CATÁLOGO DEL POSGRADO Programa de Posgrado en Astronomía 2016 · 06/05/2016) SERVICIO DE POSGRADO...
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UNIVERSIDAD DE SÃO PAULO
INSTITUTO DE ASTRONOMÍA, GEOFÍSICA Y CIENCIAS
ATMOSFÉRICAS
CATÁLOGO DEL POSGRADO
Programa de Posgrado en Astronomía
2016
1
UNIVERSIDAD DE SÃO PAULO
Rector: Prof. Dr. Marco Antonio Zago Vicerrector: Vahan Agopyan
VICERRECTORÍA DE POSGRADO
Vicerrector de Posgrado: Prof. Dr. Carlos Gilberto Carlotti Junior
INSTITUTO DE ASTRONOMÍA, GEOFÍSICA Y CIENCIAS ATMOSFÉRICAS
Director: Prof. Dr. Laerte Sodré Junior
Vicedirector: Prof. Dr. Marcelo Sousa de Assumpção
JEFATURA DE LOS DEPARTAMENTOS
Astronomía (AGA): Prof. Dr. Roberto Dell' Aglio Dias da Costa
Ciencias Atmosféricas (ACA): Prof. Dr. Fábio Luiz Teixeira Gonçalves
Geofísica (AGG): Prof. Dr. Ricardo Ivan Ferreira da Trindade
COMISIÓN DE POSGRADO
Presidente: Prof. Dr. Edmilson Dias de Freitas
Vicepresidente: Profa. Dra. Silvia Cristina Fernandes Rossi
Titulares: Profa. Dra. Rosmeri Porfirio da Rocha
Profa. Dra. Yára Regina Marangoni
Profa. Dra. Beatriz Leonor Silveira Barbuy
Prof. Dr. Jorge Luis Porsani
Prof. Dr. Amâncio Cesar Santos Friaça
Prof. Dr. Enos Picazzio
Suplentes: Prof. Dr. Fábio Luiz Teixeira Gonçalves
Prof. Dr. Marcos Perez Diaz
Profa. Dra. Jacyra Ramos Soares
Prof. Dr. Carlos Alberto Mendonça
Prof. Dr. Eduardo Serra Cypriano
Prof. Dr. Victor Sacek
Profa. Dra. Elysandra Figueredo
Representantes Estudiantiles: Felipe Donizeti Teston Navarete
Patricia Martins de Novais
2
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COMISIÓN COORDINADORA DEL PROGRAMA DE
POSGRADO EN ASTRONOMÍA
Coordinadora: Profa. Dra. Silvia Cristina Fernandes Rossi
Suplente de la Coordinadora: Prof. Dr. Eduardo Serra Cypriano
Titular: Prof. Dr. Roberto Dell' Aglio Dias da Costa
Srta. Patricia Martins Novais (mandato del 07/05/2015 al
06/05/2016)
Suplentes: Prof. Dr. Jorge Luis Meléndez Moreno
Prof. Dr. Marcos Perez Diaz
Prof. Dr. Gastão César Bierrenbach Lima Neto
Sr. Luis Henrique Sinki Kadowaki (mandato del 07/05/2015 al
06/05/2016)
SERVICIO DE POSGRADO
Jefe: Sr. Marcel Yoshio Kimura
Funcionarios: Sr. Thiago de Oliveira
Srta. Sara de Souza Lima
CONTACTO
INSTITUTO DE ASTRONOMÍA, GEOFÍSICA Y CIENCIAS
ATMOSFÉRICAS DE LA UNIVERSIDAD DE SÃO PAULO
Teléfonos:
Asistencia Técnica Académica 3091-4761 / 4752
Servicio de Posgrado 3091-4765 / 5046
Biblioteca 3091-4771
Departamento de Ciencias Atmosféricas 3091-4713 / 4731
Departamento de Geofísica 3091-4755 / 4760
Departamento de Astronomía 3091-2710 / 2800
Dirección para correspondencia:
Rua do Matão, 1226 - Cidade Universitária – São Paulo – SP
CEP 05508-090
Página web del Posgrado del IAG: http://www.iag.usp.br/pos/
E-mail del Servicio de Posgrado: [email protected]
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5
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SUMARIO
SUMARIO ............................................................................................................................. 6
1. CRONOGRAMA ......................................................................................................... 9
2. PROCESO DE SELECCIÓN .................................................................................... 10
3. INSTRUCCIONES PARA PROCEDIMIENTO DE MATRÍCULA ............................... 11
3.1. PRIMERA MATRÍCULA DE LOS ALUMNOS REGULARES Y ALUMNOS
ESPECIALES ..................................................................................................................... 11
3.2. ALUMNOS REGULARES ......................................................................................... 12
3.3. INSTRUCCIONES ADICIONALES PARA ALUMNOS EXTRANJEROS .................. 13
4. POSGRADO DEL IAG/USP ...................................................................................... 13
4.1. FUNCIONAMIENTO DEL POSGRADO ................................................................... 13
4.2. ALUMNOS Y TUTORES........................................................................................... 15
5. MATERIAS ............................................................................................................... 16
5.1. UNIDAD DE CRÉDITO ............................................................................................. 17
5.3 MATERIAS CURSADAS FUERA DE LA USP .......................................................... 18
5.4 OBTENCIÓN DE CRÉDITOS ESPECIALES ............................................................ 19
6. INFORMES SEMESTRALES DE ACTIVIDADES ..................................................... 19
7. EXAMEN DE CALIFICACIÓN ................................................................................... 21
8. PROFICIENCIA EN IDIOMA..................................................................................... 21
8.1 PROFICIENCIA EN LENGUA EXTRANJERA .............................................................. 21
8.2 PROFICIENCIA EN LENGUA PORTUGUESA (EXTRANJEROS) ............................... 22
9. TESIS DE DOCTORADO Y TESIS DE MAESTRÍA ................................................. 22
9.1 PROCEDIMIENTOS PARA DEPÓSITO DE LA TESIS DE MAESTRÍA/TESIS DE
DOCTORADO .................................................................................................................... 22
9.2 NOMBRAMIENTO DE LA COMISIÓN JUZGADORA DE TESIS DE MAESTRÍA/TESIS
DE DOCTORADO .............................................................................................................. 25
9.3 JUZGAMIENTO DE TESIS DE MAESTRÍA/TESIS DE DOCTORADO .................... 26
10. DESVINCULACIÓN DE ALUMNOS REGULARES .................................................. 28
11. INTERRUPCIÓN DE MATRÍCULA ........................................................................... 28
12. PRORROGACIÓN DE PLAZO ................................................................................. 30
7
13. NUEVA MATRÍCULA ................................................................................................ 30
14. TRANSFERENCIA ................................................................................................... 31
15. PAE – PROGRAMA DE PERFECCIONAMIENTO DE ENSEÑANZA ...................... 32
a. CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN SUPERVISORA DEL PAE EN EL IAG ........... 33
16. DOCTORADO CON PASANTÍA EN EL EXTERIOR ................................................ 33
17. PROGRAMA DE DOBLE TITULACIÓN ................................................................... 34
18. BECA DE ESTUDIOS PARA ESTUDIANTES EXTRANJEROS (PEC-PG).............. 39
19. DOCENTES DE ASTRONOMÍA ............................................................................... 39
20. MATERIAS ACREDITADAS ..................................................................................... 41
21. CRITERIOS PARA CONCESIÓN DE BECAS DE LOS CUPOS CAPES Y CNPQ .. 42
22. CRITERIOS PARA CONCESIÓN DE AUXILIOS PARA PARTICIPACIÓN EN
EVENTOS .......................................................................................................................... 42
23. REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO EN ASTRONOMÍA ................ 43
24. NORMAS PARA USO DE LA RED DE INFORMÁTICA DEL IAG ............................ 59
8
INTRODUCCIÓN
Este catálogo contiene el reglamento básico del posgrado de la USP y del
Programa de Posgrado en Astronomía del IAG y tiene como objetivo servir de guía para
los estudiantes y tutores, desde los procedimientos de inscripción y selección hasta la
conclusión de la carrera, con la defensa de la tesis de maestría o de la tesis de doctorado.
Fueron seleccionados los principales artículos del Reglamento de Posgrado de la USP
(Regimento de Pós-Graduação da USP). El reglamento puede ser consultado en su
versión íntegra en http://www.prpg.usp.br/?page_id=117, siendo complementado por las
normas internas del Programa de Astronomía que regulan las actividades académicas y
de investigación del posgraduando. Cabe aquí resaltar que el Reglamento de Posgrado de
la USP está en permanente revisión y las alteraciones aprobadas son editadas a través de
Resoluciones del CoPGr (Consejo de Posgrado de la USP) y disponibilizadas en la página
web http://www.leginf.usp.br/. Cualesquier dudas o situaciones no previstas en las normas
contenidas en este catálogo pueden ser esclarecidas a través del e-mail: [email protected]
o del teléfono (0xx11) 3091-4765 (Servicio de Posgrado). La atención al público ocurre de
lunes a viernes, de las 08h00 a las 17h00, excepto feriados.
Atención:
La versión electrónica de este catálogo, así como otras informaciones y formularios
pueden ser obtenidos en la página web: www.iag.usp.br/pos
Informaciones sobre líneas de investigación, laboratorios y otras referentes al posgrado y
a investigación, pueden ser encontradas en la página web del Programa de Astronomía:
http://www.iag.usp.br/pos/node/55
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1. CRONOGRAMA
CRONOGRAMA DE LAS ACTIVIDADES DEL POSGRADO – 2016
ACTIVIDADES Programa de Astronomía
Inscripciones para el Examen de
Proficiencia en Matemática y Física (Maestría y Doctorado)
1er
Semestre de 2016: hasta 01/04/2016 - Examen: Entre 02/05/2016 y 06/05/2016 2
do Semestre de 2016: hasta 23/09/2016 - Examen: Entre 17/10/2016 y 21/10/2016
Inscripciones para Proceso de selección
Maestría y Doctorado Directo: Para Ingreso en el 2º Semestre de 2016: hasta 03/06/2016 Para Ingreso en el 1º Semestre de 2017: hasta 18/11/2016
Doctorado (con título de Maestría): Flujo Continuo
Matrículas Conforme calendario del Sistema Janus.
Inicio del Periodo
Lectivo
1er
semestre – Marzo/2016
2do
semestre – Agosto/2016
Cancelación
de Materias
Consultar en el sistema Janus la fecha límite específica para cancelación de matrícula
de cada materia.
Entrega del Informe
de Actividades
1er
Semestre: 11/04/2016
2do
Semestre: 10/10/2016
Examen de
Calificación
Doctorado:
1er
Semestre: Inscripciones: hasta 29/04/2016 - Exámenes: De 16/05/2016 a 20/05/2016
2do
Semestre: Inscripciones: hasta 04/11/2016 - Exámenes: De 21/11/2016 a
25/11/2016
Reuniones de la CPG
1
er Semestre: 03/02 - 02/03 - 06/04 - 04/05 - 01/06
2
do Semestre: 03/08 - 14/09 - 05/10 - 09/11 - 07/12
Reuniones CCP
1
er Semestre: 01 y 25/02 - 01 y 28/04 - 31/05
2
do Semestre: 29/07 - 08 y 30/09 - 04/11 - 01/12
Término de Clases De acuerdo con el término de las materias.
Entrega de Notas Hasta 60 días después del término de las materias.
10
2. PROCESO DE SELECCIÓN
El proceso de selección para ingreso en el Posgrado en Astronomía del IAG cambió y
fue dividido en dos etapas para adecuarse al nuevo reglamento del Posgrado de la USP.
La primera etapa corresponde a la antigua prueba escrita de Matemática y Física, que
ahora será un certificado válido por 3 años.
La segunda etapa, para los candidatos que poseen un certificado de Matemática y Física,
será basada en la nota del certificado, certificado de notas y Curriculum Vitae.
(1) Los candidatos al Proceso de selección de Maestría, Doctorado Directo y Doctorado,
se deben inscribir para el Examen de Proficiencia en Matemática y Física - PMF . Los
candidatos que ya obtuvieron el certificado (válido por 3 años) pueden ir directo al ítem (3).
(2) Los candidatos deben realizar el examen de Proficiencia en Matemática y Física (PMF)
en el IAG o en lugar designado por la Comisión de Admisión (si reside a más de 100 km
de São Paulo/SP). Para aquellos que obtuvieron nota igual o superior a 5,0 será emitido
Certificado de PMF, expedido por el Departamento de Astronomía.
(3) Para inscripción en el Proceso de selección, los candidatos con certificado PMF deben
enviar la documentación exigida (conforme Convocatoria).
(4) El Proceso de selección de los candidatos a Maestría y Doctorado Directo ocurre dos
veces al año. El Proceso de selección para ingreso al Doctorado (con Maestría) es en flujo
continuo.
(5) Los alumnos aprobados en el Proceso de selección serán clasificados de acuerdo con
sus notas finales para fines de distribución de becas (si disponibles).
El periodo para inscripción en el proceso de selección es establecido por el
programa de Astronomía y divulgado a través de convocatoria y en Internet. La
documentación y los criterios de selección pueden ser encontrados en este catálogo, en la
sección de “Reglamento del Programa de Astronomía” (Regulamento do Programa de
Astronomia). La divulgación de los resultados será hecha a través de mensaje electrónica
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enviada por el Servicio de Posgrado, después de aprobación de los nombres clasificaos
por la Comisión Coordinadora de Programa (CCP), así como disponibilizada en internet:
http://www.iag.usp.br/pos/node/55. No será cobrada tarifa de inscripción en el proceso de
selección.
