CIRCULAR 3294 - colegio-escribanos.org.ar · N ot a ri l: pá cf esn u d ... Protocolo año 2011 y...

16
Buenos Aires | 20 de marzo de 2012 | Año LVI Institucional Aumento del haber jubilatorio Información Reunión con autoridades de la Dirección de Asuntos Técnicos de Fronteras Fe de erratas del Boletín Oficial sobre la ley de Tierras Rurales Modificación de la nómina de documentos identificatorios para viajar al exterior Prórroga de entrega en vigencia de F1 y F3 vía web Nuevo valor de los certificados catastrales Inspecciones ordinarias año 2011 Comisiones e Institutos. Inicio de actividades 7 8 10 11 12 13 14 2 3 4 5 6 Institucional Aumento del haber jubilatorio página 2 Cultura Programación de marzo página 12 Capacitación XXXIX Convención Notarial página 10 CIRCULAR 3294 Calendario de torneos de golf 2012 para escribanos Coeficientes de actualización Capacitación Modalidades de acceso a la función Notarial: práctica profesional o curso de práctica notarial XXXIX Convención Notarial XXX Jornada Notarial Argentina Cultura Programación de marzo Sanciones Suspensión Jurisprudencia

Transcript of CIRCULAR 3294 - colegio-escribanos.org.ar · N ot a ri l: pá cf esn u d ... Protocolo año 2011 y...

Buenos Aires | 20 de marzo de 2012 | Año LVI

InstitucionalAumento del haber jubilatorio

InformaciónReunión con autoridades de la Direcciónde Asuntos Técnicos de Fronteras

Fe de erratas del Boletín Oficial sobre laley de Tierras Rurales

Modificación de la nómina de documentosidentificatorios para viajar al exterior

Prórroga de entrega en vigencia de F1 yF3 vía web

Nuevo valor de los certificados catastrales

Inspecciones ordinarias año 2011

Comisiones e Institutos. Inicio deactividades

7

8

10

11

12

13

14

2

3

4

5

6

Institucional

Aumento del haberjubilatorio

página 2

Cultura

Programación de marzo

página 12

Capacitación

XXXIX Convención Notarial

página 10

CIRCULAR 3294

Calendario de torneos de golf 2012 paraescribanos

Coeficientes de actualización

CapacitaciónModalidades de acceso a la funciónNotarial: práctica profesional o curso depráctica notarial

XXXIX Convención Notarial

XXX Jornada Notarial Argentina

CulturaProgramación de marzo

SancionesSuspensión

Jurisprudencia

Institucional

2 | marzo 2012 | Circular 3294

Consejo Federal del Notariado Argentino

Reunión con autoridades de la Dirección de AsuntosTécnicos de Fronteras

extranjeras, por lo que, hasta tanto no se

reglamente dicha ley y se pongan en fun-

cionamiento los organismos por dicha

norma creados, la DATF ha paralizado

todos los expedientes que, a la fecha de

entrada en vigencia de la ley, no hubieran

cumplido con la totalidad de las formali-

dades requeridas para el otorgamiento de

la previa conformidad y así quedarán

hasta tanto se cumplimente con lo estipu-

lado por la nueva ley.

b) La nueva norma supra referida, en su

artículo primero in fine, ha venido a acla-

rar definitivamente la categorización de

tierra rural, por lo que, a partir de ahora,

en los expedientes de previa conformidad

y para determinar si un inmueble es urba-

no, bastará con una certificación expedida

por autoridad municipal en donde se

informe que el inmueble se encuentra

comprendido dentro del ejido urbano,

sean cuales fueren sus características”.

Con motivo de la publicación en el

Boletín Oficial de la Ley 26.737 (Régimen

de Protección al Dominio Nacional sobre

la Propiedad, Posesión o Tenencia de las

Tierras Rurales), el jueves 9 de febrero se

llevó a cabo una reunión entre las autori-

dades del Consejo Federal del Notariado

Argentino y las de la Dirección de Asuntos

Técnicos de Fronteras (DATF).

Allí se abordaron cuestiones relevantes

para los escribanos que realizan trámites

de previa conformidad ante dicho orga-

nismo.

