNICIPAL concedió el uso de la voz a los integrantes del Ayuntamiento en el orden que a continuación se señala:

En primer término, la Regidora XÓCHITL GUADALUPE SÁNCHEZ GARCÍA solicitó el uso de la voz y manifestó: "En cuanto al borrador de acuerdo que se nos hizo llegar, yo les quisiera sugerir una modificación en el inciso a) ya que viene tratándose de los predios con vivienda solamente, yo no sé si se le pudiera anexar vivienda popular o vivienda económica para que quedara muy claro a qué tipo de vivienda es al que se le está dando el beneficio y también no sé si se pudiera anexar a cuantos metros cuadrados nos estamos refiriendo de esas viviendas, yo no sé si a 100 metros cuadrados, cuantos metros tendrían esas casas, entonces yo ahí si pidiera que si se pudiera especificar que es vivienda social o vivienda económica a la cual le vamos a estar dando esa prestación y como para dejar claro el beneficio social el cual estamos tratando de regularizar pero esa es mi aportación y mi petición".

En uso de la voz el SÍNDICO MUNICIPAL dijo: "Quiero agregar que en la mayoría de los casos, no todos, los terrenos sí son de gran tamaño y la vivienda es_ ,;,u.:c, muy popular, en la mayoría de los casos". . . _i'rf'i~Í

fMomando el uso de la voz la Regidora XOCHITL GUADALUPE SANCHE~¡;;{ . j GARCIA, expresó: "que quede plasmado porque hay unas colonias qúe vamos;1¡a},: J estarlo viendo, estamos hablando del Tazajal que hay viviendas que son de hasta 500~:,);i. metros por ejemplo, entonces creo que esas no son tanto como viviendas sociales, así ~.,.,, lo veo yo, entonces no sé si se pudiese especificar que quedara claro a que vivi@Rp/{,!:"°', ! son las que se está dando esta regularización de los 5 pesos o que no f1¡1fiI~/1;~;c;~ viviendas mixtas que luego también pueden ser para comercio y que se le§Ei!isWvief.l¡/, DEL. regularizando a los 5 pesos, porque yo creo que ya tuviese que aplicarse la tarifa comercial como dice el artículo 40, 41, pero creo que yo nada más pidiera que se especificaría esa es mi solicitud como para que el beneficio si fuera muy claro que es un beneficio social el que se está haciendo con estas regularizaciones".

A lo que el SÍNDICO MUNICIPAL manifestó: "El punto "a" se refiere a vivienda ¿ Verdad?, Es exclusivamente vivienda y en general insisto la vivienda es muy humilde aunque el terreno es grande, 500 metros o más, el terreno es grande de ahí que cuando estamos hablando de 5 pesos por metro cuadrado representa una cantidad difícil de cubrir para estas personas, esa es la verdad y quiero aclarar que en el punto 2 o en el "b" es donde se señala otro tipo de uso como el comercio pero está bien lo agregamos, claro, gracias".

Intervino la Regidora MA. ENGRACIA CARRAZCO VALENZUELA, quien comentó: "Solo para acotar yo creo que en mi caso tiene que discutir el propio concepto de vivienda alude a las condiciones de un perfil de familia en una sociedad determinada, entonces no son, si dijera residencias o cerradas, o sea, estos conceptos a lo mejor tendríamos que entrar a la discusión, tampoco tengo problema que se diga vivienda pero como que acotarle económica se sale de la definición misma del concepto de vivienda, no se es una opinión".

El Regidor ERNESTO DE LUCAS HOPKINS dijo: "Básicamente lo que entiendo por vivienda, gracias presidenta perdón, es al tipo de vivienda para uso habitacional que impera en muchos de los territorios que están dentro de estos ejidos y la finalidad

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Blvd. Hidalgo y Comonfort, Col. Centro, Hermosi1!o, Sonora. Te!. (662) 289-3051 y 289-3053

H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO 2018 - 2021

no es precisamente la vivienda nomas y su uso va más allá del que persigue la Sindicatura del Ayuntamiento, que es precisamente dotar de vivienda a las familias más necesitadas con aras de poder regularizar su propiedad".

Intervino el SÍNDICO MUNICIPAL quien manifestó: "Si queda claro, gracias". A lo que la PRESIDENTE MUNICIPAL manifestó: "Quedaría entonces la

redacción tratándose de predios de vivienda social o sería necesario entonces acotar aún más tratándose de predios con vivienda en donde los ingresos de las familias sean menores a, porque efectivamente en aquellas zonas si hay mucho terreno donde hay vivienda que no está regularizado y que son viviendas de millones de pesos que creo que es muy importante hacer la reflexión ¿ Cómo se propone regidora la redacción?, Vivienda social".

En uso de la voz la Regidora XÓCHITL GUADALUPE SÁNCHEZ GARCÍA externó: "así me queda más claro".

Concluida las intervenciones, la PRESIDENTE MUNICIPAL, sometió a consideración del Cuerpo Colegiado el asunto presentado por el Síndico Municipal con

•,,,, _ la propuesta de adición de la Regidora XÓCHITL GUADALUPE SÁNCHEZ GARCÍA \',l;ln agregar el término de social para quedar como vivienda social, llegándose al \ ~iguiente acuerdo:

!- ACUERDO (6). Se aprueba por unanimidad de los presentes con veintidós · votos a favor, el asunto cuatro presentado por el Síndico Municipal en los siguientes tér(]inos:

. . ÚNICO: Se autoriza a los C.C. Presidente Municipal , Secretario del .. , A,,ygpJ~~jento y Síndico Municipal, la suscripción de los convenios de regularización

respéct1vos en los términos antes expuestos y con la propuesta de adición de la regidora Xóchitl Guadalupe Sánchez García, en agregar el término de social para quedar como "Vivienda Social"; debiendo este último presentar dichos convenios ante este Pleno para su ratificación en la sesión que este celebre con posterioridad a la inscripción de los referidos convenios en el Registro. Público de la Propiedad y del Comercio de este Distrito Judicial.

[ ... ]".

LA PRESENTE CERTIFICACIÓN CONSTA DE DOS FOJAS ÚTILES, LA PRIMERA IMPRESAS POR AMBAS PÁGINAS Y UNA SOLO POR EL ANVERSO E INCLUYE ESTA RAZÓN, CUALES ESTÁN DEBIDAMENTE COTEJADAS, SELLADAS, FOLIADAS Y RUBRICADAS, Y CORRESPONDEN AL PUNTO TRES DEL ORDEN DEL DÍA, ASUNTO CUATRO, DEL ACTA NÚMERO CUATRO (4), RELATIVA A LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL 16 DE OCTUBRE DE 2018, MISMA QUE SE EXPIDE EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, EL DIECISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, PARA

... LOS FINES A L,~~YA LUGAR. \

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NICOLÁS ALFREDO C,01ÍIIEZ SARABIA Secretario del Ayufitamiento

ESTADO 2KJNORA 5ECRETARÍA DEL AY UNTAMIENTO

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SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO PALACIO MUNICIPAL

Blvd. Hidalgo y Comonfort, Col. Centro, Hermosi'.b, Sonora. T"t (062) ~eA-3051 y 289-30~3 ;i~'.~'Á'(\J~·~·;·~HTO

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EL SUSCRITO, LIC. NICOLÁS ALFREDO GÓMEZ SARABIA, SEC~éfARí6S;~~ti,ti AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE HERMOSILLO, '3E§('9'Né:lf~/Eu,e::@NJt,rví'Erno FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 59, 89, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, Y 23, FRACCIÓN X, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DIRECTA DEL H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO;

CERTIFICO: QUE EN SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO, CELEBRADA EL 16 DE OCTUBRE DE 2018, (ACTA NO. 4), SE TOMÓ EL SIGUIENTE ACUERDO:

"[ ... ] 3. ASUNTOS DE SINDICATURA MUNICIPAL.

Continuando con el TERCER punto del Orden del Día, la PRESIDENTE MUNICIPAL otorgó el uso de la voz al síndico municipal, FERMÍN GONZALEZ GAXIOLA, quien presentó al Ayuntamiento seis asuntos, en los términos que a continuación se indican:

[ ... ] ASUNTO 5 DE SINDICATURA

Se solicita autorización para implementar un· Programa de Regularización de terrenos ubicados en la colonia la Manga.

