Causales de Despido y Finiquito

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Causales de Despido y finiquito ¿Por que causas puede terminar un contrato de trabajo? El contrato de trabajo solo puede terminar por causas legales. Se pueden señalar diversos tipos de causas. En primer término por causas que pueden llamarse “naturales”, como ser acuerdo de las partes, renuncia del trabajador, muerte del trabajador, cumplimiento del plazo del contrato. En segundo lugar, están las que se refieren a malas conductas del trabajador, como ser faltas injustificadas al trabajo, conductas antisociales e inmorales y otras. Si el contrato termina por cualquiera de los dos tipos de causales señaladas, el trabajador no tiene derecho a que se le pague indemnización, a no ser que la causal haya estado mal invocada. Por último, existe lo que se llama necesidades de la empresa que es la única causal que da derecho a indemnizaciones al trabajador. Se tratará cada una de estas causales en detalle. Perdón de la causal. Importante. Cuando ocurre el hecho que produce el término del contrato de trabajo, y el empleador no procede al despido, opera el “perdón” de la causal. En la práctica, el despido se hace efectivo separando al trabajador de sus labores. Ejemplo. Si el trabajador faltó dos días seguidos sin causa justificada y llega el tercer día a trabajar, retomando sus labores, se renuevan los derechos del trabajador. Al despedir a un trabajador debe considerarse, al menos, lo siguiente: Que existan hechos que justifiquen el despido. Que tales hechos estén contemplados como causal de despido en el Código del Trabajo. Avisos: comunicación escrita del despido al trabajador, personalmente o por carta certificada. Copia de esta comunicación a la Inspección del Trabajo. Pago de indemnizaciones, cuando corresponda. Firma del Finiquito y su ratificación ante ministro de fe. (Notario, Inspector del Trabajo). Tenga claro que si el trabajador no está de acuerdo podrá demandar judicialmente. ¿Qué es el Finiquito? El término del contrato debe constar por escrito en un finiquito. El finiquito es un acuerdo en que trabajador y empleador dejan constancia del término del contrato de trabajo. Al firmar el finiquito, las partes en realidad señalan que aprueban y están de conformes con lo que en él se dice, como por ejemplo, sobre el inicio y término de la relación laboral, sobre los hechos que han originado el término del contrato, el monto de las indemnizaciones, etc. Esto es muy importante porque después nadie puede desdecirse de lo allí expresado. Requisitos del Finiquito 1

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Causales de Despido y finiquito

¿Por que causas puede terminar un contrato de trabajo?

El contrato de trabajo solo puede terminar por causas legales. Se pueden señalar diversos tipos de causas. En primer término por causas que pueden llamarse “naturales”, como ser acuerdo de las partes, renuncia del trabajador, muerte del trabajador, cumplimiento del plazo del contrato.  En segundo lugar, están las que se refieren a malas conductas del trabajador, como ser faltas injustificadas al trabajo, conductas antisociales e inmorales y otras. Si el contrato termina por cualquiera de los dos tipos de causales señaladas, el trabajador no tiene derecho a que se le pague indemnización, a no ser que la causal haya estado mal invocada. Por último, existe lo que se llama necesidades de la empresa que es la única causal que da derecho a indemnizaciones al trabajador. Se tratará cada una de estas causales en detalle.

Perdón de la causal. Importante.

Cuando ocurre el hecho que produce el término del contrato de trabajo, y el empleador no procede al despido, opera el “perdón” de la causal. En la práctica, el despido se hace efectivo separando al trabajador de sus labores. Ejemplo. Si el trabajador faltó dos días seguidos sin causa justificada y llega  el tercer día a trabajar, retomando sus labores, se renuevan los derechos del trabajador.

Al despedir a un trabajador debe considerarse, al menos, lo siguiente: Que existan hechos que justifiquen el despido.

Que tales hechos estén contemplados como causal de despido en el Código del Trabajo. Avisos: comunicación escrita del despido al trabajador, personalmente o por carta certificada.

Copia de esta comunicación a la Inspección del Trabajo. Pago de indemnizaciones, cuando corresponda. Firma del Finiquito y su ratificación ante ministro de fe. (Notario, Inspector del Trabajo).

Tenga claro que si el trabajador no está de acuerdo podrá demandar judicialmente.

¿Qué es el Finiquito?

El término del contrato debe constar por escrito en un finiquito. El finiquito es un acuerdo en que trabajador y empleador dejan constancia del término del contrato de trabajo. Al firmar el finiquito, las partes en realidad señalan que aprueban y están de conformes con lo que en él se dice, como por ejemplo, sobre el inicio y término de la relación laboral, sobre los hechos que han originado el término del contrato, el monto de las indemnizaciones, etc. Esto es muy importante porque después nadie puede desdecirse de lo allí expresado.