Por ello, se transcriben las conclusiones de

la audiencia, enviadas por el Consejo

Federal del Notariado Argentino:

“a) Art. 14 inc. c), de la Ley 26.737

(Régimen de Protección al Dominio

Nacional sobre la Propiedad, Posesión o

Tenencia de las Tierras Rurales), prevé

una “PRE” -Previa conformidad para la

adquisición de tierras “Rurales”- por

parte de personas físicas o jurídicas

Información

Información

marzo 2012 | Circular 3294 | 3

Dirección Nacional de Migraciones

Modificación de la nómina de documentosidentificatorios para viajar al exterior

por la Organización de Aviación Civil

Internacional (OACI).

A partir del 16 de marzo de 2012, caduca-

rá la validez de los siguientes documentos

identificatorios para viajar a los distintos

países del Mercosur:

- Cédula de identidad emitida por la

Policía Federal que no posea inscripción

“Mercosur”, ni tenga fecha de vencimien-

to.

- Libreta de Enrolamiento.

- Libreta Cívica.

- Cédulas emitidas por los gobiernos pro-

vinciales.

El Ministerio del Interior, a través de la

Dirección Nacional de Migraciones,

comunicó que, con motivo de la modifica-

ción de normativa de los países del

Mercosur y Estados asociados y a fin de

adecuar la legislación vigente a los avances

alcanzados por la Argentina en materia

documentaria, se ha procedido a actuali-

zar la nómina de documentos de viajes

válidos para salir y/o entrar a/desde el

territorio nacional.

Estos cambios responden a la necesidad de

garantizar la seguridad de quienes viajan y

contar con documentos de identificación

confiables y acordes con las prácticas y

estándares internacionales establecidos

Boletín Oficial de la República Argentina

Fe de erratas sobre la ley de Tierras Rurales

“En la edición del día 29 de febrero de

2012, en el artículo 10 del anexo I de la

citada norma, se deslizó un error de

imprenta que consistió en la omisión de

incluir dentro de la zona núcleo allí deta-

llada los partidos de Pergamino, Arrecifes

y Carmen de Areco” (Legislación

Nº3990).

Se informa a los señores escribanos que,

en el Boletín Oficial del día viernes 2 de

marzo de 2012, fue publicada una fe de

erratas del artículo 10 del anexo I del

decreto reglamentario de la Ley de Tierras

Rurales -Ley 26.737-, cuyo contenido se

transcribe a continuación:

4 | marzo 2012 | Circular 3294

Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires (ARBA)

Nuevo valor de los certificados catastrales

para la solicitud de certificados catastrales,

tanto vía electrónica como por el modo

tradicional, ascendió a $ 60.

De acuerdo lo publicado por la Agencia de

Recaudación de la Provincia de Buenos

Aires (ARBA) en su página web, el valor

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP)

Obligatoriedad de tramitar los certificados F1 y F3vía web. Prórroga de su entrega en vigencia

marzo. Esta medida operará hasta tanto se

resuelvan los inconvenientes técnicos que

plantea esta modalidad.

El texto de la Resolución Nº 92/2012

puede ser consultado en la página web del

Colegio (www.colegio-escribanos.org.ar).

Con motivo de las intensas gestiones que

viene realizando el Colegio ante la

Administración Gubernamental de

Ingresos Públicos (AGIP), este organismo

ha dispuesto, por Resolución Nº 92/2012,

prorrogar la entrada en vigencia de la

obligatoriedad de tramitar los certificados

F1 y F3 vía web, prevista para el 1º de

Información marzo 2012 | Circular 3294 | 5

A partir de esa fecha, en la República

Argentina, los documentos hábiles para

trasladarse por los países de la región

serán:

-Documento nacional de identidad.

-Pasaporte.

-Cédula de identidad Mercosur expedida

por la Policía Federal (utilización válida

hasta su respectivo vencimiento).