JUSTIFICACIÓN Con el objeto de brindar certeza jurídica a la propiedad inmobiliaria en el

Municipio, y de conformidad con lo que establecen los artículos 198, fracción 11 y VIII, y 199, de la Ley de Gobierno y Administración Municipal, así como los artículos 35 al 44 del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del H. Ayuntamiento del Municipio de Hermosillo, se requiere autorización para continuar con el PROGRAMA DE REGULARIZACIÓN de predios en la Colonia La Manga, en los siguientes términos:

a) Tratándose de predios con vivienda, se recomienda que el pago por concepto de regularización sea a razón de $5.00 (cinco pesos 00/100 moneda nacional) por metro cuadrado, más el costo por la expedición de título conforme lo estipule la Ley de Ingresos vigente al momento de la celebración del convenio.

b) Tratándose de predios sin vivienda, ya sea que estos se encuentran baldíos con alguna construcción sin habitar, o bien con algún otro uso que no sea vivienda, se recomienda que los cobros se fijen conforme a los Artículos 40 y 41 del Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento.

Tomo CCII Hermosillo, Sonora Número 46 Secc. 11 • Jueves 6 de Diciembre del 2018

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c) Para ello deberán cumplir con los requisitos que establece el Reglamento para el Manejo y Disposición de Bienes Muebles e Inmuebles del Ayuntamiento.

Por lo antes expuesto se solicita al H. Cuerpo Edilicio lo siguiente: ÚNICO: Se autorice a los e.e. Presidente Municipal, Secretario del

Ayuntamiento y Síndico municipal, la suscripción de los convenios de regularización respectivos y en los términos antes expuestos; debiendo este último presentar dichos convenios ante este Pleno para su ratificación en la sesión que este celebre con posterioridad a la inscripción de los referidos convenios en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de este Distrito Judicial.

Una vez terminada la lectura del asunto en mención, la PRESIDENTE MUNICIPAL, sugirió lo siguiente: "Igual se Je haría la misma adecuación, quedaría· como vivienda social, ¿Le parece Regidora XÓCHJTL GUADALUPE SÁNCHEZ GARCÍA?"

A lo que la regidora XÓCHITL GUADALUPE SÁNCHEZ GARCÍA contestó: "sí" Concluida las intervenciones, la PRESIDENTE MUNICIPAL, sometió a

consideración del Cuerpo Colegiado el asunto presentado por el Síndico Municipal en los términos expuestos con la adición antes precisada, llegándose al siguiente acuerdo:

ACUERDO (7). Se aprueba por unanimidad de los presentes con veintidós votos a favor, el asunto cinco presentado por el Síndico Municipal en los siguientes términos:

ÚNICO: Se autoriza a los C.C. Presidente Municipal, Secretario del Ayuntamiento y Síndico Municipal, la suscripción de los convenios de regularización respectivos y en los términos antes expuestos, con la adición antes precisada, agregando el término "de social" para quedar como "Vivienda Social", debiendo este último presentar dichos convenios ante este Pleno para su ratificación en la sesión que este celebre con posterioridad a la inscripción de los referidos convenios en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de este Distrito Judicial.

[ ... ]".

LA PRESENTE CERTIFICACIÓN CONSTA DE UNA FOJA ÚTIL, IMPRESA POR AMBAS PÁGINAS E INCLUYE ESTA RAZÓN, LA CUAL ESTÁ DEBIDAMENTE COTEJADA, SELLADA, FOLIADA Y RUBRICADA, Y CORRESPONDE AL PUNTO TRES DEL ORDEN DEL DÍA, ASUNTO CINCO, DEL ACTA NÚMERO CUATRO (4), RELATIVA A LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL 16 DE OCTUBRE DE 2018, MISMA QUE SE EXPIDE EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, EL DIECISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIOCHO, PARA A LOS QUE HAYA LUGAR.

. , f soso,s<cc•ó• ""''1º DELA SECRETARIA< DEL.A\'Ul'lTAl,'IIENTO

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SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO B1vd. Sonora.

EL SUSCRITO, LIC. NICOLÁS ALFREDO GÓMEZ SARABIA, .,S,E;&:;f/,¡;;J~~/.í:lf ,~,~~.r.~; .. ,. ... ,,. AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE HERMOSILLO, SONORA, CON1FTJNl'.JA'lvll:'.\il'í0l1?N'°'"4 '' 'fü" LOS ARTÍCULOS 59, 89, FRACCIÓN VI, DE LA LEY DE GOBIERNO Y ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL, Y 23, FRACCIÓN X, DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA MUNICIPAL DIRECTA DEL H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO;

CERTIFICO: QUE EN SESIÓN ORDINARIA DEL AYUNTAMIENTO, CELEBRADA EL 16 DE OCTUBRE DE 2018, (ACTA NO. 4), SE TOMÓ EL SIGUIENTE ACUERDO:

"[ ... ] 3. ASUNTOS DE SINDICATURA MUNICIPAL.

Continuando con el TERCER punto del Orden del Día, la PRESIDENTE MUNICIPAL otorgó el uso de la voz al síndico municipal, FERMÍN GONZALEZ GAXIOLA, quien presentó al Ayuntamiento seis asuntos, en los términos que a continuación se indican:

[ ... ] ASUNTO 6 DE SINDICATURA

Se solicita autorización para celebrar Convenio Modificatorio al Convenio de Colaboración suscrito entre este Ayuntamiento de Hermosillo y la Promotora Inmobiliaria.

. JUSTIFICACIÓN Con autorización obtenida mediante sesión de fecha 14 de julio de 2017, según consta

en acta número 35, este Ayuntamiento y la Promotora Inmobiliaria del Municipio de Hermosillo celebraron convenio de colaboración que tiene por objeto conjuntar acciones para !a regularización de asentamientos humanos en nuestro Municipio.

Ahora bien, en las acciones de trabajo que esta Sindicatura ha instaurado en nombre de esta municipalidad, está la de continuar ejecutando la facultad/obligación de rango constitucional de intervenir en la regularización de la tenencia de la tierra urbana; Por lo que en seguimiento a lo acordado en dicho acuerdo de voluntades, hemos sostenido diversas reuniones de trabajo con funcionarios de la Promotora Inmobiliaria de Hermosillo, de las que ha surgido la necesidad de modificar el convenio de colaboración suscrito con el objeto primeramente de enumerar correctamente el clausulado del contrato, toda vez que se establecen en él de manera errónea, sin orden sucesivo y repetidas; asimismo, modificar el contenido de las cláusulas cuarta, sexta y sexta 1.

La modificación a la cláusula cuarta tiene por objeto dar claridad y certeza en cuanto a la formalidad que por imperativo del Código Civil debe darse al mandato a título gratuito al que se hace referencia en esta, así como para ampliar el número de las colonias que constituyen el espectro de influencia de dicho convenio, para agregar las siguientes que se omitieron en el convenio original: División del Norte, Inalámbrica, Las Amapolas, La Matanza, Villa de Seris, Cuartel XXI Francisco Villa y Balderrama.

Por último, modificar la cláusula sexta, en lo que corresponde a las obligaciones a cargo del Ayuntamiento, para pasar a ser la séptima, para establecer en ella que aquellos casos en los que ya se tenga cuenta de pago abierta a favor de los adquirentes en la Tesorería, se continúe con el pago en dichas cuentas ante esa instancia hasta su conclusión y, en su defecto, cuando no se tenga cuenta de pago, estas se abran y se concluyan en y a favor de la citada paramunicipal.

1 Se establecen dos cláusulas sexta en el contrato.

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Para quedar el convenio, de la siguiente manera:

CONVENIO MODIFICATORIO DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE TIENE POR OBJETO CONJUNTAR ACCIONES EN LA REGULARIZACIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS EN EL MUNICIPIO DE HERMOSILLO, SONORA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE HERMOSILLO, DEL ESTADO DE SONORA, REPRESENTADO POR LOS ce. LIC. CÉLIDA TERESA LÓPEZ CÁRDENAS, MTRO. FERMÍN GONZÁLEZ GAXIOLA Y LIC. NICOLÁS ALFREDO GÓMEZ SARABIA, PRESIDENTE, SÍNDICO Y SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO RESPECTIVAMENTE, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "EL MUNICIPIO", Y POR OTRA PARTE LA PROMOTORA INMOBILIARIA DEL MUNICIPIO DE HERMOSILLO, ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO REPRESENTADO POR LA DRA. MARÍA ANTONIETA LAZO LÓPEZ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA PROMOTORA", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

Que el H. Ayuntamiento de Hermosillo, en base a los antecedentes estipulados en el cuerpo del convenio que por el presente se modifica, en sesión de fecha 14 de julio de 2017, según consta en acta número 35, autorizó al Presidente, Síndico y Secretario del Ayuntamiento de Hermosillo a la suscripci del convenio de colaboración con la Promotora Inmobiliaria del Municipio de Hermosillo, con el o de conjuntar acciones en la regularización de asentamientos humanos en el municipio de Hermo Sonora.

