CAPÍTULO I INFORMACIÓN INTRODUCTORIA Motivos … · Objetivo General del examen Establecer si el...

26
2 CAPÍTULO I INFORMACIÓN INTRODUCTORIA Motivos del examen El examen especial se realizó con cargo al Plan Operativo de Control de 2011 de la Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Finanzas, y, en cumplimiento de la Orden de Trabajo 01 de 31 de marzo de 2011, suscrita por la Auditora General. Objetivo General del examen - Establecer si el control interno de la institución proporciona un grado de seguridad razonable en cuanto a la consecución de objetivos relacionados con la eficacia y eficiencia de las operaciones, fiabilidad de la información financiera y cumplimiento de las leyes y normas aplicables Objetivos específicos del examen - Establecer que las Subsecretarías de Consistencia Macrofiscal y Presupuestos tengan una adecuada estructura administrativa y que las funciones que realizan estén distribuidas de manera que permitan lograr sus objetivos y metas planificadas dando a conocer sus resultados. - Establecer el grado de confiabilidad del Sistema de Control Interno en lo concerniente a la administración de la Caja Fiscal por parte de la Tesorería de la Nación. Alcance del examen En el examen especial a la evaluación del sistema de control interno a las Subsecretarías de Consistencia Macrofiscal, Presupuestos y Tesorería de la Nación del Ministerio de Finanzas, se revisaron el cumplimiento de las siguientes normas de control interno: 100-04 Rendición de cuentas, 200-01 Integridad y valores éticos, 200-

Transcript of CAPÍTULO I INFORMACIÓN INTRODUCTORIA Motivos … · Objetivo General del examen Establecer si el...

2

CAPÍTULO I

INFORMACIÓN INTRODUCTORIA

Motivos del examen

El examen especial se realizó con cargo al Plan Operativo de Control de 2011 de la

Unidad de Auditoría Interna del Ministerio de Finanzas, y, en cumplimiento de la Orden

de Trabajo 01 de 31 de marzo de 2011, suscrita por la Auditora General.

Objetivo General del examen

­ Establecer si el control interno de la institución proporciona un grado de seguridad

razonable en cuanto a la consecución de objetivos relacionados con la eficacia y

eficiencia de las operaciones, fiabilidad de la información financiera y cumplimiento

de las leyes y normas aplicables

Objetivos específicos del examen

­ Establecer que las Subsecretarías de Consistencia Macrofiscal y Presupuestos

tengan una adecuada estructura administrativa y que las funciones que realizan

estén distribuidas de manera que permitan lograr sus objetivos y metas

planificadas dando a conocer sus resultados.

- Establecer el grado de confiabilidad del Sistema de Control Interno en lo

concerniente a la administración de la Caja Fiscal por parte de la Tesorería de la

Nación.

Alcance del examen

En el examen especial a la evaluación del sistema de control interno a las

Subsecretarías de Consistencia Macrofiscal, Presupuestos y Tesorería de la Nación

del Ministerio de Finanzas, se revisaron el cumplimiento de las siguientes normas de

control interno: 100-04 Rendición de cuentas, 200-01 Integridad y valores éticos, 200-

3

02 Administración estratégica, 200-04 Estructura Organizativa, 401-01 Separación de

funciones y rotación de labores y 401-03 Supervisión

En el caso de la Subsecretaría de la Tesorería de la Nación, se revisó el grupo 403

Administración Financiera --Tesorería, aplicables en la administración de la caja fiscal

El examen se realizó al 30 de marzo de 2011 y no incluyó el análisis de la propiedad,

legalidad y veracidad de las operaciones administrativas y financieras

La NCI 200-01 Integridad y valores éticos, su implementación se fundamenta en el

Código de Ética institucional que tiene origen en normas emitidas por la máxima

autoridad y desarrollados por la dependencia que esta autoridad designe.

Base legal

Decreto expedido por el Congreso Nacional el 3 de noviembre de 1831, con el que

se crea el Ministerio de Hacienda

Este Ministerio con el transcurso del tiempo tuvo modificaciones orgánicas funcionales

y cambios de denominaciones periódicas, por lo que consideramos pertinente dejar

constancia de las siguientes:

Decreto Ejecutivo 306, publicado en el Registro Oficial 81 de 18 de mayo de 2000,

se cambió la denominación de Ministerio de Finanzas y Crédito Público por el de

Ministerio de Economía y Finanzas.

­ Decreto Ejecutivo 3410 publicado en el Registro Oficial 5 de 22 de enero de 2003,

con el cual se expidió el Texto Unificado de la principal legislación secundaria del

Ministerio de Economía y Finanzas en la que se definen los procesos directivos,

sustantivos y de apoyo.

Decreto Ejecutivo 854, publicado en el Registro Oficial 253 de 16 de enero de

2008, se cambia la denominación a Ministerio de Finanzas.

4

Acuerdo Ministerial 119 de 19 de mayo de 2010, se reforma el Libro III de la

Organización y Administración del Ministerio de Finanzas constante en Decreto

Ejecutivo 3410.