6 | marzo 2012 | Circular 3294

Comisiones e Institutos

Inicio de actividades

Instituto de Derecho ComercialDía de reinicio de actividades: martes 6 de marzo

Horario: 9.30

Lugar: sala Roberto De Hoz, Av. Callao 1542

Instituto de Derecho CivilDía de reinicio de actividades: miércoles 14 de marzo

Horario: 9.45

Lugar: sala Roberto De Hoz, Av. Callao 1542

Instituto de Investigaciones Históricas NotarialesDía de reinicio de actividades: jueves 15 de marzo

Horario: 9.30

Lugar: sala cerrada del subsuelo, Av. Callao 1542

Instituto de Derecho ProcesalDía de reinicio de actividades: miércoles 21 de marzo

Horario: 19

Lugar: sala Vélez Sarsfield, 6º piso, Av. Las Heras 1833

Aquellos escribanos interesados en participar de los encuentros deberán presentar su

solicitud por nota en el Departamento de Secretaría, Av. Callao 1542, 1º piso.

Departamento de Inspección de Protocolos

Inspecciones ordinarias al Protocolo año 2011

Protocolo año 2011 y conjuntamente se

exigirá la encuadernación con sus corres-

pondientes Índices de Protocolo año

2009.

El Departamento de Inspección de

Protocolos recuerda a los colegas que

desde el 1º de marzo, comenzaron a reali-

zarse las inspecciones ordinarias al

marzo 2012 | Circular 3294 | 7Información

Comisión de Actividades Deportivas

Calendario de torneos de golf 2012 para escribanos

• 26 y 27 de octubre: Mar del Plata

• 16 o 23 de noviembre: Lagartos Golf

Club (fecha a definir)

Se pone a disposición de los colegas el

calendario de torneos de golf para escriba-

nos previstos para el 2012, según lo infor-

mado por el Presidente de la Comisión de

Actividades Deportivas, escribano Jorge

Ibañez.

• 23 de marzo: Fátima – CUBA

• 20 de abril: Sierra de la Ventana Golf

Club Argentino

• 18 de mayo: Golf Club Argentino

• 22 de junio: Martindale

• 27 de julio: Mayling o Palermo

• 31 de agosto: Tortugas o Palermo

• 29 y 30 de septiembre: Tandil

Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP)

Coeficientes de actualización

Los coeficientes de actualización y recargo del mes de marzo 2012 se encuentran a disposi-

ción de los interesados en la biblioteca del Colegio.

Nota: Las canchas y las fechas de los

torneos pueden sufrir modificaciones

por razones de organización. Los

cambios serán informados con la

debida anticipación.

Asimismo, se recuerda que, al igual

que el año pasado, se jugará el match

con la Asociación de Magistrados (la

fecha del encuentro aún no fue con-

firmada).

Para mayor información, comunicar-

se con el escribano Jorge Ibáñez (jor-

[email protected] o

[email protected]).

8 | marzo 2012 | Circular 3294

Capacitación

Inscripción desde el 1º de marzo

Con motivo de la modificación del artículo 35 de la Ley 404 por la Ley 3933, los postu-

lantes a rendir los exámenes de idoneidad para el acceso a la función notarial deberán

acreditar el cumplimiento de una práctica profesional o de un curso de práctica notarial.

Este requisito será exigido a partir de los concursos del año 2013. Están exceptuados: los

adscriptos a un registro de la Ciudad de Buenos Aires y quienes lo hubieran sido por un

lapso no inferior a seis meses en los cinco años previos a la comunicación del llamado a

concurso.

El postulante deberá optar entre dos modalidades para acreditar la práctica pero no

podrá inscribirse en forma simultánea en ambos regímenes

Modalidades:

1) Práctica profesional en escribanía de la Ciudad de Buenos Aires:

Duración: 2 años consecutivos

Frecuencia: Un mínimo de 1 vez por semana, 3 horas

Evaluación: Examen práctico final de acuerdo al programa aprobado por el Tribunal de

Superintendencia, con una calificación no inferior a 6 puntos y 75% de asistencia.

Inicio: puede iniciarse en cualquier momento del año calendario.

• Debe denunciarse de manera fehaciente al Colegio de Escribanos, por nota ingresada en

Modificación de la Ley 404

Modalidades de acceso a la función Notarial: prácticaprofesional o curso de práctica notarial

marzo 2012 | Circular 3294 | 9Capacitación

Mesa de Entradas, con firma y sello del escribano titular del registro en donde se realiza-

rá la práctica.