Requisitos del Finiquito

El finiquito debe ser firmado por el trabajador y por el presidente del sindicato o delegado del personal. En caso contrario debe ser ratificado por el trabajador ante el inspector del trabajo o ante otro ministro de fe que puede ser: Un Notario Público, un Oficial de Registro Civil, o, el Secretario Municipal correspondiente.

¿Qué significa que el finiquito deba ser ratificado ante ministro de fe?

Ratificar significa confirmar los actos y conceptos que allí se detallan, dándolos por verdaderos y ciertos. Por lo tanto, no basta que el Notario Público estampe su firma en el finiquito. Debe dejar constancia que el trabajador está ratificando y confirmando lo que en el finiquito se dice. En consecuencia, debe tenerse especial cuidado cuando se firma un finiquito ante Notario. Se han perdido  juicios por este problema. No se trata solo de firmar el finiquito ante Notario.

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¿Qué efecto tiene para el empleador que el finiquito no cumpla con estos requisitos?.

La ley dice que éste no podrá ser invocado por el empleador. Este quiere decir que en el evento de un juicio, el empleador no podrá basarse en lo que dice el finiquito para convencer al tribunal. Deberá aportar otras pruebas. En definitiva, se presenta débil al juicio.

¿Qué seguridad tiene el empleador ante posibles reclamos del trabajador?

Opinamos que el empleador se encuentra en una situación de mucha seguridad, puesto que es muy difícil que una acción judicial del trabajador prospere. Los tribunales han dicho respecto de un finiquito legalmente suscrito, cosas como las siguientes:

El finiquito equivale a una sentencia ejecutoriada.Cuando un tribunal dicta una sentencia sobre en un conflicto legal específico, y esta está ejecutoriada, las partes no tienen derecho a discutir los mismos asuntos judicialmente. El finiquito estaría en el mismo caso, su contenido no puede volver a discutirse judicialmente.

El finiquito tiene pleno poder liberatorio. Es decir, pone término definitivamente a la relación laboral, no existiendo a partir de su firma ningún vínculo que una al empleador con el trabajador. Por lo tanto, si se intenta una demanda que pretenda discutir asuntos relativos a dicha relación laboral, esta carece de causa.

El finiquito es plena pruebe en un juicio. Eso significa que si llega a abrirse un juicio en que se discutan asuntos relacionados con un finiquito, este instrumento tiene el máximo valor probatorio reconocido por el sistema legal. Todo lo anterior le da gran fuerza al finiquito.

¿Se puede dejar sin efecto un finiquito?

La única forma de echar abajo un  finiquito es lograr que un tribunal lo declare nulo. Por ejemplo, el tribunal puede llegar al convencimiento que el finiquito contiene errores, o que el trabajador lo firmó presionado por la fuerza, o fue víctima de un engaño doloso para lograr su firma. También el finiquito es nulo si no se han pagado las imposiciones. Esto es una situación distinta a entrar a discutir lo que se ha acordado en el finiquito. Por eso es tan importante que el finiquito esté bien hecho.

¿Qué es la reserva de derechos en la firma de un finiquito?

Al firmar un finiquito el trabajador puede hacer reserva de algún derecho. Por ejemplo, el trabajador señala que respecto de la gratificación, se reserva el derecho de pedir cuando corresponda. Respecto de este punto, podrá en su momento hacer valer dicho derecho. Para que tenga valor la reserva de derecho tiene que hacerla al firmar el finiquito y quedar expresada en el texto del finiquito.

Las imposiciones deben estar pagadas al poner término al contrato de trabajo.

Para poner término al contrato de trabajo las imposiciones deben estar pagadas, de lo contrario el despido no produce efecto y el trabajador sigue ganando su remuneración aunque no trabaje. Es necesario, además, acreditarle al trabajador este hecho mostrándolo las planillas de imposiciones o entregándole fotocopias.

¿Qué pasa si se pagan las imposiciones después de despedir al trabajador? Convalidación.Si se ha despedido a un trabajador y sus imposiciones no están pagadas, se puede convalidar el despido pagando las imposiciones con posterioridad y acreditando el pago. En este caso el trabajador gana su remuneración hasta que se convalida el despido.

¿Qué pasa con la remuneración del trabajador entre el despido y su convalidación?. Mientras no se paguen las imposiciones el despido no produce efectos, por lo tanto permanece vigente la obligación del empleador de cancelar la remuneración íntegramente.

