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CAPITULO III SUSCRIPCIÓN DEL SEGURO DE AUTOMÓVILES 3.1 PROCEDIMIENTO 1. Recepción de cotizaciones, de Ventas Corporativo México o de Receptores Técnicos divisionales. La solicitud deberá ser enviada en el formato HOJA DE CONTROL DE CONDICIONES 2. Asignación de folio. 3. Envío de ACUSE DE RECIBO a Ventas Corporativo y/o Licitaciones 4. Revisará que los datos de HOJA DE CONTROL DE CONDICIONES sean correctos y completos. En el caso de que estén incorrectos o incompletos, rechazará la solicitud y enviará a Ventas Corporativo y/o Técnico Regional un ACUSE DE RECHAZO .

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CAPITULO III

SUSCRIPCIÓN DEL SEGURO DE AUTOMÓVILES

3.1 PROCEDIMIENTO

1. Recepción de cotizaciones, de Ventas Corporativo México o de

Receptores Técnicos divisionales. La solicitud deberá ser enviada en el

formato HOJA DE CONTROL DE CONDICIONES

2. Asignación de folio.

3. Envío de ACUSE DE RECIBO a Ventas Corporativo y/o Licitaciones

4. Revisará que los datos de HOJA DE CONTROL DE CONDICIONES sean

correctos y completos. En el caso de que estén incorrectos o incompletos,

rechazará la solicitud y enviará a Ventas Corporativo y/o Técnico Regional

un ACUSE DE RECHAZO .

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5. Realizará la búsqueda por nombre del cliente o del grupo, en la base de

VIGENTES A NIVEL NACIONAL, en la base de CRUZADO con los

Centros Operativo Norte y Sur, y en la base de cotizaciones de TECNICO

CORPORATIVO. A fin de identificar si el negocio se encuentra cotizado o

emitido en la Compañía. En caso de encontrar al cliente, en alguna de estas

fuentes, tomará nota para informar al Area Técnica.

6. Enviará al Area Técnica, la HOJA DE CONTROL DE CONDICIONES

solicitud del conducto e información adicional del cliente.

7. Realizará la condición (1) del Parque vehicular.

8. Entregará el paquete codificado a la Gerencia Técnica Automóviles.

9. Una vez realizada la propuesta por el Area Técnica, el Módulo de

Recepción será el encargado de recibirla y enviarla a Ventas Corporativo.

10. Archivará en medio físico y magnético, la propuesta y los antecedentes

de la misma.

3.2 AUTOMÓVILES

Clasificación

Automóviles Particulares

Anticuados y o clásicos (mayores de 15 años de antigüedad)

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Automóviles importados directos

Automóviles fronterizos

Automóviles regularizados (chocolates)

Automóviles de servicio público/taxis

Turistas

3.3 CAMIONES

Clasificación

De 0 a 1.5 toneladas

De mas de 1.5 hasta 3.5 tons.

Mas de 3.5 hasta 7.5 tons

Mas de 7.5 tons. Hasta 14 tons

Mas de 14 tons.

Camiones de servicio público/autobús, microbús

Tractocamiones

Semiremolques

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CONDICIONES DE ASEGURAMIENTO

Forma de pago, contrato, semestral y trimestral.

Firma de inspección del vehículo.

Tonelaje máximo 40 tons.

No opera ningún descuento

La suma asegurada, se determinará por modelo:

o Hasta 1987, valor convenido

o De 1988 hasta 2001 valor comercial

o Modelos 2002, valor factura hasta 3 meses de expedición

Condiciones de aseguramiento

Forma de pago, contado, semestral y bimestral.

Firma de inspección del vehículo

No opera ningún descuento

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La suma asegurada, se determinará por medio de

Hasta 1987, valor convenido

De 1988 hasta 2001 , valor comercial

Modelo 2002, valor factura hasta 3 meses de expedición.

