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CAPITULO II MARCO TEÓRICO 1. Antecedentes de la Investigación En todo proceso de investigación es necesario contar con una sustentación teórica, la cual permite dar validez a los resultados que se obtengan, en el momento de constatarlos. En este sentido la revisión de algunas investigaciones previas facilitó la ubicación de aportes teórico sobre las categorías objetos de estudio. A continuación se exponen algunos antecedentes consultados: Cortázar, J. (2000); elaboró un trabajo titulado: Estrategias educativas para el desarrollo de una cultura tributaria en América Latina. Experiencias y Líneas de acción; Este trabajo fue elaborado para el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y presentado en el Seminario Internacional de Fiscalización Tributaria: Contexto, prácticas y tendencias; realizado en la ciudad de Vitoria (Brasil). El Seminario fue organizado por el BID y el Programa Nacional de Apoyo a la Modernización de los Estados Brasileños. Publicado en la Revista del CLAD Reforma y Democracia. No. 17 (Jun. 2000). Caracas. Para Cortázar, este trabajo tiene por objetivo reflexionar sobre las estrategias educativas que las administraciones tributarias (nacionales, sub

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CAPITULO II

MARCO TEÓRICO

1. Antecedentes de la Investigación

En todo proceso de investigación es necesario contar con una

sustentación teórica, la cual permite dar validez a los resultados que se

obtengan, en el momento de constatarlos. En este sentido la revisión de

algunas investigaciones previas facilitó la ubicación de aportes teórico sobre

las categorías objetos de estudio. A continuación se exponen algunos

antecedentes consultados:

Cortázar, J. (2000); elaboró un trabajo titulado: Estrategias educativas

para el desarrollo de una cultura tributaria en América Latina. Experiencias y

Líneas de acción; Este trabajo fue elaborado para el Banco Interamericano

de Desarrollo (BID) y presentado en el Seminario Internacional de

Fiscalización Tributaria: Contexto, prácticas y tendencias; realizado en la

ciudad de Vitoria (Brasil). El Seminario fue organizado por el BID y el

Programa Nacional de Apoyo a la Modernización de los Estados Brasileños.

Publicado en la Revista del CLAD Reforma y Democracia. No. 17 (Jun.

2000). Caracas.

Para Cortázar, este trabajo tiene por objetivo reflexionar sobre las

estrategias educativas que las administraciones tributarias (nacionales, sub

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nacionales e incluso locales) pueden implementar con la finalidad de

desarrollar una cultura tributaria sólida, potenciando además sus acciones de

fiscalización.

En la primera sección del trabajo se aborda el problema de la

legitimidad social de las acciones de fiscalización o control, proponiendo que

ella depende en gran medida del grado de rechazo social hacia las

conductas de incumplimiento tributario. En ello se intenta mostrar que la

valoración social del incumplimiento tributario se basa en las percepciones

que la colectividad tiene de la administración tributaria, del sistema tributario

y de la relación del Estado con los ciudadanos.

El contexto cultural descrito sugiere que cierto tipo de acciones

educativas pueden converger con las de fiscalización, en orden a modificar

aquellas percepciones que refuerzan el incumplimiento, consolidando así la

legitimidad social de la fiscalización tributaria. Asumiendo dicha intuición, la

segunda sección explora el posible carácter educativo de las políticas

públicas, concluyendo que dicho carácter está presente cuando las políticas

se proponen explícitamente generar consenso social en torno a los valores

que las fundamentan.

A partir de dicha premisa, la tercera sección del trabajo propone tres

estrategias capaces de potenciar el carácter educativo de las acciones de la

administración tributaria. Ellas consisten en: a) acciones de publicidad y

difusión sobre los valores que deben motivar al ciudadano a cumplir con sus

obligaciones tributarias, b) acciones de formación en valores ciudadanos y

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educación tributaria en el medio escolar y c) acciones de formación de

conciencia tributaria en colectividades específicas.

La cuarta y última sección analiza en detalle cada una de las

estrategias propuestas, precisando los objetivos, recursos, competencias

técnicas, líneas de acción y posibles riesgos que ellas implican. Para ello se

recurre a experiencias realizadas en algunos países de la región, tratando de

extraer lecciones y sugerencias para su posible aplicación por otras

administraciones tributarias de nivel nacional, sub nacional o local.

Se propone que la valoración social del incumplimiento tributario

responde en gran medida a las representaciones colectivas relativas a la

administración tributaria, al sistema tributario y lo más importante al rol del

Estado y su relación con los ciudadanos. En consecuencia, será necesario

actuar sobre aquellas representaciones que, con la contundencia del sentido

común, generan actitudes y conductas de indiferencia y rechazo hacia el

cumplimiento tributario, socavando la legitimidad de las acciones coercitivas

que buscan promoverlo.

El complemento teórico está apoyado varios autores y en los resultados

obtenidos mediante estudios efectuados en la Alcaldía Mayor de Santa Fe de

Bogota, el cual aporto que hay controles para evitar que el dinero de los

impuestos caiga en manos de políticos o funcionarios corruptos el dinero de

los impuestos no se despilfarra alimentando una burocracia innecesaria e

improductiva. El estudio se realizó con 1002 educadores y estudiantes de

Bogotá. El puntaje máximo atribuible a una sentencia es de 5.0 puntos.

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La Alcaldía Mayor de Santa Fe de Bogotá (Colombia) publicó en 1997

algunos datos relativos a la percepción que los pobladores de dicha ciudad

tenían respecto a la administración tributaria municipal (Alcaldía Mayor Santa

Fe de Bogotá, 1997). Se consideraron tres atributos de la administración: la

eficiencia del proceso de recaudación, el destino de los tributos y la

honestidad del servicio.

El estudio considera que ninguna de las tres dimensiones es bien

evaluada. Sin embargo, las percepciones relativas al uso de los tributos y a la

honestidad del servicio impositivo tienen una carga negativa mayor que

aquellas relativas a la eficiencia recaudadora de la Alcaldía. Tal vez no sea

casual que esta última dimensión sea aquella sobre la que mayor acción

directa puede tener una administración tributaria.

En las otras dos especialmente en la relativa al uso de los recursos

recaudados resulta muy difícil para la administración tributaria enviar

mensajes creíbles hacia la población, aun cuando pudieran haberse

realizado mejoras efectivas en ellas. Desafortunadamente, son dos

dimensiones que impactan en la percepción ciudadana de una administración

tributaria en igual o mayor medida que la eficiencia alcanzada.

Este destaca que el proceso vivido por la Superintendencia Nacional de

Administración Tributaria (SUNAT) del Perú en la primera mitad de la

presente década, muestra, en cambio, un caso de mejora sustancial de la

imagen institucional. Así, entre 1993 y 1994, un estudio realizado entre

distintos tipos de contribuyentes peruanos muestra una mejora significativa

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en la percepción de la eficiencia global de la administración. Resulta

interesante observar que dicha imagen positiva incluye la percepción de que

la SUNAT estaba en 1994 en mejores condiciones para detectar y sancionar

la evasión tributaria, por lo menos la correspondiente a contribuyentes

formales.

Este caso muestra que es posible cambiar las percepciones colectivas

sobre las administraciones tributarias a partir de procesos profundos y

estructurados de mejora organizacional. Una investigación realizada en 1995

con una muestra representativa de Jefes de Hogar de la ciudad de Lima

(Perú) de estratos socioeconómicos altos, medios y bajos, mostró una

considerable dispersión en relación con qué se entiende por "impuestos"

(Cortázar y Sulmont, 1996:13 y ss.). Se hallaron concepciones positivas

("contribución para el desarrollo"), concepciones vinculadas al pago por las

obras y servicios públicos, concepciones neutras ("deber ciudadano",

"recursos del Estado") y, finalmente, percepciones negativas ("carga

excesiva o privación")

En la metodología empleada se destaca el tipo de investigación de

campo, utilizando como técnica e instrumento de recolección de datos la

encuesta, entrevista e interpretación de los resultados; se aportaron

metodologías para desarrollar en los estudiantes las capacidades para

identificar los valores en juego en la vida social, aprendiendo a tomar

opciones éticas. Se profundizó en valores centrales para la vida democrática:

solidaridad, responsabilidad, justicia, cooperación, etc.

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Esta investigación participo sobre las necesidades de desarrollar una

cultura tributaria, que permita a los ciudadanos concebir las obligaciones

tributarias como un deber sustantivo, acorde con los valores democráticos.

Un mayor nivel de conciencia cívica respecto al cumplimiento tributario, junto

a una percepción de riesgo efectivo por el incumplimiento, permitirá a los

países de la región disminuir los elevados índices de evasión y contrabando

existentes.

Desarrollar dicha cultura no es, sin embargo, una tarea fácil, pues

requiere la convergencia de políticas de control con políticas de carácter

educativo. El presente trabajo tiene por objetivo reflexionar sobre las

estrategias educativas que las administraciones tributarias (nacionales, sub

nacionales e incluso locales) pueden implementar con la finalidad de

desarrollar una cultura tributaria sólida, potenciando además sus acciones de

fiscalización.

Los temas mas significativos tomados de las investigaciones llevadas a

cabo por Cortazar fueron tres estrategias propuestas capaces de potenciar el

carácter educativo de las acciones de la administración tributaria. Ellas

consisten en: a) acciones de publicidad y difusión sobre los valores que

deben motivar al ciudadano a cumplir con sus obligaciones tributariasb)

acciones de formación en valores ciudadanos y educación tributaria en el

medio escolar, y (c) acciones de formación de conciencia tributaria en

colectividades específicas.

Tomando en consideración lo anteriormente descrito por Cortázar se

extrae como información con significativo valor teórico los estudios

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desarrollados comparando al individuo (contribuyente) con el Estado; por otra

parte se toman las estrategias aportadas como soporte para dar respuesta al

objetivo específico numero cuatro del presente trabajo el cual trata de

identificar las estrategias aplicadas por la Administración Tributaria para

incrementar la Cultura Tributaria de los Venezolanos.

Por su parte Rivero, C. (2002); investigación titulada Diseñar un

programa de formación para los docentes de segunda etapa de la escuela

básica de acuerdo a los contenidos previstos en los programas de estudio;

realizada en La Universidad del Zulia como aporte para optar al grado de

especialista en Gerencia Tributaria.

Su objetivo general es diseñar un programa de formación para los

docentes de segunda etapa de la escuela básica. Tomando como punto de

inicio el objetivo planeado; se considera la grave crisis social que vive este

país en la actualidad son consecuencia de la pérdida de los valores que

determinan la acción humana.

Los mandatos constitucionales así como las demás normas creadas

por el estado exigen el cumplimiento de los ciudadanos para garantizar la

vida en sociedad. Los valores interpretados como proyectos ideales,

opciones creencias, hacen posible desarrollar un modelo de vida basado en

el cumplimiento de estas normas. La propuesta planteada en esta

investigación procura fortalecer en los venezolanos su interés por participar

en el desarrollo económico del país, deber expresado en la Constitución

Nacional en su articulo 133 donde se establece la obligación de contribuir al

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gasto público mediante el pago de impuestos, tasa y contribuciones que

establece la ley.

El propósito de integrar el SENIAT y la Escuela Básica se justifica ante

la necesidad que tienen los docentes, de recibir por parte de personas

versadas en el área tributaria, una capacitación que le sirva de apoyo en el

desarrollo de objetivos contenidos en los programas de estudio que

promueven la educación tributaria a este nivel.

La investigación permitió la revisión del diseño curricular de la Escuela

Básica: sus fundamentos legales, filosóficos, psicológicos y sociológicos; las

herramientas que permitan la transversalidad como práctica pedagógica

para integrar los campos del ser – saber – convivir; los planes y programas,

llegando a los contenidos que deben ser desarrollados en la planificación

diaria. En estos mismos términos se revisaron los fundamentos legales y

filosóficos del SENIAT, sus principios y objetivos.

La metodología utilizada se destaca el tipo de investigación de campo y

la técnica de recolección de datos fue la encuesta tipo cuestionario; los

aporte concretos de dicha investigación fueron crear enlace entre el SENIAT

y la escuela básica atendiendo los principios y objetivos que caracterizan a

ambos instituciones.

Como resultado de este estudio investigativo se pudo concluir que

están dadas las condiciones para la integración entre ambas instituciones.

Ante la necesidad de capacitar a los docentes de Educación Básica en el

área tributaria, la investigación escoge la segunda etapa de nivel, se diseña

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un programa de educación tributaria, dirigido a los docentes en servicio del

Municipio Barinas y se definen las técnicas o modelos de información a

implementarse en la aplicación del programa. Este aporte enriqueció de

manera suficiente esta investigación ya que de ésta se sustrajeron ideas de

cómo debería ser la formación de la cultura tributaria de los venezolanos

según lo establecido en el marco legal vigente.

Morales y otros (2003); la administración tributaria en Venezuela. (Caso

del Municipio Maracaibo); El presente estudio tiene como punto de inicio una

investigación documental basada en principio en el texto constitucional, la

doctrina y las publicaciones recientes sobre el tema, así se propone que el

documento comprenda la diversa información sobre el tema de la

Administración Tributaria, conceptuando la misma, para presentar una

sistematización sobre la estructura y funciones de la Administración

Tributaria en general y en específico del caso del Municipio Maracaibo.