Estructura orgánica

Mediante Acuerdo Ministerial 119 de 19 de mayo de 2010, la Estructura Orgánica del

Ministerio de Finanzas en la que se encuentran las Subsecretarías de Consistencia

Macrofiscal, Presupuestos, Tesorería de la Nación, es la siguiente:

PROCESOS GOBERNANTES

PROCESOS AGREGADORES

DE VALOR

DESPACHO MINISTERIAL

VICEMINISTERIO DE FINANZAS

SUBSECRETARIA DE CONSISTENCIA

MACROFISCAL

­ Dirección de Programación Macrofiscal

­ Dirección de Análisis y Estudios Fiscales

­ Dirección de Análisis Sectorial

­ Dirección de Equidad de Género

SUBSCRETARIA DE PRESUPUESTOS

­ Dirección de Ingresos

­ Dirección de Políticas Presupuestarias

Remunerativas

­ Dirección de Evaluación, Seguimiento y

Liquidación Presupuestaria

­ Dirección de Egresos

­ Dirección de Normativa Presupuestaria

SUBSECRETARIA DE TESORERIA DE LA NACION

­ Dirección de Programación de Caja

­ Dirección de Ingresos Efectivos y

5

Presupuestos del Tesoro

­ Dirección de Pagos y Transferencias

Financieras

­ Dirección de Operaciones de Tesorería

Objetivo de la Institución

Según consta en el Acuerdo Ministerial 119 de 19 de mayo de 2010, que contiene la

Estructura Orgánica del Ministerio de Finanzas, el objetivo de la entidad es:

Garantizar los recursos financieros para el desarrollo nacional con soberanía,

transparencia y sostenibilidad

Objetivos de las Subsecretarías

Según constan en los Planes Operativos de las Subsecretarías en estudio, sus

objetivos son:

Subsecretaría de Consistencia Macrofiscal

Procurar que la sostenibilidad fiscal se garantice a través del cumplimiento de las

políticas macroeconómicas para una consistente administración de las finanzas

públicas

Subsecretaría de Presupuestos

Contribuir a que el presupuesto General del Estado se conduzca de forma sostenible,

responsable, transparente y procure la estabilidad fiscal

Subsecretaría de Tesorería de la Nación

Mantener la liquidez de la caja fiscal mediante un manejo gerencial, sustentado en la

programación técnica del ingreso efectivo que permita cubrir las obligaciones

generadas por el Sector Público.

6

Monto de recursos examinados

No aplica por el alcance y naturaleza del examen ejecutado

Servidores relacionados

Constan en Anexo 1

7

CAPÍTULO II

RESULTADOS DEL EXAMEN

Antecedentes

Mediante Acuerdo 002CG-2011 de 14 de febrero de 2011, el Contralor General del

Estado, aprobó el Plan Operativo Anual 2011 de las Unidades de Auditoría Interna de

las entidades del sector público que depende administrativa y técnicamente de la

Contraloría General del Estado. En los planes aprobados se incluyó el examen

especial de evaluación al sistema de control interno institucional, previsto para el

segundo semestre de 2011.

A fin de agilizar esta actividad de control, con memorando 093-DCAI, de 14 de febrero

de 2011, el Contralor dispuso que examen referido se inicie a partir del 1 de marzo del

presente año, por lo que mediante oficio circular 03553 DCAI de 9 de marzo de 2011,

el Director de Coordinación de Auditorías Internas emitió las instrucciones para la

ejecución y reprogramación del Plan de Control.

El desarrollo del presente examen se lo efectuó mientras el Ministerio de Finanzas

esta en un proceso de reestructuración orgánica, funcional y de recurso humano, para

facilitar el cumplimiento de lo previsto en el Código Orgánico de Planificación y

Finanzas Públicas, entre otros aspectos, establece la necesidad de la vinculación

entre la planificación con el presupuesto, presupuestación plurianual, simplificación de

procesos y evaluación del recurso humano institucional.

Seguimiento de recomendaciones

No se realizó el seguimiento de recomendaciones, por cuanto Auditoría Interna y la

Contraloría General del Estado no efectuaron exámenes especiales o evaluaciones al

sistema de control interno del Ministerio de Finanzas a las Normas descritas en el

alcance.

8

NCI 100-04 Rendición de cuentas

La rendición de cuentas debe relacionarse entre lo planificado y lo ejecutado

Los funcionarios de las Subsecretaría de Consistencia Macrofiscal y de las direcciones

de Ingresos, Políticas Presupuestarias Remunerativas, Egresos y Normativa

Presupuestaria de la Subsecretaría de Presupuestos, no presentan informes

periódicos escritos de rendición de cuentas sobre el cumplimiento de las funciones y

actividades desarrolladas en relación a las planificadas, asignadas y a su misión ante

el superior jerárquico, tampoco lo hacen los directores al Subsecretario

correspondiente

En lo que respecta a las direcciones de Equidad de Género y Evaluación Seguimiento

y Liquidación Presupuestaria que son parte de las Subsecretarías citadas en forma

correspondiente, si presentan informes de rendición de cuentas de manera periódica

ante la autoridad superior.

La Norma de Control Interno 100-04 Rendición de Cuentas, señala:

…“La máxima autoridad, los directivos y demás servidoras y servidores, según sus competencias, dispondrán y ejecutarán un proceso periódico, formal y oportuno de rendición de cuentas sobre el cumplimiento de la misión y de los objetivos institucionales y de los resultados esperados.- Las servidoras y servidores, presentarán informes periódicos de su gestión ante la alta dirección para la toma de decisiones, en los que se harán constar la relación entre lo planificado y lo ejecutado, la explicación de las variaciones significativas, sus causas y las responsabilidades por errores, irregularidades y omisiones...”

La falta de informes de rendición de cuentas, se debe a que no se han emitido

procedimientos e instrucciones por escrito para un proceso formal y periódico de

rendición de cuentas en la Subsecretaría de Consistencia Macrofiscal y en las

mencionadas direcciones de la Subsecretaría de Presupuestos, lo que dificulta

efectuar el seguimiento y evaluación de las actividades cumplidas, para determinar el

logro de los objetivos institucionales y adoptar las acciones correctivas oportunas.