3.4 VEHICULOS QUE REQUIEREN AUTORIZACIÓN PARA ASEGURARSE

o Grúas de Servicio público para arrastre de vehículos

o Motocicletas de servicio particular

o Vehículos de emergencia (siempre y cuando sean privados)

o Vehículos de renta diaria y turismo

o Blindados

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3.5 EXCLUSIONES

Revolvedoras

Vehículos de emergencia de servicio público

Grúas especializadas en movimiento de maquinaria

Unidades blindadas destinadas al transporte de dinero y

valores

Contenedores

3.6 POLÍTICAS DE SUSCRIPCIÓN

1.1 Automóviles Particulares

En todas las solicitudes de pólizas individuales, nuevas y renovaciones, se

deberá anotar la leyenda de inspección del vehículo certificando que no tiene

daños preexistentes con la firma del agente en la solicitud (indispensable)

Coberturas por amparar

Valor Comercial

Daños Materiales

Robo Total

Responsabilidad civil daños a terceros

Gastos médicos a ocupantes

Defensa legal vehicular

Accidentes al conductor

CONDICIONES DE ASEGURAMIENTO:

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• Solicitud de póliza de seguro de vehículos

• Calcas y/o tarjeta de circulación, fotografía con placa de circulación,

permiso de circulación vigente, factura de agencia

• Clave de Amis

• Número de placas

• Estado

• Población

• Número de motor

• Número de serie

• Registro Federal de Contribuyentes

• Copia de licencia de conductor

AUTOMÓVILES ANTICUADOS Y/O CLÁSICOS (MAYOR A 15 AÑOS DE ANTIGÜEDAD)

Se considera vehículo antiguo y/o clásico, aquel automóvil o camión que tenga de

15 a 24 años de uso.

Coberturas por amparar

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Valor Convenido

Daños Materiales

Robo total

Responsabilidad civil daños a terceros

Gastos Médicos

Defensa Legal vehicular

Accidentes al conductor

Requisitos para su aseguramiento:

Solicitud de póliza de seguro de vehículos, cumpliendo con los mismos

Requisitos solicitados para los vehículos residentes

Para la determinación de la Suma Asegurada, se verificarán las siguientes

Fuentes: guía EBC, AMIS, Autométrica, A.M.D.A.

Avalúo del centro de valuación de la Cia.

Avalúo de Agencia autorizada por la Cia.

AUTOMÓVILES IMPORTADOS DIRECTOS

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Se identifica como aquel vehículo que no fue adquirido por una Distribuidora

Nacional autorizada.

Requisitos para su aseguramiento:

Que cuente con la documentación correspondiente al pago de los derechos

arancelarios o de legalización y permiso de estadía en la Repúbica

Mexicana

Solicitud de póliza de seguro de vehículos, cumpliendo con los mismos

requisitos solicitados para los vehículos residentes.

Avalúo del Centro de Valuación de la Cia

Coberturas por amparar:

Valor convenido

Daños Materiales

Robo total

Responsabilidad civil daños a terceros

Gastos Médicos

Requisitos para aseguramiento en forma individual

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Solicitud de póliza de seguro de vehículos, cumpliendo con los

mismos requisitos solicitados para los vehículos residentes.

Para la determinación de la suma asegurada, se verificarán las

siguientes fuentes: Guía EBC, AMIS

Avalúo del centro de valuación de la Cia.

Avalúo de Agencia autorizada por la Cia.

AUTOMÓVILES FRONTERIZOS

Automóvil fronterizo: se identifica como aquel vehículo que circula con placas

de frontera

Condiciones de aseguramiento:

Que cuente con la documentación correspondiente al pago de los derechos

arancelarios o de legalización y permiso de estadía en la República

Mexicana

Solicitud de póliza de seguro de vehículos, cumpliendo con los mismos

requisitos solicitados para los vehículos residentes.

Coberturas por amparar:

Valor convenido

Daños materiales

Robo total,

Responsabilidad civil daños a terceros

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Gastos médicos a ocupantes

AUTOMÓVILES REGULARIZADOS (CHOCOLATES)

o Unidad de procedencia extranjera identificado dentro del rango de

modelos 1986 a 1993 (no quedan exentos los modelos posteriores)

o Se caracterizan por pagar impuestos menores al 35% del valor de la

unidad del país de origen

o Pertenecen a una Asociación

o Generalmente el número de serie comienza con los números 1 y 2

Para su aseguramiento es necesario presentar los siguientes requisitos:

1) Certificado de Propiedad (title certificate)

