Carta legislación nac trabajo infantil2010 2009
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Marco Jurídico Nacional con Marco Jurídico Nacional con relación a los derechos laborales relación a los derechos laborales
de los y las Adolescentes de los y las Adolescentes Constitución Política
Ley 474 de Reforma al Titulo VI; Libro Primero del CT de
Nicaragua. Del Trabajo de los y las Adolescentes
Ley General de Inspección del Trabajo (Ley 664)
Acuerdo Ministerial JCH 008-05-07; sobre la aplicación de
la Ley 474 Listado de Trabajos
Peligrosos (Acuerdo Ministerial VGC-JCHG-08-06-
10) Ley de reformas y adiciones
al capitulo I del titulo VIII del CT de la república de
Nicaragua(Ley 666 Trabajo
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¿Porqué las niñas, los niños y ¿Porqué las niñas, los niños y adolescentes tienen derechos?adolescentes tienen derechos?
• Por que son personas.
• Por que son parte de una nación y Estado que estable-ce leyes que les garantiza una vida digna.
• Por su edad necesitan una protección especial.
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¿Qué establece nuestra ¿Qué establece nuestra Constitución Política en su Constitución Política en su
Arto. 84?Arto. 84?
Establece la protección contra cualquier clase de explotación económica y social hacia la niñez y la adolescencia, por lo que el Estado se encuentra comprometido a tomar todas las medidas posibles, a fin de erradicar el trabajo infantil y garantizar la protección del trabajo de adolescentes
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El Art. 1 de La Ley No.474 del trabajo de los y las adolescentes
Se considera adolescente trabajador a los y las comprendidas en edades de 14 a 18 años no cumplidos, que mediante remuneración económica realizan actividades productivas o presta servicios de orden material, intelectual u otros de manera permanente temporal.
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El Arto. 2 de la Ley No 474 establece que: La edad mínima para trabajar mediante remuneración laboral es
de 14 años;
En consecuencia se prohíbe el trabajo a menores de esa edad.
A los y las adolescentes que trabajan se les reconocerá capacidad jurídica para la celebración de contratos de
trabajo, a partir de los 16 años de edad. Los y las adolescentes comprendidas entre las edades de 14 a 16 años no cumplidos, podrán celebrar contratos de trabajo
con el permiso de sus padres o representante legal, bajo a supervisión del Ministerio del Trabajo.
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Conoce los derechos de los y las Conoce los derechos de los y las adolescentes que trabajan.adolescentes que trabajan.El Arto. 5 de la ley No. 474 El Arto. 5 de la ley No. 474
EstableceEstablece .• Son derechos de los y las
adolescentes que trabajan:• A) Realizar trabajos en condiciones
de respeto y goce de sus derechos fundamentales.
• B) Salario igual, por trabajo realizado, igual al de otros trabajadores.
• C) Ser remunerados en moneda de curso legal, siendo prohibido el pago en especie.
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•D) Tener condiciones de trabajo, que les garanticen seguridad física, salud física y mental, higiene y protección contra los riesgos laborales.
•E) Los y las adolescentes con alguna discapacidad, deberán tener condiciones laborales físicas ambientales adecuadas.
•F) Tener una jornada laboral que no exceda las seis horas diarias y treinta semanales.
•G) Los beneficios de la Seguridad Social y de programas especiales de salud.
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Ley de Reformas y Adiciones al Capitulo I del Titulo VIII del Código del Trabajo de la república de Nicaragua ( Ley 666 Trabajo
Domestico)
Los Adolecentes pueden desempeñar servicios del hogar, siempre y cuando tenga la edad permitida por la ley que es de14 años cumplidos.
Las personas que contraten adolescentes para desempeñar servicios del hogar están obligados a notificarle a la Inspectoría Departamental correspondiente dentro de los 15 días hábiles siguientes de la contratación.
La jornada laboral establecida será de 6 horas diarias y 30 semanales entre las 6 am y 8 pm y en consecuencia derecho a todas las prestaciones sociales que el código del trabajo y leyes relacionadas les concede
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DEBES SABER QUE ES PROHIBIDO PARA LAS PERSONAS DEBES SABER QUE ES PROHIBIDO PARA LAS PERSONAS
ADOLESCENTES CON FORME EL ARTO. 4 DE LA LEY No 474ADOLESCENTES CON FORME EL ARTO. 4 DE LA LEY No 474 • Trabajos por las noches.• Realizar actividades en jornadas
extraordinarias• Trabajar con electricidad.• Trabajos en minas canteras lugares
insalubres, minas, subterráneo, basureros.
• Trabajos que impliquen manipulación de sustancias psicotrópicas o tóxicas.
• Trabajos en centros nocturnos de diversión y otros que por su naturaleza, vulneren la dignidad y los derechos humanos .
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Listado de Trabajos Peligrosos(Acuerdo Ministerial JCHG-08-06-10)
TRABAJO PELIGROSO Por su naturaleza
conlleva factores de RIESGO que afectan la salud física y psíquica de los y las adolescentes que trabajan, falta de:
Condiciones de seguridad
Medio ambiente físico Contaminantes
químicos y biológicos
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• TRABAJO PELIGROSO
• Por su condición afecta la salud física psíquica y la integridad moral de los y las adolescentes que trabajan, como carga física, mental y la organización y división del trabajo.
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En el ejercicio de sus funciones todo inspector o inspectora del trabajo tendrá las siguientes facultades
(Acuerdo Ministerial 008-05-07)
:
Efectuar inspecciones de trabajo o visitas de acuerdo a la forma que lo estime oportuno. Tratándose de quejas presentadas por trabajadores, éstos pueden acompañar al inspector siempre que estén al servicio del empleador o sean representante de aquellos.
Realizar entrevistas al personal de la finca, empresa centro o establecimiento objeto de inspección, pudiendo retirar a una de las partes para evitar la influencia que la misma pueda ejercer sobre los entrevistados.
Realizar capacitaciones para los padres y madres de familia con el fin de dar a conocer los riesgos que conlleva para las niñas, niños y adolescentes la realización de trabajos peligrosos.
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SancionesSancionesEl Arto. 6 de la Ley 474 establece :El Arto. 6 de la Ley 474 establece :
Las violaciones de los derechos laborales de los y las adolescentes serán sancionados con multas progresivas que oscilaran de 5 a 15 salarios mínimos promedio, que aplicarán hasta tres veces la Inspectoría Departamental del Trabajo, correspondiente, sin perjuicio de acordar la reincidencia, la suspensión o cierre temporal del estable-cimiento.
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Ley General de Inspección del Trabajo (Ley 664)
• Establece como infracción muy grave, las vinculadas al incumplimiento de las disposiciones contenidas en el Código del Trabajo y Convenios Fundamentales de la OIT ratificados por Nicaragua sobre trabajo infantil y serán sancionadas con multa entre cuarenta y ochenta salarios mínimos vigentes en el sector económico del centro de trabajo al que se le aplica la sanción. (Artos. 46 inc f; 52 y 57 inc c).
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Derechos relacionados con Derechos relacionados con el trabajo.el trabajo.
• Los adolescentes tienen derecho a seguir estudian-do.
• El trabajo no puede afectar la asistencia y rendimiento escolar
• La parte empleadora tiene que dar facilidades para que los adolescentes sigan estudiando.
![Page 16: Carta legislación nac trabajo infantil2010 2009](https://reader034.fdocumento.com/reader034/viewer/2022052506/5574b2e2d8b42a555a8b56ee/html5/thumbnails/16.jpg)
EL RETO ES DE TODOS Y JUNTOS PODEMOS LOGRARLO!!