Que dicho convenio fue suscrito por ambas partes, Ayuntamiento de Hermosillo y Promotora Inmobiliaria del Municipio de Hermosillo, con fecha 18 de junio de 2017, y fue publicado en el Boletín Ofi6( Gobierno del Estado número 41, sección 11, de fecha 21 de mayo de 2018.

Que ante la necesidad de continuar con los trámites inherentes al objeto de dicho voluntades, se requiere llevar a cabo la modificación del convenio originalmente suscrito con el objetivo de dar mayor claridad y certeza jurídica al mismo, lo que sin duda redundará en trámites más rápidos en beneficio de los contribuyentes que requieran adquirir de este Ayuntamiento, por conducto de la Promotora Inmobiliaria del Municipio de Hermosillo, lotes de terreno para satisfacer necesidades de suelo para vivienda de distintas colónias y asentamientos humanos de la ciudad.

DECLARACIONES

l. De "EL AYUNTAMIENTO":

1.1. Que la Licenciada Gélida Teresa López Cárdenas y el Maestro Fermín González Gaxiola, en sus respectivos caracteres de Presidente y Síndico Municipal de Hermosillo, del Estado de Sonora, cuentan con todas las facultades para representarlo en la celebración del presente acto jurídico, acreditando su respectiva personalidad con la constancia de mayoría y declaración de validez de fecha 05 de julio de 2018, expedida por el Consejo Municipal Electoral, dependiente del Instituto EstataJ Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Sonora, documentos que se agregan al presente convenio formando parte del mismo.

1.2. Que el Lic. Nicolás Alfredo Gómez Sarabia, en su carácter de Secretario del H. Ayuntamiento del Municipio de Hermosillo, del Estado de Sonora, cuenta con las facultades suficientes para refrendar con su firma la celebración del presente acto jurídico de conformidad con lo dispuesto por los articulas 89, fracción VII de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y su correlativo artículo 23, fracción XII del

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SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO PALACIO MUNICIPAi

Blvd. Hidiilga "I Gomortfort, Col. Centro, Hermosillo, Sonora Tél (682) 288-3051 y 289-3053

H. AYUNTAMll!NTO 06 HIIRNOSILLO 201Q · 20.21

Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal Directa, acreditando su personalidad con copia debidamente certificada del Acta número 2, de la Sesión extraordinaria del Ayuntamiento de Hermosillo, Sonora, celebrada el día 17 de septiembre del 2018, que refiere a su nombramiento y protesta de ley como Secretario del H. Ayuntamiento del Municipio de Hermosillo, Sonora. Documentos que se agregan al presente convenio formando parte del mismo.

1.3. Que con fecha __ de __ del 2018, en Sesión Extraordinaria del Ayuntamiento, según consta en acta número----~ se autorizó a los citados funcionarios municipales para celebrar el presente convenio modificatorio, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo 65, fracción V, y 70, fracciones 1

y 11 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.

11. De "LA PROMOTORA":

11.1. Que la Dra. María Antonieta Lazo López, Directora General y Apoderada General para Pleitos y Cobranzas, para actos de Administración y de Dominio, carácter que acredita con escritura pública número ____ , de fecha ___ de ____ del 2018, otorgada ante la fe del Notario Público Lic.

Notaría Pública no. ____ , manifestando bajo protesta de decir verdad que el poder le ha sido revocado ni modificado, en todo ni en parte, y tengo capacidad legal para celebrar el

:?nr,,~e>nt·A instrumento.

111. DECLARAN EN CONJUNTO Y DE COMÚN ACUERDO AMBAS PARTES:

el presente convenio tiene por objeto primeramente enumerar correctamente de la cláusula <stÍ<t~ e~ adelante, en virtud de que se establecen de manera errónea y sin orden sucesivo en el

, ' 1 i:!dX~ra'id;'~simismo, modificar el contenido de las cláusulas cuarta, sexta y séptima (sexta en el convenio original).

111.2. Que para efectos del instrumento que en este acto suscribe, refrendan las declaraciones manifestadas en el contrato de colaboración de fecha 18 de julio de 2017, como si a la letra se insertasen.

Tomando en cuenta las declaraciones anteriores, las partes de común acuerdo dejan intocadas las cláusulas PRIMERA, SEGUNDA, QUINTA y SEXTA (LA PRIMERA EN EL ORDEN), y modifican el contenido de las cláusulas, TERCERA, CUARTA, SEXTA (SÉPTIMA), TERCERA (OCTAVA), CUARTA (NOVENA) y OCTAVA (DÉCIMA), en ese orden contenidas en el convenio original antes aludido, dejándolas desde el momento de la suscripción del presente instrumento, sin efecto, para quedar estas en definitiva de la siguiente manera:

CLÁUSULAS

. TERCERA: Mediante el presente convenio "EL MUNICIPIO" a través de Sindicatura Municipal transfiere a "LA PROMOTORA" los expedientes para llevar a cabo la regularización de asentamientos humanos, correspondientes a los lotes para vivienda de 59 colonias del municipio de Hermosillo, con el fin de que lleve a cabo las siguientes acciones:

1) Venta y titulación de lotes; 2) Otorgamiento de financiamiento con el propósito de dar solución a la demanda de suelo y

vivienda para personas de bajos ingresos, y;

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3) Administración de la cartera de aquellos inmuebles que no tengan cuenta registrada ante Tesorería Municipal.

CUARTA: Para efecto de lo señalado en la cláusula anterior, "EL AYUNTAMIENTO" se compromete a otorgar poder general para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio, limitado a los lotes que forman parte de las colonias que más adelante se indican, a favor de "LA PROMOTORA" , en términos del titulo noveno, capitulo 1, del Código Civil, para que en nombre y representación de "EL AYUNTAMIENTO" realice todas y cada una de las acciones dirigidas a la regularización de la tenencia de la tierra en los predios de las colonias que a continuación se describen:

1. Adolfo López Mateas 21. División del Norte 42. Manuel Gómez Morín

2. Alvaro Obregon 22. El Apache 43. Míguel Ángel Jimenez

3. Ampl iación

Nacameri 23. El Jito 44. Miguel Hidalgo

4. Apolo 24. El Llano 45. Nuevo Progreso

5. Arboledas 25. El Triunfo 46. Olivares

6. Bahía de Kino 26. Heberto Castillo 47. Palo Verde

7. Balderrama 27. Héctor Francisco Romero 48. Paseo Sierra Vista

8. Benito Juárez 28. lnalambrica 49. Plutarco Elías Calles

~11 9. Café Combate 29. Insurgentes 1 50. Progresista

9. Cajeme 30. Jacinto López 51 . Primero Hermosillo

1 O. Calle Doce 31. Jesús García 52.Rinconada de la Cruz

11. Camino Real 32. Ladrilleras 53. Rosario lbarra de Piedra ...... , ..• ~_,:

);;:--· .,. ' 12. Cañada de Los Negros 33. Las Amapolas 54. Sahuaro

"" 'U\00 U,c ,.

13. Carmen Serdán 34. Las Palmas 55 . Sahuaro Fonhapo , ,n-:P.iéT ,p\A

14. Centro 35. La Matanza 56. San Luis

15. Cerrada 10 de Mayo 36. Las Peredas 57. Tirocapes

16. Cerro de la Campana 37. Las Pilas 58. Trinidad Sanchez Leyva

17. Cerro de la Cruz 38. Ley 57 59. Villa de Seris

18. Cinco de Mayo (Cruz

Gálvez) 39. Lomas de Madrid

19. Cuartel XXI Francisco Villa 40. López Portillo

20. Cuatro Olivos 41 Los Álamos

SEXTA. - "EL MUNICIPIO", a través de Sindicatura transferirá por etapas a "LA PROMOTORA" los expedientes de los lotes de las colonias mencionadas en la cláusula cuarta debidamente relacionados, mediante Anexos de Ejecución al presente convenio, los cuales podrán ser suscritos por el Sindico del Ayuntamiento y el titular de "LA PROMOTORA".