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Avisos que deben darse al despedir a un trabajador. Casos.La terminación del contrato de trabajo debe ser comunicada al trabajador por escrito mediante un aviso. Este aviso se debe dar en los siguientes casos: Despido por necesidades de la empresa, despido por alguna de las causales que implican un mal comportamiento del trabajador (Art.160). Cuando se trata de un contrato a plazo fijo, conclusión del trabajo o servicio y, caso fortuito o fuerza mayor.

Plazos para mandar los avisos.El plazo para dar el aviso es de tres días hábiles contados desde la separación del trabajador. En el caso de caso fortuito o fuerza mayor, es de 6 días.

Formalidades de los avisos. El aviso debe darse al trabajador personalmente, o por carta certificada. En la práctica ocurre que si se le presenta la carta de aviso al trabajador en forma personal y éste no la quiere firmar, se le envía una carta certificada a su domicilio.

Contenido de los avisos. El aviso debe contener lo siguiente:Fecha en que se ha puesto término al contrato de trabajo.Hechos que dan origen al término de contrato.Causal legal que se invoca.En caso de despido por necesidades de la empresa debe señalarse el monto de indemnizaciones por años de servicio y, sustitutivas de aviso previo si es el caso.Por último, debe acreditarse que las imposiciones se encuentran canceladas.

Copia de los avisos a la Inspección del Trabajo. Una copia de este aviso debe enviarse a la inspección del trabajo dentro de tres días. Si se trata de despido pos caso fortuito o fuerza mayor, el plazo es de 6 días. La copia debe ir acompañada de una carta o memorando en que se informa  a la Inspección de lo que se está haciendo.

¿Qué pasa si los avisos han tenido errores o no se cumplen?.Los errores o incumplimientos en que se incurra en estos avisos no invalidan el despido, pero sí están afectos a sanciones de parte de la inspección del trabajo.

Sanciones relacionadas con los avisos. La inspección del trabajo está facultada para aplicar sanciones en caso que no se cumplan con las normas que hemos venido informando, relacionadas con el pago de las imposiciones y los avisos, por un monto que fluctúa entre las 2 y las 20 Unidades Tributarias Mensuales.

¿Qué pasa si el trabajador no está de acuerdo con el despido?

Si el trabajador considera injustificado el despido puede recurrir a los tribunales a fin de que así se declare. Si el trabajador ha firmado finiquito significa que está de acuerdo con el despido y las condiciones en que se produjo.

¿Qué plazo tiene el trabajador para entablar la demanda?. El plazo es de 60 días hábiles desde que fue separado de sus funciones. Si el trabajador antes de recurrir a los tribunales hizo una denuncia a la Inspección del Trabajo, este plazo se interrumpe (deja de correr) hasta que termine el trámite en dicha Inspección. De todas maneras, este plazo no puede ser superior a 90 días.

¿Qué pasa si el trabajador tiene éxito en la demanda y el tribunal declara que el despido es injustificado?.En este caso el tribunal ordenará pagar la indemnización por falta de aviso previo, y la indemnización por años de servicio. Esta última indemnización deberá pagarse aumentada en un porcentaje que va entre el 30% y el 100%, según haya sido la causal del despido. Es decir hay una sanción, pero de todas maneras el despido se produce.

Se puede despedir un trabajador con fuero? Para despedir un trabajador con fuero (Ej.: Mujer embarazada, directores sindicales), se necesita autorización judicial. Es decir, se prohíbe despedir sin esta autorización.

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¿Qué pasa si se despide un trabajador con fuero sin autorización judicial?El despido no tiene efecto, lo que significa que el trabajador sigue teniendo todos sus derechos: remuneración, vacaciones, gratificación, etc. Esto, aún en el caso de que no esté concurriendo a trabajar.

DESPIDO POR NECESIDADES DE LA EMPRESA

¿Qué se entiende por necesidades de la empresa? Las necesidades de la empresa son circunstancias que se dan realmente en la empresa y que aconsejan, o hacen inevitable despedir un trabajador. Esta causal no ampara un despido que se base exclusivamente de la voluntad o el arbitrio del empleador. Debe fundarse en circunstancias (necesidades), reales de la empresa. Esto es importante en caso que haya juicio, porque las circunstancias deben probarse. La ley no define el concepto, solo da ejemplos.

Ejemplos de necesidades de la empresaLa ley señala como ejemplos, 3 casos en que podría aplicarse la causal necesidad de la empresa:

Las derivadas de la racionalización o modernización de la empresa. Bajas en la productividad. Cambios en las condiciones del mercado y la economía.

Hay que tener presente que la ley no define ni explica cada uno de estos ejemplos, por lo que en caso de controversia deberá resolver el Juez. Por otra parte se trata solo de ejemplos que no agotan esta causal. Es decir, podría haber otras circunstancias en que se podría aplicar esta causal.