Cabe señalar que la información que proporcionan los servidores de la Subsecretaría

de Consistencia Macrofiscal es en el formulario denominado “Evaluación de

9

Desempeño por Competencias” el que es proveído por el Ministerio de Relaciones

Laborales y que tiene como objetivo medir el grado de cumplimiento de las actividades

desarrolladas, sin relacionarlas con el Plan Operativo Anual.

Luego de la comunicación de resultados, con Memorando MINFIN-SP-2011-0293 de

20 de julio de 2011, el Subsecretario de Presupuestos nos indica que el pasado 17 de

junio, mediante Memorando MINFIN-SP-2011-180, dispuso a los directores presenten

los informes de rendición de cuentas de manera trimestral.

Conclusión

Los funcionarios de la Subsecretaría de Consistencia Macrofiscal y de las direcciones

de Ingresos, Políticas Presupuestarias Remunerativas, Egresos y Normativa

Presupuestaria de la Subsecretaría de Presupuestos, no presentan informes

periódicos de rendición de cuentas en relación a su misión y a la planificación, lo que

dificulta efectuar el seguimiento y evaluación de las actividades cumplidas, para

determinar el logro de los objetivos institucionales y adoptar las acciones correctivas

oportunas

Recomendaciones

Al Ministro de Finanzas

1. Una vez cumplida con la reestructura del Ministerio de Finanzas, dispondrá a la

unidad administrativa designada para la elaboración de manuales e instructivos,

en coordinación con los Subsecretarios de Política Fiscal y Presupuestos, emitan

procedimientos para facilitar la rendición de cuentas, respecto de las actividades

que desarrollan los funcionarios relacionándolas con la planificación operativa, sus

variaciones significativas, causas y responsabilidades, errores u omisiones que se

hayan presentado.

10

A los Subsecretarios de Política Fiscal y Presupuestos

2. Rendirán cuentas ante la máxima autoridad del Portafolio, de manera periódica

respecto de las actividades desarrolladas por la Subsecretaría a su cargo en

consideración de su misión y la planificación.

NCI 200-02 Administración Estratégica

La planificación operativa debe ser vinculada con el presupuesto institucional

La Planificación Operativa de la Subsecretarías de Consistencia Macrofiscal, y

Presupuestos, contiene actividades previstas en el Plan Plurianual, también objetivos

operativos, indicadores, metas, y descripción de actividades a desarrollarse en el

período 2011, sin que identifique los programas, subprogramas y proyectos, mientras

que, respecto a la vinculación con el presupuesto mantienen un valor referencial a

nivel de Subsecretarías, sin que se desagregue acorde a la estructura programática

del presupuesto.

Las Direcciones que conforman las Subsecretarías antes mencionadas no elaboran

planes operativos, excepto la dirección de Equidad de Género

.La Norma 200-02 Administración Estratégica, señala:

…“Los planes operativos constituirán la desagregación del plan plurianual y contendrán: objetivos, indicadores, metas, programas, proyectos y actividades que se impulsarán en el período anual, documento que deberá estar vinculado con el presupuesto a fin de concretar lo planificado en función de las capacidades y la disponibilidad real de los recursos..”

La Normativa del sistema de administración financiera en la parte pertinente, señala:

2.2.4 PROGRAMACIÓN PRESUPUESTARIA INSTITUCIONAL

2.2.4.1 VINCULACIÓN PLANIFICACIÓN-PRESUPUESTO

…”Los planes operativos constituirán el nexo que permitirá vincular los objetivos y metas de los planes plurianuales con las metas y resultados de los programas incorporados en el presupuesto. Para tal efecto, los objetivos y metas del plan

11

plurianual se expresarán en objetivos y metas operativos de los planes anuales, de los que se definirán el conjunto de acciones necesarias y los requerimientos de recursos humanos, materiales, físicos y financieros para su consecución…”.

La falta de vinculación de la planificación con el presupuesto, se debe a que al

elaborar el plan operativo no se identifican los programas, subprogramas y proyectos,

tampoco se ha establecido la necesidad de formular un instructivo, a fin de que la

Coordinación de Planificación y la Dirección Financiera de la Coordinación

Administrativa Financiera, participen con cada una de las Subsecretarías en la parte

que les corresponde, para la preparación de los planes operativos anuales vinculados

con la estructura programática del presupuesto, lo que impide evaluar la eficiencia y

eficacia en la utilización de recursos y logro de objetivos.

Conclusión No se vinculó la planificación operativa con el presupuesto institucional, se mantiene

un valor referencial a nivel de Subsecretarías sin que éste desagregado acorde a la

estructura programática, tampoco las direcciones elaboraron sus planes operativos, lo

que impide evaluar eficiencia y eficacia en la utilización de recursos y logro de

objetivos establecidos.

Recomendación Al Ministro de Finanzas

3. Dispondrá a la Coordinación General de Planificación elaboren un instructivo, en

el que entre otros elementos contenga: la necesidad de participar de manera

conjunta con la Dirección Financiera y los Subsecretarios de Política Fiscal y

Presupuestos en la formulación de sus correspondientes planes operativos

anuales, cuidando de vincularlos con la estructura programática del presupuesto

institucional.

NCI 200-04 Estructura organizativa

­ Ubicación orgánica de la Dirección de Equidad de Género

La estructura organizativa en la Subsecretaría de Consistencia Macrofiscal está

conformada por 4 Direcciones: Programación Macrofiscal, Análisis y Estudios

12

Fiscales, Análisis Sectorial y Equidad de Género, cada una con su

correspondiente misión, atribuciones y responsabilidades que constan en el

Acuerdo Ministerial 119 de 19 de mayo de 2010.