Se consideró en particular las reformas que se han propuesto a nivel

administrativo y las políticas y medidas tomadas para mejorar

y flexibilizar el aparato administrativo tributario municipal. Se concluye con

una serie de reflexiones y recomendaciones de la revisión documental

realizada.

En su investigación Morales afirma que en materia tributaria rige el

principio de la legalidad, entendiéndose que la actuación de la administración

tributaria debe estar sujeta a las normas jurídicas, de forma que es necesario

entender al principio la legalidad como la conformidad a la regla de Derecho

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y poner de relieve que la administración, incluida la tributaria, está sometida

al Derecho. Esta es una idea esencial en el tránsito de lo que se llamaba el

Estado Policía o el Estado de Derecho.

En Venezuela, este principio se encuentra consagrado, a nivel

constitucional, en el artículo 137 de nuestra Carta Fundamental (1999), del

modo siguiente: “La Constitución y la ley definirá las atribuciones de los

órganos que ejercen el poder público, a las cuales deben sujetarse las

actividades que realicen”. Este principio de legalidad pone de relieve que la

Administración está sometida a sus propias normas generales, a sus propios

reglamentos y a sus propias decisiones, aún no reglamentarias, dado de ésta

surge algún derecho subjetivo.

Luego de analizar lo antes planteado se noto considerablemente, que

el marco legal establecido en Venezuela se toma como punto de inicio para

formar ciudadanos con alto nivel de respeto tributario; ya que a partir de éste

se consolida una cultura tributaria guiada por unas bases legales sustentadas

para ejercer los deberes y derechos como ciudadanos responsables.

Se considera a Peña, González y Aguilera (2005); investigación titulada

la Cultura Tributaria y Contribuyentes, Datos y aspectos metodológicos.

Proyecto de investigación auspiciado por el CDCHT – ULA, Mérida –

Venezuela. En estas páginas se propone comentar algunas experiencias

adquiridas y reflexiones suscitadas con ocasión del estudio de los impuestos.

Se expone un balance y recuento del proyecto que se emprendió como

grupo de investigación hace pocos años, investigación regida y alimentada

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por una perspectiva socio-cultural. Desde el inicio, revisando la literatura

especializada y, luego de discutir, se pudo percatar que tal escogencia

implicaba respecto al contexto nacional, comenzar casi desde cero.

Por un lado, la exposición deriva contenidos desde varios artículos

publicados en los cuales se presentan y se discuten resultados obtenidos.

Por otro lado, se propone abarcar asuntos relativos a las técnicas y

metodologías de investigación y propiciar futuros intercambios entre quienes

se interesan por la comprensión de la vida humana en sociedad.

Tomando apoyo en los autores Méndez (2002) y (2004) revistas de los

cuales se extrajo información necesaria acerca de tributos, impuestos,

cultura, deberes y derechos constitucionales; Mauss (1969); Simmel, G

(1987); Ardant, G (1971); Reis (2000); utilizados como sustento temático en

todo lo referido a filosofía social, filosofía del dinero y el individuo y la libertad;

Weber, M (1987); apoyo en los conceptos economía y sociedad; Bell, D.

(1997), el cual fue la base para dar respuestas a las contradicciones

culturales del capitalismo.

Esta investigación estuvo constituida en primera instancia por tres

casos que remiten a la historia de los impuestos; ellos son El Intendente

Ábalos, No Taxation, Los Comuneros. Por otro parte, los casos denominados

Doña Fisca, El Pote, Ni un bolívar más; asoman lecciones de carácter socio-

político para el ciudadano y el contribuyente mostrando formas y expresiones

de lo social, aquí y ahora. También esos casos evocan circunstancias

cambiantes en el plano individual, grupal y colectivo respectivamente,

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traducen escalas de valores distantes o extremas y muestran un abanico de

patrones culturales diversos.

Los motivos de semejante preterición grave por el lado intelectual y

lamentable por el lado socio-político, se pueden detectar tanto más se abra la

discusión y se amplíe el tema cultura tributaria. Ello implica, la formulación de

nociones, criterios e hipótesis, así como disponer de datos y resultados

parciales de carácter empírico; contar con recuentos, descripciones y casos

de estudio por el lado histórico-social o en el marco de la vida cotidiana de

los impuestos; en fin, se requiere centrar la atención en la población

contribuyente privilegiando al ciudadano(a) particular.

En ese sentido, se refiere a pie de página pormenores acerca de esos y

otros aspectos metodológicos. La sistematización de la información de

campo aglutina un conjunto de diversas y sucesivas operaciones

metodológicas engorrosas pero manejables. Las variables aparecían en el

formulario a un nivel operativo, puntual con preguntas abiertas.

En la colecta se registraron las respuestas de todos los sujetos de la

muestra para luego confeccionar largas listas de frases y expresiones. A

partir de un análisis gramatical, de sintaxis y de contenido, se clasificaron las

respuestas aplicando inicialmente en forma manual, códigos alfabéticos y

marcas en colores a fin de lograr grupos o conjuntos de tamaño intermedio.

A ellos, siguiendo las diferencias relevantes, se les reasignó una

categoría nominal según se hiciera mención a un objeto material o cosa,

finalidad, formas, relación, ser, deber ser, asociación positiva y negativa y así

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sucesivamente. De manera que unas pocas categorías derivadas de ese

análisis meticuloso permitieron reagrupar y clasificar el cúmulo de

información, procesar de manera mecánica y extraer frecuencias y

porcentajes. Al final la sistematización lograda es doble, por un lado, las

categorías como resultados cualitativos y por el otro, los porcentajes que

recogen lo cuantitativo.

Luego de analizar con detención dicho antecedente se pudo notar el

gran aporte obtenido para esta investigación ya que describe de manara muy

amplia los aspectos básicos relacionados con la Cultura Tributaria, tales

como tributos, impuestos, cultura, deberes y derechos constitucionales; dicho

antecedente permite también analizar a detalle la relación ciudadano –

estado, lo cual se tomara en consideración para posibles conclusiones y

recomendación para dicha investigación.

Corredor, M. y Díaz, W. (2007); sostuvieron una investigación sobre la

Cultura Tributaria en el Municipio Bolivariano Libertador del Distrito Capital.

Características de la cultura; establecen como objetivo general diagnosticar

la cultura tributaria en la Parroquia el valle del mismo Municipio.

Llevada a cabo la investigación se noto que la administración tributaria

municipal al tener como fin incrementar los ingresos de fuente local debe

promover el pago oportuno de los impuestos que están sujetos a su control,

garantizando a los ciudadanos, conocimientos en el ámbito tributario para

que desarrollen una conciencia en el pago voluntario de sus obligaciones

tributarias, sin embargo, se puede percibir que existen deficiencias en cuanto

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a la fomentación de conocimientos en materia fiscal, situación observada en

el municipio objeto de estudio, donde se constata que los ciudadanos de

dicha jurisdicción no tienen un sentido de compromiso con el pago de las

obligaciones que generan.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999 y el

Código Orgánico Tributario de 2001, establecen que entre las funciones de

las administraciones tributarias en sus tres (3) niveles, bien sea el nacional,

el estadal o el municipal está la difusión de la cultura tributaria como

elemento de gran importancia en el incremento del cumplimiento voluntario

de las obligaciones tributarias.

Los ciudadanos que habitan en la Parroquia El Valle del Municipio

Bolivariano Libertador del Distrito Capital no tienen un sentido de

compromiso con el pago de las obligaciones tributarias que generan respecto

a las leyes vigentes, lo que lleva a inferir que carecen de una cultura

tributaria que les haga concientizar el pago de sus obligaciones tributarias.

Esta situación se constató una vez aplicado el instrumento de medición, a

través del cuestionario de opinión, en donde los entrevistados mostraron

pocos conocimientos acerca de la materia fiscal.

Por mandato constitucional toda persona tiene el deber de coadyuvar a

los gastos públicos mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones

que establezca la ley, sin obviar que el sistema tributario procurará la justa

distribución de las cargas públicas según la capacidad económica del o la

contribuyente, atendiendo al principio de progresividad, así como la

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protección de la economía nacional y la elevación del nivel de vida de la

población; basándose en un sistema eficiente para la recaudación de los

tributos, es por ello que la administración tributaria municipal debe garantizar

el conocimiento necesario a los ciudadanos para el pago voluntario de sus

tributos.

El principal aporte que se adquirió de este antecedente fue el

contenido teórico sobre Cultura Tributaria para reforzar uno de los objetivos

planteados en la presente investigación, el cual trata sobre examinar los

aspectos básicos relacionados con la Cultura Tributaria; por otra parte

tomando en consideración dicho aporte de utilizo para confortar las bases

teóricas para dicho trabajo de investigación.

Gómez, K. (2007); llevo a cabo su tesis Doctoral en la Universidad

Rafael Belloso Chacín, titulada Cultura Tributaria en los entes recaudadores

como parte de la responsabilidad social. La investigación tuvo como

propósito analizar la cultura tributaria en los entes recaudadores como parte

de la responsabilidad social. Su fundamento teórico se basó entre otros, en

los criterios esgrimidos por Golía (2003), Guaiquirima (2004), Combellas

(2001), Cortina (1998) y Teixidó (2005). Metodológicamente, se definió de

tipo descriptivo, documental, con un enfoque cuali-cuantitativo y un diseño de

campo, bibliográfico, no experimental y transaccional.

Contó con dos poblaciones, conformadas por los gerentes y los

funcionarios de los entes recaudadores nacionales adscritos a la Región

Zuliana. Como herramienta de recolección de datos cualitativos referidos a la

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cultura tributaria se realizó una entrevista a los gerentes y como instrumento

de recolección de datos cuantitativos se aplicó un cuestionario con

escalamiento Likert a los funcionarios; para la responsabilidad social se

utilizó una matriz de análisis. Todos validados a través del juicio de once

expertos. La confiabilidad mediante el coeficiente Alfa de Cronbach resultó

0.81.

Según los resultados, la identificación de los elementos arrojó valores

compartidos: honestidad, respeto al contribuyente, responsabilidad

ciudadana y ética, adicionalmente, la solidaridad social; conocimientos

referidos a los deberes y derechos fundamentales y el fin social de la

recaudación; actitudes orientadas mayormente al cumplimiento de deberes

tributarios por motivación, que por obligación. En su mayoría existe

comprensión en la materia y la cultura tributaria es aceptada. Con respecto a

la difusión no se refleja acuerdo en las diferentes opiniones; en cuanto a los

medios, se destaca como aspecto novedoso el portal del SENIAT.

Entre los lineamientos generados se encuentran: todo funcionario de la

Administración Pública, debe ser un gerente ético; los entes recaudadores

deben afianzar la cultura tributaria en sus funcionarios a fin de crear

confianza en el contribuyente; así como también, deben servir de puente

entre el contribuyente y los órganos encargados de redistribuir los ingresos

provenientes de la recaudación.

Según lo planteado anteriormente se logró extraer gran información

acerca del papel cumplido de los agentes recaudadores los cuales deben

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poseer una alta conciencia tributaria para cumplir con sus deberes y

derechos tributarios, también resalto en esta investigación los principales

medios a través de los cuales se difunde la información necesaria para crear

una cultura tributaria.

Armas, M. y Colmenares, M. (2008); llevaron a cabo un trabajo titulado

Educación y Cultura Tributaria del Contribuyente en la Región Zuliana. Este

trabajo tuvo como objetivo evaluar las estrategias aplicadas por la Gerencia

de Tributos Internos de la Región Zuliana para desarrollar la educación y

Cultura tributaria de los contribuyentes.

Tomando en consideración el objetivo principal de esta investigación,

se tomo como punto de inicio las definiciones por varios autores tales como

Rocher (1996); Herrero (2002); Gelles y Levine (1996);entre otros ; los cuales

aportan de una manera amplia las definiciones referidas a cultura, sus

características; notando destacar la posibilidad de inferir, que la cultura como

hecho social está presente en el quehacer cotidiano del hombre, que

aprende y aprehende de su diario interactuar con los miembros de la

sociedad, que tal y como afirma Herrero, no es hereditaria, sino aprendida,

en la medida que se expone a procesos de aprendizaje

La metodología utilizada se enmarcó en las modalidades de

investigación descriptiva, documental, pues se recopiló información contenida

en documentos escritos, leyes, revistas, entre otros y de campo, ya que para

la recopilación de la información se aplicaron técnicas propias de esta

modalidad. El diseño empleado es no experimental, transaccional descriptivo

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y de tipo mixto por cuanto se combinan el análisis de documentos y técnicas

de campo, tales como la encuesta y entrevista. Los datos se procesaron de

técnicas cualitativas: análisis de los contenidos, crítico y comparativo; y

cuantitativas: calculo de frecuencias.

A manera de conclusión para las autoras, el Estado debe intensificar

las estrategias de divulgación y participación, para concientizar al

contribuyente acerca del cumplimiento de los deberes tributarios, por una

parte, por la otra, presentar a través de los medios de difusión (página web

del SENIAT, programa TV), información referente al destino de los tributos,

con balance evidente de su uso, para que el ciudadano pueda constatar con

hechos reales donde están invertidos los impuestos y así poder rechazar la

célebre frase no pago impuestos por que no hay retribución.

