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Ética y Derechos Humanos
Tema I – Características de la ética
Cultura occidental: conjunto de países de varios de continentes cuyas lenguas y culturas
tienen su origen en las civilizaciones griega y romana.
Éthos: se refería a las costumbres que eran obligatorias en la sociedad griega.
Carácter: conjunto de cualidades y disposiciones psicológicas y de personalidad que
distinguen a un individuo de los demás.
Ética espontanea: es cuando se aplican juicios de valor en las actividades cotidianas.
Ética sistemática: es cuando se aplican juicios de valor mediante un proceso
metodológico, analítico y crítico.
La ética como ciencia y como arte
Positivismo: corriente de pensamiento creada por Comte, quien afirma que la ciencia debe
basarse en los hechos y sus relaciones.
Arte: virtud, habilidad y disposición para realizar alguna actividad. Es el acto o facultad
mediante los cuales, valiéndose de la materia, el hombre imita o expresa lo
material/inmaterial de manera real/ficticia de algo que exterioriza del interior.
Ciencias teóricas: son las que tienen como objeto contemplar la verdad.
Ciencias prácticas: son las que tendrán de encontrar la verdad y orientarla hacia la acción.
ÉTICA
CIENCIA
ARTE
GRIEGOS ÉTHOS
ROMANOS MORES
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La ética como ciencia
Ética normativista: son las normas a las que debe ajustarse la conducta del individuo
debido a los diversos ámbitos en los que se desarrolla.
El papel de la ética es explicar, fundamentar, plantear y, finalmente, resolver
problemas en torno a la moral; es aquí donde está su carácter científico.
La ética, al categorizarse como ciencia requiere de las condiciones siguientes:
Objetividad: pretende explicar los hechos tal como son, sin la intervención de
elementos subjetivos como las emociones, ideológicas o tendencias.
Racionalidad: existe un proceso que va desde los conceptos, pasa por juicios y
arriba al racionamiento.
Sistematización: el conjunto de saberes de una ciencia es el resultado de un sistema
de ideas relacionadas lógicamente entre sí.
Metodología: proceso para llegar a la verdad.
El método de la ciencia
El método de la ética no puede ser exclusivamente inductivo, ni exclusivamente deductivo:
es analítico-deductivo, porque en la ética tenemos que conocer la realidad con todas sus
variantes mediante el método experimental.
Tema II- Clasificación de las normas
Los elementos esenciales de la moral son:
Es un conjunto de normas: es un sistema del cual el hombre no podrá prescindir.
Regulan la conducta del hombre: tienen el objeto de que el hombre las utilice en sus
relaciones sociales.
Se realizan de manera consciente y libre: el individuo las interioriza para que a
través de ellas realice el valor de lo bueno., vinculándose de esta forma la moral con
la bondad.
Presenta dos planos, uno normativo y el otro fáctico o de hechos.
Plano normativo de la moral: es el conjunto de reglas que la sociedad impone al
individuo en función del deber ser.
Plano fáctico de la moral: se refiere a lo que en realidad hace el individuo comparado con
lo que le impone la sociedad.
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Moralidad: es la moral que rige la conducta de un individuo en la vida cotidiana y que en
ocasiones rompe con lo establecido en la sociedad.
Ley natural
La diferencia entre norma y ley radica en que, la norma se rige principalmente al intelecto y
permite distinguir una coa de otra, en tanto que la ley se dirige a la voluntad, imponiéndole
a ésta la obligación de conformarse a la norma.
Leyes físicas: son las que comprenden los fenómenos naturales y se cumplen de manera
necesaria.
Ley natural: es la que se refiere al curso necesario de la propia naturaleza sin establecer
distinción entre las leyes física y moral.
Reglas técnicas
Reglas técnicas: son una serie de procedimientos que se requieren para lograr los fines
dados.
Normas jurídicas
Las normas jurídicas presentan las siguientes características:
a) Coercibles: se refiere a que pueden ser exigidas mediante el empleo de la fuerza.
b) Heterónomas: implica que su origen proviene de una voluntad ajena a la de
aquellos que deben cumplirlas.
c) Bilaterales: quiere decir que frente al sujeto obligado por la norma existe otro
facultado para exigir el cumplimiento de su obligación.
d) Exteriores: implica que lo importante es la relación u obediencia a lo establecido
por la norma, sin tomar en consideración el parecer u opinión de quien la cumple.
Las normas jurídicas son de las más importantes tanto a nivel individual como para la
sociedad, ya que son las que dan origen y razón de ser al derecho, que al igual que la ética,
trata de determinar la conducta de las personas con el objetivo de que viva en armonía.
Norma Aplicación por
fuerza
En cuanto a su
creación
Una o más
personas
Voluntad del
hombre
Sanciones
Jurídica Coercible Heterónoma Bilateral Exterior Penadas
Moral No coercible Voluntad interna Unilateral Interior Sin sanción
Técnica Necesarias Voluntad ajena Bilateral Exterior Sin sanción
Social No coercible Voluntad interna Multilateral Exterior Aislamiento
social
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Normas religiosas
Presuponen la aceptación de la voluntad de un Ser Supremo que determina la realización de
nuestras acciones.
Ética religiosa: determina la existencia de una autoridad omnipotente que señala lo que es
bueno o malo y su desobediencia es pecado.
Ética humanista: el hombre determina sus propias normas mediante la razón y la
discusión.