La Dirección de Equidad de Género en la práctica cumple actividades

relacionadas para la definición del Presupuesto General del Estado a ser utilizado

en su programa, sin que corresponda a la misión de la Subsecretaría de

Consistencia Macrofiscal.

­ Asignación de actividades de la Dirección de Ingresos

Con Acuerdo Ministerial 119 de 19 de mayo de 2010, se le asignó a la Dirección

de Ingresos de la Subsecretaría de Presupuestos varias atribuciones y

responsabilidades relacionadas al control, emisión y comercialización de las

especies valoradas.

Sin embargo en la práctica las actividades anteriormente citadas las desarrolla la

Subsecretaría de Tesorería de la Nación., en cumplimiento al Acuerdo Ministerial

447 y al Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas.

­ Manuales de organización

Las Subsecretarias de Consistencia Macrofiscal y Presupuestos no tienen un

manual de organización que permita asignar responsabilidades, acciones y

cargos, a la vez establecer los niveles jerárquicos y funciones para cada uno de

sus servidoras y servidores.

En el caso de la Subsecretaría de Consistencia Macrofiscal cuenta con un

proyecto de manual de procesos, el que contiene entre otros elementos: el

proceso de los productos que generan cada una de las Direcciones, la frecuencia

del reporte, el responsable, el seguimiento y control, este documento se remitió

con oficio MINFIN-SCM-0090 de 8 de junio de 2011, a la Coordinadora General

Administrativa Financiera sin recibir respuesta hasta la fecha de la lectura del

presente informe.

13

El Manual de Procedimientos del “Sistema de Presupuestos” describe de manera

general los procesos a desarrollar para el cumplimiento de las fases

presupuestarias, sin especificar a las direcciones que les corresponde efectuar lo

descrito.

La Norma 200-04 Estructura organizativa, dispone:

…“La máxima autoridad debe crear una estructura organizativa que atienda el cumplimiento de su misión y apoye efectivamente el logro de los objetivos organizacionales, la realización de los procesos, las labores y la aplicación de los controles pertinentes.- Toda entidad debe complementar su organigrama con un manual de organización actualizado en el cual se deben asignar responsabilidades, acciones y cargos, a la vez que debe establecer los niveles jerárquicos y funciones para cada uno de sus servidoras y servidores”

Las situaciones expuestas se deben:

La ubicación orgánica de la dirección de Equidad de Género fue dispuesta por la

Viceministra mediante oficio DM-SGF-3019 de 23 de junio de 2010, en el que

señala:

“… Llegado a un acuerdo entre los Subsecretarios de Consistencia Macrofiscal y Presupuestos, y, debido a que los productos y las actividades de la Dirección de Equidad de Género tienen mayor incidencia en el Presupuesto General del Estado, agradeceré a usted realizar las gestiones correspondientes para que la mencionada Dirección pase a formar parte de la Subsecretaría de Presupuestos…”

Lo que dificultó la comunicación y coordinación entre la Subsecretaría Macrofiscal

y la indicada Dirección, tampoco las actividades que desarrolla en la práctica esta

Dirección, son correspondientes con las asignadas en el Orgánico Estructural del

Ministerio de Finanzas para la Subsecretaría señalada.

El Acuerdo Ministerial 119 de 19 de mayo de 2010 no es coherente con lo que se

establece en el Acuerdo 447 de 29 de diciembre de 2007, numeral 4.7 Especies

Valoradas, y el artículo 169 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas

Públicas Especies Valoradas, lo que ocasionó que la misión de la Dirección de

Ingresos de la Subsecretaría de Presupuestos establezca responsabilidades por

procedimientos que en la práctica no se desarrollan.

14

La ausencia del manual de organización en las Subsecretarías señaladas se debe a

que el Ministerio de Finanzas se encuentra en una reestructura organizativa,

funcional y de recurso humano, y a que con la derogatoria de la LOSSCA por

vigencia de la Ley del Servidor Público no se asignó a una unidad la facultad de

preparar los manuales de organización, lo que conllevó: creación y supresión de

unidades, cambios y traslados de funciones, por lo que las actividades que se

vienen realizando, son a base de la práctica y experiencias del personal

Es de señalar, que con Decreto Ejecutivo 726 de 8 de abril de 2011, se dispuso la

creación de la Coordinación General de Gestión Estratégica, la que estará

conformada por las unidades de Administración de Procesos, Tecnologías de la

Información y Gestión de Cambio de Cultura Organizacional, sin precisar la Unidad

que podría asumir la elaboración e implementación de los manuales indicados.

Posterior a la comunicación de resultados, con Memorando MINFIN-SP-2011-0293

de 20 de julio de 2011, el Subsecretario de Presupuestos indicó que el Ministerio de

Finanzas se encuentra en un proceso de estructura organizativa, funcional y de

recursos humanos y contando con estos insumos se procederá a la elaboración de

éste documento.

La Coordinadora General Administrativa Financiera, con oficio MINFIN-CGAF-2011-

0654 de 25 de julio de 2011, indicó:

“…respecto a la reubicación de la Dirección de Equidad de Género. Esta solicitud tiene que canalizarse también a la señora Viceministra, y al grupo de Asesores Ministeriales que están liderando el proceso.”

