Capitalismo vs socialismo en el debate sobre vivienda

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Capitalismo vs Socialismo 50 años después de la Ley de Regulación de Alquileres de 1960 Carlos Romero Mendoza 1.- Comentario inicial. "El imperativo de regular el precio de la vivienda, como una acción del estado en beneficio de la colectividad general, no es, pues, un capricho. Es el resultado de un análisis detenido de la realidad venezolana. En esto coinciden las mejores opiniones técnicas y científicas del país. En efecto, basta citar algunas de las conclusiones a que llegó en esta materia el Primer Congreso Nacional de la Vivienda, reunido el año pasado en Maracay: 1._ El libre juego de la oferta y la demanda no puede llegar a crear un mercado de vivienda que alivie la escasez existente. 2._ El Estado debe intervenir en este libre juego de la siguiente manera: Absorber la demanda del sector de menores ingresos. Crear incentivos y sanciones para dirigir la oferta privada a grupos de ingresos medios, mediante los estímulos y no a las inversiones con miras altamente especulativas." Este texto corresponde a la Exposición de Motivos al Proyecto de Ley de Regulación de Alquileres presentado en el año 1960, y que luego de aprobada permaneció vigente hasta 1999, cuando fue derogada por el Decreto No. 427 del 25 de octubre de 1999 a través del cual se dictó la Ley de Arrendamiento Inmobiliaria. La exposición de motivos que se puede leer en las actas del debate parlamentario que en un Congreso Bicameral se llevó a cabo en aquél 1960, nos habla de unas medidas tomadas por la Junta de Gobierno presidida por el Contralmirante Wolfang Larrazabal, que “acogiendo al criterio de las fuerzas económicas del país” en aquél entonces, agudizó el problema del costo de la vivienda en Venezuela. Según el propio texto, se trató de medidas de clásico criterio liberal: formación de precios conforme a la ley de la oferta y demanda, inspirándose además en una política en base a la cual aumentando el número de construcciones, era posible bajar el precio de la vivienda. La Venezuela de 1960 se puede sentir en el siguiente párrafo de ese debate parlamentario: “Entre los varios índices parciales que constituyen el indicador general del costo de la vida, el de alquiler de inmuebles tiene un peso relativamente fuerte. Para 1958 el costo de la vida en Caracas, según el Banco Central, era de 53% superior al de 1945. En esta elevación los factores de mayor influencia fueron el de la vivienda que casi duplicó el costo en relación con la misma base. Es decir, que el valor de la vivienda era 90% más elevado que en 1945. El de alimentación, que tuvo un alza de 43% sobre el año base y el indeterminado Otros, cuya elevación se cifra en 60%, donde se incluyen los servicios y el valor de la medicina.” En aquella Venezuela, la vivienda, la alimentación, los servicios y la medicina eran rubros que advertían de un alza en el costo de la vida de los Venezolanos, allí también se puede leer

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Contenido de la ponencia en el Foro Arrendamiento y Vivienda organizado el 21 de septiembre 2013 por Justicia Municipal de la Alcaldía Chacao.

