Centro de Resolución de Conflictos
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Transcript of Centro de Resolución de Conflictos
A TODA VIDAV E N E Z U E L A
G R A N M I S I Ó N
P O R U N A C O N V I V E N C I A S E G U R A
Rif:
G-2
0010
273-
0
CENTROS INTEGRALES DE MEDIACIÓN Y RESOLUCIÓN
DE CONFLICTOS
políticas del Estado, es por ello que los Centros Integrales de Mediación y Resoluciónde Con�ictos son una obra incluyente de las comunidades debidamente organiza-das, mediante el manejo directo de las herramientas alternativas que permitan la resolución de los con�ictos comunitarios entre las partes involucradas.
Convivencia Solidaria: basado en la interacción social de la población, caracteriza-da por el respeto de los derechos del otro y la concientización de las responsabilida-des esenciales a cada ciudadano; todo ello, con el propósito de fomentar la armonía en las relaciones interpersonales dentro de las distintas comunidades.
¿Cuáles son los propósitos de la los Centros Integrales de Mediación y Resolución de Con�ictos?
Procurar la justa solución de los con�ictos producto de la interacción social dentro de las comunidades, mediante la aplicación imparcial de métodos expeditos y e�cientes.
Promover e implementar métodos alternativos para la resolución de con�ictos, como el Arbitraje, Mediación, Conciliación, Negociación y cualquier otro procedi-miento convenido entre las partes.
Promover la formación de personas de la comunidad especializadas en la aplicación de métodos alternativos para la resolución de con�ictos mediante programas de capacitación.
¿Cuáles son las funciones de los Centros Integrales de Mediación y Resolución de Con�ictos?
Crear espacios de acción integral en materia de justicia comunitaria y justicia no formal.
Involucrar a la comunidad en la resolución de sus con�ictos, a través de la utilización preferente de mecanismos alternativos a la vía jurisdiccional.
Fomentar una cultura de convivencia pací�ca y de respeto mutuo.
Establecer espacios de participación y pedagogía ciudadana que contribuyan a la construcción de una convivencia pací�ca.
Implementar metodologías para el uso y la difusión de los mecanismos alternativos de resolución de con�ictos.
Ser instrumento para la articulación de las políticas de seguridad ciudadana con los programas de desarrollo comunitario.
Orientar jurídicamente a la comunidad en sus derechos y obligaciones.
Centros Integrales de Mediación y Resolución de Con�ictosLos Centros Integrales de Mediación y Resolución de Con�ictos surgen como una herramienta más accesible a los ciudadanos y ciudadanas para exigir tanto la protec-ción como la restitución de sus derechos, mediante la aplicación de procedimientos e�caces y expeditos con activa participación comunitaria en la resolución de con�ic-tos, sin necesidad de acudir a los órganos del Sistema de Administración de Justicia, promoviendo, de esta manera, una mejor convivencia solidaria dentro de las comu-nidades, a �n de fortalecer la prevención del delito y seguridad de todos los ciudada-nos y ciudadanas de nuestro país.
¿Qué son los Centros Integrales de Mediación y Resolución de Con�ictos?Se de�nen como instalaciones interinstitucionales destinadas a la atención, orienta-ción y asistencia de los ciudadanos y ciudadanas en áreas en las cuales se presenten situaciones de con�icto producto de la convivencia social, en especial, en áreas como protección de niños, niñas y adolescentes; violencia contra la mujer y convi-vencia vecinal, siempre y cuando no impliquen acciones que se puedan catalogar como presuntos hechos punibles ejercidos por las partes involucradas.
¿Cuáles son los focos de acción de los Centros Integrales de Mediación y Resolución de Con�ictos?Poseen tres focos de acción:
Restitución de Derechos: entendida como la atención otorgada, por los funciona-rios o funcionarias de los organismos gubernamentales competentes, a los ciudada-nos o ciudadanas con derechos fundamentales vulnerados para dar una respuesta oportuna a sus requerimientos y restablecer su situación personal.
Mediación y Resolución de Con�ictos: a través de la promoción, por parte de los líderes comunitarios, de las formas alternativas a la vía jurisdiccional para resolución de con�ictos producto de la convivencia social dentro de su comunidad.
Justicia de Paz: basada en la elección de una persona de la comunidad que cumpla con los requisitos correspondientes, para tener la potestad decisoria de solucionar con�ictos acontecidos dentro de la comunidad, conforme a la equidad, cuando los mismos no puedan ser resueltos por las partes involucradas. ¿Qué principios rigen la implementación de los Centros Integrales de Mediación y Resolución de Con�ictos?
Corresponsabilidad: principio constitucional que exige la colaboración entre todos los organismos del Poder Público para la realización de los �nes del Estado, tal y como está planteado en el artículo 136 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
Participación Ciudadana: principio constitucional que establece la cooperación activa de los ciudadanos y ciudadanas, en la implementación y desarrollo de las