Caso Preferencias Arancelarias - Nmf

download Caso Preferencias Arancelarias - Nmf

of 1

description

CASO PREFERENCIAS ARANCELARIAS - NMF

Transcript of Caso Preferencias Arancelarias - Nmf

  • Edicin 2013 99

    CE PREFERENCIAS ARANCELARIAS1

    (DS246)

    PARTES ACUERDO CALENDARIO DE LA DIFERENCIA

    Reclamante India Prrafo 1 del artculoI del GATT

    Apartado a) del prrafo2 de la Clusula de Habilitacin

    Establecimiento delGrupo Especial 27 de enero de 2003

    Distribucin del informe del Grupo Especial 1 de diciembre de 2003

    Demandado Comunidades EuropeasDistribucin del informe del rgano de Apelacin 7 de abril de 2004

    Adopcin 20 de abril de 2004

    1. MEDIDA Y PRODUCTO EN LITIGIO Medida en litigio: sistema generalizado de preferencias arancelarias (SGP) de las Comunidades Europeas para

    pases en desarrollo y economas en transicin. En particular, el rgimen especial, en el marco del sistema, para luchar contra la produccin y el trfico de drogas (el Rgimen Droga), cuyos beneficios slo se aplican a los 12 pases enumerados que experimentan problemas de cierta gravedad relacionados con las drogas.2

    Producto en litigio: productos importados de la India frente a los productos importados de los 12 pases beneficiarios del Rgimen Droga en el marco del SGP de las CE.

    2. RESUMEN DE LAS PRINCIPALES CONSTATACIONES DEL GRUPO ESPECIAL/ RGANO DE APELACIN Prrafo 1 del artculoI del GATT (trato de la nacin ms favorecida): el Grupo Especial constat que las ventajas

    arancelarias otorgadas en el marco del Rgimen Droga eran incompatibles con el prrafo1 del artculoI, ya que slo se concedan a los productos originarios de los 12 pases beneficiarios, y no a los productos similares originarios de todos los dems Miembros, incluidos los originarios de la India.

    Apartado a) del prrafo2 de la Clusula de Habilitacin: el rgano de Apelacin convino con el Grupo Especial en que la Clusula de Habilitacin es una excepcin a lo dispuesto en el prrafo1 del artculoI del GATT y concluy que el Rgimen Droga no poda justificarse al amparo del apartado a) del prrafo2 de la Clusula de Habilitacin, ya que la medida, entre otras cosas, no estableca ningn criterio objetivo que, de satisfacerse, permitira que otros pases en desarrollo a los que afecta de forma similar el problema de la droga fueran incluidos entre los beneficiarios de la medida. En ese sentido, el rgano de Apelacin, aunque confirm la conclusin del Grupo Especial, no estuvo de acuerdo con su razonamiento y constat que no todas las diferencias en el trato arancelario de los beneficiarios del SGP necesariamente constituan un trato discriminatorio. El otorgamiento de distintas preferencias arancelarias a productos originarios de distintos beneficiarios del SGP est autorizado por los trminos no discriminatorio que figuran en la nota 3 al prrafo2, siempre que las preferencias arancelarias pertinentes respondan positivamente a una necesidad de desarrollo, financiera o comercial concreta y se pongan a disposicin, sobre la base de un criterio objetivo, de todos los beneficiarios que comparten esa necesidad.

    3. OTRAS CUESTIONES3

    Carga de la prueba (Clusula de Habilitacin): el rgano de Apelacin observ que como norma general la carga de la prueba recae, cuando se trata de una excepcin, sobre el demandado. No obstante, debido al papel primordial que la Clusula de Habilitacin desempea en el sistema de la OMC como medio de estimular el crecimiento y el desarrollo econmico, cuando se impugna una medida adoptada de conformidad con la Clusula de Habilitacin la parte reclamante deber alegar algo ms que la mera incompatibilidad con el prrafo1 del artculoI e identificar disposiciones especficas de la Clusula de Habilitacin con las que el rgimen es supuestamente incompatible, de modo que puedan definirse los parmetros dentro de los cuales la parte demandada deber formular su defensa con arreglo a lo requerido por la Clusula de Habilitacin. El rgano de Apelacin constat que en este caso la India haba invocado adecuadamente el apartado a) del prrafo2 de la Clusula de Habilitacin al formular su alegacin de incompatibilidad con el prrafo1 del artculoI delGATT.

    1 Comunidades Europeas Condiciones para la concesin de preferencias arancelarias a los pases en desarrollo2 Los 12 pases que se benefician del Rgimen Droga son los siguientes: Bolivia , Colombia, Costa Rica, Ecuador, El Salvador, Guatemala,

    Honduras, Nicaragua, Pakistn, Panam, Per y Venezuela.3 Otras cuestiones abordadas: carcter de la Clusula de Habilitacin; opinin disidente de un miembro del Grupo Especial; defensa al

    amparo del apartado b) del artculoXX; ampliacin de los derechos de los terceros (artculo10 del ESD); representacin conjunta de la India y el Paraguay por asesores jurdicos privados.

    ndicePrefacioNotaAbreviaturasDescargo de responsabilidadApndice 1. Referencias completas de informes de solucin dediferenciasenla OMCApndice 2. ndice de diferencias por acuerdos de la OMCApndice 3. ndice de diferencias por miembros de la OMCOtras Publicaciones de la OMC sobre solucin de diferencias