Capacitaciones hseq 2014.

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HIGIENE POSTURAL

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HIGIENE POSTURAL

ESCOLIOSIS

caracterizada por una desviación o curvatura anormal, la cual se puede dar en sentido lateral o longitudinal. causante de un alto índice de ausentismo laboral.

LEGISLACIÓN VIGENTE S.O. ALTERACIONES DE LA COLUMNA

HERNIA DISCAL

A partir de los 30 años se producen cambios degenerativos en el disco que conducen a una pérdida de resistencia del mismo .

El síntoma más característico de la hernia discal: dolor que se va hacia glúteo (nalga) y miembro inferior, generalmente más allá de la rodilla.

CIÀTICA

LUMBAGIA

Una mala forma física, trabajos que supongan sobrecargar la zona lumbar, periodos largas sentado o de pie, la tensión emocional y la inactividad física prolongada aumentan el riesgo de sufrir dolor de espalda.

Ciática, lumbalgia, cervicalgia: agrupan lesiones dolorosas originarias en la columna sacra, lumbar o cervical respectivamente.

ACTIVIDADES EN EL TRABAJO QUE PUEDEN CAUSAR PROBLEMAS MUSCULOESQUELÉTICOS

1. giro de la cabeza. 2. falta de apoyo en la espalda. 3. elevación de hombros debido al mal ajuste de la altura mesa-asiento.4. falta de apoyo para las muñecas y Antebrazos.5. extensión y desviación de la muñeca al teclear.

ACTIVIDADES Y COMPORTAMIENTOS PERMISIVOS QUE PUEDEN PRODUCIR DOLOR LUMBAR

PREVENCION

AUTOCUIDADO

Tronco recto y erguido. Superf. de trabajo

niveladacon los codos. Hombros relajados.

De frente y cerca de la tarea. Espalda recta y con apoyo.

POSICION SENTADO

ACOSO LABORAL

Resolución 652 de 2012

La Resolución número 2646 del 17 de julio de 2008, del Ministerio de la Protección Social, adopta la definición de Acoso Laboral así:

Acoso laboral: Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo, conforme lo establece la Ley 1010 de 2006.

ACOSO LABORAL

El artículo 14 de la Resolución número 2646 del 17 de julio de 2008, contempla como medida preventiva de acoso laboral, conformar el Comité de Convivencia Laboral y establecer un procedimiento interno confidencial, conciliatorio y efectivo para prevenir las conductas de acoso laboral”;

COMITÉS DE CONVIVENCIA

Competencias de los Integrantes

Competencias actitudinales y comportamentales, tales como:

•Respeto•Imparcialidad•Tolerancia•Serenidad•Confidencialidad•Reserva en el manejo de información•Ética•Habilidades de comunicación asertiva•Liderazgo•Resolución de conflictos.

Conformación

El empleador designará directamente a sus representantes y los trabajadores elegirán los suyos a través de votación secreta que represente la expresión libre, espontánea y auténtica de todos los trabajadores, y mediante escrutinio público.

Funciones del Comité de Convivencia Laboral

1. Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan.

2. Examinar de manera confidencial los casos específicos

3. Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja.

4. Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo

5. Formular un plan de mejora concertado entre las partes,

6. Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos

7. 10. Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales serán presentados a la alta dirección de la empresa.

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SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES

Es el conjunto de normas, entidades y procedimientos destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores,

de los efectos de las enfermedades y los

accidentes que puedan ocurrir con ocasión o

como consecuencia del trabajo

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Asistencia médica, quirúrgica, terapéutica o farmacéutica. Servicios de hospitalización Servicios odontológicos. Suministro de medicamentos. Servicios de diagnóstico Prótesis, órtesis. Rehabilitación física y profesional Pago de incapacidad temporal (100%) Indemnización por Incapacidad Permanente Parcial. Pensión de Invalidez. Pensión por Sobrevivientes. Auxilio Funerario.

PRESTACIONES ASISTENCIALES SGRl

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RIESGO LABORAL

Es la probabilidad de lesión, por la exposición a un factor de riesgo que puede causar un accidente de trabajo, enfermedad laboral o daños materiales

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CONSECUENCIAS DEL RIESGOS

.

Incidente de trabajo

Suceso acaecido en el curso del trabajo o en relación con este, que tuvo el potencial de ser un accidente, en el que hubo personas involucradas sin que sufrieran lesiones o se presentaran daños a la propiedad.

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CONSECUENCIAS DEL RIESGOS

Accidente de trabajoSuceso repentino que sobreviene por causa o con ocasión del trabajo y produce en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte. Ley 1562/2012

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CONSECUENCIAS DEL RIESGOS

Enfermedad laboral

La contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que el trabajador se ha visto obligado a trabajar.

Art 4 ley 1562/2012

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Que hacer en caso de un accidente de trabajo ?

1. Informar INMEDIATAMENTE a la oficina de PERSONAL. SUPERVISOR O JEFE INMEDIATO usted o uno de sus compañeros para que sea elaborado el REPORTE único de accidente de trabajo.

2. Acudir a la clínica , IPS o centro de salud mas cercano, llevar el carnet de afiliación, de RRL COLPATRIA, reporte del accidente y cedula de ciudadanía.

3. En caso de emergencia grave o vital el trabajador puede acudir a la clinica o IPS sin el reporte.

4. En los casos en el que el evento suceda en horas que no correspondan al horario de la oficina de personal de la empresa o en lugar diferente a las instalaciones de trabajo deben llamar a la línea de asistencia COLPATRIA 018000914045 ó 46 el cual se encuentra en el respaldo del carnet.