SÉPTIMA. Compromisos de las partes:

l. "EL MUNICIPIO" se compromete a:

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SECRETARÍA DEL AYUNTAMIENTO , ---·····-----

PALACIO MUNICIPAL Blvd. Hidalgo y Comonfort, CotCentro, Herrnosillo, Sonora

Tel. (662) 289-3051 y 289,3053 H. AYU NTAMIENTO DE HERMOSJLLO 2018 - 2021

a) A través de sus diferentes áreas y dependencias, a brindar todo el apoyo técnico para que "LA PROMOTORA" pueda realizar los trámites necesarios para el desarrollo del procedimiento administrativo de titulación a favor de los poseedores de los predios ubicados en los asentamientos humanos materia de este convenio.

b) A través de Sindicatura Municipal, hacer entrega de los expedientes respectivos para su titulación y venta , términos de las cláusulas tercera, cuarta y quinta de este instrumento.

c) A través de Sindicatura Municipal, hacer la entrega de los antecedentes de propiedad de cada una de las colonias, para que "LA PROMOTORA", proceda con el trámite de la titulación correspondiente

d) A continuar con el cobro por el concepto del terreno por conducto de la Tesorería Municipal de aquellos trámites que al momento de la suscripción del presente convenio tengan ya cuentas abiertas ante dicha tesorería hasta el pago total del mismo, para la titulación respectiva de parte de "LA PROMOTORA"; permitiendo que realice el cobro del trámite de titulación de acuerdo a lo previsto por la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos vigente por "LA PROMOTORA

e) A permitir que "LA PROMOTORA" abra las cuentas correspondientes y cobre a cada particular el precio relativo al suelo, así como los accesorios que la ley en la materia permita, a cada uno de los trámites que a partir de la firma del presente convenio efectúe en nombre y representación de "EL AYUNTAMIENTO", sin cuenta previamente abierta para tales efectos ante la Tesorería Municipal.

f) Hacer entrega formal a "LA PROMOTORA" de aquellos inmuebles que adquiera para la regularización de la tenencia de la tierra de asentamientos humanos.

, OCTAVA. "LA PROMOTORA", se compromete a:

a) Administración de la cartera en los casos que ya estén titulados. b) La apertura de las cuentas de pago y otorgamiento del financiamiento respectivo, a favor de

las personas que pretendan adquirir lotes para vivienda de las colonias que se relacionan en la cláusula cuarta de este convenio, siempre y cuando no tengan cuenta previamente abierta con la tesorería municipal, con base en las condiciones de pago establecidas por "EL MUNICIPIO" a través de Sindicatura del Ayuntamiento.

c) Destinar los recursos que se obtengan por este concepto a la adquisición de reservas territoriales, así como a la construcción de vivienda, propia de su objeto social.

d) Informar de manera semestral a "EL MUNICIPIO", por conducto de Sindicatura, sobre los títulos expedidos, cuentas de pago abiertas y avances sobre la regularización en cada colonia materia de este convenio.

NOVENA. Las partes manifiestan que la vigencia del presente convenio será indefinida.

DÉCIMA. En todo lo no previsto en este convenio y para cualquiera modificación, se tomará de común acuerdo por las partes.

El presente Convenio se celebra en la ciudad de Hermosillo, Sonora, a los del Dos mil Dieciocho.

"POR EL MUNICIPIO"

LIC. GÉLIDA TERESA LÓPEZ CÁRDENAS PRESIDENTA MUNICIPAL

MTRO. FERMÍN GONZÁLEZ GAXIOLA SÍNDICO MUNICIPAL

días del mes de

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LIC. NICOLÁS ALFREDO GÓMEZ SARABIA SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO

"POR LA PROMOTORA"

DRA. MARÍA ANTONIETA LAZO LÓPEZ DIRECTORA GENERAL Y APODERADO GENERAL

Por lo antes expuesto y fundado , se solicita al H. Cuerpo Edilicio lo siguiente: ÚNICO: Se autorice a los C.C. Presidente Municipal, Secretario del Ayuntamiento y Síndico Municipal, la suscripción del convenio modificatorio en los términos detallados con anterioridad; debiendo publicarse dicho convenio en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.

Una vez presentado el asunto, la PRESIDENTE MUNICIPAL, concedió el uso de la voz y al no existir intervención alguna, lo sometió a consideración del Cuerpo Colegiado en los términos expuestos, llegándose al siguiente punto de acuerdo:

ACUERDO (8). Se aprueba por unanimidad de los presentes con veintidós votos a favor, el asunto seis presentado por el Síndico Municipal en los siguientes términos:

ÚNICO: Se autoriza a los C.C. Presidente Municipal, Secretario del Ayuntamiento y Síndico Municipal, la suscripción del Convenio Modificatorio del Convenio de Colaboración que tiene por objeto conjuntar acciones en la Regularización de Asentamientos Humanos en el municipio de Hermosillo, Sonora, que celebran el Ayuntamiento de Hermosillo y la Promotora Inmobiliaria del municipio de Hermosillo, en los términos detallados con anterioridad; debiendo publicarse dicho convenio en el Boletín Oficial del Gobierno del. Estado; todo lo anterior con fundamento los artículos 61 ,fracción 11, inciso f), 64,65, fracción V, 89, fracción VII de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.

[ .. . ]".

LA PRESENTE CERTIFICACIÓN CONSTA DE TRES FOJAS ÚTILES, IMPRESAS POR AMBAS PÁGINAS E INCLUYE ESTA RAZÓN, LAS CUALES ESTÁN DEBIDAMENTE COTEJADAS, SELLADAS, FOLIADAS Y RUBRICADAS, Y CORRESPONDEN AL PUNTO TRES DEL ORDEN DEL DÍA, ASUNTO SEIS, DEL ACTA NÚMERO CUATRO (4) , RELATIVA A LA SESIÓN ORDINARIA CELEBRADA EL 16 DE OCTUBRE DE 2018, MISMA QUE SE EXPIDE EN LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, EL DIECISIETE DE OCTUBRE DE DOS MIL DIECIO PARA LOS FINES A LOS QUE HAYA LUGAR.

Tomo CCII

\ \

\·\~ NICOLÁS ALFRE@O'GÓMEZ SARABIA

Secretario dJ( Ayuntamiento

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CONVENIO MODIFICATORIO DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE TIENE POR OBJETO CONJUNTAR ACCIONES EN LA REGULARIZACIÓN DE ASENTAMIENTOS HUMANOS EN . EL MUNICIPIO DE HERMOSILLO, SONORA, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL MUNICIPIO DE HERMOSILLO, DEL ESTADO DE SONORA, REPRESENTADO POR LOS ce. LIC. GÉLIDA TERESA LÓPEZ CÁRDENAS, MTRO. FERMÍN GONZÁLEZ GAXIOLA Y LIC. NICOLÁS ALFREDO GÓMEZ SARABIA, PRESIDENTE, SINDICO Y SECRETARIO DEL AYUNTAMIENTO RESPECTIVAMENTE, A QUIENES EN LO SUCESIVO SE LES DENOMINARÁ "EL MUNICIPIO", Y POR OTRA PARTE LA PROMOTORA INMOBILIARIA DEL MUNICIPIO DE HERMOSILLO, ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO REPRESENTADO POR LA DRA. MARÍA ANTONIETA LAZO LÓPÉZ, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA PROMOTORA", AL TENOR DE LOS SIGUIENTES ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLAUSULAS:

ANTECEDENTES

Que el H. Ayuntamiento de Hermosil lo , en base a los an.tecedentes estipulados en el cuerpo del convenio que por el presente se modifica, en sesión de fecha 14 de ju lio de 2017, según consta en acta número 35, autorizó al Presidente, Síndico y Secretario del Ayuntamiento de Hermosillo a la suscripción del convenio de colaboración con la Promotora Inmobil iaria del Municipio de Hermosillo, con el objeto de conjuntar acciones en

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la regularización de asentamientos humanos en el municipio de Hermosillo, Sonora.

Que dicho convenio fue suscri to por ambas partes , Ayuntamiento de Hermosillo y Promotora Inmobiliaria del Municipio de Hermosillo , con fecha 18 de junio de 2017, y fue publicado en e l Boletín Oficial del Gobierno del Estado número 41, sección 11, de fecha 21 de mayo de 2018.