2) Documentos de regularización:

a) Calcomanía que acredite la inscripción del vehículo

b) Pedimento de Importación definitivo con sello de Aduana

Coberturas por amparar:

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Responsabilidad Civil de daños a terceros

No ampara servicio de asistencia

Tipo de póliza únicamente individuales

Vigencia anual

Forma de pago contado y por adelantado

AUTOMOVOES DE SERVICIO PUBLICO (TAXIS)

CONDICIONES DE ASEGURAMIENTO:

Sólo se aceptarán vehículos de hasta 5 años de antigüedad

Forma de pago de contado y por anticipado

Aplicación de su recargo correspondiente

Tarifa vigente al momento de la emisión

No opera ningún descuento tanto en individual como en flotilla

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COBERTURAS OBLIGATORIAS

Responsabilidad civil daños a terceros

Responsabilidad civil viajero

DEDUCIBLES PARA OPERAR EN ESTE TIPO DE VEHÍCULOS

Cobertura Deducible mínimo

Daños Materiales 10%

Robo total 20%

Responsabilidad civil daños a terceros 50% DSMGVDF

Responsabilidad civil al viajero 3,160 DSMGVDF

AUTOMÓVILES TURISTAS

CONDICIONES DE ASEGURAMIENTO

o Forma de pago de contado y por anticipado

o Aplicación de tarifa correspondiente en base a la suma asegurada en

dólares

o Tarifa vigente al momento de la emisión

o No opera ningún descuento

o Para su emisión, necesario permiso de estadía temporal.

o Para la determinación de la suma asegurada, se otorgará el valor del

mercado que el vehículo tenga en su país de origen de acuerdo con la

publicación del “Kelly Blue Book”, etc.

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COBERTURAS:

Valor convenido

Daños Materiales

Robo Total

Responsabilidad civil daños a terceros

Gastos médicos ocupantes

Defensa legal

CAMIONES RESIDENTES

2.1 De 0 A 1.5 Toneladas.

2.2 Más de 1.5 hasta 3.5 Ton

2.3 Más de 3.5 hasta 7.5 Ton

2.4 Más de 7.5 hasta 14 Ton

2.5 Más de 14 Ton.

CONDICIONES DE ASEGURAMIENTO:

º Deberá respetarse la tarifa vigente.

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º Forma de pago: contado, semestral y trimestral.

º Tarifa vigente al momento de la emisión

1. Para modelos anteriores al 1988, es necesario presentar avalúo autorizado

por oficina expedidora moras o Talleres autorizados por la Compañía; en caso

contrario se aplicará el valor convenido que presenta la Compañía.

2. Para modelos mayores o iguales al 1988 se emitirá a Valor comercial , es

decir, es un valor base que se le asigna para determinar el costo de la

póliza, lo cual no significa que sea el valor indemnizable al momento del

siniestro.

3. Valor Factura, este sólo operará para unidades nuevas, esta suma

asegurada será respetada siempre y cuando no rebase 3 (tres) meses de su

fecha de expedición; de lo contrario se seguirán las normas establecidas en

el punto 2.

4. Invariablemente para efectos de emisión es necesario presentar factura; de

lo contrario no se procederá a la emisión de la póliza.

5. Para amparar Adaptaciones o Equipo Especial, es necesario presentar

avalúo de éstos, en el caso de que las facturas presenten fecha anterior al

año 2004.

COBERTURAS

Valor convenido

Daños materiales

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Robo Total

Responsabilidad civil daños a terceros

Gastos médicos Ocupantes

Defensa Legal

Accidentes al conductor

Autobús, Microbús

Transporte de Personal, Empleados y Escolar

Condiciones de aseguramiento:

º Forma de pago: contado, semestral y trimestral.

º Firma de inspección del vehículo

º Deberá aplicarse el recargo correspondiente por Uso.

º No opera ningún descuento.

º La suma asegurada se deberá determinar mediante un avalúo si se trata

de unidades anteriores al modelo 2002. Para unidades nuevas se deberá

presentar factura, siempre y cuando esta no rebase los 3 (tres) meses de

su fecha de expedición; de lo contrario se deberá seguir el primer criterio

de este punto.

º Tarifa vigente al momento de la emisión.

º La cobertura de R.C. Viajero deberá contratarse en el Area de Daños.