3. INSTRUCCIONES PARA PROCEDIMIENTO DE MATRÍCULA
3.1. PRIMERA MATRÍCULA DE LOS ALUMNOS REGULARES Y ALUMNOS
ESPECIALES
1. La matrícula de alumno regular ingresante será hecha directamente en la SPG,
mediante la presentación de los siguientes documentos:
Comprobante de proficiencia en lengua inglesa de examen aceptado
conforme convocatoria del proceso de selección
Formulario de 1ª matrícula llenado y firmado;
Certificado de notas de pregrado y posgrado (si fuera el caso);
Proyecto de Investigación detallado (con parecer favorable);
Copia, de ambos lados, del diploma de pregrado o Constancia de
conclusión de la carrera de pregrado especificando la fecha de
graduación (expedida por la Secretaría de la Universidad / Facultad);
* Para diploma de Pregrado obtenido en el exterior el estudiante deberá
presentar copia del diploma con la autenticación del consulado de Brasil
en el país donde fue obtenido el título.
Copia, de ambos lados, del diploma de Posgrado (si fuera el caso);
* Para Maestría realizada en el exterior el estudiante deberá presentar
documento que compruebe la equivalencia (en el ámbito de la USP) o
reconocimiento del título de Magíster;
Copia del CPF y RG;
Copia del título de elector;
Copia del certificado de reservista o del certificado de dispensa de incorporação
(militar);
Comprobante de dirección;
Foto 3 x 4 reciente (fondo blanco).
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El profesor tutor especificará en el Formulario de Requerimiento de Matrícula los
datos de las materias pretendidas por el nuevo alumno regular y con las cuales
concuerda. El tutor deberá firmar el requerimiento;
En caso de duda consultar la SPG.
2. Para cursar materia(s) como alumno especial el interesado deberá presentar
formulario de inscripción, que será encaminado por el Servicio de Posgrado (SPG)
al Coordinador del respectivo Programa, para manifestación del docente
responsable. El interesado deberá presentar junto con el formulario de inscripción
los siguientes documentos:
Copia del diploma de carrera de pregrado concluida;
Copia del certificado de notas del pregrado;
Copia del CPF y RG;
Curriculum Vitae.
OBS: Alumnos especiales son aquellos matriculados tan solo en materias aisladas
sin vínculo con cualquier Programa de Posgrado de la USP.
3.2. ALUMNOS REGULARES
1. La matrícula será efectuada por Internet vía página web:
https://uspdigital.usp.br/janus/comum/entrada.jsf
2. Los alumnos de Posgrado deberán efectuar la matrícula regularmente, en cada
periodo lectivo (todo semestre), en las épocas y plazos fijados por la USP, en todas
las fases de sus estudios, así hayan completado los créditos, hasta la obtención del
título de magíster o doctor; los alumnos que no se matriculen en materias deberán
realizar matrícula de acompañamiento;
LA MATRÍCULA DE ACOMPAÑAMIENTO se aplica a los alumnos que:
a) ya cumplieron todos los créditos en materias, y solamente están elaborando tesis
de doctorado/tesis de maestría;
b) no pretenden cursar materias en el semestre, así no hayan cumplido todos los
créditos exigidos en materias.
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3. Los alumnos que no efectúen la matrícula regularmente en dos periodos lectivos
consecutivos, dentro del plazo previsto en el calendario escolar fijado, serán
automáticamente desvinculados del programa.
3.3. INSTRUCCIONES ADICIONALES PARA ALUMNOS EXTRANJEROS
1. Los estudiantes extranjeros solamente podrán ser matriculados en las carreras de
posgrado mediante presentación: (a) del Registro Nacional de Extranjeros o
comprobante RNE, (b) tarjeta del Registro de Personas Físicas (CPF = Cadastro de
Pessoas Físicas) o comprobante con el número del CPF, (c) visa de estudiante. Los
estudiantes extranjeros que realicen estudios por más de un año deberán
presentar, a cada año, el comprobante de renovación del RNE;
2. La Vicerrectoría de Posgrado no emitirá el diploma de la carrera en el caso de que
la defensa ocurra en el periodo en que el alumno esté con la visa vencida o con
visa de turista;
3. La Agencia USP de Cooperación Académica Nacional e Internacional (Aucani) tiene
como objetivo establecer estrategias de relacionamiento entre la USP, instituciones
universitarias, órganos públicos y la sociedad, para apoyo a la cooperación
académica en materia de enseñanza, investigación, cultura y extensión
universitaria, en los ámbitos nacional e internacional.
Aucani (http://www.usp.br/internationaloffice/)
Avenida Prof. Lucio Martins Rodrigues, s/n – Travessa 4 – Bloco B – 4º andar
CEP: 05508-020
Cidade Universitária
São Paulo - SP | Brasil
4. POSGRADO DEL IAG/USP
4.1. FUNCIONAMIENTO DEL POSGRADO
1. Comisión de Posgrado (CPG)
El IAG posee cuatro programas de Posgrado: Astronomía, Geofísica, Meteorología
y Enseñanza de Astronomía. La coordinación de los Programas de Posgrado es
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realizada por la CPG, respetándose las directrices y normas fijadas por el CoPGr
(Consejo de Posgrado de la USP).
La CPG/IAG tendrá la siguiente constitución:
a. Los tres coordinadores de los programas de Posgrado vinculados a la CPG.
b. Un representante docente de cada uno de los tres Programas, miembro del
cuadro de tutores, homologados por la congregación.
c. Un representante estudiantil elegido por sus pares.
d. Cada miembro titular tendrá un suplente, elegido obedeciendo las mismas
normas del miembro titular.
2. Comisión Coordinadora de Programa
Los Programas de Posgrado son coordinados por las Comisiones Coordinadoras de
Programa (CCPs) que son constituidas por tutores acreditados de los programas y
un representante estudiantil. En el Programa de Astronomía esta es constituida por
3 (tres) miembros titulares (un coordinador, un vicecoordinador y un docente),
además de un representante estudiantil. Cada miembro titular posee un suplente.
La CCP tiene la función de analizar, indicar, juzgar y opinar sobre todos los asuntos
pertinentes al Programa. Cabe a la Comisión de Posgrado deliberar sobre todos los
asuntos a ella encaminados por las CCPs y remitirlos a la Vicerrectoría de
Posgrado de la USP, cuando sea necesario. La constitución de la CCP es
presentada en la sección “Reglamento del Programa de Astronomía”.
3. Comisión de Admisión de Nuevos Alumnos
La Comisión de Admisión del Programa es nombrada anualmente por la CCP del
Programa. En el Programa de Astronomía, está compuesta por 4 (cuatro) miembros
titulares y 2 miembros suplentes.
4. Comisión de Examen de Calificación
La Comisión de Examen de Calificación del Programa es nombrada anualmente por
la CCP, siendo sus miembros escogidos entre los tutores acreditados. En el
programa de Astronomía, está compuesta por 4 (cuatro) miembros titulares y 2
miembros suplentes.
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5. Comisión de Gestión de Becas CNPq
La administración del cupo de becas de estudio del CNPq (concesión, reemplazo y
cancelación) es de responsabilidad de la CCP del Programa;
6. Comisión de Gestión del PROEX
El Programa de Astronomía posee recursos CAPES/PROEX los cuales son
atribuidos a los Programas de Excelencia del país. La administración de esos
recursos y la distribución del cupo de becas de estudio provenientes de la
CAPES/PROEX (concesión, reemplazo y cancelación) es de responsabilidad de la
Comisión de Gestión del PROEX (CG-PROEX) constituida por los miembros de la
CCP.
4.2. ALUMNOS Y TUTORES
1. Los alumnos debidamente matriculados para obtención de los grados de Magíster o
de Doctor son denominados alumnos regulares;
2. A criterio de la Comisión Coordinadora de Programa (CCP) podrán ser aceptados
alumnos especiales, o sea, alumnos matriculados en materias aisladas de
posgrado. En estos casos, después de la finalización de tales materias, podrá ser
proporcionado un certificado de aprobación en materias, expedido por la CPG.
Alumnos especiales son considerados alumnos de la USP, pero no hacen parte del
cuerpo estudiantil, ni tienen los mismos derechos que los alumnos regulares. A
criterio del tutor, cuando del paso de alumno especial para alumno regular, podrán
ser aprovechados créditos en materias cursadas aisladamente en los últimos 36
meses anteriores a la matrícula como alumno regular;
3. Pueden, en casos excepcionales, a juicio de la CCP, ser admitidos para matrícula
en materias de Posgrado, en la condición de alumnos especiales, alumnos de
pregrado de la USP, siempre que sean encaminados por tutores acreditados en
Programa de Posgrado de la USP y que estén participando de actividades de
iniciación científica; los créditos así obtenidos, en los últimos 36 meses,
podrán ser computados en el conjunto necesario para la obtención del título
de Magíster o Doctor, siempre que el alumno sea admitido, después de
aprobación en el proceso de selección, en una de esas carreras.
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4. Los alumnos regulares deberán escoger, antes de la matrícula en el Programa, un
tutor y con él establecer un programa de estudios. Deberán estar vinculados a un
tutor durante todo el periodo de la carrera;
5. Los alumnos ingresantes pueden permanecer inicialmente bajo la tutoría académica
del Coordinador de Programa. Este tipo de tutoría deberá ser limitado al plazo
máximo de ciento veinte días;
6. Al alumno le es facultado el cambio de tutor con anuencia del tutor actual y del
nuevo tutor, con aprobación de la CCP;
7. Al tutor le es facultado abdicar de la tutoría de alumno, con la presentación de
justificación detallada, que debe ser aprobada por la CCP y por la CPG. En este
caso, durante la transferencia de tutoría, el actual tutor continúa responsable por la
tutoría.
8. La Comisión de Posgrado puede aprobar, con manifestación favorable de la CCP,
la figura del cotutor para el alumno regularmente matriculado en la Maestría o el
Doctorado. El cotutor deberá tener el título de doctor y deberá contribuir en tópicos
específicos, complementando la tutoría de la tesis de alumno. En este caso, la
acreditación será específica para un alumno, no implicando acreditación plena junto
al Programa de Posgrado. Solamente podrá ser nombrado un único cotutor por
alumno. La acreditación de cotutor deberá ser encaminada a la CCP por el tutor,
con anuencia del alumno, como máximo hasta ochenta por ciento del plazo
reglamentario de la Maestría o del Doctorado establecido en las normas del
Programa. Esta solicitud deberá ser deliberada por la CCP hasta máximo noventa
días.
5. MATERIAS
En la Maestría el alumno deberá cursar como mínimo 3 de las materias
básicas, de acuerdo con el área de investigación de su tesis de maestría.
En el Doctorado Directo, el alumno deberá cursar como mínimo 4 de las
materias básicas, de acuerdo con el área de investigación de su tesis de
doctorado.
En el Doctorado, el alumno deberá cursar por lo menos 1 de las materias
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básicas, de acuerdo con el área de investigación de su tesis, a menos que él ya
haya cursado 4 materias básicas durante la maestría.
Las materias básicas del Programa de Astronomía son:
AGA 5713 “Evolución Estelar”
AGA 5716 “Astronomía Extragaláctica”
AGA 5731 “Procesos Radiativos”
AGA 5802 “Astrofísica Observacional”
AGA 5702 “Teoría Planetaria”
AGA 5704 “Astrometría”
AGA 5720 “Teoría de Perturbaciones I”
AGA 5722 “Astronomía Esférica”
5.1. UNIDAD DE CRÉDITO
La completitud de los estudios necesarios en la Maestría o Doctorado se expresa
en unidades de crédito.
1. Cada unidad de crédito corresponde a 15 horas de actividades programadas,
comprendiendo clases, seminarios, trabajo de laboratorio o campo, investigación,
estudio, y el preparo de la tesis de maestría o tesis de doctorado;
2. En lo que se refiere a las materias de posgrado, la carga horaria semanal está
expresada por tres dígitos.
Ejemplo: 3-0-7
el primer número indica el número de horas de clases teóricas;
el segundo indica el número de horas de clases prácticas, ejercicios, seminarios;
el tercero indica el número de horas de investigación y estudio.
Así, en este ejemplo, en el caso de que la materia sea ofrecida en 15 semanas,
será otorgado el total de 10 créditos.
Para informaciones específicas sobre créditos mínimos exigidos en cada
programa, ver sección “Reglamento del Programa de Astronomía” de este catálogo.
5.2 CRITERIOS PARA APROBACIÓN
18
El rendimiento del alumno en cada materia será expresado por una de las
siguientes notas:
A – Excelente, con derecho a créditos – Asistencia mínima 75%;
B – Bueno, con derecho a créditos – Asistencia mínima 75%;
C – Regular, con derecho a créditos – Asistencia mínima 75%;
R – Desaprobado, sin derecho a créditos;
T – Transferencia de créditos para materias cursadas fuera de la USP, en Programa
de Posgrado reconocido, podrá ser aceptada para conteo de créditos, hasta el
límite de un tercio del valor mínimo exigido, mediante aprobación de la CCP,
observado lo dispuesto en el § 3º del art.57. Cuando haya convenio de cooperación
académica, científica, artística o cultural, firmado entre la USP y otra institución del
País o del exterior, el límite fijado (“hasta el límite de un tercio del valor mínimo
exigido”) podrá ser alterado a solicitud del alumno con manifestación de la CCP y
de la CPG y aprobación de la CaC del CoPGr.
