Ccoo somos digital n_44

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somos periódico de la federación estatal de comercio, hostelería y turismo www.fecoht.ccoo.es enero 2013 n.º 44 L a Federación de comercio, hostelería y tu- rismo de CCOO considera inaceptables las propuestas de la patronal de las grandes empresas de distribución y rechaza las preten- siones de la patronal ANGED de suprimir la paga extraordinaria, la eliminación de la antigüedad y considera inaceptable ligar la subida salarial a la evolución del consumo, así como el aumento de la jornada de 1.770 horas a 1.826,26 horas. La patronal justifica esta medida como reacción a la bajada de ventas en el periodo de las navidades y con objetivo del mantenimiento del empleo, esta misma justificación la dijeron en el anterior conve- nio para recortar los derechos que ya tenían ad- quiridos los trabajadores y trabajadoras del sector y, la realidad es que cuatro años después se han perdido miles de empleos. La patronal ANGED sigue tensando las reuniones día a día lanzando ataques gratuitos a los repre- sentantes legales de los trabajadores, a los que ha acusado de no ser productivos por estar ejer- ciendo su labor de defensa de los derechos de los trabajadores en lugar de estar en su puesto de trabajo. CCOO considera que “esta patronal y las empre- sas adscritas a ella sólo pretenden con esto que los beneficios que ellos consideran perdidos con los hipotéticos descensos del consumo, recaigan sobre las condiciones laborales de los trabaja- dores y trabajadoras de estas empresas, que no terminan aceptando que en la actual crisis que estamos padeciendo quieren seguir teniendo los mismos beneficios que en las épocas de grandes bonanzas y que esos beneficios los consoliden CCOO rechaza la propuesta de convenio colectivo de grandes almacenes: más recortes para los mismos Continúa en página 2 Continúa en página 3 Estudio de la plataforma inicial de ANGED Presentada el día 11/01/2013 Vigencia 4 años. Art. 4, PRELACION DE NORMAS Y ARTICULACIÓN anterior, suprimido. Periodos de prueba pasan a 180 días todos grupos profesionales. Grupos profesionales se suprime el de INICIO se crea uno de Base. (La vigencia de los nuevos grupos será de 10 años). Art. 11 Promoción Profesional. Limita la formación al Plan de Formación de la empresa, la formación fuera de ella, estará sujeta a posibilidades de organización de la misma, por lo que será muy complicado hacer uso de las horas que por Ley corresponden 20 anuales. (las horas se refieren a los cursos de formación continua). Contratos Formativos y de Prácticas. Prácticas salario 60% primer año y 75% segundo año. Formativos salario fijado en proporción al salario mínimo Interprofesional. Contratos tiempo parcial no fija el número mínimo de horas al día. Ascensos. Personal “Base”(nuevo grupo) al Grupo de Profesional , deberán llevar 5 años de permanencia, teniendo que dominar las funciones, de sectores diferentes. Salario. Podrán darte parte del salario en especies de acuerdo con el trabajador.

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somosperiódico de la federación estatal de comercio, hostelería y turismo www.fecoht.ccoo.es

enero 2013

n.º44

La Federación de comercio, hostelería y tu-rismo de CCOO considera inaceptables las propuestas de la patronal de las grandes

empresas de distribución y rechaza las preten-siones de la patronal ANGED de suprimir la paga extraordinaria, la eliminación de la antigüedad y considera inaceptable ligar la subida salarial a la evolución del consumo, así como el aumento de la jornada de 1.770 horas a 1.826,26 horas.

La patronal justifica esta medida como reacción a la bajada de ventas en el periodo de las navidades y con objetivo del mantenimiento del empleo, esta misma justificación la dijeron en el anterior conve-nio para recortar los derechos que ya tenían ad-quiridos los trabajadores y trabajadoras del sector y, la realidad es que cuatro años después se han perdido miles de empleos.

La patronal ANGED sigue tensando las reuniones día a día lanzando ataques gratuitos a los repre-sentantes legales de los trabajadores, a los que ha acusado de no ser productivos por estar ejer-ciendo su labor de defensa de los derechos de los trabajadores en lugar de estar en su puesto de trabajo.