Conclusión

No se encuentra definida la ubicación orgánica de la Dirección de Equidad de Género,

a la Dirección de Ingresos de la Subsecretaría de Presupuestos se le asignó

actividades que desarrolla y corresponde a la Subsecretaría de Tesorería de la

Nación, las Subsecretarías de Consistencia Macrofiscal y Presupuestos no cuentan

con manuales de organización, la asignación de atribuciones a unidades del Portafolio,

en la práctica las cumplen otras, tampoco existe correspondencia entre Acuerdos

Ministeriales que asignan funciones a determinadas dependencias, lo que ocasionó

15

que las actividades asignadas en el Orgánico Estructural del Ministerio de Finanzas se

las desarrollen a base de la práctica y experiencia.

Recomendaciones

Al Ministro de Finanzas

4. Dispondrá a la Coordinación General de Gestión Estratégica, una vez definida,

aprobada y aplicada la reestructura del Ministerio de Finanzas, ubique a la

Dirección de Equidad de Género, considerando su misión y actividades que

desarrolla.

Al Ministro de Finanzas

5. Requerirá a la Presidencia de la República que en el Reglamento del Código

Orgánico de las Finanzas Públicas a expedirse se defina la unidad que debe

realizar el proceso de autorización, emisión, comercialización y control de las

especies valoradas, cuidando de mantener concordancia con lo establecido en las

directrices de Presupuesto y Tesorería.

Al Ministro de Finanzas

6. Dispondrá a la Coordinación General de Gestión Estratégica que en acuerdo con

las Subsecretarías de Política Fiscal y Presupuestos, desarrollen el manual de

organización, lo que permitirá definir las competencias y responsabilidades de las

Subsecretarías señaladas acorde a su misión.

A los Subsecretarios de Política Fiscal y Presupuestos

7. Dispondrán a los Directores mientras se elabore y apruebe el manual de

organización para este Portafolio, asignen labores y responsabilidades por escrito

para cada uno de las servidoras y servidores bajo su responsabilidad, cuidando la

independencia de funciones incompatibles.

16

NCI 401-01 Separación y rotación de labores

La rotación de labores debe realizarse de manera planificada

El personal que labora en la Subsecretaría de Consistencia Macrofiscal, rotan para el

cumplimiento de sus actividades de acuerdo a la disponibilidad de tiempo y de la

naturaleza de los requerimientos, así como dentro de los niveles operativos y de

dirección, sin que exista una planificación para ello.

En la Subsecretaría de Presupuestos la rotación de las tareas se cumple en la práctica

ya que de manera periódica se reasigna ámbitos y competencias entre los servidores

que laboran en las diferentes direcciones que la conforman, sin que esta rotación sea

planificada.

La Norma 401-01 Separación de funciones y rotación de labores, señala:

…“La máxima autoridad y los directivos de cada entidad tendrán cuidado al definir las funciones de sus servidoras y servidores y de procurar la rotación de las tareas, de manera que exista independencia, separación de funciones incompatibles y reducción del riesgo de errores o acciones irregulares…”

La falta de planificación para la rotación de funciones que realiza la Subsecretarías de

Consistencia Macrofiscal y Presupuestos, ocasionó que no se deje constancia escrita

de la secuencia, períodos e identificación de actividades y servidores sujetos a la

rotación

Posterior a la comunicación de resultados, mediante memorando MINFIN-SP-2011-

0293 de 20 de julio de 2011, el Subsecretario de Presupuestos, indicó que la rotación

del personal lo realiza cada año, a base de las necesidades operativas sin planificar,

por lo que ratifica con lo afirmado por auditoría.

Conclusión

Las Subsecretarias de Consistencia Macrofiscal y Presupuestos no cuentan con una

planificación de rotación de funciones, lo que ocasionó que no se deje constancia

17

escrita de la secuencia, períodos e identificación de actividades y servidores sujetos a

la rotación

Recomendación

A los Subsecretarios de Política Fiscal y Presupuestos

8. Deberán planificar la rotación de las servidoras y servidores, que laboran en sus

respectivas Direcciones y Subsecretarías cuidando de incluir períodos de rotación,

actividades compatibles y responsabilidades a desempeñar, procurando se

mantenga la continuidad y calidad de la atención a los clientes.

NCI 401-03 Supervisión

Es necesario describir procedimientos para ejecutar labores de supervisión

Las actividades de supervisión en la Subsecretaría de Presupuestos se aplican de

manera práctica, situación que se evidencia en los diferentes documentos generados,

ya que guardan una secuencia de control, sin que los procesos aplicados para esta

función se encuentren descritos en un documento.

En la Subsecretaría de Consistencia Macrofiscal los procedimientos que se aplican

para la supervisión de los productos que genera, están descritos en el manual de

procesos cuyo trámite se encuentra para su aprobación en la Coordinación General

Administrativa Financiera

La Norma 401-03 Supervisión; señala:

…”Los directivos de la entidad, establecerán procedimientos de supervisión de los procesos y operaciones, para asegurar que cumplan con las normas y regulaciones y medir la eficacia y eficiencia de los objetivos institucionales, sin perjuicio del seguimiento posterior del control interno…”

La ausencia de un documento con procedimientos de supervisión para el desarrollo de

las actividades en la Subsecretaría de Presupuestos, se debe a la falta de un manual

18

de procedimientos, lo que ocasionó que las actividades de control se cumplen a base

de la experiencia y conocimiento de los servidores.

Después de la comunicación de resultados la Coordinadora General Administrativa

Financiera con oficio MINFIN-CGAF-2011-0654 de 25 de julio de 2011, dirigido al

Subsecretario de Consistencia Macrofiscal con copia a Auditoría Interna, respecto de

la aprobación del manual de procesos remitido por la Subsecretaría de Macrofiscal,

indicó:

“…en razón de que el Ministerio actualmente se encuentra en proceso de reestructuración, esta Coordinación General considera que una vez que se cuente con la nueva estructura organizacional aprobada y alineada al Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas; y, exista la definición de competencias, se considerará el Proyecto de Manual de Procesos presentado; …”

Auditoría considera que esta afirmación es pertinente

Conclusión

La Subsecretaría de Presupuestos realiza actividades de supervisión sin contar con

procedimientos aplicados de manera escrita, ocasionando que se cumplan a base de

la experiencia y conocimiento de los servidores.