1. El alumno que obtenga nota R en cualquier materia podrá repetirla. En ese caso,
será atribuido el nivel obtenido posteriormente. Sin embargo, la nota anterior
constará en el certificado de notas;
2. El alumno no podrá cursar la misma materia en la Maestría y en el Doctorado.
3. El alumno que, con la anuencia del respectivo tutor, requiera cancelación de
matrícula en una materia, dentro del plazo previsto en el calendario escolar fijado
por la CPG, no tendrá la referida materia incluida en su certificado de notas. Tal
cancelación no tendrá efecto suspensivo en relación a los plazos máximos
reglamentarios;
5.3 MATERIAS CURSADAS FUERA DE LA USP
Los créditos obtenidos en materias de posgrado en Instituciones de Educación
Superior externas a la USP pueden ser computados hasta el límite de un tercio del valor
mínimo exigido en el Programa, siempre que:
1. su inclusión sea solicitada formalmente por el alumno para la CCP del Programa;
2. la solicitud sea autorizada por el tutor;
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3. sea incluida el sílabo de la materia, conteniendo los créditos y la carga horaria
semanal;
4. sea incluido el certificado de conclusión de la materia;
5. haya una manifestación favorable de la CPG, con base en parecer detallado.
Observación: Informaciones complementarias podrán ser obtenidas en el Reglamento
de Posgrado de la USP, artículo 72.
5.4 OBTENCIÓN DE CRÉDITOS ESPECIALES
A juicio de la CCP pueden ser computados créditos especiales en el total de créditos
mínimos exigidos en materias. La relación de actividades y respectivos créditos son
presentadas en la sección “Reglamento del Programa de Astronomía” (Ítem XVII.2 Créditos
Especiales).
6. INFORMES SEMESTRALES DE ACTIVIDADES
Los alumnos en la Maestría deben presentar semestralmente un informe de
actividades alternando entre presentaciones escrita y oral; el primer informe será por
presentación oral.
El alumno de Maestría que ingresa en el primer semestre (01/ene - 30/jun) debe
presentar el primer informe en octubre. Cuando el ingreso es en el segundo semestre
(01/jul - 31/dic), el primer informe debe ser en abril.
Los alumnos en el Doctorado y Doctorado Directo deben presentar un informe
anual de actividades por escrito que será presentado oralmente al evaluador nombrado
por la CCP.
El alumno de Doctorado o Doctorado Directo que ingresa entre 01/nov y 30/abr
debe presentar el primer informe en octubre. Cuando el ingreso es entre 01/may y 31/oct,
el primer informe debe ser presentado en abril.
El segundo informe del Doctorado y Doctorado Directo será una defensa del
proyecto de Tesis con un jurado compuesto por el evaluador, más 2 (dos) miembros y
respectivos suplentes, excluyendo el tutor.
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Los criterios para la elaboración de informes son presentados en el ítem XVII
“Otras Normas” del Reglamento del Programa, presentado en la sección 23 de este
catálogo.
El informe será objeto de análisis por parte de un evaluador designado por la
Coordinación del Programa, que deberá elaborar un parecer detallado sobre las
actividades desarrolladas por el alumno, además de hacer recomendaciones para mejora
de desempeño, si necesario.
El alumno que tenga su informe desaprobado deberá entregar el nuevo informe en
el plazo máximo de 30 (treinta) días contados a partir de la fecha de homologación del
resultado por la CPG. El desempeño académico y científico es considerado insatisfactorio
si el alumno no entrega su informe en las fechas establecidas por la CCP o si su informe
es desaprobado por 2 (dos) veces consecutivas.
Instrucciones para informe oral – MAESTRÍA
Los informes de actividades (presentación oral) también deben estar acompañados
de la ficha de evaluación del Tutor. El alumno debe entregar la ficha de evaluación del
tutor en el Servicio de Posgrado antes de la presentación del informe oral (como mínimo
una semana antes de la fecha pretendida para presentación del informe).
El informe oral debe ser hecho en el periodo comprendido entre 2 (dos) semanas
antes y 2 (dos) semanas después del plazo de entrega de los informes escritos.
Es responsabilidad del alumno agendar un horario con el evaluador (y
opcionalmente con el tutor) para presentación del informe oral, en el plazo establecido por
la CCP.
Los alumnos que deben hacer el informe oral, pero se encuentran fuera de la
ciudad de São Paulo debido a alguna actividad relacionada a su carrera de Posgrado,
deben entregar solo un informe escrito dentro del plazo reglamentario. En estos casos, el
interesado deberá enviar solicitud previa a la CCP, la cual será analizada.
21
7. EXAMEN DE CALIFICACIÓN
Solamente los alumnos de Doctorado deben realizar el examen de calificación.
Para eso, es necesaria la entrega de un requerimiento en el Servicio de Posgrado,
obedeciendo los plazos definidos en este catálogo. Los criterios para el examen de
calificación son presentados en la sección 23, “Reglamento del Programa de Posgrado en
Astronomía”
Después de la inscripción, la Comisión de Examen de Calificación definirá la fecha
para realización del examen.
Después de la realización del examen, la Comisión Examinadora debe elaborar un
acta con el resultado del examen y entregarla inmediatamente a la Coordinación del
Programa (CCP) para homologación. La prueba escrita (original) realizada por el alumno
también deberá ser entregada a la CCP.
Para informaciones detalladas sobre el examen de calificación, ver sección 23,
“Reglamento del Programa de Posgrado en Astronomía” (VIII – EXAMEN DE
CALIFICACIÓN), de este catálogo.
8. PROFICIENCIA EN IDIOMA
8.1 PROFICIENCIA EN LENGUA EXTRANJERA
Los estudiantes deberán demostrar proficiencia en inglés, tanto para la Maestría
como para el Doctorado.
V.1 La proficiencia en lengua extranjera será exigida en el momento de la matrícula
en el posgrado.
V.2 Tanto en la Maestría como en el Doctorado serán aceptados Exámenes de
Proficiencia, tales como TOEFL, IELTS, Cambridge, Michigan, realizados hasta 12
(doce) años antes de la fecha de matrícula en el Posgrado. La nota o calificación
mínima, para aceptación de los referidos exámenes, será divulgada en convocatoria
específica en la página web del Programa y en el Diário Oficial do Estado de São
Paulo.
22
8.2 PROFICIENCIA EN LENGUA PORTUGUESA (EXTRANJEROS)
A los alumnos extranjeros, además de la proficiencia en lengua inglesa, les es
exigida también la proficiencia en lengua portuguesa, demostrada a través de la
presentación del Certificado de Proficiencia en Lengua Portuguesa para
Extranjeros, CELPE-BRAS, nivel intermedio o superior.
Los alumnos extranjeros deberán presentar el certificado de proficiencia en lengua
portuguesa hasta 16 meses después del ingreso en el Posgrado.
Al alumno extranjero que demuestre la proficiencia en lengua portuguesa en la
Maestría no le será exigido el examen en el Doctorado.
9. TESIS DE DOCTORADO Y TESIS DE MAESTRÍA
9.1 PROCEDIMIENTOS PARA DEPÓSITO DE LA TESIS DE
MAESTRÍA/TESIS DE DOCTORADO
1. El trabajo final en la Maestría será en la forma de Tesis de maestría, conteniendo
los siguientes ítems:
- Cubierta con nombre de la unidad, nombre del autor, título del trabajo, lugar (ciudad) y
año de depósito;
- Portada con nombre del autor, título del trabajo, naturaleza del trabajo, nombre de la
institución a la que es sometido, grado pretendido, nombre del tutor y cotutor (si hubiera),
lugar (ciudad) y año de depósito, número de volúmenes;
- Resumen en Portugués;
- Resumen en Inglés;
- Lista de Figuras, Ilustraciones y Tablas;
- Introducción;
- Metodología, Resultados;
- Conclusiones y Perspectivas;
- Bibliografía;
23
- Apéndices (opcional)
- Anexos (opcional)
El trabajo final en el Doctorado y Doctorado Directo será en la forma de una Tesis de
doctorado, conteniendo los siguientes ítems:
- Cubierta con nombre de la unidad, nombre del autor, título del trabajo, lugar (ciudad) y
año de depósito;
- Portada con nombre del autor, título del trabajo, naturaleza del trabajo, nombre de la
institución a la que es sometido, grado pretendido, nombre del tutor y cotutor (si hubiera),
lugar (ciudad) y año de depósito, número de volúmenes;
- Resumen en Portugués;
- Resumen en Inglés;
- Lista de Figuras, Ilustraciones y Tablas;
- Introducción;
- Metodología, Resultados;
- Conclusiones y Perspectivas;
- Bibliografía;
- Apéndices (opcional)
- Anexos (opcional)
El alumno podrá utilizar material publicado o sometido a publicación siempre que sea
primer o segundo autor de este material. El estudiante y el tutor deberán obtener
declaración formal de todos los coautores del trabajo de que este material no haya sido
utilizado previamente en otra tesis y que no sea utilizado en otros trabajos futuramente.
Tal declaración deberá ser entregada en el Servicio de Posgrado en el momento del
depósito.
Independiente del formato utilizado, la tesis deberá ser escrita en un único idioma.
El depósito de los ejemplares será efectuado por el (la) candidato (a) en el Servicio de
Posgrado hasta el final del expediente del último día de su plazo reglamentario. Para la
Maestría, deben ser entregados 4 (cuatro) ejemplares impresos de la Tesis de maestría,
24
siendo 3 (tres) encuadernados y 1 (uno) sin encuadernación, más copia de la Tesis de
maestría en formato PDF y su resumen en formato DOC o TXT en medio digital. Para el
Doctorado, deben ser depositados 6 (seis) ejemplares de la Tesis, siendo 5 (cinco)
encuadernados y 1 (uno) sin encuadernación, más copia de la Tesis en formato PDF y
resumen de la misma en formato DOC o TXT en medio digital.
El depósito deberá ser acompañado de carta del tutor certificando que el alumno está
apto para la defensa y, si fuera el caso, de la declaración de conocimiento de coautores
en artículos publicados de la imposibilidad de utilización de estos en otros trabajos.
En el Doctorado en Astronomía, junto con el depósito de la Tesis, se exige la
comprobación de sumisión de un artículo, en el cual el estudiante sea primer o
segundo autor, en revista internacional arbitrada.
Las comisiones juzgadoras de las Tesis de maestría y Tesis de doctorado contarán
con la presencia del Tutor, o Cotutor, solo en la condición de Presidente, sin
derecho a voto.
2. Existiendo la intención de que la comisión juzgadora de la tesis de doctorado o
tesis de maestría sea apreciada en la 1ª reunión subsiguiente de la CPG, el
depósito deberá ser hecho hasta el final del expediente del día que antecede a la
reunión. El depósito deberá ser acompañado de carta del tutor certificando que el
alumno está apto para la defensa. No será aceptado el depósito de los ejemplares
que no estén encuadernados.
3. Los costos de impresión y encuadernación podrán ser cubiertos por el fondo
PROEX del Programa. Para eso, es necesario el llenado de una autorización,
firmada por la coordinación del programa, especificando el número de copias a
color y blanco y negro, la cual deberá ser entregada en la Sección de Diseño y
Producción Gráfica (oficina 107). Además de la impresión de los ejemplares que
serán entregados a la CPG, el alumno podrá imprimir 01 copia para sí mismo.
Copias adicionales serán de responsabilidad del alumno, no siendo costeadas con
recursos del Programa o de la Universidad.
25
4. Los ejemplares de las Tesis de doctorado y Tesis de maestría deben ser impresos
preferentemente en ambos lados de la hoja, con la finalidad de ahorro de papel y
correo.
5. El tutor deberá enviar al Coordinador del Programa, sugerencia de nombres de
posibles miembros para la composición de la comisión juzgadora, con al menos una
semana de antecedencia de la reunión de la CCP que antecede a la reunión de
la CPG, para que sea hecha la consulta en el ámbito del programa de los nombres
sugeridos. El no cumplimiento de esta norma incurrirá en el atraso en la
homologación de la comisión por la CPG.
6. Los alumnos que deseen obtener informaciones sobre elaboración y formateo de
las Tesis de doctorado y Tesis de maestría podrán consultar la página web:
http://www.teses.usp.br/info/diretrizesfinal.pdf. En el caso de dudas sobre impresión y
acabado de las Tesis de doctorado y Tesis de maestría, podrán también consultar
la Sección de Diseño y Producción Gráfica, en la extensión 2846, oficina 107, en el
subsuelo del edificio principal.
9.2 NOMBRAMIENTO DE LA COMISIÓN JUZGADORA DE TESIS DE
MAESTRÍA/TESIS DE DOCTORADO
1. El plazo máximo para la CPG homologar la comisión juzgadora propuesta por la
CCP es de 45 (cuarenta) días, contados a partir de la fecha del depósito de la tesis
de doctorado o tesis de maestría;
2. Cabrá a la CPG designar los miembros titulares y suplentes que, junto con el tutor,
deberán constituir la Comisión Juzgadora;
3. Los miembros de comisión juzgadora deberán poseer el título mínimo de doctor;
4. Las comisiones juzgadoras de tesis de Maestría y tesis de Doctorado deben ser
constituidas por tres y cinco examinadores, respectivamente, siendo miembro nato
y presidente el tutor del candidato.
5. En la composición de la comisión juzgadora de Maestría y Doctorado, la
mayoría de los examinadores deberá ser externa al Programa de Posgrado,
siendo al menos un externo a la Universidad de São Paulo.
