Carta Internacional Sobre La Conservación y La Restauración de Monumentos y Sitios
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CARTA INTERNACIONAL SOBRE LA CONSERVACIN Y LA RESTAURACIN DE MONUMENTOS Y SITIOS
Carta de Venecia - 1964
II CONGRESO INTERNACIONAL DE ARQUITECTOS Y TCNICOS DE MONUMENTOS HISTRICOS, VENECIA 1964.
Adoptada por ICOMOS en 1965
Cargadas de un mensaje espiritual del pasado, las obras
monumentales de los pueblos continan siendo en la vida
presente el testimonio vivo de sus tradiciones seculares. La
humanidad, que cada da toma conciencia de la unidad de los
valores humanos, los considera como un patrimonio comn, y
de cara a las generaciones futuras, se reconoce solidariamente
responsable de su salvaguarda. Debe transmitirlos en toda la
riqueza de su autenticidad.
Por lo tanto, es esencial que los principios que deben presidir la
conservacin y la restauracin de los monumentos sean
establecidos de comn y formulados en un plan internacional
dejando que cada nacin cuide de asegurar su aplicacin en el
marco de su propia cultura y de sus tradiciones.
Dando una primera forma a estos principios fundamentales, la
Carta de Atenas de 1931 ha contribuido al desarrollo de un
vasto movimiento internacional, que se ha traducido
principalmente en los documentos nacionales, en la actividad
del ICOM y de la UNESCO y en la creacin, por esta ltima, de
un Centro internacional de estudios para la conservacin de los
bienes culturales. La sensibilidad y el espritu crtico se han
vertido sobre problemas cada vez ms complejos y ms utiles;
tambin ha llegado el momento de volver a examinar los
principios de la Carta a fin de profundizar en ellos y de
ensanchar su contenido en un nuevo documento.
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En consecuencia, el II Congreso Internacional de Arquitectos y
de Tcnicos de Monumentos Histricos, reunido en Venecia del
25 al 31 de mayo de 1964, ha aprobado el siguiente texto:
DEFINICIONES
Artculo 1.
La nocin de monumento histrico comprende la creacin
arquitectnica aislada as como el conjunto urbano o rural que
d testimonio de una civilizacin particular, de una evolucin
significativa, o de un acontecimiento histrico. Se refiere no
slo a las grandes creaciones sino tambin a las obras modestas
que han adquirido con el tiempo una significacin cultural.
Artculo 2.
La conservacin y restauracin de monumentos constituye una
disciplina que abarca todas las ciencias y todas las tcnicas que
puedan contribuir al estudio y la salvaguarda del patrimonio
monumental.
Artculo 3.
La conservacin y restauracin de monumentos tiende a
salvaguardar tanto la obra de arte como el testimonio histrico.
CONSERVACIN
Artculo 4.
La conservacin de monumentos implica primeramente la
constancia en su mantenimiento.
Artculo 5.
La conservacin de monumentos siempre resulta favorecida por
su dedicacin a una funcin til a la sociedad; tal dedicacin es
por supuesto deseable pero no puede alterar la ordenacin o
decoracin de los edificios. Dentro de estos lmites es donde se
debe concebir y autorizar los acondicionamientos exigidos por
la evolucin de los usos y costumbres.
Artculo 6.
La conservacin de un monumento implica la de un marco a su
escala. Cuando el marco tradicional subsiste, ste ser
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conservado, y toda construccin nueva, toda destruccin y
cualquier arreglo que pudiera alterar las relaciones entre los
volmenes y los colores, ser desechada.
Artculo 7.
El monumento es inseparable de la historia de que es testigo y
del lugar en el que est ubicado. En consecuencia, el
desplazamiento de todo o parte de un monumento no puede ser
consentido nada ms que cuando la salvaguarda del monumento
lo exija o cuando razones de un gran inters nacional o
internacional lo justifiquen.
Artculo 8.
Los elementos de escultura, pintura o decoracin que son parte
integrante de un monumento slo pueden ser separados cuando
esta medida sea la nica viable para asegurar su conservacin.
RESTAURACIN
Artculo 9.
La restauracin es una operacin que debe tener un carcter
excepcional. Tiene como fin conservar y revelar los valores
estticos e histricos del monumento y se fundamenta en el
respeto a la esencia antigua y a los documentos autnticos. Su
lmite est all donde comienza la hiptesis: en el plano de las
reconstituciones basadas en conjeturas, todo trabajo de
complemento reconocido como indispensable por razones
estticas o tcnicas aflora de la composicin arquitectnica y
llevar la marca de nuestro tiempo. La restauracin estar
siempre precedida y acompaada de un estudio arqueolgico e
histrico del monumento.
Artculo 10.
