Chat: Asesoría legal en Trabajo de las Mujeres · PDF filelaborados, y en cuanto a la...

4

Click here to load reader

Transcript of Chat: Asesoría legal en Trabajo de las Mujeres · PDF filelaborados, y en cuanto a la...

Page 1: Chat: Asesoría legal en Trabajo de las Mujeres · PDF filelaborados, y en cuanto a la carta de recomendación es opcional por parte de la empresa, no hay ley ... estamos ubicados

Chat: Asesoría legal en trabajo de las Mujeres Fecha: 11 de julio 2014 http://www.edomex.gob.mx

1

Chat: " Asesoría legal en Trabajo de las Mujeres”

Moderador: Buen día, hoy estaremos charlando con personal de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, quienes estarán dando Asesoría legal en "Trabajo de las mujeres". !Bienvenidos¡

El chat comienza a las 11:00 a.m.

viernes 11 de julio de 2014 9:28

Procurador Auxiliar: Hola soy la Lic. Yazmin Alcala y estaré atendiendoles en el tema de Trabajo de las Mujeres en las proximas dos horas.

viernes 11 de julio de 2014 11:02

Guest Hola. Soy Lic. en Geografia y trabajo en la Camara Mexicana de la Industria de la Construcción. Tengo trabajando en el mismo 10 meses pero hasta el momento no me han dado mi contrato. Por cuestiones de sueldo ya quiero renunciar; pero quiero saber si me darian finiquito o algo por renuncia voluntaria.

viernes 11 de julio de 2014 11:15

Procurador Auxiliar: Hola Guest, así es por ley te corresponde un finiquito el cual esta integrado por las prestaciones de ley como lo son Aguinaldo, Vacaciones y Prima Vacacional proporcionales al tiempo laborado.

viernes 11 de julio de 2014 11:18

Guest La prima vacacional aplica en mi caso, ya que solo llevo 10 meses trabajando. Asi mismo, puedo solicitar en mi trabajo ¿una carta de recomendación para integrarme a otro trabajo?. En caso de que no quieran darmela ¿que puedo hacer?

viernes 11 de julio de 2014 11:25

Guest Hola tengo algunas dudas sobre mi contratación, entre a la empresa y después me pasaron a otra empresa de la mima empresa, después me regresaron a la empresa anterior y me dieron una carta de reconocimiento de antigüedad, en el caso de la liquidación tengo derecho a todo el tiempo?

viernes 11 de julio de 2014 11:30

Procurador Auxiliar: Guest, la prima vacaional si te corresponde en parte proporcional a 10 meses laborados, y en cuanto a la carta de recomendación es opcional por parte de la empresa, no hay ley que los obligue a dartela

viernes 11 de julio de 2014 11:30

Silvia Hola Yasmin Buen dia, espero me puedas aclarar esta duda, que trámites legales necesito realizar para poder impartir talleres de programación neurolinguistica, en este mes de julio concluyo mi maestría y me interesa autoemplearme pero no se que tramites legales ante la stps se requieran

viernes 11 de julio de 2014 11:32

Lili Buenos Días Lic. Yazmin Alcala, mi nombre es Liliana y en la actualidad trabajo en una administración pública y quisiera saber cómo calcular mi liquidación conforme a la ley, si me corrieran del trabajo, ya que empecé a laborar en el año 2009 y creo que es mi último año de trabajo, gracias ¡!!....

viernes 11 de julio de 2014 11:33

Janet Hola tengo algunas dudas sobre mi contratación, entre a la empresa y después me pasaron a otra empresa de la mima empresa, después me regresaron a la empresa anterior y me dieron una carta de reconocimiento de antigüedad, en el caso de la liquidación tengo derecho a todo el tiempo?

viernes 11 de julio de 2014 11:35

Procurador Auxiliar: Guest, sería importante que acudieras a las oficinas de la Procuraduría de la Defensa del Trabajo con tu documentación para que se te pueda brindar una asesoria mas detallada, estamos ubicados en Rafael M. Hidalgo, No.301, Segundo Piso, Colonia Cuauchtemoc en Toluca, en cuanto a tu pregunta, si cuentas con ese documento en el cual te reconocen la antiguedad, efectivamente puedes solicitar una liquidación por el tiempo laborado

viernes 11 de julio de 2014 11:36

Sr. Cruz En el caso de las trabajadoras que son tratadas como de "confianza",que tendrían que hacer para lograr la igualdad y equidad laboral que las trabajadoras sindicalizadas.. gracias

viernes 11 de julio de 2014 11:36

Janet otra pregunta, estando embarazada me pueden correr?

viernes 11 de julio de 2014 11:37

Procurador Auxiliar: Hola Silvia, lamento no poder responder a tu pregunta ya que no corresponde a nuestra area, pero si acudes a Dirección General de la Previción Social, al área de bolsa de trabajo

Page 2: Chat: Asesoría legal en Trabajo de las Mujeres · PDF filelaborados, y en cuanto a la carta de recomendación es opcional por parte de la empresa, no hay ley ... estamos ubicados