CCOO considera que “esta patronal y las empre-sas adscritas a ella sólo pretenden con esto que los beneficios que ellos consideran perdidos con los hipotéticos descensos del consumo, recaigan sobre las condiciones laborales de los trabaja-dores y trabajadoras de estas empresas, que no terminan aceptando que en la actual crisis que estamos padeciendo quieren seguir teniendo los mismos beneficios que en las épocas de grandes bonanzas y que esos beneficios los consoliden

CCOO rechaza la propuesta de convenio colectivo de grandes almacenes: más recortes para los mismos

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Estudio de la plataforma inicial de ANGEDPresentada el día 11/01/2013• Vigencia 4 años.

• Art. 4, PRELACION DE NORMAS Y ARTICULACIÓN anterior, suprimido.

• Periodos de prueba pasan a 180 días todos grupos profesionales.

• Grupos profesionales se suprime el de INICIO se crea uno de Base. (La vigencia de los nuevos grupos será de 10 años).

• Art. 11 Promoción Profesional.

• Limita la formación al Plan de Formación de la empresa, la formación fuera de ella, estará sujeta a posibilidades de organización de la misma, por lo que será muy complicado hacer uso de las horas que por Ley corresponden 20 anuales. (las horas se refieren a los cursos de formación continua).

• Contratos Formativos y de Prácticas.

• Prácticas salario 60% primer año y 75% segundo año.

• Formativos salario fijado en proporción al salario mínimo Interprofesional.

• Contratos tiempo parcial no fija el número mínimo de horas al día.

• Ascensos.

• Personal “Base”(nuevo grupo) al Grupo de Profesional , deberán llevar 5 años de permanencia, teniendo que dominar las funciones, de sectores diferentes.

• Salario.

• Podrán darte parte del salario en especies de acuerdo con el trabajador.

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somos enero 2013

Viene de portada

con los salarios de los trabajadores”, “también de-bemos de recordar que en los últimos años el des-censo de trabajadores en estas empresas ha sido masivo y en este último año ha aumentado más”.

La actitud antisindical de las empresas de Grandes Almacenes se han traducido siempre en agresio-nes en los convenios de Grandes Almacenes para el conjunto de trabajadores y trabajadoras del sec-tor, traduciéndose en una permanente rebaja de las condiciones laborales.

CCOO rechaza de manera rotunda estas propues-tas. Somos conscientes del difícil momento que estamos viviendo pero ello no justifica en modo

alguno las pretensiones de la patronal, puesto que no se puede olvidar que ya en el anterior convenio firmado por sus departamentos sindicales amari-llos, se pusieron en marcha importantes recortes de los derechos de los trabajadores y trabajadoras (incluido el salario, en el cual durante su duración se ha tenido una importante pérdida del poder adquisitivo). Todo ello en un sector que pese a la situación de crisis sigue obteniendo importantes beneficios y va aumentar su cuota de mercado a costa de la liberalización de horarios.

CCOO está dispuesta a negociar un convenio que mantenga globalmente los derechos de trabajado-res y trabajadoras y ayude a superar la situación

por la que atraviesa el sector, pero en ningún caso vamos a ser meros notarios de las pretensiones de la patronal.

Se podrían seguir añadiendo argumentos a las pretensiones de estos empresarios, aunque al final la pregunta que hay que hacer es:

¿Todo vale en nombre de las necesidades organizativas y de producción de las em-presas y para aumentar sus beneficios?

¿Dónde quedan los derechos de los tra-bajadores y trabajadoras para poder or-ganizar su vida?

CCOO rechaza la propuesta de convenio colectivo de grandes almacenes: más recortes para los mismos

¡¡POR UN CONVENIO DIGNO!!

“QUIEREN ACABAR CON TODO…

… HAY QUE IMPEDIRLO”

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• Art 21. Nos quitan una paga extra.

• Art 22. Salario base igual al del año 2012, por lo que perdemos poder adquisitivo, ya no sólo por el IPC sino por el aumento de las horas a trabajar, esto supone un 3% menos con relación al año 2012.

Si lo comparamos a precio hora el cuadro comparativo sería el siguiente:

2012 2013P. BASE 13.951,11 13.523,15

PROFESIONALES 14.369,65 13.929,01

COORDINADORES 15.662,91 15.182,52

Cálculo a razón de 1.770 horas anuales.

Si a esto le sumamos la supresión de una paga extra, el porcentaje es superior.

• Art. 24. No habrá revisión salarial en el periodo de duración del convenio.

Podrán bajar más los salarios de acuerdo con el pacto sectorial por el mantenimiento del empleo).