Que ante la necesidad de continuar con los trámites inherentes al objeto de dicho acuerdo de voluntades, se requiere llevar a cabo la modificación del convenio originalmente suscrito con el objetivo de dar mayor claridad y certeza jurídica al mismo, lo que sin duda redundará en trámites más rápidos en beneficio de los contribuyentes que requieran adquirir de este Ayuntamiento, por conducto de la Promotora Inmobiliaria del Municipio de Hermosillo, lotes de terreno para satisfacer necesidades de suelo para vivienda de distintas colonias y asentamientos humanos de la ciudad.

DECLARACIONES

1.4. · Que la Licenciada Gélida Teresa López Cárdenas y e l Maestro Fermín González Gaxiola, en sus respectivos caracteres de Presidente y S índico Municipal de Hermosillo, del Estado de Sonora, cuentan con todas las facultades para representarlo en la celebración del presente acto jurídico, acreditando su respectiva personalidad con la constancia de mayoría y validez de fecha 05 de julio de 2018, expedida por el Consejo Municipal Electoral, dependiente del Instituto Estatal Electoral y de

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Participación Ciudadana del Estado de Sonora, documentos que se agregan al presente convenio formando parte del mismo.

1.5. Que el Lic. Nicolás Alfredo Gómez Sarabia, en su carácter de Secretario del H. Ayuntamiento del Municipio de Hermosillo, del Estado de Sonora, cuenta con las facultad es suficientes para refrendar con su firma la celebración del presente acto jurídico de conformidad con lo dispuesto por los artículos 89, fracción VII de la Ley de Gobierno y Administración Municipal y su correlativo artículo 23, fracción XII del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal Directa, acreditando su personalidad con copia debidamente certificada del Acta número 2, de la Sesión extraord inaria del Ayuntamiento de Hermosillo, Sonora, celebrada e l día 17 de septiembre del 2018, que refiere a _su nombramiento y protesta de ley como Secretario del H. Ayuntamiento del Municipio de Hermosillo, Sonora. Documentos que se agregan al presente convenio formando parte del mismo.

1.6. Que con fecha 16 de Octubre del 2018, en sesión ordinaria del Ayuntamiento, según consta en acta número 04, se autorizó a los citados funcionarios municipales para celebrar e l presente convenio modificatorio, de conform idad con lo dispuesto por e l Artículo 65, fracción V, y 70, fracciones I y II de la Ley de Gobierno y Administración Municipal.

11 . De "LA PROMOTORA":

11.2. Que la Dra. María Antonieta Lazo López, acredita el carácter de Directora General y Apoderada General para Pleitos y Cobranzas, para actos de Administración y de Dominio, de la

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, ;, !J.;

,, "-• Promotora Inmobiliaria del Municipio de Hermosillo, mediante escritura pública número 24,230 (VEINTICUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA), VOLUMEN 411 (CUATROCIENTOS ONCE), de fecha 12 (doce) de octubre de 2018 (dos mil dieciocho), otorgado ante la fe del Lic. Gilberto Gutiérrez Quiroz, Notaria Pública No. 81 (ochenta y uno), con ejercicio y residencia en la demarcación notarial de Hermosillo, Sonora, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio, bajo el número 15511, (quince mil quinientos once), Libro UNO, volumen 1020 (U,n mil veinte) Registro de Personas Morales, de fecha 18 (dieciocho) de octubre de 2018 (dos mil dieciocho) manifestando bajo protesta de decir verdad que el poder no le ha sido revocado ni modificado, en todo ni en parte, y tengo capacidad legal para celebrar el presente instrumento.

111. Declaran en conjunto y de común acuerdo ambas partes:

111.1 Que el presente convenio tiene por objeto primeramente enumerar correctamente de la cláusula sexta en adelante, en virtud de que se establecen de manera errónea y sin orden sucesivo en el contrato; asimismo, modificar el contenido de las cláusulas cuarta, sexta y séptima (sexta en el convenio original) .

111.2. Que para efectos del instrumento que en este acto suscribe, refrendan las declaraciones manifestadas en el contrato de colaboración de fecha 18 de julio de 2017, como si a la letra se insertasen.

Tomando en cuenta las declaraciones anteriores, las partes de común acuerdo dejan intocadas las cláusulas PRIMERA,

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SEGUNDA, QU INTA y SEXTA (LA PRIMERA EN EL ORDEN), y modifican el contenido de las cláusulas, TERCERA, C UARTA, SEXTA (SÉPTIMA ), TERCERA (OCTAVA), CUARTA (NOVENA) y OCTAVA (DÉCIMA), en ese orden contenidas en el convenio original antes aludido, dejándolas desde el momento de la suscripción del presente instrumento, sin efecto, para quedar est~s en definitiva de la siguiente manera:

CLÁUSULAS

TERCERA: Mediante el presente convenio "EL MUNICIPIO" a través de Sindicatura Municipal transfiere a "LA PROMOTORA" los expedientes para llevar a cabo la regularización de asentamientos humanos, correspond ientes a los lotes para vivienda de 59 colonias del municipio de Hermosillo, con el fin de que lleve a cabo las siguientes acciones:

1) Venta y titulación de lotes; 2) Otorgamiento de financiamiento con el propósito de dar

solución a la demanda de suelo y vivienda para personas de bajos ingresos, y;

3) Administración de la cartera de aquellos inmuebles que no tengan cuenta registrada ante Tesorería Municipal.

CUARTA: Para efecto de lo señalado en la cláusula anterior, "EL AYUNTAMIENTO" se compromete a otorgar poder general para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio, limitado a los lotes que forman parte de las colonias que más adelante se indican, a favor de "LA PROMOTORA", en términos del título noveno, cap ítu lo 1, del Código Civil, para que en nombre

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y representación de "EL AYUNTAMIENTO" realice todas y cada una de las acciones dirigidas a la regularización de la tenencia de la tierra en los predios de las colonias que a continuación se describen:

1. Adolfo López 42. Manuel Gómez Mateas 21. División del Norte Morín

43. Miguel Ángel 2 . Álvaro Obregón 22. El Apache Jimenez 3. Ampliación

Nacameri 23. El Jito 44. Miguel Hidalgo 45. Nuevo

4 . Apolo 24. El Llano Progreso 5. Arboledas 25. El Triunfo 46. Olivares 6. Bahía de Kino 26. Heberto Castillo 47. Palo Verde

27. Héctor Francisco 48. Paseo Sierra 7. Balderrama Romero Vista

49. Plutarco Elías 8. Benito Juárez 28. Inalámbrica Calles 9. Café Combate 29. Insurgentes 1 50. Progresista

51 . Primero 9. Cajeme 30. Jacinto López Hermosillo

52.Rinconada de 10. Calle Doce 31 . Jesús García la Cruz

53. Rosario lbarra 11. Camino Real 32. Ladrilleras de Piedra 12. Cañada de 33. Las Amapolas 54. Sahuaro

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Los Negros 13. Carmen 55. Sahuaro Serdán 34. Las Palmas Fonhapo 14 . Centro 35. La Matanza 56. San Luis 15. Cerrada 1 O de Mayo 36. Las Peredas 57. Tirocapes 16. Cerro de la 58. Trinidad Campana 37. Las Pilas Sanchez Leyva 17. Cerro de la Cruz 38. Ley 57 59 . Villa de Seris 18. Cinco de Mayo (Cruz Gálvez) 39. Lomas de Madrid 19. Cuartel XXI Francisco Villa 40. López Portillo 20 . Cuatro Olivos 41 Los Álamos

SEXTA. - "EL MUNICIPIO", a través de Sindicatura transferirá por etapas a "LA PROMOTORA" los expedientes de los lotes de las colonias mencionadas en la cláusula cuarta debidamente re lacionados, mediante Anexos de Ejecución al presente convenio, los cuales podrán ser suscritos por el S índico del Ayuntamiento y el titular de "LA PROMOTORA".

