Carta rd especialidades noviembre

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Confederación Estatal de Asociaciones de Profesores de Economía en Secundaria Estimado Subdirector General de Ordenación Académica: Vuelvo a ponerme en contacto con usted para tratar el tema del RD de Especialidades y la atribución docente de las asignaturas de contenido económico. Como recordará, mantuvimos una entrevista en el Ministerio en la que participó por nuestra parte la presidenta de nuestra asociación en Madrid (Adesmad) y en la que le expusimos nuestra inquietud sobre el tema. En dicha reunión también estuvo su antecesora en el cargo, Mª José Fabre, y se nos aseguró que la atribución docente de las nuevas asignaturas económicas: Economía e Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial, pertenecería a la especialidad de Economía. Una vez leído el Proyecto de real Decreto de Especialidades, me gustaría transmitirle las consideraciones de nuestra asociación por si ayudara a mejorar el texto antes de su aprobación. 1- En el anexo III en el que se asignan las materias docentes de la ESO a determinadas especialidades, junto con la especialidad de Economía aparece la de FOL a la hora de la atribución docente de la asignatura Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial . Sin querer minusvalorar a los compañeros de FOL, pensamos que la especialidad de Economía es la que está realmente capacitada para impartir la materia ya que nuestra formación académica así nos respalda. En este sentido, y al igual que ocurre con los profesores de Informática y Tecnología, pedimos que en el anexo figure expresamente la prelación de nuestra especialidad cuando en un mismo centro concurran profesores de Economía y de FOL. 2- Tampoco entendemos muy bien cómo en el anexo V se permite a los profesores de Filosofía, cuya formación es claramente Humanística, poder impartir esta asignatura al igual que a los profesores de Matemáticas tener atribución en la materia de Economía de la empresa, perteneciente al Bachillerato. En estos casos, nos parece obvio que su formación es claramente insuficiente. 3- Para finalizar, desearíamos que hubiera una reciprocidad con las especialidades de los Ciclos Formativos. Si Administración de Empresas, FOL y Organización y Gestión Comercial están capacitados para impartir asignaturas de carácter económico, igualmente la especialidad de Economía lo está para impartir módulos profesionales de carácter económico y empresarial. Una vez más, nuestra formación como Licenciados y Graduados en Economía y/o Administración de Empresas debería ser suficiente aval. Agradeciéndole su tiempo y con la confianza de que consideren nuestras aportaciones, reciba un afectuoso saludo. Silvia Martínez Méndez Presidenta de CEAPES Confederación Estatal de Asociaciones de Profesorado de Economía en Secundaria CEAPES. Avenida da Universidade s/n; 32005 Ourense. Teléfono 647.48.83.96 Inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones; Grupo I, Sección 2, Número nacional 50.904. www.ceapes.es

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Confederación Estatal de Asociaciones de Profesores de Economía en Secundaria

Estimado Subdirector General de Ordenación Académica:

Vuelvo a ponerme en contacto con usted para tratar el tema del RD de Especialidades y la atribucióndocente de las asignaturas de contenido económico.

Como recordará, mantuvimos una entrevista en el Ministerio en la que participó por nuestra parte lapresidenta de nuestra asociación en Madrid (Adesmad) y en la que le expusimos nuestra inquietud sobreel tema. En dicha reunión también estuvo su antecesora en el cargo, Mª José Fabre, y se nos aseguróque la atribución docente de las nuevas asignaturas económicas: Economía e Iniciación a la ActividadEmprendedora y Empresarial, pertenecería a la especialidad de Economía.

Una vez leído el Proyecto de real Decreto de Especialidades, me gustaría transmitirle lasconsideraciones de nuestra asociación por si ayudara a mejorar el texto antes de su aprobación.

1- En el anexo III en el que se asignan las materias docentes de la ESO a determinadas especialidades,junto con la especialidad de Economía aparece la de FOL a la hora de la atribución docente de laasignatura Iniciación a la Actividad Emprendedora y Empresarial.

Sin querer minusvalorar a los compañeros de FOL, pensamos que la especialidad de Economía es la queestá realmente capacitada para impartir la materia ya que nuestra formación académica así nos respalda.

En este sentido, y al igual que ocurre con los profesores de Informática y Tecnología, pedimos que enel anexo figure expresamente la prelación de nuestra especialidad cuando en un mismo centroconcurran profesores de Economía y de FOL.

2- Tampoco entendemos muy bien cómo en el anexo V se permite a los profesores de Filosofía, cuyaformación es claramente Humanística, poder impartir esta asignatura al igual que a los profesores deMatemáticas tener atribución en la materia de Economía de la empresa, perteneciente al Bachillerato.En estos casos, nos parece obvio que su formación es claramente insuficiente.

3- Para finalizar, desearíamos que hubiera una reciprocidad con las especialidades de los CiclosFormativos. Si Administración de Empresas, FOL y Organización y Gestión Comercial estáncapacitados para impartir asignaturas de carácter económico, igualmente la especialidad de Economía loestá para impartir módulos profesionales de carácter económico y empresarial. Una vez más, nuestraformación como Licenciados y Graduados en Economía y/o Administración de Empresas debería sersuficiente aval.

Agradeciéndole su tiempo y con la confianza de que consideren nuestras aportaciones, reciba unafectuoso saludo.

Silvia Martínez Méndez

Presidenta de CEAPESConfederación Estatal de Asociaciones de Profesorado de Economía en Secundaria

CEAPES. Avenida da Universidade s/n; 32005 Ourense. Teléfono 647.48.83.96Inscrita en el Registro Nacional de Asociaciones; Grupo I, Sección 2, Número nacional 50.904.

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