• La práctica será verificada por escribanos designados al efecto por el Colegio de

Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires.

Requisitos:

• Ser estudiante de Derecho, con todos los Derechos Civiles y Comerciales aprobados y

presentar certificado analítico expedido por la universidad y DNI original.

• Ser abogado y presentar diploma o certificado de estudio o de título en trámite y DNI

original.

• Ser escribano colegiado.

En el caso de presentar la documentación en fotocopias, las mismas deberán estar certifica-

das por escribano público y legalizadas cuando corresponda.

Inscripción:

Se debe completar el formulario web de inscripción y presentar la carta modelo en Mesa

de Entradas del Colegio de Escribanos, Av. Las Heras 1833, de lunes a viernes de 10 a 16

h.

Debe presentarse en la Oficina de Cursos, 4º piso de Av. Las Heras 1833, a partir del jue-

ves 22 de marzo, de lunes a viernes de 10.30 a 15.30 h, para entregar la documentación y

notificarse del reglamento y el programa del curso. Los mismos deben ser avalados tam-

bién por el titular de la escribanía donde se realiza la práctica e ingresados con la respec-

tiva firma y sello por Mesa de Entradas del Colegio de Escribanos.

2) Curso de práctica notarial en el Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos

Aires/2012:

Duración: 1 año de duración.

Frecuencia: 1 vez por semana, 3 horas.

Evaluación: Examen práctico final de acuerdo al programa aprobado por el Tribunal de

Superintendencia, con una calificación no inferior a 6 puntos y 75% de asistencia.

Inicio: 9 de abril.

Finalización: 30 de noviembre.

Cursada: lunes a viernes de 9.30 a 12.30 h o de 18.30 a 21.30 h.

Arancel: gratuito

Los días y horarios de la cursada serán asignados de forma inapelable por el Colegio de

Escribanos según la disponibilidad.

Requisitos:

• Ser abogado y presentar diploma o certificado de estudio o de título en trámite y DNI

original.

• Ser escribano colegiado.

En el caso de presentar la documentación en fotocopias, las mismas deberán estar certificadas

por escribano público y legalizadas en el caso de corresponder.

Inscripción:

Se debe completar el formulario web de inscripción del 1º al 15 de marzo.

En la semana del 19 al 21 de marzo será notificado, vía correo electrónico, sobre el hora-

rio y el día de la cursada asignados.

Debe presentarse en la Oficina de Cursos, 4º piso de Av. Las Heras 1833, a partir del jue-

ves 22 de marzo hasta el jueves 29 de marzo, de lunes a viernes de 10.30 a 15.30 h, para

entregar la documentación, retirar y notificarse del reglamento y el programa del curso.

Importante: se debe concurrir en la fecha indicada para confirmar la vacante y registrar-se, requisito sin el cual la inscripción no será válida.

10 | marzo 2012 | Circular 3294

El formulario de inscripción y la carta modelo pueden ser consultadas en la pági-na web del Colegio (www.colegio-escribanos.org.ar)

XXXIX Convención Notarial del Colegio de Escribanos

Tenemos el agrado de informar al notariado de esta demarcación que los días 1º y 2 de

noviembre de 2012 se llevará a cabo la XXXIX Convención Notarial de este Colegio, en su

sede de la Av. Callao 1542.

marzo 2012 | Circular 3294 | 11Capacitación

12 | marzo 2012 | Circular 3294

marzo 2012 | Circular 3294 | 13

Sanciones

Sanciones

Suspensión

• A la escribana Georgelina Ana Luisa

CASTELLANO, matrícula 3732, titular del

Registro Notarial N° 1400 de esta Ciudad,

la suspensión por treinta (30) días en el

ejercicio de la función, que se aplica desde

el 28 de febrero hasta el 28 de marzo de

2012, ambos inclusive.

• Por sentencia del Tribunal de

Superintendencia del Notariado del 24 de

noviembre de 2011, se resolvió aplicar al

escribano Osvaldo Emilio LEZAMA,

matrícula N° 2685, titular del Registro

Notarial N° 340, la sanción disciplinaria

de suspensión de dos (2) años (arts. 149,

inc. c, y 151, inc. c, de la Ley 404).