Ahora bien, la cultura tributaria se debe entender como un conjunto de

valores, conocimientos y actitudes compartidos por los miembros de una

sociedad respecto a la tributación y la observancia de las leyes que la rigen,

que conducen al cumplimiento permanente y voluntario de los deberes

tributarios con base en la razón, la confianza y la afirmación de los valores de

ética personal, respeto a la ley, responsabilidad ciudadana y solidaridad

social, tanto de los contribuyentes, como de los funcionarios de las diferentes

administraciones tributarias.

Los resultados arrojados revelan que el Estado es responsable, por

intermedio de la Administración Tributaria, de la divulgación de los deberes y

derechos de los contribuyentes y existe un verdadero rechazo a la idea de

que la cultura tributaria sea desarrollada únicamente por el contribuyente.

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Se destacó que la cultura tributaria se identifica con el cumplimiento

voluntario de los deberes y obligaciones tributarias por parte del

contribuyente y no con la implementación de estrategias para incrementar la

recaudación de tributos bajo presión, por temor a las sanciones. Se evidenció

una desinformación acerca de las estrategias y planes que adelanta la

administración tributaria en pos de educar al contribuyente.

Esta investigación se considero de gran apoyo tanto en las bases

teóricas como en la metodología a utilizar, a razón de que abarca en gran

parte la temática abordada y fue utilizada para conformar el objetivo

especifico numero cuatro referido a las estrategias aplicadas por la

Administración Tributaria.

Por su parte Colmenares, J. (2008); en su investigación aporta cultura

tributaria; en la cual explica ¿por qué gran cantidad de ciudadanos no dan

cumplimiento a las disposiciones legales del pago de impuestos? La

metodología a utilizar refleja que es una investigación teórica - practica, y

fueron usadas técnicas de observación directa.

Existen precedentes históricos en los cuales se evidencia una relación

Contribuyente - Estado con una fuerte carga negativa frecuentemente

asumida como una coacción odiosa respecto al pago de los impuestos, esto

sucede debido a la falta de conciencia tributaria que poseen los ciudadanos

venezolanos cuando de pagar impuesto se trata. En general, abundan en el

verbo del hombre de calle, alusiones peyorativas que dan señas de su

incidencia y peso en la vida cotidiana.

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Sin embargo, si analizamos la constitución nacional en cuanto a los

deberes y derechos de los ciudadanos consagrados en la misma, se

evidencia una significativa sobrecarga cuantitativa por un lado de la balanza.

De los 135 artículos referentes a deberes y derechos de los ciudadanos para

con el Estado, el 82,22% son derechos y el 4,44% son deberes.

Si los deberes y derechos son por lo general principios indicativos de

la acción de los individuos, entonces la desproporción detectada sienta

bases con las cuales los venezolanos tienen por delante un amplísimo

margen de atribuciones y posibilidades de actuar, aunque son muy escasas

las responsabilidades para con los otros conciudadanos y mínimas

obligaciones para con el Estado.

Este tipo de marco fundamental, mal que bien, abre paso entre la

ciudadanía a relaciones y prácticas cotidianas desde las cuales todo cabe

esperar y recibir desde el Estado, en otras palabras, una forma de

dependencia o pasividad ciudadana.

En ese contexto resulta innegable por vía de hechos e ideas que los

venezolanos han estado mucho más inclinados sólo a esperar y ejercer

derechos en ambiente de bonanza petrolera, con la consignación declinación

de los deberes. Una vez mencionado el marco legal que poco promueve el

desarrollo de una cultura tributaria, pasamos ahora a analizar el fenómeno de

por qué gran cantidad de ciudadanos no dan cumplimiento a las

disposiciones legales del pago de los impuestos, y una de las causas que

cobra mayor fuerza para el desarrollo de este comportamiento, parece estar

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asociada a la desconfianza y duda, en cuanto a los manejos del tesoro por

parte de las autoridades.

Por otra parte, se percibe poco incentivo del cumplimiento de estas

obligaciones, ya que no se ve retribuido en calidad de vida el pago del

impuesto. Pues bien, resulta relativamente marginal imaginar que una

cultura tributaria, sólo sería plausible en tanto y en cuanto la riqueza

petrolera dejase de financiar de lleno el erario público.

Es hora de conciliar los interés de la relación Estado / contribuyente,

donde cada uno de los ciudadanos aporte su cuota parte para el sustento de

su principal aliado (el Estado) y al mismo tiempo logre exigir la retribución

materializada en seguridad, calidad en los servicios públicos, buenas vialidad

etc.. y por fin de una vez por todas respirar el buen aroma de una "Cultura

Tributaria". Los aportes arrojados por dicha investigación fueron técnicas

para la consolidación de los intereses de la relación estado/contribuyente.

2. Bases Teóricas

2.1 Cultura

Los orígenes del término se encuentran en una metáfora entre la

práctica de alguna actividad (por ejemplo, el cultivo de la tierra, que es la

agricultura) con el cultivo del espíritu humano, de las facultades intelectuales

del individuo. En esta acepción se conserva aún en el lenguaje cotidiano,

cuando se identifica cultura con erudición. De esta suerte, una persona

"culta" es aquella que posee grandes conocimientos en las más variadas

regiones del conocimiento (Fuente UNESCO consulta Internet).

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Conjunto de conocimientos que permite a alguien desarrollar su juicio

critico. Conjunto de modos de vida y costumbres, conocimientos y grado de

desarrollo artístico, científico, industrial en una época, grupo social, etc.

(Diccionario Real Academia Española 2001). Se dice que esta constituida por

todo lo que el hombre tiene que aprender, por aquello que a sido creado por

el hombre mismo y se trasmite de generación en generación (Ayala 1976).

Concepto clásico de la cultura En sus primeras acepciones, cultura

designaba el cultivo de los campos. El término cultura proviene del latín

cultus que a su vez deriva de la voz colere que significa cuidado del campo o

del ganado. Hacia el siglo XIII, el término se empleaba para designar una

parcela cultivada, y tres siglos más tarde había cambiado su sentido como

estado de una cosa, al de la acción: el cultivo de la tierra o el cuidado del

ganado (Cuche, 1999: 10), aproximadamente en el sentido en que se emplea

en el español de nuestros días en vocablos como agricultura, apicultura,

piscicultura y otros.

Por la mitad del siglo XVI, el término adquiere una connotación

metafórica, como el cultivo de cualquier facultad. De cualquier manera, la

acepción figurativa de cultura no se extenderá hasta el siglo XVII, cuando

también aparece en ciertos textos académicos.

El Siglo de las Luces (siglo XVIII) es la época en que el sentido figurado

del término como "cultivo del espíritu" se impone en amplios campos

académicos. Por ejemplo, el Dictionaire de l'Academie Française de 1718. Y

aunque la Enciclopedia lo incluye sólo en su sentido restringido de cultivo de

tierras, no desconoce el sentido figurado, que aparece en los artículos

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dedicados a la literatura, la pintura, la filosofía y las ciencias. Al paso del

tiempo, como cultura se entenderá la formación de la mente.

Es decir, se convierte nuevamente en una palabra que designa un

estado, aunque en esta ocasión es el estado de la mente humana, y no el

estado de las parcelas. La clásica oposición entre cultura y naturaleza

también tiene sus raíces en ésta época. En 1798, el Dictionaire incluye una

acepción de cultura en que se estigmatiza el "espíritu natural".

Para muchos de los pensadores de la época, como Jean Jacques

Rousseau, la cultura es un fenómeno distintivo de los seres humanos, que

los coloca en una posición diferente a la del resto de animales. La cultura es

el conjunto de los conocimientos y saberes acumulados por la humanidad a

lo largo de sus milenios de historia.

En tanto una característica universal, el vocablo se emplea en número

singular, puesto que se encuentra en todas las sociedades sin distinción de

razas, ubicación geográfica o momento histórico (Fuente UNESCO consulta

Internet). Cultura y civilización También es en el contexto del Iluminismo

cuando surge otra de las clásicas oposiciones en que se involucra a la

cultura, esta vez, como sinónimo de la civilización.

Esta palabra aparece por primera vez en la lengua francesa del siglo

XVIII, y con ella se significaba la refinación de las costumbres. Civilización es

un término relacionado con la idea de progreso. Según esto, la civilización es

un estado de la humanidad en el cual la ignorancia ha sido abatida y las

costumbres y relaciones sociales se hallan en su más elevada expresión.

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La civilización no es un proceso terminado, es constante, e implica el

perfeccionamiento progresivo de las leyes, las formas de gobierno, el

conocimiento. Como la cultura, también es un proceso universal que incluye

a todos los pueblos, incluso a los más atrasados en la línea de la evolución

social. Desde luego, los parámetros con los que se medía si una sociedad

era más civilizada o más salvaje eran los de su propia sociedad. En los

albores del siglo XIX, ambos términos, cultura y civilización eran empleados

casi de modo indistinto, sobre todo en francés e inglés (Thompson, 2002).

Es necesario señalar que no todos los intelectuales franceses

emplearon el término. Rousseau y Voltaire se mostraron reticentes a esta

concepción progresista de la historia. Intentaron proponer una versión más

relativista de la historia, aunque sin éxito, pues la corriente dominante era la

de los progresistas.

No fue en Francia, sino en Alemania donde las posturas relativistas

ganaron mayor prestigio. El término “Kultur ” en sentido figurado aparece en

Alemania hacia el siglo XVII -aproximadamente con la misma connotación

que en francés. Para el siglo XVIII goza de gran prestigio entre los

pensadores burgueses alemanes. Esto se debió a que fue empleado para

denostar a los aristócratas, a los que acusaban de tratar de imitar las

maneras "civilizadas" de la corte francesa. Por ejemplo, Immanuel Kant

apuntaba que "nos cultivamos por medio del arte y de la ciencia, nos

civilizamos al adquirir buenos modales y refinamientos sociales" (Thompson,

2002).

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Por lo tanto, en Alemania el término civilización fue equiparado con los

valores cortesanos, calificados de superficiales y pretenciosos. En sentido

contrario, la cultura se identificó con los valores profundos y originales de la

burguesía (Cuche, 1999). En el proceso de crítica social, el acento en la

dicotomía cultura/civilización se traslada de las diferencias entre estratos

sociales a las diferencias nacionales. Mientras Francia era el escenario de

una de las revoluciones burguesas más importantes de la historia, Alemania

estaba fragmentada en múltiples Estados. Por ello, una de las tareas que se

habían propuesto los pensadores alemanes era la unificación política.

La unidad nacional pasaba también por la reivindicación de las

especificidades nacionales, que el universalismo de los pensadores

franceses pretendía borrar en nombre de la civilización. Ya en 1774, Johann

Gottfried Herder proclamaba que el genio de cada pueblo (Volksgeist) se

inclinaba siempre por la diversidad cultural, la riqueza humana y en contra

del universalismo. Por ello, el orgullo nacional radicaba en la cultura, a través

de la que cada pueblo debía cumplir un destino específico. La cultura, como

la entendía Herder, era la expresión de la humanidad diversa, y no excluía la

posibilidad de comunicación entre los pueblos.

Durante el siglo XIX, en Alemania el término cultura evoluciona bajo la

influencia del nacionalismo. Mientras tanto, en Francia, el concepto se amplió

para incluir no sólo el desarrollo intelectual del individuo, sino el de la

humanidad en su conjunto. De aquí, el sentido francés de la palabra presenta

una continuidad con el de civilización: no obstante la influencia alemana,

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persiste la idea de que más allá de las diferencias entre "cultura alemana" y

"cultura francesa" (por poner un ejemplo), hay algo que las unifica a todas: la

cultura humana (Fuente UNESCO consulta Internet).

Definiciones de cultura en las disciplinas sociales Para efecto de las

ciencias sociales, las primeras acepciones de cultura fueron construidas a

finales del siglo XIX. Por esta época, la sociología y la antropología eran

disciplinas relativamente nuevas, y la pauta en el debate sobre el tema que

aquí nos ocupa la llevaba la filosofía. Los primeros sociólogos, como Émile

Durkheim, rechazaban el uso del término. Hay que recordar que en su

perspectiva, la ciencia de la sociedad debía abordar problemas relacionados

con la estructura social.

Si bien es opinión generalizada que Carlos Marx dejó de lado a la

cultura, ello se ve refutado por las mismas obras del autor, sosteniendo que

las relaciones sociales de producción constituyen la base de la

superestructura jurídico-política e ideológica, pero en ningún caso un aspecto

secundario de la sociedad. No es concebible una relación social de

producción sin reglas de conducta, sin discursos de legitimación, sin

prácticas de poder, sin costumbres y hábitos permanentes de

comportamiento, sin objetos valorados tanto por la clase dominante como por

la clase dominada.

El desvelo de las obras juveniles de Marx, tanto de la ideología

alemana (1845-1846) en 1932 por la célebre edición del Instituto Marx-

Engels de la URSS bajo dirección de David Riazanov, como de los

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manuscritos económicos y filosóficos (1844) posibilitó que varios partidarios

de sus propuestas teóricas desarrollaran una teoría de la cultura marxista.

El concepto de cultura generalmente es relacionado con la

antropología. Una de las ramas más importantes de esta disciplina social se

encarga precisamente del estudio comparativo de la cultura. Quizá por la

centralidad que la palabra tiene en la teoría de la antropología, el término ha

sido desarrollado de diversas maneras, que suponen el uso de una

metodología analítica basada en premisas que en ocasiones distan mucho

las unas de las otras.