Cuando las tcnicas tradicionales se muestran inadecuadas, la
consolidacin de un monumento puede ser asegurada
valindose de todas las tcnicas modernas de conservacin y de
construccin cuya eficacia haya sido demostrada con bases
cientficas y garantizada por la experiencia.
Artculo 11.
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Las valiosas aportaciones de todas las pocas en la edificacin
de un monumento deben ser respetadas, puesto que la unidad
de estilo no es un fin a conseguir en una obra de restauracin.
Cuando un edificio presenta varios estilos superpuestos, la
desaparicin de un estadio subyacente no se justifica ms que
excepcionalmente y bajo la condicin de que los elementos
eliminados no tengan apenas inters, que el conjunto puesto al
descubierto constituya un testimonio de alto valor histrico,
arqueolgico o esttico, y que su estado de conservacin se
juzgue suficiente. El juicio sobre el valor de los elementos en
cuestin y la decisin de las eliminaciones a efectuar no
pueden depender nicamente del autor del proyecto.
Artculo 12.
Los elementos destinados a reemplazar las partes inexistentes
deben integrarse armoniosamente en el conjunto,
distinguindose claramente de las originales, a fin de que la
restauracin no falsifique el documento artstico o histrico.
Artculo 13.
Los aadidos no deben ser tolerados en tanto que no respeten
todas las partes interesantes del edificio, su trazado
tradicional, el equilibrio de su composicin y sus relaciones con
el medio ambiente.
LUGARES MONUMENTALES (CONJUNTOS HISTORICO-ARTISTICOS)
Artculo 14.
Los lugares monumentales deben ser objeto de atenciones
especiales a fin de salvaguardar su integridad y de asegurar su
saneamiento, su tratamiento y su realce. Los trabajos de
conservacin y de restauracin que en ellos sean ejecutados
deben inspirarse en los principios enunciados en los artculos
precedentes.
EXCAVACIONES
Artculo 15.
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Los trabajos de excavaciones deben llevarse a cabo de acuerdo
con las normas cientficas y con la "Recomendacin que define
los principios internacionales a aplicar en materia de
excavaciones arqueolgicas" adoptada por la UNESCO en 1956.
El mantenimiento de las ruinas y las medidas necesarias para la
conservacin y proteccin permanente de los elementos
arquitectnicos y de los objetos descubiertos deben estar
garantizados. Adems, se emplearn todos los medios que
faciliten la comprensin del monumento descubierto sin
desnaturalizar su significado.
Cualquier trabajo de reconstruccin deber, sin embargo,
excluirse a priori; slo la anastilosis puede ser tenida en
cuenta, es decir, la recomposicin de las partes existentes pero
desmembradas. Los elementos de integracin sern siempre
reconocibles y constituirn el mnimo necesario para asegurar
las condiciones de conservacin del monumento y restablecer
la continuidad de sus formas.
DOCUMENTACIN Y PUBLICACIN
Artculo 16.
Los trabajos de conservacin, de restauracin y de excavacin
irn siempre acompaados de la elaboracin de una
documentacin precisa, en forma de informes analticos y
crticos, ilustrados con dibujos y fotografas. Todas las fases del
trabajo de desmontaje, consolidacin, recomposicin e
integracin, as como los elementos tcnicos y formales
identificados a lo largo de los trabajos, sern all consignados.
Esta documentacin ser depositada en los archivos de un
organismo pblico y puesta a la disposicin de los
investigadores; se recomienda su publicacin.
Han participado en la Comisin para la redaccin de la Carta
Internacional para la Conservacin y Restauracin des
Monumentos:
Sr. D. Piero Gazzola (Italia), Presidente
Sr. D. Raymond Lemaire (Blgica), Ponente
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Sr. D. Jos Bassegoda-Nonell (Espaa)
Sr. D. Luis Benavente (Portugal)
Sr. D. Djurdje Boskovic (Yugoslavia)
Sr. D. Hiroshi Daifuku (UNESCO)
Sr. D. P.L. de Vrieze (Pases Bajos)
Sr. D. Harald Langberg (Dinamarca)
Sr. D. Mario Matteucci (Italia)
Sr. D. Jean Merlet (Francia)
Sr. D. Carlos Flores Marini (Mxico)
Sr. D. Roberto Pane (Italia)
Sr. D. S. C. J. Pavel (Checoslovaquia)
Sr. D. Paul Philippot (ICCROM)
Sr. D. Victor Pimentel (Per)
Sr. D. Harold Plenderleith (ICCROM)
Sr. D. Deoclecio Redig de Campos (Cuidad de
Vaticano)
Sr. D. Jean Sonnier (Francia)
Sr. D. Francois Sorlin (Francia)
Sr. D. Eustathios Stikas (Grecia)
Gertrud Tripp (Austria)
Jan Zachwatovicz (Polania)
Mustafa S. Zbiss (Tnez)
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