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Capitalismo vs Socialismo

50 años después de la Ley de Regulación de Alquileres de 1960

Carlos Romero Mendoza

1.- Comentario inicial. "El imperativo de regular el precio de la vivienda, como una acción del estado en beneficio de la colectividad general, no es, pues, un capricho. Es el resultado de un análisis detenido de la realidad venezolana. En esto coinciden las mejores opiniones técnicas y científicas del país. En efecto, basta citar algunas de las conclusiones a que llegó en esta materia el Primer Congreso Nacional de la Vivienda, reunido el año pasado en Maracay: 1._ El libre juego de la oferta y la demanda no puede llegar a crear un mercado de vivienda que alivie la escasez existente. 2._ El Estado debe intervenir en este libre juego de la siguiente manera: Absorber la demanda del sector de menores ingresos. Crear incentivos y sanciones para dirigir la oferta privada a grupos de ingresos medios, mediante los estímulos y no a las inversiones con miras altamente especulativas." Este texto corresponde a la Exposición de Motivos al Proyecto de Ley de Regulación de Alquileres presentado en el año 1960, y que luego de aprobada permaneció vigente hasta 1999, cuando fue derogada por el Decreto No. 427 del 25 de octubre de 1999 a través del cual se dictó la Ley de Arrendamiento Inmobiliaria. La exposición de motivos que se puede leer en las actas del debate parlamentario que en un Congreso Bicameral se llevó a cabo en aquél 1960, nos habla de unas medidas tomadas por la Junta de Gobierno presidida por el Contralmirante Wolfang Larrazabal, que “acogiendo al criterio de las fuerzas económicas del país” en aquél entonces, agudizó el problema del costo de la vivienda en Venezuela. Según el propio texto, se trató de medidas de clásico criterio liberal: formación de precios conforme a la ley de la oferta y demanda, inspirándose además en una política en base a la cual aumentando el número de construcciones, era posible bajar el precio de la vivienda. La Venezuela de 1960 se puede sentir en el siguiente párrafo de ese debate parlamentario: “Entre los varios índices parciales que constituyen el indicador general del costo de la vida, el de alquiler de inmuebles tiene un peso relativamente fuerte. Para 1958 el costo de la vida en Caracas, según el Banco Central, era de 53% superior al de 1945. En esta elevación los factores de mayor influencia fueron el de la vivienda que casi duplicó el costo en relación con la misma base. Es decir, que el valor de la vivienda era 90% más elevado que en 1945. El de alimentación, que tuvo un alza de 43% sobre el año base y el indeterminado Otros, cuya elevación se cifra en 60%, donde se incluyen los servicios y el valor de la medicina.” En aquella Venezuela, la vivienda, la alimentación, los servicios y la medicina eran rubros que advertían de un alza en el costo de la vida de los Venezolanos, allí también se puede leer

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que para el fin de trimestre el costo de la vida se había incrementado a 30% por encima de diciembre 1958. En relación a la vivienda, la realidad de 1960 advertía de un importante déficit que llegaba a 700 mil viviendas, lo cual exigía al menos 40.000 viviendas por año, y en el interior del país la crisis de vivienda era mucho más acentuada. El Proyecto de Ley de Regulación de Alquileres de 1960 se presenta como una necesidad para enfrentar la especulación en los precios y la corrupción que quedó luego del tiempo de la dictadura. Además se presentó en un tiempo histórico en el cual la industria de la construcción privada estaba en recesión, principalmente, por la errada política crediticia que se tenía y por la iliquidez que afectaba tanto al fisco nacional, como a los propios bancos. Por lo tanto, con estos y otros argumentos la intervención del Estado se presentaba como una necesidad justa y oportuna. Hoy a más de 50 años de aquél debate, el tema de la intervención del Estado sigue vigente, exige de un debate oportuno, pues lejos de garantizar el derecho de todo Venezolano a su vivienda digna, sin discriminación. Que importante seria evaluar la intervención del Estado a lo largo de estos años, revisar ese primer Congreso de Vivienda en Maracay a que alude las actas de aquél debate sobre el proyecto de Ley de 1960 que comento. Analizar las razones que motivaron y los logros obtenidos con aquellas Comisiones ad-honorem que algunos trabajos sobre la Política Habitacional en Venezuela1, reseñan en nuestra historia durante los años 1961 a 1974 para encontrar allí algunas experiencias que nos permitan entender la realidad presente; pero además, para que pueda contarse esa otra historia que hoy pocos conocen sobre las políticas de vivienda en Venezuela. 2.- Entre el capitalismo y el socialismo. En un Congreso donde había dos Cámaras: Diputados y Senadores, el debate de todo proyecto legislativo pasaba por ambas Cámaras. En la cámara de diputados, puedo destacar la participación del entonces Diputado Rodríguez Bauza, quien afirmaba que en Venezuela nacía un sistema capitalista, en el cual era imposible resolver el problema de la vivienda, pero además, advertía el diputado, que tampoco se podría resolver a través de la industria privada de la construcción, y por ello era esencial que el Estado interviniera, era la única solución. Para Rodríguez Bauza, se podía identificar a los responsables de la crisis de vivienda entre aquellos capitalistas, que vivían “parasitariamente de nuestra ciudad a costa del campesinado”, a esos sectores “imperialistas” que se llevaban “todo el beneficio que obtienen en nuestro país descapitalizando a Venezuela; podemos distinguir entre ellos a los banqueros, a los usureros, a los especuladores en terrenos. Pero también podemos encontrar entre los sectores capitalistas privados, a los industriales nacionales, a los empresarios nacionalistas y agrícolas nacionalistas.”