Normas sociales
Normas sociales/convencionalismos sociales: son normas que se aplican en el trato y
convivencia social.
Normas morales
La norma moral busca la realización del hombre como un fin. Para lograr este propósito
cada individuo deberá basarse en un primer principio moral: “Haz el bien y evita el mal”.
Tema III – El objeto de la ética y su relación con la moral
Objeto material de la ética: es el objeto al que se dedica el estudio de la ética.
Objeto formal de la ética: se refiere a las características de la cosa objeto de estudio.
Diferencia entre ética y moral
Preceptos morales: son los principios que se transmiten en la familia, escuela o la
sociedad.
Principios éticos: es cuando aceptamos por nuestra propia voluntad ciertos valores que nos
parecen buenos.
Inmoral: es la persona que actúa contra la norma del bien, es decir, contra la moral.
Amoral: es la persona que carece de sentido moral y valor moral.
Moral: se refiere al acto humano en su relación con la norma del bien, identificándose con
la ética.
Concepto: es una limitación de la realidad captada por los sentidos y percibida con
precisión.
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Conocimiento holístico: implica percibir la realidad en todos sus aspectos y relaciones sin
sustituirla por conceptos.
Ética y normas jurídicas
Los derechos humanos también se definen como el conjunto de derechos fundamentales
que tiene el individuo por e solo hecho de ser humano y que le sirven para hacerlos valer
frente a los abusos del poder.
Los autores dividen a los derechos subjetivos públicos en dos clases: garantías
individuales y garantías sociales.
Las garantías individuales, su vez, se dividen en garantías de igualdad, libertad y
seguridad.
Garantías de igualdad: son la facultad mínima con que cuenta todo individuo de tener la
misma condición, oportunidad o posición, comparado con otros sujetos, frente al Estado.
Garantías de libertad: facultades mínimas que tiene el individuo para hacer u omitir de
manera licita algo que no está prohibido ni ordenado por la ley.
Garantías de seguridad: consisten en la facultad y certeza que se da a las personas de que
se les respeten determinados derechos esenciales a su vida en la sociedad. La ley protege a
todos los ciudadanos porque no pueden ser molestados ni en su familia u hogar.
Garantías sociales: son las normas que el Estado concede como garantía mínima a las
mayorías de población que están desprotegidas económicamente. Se enfocan en los
problemas agrarios, la tenencia de la tierra y la propiedad de la misma.
Tema IV – Actos humanos
Actos humanos: son los que precede de la voluntad deliberada del hombre y se realiza por
su libre voluntad.
Actos del hombre: son los que se realizan sin conciencia, es decir, se hacen por necesidad
o instinto.
Tipos de actos humanos
Actos éticamente buenos: son los que resultan acordes con la naturaleza humana.
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Actos éticamente malos: son aquellos que no resultan adecuados a la naturaleza humana ni
a su fin último. Son los que están en contra de la naturaleza humana y rompen los esquemas
jurídicos y sociales.
Características de los actos humanos
Consentimiento directo: es cuando al realizar la acción se consigue el objetivo deseado.
Consentimiento indirecto: sucede cuando al realizar la acción, ésta conlleva una serie de
efectos anexos.
Características de los actos humanos:
Inteligencia: se refiere a que los actos humanos se realizan a partir del uso de la
razón del sujeto que realiza la acción.
Voluntad: todo acto implica que el sujeto lo realice con pleno convencimiento de
sus efectos, por lo que la voluntad del individuo, genera que consiga el objetivo
determinado.
Imputabilidad: se refiere a que un acto puede atribuírsele a una persona, quien es
responsable de los efectos de dicha acción.
Deliberación: es la acción de escoger una alternativa de varias opciones y percibir
los aspectos positivos o negativos que se generan del hecho de realizar determinada
acción.
Consentimiento: implica la capacidad del individuo para consentir o aceptar
realizar una acción.
Tipo de actos
Humanos
Ilícitos Lícitos
Malos Buenos
Del hombre
Comer Dormir
No se reflexiona
si se hace o no
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Efectos de los actos humanos
Acto voluntario directo: es cuando se realiza una acción para conseguir un fin y con él
lleva otro u otros efectos adicionales.
Acto voluntario indirecto: cuando al realizar una acción, aparte del efecto que se persigue
de modo directo, se siguen otro u otros efectos adicionales que no se pretenden, sino solo se
toleran por venir inseparablemente unido/unidos al primero.
Acto voluntario de doble efecto: sucede cuando al realizar un acto, lleva anexos otros
efectos, uno bueno y otro malo.
Para que sea éticamente lícito realizar este tipo de acciones, es precio que se den
cuatro condiciones:
1. Que el objeto del acto sea en sí mismo bueno, o al menos indiferente.
2. Que el primer efecto inmediato que se produce sea el bueno y e malo sea solo sus
consecuencia necesaria.
3. Que el que actúa se proponga el fin bueno, es decir, el resultado del efecto bueno y
no el malo que solamente lo tolera.
4. Que exista un motivo proporcionado para permitir el efecto malo.
Acto voluntario in causa: sucede cuando al realizar ciertas acciones de efectos previsibles
se conocen las consecuencias que lo proceden.
En el acto voluntario in causa existen los dos factores del acto humano:
conocimiento (se sabe lo que se hace y sus posibles consecuencias), y decisión de la
voluntad (se arriesga a provocar los posibles efectos malos que sigan de la acción).