Recomendaciones

Al Subsecretario de Presupuestos

9. Dispondrá la elaboración de un documento que contenga procedimientos para la

supervisión de los procesos a ser aplicados en la Subsecretaría de Presupuestos,

con la finalidad de facilitar el cumplimiento de las normas que regulan las

actividades.

19

Al Subsecretario de Política Fiscal

10. Vigilará que el manual de procesos elaborado para la Subsecretaría a su cargo

esté actualizado con la estructura del Ministerio de Finanzas y contenga

procedimientos para realizar la supervisión de actividades , luego de lo cual lo

remitirá a la Coordinación General de Gestión Estratégica sugerida en la

recomendación 6 del presente informe

NCI 403-07 Conciliaciones bancarias.

Conciliación bancaria de la Cuenta Única del Tesoro Nacional

No se efectuó la conciliación bancaria de la Cuenta Única del Tesoro Nacional,

administrada por la Subsecretaría de Tesorería de la Nación, desde la implementación

del sistema eSigef y vigencia del Acuerdo Ministerial 447 con el que se expidieron los

Principios del Sistema de Administración Financiera, 1° de enero de 2008.

La Norma de Control Interno 403-07 “Conciliaciones bancarias”, señala:

“La conciliación bancaria es un proceso que se ocupa de asegurar que tanto el saldo según los registros contables como el saldo según el banco sean los correctos. Se la realiza en forma regular y periódicamente por lo menos una vez al mes…Cuando las conciliaciones se efectúen soportadas en sistemas computarizados y en tiempo real, la entidad debe velar para que las aplicaciones incorporen los controles de carga y validación de la información, el registro manual o automático de operaciones que permitan ajustar las diferencias y estén respaldados por los respectivos manuales de operación, instructivos y ayudas en línea.”

No se realizan conciliaciones bancarias debido a que el sistema eSigef no cuenta con

un Módulo que permita efectuar esta operación de manera automática, así como la

falta de definición en el Acuerdo 119 de 19 de mayo de 2010, de esta función como

responsabilidad de la Subsecretaría de Tesorería de la Nación o Contabilidad

Gubernamental, pues establece entre otras como sus atribuciones y responsabilidades

las siguientes:

20

“2.2.3. SUBSECRETARÍA DE TESORERÍA DE LA NACIÓN 2.2.3.2. DIRECCION DE INGRESOS EFECTIVOS Y PRESUPUESTOS DEL TESORO b) Atribuciones y responsabilidades

6. Supervisar los movimientos financieros de las cuentas administradas por la Subsecretaría de Tesorería de la Nación y las demás del sector público, remitidos por BCE y su ingreso en la herramienta e-SIGEF para que la Subsecretaría de Contabilidad Gubernamental realice las conciliaciones bancarias;

2.2.5. SUBSECRETARÍA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL b) Atribuciones y responsabilidades…

13. Supervisar la conciliación bancaria de la Cuenta Corriente Única del Tesoro Nacional;

2.2.5.1. DIRECCIÓN DE ANÁLISIS Y CONSOLIDACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL SECTOR PÚBLICO … 5. Supervisar la conciliación de la Cuenta Corriente Única del Tesoro Nacional;…”

De acuerdo a las normas descritas a la Subsecretaría de Contabilidad Gubernamental,

se le asignan dos funciones de carácter incompatible, la de conciliar la Cuenta Única

del Tesoro Nacional y también la de supervisarla, a través de la Dirección de Análisis y

Consolidación de los Estados Financieros del Sector Público.

Situación que impidió verificar la conformidad de saldos entre los registros que

mantienen la Tesorería de la Nación y el Banco Central del Ecuador.

Con oficio MINFIN-DAI-2011-0042 de 2 de junio de 2011, se solicitó a la Subsecretaria

de Tesorería de la Nación nos indique las acciones adoptadas, a fin de realizar las

conciliaciones bancarias a la Cuenta Única del Tesoro Nacional (CUTN), quien

mediante oficio MINFIN-STN-2011-0149 de 6 de junio de 2011, señaló:

Se dirigió al Subsecretario de Contabilidad Gubernamental el oficio MF-STN-

CGEF-2010-002618 de 30 de abril de 2010, indicando que el módulo de

conciliación bancaria debe desarrollarse por intermedio de los administradores

del sistema eSigef en coordinación con esa Subsecretaría.

Se solicitó al Ministro de Finanzas se incorpore cinco profesionales para

conformar la Unidad de Conciliación Bancaria reformando el Acuerdo 119.

21

Además se desarrolló para el Sistema de Administración Financiera del SPNF, el

Caso Uso del Negocio: CUN-CON-005-01 Conciliación Bancaria, Versión 1.0.

Se solicitó al Banco Central del Ecuador que genere archivos del movimiento

diario de las Cuentas Bancarias CCU-TG y TR del Gobierno Central y

Descentralizadas, para cargar al sistema.

Se realizó la prueba de cuenta y el movimiento de un día, sin poder determinar

con exactitud las diferencias que no eran conciliadas, porque el reporte

generado entregaba valores globales, permitiendo que los resultados del módulo

de conciliación sean confiables.