SÉPTIMA. Compromisos de las partes:

l. "EL MUNICIPIO" se compromete a:

a) A través de sus diferentes áreas y dependencias, a brindar todo e l apoyo técnico para que "LA PROMOTORA" pueda

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realizar los trámites necesarios para el desarrollo del procedimiento administrativo de t itulación a favor de los poseedores de los predios ubicados en los asentamientos humanos materia de este convenio.

b) A través de Sindicatura Municipal, hacer entrega de los expedientes respectivos para su titu lación y venta , términos de las cláusulas tercera, cuarta y qu inta de este instrumento.

c) A través de Sindicatura Municipal , hacer la entrega de los antecedentes de propiedad de cada una de las colonias, para que "LA PROMOTORA", proceda con el trámite de la titulación correspondiente

d) A continuar con el cobro por el concepto del terreno por conducto de la Tesorería Municipal de aquel los trám ites que al momento de la suscripción del presente convenio tengan ya cuentas abiertas ante dicha tesorería hasta e l pago total del mismo, para la t itulación respectiva de parte de "LA PROMOTORA"; permitiendo que rea lice el cobro del trámite de titu lación de acuerdo a lo previsto por la Ley de Ingresos y Presupuesto de Ingresos vigente por "LA PROMOTORA.

e) A permitir que "LA PROMOTORA" abra las cuentas correspondientes y cobre a cada particular el precio relativo al suelo, así como los accesorios que la ley en la materia permita, a cada uno de los trámites que a partir de la firma de l presente convenio efectúe en nombre y representación de "EL AYUNTAMIENTO", sin cuenta previamente abierta para tales efectos ante la Tesorería Municipal.

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f) Hacer entrega formal a "LA PROMOTORA" de aquellos inmuebles que adquiera para la regularización de la tenencia de la ti erra de asentamientos humanos.

OCTAVA. "LA PROMOTORA", se compromete a:

a) Administración de la cartera en los casos que ya estén titulados .

b) La apertura de las cuentas de pago y otorgamiento del financiamiento respectivo, a favor de las personas que pretendan adquirir lotes para vivienda de las colonias que se relacionan en la cláusula cuarta de este convenio, siempre y cuando no tengan cuenta previamente abierta con la tesorería municipal, con base en las condiciones de pago establecidas por "EL MUNICIPIO" a través de Sindicatura del

,Ayuntamiento .

c) Destinar los recursos que se obtengan por este concepto a la adquisición de reservas territoriales, así como a la construcción de vivienda, propia de su objeto social.

d) Informar de manera semestral a "EL MUNICIPIO", por conducto de Sindicatura, sobre los títulos expedidos, cuentas de pago abiertas y avances sobre la regularización en cada colonia materia de este convenio .

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NOVENA. Las partes manifiestan que la vigencia del presente convenio será indefinida.

DÉCIMA. En todo lo no previsto en este convenio y para cualquiera modificación, se tomará de común acuerdo por las partes.

El presente Convenio se celebra en la ciudad de Hermosillo, Sonora, el 1° de noviembre del Dos mil Dieciocho.

GOBIEFINO ;,;,urml;i~l NICOLÁS ALFREDO GÓMEZ SARABIA DF SECRETARIO DEL'AYUNTAMIENTO

SONORA IXLAYUNTAMIENTO Mi ..... ·

"POR LA PRo~g,,~~ ... i · . .,,,..✓ ••

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DRA. MARÍA ANTO LAZO LÓPEZ

GOBIERNO MUNICIPAi Df HERMOSJLL()

ESTADO DE SONORA. SIN!llCATURA MiJNIClPN

DIRECTORA GENERAL Y A,f>ODERADO GENERAL

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Autorización Número 10-878-2018

AUTORIZACIÓN PARA LA MODIFICACIÓN DE LAS ETAPAS 3 Y 4 DEL DESARROLLO INMOBILIARIO HABITACIONAL "ALTARIA RESIDENCIAL", (ANTES "URBI ALAMEDA LOS FRESNOS RESIDENCIAL") AUTORIZADO MEDIANTE CONVENIO AUTORIZACIÓN 10-705-2009, CON FECHA DEL 9 DE OCTUBRE DEL 2009, Y SUBRROGADOS LOS DERECHOS MEDIANTE CONVENIO No. 10-809-2016, CON FECHA DEL 15 DE MARZO DEL 2016, PARA EL FRACCIONAMIENTO HABITACIONAL UNIFAMILIAR DENOMINADO "ALTARIA RESIDENCIAL", UBICADO POR EL BULEVAR JOSE MARIA ESCRIVA DE BALAGUER, AL NORTE DE LA CIUDAD DE HERMOSILLO, SONORA, MUNICIPIO DEL MISMO NOMBRE, QUE OTORGA EL H. AYUNTAMIENTO DE HERMOSILLO POR CONDUCTO DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA, DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA, A LA EMPRESA "RUBA DESARROLLOS, S.A. DE C.V.".

La Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, del H. Ayuntamiento de Hermosillo, a través de su Coordinador General, el C. ARQ. JOSE E. CARRILLO ATONDO, con fundamento en los artículos 1, 7, 68, 73, 74 de la Ley 283 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora; 41, 43 y 103 del Reglamento de Desarrollo Urbano y del Espacio Público; 61 fracción I inciso C, 81, 82, 84 y 85 de la Ley de Gobierno y Administración Municipal; y 1, 16 Bis, 16 Bis 2, 17, 32 y 33 fracción V y último párrafo del Reglamento Interior de la Administración Pública Municipal Directa del H. Ayuntamiento de Hermosillo; otorga la presente AUTORIZACIÓN al tenor de los siguientes términos y condiciones:

TÉRMINOS

l. El C. C.P. CARLOS ARMANDO ARVAYO DOMINGUEZ, representante legal y apoderado general para pleitos y cobranzas, actos de administración y dominio y con facultades especiales para realizar donaciones, de la empresa "RUBA DESARROLLOS, S.A. DE C.V.", con base en lo dispuesto en los artículos 68, 69 y 73 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, con fecha 25 de Septiembre del 2018, solicitó la autorización para modificar el Desarrollo Inmobiliario habitacional de clasificación unifamiliar, denominado "AL TARIA RESIDENCIAL", ubicado por el Bulevar José Maria Escrivá de Balaguer, al Norte de esta ciudad Hermosillo, Sonora.

11. Dicha solicitud que dio origen a la presente Autorización, fue presentada por escrito ante la Coordinación General de Infraestructura, Desarrollo Urbano y Ecología, debidamente firmada y en los términos de lo dispuesto por la Ley 283 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora y en congruencia con los Planes y Programas de Desarrollo Urbano respectivos; particularmente con el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Hermosillo, Sonora, consistente en:

1) Acreditación de la personalidad del C. C.P. CARLOS ARMANDO ARVAYO DOMINGUEZ, como representante legal, con poder general para pleitos y cobranzas, actos de administración y de dominio de "RUBA DESARROLC:OS, S.A. DE C.V." mediante Escritura Pública número 76,046, Volumen 3,424, expedida en Ciudad Juárez, Chihuahua, el 14 de Marzo del 2018, ante la Fe del C. Lic. Osear Cayetano Becerra Tucker, de la Notaria Pública No. 28.

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2) Acta Constitutiva de la empresa "RUBA DESARROLLOS, S.A. DE C.V." otorgada mediante Escritura Pública Número 19,805, de fecha 15 de Agosto del 2007, otorgada ante la fe del C. Lic. Eugenio Fernando García Russek, adscrito a la Notaria Pública número 28, en funciones de notario por licencia de su titular, Lic. Felipe Colomo Castro, con ejercicio en el distrito judicial de Morelos, Chihuahua, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de Chihuahua, Chihuahua, mediante Folio Mercantil Número 23817*10, de fecha 28 de Agosto del 2007.

3) Título de Propiedad de 831 Lotes, lo cual acredita mediante la Escritura Pública número 18,518 Volumen 305 con fecha 18 de Mayo del 2015, pasada ante la fe del Notario Público número 53, Lic. lvan Flores Salazar, con ejercicio y residencia en la ciudad de Hermosillo, Sonora e inscrito en el Registro Público de la Propiedad de Hermosillo, Sonora, bajo el No. 494,021, Volumen 39,780, de la Sección Registro Inmobiliario, Libro Uno, de fecha 13 de Octubre del 2015.

4) Titulo de Propiedad del Lote 001 de la Manzana 198, lo cual acredita mediante la Escritura Pública número 769 Volumen 5 con fecha 23 de Mayo del 2016, pasada ante la fe de la Notario Público número 67, Lic. Karina Gastélum Félix, con ejercicio y residencia en la ciudad de Hermosillo, Sonora e inscrito en el Registro Público de la Propiedad de Hermosillo, Sonora, bajo el No. 512,538, Volumen 42,914, de la Sección Registro Inmobiliario, Libro Uno, de fecha 20 de Octubre del 2016.

5) Certificados de Libertad de Gravamen de folios números 1727832 y 1728048.