Moralidad del acto humano
La bondad de un acto la componen diversos factores:
Objeto de una acción: es la acción misma, es decir, aquello que se hace con conocimiento
y conforme o no con la ley natural.
Intención: es el objetivo que persigue quien realiza la acción.
Circunstancias: son elementos que contribuyen a agraviar a disminuir la bondad o maldad
de la acción.
Se pueden considerar como circunstancias los siguientes elementos:
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Consecuencias o efectos: se refiere al aspecto futuro del acto.
Quién o quiénes realizan la acción: se refiere o implica conocer el sujeto o los
sujetos que llevaron a cabo el acto bueno o malo.
Modo en que se realizó la acción: se refiere a conocer la manera en la que se llevó
a cabo el acto.
Qué es lo que se realiza: es tener conocimiento de la acción que se realizó.
Dónde ocurrió el acto: implica identificar el lugar geográfico en el que se llevó a
cabo la acción.
Los medios con los que se realiza: se refiere a identificar los instrumentos o
elementos que utilizó la persona para realizar el acto.
Cuándo ocurre ésta: implica conocer el espacio temporal o la fecha en que se hizo
el acto.
Tema V – El bien
Diversas acepciones del concepto bien
Bien físico: consiste en la integridad de las partes de un ser y en una competencia de
actividad.
Bien ontológico/metafísico: se refiere a que todo ser, por el solo hecho de serlo, tiene en sí
una bondad y es bueno para alguna cosa.
Bien moral: se refiere al bien que está limitado a la conducta.
Bien aparente: es el que toma como verdadero sin serlo, es algo que parece bueno en lo
superficial, pero en esencia es malo.
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Bien verdadero: busca la consecución de un bien absolutamente necesario.
Bien instrumental: sirve como medio para buscar otro elemento mejor, es decir, no
funciona por amor al bien mismo, sino como medio para conseguir otro más deseable.
Bien placentero: es aquel que nos atrae de la manera más viva, por la satisfacción y el
placer que nos procura, sin considerar si habrá de ser o no provechoso para nuestro ser.
Bien apropiado: contribuye a la perfección de nuestro ser en su conjunto, porque es
adecuado al individuo, esta acepción hace referencia a los valores que son parte de un
individuo y que lo mejoran como persona.
Bien intrínseco: es el que además de ser apropiado, es bueno en sí mismo como valor
independiente debido a que se refiere a lo justo, honorable, noble, virtuoso, entre otros
valores que mejoran la condición humana.
Filosofía hedonista: corriente filosófica que consideraba que en la vida todo debía ser
placer.
Filosofía utilitaria: corriente que tenía como principio que toda conducta debería tener un
uso útil y necesario.
Falacia naturalista: se refiere a una afirmación que es falsa por las características de su
naturaleza.
El bien como fin
Aristóteles afirmo que “El bien es aquello que todas las cosas persiguen”.
Cambio: es un proceso al que está expuesta toda la materia para cambiar y tener un fin.
Teleología: corriente filosófica que afirma que todo en el universo tiene un fin.
Teoría mecanicista: corriente de pensamiento que afirma que todos los cambios ocurren
por el azar.
Actividad teleológica: es la actividad natural de cada cosa, es decir, son los cambios que
ocurren a algo por si solos.
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El bien como deber ser
El primer deber del hombre es perfeccionar su esencia como tal, ya que él es un bien en sí
mismo, y los preceptos morales precisamente permiten llevar a cabo este propósito o fin.
En este sentido se debe seguir el bien moral, para de esa forma vivir una vida buena y
realizarse como personas.
El deber ser siempre impone a los individuos una serie de lineamientos a seguir, a
diferencia del ser, que es el simple hecho de pertenecer o ser parte del universo, mientras
que el deber ser impone normas y conductas a seguir.
Tema VI - El Valor
Axiología: rama de la filosofía que estudia los valores morales.
El problema de la definición del valor
Enfoque subjetivista del valor: el valor corriente que considera los valores de la forma en
que los individuos los asimilan.
Enfoque objetivista del valor: considera que los valores son independientes al individuo,
son inmutables y absolutos.
Características de los valores
Polaridad: los valores se dan en pares, ya sea positivo o negativo.
Inherencia: los valores no existen en sí mismos, sino que se dan siempre en un
sujeto.
Transcendencia: los valores nunca se realizan perfectamente, no se identifican con
los objetos, están más allá de ellos.
Preferencia: es la atracción que el valor ejerce sobre nosotros, siempre existe una
actitud de aceptación o rechazo frente a otros valores.
Jerarquía: los valores se ordenan por su importancia, hay valores superiores e
inferiores.
Heterogeneidad: los valores se diferencian cualitativamente, debido a que
dependen del sujeto que los realiza.
Objetividad: los valores se dan en los objetos pero siempre por y para el hombre.
Jerarquía de los valores
Max Scheler propone los siguientes criterios de ordenación para los diferentes valores:
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Duración: se considera un valor superior a otros si posee mayor duración, o el bien
donde se ubica el valor puede durar un mayor tiempo que otro.
Divisibilidad: los valores son superiores en cuanto menos puedan dividirse.
Fundamentación: es superior aquel valor que fundamenta a otro.
Satisfacción: aquel valor que satisface más, es superior a otros.