Además, con oficio MINFIN-SCG-2011-0314-0 de 19 de mayo de 2011, el señor

Subsecretario de Contabilidad Gubernamental propuso lo siguiente:

“Que el Banco Central del Ecuador cree auxiliares bancarios de la Cuenta Única del Tesoro, para las Entidades Operativas Desconcentradas, en los que debitaría cada uno de los egresos que les corresponda acreditando el monto total diariamente, el cual se transferiría de la CCU y los auxiliares para registro debería identificarse con el código presupuestario asignado a cada Entidad. Con lo indicado, la Conciliación Bancaria la harían obligatoriamente en cada Unidad Operativa Desconcentrada, en base a que se implementen cambios en el sistema eSigef como en el sistema del Banco Central del Ecuador; e, invita a que las Subsecretarías de Innovación y Desarrollo de las Finanzas Públicas, Contabilidad Gubernamental y Tesorería de la Nación, designen al personal que analicen la propuesta para llegar a conclusiones finales y salir del tema.”

Conclusión

No se efectuó la conciliación bancaria de la Cuenta Única del Tesoro Nacional,

administrada por la Subsecretaría de Tesorería de la Nación, desde la implementación

del sistema eSigef y vigencia del Acuerdo Ministerial 447 con el que se expidieron los

Principios del Sistema de Administración Financiera, 1° de enero de 2008, impidió que

se pueda verificar la conformidad de saldos.

22

Recomendaciones

Al Ministro de Finanzas

11. Dispondrá a la Subsecretaria de Innovación y Desarrollo de las Finanzas Públicas,

desarrolle el módulo de Conciliación Bancaria en el sistema eSigef para su

funcionamiento.

12. Dispondrá a los Subsecretarios de Tesorería de la Nación y Contabilidad

Gubernamental, realicen en forma conjunta un estudio, a fin de determinar que

Subsecretaría efectuara las Conciliaciones Bancarias de la Cuenta Única del

Tesoro Nacional, tomando en consideración la segregación de funciones de

carácter incompatible.

13. Dispondrá a la Coordinadora General Administrativa Financiera que de manera

conjunta con el Coordinador General Jurídico, elaboren el proyecto de reforma al

Acuerdo 119, a fin de que se establezca la Subsecretaría responsable de la

ejecución de la Conciliación Bancaria de la Cuenta Única del Tesoro Nacional.

NCI 403-11 Utilización del flujo de caja en la programación financiera

Programación de Caja de la Tesorería de la Nación se efectúa de forma manual

En la Dirección de Programación de Caja de la Subsecretaría de Tesorería de la

Nación, se efectúa la programación financiera de recursos de la caja fiscal, de forma

manual a través de cuadros en Excel, siendo susceptible a modificaciones

circunstanciales.

La Norma de Control Interno 403-11 Utilización del flujo de caja en la programación

financiera, establece:

“Las entidades y organismos del sector público, para la correcta utilización de los recursos financieros, elaborarán la programación de caja, en la que se establecerá la previsión calendarizada de las disponibilidades efectivas de fondos y su adecuada utilización, permitiendo compatibilizar la ejecución presupuestaria anual en función de las disponibilidades…El flujo de caja de la

23

entidad tendrá un período determinado similar al ejercicio presupuestario; su periodicidad puede ser anual, cuatrimestral, trimestral o diaria, de acuerdo con las necesidades.”

Si bien la norma descrita no establece la obligatoriedad de informatizar la

programación de caja, Auditoría considera que es necesario, a fin de disminuir

posibles errores y acciones discrecionales de autoridades y optimizar la administración

de la caja fiscal utilizando la tecnología moderna.

La programación de caja realizada en forma manual se debe a la falta de un módulo

en la herramienta del Sistema de Administración Financiera eSigef, lo que ocasionó

que no se pueda obtener esquemas de presentación de informes analíticos de la

situación fiscal, a base de la disponibilidad de caja para la toma de decisiones.

Mediante Informe MF-STN-2011-00034 de 25 de marzo de 2011, la Comisión del

Portafolio a cargo de la elaboración de la metodología y conceptualización del módulo

de Programación de Caja, entregó a la Viceministra de Finanzas el documento que

contiene dicha metodología, a fin de que sea implementada.

Posterior a la comunicación de resultados, con oficio MINFIN-STN-2011-3183 de 20

de julio de 2011, la Subsecretaria de Tesorería de la Nación señaló que la

Coordinación General Administrativa Financiera, procedió el día 4 de julio de 2011, a

convocar en el Sistema Nacional de Compras Públicas, para la contratación de la

capacitación del personal de la Dirección y que la fecha estimada de adjudicación es el

28 de julio de 2011.

Conclusión

La programación de caja en la Subsecretaría de Tesorería de la Nación se la realiza

en forma manual debido a que no existe un módulo de programación en el sistema de

Administración Financiera eSigef, lo que impidió obtener esquemas de presentación

de informes analíticos de la situación fiscal, en base a la disponibilidad de caja.

24

Recomendaciones

Al Ministro de Finanzas

14. Dispondrá a la Subsecretaria de Innovación y Desarrollo de las Finanzas Públicas,

concluya con el módulo de Programación de Caja, el mismo que se encuentra en

una etapa final, a fin de que pueda ser implementado y optimice la administración

de la caja fiscal.

15. Dispondrá a la Subsecretaria de Tesorería de la Nación acuerde con la

Coordinadora General Administrativa Financiera, a fin de que el personal del área

de la Dirección de Programación de Caja, sea capacitado en la administración y

manejo del Módulo de Programación de Caja.

NCI 403-15 Inversiones financieras control y verificación física.