COBERTURAS:

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Valor convenido

Daños materiales

Robo Total

Responsabilidad civil daños a terceros

Gastos médicos al conductor (*)

(*) No se cubrirán en microbuses.

En el caso en que se deseen contratar las coberturas adicionales como

Accidentes al conductor o GMO al conductor, deberá ser con su cobro

respectivo.

TRACTOCAMIONES

Condiciones de aseguramiento:

º Forma de Pago: contado, semestral y trimestral.

º Firma de inspección del vehículo

º Tonelaje máximo de 40 toneladas.

º No opera ningún descuento

º La suma asegurada se determinará de la siguiente manera:

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1. Para modelos anteriores á 1988, es necesario presentar Avalúo autorizado

por oficina expedidora moras o Talleres autorizados por la Compañía. En

caso contrario se aplicará el valor convenido que presenta la Compañía,

tomando en consideración que se trata de un valor Base ( no real) que se

utiliza para la determinación del costo de la póliza.

2. Para modelos mayores o iguales al 1988 su valor será determinado por

la Compañía ( Valor Comercial ), es decir, un valor base que se le asigna

para determinar el costo de la póliza; lo cual no significa que se trate de un

valor indemnizable al momento del siniestro.

3. Valor Factura, este sólo opera para unidades nuevas; esta suma asegurada

será respetada siempre y cuando no rebase los 3 (tres) meses de su fecha de

expedición; de lo contrario, se seguirán las normas establecidas en el punto 2.

4. En el caso de los Tractocamiones armados ( vehículos que por las

características de su fabricación o las adaptaciones que han sufrido, no

pueden asociarse a una marca o modelo específico a los fabricados ). En

este caso es necesario presentar factura y/o avalúo, por lo que su suma

asegurada quedará como convenida.

5. Invariablemente para efectos de emisión es necesario presentar factura; de

lo contrario no se procederá a la emisión de la póliza.

6. Para amparar Adaptaciones o Equipo Especial es necesario presentar avalúo

de éstas en el caso de que las facturas presenten fecha anterior al año

2003.

º Monitoreo de siniestralidad ( en el caso de rebasar el 55% de

siniestralidad sobre la prima devengada, se cancelará la póliza por alta

siniestralidad.

º Tarifa vigente al momento de la emisión.

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º La Responsabilidad Civil se hace extensiva para el remolque siempre y

cuando esté enganchado al Tractocamión y que éste se encuentre amparado

en la Compañía.

Coberturas:

Valor convenido y comercial (*)

Daños materiales

Robo total

Responsabilidad Civil daños a terceros

Gastos Médicos ocupantes

Defensa Legal

Accidentes al conductor

(*) El valor será dependiente del tipo y el rango de la unidad, según lo antes mencionado.

REMOLQUES NACIONALES

Condiciones de aseguramiento:

º Forma de pago: contado, semestral y trimestral.

º Firma de inspección del vehículo.

º Necesario presentar factura para corroborar el número de serie.

º No opera ningún descuento.

º La suma asegurada se determinará de la siguiente manera:

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1. Para modelos anteriores a 1988, es necesario presentar Avalúo autorizado

por oficina expedidora moras o. Talleres autorizados por la Compañía; en

caso contrario se aplicará el valor convenido que presenta al Compañía.

2. Para modelos mayores o iguales al 1988 se emitirá a Valor Comercial ), es decir un valor base que se le asigna para determinar el costo de la póliza;

lo cual no significa que sea el valor indemnizable en el momento del

siniestro.

3. Valor Factura, este valor operará sólo para unidades nuevas; esta suma

asegurad será respetada siempre y cuando no rebase los 3 (tres) meses

de su fecha de expedición; de lo contrario se seguirán las normas establecidas

en el punto 2.

4. Invariablemente, para efectos de emisión, es necesario presentar factura,

pues de lo contrario no se procederá a la emisión de la póliza.

º Requisito indispensable es que el tractocamión que lo remolca esté

asegurado en esta Compañía.

Para emisión, es necesario proporcionar el número de póliza ya que la póliza

remolque tendrá el mismo fin de vigencia que la póliza del tractocamión.

La póliza del tractocamión deberá estar vigente y pagada y con el mismo

contratante del remolque; de lo contrario, no se expedirá la póliza.