Relatividad: el valor es superior cuando se relaciona con los aspectos superiores de
la persona que complementa.
Max Scheler propone la siguiente tabla de valores:
Lo agradable y desagradable.
Lo noble y lo vulgar.
Valores espirituales.
Valores de lo santo.
Valores
religiosos Sagrado - Profano
Valores
espirituales
Morales
Intelectuales
Estéticos
Justo - Injusto
Bueno - Malo
Verdadero - Falso
Evidente - Dudoso
Bello - Feo
Elegante - Tosco Valore vitales
Sano – Enfermo
Fuerte - Débil
Valore útiles Caro – Barato
Útil - Inútil
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Valor moral
El valor moral es el que hace a un hombre bueno, en el sentido total de la palabra.
Las características del valor moral son:
Solo puede darse en seres libres y en actos voluntarios o humanos.
Los valores morales son universales, es decir, son válidos para todos en iguales
condiciones.
Los valores morales se justifican a sí mismos.
El valor moral tiene supremacía sobre cualquier otro valor.
Implica obligación.
Tema VII – Libertad
Libertad: es la capacidad que tiene el individuo de poder autodeterminarse como
verdadero autor de su conducta.
Autodeterminación
Autodeterminación: es cuando el individuo tiene el pleno dominio de poder decidir acerca
de su propia conducta sin ninguna intervención externa.
Responsabilidad moral: es la posibilidad de decidir y actuar con libertad, con el
conocimiento de que es responsable de las consecuencias de su conducta.
Teorías sobre la libertad de autodeterminación
Determinismo absoluto: teoría que sostiene que la conducta del hombre ya está
determinada por el principio de causalidad.
Teoría del libertarismo: afirma que la conducta del hombre es una autodeterminación del
yo e identifican con este concepto la libertad.
Teoría de la conducta determinada: sostiene que la conducta del hombre está
determinada, pero esta determinación no impide la libertad, sino que es la condición
necesaria de ella.
Clases de libertad
De acuerdo con Rubén Sanabría, las clases de libertad son:
Libertad física: libertad corporal de actuar.
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Libertad de coacción: ausencia de cualquier determinación proveniente de causas
externas a la voluntad.
Libertad de elección o psicológica: no basta que el sujeto no esté determinado por
nada.
Libertad ética o moral: capacidad de elegir entre el bien y el mal con plena
conciencia.
Libertad existencial: trasciende y comprende los niveles anteriores.
Coacción: fuerza que se ejerce sobre una persona para que realice alguna conducta incluso
contra su voluntad.
Límites y condicionamientos de la libertad
1. Ignorancia: ausencia de conocimientos. Se le considera un obstáculo a la libertad,
porque para elegir es necesario conocer.
a) Ignorancia culpable: es cuando se ignora lo que se debe saber.
b) Ignorancia no culpable: sucede cuando no se sabe lo que no se debe saber.
2. Miedo: es la aprensión de un mal inminente. Cuando es una emoción, es un
trastorno del apetito sensible, cuando es un reflejo que produce temor.
3. Violencia: es una fuerza externa, física o psíquica ante la cual es difícil o imposible
resistirse.
4. Desajustes psíquicos: los problemas psíquicos debilitan la libertad cuando la
persona se siente atada a ciertos patrones de conducta o pautas de defensa como la
ansiedad y la angustia.
Garantías de libertad en México
Algunos autores clasifican a las garantías de libertad de la siguiente manera:
Corporales: está prohibida la esclavitud y que no se permite ni válido ningún trato
que tenga como objeto privar de la libertad a alguien.
De educación: la ley fundamental señala en su artículo 3 que la educación debe ser
libre y ajena a la imposición de una creencia religiosa y que debe ser basada en la
ciencia.
Laborales: todo individuo tiene la libertad de ejercer la profesión u oficio que
cualquiera y con la remuneración necesaria.
De prensa y de ideas: los individuos tienen la libertad de manifestar lo que quieran
por cualquier medio.
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De reunión y asociación: las personas tienen la libertad de reunión para los
objetivos que requieran, siempre y cuando sea de manera pacífica y por escrito.
Transitar y poseer armas: todos pueden circular de manera libre por todo el
territorio nacional sin que sea limitado, además las personas pueden poseer armas,
con el permiso específico y con fines lícitos.
Tema VIII – Obligación moral
Norma: es una serie de reglas que se dirigen al intelecto y permite distinguir una cosa de la
otra.
Ley: es la regla que se impone a la voluntad para obligarla a ajustarse a la norma.
Características de la ley
Son una ordenación porque se trata de un mandato, una orden emanada de la
voluntad de un superior que obliga a un inferior con necesidad moral.
La ley es de razón, porque proviene de un proceso mental basado en la recta razón.
Es congruente con otras leyes y derechos; debe dar a cada quien lo suyo, es decir,
debe de ser justa, su observancia debe ser efectiva y útil en razón al bien que
persigue.
Decimos que la ley es para el bien común, porque persigue el bienestar de una
comunidad en su totalidad y no para los individuos como tales.
Ha de ser promulgada, lo que implica que debe hacerse pública para que todo el
mundo pueda conocerla.
Debe provenir de aquel que cuida de la comunidad, es decir, debe ser creada por el
legislador.
Por su naturaleza, la ley debe ser imperativa, razonable, útil para la comunidad, promulgada
y autoritaria.