• Jornada.

• Art 27. Distribución irregular de la jornada, todos los días.

• Bolsa de horas del 10% de la jornada.

• Horarios mensuales con una antelación de 10 días.

• Después de la entrega de los horarios se podrán modificar, hasta 16 horas mensuales (cuando la empresa tenga conocimiento de alguna baja o necesidad de producción) aviso cuando tenga ella constancia.

• Se liberaliza el trabajo en festivo, a los que no tengan cláusula de trabajo en festivo se les aplicará el artículo 41.

• Se suprime la gratificación por festivo trabajado, Art. 32.13.

• No habrá límite de festivos a trabajar, Art 32.12.

• No indica que se tenga que dar los calendarios al Comité de Empresa.

• Ventas especiales y balances.

• Obligatorios para todos, incluso a los contratos de lunes a sábado, que hasta ahora no estaban obligados. Ya no se compensarán con el incremento del 50% por ser festivo.

• En la semana de ventas especiales y balances te podrán variar la jornada.

• Vacaciones.

• En dos periodos 15 y 16 días, a libre designación por parte de la empresa los turnos.

• Hace hincapié en el tema de las vacaciones cuando éstas te coinciden con IT, si las cogen en año diferente, tienes que recuperar las horas. (Con el texto estaría regulado por convenio lo que tenemos planteado en la Audiencia Nacional) es decir el texto ya está previsto para perder la denuncia realizada.

• Licencias retribuidas.• Los permisos para asistir al médico sólo si son a los de la Seguridad

Social.

• Las que sobrepasen el Estatuto de los Trabajadores, serán recuperables. (Las que teníamos en el Art. 38 H).

• Suprime el artículo de Riesgos del Embarazo.

• Desaparece excedencia por motivos familiares, te remite al Art. 46 ET.

• Guarda legal.

• Se sacan unos baremos para no fijar la concreción horaria, si se supera el 10% de las horas del sector o área de trabajo no se darán.

• Uniformidad.

• No fija la cantidad ni la periodicidad de las mismas.

• Jubilación.

• Desaparece la referencia a la jubilación parcial.

• IT, no pagan hasta alcanzar el 100% sino que se quedan en el 80%. pudiendo bajar si se supera el 3% de absentismo.

• Derechos y garantías

• Art. 65, si la plantilla disminuye, a lo largo del año y baja por debajo de los límites que marca la LOLS. Las empresas podrán bajar el número de la composición de los comités de empresa.

• Mesas electorales Art. 72, se fija la polivalencia para determinar la adscripción a un determinado colegio electoral.

• Comisión Mixta.

• Los gastos correrán a cargo del que solicite la intervención de la misma.

• Transitoria tercera.

• Da la opción a que no te aumenten la jornada pero con la reducción proporcional de salario.

• Se puede aumentar la jornada para ganar el mismo dinero que en el 2012.

• Transitoria quinta.

• Apertura del Art. 41 para modificar los horarios y adecuarlos a la nueva redacción del convenio.

PACTO SECTORIAL POR EL EMPLEO Y EL MANTENIMIENTO DE LA DEMANDA INTERNA EN UN ENTORNO DE CRISIS

En su redacción ya dice que nos podrán bajar el salario durante la vigencia del convenio, si a las ventas son inferiores a las del año 2008.

En unos porcentajes que no son comparables con la posible subida de los salarios si las ventas se incrementan lo mismo. Por ejemplo si las ventas bajan un 5% el salario baja un 5% pero si suben las ventas un 5% el salario sólo sube un 1%.

Abren otra posibilidad de descuelgue del convenio más fácil.

También cabe la posibilidad de bajadas de salario, ya no en el conjunto de la empresa; si no en determinados centros de trabajo, si las ventas de dos trimestres seguidos bajan con relación a los dos mismos trimestres del año anterior.

• QUEDAN SUPRIMIDOS LOS ARTÍCULOS 4 - 13 - 14 - 15 - 16 - 17 b 3 - 18 - 28 - 32.3 - 32.5 - 32.9 - 32.10 - 32.11 - 32.13 - 33 gran parte - 34 35 - 36.2 - 37.3 - 41.I - 41 II - 41 III - 43 - 49 - 50.1 - 50.3 - 50.4 - 51 - 54 57 - 58 - 59.

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Estudio de la plataforma inicial de ANGEDPresentada el día 11/01/2013 Viene de portada

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