Modificación de esta causal en la última reforma laboral.La reforma eliminó un ejemplo que señalaba “falta de adecuación laboral o técnica del trabajador”.Se señala que el objetivo es que se fomente la capacitación de los trabajadores, de modo que si un trabajador no se adecua (no sirve), esto no sería causal de despido. Sin embargo, es un asunto de hecho que debe resolver el juez.

Se puede despedir por necesidades de la empresa a un trabajador con licencia médica?.No. Esta es otra de las modificaciones de la última reforma laboral.

Que hay que pagar cuando se despide a un trabajador por necesidades de la empresa?.Debe pagarse:

La indemnización por años de servicios. La indemnización por no dar aviso previo con un mes de anticipación, si corresponde. Además,

deben pagarse las vacaciones proporcionales.

Aviso que debe dar el empleador por escrito.Cuando se despide por necesidades de la empresa, en el aviso que se le manda al trabajador, debe señalarse cual es el monto de las indemnizaciones por años de servicio y sustitutiva del aviso previo, si corresponde. Esta información es una oferta irrevocable de pago, es decir, el empleador no podrá después desdecirse de ella u ofrecer un monto menor.

¿Qué pasa si el trabajador no esta de acuerdo, entabla demanda, y gana el juicio?. La indemnización se encarece en un 30 %, produciéndose de todas maneras el despido.

¿Qué son las indemnizaciones?Las indemnizaciones son sumas de dinero que tienen la finalidad de reparar el daño que se hace al trabajador por el hecho de poner fin al contrato de trabajo

Cuándo opera la Indemnización sustitutiva del aviso previo?. Tiene lugar cuando el empleador no le avisa al trabajador el despido con 30 días de anticipación, y equivale a 30 días de remuneración. . Por lo tanto si avisa, no corresponde esta indemnización.

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¿Cuándo opera la Indemnización por años de servicio?.Opera cuando el trabajador ha sido despedido por necesidades de la empresa o por desahucio del empleador. También tiene lugar cuando el trabajador ha sido despedido por otra causal, ha deducido demanda, y el tribunal ha fallado a su favor. Si el trabajador ha sido despedido por otra causal no tiene derecho a indemnización, a no ser que la causal invocada sea injustificada.

¿A cuánto asciende la indemnización por años de servicio?. Equivale a un mes de remuneración por año de servicio, o fracción de año superior a 6 meses.

¿Tiene algún límite la indemnización por años de servicio?.Esta indemnización tiene un límite de 11 años. Excepcionalmente los trabajadores contratados antes del 14 de Agosto de 1981, tienen derecho al pago de todos los años de servicio.

¿Quiénes tienen derecho a la indemnización por años de servicio?.Tienen derecho a la indemnización los trabajadores que hayan cumplido un año en la empresa.

Sobre que remuneraciones se calculan estas indemnizaciones?.Se calcula sobre TODA CANTIDAD que esté percibiendo el trabajador más las regalías avaluadas en dinero. No se descuentan imposiciones. Es decir, debe considerarse por ejemplo, la asignación de movilización, de colación, asignación por pérdida de caja, habitación, y otras permanentes. No debe considerarse la asignación familiar, horas extraordinarias, asignaciones esporádicas  como las que se cancelan una vez al año. 

¿Qué ocurre si la remuneración es variable o el trabajador está con licencia médica?.Se calcula sobre la base de un promedio de los últimos 3 meses. Si el trabajador ha estado con licencia médica o no ha concurrido a su trabajo algunos días, deben tomarse los últimos tres meses en que su remuneración ha sido íntegra.

Hay tope en la remuneración mensual que debe considerarse para el pago de esta indemnización.Sí. El tope máximo de remuneración es de 90 unidades de fomento en el mes.

¿Cómo deben pagarse las indemnizaciones?. Contado y cuotas. Se deben pagar de contado al momento de firmar el finiquito al contado. Pero, las partes pueden acordar un pago en cuotas, las que deben contener reajustes e intereses.

Ratificación del pacto en cuotas ante la inspección del trabajo.Cuando se pacta el pago de indemnizaciones en cuotas, este acuerdo debe ser ratificado ante la inspección del trabajo.

¿Qué pasa si el empleador no paga una cuota del pacto?.Se hace exigible inmediatamente el total de la indemnización, y se incurre en multa administrativa.Además, el trabajador puede entablar una demanda para lograr el pago, en cuyo caso el juez puede incrementarlo hasta en un 150 %.

Reajustabilidad de las indemnizaciones.Todas las indemnizaciones que no se pagan oportunamente, se reajustan de acuerdo al Índice de Precios al Consumidor, y devengan el máximo interés permitido para operaciones reajustables.

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