26
6. Las comisiones Juzgadoras de las Tesis de maestría y Tesis de doctorado
contarán con la presencia del Tutor, o Cotutor, solo en la condición de Presidente,
sin derecho a voto;
7. Está vetada la participación, en la comisión juzgadora de tesis de maestría o tesis
de doctorado, de pariente en línea directa o colateral hasta cuarto grado del
alumno, del tutor y de los demás miembros de la referida comisión.
8. La CPG designará, como mínimo, un suplente para cada miembro titular.
9. Los miembros titulares de la comisión juzgadora, cuando necesario, serán
reemplazados por los suplentes, obedeciendo a lo dispuesto en los §§ 1o y 4o del
artículo 94 del Reglamento de Posgrado de la USP.
10. La comisión juzgadora de tesis de Doctorado intentando la doble titulación,
envolviendo convenio específico que asocie la USP a Institución extranjera e
implique en reciprocidad será constituida conforme a lo dispuesto en el Art. 140 del
Reglamento de Posgrado de la USP.
11. El Servicio de Posgrado deberá promover, por un periodo de 03 (tres) días, amplia
divulgación de la comisión juzgadora aprobada por la CPG;
12. Existiendo cualquier recurso a esa decisión, el recurrente deberá dirigirlo a la CPG
en el plazo máximo de diez días, a contar de la fecha del inicio de la divulgación. La
CPG apreciará el pedido y, conforme establecen las normas reglamentarias, lo
enviará a la Congregación, caso la decisión sea mantenida;
9.3 JUZGAMIENTO DE TESIS DE MAESTRÍA/TESIS DE DOCTORADO
1. El plazo para el agendamiento de defensa por la SPG será de mínimo 30 (treinta)
días, para las defensas de Maestría y Doctorado, a contar de la fecha de la aprobación
de la Comisión Juzgadora por la CPG. en casos excepcionales debidamente
justificados, el Tutor podrá solicitar la realización de la defensa en plazo inferior a 30
(treinta) días, mediante firma de una carta de responsabilidad, responsabilizándose por
el envío de los ejemplares a la Comisión Juzgadora y por el agendamiento de la
defensa.
La solicitud deberá ser aprobada por la CCP del Programa y encaminada a la CPG
27
2. El plazo máximo para defensa de la tesis de maestría o tesis de doctorado es de
105 (ciento cinco) días, contados a partir de la fecha de la aprobación de la
comisión juzgadora por la CPG;
3. Los trabajos de defensa pública seguirán los siguientes procedimientos:
Maestría: el tiempo máximo de la sesión será de tres horas, iniciándose con una
presentación oral del trabajo con duración máxima de 60 minutos, seguida de
argumentación por los miembros del jurado;
Doctorado: el tiempo máximo de la sesión será de cinco horas, iniciándose con una
presentación oral del trabajo con duración máxima de 60 minutos, seguida de
argumentación por los miembros del jurado;
4. La CCP podrá autorizar la participación de examinadores en la sesión pública de
defensa de Tesis de maestría o Tesis de doctorado, por medio de videoconferencia
u otro soporte electrónico a distancia equivalente.
5. El parecer, aprobado o desaprobado, emitido por los miembros del jurado es final y
no puede estar condicionado a correcciones o alteraciones del texto de la tesis de
maestría o de doctorado. Además del trabajo escrito, el juzgamiento deberá tener
en cuenta la madurez académica del candidato, dominio sobre el trabajo de tesis de
doctorado o tesis de maestría, presentación oral del trabajo y desempeño en la
argumentación.
6. En el caso de que uno o más miembros del jurado decida por la desaprobación, el
acta de defensa deberá venir acompañada de un parecer detallado de cada uno de
los miembros que decidieron por la desaprobación. En el caso de aprobación
unánime, el parecer en el acta es facultativo. Será considerado aprobado el
candidato que sea aprobado por la mayoría de los examinadores.
7. El ejemplar de la tesis de doctorado o tesis de maestría que estará disponibilizado
en el acervo de la Biblioteca del IAG, después de homologación de la defensa por
la CPG, será aquel depositado en la SPG (en el caso de que no sea entregada una
versión corregida en el plazo normativo). Se permite, sin embargo, según la
Resolución CopGr 6018, del 13/10/2011, la elaboración de una versión corregida de
la tesis de doctorado o tesis de maestría en el plazo de hasta 60 días, a contar de la
fecha de defensa del alumno, la cual deberá estar acompañada de una carta de
encaminamiento, en que conste la anuencia del tutor y de un CD, con el trabajo
28
completo en formato PDF, más el resumen en formato doc. Deberá constar en la
portada de este ejemplar la información de que la actual versión es la corregida y
que el original se encuentra disponible en la Unidad. Será permitida el cambio del
número de páginas de la Tesis de doctorado o Tesis de maestría, pero sin la
alteración del título.
8. En el caso de que fuera presentada la versión corregida, la Biblioteca de la Unidad
y la Biblioteca Digital de Tesis de doctorado y Tesis de maestría de la USP,
mantendrán en sus acervos las dos versiones, original y corregida, siendo la original
mantenida en acervo reservado y la corregida en acervo público.
10. DESVINCULACIÓN DE ALUMNOS REGULARES
De acuerdo con el Reglamento del Posgrado de la USP, el alumno en nivel de
Maestría, Doctorado o Doctorado Directo podrá ser desvinculado del programa de
posgrado si ocurriera una de las siguientes situaciones:
1. Si fuera desaprobado dos veces en la misma materia o desaprobado en tres
materias distintas;
2. Si no efectuara la matrícula regularmente en dos periodos lectivos consecutivos
dentro del plazo previsto en el calendario escolar fijado por el CoPGr;
3. Si no fuera aprobado en el examen de calificación en los plazos establecidos en
el Reglamento;
4. Si no cumpliera las actividades o exigencias en los plazos reglamentarios;
5. A pedido del interesado.
Adicionalmente, el Programa establece otras normas para la desvinculación. Ver
sección “Reglamento del Programa de Astronomía” (X–DESEMPEÑO ACADÉMICO y
CIENTÍFICO INSATISFACTORIO).
11. INTERRUPCIÓN DE MATRÍCULA
El estudiante matriculado en la Maestría o el Doctorado puede requerir, mediante
justificación, la interrupción de matrícula, por plazo no superior a 12 meses, cuando
estuviera imposibilitado temporariamente de mantener sus actividades académicas.
29
Para la concesión de la interrupción de matrícula deberán ser atendidos los siguientes
requisitos:
I – Requerimiento firmado por el alumno y con parecer detallado del tutor, dirigido a la
CCP, conteniendo los motivos de la solicitud documentalmente comprobados, plazo
pretendido y fecha de inicio;
II – La manifestación de la CCP deberá ser encaminada para deliberación de la CPG;
III – En casos de interrupción de matrícula por motivo de enfermedad del alumno o de sus
familiares, la CPG podrá encaminar el pedido para deliberación de la CaN del CoPGr;
IV – No será concedida interrupción de matrícula durante la vigencia de prorrogación de
plazo para la conclusión de la tesis de maestría o de la tesis de doctorado, con excepción
de casos de enfermedad, a criterio de la CaN del CoPGr;
V – La interrupción de matrícula podrá ser retroactiva a la fecha de la ocurrencia del
motivo de su concesión, siempre que sea solicitado mientras el motivo perdure, y siempre
que no provoque superposición con cualquier actividad realizada, excepto matrícula.
*LICENCIA POR MATERNIDAD o PATERNIDAD
El estudiante matriculado en la Maestría o el Doctorado podrá usufructuar de licencia por
maternidad o paternidad, con suspensión del conteo de los plazos reglamentarios, además
del plazo establecido para la interrupción de matrícula.
– La posgraduanda podrá usufructuar de licencia por maternidad por un plazo de hasta
seis meses.
– El posgraduando podrá usufructuar de licencia por paternidad por un plazo de cinco
días.
– Para la concesión de la licencia deberán ser atendidos los siguientes requisitos:
I – Requerimiento firmado dirigido a la CCP, acompañado del certificado de nacimiento;
II – La licencia será concedida a partir de la fecha del nacimiento o de la adopción, no
siendo aceptados pedidos posteriores al periodo adquisitivo.
30
.
12. PRORROGACIÓN DE PLAZO
En carácter excepcional, la prorrogación de plazo para depósito de la tesis de
maestría o tesis de doctorado puede ser concedida, por un periodo máximo de 120
(ciento veinte) días, para los alumnos matriculados en el Programa de Astronomía,
siendo destinada la adopción, por el posgraduando, de providencias finales para la
conclusión de la tesis de doctorado o tesis de maestría;
Para la concesión de la prorrogación deberán ser atendidos los siguientes requisitos:
I – requerimiento firmado por el alumno y con parecer detallado del tutor, dirigido a
la CCP, acompañado de justificación de la solicitud, informe referente al estado actual de
la Tesis de maestría o Tesis de doctorado y cronograma indicativo de las actividades a ser
desarrolladas en el periodo;
II – la manifestación de la CCP deberá ser sometida a deliberación de la CPG.
13. NUEVA MATRÍCULA
El alumno desvinculado sin la conclusión de la Maestría o del Doctorado y que fuera
aprobado en nuevo proceso de selección tendrá su reingreso considerado como nueva
matrícula.
La solicitud de nueva matrícula deberá ser acompañada de los siguientes
documentos:
I – justificación del interesado;
II – anuencia del tutor;
III – plano de trabajo aprobado por el tutor;
IV – certificado de notas de la antigua carrera.
La documentación deberá ser acompañada de manifestación de la CCP apoyada en
parecer detallado, emitido por un evaluador por ella designado, y aprobado por la CPG.
La nueva matrícula deberá ser efectivada por la CCP en el plazo máximo de seis
meses contados a partir de la fecha de reingreso. Pasado ese plazo, la matrícula solo
podrá ser efectivada por la CPG.
31
El interesado, cuya solicitud fuera aprobada, será considerado alumno nuevo. Por
consiguiente, deberá cumplir todas las exigencias a que están sujetos los alumnos
ingresantes, pudiendo aprovechar los créditos cursados en los últimos 36 meses, a criterio
del tutor.
14. TRANSFERENCIA
La CPG debe deliberar sobre solicitudes de transferencia de Programa o de área
de concentración de alumnos regularmente matriculados en la USP.
1. La solicitud deberá estar acompañada de los siguientes documentos:
a. Justificación detallada del interesado;
b. Concordancia y manifestación del nuevo y del actual tutor;
c. Concordancia de las CCPs de los Programas involucrados;
d. Certificado de notas completo de la carrera iniciada anteriormente;
e. Parecer de la CPG anterior, si hubiera, sobre el desempeño del alumno;
f. Parecer detallado de un evaluador designado por la CPG responsable por el
nuevo Programa;
g. Manifestación de la(s) CPG(s) involucrada(s).
2. Para inicio del conteo del plazo máximo, será considerada la fecha de ingreso del
interesado en el primer Programa.
3. Aprobada la transferencia, el alumno deberá se someter a los plazos y normas del
nuevo Programa;
4. A criterio de la CPG responsable por el nuevo Programa, los créditos obtenidos
anteriormente podrán ser aceptados parcialmente o en su totalidad;
5. La transferencia de área o programa será permitida una única vez en la misma
carrera.
6. En caso de transferencia entre CPGs, además de lo dispuesto en los ítems
anteriores, deberá haber manifestación de las CCPs y CPGs involucradas.
El estudiante podrá solicitar el cambio de nivel con la anuencia del tutor, en un plazo
máximo de 12 meses, a contar de la fecha de matrícula en la Maestría. El alumno
interesado en el cambio de nivel deberá cumplir los siguientes requisitos:
32
- Comprobante de realización de Iniciación Científica durante 2 años, siendo como mínimo
1 año con beca de estudios de agencias de promoción científica.
- Comprobante de presentación de trabajo en evento nacional o internacional (Simposio de
IC, Workshop, Congreso, Reunión de Sociedades Científicas, o similares).
- Haber obtenido nota A en por lo menos 50% de las carreras completadas en el Posgrado
y no tener ninguna nota abajo de B.
La CCP analizará el pedido fundamentado en parecer detallado emitido por un evaluador
sobre el nuevo proyecto de investigación y desempeño académico del estudiante.
15. PAE – PROGRAMA DE PERFECCIONAMIENTO DE ENSEÑANZA
El Programa de Perfeccionamiento de Enseñanza tiene como objetivo mejorar la
formación de posgraduandos para la actividad didáctica de pregrado. El programa consiste
de dos etapas: Preparación Pedagógica y Pasantía Supervisionada en Docencia.
La Etapa de Preparación Pedagógica consiste en la matrícula en la materia
AGG5900 – Preparación Pedagógica o materia equivalente ofrecida por otra unidad.
La Etapa de Pasantía Supervisionada en Docencia es una pasantía en materias de
pregrado de carreras de la USP, con carga horaria de 06 horas semanales, donde son
desarrollados diversos proyectos como preparación de material didáctico, apoyo a
actividades de campo, de laboratorio y observacional, desenvolvimiento de recursos
audiovisuales, entre otros. La pasantía tiene la supervisión del docente responsable por la
materia, con anuencia del tutor.
La Vicerrectoría de Posgrado de la USP ofrece auxilios financieros semestrales que
buscan estimular la participación de los estudiantes de posgrado en el Programa de
Perfeccionamiento de Enseñanza (PAE). Para candidatearse al auxilio el alumno debe
haber hecho la Etapa de Preparación Pedagógica y estar inscrito en la Etapa de Pasantía
Supervisionada en Docencia. El auxilio financiero mensual podrá ser concedido, como
máximo, por cuatro semestres (suma del nº de auxilios obtenidos de la carrera de
Maestría y de la carrera de Doctorado), para cada alumno, limitando ese periodo a dos
semestres para los alumnos matriculados en la Maestría. El alumno puede realizar la
33
pasantía como voluntario, mientras esté matriculado y siempre que haya la anuencia del
tutor.