1JARAMILLO, Carlos. Ley de Política Habitacional en Venezuela: a la búsqueda de un nuevo contrato social. Fermentun. Mérida, Venezuela. Año 11. No. 31. Mayo-Agosto 2001. 222-241. Online en: http://www.saber.ula.ve/bitstream/123456789/20682/1/articulo2.pdf

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El proyecto de Ley que se discutía en 1960 no era otra cosa que un instrumento que debía ser asumido para “golpear a los sectores especuladores, a aquellos que se entregan al imperialismo, porque es éste, ciertamente, el sector nocivo a nuestro país.” (P.45) Los términos: “imperialismo”, “especuladores” y “capitalismo” tenían espacio en el debate político, ¿qué pasó que hoy 50 años después esos mismos términos se oyen en el parlamento actual?.

El Dr. Rafael Caldera, entonces diputado, en reacción a estas calificaciones, dirigidas a distintos actores económicos entre ellos a los constructores, advirtió que no se podía cuestionar, principalmente al sector de la construcción, pues por un lado, allí estaba la primera fuente del empleo en el país y por otro lado, en una economía “tan mal vertebrada y mal orientada” como la Venezolana, es muy fácil objetar las actividades que desarrollan sectores privados como el de la construcción.

Caldera además argumenta que no podía ir en contra de la intervención del Estado pues sus apuntes de Sociología decían a sus alumnos que “la ley de la oferta y la demanda no puede aplicarse, por más esfuerzos que se hicieran con todos los argumentos de tipo económico desde el punto de vista liberal, a la resolución de un problema tan grave como es el de la vivienda.”

Si bien el Diputado Rodríguez Bauza planteó que en capitalismo no era posible solucionar el problema, Uslar Pietri en su condición de Senador expresamente señaló en la segunda discusión lo siguiente:

“Además, si nosotros en Venezuela, y en esto creo que el Senador Farías está de acuerdo conmigo, estuviéramos maduros para abocar una solución socialista de nuestros problemas sería muy distinto, pero incluso el Partido Comunista Venezolano ha dicho repetidas veces que la etapa histórica que atraviesa el país corresponde al desarrollo de la burguesía y del capitalismo y que Venezuela no está madura para ensayar una etapa sinceramente socialista y aún si estuviera madura yo no creo que el sistema socialista resolviera el problema de la vivienda, porque Rusia, la madre y la vanguardia del socialismo universal, país donde el régimen socialista tiene 40 años de imperante, no ha resuelto el problema de la vivienda.

Ante esta afirmación de Uslar Pietri, el Senador Farías le respondió:

“….en realidad nosotros no tenemos un ´madurometro´ o alguna cosa para tantear esta fruta, es decir, para probar la fruta y saber si está madura o no, si se puede coger o no. Nosotros decimos lo siguiente: en este momento nosotros no nos vamos a lanzar a una revolución de tipo socialistas, nosotros queremos un régimen respetuoso de las libertades del pueblo para organizar nuestras masas, es decir, para avanzar…”

Farías además agrega en su respuesta:

“Los problemas del pueblo los resolverá el pueblo, porque estos problemas que tenemos hoy, y los cuales parece que se complicarán, según dice el Senador Uslar, han vivido así siempre, el pueblo los ha venido arrastrando como una cadena. El Dr. Uslar, es un hombre saludable y joven todavía y verá, igual que yo, cómo la Unión Soviética resuelve el problema de la falta de vivienda, sin Cámara de Construcción, porque no existe, el pueblo lo va a resolver……El campo del socialismo resuelve los problemas, no teniéndolo miedo, no tratando de contemporizar con los enemigos del progreso, sino apelando al entusiasmo revolucionario de

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las masas trabajadoras. Quería hacer esta aclaratoria porque yo pertenezco a un partido político muy disciplinado y si me quedaba en silencio, podría preguntar ¡Cómo fue es de que tú crees que no está madura la situación para la revolución socialista en Venezuela? Para nosotros la saturación revolucionara puede madurar de la noche a la mañana a, hoy nos ven ustedes por ahí sin nada y mañana podemos estar en el Poder, no se asusten, pero esto puede ocurrir”.