6) Boletín Oficial No. 36, Tomo CLXXXIV, de fecha 3 de Noviembre del 2009, donde se publicó el Convenio Autorización No. 10-705-2009 de fecha 9 de Octubre del 2009, mediante el cual se autorizó el fraccionamiento habitacional unifamiliar "Urbi Alameda Los Fresnos Residencial", del cual se Subrogaron los derechos y obligaciones de las Etapas 1, 3 y 4, lo que hoy es el Desarrollo Inmobiliario habitacional "AL TARIA RESIDENCIAL".

111.- Declaran las partes que para modificar el Desarrollo Inmobiliario Habitacional de interés, se hace necesario modificar las Clausulas Segunda y Tercera del Convenio Autorización 10-705-2009 de fecha 9 de Octubre del 2009, del cual se Subrogaron los derechos y Obligaciones de las Etapas 1, 3 y 4, mediante Convenio Autorización No. 10-809-2016 de fecha 15 de Marzo del 2016, una vez cumplidos los requisitos y trámites que se exigen para su autorización, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 68, 69, 73 y 77, de la Ley 283 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora.

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CONDICIONES

Capítulo 1

Del objeto de la autorización

Primera.- El presente instrumento tiene por objeto modificar las Condiciones Segunda y Tercera del Convenio Autorización No. 10-705-2009 del Desarrol lo Inmobiliario tipo habitacional unifamiliar denominado "URBI ALAMEDA LOS FRESNOS RESIDENCIAL" hoy "ALTARIA RESIDENCIAL" ETAPAS 3 y 4, autorización sujeta al cumplimiento de determinadas obligaciones a su cargo, todas ellas debidamente pactadas con "EL H. AYUNTAMIENTO".

Segunda.- De acuerdo a lo previsto por la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, y conforme al proyecto presentado por "EL DESARROLLADOR", convienen en modificar el contenido de las Condiciones Segunda y Tercera del Convenio Autorización No. 10-705-2009, del Fraccionamiento "ALTARIA RESIDENCIAL", de la Ciudad de Hermosillo, Sonora , con motivo de la creación de áreas para la instalaciones transformadores de energía eléctrica, relotificación de las manzanas 158,160,163,164, 165, 166, 169, 170, 171, 172, 173, 174, 175, 176 182, 183 y 198, cambio de uso de suelo de comercial a habitacional de la manzana 175, y la creación de 2 lotes para áreas verdes, estando de acuerdo ambas partes en que dichas Condiciones se modifiquen para quedar de la siguiente manera:

ETAPA III Y IV RELACION DE AREA, LOTES Y MANZANAS

MZA. LOTES HABITACIONAL AREA VIALIDAD VERDE

158 001 001 1 187.656 187.656 158 002 002 1 199.500 199.500

160 003 004 2 124.875 249.750 160 CFE CFE 2.250

163 003 004 2 124.875 249.750 163 CFE CFE 2.250

164 001 003 3 119.000 357.000

165 001 002 2 140.163 280. 326 165 CFE CFE 2.250 165 003 020 18 130.860 2355.480 165 02 1 021 1 160.057 160.057 165 CFE CFE 2.250 165 022 022 1 146.796 146.796 165 023 040 18 130.860 2355.480

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ETAPA 111 Y IV RELACION DE AREA, LOTES Y MANZANAS

MZA. LOTES HABITACIONAL AREA VIALIDAD VERDE

166 001 002 2 146.250 292.500 166 003 017 15 130.860 1962.900 166 018 019 2 145.125 290.250 166 CFE CFE 2.250 166 020 034 15 130.860 1962.900

169 001 010 10 127.800 1278.000 169 011 011 1 130.275 130.275 169 CFE CFE 2.250 169 012 012 1 145.125 145.125 169 013 027 15 130.860 1962.900 169 028 028 1 146.250 146.250 169 029 036 8 136.800 1094.400 169 037 037 1 140.653 140.653 169 038 038 1 145.223 145.223 169 039 046 8 136.800 1094.400

170 001 002 2 157.474 314.948 170 CFE CFE 2.250 170 003 020 18 130.860 2355.480 170 021 021 1 177.373 177.373 170 CFE CFE 2.250 170 022 022 1 164.113 164.113 170 023 040 18 1 130.860 2355.480

171 001 001 1 157.029 157.029 171 002 030 29 130.860 3794.940 171 032 032 1 172.567 172.567

172 001 001 1 1 169.828 169.828 1

✓ 172 002 006 5 130.860 654.300 172 007 007 1 167.517 167.517 172 CFE CFE 2.250 172 008 008 1 193.784 193.784 172 009 009 1 147.912 147.912 172 010 010 1 145.001 145.001 172 011 011 1 142.091 142.091 172 012 012 1 139.180 139.180 172 013 013 1 136.270 136.270 172 014 014 1 177.084 177.084 172 CFE CFE 2.250

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ETAPA III Y IV RELACION DE AREA, LOTES Y MANZANAS

MZA. LOTES HABITACIONAL AREA VIALIDAD VERDE 173 001 001 1 152.837 152.837 173 014 014 1 157.407 157.407 1

173 CFE CFE 2.250

174 001 001 1 211.918 211.918 174 CFE CFE 2.724

175 001 001 1 142.200 142.200 1

175 002 002 1 137.700 137.700 175 003 003 1 126.000 126.000 175 004 004 1 164.536 164.536 175 005 005 1 1 187.206 187.206

176 005 005 1 147.860 147.860 176 CFE CFE 2.250 176 006 006 1 150.446 150.446

182 006 006 645.945 645.945 182 007 007 1 141.300 141.300 182 008 012 5 140.940 704.700 182 013 014 2 126.000 252.000 182 015 023 9 130.860 1177.740 182 024 024 1 157.035 157.035 182 025 025 1 139.193 139.193 182 026 034 9 130.860 1177.740 182 035 036 2 126.000 252.000

183 001 001 1 148.086 148.086 183 1 021 021 1 i 156.992 156.992 183 022 037

1 16 i 135.000 2160.000

198 001 001 648.000 648.000

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SUPERFICIE (M2) %

AREA VENDIBLE

HABITACIONAL 217,543.261

COMERCIAL 2,634.816 100.00%

TOTAL AREA VENDIBLE 220,178.077 RESERVA NO VENDIBLE: RESERVA DE INFRAESTRUCTURA 7,182.496

TOTAL RESERVA NO VENDIBLE: 7,182.496

AREA VERDE 10,189.864 4.63% DEL AREA VENDIBLE

EQUIPAMIENTO URBANO 15,418.602 7.00% DEL AREA VENDIBLE

VIALIDADES Y BANQUETAS 168,661.109

TOTAL AREA DONACIONES 194,269.575

AREA TOTAL DEL POLIGONO 421,630.148 M2

Tercera.- Que mediante Convenio Autorización No. 10-692-2008 de fecha 15 de Diciembre del 2008, que autorizó el fraccionamiento "URBI VILLA DEL CEDRO" "EL FRACCIONADOR" donó al municipio de Hermosillo, el lote 001 de la Manzana 040, con superficie de 4,044.142 m2, lote 004 de la Manzana 061 , con superficie de 8,597.724 m2 y lote 027 de la Manzana 078, con superficie de 6,873.896 M2, dando estos tres lotes una superficie total de 19,515.762 m2, mismos que representan el 7.12 % del área total vendible y que serán destinados para Equipamiento Urbano, y para efectos de cubrir el área de donación para Equipamiento Urbano del fraccionamiento "URBI VILLA DEL CEDRO", se aplicó en donación la superficie de 19,196.26 m2, que representa el 7 % del área total vendible, restando una superficie de 319.502 m2, para aplicarse a futuras etapas del Desarrollo. En cumplimiento a lo establecido en los artículos 102 fracción 1, 103 fracción 111 y 108 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, se aprueba y recibe para su incorporación a los bienes del dominio público municipal del Ayuntamiento de Hermosillo, en los términos propuestos por "EL FRACCIONADOR", las áreas comprendidas por el lote 021 de la Manzana 150, con superficie de 3,540.678 m2, lote 018 de la Manzana 199, con superficie de 11 ,877.924 m2, dando una superficie total de 15,418.602 m2, misma que representa el 6.96 % del área total vendible y que será destinada para Equipamiento Urbano, y para completar el 7 % de la superficie total vendible del fraccionamiento motivo de la presente autorización destinada para Equipamiento Urbano, se tomará 87.94 m2, del área restante del fraccionamiento "URBI VILLA DEL CEDRO", con superficie de 319.502 m2, restando un área total de 231.562 m2, para Equipamiento Urbano, mismas que servirán para aplicarse a futuras etapas del Desarrollo. De la misma