A los becarios de la CAPES la asistencia y aprobación en la materia AGG5900 es
obligatoria en el Doctorado. En el Doctorado es obligatoria, también, la participación en al
menos un semestre en la Etapa de Pasantía Supervisionada en Docencia del programa
PAE.
Más informaciones pueden ser obtenidas en la Sección de Posgrado del IAG, o por
el e-mail [email protected], o por las extensiones 914765 y 915046.
a. CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN SUPERVISORA DEL PAE EN EL IAG
En el IAG, la Comisión Coordinadora del PAE está compuesta por miembros de la
CPG y un miembro titular de la Comisión de Pregrado (CG = Comissão de Graduação),
los cuales deberán ser nombrados por los respectivos Programas y por un representante
estudiantil. Los mandatos de los miembros docentes de la comisión del PAE serán
vinculados a los mandatos en las respectivas Comisiones. El Coordinador del PAE será
escogido entre los miembros docentes de la Comisión Supervisora del PAE, oída la CPG y
CG.
16. DOCTORADO CON PASANTÍA EN EL EXTERIOR
Durante el Doctorado, el alumno en común acuerdo con su tutor, tiene la
oportunidad de participar de una pasantía en el exterior. Las agencias de promoción
científica como FAPESP, CNPq y CAPES tienen líneas de financiamiento en esta
modalidad, cuyos requisitos y duración varían entre estas agencias.
1. FAPESP, además del valor de la beca mensual, el alumno puede utilizar los
recursos de la reserva técnica para cubrir los gastos de mantenimiento en la
institución donde la pasantía será realizada. Las condiciones para usufructuar de
esta modalidad pueden ser encontradas en la página web de la FAPESP.
www.fapesp.br
34
2. CNPq, la modalidad se titula Beca de Doctorado Sándwich en el Exterior (SWE) y
las instrucciones, así como el calendario, pueden ser obtenidas en el site del
CNPq www.cnpq.br.
3. La CAPES posee el PDSE (Programa Institucional de Becas de Doctorado
Sándwich en el Exterior), cuyas instrucciones pueden ser obtenidas en el site
http://www.capes.gov.br/component/content/article?id=4561
Los pedidos deben ser encaminados a la PRPG como mínimo con 4 MESES DE
ANTECEDENCIA en relación a la fecha pretendida para inicio de la pasantía.
La Comisión Coordinadora del Programa (CCP) encaminará copia de la solicitud
del (la) candidato (a) seleccionado (a) a la Comisión de Posgrado (CPG) que,
después de conocimiento, deberá encaminar la candidatura a la Vicerrectoría de
Posgrado.
17. PROGRAMA DE DOBLE TITULACIÓN
Cotutoría de tesis con la finalidad de Doble/Múltiple-titulación.
La Universidad de São Paulo puede establecer asociación con instituciones de enseñanza
e investigación extranjeras para la cotutoría de estudiantes, teniendo como objetivo la
preparación de tesis de Doctorado y Maestría y Doble/Múltiple-titulación, mediante firma
de convenio académico internacional que asocie la USP a institución extranjera e implique
reciprocidad.
A través del convenio académico internacional para cotutoría de tesis de doctorado o
maestría, la USP y la Institución extranjera firman el acuerdo sin especificar el nombre del
estudiante participante. Para cada estudiante candidato a la cotutoría y Doble/Múltiple-
titulación deberá ser firmada carta de compromiso de adhesión al convenio.
El candidato a la cotutoría deberá estar regularmente matriculado en carrera de Posgrado
de la USP o en institución extranjera. Las normas y reglamentos de la cotutoría buscando
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la Doble/Múltiple-titulación están dispuestos en el Reglamento del Posgrado de la USP
(artículos 133-140).
Con la finalidad de facilitar este procedimiento de cooperación internacional, la
Vicerrectoría de Posgrado disponibiliza un modelo de minuta de convenio indicativa para
la formalización de cotutoría intentando la Doble/Múltiple-titulación. Los modelos de minuta
y de carta de compromiso disponibilizados por la PRPG contemplan adecuaciones de la
Consultoría Jurídica de la USP y están en conformidad con el nuevo Reglamento de
Posgrado de la USP, vigente a partir del 20/04/2013.
Para más detalles y obtener los modelos de las minutas, entrar en: http://www.prpg.usp.br/
(menú “Internacionalização” / ítem Dupla/Múltipla-titulação)
El convenio debe ser formalizado antes del inicio efectivo de las actividades
previstas en el convenio.
A. Preparación del convenio académico institucional
A1) Visitar, en la página de la Vicerrectoría de Posgrado, los archivos electrónicos
referentes al modelo de minuta de convenio, disponibles en los idiomas: portugués,
español, inglés y francés. La traducción para otros idiomas, si necesario, deberá ser
providenciada por el (a) interesado (a);
A2) La minuta deberá ser llenada, conforme orientaciones que consten en la propia
minuta, y presentadas en la lengua portuguesa y del país extranjero, en dos vías;
A3) En casos excepcionales, podrá ser presentada minuta de convenio diferente del
modelo propuesto en el site de la PRPG siempre que su tenor no conflictúe con las
normas dispuestas en el Reglamento de Posgrado de la USP, vigente a partir de
20/04/2013. En estos casos, recordamos que el documento solamente podrá ser firmado
después de aprobado en todas las instancias de la Universidad de São Paulo. Por
necesitar apreciación individual, su trámite podrá ser más demorado. Versión en portugués
deberá ser providenciada por el (a) interesado (a);
A4) En casos excepcionales, podrá ser presentada minuta de convenio individualizada, o
sea, por alumno, siempre que su tenor no conflictúe con las normas dispuestas en el
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Reglamento de Posgrado de la USP, vigente a partir del 20/04/2013. En estos casos,
recordamos que el documento solamente podrá ser firmado después de aprobado en
todas las instancias de la Universidad de São Paulo. Por necesitar de apreciación
individual, su trámite podrá ser más demorado. Versión en portugués deberá ser
providenciada por el (a) interesado (a);
A5) Enviar la minuta y toda la documentación que consta en el ÍTEM B, a continuación, a
la Secretaría de Posgrado de la Unidad que providenciará abertura de proceso físico, así
como las aprobaciones administrativas conforme el Reglamento de Posgrado.
B. Documentación necesaria para doble titulación
B1) PARA ALUMNOS MATRICULADOS en la USP
Ficha del alumno
Convenio en portugués y en la lengua de la Institución Extranjera; Carta de Compromiso y
Curriculum vitae actualizado del tutor de la IEE
Plano de trabajo, en portugués (y en la lengua extranjera, si hubiera), a ser desarrollado
en la IEE, con cronograma de ejecución, intentando atender disposición para cumplimiento
de periodo de por lo menos 6 meses en la IEE.
B2) PARA ALUMNOS MATRICULADOS en la INSTITUCIÓN EXTRANJERA
Convenio en portugués y en la lengua de la Institución Extranjera;
Carta de Compromiso
Plano de trabajo, en el idioma extranjero, a ser desarrollado en la USP, con cronograma
de ejecución, buscando atender disposición para cumplimiento de periodo de por el menos
6 meses en la USP.
Comprobante de inscripción y de matrícula activa;
Copia del diploma /certificado de conclusión del pregrado;
Copia del diploma de Maestría (si hubiera);
C. Preparación de la carta de compromiso
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C1) En el caso de que el convenio utilizado sea el MODELO USP presentado en el site de
la Vicerrectoría de Posgrado, para cada estudiante candidato a la cotutoría y doble-
titulación deberá ser firmada carta de compromiso de adhesión al Convenio Académico
Internacional para Cotutoría de Tesis de Doctorado. El modelo de carta de compromiso
está disponible en los idiomas: portugués, español, inglés y francés en la página de la
PRPG;
OBS: si el convenio fuera específico, NO ES NECESARIO PRESENTAR CARTA DE
COMPROMISO.
C2) Preparar la carta de compromiso de adhesión al convenio en portugués y en la lengua
extranjera, en dos vías. Las vías de la carta de compromiso solamente podrán ser
firmadas por el estudiante y por los tutores después del convenio haber sido firmado;
C3) La fecha de la carta de compromiso no puede ser anterior a la fecha de efectivación
del convenio (fecha de la última firma en el convenio). Por lo tanto, si la tramitación de la
carta de compromiso ocurre en paralelo a del convenio, no colocar fecha en la carta de
compromiso.
C4) En el caso de que ya exista convenio académico internacional para cotutoría de tesis
vigente entre la USP y la institución extranjera, la adhesión del alumno deberá ser en el
registro inicial del convenio principal en el sistema e-convenios. No deberá ser abierto
nuevo registro en el sistema si ya hubiera un registro activo.
C5) Es obligatorio anexar el plano de trabajo (en portugués) del estudiante, con
cronograma (con el fin de atender disposición para cumplimiento de periodo mínimo de 6
meses en la institución extranjera) y currículum del tutor extranjero. El plano de trabajo
debe incluir actividades con ejecución prevista para después de la formalización (firma) de
la carta de compromiso; Excepcionalmente el alumno podrá presentar un cronograma en
ejecución, pero deberá ser justificado.
38
C6) Estudiante de institución extranjera (alumno externo a la USP) debe anexar al
proceso, el comprobante de inscripción o de matrícula activa en la respectiva institución y
copia del diploma de carrera de pregrado y de Maestría, si hubiera;
C7) Encaminar la carta de compromiso, así como los documentos obligatorios a la
Secretaría de Posgrado de la Unidad para abertura del proceso físico y providencias de
aprobaciones conforme el Reglamento de Posgrado: obtención de manifestación y
aprobación de la Comisión Coordinadora del Programa de Posgrado del (a) interesado (a)
– si hubiera, de la respectiva Comisión de Posgrado, de la Congregación y/o CTA de la
Unidad y de la CCInt local, e inserción en el registro principal del convenio en el sistema
Mercúrio Web e-convenios.
D. Observaciones importantes
D1) El formateo adecuado y clareza de los documentos deben ser mantenidas en el
llenado de la carta y de la minuta. No son aceptados documentos llenados a mano y/o
conteniendo rasuras;
D2) Aunque no previsto en el modelo de minuta del Convenio, se recomienda que en el
caso de tesis redactada en portugués, el estudiante providencie versión de la tesis en
inglés o en la lengua del país de la institución asociada, conforme establecido en el
convenio, para ser proporcionada a los miembros extranjeros de la Comisión Juzgadora.
El nuevo Reglamento de Posgrado de la USP (Artículo 89) posibilita la redacción de tesis
en otros idiomas;
D3) Tesis en otra lengua deberá seguir el Reglamento de Posgrado (Art. 89). Así, si el
Programa no prevé en su Reglamento la defensa en otra lengua, el parecer de aprobación
deberá ser anexado en el sistema.
D4) Solicitudes de apoyo (pasaje y viaje) para costear la movilidad de los miembros de la
Comisión Juzgadora de la Tesis, incluyendo los tutores, en el ámbito del Convenio de
Doble-Titulación, deben ser encaminadas a la PRPG y a la Comisión Coordinadora del
Programa al que se vincula el alumno o el tutor, con antecedencia mínima de 90 días de la
fecha prevista para defensa;
39
D5) Es recomendable que los modelos de minutas propuestas por el CoPGr sean
presentados a la institución extranjera para apreciación y discusión de las cláusulas y
condiciones antes de su encaminamiento para apreciación de la CaN y CJ Regional;
D6) Solo Convenios y respectivas Condiciones Adicionales redactados en lengua
portuguesa y firmados por los representantes legales de ambas instituciones asociadas
tienen validez en Brasil. Versiones en otros idiomas deben obligatoriamente presentar
igual tenor a la versión en lengua portuguesa. Las fechas y firmas en ambas versiones
deben ser coincidentes;
18. BECA DE ESTUDIOS PARA ESTUDIANTES EXTRANJEROS (PEC-
PG)
Candidatos a los programas de posgrado en la USP, oriundos de países de América
del Sul y África con los cuales Brasil mantenga relaciones diplomáticas y culturales, son
estimulados a solicitar becas del programa PEC-PG, apoyado por la CAPES y CNPq. Las
instrucciones, calendario y lista de los países beneficiarios se encuentran en el site de la
CAPES www.capes.gov.br o www.cnpq.br/ en el menú Cooperación internacional.