Ahora están en el poder. ¿Entonces, se resuelve el problema de la vivienda garantizando el derecho a una vivienda digna para todos los venezolanos, sin discriminación?.

Uslar Pietri recuerda, en ese debate que para la década de los 50s las familias tomaban la compra de inmueble como una de las vías principales de ahorro familiar. Y luego de oír distintos argumentos, responde al Senador Farías de la siguiente manera: "Evidentemente, en este punto de vista el senador Faria y yo mantenemos criterios distintos, el senador Farias es un socialista convencido y, por lo tanto, no puede nadie pretender que ni en este problema, ni en otro vaya él a sostener puntos de vista que no sean los estricta y ortodoxamente socialistas, por lo tanto a el no le puede doler mucho, menos conmoverle el que pueda haber una sacudida social importante, el que momentáneamente se paralice la industria de la construcción, el que haya un mayor numero de desempleados momentáneos, el que se perjudique a una serie de propietarios, porque como el lo ha dicho y lo piensa muy honestamente, él esta contando con el día, que seguramente el desea próximo, en que el régimen que impere en el país sea un régimen socialista, al estilo soviético y no estoy de acuerdo con esa forma de encarar el problema.”

¿Estamos de acuerdo con la forma como se encara el problema en Venezuela en el tiempo presente?.

La gran diferencia de 1960 y el presente es que allá había un Congreso en el cual dos posiciones distintas podían debatir, cuestionar sus puntos de vista, pero bajo un esquema de respeto institucional se reconocía la diversidad.

Las normas que hoy regulan la intervención del Estado en materia de vivienda:

1.- Decreto No. 8149, de fecha 6 de abril de 2011, cuyo título es Ley del Régimen de Propiedad de las Viviendas de la Gran Misión Vivienda. Este texto legal es muy importante en estos momentos porque diseña un sistema distinto al que tradicionalmente la sociedad venezolana ha conocido, pues impone un régimen especial para aquellas viviendas que se han construido en el marco de la Gran Misión Vivienda. En el marco de ese régimen especial, el Decreto crea la Propiedad Familiar y la Propiedad Multifamiliar. La Propiedad Multifamiliar recae sobre los terrenos, inmuebles y cosas comunes de las edificaciones de todos los miembros de la Unidad Familiar. La Propiedad Familiar es el derecho sobre la vivienda destinada única y exclusivamente eal uso, goce, disfrute y disposición por pare de la Unidad Familiar. Para Mario Isea, actuando como Presidente del Banco Nacional de Vivienda y Hábitat decía en el 2012:

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—La Propiedad Familiar es la vivienda y la Multifamiliar sustituye lo que en Propiedad Horizontal son todas las áreas de servicios comunes de un desarrollo urbanístico que la hacen habitable. Este nuevo concepto de vivienda establece que hay un valor fundamental: la familia. Sin familia no hay sociedad y sin vivienda no hay familia. He allí la gran importancia de hablar de la vivienda como una propiedad familiar2. El contenido de estas normas son copia y adecuación de la Ley de Propiedad Horizontal, pero estatizada. Estas normas se desarrollan conforme al marco de la Ley Orgánica de Emergencia para Terrenos y Viviendas. 2.- Ley del Sistema de Régimen Prestacional de Vivienda Y Hábitat del 15 de junio del año 2012, en el cual se garantiza a las personas, dentro del territorio nacional, a acceder a las políticas, planes, programas, proyectos y acciones que el Ejecutivo Ncional desarrolle en materia de vivida y hábitat dando prioridad a las familias de escasos recursos y otros sujetos de atención especial definidos en el Decreto a saber:

Comunidades indígenas. Damnificados. Personas con discapacidad. Mayores de sesenta años. Mujeres solas u hombres solos que sean jefe de familia con ingresos mensuales de

hasta un máximo de tres salarios mínimos urbanos. Y cualquier otra que señale el Ministerio del Poder Popular con competencia en la

materia. No ésta en esa política los jóvenes, por ejemplo. Cuando leemos quienes son los sujetos de este sistema aparece el Ejecutivo, el Banco Nacional de Vivienda y Hábitat, productores de vivienda y hábitat, operadores financieros, usuarios, Consejos Comunales y toda persona natural o jurídica que de cualquier forma intervenga en el Sistema. El Decreto regula el tema de financiamiento a través de los créditos hipotecarios, el arrendamiento; las tierras urbanas y urbanizables y los procedimientos que se deben seguir en esta materia. Curiosamente rompe la tradición de colocar normas relacionadas a la participación ciudadana. Este decreto declara de utilidad pública e interés social todos os bienes y servicios susceptibles de ser empleados en la planificación, producción y consumo en materia de vivienda y hábitat, con la finalidad de garantizar la Constitución. Además, expresamente declara que la planificación y programación de los planes de vivienda se hará basado en una planificación centralizada y según el plan nacional de ordenación y desarrollo el territorio y sus desarrollos. Por lo tanto termina siendo todo competencia del poder público nacional

2 Aporrea.org. Mario Isea: La propiedad multifamiliar es un salto cultural. 10 de diciembre 2012. Online en: http://www.aporrea.org/misiones/n219666.html

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3.- La Ley de regularización y control de los arrendamientos y de vivienda, del 12 de noviembre 2011, estas normas, a diferencia de las anteriores, es una Ley, y busca atender como señala el artículo 1 de la misma a la crisis de vivienda que ha afectado a nuestro pueblo como consecuencia del modelo capitalista explotador y excluyente, con el fin supremo de proteger el valor social de la vivienda como derecho humano y la garantía plena de este derecho a toda la población contrarrestando la mercantilización y la especulación económica con la vivienda que la convierte en un medio de explotación y opresión del ser humano por el ser humano, promoviendo relaciones arrendaticias justas conforme a los principios del Estado democrático y social de derecho y de justicia. Crea un Sistema Nacional de Arrendamiento de Vivienda, que claramente señala que la materia de arrendamiento es exclusiva del Poder Público Nacional. Crea una Superintendencia de Arrendamiento de Vivienda. Además, crea un sistema nacional para la defensa en materia civil y administrativa especial inquilinaria y del derecho a la vivienda conformada por:

Ministerio con competencia en vivienda. Superintendencia Nacional de Arrendamiento de Vivienda. Tribunales competentes en la materia. Ministerio Público. Defensa Pública. Defensoría del Pueblo.

Por otro lado establece normas de participación ciudadana que permite en teoría que los ciudadanos puedan participar en la planificación, ejecución y control de la política nacional en esta materia. Y que a través de un registro de organizaciones sociales puedan realizarse la conciliación entre partes del arrendamiento, y capacitadas por esta Superintendencia. La autoridad local no entra en la dinámica de la vivienda. Para terminar resulta interesante que aún cuando la Constitución vigente establece que es competencia del Municipio las viviendas de interés social, es claro que tal disposición no se ha desarrollado porque sin duda las Leyes Nacionales han dejado excluido en su diseño y construcción normativa al Municipio como actor en la dinámica de promoción de viviendas de interés social, así como también en el tema inquilinato. En materia de la competencia en viviendas de interés social, debo destacar: Municipio Naguanagua en Carabobo, dictó el 28 de agosto 2001 una ordenanza para la creación del Instituto Municipal de Vivienda y Equipamiento Urbano del Municipio Naguanagua, cuyo objetivo es administrar y gestionar el área de vivienda de interés social y equipamiento urbano municipal, según las políticas estadales y nacionales. Allí señala que puede incluso llegar a contratar la construcción de viviendas de interés social. El Municipio Anaco tiene otra de fecha 12 de noviembre 2009 y que lleva por título Ordenanza de creación del Instituto Municipal de Vivienda y Hábitat del Municipio Bolivariano de Anaco con un objetivo similar al señalado en el caso de Naguanagua.