Inversiones corrientes de la Cuenta Única del Tesoro Nacional

El Banco Central del Ecuador es la entidad que realiza las inversiones a corto plazo,

de los recursos financieros temporalmente no necesarios de la Cuenta Única del

Tesoro Nacional, sin que la Subsecretaría de Tesorería de la Nación mantenga

registros y control sobres estas operaciones y tampoco tenga acceso en línea a la

Base de Datos de la entidad bancaria, a fin de obtener esta información, sin embargo

de que esta función es de competencia del Portafolio.

El Ministerio de Finanzas respecto de las Inversiones Financieras, tiene conocimientos

de los rendimientos obtenidos, pues son comunicados oportunamente por el Banco

Central.

La Ley Orgánica de Administración Financiera y Control en su Artículo 161, vigente

hasta el 22 de octubre de 2010, establece como uno de los objetivos del Sistema de

Tesorería el siguiente:

“6. Objetivos.- Asegurar el óptimo rendimiento de los recursos financieros, temporalmente no necesarios, mediante su inversión a corto plazo.”

25

El Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas, vigente desde el 22 de

octubre de 2010, en sus Artículos 164 y 166 señalan:

“Art. 164. Rendimientos.- Los rendimientos que se generen de las inversiones de la Cuenta Única del Tesoro Nacional se restituirán a esa cuenta en su totalidad, salvo las comisiones pertinentes que autorice el ente rector de las finanzas públicas dentro de las operaciones financieras. Estos recursos no formarán parte de los ingresos del Banco Central del Ecuador. Art. 166. Manejo de la liquidez.- El ente rector de las finanzas públicas manejará y administrará los excedentes de liquidez de la Cuenta Única del Tesoro Nacional de conformidad con las normas técnicas que emita para el efecto”

La Norma de Control Interno 403-15 Inversiones financieras, control y verificación

física, señala:

“Se mantendrán registros adecuados que permitan identificar a cada tipo de inversión corriente y establecer los montos de los intereses, dividendos u otra clase de renta que devenga cada una de ellas, el sistema de registro contable proporcionará el control que asegure que han sido registradas debidamente y que los rendimientos obtenidos se recibieron y contabilizaron de manera oportuna.- Cuando exista un número elevado de inversiones, es conveniente establecer un mayor auxiliar para cada una, con lo cual se mantendrá un alto grado de confiabilidad en la información, estos registros serán constantemente actualizados a fin de que los directivos cuenten con datos necesarios para la toma de decisiones.”

La falta de personal capacitado para el manejo y administración de las inversiones de

los recursos financieros temporalmente no necesarios de la Cuenta Única del Tesoro

Nacional, impidió que esta función la realice directamente el Ministerio de Finanzas

como ente rector de las Finanzas Públicas y mantenga un registro adecuado de dichas

inversiones, lo que no permitió ejercer control de dichas inversiones y determinar si

fueron las más favorables y si se realizaron en varias entidades, evitando la

concentración de las mismas.

Posterior a la comunicación de resultados, la Subsecretaria de Tesorería de la Nación

nos comunicó con oficio MINFIN-STN-2011-3183 de 20 de julio de 2011, lo siguiente:

“…Al respecto debo indicar que si bien la el numeral 18 del Art. 74 del Código Orgánico de Planificación y Finanzas Públicas establece como una atribución del ente rector del SINFIP: “ Invertir los recursos de la caja fiscal del

26

Presupuesto General del Estado, así como autorizar y regular la inversión financiera de las entidades del Sector Público no Financiero”, esta acción la ejerce a través de las instrucciones que da periódicamente al Banco Central del Ecuador, respecto de los saldos de las cuentas que deben ser invertidas; ya que para ejecutar las operaciones financieras requiere de la actuación del agente financiero del Estado, que es el Banco Central del Ecuador.-Adicionalmente es necesario señalar que los saldos de las subcuentas que conforman la CUTN son dinámicos por lo que generalmente las inversiones se las realiza por las noches y esa información la tiene el BCE porque opera a través de los bancos corresponsales en el exterior…A fin de fortalecer la Mesa de Dinero, se ha solicitado a la Coordinación General Administrativa Financiera la contratación e incorporación de personal calificado en temas del mercado financiero, con el propósito de que realice los análisis correspondientes previos a dar las instrucciones al BCE para las inversiones financieras y además realice las colocaciones de Certificados de Tesorería.”

Lo manifestado ratifica el comentario de Auditoría.

Conclusión

En la Subsecretaría de Tesorería de la Nación, no se mantienen registros de las

inversiones corrientes efectuadas por el Banco Central del Ecuador, con los recursos

financieros temporalmente no necesarios de la Cuenta Única del Tesoro Nacional, lo

que impide a este Portafolio ejercer control de dichas inversiones y determinar si

fueron las más convenientes y si se realizaron en varias entidades, evitando la

concentración de las mismas.

Recomendaciones

Al Ministro de Finanzas

16. Solicitará al Banco Central del Ecuador, permita al Ministerio de Finanzas acceder

en línea a la Base de datos del Banco, a fin de que verifique y registre las

inversiones efectuadas con los recursos financieros temporalmente no necesarios

de la Cuenta Única del Tesoro Nacional y ejercer el control correspondiente.

17. Dispondrá a la Coordinadora General Administrativa Financiera inicie con el

proceso para la contratación e incorporación de personal calificado en temas del

mercado financiero, con el propósito de realizar los análisis correspondientes

27

previos a dar las instrucciones al BCE para las inversiones financieras y además

efectuar las colocaciones de Certificados de Tesorería.

Dra. Mónica Jaramillo P. AUDITORA GENERAL