19. DOCENTES DE ASTRONOMÍA
Profesores Titulares
Prof. Dr. Antonio Mário Magalhães
Prof. Dr. Augusto Damineli Neto
Profa. Dra. Beatriz L.S. Barbuy
Profa. Dra. Cláudia L. Mendes de Oliveira
Prof. Dr. Jacques R. D. Lépine
Prof. Dr. João E. Steiner
Prof. Dr. José Ademir Sales de Lima
Prof. Dr. Laerte Sodré Junior
Prof. Dr. Sylvio Ferraz Mello
Prof. Dr. Walter J. Maciel
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Profesores Asociados
Prof. Dr. Amâncio C.S. Friaça
Prof. Dr. Amaury A. de Almeida
Prof. Dr. Eduardo Janot Pacheco
Prof. Dr. Eduardo S. Cypriano
Profa. Dra. Elisabete M. de Gouveia Dal Pino
Prof. Dr. Gastão Cesar Bierrenbach Lima Neto
Profa. Dra. Jane Gregorio-Hetem
Prof. Dr. Jorge E. Horvath
Prof. Dr. Marcos Perez Diaz
Prof. Dr. Ramachrisna Teixeira
Prof. Dr. Roberto D.D. Costa
Prof. Dr. Ronaldo E. de Souza
Profa. Dra. Silvia C.F. Rossi
Profa. Dra. Tatiana A. Michtchenko
Profa. Dra. Vera Jatenco-Pereira
Profa. Dra. Zulema Abraham
Profesores Doctores
Prof. Dr. Alex Cavaliéri Carciofi
Prof. Dr. César Meirelles Filho
Profa. Dra. Elysandra Figueredo
Prof. Dr. Enos Picazzio
Prof. Dr. Jorge Luis Meléndez Moreno
Prof. Dr. Nelson Vani Leister
Prof. Dr. Roberto Boczko
Profa. Dra. Sandra dos Anjos
Profa. Dra. Thais E. P. Idiart
Profa. Dra. Paula Rodrigues Teixeira Coelho
Prof. Dr. Rodrigo Nemmen da Silva
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20. MATERIAS ACREDITADAS
AGA 5702 “Teoría Planetaria”
AGA5704 “Astrometría”
AGA 5713 “Evolución Estelar”
AGA 5714 “Medio Interestelar”
AGA 5716 “Astronomía Extragaláctica”
AGA 5717 “Cosmología”
AGA 5718 “Radioastronomía”
AGA 5719 “Plasmas en Astrofísica”
AGA 5720 “Teoría de Perturbaciones I”
AGA 5721 “Teoría de Perturbaciones II”
AGA 5722 “Astronomía Esférica”
AGA 5723 “Resonancias Planetarias”
AGA 5724 “Atmósferas Estelares”
AGA 5726 “Vientos Estelares”
AGA 5727 “Núcleos de Galaxias Activas”
AGA 5731 “Procesos Radiativos”
AGA 5733 “Espectros Atómicos y Moleculares”
AGA 5735 “Astrofísica Molecular”
AGA 5737 “Estructura del Universo a Gran Escala”
AGA 5739 “Estructura Galáctica”
AGA 5740 “Poblaciones Estelares en Galaxias”
AGA 5741 “Formación de Estrellas”
AGA 5746 “Astrofísica de Cometas”
AGA 5751 “Cosmología Observacional”
AGA 5802 “Astrofísica Observacional”
AGA 5816 “Evolución Química de la Galaxia”
AGA 5886 “Ciclo de Palestras de Introducción a la Astronomía”
AGA 5906 “Formación y Evolución de Galaxias”
AGA 5912 “Teoría y Modelado Numérico de Turbulencia Interestelar”
AGA 5913 “Turbulencia, Reconexión Magnética y Rayos Cósmicos”
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AGA 5914 “Métodos Numéricos en Astrofísica”
AGA 5915 “Tratamiento Cosmológico de la Expansión del Universo y de la Formación de
Estructuras”
AGA 5916 “Técnicas de Espectroscopia 3D en Astronomía”
AGA 5917 “Planetas Extrasolares y Astrobiología”
AGA 5918 “Óptica para Astronomía”
AGG 5900 “Preparación Pedagógica”
Obs.: Para verificar el docente responsable, periodo de ofrecimiento y sílabos de las
materias, entrar al site https://uspdigital.usp.br/janus/comum/entrada.jsf
21. CRITERIOS PARA CONCESIÓN DE BECAS DE LOS CUPOS
CAPES Y CNPQ
Todo alumno que ingresa en el Programa es sometido a un examen
en el cual es medido el nivel de conocimiento considerado adecuado para el buen
aprovechamiento de la carrera. Después de ser considerados el promedio obtenido en el
examen de ingreso, el certificado de notas y las cartas de recomendación, la CCP
elaborará una lista de prioridades para concesión de las becas pertenecientes al cupo
(CAPES y CNPq) del programa.
22. CRITERIOS PARA CONCESIÓN DE AUXILIOS PARA
PARTICIPACIÓN EN EVENTOS
La CAPES/PROEX concede recursos para la participación de alumnos de nuestro
Programa en eventos científicos en el país (Maestría y Doctorado) y en el exterior (solo
Doctorado). Es también viable la concesión de recursos para realización de misiones
observacionales. Para la utilización de esos recursos ver normas específicas de la
CAPES/PROEX en el site de la CAPES http://www.capes.gov.br/bolsas/bolsas-no-
pais/proex
Además de eso, será obedecida la siguiente prioridad para la concesión de
auxilios.
- Becarios CAPES
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- Becarios de Maestría del CNPq
- Becarios de Doctorado del CNPq
- Becarios FAPESP
- Alumnos sin beca o que ya tengan sus becas concluidas
Los recursos serán concedidos mediante juzgamiento por la CCP para los alumnos de
Maestría con máximo 27 meses de carrera y para los alumnos de Doctorado con máximo
51 meses de carrera.
Los siguientes documentos deben ser entregados al coordinador de la CCP para la
solicitud de recursos CAPES/PROEX:
- Carta firmada por alumno (a) y tutor (a) presentando monto solicitado y justificación para
ese pedido. Explicitar si tiene beca con reserva técnica y que porcentaje de esta utilizará
para la participación en el Evento);
- Copia del resumen del trabajo a ser presentado (y confirmación de aceptación del
trabajo);
- Copia del Programa del Evento en que presentará trabajo;
- Certificado de notas;
- Curriculum Vitae.
Además de los recursos disponibles en el programa, los alumnos pueden solicitar auxilio
de la Vicerrectoría de Posgrado o utilizar los recursos financieros disponibles de sus
reservas técnicas, en el caso de becarios FAPESP, o el recurso taxas de bancada, en el
caso de becarios de doctorado del CNPq.
23. REGLAMENTO DEL PROGRAMA DE POSGRADO EN ASTRONOMÍA
I - COMPOSICIÓN DE LA COMISIÓN COORDINADORA DE PROGRAMA (CCP)
La CCP tendrá como miembros titulares 3 (tres) tutores plenos acreditados en el
Programa, siendo uno de estos el Coordinador y otro el suplente del Coordinador, y 1 (un)
representante estudiantil, teniendo cada miembro titular su suplente.
II - CRITERIOS DE SELECCIÓN
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II.1 PROFICIENCIA EN LENGUA EXTRANJERA
La proficiencia en lengua extranjera será exigida para la matrícula en el Posgrado,
conforme ítem V de este Reglamento.
II.2 REQUISITOS PARA LA MAESTRÍA
Carrera de Pregrado (Bachillerato o Licenciatura) completa en Astronomía o áreas afines.
Los candidatos deberán presentar los siguientes documentos para la inscripción en el
proceso de selección:
- Formulario de inscripción (disponible en la página web del Programa o en el Servicio de
Posgrado);
- Copia de documento de identidad;
- Currículum Documentado;
- Certificado de notas, ficha de alumno, boletín o documento equivalente, conteniendo
eventuales desaprobaciones e interrupciones, emitido por secretaría de pregrado, sección
de alumnos o equivalente;
- Certificado de Proficiencia en Matemática y Física, emitido por el Departamento de
Astronomía del IAG-USP, conforme publicado en la convocatoria de proceso de selección
en el Diário Oficial do Estado de São Paulo y en la página web del Programa.
- 2 (dos) cartas de recomendación en formulario propio (disponible en la página web del
Programa).
Los candidatos serán evaluados, en carácter clasificatorio, a través de la Proficiencia en
Matemática y Física, Certificado de notas y de su Curriculum Vitae. Los pesos de cada
ítem evaluado serán fijados en convocatoria publicada en el Diário Oficial do Estado de
São Paulo.
Podrán ser aceptados en el Programa, mediante disponibilidad de tutor, los candidatos
que obtengan nota superior o igual a 5,0 (cinco).
45
II.3 REQUISITOS PARA EL DOCTORADO
Maestría en Astronomía o áreas afines. Para Maestría realizada en el exterior el
estudiante deberá presentar documento que compruebe la equivalencia (en el ámbito de la
USP) o reconocimiento del título de magíster.
Los candidatos deberán presentar los siguientes documentos para a inscripción en el
proceso de selección:
- Formulario de inscripción (disponible en la página web del Programa o en el Servicio de
Posgrado);
- Copia de documento de identidad;
- Currículum Documentado;
- Certificado de notas del pregrado y Maestría, o documento equivalente, conteniendo
eventuales desaprobaciones e interrupciones, emitido por secretaría de pregrado y
posgrado, sección de alumnos o equivalente;
- Certificado de Proficiencia en Matemática y Física, emitido por el Departamento de
Astronomía del IAG-USP, conforme publicado en la convocatoria de proceso de selección
en el Diário Oficial do Estado de São Paulo.
- 2 (dos) cartas de recomendación en formulario propio (disponible en la página web del
Programa).
Los candidatos serán evaluados, en carácter clasificatorio, a través de la Proficiencia en
Matemática y Física, Certificado de notas y de su Curriculum Vitae. Los pesos de cada
ítem evaluado serán fijados en convocatoria publicada en el Diário Oficial do Estado de
São Paulo y divulgados en la página web del Programa.
Podrán ser aceptados en el Programa, mediante disponibilidad de tutor, los candidatos
que obtengan nota superior o igual a 5,0 (cinco).
II.4 REQUISITOS PARA EL DOCTORADO DIRECTO
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Carrera de Pregrado (Bachillerato o Licenciatura) completo en Astronomía o áreas afines.
Los candidatos deberán presentar los siguientes documentos para la inscripción en el
proceso de selección:
- Formulario de inscripción (disponible en la página web del Programa o en el Servicio de
Posgrado);
- Copia de documento de identidad;
- Currículum Documentado;
- Certificado de notas, ficha de alumno, boletín o documento equivalente, conteniendo
eventuales desaprobaciones e interrupciones, emitido por secretaría de pregrado, sección
de alumnos o equivalente;
- Certificado de Proficiencia en Matemática y Física, emitido por el Departamento de
Astronomía del IAG-USP, conforme publicado en la convocatoria de proceso de selección
en el Diário Oficial do Estado de São Paulo.
- Comprobante de realización de Iniciación Científica durante 2 años, siendo como mínimo
1 año con beca de estudios de agencias de promoción científica.
- Comprobante de presentación de trabajo de Iniciación Científica en evento nacional o
internacional (Simposio de IC, Workshop, Congreso, Reunión de Sociedades Científicas, o
similares).
- 2 (dos) cartas de recomendación en formulario propio (disponible en la página web del
Programa).
Los candidatos serán evaluados, en carácter clasificatorio, a través de la Proficiencia en
Matemática y Física, Certificado de notas y de su Curriculum Vitae. Los pesos de cada
ítem evaluado serán fijados en convocatoria y divulgados en la página web del Programa.
Podrán ser aceptados en el Programa, mediante disponibilidad de tutor, los candidatos
que obtengan nota superior o igual a 5,0 (cinco).
II.5 PROFICIENCIA EN MATEMÁTICA Y FÍSICA:
47
Para el ingreso en el Posgrado, en las carreras de Maestría, Doctorado y Doctorado
Directo, es necesario la presentación del certificado de Proficiencia de Matemática y Física
emitido por el Departamento de Astronomía del IAG-USP.
El certificado de Proficiencia de Matemática y Física, ofrecido semestralmente, es obtenido
mediante aprobación en un examen escrito y es válido por 3 años a partir de la fecha en
que los resultados son publicados.
El sílabo, bibliografía y fechas de aplicación del examen son fijados en convocatoria y
disponible en la Página web del Programa.
III – PLAZOS
III.1 En la carrera de Maestría el plazo para depósito de la Tesis de maestría es de 32
meses.
III.2 En el carrera de Doctorado, para el (la) portador(a) del título de magíster, el plazo
para depósito de la Tesis es de 56 meses.
III.3 En la carrera de Doctorado, sin obtención previa del título de magíster (Doctorado
Directo), el plazo para depósito de la Tesis es de 68 meses.
III.4 En cualquiera de las carreras, en casos excepcionales debidamente justificados, los
estudiantes podrán solicitar prorrogación de plazo por un periodo máximo de 120 días,
conforme documentación y procedimientos dispuestos en el artículo 51 del Reglamento de
Posgrado de la USP.
IV - CRÉDITOS MÍNIMOS
IV.1 El (la) estudiante de Maestría deberá completar un mínimo de unidades de crédito, de
la siguiente forma:
- 100 unidades de crédito, siendo 44 en materias y 56 en la Tesis de maestría.
IV.2 El (la) estudiante de Doctorado, portador del título de magíster por la USP o por ella
reconocido, deberá completar un mínimo de unidades de crédito, de la siguiente forma:
- 156 unidades de crédito, siendo 22 en materias y 134 en la Tesis.
48
IV.3 El (la) estudiante de Doctorado, sin la obtención previa del título de magíster, deberá
completar un mínimo de unidades de crédito, de la siguiente forma:
- 200 unidades de crédito, siendo 66 en materias y 134 en la Tesis.
Podrán ser concedidos, como créditos especiales, como máximo 6 créditos para las
Carreras de Maestría, Doctorado o Doctorado Directo. Tales créditos están especificados
en el ítem XVII – Otras Normas.
V - LENGUA EXTRANJERA
Los estudiantes deberán demostrar proficiencia en inglés, tanto para la Maestría como
para el Doctorado.
V.1 La proficiencia en lengua extranjera será exigida en el momento de la matrícula en el
posgrado.