º Queda fuera de política la suscripción de contenedores.

Monitoreo de siniestralidad ( en el caso de rebasar el 55% de

siniestralidad sobre la prima devengada se cancelará la póliza por alta siniestralidad)

º Tarifa vigente en el momento de la emisión.

Coberturas:

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Valor convenido y Comercial (*)

Daños Materiales

Robo Total

(*) Los casos de remolques indistintos se deberán turnar al área central lineas personales para

su análisis y determinación de coberturas.

VEHICULOS QUE REQUIEREN AUTORIZACIÓN PARA ASEGURARSE

Grúas de Servicio Público para arrastre de Vehículos

Condiciones d aseguramiento:

º Aplicar un recargo del 50% en la cobertura de Responsabilidad Civil.

º En el caso de que se requiera cubrir la adaptación, es necesario presentar

avalúo para DM. y R.T.

º Forma de pago: contado, semestral y trimestral

º Firma de inspección del vehículo

º No opera ningún descuento

Coberturas:

Valor Comercial

Daños materiales

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Robo Total

Responsabilidad Civil daños a terceros

Gastos Médicos Ocupantes

Defensa Legal

NOTA. En ningún caso se cubrirán daños por la carga, ni daños ocasionados

a los vehículos en las maniobras de arrastre y/o enganche.

Motocicletas de Servicio Particular

Condiciones de aseguramiento:

º Deberá contar con primas de apoyo del mismo contratante en los ramos

principales de ( Vida y Paquete Empresarial), las cuales deberán representar

el 100% del valor declarado de la motocicleta en primas netas pagadas. Para

garantizar este requisito es necesario que se proporcione el número de las

pólizas y copia de la carátula de las mismas con el mismo contratante.

Condiciones de aseguramiento:

º Forma de Pago: contado, trimestral y semestral

º Firma de inspección de la unidad .

º No opera ningún descuento.

º En el caso de servicio particular se deberá aplicar un recargo del 75 %

directo en todas sus coberturas

º En el caso de servicio de reparto se deberá aplicar un recargo del 99%

directo en todas sus coberturas.

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º La suma asegurada se deberá determinar mediante un Avalúo o en

base a la Guía EBC de Motocicletas; para esto se deberá determinar el

tipo exacto de la unidad.

º Monitoreo de siniestralidad (máximo 55% sobre prima devengada )

º Tarifa vigente en el momento de la emisión

º La cobertura G.M.O. seguirá fuera de políticas.

Deducibles para operar:

Cobertura Deducible mínimo

Daños Materiales 10%

Robo Total 20%

Responsabilidad Civil daños a terceros 50 DSMGVDF

En caso de contratar Defensa Legal Vehicular será con su cobro correspondiente.

Vehículos de emergencia Privados (ambulancias, patrullas, bomberos )

Condiciones de aseguramiento:

º Únicamente se cubrirán aquellos que sean de servicio particular ( propiedad de

la empresa ) aplicando sin excepción los recargos por uso del vehículo.

º Forma de Pago: Contado y por anticipado.

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º Firma de inspección de la unidad

º No opera ningún descuento

º Tarifa vigente en el momento de la emisión

º No se deberán otorgar cobertura de G.M.O. y Defensa Legal.

Cobeerturas

Cobertura Deducible mínimo

Daños materiales 10%

Robo total 20%

Responsabilidad Civil daños a terceros L.U.C.

Vehículos de Turismo y Renta Diaria

Condiciones de aseguramiento:

º Sólo se aceptan vehículo hasta de 5 años de uso, con sus correspondientes

recargos por Uso.

º Forma de Pago: Contado y por anticipado.

º Firma de inspección de la unidad.

º No opera ningún descuento

º Monitoreo de siniestralidad ( máximo 55% sobre prima devengada)

º Tarifa vigente en el momento de la emisión

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º No se deberán otorgar cobertura Defensa Legal.

º En el caso de Renta Diaria se analizará por regiones ya que en la actualidad

algunas de nuestras Divisiones presentan alta siniestralidad. Dependiendo del

estudio realizado, se determinará el recargo correspondiente que se deberá

aplicar, adicional al cargo por Uso, sobre la prima neta de cada cobertura.