Chat: Asesoría legal en trabajo de las Mujeres Fecha: 11 de julio 2014 http://www.edomex.gob.mx

2

ellos te podrán informar que requisitos necesitas, saludos!

viernes 11 de julio de 2014 11:40

Silvia Gracias Yasmin en donde esta esa oficina que me comentas? es la misma direccion que comentas en la respouesta anterior?

viernes 11 de julio de 2014 11:48

Guest En la Secretaria del Trabajo hay un programa que se llama "beca de capacitación para el trabajo" en el cual te capacitan durante tres meses en alguna empresa para que posteriormente puedan contratarte. Se que el programa esta todo el año, pero podrian decirme cuando empiezan dichos cursos.

viernes 11 de julio de 2014 11:50

Procurador Auxiliar: Buen Día Lili, si gustas podrías venir a nuestras oficinas ya que para sacar un calculo de liquidación se necesitan varios datos, te doy la dirección y con gusto te asesoramos: Rafael M. Hidalgo, No.301, Segundo Piso, Colonia Cuauchtemoc en Toluca

viernes 11 de julio de 2014 11:51

Procurador Auxiliar: Sr. Cruz, lo que determina quien es un trabajador de confianza y un sindicalizado es la categoría y las funciones, los trabajadores de confianza por naturaleza no tienen estabilidad en el empleo, por esa simple razón no pueden tener los mismos derechos que un trabajador sindizalizado

viernes 11 de julio de 2014 11:56

Procurador Auxiliar: J

viernes 11 de julio de 2014 11:56

Procurador Auxiliar: Janet, No, no te pueden despedir, sí lo hicierán sería un Despido Injustificado.

viernes 11 de julio de 2014 11:57

Procurador Auxiliar: Silvia, por el momento no podría proporcinarte la dirección de Previsión Social, debido a que se estan cambiando de edificio, si gustas en el próximo chat te la proporcionamos.

viernes 11 de julio de 2014 12:00

Procurador Auxiliar: Guest, esos "programas" los lleva de igual manera la Dirección General de la Previción Social, si gustas puedes checarlo directamente con ellos.

viernes 11 de julio de 2014 12:01

Guest Nunca me dieron contrato en mi trabajo ¿aun asi gozare de mi liquidación al pedir mi renuncia voluntaria?

viernes 11 de julio de 2014 12:05

Procurador Auxiliar: Guest, si tú renuncias voluntariamente no te corresponde una liquidación sino un pago de finiquito que por ley al frimar tu renuncia te debe pagar la empresa.

viernes 11 de julio de 2014 12:07

Guest Este finiquito se calcula supongo que de acuerdo a mi sueldo y al tiempo laborado dentro de la empresa ¿pero como sabre que me estan dando lo que me corresponde? hay alguna formula

viernes 11 de julio de 2014 12:14

Procurador Auxiliar: Guest, al momento en que decidas Renunciar, tendrás que acudir a nuestras oficinas para que calculemos tus prestaciones, esas es una sesoría personal.

viernes 11 de julio de 2014 12:16

Guest ¿Con cuanto tiempo de anticipación debo de solicitar mi renuncia voluntaria?

viernes 11 de julio de 2014 12:27

Guest Hola. Acabo de tener a mi bebe pero se adelantó un mes, ya no disfrute en tiempo la incapacidad prenatal pero si en dinero, la segunda incapacidad termina el 4de agosto pero en el trabajo dicen q trabajare sin goce de sueldo por que el IMSS ya me pagó los 84dias..esto es así.?

viernes 11 de julio de 2014 12:28

TANIA BUENAS TARDES YO ¡TENGO UN CONTRATO LABORAL EVENTUAL, TENGO DERECHO A ALGUNA PRESTACION OY A ESTAR AFILIADO A ALGUN SEGURO??

viernes 11 de julio de 2014 12:28

Procurador Auxiliar: Guest, quien se encarga de pagar las incapacidades es el Imss, obvio cuando cuentas con dicha prestación, tendrías que checarlo directamente con el imss y si no quisiera pagar el patrón tendrá que hacer el pago correspondiente.

viernes 11 de julio de 2014 12:31

Viri Es legal que me pidan regresar al trabajo sin goce de sueldo por que el IMSS ya me pagó los 84dias de

Page 3: Chat: Asesoría legal en Trabajo de las Mujeres · PDF filelaborados, y en cuanto a la carta de recomendación es opcional por parte de la empresa, no hay ley ... estamos ubicados

Chat: Asesoría legal en trabajo de las Mujeres Fecha: 11 de julio 2014 http://www.edomex.gob.mx

3

incapacidad por maternidad y sólo pude disfrutar en tiempo la inc. Pos natal por que se adelantó el parto?

viernes 11 de julio de 2014 12:33

Viri El IMSS ya me pagó ambas incapacidades sin embargo regresare un mes antes al trabajo y dicen q será sin sueldo por qué son días ya pagados por el IMSS , es así como funciona.?