V.2 Tanto en la Maestría como en el Doctorado serán aceptados Exámenes de
Proficiencia, tales como TOEFL, IELTS, Cambridge, Michigan. La lista de exámenes
aceptados, la nota o clasificación mínima, diferentes para Maestría y Doctorado, y la
validez para aceptación de los referidos exámenes serán divulgadas en la convocatoria del
proceso de selección.
V.3 A los alumnos extranjeros, además de la proficiencia en lengua inglesa, es exigida
también la proficiencia en lengua portuguesa, demostrada por medio de la presentación
del Certificado de Proficiencia en Lengua Portuguesa para Extranjeros, CELPE-BRAS,
nivel intermedio.
V.4 Los alumnos extranjeros deberán presentar el certificado de proficiencia en lengua
portuguesa hasta 16 (dieciséis) meses después del ingreso en el Posgrado.
V.5 Al alumno extranjero que demuestre la proficiencia en lengua portuguesa en la
Maestría no le será exigido el examen en el Doctorado.
VI – MATERIAS
VI.1. La acreditación o reacreditación de materias es basada en análisis del contenido
programático, compatibilidad con las líneas de investigación del Programa, actualización
bibliográfica, Curriculum Vitae de los profesores y parecer detallado de un evaluador,
propuesto por la CCP para análisis y deliberación de la CPG.
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VI.2 El profesor responsable deberá ser participante activo del Programa cuando se trate
de materia básica del Programa.
VII – CANCELACIÓN DE MATERIAS
VII.1 La cancelación de materias podrá ocurrir mediante solicitud del profesor, por motivo
de fuerza mayor, aprobada por la CCP.
VII.2 La CCP deberá emitir parecer sobre la solicitud en el plazo máximo de 10 días útiles.
VII.3 La cancelación de materia por falta de alumnos solo podrá ocurrir si hubiera menos
de 03 (tres) alumnos inscritos regularmente matriculados, conforme solicitud del
responsable por la materia antes de la fecha establecida para el inicio de las clases.
VII.4 El plazo máximo para deliberación de la CCP de acuerdo con el calendario es de
hasta 2 (dos) días antes de la fecha final para el inicio de las clases.
VIII – EXAMEN DE CALIFICACIÓN (EQ)
El Examen de Calificación es exigido en el Doctorado.
La inscripción en el examen de calificación es de responsabilidad del estudiante y deberá
ser hecha dentro del plazo máximo establecido por el Programa en este Reglamento
(ítems VIII.2.1 y VIII.3.1)
El examen deberá ser realizado como máximo 60 días después de la inscripción.
El estudiante de posgrado que no realice el examen en el periodo previsto para su carrera
será desvinculado del Programa, conforme ítem V del artículo 52 del Reglamento de
Posgrado de la USP.
La comisión examinadora debe estar constituida por tres miembros, con titulación mínima
de doctor.
VIII. 1 Maestría
No se aplica
VIII.2 Doctorado
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VIII.2.1. El estudiante de Doctorado deberá inscribirse para la realización del examen de
calificación en un periodo máximo de 18 meses después del inicio del conteo del plazo en
la carrera en formulario propio, firmado por el tutor.
VIII.2.2. El objetivo del examen de calificación en el Doctorado es evaluar la capacidad del
(la) candidato(a) de desenvolver, de forma independiente, su proyecto de Tesis, dentro de
su área de investigación.
VIII.2.3 Para el Doctorado, el examen consistirá de dos pruebas escritas, con duración
máxima de 4 (cuatro) horas cada, seguida de argumentación oral de máximo 60 minutos.
VIII.2.4 El contenido del examen escrito y de la evaluación oral versarán sobre 3 materias
básicas, escogidas por el tutor, con el aval de la CCP, conforme ítem XVII.4 de este
Reglamento.
VIII.2.5 El Jurado Examinador será compuesto por tres Doctores, siendo al menos dos de
ellos Tutores del Programa.
VIII.2.6 La CCP nombrará el presidente del Jurado Examinador obedeciendo, siempre que
sea posible, la jerarquía entre sus miembros.
VIII.2. El Tutor no podrá hacer parte del Jurado Examinador.
VIII.3 Doctorado Directo
VIII.3.1 El estudiante de Doctorado Directo deberá inscribirse para la realización del
examen de calificación en un periodo máximo de 24 meses después del inicio del conteo
del plazo en la carrera.
VIII.3.2 El objetivo del examen de calificación en el Doctorado Directo es el mismo del
Doctorado. El Examen será realizado de acuerdo con las normas del Doctorado.
El estudiante que fuera desaprobado en el examen de calificación podrá inscribirse para
repetirlo solo una vez, debiendo realizar nueva inscripción en el plazo de 6 meses después
de la realización del primer examen. El segundo examen deberá ser realizado en el plazo
de 60 (sesenta) días después de la inscripción. Persistiendo la desaprobación, el
estudiante será desvinculado del Programa y recibirá certificado de las materias cursadas.
IX – TRANSFERENCIA DE ÁREA DE CONCENTRACIÓN O DE CARRERA
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IX.1 El estudiante podrá solicitar el cambio de nivel con la anuencia del tutor, en un plazo
máximo de 12 meses, a contar de la fecha de matrícula en la Maestría. El alumno
interesado en el cambio de nivel deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Comprobante de realización de Iniciación Científica durante 2 años, siendo como mínimo
1 año con beca de estudios de agencias de promoción científica.
- Comprobante de presentación de trabajo en evento nacional o internacional (Simposio de
IC, Workshop, Congreso, Reunión de Sociedades Científicas, o similares).
- Haber obtenido nota A en por lo menos 50% de las carreras completadas en el Posgrado
y no tener ninguna nota abajo de B.
La CCP analizará el pedido fundamentado en parecer detallado emitido por un evaluador
sobre el nuevo proyecto de investigación y desempeño académico del estudiante.
X – DESEMPEÑO ACADÉMICO Y CIENTÍFICO INSATISFACTORIO
X.1 Además de las reglas establecidas en el artículo 52 del Reglamento del Posgrado de
la USP, el (la) estudiante podrá ser desvinculado del Programa de posgrado, en cualquier
carrera (Maestría, Doctorado y Doctorado Directo), si ocurriera una de las siguientes
situaciones:
a) Desaprobación del informe semestral/anual de actividades por dos veces consecutivas.
b) No entregar el informe semestral/anual en la fecha límite prevista en el calendario
anual, divulgado por el Servicio de Posgrado y en la página web del Programa.
X.2. El estudiante que tenga su informe desaprobado deberá entregar nuevo informe en el
plazo máximo de 30 (treinta) días, contados a partir de la fecha de homologación de la
desaprobación por la CPG.
XI – TUTORES Y COTUTORES
XI.1 La decisión sobre la acreditación de un tutor será basada en su desempeño científico.
El docente será evaluado por su capacidad de dirigir un proyecto de investigación y
generar publicaciones en periódicos con arbitraje. La coordinación y la participación del
docente en proyectos de investigación serán valorizadas.
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XI.2 El tutor de Doctorado deberá necesariamente asumir actividades didácticas en el
Programa de posgrado en Astronomía.
XI.3 La primera acreditación será siempre específica, tanto en la Maestría como en el
Doctorado.
XI.4 Para la acreditación plena en el Programa de Astronomía, el docente deberá haber
dirigido por lo menos una Tesis de Maestría, o Tesis de Doctorado, y debe haber
publicado en los últimos 5 años por lo menos tres artículos en revista arbitrada,
internacional o nacional, o libro en áreas de investigación del Programa.
XI.5 El plazo para la acreditación de cotutor en la Maestría será de 12 meses.
XI.6 El plazo para la acreditación de cotutor en el Doctorado será de 12 meses.
XI.7 El plazo para la acreditación de cotutor en el Doctorado Directo será de 12 meses.
XI.8 El cotutor contribuirá con tópicos específicos, complementando la tutoría de alumno
de Posgrado.
XI.9 El número máximo de alumnos por tutor es 6 (seis). Adicionalmente, el tutor podrá ser
cotutor de hasta 3 (tres) alumnos.
XI.10 El tutor con acreditación plena deberá solicitar renovación de su acreditación a cada
5 años. En la reacreditación será utilizado el mismo criterio que para acreditación plena.
XI.11 Investigadores no vinculados al cuerpo docente del Programa de Astronomía,
posdoctorandos, Joven Investigador, Profesor Visitante, Investigador Pasante y otros, son
considerados, para fines de acreditación y de reacreditación, como cotutores. El
interesado deberá presentar a la CCP un documento atendiendo las siguientes exigencias
mínimas:
Justificación detallada del solicitante en cuanto a la contribución innovadora del proyecto
para el Programa de posgrado;
Identificación del vínculo del interesado (p. ej.: joven investigador), mencionando la
vigencia del Programa y línea de investigación;
Demostrar la existencia de infraestructura (física, material y/o de equipo);
Demostrar la existencia de recursos para financiamiento del proyecto propuesto para
tutoría del posgraduando;
Manifestación de un profesor de la institución o supervisor, con la anuencia del jefe del
departamento o equivalente, demostrando concordancia en cuanto a la utilización del
53
espacio para el desenvolvimiento de la tutoría solicitada y al mantenimiento de las
condiciones para la ejecución del proyecto del posgraduando;
Curriculum vitae del interesado debiendo constar, cuando se aplique, las orientaciones
concluidas y en curso en la USP y fuera de ella;
Demostrar la situación funcional y el vínculo institucional del interesado (en el caso de que
el interesado no compruebe vínculo institucional estable, el periodo de permanencia en la
institución de la USP deberá ser de por lo menos 75% del plazo máximo para el depósito
de la Tesis de maestría o Tesis de doctorado).
XII – PROCEDIMIENTOS PARA DEPÓSITO DE LA TESIS DE MAESTRÍA/TESIS DE
DOCTORADO
XII.1 El trabajo final en la carrera de Maestría será en la forma de Tesis de maestría,
conteniendo los siguientes ítems:
- Cubierta con nombre de la unidad, nombre del autor, título del trabajo, lugar (ciudad) y
año del depósito;
- Portada con nombre del autor, título del trabajo, naturaleza del trabajo, nombre de la
institución a la que es sometido, grado pretendido, nombre del tutor y cotutor (si hubiera),
lugar (ciudad) y año de depósito, número de volúmenes;
- Resumen en Portugués;
- Resumen en Inglés;
- Lista de Figuras, Ilustraciones y Tablas;
- Introducción;
- Metodología, Resultados;
- Conclusiones y Perspectivas;
- Bibliografía;
- Apéndices (opcional)
- Anexos (opcional)
XII.2 El trabajo final en la carrera de Doctorado y Doctorado Directo será en la forma de
una Tesis, conteniendo los siguientes ítems:
- Cubierta con nombre de la unidad, nombre del autor, título del trabajo, lugar (ciudad) y
año del depósito;
54
- Portada con nombre del autor, título del trabajo, naturaleza del trabajo, nombre de la
institución a la que es sometido, grado pretendido, nombre del tutor y cotutor (si hubiera),
lugar (ciudad) y año de depósito, número de volúmenes;
- Resumen en Portugués;
- Resumen en Inglés;
- Lista de Figuras, Ilustraciones y Tablas;
- Introducción;
- Metodología, Resultados;
- Conclusiones y Perspectivas;
- Bibliografía;
- Apéndices (opcional)
- Anexos (opcional)
XII.3 El alumno podrá utilizar material publicado o sometido a publicación siempre que sea
primer o segundo autor de este material. El estudiante y el tutor deberán obtener
declaración formal de todos los coautores del trabajo de que este material no haya sido
utilizado previamente en otra Tesis y que no será utilizado en otros trabajos futuramente.
Tal declaración deberá ser entregada en el Servicio de Posgrado en el momento del
depósito.
XII.4 Independiente del formato utilizado, la Tesis deberá ser escrita en un único idioma.
XII.5 El depósito de los ejemplares será efectuado por el (la) candidato (a) en el Servicio
de Posgrado hasta el final del expediente del último día de su plazo reglamentario. Para la
Maestría, deben ser entregados 4 (cuatro) ejemplares impresos de la Tesis de maestría,
siendo 3 (tres) encuadernados y 1 (uno) sin encuadernación, más copia de la Tesis de
maestría en formato PDF y su resumen en formato DOC o TXT en medio digital. Para el
Doctorado, deben ser depositados 6 (seis) ejemplares de la Tesis, siendo 5 (cinco)
encuadernados y 1 (uno) sin encuadernación, más copia de la Tesis en formato PDF y
resumen de la misma en formato DOC o TXT en medio digital.
El depósito deberá ser acompañado de carta del tutor certificando que el alumno está apto
para la defensa y, si fuera el caso, de la declaración de conocimiento de coautores en
artículos publicados de la imposibilidad de utilización de estos en otros trabajos.
55
XII.5 En la carrera de Doctorado en Astronomía, junto con el depósito de la Tesis, se exige
la comprobación de sumisión de un artículo, en el cual el estudiante sea primer o segundo
autor, en revista internacional arbitrada.
XII.6 Las comisiones juzgadoras de las Tesis de maestría y Tesis de doctorado contarán
con la presencia del Tutor, o Cotutor, solo en la condición de Presidente, sin derecho a
voto.
XIII – FORMAS ADICIONALES DE EVALUACIÓN DE ALUMNOS
Los alumnos en la Maestría deben presentar semestralmente un informe de actividades
alternando entre presentaciones escrita y oral; el primer informe será por presentación
oral.
El alumno de Maestría que ingresa en el primer semestre (01/ene - 30/jun) debe presentar
el primer informe en octubre. Cuando el ingreso es en el segundo semestre (01/jul -
31/dic), el primer informe debe ser en abril.