Leyes físicas: son las que están predeterminadas, es decir, que expresan o se dan por
relaciones de causalidad.
Ley natural: es la que está constituida y tiene sus raíces en la naturaleza humana.
Fagothey resume los conceptos relativos a la ley moral natural de la siguiente
forma:
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1. Ha de ser una ley.
2. Ha de ser una ley moral.
3. Ha de ser una ley natural.
Cuando no cumplimos alguna obligación, se da un remordimiento, en el que hay dos
facetas: remordimiento psíquico se manifiesta como un estado de ánimo, como un
sentimiento de pena. En el remordimiento ético hay un sentimiento de pena, pero
merecida, motivado por el incumplimiento del deber.
Propiedades de la obligación
Obligación moral: es la presión que ejerce la razón sobre la voluntad enfrente de un valor
para comportarse de determinada manera:
La obligación se da de dos formas:
Obligación absoluta: cuando el hombre percibe por medio de su razón el valor moral entre
muchos otros valores, en el ejercicio pleno de su libertad y autonomía, sabe que el valor
ético se impone absolutamente por encima de todos los demás valores.
Obligación incondicional: el valor moral no puede condicionarse a ningún otro, de manera
que la obligación se presenta a la conciencia en forma de disyunción o de condición.
Responsabilidad
Responsabilidad: es la disposición de quien se sabe que es causa de una acción y de las
consecuencias de ésta.
Para que exista la responsabilidad deben darse los siguientes supuestos:
a) Un sujeto consiente y libre para actuar o no actuar.
b) Una norma moral.
c) Un acto.
d) Las consecuencias de este acto.
Tipos de sanción
Sanción: es la promesa de recompensa al observar la ley o la amenaza de castigo cuando se
rompe la ley.
La sanción puede contemplarse desde dos perspectivas: como sanción antecedente y
consecuente.
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Sanción antecedente: cuando motiva a la gente a cumplir la ley o cuando le proscribe el
vulnerarla.
Sanción consecuente: cuando premia o castiga después que la ley haya sido cumplida o
violada.
Existen diversas clases de sanciones:
Sanción natural: cuando la consecuencia del acto realizado es producto del mimo
incumplimiento o violación de la ley.
Sanción positiva: cuando proviene de una voluntad ajena a la nuestra que no tiene algún
tipo de relación natural con el acto violado.
Sanción perfecta: cuando otorga a nuestra voluntad racional una motivación suficiente
para observar la ley al mismo tiempo establece una igualdad entre el mérito y la
recompensa.
Sanción imperfecta: cuando de alguna forma es débil o injusta o puede reunir estas dos
posibilidades.
Tema IX – Conciencia
Proceso de la conciencia
Conciencia: es la capacidad que permite a las personas juzgar acerca de la maldad o
bondad de sus actos.
Existen tres elementos a los que se refiere el término conciencia:
1. Al intelecto como facultad de formar juicios acerca de los actos individuales buenos
o malos.
2. Al proceso de razonamiento que sigue el intelecto para llegar a semejante juicio.
3. Al juicio mismo, que es la conclusión del proceso discursivo.
Conciencia Intelecto Deductivo
lógico
Premisa mayor
Premisa menor Conclusión
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Sindéresis: es un principio moral general formado en la mente por medio de los hábitos y
constituye la base de la conducta.
La premisa mayor, es un principio moral general (sindéresis). La premisa menor es el
acto particular a realizar aquí y ahora.
Clasificación de la conciencia
Cuando hacemos lo que nuestra conciencia aprueba o desaprueba, para tener una mayor
seguridad en nuestra forma de actuar, se dan dos normas fundamentales:
1. Obedece siempre a una conciencia cierta.
2. No actúes nuca con una conciencia dudosa.
Conciencia y crisis moderna
Nuestra conciencia puede actuar de tres maneras:
a) Razón: se identifica como conciencia de lo universal.
b) Reflexión: como conciencia de sí misma.
c) Apreciación: cuando se identifica como conciencia de los valores.
Anomia: se refiere a una sociedad desorganizada debido a la ausencia, contradicción o
incongruencia de las normas sociales.
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Tema X – Los derechos humanos
Concepto y antecedentes
Derechos humanos: son las facultades y libertades civiles, políticas, sociales y culturales
que garantiza el Estado para todos los individuos por el hecho de ser humanos.
Declaración de los Derechos del Hombre
y del ciudadano
→ Estados Unidos, 1787
Declaración de los Derechos del Hombre
y del ciudadano
→ Francia, 1789
Declaración Universal de los Derechos
Humanos
→ ONU, 1948
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos
→ México, 1917
Universalización de los valores humanos
Existen tres niveles de comportamiento al respecto:
Nivel preconvencional
Quien vive en este nivel juzga siempre según su propio egoísmo, no tiene otra forma de
mirar la realidad, ni conoce otra medida. Es bueno solo lo que va bien con su egoísmo.
Nivel convencional
Quien vive en este nivel tiene por justas las normas de su propia comunidad y solo ellas, o
no mira a las demás comunidades con la misma objetividad que la suya.
Nivel posconvencional
Universalidad: es un principio de los derechos humanos que se refiere a que en todo lugar
y tiempo se deben hacer validad.
Quien no se sitúa en este nivel no ha aprendido a distinguir entre las normas de
nuestra comunidad concreta y principios universalistas que tienen en cuenta a todo la
humanidad desde los cuales podemos poner en cuestión todo lo demás. Estos últimos son
los que legitiman las instituciones democráticas.