viernes 11 de julio de 2014 12:33

Procurador Auxiliar: Buena Tarde Tania, si tienes derecho a todad y cada una de las prestaciones que marca la ley como lo son: Aguinaldo, Vacaciones, Prima Vacacional, Caja o Fondo de Ahorro sí es que lo lleg a manejar la empresa y a la seguridad social etc.

viernes 11 de julio de 2014 12:33

Procurador Auxiliar: Viri, si el seguro social ya realizó el pago total de las incapacidades el patrón ya no tiene que pagarla de nuevo, pero tendrás que presentarte a laborar hasta que se termine la incapacidad.

viernes 11 de julio de 2014 12:36

Viri Licenciada eso me queda claro pero no me pagarán hasta un mes después, es decir el 4de septiembre por que hasta esa fecha abarcan los 84 días de la incapacidad por maternidad y trabajare sin sueldo todo agosto, es eso legal.?

viernes 11 de julio de 2014 12:37

Procurador Auxiliar: Viri, dime el periodo de tu incapacidad???

viernes 11 de julio de 2014 12:39

Viri La prenatal fue del 16 de junio al 23 de julio que fue la fecha probable del parto, la pos natal era del 23 de julio al 4 de agosto, sin embargo la bebe nació el 23 de junio, sólo 7 días después de haber iniciado la incapacidad y debo regresar a trabajar el 4 de agosto sin goce de sueldo hasta el 4 de septiembre que estaba prevista...

viernes 11 de julio de 2014 12:45

TANIA MI TRABAJO ES EN UNA ESCUELA Y AKI NOS DICEN Q NO TENEMOS DERECHO A SEGURO SOCIAL XQ LA ESCUELA NO CUENTA CON ELLO Y SAMBIEN N TENEMOS UN SUELDO SOLO UNA GRATIFICACION DE 1960.00 QUINCENALES LABORANDO 8 HORAS DIARIAS D LUNES A VIERNES Y NO TENEMOS SEGURO NI NADA QUE PUEDO HACER???

viernes 11 de julio de 2014 12:46

Moderador: En diez minutos daremos por concluído nuestro chat, invitamos a los usuarios a realizar una última pregunta.

viernes 11 de julio de 2014 12:50

Procurador Auxiliar: Tania, tendrías que acudir a las Oficinas del Seguro Social ubicadas en Josefa Ortiz de Dominguez, No.538, Barrio de Coaxuxtenco, Metepec, para que inicies tu procedimiento administrativo y el Imss realize una aditoria en tu centro de trabajo, de esa manera podrás reclamar la inscripción retroactiva, y en cuanto a las prestaciones que no te da la fuente de trabajo tendrás que visitar a Inspección de Empresas para que envien a un inspector y verifique porque no se les otorga un salario como tal y prestaciones de ley, ellos estan ubicados en Rafael M. Hidalgo, No.301, Tercer Piso, Colonia Cuauchtemoc en Toluca

viernes 11 de julio de 2014 12:52

Viri Licenciada entonces q debo hacer?

viernes 11 de julio de 2014 12:53

Guest ¿Con cuanto tiempo de anticipación debo de solicitar mi renuncia voluntaria?

viernes 11 de julio de 2014 12:54

Procurador Auxiliar: Viri, tendrás que acudir a nuestra oficinas para que enviemos un citatorio a la empresa y podamos conciliar el pago de tus salarios.

viernes 11 de julio de 2014 12:55

Procurador Auxiliar: Guest, la renuncia como su nombre lo dice es voluntaria y no hay un tiempo para solicitarla en el momento que tu desees puedes renunciar.

viernes 11 de julio de 2014 12:55

Viri Gracias!

viernes 11 de julio de 2014 12:56

Guest Muchas gracias por su orientación, ha sido bastante satisfactorio esta serie de preguntas. Gracias a todos aquellos que de una forma u otra hacen posible estos chats

Page 4: Chat: Asesoría legal en Trabajo de las Mujeres · PDF filelaborados, y en cuanto a la carta de recomendación es opcional por parte de la empresa, no hay ley ... estamos ubicados

Chat: Asesoría legal en trabajo de las Mujeres Fecha: 11 de julio 2014 http://www.edomex.gob.mx

4

viernes 11 de julio de 2014 12:57

TANIA GRACIAS X SU APOYO

viernes 11 de julio de 2014 12:59

Procurador Auxiliar: De nada para eso estamos, sí requieren una mayor asesoria les proporciono el domicilio de nuestra ofina Rafael M. Hidalgo, No.301, Segundo Piso, Colonia Cuauchtemoc en Toluca, en la que los podremos atender de forma personal y con una mayor atención, Gracias!!!

viernes 11 de julio de 2014 1:06

Moderador: Agradecemos a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo, el haber contestado las preguntas.

A todos nuestros lectores los invitamos a seguir participando en los blogs y en los próximos chats que tendremos en el portal de Internet del Gobierno del Estado de México.

También nos pueden contactar por twitter en www.twitter.com/edomex ó @edomex además en nuestras páginas de Facebook http://www.facebook.com/gob...

¡Hasta una próxima ocasión!

viernes 11 de julio de 2014 1:15