Los alumnos en el Doctorado y Doctorado Directo deben presentar un informe anual de
actividades por escrito que será presentado oralmente al evaluador nombrado por la CCP.
El alumno de Doctorado o Doctorado Directo que ingresa entre 01/nov y 30/abr debe
presentar el primer informe en octubre. Cuando el ingreso es entre 01/may y 31/oct, el
primer informe debe ser presentado en abril.
El segundo informe del Doctorado y Doctorado Directo será una defensa del proyecto de
Tesis con un jurado compuesto por el evaluador, más 2 (dos) miembros y respectivos
suplentes, excluyendo el tutor.
Los criterios para la elaboración de informes son presentados en el ítem XVII “Otras
Normas”.
El informe será objeto de análisis por parte de un evaluador designado por la Coordinación
del Programa, que deberá elaborar un parecer detallado sobre las actividades
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desarrolladas por el alumno, además de hacer recomendaciones para mejora de
desempeño, si necesario.
El alumno que tenga su informe desaprobado deberá entregar el nuevo informe en el
plazo máximo de 30 (treinta) días a contar de la fecha de homologación del resultado por
la CPG. El desempeño académico y científico es considerado insatisfactorio si el alumno
no entrega su informe en las fechas establecidas por la CCP o si su informe fuera
desaprobado por 2 (dos) veces consecutivas.
Instrucciones para informe oral – MAESTRÍA
Los informes de actividades (presentación oral) también deben estar acompañados de la
ficha de evaluación del Tutor. El alumno debe entregar la ficha de evaluación del tutor en
el Servicio de Posgrado antes de la presentación del informe oral (como mínimo una
semana antes de la fecha pretendida para presentación del informe).
El informe oral debe ser hecho en el periodo comprendido entre 2 (dos) semanas antes y 2
(dos) semanas después del plazo de entrega de los informes escritos.
Es responsabilidad del alumno agendar un horario con el evaluador (y opcionalmente con
el tutor) para presentación del informe oral, en el plazo establecido por la CCP
Los alumnos que deben hacer el informe oral, pero se encuentran fuera de la ciudad de
São Paulo debido a alguna actividad relacionada a su carrera de Posgrado, deben
entregar solo un informe escrito dentro del plazo reglamentario. En estos casos, el
interesado deberá enviar solicitud previa a la CCP, la cual será analizada.
XIV – EVALUACIÓN ESCRITA EN EL JUZGAMIENTO DE LAS TESIS DE MAESTRÍA O
TESIS DE DOCTORADO
No se aplica.
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XV. IDIOMAS PERMITIDOS PARA REDACCIÓN Y DEFENSA DE TESIS DE MAESTRÍA
Y TESIS DE DOCTORADO
XV.1 Atendiendo el artículo 89 del Reglamento de Posgrado de la Universidad de São
Paulo, todas las Tesis de maestría y Tesis de doctorado deberán contener título, resumen
y palabras clave en portugués e inglés.
XV.2 Las Tesis de maestría y Tesis de doctorado podrán ser redactadas y defendidas en
portugués o inglés.
XVI – NOMENCLATURA DEL TÍTULO
XVI.1 El estudiante de Maestría que cumpla todas las exigencias de la carrera recibirá el
Título de “Magíster en Ciencias”. Programa: Astronomía.
XVI.2 El estudiante de Doctorado o Doctorado Directo que cumpla todas las exigencias de
la carrera recibirá el Título de “Doctor en Ciencias”. Programa: Astronomía.
XVII – OTRAS NORMAS
XVII.1 Informes
XVII.1.1 Los informes deberán ser entregados obedeciendo los plazos fijados por la CCP.
XVII.1.2 Los informes, con máximo 20 páginas (sin contar anexos opcionales), deberán
contener:
- Título y Resumen del Proyecto de Investigación
- Objetivos
- Resumen de las actividades descritas en informes anteriores (si fuera el caso)
- Descripción de las actividades realizadas en el periodo
- Referencias Bibliográficas
- Cronograma de Ejecución completo, identificando actividades ya realizadas y las futuras.
XVII.2 Créditos Especiales
Podrán ser concedidos, como créditos especiales, máximo 6 créditos para las Carreras de
Maestría, Doctorado o Doctorado Directo.
XVII.2.1 En el caso de trabajo completo publicado en revista de circulación nacional o
internacional que tenga cuerpo editorial reconocido, o capítulo de libro de reconocido
mérito en la área del conocimiento, siendo el (la) estudiante el (la) primer(a) autor(a) y que
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posea relación con el proyecto de su Tesis de maestría o Tesis de doctorado, el número
de créditos especiales es igual a 1 (uno).
XVII.2.2 En el caso de depósito de patentes el número de créditos especiales es igual a 1
(uno).
XVII.2.3 En el caso de publicación de capítulo en manual tecnológico reconocido por
órganos oficiales nacionales e internacionales el número de créditos especiales es igual a
1 (uno).
XVII.2.4 En el caso de participación en Congresos, Workshops, Simposios u otro tipo de
reunión científica con presentación de trabajo completo y que sea publicado (en la forma
impresa o digital) en anales (o similares) y que el alumno sea el primer autor, el número de
créditos concedidos es igual a 1 (uno) por evento.
XVII.2.5 En el caso de participación en el Programa de Perfeccionamiento de Enseñanza
(PAE) el número de créditos especiales es igual a 1 (uno).
XVII.4 Materias Básicas
Las materias básicas del Programa de Astronomía son:
AGA 5713 “Evolución Estelar”
AGA 5716 “Astronomía Extragaláctica”
AGA 5731 “Procesos Radiativos”
AGA 5802 “Astrofísica Observacional”
AGA 5702 “Teoría Planetaria”
AGA 5704 “Astrometría”
AGA 5720 “Teoría de Perturbaciones I”
AGA 5722 “Astronomía Esférica”
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24. NORMAS PARA USO DE LA RED DE INFORMÁTICA DEL IAG
Estas Normas complementan y detallan el Código de Ética y Reglamento general, Decreto
N-52.906 de la Universidad de São Paulo, y las Portarías GR-3503, GR-3361, GR-3662 y
Resolución N-4754 y N-4871 de la Coordinadoría de Tecnología de la Información.
I - Uso de las Instalaciones
Se entiende que la rede de informática, incluyendo los computadores y equipos en general
a ella conectados, y de aquí en adelante denominada RED COMPUTACIONAL, es de
propiedad pública. Así, como regla general, el uso de la misma debe respetar los
estándares de seguridad establecidos por la Comisión de Informática (CI) del IAG, y
gerenciados por la Sección de Informática (SI) del IAG tal que los intereses de la
colectividad local y de la USP prevalezcan sobre los individuales.
El uso indebido de las instalaciones de la RED (edificio y equipos) estará sujeto a las
penalidades previstas en el ítem III.
Constituye uso indebido y vetado:
1. Practicar actividades que afecten o coloquen en riesgo las instalaciones (p. ej. robo,
incendio, inundación, etc.), así como actividades o prácticas que promuevan el desperdicio
de recursos, de energía, de agua, etc.;
2. Facilitar el acceso a RED a persona extraña al IAG/USP y/o persona no autorizada (p.
ej. entrega de claves o informaciones pertinentes a la seguridad de la RED, préstamo de
llaves, copias de llaves, abertura de puertas, etc.);
3. Ejercer actividades que coloquen en riesgo la integridad física de las instalaciones y/o
equipos de la RED (por ejemplo, comer, beber, fumar, en las proximidades del equipo);
4. Perturbar el ambiente académico utilizando los equipos de informática con actividades
ajenas a las actividades del Instituto;
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5. Desarmar cualesquier equipos o accesorios de la RED, de uso común, bajo cualquier
pretexto, así como remover equipos o manuales del local a ellos destinado sin autorización
explícita de la SI;
6. Usar cualquier equipo de forma perjudicial o agresiva al mismo;
7. Usar de manera abusiva e indebida el material de consumo disponible (p. ej.: imprimir
y/o copiar material en exceso (arriba del cupo), tóner, tinta o no relacionado a la actividad
académica);
8. Usar la red del IAG para actividades éticamente impropias, conforme establecido en el
ítem II;
9. Ejercer actividades de mantenimiento computacional por funcionarios y/o terceros que
no sean técnicos de la SI sin el debido acompañamiento y/o autorización de un técnico de
la SI (ej.: hijos de funcionarios, técnicos particulares, y alumnos);
10. Atribuir un numero IP (Internet Protocol) de cualquier forma y a cualquier tipo de
equipo sin autorización explícita del equipo de informática.
11. Descargar (download) vía Internet, e instalación de material protegido por derechos
autorales (películas, juegos, softwares, etc.) sin el previo permiso y/o autorización del
propietario obtenido en la forma de la ley;
12. Copiar programa de computador adquirido por la Universidad para uso en
computadores de propiedad personal
13. Entregar copia de programa de computador para cualquier subcontratante de la
Universidad o para terceros externos a la Universidad
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14. Instalar programas de computador sin autorización de la autoridad específica, en
equipos de la Universidad, de uso propio o de terceros
II - Uso Ético de la Rede de Informática, cuentas, claves y sus Equipos
Constituye una falta, pasible de penalidad, conforme previsto en el ítem III:
1. Instalar o remover programas/software en equipos de uso común, a menos que
autorizado y/o debidamente asistido por un técnico de la SI;
2. Desenvolver y/o diseminar virus fraudulentamente en los equipos de la red;
3. Practicar o facilitar la práctica de piratería de software/datos de cualquier especie;
4. Practicar intrusión de cualquier especie, tal como quebrar privacidad, utilizar la cuenta
ajena sin autorización, intentar quebrar sigilo y/o clave, obtener acceso de superusuario,
obtener claves de otros usuarios, causar perjuicio de operación del sistema en detrimento
de los demás usuarios, utilizar programas para burlar el sistema, bloquear las
herramientas de auditoria automática y/o otras acciones semejantes;
5. Dejar de comunicar a la SI toda y cualquier irregularidad encontrada en la RED;
6. Usar de manera ilícita los recursos disponibles en la RED (p. ej.: juegos online, redes
P2P.);
7. Practicar, de manera no autorizada, o facilitar la práctica de cualquier actividad ajena a
los intereses de la Universidad (enseñanza, investigación y extensión de servicios a la
comunidad);
8. Divulgar colectivamente, por la RED, mensajes con contenido que puede ser
considerado: de interés particular o reducido, indecoroso, religiosamente y/o políticamente
ofensivo y/o parcial, o pretendidamente humorístico, prejuicioso o calumnioso;
9. Utilizar el sistema de correo electrónico para fines comerciales personales lucrativos;
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10. Alterar, sin el conocimiento del equipo de informática, la clave de la cuenta
ADMINISTRADOR (Windows) y/o ROOT (Linux) de una máquina de propiedad del IAG y
conectada a su red de computadores. Esta clave deberá ser de conocimiento del equipo
de informática;
11. Alterar y/o crear username diferente al registrado por el equipo de informática
III – Auditoría
Portaría GR N 3503, 26 de agosto de 2004.
Artículo 3 – Cualquier acto no autorizado, comisivo u omisivo, que se destine a alterar,
destruir, inutilizar, incapacitar, violar o deteriorar sistemas de redes pertenecientes u
operados por la USP deberá ser objeto, en la esfera administrativa, de rígida y célere
pesquisa de responsabilidad, para aplicación, si fuera el caso, de la correspondiente pena,
en la forma de legislación existente. (Anexo II)
Párrafo único- La aplicación de pena administrativa por la práctica del acto, acción u
omisión anteriormente descrito, no eximirá sus autores de la pesquisa de la
correspondiente responsabilidad criminal y composición de eventuales perjuicios, si fuera
el caso, ante los poderes competentes.
IV- Penalidades
La no observancia de las disposiciones de la presente norma podrá ser penada en la
forma del Régimen Disciplinar y General previsto en el Decreto 52.906, artículos 248, 249,
253 del 27 de marzo de 1972, a que están sujetos los miembros de los cuerpos docente y
estudiantil de la Universidad, por fuerza de lo dispuesto en el artículo 4o de las
Disposiciones Transitorias del Reglamento General, o en la forma del Estatuto de los
Servidores de la USP, en el caso de los demás servidores, sin perjuicio de la aplicación de
otras penalidades previstas en la legislación civil y penal. (Anexo I)
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V - Disposiciones Generales
El uso de laptop, computadores e impresoras particulares debe ser obligatoriamente e
inmediatamente comunicado a la secretaría y a la SI del departamento. La responsabilidad
por la instalación y configuración en red es solo y únicamente realizada por los técnicos de
la SI. Estos equipos deberán seguir los estándares de instalación, tener sistema de
antivirus instalado y actualizado.
Es prohibida la solicitud de mantenimiento a los equipos particulares.
Los casos no cubiertos detalladamente por estas Normas deberán ser apreciados por la
Comisión de Informática del IAG.
La SI no tiene responsabilidad sobre los datos y registros de usuarios, cabiendo al usuario
la responsabilidad por el almacenamiento y copia de backup de los datos por él
desarrollados. Recomiéndase realizar backup periódicamente en medios diferentes para
que, en el caso de fallas de disco y/o sistema, sea posible recuperar sus datos
Existiendo notificaciones de incidentes de seguridad provenientes de un equipo que esté
utilizando la red, el equipo técnico deberá tomar las debidas providencias, incluyendo la
retirada del acceso a Internet y a red local, hasta que el problema sea resuelto.