Testimonialidad: se refiere a que los derechos se deben llevar a la práctica y no solo
decirlos verbalmente.
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Amparo: es un recurso que puede usar todo individuo cuando sea afectado en sus derechos
humanos y contra algún abuso de autoridad.
Principio de universalidad axiológica: implica que los valores humanos se deben aplicar
a todo mundo, sin excepción alguna. Si no valen para todos, no valen para ninguno.
Generaciones de los derechos humanos
Tras la terminación de la segunda guerra mundial, la declaración universal de los derechos
humanos (1949), que con el curso del tiempo ha ido desarrollándose hasta el punto de que
hoy hablamos de tres generaciones.
Primera generación
Los derechos humanos de la primera generación son las libertades civiles o libertades y la
libertad política. Estos derechos son valores de libertad.
Libertades civiles: son las facultades que tienen los ciudadanos para expresarse, asociarse,
transitar y trabajar libremente.
Libertad política: es la facultad de los individuos de participar en la política de manera
directa o a través de sus representantes.
Estos fueron los primeros que exigió y formulo el pueblo en la Asamblea Nacional durante
la Revolución Francesa (s. XVIII). Como resultado de esas luchas, esas exigencias fueron
consagradas como auténticos derechos y difundidos internacionalmente, entre los cuales
figuran:
Toda persona tiene derechos y libertades fundamentales sin distinción de raza,
color, idioma, posición social o económica.
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad jurídica.
Los hombres y mujeres poseen iguales derechos.
Nadie está sometido a esclavitud o servidumbre.
Nadie será sometido a tortura, ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes,
ni se le podrá ocasionar daño físico, psíquico o moral.
Nadie puede ser molestado arbitrariamente en su vida privada, familiar, domicilio o
correspondencia, ni sufrir ataques a su honra o reputación.
Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia.
Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
En caso de persecución política, toda persona tiene derecho a buscar asilo y a
disfrutar de él, en cualquier país.
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Los hombres y mujeres tienen derecho a casarse y a decidir el número de hijos que
desean.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de pensamiento y de religión.
Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y expresión de ideas.
Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacífica.
Segunda generación
Estos derechos se agrupan bajo la expresión “libertades respecto de” o “liberación”. Estos
derechos son valores de igualdad.
Los derechos de la segunda generación, también se denominan derechos
económicos, sociales o culturales.
Se demanda un Estado de bienestar que implemente acciones, programas y
estrategias, a fin de lograr que las personas los gocen de manera efectiva, y son:
Toda persona tiene derecho a la seguridad social y a obtener la satisfacción de los
derechos económicos, sociales y culturales.
Toda persona tiene derecho al trabajo en condiciones equitativas y satisfactorias.
Toda persona tiene derecho a formar sindicatos para la defensa de sus intereses.
Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure a ella y a su
familia la salud, alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica y los servicios
sociales necesarios.
Toda persona tiene derecho a la salud física y mental.
Durante la maternidad y la infancia toda persona tiene derecho a cuidados y
asistencias especiales.
Toda persona tiene derecho a la educación en sus diversas modalidades.
La educación primaria y secundaria es obligatoria y gratuita.
Tercera generación
Los derechos humanos de la tercera generación exigen aún más que los restantes de la
solidaridad internacional. Exigen la colaboración internacional y llevan al cosmopolitismo.
Estos derechos son valores de solidaridad. Entre otros destacan:
La autodeterminación.
La independencia económica y política.
La identidad nacional y cultural.
La paz.
La coexistencia pacífica.
El entendimiento y confianza.
La cooperación internacional y regional.
La justicia internacional.
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El uso de los avances de las ciencias y la tecnología.
La solución de los problemas alimenticios, demográficos, educativos y ecológicos.
El medio ambiente.
El patrimonio común de la humanidad.
El desarrollo que permita una vida digna.
Mandatos absolutos y prudenciales
Deberes absolutos: son los que deben ser obedecidos sin excepción porque prohíben
atentar contra un valor absoluto.
Mandatos positivos: son los que admiten gradaciones y excepciones.
Tema XI – Protección de los derechos humanos
Amnistía Internacional
Visión: un mundo en el que todos las personas disfruten en plenitud de sus derechos
humanos.
Misión: consiste en investigar y realizar acciones que pongan fin a los abusos contra los
derechos humanos.
Amnistía internacional: es un organismo de nivel mundial que tiene más de cuatro
décadas en la lucha contra las violaciones a los derechos humanos.
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Tortura: aplicar a una persona diversos tipos de padecimientos corporales o psíquicos con
el fin de persuadirlo para que haga o diga algo.
Presos de conciencia: se les llama así a los que están presos por su tendencia política o
ideológica, así como a los encarcelados por su orientación sexual.
Métodos
AI es un organismo que es parte de la ONU, por lo que trabaja de manera independiente
con los gobiernos, sin embargo, esto no significa que no colabore con ellos o no los
consulte/asesore en la lucha contra el atropello de los derechos humanos.
AI se dirige de manera directa a gobiernos, organizaciones intergubernamentales,
grupos políticos armados, empresas y otros agentes no estatales.
Para sacar a luz abusos contra los derechos humanos de forma precisa, rápida y
persistente, lo realiza mediante la investigación sistemática e imparcial de violaciones de
los derechos humanos. Además da a conocidos por el público en general y por las
instituciones o gobiernos para que terminen con esos abusos.