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manera se donó el lote 001 de la manzana 016 con superficie de 2,589.485 m2, lote 001 de la Manzana 032 con superficie de 3,980.413 m2, lote 018 de la manzana 048, con superficie de 482.400 m2, lote 001 de la Manzana 084 con superficie de 468.00 m2, lote 001 manzana 088 con superficie de 2,423.819 m2 y lote 001 manzana 096 con superficie de 548.094 m2, dando estos 6 lotes una superficie total de 10,492.211 m2, mismos que representan el 3.83% del área total vendible y que serán destinados para Áreas Verdes; el excedente del 3% de la superficie total antes indicada, lo cual representa 2,265.242 m2, podrá ser utilizado por "EL FRACCIONADOR" para complemento de donaciones de Área Verde en futuras etapas de ampliación de este mismo desarrollo. En cumplimiento a lo establecido en los artículos 102 fracción 1, 103 y 108 de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora, se aprueba y recibe para su incorporación a los bienes del dominio público municipal del Ayuntamiento de Hermosillo, en los términos propuestos por "EL FRACCIONADOR", el área comprendida por los lotes 001 de la Manzana 115 con superficie de 2,208.610 m2, lote 001 de la Manzana 144 con superficie de 2,308.664 m2, lote 001 de la Manzana 181 con superficie de 2,116.797 m2. lote 006 de la Manzana 182 con superficie de 645.945 m2, lote 001 de la Manzana 184 con superficie de 231.019 m2, lote 001 de la Manzana 197 con superficie de 2,030.829 m2, lote 001 de la Manzana 198 con superficie de 648.00 m2, dando estos 7 lotes una superficie total de 1 O, 189.864 m2, para Áreas Verdes, que representa el 4.63 %, del área total vendible, que sumado con el excedente de 2,265.242 m2, que queda por aplicarse del fraccionamiento "URBI VILLA DEL CEDRO", suma un total de 12,455.106 m2. Y para efecto de cubrir la donación de Áreas Verdes correspondiente al fraccionamiento "URBI ALAMEDA LOS FRESNOS RESIDENCIAL", motivo del presente Convenio se considerará la superficie de 6,605.342 m2, que representa el 3 % del área total vendible, restando un área total de 5,849.764 m2, para áreas verdes, mismas que servirá para aplicarse a futuras etapas del Desarrollo, asi como las áreas comprendidas por las vialidades y pasos considerados dentro de este fraccionamiento con una superficie de 168,661.109 m2.

Cuarta.- "LA DESARROLLADORA" se obliga a cumplir los compromisos contraídos mediante el Convenio Autorización No. 10-705-2009, y de la Licencia de Urbanización No. LU/705-044/12,, .del Fraccionamiento Habitacional "URBI ALAMEDA LOS FRESNOS RESIDENCIAL, ETAPAS 1, 3 Y 4", hoy "AL TARIA RESIDENCIAL" y las modificaciones a que se refiere el presente Convenio, y a ordenar por su cuenta y cargo la publicación de este instrumento en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado , así como inscribirlo en las Oficinas del Registro Público de la Propiedad y de Comercio de este distrito judicial en los términos señalado en el Artículo 79 de la Ley 283 de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de Sonora y remitir constancia de lo anterior al Ayuntamiento.

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Dada en la ciudad de Hermosillo, Sonora, a los 20 días del mes de Noviembre del año Dos Mil Dieciocho.

EL COORDINADOR GENERAL DE INFRAESTRUCTURA DESARROLLO URBANO Y ECOLOGÍA

FIRMA DE CONFORMIDAD POR "EL DESARROLLADOR"

"RUBA DESARROLLOS, S.A. DE C.V."

HOJA DE FIRMAS CORRESPONDIENTE A LA A'l'T INMOBILIARIO "ALTARIA RESIDENCIAL".

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AVISO DE FUSION

Por resolución de sus Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de Accionistas de Pet Envases del Centro, SA de C.V. y Grupo Aceites del Mayo, S.A. de C.V., celebradas el 26 y 27 de noviembre del 2018 respectivamente, dichas empresas acordaron fusionarse con efectos entre ellas a partir del 30 de Noviembre de 2018, de acuerdo con las siguientes bases generales derivadas del Convenio de Fusión correspondiente:

1. Por virtud de la fusión, Pet Envases del Centro, S.A. de C.V. se extinguirá como sociedad fusionada, subsistiendo Grupo Aceites del Mayo, S.A. de C.V. como sociedad Fusionante.

2. La Fusión se llevará a cabo de acuerdo con las cifras derivadas de los Balances de estas empresas practicados al 30 de Septiembre de 2018.

3. De conformidad con el Artículo 225 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, la fusión surtirá efectos entre las partes el 30 de Noviembre de 2018, mientras que para efectos de terceros surtirá efectos a la Inscripción de la Escritura correspondiente en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. En virtud de lo anterior, la Fusionante se subroga, a título universal, respecto de los derechos, obligaciones, pasivos, contingencias, garantías y acciones de la fusionada, a partir de la fecha efectiva de su fusión

4. Para la extinción de los pasivos de la fusionada, la Fusionante efectuará el pago de los mismos en los términos originalmente contratados por la fusionada.

De conformidad con lo dispuesto por el Artículo 223 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, se publican los Estados Fiy1añ'cieros que sirvieron de base para llevar a cabo la fusión de las Sociedades partic~antJ~ en la misma.

~-~~ '"' EDUARDO U Z CÁZARES

Delegado :-?sambleas

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• • •Tomo CCII

GRUPO ACEITES DEL MAYO, S.A. DE C.V.

BALANCE GENERAL

AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2018

(Miles de Pesos)

ACTIVO CIRCULANTE

CLIENTES

DOCUMENTOS Y OTRAS CT AS. POR COBRAR IMPUESTOS A FAVOR

OTROS ACTIVOS CIRCULANTES INVENTARIOS

SUMA EL ACTIVO CIRCULANTE

NO CIRCULANTE

INVERSIONF.S EN ACCIONES Y VALORES

INMUEBLES MAQUINARIA Y EQUIPO

ACTIVO POR IMPUESTO A LA UTIL DIFERIDA SUMA EL ACTIVO NO CIRCULANTE

SUMA EL ACTIVO

PASIVO A CORTO PLAZO

PROVEEDORES DE BIENES Y SERVICIOS IMPUESTOS POR PAGAR OTRAS CUENTAS POR PAGAR

SUMA EL PASIVO A CORTO PLAZO

SUMA EL PASIVO

CAPITAL CONTABLE CAPITAL SOCIAL

RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERrORES

OTRAS CUENTAS DE CAPITAL

SUMA EL CAPITAL CONTABLE

SUMA EL PASIVO Y EL CAPITAL CONTAB •• ,

JOSEDEJES Con alor

ARABAGO

$ 59,658 $ 40,575 $ 5,821

$ 113,754

$ 300,669

520,477

223,960

s 233,278 $ 13,226 $ 470,464

:li 920,241

$ 70,941 $ 7,745

$ 148,793

227,479

:ll 227,479

$ 30,000 $ 517,035

$ 216,427

$ 7!í3 462

$ 990 941

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PET ENVASES DEL CENTRO S.A. DE C.V.

BALANCE GENERAL

AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2018

(Miles de Pesos)

ACTIVO CIRCULANTE

CLIENTES DOCUMENTOS Y OTRAS CTAS. POR COBRAR OTROS ACTIVOS CIRCULANTES

SUMA EL AC'rIVO CIRCULANTE

NO CIRCULANTE

INMUEBLES MAQUINARIA Y EQUIPO NETO SUMA EL ACTIVO NO CIRCULANTE

SUMA EL ACTIVO

PASIVO A CORTO PLAZO

IMPUESTOS POR PAGAR OTRAS CUENTAS POR PAGAR SUMA EL PASIVO A CORTO PLAZO

SUMA EL PASIVO

CAPITAL CONTABLE CAPITAL SOCIAL OTRAS CUENTAS DE CAPITAL

SUMA EL CAPITAL CON, ABLE

"™"' NSNO ,a CAeITá> ro=•r )\

$ 14,809 $ 250 s 61

$ 15,120

$ 14,659 $ 14,659

$ 29.779

$ 1,932 $ 12,170 $ 14,102

$ 14102

$ 5,900 $ 9,777

$ 15 677

$ 29.779

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