Los etnólogos y antropólogos británicos y estadounidenses de las

postrimerías del siglo XIX retomaron el debate sobre el contenido de cultura.

Estos autores tenían casi siempre una formación profesional en derecho,

pero estaban particularmente interesados en el funcionamiento de las

sociedades exóticas con las que Occidente se encontraba en ese momento.

En la opinión de estos pioneros de la etnología y la antropología social

(como Bachoffen, McLennan, Maine y Morgan), la cultura es el resultado del

devenir histórico de la sociedad. Pero la historia de la humanidad en estos

escritores era fuertemente deudora de las teorías iluministas de la

civilización, y sobre todo, del darwinismo social de Spencer. Como señala

Thompson (2002), la definición descriptiva de cultura se encontraba presente

en esos primeros autores de la antropología decimonónica.

El interés principal en la obra de estos autores (que abordaba

problemáticas tan disímbolas como el origen de la familia y el matriarcado, y

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las supervivencias de culturas antiquísimas en la civilización occidental de su

tiempo) era la búsqueda de los motivos que llevaban a los pueblos a

comportarse de tal o cual modo. En esas exploraciones, meditaron sobre las

relaciones entre el medio ambiente y la sociedad, entre la historia y el

presente, o entre la tecnología y el resto del sistema social.

Uno de los más importantes etnógrafos de la época fue Gustav Klemm.

En los diez tomos de su obra Allgemeine Cultur-Geschitchte der Menschheit

(1843-1852) intentó mostrar el desarrollo gradual de la humanidad por medio

del análisis de la tecnología, costumbres, arte, herramientas, prácticas

religiosas. Una obra monumental, pues incluía ejemplos etnográficos de

pueblos de todo el mundo.

El trabajo de Klemm habría de tener eco en sus contemporáneos,

empeñados en definir el campo de una disciplina científica que estaba

naciendo. Unos veinte años más tarde, en 1871, Edward B. Tylor publicó en

Primitive Culture una de las definiciones más ampliamente aceptadas de

cultura. Según Tylor, la cultura es: aquel todo complejo que incluye el

conocimiento, las creencias, el arte, la moral, el derecho, las costumbres, y

cualesquiera otros hábitos y capacidades adquiridos por el hombre.

La situación de la cultura en las diversas sociedades de la especie

humana, en la medida en que puede ser investigada según principios

generales, es un objeto apto para el estudio de las leyes del pensamiento y la

acción del hombre. (Tylor, 1995). De esta suerte, una de las principales

aportaciones de Tylor fue la elevación de la cultura como materia de estudio

sistemático.

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A pesar de este notable avance conceptual, la propuesta de Tylor

adolecía de dos grandes debilidades. Por un lado, sacó del concepto su

énfasis humanista al convertir a la cultura en objeto de ciencia. Por el otro, su

procedimiento analítico era demasiado descriptivo. En el texto citado arriba,

Tylor plantea que "un primer paso para el estudio de la civilización consiste

en diseccionarla en detalles, y clasificar éstos en los grupos adecuados"

(Tylor, 1995:33). Según esta premisa, la mera recopilación de los "detalles"

permitiría el conocimiento de una cultura. Una vez conocida, sería posible

clasificarla en una graduación de más a menos civilizada, premisa que

heredó de los darwinistas sociales.

Definición de los culturalistas.

La propuesta teórica de Tylor fue retomada y reelaborada

posteriormente, tanto en Gran Bretaña como en Estados Unidos. Aquí, la

antropología evolucionaba hacia una posición relativista, representada en

primera instancia por Franz Boas. Esta posición representaba un

rompimiento con las ideas anteriores sobre la evolución cultural, en especial

las propuestas por los autores británicos y el estadounidense Lewis Henry

Morgan.

Para éste último, contra quien Boas dirigió sus baterías en uno de sus

pocos textos teóricos, el proceso de la evolución social humana (tecnología,

relaciones sociales y cultura) podía ser equiparado con el proceso de

crecimiento de un individuo de la especie. Por lo tanto, Morgan comparaba el

salvajismo con la "infancia de la especie humana", y la civilización, con la

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madurez. Boas fue sumamente duro con las propuestas de Morgan y el resto

de los antropólogos evolucionistas contemporáneos. A lo que sus autores

llamaban "teorías" sobre la evolución de la sociedad, Boas las calificó de

"puras conjeturas" sobre el ordenamiento histórico de "fenómenos

observados conforme a principios admitidos de antemano" (1964).

La crítica de Boas en contra de los evolucionistas es un eco de la

perspectiva de los filósofos alemanes como Herder y Wilhelm Dilthey. El

corazón de la propuesta radica en su inclinación a considerar la cultura como

un fenómeno plural. En otras palabras, más que hablar de cultura, Boas

hablaba de culturas. Para la mayor parte de los antropólogos y etnólogos

adscritos a la escuela culturalista estadounidense, el estado del arte

etnográfico al principio del siglo XX no permitía la conformación de una teoría

general sobre la evolución de las culturas.

Por lo tanto, la labor más importante de los estudiosos del fenómeno

debía ser la documentación etnográfica. De hecho, Boas escribió muy pocos

textos teóricos, en comparación con sus monografías sobre los pueblos

indígenas de la costa pacífica de América del Norte. Según plantea Kroeber,

el estudio de las culturas debía salirse del dominio de las ciencias naturales y

encarar a las primeras como lo que eran: fenómenos superorgánicos. Melville

Herskovits y Clyde Kluckhonn retomaron de Tylor su definición cientificista

del estudio de la cultura. Para el primero, también la recolección de rasgos

definitorios de las culturas permitiría su clasificación.

Aunque en este caso, la clasificación no se realizaba en sentido

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diacrónico, sino espacial-geográfico que habría de permitir el conocimiento

de las relaciones entre los diferentes pueblos asentados en un área cultural.

Kluckhonn, por su parte, resume en su texto Antropología la mayor parte de

los postulados vistos en esta sección, y reclama el dominio de lo cultural

como el campo específico de la actividad antropológica.

Definición funcionalista-estructural

La característica más peculiar del concepto funcionalista de cultura se

refiere precisamente a la función social de la misma. El supuesto básico es

que todos los elementos de una sociedad (entre los que la cultura es uno

más) existen porque son necesarios. Esta perspectiva ha sido desarrollada

tanto en la antropología y en la sociología, aunque sin duda, sus primeras

características fueron delineadas involuntariamente por Émile Durkheim.

Este sociólogo francés muy pocas veces empleó el término como

unidad analítica principal de su disciplina. En su libro Las reglas del método

sociológico (1895), planteaba que la sociedad está compuesta por entidades

que tienen una función específica, integradas en un sistema análogo al de los

seres vivos, donde cada órgano está especializado en el cumplimiento de

una función vital. Del mismo modo en que los órganos de un cuerpo son

susceptibles a la enfermedad, las instituciones y costumbres, las creencias y

las relaciones sociales también pueden caer en un estado de anomia.

Durkheim y sus seguidores, sin embargo, no se ocupan exclusiva ni

principalmente de la cultura como objeto de estudio, sino de hechos sociales.

A pesar de ellos, sus propuestas analíticas fueron retomadas por autores

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conspicuos de la antropología social británica y la sociología de la cultura de

Estados Unidos.

Más tarde, el polaco Bronislaw Malinowski retomó tanto la descripción

de cultura de Tylor como algunos de los planteamientos de Durkheim

relativos a la función social. Para Malinowski, la cultura podía ser entendida

como "una realidad sui generis" que debía estudiarse como tal (en sus

propios términos).

En la categoría de cultura incluía artefactos, bienes, procesos técnicos,

ideas, hábitos y valores heredados (Thompson, 2002). También consideraba

que la estructura social podía ser entendida análogamente a los organismos

vivos, pero a diferencia de Durkheim, Malinowski tenía una tendencia más

holística.

Malinowski creía que todos los elementos de la cultura poseían una

función que les daba sentido y hacía posible su existencia. Pero esta función

no era dada únicamente por lo social, sino por la historia del grupo y el

entorno geográfico, entre muchos otros elementos. El reflejo más claro de

este pensamiento aplicado al análisis teórico fue el libro Los argonautas del

Pacífico Occidental (1922), una extensa y detallada monografía sobre las

distintas esferas de la cultura de los isleños trobriandeses, un pueblo que

habitaba en las islas Trobriand, al oriente de Nueva Guinea.

Años más tarde, Alfred Reginald Radcliffe-Brown, antropólogo también

británico, retomaría algunas de las propuestas de Malinowski, y muy

especialmente las que se referían a la función social. Radcliffe-Brown

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rechazaba que el campo de análisis de la antropología fuera la cultura, más

bien se encargaba del estudio de la estructura social, un entramado de

relaciones entre las personas de un grupo.

Sin embargo, no por ello no analizó aquellas categorías que habían

sido descritas con anterioridad por Malinowski y Tylor, siguiendo siempre el

principio del análisis científico de la sociedad. En su libro Estructura y función

en la sociedad primitiva (1975) Radcliffe-Brown establece que la función más

importante de las creencias y prácticas sociales es la del mantenimiento del

orden social, el equilibrio en las relaciones y la trascendencia del grupo en el

tiempo.

Sus propuestas fueron retomadas más tarde por muchos de sus

alumnos, especialmente por Edward Evan Evans-Pritchard etnógrafo de los

nuer y los azande, pueblos del centro de África. En ambos trabajos

etnográficos, la función reguladora de las creencias y prácticas sociales está

presente en el análisis de esas sociedades, a la primera de las cuales,

Evans-Pritchard llamó "anarquía ordenada".

Como definiciones simbólicas se presentan los orígenes de

las concepciones de cultura se remontan a Leslie White, antropólogo

estadounidense formado en la tradición culturalista de Boas. A pesar de que

en su libro la ciencia de la cultura afirma en un principio que ésta es "el

nombre de un tipo preciso o clase de fenómenos, es decir, las cosas y los

sucesos que dependen del ejercicio de una habilidad mental, exclusiva de la

especie humana, que hemos llamado “simbolizante”, en el transcurso de su

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texto, White irá abandonando la idea de la cultura como símbolos para

orientarse hacia una perspectiva ecológica (Thompson, 2002: 195).

Definición estructuralista

El estructuralismo es una corriente más o menos extendida en las

ciencias sociales. Sus orígenes se remontan a Ferdinand de Saussure,

lingüista, quien propuso a grosso modo que la lengua es un sistema de

signos. Luego de su conversión a la antropología (tal como la llama en

Tristes trópicos), Claude Lévi-Strauss influenciado por Roman Jakobson-

habría de retomar este concepto para el estudio de los hechos de interés

antropológico, entre los que la cultura era sólo uno más. De acuerdo con

Lévi-Strauss, la cultura es básicamente un sistema de signos producidos por

la actividad simbólica de la mente humana (tesis que comparte con White).

En Antropología estructural (1978) Lévi-Strauss irá definiendo las

relaciones que existen entre los signos y símbolos del sistema, y su función

en la sociedad, sin prestar demasiada atención a este último punto. En

resumen, se puede decir que en la teoría estructuralista, la cultura es un

mensaje que puede ser decodificado tanto en sus contenidos, como en sus

reglas. El mensaje de la cultura habla de la concepción del grupo social que

la crea, habla de sus relaciones con internas y externas.

En el pensamiento salvaje (2002), Lévi-Strauss apunta que todos los

símbolos y signos de que está hecha la cultura son productos de la misma

capacidad simbólica que poseen todas las mentes humanas. Esta capacidad,

básicamente consiste en la clasificación de las cosas del mundo en grupos, a

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los que se atribuyen ciertas cargas semánticas. No existe grupo de símbolos

o signos (campo semántico) que no tenga uno complementario.

Los signos y sus significados pueden ser asociados por metáfora (como

en el caso de las palabras) o metonimia (como en el caso de los emblemas

de la realeza) a los fenómenos significativos para el grupo creador del

sistema cultural. Las asociaciones simbólicas no necesariamente son las

mismas en todas las culturas. Por ejemplo, mientras en la cultura occidental,

el rojo es el color del amor, en Mesoamérica es el de la muerte.

Según la propuesta estructuralista, las culturas de los pueblos

"primitivos" y "civilizados" están hechas de la misma materia, y por lo tanto,

los sistemas dominantes de conocimiento del mundo exterior dominantes en

cada uno (magia en los primeros, ciencia en los segundos) no son

radicalmente diferentes.

Aunque son varias las distinciones que se pueden establecer entre

culturas primitivas y modernas, una de las más importantes es el modo en

que manipulan los elementos del sistema. En tanto que la magia improvisa,

la ciencia procede sobre la base del método científico (Lévi-Strauss, 2002:

cap.1).

El uso del método científico no quiere decir, según Lévi-Strauss que las

culturas donde la ciencia es dominante sean superiores, o que aquellas

donde la magia juega un papel fundamental sean menos rigurosas o

metódicas en su manera de conocer al mundo. Simplemente son de índole

distinta unas con otras, pero la posibilidad de comprensión entre ambos tipos

de culturas radica en su base en una facultad universal del género humano.

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En la perspectiva estructuralista, el papel de la historia en la

conformación de la cultura de una sociedad no es tan importante. Lo

fundamental es llegar a dilucidar las reglas que subyacen la articulación de

los símbolos en una cultura, y observar la manera en que éstos dotan de

sentido la actuación de una sociedad.