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Como se puede apreciar son ordenanzas anteriores a las Leyes mencionadas. En el caso del Municipio Sucre de Miranda, si bien tienen un Instituto Municipal de Vivienda y Hábitat. Pero nuevamente, cuando una Ley nacional señala que todo se diseña a través de un plan centralizado, entonces se debilita la institucionalidad local, y más cuando aparece la Gran Misión Vivienda, y los recursos del Municipio se deterioran como efecto, en la mayoría de los municipios de la formulación del presupuesto nacional y la dinámica del Consejo Federal de Gobierno. Como prueba encontramos estas noticias que destacan que la Gran Misión Vivienda ha pasado a asumir exclusivamente todo lo que tiene que ver con Vivienda que podríamos llamar de interés social, desplazando el liderazgo en ese sentido del Municipo, a saber: El 28 de agosto de 2013, la misión Gran Misión Vivienda señala que en el Municipio Libertador se construyen 29 mil viviendas3. La nota no menciona al Alcalde. El 19 de septiembre 2013, se anuncia que en Yaracuy, el Gobierno Regional a través de la Gran Misión Vivienda que está unida al Frente Francisco de Miranda, construirán 20 viviendas en una urbanización del Municipio Cocorote.4 El 10 de septiembre 2013, se anuncia que en el Municipio Alberto Adriani de Mérida la Gran Misión Vivienda construirá 1.569 casas, y aquí cooperan gobierno regional y municipio, pues son aliados al gobierno, pero el liderazgo y el cumplimiento de la meta impuesta por el poder central es del Gobierno Nacional.5 En conclusión la Gran Misión Vivienda cumple con la meta impuesta de manera central y le apoyan en la medida que políticamente sea viable, las autoridades locales, según el caso en particular. Lo que si está claro que estas políticas y normas nacionales, guardan absoluto silencio, no mencionan para nada al Municipio y menos a las ordenanzas locales, obviando este nivel político territorial como parte de la solución en materia de vivienda y particularmente en alquileres. Comentario final. En el debate parlamentario que he venido señalando a lo largo de este documento, hay una cita en la cual el Senador Farías invita al también Senador Uslar a conocer la labor que realizan las llamadas Soviets en la construcción de viviendas, sin la necesidad de los sectores privados de la construcción.

Así como en la URSS los Soviets se organizaban en la construcción de Viviendas, hoy pareciera que los Consejos Comunales y los Frentes de Construcción de Viviendas, comprometidos con la revolución y de manera voluntaria, construyen o cooperan con la construcción de viviendas.

3 AVN. Gran misión vivienda construye actualmente 29 mil viviendas en el municipio libertador. 28 de agosto de 2013. Online en: http://www.avn.info.ve/contenido/gmvv-est%C3%A1-construyendo-actualmente-29000-viviendas-municipio-libertador 4 Yaracuy.gob.ve. Gobierno regional construye viviendas dignas en Santa Eduviges en el Municipio Cocorote. 19 de septiembre 2013. Online en: http://yaracuy.gob.ve/web/noticias/more/8512-Gobierno-regional-construye-viviendas-dignas-en-Santa-Eduvigis-municipio-Cocorote 5 Correo del Orinoco. Misión Vivienda construye 1569 casas en el Municipio Alberto Adriani de Mérida. 10 de septiembre 2013. Online en: http://www.correodelorinoco.gob.ve/vivienda/vivienda-venezuela-construye-1-569-casas-municipio-alberto-adriani-merida/

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El Sol de Margarita, el 18 de septiembre de 2013, bajo el título: Consejos comunales construyen viviendas en la entidad6, afirma que 15 consejos comunales en Nueva Esparta se activaron en jornadas de trabajo voluntario, en el marco de reimpulsar el proyecto Gran Misión Vivienda en Venezuela, y trabajan en 396 viviendas en los municipios Mariño, Arismendi, Maneiro, Gómez, Península de Macanao, Tubores y Díaz, entre otros.