Opinión pública: se refiere a la opinión de la sociedad que puede ser utilizada para
presionar a los gobiernos a realizar alguna acción.
En resumen, los métodos de la Amnistía Internacional son tres:
1. Consulta.
2. Asesoría.
3. Publicación de atropellos a derechos humanos.
Estas formas van dirigidas a:
-
Empresas.
Gobiernos.
Organismos intergubernamentales.
Grupos políticos.
Organizaciones no gubernamentales
Las Naciones Unidas cuentan con el apoyo de grupos civiles que a veces incluso arriesgan
su vida en la promoción de los derechos humanos. Estos grupos junto con las Naciones
Unidas trabajan para presionar a los gobiernos para que respeten los derechos
fundamentales.
Asimismo, son una muy importante fuente de información para la labor de las
Naciones Unidas, desempeñando una función activa en relación con la labor de la Comisión
de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
Su presencia ha sido notable desde la redacción de la Carta de las Naciones
Unidas, donde 40 organizaciones no gubernamentales y varias delegaciones, especialmente
de países pequeños, presionaron para lograr la inclusión de los derechos humanos en dicho
documento.
Tema XII – Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH)
Estructura de la CNDH
Presidencia
El presidente de la CNDH ejerce la representación legal del organismo y es el responsable
de formular los lineamientos generales para las actividades administrativas y dictar las
medidas específicas que juzgue convenientes para el mejor desempeño de las funciones del
organismo.
Celebra acuerdos de coordinación y convenios de colaboración con autoridades y
organismos de defensa de derechos humanos, así como con instituciones académicas y
asociaciones culturales.
El presidente de la CNDH aprueba y emite recomendaciones publicas autónomas y
formada las propuestas para lograr una mejor protección de los derechos humanos en el
país.
Requisitos:
1. Mexicano por nacimiento.
2. Estar en pleno uso de los derechos políticos y civiles.
3. Tener más de 35 años de edad.
4. Gozar de buena reputación.
5. No haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal.
-
Consejo consultivo
El consejo consultivo de la CNDH se integra por 10 consejeros que son elegidos por el
voto de las 2/3 partes de los miembros presentes de la cámara de senadores, o, en sus
recursos, por la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, con la misma votación
calificada.
Sus cargos son honorarios y el presidente es también el presidente de la CNDH. El
consejo cuenta con un secretario técnico, quien es designado por el propio Consejo a
propuesta del presidente de la CNDH.
Las funciones del Consejo, destacan:
1. Establecer los lineamientos generales de actuación de la comisión nacional.
2. Aprobar el reglamento interno de la comisión nacional.
3. Aprobar las normas de carácter interno relacionadas con la comisión nacional.
4. Opinar sobre el proyecto de informe anual del presidente de la comisión nacional.
5. Solicitar al presidente de la comisión nacional información adicional sobre los
asuntos que se encuentren en trámite o haya resuelto la comisión nacional.
6. Conocer el informe del presidente de la comisión nacional respecto al ejercicio
presupuestal.
El consejo funciona en sesiones ordinarias o extraordinarias, y toma sus decisiones por
la mayoría de votos de sus miembros presentes. Las sesiones ordinarias se verifican cuando
menos una vez al mes. Las sesiones extraordinarias pueden convocarse por el presidente de
la comisión nacional o mediante la solicitud que a éste formulen por lo menos 3 miembros
del consejo.
Secretaria ejecutiva
La secretaria ejecutiva es el área encargada de dar seguimiento a la agenda internacional en
materia de derechos humanos para recomendar al consejo consultivo y al presidente de la
CNDH las políticas generales que en esta materia habría de seguir la CNDH ante las
instancias regionales e internacionales, así como con organismos no gubernamentales
internacionales.
Tiene facultades y obligaciones en el ámbito interno. Para la consecución de sus
labores, cuenta con un área de asuntos internacionales que coordina el seguimiento de la
agenda internacional sobre los derechos humanos.
También es el área que promueve y desarrolla las actividades de seguimiento,
cooperación, intercambio de información y experiencias con instituciones nacionales de
promoción y defensa de los derechos humanos.
Ombudsman: es como se denomina a las personas que están a cargo de las oficinas que
defienden los derechos humanos.
-
En periodos mensuales, la SE publica la Carta de Novedades en su versión en
español y Newsletter en su versión en inglés. En este boletín se presentan las
recomendaciones que la CNDH emite.
La dirección de Enlace y Cooperación, es su responsabilidad la investigación en materia de
los derechos humanos de los grupos vulnerables. Para lograr esto, la SE y la de DEC
promueven la cooperación nacional e internacional mediante convenios de colaboración
con otras instituciones homologas o con asociaciones privadas o fundaciones con el fin de
proveer a la CNDH de recursos extrapresupuestales.
Otra de las labores de la SE en el seguimiento de la agenda internacional es la de la
promoción de los derechos humanos, esto a través de la Dirección de Análisis y
Divulgación, que además se encarga de la realización del ciclo anual de conferencias sobre
derechos humanos.
Dirección General de Quejas y Orientación
Las funciones de la Dirección General de Quejas y Orientación son las siguientes:
1. Recibir y registrar los escritos de queja por presuntas violaciones a los derechos
humanos.