En varios textos, Lévi-Strauss y sus seguidores (como Edmund Leach)

parecen insinuar, como Ruth Benedict, que la cultura es una suerte de patrón

que pertenece a todo el grupo social pero no se encuentra en nadie en

particular. Esta idea también fue retomada del concepto de lenguaje

propuesto por Saussure.

Definición de la antropología simbólica la antropología simbólica es una

rama de las ciencias sociales cuyo desarrollo se relaciona con la crítica al

estructuralismo lévi-straussiano. Uno de los principales exponentes de esta

corriente es Clifford Geertz. Comparte con el estructuralismo francés la tesis

de la cultura como un sistema de símbolos, pero a diferencia de Lévi-Strauss,

Geertz señala que no es posible para los investigadores el conocimiento de

sus contenidos:

Al creer tal como Max Weber que el hombre es un animal suspendido

en tramas de significación tejidas por él mismo, considero que la cultura se

compone de tales tramas, y que el análisis de ésta no es, por tanto, una

ciencia experimental en busca de leyes, sino una ciencia interpretativa en

busca de significados. (Geertz, 1998:) Bajo la premisa anterior, Geertz y la

mayor parte de los antropólogos simbólicos ponen en duda la autoridad de la

etnografía .

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Señalan que a lo que pueden limitarse los antropólogos es a hacer

"interpretaciones plausibles" del significado de la trama simbólica que es la

cultura, a partir de la descripción densa de la mayor cantidad de puntos de

vista que sea posible conocer respecto a un mismo suceso. En otro sentido,

los simbólicos no creen que todos los elementos de la trama cultural posean

el mismo sentido para todos los miembros de una sociedad. Más bien creen

que pueden ser interpretados de modos diferentes, dependiendo, ya de la

posición que ocupen en la estructura social, ya de condicionamientos

sociales y psíquicos anteriores, o bien, del mismo contexto (Sperber, 1996:

cap 2 y 3).

Definiciones marxistas

Tal como se señaló anteriormente, Carlos Marx a pesar de la opinión

generalizada, puso atención en el análisis de las cuestiones culturales,

específicamente en su relación con el resto de la estructura social. Según la

propuesta teórica de Marx, el dominio de lo cultural (constituido sobre todo

por la ideología) es un reflejo de las relaciones sociales de producción, es

decir, de la organización que adoptan los hombres frente a la actividad

económica.

La gran aportación del marxismo en el análisis de la cultura es que ésta

es entendida como el producto de las relaciones de producción, como un

fenómeno que no está desligado del modo de producción de una sociedad.

Asimismo, la considera como uno de los medios por los cuales se

reproducen las relaciones sociales de producción, que permiten la

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permanencia en el tiempo de las condiciones de desigualdad entre las

clases.

En sus interpretaciones más simplistas, la definición de la ideología en

Marx ha dado lugar a una tendencia a explicar las creencias y el

comportamiento social en función de las relaciones que se establecen entre

quienes dominan el sistema económico y sus subalternos. Sin embargo, son

muchas las posturas donde la relación entre la base económica y la

superestructura cultural es analizada en enfoques más amplios. Por ejemplo,

Gramsci, A. (1978); llama la atención a la hegemonía, un proceso por medio

del cual, un grupo dominante se legitima ante los dominados y los dominados

terminan por naturalizar y asumir como deseable la dominación. Althusser,

L. (1971); propuso que el ámbito de la ideología (el principal componente de

la cultura) es un reflejo de los intereses de la élite, y que a través de los

aparatos ideológicos del Estado se reproducen en el tiempo.

Asimismo, Michel Foucault en el conocido debate de noviembre de

1971 en Holanda con Noam Chomsky, respondiendo la pregunta de que si la

sociedad capitalista era democrática, además de contestar negativamente,

argumentando que una sociedad democrática se basa en el efectivo ejercicio

del poder por una población en la que nadie esté dividido u ordenada

jerárquicamente en clases sostiene que de manera general todos los

sistemas de enseñanza, los cuales aparecen simplemente como trasmisores

de conocimientos aparentemente neutrales, están hechos para mantener

cierta clase social en el poder, y excluir los instrumentos de poder de otras

clases sociales.

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Definición neoevolucionista o ecofuncionalista si bien el estudio de la

cultura nació como una inquietud por el cambio de las sociedades a lo largo

del tiempo, el desprestigio en el que cayeron los primeros autores de la

antropología fue un terreno fértil para que arraigaran en la reflexión sobre la

cultura las concepciones ahistóricas. Salvo los marxistas, interesados en el

proceso revolucionario hacia el socialismo, el resto de las disciplinas sociales

no prestaron mayor atención al problema de la evolución cultural.

Para introducir las definiciones neoevolucionistas de cultura, es

necesario recordar que los evolucionistas sociales de finales del siglo XIX

pensaban que las sociedades "primitivas" de su época eran residuos de

antiguas formas culturales, por las que necesariamente habría pasado la

civilización de Occidente antes de llegar a ser lo que era en ese momento.

Como también se señaló arriba, Boas y sus discípulos echaron por

tierra estos argumentos, señalando que nada probaba la veracidad de estas

suposiciones. Sin embargo, en Estados Unidos hacia la década de 1940 tuvo

lugar un nuevo viraje del enfoque temporal de la antropología. Éste nuevo

rumbo es el neoevolucionista, interesado entre otras cosas, por el cambio

socio-cultural y las relaciones entre cultura y medio ambiente .

White y Steward Según el neoevolucionismo, la cultura es el producto

de las relaciones históricas entre un grupo humano y su medio ambiente. De

esta manera se pueden resumir las definiciones de cultura propuestas por

Leslie White (1992) y Julian Steward (1992), quienes encabezaron la

corriente neoevolucionista en su nacimiento. El énfasis de la nueva corriente

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antropológica se movió del funcionamiento de la cultura a su carácter

dinámico.

Este cambio de paradigma representa una clara oposición al

funcionalismo estructuralista, interesado en el funcionamiento actual de la

sociedad; y el culturalismo, que aplazaba el análisis histórico para un

momento en que los datos etnográficos lo permitieran. Tanto Steward como

White concuerdan en que la cultura es sólo uno de los ámbitos de la vida

social. Para White, la cultura no es un fenómeno que deba entenderse en sus

propios términos, como proponían los culturalistas.

El aprovechamiento energético es el motor de las transformaciones

culturales: estimula la transformación de la tecnología disponible, tendiendo

siempre a mejorar. Así, la cultura está determinada por la forma en la que el

grupo humano aprovecha su entorno. Este aprovechamiento se traduce a su

vez en energía. El desarrollo de la cultura de un grupo es proporcional a la

cantidad de energía que la tecnología disponible le permite aprovechar. La

tecnología determina las relaciones sociales, y esencialmente, la división del

trabajo como una prístina forma de organización.

A su vez, la estructura social y la división del trabajo se reflejan en el

sistema de creencias del grupo, que formula conceptos que le permiten

comprender el entorno que le rodea. Una modificación en la tecnología y la

cantidad de energía aprovechada se traduce, por tanto, en modificaciones en

todo el conjunto.

Steward, por su parte, retomaba de Kroeber la concepción de la cultura

como un hecho que se encontraba por encima y fuera de la naturaleza. Sin

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embargo, Steward sostenía que había un diálogo entre ambos dominios.

Opinaba que la cultura es un fenómeno o capacidad del ser humano que le

permite adaptarse a su medio biológico. Uno de los principales conceptos en

su obra es el de evolución.

Steward planteaba que la cultura sigue un proceso de evolución

multilineal, (es decir, no todas las culturas pasan de un estado salvaje, a la

barbarie y de ahí a la civilización), y que este proceso se basa en el

desarrollo de tipos culturales derivados de las adaptaciones culturales al

medio físico de una sociedad. Steward introduce en las ciencias sociales el

término de ecología, señalando con él el análisis de las relaciones existentes

entre todos los organismos que comparten un mismo nicho ecológico.

Evolución cultural

Había por lo menos una gran distancia conceptual entre la propuesta

de White y de Steward. El primero se inclinaba por el estudio de la cultura

como fenómeno total, en tanto que el segundo se mantenía más proclive al

relativismo. Por ello, entre las limitaciones que tuvieron que superar sus

sucesores estuvo la de concatenar ambas posturas, para unificar la teoría de

los estudios de la ecología cultural.

De esta suerte, Marshall Sahlins propuso que la evolución cultural sigue

dos direcciones. Por un lado, crea diversidad "a través de una modificación

de adaptación: las nuevas formas se diferencian de las viejas. Con el

tiempo, el neoevolucionismo sirvió como una de las principales bisagras

entre las ciencias sociales y las ciencias naturales, especialmente como

puente con la biología y la ecología .

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De hecho, su propia vocación como enfoque holístico le ha convertido

en una de las corrientes más interdisciplinarias de las disciplinas que

estudian la humanidad. A partir de la década de 1960, la ecología entró en

una relación muy estrecha con los estudios culturales de corte evolutivo. Los

biólogos habían descubierto que los seres humanos no son los únicos

animales que poseen cultura: se habían encontrado indicios de ella entre

algunos insectos, pero especialmente entre los primates.

Roy Rappaport introdujo en la discusión de lo social la idea de que la

cultura forma parte de la misma biología del ser humano, y que la evolución

misma del ser humano se debe a la presencia de la cultura. Señalaba que:

superorgánica o no, se debe tener presente que la cultura en sí pertenece a

la naturaleza.

Emergió en el curso de la evolución mediante procesos de selección

natural diferentes sólo en parte de aquellos que produjeron los tentáculos del

pulpo. Aunque la cultura está altamente desarrollada en los hombres,

estudios etológicos recientes han indicado alguna capacidad simbólica entre

otros animales. Aunque las culturas pueden imponerse a los sistemas

ecológicos, hay límites para esas imposiciones, ya que las culturas y sus

componentes están sujetos a su vez a procesos selectivos. (Rappaport,

1998)

Los nuevos descubrimientos en la etología (ciencia que estudia el

comportamiento de los animales) animaron a muchos biólogos a intervenir en

el debate sociológico de la cultura. Algunos de ellos buscaban establecer

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relaciones entre la cultura humana y las formas primitivas de cultura

observadas, por ejemplo, entre los macacos de Japón.

Uno de los ejemplos más conocidos es el de Sherwood Washburn,

profesor de antropología de la Universidad de California. Al frente de un

equipo multidisciplinario, se dio a la tarea de buscar cuáles eran los orígenes

de la cultura humana. Como primera parte de su proyecto, analizó el

comportamiento social de los primates superiores. En segundo lugar,

suponiendo que los bosquimanos !kung eran los últimos reductos de las

formas más primitivas de cultura humana, procedió al estudio de su cultura.

El tercer tiempo en el programa de Washburn (en el que colaboraron

Richard Lee e Irven de Vore, y que se prolongó durante la primera mitad de

los años sesenta) era proceder a la comparación de los resultados de ambas

investigaciones, y especuló sobre esta base acerca de la importancia de la

cacería en la construcción de la sociedad y la cultura.

Esta hipótesis fue presentada en un congreso llamado “Man, the

Hunter”, realizado en la Universidad de Chicago en 1966. Fuera porque la

investigación se apoyaba en premisas sobre la evolución cultural que fueron

desechadas desde los tiempos de Boas, o porque era una tesis que negaba

la importancia de la mujer en la construcción de la cultura, la tesis de

Washburn, Lee y De Vore (1966) no fue bien recibida.

Esta definición, atiende a la característica principal de la cultura, que es

una obra estrictamente de creación humana, a diferencia de los procesos

que realiza la naturaleza, por ejemplo, el movimiento de la tierra, las

estaciones del año, los ritos de apareamiento de las especies, las mareas e

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incluso la conducta de las abejas que hacen sus panales, elaboran miel, se

orientan para encontrar el camino de regreso pero, que a pesar de eso, no

constituyen una cultura, pues todas las abejas del mundo hacen exactamente

lo mismo, de manera mecánica, y no pueden cambiar nada.

Exactamente lo contrario ocurren en el caso de las obras, ideas y actos

humanos, ya que estos transforman o se agregan a la naturaleza, por

ejemplo, el diseño de una casa, la receta de un dulce de miel o de chocolate,

la elaboración de un plano, la simple idea de las relaciones matemáticas, son

cultura y sin la creación humana no existirían por obra de la naturaleza.

2.1.1 Elementos de la Cultura

2.1.1.1. Actitudes

Son consecuencia de los valores y normas que lo preceden; son

tendencias evaluadoras ya sean positivas o negativas con respecto a

personas, hechos o cosas. Las actitudes reflejan como nos sentimos con

respecto a algo o a alguien y predicen nuestra tendencia a actuar de una

determinada manera (Rial 1997). Postura del cuerpo humano, especialmente

cuando es determinada por los movimientos del animo, o expresa algo con

eficacia (Diccionario Real Academia Española 2001).

2.1.1.2. Creencias

Son ideas compartidas acerca de cómo opera el mundo. Pueden ser

sumarios e interpretaciones del pasado, explicaciones del presente o

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predicciones del futuro, y pueden tener fundamento en el estilo común,

sabiduría popular, religión o ciencia en alguna combinación de éstos (Gell

1996). Firme asentimiento y conformidad con algo (Diccionario Real

Academia Española 2001).