Coberturas :

Cobertura Deducible mínimo

Daños Materiales 10%

Robo Total 20%

Responsabilidad Civil daños a terceros 99 DSMGVDF

Gastos Médicos ocupantes 50,000

Responsabilidad Civil Viajero (*) 3,160 DSMGVDF

Accidentes al conductor Sólo Turismo

(*) Sólo opera para servicio de Turismo.

Vehículos blindados

Condiciones de aseguramiento:

º En todos los casos en los cuales el valor total del vehículo rebase el

límite de retención de :

1 500, 000 para automóviles

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2 000, 000 para camiones

Deberán ser enviados a la Gerencia de Normatividad de Líneas Personales

para que éste a su vez sea tramitado en el Area de Resguardo Facultativo.

La Suma Asegurada de estos vehículos estará compuesta por :

A) Automóviles

º Valor de la Unidad y valor del blindaje

º Es requisito indispensable anexar copia de la factura (unidad y blindaje)

donde se especifique el nivel del blindaje y el número de serie de la

Unidad a la cual fue instalado. La factura sólo será válida a los dos años

de facturación; de lo contrario se deberá presentar avalúo.

º Presentar copia de las dos últimas calcas ( verificaciones )

º Lugar donde circula el vehículo

º Si cuenta con escolta

º Si tiene acceso controlado en donde se estaciona

º Experiencia Siniestral del Conductor

COBERTURAS:

Cobertura

Daños Materiales

Robo total

Responsabilidad Civil daños a tercero

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Gastos Médicos ocupantes

Defensa Legal

B) Camiones

º Valor de la unidad y valor del blindaje

º Es requisito indispensable anexar copia de la factura ( unidad y blindaje)

donde se especifique el nivel del blindaje y el número de serie de la

unidad en la cual fue instalado.

º Presentar copia de las dos últimas calcas ( verificaciones )

º Indicar el tipo de servicio Público o Particular

º Con que sistema de alarma cuenta

º Giro de la empresa

º Mercancía que transporta ( especificar el producto)

º Forma de pago Contado

º Firma de inspección de la unidad

º No opera ningún descuento

º Monitoreo de siniestralidad ( máximo 55% sobre prima devengada)

º Tarifa vigente en el momento de la emisión

º Vigencia Anual

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º Lugar donde circula el vehículo

º Si cuenta con escolta

º Si tiene acceso controlado en donde se estaciona

º Experiencia Siniestral del Conductor

COBERTURAS

Cobertura

Daños Materiales

Robo Total

Responsabilidad Civil daños a terceros

Gastos Médicos Ocupantes

Defensa Legal

Remolques Casa Habitación

Condiciones de aseguramiento:

º Solicitud de póliza de seguro de vehículos

º Forma de pago Contado

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º Es indispensable que el vehículo que lo vaya a remolcar debe estar

cubierto en esta Compañía, al cual se le deberá cobrar un recargo del 45%

en la cobertura de Responsb8lidad Civil.

º La suma asegurada se determinará con base en un avalúo. (Inspección

por parte del Centro de Valuación de la Compañía.)

º En el caso de remolques extranjeros, se deberán presentar los siguientes

requisitos:

Para efectos de emisión es necesario presentar:

1.- Certificado de propiedad ( Title certificate)

2.- Documentos de regularización:

c) Calcomanía que acredita la inscripción del vehículo

d) Pedimento de importación definitivo con sello de aduana

COBERTURAS:

Valor convenido

Daños Materiales

Robo Total

Responsabilidad Civil daños a terceros

Gastos Médicos a Ocupantes

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º En el caso de que no se cuente con la documentación requerida sólo se

podrá asegurar en Responsabilidad Civil.

EXCLUSIONES

Vehículos que no podrán ser asegurados:

º Revolvedoras

º Vehículos de emergencia de servicio público ( ambulancias, patrullas,

bomberos y similares )

º Grúas especializadas en movimientos de maquinaria y/o que no se

encuentren montadas en un chasis.

º Unidades Blindadas destinadas al transporte de Dinero y Valores.

º Servicio Público ( Taxis) con más de cinco años de antigüedad

º Autobuses urbanos en Area Metropolitana y D.F.

º Contenedores