El 21 de septiembre del 2013 en el portal web de la Agencia Venezolana de Noticias (AVN)7, en esa nota de prensa se lee que más de 2.935 personas realizan labores voluntarias en el marco de la Gran Misión Vivienda. La información de AVN afirma que los frentes de Construcción de Viviendas, operan en Aragua, Mérida, Bolívar, Monagas, Portuguesa y Yaracuy, cada uno con 10 frentes, mientras que en Delta Amacuro y Guárico son tres, en Sucre y Vargas 5 y en Anzoátegui y Nueva Esparta, son 4. ¿Estamos de acuerdo con estas políticas?. ¿Resolveremos los problemas sin lograr debatir y construir consensos sobre la vivienda y el significado de vivienda digna para todos los Venezolanos?. El debate no puede plantear si en el capitalismo o en el socialismo se resuelve el problema. No pude ser que a más de 50 años nuevamente tengamos que debatir entre capitalismo y socialismo. En este tiempo el debate tiene que orientarse entre políticas de viviendas en una marco de descentralización o desconcentración, en el cual cada nivel político territorial tenga participación en función de criterios claros, pero que garanticen la cooperación interterritorial que garantice la planificación de viviendas en función las características propias de la región y/o de la localidad. Como se dijo en el 60, no puede costar lo mismo un alquiler o una casa en San Antonio del Táchira, en ciudad de Mérida que en Chacao Caracas. Si bien se reconoce que el problema de la vivienda es complejo, no puede ser resuelto desde la capital. Hoy con el deterioro institucional que padece el Estado Venezolano, se hace necesario que el Estado intervenga a los fines de garantizar vivienda digna a los más necesitados, pero ¿qué tanto debe intervenir?, es la pregunta clave a responder. Es necesario debatir este tema y lograr consensos sobre los cuales se logren redefinir los roles de los actores políticos, identificar los canales adecuados y razonables de financiamiento, para entonces definir políticas públicas y planificar cada quien en su grado de responsabilidad. Pero además del deterioro institucional, hay un déficit importante de Ciudadanía, que impide abordar correctamente un debate sobre el mercado de vivienda basado en la confianza y en reglas de juego que garanticen la transparencia e igualdad. Cualquier sistema que garantice libertades exige que el ciudadano se sienta corresponsable y que haya un Estado capaz de intervenir sólo cuando sea necesario y oportuno. Por ahora y luego de 50 años sigue vigente el planteamiento del diputado Valmore Acevedo Amaya cuando afirmó que la Función del Estado, de los partidos políticos es trabajar con el

6 Sol de Margarita. Consejos Comunales construyen viviendas en la entidad. 18 de septiembre 2013. Online en: http://www.elsoldemargarita.com.ve/site/302250/consejos-comunales-construyen-viviendas-en-la-entidad 7 AVN. Conformados 360 frentes de construcción de viviendas en todo el país. 21 de septiembre 2013. Online en: http://www.avn.info.ve/contenido/conformados-360-frentes-construcci%C3%B3n-viviendas-todo-pa%C3%ADs

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sector de la construcción privada, en un país con reconocido alto déficit de vivienda, en la búsqueda de una solución. Para Valmore Acevedo, el objetivo que esa articulación de esfuerzo perseguía era: -Facilitar el acceso a la vivienda propia, cómoda, digna y barata a los sectores más débiles. -Impulsar la industria de la construcción porque por allí se contribuye a mejorar el índicie de empleo. Mí generación hoy tiene que sufrir nuevamente de una sociedad en crisis, y con elementos similares a los de 1960, sin entrar en mucho detalle, porque diferencias conseguiremos sin duda; pero hoy, así como en el 60 cuando se devaluó la moneda para pasar a 4:308, experimentamos devaluación, experimentamos déficit de vivienda para comprar y alquilar, crisis de alimentos y medicinas, y se hablaba de capitalismo vs socialismo como lo vimos en el debate parlamentario por la Ley de Arrendamiento. ¿Qué dejamos de hacer? ¿Por qué pareciera que retrocedimos en el tiempo?. ¿Qué podemos hacer?. Nuestro reto y responsabilidad es debatir y responder a ésta última pregunta.

8Oberto Pietro, César. A 63 años de la primera devaluación del bolívar Aporrea.org. 02 de marzo de 2013 http://www.aporrea.org/actualidad/a160243.html