2.1.1.3. Conciencia

La conciencia se define como el estado cognitivo no-abstracto que

permite la interactuación, interpretación y asociación con los estímulos

externos denominados realidad. La conciencia requiere del uso de los

sentidos sensoriales organolépticos como medio de conectividad entre los

estímulos externos y sus asociaciones (Gell 1996). Propiedad del espíritu

humano de reconocerse en sus atributos esenciales y de todas las

modificaciones que en si mismo experimenta. Conocimiento reflexivo de las

cosas (Diccionario Real Academia Española 2001).

2.1.1.4. Normas

Son reglas de conducta consensuadas (Rial Alberto 1997).Son reglas

acerca de lo que la que la gente debe o no debe hacer, decir o pensar en una

situación determinada. Las normas describen como debe conducir la gente.

Las normas son las reglas que se comparten. Proveen las guías para todas

las actividades (Gell 1996).

Es un patrón establecido de lo que un grupo espera (o acepta) en

cuanto a pensamientos y conducta. Estas expectaciones y conductas

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resultantes, varían muchas veces de una cultura a otra (Bruce 1999). Reglas

que se deben seguir o a que se deben ajustar las conductas, tareas,

actitudes, etc. (Diccionario Real Academia Española 2001).

2.1.1.5. Responsabilidad

Es la virtud individual de concebir libre y conscientemente las máximas

universalizadles de nuestra conducta (Laraña 2000). Capacidad existente en

todo sujeto activo de derecho para reconocer y aceptar las consecuencias de

un hecho realizado libremente (Diccionario Real Academia Española 2001).

2.1.1.6. Valores

Son amplias normas compartidas, abstractas, de lo que es correcto,

deseable y digno de respeto . Aunque los valores son ampliamente

compartidos, es raro que se adhieran los miembros de una cultura a estos,

en todas ocasiones. Más bien, los valores establecen el tono general para la

vida cultural y social (Gell 1996).

Son sentimientos enraizados en los miembros de una sociedad, que

generalmente señalan las pautas de acción y de comportamiento de los

individuos (Bruce 1999). Son los criterios que dan sentido y significado a la

cultura y a la sociedad total. Se puede definir como los criterios conforme a

los cuales el grupo o la sociedad que juzga de la importancia de las

personas, las pautas, los objetivos y los otros objetos socioculturales (Fichter

1994).

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2.2. Cultura Tributaria

La cultura tributaria es el conocimiento reflexivo del ser humano en

cuanto a la bondad del pago de los tributos, lo que le lleva a cumplir natural y

voluntariamente con sus obligaciones tributarias (Centro Interamericano de

Administradores Tributarios CIAT). Conjunto de actividades, normas y

creencias de la sociedad que ante la transparencia de la gestión económica

de un gobierno encaminado a satisfacer las necesidades del colectivo,

conduce a los miembros de esa sociedad a coadyuvar a los gastos públicos

mediante el pago de impuestos, tasas y contribuciones que establezca la Ley

en forma pasiva y periódica (Sanmiguel San Juan 2006).

Es el conjunto de valores, creencias y actitudes compartidos por una

sociedad respecto a la tributación y a la observancia de las leyes que la

rigen. Esto se traduce en una conducta manifestada en el cumplimiento

permanente de los deberes tributarios con base en la razón, la confianza y la

afirmación de los valores de ética personal, respeto a la ley, responsabilidad

ciudadana y solidaridad social de los contribuyentes (Superintencia de

Administración Tributaria SAT).

2.3 Tributos

Es una prestación obligatoria, comúnmente en dinero exigida por el

estado en virtud, de su poder que da lugar a relaciones jurídicas de derecho

público (Cabanellas 2000). Son las prestaciones de dinero que el Estado

exige en ejercicio de su poder e impuesto en virtud de una ley y para cubrir

los gastos que le demanda el cumplimiento de sus fines (Villegas 1992).

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Cantidad de dinero que un súbdito paga al Estado para colaborar en las

cargas públicas. En su origen era una contribución forzada que los

vencedores imponían a los vencidos. Modernamente se entiende por tributo

las prestaciones comúnmente en dinero que el Estado exige en ejercicio de

su poder de imperio sobre la base de la capacidad contributiva, en virtud de

una Ley y para cubrir los gastos que le demanda el cumplimiento de sus

fines. (Sanmiguel Sanjuán 2006). Obligación dineraria establecida por la ley,

cuyo importe se destina al sostenimiento de las cargas publicas (Diccionario

Real Academia Española 2001).

2.3.1 Clasificación de los Tributos

2.3.1.1. Impuestos

Es una clase o tipo de tributo cuya obligación tiene como hecho

imponible una situación independiente de toda actividad estatal relativa al

contribuyente. Tributo cuyo cumplimiento no origina una contraprestación

directa a favor del contribuyente (Guía practica de Impuesto sobre la Renta

2006). Tributo que se exige en función de la capacidad económica de los

obligados a su pago (Diccionario Real Academia Española 2001).

2.3.1.2. Tasas

Prestación pecuniaria debida al sujeto activo tributario con fundamento

en una norma de ley, por un servicio o por una actividad concerniente un

interés que es propio del sujeto pasivo tributario (Guía práctica de Impuesto

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sobre la Renta 2006). Cantidad de dinero que un particular paga a la

administración por el uso de un servicio público.

Son tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o

aprovechamiento especial del dominio público en la prestación de servicios o

en la realización de actividades en régimen de derecho público que se

refieran, afecten o beneficien de modo particular al sujeto pasivo, cuando

produzca cualquiera de las circunstancias siguientes:

1) que los servicios o actividades no sean de solicitud voluntaria para

los administrados.

2) que no se presten o realicen por el sector privado. (Sanmiguel

Sanjuán 2006).

Tributo que se impone al disfrute de ciertos servicios o a ejercicio de

ciertas actividades (Diccionario Real Academia Española 2001).

2.3.1.3. Contribuciones

Prestación pecuniaria obligatoria debida en razón de beneficios

individuales o de grupos sociales, derivados de la realización de obras

públicas (Guía práctica de Impuesto sobre la Renta 2006). Son aquellos

pagos que realiza una persona a una compañía para la adquisición de

acciones, o por un aporte adicional de capital (Sanmiguel Sanjuán 2006).

Cuota o cantidad que se paga para algún fin, y principalmente la que se

impone para las cargas del estado. Tributo que se exige a quien se beneficia

de la realización de obras públicas o del establecimiento de servicios

públicos (Diccionario Real Academia Española 2001).

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2.4. Obligación Tributaria

La que en forma unilateral, establece el estado en ejercicio del poder de

imponer exigible coactivamente de quienes se encuentran sometidos a su

soberanía, cuando respecto de ellos se verifica el hecho previsto por la ley y

que le da origen (Giuliani 1994). Es el vínculo jurídico en virtud del cual el

Estado, denominado sujeto activo, exige de un deudor, denominado sujeto

pasivo, el cumplimiento de una prestación pecuniaria excepcionalmente en

especie ( Maragain 2000).

Constituye en esencia una prestación pecuniaria coactiva que pesa

sobre el sujeto (contribuyente) a favor del Estado u otra entidad pública que

tenga derecho a ese ingreso como consecuencia de su poder de imperio

(Dejuano 1969). La obligación tributaria surge entre el estado en las distintas

expresiones del poder público y los sujetos de pasivos en cuanto ocurra el

presupuesto de hecho previsto en la ley. La obligación tributaria constituye un

vínculo de carácter personal, aunque su cumplimiento se asegure mediante

garantía real o con privilegios especiales; Código orgánico tributario (2001)

2.4.1 Elementos de la Obligación Tributaria

2.4.1.1. Contribuyentes

Es el que paga alguna contribución, o tributo (Giuliani 1994). Es el

destinatario legal tributario que debe pagar el tributo al fisco. Al estar al él

referido el mandato de pago tributario, pasa a ser el sujeto pasivo de la

relación jurídica tributaria principal (Villegas 1992).

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2.4.1.2. Responsables

Es el sujeto pasivo que, sin tener carácter de contribuyentes, debe

cumplir con los deberes y obligaciones atribuibles a él (Guía práctica de

Impuesto sobre la Renta 2006). Responsables son los sujetos pasivos que,

sin tener carácter de contribuyentes deben, por disposición expresa de la

ley, cumplir las obligaciones atribuidas a los contribuyentes; Código Orgánico

Tributario (2001).

2.5 El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y

Tributaria (SENIAT)

La ley del servicio nacional integrado de administración aduanera y

tributaria en su artículo 2, establece que el SENIAT es un servicio autónomo

sin personalidad jurídica, con autonomía funcional, técnica y financiera,

adscrito al Ministerio de Finanzas. Constituye un órgano de ejecución de la

administración tributaria nacional, al cual le corresponde la aplicación de la

legislación aduanera y tributaria nacional, así como, el ejercicio, gestión y

desarrollo de las competencias relativas a la ejecución integrada de las

políticas aduanera y tributaria fijadas por el Ejecutivo Nacional.

En el año 1.942 se promulgó la primera Ley de Impuesto Sobre la

Renta (I.S.L.R.), la cual entra en vigencia el 01 de Enero de 1.943, se creó

por la necesidad de reforzar la difícil situación fiscal que vivía el país, dada

esta necesidad, la Ley de Impuesto Sobre la Renta ha sufrido modificaciones

desde su origen hasta la fecha actual.

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En la década de los ochenta, se genera una bonanza plena y general,

llena de despilfarro y derroche en todos los niveles y sectores de la sociedad

venezolana, provocando el desarrollo de un sistema desorganizado,

burocrático, ineficiente y poco coordinado, caracterizado por la ausencia de

sistema tributario eficaz, ya que el existente evidenciaba graves fallas en la

recaudación, tales como:

Atraso en las cobranzas, desviaciones y fallas en el proceso de

fiscalización, carencia de recursos humanos capacitados para las funciones

que le eran asignadas, y formas inapropiadas en la administración y

generación de los ingresos del país entre otras cosas. Esto condujo a la

nación a un fuerte endeudamiento, trayendo como consecuencias un

desmejoramiento progresivo y acentuando de la calidad de vida del

venezolano.

La Dirección General Sectorial de Rentas ha sufrido diversos cambios y

reestructuraciones generales y profundas a nivel de organización, quedando

constituida como el llamado Servicio Nacional Integrado de Administración

Tributaria (SENIAT), mediante decreto presidencial No.310 de fecha 10 de

Agosto de 1.994, publicado en la Gaceta Oficial No.35.425 del 16 de Agosto

del mismo año durante el periodo presidencial del Dr. Rafael Caldera.

En el mes de Diciembre del año 1.999, paso a ser “Servicio Nacional

Integrado de Administración Aduanera y Tributaria”, conservando las mismas

siglas, (SENIAT), según el decreto No.682, publicado en Gaceta Oficial

No.36.892, creado en el periodo presidencial de Hugo Chávez Frías,

identidad que posee actualmente (Fuente SENIAT consulta portal Internet).

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2.5.1 Antecedentes de la creación del Servicio Nacional Integrado de

Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

Es importante señalar que a través de la trascendencia de los años el

Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

(SENIAT); a pasado por varias modificaciones notorias para establecer lo

que en estos tiempos se conoce como SENIAT. Dichos cambios e inicios se

implantan a partir del 21 de mayo de 1993 cuando se crea las Aduanas en

Venezuela Servicio Autónomo (AVSA), como organismo sin personalidad

jurídica, mediante Decreto Presidencial 2.937 de esa misma fecha, publicado

en la Gaceta Oficial N° 35.216 del 21 de mayo 1993. Sustituye en ese

momento a la Dirección General Sectorial de Aduanas del Ministerio de

Hacienda.

Para el 23 de marzo de 1994 se crea el Servicio Nacional de

Administración Tributaria (SENAT), como servicio autónomo sin personalidad

jurídica, según Gaceta Oficial N° 35.427 del 23 de marzo de 1994. Esta

dependencia sustituye a la Dirección General Sectorial de Rentas del

Ministerio de Hacienda. Es el 10 de agosto de 1994 cuando se fusionan

Aduanas de Venezuela, Servicio Autónomo (AVSA) y el Servicio Nacional de

Administración Tributaria (SENAT) para dar paso a la creación del Servicio

Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT), según Decreto

Presidencial N° 310 de fecha 10 de agosto de 1994, publicado en la Gaceta

N° 35.525 de fecha 16 de agosto de 1994.

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70

El 1° de julio de 1994, entró en vigencia la Reforma Tributaria

instrumentada por el Ejecutivo Nacional con fundamento en la Ley Habilitante

de fecha 14 de abril de 1994, publicada en Gaceta Oficial N° 35.442 del 18

de abril de 1994. El proceso de fusión fue concebido como un proyecto de

modernización orientado hacia un gran servicio de información con objetivos

de incrementar la recaudación, actualizar la estructura tributaria nacional y

fomentar la cultura tributaria, para fomentar el cumplimiento voluntario de las

obligaciones de los contribuyentes.

Este nuevo Servicio responde a la fusión y reestructuración que en

conformidad con el Artículo 226 del Código Orgánico Tributario, se propone

el Ministerio de Hacienda a objeto de cumplir con la administración eficiente

de los ingresos tributarios nacionales, no sólo de los tributos internos, sino

también de los tributos aduaneros que hasta ese momento estaban siendo

administrados por Aduanas de Venezuela, Servicio Autónomo (AVSA).