2. Despachar toda la correspondencia concerniente a la atención de las quejas.
3. Realizar las labores de orientación al público cuando de la queja se desprenda
fehacientemente que no se trata de violaciones a los derechos humanos.
4. Turnar a las vestiduras generales los escritos de queja, inmediatamente después de
que se hayan registrado.
5. Operar y administrar el banco de datos en el que se registren todas las acciones
llevadas a cabo por la Comisión Nacional.
6. Presentar al presidente de la comisión nacional los informes periódicos y los
proyectos anuales sobre el avance en la tramitación de los expedientes.
7. Coordinar sus labores con los responsables de las visitaduras generales.
8. Informar a los quejosos los datos generales sobre los avances de sus expedientes.
9. Administrar el archivo general de la comisión nacional en cuanto a los expedientes
concluidos.
10. Analizar toda la correspondencia que se recibe en las oficinas de la comisión
nacional y turnarla a los órganos o dependencias administrativas a ellos dirigidos.
Funciones de la CNDH
Atribuciones
Recibir quejas por presuntas violaciones a los derechos humanos.
Conocer e investigar a petición de parte o de oficio.
-
Formular recomendaciones públicas no vinculatorias así como denuncias y quejas
ante las autoridades respectivas.
Acudir ante los organismos internacionales de protección de los derechos humanos,
ante el incumplimiento de las recomendaciones de la comisión o cuando se cometan
violaciones graves a los derechos humanos.
Sustanciar y resolver el incidente de presentación de personas en los términos de la
presente ley.
Sin menoscabo de la ley, procurar la conciliación entre los quejosos y las
autoridades o servidores públicos señalados como presuntos responsables.
Promover la observancia de los derechos humanos en el estado y en los municipios.
Formular y proponer programas y acciones que impulsen el cumplimiento en el
estado de los tratados en materia de derechos humanos de los que México forma
parte.
Formular y proponer políticas públicas en materia de derechos humanos.
Promover y fomentar la investigación científica, el estudio, la enseñanza y
divulgación de los derechos humanos en el ámbito estatal y municipal.
Elaborar y ejecutar programas preventivos, formativos y de difusión en materia de
derechos humanos.
Promover la participación del sector público, social y privado, en la formulación y
ejecución de los programas preventivos, formativos y de difusión en materia de
derechos humanos.
Celebrar convenios y acuerdos de coordinación y colaboración tendientes al
cumplimiento de sus fines con instituciones públicas y privadas.
Realizar visitas periódicas, con la finalidad de verificar y supervisar el irrestricto
respeto a los derechos humanos en:
a) Establecimientos del sector público estatal y municipal destinados a la detención
preventiva, custodia y de readaptación social.
b) Orfanatos, asilos, hospicios, albergues, hospitales y similares.
c) Zonas rurales.
Expedir y modificar su reglamento.
El procedimiento de queja
Debe ser breve y sencillo, gratuito.
Solo estará sujeto a ciertas formalidades para la investigación.
Escrita o verbal; en casos urgentes, podrá enviarse por teléfono, fax, o cualquier
medio de comunicación, a ratificarse los posteriores 5 días.
La comisión procurara confidencialidad.
-
Conciliación: procedimiento en el que la CNDH propone al agraviado y las autoridades
responsables llegar a un acuerdo para terminar con el conflicto.
Autoridades responsables: son los que la CNDH ha resuelto declarar como culpables de
la denuncia que realizó algún ciudadano al que se afectaron sus derechos humanos.
Recomendaciones
Recomendaciones: son documentos que emite la CNDH a las autoridades responsables
para que restituyan los derechos humanos a los agraviados.
Las recomendaciones contendrán los siguientes elementos:
1. Nombre del quejoso, autoridad/servidor público responsable, número del
expediente, lugar y fecha.
2. Descripción de los hecho violatorios de los derechos humanos.
3. Análisis de evidencias que demuestren la violación de los derechos humanos.
4. Descripción de la situación jurídica generada por la violación de los derechos
humanos y del contexto en que los hechos se presentaron.
5. Observaciones, adminicularían de pruebas y razonamientos lógico-jurídicos y de
equidad en los que se soporte la convicción sobre la violación de derechos humanos.
6. Recomendaciones.
Las recomendaciones se notificaran en un plazo de 3 días.
La autoridad responsable tendrá 10 días después de la notificación para aceptarla o
no.
Si la respuesta es positiva, tendrá 15 días para responder la aceptación.
Acuerdos de no responsabilidad
Acuerdos de no responsabilidad: documento que expide la oficina de derechos humanos
en el que se establece la autoridad no violó los derechos humanos.
Los acuerdos de no responsabilidad contendrán los siguientes elementos:
1. Nombre del quejoso, autoridad señalada como responsable, número de expediente
de la queja, lugar y fecha.
2. Descripción sucinta de los hechos que fueron alegados como violatorios de los
derechos humanos.
3. Relación de las evidencias y medios de convicción que demuestren la no violación
de derechos humanos o la inexistencia de las evidencias en que se soporta la queja.
4. Análisis de los motivos de la resolución.
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5. Conclusiones.
Los recursos de queja e impugnación
Recurso de impugnación: es un recurso que tiene el quejoso para impugnar alguna
decisión que la oficina de derechos humanos haya hecho de manera negativa.
Plazo: 10 días hábiles.
En resumen, las funciones de la CNDH son: