Cecilia MartíNez.

30
Tema 2: EL TRABAJO POR CUENTA AJENA Cecilia Martínez ;)

Transcript of Cecilia MartíNez.

Page 1: Cecilia MartíNez.

Tema 2:EL TRABAJO POR CUENTA AJENA

Cecilia Martínez ;)

Page 2: Cecilia MartíNez.

El derecho del trabajo.

Derecho: tiene como finalidad regular la conducta del hombre para solucionar los conflictos.

Derecho del trabajo: Regulan las relaciones entre empresarios y trabajadores.

Page 3: Cecilia MartíNez.

Características de una relación laboral -Personal: no te pueden sustituir. -Voluntario: vas porque quieres. -Retribuido: te pagan un sueldo. -Por cuenta ajena: el empresario te contrata. -Dependiente: el empresario te da órdenes.

Page 4: Cecilia MartíNez.

El derecho del trabajo

Regula la relación laboral entre

Empresario

Trabajadores

Características

Personal

Voluntario

Retribuido

Por cuenta ajena

Dependiente

Page 5: Cecilia MartíNez.

Normativa laboral

Es el conjunto de normas que regulan las relaciones laborales.

Dentro de esas normas, la más importante es el estatuto de los trabajadores.

Las normas siguen una jerarquía, es decir un orden de preferencia al ser aplicadas.

Page 6: Cecilia MartíNez.

Jerarquía normativa

La Constitución Española. Las leyes y los decretos. Los Convenios Colectivos. El contrato de trabajo. Los usos y costumbres locales y

profesionales.

Page 7: Cecilia MartíNez.

La constitución española

Es la norma de más alto rango.

Regula:

-El deber de trabajar y el derecho del trabajo.

-El derecho a la libre elección de profesión y oficio.

-El derecho a una remuneración suficiente para atender las necesidades propias y de la familia.

-El derecho a la negociación colectiva entre los representantes de los empresarios y de los trabajadores.

Page 8: Cecilia MartíNez.

Las leyes

Las leyes que regulan el trabajo son:

-El Estatuto de los Trabajadores.

-Ley de Libertad Sindical.

-Ley de la Seguridad Social.

-Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

Page 9: Cecilia MartíNez.

Los convenios colectivos

Es un acuerdo sobre las condiciones de trabajo que toma el empresario y empleados.

Page 10: Cecilia MartíNez.

Esquema de convenio colectivo

Representantes de los trabajadores

Representantes de los empresarios

Negociación

Acuerdo

Convenio colectivo

Obliga a trabajadores y empresarios

Page 11: Cecilia MartíNez.

Contratos de trabajo

Es un acuerdo entre el empresario y el trabajador donde se recogen las condiciones que el trabajador se compromete a realizar bajo su dirección y a cambio de su sueldo.

Trabajador

Empresario

Contrato de trabajo

Acuerdo con el que se fijan las condiciones de trabajo

Page 12: Cecilia MartíNez.

Los usos y costumbres

Se refieren a las tradiciones que son memorizadas y pasadas a través de generaciones y se aplican en ausencia de ley.

Si aún así hay un conflicto y no se resuelve con las normas los afectados deben ir al Juzgado de lo Social.

Para vigilar que se cumplen las normas existe la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Page 13: Cecilia MartíNez.

Partes del contrato de trabajo

1. Logotipo del ministerio de trabajo y del INEM.

2. Todos los contratos deben indicar el tipo o clase de que se trata.

3. La duración del contrato.

Page 14: Cecilia MartíNez.

4. Datos de la empresa.

5. Datos de la cuenta de cotización de la empresa.

6. Datos del centro de trabajo.

Page 15: Cecilia MartíNez.

7. Datos del trabajador.

8. En el caso de que el trabajador sea menor de edad debe ser representado padre/madre o representante.

Page 16: Cecilia MartíNez.

9. Declaran.

10. Cláusulas.

11. Cláusulas adicionales: se añade algunas condiciones que no están en el contrato.

Page 17: Cecilia MartíNez.

12. Lugar y fecha:

13. Firma del trabajador.

14. Firma de la empresa.

15. Firma del representante.

Page 18: Cecilia MartíNez.

Cláusulas

-Cláusula primera: Se concreta mi puesto de trabajo.

Page 19: Cecilia MartíNez.

-Cláusula segunda: Se establece el tipo de jornada. Si es a tiempo parcial se deberá señalar la casilla SI cuando se trate de trabajes fijos, discontinuos o periódicos.

Page 20: Cecilia MartíNez.

-Cláusula tercera: Deberá señalarse si existe o no un pacto para realizar horas extraordinarias.

-Cláusula cuarta: Ésta cláusula es para contratos indefinidos, indicando la fecha de inicio y la duración del periodo de prueba.

-Cláusula quinta: Se utiliza cuando el trabajador sustituye a otro jubilado parcialmente.

Page 21: Cecilia MartíNez.

-Cláusula sexta: Se fija el salario total que va a percibir el trabajador. El salario total no será nunca inferior al salario mínimo interprofesional.

Lo que recibe el trabajador es el salario neto.

El salario se entrega junto con la nomina.

Salario total = salario base + complementos + los pluses.

Salario neto = salario total – ( Retenciones del IRPF + cuota del Trabajador a la Seguridad Social.)

Page 22: Cecilia MartíNez.

-Cláusula séptima: La duración de las vacaciones no puede ser inferior a 30 días por año.

-Cláusula octava: Lo no establecido en el contrato se regulará por el Estatuto de los Trabajadores.

-Cláusula novena: Se indicará la localidad de la oficina de empleo donde registraremos en el contrato. Todos los contratos hay que sellarlos en el email.

Page 23: Cecilia MartíNez.

CONTRATO DE TRABAJO FIRMADO.

Page 24: Cecilia MartíNez.

Nombre del trabajador: Celso, Arce.

Nombre de la empresa: YACYRETA.

Categoría profesional: Jefe de departamento Administrativo.

Tipo de jornada: Determinado. Desde 17/10/2007 hasta el 16/04/2008.

Salario: 6.000.000.( Ciudad donde se firma Asunción)

Observaciones: Avisar con 10 días para rescindir el contrato. Tiene paga extra en navidad, Vacaciones y ayuda escolar.

Page 25: Cecilia MartíNez.

Clases de contratos.

Según la duración

Indefinido

Duración determinada

Obra o servicio determinado

Por incremento de producción

De interinidad

Según la duración de la jornada.

Jornada completa

Jornada a tiempo parcial

Según el objeto del contrato.

En prácticas

Para la formación

Page 26: Cecilia MartíNez.

Según la duración del contrato

Indefinido: Es todo contrato que concierta la prestación de servicios por un tiempo ilimitado.

Duración determinada contrato de obra o servicio determinado: Es aquel que se firma para la realización de una obra o servicio, con autonomía y cuya duración sea incierta.

Page 27: Cecilia MartíNez.

Según la duración de contrato.

Por incremento de producción: Se celebra para responder a las exigencias del mercado, acumulación de tareas o exceso de pedidos, que surgen en la empresa, en un momento determinado

De interinidad: Este contrato tiene como finalidad sustituir a un trabajador con derecho a reserva de puesto de trabajo para cubrir temporalmente ese puesto de trabajo durante el proceso de selección o promoción, para su ocupación definitiva.

Page 28: Cecilia MartíNez.

Según la duración de la jornada.

Jornada completa: Se considera como trabajo a tiempo completo aquel que compute 40 horas a la semana.

Jornada a tiempo parcial: Se celebra cuando se haya acordado la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferiores a la jornada a tiempo.

Page 29: Cecilia MartíNez.

Según el objeto del contrato

En prácticas: Sirven para facilitar las prácticas profesionales a los trabajadores con título universitario o formación profesional de grado medio o superior.

Para la formación: Este contrato tiene como finalidad la adquisición de formación teórico-práctica necesaria para la realización adecuada de un trabajo que requiera algún tipo de cualificación o acreditación.

Page 30: Cecilia MartíNez.

Ejercicios 6. -Indefinido. -Por incremento de Producción. -Prácticas.

8. -Empresario. -Trabajador. -Empresario. -Trabajador.