Para normar el Servicio, es decir establecimiento de la organización,

atribuciones y funciones, el Ministerio de Hacienda publica la Resolución N°

32 con fecha 24 de marzo de 1995, que establece el Reglamento Interno del

SENIAT. Esta Resolución es publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria N°

4.881 de fecha 29 de marzo de 1995.

Para la fecha del 12 de Febrero de 2000, la Resolución N° 32, fue

reformada parcialmente en el año 2000, según publicación en Gaceta Oficial

N° 36.892, del 12 de febrero del mismo año, en la cual se cambió el nombre

de la institución a Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y

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Tributaria, incluyendo la palabra “Aduanera”, y conservando las mismas

siglas SENIAT; se crearon las Intendencias Nacionales de Aduanas y

Tributos Internos, estableciendo sus atribuciones, entre otros.

Finalmente en el año 2001, se decretó la Ley del Servicio Nacional

Integrado de Administración Aduanera y Tributaria, la cual fue publicada en

Gaceta Oficial N° 37.320 de fecha 8 de noviembre de 2001 con el objeto de

regular y desarrollar la organización y funcionamiento de la institución,

estableciéndolo de igual forma, como un servicio autónomo sin personalidad

jurídica, con autonomía funcional, técnica y financiera, adscrito al Ministerio

de Finanzas.

Como misión del Servicio Nacional Integrado de Administración

Aduanera y Tributaria (SENIAT), es un órgano de ejecución de la

Administración Tributaria Nacional que goza de autonomía técnica, funcional

y financiera. Su objeto principal es recaudar los tributos nacionales y facilitar

el comercio internacional de la Republica Bolivariana de Venezuela,

mediante un sistema tributario integrado, eficiente y moderno con capacidad

para enfrentar exitosamente el contrabando y la evasión fiscal.

Le corresponde asumir el rol fundamental en el logro del objetivo

estratégico de la Sostenibilidad Fiscal, de manera que los gastos ordinarios

del estado sean cubiertos por la recaudación tributaria de origen no petrolero,

obtenida del pago voluntario de los contribuyentes.

Como visión se plantea

El Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

(SENIAT), como institución publica dirigida a servir eficientemente a los

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ciudadanos; centra su actividad en el cumplimiento de su Misión y ejerce su

acción en plena correspondencia con la construcción del nuevo modelo

productivo, rumbo a la creación del futuro sistema económico de la Republica

Bolivariana de Venezuela.

Su aporte fundamental en la consecución de la sostenibilidad fiscal, la

contribución al intercambio comercial de la nación, su exitosa lucha contra el

contrabando, la piratería y la evasión fiscal, el profesionalismo y la

sensibilidad social de sus funcionarios, alta calidad en la atención y respeto a

los contribuyentes, la excelencia de sus sistemas y de su información, el

desarrollo de una gestión transparente y abierta a la contraloría social;

proyectan al SENIAT como una institución de alto prestigio y credibilidad

nacional e internacional y lo erigen como modelo para el proceso de

transformación revolucionaria del Estado Venezolano.

Objetivos Estratégicos

a) Incremento de la recaudación tributaria de origen no petrolero.

b) Modernización del sistema jurídico tributario.

c) Desarrollo de la cultura tributaria y, mejora de la eficiencia y eficacia

institucional.

Valores Corporativos

a) Lealtad: Asumir el trabajo con fidelidad ante la institución y a los

principios que ella representa.

b) Vocación de Servicio: Actitud particular y especial ante lo público,

asumir el compromiso de ayuda y apoyo a la organización y al país.

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c) Integridad: Obrar con estima y respeto por uno mismo y los demás,

con apego a las normas sociales y morales.

d) Honestidad: Integridad de la persona ante la defensa de los

intereses institucionales, respeto de los valores del hombre y fortalecimiento

de su conducta moral y social ante lo público.

e) Respeto: Consideración y buen trato hacia los demás como

imperativos fundamentales en las relaciones de trabajo.

f) Responsabilidad: Asumir el cumplimiento de las actividades

inherentes a las distintas funciones de manera eficaz y eficiente, como base

para el compromiso cotidiano en el trabajo.

g) Excelencia: El trabajo realizado será reconocido por su calidad

superior, como expresión de la exigencia institucional y el mérito de los

funcionarios.

Sentido de Pertenencia: Identificación plena con la filosofía y misión

institucional y con los valores de nuestra nación, convencidos de que la labor

realizada forja a la institución como pilar básico de Venezuela, y refleja afecto

de sus miembros hacia ella y el país.

2.6 Estructura organizativa del Servicio Nacional Integrado de

Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

Lo plasmado en la Resolución Nº 32 de fecha 24 de marzo de 1995,

establece en su Artículo Nº 2 que el Servicio Nacional Integrado de

Administración Tributaria (SENIAT); desarrollará sus funciones con un nive l

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central o normativo y un nivel operativo. Destacando que el nivel central o

normativo lo conforman la Superintendencia Nacional Tributaria, La Gerencia

General de Desarrollo Tributario, la Gerencia General de Informática, la

Gerencia General de Administración, el Comité Asesor de Dirección y

Planificación y el Comité Asesor de Contratación, Presupuesto y Fondo de

Gestión.

Asimismo, especifica que el nivel operativo está conformado por los

Servicios de Administración Tributaria los cuales están constituidos por las

Oficinas de Coordinación Zonal, las Gerencias Regionales de Tributos

Internos, las Gerencias de Aduanas Principales, los Sectores de Tributos

Internos, las Unidades de Tributos Internos y las Aduanas Subalternas.

Por su parte el Artículo Nº 3 muestra que para los efectos de las Leyes

Especiales se identifican a las Administraciones Regionales de Hacienda y a

las Aduanas Principales como Gerencias Regionales de Tributos Internos y

Gerencias de Aduanas Principales respectivamente.

Soportando el planteamiento de los artículos Nº 2 y 3 de la mencionada

resolución Nº 32, se connota el Artículo Nº 4 el mismo reza que el Servicio

Nacional Integrado de Administración Tributaria-SENIAT, tiene la siguiente

estructura jerárquica:

1) Superintendencia Nacional Tributaria.

2) Gerencias Generales.

3) Oficinas, Gerencias de Línea, Oficinas de Coordinación Zonal,

Gerencias Regionales de Tributos Internos y Gerencias de Aduanas

Principales.

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4) Sectores de Tributos Internos, Unidades de Tributos Internos y

Aduanas Subalternas.

5) Divisiones y Áreas.

De la estructura orgánica del nivel central o normativo se puede definir

en el Artículo Nº 5 de la Resolución Nº 32 que la Superintendencia Nacional

Tributaria del Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria

(SENIAT); está integrada por el Despacho del Superintendente Nacional

Tributario; EL Despacho del Superintendente Nacional Tributario Adjunto, las

Oficinas de Planificación, de Auditoria Interna, de Divulgación Tributaria y

Relaciones Institucionales, Centro de Estudios Fiscales, y la Oficina de

Coordinación y Planificación con las Fuerzas Armadas de Cooperación.

También se especifica en el Artículo Nº 6° que la Gerencia General de

Desarrollo Tributario está integrada por el Despacho del Gerente General de

Desarrollo Tributario, la Gerencia de Recaudación, la Gerencia de Aduanas,

la Gerencia de Fiscalización, la Gerencia Jurídica Tributaria y la Gerencia de

Estudios Económicos Tributarios. De igual manera se plantea en el Artículo

Nº 7 de la Resolución anteriormente nombrada, que la Gerencia General de

Informática, está integrada por el Despacho del Gerente General de

Informática, la Gerencia de Planificación y Tecnología, la Gerencia de

Seguridad Integral de Informática, la Gerencia de Dotación y la Gerencia de

Mantenimiento.

Por otra parte, el Artículo Nº 8 resalta que la Gerencia General de

Administración está integrada por el Despacho del Gerente General de

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Administración, la Gerencia de Almacenamiento y Disposición de Bienes

Adjudicados, la Gerencia de Organización, la Gerencia Financiera-

Administrativa y la Gerencia de Recursos Humanos.

2.7. Especificaciones de la carrera aduanera y tributaria

Mediante las especificaciones planteadas en la ley del SENIAT en su

artículo 18, connota que dicha carrera se regirá por las normas de

administración de recursos humanos establecidas en la ley, también señala

que se fundamentara en los principios constitucionales y la ley que rige la

función pública. Dicha ley resalta en su artículo 19, que concierne al

Superintendente del servicio nacional integrado de administración aduanera y

tributaria, dictar y administrar el sistema de recursos humanos de dicho

servicio.

Siguiendo el orden de ideas la ley del SENIAT muestra en sus artículos

20, 21 y 22 las especificaciones que designan los funcionarios adscritos al

servicio nacional integrado de administración aduanera y tributaria; serán de

carrera aduanera y tributaria o de libre nombramiento y remoción; resaltando

que los funcionarios de carrera aduanera y tributaria son los ingresados a

través de concursos presentados por el SENIAT y luego de cumplido el

periodo de prueba estipulado en las normas que a tal efecto dicte el

superintendente, estos funcionarios gozaran de estabilidad en el desempeño

de su cargo.

Los funcionarios en cargos de libre nombramiento y remoción, adoptan

la condición de vacante mientras dure tal designación. El funcionario de

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carrera aduanera y tributaria que sea removido de un cargo de libre

nombramiento y remoción, sin que haya sido objeto de sanciones judiciales,

administrativas o procedimientos disciplinarios que ameriten destitución, será

incorporado a su respectivo cargo de carrera.

2.8. Responsabilidad de la Administración Tributaria

La Administración Tributaria en Venezuela ha adquirido una

trascendental importancia desde la creación del Servicio Nacional Integrado

de Administración Aduanera y tributaria (SENIAT); mediante el decreto

Presidencial Nº 310 de fecha 10 de agosto de 1994. Se puede constatar en

lo establecido por la Ley del servicio Nacional Integrado de Administración

Aduanera y Tributaria publicada en gaceta oficial Nº 37.320 de fecha 8 de

noviembre de 2001 en su articulo 4 numerales 7, 8 entre otros, presenta

algunas de las funciones principales que posee la Administración Tributaria

son:

La supervisión, control, fiscalización de los impuestos de su

competencia; la recaudación propiamente dicha, la aplicación e interpretación

de las leyes tributarias; registro de contribuyentes, otorgamiento de licencias

y permisos especiales, recopilación de datos económicos y estadísticos y la

divulgación e información, función que comprende la difusión masiva de las

leyes, decretos, resoluciones de contenido tributario, así como las campañas

destinadas a promover el cumplimiento voluntario de obligaciones tributarias.

Según lo establecido en la Ley SENIAT en su artículo 4 en su

competencia numeral 28 acata: es de competencia de la Administración

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Tributaria diseñar, desarrollar, y ampliar programas de divulgación y

educación tributaria que propenden a mejorar el comportamiento de los

sujetos pasivos en el cumplimiento voluntario y oportuno de sus obligaciones

tributarias y aduaneras (Ley SENIAT 2001).

Funciones de la Administración Tributaria según el Código Orgánico

Tributario (COT 2001) establece un vasto margen general de funciones a la

administración tributaria dentro del ámbito de aplicación de dicho texto

normativo (artículo 1º) lo cual no obsta para que mediante las leyes

tributarias, en el marco de su especificidad, se establezcan otras funciones,

además de las indicadas en el COT.

Específicamente el Titulo IV Capítulo Primero, estable cuales son las

Facultades, Atribuciones y Funciones de la Administración Tributaria (sección

primera); Facultades en materia de Fiscalización y Determinación (sección

segunda); Deberes (sección tercera) y el Resguardo Nacional Tributario

(sección cuarta) definido éste último como un cuerpo auxiliar y de apoyo a la

Administración Tributaria para impedir, investigar y perseguir los ilícitos

tributarios.

Facultades, atribuciones, funciones generales

Plantea el artículo 121 del COT enumera sin agotar el espectro de

posibilidades de acción de la administración tributaria, las facultades,

atribuciones y funciones de la administración tributaria, las cuales pueden ser

resumidas de la siguiente manera: Ejercer la personería del Fisco en todas

las instancias administrativas y judiciales (ord. 16).

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Reajustar el valor de la Unidad Tributaria (ord. 15).

La Facultad de Determinación y Recaudación del Tributo, lo cual

comprende: recaudar, verificar, fiscalizar, determinar y liquidar los tributos,

(ords. 1 al 5 y 14). En ejercicio de la función de cumplimiento de la

obligación tributaria, corresponde a la administración tributaria, establecer

plazos (especiales) para la presentación de declaraciones juradas y pagos de

los tributos, (artículo 41 in fine); conceder prórrogas o facilidades de pago

(artículos 45 y 46) y verificar las condiciones requeridas por la Ley y declarar

la procedencia de los medios de extinción de la obligación tributaria indicados

por el COT (artículos 49, 52 y 54).

Diseñar e implantar un registro único de identificación o información

(ords. 6 y 7). La Facultad Normativa que comprende: proponer, aplicar y

divulgar normas en materia tributaria y dictar instrucciones a sus subalternos

(ords. 9 y 13). Suscribir convenios de recaudación, cobro, notificación,

levantamiento estadístico e intercambio de información (ords. 10 y 11).

Aprobar o desestimar las propuestas para la valoración de operaciones

efectuadas entre partes vinculadas en materia de precios de transferencia y

condonar los accesorios derivados de ajuste a los precios o montos de

contraprestación en estas operaciones (ords. 12 y 19). Ejercer la inspección

sobre las actuaciones de sus funcionarios (ord. 17).

De los preceptos leales siguientes previstos en el COT se evidencia el

interés del legislador en actualizar y modernizar la Administración Tributaria

para que se encuentre a la par de los nuevos sistemas informáticos,

electrónicos y en general de la tecnología.

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Facultades de fiscalización y determinación

El COT reconoce una gran posibilidad de actuaciones en lo referente al

tema de fiscalización e investigación de los sujetos pasivos y todo lo relativo

a la aplicación de las leyes tributarias, aún en caso de aquellos sujetos

pasivos respecto de los cuales operen beneficios fiscales, tales como

exenciones y exoneraciones.

El COT en su artículo 127 establece una serie de conductas dirigidas a

dicho objetivo, las cuales en atención a su especial naturaleza, por

representar limitaciones al ejercicio de ciertos derechos, como por ejemplo el

de propiedad, fueron expresamente mencionadas por el legislador. Así

entonces se establece que con el objeto de comprobar y exigir el

cumplimiento de las obligaciones tributarias, la administración tributaria está

facultada para (artículo 127):

Practicar fiscalizaciones (ord. 1), incluso en sus propias oficinas a

través del control de declaraciones presentadas por los contribuyentes y

responsables (ord. 2) o en los locales y medios de transporte utilizados por el

contribuyente que en caso de ser practicada la fiscalización fuera de horas

hábiles en que opere el contribuyente o en el domicilio particular (ord. 12).

Exigir a los contribuyentes, responsables y terceros: la exhibición de su

contabilidad y demás documentos (ord. 3); también incluye los soportes

magnéticos, información sobre los equipos y aplicaciones utilizadas (ord. 8) y

que comparezcan ante sus oficinas a responder preguntas que le sean

formuladas, reconocer firmas, documentos o bienes (ord. 4).

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Es importante indicar que el COT establece en su artículo 124 que las

autoridades civiles, políticas, administrativas y militares, los colegios

profesionales, gremios, asociaciones de comercio, sindicatos, bancos,

instituciones financieras, de seguros, terceros y en general, cualquier

persona u organización esta obligado a prestar su concurso a los órganos de

la administración tributaria y suministrar la información que le sea requerida.

Practicar avalúo de toda clase de bienes (ord. 5).

Recabar infirmes y datos de los funcionarios de todos los niveles de la

organización política del Estado (ord. 6).

Retener y asegurar los documentos revisados durante la fiscalización

(ord. 7), adoptando medidas administrativas necesarias para impedir la

destrucción, desaparición o alteración de la documentación que se exija,

incluidos los medios magnéticos o similares (ord. 10).

Utilizar programas y utilidades de aplicación en auditoria fiscal (ord. 9).

Requerir el auxilio del Resguardo Nacional Tributario. (ord. 13).

Tomar posesión de los bienes con los que se suponga fundadamente

que se ha cometido ilícito tributario (ord. 14).

Solicitar medidas cautelares (ord. 15).

Proceder a la determinación de los tributos en aquellos casos

determinados por la ley (artículo 13).

Deberes de la administración tributaria

Se encuentra regulado en el artículo 137 del COT, según el cual “la

administración tributaria proporcionará asistencia a los contribuyentes,

responsables y para ello procurará”.

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Explicar las normas tributarias (ord. 1).

Mantener oficinas en diferentes lugares del territorio nacional para

orientar y auxiliar al contribuyente (ord. 2).

Elaborar formularios y medios de declaración, y distribuirlos

oportunamente, informando las fechas y lugares de presentación (ord. 3).

Señalar con precisión los documentos y datos e informaciones

solicitadas (ord. 4).

Difundir los recursos y medios de defensa (ord. 5).

Efectuar reuniones de información, especialmente cuando se modifique

una norma tributaria y durante los períodos de presentación de declaración

(ord. 6).

Difundir los actos dictados por la Administración Tributaria que

establezcan normas de carácter general (ord. 7).

Entregar certificados electrónicos a los contribuyentes por todas las

actuaciones que efectúen utilizando medios electrónicos (artículo 138).

Cosulinch plantea que, de manera general y bastante clara se

evidencia el deber principal de la administración tributaria el cual es prestar

un servicio optimo, tendiente a facilitar e incentivar la recaudación de

impuestos, o lo que es lo mismo constituye “la promoción del cumplimiento

voluntario” que supone la ejecución de “acciones de asistencia al

contribuyente, que lo induzcan a cumplir y le faciliten el hacerlo, a través de

la simplificación de los procedimientos de declaración y pago, de la

orientación e información sobre los alcances de las normas tributarias, de la

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preocupación por reducir su carga tributaria indirecta a la indispensable”

(Cosulich, 1999).

Tributos Internos, la República Bolivariana de Venezuela es un estado

federal en los términos que establece la Constitución. Tiene 22 estados, un

Distrito Capital y las dependencias federales. Cada estado tiene tantos

municipios como lo permita el número de habitantes, dependiendo de su

densidad poblacional. El sistema tributario venezolano está fundamentado en

los principios constitucionales de legalidad, progresividad, equidad, justicia,

capacidad contributiva, no retroactividad y no confiscación. Este sistema

distribuye la potestad tributaria en tres niveles de gobierno: nacional, estadal

y municipal.

Así, en la actualidad el SENIAT en ejercicio de la competencia que le

ha sido conferida sobre la potestad tributaria nacional, tiene bajo su

jurisdicción los siguientes impuestos: impuesto sobre la renta, impuesto al

valor agregado, impuesto sobre sucesiones, impuesto sobre donaciones,

impuesto sobre cigarrillos y manufacturas del tabaco, el impuesto sobre

licores y especies alcohólicas y el impuesto sobre actividades de juegos de

envite y azar.

Normas sobre la información fiscal del contribuyente

En la República Bolivariana de Venezuela, existen normas que

establecen la obligatoriedad de inscribirse en el Registro Único de

Información Fiscal (RIF). En efecto, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2

de la Providencia Administrativa No. 0073, las personas naturales o jurídicas,

las comunidades y entidades con o sin personalidad jurídica que, conforme a

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las leyes vigentes, resulten sujetos pasivos de tributos administrados por el

Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria

(SENIAT) o que deban efectuar trámites ante el mismo, deberán inscribirse

en el Registro Único de Información Fiscal (RIF).

Igualmente deberán inscribirse en el referido Registro, los sujetos o

entidades no residentes o no domiciliadas en la República Bolivariana de

Venezuela, que no posean establecimiento permanente o base fija cuando

realicen actividades económicas en el país o posean bienes susceptibles de

ser gravados en el mismo.

El número de Registro Único de Información Fiscal (RIF) asignado al

sujeto pasivo, es único, exclusivo y excluyente, de carácter permanente,

personal y de uso obligatorio en cualquier documento, solicitud, trámite,

petición o actuación que se presente o realice ante el Servicio Nacional

Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), así como en las

declaraciones, facturas u otros documentos equivalentes que presente o

emita el sujeto pasivo.

La información fiscal del contribuyente contenida en el RIF es de gran

relevancia para el control que ejerce la Administración Tributaria sobre los

sujetos pasivos, ya que esto hace posible su ubicación efectiva cuando así

se requiera. Por ello, en el Código Orgánico Tributario (COT) se contempla la

obligación de informar a la Administración Tributaria, en un plazo máximo de

un (1) mes de producido, los siguientes hechos:

a) Cambio de directores, administradores, razón o denominación social

de la entidad.

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b) Cambio del domicilio fiscal.

c) Cambio de la actividad principal.

d) Cesación, suspensión o paralización de la actividad económica

habitual del contribuyente.

A los fines tributarios y de la actuación de la Administración Tributaria,

el domicilio queda definido de acuerdo a lo establecido en los artículos 30 al

35 del COT. Cualquier cambio en el mismo debe ser notificado a la

Administración Tributaria en un lapso menor o igual a treinta (30) días hábiles

con el objeto de actualizar la información contenida en el RIF.

Servicio Aduanero

Para la administración de la actividad aduanera, Venezuela tiene un

tipo de organización que reparte las responsabilidades funcionales entre las

Gerencias de Aduana (Nivel Operativo) y la Administración Central (Nivel

Normativo).

El Nivel Operativo, constituido por diecisiete aduanas principales con

sus respectivas oficinas subalternas, es el encargado de realizar el control

perceptivo de las mercancías objeto de declaración, así como la verificación

física de las mismas, y lo concerniente a la liquidación y pago de los tributos

y su posterior retiro.

El Nivel Normativo se encuentra conformado por la Intendencia

Nacional de Aduanas, unidad de dirección de la cual dependen la Gerencia

de Arancel, la Gerencia de Regímenes Aduaneros, la Gerencia del Valor y la

Gerencia de Control Aduanero.

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La Intendencia Nacional de Aduanas, como unidad ejecutora de la

política aduanera nacional, procura el cumplimiento de la legislación

aduanera y del mejoramiento de los procedimientos aduaneros, para

responder a los problemas planteados ante las metas de recaudación fiscal

por este ramo, vinculadas a la superación de los niveles de evasión fiscal, los

niveles de protección a las industrias, los obstáculos del comercio, los

desequilibrios de la balanza comercial y las reservas internacionales.

3. Sistema de Categorías

3.1 Definición Nominal

Categoría Nº 1: Cultura Tributaria

Categoría Nº 2: Responsabilidad de la Administración Tributaria

3.2 Definición Conceptual

Categoría Nº 1: Cultura Tributaria, es el conocimiento reflexivo del ser

humano en cuanto a la bondad del pago de los tributos, lo que le lleva a

cumplir natural y voluntariamente con sus obligaciones tributarias (Centro

Interamericano de Administradores Tributarios CIAT).

Categoría Nº 2: Responsabilidad de la Administración Tributaria, es de

competencia de la Administración Tributaria diseñar, desarrollar, y ampliar

programas de divulgación y educación tributaria que propenden a mejorar el

comportamiento de los sujetos pasivos en el cumplimiento voluntario y

oportuno de sus obligaciones tributarias y aduaneras (UNESCO).

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87

3.3 Definición Operacional

La categoría responsabilidad de la Administración Tributaria en el

desarrollo de una cultura tributaria en los venezolanos, se desglosa de

acuerdo a las subcategorías, derivadas de los objetivos específicos tales

como: Aspectos básicos relacionados con la cultura tributaria,

responsabilidad de la Administración Tributaria en cuanto a la formación de la

cultura tributaria de los venezolanos según lo establecido en el marco legal

venezolano y revisión y análisis de los diferentes textos bibliográficos

referentes al objeto de investigación.

Cuadro 1 Matriz de Análisis de la Categoría

Objetivo General: Evaluar la responsabilidad de la Administración tributaria en el desarrollo de cultura tributaria de los venezolanos

Objetivos Específicos Categoría Subcategorías Unidades de Análisis Examinar aspectos básicos relacionados con la cultura tributaria

Res

p. d

e la

Adm

inis

trac

ión

Trib

utar

ia

Cul

tura

Trib

utar

i

Aspectos básicos relacionados con la cultura tributaria.

Cultura, Elementos de la Cultura: actitudes, creencias, conciencia, normas, responsabilidad, valores. Tributo, Cultura Tributaria.

Analizar la Organización del Servicio Nacional Integrado de la Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

Organización del Servicio Nacional Integrado de la Administración

Aduanera y Tributaria (SENIAT).

Objeto, función autónoma (ley SENIAT art.Nº2) antecedentes, misión, visión, objetivos estratégicos G.O.Nº35.216, 35.427, 35.525, 35.442, 38.892 art 226 COT, resolución Nº 32. valores corporativos, estructura organizativa (Res. Nº 32) art 2, 3, 4

Enunciar las normas relacionadas con la responsabilidad de los funcionarios de la Administración Aduanera y Tributaria para desarrollar la cultura tributaria.

Normas relacionadas con la responsabilidad de los funcionarios de

la Administración Aduanera y Tributaria

para desarrollar la cultura tributaria.

Responsabilidad de la Administración Tributaria (ley SENIAT art Nº 4 y COT art Nº 1, funciones,atribuciones,facultades(COTartº121,127,137)competencias, deberes y normas de información.

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Cuadro 1 (Cont.)

Autora: Paz (2010).

Objetivo General: Evaluar la responsabilidad de la Administración tributaria en el desarrollo de cultura tributaria de los venezolanos

Objetivos Específicos Categoría Subcategorías Unidades de Análisis

Identificar las estrategias aplicadas por la Administración Tributaria Región Zuliana para incrementar la Cultura Tributaria de los ciudadanos.

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Estrategias aplicadas por la Administración Tributaria Región Zuliana para incrementar la Cultura Tributaria de los ciudadanos.

Estrategias informativas, divulgativas. Campañas de fiscalización. Operativos fiscal protector de ingresos (FPI) y medios de difusión.

Establecer lineamientos generales que pudieran servir para incrementar la Cultura Tributaria de los venezolanos.

Lineamientos generales que pudieran servir para incrementar la Cultura Tributaria de los venezolanos.

Se desarrollara en el Capitulo IV con el análisis de los anteriores.