El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires informa que se resolvió

la aplicación de las siguientes sanciones disciplinarias:

14 | marzo 2012 | Circular 3294

Jurisprudencia

CCoommppiillaacciióónn aa ccaarrggoo ddee llaa EEsscc.. AAnnggéélliiccaa GG.. EE.. VViittaallee

IMPUESTO DE SELLOS - ESCRIBANOS

Alícuota diferencial respecto de los actos, contratos y operaciones sobre inmuebles radi-

cados en la provincia de Buenos Aires concertados en instrumentos públicos o privados,

otorgados fuera de ella. Reencauzamiento de la acción. Procedencia de la medida caute-

lar solicitada. Competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Fallo 116.102 – CS, 2012/02/14 – Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires c.

Buenos Aires, Provincia de s/acción de amparo. La Ley, 23/02/2012.

Hechos: el Colegio de Escribanos de la

Ciudad de Buenos Aires promovió una

acción de amparo en instancia originaria

ante la Corte Suprema de Justicia de la

Nación contra la provincia de Buenos

Aires, a los fines de que se declare la

inconstitucionalidad del artículo 46, inci-

so B, apartado 7 de la Ley provincial

14.333, que establece el pago de una alí-

cuota diferencial en concepto de

Impuesto de Sellos respecto de los actos,

contratos y operaciones sobre inmuebles

radicados en esa Provincia concertados en

instrumentos públicos o privados otorga-

dos fuera de él, lo cual, a juicio de la insti-

tución, constituía un trato discriminato-

rio. Asimismo, solicitó el dictado de una

medida cautelar. El máximo Tribunal, tras

declarar su competencia originaria, cana-

lizó la acción por la vía ordinaria e hizo

lugar a la medida.

1. Acreditadas la verosimilitud en el dere-

cho y la configuración de los presupuestos

establecidos en los incisos 1 y 2 del artícu-

lo 230 del Código Procesal, corresponde

decretar la prohibición de innovar solici-

tada por el Colegio de Escribanos de la

Jurisprudencia

Ciudad de Buenos Aires, en el marco de la

acción tendiente a la declaración de

inconstitucionalidad del artículo 46, inci-

so B, apartado 7 de la ley de la Provincia

de Buenos Aires 14.333, y ordenar al esta-

do local demandado que, hasta tanto se

dicte sentencia definitiva en la causa, se

abstenga de reclamar o de exigir a los

notarios asociados al Colegio referido y a

las personas que requieran sus servicios, el

pago de una alícuota diferencial en con-

cepto de Impuesto de Sellos, con funda-

mento en la norma impugnada, que resul-

te superior a la que tributan por actos

concertados dentro del territorio provin-

cial.

2. Si bien la Corte Suprema de Justicia de

la Nación ha resuelto que las acciones de

amparo son procedentes de manera gene-

ral en las causas que tramitan por vía ori-

ginaria, en el caso de la acción interpuesta

por el Colegio de Escribanos de la Ciudad

de Buenos Aires respecto de la menciona-

da norma, exige que la tutela de los dere-

chos y facultades constitucionales invoca-

das, respecto de las órbitas de competen-

cia entre los poderes del gobierno federal

y provincial se canalice a través del juicio

ordinario según el Código Procesal.

3. La acción por la cual el Colegio de

Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires

solicita la declaración de inconstituciona-

lidad mencionada previamente, es de la

competencia originaria de la Corte

Suprema de Justicia de la Nación, por ser

parte una provincia en una causa de

manifiesto contenido federal, pues versa

sobre la preservación de las órbitas de

competencia entre los poderes del

Gobierno federal y los de un Estado pro-

vincial, especialmente regidas por la

Constitución Nacional.

marzo 2012 | Circular 3294 | 15

DOCTRINA

“Contratos asociativos” y la nueva legislación, por Raúl A. Etcheverry. La Ley, 29/2/12.

16 | marzo 2012 | Circular 3294

El Colegio de Escribanos no se hace responsable por los contenidos o notas autorales

Redacción, edición y armadoDepartamento de Comunicaciones

Av. Callao 1542,Ciudad de Buenos AiresTel.: 4809-7000E-mail: [email protected]